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Derecho Informático desde la perspectiva de la
normativa legal ecuatoriana y su incidencia
frente a las actividades mercantiles actualesMARIA TERESA CHANGO JÁCOME
4to DERECHO “A”
SEMIPRESENCIAL
DERECHO INFORMÁTICO
El derecho informático es un conjunto de principios y normas que regulan los
efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática.
El término Derecho Informático (Rechtsinformatik) fue acuñado por el
Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la Universidad de Ratisbona
de Alemania, en los años 1970.
El derecho informático, surge como esa medida de regulación de carácter
jurídico.
El derecho de la Informática es el conjunto de normas jurídicas que regulan la
creación, desarrollo, uso, aplicación de la informática o los problemas que se
deriven de la misma en las que existen algún bien que es o deba ser tutelado
jurídicamente por las propias normas.
Derecho Informático desde la perspectiva de
la normativa legal ecuatoriana
Se puede decir que la informática y la información, como valor económico, no
tiene regulación especifica en nuestro país, a diferencia de lo que ocurre en
el derecho comparado, no obstante, existen normas que de alguna u otra
forma hace referencia a ellas, así por ejemplo, la Ley de Derechos de Autor
(Decreto Legislativo Nº822) dedica dos capítulos específicos a la protección de
los programas de ordenador (titulo VI-Disposiciones especiales para ciertas
obras, Capitulo II- de los Programas de ordenador, articulo 69 a 77) y de las
bases de datos (titulo VI - VI-Disposiciones especiales para ciertas obras,
Capitulo III- de las bases de datos art.78) en este caso, la protección jurídica
se centra en los derechos intelectuales inmanentes a la creación de estos.
Derecho Informático desde la perspectiva de
la normativa legal ecuatoriana
Las nuevas tecnologías se hacen cada día mas importantes; la gente usa el internet
para comprar, vender, ahora todo lo hacen en línea.
Las grandes corporaciones se valen del correo electrónico para funcionar de forma
mas eficiente y los delincuentes se hacen perspicaces en la utilización de los
avances tecnológicos como herramienta para delinquir.
La prueba documental y el arma homicida están perdiendo vigencia con rapidez.
Este artículo aborda el tema de la prueba electrónica, de la manipulación de la
misma y de los retos que esta tarea conlleva, dándole un vistazo a las diferentes
directrices de manipulación de pruebas electrónicas y de evidencia digital que los
países mas avanzados en estos temas han planteado como solución a los problemas
de admisibilidad y a otros retos que usualmente se le presentan a un operador
jurídico que pretende usar información almacenada en medios electrónicos como
prueba.
Su incidencia frente a las actividades
mercantiles actuales
Ambos puntos conocidos ya como una realidad, el comercio electrónico, como
nueva tecnología, ha hecho posible las transacciones comerciales a través de
la Wb y con ello la aparición de un nuevo integrante en este e-business, el
comerciante on-line, aquel que se cansó de andar y buscar, y que se ubica en
el ciberespacio y si bien realiza una doble función de comerciante tradicional
o comerciante on-line que puede ser ambos, a la vez, el cual no cuenta con
una tienda físicamente ubicable, sino una en el ciberespacio y realiza sus
pagos, pedidos, consultas hasta entregas, si es objeto de venta información o
programas (libros, datos, etc.).
Su incidencia frente a las actividades
mercantiles actuales
Cuando comenzaron los conflictos sobre la integridad de la información que
se vertía, así como de los peligros que pudieran presentar el intrusismo de
piratas informáticos y otros que puedan apoderarse de datos, como la clave
de las tarjetas de crédito y otros, así como de la suplantación de identidad,
surge la propuesta del Ministerio de Justicia y se emite la ley de Firmas y
Certificados Digitales, que permitan dar confidencialidad, autenticidad,
integridad y no repudio a todos aquellos actos de comercio a través de la Red.