Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 1
Maestría en Gerencia Tributaria de la Empresa
Imposición Directa I
Prof. Marcel [email protected]
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Introducción Clase 1 – 16 de enero de 2008
I. Mis datos
II. Sus datos
III. Mis objetivos
IV. La página web – Botón “estudiantes”
V. Los temas que veremos en el trimestre. Algo más?
VI. La evaluación
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Mis datos Marcel Imery Abogado. Socio de Imery Urdaneta E-mail: [email protected] Celular: 414-1260940 Tel oficina: 212-2632535 Tel casa: 212-2632535 Dirección oficina
Imery Urdaneta Calleja Itriago Flamarique S.CMulticentro Empresarial del EsteAv. Francisco de MirandaTorre Libertador, Piso 5, Núcleo AChacao, Caracas
Asistente ejecutiva: Carmen Cecilia Curvelo
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Sus datos Favor indicar brevemente:
Nombre y apellido Profesión y estudios realizados Empleador Experiencia profesional
Favor firmar hoja de asistencia: Nombre Cédula E-mail Firma
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La página web www.imeryurdaneta.com Botón: “Estudiantes” Por favor registrate Utilidad
Noticias de la asignatura Material académico (programa, overheads de
clases, leyes, reglamentos, sentencias, dictámenes, otros)
Control de asistencia Evaluación
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Mis objetivos Que entiendan cómo funciona el ISR
Que piensen mucho (cero caletre)
Que escriban opiniones legales
Que usen palabras técnicas
Que participen: Que uds. agreguen valor
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Los temas que veremos en el trimestre. Algo más?
TEMARIO
I. Fuentes legales del derecho tributarioII. Territorialidad III. Ejercicio fiscal IV. Sistema de contabilidad fiscal en el ISRV. Contribuyentes y tarifas aplicablesVI. Algo más?
Nota: Método socrático.
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La evaluación 20 puntos
• 0,5 punto: Asistencia• 0,5 punto: Carga de información página web • 3 puntos: Participación en clase • 3 puntos: Trabajo 1 (grupo, peer evaluation)• 3 puntos: Trabajo 2 (individual)• 10 puntos: Examen final
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La evaluación (cont.) Trabajos 1 y 2; y examen final Análisis de casos Respuesta “en estilo de opinión legal” Estructura de opiniones
• I. Preguntas formuladas• II. Resumen de hechos relevantes para fines del ISR• III. Lista de material consultado (leyes, reglamentos,
sentencias, dictámenes, doctrina – ojo datos al pie de página y anexar a los 2 trabajos el material no legislativo consultado)
• IV. Conclusiones cortas• V. Análisis
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La evaluación (cont.)Estructura de una opinión legalEstructura de una opinión legal
Se consulta si……… (si hay mas de una pregunta (i)…., (ii)…… y (iii)……..)
I. Los hechos
“Entiendo que los hechos relevantes a los efectos de emitir esta opinión son:…….”
II. Material consultado
“Luego de revisar …… (datos de Gaceta Oficial al pie)”
III. Conclusiones
“Opino que (i)……, (ii)…..; (iii)….”
IV. Análisis
“He llegado a las conclusiones indicadas en el Capítulo III anterior en base al siguiente análisis.”
-Conclusión, Resumen de norma, norma, interpretación de la norma, aplicación de la norma al hecho, conclusión-
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Fuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributario• CN. Establece los principios tributarios.• Tratados internacionales. Doble tributación.• Código Orgánico Tributario. Desarrolla ppios• Ley de ISR. Regula los elementos del ISR.• Reglamento de la LIRS y sobre retenciones• Providencias
Jurisprudencia. Vinculante?
Dictámenes de la Administración. Vinculante?
Doctrina. Vinculante?
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Elementos del ISR Elementos del ISR: Materia imponible,
base imponible, alícuota, hecho imponible
Qué es la renta? “elemento económico” (sentido estricto y amplio)
Cuál es el hecho imponible en el ISR? Ejemplos? Ojo: Renta vs. Donación. Ejm del billete Bs. 20
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El hecho imponible en el ISR En el ISR, el hecho imponible está
condicionado por: Territorialidad y extraterritorialidad Disponibilidad El periodo fiscal La renta debe ser neta
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Territorialidad Territorialidad y extraterritorialidad
Hasta el 2000 “territorialidad” A partir del 200 “renta global”. Pasa a ser
relevante el domicilio fiscal, el EP y la Base Fija de Negocios
Las normas de territorialidad informan el ingreso, los costos y los gastos
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Territorialidad (cont.) Test
Enajenación: Dónde está ubicado el bien?Actividades económicas: Dónde se realiza la actividad remunerada?Servicios: Dónde se presta el servicio remunerado?Intereses: Dónde se usa el dinero recibido en préstamo?
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Disponibilidad Reglas sobre cuándo es disponible la renta:
Pago – Contabilidad en base a efectivo Causado - Contabilidad en base a lo causado Devengado – Idem
Ver artículo 5 LISR
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Disponibilidad (cont.) Formas de enajenar:
Ojo: Algo con costo sale del patrimonio Venta Permuta: Recibo algo con valor de cambio distinto Dación en pago: Recibo algo con valor de cambio
distintoVer Pfo I, art 23; numeral 4, art 38
RLIS
Otras rentas:Ojo: Nada con costo sale del patrimonio
Servicios Otras actividades Intereses
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Disponibilidad (cont.) En Vzla no es posible escoger cuándo la renta es
disponible
Debe haber simetría La normas de disponibilidad informan al
ingreso y al gasto Conciliación al cierre
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Disponibilidad (cont.) Qué es un costo?
Todo desembolso hecho en algo que se incorpora a un producto (todo lo que toca al producto)
Inventario (I) Inversión en activos fijos (AF). Ojo: AF vs. I Cómo se recupera el costo?
Inventario: venta Activo fijo: depreciación
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Disponibilidad (cont.) Qué es un gasto?
El resto de los desembolsos No se incorporan al producto Pero son necesarios para producir la renta
Tipos gasto? Los vinculados con un desembolso No hay desembolso
Depreciación Ajuste por inflación
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Ejercicio Fiscal Importancia del período:
• Determinación del enriquecimiento neto• Determinación del ISR a pagar
El período también sirve para definir:• Tope para traslado de pérdidas• Tope para aprovechamiento de créditos
fiscales• Vigencia de beneficios fiscales
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Ejercicio Fiscal (cont.)• Tipos:
• Normales: 12 meses• Cortos: Menos de 12 meses
• Personas naturales:• Año calendario• Excepciones (ejercicios fiscales cortos)
• Fecha de nacimiento• Fecha de muerte
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Ejercicio Fiscal (cont.)• Personas jurídicas:
• Año calendario o
• Cualquier otro periodo de 12 meses
• Excepciones (ejercicios fiscales cortos)• Fecha de registro• Cambio de ejercicio autorizado por el SENIAT• Cesación de actividades: Por venta, fusión, liquidación, etc
• Estos eventos no afectan el ejercicio fiscal• Cambio de denominación social• Cambio de domicilio• Venta de algunos activos. Ojo: Cesación de actividades• Venta de acciones de una compañía
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La renta debe ser neta La renta debe ser neta
Es necesario pasar por la formula del ISR Para llegar a resultados netos
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La renta debe ser neta (cont.)
Fórmula del ISR
IBT-CT-DT=ENT1990 AXI de A y P No M = AXIT (+ o - ENT)2000 IBE-CE-DE=ENE
ENT+o- AXIT + ENE= Renta gravable
Renta gravable * tarifa = ISR a pagar
-Rebajas y - créditos fiscales
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La renta debe ser neta (cont.)
No aplica la formula del ISR: Rentas presuntas Asistencia técnica Servicios tecnológicos Regalías Honorarios profesionales Producción y distribución de películas Seguros Noticias internacionales Ventas en consignación Etc
Ojo: Artículos 34 al 49 LISR
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La renta debe ser neta (cont.)
Beneficiario de la renta presunta Contribuyente no domiciliado en Venezuela No lleva contabilidad en Venezuela Por lo tanto, la LISR presume la renta neta
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Territorialidad – Las Reglas Bienes inmuebles: R: Ubicación geográfica
Venta de bien inmueble Permutas: Aplicar la regla a ambas partes del contrato
Bienes muebles tangibles: R: Idem bienes inmuebles, pero para el momento del “perfeccionamiento del contrato”
Venta de bien mueble Buque? (i) ubicación física vs. (ii) ubicación ideal
(Bandera, domicilio del propietario) Permutas: Aplicar la regla a ambas partes del contrato
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Territorialidad – Las Reglas (cont.)
Bienes muebles intangibles: R: Idem bienes muebles, pero aplican “criterios ideales”
Títulos de crédito y títulos valores: DPN, acciones Créditos Marcas
Código de Bustamante: Establece reglas que definen la ubicación de este tipo de bienes
Jurisprudencia Dictámenes Doctrina
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Territorialidad – Las Reglas (cont.)
Servicios: R: Lugar dónde se presta el servicio Tripulación barco. Tres respuestas posibles.
Otras actividades: R: Lugar dónde se realiza la actividad
Intereses: Lugar de uso del capital Regalía: Lugar de uso de la marca
Ojo: Por favor apliquen estas reglas para analizar el caso del Trabajo 1. NO APLICAR REGLA DE LA CAUSA.
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Territorialidad – LISR Artículo 1
Quiénes son contribuyentes del ISR P Nat o P Jca domiciliadas en Vzla
Renta Territorial Renta Global
P Nat o P Jca No domiciliadas en Vzla (Sin EP o BF) Solo Renta territorial
P Nat o P Jca No domiciliada con EP o BF en Venezuela Renta Territorial atribuible al EP o BF Renta Global atribuible al EP o BF
OJO: Esto está en sintonía con el Art 11 del COT?
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Territorialidad – LISR (cont.) Cuándo una P Nat y una P Jca están
domiciliadas en Venezuela? Art 30 del COT P Jca con EP en Vzla. Domiciliada o no?
COT 2001 COT 1994
“4º Las personas naturales o jurídicas constituidas o domiciliadas en el exterior que mantengan en el país un establecimiento permanente, respecto a las operaciones que efectúen en Venezuela.”
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Territorialidad – LISR (cont.) Artículo 6
Indica cuándo la renta es “Territorial” Lo viejo: “Reglas” revisadas
Actividades económicas realizadas en Venezuela Explotación del suelo o subsuelo en Venezuela Formación de bienes en Venezuela Traslado de bienes en Venezuela Cambio de bienes en Venezuela Cesión de uso o goce de bienes en Venezuela Servicios prestados en Venezuela Servicios de AT y/o ST “utilizados” en el país (año
78). Norma se aparta de la regla.
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Territorialidad – LISR (cont.) Lo nuevo: Regla de la “Causa” “Cuando alguna de las causas que origine la
renta ocurra en Venezuela” La norma (Art. 6), los dictámenes del SENIAT y la
jurisprudencia no ofrecen reglas claras La regla aplicada debe funcionar igual para el
“ingreso” y para el “gasto”. Esto no ocurre en la práctica.
Enorme inseguridad jurídica
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Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)
a) Regalías y lo pagado por usar y/o explotar bienes protegidos por normas de propiedad industrial e intelectual
b) Renta obtenida por medio? de EP o BFc) Renta derivada de “servicios”, “créditos” o “cualquier
otra prestación de trabajo” o “capital” realizada o aprovechada o utilizada? en Venezuela
d) Renta derivada de la producción y distribución de películas para cine y TV. Dónde?
e) Renta derivada del envío? de mercancías en consignación desde el exterior
f) Renta de empresas de seguro y reaseguros no domiciliadas y sin EP en Vzla. Cuál renta?
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Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)
(Cont.)g) Venta de inmuebles ubicados en Venezuela.
Garantías y derechos establecidos sobre los mismos??
h) Renta derivada de títulos valores emitidos por P. Jcas Venezolanas o domiciliadas en Venezuela o P Jcas Extranjeras no domiciliadas con EP en Vzla.??
h) Renta derivada de dinero, bienes, derechos u otros activos mobiliarios invertidos o situados en Venezuela
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Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)
(Cont.)h) Excepción a la regla prevista en literal (h): La
renta derivada de ADR, GDR, ADS y GDS: no es territorial.
i) Renta derivada de elementos patrimoniales?? ubicados en Venezuela.
• Renta obtenida por la realización de actividades oficiales realizadas en el exterior por funcionarios del Poder Público e Institutos Autónomos
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Territorialidad – Casos Venta de bienes inmuebles
Apartamento en Venezuela Apartamento en Aruba
Permuta de bienes inmuebles Apartamento en Vzla por oficina en Aruba Apartamento en Vzla por T-Bill
Dación en pago con bienes inmuebles Apartamento en Vzla – deuda Banco USA Apartamento en Vzla – deuda P Nat Vzlna
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Territorialidad – Casos (cont.)
Venta de bienes muebles tangibles Venta de carro en Venezuela Venta de carro en Aruba Venta de cosas en avión o barco Venta de cosas en zonas libres Venezolanas Venta de barco
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Territorialidad – Casos (cont.)
Venta de bienes muebles intangibles Venta de acciones compañía venezolana Venta de acciones C.A. Miami que opera solo en Vzla Venta de DPNV y T Bill. Art 107 CB o CDIP Venta de pagaré a descuento. Art 107 CB Venta de marca. Art 108 CB Venta de ADR emitido por compañía Venezolana en
bolsa de NYC. Art 5 (h) LISR Venta de ADR emitido por compañía de USA en bolsa
Venezolana
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Territorialidad – Casos (cont.)
Casos especiales Depósito de acciones en Banco vinculado con
emisión ADR Emisión y entrega del ADR Aporte de efectivo a capital de compañía Aporte de inmueble a capital de compañía
Ubicado en Venezuela Ubicado en Aruba
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Territorialidad – Casos (cont.)
Prestación de servicios Servicios legales prestados en Venezuela Servicios de arquitectura prestados en Aruba Servicios prestados en un avión o buque Servicios prestados en zonas libres Venezolanas
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Territorialidad – Casos (cont.)
Otras actividades Generación y venta de electricidad en Venezuela Generación y venta de electricidad en Aruba Intereses por préstamo utilizado en Venezuela Intereses por préstamo utilizado para hacer inversión
inmobiliaria en Aruba Regalía por uso de marca Explotación de una mina ubicada en Venezuela. CB Ubicada en Brasil por compañía Venezolana? Dividendos pagados por CA Venezolana? Dividendos pagados por Offshore no domiciliada?
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Territorialidad – Casos (cont.)
Otras actividades Comisión por servicio administrativo vinculado al
otorgamiento de un préstamo en Venezuela Banco Local Banco Extranjero
Comisión pagada a corredor inmobiliario en USA quien en USA consiguió comprado de Rancho de Chana en Margarita
Comisión pagada a escrow agent extranjero por prestar servicios de escrow relacionados con compra de fondo de comercio de compañía Vzlana
Partición de bienes divorcio. Capitulaciones? Indemnización de seguro? Premio lotería? Tesoro
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Territorialidad – Casos (cont.)
Otras actividades (cont.) Fideicomiso
Qué es un fideicomiso? P Jca. – Contrato? Para que sirve? Clases
De administración De inversión De garantía (obras, obligaciones) Testamentario Laboral (indemnización por antigüedad, 108 LOT) De derecho de autor
Norma LISR: Art Aporte? Distribuciones? Capital - Renta
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Opinión legal - ISR Elaboración de una opinión legal: Antes de escribir NADA
1. Preguntas: Cuáles son?2. Hechos: Cuáles son?3. Identifica las operaciones con contenido económico en general4. Selecciona aquellas relevantes para la opinión legal5. Identifica y ubica las normas aplicables6. Qué remunera el pago?7. Ingreso/gasto “territorial” o “extraterritorial”?
ojo: Aplica las REGLAS7. Quién es el beneficiario final de la remuneración? = I8. Quién aprovecha la deducción de la remuneración? = G9. Cuáles son los domicilios fiscales de 7 y 8?10. Aplica algún Tratado para evitar la DT?11. Otros temas importantes –Misceláneos-12. Conclusiones: Muchas veces hay más de una válida13. Riesgos14. Defensas15. ESCRIBIR: Este es el último paso
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
1. Preguntas: Cuáles son? Si no estás claro:
• Solicita aclaratoria
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
2. Hechos: Cuáles son? Si no estás claro:
• Solicita aclaratoria• Pide copia de documentos relevantes• Entiende el (los) contrato (s) en el plano legal
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
3. Identifica las operaciones con contenido económico en general Cuáles son:
• Aquellas que tienen un impacto en el patrimonio Operaciones “Remuneradas” Operaciones “No remuneradas”
Por qué?• Solo ellas tienen consecuencias fiscales
Las “Remuneradas”: Negocios jurídicos que tengan por objeto• Bienes• Servicios• Otras actividades
Las “No remuneradas”• Desastres naturales, accidentes, tesoros, indemnizaciones,
retornos por inversiones, etc.
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
4. Selecciona aquellas operaciones relevantes “solo” para la opinión legal
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
5. Identifica y ubica las normas relevantes CN Tratados COT LISR RLISR Providencias
También es importante revisar• Dictámenes del SENIAT• Jurisprudencia• Publicaciones
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.
6. Qué remunera el pago? La enajenación de un bien? La prestación de un servicio? La realización de una actividad?
Pago: Alternativas En efectivo En especie Compensación Remisión Confusión
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
7. Ingreso/gasto “territorial” o “extraterritorial”?
REGLAS
Bienes inmuebles: R: Ubicación geográfica Bienes muebles tangibles: R: Idem bienes inmuebles,
pero para el momento del “perfeccionamiento del contrato
Bienes muebles intangibles: R: Idem bienes muebles, pero aplican “criterios ideales”
Servicios: R: Lugar dónde se presta el servicio Otras actividades: R: Lugar dónde se realiza la
actividad
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
8. Quién es el beneficiario final de la remuneración? = Ingreso
Quiénes son contribuyentes del ISR
P Nat o P Jca domiciliadas en Vzla Renta Territorial Renta Global
P Nat o P Jca No domiciliadas en Vzla (Sin EP o BF) Solo Renta territorial
P Nat o P Jca No domiciliada con EP o BF en Venezuela Renta Territorial atribuible al EP o BF Renta Global atribuible al EP o BF
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
9. Quién aprovecha la deducción de la remuneración? El titular de la deducción del gasto Ojo: Retención de ISR
Pago Abono en cuenta
Ojo: Cuándo es deducible el gasto? Ojo: Año siguiente, qué pasa si no se pagó?
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
10. Cuáles son los domicilios fiscales de: El beneficiario final de la remuneración El que aprovecha la deducción del gasto
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
11. Aplica algún Tratado para evitar la DT? Alemania G.O. 36.366, 11.08.97 Barbados G.O: 37.659, 27.03.03 Bélgica G.O.: 5.269, 22.10.98 República Checa G.O. 5.180, 4.11.97 Dinamarca G.O. 37.219, 14.06.01 Estados Unidos G.O. 5.427, dated 05.01.00 Francia G.O. 4.635, 29-09-03 Indonesia G.O. 37.659, 27.03.03 Italia G.O. 4.580, 21.05.93 Mexico G.O. 5.273, 6.11.98 Noruega G.O. 5.265, 1.10.98 Holanda G.O. 5.180, 4.11.97 Portugal G.O. 5.180, 4.11.97 Reino Unido G.O. 5.218, 6.03.98 Suecia G.O. 5.274, 12.11.98 Suiza G.O. 5.192, 18.12.97 Trinidad y Tobago G.O. 5.180, 4.11.97 Decisión 578 Comunidad Andina
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
12. Otros temas importantes: Misceláneos Reglas de disponibilidad Aplican beneficios fiscales Cuál es el régimen de retenciones aplicable Ajuste por inflación Pecios de transferencia Rentas presuntas Reglas de costo Ejercicio fiscal Normas de transparencia internacional etc.
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
13. Conclusiones Puede haber más de una válida Al llegar a la primera, seguir pensando
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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
14. Riesgos Identificar riesgos
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Opinión legal – ISR (cont) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)
15. Defensas Identificar las defensas
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La Carta de Crédito Caso trabajo 1: Carta de Crédito/Préstamo Cuál es la pregunta principal del cliente?
Cómo contabilizar fiscalmente el gasto: Como gasto de la “cesta territorial” o como gasto de la “cesta global”
Cuáles gastos? Intereses Comisiones
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La Carta de Crédito Operaciones con contenido económico
Relevantes Pago de intereses a Banco Local Pago de intereses a Banco Panameño Pago de comisiones a Banco Local Pago de comisiones a Banco Panameño Crédito se usa en Venezuela para obtener renta
No relevantes Pago de precio de materia prima Descuento de aceptaciones y pago de precio Importación, fabricación y comercialización Carta de crédito como título
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La Carta de Crédito (cont.) Normas aplicables
CN COT CCo LISR RLISR Jurisprudencia Doctrina Seniat Doctrina General
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La Carta de Crédito (cont.) Que remunera el pago?
Intereses: uso de dinero (préstamo) Comisiones: servicios prestados
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La Carta de Crédito (cont.) Aplicación de reglas
Intereses: Dónde se utiliza el dinero prestado? Venezuela - TERRITORIAL
Comisiones: Dónde se presta el servicio? Banco Venezolano: Comisión de Apertura. Servicio prestado
en Venezuela - TERRITORIAL Banco Extranjero: Comisión por Notificación y Aceptación.
Servicio prestado en Panamá - EXTRATERRITORAIL Banco Extranjero: Comisión por Aceptación. Servicio
prestado en Panamá - EXTRATERRITORIAL Banco Extranjero: Comisión por Pago. Servicio prestado en
Panamá - EXTRATERRITORIAL
Ojo: Conclusión aplica para el ingreso y para el gasto.
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La Carta de Crédito (cont.) Beneficiario final de la remuneración
Intereses: Banco local? Banco extranjero?
Comisiones: Banco Venezolano: Comisión de Apertura. Banco Extranjero: Comisión por Notificación y
Aceptación. Banco Extranjero: Comisión por Aceptación. Banco Extranjero: Comisión por Pago.
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La Carta de Crédito (cont.) Quién aprovecha la deducción de la
remuneración? Intereses:
Importadora C.A.? Banco local?
Comisiones: Importadora C.A. Comisión de Apertura. Comisión por Notificación y Aceptación. Comisión por Aceptación. Comisión por Pago.
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La Carta de Crédito (cont.) Domicilios fiscales?
Banco Venezolano: Como está registrado en Venezuela, domiciliado en Venezuela
Importadora C.A.: Como está registrada en Venezuela, domiciliado en Venezuela
Banco Extranjero: Como está registrado en Panamá, No domiciliado en Venezuela
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La Carta de Crédito (cont.) Aplica Tratado? Otros temas importantes: Misceláneos
Reglas de disponibilidad Aplican beneficios fiscales Cuál es el régimen de retenciones aplicable Ajuste por inflación Pecio de transferencia Rentas presuntas Reglas de costo Ejercicio fiscal Normas de transparencia internacional etc.
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La Carta de Crédito (cont.) Conclusiones
Los intereses: 1. Ingreso territorial del Banco, independientemente de cuál
cobre. Razón: El dinero se usa en Venezuela. Las Comisiones:
2. Ingreso territorial del banco: Las pagadas para remunerar servicios prestados en Venezuela Comisión apertura
3. Ingreso Extraterritorial del banco: Las pagadas para remunerar servicios prestados fuera de Venezuela. Comisión por Notificación y Confirmación Comisión por Aceptación Comisión por Pago
Entonces: Importadora C.A. deberá reportar 1 y 2 como gastos territoriales y 3 como gasto extraterritorial
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La Carta de Crédito (cont.) Otras conclusiones, riesgos, defensas
Regla de la causa
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La Carta de Crédito (cont.) Primera parcela: Intereses
De quién es el gasto? De quién es el ingreso? Territorial? Qué pasa si uso el dinero fuera de Venezuela? Recomendación: Contratos de préstamo
distintos: 1 act locales y 1 act extraterritoriales Retención de ISR: Condición deducción -
derogada 2001 Normalidad del gasto: Cuantía Necesidad del gasto: Sin gasto no hay renta
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La Carta de Crédito (cont.) Segunda parcela: Comisión por apertura
De quién es el gasto? De quién es el ingreso? Territorial? Retención de ISR Normalidad del gasto: Cuantía Necesidad del gasto: Sin gasto no hay renta
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La Carta de Crédito (cont.) Tercera parcela: Comisión por notificación
De quién es el gasto? Quién es el deudor Es irrelevante quién es el pagador No es un gasto del Banco Venezolano porque es un
intermediario. CxC y no GyP. De quién es el ingreso? Territorial? Que pasa si el Banco Extranjero tiene un EP en
Venezuela? Retención de ISR Normalidad del gasto: Cuantía Necesidad del gasto: Sin gasto no hay renta
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La Carta de Crédito (cont.) Cuarta parcela: Comisión por confirmación
Idem Tercera parcela
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La Carta de Crédito (cont.) Quinta parcela: Comisión por aceptación
Banco Extranjero emite y acepta pagar una Letra de Cambio
Qué es esto? Préstamo? No, porque no hay desembolso de fondos Servicio? Si Garantía? Si, pero la garantía también es un servicio.
Banco acepta pagar la deuda del importador. Le pago al banco por asumir el riesgo de pagar.
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La Carta de Crédito (cont.) Sexta parcela: La letra de cambio
Cuándo nace el préstamo? Cuando se emite la L de C? Cuando se paga la L de C?
Que puede hacer el Banco con la L de C? Entregarla al Exportador Descontarla en el mercado y pagarle al Exportador
Que puede hacer el Exportador con la L de C? Esperar a su vencimiento Descontarla en el mercado
Cómo se gravan los intereses? Los que recibe el Banco Extranjero? Los que recibe el tercero comprador de la L de C a
descuento?
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Operación de cambio (Permuta)
Ley Ilícitos Cambiarios Se exceptúan las operaciones en títulos valores.
Cuáles? Por lo tanto, las operaciones en el mercado paralelo
de permutas son lícitas Operaciones de permuta: Sucesión de contratos.
Compra un una moneda y liquidación en otra moneda.
Divisas adquiridas por este medio se pueden mantener siempre que no se concrete un supuesto de venta obligatoria (exportación)
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Operación de cambio (Permuta)
De ida: Bs. a US$: Pérdida Pasos: Compra DPN Bs. - Permuta de DPN por TBill – Venta
TBill US$ Compra DPN: Crédito Banco 5000 + Débito Inversión DPN
5000 Permuta: Crédito Inversión DPN 5000 y Débito GyP 5000;
Débito Inversión TBill 2150 y crédito GyP 2150. Resultado neto: Pérdida 2850
Venta TBill: Crédito Inversión TBill 2150 + Débito Banco 2150 La pérdida es deducible? Por qué? Territorial o extraterritorial? Por qué? Exención: “Los enriquecimientos provenientes de los bonos
de deuda pública nacional y cualquier otra modalidad de título valor emitido por la República”
Pérdida: Acto voluntario?
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Operación de cambio (Permuta)
De venida: US$ a Bs: Ganancia Pasos: Compra TBill US$ - Permuta de TBill por DPN –
Venta DPN Bs. Compra TBill: Crédito Banco 2150 + Débito Inversión
TBill 2150 Permuta: Crédito Inversión TBill 2150 y Débito GyP
2150; y Débito Inversión DPN 5000 y crédito GyP 5000. Resultado neto: Ganancia 2850
Venta DPN: Crédito Inversión DPN 5000 + Débito Banco 5000
La ganancia es gravable? Por qué? Territorial o extraterritorial? Por qué? Dictamen DCR-5-33.957-2135 de fecha 15-3-2007
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 82
Operación de cambio (Permuta)
Dictamen DCR-5-33.957-2135 de fecha 15-3-2007 Hechos
Compañía Venezolana domiciliada en Vzla Con sus US$ compró TBill Luego permutó el TBill por DPN: Ganancia Luego vendió el DPN en Bs.
Conclusión del SENIAT La ganancia deriva de la enajenación del TBill y no del DPN. OK El ingreso bruto es el valor de mercado del DPN (Art 23,
RLISR). OK La ganancia es territorial (aplica la regla de la causa). ??
TBills se adquieren desde Venezuela Casa de Bolsa Venezolana actúa como intermediaria Los DPN´s que se reciben se encuentran en el país??? Están bajo la custodia de Casa de Bolsa Venezolana????
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 83
Caso Citibank (intereses) Sentencia N.-50, de fecha 19-12-1978, dictada
por el Tribunal Segundo de ISR Hechos
Citi: Banco Extranjero Empresa Venezolana: Receptora del préstamo Contrato se firmó en USA Evidencia del préstamo: Un Pagaré Capital e intereses debían ser pagados en USA según
Pagaré Dinero se usó en Venezuela Citi no declaró ISR en Venezuela Citi no pagó ISR en Venezuela Reparo
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Caso Citibank (intereses) Fundamentos del reparo
El artículo 47 de la LISR de 1958, indicaba que “las sociedades y comunidades constituidas en el exterior que ejerzan actividades económicas en el país, estarán sujetas al impuesto celular y complementario”
Como el dinero fue usado en el país, Citi realizó actividades económicas en Venezuela
Citi debió declarar como gravables en Venezuela los intereses cobrados con ocasión del préstamo otorgados a la compañía Venezolanas
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 85
Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi
Argumentación 1: la “actividad bancaria” Regla: Dónde se realiza la actividad? Actividad extraterritorial
Argumentación 2: el “bien (dinero)” De quién es el bien?
Bien propiedad del prestatario Dónde está ubicado el bien?
Bien extraterritorial
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 86
Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi (cont.)
Actividad Extraterritorial: Citi no estaba obligada a declarar y a pagar ISR en Venezuela porque la actividad bancaria ocurrió en el exterior.
El préstamo se contrató en el exterior El capital y los intereses se pagaron en el exterior Citi no estaba en condiciones de conocer el
verdadero destino del dinero prestado El producto del préstamo fue entregado al cliente en
el exterior El cliente se hizo dueño del dinero en el exterior El cliente debe pagar intereses use o no use el dinero
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Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi (cont.)
Bien propiedad de un tercero: Los intereses no se producen por un bien propiedad de Citi
Código Civil Art 1736 CC – Mutuo : Citi no es dueño del dinero prestado.
Quien recibe el bien objeto de mutuo lo consume, por lo tanto el prestatario se hace dueño del bien fungible (dinero). Debe devolver otro bien de la misma especie y cantidad.
Bien extraterritorial: Citi no tiene bien en Venezuela El derecho de crédito, como bien intangible, está ubicado
en el lugar del pago, y si no está previsto, en el domicilio del deudor (Código de Bustamante).
Como el lugar el pago era NYC, el derecho de crédito estaba ubicado fuera de Venezuela
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Caso Citibank (intereses) Argumentos del Tribunal
Citi si estaba obligada a declarar y a pagar ISR en Venezuela porque la renta es territorial:
Tribunal analiza el elemento material (renta) y el elemento personal (quién recibe la renta)
Si hay conexión: hay renta gravable Lo importante para definir la territorialidad de la
renta es el “lugar de uso o goce del dinero” Irrelevante: Lugar de la negociación, entrega del
dinero, lugar del pago, lugar de firma del contrato
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 89
Caso Citibank (intereses) Argumentos del Tribunal (cont.)
Análisis: El enriquecimiento es territorial cuando alguna de las
causas ocurre en el país No hay discusión sobre el punto de que Citi es el titular de
los intereses CC – Normas de Mutuo no aplican plenamente. Aplica ley
especial LISR. Un préstamo de dinero, a fines del ISR, equivale al uso o goce de un bien mueble. Los intereses remuneran el uso y goce del dinero prestado.
El producto del préstamo fue utilizado por la empresa venezolana en las operaciones que realizaba en Venezuela
Normas del Código de Bustamante solo aplican a relaciones de derecho privado. No aplican en la relación jurídica tributaria.
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Caso Citibank (intereses) La regla para definir la territorialidad de los intereses es:
“Dónde se usa y goza el capital prestado”
Criterio reiterado por nuestros tribunales Shell Química de Venezuela, C.A., Tribunal Segundo de ISR, Sentencia
No. 21,del 4 Abril de 1968 Shell Química de Venezuela, C.A., Tribunal Segundo de ISR, Sentencia
No 31 del 13 de agosto de 1968 Grace National Bank of New York, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia
No. 44, del 25 de noviembre de 1968 Girard Trust Corn Exchange Bank, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia
No. 47, del 27 de noviembre de 1968 The First National City Bank of New York, Tribunal Segundo de ISR,
Sentencia No. 50,del 19 de diciembre de 1968 The First National Bank of Boston, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia
No 62, del 9 de julio de 1969 Chemical Bank New York Trust Company, Tribunal Segundo de ISR,
Sentencia No. 63, del 9 de julio de 1969
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 91
Caso Citibank (intereses) Que pasó luego de la sentencia de
Citibank Todos los préstamos del exterior a empresas
Venezolanas se frenaron Que hizo el legislador para reactivar estos
préstamos Disminuyó a tarifa de impuesto aplicable 20% - 15% - 5% - hoy 4,95%. Por qué 4,95%?
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 92
Ventas Cuál es la diferencia entre:
Venta extraterritorial Venta en consignación Venta de exportación
Todas se gravan igual o aplican reglas distintas?
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 93
Ventas Venta extraterritorial
Venta de un bien ubicado en el exterior para el momento del perfeccionamiento del contrato
Resultado: Ingreso extraterritorial
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 94
Ventas Venta en consignación
El proveedor extranjero envía bienes de su propiedad a un consignatario Venezolano, y este consigue clientes en Venezuela para dichos bienes
El proveedor extranjero vende al cliente Venezolano
Resultado: El proveedor extranjero obtiene una renta territorial. (actividad – bien)
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 95
Ventas Venta de exportación
Idem venta extraterritorial, pero el proveedor extranjero vende los bienes en el exterior y los exporta a Venezuela
Condiciones: Cliente domiciliado en Venezuela Proveedor extranjero no domiciliado en Venezuela Bienes ubicados fuera de Venezuela al momento del
perfeccionamiento del contrato
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 96
Ventas Venta de exportación (Cont.)
Irrelevante: Ojo si los bienes están fuera de Vzla al momento del consentimiento
Lugar de celebración del contrato Que exista un agente de ventas en Venezuela Lugar de paso de titularidad
Dictamen de la Administración (i) IF 28 21-7-1952 y (ii) 3, 27, Boletín de Impuesto sobre la Renta 26.
Doctrina:Tinoco, I Comentarios a la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela (1955), 142
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 97
Ventas Caso de venta de equipo en el Exterior,
pero además vienen técnicos a instalar el equipo a Venezuela? Sentencia de Productos Darex: La instalación
en Venezuela no es suficiente “causa” para gravar la renta como territorial
Recomendación: Indicar en el contrato que la instalación es incidental a la venta.
Riesgos: Muchos técnicos y mucho tiempo??
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 98
Caso Tricomar Sentencia de fecha 14-8-1990, dictada por la CSJ
- SPA - SET Hechos
Tricomar: Compañía Venezolana - Contratada Corporación Raymond: Compañía de USA Contrato de fletamiento sin tripulación –arrendamiento- Contrato celebrado en Maracaibo y Houston, USA El remolcador fue utilizado en el exterior TSCT concluyó que “la celebración d eun contrato por
una persona domiciliada en el país, es causa suficiente para que sea considerada la renta asociada a una actividad económica realizada en Venezuela”.
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 99
Caso Tricomar Hechos (cont.)
Apelación del Contribuyente: Ingreso extraterritorial porque el remolcador se usó fuera de Venezuela
TSJ –SPA – SET: “Basta que una sola causa generadora de la actividad
económica vinculada con bienes o servicios, ocurra dentro del territorio nacional para que le beneficio se considere integramente sometido a gravamen”
La causa que originó el ingreso es el contrato de arrendamiento que celebraron las partes en Venezuela
Es irrelevante la ubicación del bien mueble Otros elemento que consideró fue que la propietaria del
remolcador era Venezolana. Que opinan de esta perla??
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 100
Venta de Vivienda Principal Base legal: Art 17 LISR y Arts. 26, 194 al
200 RLISR Beneficio fiscal: “No se incluirán dentro de
los ingresos brutos de las P Nat….” En que consiste este beneficio fiscal?
Exención, exoneración, rebaja, deducción? Cuándo se estableció? Ley 1978. Renta
Territorial Requisitos: LISR y RLISR
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 101
Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en la LISR
P Natural Inmueble vendido: Debe estar registrado como VP en la
jurisdicción del contribuyente. Ojo: Prueba VP x 4 años Nuevo inmueble:
Inversión: El contribuyente debe invertir la totalidad o parte del precio en otra VP
Registro: El nuevo inmueble debe registrarse en la jurisdicción del
contribuyente Plazo: 1 año antes o 2 años después de la compra
Notificación de venta y de intención de sustitución de VP
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 102
Venta de Vivienda Principal Otros aspectos regulados por la LISR
Regla de prorrateo Mayores de 60 años: exentos sin condiciones
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 103
Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR
Inmueble vendido: Debe estar registrado como VP en la jurisdicción del contribuyente
Plazo para registro: 1 año, a partir del día que la P Nat “habite” el inmueble. 195 ?
Dónde? Gerencia Regional de Tributos Internos lugar ubicación del inmueble. 196 ?
Cuántos? Solo 1 inmueble “en el país”. 196 P Único? Requisitos formales de la solicitud. 197. OK
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 104
Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR. Cont.
Nuevo inmueble: Inversión: El contribuyente debe invertir la totalidad o
parte del precio en otra VP Registro:
El nuevo inmueble debe registrarse en la jurisdicción del contribuyente
Plazo: 1 año antes o 2 años después de la compra
Fiscalización: A solicitud de la Administración, la P Nat deberá demostrar la inversión en otra VP en el período señalado. OK
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 105
Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR. Cont.
Notificación de venta y de intención de sustitución de VP
Vía anexo en declaración definitiva de ISR. OK O por carta antes del 31 de marzo, si la P Nat no
declara. OK
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 106
Caso Vivienda Principal Hechos Argumentación válida del SENIAT
Registro “en el país”. Parágrafo Único 196 El SENIAT solo tiene Gerencias Regionales de Tributos
Internos en Venezuela Los beneficios fiscales solo están disponibles para
“residentes” Interpretación restrictiva de normas que contemplan
beneficios fiscales La intención del legislador fue promover inversión en
viviendas y el desarrollo del sector inmobiliario en Vzla Reparo por (i) ISR no pagado; (ii) multa por no enterar el
0,5%; (iii) multa por contravención 105% e (iv) intereses moratorios
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 107
Caso Vivienda Principal (Cont.)
Argumentación válida del abogado de PP LISR no exige que el precio se invierta en Vzla Artículo 196 Pfo Único, viola la reserva legal Artículo 11 del COT permite gravar renta global cuando
el contribuyente tenga “nacionalidad” venezolana. Entonces, los Venezolanos tienen derecho a los “beneficios fiscales”. No importa su residencia fiscal.
CN: Principio de igualdad, derecho humano a la vivienda, protección de la familia
No procede el reparo porque PP puede invertir el precio en una VP ubicada en Vzla hasta junio 2008
Intención del legislador: Que el pueblo invierta en su vivienda
Confiscatoriedad, capacidad contributiva ?? Error de derecho, eximente de penalidad
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 108
Caso Vivienda Principal (Cont.)
Argumentación válida del Tribunal Idem SENIAT Idem abogado PP
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 109
Contribuyentes Tipos
Los que determinan su EN y pagan su ISR Personas naturales C.A. S.R.L
Los que determinan EN, pero el EN se reparte entre los socios, quienes pagan su ISR
Son centros de gravedad Sociedades Civiles SNC
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 110
Contribuyentes (Cont.) Arreglos contractuales
Cuenta en participación Consorcio
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 111
Contribuyentes (Cont.) Tipos de sociedades:
De capital C.A. SRL
De personas Sociedad en nombre colectivo SNC (Resp Ilimitada) Sociedad en comandita simple o por acciones SCS
Socio General: Resp ilimitada. Comanditante. Socio Limitado: Resp limitada. Comanditario
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 112
Imposición Directa I - Prof. Marcel Imery 113
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