Trabajo Teoria

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7/21/2019 Trabajo Teoria http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-teoria-56da35277a88d 1/31 ÍNDICE  INTRODUCCIÓN………………………………………… ……….………….1  CAPITULO I: COMPETENCIA…………………………………. ………..2 1.DEFINICIÓN…………………………………………… ……………..…..2 2.COMPETENCIA EN SENTIDO LATO ESTRICTO 3.COMPETENCIA OBJETIVA……………………………………...…..4 4.COMPETENCIA SUBJETIVA……………………………………..…..7  CAPITULO II: DIVERSAS FORMAS DE PLANTEAR……..……...8 LA INCOMPETENCIA DE UN ÓRANO  JURISDICCIONAL 1.DEFINICIÓN…………………………………………… …..……………….8 2.CARACTERÍSTICAS…………………………………… ……..…………1! 3.CLASES…………………………………………………… …………………12  CAPITULO III: JURISDICCIÓN……………………. …………….……..13 1.DEFINICIÓN…………………………………………… ……………..…..13 2.CARACTERISTICAS…………………………………… ………………...14 3.RE"UISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA  JURISDICCION….1#  CAPITULO IV: PROCESO………….. …………………………………..….1$

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ÍNDICE

 

INTRODUCCIÓN………………………………………………….………….1

  CAPITULO I:COMPETENCIA………………………………….………..21.DEFINICIÓN……………………………………………

……………..…..22.COMPETENCIA EN SENTIDO LATO Y 

ESTRICTO3.COMPETENCIA

OBJETIVA……………………………………...…..44.COMPETENCIA

SUBJETIVA……………………………………..…..7 

CAPITULO II: DIVERSAS FORMAS DE

PLANTEAR……..……...8LA INCOMPETENCIA DE UN ÓRANO JURISDICCIONAL1.DEFINICIÓN……………………………………………

…..……………….82.CARACTERÍSTICAS……………………………………

……..…………1!3.CLASES……………………………………………………

…………………12  CAPITULO III: JURISDICCIÓN…………………….

…………….……..131.DEFINICIÓN……………………………………………

……………..…..132.CARACTERISTICAS……………………………………

………………...143.RE"UISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA

 JURISDICCION….1#  CAPITULO IV: PROCESO…………..

…………………………………..….1$

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1.DEFINICION……………………………………………………………..…1$

2.PRINCIPIOSPROCESALES…………………………………………….2!

 

CAPITULO IV: PAPEL "UE EN ELPROCESO………………..….….2#

 INCUMBE AL JU%ADOR

 

CONCLUSIONES……………………..………………………………………..27

  BIBLIORAFIA……………………..…………………………………………..28

INTRODUCCIÓN

Siendo menester y de gran polémica en el mundo jurídico el tema quedesarrollaremos a lo largo de este trabajo “competencia, jurisdiccióny proceso”, debemos hacer un hincapié para recordar la grandiferencia sobre el primer término y el segundo, ya que

Para el estudiante ser importante conocer la función jurisdiccionalque desarrollan los órganos del estado, federales o locales y la

competencia que tendría cada uno de estos órganos, lo cual esindispensable para que determine, seg!n el con"icto que se leplantee, así podr conocer cules serían los órganos jurisdiccionalesque tendrían la autoridad para un asunto concreto y de todos esosórganos, cul sería el competente para resol#erlo$

 %uchos operadores o no del derecho suelen confundir el concepto deestos dos, por ello compartimos el criterio del docente a cargo de estecurso, diciendo que la jurisdicción es el género y la competencia es laespecie, pudiendo entenderse también esta !ltima como el modo o

forma como se ejerce la función que le corresponde al poder judicial$

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&

'clarando este punto es necesario saber las de(niciones, loselementos que los conforman, características y elementos quetocaremos en primer plano para comprender mejor los temas que sedesprenden de estos temas, como por ejemplo) la clasi(cación,teorías, entre otros, para tener así un sólido aprendi*aje sobre uno de

los temas desarrollados en clase$

CAPITULO I: LA COMPETENCIA

1. DEFINICIÓN:

 +s la atribución jurídica otorgada a ciertos y especiales órganosdel +stado de una cantidad de jurisdicción respecto dedeterminadas pretensiones procesales con preferencia a los demsórganos de su clase$ +se órgano especial es llamado tribunal$ acompetencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad detribunales dentro de un territorio jurisdiccional$ 'sí, las reglas decompetencia tienen por objeto determinar cul #a a ser el tribunalque #a a conocer, con preferencia o e-clusión de los dems, deuna contro#ersia que ha puesto en mo#imiento la acti#idad

 jurisdiccional$

Por ello se ha se.alado que, si la jurisdicción es la facultad deadministrar justicia, la competencia (ja los límites dentro de loscuales se ejerce tal facultad$ /, dicho de otro modo, los jueces

ejercen su jurisdicción en la medida de su competencia$

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%ientras los elementos de la jurisdicción estn (jados, en la ley,prescindiendo del caso concreto, la competencia se determina enrelación a cada juicio a cada caso concreto2$'dems, no sólo la ley coloca un asunto dentro de la esfera de lasatribuciones de un tribunal, sino también es posible que las partes

prórroga de competencia o competencia prorrogada2 u otrotribunal competencia delegada, #ía e-horto21$

2. COMPETENCIA EN SENTIDO LATO Y EN SENTIDOESTRICTO:

2.1. COMPETENCIA OBJETIVA Y SUBJETIVA.

2.1.1. COMPETENCIA EN UN SENTIDO LATO:

a competencia puede de(nirse como el mbito, la esfera oel campo dentro del cual un órgano de autoridad puededesempe.ar #alidamente sus atribuciones y funciones, es elte-to legal el que determina, marca o limita el mbitocompetencial de cada órgano$

2.1.2. COMPETENCIA EN SENTIDO ESTRICTO:

+ntendemos a la competencia referida al órgano jurisdiccional o sea la competencia jurisdiccional es la que

1 3+/45' 6+7+4' 8+ P4/9+S/: 3+%' 5734/8;93/45/S P'4'';<55'4+S =;8595'+S> /%'4 ?@53+ ?'48 > &AAB

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primordialmente nos interesa desde el punto de #istaprocesal, en este sentido se puede a(rmar que Dacompetencia es en realidad la medida del poder o facultadotorgado a un órgano jurisdiccional para entender de undeterminado asunto, es decir, es el mbito, esfera o campo

dentro de los cuales un determinado órgano jurisdiccionalpuede determinar sus funcionesD

 =urisdicción y competencia no son conceptos sinónimos noobstante suelen a #eces ser confundidos, esta confusión seorigina qui*s por la íntima relación que pri#a entre los &conceptos, sin embargo, la jurisdicción es una función delestado mientras que la competencia es el límite de esafunción, el mbito de #alide* de la misma, com!nmente undeterminado órgano jurisdiccional tiene jurisdicción ycompetencia pero también puede darse el caso de la

competencia sin jurisdicción, ejemplo) 9uando el jue* escompetente pero no ha habido toda#ía ejercicio de laacción, también puede haber ejercicio de la jurisdicción, sincompetencia en el supuesto del jue* que act!a fuera de susatribuciones jue* competente2$

L& '()*+,+-'& /0''(-& *0++ ,+-+ 2 )+-(-+( )&-5+,&'(-+ 6 +,( (- & 0+-,+:

&. LA COMPETENCIA OBJETIVA:

a genuina competencia es la objeti#a porque se re(ere alórgano jurisdiccional con abstracción de quien sea su titularen un momento determinado$a competencia subjeti#a, no alude a dicho órgano

 jurisdiccional sino a su titular, o a las personas físicasencargadas del desen#ol#imiento del desempe.o de las

funciones del órgano$+jemplo)

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Si el sujeto ' fue jue* hasta el día de ayer del ju*gadoprimero ci#il y desde hoy el sujeto F es el nue#o titular, lacompetencia objeti#a no ha #ariado porque el órgano

 jurisdiccional no ha cambiado por el contrario si el problemaes de competencia subjeti#a, el titular actual es distinto del

titular anterior y si el primero es competentesubjeti#amente el segundo qui*s no lo sea o #ice#ersa$

 3radicionalmente se ha hablado de C criterios paradeterminar la competencia objeti#a los cuales son:

a$ a materiab$ +l gradoc$ +l territoriod$ a cuantía o la importancia del asunto

Se suelen agregar otros dos:

> +l turno> a pre#ención

 

C()*+,+-'& *( )&,+&:

Surge como consecuencia de la complejidad yespeciali*ación de la #ida social moderna, cuando loslugares son peque.os, el órgano jurisdiccional puede sermi-to, conoce tanto de las cuestiones ci#iles como la de laspenales, cuando el lugar es desarrollado aparecen los

 jueces competentes en materia ci#il por una parte y los demateria penal en la otra, es pues, la di#isión de lacompetencia en función de la materia, es decir, en funciónde las normas jurídicas sustanti#as que debern aplicarsepara dirimir o solucionar la contro#ersia, con"icto o litigiopresentado a la consideración del órgano respecti#o$

 

C()*+,+-'& *( &(:

+ste criterio presupone los di#ersos escalones o instanciasdel proceso y trae aparejada la cuestión relati#a a la

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di#isión jerrquica con los órganos que desempe.an lafunción jurisdiccional, así, la primera instancia se lle#a antelos jueces de primer grado y la segunda ante los jueces deapelación o de segundo grado$

  C()*+,+-'& *( ,+,((:

a competencia por territorio de los órganos judiciales enfunción del territorio, implica una di#isión geogr(ca deltrabajo determinada por circunstancias y factores de tipogeogr(co, demogr(co, económico y social$

7uestra constitución política di#ide a la rep!blica porra*ones administrati#as en municipios, esta di#isión nocorresponde a la di#isión del trabajo judicial, sino que se

hace reagrupamientos de #arios municipios, en todos losestados de la federación estas circunscripciones territorialesestn (jados en las leyes orgnicas de los poderes judicialesrespecti#os y reciben di#ersas denominaciones como las deH4'995/7+S =;85859'+S / 85S3453/S =;8595'+S$

 3odas las leyes orgnicas de los poderes judicialesdeterminan el n!mero de distritos, sus denominaciones ylos municipios que comprenden9ompetencia por cuantía o importancia por asunto

os sistemas judiciales han creado órganos para conocerasuntos de poca monta, es decir, pleitos entre #ecinos olitigios que plantean cuestiones de poca importanciaeconómica, sus procedimientos no se someten aformalidades regidas ni a tramites dilatados y complicados,se procura que el proceso sea rpido, barato y que el jue*actué como amigable componedor y se comporte ms comoun jue* de equidad que como un jue* de derecho, a estostribunales se les llama de diferente manera como) ju*gadosmunicipales, ju*gados de pa* y ju*gados menores$

 

E T0-(:

+ste ejercicio de a(nación de la competencia que sepresenta cuando en el mismo lugar, en el mismo distrito

 judicial e-istan & o ms jueces que tienen la mismacompetencia tanto por materia como por territorio, grado ycuantía$ +l turno es un sistema de distribución de losasuntos nue#os entre di#ersos órganos jurisdiccionales yasea en ra*ón del orden de presentación de dichos asuntos o

en ra*ón de la fecha en que estos se inician$ Si el turno seestablece no por fechas, sino por orden de llegada de los

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asuntos, es claro que debe organi*arse una o(cialia departes la que distribuir los asuntos nue#os entre los

 ju*gados en función del orden de presentación$

 

L& *++-'9-:

 3ambién la pre#ención es un criterio de la competencia y sepresenta cuando e-iste & o ms tribunales que sonigualmente competentes para el conocimiento de alg!nasunto, la pre#ención implica que el jue* primero enconocer del asunto es el que determina a su fa#or lacompetencia e-cluyendo a los restantes, signi(ca laaplicación en materia judicial del principio D+l que esprimero en tiempo es primero en 8erechoD

. LA COMPETENCIA SUBJETIVA

+s la que se requiere a la persona física titular del órgano jurisdiccional$ 3odo órgano de autoridad debe tenernecesariamente un titular, es decir, una persona física alfrente del mismo, para poder desen#ol#er sus funcionesp!blicas$os impedimentos, las e-cusas y la recusación seencuentran relacionados con toda la problemtica de lacompetencia subjeti#a de los titulares de los órganos

 judiciales$

L( )*+)+-,(

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9oncite #en la descripción de situaciones o de ra*onesque la ley considera como circunstancias de hecho dederecho que hacen presumir parcialidad del titular de unórgano jurisdiccional$ +sto se re(ere a los #ínculos que

pueda tener el jue* con las partes ya sea por enemistad,amistad, familiaridad, etc$, de alguna de ellas$

L& +;'0&

+l jue* o titular de un órgano judicial al conocer lae-istencia de un impedimento est obligado por ley ae-cusarse, es decir, a dejar de conocer del asunto$

L& +'0&'9- <)&,&(=

Suele suceder que el jue* no se percata de la e-istenciade un impedimento o percatndose no se e-cusaentonces cualquiera de las partes que se sientaamena*ada por ese impedimento del jue*$ Puede iniciarsela recusación la cual consiste en un e-pediente o trmitepara que el jue* impedido que no se ha e-cusado seaseparado del conocimiento de ese asunto, los superioresdel jue* impedido conocern de dicho trmite$

CAPITULO II: DIVERSAS FORMAS DE PLANTEAR LAINCOMPETENCIA DE UN ÓRANO JURISDICCIONAL

Por regla general quien puede objetar la competencia de un jue* o de un órgano jurisdiccional, o la parte demandada, yaque el actor ha acudido ante ese jue* y se ha sometido a sucompetencia y también por regla general, quien se hasometido a la competencia de un jue* no puedeposteriormente objetarla o impugnarla$

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 3radicionalmente tanto en la teoría como en la prctica hancontemplado dos formas de plantear las cuestiones deincompetencia de un órgano judicial que son:

> L& +'-&,(&

> L& -?,(&

1. L& +'-&,(&

Se propondr ante el jue* que haya empe*ado a conocer,pidiéndole que se separe del conocimiento del negocio, conigual remisión de autos al tenido por competente$

2. L& -?,(&

Se intentara ante el jue* que la parte crea competente,pidiéndole que dirija o(cio al que estime no hacerlo, paraque se inhiba y remita los autos$a declinatoria constituye una típica e-presión procesal, noreferida a la pretensión substancial del actor sino a lacompetencia del órgano jurisdiccional$

 3ratndose de la inhibitoria, el actor debe tener cuidado alplantear su demanda, a efecto de estar cierto de lacompetencia del jue* ante el que promue#e porque aldemandado puede estar colocado en una posición

e-pectante, para que ya habiendo a#an*ado bastante eldesarrollo de la instancia, promo#er la inhibitoria y deteneresta e-isto, hacer ine(ciencias o nulo todo lo que se hayaactuado$Por su parte el demandado debe tener mucha seguridad deque la inhibitoria que hace #aler proceda porque de no serasí, habría perdido la oportunidad de contestar la demandaante el jue* que estimo incompetente y que después resultaser el competente, por lo que es ms recomendabletramitar la declinatoria contestando la demanda

adcuatelum, es decir, e-presndole al jue* que aunque nose le reconoce competencia para conocer del asunto encualquier forma cautelarmente se contesta la demanda,pero se hace #aler al mismo tiempo la e-cepcióndeclinatoria de jurisdicción$ 3odo lo actuado ante el jue*incompetente es nulo$

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3. CARACTERÍSTICAS

a caracteri*ación, así como la clasi(cación o la e-istencia dediferentes competencias, nace, seg!n indica Facre1JBG2, pormoti#o de que no puede e-istir una2 jue*a2 uni#ersal ) por tanto,se debe tender a una especiali*ación, aunque ello implique,inicialmente, reali*ar los fueros o competencias de atracción quelas materias permitan$ Por ejemplo, en 9osta 4ica, siempre losas2

 jueces*as2 ci#iles han resuelto los asuntos relati#os a la materiacomercial o mercantil y hubo un tiempo en que estaban dentro delas competencias de un mismoa2 jue*a2 la resolución de asuntosci#iles, laborales, mercantiles y de familia$ a $/$P$=$ ha pretendido

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esa especiali*ación, pero solo cuando por el #olumen de trabajo talcuestión resulta operante$ Por ese moti#o, en algunos casos, #ariascompetencias materiales se uni(can en un mismo despacho

 judicial$ 'dems de la especiali*ación por materias, resultadodirecto de la complejidad de la #ida actual, losas2 jueces*as2

estn ordenadosas2 también jerrquicamente$ +sto ocurre porquese ha requerido la necesidad de que unosas2 jueces*as2 re#isenla labor de otrosas2, pero esta facultad de re#isar o cali(car lo queotrosas2 han hecho no signi(ca que losas2 de primera instanciaestén subordinadosas2 a losas2 jueces*as2 de al*ada $ o anteriorha obligado a una caracteri*ación de la competencia, y en cuantoa ella se ha dicho por parte de un sector de la doctrinaFacre2 queson dos sus características principales: la indelegabilidad y laimprorrogabilidad$ @ay otrosas2 que le agregan algunas otrascaracterísticas, pero en forma unitaria se ha dicho que son cincolas principales) adems de las ya dichas, se ha agregado: lalegalidad, la inmodi(cabilidad, y su carcter p!blico$ Keamos lade(nición de cada una de ellas$

3.1. LEALIDAD:  a competencia se caracteri*a porque debe estarestablecida por medio de una ley$ e toca ala la2legisladora2 hacer la delimitación en materia decompetencia$ o anterior signi(ca que es la ley, sea la$/$P$=$, códigos y leyes especiales o el Procesal 9i#il oPenal, y no la jurisdicción, la que #a a determinar lo relati#oa la competencia$

3.2. IMPRORROABILIDAD: a competencia atribuida a los tribunales es improrrogable)ning!n jue*a2 puede conocer un asunto que no sea de sucompetencia, e-cepción hecha para el caso de lacompetencia territorial en material ci#il$ 'sí lo establece elartículo 00 del 9$P$9$ al indicar que solo es prorrogable la

competencia territorial en procesos ci#iles contenciosos$ Porotro lado, la regla del proceso penal la encontramos en elnumeral CB del 9$P$P$ 4ecientemente, por medio de lareforma de 1JJG, se ha establecido que solo los casosindicados en el artículo 0A del 9$P$9$ son ahoraimprorrogables, a saber: interdictos, deslindes, di#isiones decosa com!n, concursos, sucesiones y acti#idad judicial nocontenciosa, así como el caso de las cuentas de unaadministración, seg!n menciona el artículo &I de esemismo cuerpo legal) en los dems casos, seg!n re*a elartículo 0E del 9ódigo citado, se da la prórroga tcita oe-presa$

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3.3. INDELEABILIDAD:;na2 jue*a2 que es competente para conocer de unasunto, no se lo puede pasar a otroa2, si no es porque leasiste un impedimento para continuar bajo el estudio de la

causa$ 9on ocasión de este principio ella2 jue*a2 no puede,pues, encargar a un ju*gado diferente el conocimiento delasunto$ +n este principio no se incluyen las comisiones, queconsisten en la ayuda o au-ilio que se dan los diferentes

 ju*gados cuando no pueden reali*ar alg!n acto procesal porsí mismos) por ejemplo, las noti(caciones en territorioslejanos en donde hay otras o(cinas judiciales$ +stapermisión se desprende de la parte (nal del artículo 1GE dela $/$P$=$ que dice que “el jue* o jue*a solo podr conocerde los asuntos no sometidos a su competencia, cuando le

fuere legalmente prorrogada o delegada”$

3.4. INMODIFICABILIDAD: 9onsiste en que una #e* que se (je la competencia en untribunal, esta no puede ser #ariada si no es por ley$

3.#. P@BLICO: Signi(ca que las competencias estn legalmentee-presadas y, en principio, las partes no podrn disponer deellas$ Sin embargo, esta indisposición de la competencia por

parte de los particulares es relati#a y e-cepcional$ Kistos losproblemas desde el punto negati#o, resulta o(ciosacualquier declaración en torno al tema de la competencia$Por ello, los órganos jurisdiccionales deben resol#er acercade su competencia en forma o(ciosa, sea atrayendo oremitiendo el asunto de que se trate$ +sta característica laretoma el artículo 1GJ de la $/$P$=$, al establecer que“cuando un funcionario o la funcionaria estimare que esincompetente para conocer del asunto que se le somete,sal#o el caso de prórroga de competencia, lo declarar así 

de o(cio y ordenar remitir el e-pediente al funcionario o lafuncionaria que a su juicio corresponda conocer$ Si mediareapelación de alguna de las partes o si, habiéndola, este!ltimo funcionario o la funcionaria disintiere de esa opinión,ser el superior de ambos quien decida la competencia, sinms trmite y tan pronto como reciba los autos$ +lfuncionario o la funcionaria que, en de(niti#a, resultecompetente continuar los procedimientos, si los trmitesse.alados por la ley para el juicio fueren los mismosiniciados por el funcionario o la funcionaria que se separó

del conocimiento del asunto$ +n caso de no ser así,

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repondr los autos al estado necesario para que el procesotome su curso normal$

4. CLASES DE COMPETENCIA

4.1. C()*+,+-'& (/+,&:

+s la que se encuentra determinada por la materia o el asunto,como la cuantía, elementos determinantes$ 'sí tenemos que paralos asuntos ci#iles y comerciales en el país, son competentes los

 jueces especiali*ados en lo ci#il así como para los asuntos penaleslo sern los especiali*ados en lo penal y para los asuntos laboraleslos que conocen de esta especialidad, ahora incorporadas por talra*ón$

+l criterio de cuantía es determinante para la competencia de un ju*gado, pues mientras esta cuantía sea mínima, tendr lacompetencia el jue* de pa*, mientras que si pasa el límitese.alado establecido por la ley, ser competencia del jue* dePrimera 5nstancia$ +n nuestro ordenamiento procesal, se dan lasreglas para determinar el #alor del juicio, en ese caso de di(cultad,contenidas en los nue#os reglamentos procesales$

4.2. L& '()*+,+-'& 50-'(-&:9orresponde a los organismos judiciales de di#erso grado, basadaen la distribución de las instancias entre #arios tribunales, a cadauno de los cuales le corresponde una función) cada instancia ogrado se halla legalmente facultado para conocer determinadaclase de recursos Primera 5nstancia, 9orte superior, 9orteSuprema2$ Sin embargo, puede ocurrir, por e-cepción, queoriginalmente puede iniciarse una contro#ersia directamente en lainstancia superior o suprema, justi(cado por cierta situación en el

 ju*gado de personeros del estado a quienes se les da un tratopreferente, como es el contemplado en el artículo 11C de la $/ delP$= anterior$

4.3. C()*+,+-'& 0/+,&:

+s la que se requiere a la persona física titular del órgano jurisdiccional$ 3odo órgano de autoridad debe tenernecesariamente un titular, es decir, una persona física al frente delmismo, para poder desen#ol#er sus funciones p!blicas$

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os impedimentos, las e-cusas y la recusación se encuentranrelacionados con toda la problemtica de la competencia subjeti#ade los titulares de los órganos judiciales$

4.4. C()*+,+-'& ,+,(&.

CAPITULO III: LA JURISDICCIÓN

1. DEFINICIÓN:

;bicados dentro del mbito del estudio secuencial del proceso ci#ilperuano, la =urisdicción tiene #ital importancia para determinar lasistemtica de la función de administrar de justicia, esta acti#idad

 jurídica procesal en nuestro país se encuentra encomendada al Poder =udicial, por lo que se le estudia en primer lugar porque sin un Lrgano =urisdiccional no hay proceso judicial, es decir sin =ue* no hay proceso

 judicial) el =ue* es el representante de la =urisdicción y la =urisdicciónes el +stado que a su #e* éste !ltimo somos nosotros el pueblo$ a

 =urisdicción es el deber que tiene el Poder =udicial para administrar justicia$

2. ELEMENTOS <SE@N UO ALSINA=:

N(,(: 'ptitud del jue* para conocer determinado asunto

V('&,(: poder del jue* para hacer comparecer a las partes oterceros al proceso$

C(+,(: Hacultad del jue* para emplear la fuer*a p!blica a (nde hacer cumplir sus relaciones$

I0'0): 'ptitud del jue* para dictar sentencia de(niti#a$

E;+'0,(: Hacultad que tiene el jue* de ejecutar su resolución$&

& '9+49' 8+ ' 7+9+S58'8 8+ +65S'4 S/F4+ 'S %+858'S

';3/S'35SH'935K'S +7 + P4/9+S/ 95K5$ %'43+ 9@'76, 4/'78/'H/7S/$ 3+S5S ;7%S%

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#. CARACTERÍSTICAS DE LA JURISDICCIÓN

#.1. 

ENERAL:

 la jurisdicción es general, en el sentido que cubre todo el territoriodel país esto obedece a la necesidad que todas las personaspuedan acceder a ella$9on base en esto la estructura de la jurisdicción esta jerarqui*ada,de tal manera que en todos los municipios e-ista un jue* paraconocer de los asuntos de mínima y menor cuantía, en lascabeceras municipales uno de mayor categoría, en las capitales de

departamento con competencia en todo el territorio departamentalun tribunal superior de distrito y con competencia en todo elterritorio nacional la corte suprema de justicia$

#.2. ECLUSIVA:

a jurisdicción es e-clusi#a, por cuanto solo pueden ejercerla losfuncionarios que integran la rama jurisdiccional, lo que no e-cluyeque otras autoridades o incluso particulares desempe.entransitoriamente función jurisdiccional$

#.3. PERMANENTE:

a jurisdicción es permanente pues se ejerce sin interrupciónalguna, o sea, que los distintos órganos que la componen cumplensus funciones de manera ininterrumpida o continua$

#.4.   INDEPENDIENTE:

  a rama judicial o jurisdiccional es independiente de las otras enque suele di#idirse el estado legislati#a, y administrati#a2$

E$E$ E+)+-,( D+ L& J0''9-

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a jurisdicción la integran tres elementos: el subjeti#o, el objeti#o omaterial y el formal o de acti#idad:

#..   EL SUBJETIVO:

+st constituido por los sujetos, representados, de un lado por elfuncionario jurisdiccional y de otro, por los particulares integrantesde la sociedad$

E$I$ EL OBJETIVO O MATERIAL: 

+st integrado por la materia sobre la cual recae la jurisdicción yrepresentado por la pretensión, es decir el rea de conocimiento atratar ci#il, penal, laboral, familia o administrati#o2$

G$ RE"UISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN:

'l estudiar el presente tema, diferentes autores los desarrollancon nombres diferentes, de igual forma en el acto para optar eltítulo de 'bogado: M9ules son los requisitos de la jurisdicciónNM9ules son los Presupuestos de la =urisdicciónN, 3odas estaspreguntas son sinónimas del presente tema, y que habiendoescudri.ado los di#ersos conceptos y de(niciones, se determinaque para el ejercicio de la jurisdicción por parte de los Lrganos

 =urisdiccionales %agistrados: =ueces competentes2 es necesarioe imprescindible la participación de los siguientes requisitos:

• Debe existir un conflicto de intereses entre las partes o una incertidumbre, esdecir la necesidad de dar legitimidad a un acto que solo mediante laintervención del organismo jurisdiccional lo logre. La existencia de un conflictode intereses Jurídico que puede ser entre las partes. Y demandado seatribuyan ser propietarios de un veículo! "ste petitorio solo se podr# dar solución con la intervención del órgano jurisdiccional! o tal ve$ aya una%&'()*%D+-)( J+)D%'/.+n poseedor de un bien por mucos a0os no tiene documentos que acrediten

su propiedad, entonces recurre ante el órgano jurisdiccional a fin se le eliminesu incertidumbre otorg#ndole el jue$ mediante una sentencia su documento depropiedad respecti#a, a este proceso se le denominaPrescripción 'dquisiti#a de 8ominio0$

• 8ebe e-istir el interés social en la composición o solución de lalitis$ a solución de un con"icto de intereses o de unaincertidumbre jurídica no solo es un bene(cio de carcterpri#ado sino también es de necesidad p!blica y abstracta, es

0 ;75K+4S58'8 573+4'%+459'7' P'4' + 8+S'44//> 3+/45' 6+7+4'8+ P4/9+S/> %+<59/$

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1I

decir que también bene(cia a toda la colecti#idad, porque en lasociedad se ha disminuido un proceso menos, e-iste una o mslitigantes sin juicio$ a +-istencia de interés social, en la composición del litigio o laeliminación de la incertidumbre jurídica bene(cia a la persona

particular del proceso y a los dems que #i#en en sociedad,esto porque nuestra Sistemtica procesal ha adoptado unsistema mi-to de la (nalidad del proceso, es decir un sistemapri#atístico y publicístico2$

• 8ebe inter#enir el +stado mediante el organismo competente ocorrespondiente, como ente imparcial$+s la inter#ención del =ue* competente, justo e imparcial queaplica la ley$

• 8ebe actuarse y aplicarse la #oluntad concreta de la ey$ +l =ue*al #alorar los medios probatorios y habiendo alcan*ado ésta su(nalidad respecti#a debe de hacer actuar y aplicar la norma, laley, el artículo sustanti#o o material correspondiente queampara al derecho$

1. CARACTERÍSTICAS DE LA JURISDICCIÓN

•  (s un 2resupuesto 2rocesal3

(s un requisito indispensable del proceso, por ser el órgano jurisdiccionalintegrante impostergable de la relación jurídica procesal, la omisión del órgano jurisdiccional en la relación indicada conlleva a la inexistencia del proceso civil.La Jurisdicción constituye un presupuesto procesal, o sea, una condición delegitimidad del proceso, ya que sin intervención del órgano Jurisdiccional noay proceso.

• (s eminentemente 24blico3

2or ser la jurisdicción parte de la soberanía del (stado, a donde puedenrecurrir todo los personas5ciudadanos nacionales y extranjeros sin distinciónalguna, ni discriminación de ra$a, religión, idioma, economía, política, edad,sexo, etc.! es decir est# al servicio del p4blico en general.*iene un eminente car#cter p4blico, como parte de la soberanía del (stado y aella pueden acudir todos los ciudadanos sin distinción alguna.

• (s un onopolio del (stado3

2orque el (stado sus funciones jurisdiccionales no los puede delegar ycompartir con particulares.

• (s indelegable3

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(s decir que el jue$ predeterminado por la ley no puede excusarse o inibirsede administrar justicia y por ello delegar a otro personal el ejercicio de función jurisdiccional.

(s (xclusiva de los órganos jurisdiccionales penales, quienes son los 4nicosque pueden resolver los conflictos mediante un proceso establecido yaplicando la norma legal pertinente. 2ara el cumplimiento de sus funciones yde sus resoluciones est#n facultados para recurrir a los medios coercitivosestablecidos en la 'onstitución y a las leyes procesales.

• (s una función /utónoma3

2orque la función de administrar justicia no est# sometida a control de otrospoderes, ni instituciones p4blicas o privadas, al emitir sus decisiones los reali$asin interferencia ni opinión de otras personas.

8. FINALIDAD DE LA JURISDICCIÓN

2ara ario /L6/7)/ 8/LD(6 en su obra Dereco procesal 'ivil dice que elfin de la jurisdicción es de car#cter p4blico, que consiste en 9decir el dereco9 ycita como opinión de '/)&(L+**% que, el acto jurisdiccional tiene comofinalidad resolver los conflictos que se suscitan entre los particulares, medianteun órgano especial del (stado, que persigue la actuación del dereco.

J$ CLASES DE JURISDICCION:

a 9onstitución de 1JIJ en su art$ &00 inciso 1O , a 9arta%agna de 1JJ0 en el art$ 10J 5nciso 1O establecen: a unidad ye-clusi#idad de la función jurisdiccional$ 7o e-iste ni puedeestablecerse jurisdicción alguna independiente ósea que lafunción jurisdiccional es e-clusi#a del +stado como institución,que tiene como obligación el imperio de la ey y la pa* socialcon e-cepción de la %553'4 y la '4F534'$

$.1. POR LA MATERIA :

a$ =urisdicción 9i#il$> 9onjunto de tribunales con plenitud de jurisdicción) de elloles da el poder de ju*gar los litigios entre las personas nosometidas a jurisdicciones de e-cepción$

b$ =urisdicción %ilitar$> 8enominada también castrense o de guerra, es la potestades la potestad de que se halla in#estido los jueces y

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tribunales militares que, aunque no forma parte del Poder =udicial, constituye un fuero real para conocer las causas quese suscitan contra los indi#iduos de las Huer*as 'rmadas y dela Policía 7acional y adems personas sometidas al fuero porla comisión de delitos típicamente militares$ +n sentido

estricto, la jurisdicción militar no estaría determinada por elórgano Huero Pri#ati#o %ilitar2, sino por la materia castrenseque se #entila o halla in#olucrada$ Fajo este criterio ennuestro ordenamiento jurídico, la jurisdicción militar strictusensu la detenta el fuero militar) pero, también cabríasostener que el fuero com!n, e#entualmente ejercitaría la

 jurisdicción militar al resol#er problemas de orden procesalcon"ictos de competencia2 o aspectos sustanti#oscasación2) esto es, la potestad re#isora de las resolucionesque resuel#e el m-imo grado de la judicatura$

c$ =urisdicción 'rbitral$>+s aquella jurisdicción que quienes se someten debenpre#iamente renunciar a la jurisdicción ci#il, por documentoe-preso) luego se someten al procedimiento regulardispuesto por el '4F534/, nombrado por ambas partes, conrespecto a hechos de carcter patrimonial o de libre

disposición, sus resoluciones tienen la calidad de cosa =u*gada, denominada laudos arbitrales$

> =;45S85995L7 /4857'45' / 9/%Q7: Rue le corresponde alPoder =udicial

> =;45S85995L7 +SP+95': Rue, le corresponde a los órganosconstitucionales tales como el =urado 7acional de +lecciones,el tribunal 9onstitucional$ %s discutible sería la militar, pues

algunos supuestos se pueden llegar a la corte Supremajurisdicción ordinaria2$

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&1

ejercicio del poder jurisdiccional, puesto en marcha en #irtud delpoder de acción ejercitado por una de las partesC$

2. PRINCIPIOS PROCESALES: 

Se de(nen como aquellos criterios o ideas fundamentales, contenidosen forma e-plícita en el ordenamiento jurídico, que se.alan suscaracterísticas ms importantes, en este caso, las características del8erecho Procesal$

 3ienen una función muy signi(cati#a porque constituyen la base quetiene ella2 legisladora2 para redactar las normas jurídicas procesales$Por eso se acostumbra decir que los principios tienen su re"ejo en lasnormas, por ser la base de ellas) por ejemplo, es com!n escuchar lasiguiente frase: “esa norma est basada en tal o cual principio”$ osprincipios son, pues, los instrumentos ideales que impulsan ala la2

legisladora2 a imponerle ciertos contenidos a las normas legales$+stos llamados principios han sido di#ididos en grupos por la a(nidadde sus contenidos$ 8ependiendo del orden legal de que se trate y delsistema procesal que se pretenda adoptar, así ser también lainclinación hacia uno u otro principio procesal$ Se habla de principiosgenerales y de principios organi*ati#os del proceso$

C 3+/45' 6+7+4' 8+ P4/9+S/> 84$ +8;'48/ 6+4%'7 F';9@+:http:VVes$slideshare$netV4ichard+lricVteora>general>del>proceso>apuntes>

resumidos>y>completosNqidWIdEIXfC>dGBJ>CCcC>BfJd>JIdBda1cE&1bY#WdefaultYbWYfromZsearchW1&

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&&

2.1. P-'*( +-+&+ + *('+(:

2.1.1. L+ &''+( & & /0,'&:

 +s la posibilidad que tiene cualquier ciudadanoa2 de acudir a lostribunales de justicia para dirimir con"ictos de intereses$ Su base esten el artículo C1 de la 9onstitución$

2.1.2. /0+ )*&'&:

7o se puede hablar de una #erdadera administración de justicia si nohay una2 jue*a2 y un personal au-iliar imparcial$ +lla2 jue*a2 y suscolaboradores deben ser terceros ajenos a las partes, los cuales hande estudiar y resol#er el asunto con absoluta imparcialidad$

2.1.3. J0,'& '0)*&:

+l asunto debe tramitarse en cumplimiento estricto de las normasprocesales por moti#o de que son de orden p!blico$ Pero la decisióndel asunto debe hacerse de acuerdo con las normas de fondocorrespondientes$ +ste principio se obser#a e-presamente en elnumeral C1 de la 9arta %agna$

2.1.4. C(& /0&&:

 3ambién conocido como el principio de la #erdad real o material, sedice que en un proceso se debe llegar a #eri(car lo que en realidad

pasó) recordemos que se ha planteado un con"icto en el quegeneralmente se discrepa en cuanto a los hechos$ +ntonces, se debea#eriguar con certera claridad qué fue lo que en realidad ocurrió$ +steprincipio se contrapone al de #erdad formal, seg!n el cual, se diceque lo que est en el e-pediente es lo que est en la realidad$ oanterior no es siempre cierto, pues el re"ejo del e-pediente se lograpor medio de los aportes de las partes y cada una de ellas, por logeneral, impulsar todo seg!n sus con#eniencias$ a presenciaimparcial delde la2 jue*a2 es una garantía de que se buscar la#erdad material, para lograr la solución ms legal y justa conforme al

ordenamiento jurídico$ +ste principio es importante ya que una #e*determinada la #erdad real, no se discute nue#amente la b!squedade ese estado del conocimiento) se sabe que aquello que se resol#iópartió de premisas #erdaderas$ +sto hace que el asunto no debare#isarse ulteriormente$

2.1.#. '(-,&''9-:

 3ambién conocido como el principio de bilateralidad, este principioest en el artículo 0J de la 9onstitución y forma parte bsica delsistema procesal penal, basado en la oralidad$ Su aplicación e-igeque toda prueba que se presente o se reprodu*ca o se produ*cadurante el procedimiento, deba ser conocida por las partes, a las

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&0

cuales se les debe dar la oportunidad de contro#ertirlas$ @acereferencia a que las partes, durante una audiencia, tienen el derechode confrontar la prueba que la otra parte ha presentado) esto se haceen presencia la una de la otra y bajo el control jurisdiccional delde la2

 jue*a2$

@ay algunos aspectos que podrían ser considerados casi comosubprincipios pero que ms bien deben ser #istos como formas dee-presión de éste: 'ctos procesales de comunicación: hay reglasespecí(cas relati#as a la forma en que se deben comunicar los actosprocesales$ Se debe conocer muy bien cules actos son ms crucialesque otros y cules, por su importancia, deben ser comunicados enforma personal ala la2 interesadoa2$ +stas especi(caciones lastenemos en el artículo & de la ey de 7oti(caciones$ Sobre todo,porque se trata de comunicaciones en las que se debe ejercer el

derecho de defensa$ Pla*o para contestar: seg!n sea la materia de laque se trate, el pla*o es diferente$ Se ha dicho que la e-tensión tieneque #er íntimamente con la di(cultad al momento de contestar y conla urgencia$ os pla*os en asuntos penales no son iguales en materiacontenciosa, en la que, por ejemplo, hay treinta días para contestar opara ofrecer prueba$ +n cambio, el empla*amiento para decidir sobrela solicitud de e-carcelación es de #einticuatro horas, seg!n loestablece el artículo &EG del 9$P$P$ a cuestión perentoria queda a!nms clara cuando esa misma norma establece que el tribunal queresuel#a la apelación lo debe hacer sin trmite alguno, es decir, de

inmediato$ 7o ocurre lo mismo en las apelaciones sobre otrosaspectos del proceso en las que el tribunal, seg!n el artículo CC1 delmismo cuerpo legal, podría reali*ar una audiencia para recabarprueba que interesa a las partes$

Pla*o para ofrecer prueba: en todos los procesos #amos a encontrarque las partes, sean demandadosas2, acusadosas2, odemandadosas2 ci#iles en procesos penales, incidentadosas2, entreotros, #an a tener un pla*o para ofrecer su prueba tratando dedes#irtuar lo que la parte actora plantea$

5nmutabilidad de la demanda: se re(ere a que después de contestadala demanda, esta no se puede modi(car$ 8entro del proceso ordinariohay una e-cepción y se permite que se modi(que la pretensión enuna sola oportunidad$ 8espués de reali*ada esta modi(cación, se leda nue#a audiencia a la parte demandada) pero si se da esamanifestación, ala la2 demandadoa2 le #uel#e a correr el tiempopara contestar$ 'sí se establece en el artículo 010 del 9$P$9$, encuanto permite esta ampliación solo cuando hace falta hacerreferencia a un nue#o hecho que tenga mucho #alor para lo que se #aa resol#er$ +sto ocurre, regularmente, cuando del mismo proceso se

ha #enido desprendiendo la necesidad de hacer referencia a esehecho que inicialmente no fue tomado en cuenta al demandar o al

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&C

contestar la demanda$ 5gualdad de las partes: en el proceso ci#il se #aa tratar de que ambas partes tengan la igualdad de oportunidad parapresentar sus alegatos y recursos$ 9on respecto a los recursostambién hay igualdad$

ímites de la sentencia: la sentencia afecta !nicamente a laspersonas que son parte en un procesoactora2 o actoresas2 odemandadoa2 o demandadosas22$

0$ ETAPAS EN LAS "UE SE DIVIDE EL PROCESO

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&E

I-,0''9- 6 /0'(: todo proceso se di#ide en & grandes etapasque son la instrucción y el juicio$

a instrucción, es toda una primera fase de preparación por eso sellama instrucción porque permite al jue* o tribunal la concentración

de todos los datos, elementos y pruebas, a(rmaciones y negati#as ylas deducción de todos los sujetos interesados y terceros, que facilitanque al jue* o tribunal este en posibilidades de dictar sentencia, enotras palabras la instrucción es aquella en que las partes e-ponen suspretensiones, resistencias y defensa y en que las partes, el tribunal ylos terceros desen#uel#en toda la acti#idad de información y deinstrucción al tribunal, para que este tenga todo el material necesariopara dictar sentencia la instrucción es la preparación de un juicio2$

a segunda etapa o parte del proceso que es el juicio y que entra.a alprocedimiento a tra#és del cual se dicta o pronuncia la resoluciónrespecti#a$

E,&*& +- & 0+ + + + *('+( (-:

3.1. E,&*& *(,0&,(&:

 en esta etapa las partes en el proceso plantean sus pretensiones yresistencias, delatan los hechos, e-ponen lo que a sus interesescon#iene y alucen con fundamento de derecho que consideran le son

fa#orables$ +n esta etapa postulatoria, por regla general terminancuando a quedado determinada la materia sobre la cual habr deprobarse, alegarse y posteriormente sentenciase$

3.2. E,&*& *(&,(&.:

+sta a su #e* se desen#uel#e en los siguientes cuatro momentos:

 /frecimiento de pruebas  'dmisión de la prueba

 Preparación de la prueba  8esahogo de la prueba

3.2.1. E (5+')+-,( + *0+&:

+s una acto de las partes mediante el cual ofrecen al tribunal losdi#ersos medios de prueba documental, testimonial, confesional,

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&G

etc$2, en este ofrecimiento las partes relacionan la prueba con loshechos y las pretensiones o defensas que hayan aducido$

3.2.2. L& &)9- + & *0+&:

 +s un acto del tribunal a tra#és del que se esta aceptando lo se estadeclarando procedente la recepción del medio de prueba que se haconsiderado idóneo para acreditar el hecho o para #eri(car laa(rmación o negati#a de la parte con dicho hecho, el tribunal puederecha*ar o no admitir los medios de prueba ya sea porque dichaspruebas se ofrecen fuera de los pla*os legales o bien cuando no sonidóneos para aprobar lo que la parte pretende$

3.2.3. L& *+*&&'9- + & *0+&:

 9onsiste en el conjunto de actos que debe reali*ar el tribunal con lacolaboración de las partes y de los au-iliares del tribunal, ejemplo:citar testigos, peritos, etc$2

3.2.4. D+&?(( + & *0+&:

+s el desarrollo o desen#ol#imiento de esta, así, si se trata de laprueba confesional el desahogo consiste en el desarrollo ydesen#ol#imiento de las preguntas y respuestas respecti#as frente altribunal que las debe ir cali(cando, e-isten pruebas que por sunaturale*a tienen un desahogo automtico o que se desahogan por simisma, como las documentales, las cuales #asta en la mayoría de los

casos e-hibir$ 9abe hacer notar que la #alori*ación de la prueba nopertenece a la etapa probatoria ya que esta e#aluación, este grado decon#icción de los elementos probatorios, debe desen#ol#erse en lasentencia o sea en la segunda etapa del proceso, denominado juicio$

3.3. E,&*& P+G'(-'0&:

+n los procesos ci#iles, las partes formulan sus alegatos, en elproceso penal el ministerio p!blico presenta sus conclusionesacusatorias y la defensa sus conclusiones absolutorias$

os alegatos o conclusiones, son una serie de consideraciones y de

ra*onamiento que las partes hacen al jue* precisamente respecto delresultado de la segunda etapa ya transcurrida la postulatoria y laprobatoria

3.4. E,&*& + /0'(:

 'cto por el cual el tribunal dicta su sentencia$

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&I

CAPITULO V: PAPEL "UE EN EL PROCESOINCUMBE AL JU%ADOR

+l papel que incumbe o toca en el proceso al ju*gador o titular del órgano jurisdiccional, consiste en dirigir o conducir el proceso y en su oportunidaddictar sentencia aplicando la ley al caso concreto contro#ertido paradirimirlo o solucionarloE$

S5S3+%' 8+ 7/%F4'%5+73/ 8+ /S =;+9+S

MR;5[7 8+S567'N \ M9L%/ 8+S567'N

+n cuanto a MRuién los designaN, se re(ere al órgano competente parahacer las designaciones de jueces$ o segundo M9ómo designaN, se re(ere ala e-istencia o ausencia de un sistema institucional de designación, es decir,a los métodos que sigue la autoridad designante para elegir al jue*$

Se habla de G sistemas, en cuanto al organismo o autoridad que tiene laatribución de designar, que son los siguientes:

• a2 7ombramiento por el poder ejecuti#o

• b2 7ombramiento por el poder legislati#o

• c2 7ombramiento del poder judicial

• d2 7ombramiento mi-to con inter#ención de dos o ms poderes

• e2 7ombramiento por elección o sufragio popular

• f2 7ombramiento mi-to con la inter#ención de un poder estatal yalguna identidad jurídica social

E -()&)+-,( *( + *(+ +/+'0,(:

 +l primer ministro o el jefe del estado, es el que hace las designaciones,este sistema es criticable, porque los titulares de los órganos judicialestienden a ser menos independientes y autónomos, si han sido nombradospor los órganos del ejecuti#o$

N()&)+-,( *( + *(+ +&,(:

+ste sistema aparenta ser menor malo que el anterior, la #entaja radica conque es un cuerpo colegiado el encargado de hacer las designaciones, noobstante ello, como sus miembros no son técnicos, sino políticos, lasdesignaciones reali*adas por los cuerpos legislati#os no son precisamenteacertados, en lo que se re(ere a las realidades jurídicas$ Por otra parte, ladesignación de todos los jueces, por el poder legislati#o que el poder

 judicial pierde su autonomía, ya que est subordinado al legislati#o$

E http:VV]]]$monogra(as$comVtrabajosIEVteoria>general>procesoVteoria>general>proceso&$shtml

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&B

N()&)+-,( *( + *(+ /0'&:

+n la prctica, este sistema parece ser el menos negati#o, porque si es elpropio poder judicial el que designa a los jueces, dicho poder conser#a una#erdadera independencia y una genuina autonomía$ Sin embargo, dichosistema no deja de estar e-ento de efectos, pues suele crearse en este uncuerpo hermético, cerrado a toda in"uencia e-terna, es decir, entra.a elpeligro de causa del hermetismo mencionado, se llegue a crear una#erdadera casta jurídica que no admite ni tolera ninguna in"uencia e-terna,aunque esta fuere positi#a$

N()&)+-,( + S,+)& );,(:

 +l sistema de designación de ministros de la Suprema 9orte de =usticia y demagistrados del fuero com!n es mi-to, los ministros son designación por elsenado que someta a su consideración el presidente de la rep!blica$

os magistrados del 3$ S$ =$ son nombrados por el presidente de la rep!blica,

con la aprobación de la asamblea de representantes del 8H$, y lainter#ención del consejo de la judicatura del 8H$

+n los estados de la rep!blica, pre#alece el sistema de designación demagistrados por los gobernadores de los estados con la aprobación de loscongresos locales$

o ideal sería un sistema mi-to, en el que no inter#iniera el ejecuti#o y en elque con base internas, la designación se hiciere solo entre los podereslegislati#o y judicial$

N()&)+-,( *( ++''9- ( 05&( *(*0&:

 os ciudadanos son quienes en una #otación directa eligen a sus jueces, esun principio ideal el de que el jue* no tenga nada que #er con la militanciapoética y no hay nada que lo acepta ms a ella, que el ser designadomediante el sufragio$ a acti#idad política, compromisos, simpatías,inclinaciones y todo ello indudablemente hace perder al jue* laimparcialidad y la ecuanimidad que debe tener$

N()&)+-,( );,( '(- -,++-'9- + 0- *(+ +,&,& 6 &0-&+-,& /0H'& ('&:

 @an #enido cobrando importancia algunos sistemas de designación demagistrados en los que inter#ienen los di#ersos poderes ya sea el ejecuti#o,el legislati#o o el judicial, pero con una determinante inter#ención, ejemplo)facultades o escuelas de derecho o colegios de abogados$

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&J

CONCLUSIÓN

6uindonos de lo a#an*ado durante este trabajo se puede decir queel proceso #iene a ser el contenido de la contro#ersia conformado así por los actos que se desarrollan dentro de las etapas procesales, nodejando de lado el tema de la jurisdicción se puede deducir de lopresentado, que este es una facultad del +stado para dirimir los litigios quele sean planteados a su consideración para su resolución$ +sta es tambiénuna función p!blica llamada jurisdiccional y su ejercicio corresponde a lostribunales establecidos en la ley$ +sos tribunales ejercen su autoridad yact!an dentro del mbito de su competencia$ ;n tribunal puede tener

 jurisdicción pero no aptitud para conocer de un asunto$ a competencia eslo que le #a a dar la facultad al órgano jurisdiccional para conocer de unasunto en particular$ Para determinar la competencia de cada uno de losórganos jurisdiccionales, judiciales o no, se debe tomar en cuenta lamateria, el territorio, el grado y la cuantía del asunto en particular, ademsde las leyes aplicables en la materia$

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F5F5/64'H5'

•  3+/45' 6+7+4' 8+ P4/9+S/: 3+%' 5734/8;93/45/S P'4'

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