Vía del reclamo si no es solucionado a la interna de Ancel
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Vía del reclamo si no es solucionado a la interna de Ancel
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Si el reclamo no es solucionado por Ancel el mismo puede seguir el siguiente camino:
El cliente consulta en la Liga de defensa del consumidor.
Las consultas pueden tener dos resultados: 1) Sin conciliación: consultas que se evacuaron en el momento y/o audiencias y denuncias que no implicaron una gestión por parte de los funcionarios de ADECO. 2) Con conciliación: consultas que implicaron una conciliación telefónica con el proveedor, donde media un funcionario del Área. Las CONSULTAS con conciliación pueden terminar de todas formas en una audiencia y/o denuncia.
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Módulos La CONSULTA con conciliación, puede tener tres resultados:
a) Favorable: la conciliación telefónica que se realizó con el proveedor resultó favorable para el consumidor.
b) Desfavorable: la conciliación telefónica que se realizó con el proveedor no resultó favorable para el consumidor.
c) Pendiente: aún se está realizando la gestión, todavía no existe una respuesta definitiva. Esta CONSULTA con conciliación pendiente luego va a tener un resultado favorable o desfavorable.
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AUDIENCIAS
El origen de toda audiencia es una CONSULTA, con o sin conciliación.
Las audiencias pueden tener 4 resultados: 1) Favorable: audiencias administrativas que resultaron favorables
para el consumidor. 2) Desfavorable: audiencias administrativas que resultaron
desfavorables para el consumidor. 3) No comparece: audiencias administrativas a las que no
compareció alguna de las partes.
4) Pendiente: audiencias administrativas en que las partes acordaron fijar una prórroga. Toda audiencia administrativa pendiente va a tener un resultado: favorable, desfavorable o no comparece.
Acciones preventivas.
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Para que la empresa obtenga ingresos requiere vender productos o prestar servicios y para que éstos se vendan deben poseer características tales que satisfagan las necesidades y expectativas del cliente.
Como acciones preventivas consideramos:
• Cumplir con todo lo que se ofrezca en la publicidad.
• El proveedor deberá informar, en todas las ofertas, y previamente a la formalización del contrato respectivo precio impuestos incluidos, condiciones de financiación del mismo, características de la prestación.
• Esta información debe ser brindada al mismo por escrito.
• Tener en cuenta que cuando en la oferta se dieran dos o más informaciones contradictorias, prevalecerá la más favorable al consumidor.
Acciones preventivas.
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• Las garantías deben ser por escrito, de fácil comprensión y lectura.
•Tener en cuenta que el consumidor tiene derecho a rescindir las compras realizadas fuera de los locales comerciales dentro de los cinco días hábiles siguientes a la formalización del contrato o a la entrega del producto ó prestación del servicio.
• Si el consumidor ejerciere el derecho a resolver o rescindir el contrato deberá proceder a la devolución del producto al proveedor, sin uso, en el mismo estado en que fue recibido.
• Los fabricantes e importadores deberán asegurar la oferta de componentes y repuestos mientras subsista la fabricación o importación del producto.
Link a Ley 17.250