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1 - Obras Sanitarias del Estado - UNIDAD DE GESTION DESCONCENTRADA Pliego de Condiciones Particulares LICITACIÓN OBJETO: SUSTITUCIÓN DE TUBERÍAS DE DISTRIBUCIÓN Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE EN LOCALIDADES DE MALDONADO.- Fecha de apertura: Hora:

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- Obras Sanitarias del Estado -

UNIDAD DE GESTION DESCONCENTRADA

Pliego de Condiciones Particulares

LICITACIÓN

OBJETO:

SUSTITUCIÓN DE TUBERÍAS DE DISTRIBUCIÓN Y CONEXIONES

DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE EN LOCALIDADES DE MALDONADO.-

Fecha de apertura:

Hora:

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Contenido CAPITULO l – GENERALIDADES ......................................................................................... 5

1. DEFINICIONES. ................................................................................................................ 5

2. OBJETO DE LA LICITACIÓN. ........................................................................................ 6

3. PLAZO TOTAL DE LA OBRA. ....................................................................................... 6

CAPITULO II: ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. ...................................... 7

1. DE LOS TRABAJOS A REALIZAR ................................................................................ 7

2. EQUIPOS A UTILIZAR .................................................................................................. 17

3. OBRAS ACCESORIAS Y ESPECIALES ....................................................................... 18

4. PLAZOS PARCIALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ................................. 21

5. EQUIPO TÉCNICO .......................................................................................................... 22

6. SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS LICITADOS .................................................... 22

7. VERIFICACIONES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS ......................................... 23

8. RECEPCIONES PROVISORIA Y DEFINITIVA PARCIALES ................................. 23

9. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS ................................................................................. 24

CAPITULO III - CONDICIONES GENERALES. ................................................................ 25

1. DOCUMENTOS QUE RIGEN LA LICITACIÓN......................................................... 25

2. DOCUMENTOS DEL CONTRATO. ............................................................................. 26

3. REQUISITOS PARA OFERTAR .................................................................................. 26

4. ACLARACIONES AL PLIEGO ....................................................................................... 27

5. MODIFICACIONES AL PLIEGO PARTICULAR ...................................................... 27

6. SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA APERTURA DE LA LICITACIÓN ....... 28

7. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS. .................................... 28

8. DE LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA......................................................... 30

9. INFORMACIÓN SOBRE LA EMPRESA PROPONENTE. ...................................... 31

10. CONSORCIOS: ............................................................................................................. 31

11. DE LOS SUB CONTRATOS. ..................................................................................... 32

12. CAPACIDAD TÉCNICA, FINANCIERA Y CIVIL DE LA EMPRESA

PROPONENTE. ........................................................................................................................ 33

13. DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA................................................................... 34

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14. DE LAS GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y FIEL

CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y SU CONSTITUCION............................................ 34

15. DEL PRECIO DE LA OFERTA. ................................................................................ 35

16. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. .................................................................... 35

17. DE LA MONEDA DE COTIZACIÓN ........................................................................ 35

18. FORMA DE COTIZAR ............................................................................................... 35

19. AJUSTE DE PRECIOS ................................................................................................ 36

20. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. ......................................................................... 37

21. DE LAS DISCREPANCIAS. ...................................................................................... 38

22. REGIMENES PREFERENCIALES ........................................................................... 39

23. A las MPyMES ............................................................................................................. 39

24. COMPARACIÓN ECONÓMICA DE OFERTAS ..................................................... 40

25. ADJUDICACIÓN .......................................................................................................... 41

26. PLAZO PARA EL PAGO. ........................................................................................... 41

27. GESTIÓN PARA EL PAGO DE LOS TRABAJOS. ................................................. 41

28. ESTUDIO DE LAS LIQUIDACIONES (CERTIFICADOS) MENSUALES;

APROBACIÓN DE LAS HOJAS DE SERVICIO Y PRESENTACIÓN DE LAS

FACTURAS. ............................................................................................................................... 42

29. ATRASO EN LOS PAGOS ......................................................................................... 43

30. AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN ........................................................... 43

31. LIQUIDACIÓN DE VARIACIONES DE OBRA. .................................................... 44

32. TRÁMITE DE LOS PAGOS POR LEYES SOCIALES. .......................................... 45

33. CONTROL DEL TOTAL DE LOS JORNALES EMPLEADOS ............................. 46

34. FINALIZACIÓN DE LA OBRA. ................................................................................ 46

35. RECEPCIÓN PROVISORIA. ..................................................................................... 47

36. GARANTÍA DE LA BUENA EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS OBRAS. ... 47

37. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y LIQUIDACIÓN FINAL. ......................................... 48

38. DE LAS MULTAS. ....................................................................................................... 48

39. DE LAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA - NORMAS

LABORALES Y SALARIALES, Y TODAS LAS QUE CORRESPONDAN A LA LEY

Nº18251 DE RESPONSABILIDAD LABORAL ................................................................ 50

40. DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA. .......................................... 51

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41. CESIÓN DEL CONTRATO ........................................................................................ 53

42. DE LA CONFIDENCIALIDAD .................................................................................. 54

43. COMPETENCIA JUDICIAL ....................................................................................... 54

44. IGUALDAD DE GÉNERO – ACOSO SEXUAL (LEYES 18.104 y 18.561) .. 54

ANEXOS ..................................................................................................................................... 55

ANEXO I - FORMULARIO DE OFERTA ............................................................................. 56

ANEXO II - PLANILLA DE METRAJES Y PRECIOS ........................................................ 58

ANEXO III - REQUERIMIENTOS DE LA EMPRESA. ...................................................... 61

ANEXO IV – CARTA PODER ................................................................................................ 63

ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO ............................. 63

ANEXO V – MATERIALES ..................................................................................................... 65

ANEXO VI - COMPROMISO DE CAPACIDAD DE OPERACIÓN DIARIA .................. 68

ANEXO VII - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES PARA REPOSICIONES

...................................................................................................................................................... 69

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OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO

UNIDAD DE GESTION DESCONCENTRADA

LICITACIÓN

CAPITULO l – GENERALIDADES

1. DEFINICIONES.

O.S.E.: Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

U.G.D.: Unidad de Gestión Desconcentrada.

ADMINISTRACIÓN: Deberá entenderse por tal O.S.E.

EMPRESA: Se entiende por tal la empresa jurídica capaz de ejercer derechos y contraer

obligaciones, como las que resultan de esta Licitación.

Pesos: Unidad de moneda de la República Oriental del Uruguay.

P.C.P.: Pliego de Condiciones Particulares.

P.C.G.O: Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Construcción

de Obras.

P.C.G.: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de

Suministros y Servicios no Personales (Decreto 131/2014)

U.T.E.: Usinas y Transmisiones Eléctricas.

A.N.T.E.L.: Administración Nacional de Telecomunicaciones.

T.O.C.A.F.: Texto Ordenado de las Leyes y Normas sobre Contrataciones y Licitaciones.

A.T.Y.R.: Asesoría Tributaria y Recaudación.

M.T.O.P.: Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

M.V.O.T.M.A.: Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

I.D.M: Intendencia Departamental de Maldonado.

B.R.O.U.: Banco de la República Oriental del Uruguay

B.S.E.: Banco de Seguros del Estado

B.P.S.: Banco de Previsión Social

D.G.I.: Dirección General Impositiva

D. de O.: Dirección de Obra o Director de Obra.

TACs: Trabajos a Cobrar en OSE

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2. OBJETO DE LA LICITACIÓN.

La presente licitación tiene por objeto la ejecución de las obras correspondientes para la sustitución de 7200 metros de tubería de agua potable y sus conexiones asociadas. La sustitución de estas tuberías se hará en lugares donde existen tuberías en mal estado o zonas de roturas frecuentes. La contratación que se licita será por 5.200 metros de colocación de tubería sin zanja y por 2.000 metros de tubería mediante el método tradicional.

Comprende todos los trabajos necesarios para la colocación de caños, piezas especiales y aparatos, así como la reconexión de los servicios domiciliarios existentes conectados a las tuberías que quedan fuera de servicio. Se incluyen asimismo el suministro de la totalidad de los materiales necesarios para la ejecución de la obra, con excepción de los medidores de consumo de agua (hidrómetros), llaves de bronce antifraude, tubos y tuercas, y guarniciones para conexiones, los cuales serán suministrados por OSE.

3. PLAZO TOTAL DE LA OBRA.

El plazo de ejecución para la totalidad de las obras licitadas será de 365 días calendario, contados a partir de la fecha de confección del Acta de Replanteo Inicial, la cual señalará el origen de todos los plazos fijados para la construcción. (Artículo Nº 30 del PCGO).

La empresa adjudicataria dispondrá de un plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la adjudicación (Emisión del Pedido de Compra por parte de OSE) para empezar los trabajos y confeccionar el Acta de Replanteo Inicial

Durante los primeros 15 días de este período el Contratista deberá presentar un Plan de Actividades y los proyectos ejecutivos de los tramos a sustituir, los que serán puestos a consideración de la Dirección de las Obras.

Para la elaboración de este Plan se tendrán en cuenta todos los requisitos establecidos en las Condiciones Técnicas, y el plazo total de ejecución de las obras.

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CAPITULO II: ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES.

1. DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

1.1 - Descripción

La presente Licitación comprende la realización de las obras necesarias para instalación por sustitución de 7200 metros de tuberías de PEAD y/o PVC para agua potable de distintos de diámetro y sus conexiones domiciliarias en el ámbito de la Unidad de Gestión Desconcentrada de OSE del Departamento de Maldonado.

Para 5.200 metros de ese metraje el procedimiento constructivo a cotizar será el denominado “SIN ZANJA” o “Trenchless Technology”, el cual se describe en el Nal. 1.5 Instalación de tuberías. Para 2.000 metros el procedimiento constructivo a cotizar será el método tradicional con excavación de zanja.

Deberán además reconectarse a las nuevas tuberías todas aquellas conexiones domiciliarias existentes en los tramos de red sustituidos y se construirán conexiones nuevas en los casos que se requieran.

El procedimiento a emplear será efectuar la sustitución de la tubería existente mediante una post-instalación de tuberías de PVC rígido, de acuerdo a la norma UNIT 215 para tuberías de presión nominal 1 Mpa y tensión admisible de 10 Mpa con junta elástica; o de tuberías de PEAD de acuerdo a la norma UNIT ISO 4427 PN 8 PE 100 SDR 17.

En casos especiales, como por ejemplo el cruce de calles o avenidas importantes, se entubará la nueva tubería con una vaina de PVC rígido, de diámetro mayor a la tubería de a colocar, de acuerdo a lo que se establezca en los proyectos respectivos o según lo defina el Director de Obra.

El Contratista deberá suministrar todos los materiales, como tuberías, accesorios, piezas especiales, válvulas, cámaras, etc. y la mano de obra necesaria para dejar en condiciones óptimas de funcionamiento las instalaciones de la red de abastecimiento en lo que comprende a las nuevas tuberías, así como a las tuberías deshabilitadas. Esto incluye también la construcción y re conexión de las conexiones domiciliarios existentes conectadas a las tuberías sustituidas, así como de nuevas conexiones.

Se deberá prestar especial atención a la continuidad del servicio de abastecimiento de agua potable a los usuarios afectados por la ejecución de las obras. Se trabajará sobre la base de una adecuada planificación que minimice las interrupciones del abastecimiento y mantenga debidamente informados a los usuarios de los cortes inevitables de agua y de su duración.

En aquellos casos en los cuales no se pueda mantener el abastecimiento mediante las tuberías existentes a sustituir, se deberán prever las obras, trabajos y materiales necesarios a los efectos de asegurar la continuidad del abastecimiento mediante tuberías e instalaciones accesorias y provisorias.

OSE actuará en carácter de consultor y supervisor de las obras y no suministrará ningún material, accesorio o mano de obra, salvo la participación del personal de redes en los trabajos necesarios para realizar los empalmes.

Previo al comienzo de los trabajos se exigirá la presentación del seguro de accidentes laborales del personal actuante en obra.

Antes de vencido el plazo para la iniciación de la obra y hasta la finalización efectiva de la misma el Contratista deberá disponer, en lugar a convenir con la Dirección de Obra, un predio de obrador para depósito de materiales y una oficina para la empresa en la ciudad de Maldonado.

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Con anticipación al comienzo de las obras, el Contratista deberá relevar los lugares donde se instalarán las cañerías para ubicar canalizaciones u otras instalaciones subterráneas existentes que puedan interferir con las obras proyectadas.

En el caso de que instalaciones existentes interfieran con el proyecto, el Contratista deberá comunicarlas al Director de Obra, conjuntamente con todos los datos necesarios para que se puedan efectuar los ajustes convenientes en el proyecto. Si no lo hiciere así correrá a cargo del Contratista, cualquier modificación del trazado.

El Contratista restaurará a su costo las instalaciones existentes que resultaren dañadas por este reconocimiento.

El costo de estos pozos estará incluido en sus precios en los rubros de excavación y rellenos.

1.2 - Aspectos generales de las obras.

Las presentes especificaciones detallan y establecen las condiciones en que deberán ser ejecutadas las obras y suministros de la presente licitación. La misma se complementa con las especificaciones particulares, y los pliegos generales de obras.

Las presentes especificaciones, de carácter normativo, corresponderán a los siguientes aspectos:

a) Tuberías.

b) Excavaciones de zanjas.

c) Rellenos de zanjas.

d) Reposición de veredas, pavimentos y cordones.

e) Instalación de tuberías.

f) Pruebas hidráulicas de las obras.

g) Obras accesorias y especiales.

Las obras se ejecutarán en un todo de acuerdo con estas especificaciones, con los modelos estándar de OSE, y con los detalles incluidos en las distintas láminas de cada proyecto en particular que suministrará la Dirección de Obra.

El Contratista adquiere la obligación de mantener en la obra en forma permanente y a disposición del Ingeniero Director de Obra que designe OSE, un juego completo de:

Los planos pertinentes a los trabajos en ejecución (incluidas las láminas con modificaciones debidamente autorizadas).

Las especificaciones especiales respectivas.

Los planos de detalles de instalación proporcionados por los fabricantes de los equipos y tuberías por instalar.

Los permisos municipales.

Las autorizaciones de servidumbre de paso, etc.

El Contratista tendrá en cuenta que las etapas de remoción de veredas, pavimentos y cordones, excavación de zanjas, colocación de caños, aparatos y piezas especiales, pruebas hidráulicas y relleno de excavaciones, deberán constituir un proceso continuo, en el que se deberá considerar que la excavación no adelantará en más de lo estipulado en el presente PCP y en la Memoria General de

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Instalación de Tuberías de Conducción de Líquidos a Presión a la colocación de los elementos de tubería y el correspondiente relleno.

El Contratista deberá mantener permanentemente limpias las cunetas, drenajes, tubos y alcantarillas cercanas a la obra, con el propósito de asegurar el buen escurrimiento superficial de las aguas.

Será preocupación preferente del Contratista el cuidar que toda obra existente que resultare dañada durante la ejecución de los trabajos, sea oportunamente restaurada. Asimismo, deberá prestar atención a la completa habilitación de las vías de tránsito, las que deberán quedar, por lo menos, en las mismas condiciones de uso que tenían antes de comenzar las obras.

1.3 - Replanteo del recorrido de las tuberías y relevamiento de interferencias.

El Contratista deberá ejecutar el replanteo del recorrido de las tuberías a instalar, según el proyecto respectivo y conforme a las indicaciones que oportunamente formule el Director de Obra, especialmente respecto a la ubicación de las piezas especiales y aparatos.

Se tendrá especial cuidado en planificar los empalmes de vinculación entre las tuberías sustituidas y las tuberías existentes que quedan en servicio.

El replanteo deberá contar con la aprobación escrita del Director de la Obra el cual resolverá cualquier duda que se suscite respecto al trazado.

El Contratista deberá realizar un relevamiento de las conexiones existentes previo a comenzar con cada tramo. El mismo indicará como mínimo, el estado físico de la conexión (conexión en servicio, conexión cortada, numero y marca de medidor, estado del medidor, padrón al que pertenece, etc.), la Dirección de Obra generara una planilla donde el Contratista deberá registrar toda esta información. La nueva conexión salvo indicación expresa de la Dirección de Obra se deberá dejar en las mismas condiciones que la preexistente.

Antes de comenzar cualquier excavación, a efectos de minimizar cualquier posible daño durante la ejecución de los trabajos, el Contratista relevará toda la información disponible ante los distintos Organismos del trazado de otras canalizaciones existentes en la vía pública como ser: cableado subterráneo de UTE, ANTEL, televisión, gas, saneamiento, etc.

Asimismo, deberá tomarse en cuenta cualquier interferencia o posible daño al ornato público. En el replanteo de obra que presenta el contratista a la Dirección de Obra deberán estar indicadas todas las interferencias encontradas en el lugar, las mismas deberán estar correctamente balizadas.

1.4 - Remoción y reposición de veredas y pavimentos

El Contratista se encargará a su costo de obtener los permisos necesarios y depositar las garantías correspondientes para efectuar las obras en veredas, calles u otros espacios de dominio público o dominio privado de Organismos Públicos, salvo los permisos que deban ser gestionados directamente por OSE ante Organismos Municipales y/o Estatales por así disponerlo esos Organismos.

Cuando la tubería existente esté emplazada en la calzada, siempre que sea posible se colocará la nueva tubería por la acera conforme a las indicaciones del Director de Obra.

En cuanto a las instalaciones de otros Organismos (UTE, ANTEL, ANCAP, IDM, etc.) el Contratista deberá atenerse a lo establecido por la Intendencia Departamental y será responsables de los daños y perjuicios que él o sus empleados causen (Art. 1324 y siguientes del Código Civil).

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Previamente a realizar toda remoción, se recabará información en los Organismos respectivos, con referencia a sus instalaciones existentes en el lugar y se les notificará de los trabajos previstos, para que aquellos puedan intervenir con el objeto de evitar deterioros en las mismas.

La apertura de los pavimentos no se hará en forma continua sino por tramos, según se indica a continuación:

a) Frente a las entradas de las fincas, por delante de las cuales pase la canalización, si ésta va en la acera, se dejará sin excavar un tramo de 0,80 m de longitud, o en su defecto se colocarán elementos adecuados para facilitar el acceso a las fincas. El mismo procedimiento se adoptará frente a los garajes, para permitir el acceso en todo momento de los vehículos a los mismos. El Contratista está obligado a mantener en buen estado de conservación los accesos, así como limpios los tramos no removidos, a fin de no dificultar la libre circulación.

Frente a los locales comerciales se adoptará un procedimiento similar, que permita la libre circulación en todos los accesos del mismo.

b) En las calles pavimentadas en hormigón y cuando la tubería se emplace en la calzada, las zanjas se abrirán por tramos, ejecutándose en las partes en que no se remueva al pavimento, excavación en túnel.

c) En los cruces de las calles, se abrirán las zanjas por mitades, a fin de no interrumpir el tránsito.

Para los cruces de las calles pavimentadas en hormigón se seguirá el procedimiento del numeral b). En ambos casos se tratará de no remover los trozos de pavimentos inmediatos a las juntas de dilatación.

El precio unitario de la “Remoción y reposición de pavimentos” incluye entre otras tareas la rotura del pavimento mediante equipo apropiado (martillo hidroneumático, disco de corte, etc.) y el retiro de materiales necesario para la instalación de las tuberías principales y de las conexiones domiciliarias.

El pago de la “Remoción y reposición de pavimentos” se efectuará de acuerdo con el precio unitario establecido en la Planilla de Metrajes y Precios por los metros cuadrados que surgen de multiplicar la distancia medida a lo largo del eje de la tubería por el ancho removido con un máximo determinado de acuerdo al siguiente criterio:

Se tomará como ancho máximo para el cálculo del metraje de superficie de remoción y reposición de pavimentos de calles de hormigón, carpeta asfáltica y tratamiento superficial, el valor resultante de la siguiente fórmula:

Ancho zanja = DN + 55 cm

Con DN = Diámetro exterior de la tubería en cm.

Se tomará como ancho máximo para el cálculo del metraje de superficie de remoción y reposición de veredas de baldosa y adoquines, el valor resultante de la siguiente fórmula:

Ancho zanja = DN + 75 cm

Con DN = Diámetro exterior de la tubería en cm

Se tomará 40 cm como ancho máximo para el cálculo del metraje de superficie de remoción de pavimentos para la colocación de conexiones nuevas o sustitución de las existentes (aparte de la remoción ya pagada al colocar la tubería principal).

En caso de que el ancho de la zanja sea menor al máximo establecido se pagará el valor real de pavimento de calle o vereda removido.

El precio unitario de la “Remoción y reposición de cordones” incluye el retiro de los cordones o el corte de los mismos con equipo apropiado (martillo hidroneumático, etc.) y el retiro de los materiales sobrantes de manera que se puedan instalar las tuberías principales con sus piezas especiales y accesorios.

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El pago de la “Remoción y reposición de cordones” se realizará de acuerdo con el precio unitario establecido en la Planilla de Metrajes y Precios por los metros lineales removidos, con un máximo de 0,60 m de longitud por cada pasaje de tubería, cualquiera sea el diámetro de la misma.

El precio unitario de la “Remoción y reposición de pavimentos” incluye entre otras tareas la construcción de la sub-base y la base del pavimento correspondiente (hormigón, carpeta asfáltica, riego bituminoso, tosca, baldosa, tepe de césped, etc.), necesarios para la instalación de las tuberías principales y/ conexiones.

Cuando las tuberías estén emplazadas en la calzada, el relleno se deberá realizar con arena en la totalidad de la zanja hasta la sub base del pavimento.

El costo incluye el material de sub-base, material de base, las pruebas de compactación que se realizarán antes de reponer el pavimento de las zanjas compactadas, la tramitación de la recepción de pavimentos y veredas, así como todo ensayo exigido por la Intendencia Departamental correspondiente para recibir las reposiciones realizadas.

El plazo máximo entre la remoción de pavimentos y la reposición definitiva del mismo no excederá los 30 días corridos. Se autorizará, previa solicitud por parte del contratista, lugares específicos que estén a la espera de trabajos puntuales como pueden ser empalmes con redes existentes.

Se deberán seguir los lineamientos indicados en el Anexo VII del presente pliego.

Como se especifica en el Anexo VII el contratista deberá por 6 meses brindar garantía por la reposición de cada pavimento repuesto. Tomado desde la fecha de facturación. Una vez pasado este plazo y para que OSE reciba definitivamente el pavimento el Contratista deberá presentar otro certificado de aceptación expedido por la IDM.

Las excavaciones de zanjas se ejecutarán siguiendo el trazado establecido en el proyecto, en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones Generales y demás Normas de OSE.

Según los criterios de seguridad en la vía pública, de la mínima interferencia con el tránsito y molestia a los habitantes, y bajo aprobación previa de la autoridad competente, el Contratista podrá optar según el caso, siempre y cuando el Director de Obra o la autoridad Municipal no lo predetermine, entre realizar la excavación en forma manual o con la utilización de maquinaria adecuada. Sin embargo, en aquellas partes donde existen otras instalaciones, canalizaciones u obras, se deberán ejecutar manualmente, con el propósito de prevenir posibles perjuicios

Las solicitudes de prórroga que correspondan o no a causas habituales, tales como lluvias o paros de la construcción, deberán ser planteadas por escrito al Departamento Técnico de OSE-UGD, dentro del primer día hábil de aparecidas las causas que las pudieran ameritar.

Las mismas deberán ser debidamente justificadas y quedarán a resolución de la Administración. Toda solicitud planteada fuera del plazo no será atendida.

Se considerará un trabajo correcto y aceptado todo aquel que, además de cumplir con los requisitos técnicos, se cumpla dentro de los plazos previstos.

1.5 - Instalación de Tuberías.

1.5.1 - Sistema de tuberías sin zanja

El contratista cotizara la instalación de tuberías utilizando procedimientos constructivos denominados “Sin zanja” o “Trenchless Tecnology”, buscando lograr la menor afectación a los pavimentos existentes, y menor afectación al tránsito vehicular, contemplando aquellos casos que lo impongan las condiciones operativas dispuestas por la autoridad Municipal.

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Los trabajos de remoción y reposición de pavimentos, conexiones domiciliarias y demás rubros que sean comunes a los procedimientos tradicionales se pagarán por los rubros respectivos.

A modo de ejemplo de metodología se cita la denominada “Pipe Bursting”, no obstante se podrán cotizar otros procedimientos “sin zanja”.

La cotización de la instalación de tuberías mediante esta tecnología, pasará a formar parte de los precios para comparación de ofertas.

“Pipe Bursting” es una tecnología de sustitución de tuberías sin zanja que reemplaza la cañería por rotura y desplazamiento de la existente y la instalación de la tubería de reemplazo en el espacio creado.

El sistema utiliza una unidad de rotura neumática o hidráulica para romper el caño y comprimir los materiales en el suelo circundante. El nuevo caño de reemplazo es simultáneamente empujado o tirado con la cabeza rompedora, para ir ocupando el espacio creado.

Es posible aumentar hasta un 30% el diámetro de la tubería existente, pero esto depende de las condiciones del suelo, la proximidad de otras infraestructuras existentes, y la profundidad a la que se encuentra.

La fuerza de tiro de la unidad rompedora se debe mantener por debajo de las tensiones de rotura del caño de reemplazo de modo de evitar dañar el mismo. El caño de reemplazo debe ser instalado en forma continua, por lo que los caños de PEAD son utilizados en la mayoría de los casos.

Las conexiones domiciliarias, válvulas, hidrantes, y cualquier otro aparato o pieza conectados a la red de distribución a ser rehabilitada, deben ser excavados y expuestos antes de comenzar el proceso. Asimismo, todos los caños u otras infraestructuras dentro de un radio de un metro del caño a ser reemplazado deben ser identificados y cateados de forma tal de evitar daños producidos por los esfuerzos transmitidos a través del suelo durante el proceso.

En este caso también se cumplirá con la memoria descriptiva general de OSE para instalación de tuberías para la conducción de líquidos a presión y sus planos correspondientes.

1.5.2 - Sistema tradicional.

Dada las características de los tramos a instalar o por imprevistos, es posible que sea necesario instalar algún tramo siguiendo el sistema tradicional “sustitución con zanja” como complemento al sistema constructivo objeto de esta licitación. En estos casos, a juicio de la Dirección de Obra, se identificarán esos tramos para lo cual el contratista cotizará la instalación de tuberías por el método tradicional, de acuerdo a la memoria descriptiva general de OSE para instalación de tuberías para la conducción de líquidos a presión y sus planos correspondientes.

1.6 - Conexiones.

Estos rubros incluyen la sustitución de conexiones domiciliarias en las ubicaciones que indicará el Director de Obra que no necesariamente estarán relacionadas o asociadas a la sustitución de tramos de tubería ni a su área inmediata de trabajo.

La conexión domiciliaria comprende desde la perforación en el tubo matriz, hasta la conexión del medidor, inclusive y o sustitución del mismo por uno nuevo con cambio de la llave de cliente si es necesario. Una conexión se dará como terminada cuando la misma este conectada y en servicio. Todos los trabajos previos estarán cotizados en dicho rubro.

La nueva tubería de conexión domiciliaria que será reconectada o sustituida por parte del Contratista, será en todos los casos de polietileno de alta densidad en los diámetros que solicite la Dirección de

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Obra, junto con las piezas especiales (ferrul, abrazaderas, collares de toma, codos, transiciones, etc.) del tipo aprobado por el control de calidad de OSE.

Tipo de conexiones

Conexiones cortas. Son las conexiones donde la tubería está ubicada por la misma acera que la vivienda a servir.

Conexiones Largas. Son las conexiones donde la tubería está ubicada en la acera opuesta a las viviendas a servir.

Las conexiones largas se consideran de 16 metros de largo y el tuneleo de 9 metros respectivamente. Cuando las conexiones excedan este metraje se realizará un ajuste de forma proporcional.

Quedará a juicio de la Dirección de Obra cuando se realizará una conexión por túnel o mediante zanja a cielo abierto.

Se cotizarán además trabajos de sustitución de nichos y de cambios de ubicación de los medidores. A juicio de la Dirección de Obra se podrán solicitar sustitución de nichos y ubicación de medidores. Estos trabajos se cotizarán en el rubro suministro y colocación de nichos, los mismos serán colocados en la misma ubicación, o corrida hasta 1,5 metros en el sentido de la conexión y/o 1,5 metros en sentido perpendicular a esta.

1.7 - Tuberías provisorias.

Consiste en instalar una tubería provisoria para abastecer temporalmente las conexiones correspondientes a un tramo de tubería a sustituir.

Dicha tubería se instalara cuando sea necesaria, y en este rubro se pagará, el suministro, colocación, mantenimiento y retiro de la tubería provisoria.

El pago se hará de acuerdo con el precio unitario consignado en la Planilla de Metrajes y Precios, por metro lineal de tubería provisoria instalada. Se incluyen todas las tareas necesarias para la ejecución y mantenimiento de las tuberías provisorias desde su instalación hasta su retiro.

La Dirección de Obra en caso de estimar que no es necesario realizar alguna o todas las tuberías provisorias podrá optar por no ejecutarlas y por tanto no se pagarán al Contratista.

El contratista colorará la tubería en un diámetro adecuado para garantizar un suministro que a juicio de la Dirección de Obra sea aceptable como provisorio para cada caso.

1.8 - Cámaras para piezas.

Las cámaras de llaves, hidrantes, descargas, y aparatos, deberán tener marcos y tapas de hierro fundido, independiente del lugar donde se instalen, en acera o calzada.

Las cámaras se ajustaran a lo dispuesto en la memoria descriptiva general para instalación de tuberías de conducción de líquidos a presión.

1.9 - Señalización.

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Zona de trabajo: Es obligatorio el correcto y permanente balizamiento de la zona de trabajo, a los efectos de garantizar la seguridad de las personas, tanto en el tránsito de peatones como de vehículos, hasta que dicha zona quede liberada al tránsito. La empresa Contratista tendrá a su cargo dicho balizamiento con balizas lumínicas, cuyo correcto funcionamiento será verificado diariamente. La zona de trabajo deberá estar, además, rodeada por una banda plástica que impida la circulación de extraños y conos de advertencia de colores vivos espaciados alrededor del área ocupada, de acuerdo a la reglamentación correspondiente.

El Contratista será el único responsable de mantener señalamientos diurnos y nocturnos adecuados, para evitar todo tipo de accidentes de acuerdo con lo dispuesto por la Intendencia Municipal.

Sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en la sub-cláusula anterior el Contratista deberá incluir en su oferta y colocar obligatoriamente durante la ejecución de la obra (desde que se proceda a la apertura de la zanja hasta que se tape completamente la misma después de las pruebas hidráulicas) el siguiente balizamiento luminoso nocturno mínimo.

a) dos balizas en cada cuadra entre esquinas no separadas más de 120 metros entre sí. En otros casos las balizas en tramos entre esquinas no podrán separarse más de 45 metros entre ellos.

b) una baliza en cada esquina si en la misma no se han dejado abiertos pozos de dimensiones mayores que las previstas para la zanja donde se colocarán las tuberías.

c) en cada pozo que se abra por cualquier razón (cateos, empalmes, pruebas hidráulicas, etc.) se deberá asegurar la siguiente señalización en base a balizas eléctricas además de instalar obligatoriamente barreras de material rígido (no con cintas plásticas), que cumplan con las exigencias municipales y de seguridad.

1.10 - Prueba hidráulica

La totalidad de los equipos y materiales necesarios para la ejecución de la prueba hidráulica serán suministrados por el contratista.

Los procedimientos para la realización de la prueba hidráulica deberán ser acordados con la Dirección de Obra, teniendo en cuenta que no se admitirán pérdidas durante un período no menor a 2 horas. La presión de prueba no será inferior a 10 kg/cm2.

Por cada prueba se deberá realizar un Acta de Prueba Hidráulica en la cual se identifique el tramo de tubería, la presión de prueba, el resultado de la misma con la aprobación o no de la misma.

La prueba hidráulica se realizara con las conexiones domiciliarias ya construidas. Se probaran las mismas contra la llave de paso previa al medidor.

1.11 - Excavación en roca

La excavación en roca se pagará por metraje real medido en obra, tomando como ancho de la zanja 0,45 metros más el diámetro del caño, y como profundidad de excavación, la que corresponda a la generatriz inferior de la tubería más 5 centímetros, (según se establece en la Memoria Descriptiva General para Obras de Alcantarillado, artículo 8 Excavaciones, literal e)), pagándose por cada metro cúbico de roca excavada el sobreprecio cotizado en la oferta, previa orden de excavación en roca dada por la Dirección de Obra. En todos los casos, se realizará un acta de metraje del volumen de piedra removida.

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El sobreprecio por excavación en roca comprenderá, a efectos de este Pliego y en consecuencia, a efectos de su medición y liquidación, el sobreprecio por la excavación en materiales formados por rocas compactas y/o descompuestas que requieran el uso de explosivos y/o martillos neumático, y que se compruebe que no es extraíble con retro o escarificador.

En los casos en que se encuentre roca, el Contratista deberá dar aviso por escrito al Director de Obra en forma previa al inicio de la excavación, a los efectos de la toma de decisión de la obra resultante, liquidándose mensualmente el metraje correspondiente de acuerdo con el sobreprecio cotizado en la oferta, con la actualización que corresponda.

En caso de no existir el aviso previo a la Dirección de Obra, no se podrá solicitar la liquidación de sobreprecio por excavación en roca.

A los efectos de comparación de ofertas se preverán los volúmenes de excavación en roca indicados en la planilla de metrajes correspondiente.

1.12 - Apuntalamiento y entibaciones.

En terrenos poco consistentes o en las proximidades de estructuras existentes, las paredes de las excavaciones deberán ser revestidas con apuntalamientos sólidos convenientemente arriostrados, de modo que el avance en la profundidad de las zanjas y/o los trabajos posteriores se lleven a cabo satisfactoriamente.

El Contratista deberá realizar los apuntalamientos y entibaciones necesarias tal como lo dispone la Reglamentación del Banco de Seguros del Estado y la Intendencia correspondiente, sin perjuicio de lo cual deberá dar cumplimiento a las instrucciones que al respecto imparta el Director de Obra, tendientes a ampliar la seguridad de los trabajos y la preservación de los pavimentos, servicios públicos y edificios linderos.

1.13 - Material sobrante.

Todos los materiales resultantes de las excavaciones serán depositados provisionalmente en las inmediaciones del lugar de trabajo, en la medida absolutamente imprescindible para la buena ejecución de las obras y en forma tal que no creen obstáculos a los desagües y al tránsito general por las calzadas y las aceras. Los adoquines y las piedras serán apiladas en cordones regulares de dimensiones indicadas por el Director de Obra.

1.14 - Sobre-excavación

El fondo de la zanja deberá ser excavada en forma tal que su profundidad sea 0.10m mayor a la que corresponde a la generatriz inferior del caño de acuerdo al plano respectivo.

Dicha sobre-excavación se rellenará con arena compactada previamente a la colocación de la tubería a fin de permitir un buen asiento de la misma, debiendo los caños apoyarse en toda su longitud, incluyendo los enchufes.

En casos de fondos de zanja formados por terrenos inestables, la sobre-excavación será de 0.15m, rellenándose los primeros 0.07m con material estable compactado a máquina y los 0.08m restantes con arena compactada.

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1.15 - Compactación.

Cuando se ejecuten aperturas de zanjas la compactación del relleno de las mismas deberá cumplir con la exigencia de densidad equivalente a 95% de Proctor modificado (AASHO T - 180C ó ASTM D - 1557), para lo cual el Contratista ordenará efectuar los análisis de tierras correspondientes a distintos niveles del relleno. Esta exigencia no se aplicará en las zonas donde no haya tránsito vehicular, en las cuales se podrá aceptar rellenos hidráulicos, los que se ejecutarán con previa aprobación de la Inspección.

El costo de los análisis será a cargo del Contratista y estará incluido en los precios unitarios de los rellenos, pero deberá efectuarlos en laboratorios autorizados por OSE.

1.16 - Limpieza y desinfección de las tuberías.

Después de la prueba de presión, salvo indicación contraria, las tuberías deberán ser desinfectadas antes de su habilitación siguiendo las directivas de la norma AWWA C 651-92.

Todos los materiales y equipos necesarios para realizar la desinfección deberán ser aportados por el Contratista, debiendo presentar a la Dirección de Obra los certificados correspondientes firmados por el Técnico responsable del Contratista que la tubería está en condiciones de ser habilitada.

1.17 - Utilización de agua potable.

Para las pruebas hidráulicas y la desinfección de la tuberías se podrá emplear agua de OSE, siempre que se solicite previamente la autorización de la Dirección de Obra y se instale un medidor para controlar el consumo. Si el consumo es excesivo a juicio de la Dirección de Obra, el consumo extra deberá ser abonado por el Contratista.

PROHIBICION DE MANIOBRAR APARATOS DE LA RED EXISTENTE.

Queda prohibido al Contratista maniobrar por su cuenta llaves de paso, válvulas y demás aparatos de las instalaciones existentes de OSE.

Cuando sea necesario efectuar alguna maniobra en tales instalaciones, el Contratista deberá solicitar la intervención del personal de la Administración que está autorizado a realizarla.

1.18 - Conforme a obra.

El contratista deberá presentar junto con el certificado de avance mensual el plano conforme a obra de los tramos de tubería habilitados y aprobados incluidos en el certificado del mes anterior. La no presentación de estos planos genera automáticamente la no tramitación del certificado del mes.

Dichos planos conforme a obras se irán actualizando y cargando en una misma base, la que se entregara mensualmente. En dichos planos deberán estar indicadas:

Tuberías construidas y habilitadas.

Tuberías con pruebas hidráulicas a habilitar.

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Tuberías a eliminar

Tuberías eliminadas.

Los planos conforme a obra deberán tener todos los aparatos y las piezas de tuberías georrefenciadas utilizando equipos de aproximación en las coordenadas horizontales submétricas. Dichos documentos deberán ser entregados en formatos CAD y en formatos que puedan ser reconocidos por el SIG de OSE, se entregarán además dos copias en papel.

Los Planos definitivos del total de la obra ejecutada se entregarán en formato digital antes mencionado, más una copia en calco y dos copias en papel.

El formato y contenido tipo del rótulo será el especificado por OSE.

Para el caso de ramales provisorios, éstos no se balizarán, pero sí deberá figurar su existencia, diámetro y tipo de material y, fundamentalmente, ubicación del empalme a la red de agua (punto de alimentación).

2. EQUIPOS A UTILIZAR

2.1 - Identificación de equipos y vehículos:

La empresa adjudicataria deberá identificar debidamente los equipos y vehículos utilizados con el nombre de la empresa en una parte visible de los mismos. Se indicará en la oferta si los equipos a emplear son propios o subcontratados. En este último caso indicar el nombre de la empresa subcontratada la cual debe cumplir los mismos requisitos indicados respecto a la verificación de aportes sociales, seguro y otras obligaciones. Todo equipo y vehículos utilizados en los trabajos deberán estar empadronados dentro del territorio nacional

Para ejecutar el contrato se deberá disponer oportunamente de los siguientes equipos además del equipo específico de sustitución de tuberías por método de “Trenchless Technology” objeto del presente llamado:

1 retroexcavadora con pala cargadora

1 equipo rompe pavimento para hormigón y carpeta asfáltica

1 camión-volteo con 6 m3 de capacidad como mínimo

1 apisonador compactador a nafta

2 bombas de achique a nafta

1 equipo completo para realizar las pruebas hidráulicas

1 equipo completo para realizar la desinfección de tuberías

tunelera para tubos de diámetros de ½” a 1 ½” pulgadas

tunelera para tubos de diámetros 3” y 4”

sierras circulares para corte de tuberías motor a explosión o neumático

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Serán de cargo del Contratista todos los gastos de funcionamiento y mantenimiento de los vehículos y equipos, seguros, y todo otro costo que el uso de los mismos origine.

Los equipos deberán estar permanentemente en buenas condiciones de mantenimiento y operación durante toda la duración del contrato. El Contratista deberá cumplir con las obligaciones derivadas de disposiciones nacionales y municipales vigentes, en especial con las normas y condiciones de seguridad que la normativa vigente establece y que sean necesarias para el desarrollo de sus servicios. Será responsable por brindar el o los equipos de seguridad que sean necesarios para la seguridad e higiene de sus trabajadores, así como por la correcta utilización de dichos elementos de seguridad por parte de su personal.

3. OBRAS ACCESORIAS Y ESPECIALES

3.1 - Cámaras

Las llaves de paso indicadas, los hidrantes, válvulas de aire, descargas provisorias y definitivas se colocarán en cámaras que permitan una fácil maniobra y mantenimiento.

Las cámaras se construirán de acuerdo a la memoria descriptiva general para instalación de tuberías para conducción de líquidos a presión.

Se aplicará la siguiente variante:

Las cámaras se construirán con caño de hormigón o de PVC de 500 ó 400 mm de diámetro. Se deberá tener una buena compactación del terreno circundante a la cámara, para luego poder fundar el marco. la fundación del marco se hará con un anillo de hormigón armado de sección cuadrada de

correspondiente al nivel de la rasante preexistente y circundante.

3.2 - Uso de explosivos

El Contratista deberá cumplir con todas las leyes, reglamentos y requisitos relativos al manipuleo, almacenamiento y uso de explosivos, protección de la vida, propiedades y obras.

Las explosiones se llevarán a cabo únicamente en aquellas secciones para las cuales la Dirección de Obra haya extendido un permiso por escrito y se restringirá a las horas y condiciones que en él se especifiquen.

El Contratista será responsable por cualquier accidente o daño que resulte del uso de explosivos.

En los casos de excavación en roca a menos de 1,50 m de una tubería instalada, se usará un método de excavación que no requiera explosivos.

3.3 - Terraplenes

En caso de que para soportar las cimentaciones de la tubería o estructuras sea necesario construir un terraplén, éste será de la altura, ancho y taludes indicados en planos u ordenados por La Inspección. El terraplén completo será construido con anterioridad a la tubería, estructura o cimentación; y el terraplén, tuberías, estructuras o accesorios que sean instalados sobre o dentro del

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terraplén, serán conservados por el Contratista, por su propia cuenta y costo por un período de un año de la fecha de entrega de las obras.

Después de haber desbrozado y limpiado cuidadosamente el terreno, desalojado toda roca y piedra sueltas y todo fango, el terraplén será construido de arcilla arenosa de buena calidad, grava o arena, u otro material seleccionado y aprobado, libre de piedras cuyo diámetro sea mayor de 0,10 m y que no contenga en ningún punto una proporción de piedras que exceda una parte de piedra por cada tres partes de tierra.

El material para terraplén será depositado en capas de 0,20 m de espesor; cada capa será compactada mecánicamente en forma separada con rodillos o equipos apropiados. El terraplén será regado durante su compactación si así fuere requerido. No se permitirán irregularidades en la distribución de material o en la formación de las capas.

El terraplén completo deberá ser construido uniformemente hasta la altura indicada por la Inspección, de tal manera de conseguir una cimentación compacta y sólida. Cuando la tubería vaya a ser instalada dentro de un relleno, antes de excavarse la zanja, el terraplén deberá ser construido hasta una altura de por lo menos 0,30 m sobre la parte superior de la tubería propuesta. Luego el terraplén será excavado hasta la elevación apropiada y la tubería instalada; después de esto, se completará el terraplén hasta una altura no menor de 1,0 m sobre la parte superior de la tubería; colocando el material en capas en la forma antes especificada y compactándolo debidamente.

3.4 - Transporte y disposición de excedentes de las excavaciones.

Todos los materiales excedentes de las excavaciones se transportarán y se dispondrán en capas debidamente consolidadas y emparejadas, en algún sitio convenientemente elegido por el Contratista y aprobado por Dirección de Obra.

La disposición de esos materiales, incluyendo acarreo, nivelación y acabado, se entenderá como obligación subsidiaria del Contratista y, por lo tanto, no se pagará separadamente.

Se deja expresa constancia que es responsabilidad directa del Contratista el atender cualquier reclamación civil, penal o laboral, originada en el sitio del botadero.

3.5 - Restauración permanente

a) La restauración permanente se llevará a cabo inmediatamente después de terminados los rellenos compactados y con los resultados satisfactorios de las pruebas de laboratorio del 95% Proctor Modificado.

b) La restauración permanente y el mantenimiento de todas las superficies de las carreteras, calles, aceras, jardines y otras superficies que hubieran sido afectadas por las operaciones del Contratista, serán de su responsabilidad únicamente y el trabajo de restauración se llevará a cabo a satisfacción de la Dirección de Obra y Autoridad Responsable (Intendencia de Maldonado, Dirección de Vialidad, etc.). En caso que ocurran asentamientos después de completar la restauración permanente y durante el transcurso del Contrato, el Contratista reparará la restauración inmediatamente a satisfacción de la Dirección de Obra o Autoridad responsable; asimismo es responsabilidad del Contratista reparar la restauración permanente, aún después de terminadas las obras.

c) Si el trabajo de restauración llevado a cabo por el Contratista no fuera de satisfacción de la Dirección de Obra y/o Autoridad responsable, y si el Contratista no reparara tales trabajos inmediatamente, la Dirección de Obra y/o Autoridad responsable se reservarán el derecho de llevar a cabo cualquier trabajo de restauración que se considere necesario. El costo de llevar a cabo tales trabajos adicionales será cargado al Contratista.

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d) Si en cualquier momento la Dirección de Obra considerara que cualquier zanja u otra excavación estuviera en condiciones peligrosas, notificará por escrito al Contratista, quien comenzará la reparación, de dicha zanja u otra excavación, de inmediato si hubiese riesgo de vida o dentro de un período de tres horas, en otros casos, hasta obtener condiciones adecuadas a satisfacción de la Dirección de Obra.

e) El Contratista tomará todas las precauciones necesarias para evitar el uso de materiales tóxicos de todo tipo en el trabajo de restauración permanente, que pudieran causar daño a la vegetación o animales, o que pudieran contaminar drenajes, flujos de agua, etc. e indemnizará a la Administración contra todo reclamo que pudiera surgir del uso de tales materiales.

f) Para fines de la restauración permanente, el ancho de la zanja se aumentará a un mínimo de 10cm a cada lado, para proporcionar un asiento sólido al material de la base y de la superficie. Los lados de la zanja ensanchada serán cortados aproximadamente verticales en líneas rectas paralelas. Esta restauración deberá hacerse en un plazo máximo de 30 días calendario después de abierta la zanja, en zonas o vías públicas.

g) Toda área con grama, que sufra deterioro por efectos de las obras, debe ser restituida con el mismo tipo de grama loriginal. Antes de sembrar o colocar el césped, la nivelación y acabado de las obras deberán estar terminados a satisfacción del propietario afectado y con la aprobación de La Inspección.

En las zonas por restituir se dispondrá una capa de tierra vegetal de 0,05 m de espesor sobre la cual se colocarán los "tepes" de grama fresca con 0,04 m de suelo adherido a sus raíces.

La responsabilidad del Contratista cesa a los 30 días de haber hecho el trasplante de "tepes", siempre y cuando no haya reclamaciones del propietario, en cuyo caso estará obligado a darles debida atención, replantando aquellos lugares donde no haya resultado efectivo el trasplante.

3.6 - Obras accesorias y de arte en general

Las obras accesorias y las obras de arte en general se construirán con arreglo a las formas y medidas consignadas en los planos de la licitación y los planos auxiliares que se elaboren durante la construcción de la obra, que hayan sido aprobados previamente por la Dirección de Obra.

Se deberán cumplir además las prescripciones establecidas en memoria descriptiva general para instalación de tuberías de conducción de líquidos a presión.

Dosificación de hormigones Los hormigones tendrán las siguientes dosificaciones: Hormigón armado - Para obras accesorias y obras de arte en general Cemento portland 400 kg Arena 0,5 m3 Pedregullo 1,0 m3 Relación agua cemento 0,35 Hormigón simple I - Para fundaciones, apoyos, macizos de anclaje, revestimientos, etc. Cemento portland 250 kg Arena 0,5 m3 Pedregullo 0,8 m3 Relación agua cemento 0,50

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Hormigón simple II - Para la construcción de cámaras, muros, etc. Cemento portland 300 kg Arena 0,5 m3 Pedregullo 1,0 m3 Relación agua cemento 0,50

En las obras de hormigón se empleará el hormigón simple I, en el cual se sumergirán piedras de las dimensiones ya establecidas.

Las piedras serán cuidadosamente colocadas y nunca arrojadas.

El volumen de piedras a usarse no será superior al tercio (1/3) del volumen total de la parte de la obra en que se coloque.

Reposición de tepes Los tepes se repondrán manteniéndose los espesores y las calidades de los terrenos removidos, de modo de evitar los hundimientos y discontinuidades con la zona no removida. Cruces en zanjas o cañadas En los cruces de zanjas o cañadas se realizarán protecciones de acuerdo a los planos estándares de OSE Nos. 15.973 y 26.798, según sea el caso particular que se presente.

4. PLAZOS PARCIALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

4.1 - El Oferente deberá asegurar una capacidad técnica de ejecución semanal mínima de 300 metros de sustitución con tubería de PEAD (polietileno de alta densidad) o PVC entre 75 y 200 mm de diámetro, la que deberá ser comprometida según plantilla de Declaración Jurada del Anexo VII.

4.2 - Considerando dicha capacidad, una vez recibida de parte de la Dirección de Obra una orden de trabajo para la sustitución de un tramo de tubería se establece que el Contratista tendrá los siguientes plazos parciales para cumplirla:

a) 1 día hábil para entregar a la Dirección de Obra la constancia oficial de haber iniciado el trámite de autorización municipal para la ejecución del trabajo en la vía pública.

b) Una vez disponible la mencionada autorización para ser retirada, dispondrá de un plazo proporcional a 5 días hábiles cada 300 metros para la ejecución de la sustitución de la tubería y conexiones asociadas, con la prueba hidráulica correspondiente, con reposición de pavimento provisorio y retiro de material sobrante incluidos, a conformidad de la Dirección de Obra.

c) Una vez terminada la etapa anterior dispondrá de un plazo adicional proporcional a 5 días hábiles cada 300 metros para entregar la tubería y conexiones cumplidas, con la desinfección correspondiente, y liberar el pavimento al tránsito con la reposición definitiva del mismo, a conformidad de la Dirección de Obra.

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5. EQUIPO TÉCNICO

5.1 - Sin perjuicio de la idoneidad y experiencia de la empresa, reconocidos y demostrados a juicio de la Administración en la presentación de las propuestas, el Oferente deberá acreditar capacidad técnica, debiendo presentar un Representante Técnico que deberá ser Ingeniero Civil, con experiencia mayor o igual a la exigida en el Numeral 8.3 del Cap. III, designación que deberá contar con la aprobación de OSE. El Representante Técnico será el responsable de los trabajos efectuados por la empresa y el interlocutor válido para toda comunicación, coordinación y observación que la Administración estimase conveniente realizar

5.2 - Asimismo se requiere la designación de un Director de Obra, que deberá estar ubicable a disposición de la Dirección de Obra de OSE. Deberá ser Ingeniero Civil, con experiencia mayor o igual a la exigida en el Numeral 8.3 del Cap. III. El Director de Obra del Contratista será el interlocutor de la empresa ante el Director de Obra de OSE o ante quien ésta designe, recepcionará la órdenes de trabajo y medidores, presentará los certificados, facturas, planillas de “Declaración de Personal y Actividad” y liquidación mensual de haberes del personal, y deberá acompañar en obra al Director de Obra de OSE cuando éste así lo disponga y será responsable del cumplimiento de las órdenes de trabajo.

5.3 - El Director de Obra podrá coincidir con el Representante Técnico, en cuyo caso deberá indicarse en forma expresa.

5.4 - Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento y a su solo criterio, la Administración podrá solicitar la sustitución de técnicos. Los eventuales sustitutos deberán tener la especialización y experiencia requeridas, y contar con el aval de la Administración.

6. SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS LICITADOS

6.1 - La Dirección de Obra de OSE determinará y coordinará con el Director de Obra del Contratista la ejecución de las obras.

6.2 - De constatarse apartamientos de las condiciones establecidas en el presente pliego o la existencia de irregularidades que pongan en riesgo la imagen de OSE o cualquier otro tipo de perjuicios a terceros, se hará un llamado de atención por escrito al Contratista, pudiendo llegarse hasta la rescisión del contrato sin derecho a reclamación ninguna por parte del Contratista.

En caso de constatarse diferencias entre el servicio prestado y el contratado, estas observaciones quedan firmes a los efectos de su liquidación.

6.3 - Al comienzo de los trabajos, la empresa presentará, debidamente firmado por su Representante Técnico, un listado del personal que trabajará todos los días, a los efectos del control

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correspondiente. De sufrir este listado alguna modificación en alguna fecha, la empresa presentará el listado modificado, al comienzo de esa jornada, a los mismos efectos. El listado modificado deberá ser presentado debidamente firmado por el Representante Técnico y lucir la fecha correspondiente.

6.4 - Funcionarios de OSE efectuarán las inspecciones de las obras, centros de producción, almacenamiento, etc., a su mejor conveniencia, obligándose el Contratista o proveedor a otorgar las facilidades necesarias.

7. VERIFICACIONES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS

7.1 - La Dirección de Obra designará el personal que verificará la ejecución de la cañería colocada, dando el visto bueno antes de que ésta sea tapada. Se podrá acordar, por razones de practicidad o rapidez de ejecución, obviar la verificación anterior, quedando sujeto el Contratista a efectuar lo que indique el Director de Obra de OSE a posteriori. En caso de detectarse fallas, el Contratista deberá subsanarlas a su entero costo.

Las órdenes de trabajo de las conexiones habilitadas (cumplidas), conformadas por el Representante Técnico de la empresa, serán entregadas a la Dirección de Obra de OSE el siguiente día hábil de su ejecución. Deberá indicarse en las mismas toda la información solicitada, que corresponderá a datos sobre el trabajo realizado (diámetro de la conexión; número, diámetro y marca del medidor instalado; fechas de inicio y de fin de los trabajos, etc.). Se tomará como fecha de cumplido, a los efectos de la contabilización de los plazos y las multas, la fecha de comunicado el cumplido.

7.2 - La Administración contará con un plazo de 5 días calendario para verificar la información antes declarada, luego de los cuales éstos quedan validados para la liquidación.

7.3 - En caso de constatarse diferencias, luego de notificada las mismas, el Contratista dispondrá de 2 días calendario para apelar, luego de los cuales estas observaciones quedan firmes a los efectos de su liquidación.

8. RECEPCIONES PROVISORIA Y DEFINITIVA PARCIALES

8.1 - Se establece una recepción provisoria de los trabajos aprobados al momento de contar con la conformidad de la reposición de los pavimentos (calzada y vereda) de las zonas afectadas por parte de la Intendencia Departamental, y se fija un período de garantía de buena ejecución de un año, a partir del cual se podrá otorgar la recepción definitiva.

8.2 - Durante ese tiempo, el Contratista será responsable por desperfectos en las redes, en la conexión y en la reposición de los pavimentos, atribuibles a mala construcción y deberá repararlos a su costo.

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8.3 - Durante ese tiempo, la Dirección de Obra de OSE podrá realizar cateos y sacar testigos de los pavimentos realizados para efectuar los respectivos análisis y/o ensayos, los que no excederán de un 5% del total de los trabajos realizados, todo lo cual será de cargo del Contratista.

8.4 - Previamente a cada recepción provisoria, se hará un ajuste final de cifras de obra y utilización de materiales entregados por la Administración (medidores y demás).

El material sobrante será devuelto al Organismo una vez finalizados los trabajos cotizados, así como también el material recuperado en la sustitución de conexiones, tales como plomo.

9. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS

La empresa será responsable por la conservación de las redes, las conexiones, las obras accesorias, así como de las reposiciones de pavimentos, a su costo, por un plazo de 12 meses a partir de las fechas de recepción por parte de la Dirección de Obra de OSE y de la Intendencia Departamental de Maldonado en referencia a defectos constructivos no evidentes al momento de la respectiva aprobación.

Asimismo el Contratista deberá cumplir con el instructivo de la Intendencia Departamental de Maldonado para la reposición de pavimentos.

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CAPITULO III - CONDICIONES GENERALES.

1. DOCUMENTOS QUE RIGEN LA LICITACIÓN

1.1 - Rige en lo pertinente las normas sobre Contrataciones y Licitaciones puestas en vigencia por el Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (T.O.C.A.F.) Decreto Nº 150/2012 y sus modificaciones.

1.2 - Rige además en lo que no se oponga al presente Pliego, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales (Decreto del Poder Ejecutivo Nº 131/2014 del 19/05/14) y sus modificaciones.

1.3 - Asimismo, rigen los siguientes documentos:

a) Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras Públicas (edición 1989) del MTOP aprobado por decreto del Poder Ejecutivo Nº 8/90 de fecha 24/1/90, publicado en el Diario Oficial el 14/5/90.

b) El Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Obra aprobado por R/D del 10 de febrero de 1971, modificado el 8 de junio de 1972 y el 10 de octubre de 1978.

c) El presente Pliego de Condiciones Particulares (P.C.P.) y sus correspondientes Anexos

d) El Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Suministros aprobado por R/D 1737 y sus modificativas, en tanto no se oponga a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares.

e) Las Memoria Descriptiva General para Obras de Alcantarillado.

f) La Memoria Descriptiva General para Instalación de Tuberías para Conducción de Líquidos a Presión.

g) El Catálogo de Piezas Especiales y Aparatos.

h) La Memoria Constructiva del M.T.O.P. última edición para todos aquellos procedimientos constructivos que no sean especificados en los recaudos de esta licitación.

i) Todas las enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración relativas al proyecto durante el plazo de llamado a Licitación.

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j) Manual Ambiental de Obras (MAO) vigente en la Administración.

k) Pliegos y Reglamentos de la Intendencia Departamental de Maldonado con los requisitos a cumplir para obras en la vía pública.

2. DOCUMENTOS DEL CONTRATO.

Los siguientes documentos, que formarán una unidad indivisible, serán parte integrante del Contrato de Ejecución de la Obra:

El oficio de la Administración comunicándole al Proponente su resolución adjudicándole la Licitación.

Las condiciones administrativas y legales del presente Pliego, con las aclaraciones y modificaciones que hubiera efectuado la Administración antes de la fecha de apertura de la Licitación, y demás documentos enumerados en el presente Pliego.

La propuesta del adjudicatario.

Las Memorias Descriptivas, Especificaciones Técnicas y demás documentos que componen los recaudos.

Las órdenes de servicio e instrucciones que expida la Administración, dadas por escrito y dentro de las facultades que les confieren los documentos que integran el contrato y las enmiendas o aclaraciones realizadas por la Administración, relativas a esta Licitación.

Los planos y documentación complementaria que elabore el Contratista o la Administración durante la ejecución de los trabajos, que modifiquen, detallen o expliciten la Obra.

3. REQUISITOS PARA OFERTAR

3.1 - DEL REGISTRO DEL PROVEEDOR

3.1.1 A efectos de la presentación de las propuestas, los oferentes deberán estar registrados en el RUPE (Registro Único de Proveedores del Estado, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/13). Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO y ACTIVO.

3.1.2 Para ser adjudicatarios de un proceso de compras con la Administración, los proveedores deberán estar inscriptos en forma definitiva en el referido Registro (RUPE), habiendo adquirido el estado de “ACTIVO”.

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3.2 - COMPRA DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

La adquisición del Pliego de Condiciones Particulares deberá efectuarse con anterioridad al acto de apertura, un depósito bancario en el Banco de la República Oriental del Uruguay, cuenta en pesos uruguayos Nº 0230013940 y en dólares estadounidenses Nº 0230014074, por el importe y moneda correspondiente

El comprobante del referido depósito se presentará en el momento de adquirir el Pliego en la Oficina Central de OSE - UGD sita en la calle Ledesma esq. Sarandí de la ciudad de Maldonado.

4. ACLARACIONES AL PLIEGO

4.1 - Los adquirentes del Pliego de Condiciones Particulares del presente llamado podrán solicitar aclaraciones mediante comunicación escrita dirigida a la Oficina de Licitaciones; indicando un Nº de fax o una dirección de correo electrónico.

4.2 - Las solicitudes de aclaraciones a los pliegos deberán ser presentadas con una antelación mínima de hasta 7 días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud. Vencido dicho plazo no será obligatorio proporcionar más datos aclaratorios.

4.3 - Las respuestas a las consultas efectuadas serán comunicadas al eventual oferente que la realice y a todos aquellos adquirentes del Pliego, en un plazo de hasta 48 horas previas al acto de apertura, al Nº de fax o dirección de correo electrónico indicados y a todos los interesados a través de su publicación en el sitio web de OSE y Compras y Contrataciones Estatales.

4.4 - Los oferentes podrán intervenir en el procedimiento licitatorio, únicamente en la forma, momentos y a los efectos previstos por la legislación, no pudiéndolo hacer espontánea y unilateralmente en ninguna otra oportunidad.

4.5 - Durante la etapa de evaluación de las ofertas no se considerarán las notas que contengan opiniones, comentarios, aclaraciones o modificaciones, que no hayan sido solicitadas por escrito por la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones.

5. MODIFICACIONES AL PLIEGO PARTICULAR

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5.1 - La Administración podrá, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar el Pliego Particular ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un particular.

5.2 - Todos los interesados serán notificados de las modificaciones introducidas, en un plazo no menor a dos días antes del término límite para la recepción de las ofertas, personalmente al interesado que formuló la observación como a los que hayan adquirido pliegos y comunicando a los demás interesados a través del sitio web de OSE y de Compras y Contrataciones Estatales.

5.3 - La Administración tendrá la facultad discrecional de prorrogar la fecha y hora de apertura del procedimiento de contratación, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo adicional para la preparación de sus ofertas, debiendo comunicarse en la forma señalada en el numeral anterior.

6. SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA APERTURA DE LA LICITACIÓN

6.1 - La solicitud de prórroga de la fecha de apertura, podrá ser solicitada por cualquier proveedor, por escrito en la Oficina de Licitaciones con una antelación mínima de hasta 5 días hábiles de la fecha fijada para la misma.

6.2 - La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio y deberá notificarse personalmente al interesado. En caso de disponerse la prórroga de la Apertura, además deberá comunicarse personalmente a los que hayan adquirido pliegos y publicarse la nueva fecha para conocimiento de los demás interesados en el sitio web de OSE y Compras y Contrataciones Estatales.

7. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS.

7.1 - Las propuestas deberán ceñirse a las condiciones y formas que establece el presente Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 131/014, el Reglamento de Proveedores de la Administración, pudiéndose agregar cualquier información complementaria pero sin omitir las exigencias requeridas.

7.2 - Las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado en la Oficina de Licitaciones de OSE-UGD – Calle Ledesma esq. Sarandí de la ciudad de Maldonado o recibirse por CORREO o FAX, hasta la hora fijada para la apertura. FAX 42.24.09.10 int. 123. A los oferentes que no se presentaren en tiempo, no les serán recibidas las ofertas.

7.3 Documentos integrantes de la oferta:

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a) Comprobante que acredite haber adquirido el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación.

b) Recibo de haber constituido la garantía de Mantenimiento de Oferta, en los casos en que la ley lo requiere.

c) Nombre de sus directores o administradores a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 3°, Ley 18.244 (Registro de Deudores Alimentarios).

d) Antecedentes del oferente e información y certificados requeridos en el Capítulo II del presente Pliego de Condiciones Particulares.

e) El certificado de habilitación del Registro Nacional de Empresas del MTOP, vigente a la fecha de apertura y con el VECA exigido en el reglamento de dicho Registro, Decreto N° 208/2009, correspondiente a la Categoría II Ingeniería; Especialidad de Ingeniería F, obras hidráulicas, de saneamiento y otros fluidos.

f) La documentación sobre experiencia técnica y estado financiero de la empresa, según lo establecido en el numeral 12 del presente capítulo.

g) Curriculums de los Ingenieros que participarán en la Obra y del Representante Técnico.

h) Certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de Obras en la Vía Pública de la Intendencia Departamental de Maldonado. Para Licitaciones de obras en el Departamento de Montevideo será en un todo de acuerdo con los artículos D 2214.2 y D 2214.3 del Decreto 26.051.

i) Formulario de Oferta redactado como se indica en el Anexo I.

7.5 - Los representantes de firmas extranjeras deberán acreditar tener vigente su inscripción en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras (Ministerio de economía y Finanzas) Ley 16.497 del 15 de junio de 1994 y Decreto 369/94 del 22 de agosto de 1994.

7.6- Cada oferta se presentará numerada correlativamente, en un original y 5 copias, de acuerdo a lo establecido por los numerales 16 y 21 del Capítulo III, Segunda Sección, del Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Suministros, (Parte ll).

El incumplimiento del numeral anterior con respecto a la cantidad de copias requerida será causal de observación por parte de la Administración dando mérito a la sanción prevista en el Registro de Proveedores de OSE.

7.7 - El oferente deberá indicar en su propuesta, la mano de obra imponible a utilizar, a los efectos de lo dispuesto en la Ley 14.411, siendo las cargas sociales a cargo de OSE. Este valor será tenido en cuenta en el comparativo de ofertas.

7.8 - Identificación obligatoria de suministros: El oferente deberá declarar en su propuesta, la marca, modelo, especificaciones técnicas y demás datos que identifiquen los suministros que ofrece para la “Lista de suministros de identificación obligatoria en la oferta” que se establece a tales efectos en el Anexo V – Materiales.

7.9 - Identificación o información de otros suministros: El oferente dará información acerca de los otros suministros no incluidos en la “Lista de suministros de identificación obligatoria en la oferta”, y la

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Administración se reserva el derecho de solicitar toda la información que entienda necesaria. En caso que estos materiales no se adecuen a lo esperable por OSE, y que la sustitución de los mismos no condicione la validez de la oferta de acuerdo a lo establecido en los numerales 20.1 y 20.2 del presente Capítulo (Evaluación de las Ofertas), será potestad de la Administración el exigir a la empresa el cambio del suministro ofrecido (marca, modelo, etc.), conservando el precio unitario ofertado.

7.10 - Ley Nº 18.516 - El oferente deberá acreditar mediante certificado emitido por la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social no haber incurrido en las conductas previstas en el artículo 14 de la Ley Nº 18516 del 16 de julio de 2009 y su decreto reglamentario 255/2010 del 17 de agosto de 2010.

7.11 - A quien resulte adjudicatario se le exigirá la acreditación de los siguientes documentos:

a) Poder con facultades suficientes del firmante de la oferta.

b) Antecedentes legales acerca de la constitución y naturaleza jurídica y nacionalidad de la empresa o consorcio proponente, agregando copia de los estatutos o documentos constitutivos respectivos y de sus modificaciones. Deberá acreditar además si la empresa es filial o subsidiaria de cualquiera otra.

7.12 - Previa comunicación, quien resulte adjudicatario, dispondrá de un plazo de 48 horas para entregar la documentación antes referida, la que será entregada para su control a la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones.

8. DE LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA.

8.1. Cada firma oferente deberá designar a la o las personas que la representen ante la Administración en todas las actuaciones referentes al llamado a Licitación.

Dicha designación podrá hacerse mediante el otorgamiento de:

a) Poder general.

b) Poder especial o carta poder otorgada a los efectos del llamado de referencia.

c) Poder especial o carta poder general para todas las licitaciones de OSE.

8.2. Dichos documentos deberán ser presentados en el acto de apertura y toda vez que le sean requeridos al proponente. Si se optara por otorgamiento de carta poder deberá redactarse conforme al Anexo IV Carta Poder.

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8.3. REPRESENTANTE TECNICO

A los efectos del cumplimiento del Art. 36 del P.C.G.O., el Oferente designará un Representante Técnico, quien deberá ser Ingeniero Civil con reconocida experiencia en la construcción de este tipo de obras, con un mínimo de cinco años en obras de instalación o sustitución de tuberías en vía pública. Será el único representante reconocido para todo trámite ante la Administración por la realización de los trabajos. El mismo deberá estar disponible para ser contactado durante los horarios de trabajo de la Empresa, debiendo contar con una línea de teléfono celular.

El Oferente deberá designar un Director de Obras que deberá ser un Ingeniero Civil con reconocida experiencia en este tipo de Obras con un mínimo de tres años en obras de instalación o sustitución de tuberías en vía pública. El Director de Obras podrá coincidir con el Representante Técnico.

El Oferente deberá designar un Capataz General de Obra, deberá tener presencia permanente en la obra, con una experiencia como Capataz General instalación o sustitución de tuberías en vía pública de al menos tres años.

Sin perjuicio de ello, en cualquier momento y a su solo criterio, la Administración podrá solicitar la sustitución de los técnicos, o del capataz designados para la obra. Los eventuales sustitutos deberán tener la especialización y experiencia requeridas, y contar con el aval de la Administración.

9. INFORMACIÓN SOBRE LA EMPRESA PROPONENTE.

9.1 - Información sobre la empresa proponente de acuerdo a lo establecido en el formulario de Oferta.- Anexo I.

9.2 - Antecedentes legales acerca de la constitución y naturaleza jurídica y nacionalidad de la empresa o consorcio proponente, agregando copia de los estatutos o documentos constitutivos respectivos y de sus modificaciones. Deberá acreditar además si la empresa es filial o subsidiaria de cualquier otra.

10. CONSORCIOS:

Las empresas podrán participar de la Licitación en consorcio. Se deberá tener especialmente en cuenta los siguientes requisitos:

a) Presentación de acta de intención de consorciarse, o contrato de consorcio en su caso, en cualquiera de los dos casos con certificación notarial de firmas, y en su contenido un detalle de los suministros y/o servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio estableciéndolo en forma porcentual.

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b) La oferta deberá incluir toda la información requerida en el pliego para cada uno de los integrantes del consorcio.

c) Todos los integrantes que manifiesten la voluntad de consorciarse deberán estar registrados en el RUPE (Registro Unico de Proveedores del Estado, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/13).

d) Se designará en la oferta uno de los miembros como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.

e) Deberá resultar del acta de intención y posteriormente del contrato de consorcio que sus integrantes serán solidariamente responsables de las obligaciones contraídas en el marco de la licitación de que se trata.

f) El acta de intención o contrato constitutivo deberá contener la indivisibilidad de las obligaciones contraídas ante OSE y la no modificación del acta o contrato sin la previa aprobación expresa y por escrito de OSE

Asimismo se deberá dar cumplimiento al Art. 52 del Decreto Nº 208/09 del 14/V/09, y Art. 502 de la Ley Nº 16.060 de Sociedades Comerciales, a saber, a título indicativo: plazo de vigencia de Consorcio (al menos hasta la recepción definitiva), determinación de la participación de cada contratante, así como de sus obligaciones específicas y responsabilidades, porcentaje de VECA correspondiente que afecta a cada empresa, individualización de sus representantes legal y técnico; declaración de solidaridad entre las partes e indivisibilidad de las obligaciones, etc.

No será permitida la participación de una empresa en más de un Consorcio, ni en Consorcio y como oferente independiente.

En caso de adjudicación, el Consorcio deberá efectivizarse, inscribirse y publicarse previamente a la firma del contrato, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación.

11. DE LOS SUB CONTRATOS.

Si el oferente se propone celebrar subcontratos, cuando el monto individual de los mismos exceda el 10% del precio de oferta, deberá explicitarlo en la oferta indicando en este caso los rubros a subcontratar, así como las empresas subcontratistas propuestas para los mismos y el porcentaje de cada subcontrato respecto al valor de la oferta. Dichos subcontratos no podrán superar en su conjunto el 40% del precio total de la oferta.

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12. CAPACIDAD TÉCNICA, FINANCIERA Y CIVIL DE LA EMPRESA PROPONENTE.

12.1 - Para presentarse a la Licitación la empresa proponente deberá acreditar:

a) Capacidad técnica para ejecutar la Obra.

b) Capacidad financiera suficiente para llevar a cabo los trabajos.

c) Capacidad civil para obligarse.

11.2 - Capacidad técnica para ejecutar la Obra.

A efectos de acreditar la capacidad técnica de la empresa para ejecutar la obra objeto de la presente licitación; la misma deberá presentar:

a) Informe sobre la experiencia de la Empresa Oferente en la construcción de obras similares al objeto y naturaleza de la presente licitación, realizadas en los últimos cinco años. En particular se exigirá haber realizado como mínimo la construcción de 100 conexiones en vía pública y 1000 metros de sustitución por métodos “Trenchless Technology” de tubería de al menos 75mm en los últimos cinco años.

b) El plan general de ejecución de la presente Obra. El mismo deberá contener:

1. Plazo total de ejecución de la obra.

2. Los equipos que se utilizarán en la construcción.

3. Los procesos constructivos a emplearse.

4. El porcentaje de jornales que corresponda a cada etapa de dicho plan.

c) Curriculums del Representante Técnico, y del Director de Obra que conformarán el Personal de la Dirección Técnica de los Trabajos.

d) Carta compromiso de poseer o tener la intención de arrendar o adquirir aquellos equipos que se especifiquen en el plan general de ejecución de la obra.

12.2. - Capacidad financiera suficiente para llevar a cabo los trabajos.

A efectos de demostrar la capacidad económica y financiera para ejecutar el contrato, se deberá presentar, para uso confidencial de la Administración, toda la información contable y económica financiera que el oferente estime del caso, la cual consistirá como mínimo en el estado de situación del mes anterior a la fecha de la apertura de la licitación, certificado por contador público. Adicionalmente podrá agregarse copia del último balance presentado ante la Dirección General Impositiva. En cualquier caso, la Administración podrá solicitar la información complementaria que estime necesaria.

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Se agregará además estado Financiero de la Empresa refrendado por Contador Público, con la presentación usual de proyección de Ingresos y Egresos que se entrega a Instituciones Financieras, necesario para obtener crédito Bancario.

12.3 - Si el proponente fuera un consorcio, valdrá lo indicado en el Numeral 10 del presente Capítulo.

13. DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA.

El plazo de mantenimiento de oferta mínimo será de 180 días a partir de la apertura de la Licitación.

Transcurrido ese plazo, las ofertas se considerarán mantenidas por todo el tiempo durante el cual los interesados no presenten nota solicitando el retiro de la correspondiente garantía.

14. DE LAS GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y FIEL CUMPLIMIENTO DE

CONTRATO Y SU CONSTITUCION

14.1 - Las Garantías de Mantenimiento de Oferta y Fiel Cumplimiento de Contrato, cuando correspondiere, se realizarán mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, a nombre del Oferente y a la orden de la Administración.

14.2 - A efectos de determinar el monto de la garantía los valores públicos serán considerados por su valor nominal.

14.3 - Cuando la garantía se constituya en moneda extranjera, se tomará el tipo de cambio interbancario vendedor y arbitraje, vigente al cierre de la Mesa de cambio del Banco Central del Uruguay al día anterior al de la constitución de la garantía.

14.4 - A los efectos de la constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, si la oferta no supera el monto de $ 6.928.999 (pesos uruguayos seis millones novecientos veintiocho mil novecientos noventa y nueve) no deberá efectuarse Depósito de Garantía.

14.5 - Superado el importe referido en el numeral anterior, el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta será obligatoria por la suma de $ 415.740 (pesos uruguayos cuatrocientos quince mil setecientos cuarenta) y deberá estar previamente constituida al acto de apertura.

14.6 - La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será obligatoria por el 5 % del monto total adjudicado y deberá ser constituida en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles de notificado de la adjudicación.

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El monto mínimo para exigir la referida garantía por el período Enero-Diciembre 2015 a considerar es de $ 2.772.000.

14.7 - Dichas Garantías deberán constituirse en el Departamento de Administración de OSE-UGD, calle Ledesma esq. Sarandí Maldonado

15. DEL PRECIO DE LA OFERTA.

15.1 - Los precios de las ofertas deberán realizarse en condiciones de pago a 30 días de la fecha de la factura, que será la del último día del mes de la ejecución de los trabajos a certificar.

15.2 - Los precios no podrán estar sujetos a confirmación ni condicionados en forma alguna y deberán comprender todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del servicio conforme a las especificaciones contenidas en el presente pliego.

15.3 - Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se consideraran incluidos en los precios cotizados.

15.4 - Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que gravan la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda (art. 10.4 Decreto 131/2014). La Administración rechazará de plano las ofertas que establezcan traslados tributarios diferentes a lo dispuesto por dicha norma.

16. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Se indicará si corresponde Impuesto al Valor Agregado y porcentajes del mismo, de no indicarse se considerará incluido en el precio cotizado

17. DE LA MONEDA DE COTIZACIÓN

Los precios deberán ser cotizados en Moneda Nacional.

18. FORMA DE COTIZAR

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18.1 - Los trabajos serán contratados por el sistema de precios unitarios, pagándose al Contratista lo realmente ejecutado.

18.2 - El oferente deberá cotizar de acuerdo a lo indicado en el Anexo II (ver Planillas y Forma de Cotización allí establecidas).

18.3 - El precio de la totalidad de los trabajos fijados por el Contratista en la Planilla de Comparación de las Ofertas, de acuerdo a los metrajes que se adjuntan en el pliego de los trabajos a ejecutar, es al solo efecto de comparación de ofertas. El precio total de cada rubro comprende el importe de todos los trabajos, suministros, indemnizaciones, y gastos por cualquier concepto, requeridos para la completa realización de los trabajos licitados y solamente tendrá los ajustes motivados por las variaciones de los costos.

18.4 - Al momento de la liquidación de los trabajos, los metrajes serán los realmente ejecutados y certificados en obra.

18.5 - La no cotización de algunos de los rubros implicará que la oferta será declarada incompleta, lo que motivará su rechazo. Asimismo, no se admitirá la inclusión de nuevos rubros.

18.6 - En el Anexo II - Planilla de Lista de Precios, el proponente deberá indicar el monto imponible de jornales del personal obrero y capataces (excluido sólo el personal de Dirección) correspondiente a cada rubro. Sobre la base de esto, la Administración calculará el monto de los aportes que estará obligada a efectuar por concepto de cargas sociales emanadas de la Obra (Ley Nº 14.411). De no incluirse el monto imponible mencionado en todos los rubros, esto dará mérito al rechazo de la oferta.

Durante la ejecución de los trabajos contratados, de surgir aportes por Leyes Sociales por encima de los correspondientes al monto imponible cotizado, los mismos serán a cargo del Contratista y se los descontará de la facturación pendiente o de las garantías.

18.7 - Se discriminará en el precio (Anexo II) tanto el porcentaje de IVA como el importe del mismo. De no indicarse, se considerará incluido en el precio cotizado.

19. AJUSTE DE PRECIOS

19.1- La única fórmula de ajuste que regirá para las variaciones de precio de las ofertas cotizadas, es la establecida en este numeral, no aceptándose propuestas que la varíen.

P = Po ( ICC / ICCo )

P = Precio actualizado.

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Po = Precio de la oferta.

ICC = Índice Parcial del Costo de la Construcción (sin impuesto) del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al penúltimo mes anterior al de la fecha de realizado el trabajo.

ICCo = Índice Parcial del Costo de la Construcción (sin impuesto) del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al penúltimo mes anterior al de la fecha de apertura de la Licitación.

19.2 - Los cambios de precios que surjan por la variación de los parámetros señalados, se reconocerán cuando ocurran en el período comprendido entre el día anterior a la fecha de apertura de las propuestas y la fecha en que queda cumplido totalmente el trabajo, dentro de los plazos fijados en la oferta.

19.3 - A los efectos de la liquidación de los ajustes de precios, el adjudicatario deberá presentar una nota a la Dirección de Obra de OSE, solicitando la aprobación del ajuste de precios correspondiente a cada ejecución de los trabajos, conforme a los plazos indicados en el presente pliego, conjuntamente con el certificado mensual correspondiente a dichos trabajos.

19.4 - La referida solicitud deberá acompañarse con las planillas de cálculo y su correspondiente liquidación y la documentación probatoria de las fuentes de información indicadas para dicho cálculo.

19.5 - Dichas solicitudes podrán presentarse hasta un plazo máximo de 60 días de presentada la factura de los servicios realizados.

19.6 - En todos los casos la aceptación o rechazo de las liquidaciones por variación de precios quedan a exclusivo juicio de esta Administración.

20. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.

20.1.- Para evaluar las ofertas se tendrá en cuenta la siguiente información aportada por el oferente, de acuerdo a lo exigido en los recaudos, y en particular según lo detallado en el Art. 18 (Forma de Cotizar), del Art. 7º (Requisitos para la presentación de Ofertas) y siguientes del presente Capítulo III:

a) Importe cotizado en la Oferta para realizar la obra.

b) Precio comparativo de la Obra, obtenido de sumar al ítem a), los aportes por Cargas Sociales que deberá efectuar la Administración, y el Impuesto al Valor Agregado.

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c) Experiencia y capacidad técnica acreditada por el proponente.

d) Capacidad de contratación acreditada por la Empresa.

e) Planes de ejecución, de utilización de equipos y de inversiones requeridas para ejecutar los trabajos.

f) Capacidad económica y financiera para ejecutar el contrato.

20.2 - Se analizarán las propuestas para determinar si están completas y si en general se ajustan esencialmente a lo establecido en el Pliego de la Licitación. A los fines de este artículo se considerará que la oferta se ajusta esencialmente al Pliego de la Licitación, si no presenta apartamientos que afecten de manera sustancial la cantidad o calidad de los trabajos y si no limita de manera sustancial los derechos de la Administración o las obligaciones del oferente bajo contrato. Si la Administración determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de licitación, la rechazará, y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.

20.3 - La Administración podrá pedir aclaraciones o informaciones complementarias a cualquiera de los Oferentes sobre sus Ofertas, sin perjuicio de la que éstos tienen que suministrar en ocasión de la presentación de las propuestas.

20.4 - Si la Administración determina que la Oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de la Licitación o resulta incompleta, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el Oferente.

20.5 - Una vez que la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones haya determinado que las Ofertas se ajustan a los documentos de la Licitación, se procederá a la evaluación de las mismas. A los efectos de la evaluación de las propuestas, la Administración verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en cuanto a la Experiencia del Oferente en trabajos similares debidamente documentados y avalados, Experiencia del Representante Técnico y Director de Obra y los requerimientos de equipos solicitados.

20.6 - La Administración podrá pedir aclaraciones o información adicional a cualquiera de los licitantes sobre sus ofertas, pero estas en ningún caso podrán ser modificadas.

21. DE LAS DISCREPANCIAS.

21.1.- Las ofertas que se ajusten esencialmente a los documentos de licitación serán estudiadas a efectos de detectar posibles errores aritméticos. Los errores serán rectificados por OSE de la siguiente manera:

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a) Si existiera una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras.

b) Si existiera una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio total y el precio unitario será corregido.

21.2 - También se corregirá el error meramente aritmético, considerándose tal únicamente el resultado de una operación cuyos factores son correctos.

22. REGIMENES PREFERENCIALES

22.1 - OBRAS QUE CALIFIQUEN COMO NACIONALES

Se debe tener en cuenta lo dispuesto por el art. 41 de la ley 18362, decreto 13/2009 y art. 58 del decreto 150/2012 (TOCAF).-

En la oferta, los interesados en beneficiarse con el margen de preferencia deberán especificarlo.

1. El margen de preferencia será del 8% (ocho por ciento) y se aplicará sobre la mano de obra nacional y los materiales nacionales. A los efectos de la calificación de un material como nacional se aplicará el mismo criterio que en el caso de los bienes establecido en el art. 41 de la Ley Nº 18.362.-

2. Para la aplicación del beneficio y a los efectos de la referida calificación como nacional de la (o las) obra/s, el oferente deberá presentar el certificado correspondiente (art 12 y concordantes del decreto 13/2009) junto con la oferta".

3. Para el caso de que la (o las) obra/s califique/n como nacional/es, se requiere por parte del oferente:

a) Que establezca el porcentaje de mano de obra y el porcentaje de materiales o bienes que componen su precio.

b) Estimar y expresar el porcentaje de mano de obra nacional respecto del total de la mano de obra declarada en el literal a) inmediato anterior.

c) Estimar y expresar el porcentaje de materiales nacionales respecto del total de los materiales o bienes declarados en el mencionado literal a) precedente.

En caso de no presentarse la referida información, no se otorgará preferencia alguna.

La Administración podrá efectuar las verificaciones o peritajes del caso, reservándose el derecho de rechazar la calificación de la oferta como nacional, en forma fundada.

23. A las MPyMES

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23.1 - De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 de la Ley Nº 18362 reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 371/2010 y disposiciones concordantes y/o complementarias, para los porcentajes de prioridad será aplicable lo dispuesto en el art.10 del decreto 371/010.

23.2 - Para la aplicación del beneficio, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta:

a) Certificado expedido por Dinapyme que acredite su condición de MIPYME y la Participación en el Subprograma de Contratación para el Desarrollo (Artºs .2 y 5, y concordantes del Decreto No. 371/010).

b) A los efectos de obtener la preferencia, el proponente deberá obligatoriamente presentar conjuntamente con su oferta la Declaración Jurada para la aplicación del beneficio al programa MIPYME, de acuerdo al Anexo adjunto, que acredite el porcentaje de mano de obra nacional y materiales nacionales que componen la oferta conforme a lo dispuesto en el Art. 8 del decreto 371/010.

En caso de ausencia de acreditación de las condiciones exigidas en los literales a) y b) precedentes, implicará para la Administración el no otorgamiento de beneficio alguno hacia la empresa oferente, considerando a la misma como no MIPYMEs.

23.3 - La Administración se reserva el derecho de aplicar el referido beneficio para las contrataciones, adquisiciones de bienes, servicios u obras públicas que se encuentren acogidas al Subprograma de Contratación para el Desarrollo, hasta el monto máximo fijado para cada ejercicio por el Poder Ejecutivo. (Art. 3 del decreto 371/010 y Art.43 de la ley 18362).

23.4 - La empresa adjudicataria dispondrá de un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación para presentar el certificado de origen emitido por las Entidades Certificadoras. En caso de que el certificado no fuera presentado dentro del plazo previsto o fuera denegado se dejará sin efecto la adjudicación.

24. COMPARACIÓN ECONÓMICA DE OFERTAS

24.1 - Sólo a los efectos de la comparación económica de las ofertas, se indica las cantidades estimativas de los rubros a contratar en la Planilla N° 2 – “Planilla de Comparación” del Anexo II.

24.2 - El Precio Total de la Oferta o Monto de Comparación será igual a la sumatoria de los precios unitarios totales de cada rubro por su correspondiente metraje de comparación, más los aportes por leyes sociales, más los impuestos correspondientes, según lo establecido en el Anexo II - Planilla 2: “Planilla de Comparación”.

24.3 - Si la oferta evaluada más baja fuera seriamente desbalanceada en su estructura de precios (precios cotizados, mano de obra declarada, etc.), con relación a la estimación de la Administración del costo real de la obra, ésta podrá rechazarla, o podrá requerir que se aumente el monto de la

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Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato hasta el nivel suficiente que la Administración entienda para protegerla contra pérdidas financieras en el caso de no cumplimiento por parte del adjudicatario.

25. ADJUDICACIÓN

La Administración podrá adjudicar el servicio, a su sólo criterio y sin expresión de causa, por cantidades inferiores o superiores a las licitadas, de acuerdo a los porcentajes establecidos en el Art. 74º del TOCAF.

Se establece que la adjudicación no podrá ser dividida entre dos o más oferentes.

26. PLAZO PARA EL PAGO.

La Administración pagará la liquidación el último día hábil del mes siguiente a aquel en que la misma fue aprobada por la Dirección de Obra y se conformó la factura correspondiente.

27. GESTIÓN PARA EL PAGO DE LOS TRABAJOS.

27.1 - Los trabajos realizados se certificarán mensualmente, y sus importes se calcularán en base a mediciones de obra hecha y los precios unitarios de la oferta.

Se entenderá por trabajos ejecutados la correcta ejecución a conformidad del Director de Obra y dentro de los plazos previstos, de todos los trabajos de construcción estipulados en los documentos de la licitación, incluyendo las pruebas que correspondieran.

Los rubros cotizados en forma global se liquidarán en forma porcentual de acuerdo al porcentaje ejecutado.

27.2 - La medición de los trabajos realizados en el mes se efectuará con la presencia de la Dirección de Obra de la Administración o la Supervisión designada para ello, conjuntamente con la Dirección de Obra del contratista.

a) Certificado de trabajos ordinarios (básico)

b) Certificado de trabajos extraordinarios de conformidad con lo establecido en el Art 88 del PCGO (básico)

c) Certificado de reajuste de precios (complementarios)

d) Certificado de entrega de suministros

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28. ESTUDIO DE LAS LIQUIDACIONES (CERTIFICADOS) MENSUALES; APROBACIÓN DE LAS

HOJAS DE SERVICIO Y PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS.

28.1 - Plazo de presentación del Certificado por parte del Contratista.

Antes de los últimos 5 (cinco) días hábiles del mes de ejecución de la obra liquidada, el Contratista deberá presentar los certificados, firmados por el Director de Obra de la empresa, al Director de obra designado por la Administración, para su aprobación y trámite.

Todo certificado presentado fuera del plazo fijado se tendrá por recibido el mes inmediato posterior. En estos casos la Administración podrá realizar por sí las liquidaciones mensuales de obra que entienda pertinente, sin que el Contratista tenga derecho a objetarlas.

28.2 Trámite y plazo para la aprobación del certificado por parte de OSE.

El certificado presentado será analizado por el Director de Obra de OSE.

En caso de que el mismo sea aceptado en su totalidad, el Director de OSE firmará los certificados.

En caso de que el mismo no sea aceptado en su totalidad, el Director de OSE no firmará los certificados y confeccionará el certificado que según su criterio de aprobación corresponde a la obra a liquidar.

En un plazo de 4 (cuatro) días hábiles siguientes a su presentación, el Director de Obra se encargará del trámite de la confección las Hojas de Servicio (en el Sistema SAP) y la aprobación de las mismas; y una vez aprobadas comunicará al contratista (por fax u otro medio fehaciente) los montos y los conceptos de las facturas a presentar, conjuntamente con los números de las Hojas de Servicio aprobadas para las mismas.

Para el caso de que el certificado no hubiera sido aceptado en su totalidad, en dicha comunicación al contratista, el Director de OSE adjuntará también la copia del certificado confeccionado a su criterio, dejando constancia de los trabajos cuya certificación se rechaza.

28.3 - Plazo para la presentación de las facturas por parte del Contratista.

A partir de esa comunicación el contratista dispondrá de un plazo de 2 (dos) días hábiles para presentar las facturas por los montos y conceptos aprobados en la Oficina de Acreedores (o Áreas Administrativas correspondientes en el Interior del país).

Las fechas de las facturas deberán ser del mismo mes en que se realizaron los trabajos.

Si retardara la presentación de las facturas más allá del plazo indicado precedentemente, o si las mismas no coincidieran en sus conceptos y montos con las Hojas de Servicio aprobadas, las facturas no serán recibidas y no correrá el plazo para su pago ni se devengarán multas ni recargos.

28.4 - Reclamaciones Pendientes.

Para el caso de los certificados que no hayan sido aprobados en su totalidad, los trabajos correspondientes que no fueron aceptados por el Director de Obra quedarán pendientes de certificar para futuras certificaciones, hasta contar con la conformidad del Director de Obra de OSE.

Los eventuales reclamos del Contratista al respecto, se considerarán reclamaciones pendientes a los efectos del Art. 82 del Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Construcción de Obras.

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29. ATRASO EN LOS PAGOS

29.1 - Si la Administración efectuara el pago de una factura correspondiente a un Certificado mensual de Obra, básico y complementario correspondiente, en su totalidad o parcialmente más allá del plazo estipulado en el numeral 26 del presente Capítulo, el único ajuste que tendrá derecho a cobrar el contratista será el importe complementario que resulte de aplicar al monto atrasado, una tasa de interés, aplicada al número de días calendario del atraso.

29.2 - La tasa referida en el numeral anterior será la media del mercado financiero, para préstamos a empresas en moneda nacional no reajustable con plazos menores a un año. A tales efectos, se tendrán en cuenta las tasas publicadas por el Banco Central del Uruguay en cumplimiento del Art. 166 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero (Resolución del Banco Central del Uruguay del 9/3/98 Circular 1998). Para el cálculo de la mora se tomará la vigente al momento de verificarse el incumplimiento de pago.

29.3 - Los recargos por atraso en los pagos se liquidarán únicamente a solicitud de los oferentes, en un plazo máximo de 30 días calendario a partir de ocurrido el atraso. Dicha solicitud deberá ser presentada al Director de obra designado por la Administración, al que fuera presentado el certificado respectivo.

30. AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN

30.1 - Conjuntamente con la presentación mensual de los certificados, el Contratista deberá presentar la solicitud de días de prórroga que se hubieran generado en el mes que se está certificando, con las correspondientes justificaciones que los hubieran ameritado.

30.2 - El Director de Obra evaluará dichas solicitudes con los mismos plazos y procedimiento que para la aprobación de las liquidaciones mensuales. Con los días de prórroga y sus justificaciones, aceptados por el Director de Obra, mensualmente se fijará una nueva fecha de fin del plazo de la obra, la que será adjuntada y formará parte de la certificación.

30.3 - Este procedimiento mensual se realizará a solicitud del contratista hasta la fecha de presentación de la solicitud de Recepción Provisoria a conformidad del Director de Obra.

30.4 - Una vez alcanzado el plazo resultante de sumar al plazo original las prórrogas aceptadas por el Director de Obra, se aplicará mensualmente conjuntamente con la certificación, las multas estipuladas en el numeral 38 del presente Capítulo. Asimismo se deberá continuar con lo establecido en el numeral anterior a modo de conocer mensualmente el atraso real de la obra, y finalmente el atraso total.

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30.5 - Las solicitudes de prórroga que no correspondan a causas habituales tales como lluvias o paros de la construcción, deberán ser planteadas por escrito al Director de Obra dentro de los diez días hábiles de aparecidas las causas que las pudiera ameritar. Las mismas deberán ser debidamente justificadas y quedarán a resolución de la Administración, en el marco de lo indicado en el numeral 40.12 del presente Capítulo (Responsabilidad – Fuerza mayor)

Toda solicitud planteada fuera de ese plazo no será atendida.

30.6 - En caso que el período de obra coincida con la licencia de la construcción, se ampliará el plazo en tantos días calendario como abarque dicha licencia.

30.7 - Si en aplicación de las normas correspondientes se ordenasen aumentos en las obras contratadas, los mismos darán derecho al Contratista a una prórroga del plazo estipulado para la terminación y entrega de los trabajos, proporcional a los aumentos de obra dispuestos, manteniéndose la relación existente entre el monto de obra y el plazo de ejecución contractual.

30.8 - En caso que el aumento de obra corresponda a una tarea crítica, el Contratista podrá solicitar una prórroga de plazo complementaria, realizando la correspondiente justificación. Esa solicitud será analizada por la Administración, quien resolverá en definitiva.

30.9 - Serán causas justificables de prórroga:

a. Días de lluvia (serán días hábiles).

b. Licencia de la construcción.

c. El Contratante no permite el acceso a alguna parte de la Zona de Obras en la Fecha de Toma de Posesión especificada en los Datos del Contrato.

d. El Director de Obra ordena una demora o no emite oportunamente los planos, especificaciones o instrucciones requeridas para ejecución de la Obra.

e. Adicionales de Obra oficialmente aprobados que ameriten una ampliación de plazo. La prórroga del plazo será proporcional al porcentaje del monto de la ampliación aprobada respecto al de la obra original. En caso que el aumento de obra corresponda a una tarea crítica, el Contratista podrá solicitar una prórroga de plazo complementaria, realizando la correspondiente justificación, la que será evaluada asimismo por el Director de Obra quien resolverá al respecto. La ampliación de plazo por este concepto no amerita la devolución de multas por atraso en la ejecución de los trabajos que ya se hubieran efectuado con anterioridad a la aprobación de dicho adicional.

f. Causas de Fuerza Mayor que el Director de Obra acepte.

g. No será de aplicación el Art. 93° del P.C.G. (Ampliación de Plazo por atraso en los pagos).

31. LIQUIDACIÓN DE VARIACIONES DE OBRA.

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31.1 - Cuando deban disponerse aumentos o disminuciones de la obra contratada, estos se liquidarán de acuerdo a los precios unitarios de la oferta.

31.2 - En el caso de trabajos no previstos en los documentos de licitación, el Contratista pondrá un presupuesto a consideración de la Dirección de Obra, procediéndose de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 71° y 72° del Pliego de Condiciones Generales.

31.3 - La Administración no reconocerá como tal a ningún trabajo imprevisto o extraordinario que se realice sin la orden previa y por escrito de la Dirección de Obra. De ser realizados sin esa orden, el costo de dichos trabajos será de exclusiva cuenta del Contratista.

32. TRÁMITE DE LOS PAGOS POR LEYES SOCIALES.

32.1 - Dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes el Contratista deberá presentar la Planilla N° 1300 de A.T.Y.R, nominada Declaración de Personal y Actividad (correspondiente a los aportes sociales según la Ley N° 14.411) de las obras ejecutadas el mes anterior, con una copia, para su certificación por el Director de la Obra.

32.2 - El original le será reintegrado al Contratista dentro de los 3 días hábiles siguientes, para su presentación en A.T.Y.R. El Contratista presentará la referida Planilla a ATYR dentro del plazo estipulado por dicha Oficina, la que le entregará copia sellada y fechada.

32.3 - Una vez que el Contratista realice la gestión correspondiente ante el B.P.S., deberá presentar a la Administración la planilla con el sello de constancia de haber realizado el trámite en fecha, dentro de los siguientes 3 (tres) días hábiles, a los efectos de gestionar el pago de los aportes.

32.4 - También deberá presentar Planilla o fotocopia de liquidación mensual de haberes del personal afectado a la Obra, correspondiente al mes anterior, firmada de conformidad por éstos y certificada por el sobrestante de la Administración.

32.5 - Si por atraso en el cumplimiento de los plazos indicados, el BPS aplicase multas y recargos, la parte porcentual del atraso que fuera imputable al contratista le será descontada del próximo certificado de pago, o en caso que no hubiere pagos pendientes, se descontarán de la Garantía de Buena Ejecución de las Obras o de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

32.6 - En caso de suspensión de la obra, el contratista deberá gestionar frente a A.T.Y.R. el cambio de estado, así como el cierre de obra, dando la baja al personal, en las fechas establecidas por el BPS. Si el incumplimiento de lo establecido en este numeral implicara multas o recargos por parte de ATYR, serán de cargo del Contratista y le serán descontados de pagos posteriores o en su defecto de la garantía correspondiente.

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32.7 - El Contratista deberá llevar en la Oficina de la Obra, las planillas del personal ocupado en las diversas tareas, con su identificación y las jornadas trabajadas.

32.8 - Estas planillas deberán ser presentadas mensualmente a la aprobación de la Dirección de la Obra. Dicha Dirección podrá requerir el acceso a las mismas en toda oportunidad que lo considere necesario.

33. CONTROL DEL TOTAL DE LOS JORNALES EMPLEADOS

33.1 - Conjuntamente con la certificación mensual se evaluará por parte del Director de Obra el total de jornales empleados a la fecha de acuerdo al siguiente cálculo:

Los jornales declarados en la planilla de BPS en el mes anterior, se parametrizarán a la fecha de la oferta, con la siguiente fórmula:

(Jornal Declarado al BPS) x Jo / J, donde:

J= Jornal de la categoría V, medio oficial albañil, según mayor de laudo o convenio homologado para la zona donde se ubica la Obra, vigente al último día del mes anterior al de ejecución de los trabajos.

Jo= Ídem, al último día del mes anterior al de apertura de la Licitación.

y mensualmente se realizará la sumatoria de los valores mensuales que haya arrojado dicha fórmula desde el primer mes de ejecución hasta la fecha, y el resultado de dicha sumatoria será el total de Jornales empleados a la fecha, a precios básicos de licitación.

33.2 - Si el total de jornales empleados a precios básicos de licitación fuera superior al total declarado por el Contratista en su oferta, serán de su cargo los aportes que correspondan a la diferencia en exceso. Los montos correspondientes serán descontados de los pagos (certificados de obra) que la Administración deba efectuar al Contratista por la Dirección de la obra. En el caso que no hubiesen pagos pendientes, serán descontados de la Garantía de Buena Ejecución, y si ésta no alcanzara, de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

34. FINALIZACIÓN DE LA OBRA.

34.1 - En el momento que el Contratista considere haber terminado con todos los trabajos previstos en el contrato, solicitará por escrito la conformidad de la Dirección de Obra.

34.2 - La Dirección de Obra verificará que la misma ha sido concluida en sus más mínimos detalles. De confirmarse esto, la obra se considerará finalizada tomándose como fecha de terminación la del recibo por parte de la Dirección de Obra de la solicitud escrita antes mencionada.

34.3 - En caso que hubiera tareas aún no realizadas, o que no estuvieran terminadas a total satisfacción de la Dirección de Obra, la misma lo comunicará al Contratista en un plazo de cinco días

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hábiles desde la solicitud de terminación. En caso que la respuesta de la Dirección de Obra excediera ese lapso, los días calendario de demora se agregarán al plazo total de obra.

34.4 - El Contratista continuará entonces con sus tareas hasta que vuelva a considerar que los trabajos contratados están cumplidos hasta en sus más mínimos detalles, en cuyo caso realizará una nueva solicitud que tendrá un tratamiento idéntico a la anterior, repitiéndose esto tantas veces como la Dirección lo considere pertinente.

35. RECEPCIÓN PROVISORIA.

35.1 - Se considerará que el período de ejecución de la obra termina el día de la presentación por parte del Contratista de la solicitud de Recepción Provisoria de la Totalidad de la Obra, a conformidad del Director de Obra. A estos efectos se deberá cumplir que el mismo no tenga observaciones que formular en cuanto a la ejecución de los trabajos, y la solicitud deberá estar completa en cuanto a planos de balizamiento en formato dwg y entrega de las correspondientes Recepciones de los Pavimentos.

35.2 - El Director de Obra notificará formalmente a la empresa los días hábiles de atraso de la totalidad de las obras que se hubieran generado a esa fecha, indicando a) fecha de comienzo de los trabajos; b) plazo de obra originalmente previsto; c) fecha de finalización originalmente prevista; d) días hábiles de prórroga aprobados; e) fecha resultante de finalización prevista; f) fecha de presentación de solicitud de Recepción Provisoria Total de la obra; g) días de atraso en la ejecución de la totalidad de las obras.

35.3 - Dicha notificación formará parte del trámite de Recepción Provisoria.

35.4 - El técnico responsable de realizar las Inspecciones Previas notificará formalmente al contratista los plazos que haya insumido el mismo para subsanar las observaciones en un todo de acuerdo al Art. 77° del P.C.G. Estos días se considerarán días de atraso de obra a los efectos de la aplicación de la multa por atraso en los plazos.

35.5 - Dicha notificación formará parte del trámite de Recepción Provisoria.

35.6 - En el Acta de Recepción Provisoria de la Totalidad de Obra, se dejará constancia de los días totales de atraso de la totalidad de la obra, que será la suma de los días de atraso informados por el Director de Obra más los días de atraso informados por el técnico responsable de la realizar la referida recepción.

36. GARANTÍA DE LA BUENA EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS OBRAS.

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36.1 - Del importe de todos los pagos que se efectúen al Contratista, excepción hecha de los correspondientes a ajustes por atrasos en los pagos, se hará un descuento del 5% al momento del pago, formándose con tales descuentos la Garantía de Buena Ejecución.

36.2 - Tal descuento no se efectuará si en el momento de hacer efectivo el cobro, el contratista entregara el recibo de Depósito en efectivo, en la Sección Custodia del Banco de la Republica Oriental del Uruguay, a la orden de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, o en su defecto el aval o póliza.

36.3 - Esta Garantía se devolverá en las condiciones estipuladas en el Art° 79 del P.C.G.O.

36.4 - El plazo de garantía y conservación de las obras recibidas provisoriamente, a que se refiere el Art.76º del P.C.G.O., se fija en 1 (un) año.

36.5 - Si durante el período de garantía, una parte cualquiera de la Obra tuviese que ser modificada, reconstruida o sustituida por defectos o vicios de construcción y, de un modo general, por incumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratista, una vez subsanada la deficiencia por éste comenzará de nuevo el período de garantía fijado anteriormente para toda la Obra o parte de ella, según lo decida la Administración y sin cómputo o restitución del plazo corrido anterior.

El Contratista procederá a corregir las deficiencias a su costo, sin que sirva de excusa, ni dé derecho alguno, la circunstancia de que la Dirección de Obra la hubiera anteriormente inspeccionado o la Administración las hubiera recibido provisoriamente sin observaciones.

En caso de que el período de garantía afecte sólo una parte de las obras, la Administración, al recibir el resto de ellas, de acuerdo a las estipulaciones del Contrato, retendrá del depósito de garantía una cantidad proporcional a la importancia y valor de la obra no recibida.

En caso de dejar pendientes en la Recepción Provisoria algunos detalles, el plazo de garantía y conservación de los mismos se contabilizarán a partir de la fecha en que se subsanen.

37. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y LIQUIDACIÓN FINAL.

La Recepción Definitiva se realizará de acuerdo con las disposiciones del PCGO.

38. DE LAS MULTAS.

38.1 - Serán de aplicación las multas por incumplimiento de los plazos estipulados en el Artículo 101º del P.C.G.O.

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38.2 - Todas las multas aplicadas por la Intendencia de Maldonado, por incumplimiento del adjudicatario de las disposiciones vigentes, serán a su cuenta y cargo.

38.3 - El incumplimiento por la constatación de la ausencia de un Oficial en un frente de trabajo, así como la no presentación de la planilla de equipo y personal, ameritará una multa equivalente a una Unidad Reajustable (1UR) por cada frente de trabajo y por día de incumplimiento.

38.4 - Por cada día hábil de atraso en el cumplimiento de los plazos establecidos en el presente Pliego para la ejecución de cada trabajo, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 4- PLAZOS PARCIALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS del Capítulo II, el Contratista se hará pasible de una multa equivalente al 10 % del importe del servicio no efectuado a tiempo actualizado a la fecha del incumplimiento de acuerdo al Numeral 19 del presente Capítulo (Ajuste de Precios).

38.5 - En cada facturación se descontarán:

a. las multas por atraso de los trabajos que se hayan cumplido y estén dentro de la certificación.

b. las multas correspondientes a aquellos trabajos que al momento de la certificación estén pendientes; y con plazo de ejecución vencido (se tomarán para el cálculo de estas multas los metrajes solicitados por OSE).

c. las multas generadas por declaraciones en exceso de trabajos a certificar o de trabajos ya certificados anteriormente, de acuerdo al Numeral 22.3 del presente capítulo.

Se entiende que la multa por atraso es por el incumplimiento de un servicio, por lo cual el valor de la multa puede exceder al valor del trabajo a ejecutar. Las multas se calcularán sobre el total presupuesto del trabajo, no sobre el Monto Imponible Básico Total.

38.6 - De producirse atrasos en los trabajos superiores al 10% de los comunicados en el mes, no se liquidarán los trabajos realizados hasta la puesta al día.

38.7 - La verificación de un trabajo mal realizado o deteriorado, una vez otorgada la Recepción Provisoria del mismo, habilitará a la Administración a intimar a la Empresa Adjudicataria a la inmediata corrección de las irregularidades constatadas, a su costo, lo que determinará la aplicación de una multa equivalente al 10% del servicio mal efectuado por cada día hábil de demora.

38.8 - El incumplimiento total o parcial del adjudicatario a los compromisos contraídos con la Administración, será pasible de las sanciones que al caso correspondan, según lo dispuesto en el Reglamento de Proveedores de OSE, pudiéndose llegar a la rescisión del contrato, lo que a su vez dará mérito a la pérdida de la Garantía de Fiel Cumplimiento del mismo.

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38.9 - La Administración podrá asimismo exigir por la vía correspondiente el resarcimiento de los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento e incluso de acuerdo a lo previsto en los Artículos 100° y 102° del P.C.G.O., podrá encomendar a un tercero la realización del objeto del contrato por cuenta del adjudicatario omiso.

39. DE LAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA - NORMAS LABORALES Y

SALARIALES, Y TODAS LAS QUE CORRESPONDAN A LA LEY Nº18251 DE

RESPONSABILIDAD LABORAL

39.1 - Son obligaciones de la empresa adjudicataria:

cumplir con el salario, respetar las horas de trabajo y demás condiciones de empleo fijadas en leyes, laudos y/o convenios colectivos vigentes para la correspondiente rama de actividad;

respetar las normas de seguridad e higiene adecuadas a la rama de actividad de que se trate;

verter los aportes y contribuciones de seguridad social al Banco de Previsión Social de acuerdo a la ley N°14.411.-

comunicar a la Administración los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio a fin de facilitar el contralor. La empresa informará los eventuales cambios en la planilla de sus trabajadores afectados a la prestación del servicio contratado por la autoridad contratante.

39.2 - La Administración, autorizará el pago una vez acreditada por la empresa contratada el cumplimiento de las obligaciones indicadas. Para ello, se reserva el derecho de:

Exigir a la empresa adjudicataria la documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral.

Solicitarle exhiba documentación que pruebe estar al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo, así como las contribuciones de seguridad social.

Estos extremos son exigidos a fin de permitir un correcto control del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa contratada.

39.3 - Asimismo, la Administración contará con los poderes jurídicos necesarios para retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los salarios a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.

39.4 - Los pagos correspondientes a los jornales trabajados por los operarios contratados por la Empresa adjudicataria, no deberán estar supeditados al cobro de los haberes correspondientes a la Empresa por la prestación de sus Servicios, los que están regidos por las normas laborales vigentes en el país.-

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39.5 - Será obligación del contratante el cumplimiento de todas las normas laborales en vigencia, incluyéndose entre ellas la Ley Nº 17.940 de 2/I/2006 (Libertad Sindical).

40. DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA.

40.1 - Los trabajos licitados deberán cumplir con todas las disposiciones municipales vigentes.

40.2 - El contratista deberá cuidar especialmente el resguardo de las instalaciones y equipamiento existentes siendo responsable ante cualquier daño eventual que ocasione a las mismas durante la ejecución de los trabajos licitados.

40.3 - La empresa adjudicataria a cargo de la obra deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 14º de la Ley Nº 17.897 de fecha 14/09/05 (Inserción laboral de personas liberadas), reglamentada por Decreto de la Presidencia de la República de fecha 14/07/2006.

40.4 - Durante la ejecución de la obra, el contratista o subcontratista deberá tomar el personal no permanente peones prácticos y/o obreros no especializados mediante la selección de mano de obra local en la forma prevista por la Ley Nº18516 del 16 de julio de 2009 y su Decreto reglamentario Nº 255/2010 del 17 de agosto de 2010.

40.5 - La empresa adjudicataria será la única responsable ante terceros y organismos públicos, por todo y cualquier perjuicio que pudiera ocasionar en el desempeño de los trabajos contratados y específicamente frente a la Intendencia Municipal de Montevideo y al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por el incumplimiento de las disposiciones vigentes respectivas. También será la única responsable por todo y cualquier perjuicio que el desempeño de los trabajos contratados pudiera ocasionar en su personal afectado a los mismos. Ello incluirá tanto los trabajos contratados como el transporte y disposición final del material retirado.

40.6 - Además de la correcta ejecución de los trabajos solicitados, la empresa adjudicataria será responsable de la conducta de su personal en su relación con toda otra tercera persona física o jurídica. Asimismo deberá cumplir con todas las disposiciones vigentes en materia de seguridad del personal, cumpliendo con toda la reglamentación vigente del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo en la materia, siendo responsable de que su personal cuente y use en todo momento los equipos de protección personal reglamentarios.

40.7 - La vestimenta del personal que realice los trabajos deberán tener distintivos claramente visibles que permitan identificar la empresa adjudicataria.

40.8 - La empresa adjudicataria será responsable por la conservación de las obras, a su costo, en referencia a defectos constructivos no evidentes al momento de la aprobación, por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de recepción provisoria.

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40.9 - La Administración así como sus funcionarios, no tendrán responsabilidad alguna por cualquier reclamación o sanción a que diera lugar el Contratista por violación de las leyes ordenanzas o reglamentaciones vigentes.

40.10 Vigilancia y cuidado de las obras.

Hasta la recepción provisoria de obras la vigilancia y cuidado de las mismas serán de responsabilidad del Contratista, sin perjuicio del derecho de la Administración de hacer las inspecciones, pruebas y contralores establecidos en los pliegos u otros que estimen convenientes.

40.11 - Seguro de obra.

El contratista deberá contratar seguros a nombre conjunto del contratista y del contratante. Contra “todo riesgo de obra”, desde la fecha de iniciación hasta la fecha de la recepción provisoria, por un monto mínimo en dólares equivalente al monto total adjudicado, incluyendo IVA y Leyes Sociales. Se utilizará a estos efectos la cotización del dólar americano interbancario tipo vendedor correspondiente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la licitación.

Deberá cubrir las siguientes eventualidades que son de riesgo del contratista:

pérdida o daños a las obras y materiales

pérdida o daño de equipos

pérdida o daños a la propiedad

lesiones personales o muerte

El contratista deberá entregar al Director de Obra, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la fecha de iniciación de la obra.

40.12 - De la fuerza mayor.

Quien se crea imposibilitado de cumplir sus obligaciones por causa de fuerza mayor deberá notificar a la otra parte, por telegrama colacionado, dentro de los 10 (diez) días de producido el impedimento. Si la otra parte estuviera de acuerdo en la existencia de la fuerza mayor, lo hará conocer de inmediato a la primera, por telegrama colacionado. Si no hubiera acuerdo respecto a la existencia de la fuerza mayor, deberá recurrir a la vía judicial dentro de los 30 días corridos y siguientes y en caso de no hacerlo dentro de este plazo, no podrá alegar ésta.

40.13 - Ampliación del horario laboral

Si para cumplir los plazos estipulados para la realización de las obras, fuera necesario habilitar uno o más turnos de trabajo, que totalicen jornadas de labor de más de 8 (ocho) horas diarias, o trabajar los domingos y/o días feriados, se deberá tener en cuenta que:

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a) En los casos en que el Contratista desee trabajar domingos y/o días feriados, deberá comunicarlo por escrito al Director de Obra, con 48 horas de anticipación como mínimo, indicando los lugares de trabajo y las labores que se propone realizar, siendo de su cargo el mayor costo por todo concepto originado en el trabajo del personal de contralor, vigilancia y dirección del Contratante.

b) En los casos en que para cumplir el plazo fuera necesario habilitar más de un turno de trabajo, el Contratista realizará las gestiones pertinentes y dará cuenta por escrito al Director de Obra con 5 (cinco) días de anticipación por lo menos, de la fecha en que comenzará a trabajar más de un turno, y será de cuenta del Contratista el costo por todo concepto originado por el mayor horario de trabajo del personal de contralor, vigilancia y dirección del Contratante.

c) El posible exceso de aportes por concepto de Leyes Sociales y Cuota Mutual que se originen por estos trabajos realizados en régimen extraordinario serán de cargo exclusivo del Contratista y serán descontados de los pagos (certificados de obra) que el Contratante deba efectuarle, o, en su defecto, de la garantía de Buena Ejecución de las obras, o de la del Fiel Cumplimiento del Contrato.

40.14 - El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para la ejecución de la Obra y dará los avisos requeridos por las leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos vigentes. De manera especial se destaca su obligación de notificar a la Intendencia Municipal, MTOP, y a las Oficinas Técnicas Regionales de UTE y ANTEL, previamente a comenzar cualquier trabajo en las calzadas o aceras públicas, y del emplazamiento preciso de las canalizaciones a construir y sus demás características.

40.15 - El contratista deberá también depositar las garantías exigidas y pagar todos los derechos, tasas y tributos inherentes a la ejecución de los trabajos, así como abonar los gastos que originen las referidas gestiones, trámites, permisos y autorizaciones.

40.16 - Si alguna de estas obligaciones fuera de cargo directo de la Administración, el Contratista tendrá derecho a que se le reembolse su pago, debiendo justificar plenamente tal extremo.

41. CESIÓN DEL CONTRATO

Suscrito el contrato o encontrándose en ejecución, la Administración podrá consentir o no, a su solo juicio, su cesión a otra empresa, a solicitud del adjudicatario, por razones de fuerza mayor debidamente justificadas, con todas las consideraciones contenidas en el Art. 64 del TOCAF.

En el caso que la presentación y el trámite de una solicitud de cesión de contrato por parte del adjudicatario produzca atraso, tanto en el comienzo de los trabajos como en el desarrollo de los mismos, se le aplicará las multas previstas por incumplimiento de los plazos, de acuerdo al Art. 38. De las multas.

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42. DE LA CONFIDENCIALIDAD

Se debe tener en cuenta lo establecido por las Leyes Nº 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública y Nº 18.331 de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data.

43. COMPETENCIA JUDICIAL

Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales que tengan relación con el presente pliego, el proceso licitatorio que el mismo forma parte, así como la relación contractual que se perfeccionará en la forma establecida en el Artículo 69 del TOCAF, se establece que cualquier trámite o proceso judicial que se inicie se someterá a los Tribunales de la Justicia Ordinaria del Departamento de Montevideo que por turno y materia corresponda. La presentación de una oferta implicará indefectiblemente la aceptación de la presente prórroga de competencia, así como todas las condiciones establecidas en este Pliego.

44. IGUALDAD DE GÉNERO – ACOSO SEXUAL (LEYES 18.104 y 18.561)

En el marco de lo dispuesto por las Leyes N° 18104 y 18561, los proponentes deberán acreditar al momento de la presentación de sus ofertas haber implementado en sus empresas una política para abordar situaciones de acoso sexual y políticas y/o acciones concretas para la promoción de la igualad de oportunidades desde la perspectiva de género, de acuerdo a declaración jurada que figura en Anexo IX.

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ANEXOS

Anexo I: Formulario de la Propuesta.

Anexo II: Planilla de Lista de Precios

Anexo III: Requerimientos de la Empresa

Anexo IV: Carta Poder

Anexo V: Materiales

Anexo VI: Plano General de Anteproyecto

Anexo VII: Compromiso de Capacidad de Operación Diaria

ANEXO VIII: Modelo de Declaración Jurada para aplicación beneficio

programa MYPIMES - OBRAS)

ANEXO IX: Declaración jurada Leyes N° 18.104 15/3/2007 y N° 18.561 del

11/9/2009

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ANEXO I - FORMULARIO DE OFERTA

Montevideo, ......... de .................................................. de .................... Sres. ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO.

LICITACIÓN PÚBLICA

R.U.T. RAZÓN SOCIAL NOMBRE COMERCIAL

DOMICILIO NUMERO TELEFONO FAX Y CORREO ELECTRONICO

LICITACIÓN Nº…………….

Montevideo.....................................................

………................................................. abajo firmante, con domicilio legal constituido en la

calle.......................................................................Nº………...... de la ciudad de ………………, luego de

examinar cuidadosamente los Pliegos de Condiciones, Especificaciones y Planos del Proyecto, de

manera tal de no tener ninguna duda acerca de la interpretación de dichos documentos, después de

haber recogido en el lugar de emplazamiento de la obra todos los elementos de juicio y la información

necesaria para la realización de los trabajos y la determinación de los precios de construcción, se

compromete a suministrar, instalar, construir y mantener hasta su recepción definitiva el total de las

obras correspondientes a la Licitación Nº............................, en un todo de acuerdo con los documentos

que rigen la presente Licitación, por:

A) Un Precio Total Unitario correspondiente a los metrajes de comparación de $..xxx.. (…xxx -

en letras- de Pesos Uruguayos), más IVA , con un Monto Imponible máximo de $..xxx.. (…xxx -

en letras- de Pesos Uruguayos);

PLAZO: Según lo establecido en el presente Pliego.

MANTENIMIENTO DE OFERTAS: El plazo de mantenimiento de oferta mínimo, será el indicado en el

P.C.P.

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Asimismo, se adjuntan y forman parte de esta propuesta, debidamente firmados, los siguientes

documentos:

a) La Planilla de Metrajes y Precios, con el detalle de todas las partidas en que se descompone el

metraje de los trabajos a ejecutar y los suministros a efectuar, rubro por rubro, con sus precios unitarios

y parciales, así como el correspondiente desglose del monto de jornales (de la obra y subcontratos) del

personal obrero y capataces, directamente empleados en las obras (excluido el personal de dirección),

rubro por rubro, de acuerdo al Numeral 18 del Cap. III – Forma de Cotizar - y al Anexo II – Planilla de

Metrajes y Precios, del Pliego de Condiciones Particulares.

b) La Información y documentación requerida en los Numerales 7 a 12 del Capítulo III del Pliego de

Condiciones Particulares, a saber:-Requisitos de la Empresa Proponente; Representación de la

Empresa; Información sobre la Empresa proponente; Información de Subcontratos y Capacidad

Técnica, Financiera y Civil de la Empresa Proponente.

Nos comprometemos a entregar las obras totalmente terminadas en condiciones de prestar servicio a

los.............. días calendario de la fecha del Acta de Replanteo.

Este proponente declara:

- Que en los precios indicados en las planillas de metrajes y precios (unitarios, parciales y totales)

no está incluido el importe del Impuesto al Valor Agregado.

- Que se somete a las Leyes y Tribunales del País, con exclusión de otro recurso.

...................................................................................................................................

Firma/s

...................................................................................................................................

Aclaración de Firma/s

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ANEXO II - PLANILLA DE METRAJES Y PRECIOS El oferente deberá cotizar en forma unitaria los siguientes rubros, los cuales serán liquidados mensualmente según los metrajes realmente realizados. Estos precios incluirán la mano de obra. La no cotización de algunos de estos rubros, implicará que la oferta sea declarada incompleta, lo que podría motivar el rechazo de la misma. A los efectos del cálculo del tope de aportes de las leyes sociales que OSE deberá verter al BPS se manifestará en forma expresa y para cada rubro, el monto imponible de la mano de obra (personal obrero y capataces, excluido personal de dirección) empleada directamente en la obra. La omisión de la cotización solicitada podrá ser causal de rechazo de la oferta.

LICITACION ABREVIADA AMPLIADA Nº xxxxx

Sustitución de tuberías sin zanja y reconexión de conexiones existentes en las mismas para la UGD de OSE Maldonado

Código Descripción Unida

d Cantida

d precio unitario

precio total

monto imponible unitario

monto imponible

1 Colocación de tubería

1.1 Colocación de tubería sin zanja

1.1.1 Suministro y colocacion de PEAD F 75 mm API 10 m 3500

1.1.2 Suministro y colocacion de PEAD F 110 mm API 10 m 1500

1.1.3 Suministro y colocacion de PEAD F 200 mm API 10 m 200

1,2 Colocación de tubería con zanja

1.2.1 Suministro y colocación de PVC F 75 mm API 10 m 500

1.2.2 Suministro y colocación de PVC F 110 mm API 10 m 500

1.2.3 Suministro y colocacion de PEAD F 75 mm API 10 m 500

1.2.4. Suministro y colocacion de PEAD F 110 mm API 10 m 500

2 Desinfeccion

2.1 Desinfección de tubería F 75 mm m 4500

2.2 Desinfección de tubería F 110 mm m 2000

2.3. Desinfección de tubería F 200 mm m 200

3 Provisorio

3.1 Tendido, mant.y retiro de provisorios de F 40 mm m 1000

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3.2 Tendido, mant.y retiro de provisorios de F 50 mm m 500

4 Macizos de Hormigón

4.1 Anclajes de piezas especiales m3 5

5 Conexiones domiciliarias

5.1 Cortas hasta 20 mm u 200

5.2 Largas hasta 20 mm (con tunelera) u 140

5.3 Largas hasta 20 mm ( corte calle) u 50

5.4 Cortas hasta 32 mm u 12

5.5 Largas hasta 32 mm (con tunelera) u 6

5.6 Largas hasta 32 mm ( corte calle) 6

5.7 Cortas hasta 50 mm u 6

5.8 Largas hasta 50 mm (con tunelera) u 2

5.9 Largas hasta 50 mm (corte calle) u 2

5.1 Suminstro y colocacion de nichos

5.1.1 Nicho en vereda u 20

5.1.2 Nicho en pared u 30

6 Suministro de piezas especiales (*)

6.1 TE p/PVC 75 u 20

6.2 TE p/PVC 110 u 10

6.5 TE p/PEAD 63 u 2

6.6 TE p/PEAD 75 u 12

6.7 TE p/PEAD 110 u 6

6.8 TE p/PEAD 160 u 2

6.9 TE p/PEAD 200 u 2

6.10 Curva p/PVC 75 u 16

6.11 Curva p/PVC 110 u 10

6.14 Curva p/PEAD 75 u 12

6.15 Curva p/PEAD 110 u 6

6.18 Cruceta p/PVC 75 u 18

6.19 Cruceta p/PVC 110 u 10

6.22 Cruceta p/PEAD 75 u 12

6.23 Cruceta p/PEAD 110 u 10

6.26 Reducción p/PVC 75 a 63 mm u 4

6.27 Reducción p/PVC 110 a 75 mm u 6

6.30 Reducción p/PEAD 75 a 63 mm u 4

6.31 Reducción p/PEAD 110 a 75 mm u 4

6.34 Pie p/ hidrante 75 u 18

6.35 Pie p/ hidrante 110 u 6

7 Suministro de Aparatos

7.1 Llave de paso P/PVC 75 mm u 15

7.2 Llave de paso P/PVC 110 mm u 6

7.5 Hidrantes u 20

8 Colocacion de piezas

8.1 P/Tuberia de 75 mm a 200 u 160

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9 Colocacion de Aparatos

9.1 P/Tuberia de 75 mm a 200 e hidrantes u 41

10 Suministro y Colocacion de camaras

10.1 Camaras en vereda u 40

10.2 Camaras en Calle u 12

11 Remoción y reposición de pavimento

11.1 Baldosas m2 800

11.2 Monolítico lavado m2 90

11.3 Tepes m2 540

11.4 Hormigón de veredas m2 500

11.5 Piedra partida m2 22,5

11.6 Cordón de Hormigón m 22,5

11.7 Cordón cuneta de Hormigón m 22,5

11.8 Cordón de granito sin aporte m 45

11.9 Cordón de granito con aporte m 9

11.10 Hormigón de pavimentos m2 50

11.11 Tratamiento bituminoso m2 300

11.12 Tosca m2 135

11.13 Carpeta asfáltica m2 400

12 Sobreprecio por excavacion en roca

12.1 Sobreprecio por excavacion en roca m3 6

Sub - Total (Sin I.V.A. ni L.L.S.S.):

-

-

I.V.A. (22%):

-

Sub - Total (Incluye I.V.A.):

-

Aporte por Leyes Sociales ($):

-

Monto de Comparación de la Oferta ($):

-

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ANEXO III - REQUERIMIENTOS DE LA EMPRESA.

1 NOMBRE DE LA EMPRESA:

……………………………………………………………………………………

2 DIRECCIÓN DE LA EMPRESA:

……………………………………………………………………………………

3 TELÉFONO DE LA EMPRESA:

……………………………………………………………………………………

4 REPRESENTANTE TÉCNICO:

4.1 NOMBRE:

……………………………………………………………………………………

4.2 ESPECIALIDAD:

……………………………………………………………………………………

4.3 TELEFONO CELULAR:

……………………………………………………………………………………

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ANTECEDENTES DE LA EMPRESA EN TRABAJOS SIMILARES:

Obra: Repartición o

persona

contratante.

Fecha del

contrato.

Características del trabajo.

Deberán adjuntarse datos personales del representante actuante firmado por el mismo.

En caso de que la capacidad del formulario sea insuficiente para la cantidad de información que la

Empresa posee, el mismo podrá sustituirse por otro ampliado, el cual deberá conservar el mismo

formato.

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ANEXO IV – CARTA PODER

ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO

LICITACI0N Nº ................................... Aclaración:

Si la Carta Poder o el poder queda otorgado por escritura autorizada en el exterior, deberá además estar debidamente legalizada, traducida al Idioma Español en su caso y protocolizada. CARTA PODER Lugar y fecha............................................................................................................................................................

Por la presente carta poder................................................................................................................ (nombre del (los) poderdante(s))

Autorizo (amos)a................................................................................................................................................... ........................................................................................................................................................................................ (Nombre del (los) apoderado(s))

con Cédula de Identidad de

..............................................................................................................................

Nº./Nos............................................................................................................................................................

.............

para que en mi (nuestro) nombre y representación, realice(n) todo tipo de trámites, gestiones y peticiones ante cualquier Oficina o repartición de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, en relación con cualquier Licitación en trámite o que se efectúe en el futuro en dicho Organismo. En consecuencia él (los) apoderado(s) queda(n) facultado(s) expresamente para: 1) retirar la documentación necesaria para poder participar en las licitaciones. 2) Gestionar la inscripción de la Empresa en los Registros existentes o que se creen. 3) Entregar en depósito las garantías necesarias y retirarlas en el momento que indique O.S.E.

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4) Firmar las propuestas y presentarlas en el acto de apertura, pudiendo realizar las observaciones que estime convenientes siempre que se refieran a dicho acto exigiendo o no que se deje constancia en el acta respectiva. 5) Efectuar declaraciones sean juradas o no. 6) Interponer todo tipo de recursos. 7) Otorgar y suscribir todo tipo de documentos y especialmente los contratos pertinentes con O.S.E. en caso de ser adjudicatario(s) de la Licitación con todas las cláusulas y requisitos de estilo. La intervención personal del (los) mandante(s) en el trámite no significará revocación tácita del presente, al que se tendrá por vigente y válido hasta tanto no se notifique por escrito a las Oficinas y reparticiones en las cuales fue presentado, su suspensión, limitación o revocación. SOLICITO(AMOS) la intervención del Escribano................................................................................. a los efectos de certificación de firmas.

.............................................................................................. FIRMAS

SIGUE certificación notarial de firmas, en sellado notarial y con los timbres correspondientes. En caso de tratarse de Sociedades el Escribano actuante deberá hacer un control completo de las mismas (Nº, Fº). y Lº. de inscripción en el Registro Público de Comercio, publicaciones, representación de los firmantes, vigencia de los cargos). En caso de ser sociedad anónima: decreto que autoriza su funcionamiento.

En caso de que la sociedad actúe por poder: vigencia del mismo.

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ANEXO V – MATERIALES

1) A SUMINISTRAR POR EL CONTRATISTA

El Contratista suministrará todos los materiales: tubos, piezas especiales, accesorios, etc. necesarios para la total ejecución de la obra así como para el cabal funcionamiento de las instalaciones, salvo expresa indicación de la Dirección de Obra de OSE.

Todos los suministros se ajustarán en un todo a las especificaciones de estos recaudos y a las indicaciones de las piezas gráficas que se incluyen en los mismos. Deberá presentarse el certificado de fabricación de los mismos según norma de calidad de la serie ISO 9000.

2) A PROPONER POR EL OFERENTE

2.A) Lista de Suministros de identificación obligatoria en la oferta La información correspondiente a los suministros de identificación obligatoria se deberá presentar en la oferta a los efectos de definir en forma precisa los materiales propuestos. La información deberá incluir como mínimo: Fabricante, modelo, medidas, país de origen y norma de fabricación. La lista de suministros de identificación obligatoria en la oferta es:

- Tubería de PEAD - Tubería de PVC - Válvulas - Hidrantes - Fittings de electro fusión (cuplas, codos, tees, tomas, reducciones, etc.) - Accesorios de compresión (adaptador recto, universal, codo, llave de paso, etc.)

La no conformidad por parte de la Administración de los materiales propuestos a suministrar, será motivo de rechazo de la oferta a criterio exclusivo de la Administración.

A tal efecto el oferente deberá completar el formulario de suministros del presente Anexo V.

Las piezas de electro fusión, y compresión deberán ser PN10. Se deberá indicar para las mismas las Normas y Laboratorio certificador, en el momento de la entrega se solicitará certificado por el lote adquirido por la empresa contratista y emitido por el Laboratorio indicado antes.

Las piezas de Compresión que se utilicen, Adaptadores Universales, enlaces rectos y curvos, llaves de compresión, etc., serán PN10.

Los materiales solicitados deberán de cumplir además de lo que el pliego indica las normas que se especifican a continuación:

Las piezas de compresión deberán cumplir la Norma ISO 14236.

Las piezas de electrofusión deberán cumplir la Norma EN 12201 o la ISO 4427.

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2.B) Formato de presentación de la información La siguiente información acerca de los suministros antes definidos deberá ser presentada junto con la oferta. En caso de que la información no esté completa, la misma deberá aportarse en la etapa de evaluación de las ofertas en el caso que la Administración así lo requiera.

- Catálogos y/o hoja de datos con especificaciones técnicas.

- Información del fabricante. El Oferente indicará en su Propuesta la firma proveedora

del suministro, y adjuntará información detallada sobre las características del material

que propone suministrar, demostrativas de que se cumple las exigencias estipuladas.

- Información del representante local (o regional en caso de no tenerlo a nivel

nacional).

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ANEXO VI - COMPROMISO DE CAPACIDAD DE OPERACIÓN DIARIA

Fecha........... Llamado a Licitación Nº....... DECLARACIÓN JURADA Sres. De Administración de las Obras sanitarias del Estado Presente Estimados Señores: Por la presente la empresa................. declara tener una capacidad técnica de ejecución

semanal superior a 300m de sustitución con tuberías de PEAD o PVC entre 75 y 200 mm de diámetro, con sus conexiones domiciliarias asociadas.

Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de la

empresa............................................., se extiende la presente declaración el día .................del mes de.........................de...............

.................................... .................................. ..................................

Firma Aclaración de firma en calidad de

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ANEXO VII - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES PARA REPOSICIONES

1- El presente Anexo tiene por objeto establecer los procedimientos y condiciones que regirán para

la reposición de veredas asociadas a las órdenes de trabajos entregados al Contratista. 2- A tales efectos, para la aplicación de las condiciones mencionadas, se entenderá por acera la

superficie comprendida entre la línea de propiedad y la de cordones existentes más próxima, y por vereda las áreas pavimentadas de las aceras. Se entenderá por calzada la superficie comprendida entre las dos líneas opuestas de cordones existentes.

3- La Empresa contratada será responsable de la calidad de la totalidad de los materiales que

emplee en la ejecución de las obras. 4- La reposición de las veredas se realizará en un todo de acuerdo con el “Instructivo para la

reposición de pavimentos, veredas y acondicionamiento de espacios públicos afectados por tareas de zanjeado en zona urbana y suburbana del Departamento” de la Intendencia Municipal de Maldonado.

En general, en veredas de baldosas, las baldosas a reponer serán de las mismas características

que las preexistentes, debiéndose coordinar la elección de las mismas con la Dirección de Obra. En particular, se hará hincapié en el color de las baldosas a reponer, el que será el mismo de las existentes en la vereda correspondiente, salvo autorización expresa de la Dirección de Obra. En el caso de veredas de hormigón, se repondrán manteniendo los espesores y armaduras existentes en el pavimento original. Se respetarán y se construirán juntas de dilatación existentes en los pavimentos removidos.

5- Cualquier hundimiento en los pavimentos reconstruidos, sea que provenga de su mala ejecución

o del relleno de las excavaciones, una vez de ser notificado el hundimiento, deberá ser reparado por el Contratista por su cuenta y cargo en un plazo máximo de 48 horas.

La reparación se realizará excavando un 10% adicional del ancho de zanja a ambos lados del hundimiento, y rehaciendo el relleno de la obra de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en este Pliego, de lo contrario, los trabajos no serán aprobados.

6- Será de cuenta del Contratista el suministro de todos los materiales necesarios de obra, que

deben contar con la aprobación de OSE-UGD y de la I.M.M.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA REPOSICIONES DE CALLES RELLENO Y COMPACTACION

El relleno de la zanja se realizará en su totalidad con arena, y se compactara con plancha en capas inferiores a 50 cm. El nivel de este relleno se realizara hasta el nivel de sub-base de pavimentos. El material (arena), a utilizar será presentado a la dirección de obras y estará libre de material orgánico, escombros, piedras o cualquier material orgánico o inorgánico que impida la correcta compactación del mismo, la dirección podrá rechazar y pedir un material de mejor calidad sin que esto genere un sobre costo.

REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS DE CALZADAS.

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Las reposiciones deberán ser al mismo nivel, guardando continuidad con el pavimento primitivo, de tal modo que no queden depresiones, sobresaltos o lomos. Se medirá colocando una regla y no puede haber diferencias de mas de 3 cm en mas o en menos desde el nivel de la regla. Previo al inicio de los trabajos de refacción se deberá de cortar con disco el pavimento afectado de manera de lograr la forma más regular posible. En todos los casos no se podrá reponer cortes de pavimentos con un ancho menor a 30 cm, es decir que si la faja a reponer no alcanza dicho ancho, éste se deberá lograr recortando los lados que correspondan.

BASE GRANULAR

Reposición del material granular: La reconstrucción será de características y espesor semejantes al ya existente. Deberá cumplir con los requisitos del apartado 2.4 del Instructivo de la Dirección General de Obras de la Intendencia Municipal de Maldonado para las Reposiciones de Pavimentos en Zonas Urbanas y Suburbanas. Este rubro estará incluido en los precios de los pavimentos.

CARPETA ASFALTICA

Calidad de la mezcla asfáltica: Será homogénea, libre de agua y no formará espuma al ser calentada a 170° C, debiendo además cumplimentar todas las características, ensayos y especificaciones indicadas por la Intendencia Municipal de Maldonado. Además de cumplir con los ensayos que se le practiquen, las mezclas asfálticas deberán indefectiblemente acusar la existencia de aditivo mejorador de adherencia en el dosaje estipulado, caso contrario y a pesar cumplir con los ensayos referidos, serán rechazado, no computándose a los efectos de la medición y certificación.

Procedimientos de aplicación de mezclas asfálticas El espesor de carpeta asfáltica será el de la carpeta adyacente y en ningún caso será inferior a 5 cm. Con la debida anticipación se efectuará una imprimación con emulsión asfáltica o producto similar, en la cantidad necesaria para que forme una película sobre la superficie a recubrir y sus bordes. La mezcla se colocará sobre la base imprimada, y procediéndose a distribuir el material sobre la base tratada; después de extendida la mezcla con rastrillos a fin de uniformizar la distribución, la misma será compactada con aplanadora o en sitios inaccesibles, con pisón metálico de mano.

El cilindrado o compactado se efectuará en ambos sentidos de la calzada, y será continuado hasta que todas las marcas del rodillo se eliminen. El espesor de la capa asfáltica será igual al preexistente. Las juntas y uniones con pavimentos existentes, serán cuidadosamente terminadas de manera de asegurar una perfecta identificación de las superficies. Además, las juntas y uniones entre el asfalto existente y a colocar, serán realizados al exterior del perfil de la caja del zanjado, habiéndose retirado previamente el asfalto perimetral a la excavación sobre un ancho de 10 cm., y descubriendo la sub-base para que el asfalto a colocar solape con la sub-base existente. En todos los casos se deberá colocar el consiguiente riego de liga asfáltica antas de instalar la capa asfáltica, no admitiéndose el tendido de mezclas asfálticas de temperatura

inferior a 130 C. La empresa presentara el proyecto de mezcla que esta utilizando y la procedencia de la misma. Se podrán exigir la extracción de testigos, esto no generara sobrecostos y los mismos deberán tener un 95 % de compactación.

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TRATAMIENTO BITUMINOSO En casos en que sea necesario reponer un tratamiento bituminoso este se sustituirá por una carpeta asfáltica de 6 cm de espesor, realizando el mismo preparado, tendido y colocación que para carpetas asfálticas.

FIRME DE HORMIGÓN

El hormigón a reponer en los pavimentos será de Tipo HI según tabla A, Capítulo F Sección III del Pliego de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad. Tendrá una resistencia mínima admisible a los veintiocho días de 325 kg/cm2 y una relación agua-cemento de 0.5. En el caso de que se hayan alterado o destruido pasadores existentes en el pavimento, la empresa adjudicataria deberá reponerlos, respetando el diámetro y la ubicación que tenían los mismos. Entre el material colocado y los bordes existentes, se construirá una junta que deberá ser sellada con mortero bituminoso colocado en caliente. En todos los casos en que la apertura afecte juntas cualquiera sea el tipo, las mismas deberán reconstruirse conforme a las existentes. Si la calzada afectada estuviese constituida por hormigón armado, la reconstrucción se efectuará con iguales características, colocando la armadura de diámetro y tipo similar a la existente. Las armaduras existentes deben superponerse en 20 cm mínimo con la nueva malla.

Uso alternativo del hormigón en sustituciones de carpetas En caso de inexistencia en el mercado de carpeta asfáltica y debidamente autorizado por la Dirección General de Obras de la Intendencia Municipal de Maldonado, se podrá utilizar hormigón en forma alternativa para reposiciones en carpetas. En estos casos deberá, además de recortar prolijamente con cortadora de pavimento los bordes del bache, sellar la junta con productos aprobados por la Dirección de Obras de la IMM de manera de evitar infiltraciones debajo de la carpeta existente.

OBRAS ACCESORIAS

Corresponde al Contratista ejecutar como obras accesorias, cuyo importe estará prorrateado en el precio unitario de los distintos rubros, todas aquellas señaladas en el presente Pliego y para las cuales no se solicita cotización expresa, y todas aquellas otras, que sin ser mencionadas explícitamente, se consideren necesarias para la ejecución de los trabajos licitados.

A modo de ejemplo se citan, entre otras, las siguientes:

Limpieza, regularización y recuadrado de los cortes, con el retiro de los materiales sobrantes.

Colocación y mantenimiento de la señalización requerida y necesaria;

reasentamiento o reconstrucción de los cordones existentes, alterados durante el corte;

Consolidación del terreno de fundación;

Desvío de las aguas que pudieran perjudicar la correcta ejecución de los trabajos, durante su realización y los 5 días subsiguientes;

Retiro del material sobrante. JUNTAS

Se respetarán y se construirán juntas de dilatación existentes en los pavimentos removidos. HUNDIMIENTOS EN CALZADAS Y VEREDAS

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Cualquier hundimiento en los pavimentos reconstruidos, sea que provenga de su mala ejecución o del relleno de las excavaciones, una vez de ser notificado el hundimiento, deberá ser reparado por el Contratista por su cuenta y cargo en un plazo máximo de 48 horas. La reparación se realizará excavando un 10% adicional del ancho de zanja a ambos lados del hundimiento, y rehaciendo el relleno de la obra de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en este Pliego, de lo contrario, los trabajos no serán aprobados.

GARANTIA DE LAS REPOSICIONES. Será por cuenta de la empresa el mantenimiento de las reposiciones ejecutada por el plazo de 6 meses a partir de la fecha de facturación.

Nota importante: las especificaciones técnicas indicadas en el presente Anexo son de carácter

general, y en ningún caso serán menos exigentes que las disposiciones municipales vigentes. Las

aprobaciones finales de los trabajos de reposiciones de veredas y calles ejecutados por el

Contratista, serán emitidas por las oficinas competentes de la Intendencia Municipal de Maldonado.

Siempre y cuando se cumpla el mínimo exigido por las disposiciones municipales, la

Dirección de Obras de OSE-UGD se reserva el derecho de exigir lo especificado en el

presente pliego.