SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de...

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La República Corte Superior de Arequipa Miércoles, 9 de setiembre del 2015 EDICTOS EDICTO En el expediente 3280-2015-0-0401-JP-CI-01, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Arequipa con intervención de la Juez Dr. Claudia Valdivia Ticona y especialista legal Dra. Marisol Rosas Gutiérrez, en el procedimiento judicial de ineficacia de título valor se ha dictado la Resolución No. Uno, de fecha 14 de julio del 2015 que cuya parte pertinente indica: “SE RESUEL- VE: ADMITIR a trámite en la vía sumarísima Inter- puesta por ELIZABERTH FERNÁNDEZ BEDOYA, en contra del Banco Scotiabank y Transformadora de Alimentos América SAC, TRASLADO a los deman- dados por el plazo de cinco días. Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos adjuntados a la demanda: DISPONGO: que la parte demandante cumpla con efectuar las publicacio- nes de ley. Tómese razón y hágase saber”. En este proceso doña Elizaberth Fernández Bedoya solicita la declaración de ineficacia del cheque N°453833 librada por Transformadora de Alimentos América SAC y a cargo del Banco Scotiabank. AREQUIPA, 2015 SETIEMBRE 03. MARISOL ROSAS GUTIERREZ SECRETARIA JUDICIAL (E) JUZGADO DE PAZ LETRA- DO MIXTO TRANSITORIO CORTE S. DE AREQUIPA. (07-08-09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32945. EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transito- rio, en el Expediente 03281-2015-0-0401-JP-CI-01, con Intervención del Especialista Legal Dr. Marco Peralta Leonardo; doña Elízaberth Fernández Be- doya, solicita la declaración de ineficacia del título valor consistente en el Cheque N° 2733 a cargo del Banco de Crédito del Perú y librada por Transforma- dora de Alimentos América SAC, por la suma de S/. 4545,00. Se hace la presente publicación para los fines de ley. “ Arequipa, 2015 setiembre 03. MAR- CO ANTONIO P. LEONARDO SECRETARIO JUDICIAL. (07-08-09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32945. EDICTO JUDICIAL Expediente 01881-1999-0-0401-JR-CI-03 en los se- guidos por JORGE CONSTANTINO JARAMILLO MAN- RIQUE contra VICTOR MANUEL ORDONEZ TORRES, ELIANA HERMINIA GUILLEN HERRERA DE ORDOÑEZ, NATALIA ORDOÑEZ GUILLEN Y NURY MARGARITA HINOJOSA VDA. DE CARDENAS (sucedida proce- salmente por CARMEN RAQUEL LOPEZ CARDENAS), sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS ante el 3º Juzga- do Civil de la Corte Superior de Arequipa se ha re- suelto a través de Resolución Nº 220 del 2 de abril del 2013: “DISPONGO: La notificación a Pablo Teo- doro Mita Condori de la demanda, mediante edicto judicial en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de esta ciudad de Arequipa, bajo apercibimiento de nombrarse curador proce- sal para que asuma su defensa en el proceso”. RE- SOLUCIÓN ADMISORIA DE DEMANDA.- Resolución Nº 03-99 del 6 de octubre de 1999, corregida por Resolución Nº 04-99 del 20 de octubre de 1999: “SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda sobre ejecución de garantía interpuesta por JORGE JA- RAMILLO MANRIQUE en contra de VICTOR MANUEL ORDOÑEZ TORRES, ELIANA HERMINIA GUILLEN HE- RRERA DE ORDOÑEZ, NATALIA ORDOÑEZ GUILLEN Y NURY MARGARITA HINOJOSA VDA. DE CARDENAS sobre ejecución de garantías, por ofrecidos los me- dios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados, NOTIFIQUESE al referido ejecutado para que en el plazo de TRES DIAS cum- pla con pagar a favor del ejecutante la suma de VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE DOLARES AMERICA- NOS o su equivalente en moneda nacional, más los intereses pactados que se generen, gastos, costas y costos del proceso bajo apercibimiento de dispo- nerse el remate del bien dado en garantía, por ofre- cidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados”. Firmado: Zoilo Alcides Chávez Mamani, Juez-Jenny del Car- men Herrera Miranda, Especialista legal. (07-08-09 setiembre) B/Nº 031-32910. EDICTO Ante el Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Aníbal Celso Maraza Borda, Expediente N°03449- 2010-0-0401-JR-CI-06, Especialista Legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo, sobre Nulidad de Acto Jurídico, Demandante Magdalena Hancco Mendi- gure, Demandados Martín Teodoro Andrade Ba- rrios, Javier de Taboada Vizcarra, Ana Clara Mesco Andrade, Jerónimo Adán Mesco Andrade, Maritza Violeta Mesco Andrade, Meli Betty Mesco Andrade y Rosa Fortunata Mesco Andrade, mediante Reso- lución N° 42 de fecha 03-08-2015 se “RESUELVE: Notificar por edicto a la Sucesión de Aurelia Barrios Chambilla en la forma prevista en el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, en el diario El Pe- ruano y otro de mayor circulación de la ciudad, a fin de que la misma se apersone al proceso dentro del plazo de TREINTA días posteriores a la última notificación por edicto, con arreglo a derecho, bajo apercibimiento de nombrándose curador procesal para que asuma su defensa en el presente proceso. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER”. Lo que se comu- nica para los fines de Ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa, 28 de Agosto del 2015 - Eduardo Abril Salas - Abogado – Registro N°781. YERALDO ALEXANDER CAMPOS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESP. CI- VIL. (07-08-09 setiembre) B/Nº 031-32934. EDICTO JUDICIAL Expediente: 02913-2015-0-0401-JR-CI-05, Ante el 5to Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Dr. ANIBAL CELSO MARAZA BORDA, Y Especialista Yeraldo Alexander CAMPOS CORNEJO, EULALIA TAMAYO interpone demanda de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, en contra de la SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE,. EL JUZGADO resuelve: Admitir a trámite la demanda interpuesta por EULALIA TAMAYO en contra de la Sucesión de FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUIS- PE. Sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA en la vía Sumarísimo. Se confiere traslado de la de- manda a la parte demandada, debiendo de cum- plirse con notificar a la demandada SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE mediante edictos, con transcripción sumaria de la Resolu- ción Numero dos, en el Diario Oficial el Peruano y en el diario la República, debiendo de contestar la demanda SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE dentro del plazo de quince días es- tablecido por el Articulo 550, del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; por ofrecido los medios probatorios que se indican y agréguese a sus antecedentes los ane- xos acompañados. SE DISPONE: CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones del ex- tracto del auto admisorio, observando lo previsto en los artículos 550,167 y 168 del Código procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- AREQUIPA, 04 DE SETIEMBRE DEL 2015. YERALDO A. CAM- POS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESP. CIVIL. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32954. EDICTOS Expediente 3674-2014.- Notificación a Rómulo Tito Gonza. El señor Juez del Segundo Juzgado de Fa- milia ha dispuesto notificar mediante Edictos a don Rómulo Tito Gonza, con la siguiente resolución. (...) Arequipa, dos de diciembre del dos mil catorce SE RESUELVE admitir a trámite, en vía de proceso úni- co, la demanda de adopción de la menor Naomy Margarita Barrientes Huillca interpuesta por RI- CHARD CIRIACO BARRIENTOS HUILLCA, en contra de ROMULO TITO GONZA Y ANA BARRIENTOS HUI- LLCA, con conocimiento del Ministerio Público, en consecuencia, traslado de la demanda a los deman- dados por el plazo de veinticinco días al primero de los nombrados, bajo apercibimiento de nom- brársele su curador procesal y por el plazo de cinco días a la codemandada, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (...) Firma doctora Martha Gal- vez.- Jueza. - Secretario Alberto Huanaco Valeriano. Resolución Nro. 4 Arequipa nueve, de julio del dos mil quince.(...) SE RESUELVE: INTEGRAR la resolu- ción número dos de fecha dos de diciembre del dos mil catorce que corre a foja noventa y uno, en la parte resolutiva que admite a trámite la demanda interpuesta por don Richard Ciriaco Barrientos Hui- llca, señalándose que la notificación al demandado Romulo Tito Gonza sea mediante Edictos en el Dia- rio Oficial El Peruano y en el Diario Encargado de Avisos Judiciales de esta ciudad. Firma Humberto Valdivia.- Juez-. Secretario Alberto Huanaco Vale- riano. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32951. EDICTO En el expediente N° 03694-2013-0-0401-JR-C1-04, seguido contra la Asociación Granja y Huertos El Edén de la Joya, debidamente representada por su Presidenta Señora MARIA VERONICA DELGADO BENDEZU, sobre Desalojo por Ocupación Precaria, tramitado ante el Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que Despacha el Doctor JUSTO ANDRES QUISPE APAZA, con inter- vención de la especialista legal Dra. REGINA MEN- DOZA MARÍN, mediante Resolución N° 02 de fecha 27 de diciembre de dos mil trece, se dispone VIS- TOS: La demanda, anexos, escrito de subsanación, anexos presentados, Y CONSIDERANDO: PRIME- RO.- Que, la demanda subsanada mediante escrito que antecede, reúne los requisitos previstos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil. SEGUNDO - Que, la presente demanda debe trami- tarse por la vía del Proceso Sumarísimo; conforme a lo establecido en el inciso cuarto del artículo 546 del Código Procesal Civil; en consecuencia, SE RE- SUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso SUMARÍSIMO, la demanda sobre DESALOJO POR PRECARIO interpuesta por la FUERZA AÉREA DEL PERU, debidamente representada por su Procura- dor Público Emilio Cueva Sánchez; en consecuen- cia, SE CONFIERE: TRASLADO de la demanda a la parte demandada Asociación Granja y Huertos El Edén de la Joya, por el plazo de cinco días, para su contestación; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios; y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. Asimismo, mediante Resolu- ción N° 10 del seis de julio de dos mil quince, estan- do a lo solicitado y conforme a lo establecido en el artículo 165 del Código Procesal Civil, SE DISPONE la notificación de la parte demandada por edictos, a fin que se apersonen dentro del plazo de quince días conforme a lo establecido en el artículo 550 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal conforme a lo esta- blecido en el artículo 435 del Código Procesal Civil. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. REGINA MENDO- ZA MARIN ESPECIALISTA LEGAL. (08-09-10 setiem- bre) B/Nº 031-32960. EDICTO NOTARIAL Ante mi despacho Notarial, se ha presentado ERLIN HUGO QUEZADA CRUZ, identificado con D.N.I. N° 23917883, estado civil casado con VICTORIA GUTIE- RREZ DE QUEZADA CON DNI 23960702, solicitan- do ser declarados propietarios por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del vehículo de Placa de rodaje CU1366, Marca Volkswagen, Modelo 1500, Serie N° 117368512, Motor N° L0010153, Año de fabricación 1967, Color Verde, por lo que los inte- resados en dicha petición tienen que apersonarse al despacho notarial en Habilitación Urbana Man- zana W, lote 2, Pedregal. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (09 setiembre) B/Nº 031- 32975. EDICTO En el Exp. Nro. 02841-2014-0-0405-JP-FC-01, que sigue ALFONZA MARIA VILCA VALERA en contra de EDWIN WILFREDO BEGAZO ALVAREZ, sobre Obligación Alimentaría, ante el Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Chi- vay. Doctor Flavio Renato Díaz Machaca, Secreta- ria Judicial Sharlene Pilar Becerra Quispe; el señor Juez ha Resuelto lo siguiente: RESOLUCION Nro. 03-2014, Chivay veintiocho de octubre del dos mil catorce.- RESUELVE.- Admitir a trámite la demanda interpuesta por ALFONZA MARIA VILCA VALERA, la que actúa por derecho propio, en la vía de proceso sumarísimo en contra de EDWIN WLLFREDO BE- GAZO ALVAREZ, TRASLADO al demandante por el plazo de cinco días para que la conteste la presente demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. El demandado deberá cumplir con pre- sentar el anexo especial de contestación previsto por el Art. 565 del Código Procesal Civil.- Chivay 09 de Junio del 2015. SHARLENE BECERRA QUISPE ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIVAY. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32996. EDICTO Exp Nº 02246-2013-0-401-JR-CI-03 el Tercer Juzga- do Civil de Arequipa, Juez Chávez Mamani Zoilo Alcides, especialista: Jenny del Carmen Herrera Mi- randa, ha dispuesto notificar a Gilber Vicente Rue- da Flores las siguientes resoluciones: RESOLUCION Nº 12, Se Resuelve: Declarar rebelde al Demandado Gilber Vicente Rueda Flores, en el presente proce- so que sobre indemnización sigue Rosendo Efraín Godoy Luque tómese razón hágase saber. RESO- LUCIÓN Ng 13: Se resuelve: Declarar la existencia de una relación jurídica procesal válida, en con- secuencia saneado el presente proceso que sobre indemnización sigue Rosendo Efraín Godoy Luque en contra de Gilber Vicente Rueda Flores Tómese Razón Hágase saber RESOLUCION Ng 18, estando a lo solicitado y siendo el estado del proceso, se dispone notificar por edictos al demandado Gilber Vicente Rueda Flores con las resoluciones 12,13 y la presente resolución en el diario oficial de la nación, como en el diario judicial de la localidad, en la for- ma y veces que señalan los Artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil haciéndose presente que en caso de no presentarse al proceso, se le nombra- rá curador procesal que los represente, De oficio : siendo el estado del proceso, se reprograma la con- tinuación de la audiencia de pruebas para el día 7 de Octubre del año en curso, a las diez horas con treinta minutos a llevarse a cabo en el despacho del tercer juzgado civil de Arequipa. De oficio: las par- tes procesales deberán cumplir, con señalar sus ca- sillas electrónicas y físicas bajo apercibimiento de imponérsele multa, precisando Que todos los actos procesales a excepción de la sentencia serán notifi- cados a través de sus casillas electrónicas. Arequipa 28 de Agosto 2015. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32978. NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS DE PRESCRIP- CION ADQUISITIVA Por medio de la presente se notifica a don J. Al- berto Rivera Benavides, que ante esta Notaría se han presentado don Alfonso Isaías Vargas Huaco y don Carlos Eduardo Vargas Huaco, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio de dominio -a su favor respecto del predio urbano ubicado en el pago de Magnopata signado como lote 16, man- zana D de la urbanización “Paisajista Chilina” del distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 159,84 m2, (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUA- DRADOS CON OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con la calle número 2, en línea recta de 9,60 metros; por el costado derecho, entrando, con el lote número 15, en línea recta de 16,60 me- tros; por el costado izquierdo, entrando, con el lote número 17, en línea recta de 16,70 metros; y por el fondo, con el lote número 5, en línea recta de 9,60 metros. El bien forma parte del predio inscrito en la partida 04009532 del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 2 de setiembre del 2015. José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO. Av. Puma- cahua Nº 510 Cerro Colorado. (09-15-21 setiembre) B/Nº 031-32992. NOTIFICACION POR EDICTO El Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Ci- vil de Arequipa, Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, en el Expediente 06717-2000-0-0401-JR-CI-01 (Es- pecialista Carlos Alberto Montañez Ludeña), pro- cesos acumulados de reivindicación seguido por los sucesores de Luis Enrique Núñez Paredes y de prescripción seguido por Santiago Zeballos (aho- ra sucesores) e Irene Pinto de Zeballos, se ha dis- puesto en la Resolución 258, de 27 de marzo 2015: “RESUELVO: SUSPENDER el presente proceso por el lapso de treinta días, a fin de que pueda aperso- narse a la instancia la sucesión de Walter Zeballos Pinto, debiendo acreditar su calidad de tal con la Sucesión Intestada o Testamento correspondien- te debidamente inscritos, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal que la represente”, y en la Resolución 261: “SE DISPONE, notificación por edictos de la resolución doscientos cincuenta y ocho a los sucesores de Walter Zeballos Pinto, en la forma y veces que señalan los numerales 167 y 168 del Código Procesal Civil, haciéndose presente que en caso de que los sucesores procesales no se apersonen en autos debidamente acreditados, se nombrará curador procesal que los represente”. Carlos Alberto Montañez Ludeña, Especialista Legal. Arequipa, 08 de septiembre de 2015. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32974. NOTIFICACION POR EDICTOS En el Proceso Civil Nro. 00699-2011-0-0410-JM- CI-01, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINE- RO en los seguidos por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de TELLO PAJUELO MARIO EDGARDO, CHIRINOS DE TELLO SAIDA YRE- NE y TELLO CHIRINOS MARIO ALFREDO; el Señor Juez del Segundo Juzgado Mixto del MBJ de Ma- riano Melgar Dr. Jorge Luis Pinto Flores, mediante RESOLUCIÓN NRO. 37-15 de fecha quince julio del dos mil quince, SE RESUELVE SUSPENDER el proce- so por el plazo de TREINTA DÍAS a efecto de que se apersonen los sucesores procesales de don MARIO EDGARDO TELLO PAJUELO bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; SE DISPONE se efectúen las notificaciones por edictos, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167 del Código Procesal Civil. Tómese razón y hágase saber.- Esperanza Velarde Revilla. Especialista Legal Segundo Juzgado Mixto MBJ Mariano Melgar. Are- quipa, 19 de agosto de 2015. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32887. NOTIFICACIÓN POR EDICTO A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMI- TE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN CASA GRANJA LA HUAYLLA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUE- BLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11147110 CON UN ÁREA DE 3454.53 METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE TERRENOS DE TEODORO CALSINA CHOQUETICO CON 67 ML; POR LA DERECHA CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA CON UNA LÍNEA RECTA DÉ 54.00 ML; POR LA IZQUIERDA CON CALLE S/N EN LÍNEA RECTA DE 48 ML. Y POR EL FONDO CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VILLA HERMOZA CON LÍNEA RECTA DE 68.64 ML. TITULAR REGISTRAL JULIO ERNESTO TEJADA ASCUÑA Y YENI LELIA GOMEZ ALARCON SE LES NOTIFICA POR SER LOS TITULARES REGISTRALES Y ALEJANDRO MATIAS ACUÑA VILLA POR SER EL INMEDIATO TRANSFEREN- TE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL. AREQUIPA, AGOSTO 27 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (03-09-15 setiembre) B/ Nº 031-32879. REMATES PRIMER REMATE En el proceso sobre Ejecución de Garantías, expe- diente N° 01717-2014-0-0410-JM-CI-02, seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra JULLIO CESAR PARI CANAZA, el Señor Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Mariano Melgar, Dr. Jorge Luis Pinto Flores, con la intervención del Especialista Legal Dra. Esperanza Velarde Revilla, han autorizado al señor Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES para que realice el PRIMER REMATE del inmueble ejecutado signado como: PUEBLO JOVEN GENERALISIMO JOSE DE SAN MAR- TIN Mz. 36 LOTE 2 A ZONA D DISTRITO DE MARIANO MELGAR, provincia y departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás ca- racterísticas constan de la Partida P06198923 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos Sede Are- quipa; el mismo que se realizará el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS TRECE HORAS, diligencia que se realizará en la Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Maria- no Melgar, ubicado esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junín s/n Mariano Melgar. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por S/.79,232.00, que es materia de este proceso. 2). Embargo a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHO- RRO Y CREDITO DE AREQUIPA hasta por la suma de S/. 60,000.00 ordenada por el Juzgado Mixto de Mariano Melgar exp. 0355-2013-82-0410-JM-CI-01 3). Embargo a favor de MI BANCO BANCO DE LA MI- CROEMPRESA S.A. hasta por S/.37,000.00 ordenado

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

La República

Corte Superior de Arequipa

Miércoles, 9 de setiembre del 2015

EDICTOSEDICTO

En el expediente 3280-2015-0-0401-JP-CI-01, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Arequipa con intervención de la Juez Dr. Claudia Valdivia Ticona y especialista legal Dra. Marisol Rosas Gutiérrez, en el procedimiento judicial de ineficacia de título valor se ha dictado la Resolución No. Uno, de fecha 14 de julio del 2015 que cuya parte pertinente indica: “SE RESUEL-VE: ADMITIR a trámite en la vía sumarísima Inter-puesta por ELIZABERTH FERNÁNDEZ BEDOYA, en contra del Banco Scotiabank y Transformadora de Alimentos América SAC, TRASLADO a los deman-dados por el plazo de cinco días. Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos adjuntados a la demanda: DISPONGO: que la parte demandante cumpla con efectuar las publicacio-nes de ley. Tómese razón y hágase saber”. En este proceso doña Elizaberth Fernández Bedoya solicita la declaración de ineficacia del cheque N°453833 librada por Transformadora de Alimentos América SAC y a cargo del Banco Scotiabank. AREQUIPA, 2015 SETIEMBRE 03. MARISOL ROSAS GUTIERREZ SECRETARIA JUDICIAL (E) JUZGADO DE PAZ LETRA-DO MIXTO TRANSITORIO CORTE S. DE AREQUIPA. (07-08-09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32945.

EDICTO

Por ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transito-rio, en el Expediente 03281-2015-0-0401-JP-CI-01, con Intervención del Especialista Legal Dr. Marco Peralta Leonardo; doña Elízaberth Fernández Be-doya, solicita la declaración de ineficacia del título valor consistente en el Cheque N° 2733 a cargo del Banco de Crédito del Perú y librada por Transforma-dora de Alimentos América SAC, por la suma de S/. 4545,00. Se hace la presente publicación para los fines de ley. “ Arequipa, 2015 setiembre 03. MAR-CO ANTONIO P. LEONARDO SECRETARIO JUDICIAL. (07-08-09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32945.

EDICTO JUDICIAL

Expediente 01881-1999-0-0401-JR-CI-03 en los se-guidos por JORGE CONSTANTINO JARAMILLO MAN-RIQUE contra VICTOR MANUEL ORDONEZ TORRES, ELIANA HERMINIA GUILLEN HERRERA DE ORDOÑEZ, NATALIA ORDOÑEZ GUILLEN Y NURY MARGARITA HINOJOSA VDA. DE CARDENAS (sucedida proce-salmente por CARMEN RAQUEL LOPEZ CARDENAS), sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS ante el 3º Juzga-do Civil de la Corte Superior de Arequipa se ha re-suelto a través de Resolución Nº 220 del 2 de abril del 2013: “DISPONGO: La notificación a Pablo Teo-doro Mita Condori de la demanda, mediante edicto judicial en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de esta ciudad de Arequipa, bajo apercibimiento de nombrarse curador proce-sal para que asuma su defensa en el proceso”. RE-SOLUCIÓN ADMISORIA DE DEMANDA.- Resolución Nº 03-99 del 6 de octubre de 1999, corregida por Resolución Nº 04-99 del 20 de octubre de 1999: “SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda sobre ejecución de garantía interpuesta por JORGE JA-RAMILLO MANRIQUE en contra de VICTOR MANUEL ORDOÑEZ TORRES, ELIANA HERMINIA GUILLEN HE-RRERA DE ORDOÑEZ, NATALIA ORDOÑEZ GUILLEN Y NURY MARGARITA HINOJOSA VDA. DE CARDENAS sobre ejecución de garantías, por ofrecidos los me-dios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados, NOTIFIQUESE al referido ejecutado para que en el plazo de TRES DIAS cum-pla con pagar a favor del ejecutante la suma de VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE DOLARES AMERICA-NOS o su equivalente en moneda nacional, más los intereses pactados que se generen, gastos, costas y costos del proceso bajo apercibimiento de dispo-nerse el remate del bien dado en garantía, por ofre-cidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados”. Firmado: Zoilo Alcides Chávez Mamani, Juez-Jenny del Car-men Herrera Miranda, Especialista legal. (07-08-09 setiembre) B/Nº 031-32910.

EDICTO

Ante el Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Aníbal Celso Maraza Borda, Expediente N°03449-

2010-0-0401-JR-CI-06, Especialista Legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo, sobre Nulidad de Acto Jurídico, Demandante Magdalena Hancco Mendi-gure, Demandados Martín Teodoro Andrade Ba-rrios, Javier de Taboada Vizcarra, Ana Clara Mesco Andrade, Jerónimo Adán Mesco Andrade, Maritza Violeta Mesco Andrade, Meli Betty Mesco Andrade y Rosa Fortunata Mesco Andrade, mediante Reso-lución N° 42 de fecha 03-08-2015 se “RESUELVE: Notificar por edicto a la Sucesión de Aurelia Barrios Chambilla en la forma prevista en el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, en el diario El Pe-ruano y otro de mayor circulación de la ciudad, a fin de que la misma se apersone al proceso dentro del plazo de TREINTA días posteriores a la última notificación por edicto, con arreglo a derecho, bajo apercibimiento de nombrándose curador procesal para que asuma su defensa en el presente proceso. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER”. Lo que se comu-nica para los fines de Ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa, 28 de Agosto del 2015 - Eduardo Abril Salas - Abogado – Registro N°781. YERALDO ALEXANDER CAMPOS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESP. CI-VIL. (07-08-09 setiembre) B/Nº 031-32934.

EDICTO JUDICIAL

Expediente: 02913-2015-0-0401-JR-CI-05, Ante el 5to Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Dr. ANIBAL CELSO MARAZA BORDA, Y Especialista Yeraldo Alexander CAMPOS CORNEJO, EULALIA TAMAYO interpone demanda de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, en contra de la SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE,. EL JUZGADO resuelve: Admitir a trámite la demanda interpuesta por EULALIA TAMAYO en contra de la Sucesión de FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUIS-PE. Sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA en la vía Sumarísimo. Se confiere traslado de la de-manda a la parte demandada, debiendo de cum-plirse con notificar a la demandada SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE mediante edictos, con transcripción sumaria de la Resolu-ción Numero dos, en el Diario Oficial el Peruano y en el diario la República, debiendo de contestar la demanda SUCESION DE FRANCISCO GREGORIO IBAÑEZ QUISPE dentro del plazo de quince días es-tablecido por el Articulo 550, del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; por ofrecido los medios probatorios que se indican y agréguese a sus antecedentes los ane-xos acompañados. SE DISPONE: CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones del ex-tracto del auto admisorio, observando lo previsto en los artículos 550,167 y 168 del Código procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- AREQUIPA, 04 DE SETIEMBRE DEL 2015. YERALDO A. CAM-POS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESP. CIVIL. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32954.

EDICTOS

Expediente 3674-2014.- Notificación a Rómulo Tito Gonza. El señor Juez del Segundo Juzgado de Fa-milia ha dispuesto notificar mediante Edictos a don Rómulo Tito Gonza, con la siguiente resolución. (...) Arequipa, dos de diciembre del dos mil catorce SE RESUELVE admitir a trámite, en vía de proceso úni-co, la demanda de adopción de la menor Naomy Margarita Barrientes Huillca interpuesta por RI-CHARD CIRIACO BARRIENTOS HUILLCA, en contra de ROMULO TITO GONZA Y ANA BARRIENTOS HUI-LLCA, con conocimiento del Ministerio Público, en consecuencia, traslado de la demanda a los deman-dados por el plazo de veinticinco días al primero de los nombrados, bajo apercibimiento de nom-brársele su curador procesal y por el plazo de cinco días a la codemandada, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (...) Firma doctora Martha Gal-vez.- Jueza. - Secretario Alberto Huanaco Valeriano. Resolución Nro. 4 Arequipa nueve, de julio del dos mil quince.(...) SE RESUELVE: INTEGRAR la resolu-ción número dos de fecha dos de diciembre del dos mil catorce que corre a foja noventa y uno, en la parte resolutiva que admite a trámite la demanda interpuesta por don Richard Ciriaco Barrientos Hui-llca, señalándose que la notificación al demandado Romulo Tito Gonza sea mediante Edictos en el Dia-rio Oficial El Peruano y en el Diario Encargado de Avisos Judiciales de esta ciudad. Firma Humberto

Valdivia.- Juez-. Secretario Alberto Huanaco Vale-riano. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32951.

EDICTO

En el expediente N° 03694-2013-0-0401-JR-C1-04, seguido contra la Asociación Granja y Huertos El Edén de la Joya, debidamente representada por su Presidenta Señora MARIA VERONICA DELGADO BENDEZU, sobre Desalojo por Ocupación Precaria, tramitado ante el Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que Despacha el Doctor JUSTO ANDRES QUISPE APAZA, con inter-vención de la especialista legal Dra. REGINA MEN-DOZA MARÍN, mediante Resolución N° 02 de fecha 27 de diciembre de dos mil trece, se dispone VIS-TOS: La demanda, anexos, escrito de subsanación, anexos presentados, Y CONSIDERANDO: PRIME-RO.- Que, la demanda subsanada mediante escrito que antecede, reúne los requisitos previstos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil. SEGUNDO - Que, la presente demanda debe trami-tarse por la vía del Proceso Sumarísimo; conforme a lo establecido en el inciso cuarto del artículo 546 del Código Procesal Civil; en consecuencia, SE RE-SUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso SUMARÍSIMO, la demanda sobre DESALOJO POR PRECARIO interpuesta por la FUERZA AÉREA DEL PERU, debidamente representada por su Procura-dor Público Emilio Cueva Sánchez; en consecuen-cia, SE CONFIERE: TRASLADO de la demanda a la parte demandada Asociación Granja y Huertos El Edén de la Joya, por el plazo de cinco días, para su contestación; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios; y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. Asimismo, mediante Resolu-ción N° 10 del seis de julio de dos mil quince, estan-do a lo solicitado y conforme a lo establecido en el artículo 165 del Código Procesal Civil, SE DISPONE la notificación de la parte demandada por edictos, a fin que se apersonen dentro del plazo de quince días conforme a lo establecido en el artículo 550 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal conforme a lo esta-blecido en el artículo 435 del Código Procesal Civil. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. REGINA MENDO-ZA MARIN ESPECIALISTA LEGAL. (08-09-10 setiem-bre) B/Nº 031-32960.

EDICTO NOTARIAL

Ante mi despacho Notarial, se ha presentado ERLIN HUGO QUEZADA CRUZ, identificado con D.N.I. N° 23917883, estado civil casado con VICTORIA GUTIE-RREZ DE QUEZADA CON DNI 23960702, solicitan-do ser declarados propietarios por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del vehículo de Placa de rodaje CU1366, Marca Volkswagen, Modelo 1500, Serie N° 117368512, Motor N° L0010153, Año de fabricación 1967, Color Verde, por lo que los inte-resados en dicha petición tienen que apersonarse al despacho notarial en Habilitación Urbana Man-zana W, lote 2, Pedregal. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (09 setiembre) B/Nº 031-32975.

EDICTO

En el Exp. Nro. 02841-2014-0-0405-JP-FC-01, que sigue ALFONZA MARIA VILCA VALERA en contra de EDWIN WILFREDO BEGAZO ALVAREZ, sobre Obligación Alimentaría, ante el Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Chi-vay. Doctor Flavio Renato Díaz Machaca, Secreta-ria Judicial Sharlene Pilar Becerra Quispe; el señor Juez ha Resuelto lo siguiente: RESOLUCION Nro. 03-2014, Chivay veintiocho de octubre del dos mil catorce.- RESUELVE.- Admitir a trámite la demanda interpuesta por ALFONZA MARIA VILCA VALERA, la que actúa por derecho propio, en la vía de proceso sumarísimo en contra de EDWIN WLLFREDO BE-GAZO ALVAREZ, TRASLADO al demandante por el plazo de cinco días para que la conteste la presente demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. El demandado deberá cumplir con pre-sentar el anexo especial de contestación previsto por el Art. 565 del Código Procesal Civil.- Chivay 09 de Junio del 2015. SHARLENE BECERRA QUISPE ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIVAY. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32996.

EDICTO

Exp Nº 02246-2013-0-401-JR-CI-03 el Tercer Juzga-

do Civil de Arequipa, Juez Chávez Mamani Zoilo Alcides, especialista: Jenny del Carmen Herrera Mi-randa, ha dispuesto notificar a Gilber Vicente Rue-da Flores las siguientes resoluciones: RESOLUCION Nº 12, Se Resuelve: Declarar rebelde al Demandado Gilber Vicente Rueda Flores, en el presente proce-so que sobre indemnización sigue Rosendo Efraín Godoy Luque tómese razón hágase saber. RESO-LUCIÓN Ng 13: Se resuelve: Declarar la existencia de una relación jurídica procesal válida, en con-secuencia saneado el presente proceso que sobre indemnización sigue Rosendo Efraín Godoy Luque en contra de Gilber Vicente Rueda Flores Tómese Razón Hágase saber RESOLUCION Ng 18, estando a lo solicitado y siendo el estado del proceso, se dispone notificar por edictos al demandado Gilber Vicente Rueda Flores con las resoluciones 12,13 y la presente resolución en el diario oficial de la nación, como en el diario judicial de la localidad, en la for-ma y veces que señalan los Artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil haciéndose presente que en caso de no presentarse al proceso, se le nombra-rá curador procesal que los represente, De oficio : siendo el estado del proceso, se reprograma la con-tinuación de la audiencia de pruebas para el día 7 de Octubre del año en curso, a las diez horas con treinta minutos a llevarse a cabo en el despacho del tercer juzgado civil de Arequipa. De oficio: las par-tes procesales deberán cumplir, con señalar sus ca-sillas electrónicas y físicas bajo apercibimiento de imponérsele multa, precisando Que todos los actos procesales a excepción de la sentencia serán notifi-cados a través de sus casillas electrónicas. Arequipa 28 de Agosto 2015. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32978.

NOTIFICACIONESNOTIFICACION POR EDICTOS DE PRESCRIP-

CION ADQUISITIVA

Por medio de la presente se notifica a don J. Al-berto Rivera Benavides, que ante esta Notaría se han presentado don Alfonso Isaías Vargas Huaco y don Carlos Eduardo Vargas Huaco, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio de dominio -a su favor respecto del predio urbano ubicado en el pago de Magnopata signado como lote 16, man-zana D de la urbanización “Paisajista Chilina” del distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 159,84 m2, (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUA-DRADOS CON OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con la calle número 2, en línea recta de 9,60 metros; por el costado derecho, entrando, con el lote número 15, en línea recta de 16,60 me-tros; por el costado izquierdo, entrando, con el lote número 17, en línea recta de 16,70 metros; y por el fondo, con el lote número 5, en línea recta de 9,60 metros. El bien forma parte del predio inscrito en la partida 04009532 del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 2 de setiembre del 2015. José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO. Av. Puma-cahua Nº 510 Cerro Colorado. (09-15-21 setiembre) B/Nº 031-32992.

NOTIFICACION POR EDICTO

El Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Ci-vil de Arequipa, Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, en el Expediente 06717-2000-0-0401-JR-CI-01 (Es-pecialista Carlos Alberto Montañez Ludeña), pro-cesos acumulados de reivindicación seguido por los sucesores de Luis Enrique Núñez Paredes y de prescripción seguido por Santiago Zeballos (aho-ra sucesores) e Irene Pinto de Zeballos, se ha dis-puesto en la Resolución 258, de 27 de marzo 2015: “RESUELVO: SUSPENDER el presente proceso por el lapso de treinta días, a fin de que pueda aperso-narse a la instancia la sucesión de Walter Zeballos Pinto, debiendo acreditar su calidad de tal con la Sucesión Intestada o Testamento correspondien-te debidamente inscritos, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal que la represente”, y en la Resolución 261: “SE DISPONE, notificación por edictos de la resolución doscientos cincuenta y ocho a los sucesores de Walter Zeballos Pinto, en la forma y veces que señalan los numerales 167 y 168 del Código Procesal Civil, haciéndose presente

que en caso de que los sucesores procesales no se apersonen en autos debidamenteacreditados, se nombrará curador procesal que los represente”. Carlos Alberto Montañez Ludeña, Especialista Legal. Arequipa, 08 de septiembre de 2015. (09-10-11 setiembre) B/Nº 031-32974.

NOTIFICACION POR EDICTOS

En el Proceso Civil Nro. 00699-2011-0-0410-JM-CI-01, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINE-RO en los seguidos por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de TELLO PAJUELO MARIO EDGARDO, CHIRINOS DE TELLO SAIDA YRE-NE y TELLO CHIRINOS MARIO ALFREDO; el Señor Juez del Segundo Juzgado Mixto del MBJ de Ma-riano Melgar Dr. Jorge Luis Pinto Flores, mediante RESOLUCIÓN NRO. 37-15 de fecha quince julio del dos mil quince, SE RESUELVE SUSPENDER el proce-so por el plazo de TREINTA DÍAS a efecto de que se apersonen los sucesores procesales de don MARIO EDGARDO TELLO PAJUELO bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; SE DISPONE se efectúen las notificaciones por edictos, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167 del Código Procesal Civil. Tómese razón y hágase saber.- Esperanza Velarde Revilla. Especialista Legal Segundo Juzgado Mixto MBJ Mariano Melgar. Are-quipa, 19 de agosto de 2015. (08-09-10 setiembre) B/Nº 031-32887.

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMI-TE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN CASA GRANJA LA HUAYLLA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUE-BLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11147110 CON UN ÁREA DE 3454.53 METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE TERRENOS DE TEODORO CALSINA CHOQUETICO CON 67 ML; POR LA DERECHA CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA CON UNA LÍNEA RECTA DÉ 54.00 ML; POR LA IZQUIERDA CON CALLE S/N EN LÍNEA RECTA DE 48 ML. Y POR EL FONDO CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VILLA HERMOZA CON LÍNEA RECTA DE 68.64 ML. TITULAR REGISTRAL JULIO ERNESTO TEJADA ASCUÑA Y YENI LELIA GOMEZ ALARCON SE LES NOTIFICA POR SER LOS TITULARES REGISTRALES Y ALEJANDRO MATIAS ACUÑA VILLA POR SER EL INMEDIATO TRANSFEREN-TE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL. AREQUIPA, AGOSTO 27 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (03-09-15 setiembre) B/Nº 031-32879.

REMATESPRIMER REMATE

En el proceso sobre Ejecución de Garantías, expe-diente N° 01717-2014-0-0410-JM-CI-02, seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra JULLIO CESAR PARI CANAZA, el Señor Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Mariano Melgar, Dr. Jorge Luis Pinto Flores, con la intervención del Especialista Legal Dra. Esperanza Velarde Revilla, han autorizado al señor Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES para que realice el PRIMER REMATE del inmueble ejecutado signado como: PUEBLO JOVEN GENERALISIMO JOSE DE SAN MAR-TIN Mz. 36 LOTE 2 A ZONA D DISTRITO DE MARIANO MELGAR, provincia y departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás ca-racterísticas constan de la Partida P06198923 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos Sede Are-quipa; el mismo que se realizará el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS TRECE HORAS, diligencia que se realizará en la Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Maria-no Melgar, ubicado esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junín s/n Mariano Melgar. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por S/.79,232.00, que es materia de este proceso. 2). Embargo a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE AREQUIPA hasta por la suma de S/. 60,000.00 ordenada por el Juzgado Mixto de Mariano Melgar exp. 0355-2013-82-0410-JM-CI-01 3). Embargo a favor de MI BANCO BANCO DE LA MI-CROEMPRESA S.A. hasta por S/.37,000.00 ordenado

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

por el Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar en el expediente Nª 04782-2013-99-0410-JP-CI-01. Se desconocen otras afectaciones. TASACIÓN CO-MERCIAL ACTUALIZADA: US$32,283.00 BASE DE RE-MATE: US$ 21,522.00; DEPÓSITO PARA SER POSTOR (10% de la Tasación) es decir US$ 3,228.30 y presen-tar el recibo de pago de la tasa judicial correspon-diente. Arequipa, Setiembre 2015. ELOY O. PISFIL FLORES ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. 307. ESPERANZA VELARDE REVILLA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO MODULO B. DE JUSTICIA DE MNO. MELGAR. (02-03-04-07-08-09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32871.

PRIMER REMATE

EN EL PROCESO SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº01613-2015-0-0401-JR-CI-05, SE-GUIDO POR FERNANDO ANTONIO ASCUÑA FLORES Y RINA PAOLA RODRIGUEZ RODRIGUEZ DE ASCU-ÑA, EN CONTRA DE JUANA RUTH ASCUÑA FLORES; EL SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO ESPECIA-LIZADO EN LO CIVIL. DR. ANIBAL CELSO MARAZA BORDA, ESPECIALISTA LEGAL YERALDO ALEXAN-DER CAMPOS CORNEJO, HA NOMBRADO AL MAR-TILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO PARA LA REALIZACION DEL REMATE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN EL SECTOR I, MZ. D, LOTE 12, ASOCIACION PARQUE INDUSTRIAL POR-VENIR AREQUIPA - APIPA, DISTRITO DE YURA, PRO-VINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON UNA AREA DE 333.33M2, CUYOS LINDEROS, MEDIDAS Y DEMAS CARACTERISTICAS, SE ENCUENTRAN DEBI-DAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº01148624, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL NºXII, SEDE SUNARP-AREQUIPA; QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑA-LADO LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE PARA EL DIA 16 DE SEPTIEMBRE DEL 2015, A LAS 09:15 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SU-PERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, DISTRITO DE AREQUIPA (SOTANO). TASACION TOTAL: S/.35,000.00 NUEVOS SOLES. PRECIO BASE: S/.23,333.33 NUEVOS SOLES. DEPOSITO PARA SER POSTOR: 10% DEL VALOR DE TASACION (S/.3,500.00 NUEVOS SOLES), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GE-RENCIA A SU NOMBRE O DEPÓSITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS PAGO DEL ARAN-CEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1). ASIENTO D0002 HIPOTECA A FAVOR DE FERNAN-DO ANTONIO ASCUÑA FLORES Y RINA PAOLA RO-DRIGUEZ RODRIGUEZ DE ASCUÑA HASTA POR LA SUMA DE S/.38,000.00 NUEVOS SOLES. SE DESCO-NOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICA-TARIO AL FINAL DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263 – 984340166, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447 AREQUIPA, 2015-08-31. YERALDO A. CAMPOS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESP. CIVIL. (02-03-04-07-08-09 setiem-bre) B/Nº 031-32864.

PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente: 01871-2014-0-0412-JM-CI-02. En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A contra JOR-GE CONDORI HANCO sobre EJECUCION DE GARAN-TIAS, EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DEL MODULO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA-AREQUIPA a cargo del Señor Juez Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso y Especialista Legal: Dra Ángela Briseida Mostacero Rosas, ha dispuesto sacar REMATE PUBLICO EN PRI-MERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento Urbano Municipal Horacio Zeballos Gámez Manzana 16 lote 15 Sector 1 Sector “A” ubi-cado en los Distritos de Socabaya- Characato, Pro-vincia y Departamento de Arequipa, cuyas carac-terísticas, linderos y medidas perimétricas corren inscritos en la Partida N° P06102396 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa de la Zona Re-gistral N° XII – Sede de Arequipa. .(La ubicación en los distritos de Socabaya – Characato se consigna en merito a lo dispuesto en la partida registral)Con un VALOR DE TASACION: US$ 62,179.00 (SESENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) siendo la BASE DE LA POS-TURA: US$ 41,452.67 (CUARENTA Y UN MIL CUATRO-CIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS), que constituye las dos terceras partes del Valor de dicha Tasación. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00008: Inscripción de Blo-queo Registral: Bloqueo.- hasta que se formalice la CONSTITUCION DE HIPOTECA favor de Scotia-bank Perú SAA hasta por la suma de s/ 141,648.00 nuevos soles. 2).- HIPOTECA.- Constituida por su propietario Jorge Condori Hanco a favor de Scotia-bank Perú SAA, hasta por la suma de S/. 141,648.00 Nuevos soles, según Escritura Publica N° 5932 de fecha 17.09.2013 ante Notario Público de Arequipa Dr. Javier Rodríguez Velarde, inscrita en el Asiento 00009 de la Partida Electrónica N° P06102396 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa de la Zona Registral N° XII – Sede de Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 16 de setiembre del año 2015, a horas 12:30 del mediodía. LUGAR DEL RE-

MATE: En la Sala de Lectura de Modulo Básico de Justicia de Paucarpata sito en Urbanización Guar-dia Civil III Etapa esquina calle Alberto Laveau con Calle Teniente Alcantara s/n Paucarpata – Arequi-pa. POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: US$ 6,217.90 Dólares de Norte-américa, el depósito deberá ser efectuado en efec-tivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate, adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial respectiva que indicara Do-cumento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso, especialista legal: Angela Briseida Mostacero Rosas, Martillero Publico Roberto Gutiérrez Quispe, Registro Nro. 113 Arequipa, 22 de julio del 2015. ROBERTO GU-TIERREZ QUISPE MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. 113. (02-03-04-07-08-09 setiem-bre) B/Nº 031-32876.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N° 03535–2001-0-0401-JR-CI-10 En los autos seguidos por JULIA SISA DE OCHOA en con-tra de MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, sobre INDEMNIZACION ; la señora Juez del Décimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dra. Zoraida Julia Salas Flores, con el Especialista Legal. Dr. Gildo A. Gutierrez Chalco, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA 53,000 Acciones de la CAJA MUNI-CIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA. VALOR DE TASACION DE LAS ACCIONES MATERIA DE REMA-TE: S/. 53,000.00 ( Cincuenta y Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/. 35,333.33 ( Treinta y Cinco Mil Trescientos Trein-ta y Tres con 33/100 Nuevos Soles), equivalente a las 2/3 del valor de Tasación las acciones. AFECTA-CIONES : Medida Cautelar de Ejecución, a favor de la demandante por la suma de S/. 53,000.00 (Cincuenta y Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles ) la misma que deberá recaer sobre las 53,000 ac-ciones que tiene la Municipalidad Provincial de Arequipa como accionista de la CAJA AREQUIPA. Resolución N° 48 de fojas 505 y 506 del expediente 03535-2001-0-0401-JR-CI-10 DIA Y HORA DEL RE-MATE: 21 de SEPTIEMBRE del año 2015, a las 15:00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: Sala de Re-mates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Parque España, esquina conformada por la Calle Colón y Av. Siglo XX s/n., Distrito Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación, ascendente a S/. 5,300.00 en efectivo ó cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor, pre-sentando, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate con indicación de su do-cumento de identidad, N° de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotoco-pia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Adjudicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. N° 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728 .- Arequipa, 31 de Agosto de 2015. AN-GEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLI-CO REG. Nº 265. ALEXANDER GUTIERREZ CHALCO ESPECIALISTA LEGAL DEL DECIMO JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL II. (02-03-04-07-08-09 setiembre) B/Nº 031-32869.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por SOTILLO CABRERA Cesar Au-gusto y SOTILLO CABRERA Martha contra SOTILLO MEDINA Jorge Luis y SOTILLO MEDINA Rocío Eliza-beth, Expediente Nº 01894-1999-0-0401-JR-CI-03, por orden Octavo Juzgado Civil de Arequipa, Señor Magistrado DEL CARPIO MEDINA Omar Alejandro, Especialista Legal ACABANA MAMANI Janeth, la suscrita Martillera Pública Alida María Luna Tay de Correa, rematará en primera convocatoria, el inmueble ubicado en Calle Cortaderas N° 125-Ya-nahuara, con número de partida 01089095 del Registro de Predios, Zona Registral N° XII- Sede Arequipa, Oficina Registral Arequipa. VALOR DE TA-SACION: US$ 255, 757.06 (DOSCIENTOS CINCUEN-TA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 06/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 170, 504.70 (CIENTO SETENTA MIL QUINIENTOS CUATRO CON 70/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del valor de la tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento D00002: Ano-tación preventiva de inicio de trámite Notarial de Prescripción adquisitiva de dominio: solicitada por Don Jorge Luis Sotillo Medina, ante el despacho del Notario Público José Luis Concha Revilla respecto del Inmueble inscrito en esta partida, el mismo que cuenta con un área de 210,00 m2 con las medidas perimétricas que constan en el asiento B0001. Asiento C00002: Prescripción adquisitiva de do-minio Don Jorge Luis Medina, soltero, identificado con DNI 29529920, ha adquirido por prescripción adquisitiva de dominio tramitada en sede notarial al amparo de la Ley 27157 y Ley 27333 el domi-nio del inmueble inscrito en esta partida. Asiento

C0003: COMPRA-VENTA: Rafael Ernesto Márquez Zavala, soltero identificado con DNI N° 10304867, ha adquirido el dominio del inmueble inscrito en esta partida. DIA Y HORA DEL REMATE: 21 SEPTIEM-BRE 2015 a las 09:30 AM. LUGAR: En la sala de re-mates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en calle Siglo XX s/n . POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar en el mismo el número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILLE-RO: Corre por cuenta del Adjudicatario y se cancela a la firma del Acta, de acuerdo a la escala de co-misiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO Nº 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. INFORMES: Tel. 01-4412668 / #949063616 / www.martilleraluna.es.tl C.P.C Alida M. LUNA TAY DE CO-RREA Martillero Público Registro N° 237. JANETH ACABANA MAMANI ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL. ( 08-09-10-11-14-15 setiembre) B/Nº 031-32979.

RECTIFICACIONESEDICTO-CAMBIO DE NOMBRE

En el Quinto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia, Juez Aníbal Celso Maraza Borda, Exp. Nº 03443-2015, Esp. Legal. Melissa Nathaly Llere-na Santos, Doña Encarna Papel Hancco; en la vía de Proceso No Contencioso solicita el Cambio de Nombre de: “Encarna” por “DEYSI”; debiendo que-dar como DEYSI PAPEL HANCCO y accesoriamen-te solicita se curse oficio a la Municipalidad de Omacha, Provincia de Paruro, departamento de Cuzco, donde se encuentra inscrita la Partida Nº 123, año 1982, correspondiente a la solicitante; a efecto se realice la anotación marginal de cambio de nombre. Se ha RESUELTO: I.- Admitir a trámite la solicitud de Cambio de nombre presentada por Encarna Papel Hancco, en la vía de Proceso No Con-tencioso. Se Dispone: Que la solicitante efectúe las publicaciones a que se refiere el Art. 828 del Códi-go Procesal Civil, en el diario Oficial “El Peruano”, el diario judicial de esa ciudad “La República”(...). Arequipa 07 de setiembre de 2015, Sergio Nieves Zegarra Abogado C.A.A.5513. (09 setiembre) B/Nº 031-32997.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CALLE SAN JOSÉ 330, SE PRESENTÓ CANDELARIA LUCIA RAMOS PONCE. SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 335. DE CANDELARIA LUCIA RAMOS PONCE, EN EL NOMBRE DE MI MADRE ANGELICA PONCE NUNEZ DE RAMOS DEBE SER “DELIA SANTOS ANGE-LICA PONCE NUÑEZ DE RAMOS” Y EL NOMBRE DE MI PADRE LUCIO RAMOS BENITES DEBE SER “MAU-RO LUCIO RAMOS BENITES. AREQUIPA, 7 SETIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA. C.N.A.- (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32995.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CALLE SAN JOSÉ 330, SE PRESENTÓ HIGINIO RAUL RAMOS PONCE. SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 68, DE HIGINIO RAUL RAMOS PONCE, EN EL NOMBRE DE MI MADRE ANGELICA PONCE DE RA-MOS DEBE SER ‘DELIA SANTOS ANGELICA PONCE NUÑEZ DE RAMOS” Y EL NOMBRE DE MI PADRE LUCIO RAMOS DEBE SER “MAURO LUCIO RAMOS BENITES” AREQUIPA, 7 SETIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (09 setiembre) B/Nº 031-32995.

RECTIFICACION DE PARTIDA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662. ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CALLE SAN JOSÉ 330, SE PRESENTÓ JESUS RUTH RAMOS PONCE SOLICITANDO LA REC-TIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 2599, DE JESUS RUTH RAMOS PONCE, EN EL NOMBR DE MI MADRE ANGELICA PONCE NUÑEZ DE RAMOS DEBE SER ‘DELIA SANTOS ANGELICA PONCE NU-ÑEZ DE RAMOS” Y EL NOMBRE DE MI PADRE LUCIO RAMOS BENITES DEBE SER “MAURO LUCIO RAMOS BENITES” AREQUIPA, 07 SETIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (09 setiembre) B/Nº 031-32995.

RECTIFTCACIÓN DE PARTIDA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CALLE SAN JOSÉ 330, SE PRESENTÓ MARITZA LUPE RAMOS PONCE. SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 1327, DE MARITZA LUPE RAMOS PONCE, EN EL NOMBRE DE MI MADRE ANGELICA PONCE NU-ÑEZ DE RAMOS DEBE SER DELIA SANTOS ANGELI-CA PONCE NUÑEZ DE RAMOS” Y EL NOMBRE DE MI PADRE LUCIO RAMOS BENITES DEBE SER “MAURO LUCIO RAMOS BENITES”. AREQUIPA, 7 SETIEMBRE

2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A .MAT. 036. (09 setiembre) B/Nº 031-32995.

RECTIFICACION DE PARTIDA

ANTE MI: ALEJANDRO PAREDES ALI, NOTARIO PÚ-BLICO DE MOLLENDO, REGIÓN AREQUIPA, CON OFI-CINAS EN CALLE ARICA N° 152; UBALDINA JOVITA NARVAEZ DE VELA SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO REGISTRADA ANTE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY, EN LA QUE SE CONSIGNÓ LOS NOMBRES DE LA CONTRA-YENTE: “UBALDINA NARVAES MUSAURIETA”, ASI TAMBIÉN LOS DEL PADRE: “TO¬MAS NARVAES” Y DE LA MADRE: “SERAFINA MUSARIETA”; SIENDO LOS NOMBRES Y APELLIDOS EXACTOS Y CORRECTOS DE LA CONTRAYENTE: “UBALDINA JOVITA NARVAEZ MOZAURRIETA” HIJA DE DON “TOMAS NAR¬VAEZ DELGADO” Y DE DOÑA “SERAFINA MOZAURRIETA MONTOYA”. - LO QUE SE COMUNICA A LOS INTE-RESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- MO¬LLENDO, 2015 SETIEMBRE 03. ALEJANDRO PAREDES ALI ABOGADO-NOTARIO PUBLICO MOLLENDO-ISLAY. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32994.

EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE

En el expediente N° 00886-2015-0-0412-JM-CI-01, seguido ante el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia Paucarpata, Juez Dr. Lino Zuñiga Portocarrero, Especialista Legal Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez, se ha admitido la solicitud de cambio de nombre presentada por Yenny Fer Quis-pe Alarcon, donde se solicita se agregue en su pre-nombre “FERNANDA”, y se cambie su apellido pater-no “QUISPE” por el de ALARCON, debiendo quedar en lo sucesivo como “YENNY FERNANDA ALARCON ALARCON”. Arequipa, 02 de Setiembre del 2015. Dr. Carlos Navarro Valencia CAA 06707. (09 setiembre) B/Nº 031-32989.

EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE

En el expediente N° 02174-2015-0-0401-JR-CI-04, seguido ante el Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista Legal Dr. Carlos Alberto Montañez Ludeña, se ha admitido la solicitud de cambio de nombre presen-tada por Zoraida Quispe Alarcón, donde se solicita se agregue en su prenombre “BRIGITTE”, y se cam-bie su apellido paterno “QUISPE” por el de ALAR-CON, debiendo quedar en lo sucesivo como “BRI-GITTE ZORAIDA ALARCON ALARCON”. Arequipa, 02 de Setiembre del 2015. Dr. Carlos Navarro Valencia CAA 06707. (09 setiembre) B/Nº 031-32989.

RECTIFICACION DE PARTIDA

EXPEDIENTE N° 0349 -2015.- ANTE MI OFICIO NOTA-RIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107 DE ESTA CIUDAD, SE PRESENTA MARCIAL CONDOR-CHOA URQUIZO, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN E INTEGRACION DE APELLIDO MATERNO DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, EXPEDIDA POR LA MU-NICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA; PARA QUE SE INTEGRE EL APELLIDO MATERNO A LA PARTIDA DEL TITULAR QUE DICE “MARCIAL CONDORCHOA RIVERO”, DEBIENDO DECIR CORRECTAMENTE “MAR-CIAL CONDORCHOA URQUIZO”. AREQUIPA, 19 DE AGOSTO DEL 2015. DR. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO ABOGADO. (09 setiembre) B/Nº 031-32987.

RECTIFICACION PARTIDA DEFUNCION

EN LA NOTARÍA PANTIGOSO, 28 DE JULIO 211, CA-MANÁ (AREQUIPA), JULIO ERNESTO SALAZAR CAL-DERON DE LA TORRE, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCION DE SU ESPOSA, ASENTADA EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ, RESPECTO DE LOS NOMBRES Y APELLI-DOS DE LA OCCISA, QUE FIGURA COMO “SUSANA SALAZAR DE SALAZAR CALDERON”, CUANDO DEBE SER: “SUSANA CATALINA SALAZAR RODRIGUEZ DE SALAZAR CALDERON”. SE DA CUMPLIMIENTO A LA LEY NRO. 26662. CAMANÁ, 04 DE SETIEMBRE DE 2015. MANUEL PANTIGOSO Q. ABOGADO-NOTA-RIO MAT. CNA 008. (09 setiembre) B/Nº 031-32985.

AVISO JUDICIAL-CAMBIO DE NOMBRE

POR ANTE EL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA SEDE JACOBO HUNTER DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, CON EXPE-DIENTE 1026-2015 DEL PROCESO NO CONTENCIO-SO JUEZ DRA. SILVIA ELIZABETH SANDOVAL CO-RIMAYTA, BAJO LA ACTUACIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. ALDO JAVIER RODRIGUEZ HUANQUI, SE HA EXPEDIDO LA RESOLUCIÓN 02 ADMITIENDOSE LA SOLICITUD SOBRE AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE EN LA PARTIDA DE NACI-MIENTO CON CUI N° 81104429 ANTE EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SOLICITADA POR: LEONARDO HACHA CUTIRE Y PAOLA DENISSE ARAUJO VARGAS, A FIN DE QUE EN EL FUTURO EL NOMBRE DE SU HIJA QUE-DE EN DEFINITIVA COMO ARIANA DAFNE HACHA ARAUJO. AREQUIPA 07 DE SETIEMBRE DEL 2015, CRISTHIAN VICTOR PANTA MAMANI C.A.A. 6724. (09 setiembre) B/Nº 031-32983.

EDICTO TUDICIAL-CAMBIO DE NOMBRE

Ante el 1º Juzgado Mixto del MBJ Paucarpata, Are-quipa; Exp. 1592-2015; Especialista Aristania Flores Chavez; Juez Lino Zúñiga Portocarrero, mediante Resolución 001, resuelve ADMITIR a trámite la pre-sente solicitud de CAMBIO DE NOMBRE solicitada por MEIRA RUTILIA LACCACTA BENAVENTE, en su partida de nacimiento, para que se CAMBIE los prenombres de MEIRA RUTILIA por los de MIRE-YA MEIRA, debiendo quedar como MIREYA MEIRA LACCACTA BENAVENTE, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO. Abogada Grace Miluska Pozo Chu-ra. C.A.A. 8132. Arequipa 07 de setiembre del 2015. (09 setiembre) B/Nº 031-32982.

RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Caylloma, Especialista S. Becerra, Exp. N° 3196-2015, Antonia María Alhuirca Calachua Solicita la de su Partida de Matrimonio, en el sentido que su apellido pater-no de “Allhuirca”, se suprima una letra “l”, y como apellido materno se considere como “Calachua”, quedando como ANTONIA MARIA ALHUIRCA CA-LACHUA. Que, en el apellido materno de mi padre, se suprima la letra “h” y también se suprima una letra “l”, y que en adelante quede como Geromo Alhuirca. Que, en el apellido paterno de mi madre, se suprima una letra “c”, y que en adelante quede como Marta Calachua, Chivay 078 de septiembre del 2015. TORIBIO QUISPE TALAVERA ABOGADO MAT. C.A.A. 1528. (09 setiembre) B/Nº 031-32977.-

RECTIFICACION DE PARTIDA

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Caylloma, Especialista S. Becerra, Exp. N° 03787-2015, Gerva-cio Huamani Yucra Solicita la de su hija Sevastian Huamani Sillocca, a fin de que: Se ratifique la letra “s” del prenombre Sevastian, en la parte marginal y cuerpo principal de la Partida. Se ratifique la letra “m” en el apellido Huamani, de mi hija. Se agregue la vocal “a” en el prenombre Sevastian, y quede como SEVASTIANA HUAMANI SILLOCCA. En el rubro sexo, se considere como “Femenino”. Se ratifique la fecha y hora de nacimiento: 10 de la mañana del día 25 de enero de 1982. Chivay 04 de septiembre del 2015. TORIBIO QUISPE TALAVERA ABOGADO MAT. C.A.A. 1528. (09 setiembre) B/Nº 031-32977.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio, a cargo de la Jueza: Valdivia Ticona, Claudia Noelia, Especialista: Rosas Gutiérrez, Marisol Estefany, se viene tramitando el Expediente N° 04036-2015-0-0401 -JP-CI-01; la Sra. Alodia Luisa Alegre Rivera de Coaguila, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Provin-cial de Arequipa, a efecto se rectifique, en el senti-do que por error del registrador se ha colocado el nombre del padre de la recurrente como VICENTE ALEGRE VALDIVIA, y el nombre de la madre como ALODIA RIVERA CAMPOS DE ALEGRE debiendo ser el nombre correcto del padre VICENTE PABLO ALEGRE VALDIVIA y el nombre de la madre ALODIA FAUSTINA RIVERA DE ALEGRE. Patricia Alejandra Coaguila Alegre, abogada, Mat. N° 8903, C.A.A. Are-quipa 07 de Septiembre del 2015. (09 setiembre) B/Nº 031-32972.

AVISO

EN ESTA VICARIA JUDICIAL, SE HA PRESENTADO MARIO MUÑOZ PAZ QUIEN SOLICITA LA INSCRIP-CIÓN SUPLETORIA DE SU PARTIDA DE BAUTISMO EN EL ARCHIVO DE LA PARROQUIA SANTIAGO APÓSTOL (TIABAYA) – ARQUIDIOCESIS DE AREQUI-PA Y AFIRMA QUE NACIO EN TIABAYA – AREQUIPA EL VEINTISEIS DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE; HIJO DE DON VITALIANO MU-ÑOZ RODRIGUEZ Y DE DOÑA FELIPA TERESA PAZ MANRIQUE, Y QUE FUE BAUTIZADO EN LA PARRO-QUIA SANTIAGO APÓSTOL (TIABAYA) – AREQUIPA, EL OCHO DE DICIEMBRE DE MIL NOVIENTOS CIN-CUENTA Y OCHO. FUE SU PADRINO DON MANUEL ZÚÑIGA. AREQUIPA, 08 DE SETIEMBRE DEL 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUA-RIO. (09-10-11 SETIEMBRE) B/Nº 031- 33002.

AVISO

EN ESTA VICARIA JUDICIAL, SE HA PRESENTADO ROSA MARIELA LLAYQUI MAGAÑO QUIEN SOLI-CITA LA INSCRIPCIÓN SUPLETORIA DE SU PARTIDA DE BAUTISMO EN EL ARCHIVO DE LA PARROQUIA SAN FRANCISCO DE ASÍS (CAYLLOMA)-ARQUI-DIÓCESIS DE AREQUIPA Y AFIRMA QUE NACIÓ EN CERRO COLORADO-AREQUIPA EL TREINTA DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE; HIJA DE DON JUAN CLIMACO LLAYQUI CARLOS Y DE DOÑA DOMINGA MAGAÑO YAURI, Y QUE FUE BAUTIZADA EN LA PARROQUIA SAN FRANCISCO DE ASÍS (CAYLLOMA)-AREQUIPA EL TRES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA. FUERON SUS PA-DRINOS DON ERASMO GONZALO PAUCAR MAQ-QUE Y DOÑA NATIVIDAD ADRIANA HUAYHUACURI CATASI. AREQUIPA, 08 DE SETIEMBRE DEL 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUA-RIO. (09-10-11 SETIEMBRE) B/Nº 031-33004.

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

SUCESIONESSUCESION INTESTADA

ANTE MI: ALEJANDRO PAREDES ALI, NOTARIO PÚ-BLICO DE MOLLENDO, REGIÓN AREQUIPA, CON OFICINAS EN CALLE ARICA N° 152, AL AMPARO DE LA LEY 26662, SE PRESENTÓ RUBEN OTTO ROBER-TO JUAREZ BRICEÑO SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE LA QUE FUERA CONSUELO CRISTINA LOPEZ AMADO DE JUAREZ, FALLECIDA EN ÉSTA CIU-DAD EL DIA TRES de JULIO del año DOS MIL DOCE, DONDE TUVO ESTABLECIDO SU ÚLTIMO DOMICI-LIO.- LO QUE SE COMUNICA A LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- MOLLENDO, 2015 SETIEM-BRE 04. ALEJANDRO PAREDES ALI ABOGADO NO-TARIO PUBLICO MOLLENDO-ISLAY. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031- 32994.

SUCESION INTESTADA

ANTE MI: ALEJANDRO PAREDES ALI, NOTARIO PÚ-BLICO DE MOLIENDO, REGIÓN AREQUIPA, CON OFI-CINAS EN CALLE ARICA N° 152, AL AMPARO DE LA LEY 2 6662, SE PRESENTÓ FERNANDO ELDER CENTY GUILLEN SOLI¬CITANDO LA SUCESION INTESTADA DE LA QUE FUERA FORTUNATA GUILLEN DE CENTY (APELLIDO MATERNO: MORALES), FALLECIDA CIR-CUNSTANCIALMENTE EN LA CIUDAD DE AREQUIPA EL DÍA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRE-CE, PERO TENIENDO ESTABLECIDO SU ÚLTIMO DO-MICILIO EN EL DISTRITO DE DEÁN VALDIVIA, ISLAY.- LO QUE SE COMUNICA A LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- MOLLENDO, 2015 SETIEMBRE 03.ALEJANDRO PAREDES AL I ABOGADO NOTARIO PUBLICO MOLLENDO-ISLAY. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32994.

SUCESION INTESTADA

ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENI-DA SOCABAYA 311- SAN MARTIN DE SOCABAYA, SE HA PRESENTADO BERLINDA DOMITILA VELASQUEZ PAZ DE MALAGA, SOLICITANDO LA SUCESION IN-TESTADA DE SIXTO FREDI MALAGA RODRIGUEZ, FALLECIDO EL 11 DE AGOSTO DEL 2015, A EFEC-TO DE QUE SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA, Y SEAN DECLARADOS COMO SUS HEREDEROS A: BERLINDA DOMITILA VELASQUEZ PAZ DE MALAGA, BERLINDA ELIZABETH MALAGA VELASQUEZ, ERIKA KARIN MALAGA VELASQUEZ, GIANNINA MARIBEL MALAGA VELASQUEZ, LOURDES VANESSA MALAGA VELASQUEZ, NATALY MARIA REYNA MALAGA VE-LASQUEZ, ADELA MERCEDES MALAGA VELASQUEZ Y MARIANA DAMARIZ MALAGA TACO.- LOS QUE SE CREAN CON VOCACION HEREDITARIA, PODRAN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CONDICION; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 07 DE SETIEMBRE DEL 2015.- MA. EMI-LIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (09 setiembre) B/Nº 031-32993.

SUCESION INTESTADA

ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENI-DA SOCABAYA 311- SAN MARTIN DE SOCABAYA, SE HA PRESENTADO LILIA JEANNE PAUCA VELA, SOLI-CITANDO LA SUCESION INTESTADA DE MARIA ELVA VELA YAÑEZ DE PAUCA, FALLECIDA EL 28 DE JULIO DEL 2015, A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA SUCE-SION INTESTADA, Y SEAN DECLARADOS COMO SUS HEREDEROS A: LILIA JEANNE PAUCA VELA Y RAUL PAUCA LAZO.- LOS QUE SE CREAN CON VOCACION HEREDITARIA, PODRAN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CONDICION; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 07 DE SETIEM-BRE DEL 2015.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (09 setiembre) B/Nº 031-32993.

SUCESION INTESTADA

ANTE MI: ALEJANDRO PAREDES ALI, NOTARIO PÚ-BLICO DE MOLIENDO, REGIÓN AREQUIPA, CON OFICINAS EN CALLE ARICA N° 152, AL AMPARO DE LA LEY 26662, SE PRESENTÓ LUZGARDO RUBEN BA-RRIONUEVO RAMOS SO¬LICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE LA QUE FUERA FRIDA ESPERANZA ESCALANTE COSSIO, FALLECIDA EN ESTA CIUDAD EL DIA ONCE de SETIEMBRE del año MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, DONDE TUVO ES¬TABLECIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO.- LO QUE SE COMUNICA A LOS IN¬TERESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- MOLLEN-DO, 2015 SETIEMBRE 03. ALEJANDRO PAREDES ALI ABOGADO-NOTARIO PUBLICO MOLLENDO ISLAY. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32994.

SUCESIÓN INTESTADA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CER-CADO SE PRESENTÓ JUANA ELEONORA GONZALES VIUDA DE GORVENIA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU ESPOSO JUAN LEONIDAS GORVENIA ESPINOZA; LO QUE CO-MUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACRE-DITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 04 DE SETIEMBRE DE 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (09 se-

tiembre) B/Nº 031-32991.

SUCESION INTESTADA

CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, SE PRESENTO: RA-FAEL GERMAN CARPIO RAMOS, SOLICITANDO SU-CESIÓN ENTESTADA DE QUIEN FUERA SU MADRE: LUCRECIA RAMOS NUNEZ DE CARPIO, FALLECIDA EL 16.04.2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMI-CILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: RAFAEL GERMAN CARPIO RAMOS Y LUIS EDUARDO CARPIO RAMOS. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DE-RECHO. AREQUIPA, 03.09.2015. CESAR A. FERNAN-DEZ DAVILA B. ABOGHADO NOTARIO . (09 setiem-bre) B/Nº 031-32990.

SUCESION INTESTADA

CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CE-SAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, CON OFICI-NA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, SE PRESENTO: GERONIMO ROBERTO GAMERO MOGROVEJO, SOLI-CITANDO SUCESIÓN ENTESTADA DE QUIEN FUERA SU PADRE: EUSEBIO GAMERO, FALLECIDO EL 26 DE AGOSTO DEL 2007, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCE-DA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: VICTOR FRANCISCO GAMERO ZANABRIA, GERARDO ADALBERTO GAMERO MOGROVEJO, ELBER JESUS GAMERO MOGROVEJO, FELIPA ROSA GAMERO MO-GROVEJO, HORACIO GILBERTO GAMERO MOGRO-VEJO, MANUEL FERNANDO GAMERO MOGROVEJO, GERONIMO ROBERTO GAMERO MOGROVEJO, SABI-NA CELINA GAMERO MOGROVEJO Y ROSA MARIA GAMERO MOGROVEJO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 04.09.2015. CE-SAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (09 setiembre) B/Nº 031-32988.

SUCESION INTESTADA

CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CE-SAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, CON OFICI-NA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, SE PRESENTO: GERONIMO ROBERTO GAMERO MOGROVEJO, SOLI-CITANDO SUCESIÓN ENTESTADA DE QUIEN FUERA SU MADRE: CELINA MOGROVEJO ZANABRIA, FA-LLECIDA EL 02 DE JULIO DEL 2007, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN ‘ DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDE-ROS A SUS HIJOS: GERARDO ADALBERTO GAMERO MOGROVEJO, ELBER JESUS GAMERO MOGROVEJO, FELIPA ROSA GAMERO MOGROVEJO, HORACIO GIL-BERTO GAMERO MOGROVEJO, MANUEL FERNAN-DO GAMERO MOGROVEJO, GERONIMO ROBERTO GAMERO MOGROVEJO, SABINA CELINA GAMERO MOGROVEJO Y ROSA MARIA GAMERO MOGROVE-JO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERE-CHO. AREQUIPA, 04.09.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32988.

SUCESION INTESTADA

A mi Oficio Notarial, sito en Jr. 28 de julio 252 - Cer-cado - Camaná; se ha presentado doña: KATHERYN YULIET ESCOBAR COA, solicitando LA SUCESIÓN INTESTADA de doña: ELVA VIOLETA COA HUAYNA, fallecida el 26 de enero del año 2008, lo que se comunica para los fines de Ley.- Camaná, 04 de setiembre del 2015. DR. CARLOS Z. SOTO COA-GUILA ABOGADO-NOTARIO. (09 setiembre) B/Nº 031-32986.

SUCESION INTESTADA

ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO 424, MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, AREQUIPA, SE PRESENTA: GERARDO CALLO APAZA, SOLICITANDOME LA SUCESION INTESTADA DE MA-RIA ENCARNACION APAZA QUISPE, QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN COCACHACRA. QUIEN CREA VOCACION HEREDITARIA PODRA APERSONARSE DENTRO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CA-LIDAD.- MOLLENDO, SETIEMBRE 03, 2015. ROBERTO DELGADO VALDIVIA ABOGADO NOTARIO. (09 se-tiembre) B/Nº 031-32984.

SUCESION INTESTADA

Ante esta Notaría se ha presentado CECILIA PATRI-CIA CAYANI BERMEJO, solicitando la sucesión intes-tada de su padre don Segundo Fortunato Cayani Mayhua, fallecido en esta ciudad de Arequipa, el día 11 de julio del 2012.- Arequipa,- 07 de setiem-bre del 2015. José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO Av. Pumacahua N° 510 Cerro Colorado. (09 SETIEMBRE) B/Nº 031-32981.

SUCESIÓN INTESTADA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CER-CADO SE PRESENTÓ ANA BELEN QUISPE CABANA DE CHOQUE SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTA-DA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU PADRE: PEDRO QUISPE ALVAREZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 04 DE SETIEMBRE DE 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABO-

GADA C.N.A. Nº 24. (09 setiembre) B/Nº 031-32980.

SUCESION INTESTADA

A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: ISIDORA CAMINO IQUIAPAZA, SOLICI-TANDO LA DE: MAYRA JULIA IQUIAPAZA CAMINO, FALLECIDA EL 27 DE MARZO DEL 2013, EN EL DIS-TRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, SU ULTIMO DO-MICILIO SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: CONSTANTINO IQUIAPAZA GONZALEZ, EN CALIDAD DE PADRES DE LA CAUSANTE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 04 DE SETIEM-BRE DE 2015. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABO-GADO NOTARIO. (09 setiembre) B/Nº 031-32976.

SUCESION INTESTADA

Ante mi Oficio Notarial ubicado en la Plaza de Armas N° 203, Chivay - Caylloma; don ZACARIAS MAMANI CCAPIRA solicita la Sucesión Intestada de su extinta madre doña GREGORIA LEONA CCAPIRA YANQUE, fallecida el 08 de setiembre del 2010, en el distrito de Tuti, provincia de Caylloma, en donde fue su último domicilio; instando sea declarado él como único heredero de dicha causante.- Lo que se publica a efectos que los que tengan vocación he-reditaria se apersonen dentro del plazo de 15 días útiles. Chivay, 04 de setiembre del 2015. Javier Ro-sas Silva. ABOGADO NOTARIO CHIVAY CAYLLOMA. (09 setiembre) B/Nº 031-32973.

PRESCRIPCIONESPRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMI-TE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN CASA GRANJA LA HUAYLLA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUE-BLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11147110 CON UN ÁREA DE 3454.53 METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE TERRENOS DE TEODORO CALSINA CHOQUETICO CON 67 ML.; POR LA DERECHA CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA CON UNA LÍNEA RECTA DE 54.00 ML; POR LA IZQUIERDA CON CALLE S/N EN LÍNEA RECTA DE 48 ML. Y POR EL FONDO CON TERRENOS DE LA ASOCIACIÓN VILLA HERMOZA CON LÍNEA RECTA DE 68.64 ML. TITULAR REGISTRAL JULIO ERNESTO TEJADA ASCUÑA Y YENI LELIA GOMEZ ALARCON. AREQUIPA, AGOSTO 27 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA. (03-09-15 setiembre) B/Nº 031-32879.

RECTIFICACION DE AREA Y DETERMINACION

DE MEDIDAS PERIMETRICAS

Ante esta Notaría se han presentado doña Alejan-dra Diez Canseco Briceño, con documento nacio-nal de identidad numero 29218746 y don Javier Eduardo Cueva Núñez con documento nacional de identidad 29655386, en representación de Banco de Crédito del Perú, según poderes inscritos en la partida 11009127 del Registro de personas jurídi-cas de Lima, solicitando la rectificación de medidas perimétricas del predio ubicado en la avenida Parra 369, distrito, provincia y departamento de Arequi-pa, inscrito en la Partida Registral Nº 01128181 del Registro de Predios de Arequipa, donde figuran en forma errónea su área, linderos y medidas perimé-tricas, siendo el área correcta de 2 031,50 m2. (DOS MIL TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON CIN-CUENTA DECIMETROS), con los siguientes linderos y medidas perimétricas: frente colinda con Calle Avenida Parra con 4 tramos de 8.20. 1.66, 26.77 y 1.00 metro, y por el costado derecho entrando, colinda con propiedad de señora Natividad viuda de Carreon, Katherine Marliene Ccahuana Conza , Martha Carola Vera Vargas y Carlos Alvarado en línea quebrada de dos tramos de 41.55 y 6.70 me-tros, por el costado izquierdo, colinda con la pro-piedad de la Capilla de San Isidro del Arzobispado de Arequipa y la Sucesión de Luis Tirado Carpio, con línea quebrada de siete tramos de 12.50 me-tros, 0.19 metros , 20.56 metros, 4.35 metros, 8.07 metros. 0.40 metros y 17.62 metros; y por el fondo, colinda con el pasaje La Pólvora, con una línea rec-ta 31.44 metros.- Arequipa, 27 de agosto del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO Av. Pumacahua N° 510 Cerro Colorado. (03-09-15 setiembre) B/Nº 031-32866.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GÓ-MEZ DE LA TORRE RIVERA SlTO EN LA CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA DANTE GARCIA SUCLLA Y VANESSA LAURA MYLENE RIVEROS GU-TIERREZ DE GARCIA LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE SIGNADO EN LOTE 19 (DIECIENUEVE) MANZANA C DE LA URBANIZACION RESIDENCIAL MONTE BELLO DEL DISTRITO DE CE-RRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN PARTIDA N° 11056440 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA, EL MIS-MO QUE TIENE UN ÁREA DE 116.26 M2. CON LOS

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FREN-TE, CON VIA PEATONAL N° 2 CON 7.75 M.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LOTE 20, CON 15.00 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON LOTE 18 CON 15.00 M.; Y, POR EL FONDO: CON LOTE 06 CON 7.75 M. NOTIFICACIÓN AL TITULAR REGISTRAL: IGUALMENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR AL TITULAR REGISTRAL ASOCIACION DE VIVIENDA MONTE BELLO, LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO LO HAGAN VALER CON ARREGLO LEY.-AREQUIPA 14 DE AGOS-TO DEL 2015. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE R. ABOGADO NOTARIO. (28 agosto y 03-09 setiembre) B/Nº 031-32761.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

Ante esta Notaría se presento Hortencia Elena Hua-co Alamo, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio con saneamiento de área linderos y medidas perimétricas del lote 2 calle Tronchaderos, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 47,43 m². (CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES DECIMETROS) con los linderos y medidas perimé-tricas: por el frente, con Pasaje La Ronda, en línea recta de 12.50 metros; por el costado derecho, con lotes 1 y 6, con 20.10 y 3.91 metros; por el Costa-do izquierdo entrando (Norte), lote 3 propiedad de Familia Hermoza y con lote 4, propiedad de Familia Herrera con 20.05 y 3.88 metros y por el Fondo, Lote 5 con 12.20 metros. El bien se encuen-tra inscrito en la partida 01181413 del Registro de Predios de Arequipa. 26 de agosto del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO Av. Pu-macahua N° 510 Cerro Colorado. (28 agosto 03-09 setiembre) B/Nº 031-32772.

EDICTOS PENALESEXPEDIENTE: 05095-2015-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Percy Antonio Rodrigues del Carpió, con la siguiente resolución N° 06. Parte resolutiva. RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCI-BIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de Michelle Oscar Vargas López y Percy Antonio Rodrigues del Carpió, derivada de acciden-te de tránsito tramitado ante este Despacho. De-biendo notificarse la presente resolución mediante edictos conforme los antecedentes. Tómese razón y hágase saber. (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE: 02781 -2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPE-CIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZ-GADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se no-tifique al agraviado Roberto Richard Chávez Rivera, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ROBERTO RICHARD CHAVEZ RIVERA, por Faltas contra el Patrimonio en la mo-dalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : 02645-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Co-misarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispues-to se notifique al agraviado Simón Su Mea Aquino, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agra-viada SIMON SULLCA AQUINO del presente proceso por Faltas Contra el patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proce-so y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE: 02769-2015-0-0401 -JP-PE-01. ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Nicolás Miramira Condori, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por NICOLAS MIRAMIRA CONDO-RI, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agravia-da de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : N°00191-2015-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE

PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado deArequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada LIZ SHIRLEY PINEDA PRIETO y la parte imputada JOSE MARIA PINEDA QUISPE.. Con la siguiente resolu-ción N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada LIZ SHIRLEY PINEDA PRIETO; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de JOSE MARIA PINEDA QUISPE; en consecuencia SE DISPONE: Te-ner por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cum-plimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus seño-res abogados (as) deberán cumplir obligatoriamen-te con señalar sus domicilios procesales electróni-cos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASI-LLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra pá-gina web: www.pj.qob.pe o http://casillas.pj.gob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifi-quese.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : N°00191-2015-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA: JOEL JANAMPA SANG, 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi-que a la parte agraviada LIZ SHIRLEY PINEDA PRIE-TO y la parte imputada JOSE MARIA PINEDA QUIS-PE.. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada LIZ SHIRLEY PINEDA PRIETO; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas se-guido en contra de JOSE MARIA PINEDA QUISPE; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesa-les que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especia-lidades se tramiten con arreglo a ley y con la cele-ridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.qob.pe o http://casillas.pj.qob.pe/sinoe/. Asi-mismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : 02932-2015-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Co-misarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispues-to se notifique al agraviado Javier Gamaniel Bernal Lazarte, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1.- Tener por desistida a la parte agraviada GABINA BOMBILLA DE PARI del presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones culposas; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proce-so y el archivo de las actuaciones. 2 - Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de JAVIER GAMANIEL BERNAL LAZARTE y TEOFILO GIL SANCHO, dejándose a salvo el derecho que pudie-ran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y for-ma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese razón y hágase saber. (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : 03047-2013-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG, 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Pa-lacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES. Con la si-guiente resolución N° 05-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES; del presente proce-

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

so por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesa-les que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especia-lidades se tramiten con arreglo a ley y con la cele-ridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pi.gob.pe o http://casillas.pi.gob.pe/sinoe/. Asi-mismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE : 09671-2014-0-0401-JP-PE-02 ES-PECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Pa-lacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada LEONARDO TACO CARI. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada ROSA LUZ HAYDEE APUCUSI CHOQUE; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones do-losas seguido en contra de LEONARDO TACO CARI; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesa-les que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especia-lidades se tramiten con arreglo a ley y con la cele-ridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.qob.pe o http://casillas.pi.qob.pe/sinoe/. Asi-mismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (07-08-09 setiembre)

EXPEDIENTE: 07458-2014-0-0401-JP-PE-01- ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5° JUZ-GADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisa-rías.- EL 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO UBICADO EN LA CALLE PALACIO VIEJO N° 112, CERCADO DE AREQUIPA, INTERIOR DE LA COMISARÍA DE PA-LACIO VIEJO HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE A LA PARTE IMPUTADA Helva Huayhua Ccolque. CON la SIGUIENTE resolución N° 08-2015. PARTE RESOLU-TIVA. SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUI-CIO ORAL PARA EL DÍA SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINU-TOS EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - TURNO A, UBICADO EN CALLE PALACIO VIEJO, AUDIENCIA A LA QUE DEBERÁ COMPARECER POR LA FUERZA PÚBLICA CONFORME ESTA ORDE-NADO EN AUTOS, LA IMPUTADA HELVA HUAYHUA CCOLQUE, , DEBIENDO PRESENTARSE CON SU ABO-GADO DEFENSOR, PARA LO CUAL SE LE DESIGNA UN DEFENSOR DE OFICIO DEBIÉNDOSE CURSAR EL OFICIO CORRESPONDIENTE AL MINISTERIO DE JUS-TICIA. ASIMISMO EN SU CONDICIÓN DE AGRAVIADO (QUERELLANTE PARTICULAR), METRO CENCONSUD RETAIL PERU S.A REPRESENTADA POR DAYANA ESCOBEDO BARREDA DEBERÁ PRESENTARSE A LA DILIGENCIA PROGRAMADA, bajo apercibimiento de declarar su desistimiento tácito en caso de ina-sistencia CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍ-CULO 110° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL. DEBIENDO LAS PARTES PROCESALES, TENER EN CUENTA QUE LA AUDIENCIA SE LLEVARÁ A CABO EN UNA SOLA SESIÓN, DE SER POSIBLE, POR LO QUE LOS ABOGADOS DEBERÁN CONCURRIR PREPARA-DOS PARA PRESENTAR SUS ALEGATOS ORALMENTE Y PARA LA POSTULACIÓN PROBATORIO QUE ESTIME CONVENIENTE; TENIENDO EN CUENTA LOS CRITE-RIOS DE PERTINENCIA, CONDUCENCIA, Y SOBREA-BUNDANCIA (ARTÍCULO 155° DEL NCPP), ASÍ COMO LOS REQUISITOS FORMALES MÍNIMOS EN CASO DE PRUEBA PERSONAL, EXAMEN DE TESTIGOS Y DE PERITOS (NOMBRE COMPLETO, PROFESIÓN, DOMI-CILIO Y EXTREMOS DE DECLARACIÓN) Y DE PRUEBA DOCUMENTAL, CONFORME AL ARTÍCULO 350° INCI-SO F. 2) DISPONGO CURSAR OFICIO A LA POLICÍA JUDICIAL para LA CONDUCCIÓN por LA FUERZA PÚ-BLICA DE la INCULPADA LA QUE DEBERÁ CUMPLIR

CON LO ORDENADO E INFORMAR AL RESPECTO BAJO RESPONSABILIDAD ASIMISMO QUE SECRETA-RÍA DEL JUZGADO NOTIFIQUE DEBIDAMENTE A LAS PARTES EN LOS DOMICILIOS SEÑALADOS EN AU-TOS. SE HACE SABER A LAS PARTES, QUE EL SEÑA-LAMIENTO DE AUDIENCIA SE HACE CONFORME a LA CARGA PROCESAL QUE SOPORTA ESTE JUZGADO Y a LAS DILIGENCIAS PROGRAMADAS EN EL LIBRO DE AUDIENCIAS, LAS QUE SE HAN INCREMENTADO AL HABERSE DISPUESTO EL TRASLADO DEL JUZGADO TURNO “B” A CERRO COLORADO; LO QUE IMPOSIBI-LITA SEÑALAR AUDIENCIAS EN TIEMPOS MÁS próxi-mos. ASIMISMO LA presente resolución DEBERÁ SER NOTIFICADA MEDIANTE EDICTOS. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. (07-08-09 SETIEMBRE)

EXPEDIENTE: 09272-2014-0-0401-JP-PE-01, ESPE-CIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN. 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi-que a la parte imputada JULIA CABRERA CERECE-DA. Con la siguiente resolución N° 06-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada JUSTINA VAR-GAS MORA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas se-guido en contra de JULIA CABRERA CERECEDA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesa-les que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la fina-lidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELEC-TRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.gob.pe o http://casillas.pi.gob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi-cada mediante edictos. Regístrese y notifiquese.¬ (07-08-09 SETIEMBRE)

EXPEDIENTE : 03047-2013-0-0401-JP-PE-01, ESPE-CIALISTA : JOEL JANAMPA SANG. 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Pala-cio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES. Con la si-guiente resolución N° 05-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES; del presente proce-so por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de BEATRIZ CACERES ASTETE y GILDA CHAMBILLA MENESES; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECI-DO el presente proceso y el archivo de las actua-ciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus res-pectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el có-digo procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.gob.pe o http://casillas.pi.gob.pe/si-noe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifí-quese.-(07-08-09 SETIEMBRE)

EXPEDIENTE:02998-2015-0-0401-JP-PE-01, ESPE-CIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Co-misarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispues-to se notifique a la agraviada Rosaría Puma Muñoz, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ROSARIA PUMA MUÑOZ , en contra de BETSY ATAUCURI por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas. RE-GÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (07-08-09 SETIEMBRE)

TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA En el Expediente número 2566-2015-0-0401-JR-FA-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos “Hartley, con intervención de la Dra. Maria Alejan-

dra Pinto Sánchez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha ordenado se notifique por edictos ju-diciales a ERASMO MAMANI CAMA de lo siguiente: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR, INTERPUESTA POR EL REPRESENTANTE DE LA TERCERA FISCALÍA PROVINCIAL DE FAMILIA, EN CONTRA DE ERASMO MAMANI CAMA EN AGRA-VIO DE BACILIA SALHUA HUAMANI, EN VÍA DE PRO-CESO UNICO; EN CONSECUENCIA, TRASLADO DE LA DEMANDA POR EL PLAZO DE VEINTICINCO DÍAS A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE CONTESTE LOS CARGOS EXPRESADOS EN LA MISMA, DEBIENDO SER NOTIFICADO MEDIANTE EDICTOS EN EL DIA-RIO ENCARGADO DE LOS AVISOS JUDICIALES DE LA CIUDAD - LA REPULBICA- Y EN LA TABLILLA DE AVISOS DEL JUZGADO, TENIENDO EN CUENTA QUE EL PODER JUDICIAL CARECE DE MEDIOS PARA PU-BLICAR EN EL DIARIO “EL PERUANO” BAJO APERCI-BIMIENTO DE NOMBRARLE CURADOR PROCESAL, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. DEBIENDO EL MINISTERIO PÚBLICO CUMPLIR CON LA PRESENTACIÓN DE EDICTOS BAJO SU RESPON-SABILIDAD, TENIENDO EN CUANTA QUE TIENE LA CONDICIÓN DE PARTE DEMANDANTE. TÓMESE RA-ZÓN Y HÁGASE SABER.- Al primer otrosi: TÉNGASE PRESENTE. A LOS OTROSIES DE LA DEMANDA: AL PRIMER OTROSI: VISTOS Y CONSIDERANDO; SE RE-SUELVE: CONFIRMAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1207-2015-MP-3FPF-MP-AR, POR LO TANTO, VIGEN-TES LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN INMEDIATAS A FAVOR DE LA AGRAVIADA DEBIENDO CUMPLIR EL DEMANDADO ESTRICTAMENTE CON LAS MISMAS, HABIENDO EL MINISTERIO PÚBLICO CURSADO LOS OFICIOS CORRESPONDIENTES PARA SU CUM-PLIMIENTO. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Al segundo y tercer otrosi: TÉNGASE PRESENTE. AL CUARTO OTROSI: ESTANDO A LO SOLICITADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO, CONFORME A LO DISPUES-TO POR EL ARTÍCULO 179 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y 17 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PRO-TECCIÓN DE VIOLENCIA FAMILIAR 26260, SE CON-CEDE AUXILI/íT\JUDICIAL A LA PARTE AGRAVIADA; EN CONSECUENCIA, SE CONCEDE A LA APARTA DEMANDADA EL PLAZO DE TRES DÍAS DE NOTIFI-CADO CON LA PRESENTE /PARA QUE CONCURRA AL LOCAL DEL JUZGADO A FIN DE TOMAR CONO-CIMIENTO DE/LA DEMANDA Y SUS ANEXOS, Y OB-TENER COPIAS SIMPLES DE DICHOS DOCUMENTOS, DEBIENDO IDENTIFICARSE CON SU DOCUMENTO DE IDENTIDAD AL CONCURRIR AL/JUZGADO DON LA FINALIDAD QUE SE LE OTORGUE ACCESO AL EX-PEDIENTE. Al quinto otrosí.- NOTIFÍQUESE COMO SE SOLICITA. (07-08-09 SETIEMBRE)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 2014-5024-81 (AGRAVIADO) CEL-SO CUYO CASA E (INCULPADO) YIMY RONALD VALDIVIA ARMENGOL, DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, AGRAVIADO CELSO CUYO CASA , DILIGENCIA 16-09-2015, 08:00 AM, SALA 1; SECRETARIO: QUISPE. (07-08-09 SE-TIEMBRE)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2015-3331-0 (IMPUTADO) ULI-SES ULRICO CALLATA CHAMBI, DELITO CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, AGRAVIADO ERICK YHAIR CALLATA POCOHUANCA REPRESENTADO POR YOVANA VICENTINA POCO-HUANCA MONTALVO , DILIGENCIA 28-09-2015, 08:30 AM, SALA 2; SECRETARIO: QUISPE. (07-08-09 SETIEMBRE)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2015-3753-0 (IMPUTADO) JUBENAL TUIRO CRUZ, DELITO CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, AGRAVIA-DO LA SOCIEDAD , DILIGENCIA 17-09-2015, 12:00 PM , SALA 4; SECRETARIO: QUISPE. (07-08-09 SE-TIEMBRE)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLA Y, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PRO-CESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2015-74-50 LINO ANDRES LIMACHI CALCINA, DELITO LESIONES LEVES, AGRAVIADO FERNANDO MUÑIZ CCONTO, DILIGENCIA 29-09-2015, 10:30 A.M., SALA DE AU-DIENCIA DEL JUZGADO, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO AUSENTE O CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA; SECRETARIO: CALLO. (07-08-09 SETIEMBRE)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 1994-5-0 QUISPE ANCASI MARIANO, HUALLPA HUAMANI LUCHO, DELITO ROBO AGRAVA-DO, AGRAVIADO MARCOS QUISPE LLACMA Y OTRO; SECRETARIO: MILLAN. (07-08-09 SETIEMBRE)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 1996-78-0 GUZMAN ARAGON LUIS ENRIQUE, DELITO ROBO AGRAVADO, AGRAVIADO JUAN MANUEL ASPILCUETA FLORES; SECRETARIO: MILLAN. (07-08-09 SETIEMBRE)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 1998-11-026 CRUCES MELENDEZ IRMA ROSA, DELITO PECULADO, AGRAVIADO ES-TADOFONCODES; SECRETARIO: MILLAN. (07-08-09 SETIEMBRE)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2005-29-0 (IMPUTADO)L HUARA-CHA GARATE, GIL ANTONIO, DELITO ROBO AGRAVA-DO, AGRAVIADO EDWIN SANTIAGO ALVAREZ QUIN-TA; SECRETARIO: MILLAN. (07-08-09 SETIEMBRE)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 1996-121-0 (IMPUTADO) ROJO GO-MEÑUK, GUILLERMO MIGUEL, DELITO PECULADO, AGRAVIADO PRONAA; SECRETARIO: MILLAN. (07-08-09 SETIEMBRE)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FOR-MULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2013-2069-40 (NESTOR FREDDY CHARCA MULLISACA) , DELITO CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, AGRAVIADO MELANY CHARCA ALVAREZ, DILIGEN-CIA 15-09-2015, 14:30 PM, SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE-LE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; SECRETARIO: RODRIGUEZ. (07-08-09 SETIEMBRE)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE:EXP. 2013-927-0 (IMPUTADO) Y ANIÑA RAMOS FLORES, DELITO LESIONES LEVES, AGRA-VIADO YENY NAVARRO FLORES, DILIGENCIA 27-10-2015, 10:00 HORAS, SALA 3, DE SER DECLARADA CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y ORDENARSE SE GIREN ÓR-DENES DE CAPTURA A NIVEL LOCAL Y NACIONAL; SECRETARIO: ARCE. (07-08-09 SETIEMBRE)

NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. Nº 00011-2013-9-0409-JR-PE-01 segui-do en contra de MARIANO QUISPE CARITA, por el delito SUSTRACCIÓN DÉ MENOR en agravio de DIANA LUCERO VIGORIA BRAVO y ÁNGEL NÉSTOR GONZALO MAMANI. Se sigue en el Juzgado de In-vestigación Preparatoria de Acarí, Juez Dra. Veró-nica Huaycho Anco, se ha dispuesto notificar por edicto a las partes procesales, con la RESOLUCION N° 01 de fecha quince ce julio del dos mu trece: “...SE RESUELVE: Tener por presentada le carpeta fiscal y requerimiento de Acusación Fiscal en contra de MARIANO QUISPE CARITA por el delito de Sustrac-ción de Menor en agravio de Ángel Néstor Gonzalo Mamani y Diana Lucero Vigoria Bravo., debiendo notificarse a los sujetos procéseles por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de ejercitar sus medios de defensa conforme lo determina los incisos a) al h) del arti-culo 350” del código procesal penal, y vencido el mismo se fijara fecha para la Audiencia Preliminar la oue se fijará dentro del plaza ley. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Y la resolución N° 10, de fecha 02 de setiembre de 2015: SE DISPONE SEÑALAR como fecha para la realización de la Audiencia de CON-TROL DC ACUSACIÓN, para llevarse a cabo el día DIECIOCHO DE SETIEMBRE del aro DOS MIL QUIN-CE a las OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, la misma que se desarrollará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí,

Siendo obligatoria para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público v de abo-gado defensor de la acusada. La citación para el re-presentante del Ministerio Público es bajo apercibi-miento, en caso de inasistencia, de remitirse copies certificadas c la Oficina Desconcentrada ce Control Interno del Ministerio Público; Por otro lado, estan-do a la revisión de los efectuados e! imputado MA-RIANO QUISPE CARITA, no ha cumplido con señalar su domicilio procesal durante la investigación, por lo que en salvaguarda del principio del derecho de defensa previsto por el artículo 139º, inciso 14 de !a Constitución Política y a lo previste en el artículo 80° del Código Procesal Penal, se le designará un abogado defensor de público o un abogado que designe el Juzgado, a quién se le notificare con la presente resolución y con la acusación directa, el día de la audiencia, haciendo de conocimiento del acusado que en cualquier estado del proceso puede designar abogado defensor de su libre elec-ción cumpliendo con señalar su domicilio procesal dentro de! radio urbano de éste Distrito Judicial, quien asumirá su defensa en el estado en que se encuentre el proceso v subrogando en la defensa nombrada por el Juzgado, debiendo notificarse a los sujetos procesales con las formalidades de ley y a su vez mediante edictos. Especialista Legal: Ana-bel Bíanca Mamani Machaca V.3días. Acarí, 02 de setiembre de 2015- (07-08-09 SETIEMBRE)

El Juzgado Unipersonal de Condesuyos Chuqui-bamba, la Juez Dra. Marisol Ramos con interven-ción del Sec.R.Luque, cita llama y emplaza a los acusados JOSE LUIS CCAJAHUACCHA PUMAYAN-QUE Y SANTOS TAYA HUAMANI, para que concurra a la audiencia de juicio oral,dispuesta para el día TREINTA DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUIN-CE, a horas 02.30.am, en la Sala de audiencias del Módulo penal de Condesuyos Chuquibamba, bajo apercibimiento de ser declarados contumaz y dic-tarse orden de captura en su contra en el ámbito nacional en caso de inconcurrencia. En el expe-diente Nr.028-2013-P, seguido en contra de Santos Taya Huamaní y otrolesiones graves en agravio de la Sucesión de Ciprian Huamanga Layme. (07-08-09 SETIEMBRE)

Proceso número 2015-1915-JPU Juzgado Penal Uni-personal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado BRAULIO SANTOS VIVANCO PAZ, con el fin de que se apersone al local del Juz-gado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio nú-mero 771 - Mollendo, el día VEINTITRES DE SETIEM-BRE DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS para la diligencia de Juicio Ora!, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2015-1915-JPU, que por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra, en agra-vio de Rubi Luana Vivanco Chilo representado por su madre Carmen Rosa Chilo Yupanqui. (07-08-09 SETIEMBRE)

Proceso número 2015-032-JPU Juzgado Penal Uni-personal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado CRISTIAN RAUL SANTA-YANACAVIEDES, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Mollendo, el día VEIN-TIDOS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N°2015-032-JPU, que por el presunto de-lito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra, en agravio de Carmen Paola Mendoza Beltrame y otra. (07-08-09 SETIEMBRE)

EXPEDIENTE : N°00786-2015-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Vie-jo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comi-saría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada LUCRECIA JUANA QUISPE CHOQUE y la parte imputada OLGUER ELISEO CUBA VARGAS. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte reso-lutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCI-TAMENTE a la agraviada LUCRECIA JUANA QUISPE CHOQUE ,; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas se-guido en contra de OLGUER ELISEO CUBA VARGAS; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesa-les que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

de que los procesos judiciales de todas las especia-lidades se tramiten con arreglo a ley y con la cele-ridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.qob.pe o http://casillas.pj.qob.pe/sinoe/. Asi-mismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- MA-RITZA A. SALOMON NUÑEZ JUEZA SUPERNUMERA-RIA . (08-09-10 setiembre)

EXPEDIENTE: N° 03020-2015- TURNO A COMISA-RIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALO-MON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Mirko Iván Avendaño Quevedo con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 21 de julio del 2015, que RESUELVO: SE RESUELVE: 1- Po-ner en conocimiento de RADISELA LISETTY AMPUE-RO USEGLIO Y MIRKO IVAN AVENDAÑO QUEVEDO, la recepción por este Juzgado de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo convenien-te a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de or-denar el ARCHIVO DEL PROCESO. 2- Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de JOSE ANTONIO ZUÑIGA FLORES, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener el propietario del vehículo dañado o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese razón y hágase sa-ber. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08, 09 y 10 de setiembre del 2015.

EXPEDIENTE N°00786-2015-0-0401-JP-PE-01, ES-PECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías . El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi-que a la parte agraviada LUCRECIA JUANA QUISPE CHOQUE y la parte imputada OLGUER ELISEO CUBA VARGAS. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESIS-TIDO TÁCITAMENTE a la agraviada LUCRECIA JUANA QUISPE CHOQUE ,; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones do-losas seguido en contra de OLGUER ELISEO CUBA VARGAS; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se pro-cederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cum-plimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus seño-res abogados (as) deberán cumplir obligatoriamen-te con señalar sus domicilios procesales electróni-cos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASI-LLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra pá-gina web: www.pj.gob.pe o http://casillas.pj.gob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifí-quese.- (08-09-10 setiembre)

El señor Juez doctor Percy Bellido Dávila del SE-GUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, por inter-medio del presente NOTIFICA y CITA al agraviado MANUEL BATALLANOS ARIAS con lo dispuesto en la sentencia N° 179-2015, que absuelve a Belsir Roque Quispe del delito de Lesiones Culposas Graves. Ello en el expediente 00920-2013-93, seguido en contra de BELSIR ROQUE QUISPE, por el delito de Lesio-nes Culposas Graves. Especialista Judicial: Richard Talavera Salas. Arequipa, 03 de setiembre del 2015. (08-09-10 setiembre)

En el Expediente Nro. 00089-2015-0-0401-SP-CI-03, el Colegiado de la Tercera Sala Civil, con la inter-vención del Secretario de la Sala Civil, abogado Sixto Darío Cornejo Peralta, mediante la resolución N°002-3SC, de fecha 18 de mayo de 2015; ADMI-TIERON a trámite en la Vía del PROCESO ESPECIAL, la demanda de ACCIÓN POPULAR en contra de los Decretos de Alcaldía números 003-2015-MPA y 004-2015-MPA, expedidas con fechas once y dieci-nueve de marzo de dos mil quince, respectivamen-te, interpuesta por don FLORENTINO CALLOAPAZA QUISPE, en contra de la MUNICIPALIDAD PROVIN-CIAL DE AREQUIPA, representada por su Alcalde don Alfredo Zegarra Tejada, y del SEÑOR PROCURA-DOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA; DISPUSIERON: i) Correr traslado de la presente demanda por el plazo de diez días para su contestación, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios; ii) la publicación de la presente, por

una sola vez, en el Diario de los Avisos judiciales de la localidad, en la forma y estilo de ley; y, iii) Que la entidad demandada MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA REMITA el expediente conteniendo los informes y documentos que dieron origen a las normas objeto del proceso, dentro del plazo máxi-mo de DIEZ DÍAS. (...).TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa, 02 de septiembre del 2015. (08-09-10 setiembre)En el Expediente Nro. 00090-2015-0-0401-SP-CI-03, el Colegiado de la Tercera Sala Civil, con la inter-vención del Secretario de la Sala Civil, abogado Sixto Darío Cornejo Peralta, mediante la resolución N°002-3SC, de fecha 19 de mayo de 2015; ADMITIE-RON a trámite en la Vía del PROCESO ESPECIAL, la demanda de ACCIÓN POPULAR en contra de los De-cretos de Alcaldía números 003-2015-MPA y 004-2015-MPA, expedidas con fechas once y diecinue-ve de marzo de dos mil quince, respectivamente, interpuesta por don CÉSAR AUGUSTO DEL CARPIO PORTOCARRERO, en contra de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, representada por su Alcalde don Alfredo Zegarra Tejada, y del SEÑOR PROCURADOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA; DISPUSIERON: i) Co-rrer traslado de la presente demanda por el plazo de diez días para su contestación, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios; ii) la publicación de la presente, por una sola vez, en el Diario de los Avisos judiciales de la localidad, en la forma y estilo de ley; y, iii) Que la entidad demandada MUNICI-PALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA REMITA el ex-pediente conteniendo los informes y documentos que dieron origen a las normas objeto del proceso, dentro del plazo máximo de DIEZ DÍAS. (.TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER). (08-09-10 setiembre)

En el Expediente Nro. 00098-2015-0-0401-SP-CI-03, el Colegiado de la Tercera Sala Civil, con la inter-vención del Secretario de la Sala Civil, abogado Sixto Darío Cornejo Peralta, mediante la resolución N°002-3SC, de fecha 22 de mayo de 2015; ADMITIE-RON a trámite en la Vía del PROCESO ESPECIAL, la demanda de ACCIÓN POPULAR en contra de los De-cretos de Alcaldía números 003-2015-MPA y 004-2015-MPA, expedidas con fechas once y diecinue-ve de marzo de dos mil quince, respectivamente, interpuesta por doña SILVIA DEDICACIÓN ROMERO CACSIRO, en contra de la MUNICIPALIDAD PROVIN-CIAL DE AREQUIPA, representada por su Alcalde don Alfredo Zegarra Tejada, y del SEÑOR PROCURA-DOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA; DISPUSIERON: i) Correr traslado de la presente demanda por el plazo de diez días para su contestación, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios; ii) la publicación de la presente, por una sola vez, en el Diario de los Avisos judiciales de la localidad, en la forma y estilo de ley; y, iii) Que la entidad demandada MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA REMITA el expediente conteniendo los informes y documentos que dieron origen a las normas objeto del proceso, dentro del plazo máxi-mo de DIEZ DÍAS. (...).TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (08-09-10 setiembre)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

Expediente número 2014-2380-0-0401-JR-FC-03, en los seguidos por la representante del Ministerio Publico, sobre Violencia Familiar, en contra de Jesús Jahir Chumpitaz Polo y Kelly Jenifer Rosas Quille en agravio de Kelly Jenifer Rosas Quille y Jesús Jahir Chumpitaz Polo, la Señora Juez del Tercer Juzga-do de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas, por resolución número nueve, de fecha treinta de julio, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A KELLY JENIFER ROSAS QUILLE, POR EL PLAZO DE VEINTICINCO DÍAS A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PRO-CESAL.- Extracto de RESOLUCION NRO 2: de fecha veintidós de julio de dos mil catorce SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de Violencia Fami-liar, interpuesta por el representante de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, Renán Eduardo Val-verde Ortiz en contra de en contra de Jesús Jahir Chumpitaz Polo y Kelly Jenifer Rosas Quille en agravio de Kelly Jenifer Rosas Quille y Jesús Jahir Chumpitaz Polo en vía de Proceso Unico; en conse-cuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de ley a la demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, TÓMESE RAZÓN Y HÁGA-SE SABER.- Jueza Doctora Julia María Montesinos y Montesinos Harley.-Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas. (08-09-10 setiembre)

La señora Juez del Primer Juzgado de Familia, hace conocer a la agraviada Luisa Valencia de Reynoso, el contenido de la RESOLUCIÓN 05-2015.- SE RE-SUELVE: a) Tener por contestada la demanda en los términos señalados en el escrito precedente, por ofrecidos los medios probatorios por parte de JOSÉ MANUEL PAÚL FLORES LIPA, curador procesal de Carlos Raúl Reynoso Delgado, teniéndolo por apersonado al demandado al presente proceso y por designado su domicilio real y procesal, b) De-clarar la existencia de una relación jurídica procesal

válida entre las partes y en consecuencia SANEADO EL PROCESO sobre violencia familiar seguido por el Ministerio Público en contra de CARLOS RAÚL REY-NOSO DELGADO, en agravio de LUISA VALENCIA DE REYNOSO. c) Fijar puntos controvertidos, d) Admitir medios probatorios, e) Tener por actuados los me-dios probatorios los cuales serán merituados al mo-mento de sentenciar, f ) Prescindir de la Audiencia de pruebas en el presente proceso en consecuencia ordeno: Proceder al juzgamiento anticipado conce-diéndosele el plazo de tres días a las partes para que presenten su alegatos y/o cuestiones probato-rias de considerarlo necesario. Cumplido el término ingresen los autos para sentenciar sin necesidad de nueva notificación.(08-09-10 setiembre)

EXPEDIENTE: N” 03129-2015- TURNO A COMISA-RIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALO-MON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Edith Sacsi Cansino con la parte reso-lutiva de la resolución 07 de fecha 24 de julio del 2015, que RESUELVE: Poner en conocimiento de Edith Sacsi Casquino, la recepción por este Juzga-do de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PRO-CESO. Tómese razón y hágase saber..- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA. (09-10-11 setiembre) EXPEDIENTE: N° 03043-2015- TURNO A COMISA-RIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALO-MON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Teresa Flores Samayani con la parte reso-lutiva de la resolución 01 de fecha 21 de julio del 2015, que RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de NANCY BLANCA CALCINA PEREZ DE MAMANI; por la comisión de FALTAS CON-TRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer pá-rrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de TERESA JESUS FLORES SAMAYANI. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada NANCY BLANCA CALCINA PEREZ DE MAMANI. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HO-RAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte impu-tada NANCY BLANCA CALCINA PEREZ DE MAMANI, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agra-viada constituida en querellante particular TERESA JESUS FLORES SAMAYANI, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los aboga-dos deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación pro-batoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juz-gado se notifique debidamente con la presente a las partes .- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA de setiembre del 2015. (09-10-11 setiembre)

EXPEDIENTE: N° 02415-2015- TURNO A COMISA-RIAS.QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALO-MON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Adolfo Mamani Tacuri con la parte reso-lutiva de la resolución 02 de fecha 24 de julio del 2015, que RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de CELIA CAPIRA MAMANI en agravio de ANA AIDE SAGUA CHACOLLA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, confor-me a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, 2) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de CLEMENTE ADOLFO MAMANI TACURI en agravio de ANA AIDE SAGUA CHACOLLA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALI-DAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, confor-me a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, 3) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RES-

TRICCIONES en contra de la parte imputada CELIA CAPIRA MAMANI y CLEMENTE ADOLFO MAMANI TACURI. 4) FIJAR fecha para la realización de la AU-DIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Paiacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada CELIA CAPIRA MAMANI y CLE-MENTE ADOLFO MAMANI TACURI, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su com-parecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ANA AIDE SAGUA CHACO-LLA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes proce-sales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir prepara-dos para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te en dicha única oportunidad, pudíendo asistir acompañados de los medios probatorios que pre-tendan hacer valer; 5) ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de faltas contra el patrimo-nio en la modalidad de daños dolosos formulada por ANA AIDE SAGUA CHACOLLA en contra de CE-LIA CAPIRA MAMANI. 6) ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones en agravio de CELIA CAPIRA MAMANI. 7) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la pre-sente a las partes..- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG . AREQUIPA SETIEMBRE DEL 2015. (09-10-11 setiembre)

INVESTIGACIÓN N° 2012-1193 INVESTIGADO JOSÉ SALAZAR LIRA.- En la Investigación N° 2012-1193 seguida en contra de José Salazar Lira, la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas, a dis-puesto se notifique mediante edicto a don JOSÉ SALAZAR LIRA, lo siguiente:.-.RESOLUCIÓN N° 17-2015 del 8 de junio del 2015:- AVOCA al cono-cimiento el magistrado Cario Magno Cornejo Palo-mino, notificando a su vez el informe final emitido por el magistrado Ornar Cornejo Araoz quien opina porque se absuelva de los cargos a don José Salazar Lira en su actuación como Juez del Juzgado de Paz de Urasqui por los cargos contenidos en la resolu-ción de Jefatura de ODECMA del 14 de agosto del 2014; pudiendo el investigado solicitar informar oralmente dentro del plazo del tercería de notifica-do. H.S. CARLO MAGNO CORNEJO PALOMINO JUEZ SUPERIOR TITULAR JEFE DE LA U.D.I. y V. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4237-7 (Imputa-do) EDWIN KENNETH LUIS BEGAZO NUNEZ, delito APROPIACION ILICITA, agraviado Scotiabank, NO-TIFICACION: Visto el requerimiento de acusación NOTIFIQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal.se nombra como defensa técnica del acusado, al abogado defenso; Secretario: Delgado. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les si-gue mediante: Exp. 2013-2064-51 (Imputado) Frank Alex Alvis Ccahuana, delito Sustracción de Menor, agraviado Carmen Rosa Caceres Mendoza, NOTI-FICACION Res.06:fecha de juicio oral CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS CATORCE HORAS del día, QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA 12, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-Plaza España S/N (Sótano), dejando a salvo los apercibi-mientos señalados en autos ; Secretario: Herrerra. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1122-24 JOHN MICHAEL CHACON ASCUE, delito Apropiación Ilícita, agraviado LA CORPORA-CION ARION SAC, DILIGENCIA 13.10.2015, 09:00, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-918-7 (Imputado) ADAN ALAN CUBAS PAREDES, delito HURTO SIMPLE, agraviado ESTILOS, DILIGENCIA 12-10-2015, 12:30 A.M., Sala 5, BAJO

APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte. (09-10-11 setiembre)

PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue median-te: Exp. 2015-1612-40 (Imputado) AMERICO ROGER VASQUEZ CACCIRE, delito OMISION ASISTENCIA FA-MILIAR , agraviado MARIA DEL PILAR ROJO SOTO, DILIGENCIA 13-10-2015, 10:00 A.M., Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte. (09-10-11 setiembre)

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-557-0 (Imputado) RO-NALD VIZA CONTRERAS, delito ROBO AGRAVADO, agraviado JUAN ALFARO PINILLOS, NOTIFICACION: PARA QUE SE PONGA A DERECHO Y SE DEFIENDA DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA POR EL MINISTERIO PUBLICO; Secretario: Ugarte. (09-10-11 setiembre)

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2001-03757-0 (Imputado) GUSTAVO CASTILLO SOLORZANO e IRENEO FREDDY PINTO CUADROS., delito COLUSION DESLEAL, agraviado MUNICIPALIDAD DE CERRO COLORADO, DILIGENCIA 25-09-2015, 11:00, Sala de Audiencia, RES. AT:402 REPROGRAMACION DE LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, CON EL APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS CONTUMACES Y SUSPENDERSE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL; Secretario: Ugarte. (09-10-11 setiembre)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4969-14 JUANA AVILES REVO-LLAR, delito Monteratio en su modalidad de tráfico de moneda falsa, agraviado El Estado Banco de Re-serva del Perú y otra, DILIGENCIA 19.10.2015, 08:00, Sala 9, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes. (09-10-11 setiembre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5296-26 (Impu-tado)Quintin Puma Quispe , delito TRATA DE PER-SONAS, agraviado PERSONA DE INICIALES J M C P , NOTIFICACION: DISPONER DEJAR SIN EFECTO la medida disciplinaria de Multa de una Unidad de Referencia Procesal a la señora abogada ROCÍO HUAMANI HUAMANVILCA, debiendo tenerse por aceptada su renuncia al patrocinio del investigado Quintin Puma Quispe, y por designada en la defen-sa del mencionado investigado a la defensora pú-blica doctora Guiuliana Pastor Cuba, conforme lo ordenado en audiencia que antecede.; Secretario: Quispe. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2009-2283-94 (Imputado) REYNALDO JAVIER CARPIO CHA VEZ, delito PECULADO Y OTRO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 18-09-2015, 08.00 HRS.L Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Díaz. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2141-0 (Imputado) JESSICA CANO SALAZAR, delito PATRIA POTESTAD SUSTRACCION DE MENOR, agra-viado JHONATAN COSI ZEGARRA, NOTIFICACION ,,, RES. 04-2015 POR LA QUE SE CITA A LAS PARTES A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 28/09/2015 A LAS 10:30 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 1ER JUZGADO DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE PAUCARPATA; Secretario: Gallegos. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-116-79 (AGRAVIADA) ADULIA HUAMANI VENTURA, delito SECUESTRO, agraviado , DILIGEN-CIA 23-09-15, 10:45 AM, Sala de Audiencia del Juz-gado; Secretario: Arones. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4201-11 (Imputado) Milder Denny Flores Méndez reprogramación de audiencia de control de acusación. , delito Contra La Vida El Cuerpo y La Salud, Lesiones Leves, agraviado Mirian Margot Vil-ca Larico, DILIGENCIA 23-10-2015, 09:00 a.m, Sala de Audiencia del Juzgado, APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE UN DEFENSOR DE OFICIO; Secreta-rio: Cossio. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2998-0 (Imputado) RAUL SAMUEL TACO VILCA, deli-to PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFI-CACION, requerimiento presentado por la fiscal de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar en contra de Raúl Samuel Taco Vilca por el delito de Peligro Común:Traslado por el plazo de 10 días para los efectos del Art.350 CPP ; Secretario: Arones. (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3148-0 (Imputado) ELIAS MAMANI POTOS1NO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado LFMH Y MMH REPRESEN-TADOS POR CLAUDIA VICTORIA HANCCOCCALLO PUMA, DILIGENCIA 21-10-2015, 09:30 Hrs., Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION SON DEFENSOR PÚ-BLICO; Secretario: Cjuno. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les si-gue mediante: Exp. 2015-315-50 (Imputado) BERLY HENRRY HUARSSOCA CHUCTAYA, delito CONDUC-CION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 03-11-2015, 09:40 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLA-RADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PRO-CESO; Secretario: MOSCOSO. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2371-31 (Imputado) JOSE RAUL TURPO TACAR, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 03-11-2015, 09:20 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguien-tes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-2595-59 Ángel Benavente Cáceres , delito usurpa-ción agravada, agraviado Bersabeth Matilde Ponce Picardo , DILIGENCIA 29-10-2015, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación ; Secretario: Ojeda. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2015-0 (Imputado): LEONCIO CAYO CARPIO, se hace efectivo el apercibimiento de ley y se le designa com abogado defensor Público al Dr. José Adrián Quispe Valverde. Asimismo se le cita a la audiencia de control de acusación, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado, cito en Calle Tupac Amaru N° 464- Cerro Colorado, delito omisión a la asistencia familiar, agraviado menor de edad reprsentada por su madre, DILIGENCIA 23-10-2015, 12:40 pm, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: TORRES. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4842-45 agraviado Javier López Vargas, delito fal-sedad genérica, agraviado imputado Juan Richard Choque Cachicatari, DILIGENCIA 09-11-2015, 11:15, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado del requerimiento por el plazo de 10 días; Secreta-rio: Ojeda. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY; cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-133-0 NIÑO GRIMALDO SOTO MAIZ, delito Lesiones Leves, agra-viado Richard Armando Neyra Condori, DILIGEN-CIA 14-10-2015, 11:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con Defensor Público de Islay; Secretario: CALLO. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2538-51 WILMER ADAN BAYLON ALVAREZ, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado Leonardo Flavio Baylon Chi-rinos, DILIGENCIA 30-09-2015, 09:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz en caso de ina-sistencia; Secretario: CALLO. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3092-29 PERCY MAMANI MACEDO, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado Antuanet y Diana Mamani Aguirre, DILI-GENCIA 01-10-2015, 09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia; Secretario: CALLO. (09-10-11 setiembre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-209-39 JUAN GUILLERMO MI-SAD JORGE, delito Lesiones Leves por Violencia Fa-miliar, agraviado Victor Salomón Misad Jorge, DILI-GENCIA 21-09-2015, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia; Secretario: CALLO. (09-10-11 setiembre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. -0 (ANTONIO JOAQUIN GARCIA DEL VILLAR, IGNACIO CERREDA VILLA, EMILIO SANZ CAÑADA, SERGIO HERNANDO ALVAREZ Y OTROS) , delito COLUSION AGRAVADA, agraviado EL ESTADO PERUANO, DILI-GENCIA 02-12-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: Figueroa. (09-10-11 setiem-bre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2968-29 ANTONIO JOAQUIN GARCIA DEL VILLAR, IGNACIO CERREDAVILLA, EMILIO SANZ CAÑADA, SERGIO HERNANDO ALVAREZ Y OTROS, delito COLUSION AGRAVADA, agraviado ESTADO PERUANO, DILIGENCIA 02-12-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado; Secre-tario: Figueroa . (09-10-11 setiembre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAU-CARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4473-0 (Im-putado) HECTOR HUGO ESCOBEDO SOTO, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agravia-do LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 22-09-2015, 14:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y SE GIREN ORDENES DE CAP-TURA EN SU CONTRA; Secretario: Arce. (09-10-11 setiembre)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-1785-33 YANFRED RAUL JAÑO HUANCA, delito DESOBE-

DIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 15/10/2015, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DCLA-RADO CONTUMAZ; Secretario: Talavera. (09-10-11 setiembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 218-2014-0 (Agraviada)Paulina Ilaccaña Huanca e (Imputada)Grace Silvana Lázaro Vidal de Itusaca, delito Lesiones Leves, agraviado, DILIGENCIA 26-10-2015, 9:00 a.m., Caso de inasistencia del abog. del Imputado, se llevara la audiencia con el defen-sor de oficio y los asistentes; Secretario: USUCACHI. (09-10-11 setiembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a dere-cho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 248-2014-0 (Imputado)WILSON NENE MENDOZA VARGAS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Menor de inicia-les B.E.M.C. representado por Soledad Zonia Cana-les de la Cruz, DILIGENCIA 2015-10-12, 10:00 a.m., , En caso de inasistencia del Abog. del acusado se llevara la audiencia con el defensor de oficio de Ca-raveli; Secretario: USUCACHI. (09-10-11 setiembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-204-10 (Imputado) ANTONIO HUAMAN PAREDES y (Imputado) JESUS FLAUDIANO HUAMAN PAREDES, delito Desobediencia y resistencia a la autoridad, agraviado El estado, NOTIFICACION, Se pone en conocimiento de los imputados que se dispuso requerimiento de sobreseimiento, corriéndose el traslado por el plazo de tres días para que las par-tes procesales puedan presentar sus pretensiones, oposiciones; Secretario: USUCACHI. (09-10-11 se-tiembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-33-0 (Imputado) VICENTE MARTIN CORNEJO CRUCES, delito usurpación, agraviado Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DILIGENCIA 16-09-2015, 9:00 a.m., la audiencia se llevara acabo con las partes asistentes, en el juzgado de investiga-ción preparatoria de chala; Secretario: USUCACHI. (09-10-11 setiembre)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1645-2014-34 LEON MENDOZA SAICO, delito CONTRA LA LIBERTAD SE-XUAL EN LA MODALIDAD CONTRA EL PUDOR DE MENOR, agraviado MENOR DE INICIALES M.A.L.T.M., DILIGENCIA 24-11-2015, 09:15 A.M., Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PRO-CESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque. (09-10-11 setiembre)

Dra. JESSIKA VARGAS HILASACA. Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justi-cia Paucarpata 15 de agosto Arequipa 2015 Agosto 24.- Por medio de la presente, la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Bá-sico de Justicia de Paucarpata 15 de Agosto, cita, notifica, emplaza a MILWERT TOMAS COAGUILA QUISPE y ENNALIS YORDANA PEPEN a efecto de de que se tomen conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 04-2015, QUE RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución núme-ro tres guión dos mil trece y en consecuencia te-ner por desistida tácitamente a la parte agraviada ENNALIS YORDANA PEPEN del presente proceso por Faltas Contra la Persona seguido en contra de MILVERT TOMAS COAGUILA QUISPE; en consecuen-cia: DISPONGO: 1. El Archivo del presente proceso debiendo remitirse los autos al ARCHIVO CENTRAL PARA SU CUSTODIA en mérito a la Resolución Ad-ministrativa de Presidencia Nro. 623-2012-PRES/CSA. Ello en la instrucción N° 458-2015-0-0412-JP-PE, por Faltas contra la persona. Arequipa, 25 de Agosto de 2015. (09-10-11 setiembre)En el proceso N° 2719-2015, seguido por el MI-NISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en contra de MEZRAR ABDÜRRAHMAN, en agravio de LORENA° TERESA DIAZ CHUQUIMIA, tramitado ante el Tercer Juzgado de Familia, que despacha la Jueza Julia Montesinos y Montesinos, ha dictado la siguiente resolución (parte pertinente); RESOLU-

CION N° 2: TRASLADO de la demanda por el plazo de veinticinco días a la parte demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de nombrársele curador procesal, al encontrarse dentro del supuesto establecido en el artículo 435 del Código Procesal Civil, debiendo efectuarse las publicaciones de los edictos respec-tivos. - Firma Juez Julia Montesinos y Montesinos, Esp. Legal Pamela Zambrano Acuña.- Arequipa, 26 de agosto de 2015. (09-10-11 setiembre)

CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMI-LIA.- LETICIA PACHECO CUELLAR.- JUEZ.- NESTOR PUMA SALAZAR.- ESPECIALISTA LEGAL.- En el EXP. N° 03392-2015-0-0401-JR-FC-04; sobre VIOLENCIA FAMILIAR a demanda de la Cuarta Fiscalía de Fami-lia de Arequipa, en agravio de ESTELA CELESTINA TICONA BOMBILLA y en contra de EVARISTO ARCE GARCIA, se notifica al último nombrado, a efecto comparezca al proceso y/o conteste la demanda en el término concedido por Ley y bajo apercibimien-to de nombrársele Curador Procesal y continuar el proceso en el estado en que se encuentra.- Firma.- Pacheco Juez Puma. Especialista . – Arequipa, 2015 Agosto 31. (09-10-11 setiembre)

Expediente 1066-2011-0 sobre INVESTIGACION TU-TELAR el Juez del Juzgado de Familia del Módulo de Hunter Juez ROBERTO SONCCO VALENCIA, Espe-cialista Norma Quispe Flores, mediante Resolución 01 DISPONE ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR por ABANDONO, al menor MARCOS N.N. diez años con retardo mental, quien se encuentra albergado en Aldea Sagrada Familia Arequipa, mediante la pre-sente SE NOTIFICA A SUS PROGENITORES O RES-PONSABLES para que se presenten al Juzgado de Familia, en caso de no presentarse ninguna perso-na, se declarará el estado de abandono del menor-Arequipa, 2015, Agosto 14- (09-10-11 setiembre)

EXPEDIENTE: 02701-2015-0-0401 -JP-PE-01. ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispues-to se notifique a la parte agraviada Catalina Pezo Pfoccoalata y el menor Jesús Alonso Sonco Pezo re-presentado por su progenitura Catalina Pezo Pfoc-coalata; asimismo a la parte imputada Jaime Isacc Saldivar Murillo, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JAIME ISAAC SALDIVAR MURILLO Y ROBERTO MACHACA ZAMATA , por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, confor-me a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de CATALINA PEZO PFOCCOALATA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RES-TRICCIONES en contra de la parte imputada JAIME ISAAC SALDIVAR MURILLO Y ROBERTO MACHACA ZAMATA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AU-DIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JAIME ISAAC SALDIVAR MURILLO Y ROBERTO MACHACA ZAMATA, con su abogado de-fensor, bajo apercibimiento de ordenar su compa-recencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular CATALINA PEZO PFOCCOA-LATA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes proce-sales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir prepara-dos para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pre-tendan hacer valer; 4) REMITIR COPIAS CERTIFICADAS de las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio del menor Jesús Alonso Sonco Pezo a la Fiscalía Penal de Turno – Mi-nisterio Público, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juz-gado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juz-gado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 setiembre)

EXPEDIENTE: 02403-2015-0-0401-JP-PE-01. ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la

calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Humberto Rafael Sánchez Cano, con la siguiente resolución N° 02. Parte reso-lutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de HUMBERTO RAFAEL SAN-CHEZ CANO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLO-SAS AGRAVADAS, conformea lo previsto en el primer párrafo del artículo cua-trocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ZOSIRI ROSARIO DELGADO BARRIAL.2) DICTARMANDATO DE COMPARECENCIA SIN RES-TRICCIONES en contra de la parte imputada HUM-BERTO RAFAEL SANCHEZ CANO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:30 HORAS, en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada HUMBERTO RAFAEL SANCHEZ CANO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agra-viada constituida en querellante particular ZOSIRI ROSARIO DELGADO BARRIAL, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los aboga-dos deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación pro-batoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer va-ler; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de la menor An-drea Sherlyn Amasifuen Delgado por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios seña-lados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las di-ligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 se-tiembre)

EXPEDIENTE: 08940-2014-0-0401-JP-PE-01. ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Are-quipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada Ana-cleta Nieves Aguilar Ccapa y a la parte imputada Julia Pfoccori Flores, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUI-CIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado JU-LIA PFOCCORI FLORES; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ANACLETA NIEVES AGUILAR CCAPA. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RES-TRICCIONES en contra de la parte 8 1 S imputada JULIA PFOCCORI FLORES. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 09:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada JULIA PFOCCORI FLORES, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada consti-tuida en querellante particular ANACLETA NIEVES AGUILAR CCAPA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desisti-miento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios pro-batorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias pro-gramadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposi-bilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 setiembre)

Page 7: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA

PENAL DE APELACIONES

01 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL, BENAVIDES DEL CARPIO Y PORTUGAL VIVAN-CO.

AUTO DE TRÁMITE

CP4221-2012-82: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevar-se a cabo el TRES DE AGOSTO DE DOS MIL QUIN-CE A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer consi-derando de la presente resolución, haciendo pre-sente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

Decretos: Se expidieron un total de 05 decretos.

02 DE JULIO DE 2015

Decretos: Se expidieron un total de 05 decretos.

03 DE JULIO DE 2015

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 422-2015

LR489-2010-18: DECLARAR FUNDADAS, las ape-laciones interpuestas por el representante del Ministerio Público y por el representante de la Procuraduría Pública, en contra de la Sentencia N° 384-2014-2JPU-MB-JP de fecha 20 de noviem-bre de 2014. DECLARAR NULA la Sentencia N° 384-2014-2JPU-MB-JP de fecha 20 de noviembre de 2014, que declaró ABSOLVER a los señores MAR-CIO FELIX SOTO RIVERA, ALEJANDRO JAVIER TEJA-DA WONG, CLETO MARCILINO QUISPE ANCO, ED-WARD EDGARDO RODRIGUEZ PALOMINO, PATRICIA GIOVANNA PORTUGAL VELÁSQUEZ, FRANCISCO EDGARDO OJEDA OJEDA, por los cargos formula-dos en su contra por delito de COLUSIÓN ILEGAL, previsto en el artículo 384° del Código Penal, en

contra de HUSSEIN ROBERTO RIVERA TORRES por delito de COLUSIÓN ILEGAL en calidad de cómpli-ce primario tipificado en el artículo 384 y 25 del Código Penal, todo en agravio del Estado - Muni-cipalidad Distrital de Paucarpata y en forma alter-nativa por el delito de OMISIÓN DE DEBERES FUN-CIONALES previsto en el artículo 377 del código penal, en contra de Marcio Soto Rivera, Alejandro Tejada Wong, Cleto Marcilino Quispe Anco, Edward Rodríguez Palomino, Patricia Portugal Velásquez, Francisco Ojeda Ojeda, en agravio igualmente del Estado. Con lo demás que contiene. DISPONER que otro juez emita nuevo pronunciamiento, previo juicio oral, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente. SIN COSTAS de la instancia, y los devolvemos.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTO DE VISTA

AV 152-2015

LR3210-2015-9: EN MAYORIA: DECLARAR INFUNDA-DO el recurso de apelación interpuesto por la de-fensa técnica de Leonardo José Chávez Peraltilla, en contra de la Resolución Nro. 02 de fecha dieci-nueve de junio del dos mil quince –a fojas ciento cuarenta y dos; y, siguientes. CONFIRMAR la Reso-lución Nro. 02 de fecha diecinueve de junio del dos mil quince, que declara fundado el requerimiento de prisión preventiva formulada por la Fiscalía en contra de Leonardo José Chávez Peraltilla, por el plazo de nueve meses. Con lo demás que contiene. DISPONER, la devolución de los autos a su juzgado de origen para los efectos establecidos en la pre-sente resolución.

Decretos: Se expidieron un total de 04 decretos.

06 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTO DE VISTA

AV 153-2015

BC3044-2015-20: DECLARAR fundado en parte el re-curso de apelación propuesto por el representante del Ministerio Público. REVOCAMOS la referida re-solución únicamente en el extremo que le impuso como reglas de conducta las siguientes: “a) La Obli-gación de comparecer al juzgado cada quince días, el primer día hábil y dependiendo el dieciseisavo día o siguiente día hábil de cada mes en la medida que sea hábil; b) La obligación de comparecer a to-das las citaciones que haga la fiscalía, que se con-sidere imprescindible su asistencia para las inves-tigaciones; c) La prohibición de entablar cualquier tipo de comunicación con la menor o padres de la menor con el propósito de obstaculizar las investi-gaciones; d) la obligación de prestar una caución económica conforme a ley ascendente a cinco mil nuevos soles, dentro del plazo no superior a los cinco días”; en consecuencia, REFORMAMOS dicho extremo, imponiéndole al investigado el cumpli-miento de las siguientes reglas de conducta: a) La Obligación de comparecer al juzgado el primer día hábil, cada quince días; b) la obligación de no cambiar su lugar de domicilio sin previa autoriza-ción del juzgado; c) La obligación de comparecer a todas las citaciones que haga el Ministerio Público, la Policía Nacional o el Poder Judicial con motivos

de la presente investigación; d) La prohibición de entablar cualquier tipo de comunicación con la menor, con los padres de la misma o con los tes-tigos; e) la obligación de prestar una caución eco-nómica conforme a ley ascendente a cuarenta mil nuevos soles, dentro del plazo no superior a los diez días; y. CONFIRMAMOS la resolución apelada, bajo los fundamentos expuestos en la presente, en los extremos que declaró que declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por la fiscalía y dictó comparecencia restrictiva en contra de Humberto Hernán Ayamamani Apaza, a quien se le investiga y procesa, por la presunta co-misión del delito de Violación de Libertad Sexual de persona en estado de inconciencia y de imposi-bilidad de resistir previsto y penado en el artículo 171, segundo párrafo del Código Penal, en agravo de la menor de iniciales D.C.CH.G., condicionado al cumplimiento de reglas de conducta; asimismo, dispuso que en caso que el procesado incumpla una de las reglas de conducta que se ha indicado, se le va a revocar la comparecencia restrictiva, y se dictará prisión hasta por 9 meses, conforme el articulo artículo 272.1. Del Código Procesal Pe-nal; así como, prohibió al procesado o abandonar el país, con este propósito debe cursar oficio a la autoridad de Migraciones, precisándose como pla-zo cuatro meses, confirmándola en todo lo demás que contiene, y los devolvemos.AV 155 -2015

CP4743-2013-54: DECLARAMOS FUNDADA en parte la apelación de fojas 322 a 328, propuesta por la su-cesión de Felix Alberto Carmona Rojas representa-da por Giselle Gabriela Carmona Gutiérrez e Imel-da Ydalia Carmona Gutiérrez, constituidos en actor civil, ya que el objeto penal ha quedado estableci-do. CONFIRMAMOS parcialmente el sobreseimien-to en lo que concierne a las partes comprendidas de SARA MARÍA FLORES FLORES, MARIO GERMAN FLORES COAGUILA, GABY ANTONIETA ARROYO RODRÍGUEZ, RENÉ BONIFACIO AYME SOTO, MARÍA NATIVIDAD VALENCIA RAMÍREZ, PASCUAL BAYLON COAGUILA FLORES, MIGUEL FILOMENO COAGUILA FLORES, JOSÉ CARLOS CHÁVEZ SOTO; de la inves-tigación que se ha seguido en su contra por deli-to de Falsificación de Documentos previsto en el primer párrafo del artículo 427 del Código Penal, en agravio de los Registros Públicos y de la su-cesión de Félix Carmona Rojas; ello por la causal postulada por el Ministerio Público contenida en el artículo 344 numeral 2 literal a) del Código Pro-cesal Penal, que el hecho imputado no puede ser atribuido. DECLARAMOS NULA la resolución en el extremo que se pronuncia sobre la prescripción, la misma que la dejamos sin efecto. DISPONEMOS que en atención a las consideraciones expuestas el Juez de la Investigación Preparatoria en etapa intermedia determine la configuración del objeto civil en cuanto corresponda, habilitándose por ello la audiencia correspondiente.

AUTO DE TRÁMITE

LR2547-2012-56: CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fun-damentos de la pretensión impugnatoria en el pla-zo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. SE DISPONE: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domici-lios procesales electrónicos, bajo apercibimiento de que, a partir de la fecha de implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas, esto es, a partir del trece de julio del año en curso, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-

perior.

Decretos: Se expidieron un total de 12 decretos.

07 DE JULIO DE 2015

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO,LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

SV 43 -2015

CP2865-2013-44: DECLARAMOS FUNDADA en parte la apelación, interpuesta por la defensa técnica de la sentenciada en su escrito impugnatorio a fojas 59 a 60.REVOCAMOS en parte la sentencia apelada N° 79-2015 de fecha veintiséis de marzo del dos mil quince en el extremo de la reparación civil que dispone que la sentenciada Rocío Elena Jaime Ro-dríguez de Obando pague por concepto de repa-ración la suma de mil quinientos nuevos soles a la oficina de Registros Públicos. REFORMÁNDOLA en tal extremo disponemos que la sentenciada Rocío Elena Jaime Rodríguez de Obando deberá pagar a la oficina de Registros Públicos la suma de ocho-cientos nuevos soles. CONFIRMAMOS la sentencia apelada sobre el extremo impugnado de la repara-ción civil referente a la Municipalidad Provincial de Arequipa que fija como monto de reparación civil la suma de trescientos nuevos soles. ORDENAMOS la devolución del proceso al Juzgado de Proceden-cia, para los fines de su ejecución con arreglo a ley. Sin costas de la instancia.

SV 44 -2015

LR1335-2013-15: DECLARAR, INFUNDADA la apela-ción formulada por PEDRO ALEMAN NEIRA CHU-RATA en contra de la sentencia N° 428-2014 de dieciséis de diciembre de 2014. CONFIRMAR la Sentencia N° 428-2014 de dieciséis de diciembre de 2014, que declara a PEDRO ALEMAN NEIRA CHU-RATA, autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de HOMICIDIO CULPOSO, previsto en el primer párrafo del artículo 111° del Código Penal, concordado con el último párrafo de la misma norma acotada, en agravio de PASTOR FROILÁN CHAUCAYANQUI HUACOTO. Y le impone CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, con el carácter de SUSPENDIDA por el término de TRES AÑOS, condicionada al cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: 1.- Comparecerá personal y obligatoriamente, por ante el Juzgado de ejecución, el primer día hábil de cada mes para informar y justificar sus actividades; 2.- No se au-sentará del lugar de su residencia sin autorización previa del juzgado de ejecución; 3. Reparará el daño ocasionado, esto es, pagará el íntegro de la reparación civil. En el entendido que el incumpli-miento de tales reglas de conducta dará lugar, a los apremios contenidos en el artículo 59° del Có-digo Penal. LE IMPONE la copenalidad de INHABI-LITACIÓN para la conducción de cualquier vehículo automotor por el mismo plazo. FIJA el monto de la REPARACION CIVIL en la suma de OCHO MIL NUE-VOS SOLES (S/. 8.000.00), por concepto de daño moral que deberá abonar el citado sentenciado a favor del actor civil. ORDENAR, la devolución de la presente causa al Juzgado de origen para la ejecu-ción de la presente. Sin Costas de Instancia.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL, BENAVIDES DEL CARPIO Y PORTUGAL VIVAN-CO.

AUTO DE VISTA

AV 154 -2015

CP93-2013-12: DECLARAMOS FUNDADA en parte la apelación propuesta por el Procurador Público Especializado en Delitos contra el Orden Públi-co del Ministerio del Interior. CONFIRMAMOS EL SOBRESEIMIENTO contenido en la resolución Nro. 04-2014 de fojas 85-96 que declara fundado el requerimiento sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público respecto del imputado Jorge Isaac del Carpio Lazo a quien se le denunció por el delito de Entorpecimiento al Funcionamiento de Servicios Públicos previsto y penado en el artículo 283° del Código Penal; con lo demás que contiene. DISPONER, que en atención a las consideraciones expuestas el Juez de la Investigación Preparatoria en etapa intermedia determine la configuración del objeto civil en cuanto corresponda, habilitán-dose por ello, de proceder, la audiencia correspon-diente.

Decretos: Se expidieron un total de 08 decretos._____________________________________

08 DE JULIO DE 2015

Decretos: Se expidieron un total de 01 decretos.

09 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL, BENAVIDES DEL CARPIO Y PORTUGAL VIVAN-CO.

AUTO DE TRÁMITE

CP657-2015: CORRER traslado a la demás partes pro-cesales, a efectos de que CONTESTEN los funda-mentos de la pretensión impugnatoria en el pla-zo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. SE DISPONE: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domici-lios procesales electrónicos, bajo apercibimiento de que, a partir de la fecha de implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas, esto es, a partir del trece de julio del año en curso, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-perior.

Decretos: Se expidieron un total de 05 decretos.

10 DE JULIO DE 2015

DESPACHOCON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL, ZUÑIGA URDAY Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

AV 156 -2015

BC2257-2012-36: DECLARAR, INFUNDADA la apela-ción interpuesta por la defensa técnica del proce-sado Roberto Paúl Menacho Arenaza. CONFIRMAR la Resolución N° 33, de fecha veintiséis de marzo del dos mil quince, que resolvió declarar infunda-do el pedido de excepción de improcedencia de acción deducida por parte del imputado Roberto Paúl Menacho Arenaza en la investigación que se le sigue por el delito de falsedad ideológica pro-pia, previsto en el artículo 428° primer párrafo del Código Penal.

CRONICAS JUDICIALES Miércoles, 9 de setiembre del 2015

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL, BENAVIDES DEL CARPIO Y PORTUGAL VIVAN-CO.

AV 157 -2015

LR776-2011-42: DECLARAR FUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el representante del Mi-nisterio Público.REVOCAR, la Resolución de fecha nueve de abril del dos mil quince, que obra en los folios ciento veintidós a ciento veinticinco, que resolvió conceder el beneficio penitenciario de se-milibertad, formulada por el interno sentenciado Filder Angulo Huicho; y, Reformándola, DECLARAR INFUNDADO, la solicitud de beneficio peniten-ciario de semilibertad, formulada por el interno sentenciado Filder Angulo Huicho, en la causa N° 2011-0776-42-0401-JR-PE-02 que se le siguió por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas. ORDENAR, se devuelva la presente causa al Juzgado para los tra-mites que correspondan.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE TRÁMITE

LR2159-2013-96: CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fun-damentos de la pretensión impugnatoria en el pla-zo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. REQUERIR a las partes obligatoriamente, cumplan con señalar, en el plazo de dos días sus domicilios procesales electrónicos, bajo apercibimiento de tenérsele por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior.

Decretos: Se expidieron un total de 00 decretos.

13 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V. 158-2015BC2753-2015: DECLARAMOS INFUNDADA la ape-lación formulada por el accionante Gonzalo Be-llido Loayza. CONFIRMAMOS, la Resolución Nro. 01-2015, de fecha veintiséis de mayo del dos mil quince, que resolvió declarar improcedente la de-manda de hábeas corpus interpuesta por Gonzalo Bellido Loayza en beneficio de Jorge Dante Zeva-llos Málaga y Luis Miguel Paredes Díaz; en contra del señor juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrup-ción de Funcionarios del distrito judicial de Maris-cal Nieto, Magistrado Alfredo Fernando Paz García. DISPONEMOS la devolución de los autos a su juz-gado de origen.

AUTO DE TRÁMITE

LR2355-2012-67: DECLARAR la NULIDAD de la reso-lución N° 27 de fecha diecinueve de junio de dos mil quince en la que se llama a la audiencia; asi-mismo, el acta de audiencia llevada a cabo el día de la fecha; dejando subsistente la resolución N° 26 del diez de junio del presente año, en el que se corre traslado de la apelación, por lo indicado en el tercer considerando.CONVOCAR A LA AUDIEN-CIA DE LEY PARA EL DÍA SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS, la que se llevará a cabo con el Colegiado hábil a la fecha de su reali-zación, en la Sala de Audiencias número once (pri-mer piso) ex Segunda Sala Penal Liquidadora Per-manente, diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada; informándose-les, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias. CUMPLIR con señalar casilla electrónica en el plazo de cuarenta y ocho horas, bajo apercibimiento de tenerse por notificado las futuras resoluciones judiciales que se expidan.

AUTO DE TRÁMITE

LR2355-2012-67: DECLARAR la NULIDAD de la reso-lución N° 27 de fecha diecinueve de junio de dos

mil quince en la que se llama a la audiencia; asi-mismo, el acta de audiencia llevada a cabo el día de la fecha; dejando subsistente la resolución N° 26 del diez de junio del presente año, en el que se corre traslado de la apelación, por lo indicado en el tercer considerando.CONVOCAR A LA AUDIEN-CIA DE LEY PARA EL DÍA SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS, la que se llevará a cabo con el Colegiado hábil a la fecha de su reali-zación, en la Sala de Audiencias número once (pri-mer piso) ex Segunda Sala Penal Liquidadora Per-manente, diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada; informándose-les, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias. CUMPLIR con señalar casilla electrónica en el plazo de cuarenta y ocho horas, bajo apercibimiento de tenerse por notificado las futuras resoluciones judiciales que se expidan.

CP2355-2012-67: DECLARAR: FUNDADA LA INHIBI-CIÓN del señor Juan Carlos Benavides del Carpio. DISPONEMOS INTEGRAR el Colegiado con el señor magistrado llamado por ley

Decretos: Se expidieron un total de 03 decretos.

14 DE JULIO DE 2015

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 45-2015

CP1225-2009-38: DECLARAMOS INFUNDADA la ape-lación, interpuesta por la representante del Mi-nisterio Público de fojas 42 a 48. CONFIRMAMOS la sentencia S/N de fecha veintisiete de enero de dos mil quince que resolvió ABSOLVER por duda al acusado Luis Alberto del Carpio Minaya por el delito contra la libertad sexual en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad, previsto en el inciso 01 del primer párrafo, concordante con el segundo párrafo del artículo 173º y con el articu-lo 16 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales L.K.D.A., con lo demás que contiene este extremo absolutorio. DISPONEMOS la remisión de la presente causa al juzgado de origen para efectos de su ejecución. Sin Costas de la instancia.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V. 159-2015

CP3282-2015: DECLARAMOS INFUNDADA la apela-ción formulada por la Gumercindo Sancho Esquia en favor de Elmer Sancho Mamani, mediante es-crito de fojas sesenta y cinco a sesenta y nueve. CONFIRMAMOS la resolución número 01-2015 de fecha veintitrés de junio de dos mil quince que re-suelve DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de HA-BEAS CORPUS interpuesta por Gumercindo Sancho Esquia a favor de Elmer Sancho Mamani en contra de los Jueces Supremos de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema San Martin Castro, Prado Sal-darriaga, Rodríguez Tineo, Salas Arenas y Príncipe Trujillo; asimismo en contra de los Jueces de la Sala Penal Liquidadora de San Román – Juliaca, Coaqui-la Salazar, Salazar Calla y Roque Díaz.

A.V. 160-2015

LR5638-2014-70: DECLARAR FUNDADO, el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por la de-fensa técnica del imputado Jhon Francisco Nolasco Sotelo -de fojas 24 a 28-. REVOCAR, la Resolución Nro. 07 de fecha 21 de abril del 2015, resolvió De-clarar INFUNDADA la oposición a la constitución de actor civil presentada por Jhon Francisco No-lasco Sotelo y en consecuencia se dispone CONS-TITUIR EN ACTOR CIVIL a Marusia Paola Vargas Koc en representación de su menor hija Nicolle Stefany Nolasco Vargas, en el proceso seguido en contra de Jhon Francisco Nolasco Sotelo, en el proceso por delito de Omisión a la asistencia familiar, del articulo 149 primer párrafo del Código Penal, de-biendo cesar la representatividad del Ministerio Publico en cuanto la pretensión resarcitoria. Y, RE-FORMANDOLA; DECLARAR FUNDADA la oposición a la constitución de actor civil presentada por Jhon

Francisco Nolasco Sotelo; y, en consecuencia DE-CLARAR IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE CONS-TITUCIÓN EN ACTOR CIVIL presentada por Marusia Paola Vargas Koc en representación de su menor hija Nicolle Stefany Nolasco Vargas, en el proce-so seguido en contra de Jhon Francisco Nolasco Sotelo, en el proceso por delito de Omisión a la asistencia familiar, del articulo 149 primer párrafo del Código Penal; debiendo continuar la represen-tatividad del Ministerio Publico en cuanto la pre-tensión resarcitoria. DISPONER, la devolución de los autos a su juzgado de origen para los efectos establecidos en la presente resolución.

AUTO DE TRÁMITE

LR166-2015-97: CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fun-damentos de la pretensión impugnatoria en el pla-zo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. DISONER que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domici-lios procesales electrónicos, EN EL PLAZO DE DOS DÍAS DE NOTIFICADO, bajo apercibimiento tenerse por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-perior.

Decretos: Se expidieron un total de 02 decretos.

15 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V. 161-2015

LR30-2011-34: CONFIRMAR la Resolución N° 05 de fecha diecisiete de enero del dos mil catorce, que declara FUNDADO el Requerimiento de Sobresei-miento respecto de los investigados: A. Alejandro Eduardo Mejía Ortiz (…); y Liudmila Estela Murillo Núñez (…), por el delito de Negociación Incompa-tible con el Cargo previsto en el artículo 399° del Código Penal modificado por la Ley N° 28355, en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo legal en agravio del Esta-do – Sedapar S.A. representado por el Procurador Publico de la Contraloría General de la República; B. Edgar Indalecio Gutiérrez Chávez (…), por el presunto delito de Negociación Incompatible con el Cargo previsto en el artículo 399° del Código Penal, modificado por Ley N° 28355, en concor-dancia con el primer párrafo del artículo 49 del ci-tado cuerpo legal y en agravio del Estado-Sedapar S.A., representado por el Procurador Público de la Contraloría General de la República; y como pre-sunto COAUTOR del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica previsto en el primer párrafo del artículo 428 del Código Pe-nal (texto original) en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo legal en agravio del ESTADO-SEDAPAR S.A., representado por el Procurador Público de la Contraloría General de la República; C. Edgar Antonio Meier Lombarda (…); Zenón Armando Romero Palma (…); Francisco Cárdenas Grados (…); Oscar Teodoro Bedoya Jus-to (…); Luis Rafael Gómez Rivera (…); Domingo José Díaz De La Cruz (…); Máximo Ricardo Medi-na Pomareda (…); Gustavo Adolfo Gonzalo Estre-madoyro Cheneux (…) por el presunto delito de Negociación Incompatible con el Cargo, previsto en el artículo 397° del Código Penal, modificado por Ley N° 27074, en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo legal y en agravio del Estado-Sedapar S.A., representado por el Procurador Público de la Contraloría General de la República; D. Henry David Nuñez Rodríguez (…); Francisco Américo Saravia Carrasco (…); Pom-peyo Eduardo Medina Moran (…); Hugo Ernesto Herrera Luna (…); Jorge Alfredo Polanco Zeballos (…) por el presunto delito de Negociación Incom-patible con el Cargo, previsto en el artículo 397° del Código Penal, modificado por Ley N° 27074, en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo legal y en agravio del Estado-Sedapar S.A., representado por el Procurador Pú-blico de la Contraloría General de la República; y como presuntos Coautores del delito Contra La Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica previsto en el primer párrafo del artículo 428 del Código Penal (texto original) en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo

legal; en agravio del Estado-Sedapar S.A., repre-sentado por el Procurador Público de la Contralo-ría General de la República; E. Damiana Flor Zavala Delgado (…) por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Negociación Incompatible con el Cargo, ilícito previsto y penado previsto en el artículo 397° del Código Penal, modificado por Ley N° 28355, en concordancia con el primer párrafo del artículo 49 del mismo cuerpo legal y en agravio del Estado-Sedapar S.A., representado por el Procurador Pú-blico de la Contraloría General de la República. Con lo demás que contiene. DISPONER que el Juez de Investigación Preparatoria, en etapa interme-dia determine la configuración del objeto civil en cuanto corresponda, habilitándose la vía pertinen-te de proceder. ORDENAR, se devuelva la presente causa al juzga-do de origen para los tramites que correspondan.

AUTO DE TRÁMITE

BC2022-2013-27: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias nú-mero once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer consi-derando de la presente resolución, haciendo pre-sente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia ins-talado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales de-berá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcu-rrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

CP4221-2012-82: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia allevarse a cabo el TRES DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audien-cias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforme esta Superior Sala Penal, con la obliga-toria concurrencia de la parte apelante, bajo aper-cibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer consi-derando de la presente resolución, haciendo pre-sente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REQUERIR a las partes, en atención a la resolución N° 15, cumplan con señalar la casilla electrónica, en el plazo de dos días, bajo apercibi-miento de tenérseles por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE. Al escrito N° 8082-2015, al principal: Tén-gase presente el señalamiento de casilla electró-nica ° 33114. Al otrosí: Téngase presente. Al escrito N° 8145-2015, al principal: Téngase por señalado la casilla electrónica por el Ministerio Público. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A lo solicitado por la parte haga valer su derecho en el área e instancia que corresponda, por cuanto este órgano jurisdiccional no es competente para

canalizar su pedido

CP489-2010-18: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el re-curso de casación interpuesto por Marcio Soto Ri-vera Contra de sentencia de vista de fecha tres de julio del dos mil quince. b) DISPONEMOS la devolu-ción del presente cuaderno al Juzgado de origen.

LR292-2014-47: DECLARAMOS INADMISIBLE los medios de prueba ofrecidos por el abogado de-fensor del sentenciado Jenri José Castro Carpio, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución.2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevar sea cabo el día DIEZ DE AGOS-TO DE DOS MIL QUINCE A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias numero once (primer piso- ex Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente), con el Colegiado hábil a la fecha de su realización, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instala-do en la sala de audiencias. 3) SE REQUIERE a las partes que en mérito a lo dispuesto por resolución N° 7, obligatoriamente cumplan con señalar en el plazo de dos días de notificada la presente su casi-lla electrónica, bajo apercibimiento de tenérseles por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-perior. Con tal fin se pone en conocimiento de las partes procesales que pueden solicitar su CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web http://www.pj.gob.pe, http://casillas.pj.gob.pe/sinoe/ o apersonándose a cualquiera de las oficinas de atención al ‘usuario judicial’ de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa; también, en las mesas de partes (C.D.G.) de los Módulos Básicos de Justicia de: Hunter, Paucarpa-ta, 15 de Agosto, Mariano Melgar, Cerro Colorado, Yanahuara, Juzgado de Comisarías ubicado en Pa-lacio Viejo; o, en los Módulos Básicos de Justicia de Provincias: Camaná, Mollendo, Majes - El Pedre-gal, Caylloma-Chivay, Castilla-Aplao y Caravelí. De igual forma, podrán solicitar su casilla electrónica en el Colegio de Abogados de Arequipa. Al otrosí: A sus antecedentes. Al escrito N° 8070-2015: Tén-gase presente el señalamiento de domicilio proce-sal; sin perjuicio de lo señalado en la presente re-solución respecto de la obligatoriedad de señalar casilla electrónica. Al escrito N° 8167-2015: Ténga-se presente el señalamiento de casilla electrónica por el Ministerio Público.

Decretos: Se expidieron un total de 12 decretos.

16 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE TRÁMITE

LR3119-2014-96: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias nú-mero once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forma esta SuperiorSala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la au-diencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmen-te, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Au-diencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el consi-derando quinto, frustren la audiencia convocada,

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. c) REQUERIR a las partes en atención a la resolución N° 5, obligatoriamente, cumplan con señalar en el plazo de dos días su casilla electrónica, bajo apercibimiento de tenérseles por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior. Con tal fin se pone en conocimiento de las partes procesales que pueden solicitar su CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web http://www.pj.gob.pe,http://casil las.pj.gob.pe/sinoe/ o apersonándose a cualquiera de las oficinas de atención al ‘usuario judicial’ de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; también, en las mesas de partes (C.D.G.) de los Módulos Básicos de Justicia de: Hunter, Paucarpata, 15 de Agosto, Mariano Melgar, Cerro Colorado, Yana-huara, Juzgado de Comisarías ubicado en Palacio Viejo; o, en los Módulos Básicos de Justicia de Provincias: Camaná, Mollendo, Majes – El Pedre-gal, Caylloma-Chivay, Castilla-Aplao y Caravelí. De igual forma, podrán solicitar su casilla electrónica en el Colegio de Abogados de Arequipa. Al escrito N° 8148-2015, al principal: Téngase por señalado la casilla electrónica por el Ministerio Público. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A lo solicitado por la parte haga valer su derecho en el área e instancia que corresponda, por cuanto este órgano jurisdiccional no es competente para canalizar su pedido

LR3483-2010-2: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias nú-mero once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial deCondenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforma esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelan-te, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasisten-cia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y de-clararlos reos contumaces; finalmente, deben te-ner presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informán-doseles, asimismo, la disposición del cañón multi-media instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesa-les deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. c) REQUERIR a las partes en atención a la resolución N° 5, obligatoriamente, cumplan con señalar en el plazo de dos días su ca-silla electrónica, bajo apercibimiento de tenérseles por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-perior. Con tal fin se pone en conocimiento de las partes procesales que pueden solicitar su CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web http://www.pj.gob.pe, http://casillas.pj.gob.pe/sinoe/ o apersonándose a cualquiera de las oficinas de atención al ‘usuario judicial’ de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa; también, en las mesas de partes (C.D.G.) de los Módulos Básicos de Justicia de: Hunter, Paucarpa-ta, 15 de Agosto, Mariano Melgar, Cerro Colorado, Yanahuara, Juzgado de Comisarías ubicado en Pa-lacio Viejo; o, en los Módulos Básicos de Justicia de Provincias: Camaná, Mollendo, Majes – El Pedre-gal, Caylloma-Chivay, Castilla-Aplao y Caravelí. De igual forma, podrán solicitar su casilla electrónica en el Colegio de Abogados de Arequipa. Al escrito N° 8149-2015, al principal: Téngase por señalado la casilla electrónica por el Ministerio Público. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A lo solicitado por la parte haga valer su derecho en el área e instancia que corresponda, por cuanto este órgano jurisdiccional no es competente para canalizar su pedido.

Decretos: Se expidieron un total de 09 decretos.

17 DE JULIO DE 2015

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V. 162-2015

BC

4795-2014-13: Declarar FUNDADA en parte la pro-longación de prisión preventiva, solicitado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en los seguidos en contra de Juan Ma-nuel Fernández Gonzáles por el delito de Robo Agravado en agravio de Christopher Aguirre Ríos; ORDENO LA PROLONGACION de la prisión preven-tiva hasta por el plazo de 7 meses debiendo de computarse desde el 2 de julio del 2015 y debe vencer el 11 de febrero del 2016, asimismo reco-mendar al representante del Ministerio Público para que tome las medidas del caso que en este plazo realizar todas las diligencias a nivel del orga-no jurisdiccional.

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 46-2015

BC

277-2013-17: DECLARAMOS infundado el recurso de apelación propuesto por el representante del actor civil, Superintendencia Nacional de los Re-gistros Públicos. INTEGRAMOS, de oficio, la parte resolutiva de la Sentencia N° 332-2014, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil catorce, en el literal D, referido a la reparación civil, debiendo in-cluirse los siguientes extremos: “Declarar infunda-da la pretensión civil propuesta por el Actor Civil, Superintendencia Nacional de Registros Públicos; asimismo, declarar infundadas las pretensiones re-feridas al extremo civil propuesto por el represen-tante del Ministerio Público, respecto a los agra-viados José Nolasco Maquera, Rosa Hermelinda Limache Jinez, Javier de Taboada Vizcarra y Notaria Pública Eva Marina Centeno Zavala. CORREGIMOS, de oficio, la parte resolutiva de la Sentencia N° 332-2014, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil catorce, en el literal H, en el sentido que consignó: “H. MANDO que Consentida o ejecutoria que sea la presente sentencia se registre en el ar-chivo correspondiente, tratándose de pena privati-va de libertad impuesta por la comisión del delito doloso la cancelación de antecedentes penales será provisional hasta por cinco años vencido di-cho plazo, sin que medie reincidencia ordenamos la cancelación definitiva (…)”; debiendo quedar únicamente como: “H. MANDO que Consentida o ejecutoria que sea la presente sentencia se regis-tre en el archivo correspondiente para los fines de ley”. CONFIRMAMOS la referida sentencia apelada en todo lo demás que contiene. Sin costas, y los devolvemos

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V. 163-2015

LR

2453-2014-26: DECLARAR, INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesta por la defensa del impu-tado Alexis Pablo Urday, de fojas doscientos se-senta y dos y siguientes. CONFIRMAR la Resolución Nº 16 de fecha cinco de mayo del dos mil quince que declaró improcedence la excepción de Impro-cedencia de Acción planteada por la defensa de la imputada Marcela de Guadalupe Silva Zeballos. ORDENAR, se devuelva la presente causa al Juz-gado de origen para que se realice el tramite que corresponda.

Decretos: Se expidieron un total de 05 decretos.

20 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE TRÁMITE

BC1480-2013-44: DECLARAR: FUNDADA LA INHIBI-

CIÓN de la señor Juez Superior Carlo Magno Cor-nejo Palomino. DISPONEMOS INTEGRAR el Colegia-do con el señor magistrado llamado por ley.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA

CP489-2010-18: CONCEDER el recurso de casación interpuesto por el sentenciado Hussein Roberto Rivera Torres, contra la sentencia de vista de fecha dos de marzo de dos mil doce; debiendo elevarse los actuados a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo ydentro del plazo legal, para tal fin deberá formarse el cuaderno de casación. b) DISPONER: se notifique a todas las partes emplazándolas para que compa-rezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal dentro del décimo día siguiente al de la notificación, asimismo, fór-mese cuaderno de ejecución que deberá ser remi-tido al Juzgado de origen.

CP489-2010-18: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Francisco Ed-gardo Ojeda Ojeda contra de sentencia de vista de fecha tres de julio del dos mil quince. b) DIS-PONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.

BC4267-2010-58: CONVOCAMOS a las partes procesa-les a la audiencia de apelación de sentencia, con-forme al rol de audiencias y la excesiva carga pro-cesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el día DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias núme-ro once (ex Segunda Sala penal Liquidadora) del Módulo Penal, con los Magistrados que conformen el Colegiado para la fecha, con obligatoria concu-rrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y para el imputado de ser declarado contumaz y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. Debiendo tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora seña-lada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Jus-ticia de Arequipa, debiendo remitirse la comunica-ción respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- ha-cer efectivo el apercibimiento señalado en autos por lo que se tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala PenalSuperior a la parte de Cari Calcin Eusebio.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA

AUTO DE VISTA

A.V.164-2015

BC3325-2015-4: DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Jorge Luis Díaz Medina de fojas 309 a 314. 2. REVOCAMOS la resolución N° 02-2015, de fecha 26 de junio del 2015 dictada en audiencia de requeri-miento de prisión preventiva formulado por la re-presentante del Ministerio Público, en los seguidos en contra de Jorge Luis Díaz Medina, por la comi-sión del ilícito penal de Tráfico Ilícito de Drogas en la modalidad de micro comercialización de drogas previsto en el primer párrafo del artículo 296 del Código Penal concordante con el artículo 298 nu-meral 1 del mismo cuerpo normativo, en agravio del Estado representado por el procurador a cargo de los asuntos del Ministerio del Interior relativo al Tráfico Ilícito de drogas, por el plazo de nueve me-ses. 3. REFORMÁNDOLA, DISPONEMOS COMPARE-CENCIA RESTRICTIVA en contra del imputado Jorge Luis Díaz Medina, con las siguientes reglas de con-ducta: 1.- Obligación de no ausentarse de la locali-dad de Arequipa sin autorización de la judicatura; 2.- No variar de domicilio sin autorización de esta judicatura; 3.- Concurrir a esta judicatura cada pri-mer día hábil de cada mes, a fin que informe sus actividades; 4.- Recibir un tratamiento terapéutico en forma mensual en el establecimiento de salud más cercano a su domicilio, debiendo de traer cada primer día hábil de cada mes un informe; 5.- No cometer ningún delito doloso; 6.- de presentarse a la autoridad fiscal o jurisdiccional las veces que sea requerido; 7.- la prestación de una caución

económica de dos mil nuevos soles, cumplida esta caución procédase a su excarcelación, siempre y cuando no tengan otro mandato de detención en su contra, BAJO APERCIBIMIENTO que en caso de incumplimiento de las reglas de conducta fijadas, se les revocará la medida de comparecencia dic-tada.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V.170-2015

BC4827-2009-24: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa del sen-tenciado Walter Alfredo Pezo Gutiérrez. CONFIR-MAR la Resolución Nº 036, de fecha seis de marzo de dos mil quince, que declaró infundada la soli-citud formulada por el sentenciado Walter Alfredo Pezo Gutiérrez sobre nulidad de la resolución N° 22-2012 de fecha 22 de octubre de 2012, con todo lo demás que contiene. Y los devolvemos.Decretos: Se expidieron un total de 07 decretos.

21 DE JULIO DE 2015

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CAPRIO

SENTENCIA DE VISTA

S.V.47-2015

LR104-2015: DECLARAR, INFUNDADA la apelación formulada por Oscar Enrique Arenas Chacón como abogado de LUIS FELIPE NORIEGA CORNEJO en contra de la sentencia N° 2015-01 de siete de ene-ro de dos mil quince. CONFIRMAR la Sentencia N° 2015-01 de siete de enero de dos mil quince, que DECLARA a LUIS FELIPE NORIEGA CORNEJO en su condición de Gerente de las Empresas Central Azu-carera e Industrial Chucarapi Pampa Blanca S.A., AUTOR de la Comisión del delito Contra el Patrimo-nio en la modalidad de Apropiación Ilícita, previsto en el primer párrafo del articulo 190°, del Código Penal, en agravio de CRISOSTOMO MAMANI ORTIZ; y le impone la pena privativa de la libertad de DOS AÑOS con el carácter de SUSPENDIDA por el plazo de UN AÑO, debiendo el sentenciado cum-plir con las siguientes reglas de conducta: 1) No se ausentara del lugar donde reside sin conocimiento y autorización del Juzgado, 2) comparecerá obli-gatoriamente al local del juzgado para justificar sus actividades, donde dará cuenta de las mismas cada primer día hábil de cada trimestre. 3) Repa-rará los daños ocasionados por el delito a través del pago de la reparación civil. Quedando el sen-tenciado informado que el incumplimiento de las reglas puede dar lugar a la revocación del régimen de suspensión y a efectivizarse la condena. Y fija en MIL NUEVOS SOLES, el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar el sentenciado en su condición de Gerente de las Empresas Cen-tral Azucarera e Industrial Chucarapi Pampa Blanca S.A., a favor de la parte agraviada, sin perjuicio de la restitución del monto de dinero apropiado en el monto de 29, 560.16 nuevos soles, correspon-dientes a las retenciones efectuadas”. ORDENAR, la devolución de la presente causa al Juzgado de origen para la ejecución de la presente. Sin Costas de Instancia.

AUTO DE VISTA

A.V.165-2015

BC4367-2014-65: DECLARAR FUNDADA la apelación postulada por la defensa de HELBERT PIERR HOR-NA DÍAZ. La REVOCAMOS la resolución de fecha seis de julio del dos mil nueve, y FIJAMOS COM-PARECENCIA SIMPLE respecto de HELBERT PIERR HORNA DÍAZ. DISPONEMOS la devolución de la presente causa al juzgado de origen. TOMESE RA-ZON.- Dejamos constancia de la notificación a las partes concurrentes.

AUTO DE VISTA

A.V.167-2015

LR798-2011-93: DECLARAR INADMISIBLE la apelación formulada por el Procurador Publico Regional de Transportes y Comunicaciones. DEBIENDO DEVOL-VER el expediente al juzgado de origen

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA

AUTO DE VISTA

A.V.168-2015

LR2125-2015: DECLARAR, FUNDADO, el recurso de apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público, de fojas veinticuatro y siguien-tes. REVOCAR, la Resolución Nº 03 de fecha ocho de mayo del dos mil quince que declaró impro-cedence el requerimiento de aplicación de vía de proceso inmediato postulado por Valeriano Luis Cusi Acencio Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa. Con lo demás que contiene. REFORMANDOLA; DECLARAR, procedente el requerimiento de aplicación de vía de proceso inmediato postulado por Valeriano Luis Cusi Acencio Fiscal Provincial Penal del Primer Des-pacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de Arequipa. ORDENAR, se devuelva la presente causa al Juzgado de origen para que se cumpla con lo resuelto y se realice el tramite que corresponda.

A.V.171-2015

LR89-2011-25: DECLARAMOS NULA LA RESOLUCION N° 35-2015 de fecha veintisiete de mayo del dos mil quince que declaró fundado el requerimiento fundado el requerimiento de Revocación de Sus-pensión de Pena y dispone la revocación de sus-pensión de pena impuesta a JUAN CARLOS VARGAS MEJÍA, en consecuencia se ordena el cumplimiento de la pena impuesta de un año y ocho meses de pena privativa de libertad en forma efectiva la cual debe cumplir en el establecimiento penal de varo-nes de Socabaya o en el que designe la autoridad del INPE, con lo demás que contiene.2. DISPONEMOS, la realización de nuevo acto pro-cesal por Juez distinto, llamado por Ley, dando prioridad al presente, conforme la parte resolu-tiva siguiente. 3. ORDENAMOS, la devolución de los autos y se tome en consideración el plazo de suspensión de la pena (vence en Agosto del 2015) de la presente causa, a efecto de que se realicen los trámites y diligencias con la celeridad debida.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO

AUTO DE VISTA

A.V.169-2015

LR2913-2013-71: CONFIRMAR la resolución Nº 01 de fecha 26 de junio del 2015, que declaró improce-dente el requerimiento de incautación del Minis-terio Público. DISPONEMOS la devolución de la presente causa a su juzgado de origen.

A.V.172-2015

BC177-2015-48: DECLARAMOS infundado el recurso de queja formulado por la defensa técnica del in-vestigado Estanislao Flavio Taya Guerra, en contra de la resolución Nro. 02 de fecha 03 de julio del 2015, que declaró improcedente por extemporá-neo el recurso de apelación presentado por el so-licitante en contra del auto de prisión preventiva de fecha 25 de junio del presente año; en conse-cuencia, CONFIRMAMOS la referida resolución en el extremo materia de queja, y lo devolvemos.Decretos: Se expidieron un total de 09 decretos.

22 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA

AUTO DE TRÁMITE

LR1480-2013-44: CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fun-damentos de la pretensión impugnatoria en el pla-zo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. SE DISPONE: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domici-lios procesales electrónicos, bajo apercibimiento de que, a partir de la fecha de implementación del

Page 10: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

Sistema de Notificaciones Electrónicas, esto es, a partir del trece de julio del año en curso, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Su-perior.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO Y LUNA REGAL

AUTO DE TRÁMITE

CP5363-2014: DECLARAR: FUNDADA LA INHIBICIÓN de la señor Juez Superior Juan Carlos Benavides Del Carpio. DISPONEMOS INTEGRAR el Colegiado con el señor magistrado llamado por ley.

AUTO DE VISTA

A.V.166-2015

CP597-2011-54: CORREGIMOS, de oficio, la resolución Nro. 015-2015 de veintitrés de marzo del 2015, únicamente en el sentido que se consignó como nombre del procesado VICTOR RAÚL ROSELLO VAL-DIVIA, siendo lo correcto, RAÚL MANUEL ROSELLO VALDIVIA. FUNDADA la Apelación propuesta por el representante del Ministerio Público, de fojas 578 y siguiente. REVOCAMOS la Resolución Nro. 015-2015 de veintitrés de marzo del 2015, que declara la prescripción de la acción penal respecto del juz-gamiento de RAÚL MANUEL ROSELLO VALDIVIA por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de Falsificación de Documento Privado, previsto en el primer párrafo del artícu-lo 427 del Código Penal, en agravio del Ejército Peruano y Ruth Rosario Chacón Sayán; y, alterna-tivamente como delito contra la fe pública en la modalidad de Falsificación y Uso de Documento Privado Falso previsto en el segundo párrafo del artículo 427 del Código Penal, en agravio del Ejér-cito Peruano y Ruth Rosario Chacón Sayán; y, RE-FORMÁNDOLA declaramos infundada la excepción de prescripción de la acción penal propuesta por la defensa técnica del imputado Raúl Manuel Rosello Valdivia. ORDENAMOS la prosecución de la causa según su estado

Decretos: Se expidieron un total de 09 decretos.

23 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. BC

00179-2015-0: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión im-pugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la deli-mitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los re-caudos pertinentes a tal efecto. C) DISPONER el cumplimiento de lo dispuesto en el considerando cuarto de la presente resolución. Juez Superior Po-nente, señor Benavides Del Carpio.

LR

02875-2015-24: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que con-testen los fundamentos de la pretensión impugna-toria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolu-ción, adjuntando copias de los recaudos pertinen-tes a tal efecto. C) SEÑALAR fecha para la audiencia de apelación de auto el día SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUIN-CE A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias número once (primer piso- Ex Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente), diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora se-ñalada; informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Au-diencias. Asimismo, en cumplimiento de las Leyes N° 30229, 30292 y 30293, vigentes, y de las diver-sas modificaciones hechas a la Ley Orgánica del Poder Judicial, a partir del trece de julio del año en curso entró en vigencia, en el Distrito Judicial de Arequipa, entre otros, el Sistema de Notificacio-nes Electrónicas obligatorio; lo que significa que, a partir de dicha fecha, toda notificación judicial, incluidas las correspondientes al Área Penal, será efectuada a través de casillas electrónicas, dispo-

niéndose que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar en el plazo de dos días sus domicilios procesales electrónicos, bajo apercibi-miento de tenérseles por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior. Con tal fin se pone en conocimiento de las partes procesales que pueden solicitar su CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMEN-TE en nuestra página web http://www.pj.gob.pe, http://casillas.pj.gob.pe/sinoe/ o apersonándose a cualquiera de las oficinas de atención al ‘usuario judicial’ de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; también, en las mesas de par-tes (C.D.G.) de los Módulos Básicos de Justicia de: Hunter, Paucarpata, 15 de Agosto, Mariano Melgar, Cerro Colorado, Yanahuara, Juzgado de Comisarías ubicado en Palacio Viejo; o, en los Módulos Bási-cos de Justicia de Provincias: Camaná, Mollendo, Majes - El Pedregal, Caylloma-Chivay, Castilla-Aplao y Caravelí. De igual forma, podrán solicitar su casilla electrónica en el Colegio de Abogados de Arequipa.

Decretos: No se expidieron decretos.

24 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA. CP05363-2014-0: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión im-pugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimi-tación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la pre-sente resolución, adjuntando copias de los recau-dos pertinentes a tal efecto. C) SE DISPONE: Que tanto el Ministerio Público como los señores abo-gados en general,obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domicilios procesales electrónicos, bajo apercibimiento de que, a partir de la fecha de implementación del Sistema de No-tificaciones Electrónicas, en el plazo de dos días de notificado la presente, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resolucio-nesdictadas por la Sala Penal Superior.

Decretos: Se expidieron 04 decretos.

30 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. CP

02130-2015-05: SE RESUELVE: DECLARARAMOS INFUNDADA la apelación imputada por ARCONDO CARRASCO, BELTRAN de fojas treinta y uno a trein-ta y cinco y CONFIRMAMOS la resolución que corre a fojas trece a quince, que resuelve DECLARAR IN-FUNDADA. De igual forma se advierte que en los encabezamientos se esta señalando el nombre del menor por lo cual existe una prohibición legal al respecto de que no debe ser de esta manera, por lo cual debe corregir el juzgado, a fin de evitar cir-cunstancias que afecten la integridad de un menor afectado en este caso por el delito de Violación Sexual.

Decretos: Se expidieron 09 decretos.

31 DE JULIO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. Decretos: Se expidieron 09 decretos.

JUAN CARLOS BENAVIDES DEL CARPIO-

JUEZ SUPERIOR CRISLEY

HERRERA CLAURE

COORDINADORA

TERCERA SALA SUPERIOR PENAL

CRONICA DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL

MES DE JULIO

MIERCOLES 01 DE JULIO DE 2015

EN DESPACHO: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernández Dávila Mercado y Cervantes López.SV288 MM Reg. N° 8239-2006.- Te-resa Bolaños Revilla y otros.- Víctor Bolaños Revi-lla.- Rendición de Cuentas.- Sumarísimo.- Confir-maron la sentencia Número 156-2014, que declara infundada la demanda.- 5JC.- Campos.AT357 CL Reg. N° 3309-2013.- Do-minga Sanjinez Aguilar.- Martín Valdivia Dueñas y otros.- Acción de Amparo.- Especial.- Rechazaron el pedido de informe oral presentado por el señor abogado Armando Romero Pineda.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. 6815-2005.- Jose Nicolas Del Arroyo Carnero.- Cesar Paul Salinas Paredes.- y otro.- Obligación de Dar Suma De Dine-ro.- Ejecutivo.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 8591-2006.- Na-talia Colque Mansilla.- Empresa Minser SRLTDA.- Mejor derecho a la Propiedad.- Abreviado.- Re-solvieron prescindir del nuevo medio probatorio consistente en el informe documentado que debe-ría remitir el Ministerio Publico sobre el estado de la denuncia de partes.- 2SC.- Álvarez.

JUEVES 02 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Bustamante Zegarra y Cervantes López.AT358 BZ Reg. N° 164-2014.- Virgi-lia Florencia Bianco Caro.- Simaraura Quispe Maria Cleofe.- Desalojo.- Sumarísimo.- Dispusieron ele-varse los autos a la Corte Suprema de la Republi-ca.- 2SC.- Álvarez. AT359 BZ Reg. N° 4930-2011.- Ma-ykol Adán Oviedo Miranda.- Embotelladora San Miguel del Sur SAC.- Admitieron los medios proba-torios presentados por el demandante en el escrito de apelación y tratándose de medios probatorios instrumentales se valoran al momento de absol-ver el grado.- prescindieron de la audiencia de la audiencia de pruebas respectiva , traslado por el plazo de diez días, señalaron fecha para la vista de la causa el dia treinta de julio del dos mil quince a las nueve horas.- Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Cervantes López.AT CL Reg. N° 1220-2012.- Caja Municipal de Ahorro y crédito Cusco SA. y otro.- Eunise Loida Rupay Cataciora y Mario Daniel Purizaca y otro.- Obligación de Dar Suma De Dine-ro.- Ejecutivo.- aceptaron la abstención formulada por el señor Juez Superior Ramiro Bustamante Ze-garra.- 2SC.- Álvarez Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Bustamante Zegarra y Cervantes López.AT MM Reg. N° 23-2013.- Jaime Ángel Ramos Chuquitaype.- Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones MTC.- Admitieron a tra-mite en la vía de Proceso especial la demanda, confirieron traslado a la demandada por el plazo de diez días, por ofrecidos los medios probatorios.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 125-2015.- Percy Rene Ortega Cárdenas.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Admi-tir a tramite el escrito de contestación presentado por Juan José Pineda Avalos en consecuencia por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito de contestación, señalaron fecha para la vista de la causa el día dieciséis de julio del dos mil quince a las nueve horas.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 93-2013.- Trans-portes Cromotex SAC.- SUTRAN.- Revisión de Procedimiento Judicial de Procedimiento Coacti-vo.- Especial.- Declararon consentida la sentencia número 03-2014, en consecuencia ha adquirido la calidad de cosa juzgada.- 2SC.- Álvarez.

VIERNES 03 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Bustamante Zegarra y Cervantes López.AT55 BZ Reg. N° 1344-2010-84.- Sucesion Procesal de Domingo Charca Zapana.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron la inmediata de-volución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez.

AT56 CL Reg. N° 3658-2014.- Mi-nisterio Publico.- Jaime Ali Barragán Montesinos y otros.- Violencia Familiar.- Único.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad cumpla con subsanar la omisión advertida.- 2SC.- Álvarez. AT367 BZ Reg. N° 7708-2006.- Paula Filomena Huanca Luque.- Pedro Apaza Apaza y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Se resuelve declarar improcedente la nulidad de actuados interpuesta por Hernán Morante Trigo-so.- 2SC.- Álvarez.

LUNES 06 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Bustamante Zegarra y Cervantes López.

AT MM Reg. N° 151-2015.- concepción Bernudez Moreano.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Popular.- Espe-cial.- Resolvieron admitir a tramite la demanda, confiérase traslado a la parte demandad por el pla-zo de diez días, publíquese el auto admisorio de la demanda y una relación sucinta del contenido de la demanda en el diario Oficial, mandaron a la de-mandada a que remita el expediente conteniendo los informes y documentos que dieron origen a la norma objeto del proceso dentro del plazo no ma-yor de diez días contados desde su notificación.- 2SC.- Álvarez.

MARTES 07 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV484 BZ Reg. N° 1713-2014.- Hilda Chávez viuda de Apaza.- Jesús Fernández Chávez.- Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 1JM Paucarpa-ta. AV485 CL Reg. N° 814-2005-28.- Bertha Estrada Alvarado.- Oficina de Normalización Provisional.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 110, que aprueba el informe pericial es-tableciendo el reajuste de la pensión inicial de la demandante en la suma de treinta y seis nuevos soles; actualizada con los incrementos de ley en la suma de quinientos noventa y dos con 90/100 nue-vos soles, incluida la bonificación por edad avanza-da; y determina por pensiones devengadas desde el ocho de setiembre de mil novecientos ochenta y cuatro al dieciocho de diciembre de mil nove-cientos noventa y dos la suma de mil seiscientos quince con 02/100 nuevos soles.- 9JC.- Montañez. AV486 BZ Reg. N° 4126-2013.- Ma-ria Carmen Díaz Huerta.- Juan Cuzzi Ramos Bravo.- Reivindicación.- Conocimiento.- Confirmaron la re-solución 19-2015, por la que se resuelve disponer la acumulación del expediente 422-2014-0-0401-JR-CI-09 al expediente 4126-2013-0-0401-JR-CI-10 tramitado por el décimo Juzgado Civil de Arequi-pa.AV487 CL Reg. N° 604-1997-5.- Elizabeth Galdos Díaz.- Pedro Amado Carbajal.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Se resuelve confirmar la resolución número 183, en el extremo apelado que declara improcedente la nulidad formulada por el demandado en contra de las resoluciones números 178 y 180.- 3JC.- Herrera.AV488 CL Reg. N° 49-2003-94.- Municipalidad Provincial de Islay.- Sucesión de Juan Riega Cabezas y otros.- Reivindicación.- abre-viado.- Se resuelve declarar nula la resolución nú-mero 48, en el extremo que resuelve rechazar el escrito de contestación de demanda presentado por extemporáneo.- JC Islay.- Chapilliquen.AT57 MM Reg. N° 2092-2013.- Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa.- Diana Debora Zeballos Flores de Lago.- Accion Revocato-ria.- Sumarísimo. Dispusieron la inmediata devolu-ción del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. AT363 BZ Reg. N° Juan de Dios Quispe Huaraya.- Autodema.- Accion de Cum-plimiento.- Especial.- Se resuelve Admitir como prueba de oficio en segunda instancia, la docu-mentación sobre el personal que labora en Auto-dema, con precisión de sus nombres y apellidos, cargo, régimen, etc. Asimismo, informe actual de

existencia de plazas vacantes y presupuestadas en general, para lo cual se otorga el plazo de tres días. Suspender por ahora el llamado de autos para resolver.-7JC.- Ccallo Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Valencia Dongo Cardenas y Cer-vantes López.AT CL Reg. N° 5501-2002.- Mir-yam Emilia Núñez Delgado y otro.- Tiburcio Favio Ccahuanihancco Medina.- Nulidad de Acto Jurídi-co.- conocimiento.- Declararon improcedente el pedido de conclusión del proceso solicitado.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 5501-2002.- Mir-yam Emilia Núñez Delgado y otro.- Tiburcio Favio Ccahuanihancco Medina.- Nulidad de Acto Jurídi-co.- conocimiento.- Declararon improcedente el pedido de desistimiento de la pretensión solicita-do.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra.AT364 MM Reg. N° 3674-2003-60.- Agustín A gusto Taco Huaman y otros.- Dirección Regional de Salud Arequipa.- Accion de Cumpli-miento.- Especial.- declararon fundada la absten-ción formulada por el señor juez Superior Rene Cervantes López.- 2SC.- Álvarez.

NUEVE 09 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV289 MM Reg. N° 444-2008.- Merly Cardenas Paredes.- Rosa Maria Torres Pare-des y otros.- División y Partición de Bienes.- Abre-viado.- Confirmaron la sentencia número, en el extremo que declara fundada en parte la preten-sión de división interpuesta por la demandante.- 2JM Paucarpata.- Díaz.SV290 MM Reg. N° 3198-2013.- Je-sús Canaza Alejo.- Compañía de Seguros El Pacifico Vida Seguros.- Acción de Amparo.- Especial.- Con-firmaron la sentencia apelada numero 12-2015,que declara improcedente el proceso.- 3JC.- Choque. SV291 MM Reg. N° 5322-2010.- Von Newman EIRL. Ltda.- SUTRAN.- Proceso Conten-cioso Aministrativo.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 141-2014, que resuelve declarar infundada la pretensión .- 5JC.- Llerena.AV489 MM Reg. N° 5322-2010.- Von Newman EIRL Ltda..- SUTRAN.- Proceso Conten-cioso Aministrativo.- Especial.- Confirmaron la resolución número 21, que resuelve declarar im-procedente el ofrecimiento de medios probatorios extemporáneos presentados por la parte deman-dante.- 5JC.- Llerena.AV490 MM Reg. N° 6303-2014.- Rosa Eulogia Barreda Rodríguez.- Javier Arévalo Vela.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara im-procedente la demanda.- 10JC.- Ampuero.AT CL Reg. N° 153-2015.- Yon-ne Guadalupe Aranzamendi de Schreder.- Michel Jacques Joseph Schreder.- Exequatur.- Especial.- Resolvieron declarar inadmisible la solicitud in-terpuesta, por lo que concedieron el plazo de tres días a la actora para que subsanen los defectos for-males advertidos, bajo apercibimiento de rechazar la demanda.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 156-2015.- José Alejandro Álvarez Chávez.- Contraloría General de la Republica.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Declararon la incompe-tencia de esta Superior Sala por los considerándos expuestos.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 127-2015.- Wal-ter Edgar Gutiérrez Cueva.- Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio e Industria de Arequipa y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 1288-2015.- Darío Alexander Dávila Concha.- Miguel Ángel Pumaleque Apaza.- Desalojo.- Sumarísimo.- Diri-mieron competencia a favor del Juez del Segundo Juzgado Civil, en consecuencia nula la resolución número uno y nula la resolución dos en el extremo que resuelve elevar en consulta el presente proce-so.- 2SC.- Álvarez.

VIERNES 10 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y Yucra Quispe.SV292 MM Reg. N° 246-2014.- Ara-celi Artega Choquehuanca.- Abigail Torres de Almonte.- Interdicto de Recobrar.- Abreviado.- Confirmaron la sentencia s/n (resolución 06) , que resuelve declarar fundada la demanda.- JM Islay.- Chaucayanqui.

Page 11: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

SV 294 MM Reg. N° 2425-2010.- Francisco Mamani Surco.- Benito Ciriaco Mamani Surco.- Petición y/o exclusión de herencia.- Co-nocimiento.- Confirmaron la sentencia número 69-2014, que declara infundada la demanda de petición de herencia y declaración judicial de he-rederos contenida en la demanda interpuesta por Francisco Mamani Surco en contra de Benito Ciria-co Mamani Surco e improcedente la pretensión de declaratoria de herederos respecto de doña agus-tina Mamani Surco.- 1JC.- Pacheco.AV496 MM Reg. N° 1411-2011-7.- Alejandrina Mamani Mestas.- Janet Soto Mestas y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon improcedente el recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la resolución número 32, por no haberse cumplido los requisitos para su concesión en consecuencia, declararon nulo el concesorio .- 6JC.- Ramos.AV497 BZ Reg. N° 1664-2007-27.- Luis Valdivia Salas.- juan Cardenas Moscoso.- Res-ponsabilidad extracontractual.- Confirmaron la re-solución número 107-2015, que declara infundada la oposición presentada por el Seguro Social de Sa-lud ESSALUD en contra de la medida de ejecución dictada por auto número 99-2014.- 7JC.- Cárdenas.AV498 MM Reg. N° 377-2014-56.- Juan Valderrama Chávez.- Alejandra Huanacuni Llanque.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Úni-co de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolu-ción número 06-2015, que declara infundadas las excepciones de representación insuficiente del demandado y la excepción de falta de legitimi-dad para obrar del demandado e improcedente la contradicción interpuesta por Juan Almanzor Val-derrama Chávez y ordena el inicio de la ejecución forzada.- 2JM Mariano Melgar.- Vargas.AV499 MM Reg. N° 377-2014-56.- Juan Valderrama Chávez.- Alejandra Huanacuni Llanque.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Úni-co de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolu-ción número 07-2015, que declara improcedente el pedido de abandono del proceso solicitado por Alejandra Huanacuni y dispone continúe el tramite del proceso.- 2JM Mariano Melgar.- Vargas.AT365 BZ Reg. N° 1392-2014.- Sedapar.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Re-chazaron el pedido de informe oral presentado por el señor abogado Humberto Paz Dominique.- 2SC.- Álvarez.AT366 CL Reg. N° 1407-2014.- Sedapar.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Rechazaron el pedido de informe oral presentado por el señor abogado Humberto Paz Dominique.- 2SC.- Álvarez. AT367 MM Reg. N° 2399-2009.- Eduardo segundo Conterno Gutiérrez y otra.- Pau-lina Yucra Soncco.- Reivindicación.- Abreviado.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez.

LUNES 13 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernandez Davila Mercado y Busta-mante Zegarra, SV293 BZ Reg. N° 8068-2006.- Mi-guel Ángel Bejar Manrique.- Milagros Aramayo Bejar y otro.- Nulidad de Acto Jurídico.- conoci-miento.- Revocaron la sentencia apelada número 178-2014, que declara fundada la demanda; refor-mándola declararon infundada en todos sus extre-mos.- 7JC.- Rosas. Con los SS. Fernández Dávila Mercado y Bustamante Zegarra Y Cervantes LópezSV295 CL Reg. N° 2140-2014.- Manuela Quejia Tumpay.- Yrma Quejia Tumpay.- Violencia Familiar.- Único.- Se resuelve revocar la Sentencia número 27-2015 , que declara fundada la demanda; reformándola se declara infundada la misma en consecuencia se dispone la conclusión y archivo del proceso, así como la devolución de sus anexos.- JFT Paucarpata.- Gonzáles. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV296 CL Reg. N° 4544-2013.- De-lby Chocon Castillo.- Jimmy Torres Perca.- Violencia Familiar.- Único.- se resuelve confirmar la Senten-cia número 191-2015. en el extremo apelado que declara fundada la demanda.- JFT.- Arenas.SV297 CL Reg. N° 3838-2013.- Jose Charaja Valero.- Dora Charaja Santos.- Violen-

cia Familiar.- Único.- Se resuelve aprobar la sen-tencia número 125-2015, que declara infundada la demanda.- JFT.- Arenas.AV492 BZ Reg. N° 4917-2010-23.- Juan Gonzáles Cáceres.- club Internacional de Arequipa.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimien-to.- Confirmamos la resolución apelada número 69, que resuelve tener por ofrecidos y admitidos los medios probatorios extemporáneos.- 4JC.- Quispe.AV493 BZ Reg. N° 1101-2013-66.- Saturnino Garcia Calcina.- Carmen Benítez de Men-doza y otro.- Reivindicación.- abreviado.- decla-raron nula la resolución apelada número 15, que resuelve declarar inadmisible por extemporánea la oposición deducida por la parte demandante.- JM Islay.- Rúelas.AV494 BZ Reg. N° 1239-2013-76.- Federico Cadillo Cáceres.- Ambrosio Pillco Sumalave y otro.- Reivindicación.- Conocimien-to.- Confirmaron la resolución apelada número 06, en el extremo que resuelve declarar infundadas las excepciones de cosa juzgada y prescripción extintiva.-8JC.- Ramírez.AV495 BZ Reg. N° 315-2010-55.- José Antonio Rosas Silva.- Mary Yurly Cruz Már-quez.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Decla-raron nula la resolución apelada número 69-2015, que resuelve aprobar la liquidación del periodo comprendido del uno de enero del dos mil catorce en la suma de seis mil doscientos setenta y cinco nuevos soles.- 2JM Paucarpata.- Díaz.AV500 BZ Reg. N° 1434-2014.- Sedapar.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Obligación de Dar Suma De Dinero.-Confirmaron la resolución final apelada número 10, en el extre-mo que declara fundada la demanda, revocaron la misma en cuanto condena a la parte demandada al pago de costas y costos del proceso, reformándola exoneraron a la demandada del pago de costas y costos del proceso.-2JM Paucarpata.- Apaza.AT59 CL Reg. N° 7172-2009.- Jose Antonio Giraldo Ibáñez.- Gloria Luz Mercedes Giraldo Oporto y otros.- Administración Judicial de Bienes.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 64-2001-65.- Caja Municipal de Ahorro y crédito de Arequipa.- Leoncia Huaracha de Carpio.- Ejecución de Garan-tías.- Único de Ejecución.- Dispusieron remitir el expediente a la tercera Sala Civil de la Corte Supe-rior de justicia de Arequipa.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 1406-2013-37.- Fondesurco.- Enrique Alberto Concha Silva.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Re-chazaron el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por el demandado, el mismo que lo declararon inadmisible; por tanto Nulo el conceso-rio de apelación.-2SC.- Álvarez.

MARTES 14 JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.S09 BZ Reg. N° 239-2012.- Go-bierno Regional de Arequipa.- Accion Popular.- Fa-llaron declarando fundada la demanda de Accion Popular en consecuencia declararon la nulidad del Acuerdo Regional número 005-2011-GRA/GR-AREQUIPA.- 2SC.- Álvarez. SV298 BZ Reg. N° 2966-2012.- Mi-nisterio Publico.- Gerardo Galindo Vargas y otro.- Violencia Familiar.- Único.- Declararon Nula la sen-tencia consultada número 26-2015, que declara fundada la demanda.- 2JF.- Huanaco.SV299 BZ Reg. N° 4089-2012.- Sucesión de Melchor Coaquira Tola.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia apelada nu-mero 110-2013, que resuelve declarar fundada la demanda.- 4JC.- Núñez. SV300 BZ Reg. N° 5851-2014.- Sa-turnino Luis Chávez Velez.- Gerencia Regional de Agricultura.- Acción de Amparo.- Especial.- Confir-maron la sentencia apelada numero 16-2015, que resuelve declarar fundada la demanda.- 2JC.- Me-léndez. SV301 BZ Reg. N° 3893-2014.- Ro-mualdo Perroa Layme.- Pacifico Vida.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia ape-lada numero 26-2015, que resuelve declarar infun-dada la demanda.- 8JC.- Ramírez. SV

302 CL Reg. N° 7404-2009.- Adriana Gallegos López.- Herederos de Rosa Fran-cisca Fernández Cervantes.-División y Partición de Bienes.- Abreviado.- Se resuelve confirmar la sentencia número 88-2014, que resuelve declarar improcedente la demanda.- 8JC.- Ramírez.SV303 CL Reg. N° 437-2014.- An-drea Chire Gonzáles.- Oscar Canazas Rivero.- Vio-lencia Familiar.- Único.- Se resuelve confirmar la sentencia número 07-2015, que declara infundada la demanda.- JFT.- Calderón.SV304 MM Reg. N° 3017-2012.- Eleuterio Apaza Pérez.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confir-maron la sentencia apelada 60-2015, que resuelve declarar improcedente la tacha deducida por la demandada y fundada la pretensión constitucional de amparo contenida en la demanda.- 2JM Maria-no Melgar.- Vargas. SV305 CL Reg. N° 1226-2012.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana.- Sonia Rosario Alarcón y otros.- Ineficacia de Acto Jurí-dico.- Conocimiento.- Se resuelve declarar nula la sentencia número 154-2014, que resuelve declarar infundada la demanda interpuesta.- 7JC.- Rosas.AV491 BZ Reg. N° 3893-2014.- Ro-mualdo Perroa Layme.- Pacifico Vida.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmamos la resolución número 06, en el extremo por la que se declara in-fundada la excepción de falta de agotamiento de vía administrativa.- 8JC.- Ramírez. AV498 MM Reg. N° 136-2005.- Ser-vicios de Cobranzas e Inversiones SAC.- Esther Pa-checo Benavente de Zambrano y otro.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Revocaron la resolución número 93, que declarar el abandono del proceso, reformándola declararon infundado el pedido de abandono de Liliana Esther Zambrano Pacheco.- 1JM Mariano Melgar.- Urquizo.AV499 MM Reg. N° 3017-2012.- Eleuterio Apaza Pérez.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Decla-raron Nula la resolución número 13, que resolvió imponer una multa compulsiva y progresiva equi-valente a una unidad de referencia procesal.- 2JM Mariano Melgar.- Vargas.AV501 BZ Reg. N° 6342-2014-29.- Viettel Perú SAC.- Municipalidad Provincial de Are-quipa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Espe-cial.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que declara improcedente la medida cautelar de no innovar solicitada por Viettel Perú.- 1JC.- Lu-que. AV502 MM Reg. N° 6013-2014.- Miguel Ramos Paz.- Jonnathan Gonzáles Bravo y otros.- Titulo Supletorio.- Abreviado.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que declara improcedente la demanda.- 10JC.- Villanueva. AV503 MM Reg. N° 687-2015-95.- Hubert Huanca Tito.- Catherine Neyra Almonte.- Régimen de Visitas.- Sumarísimo.- Se resuelve con-firmar la resolución número 01, que dicta medida cautelar a favor de Hubert Oswaldo Huanca Ttito.- 3JF.- Salinas.AV504 MM Reg. N° 7549-2014.- Transervis AQP EIRL.- Rafael Neira Vargas.- Nuli-dad de Acto Jurídico.- Conocimiento.- Desalaron improcedente le recurso de apelación interpuesto por la demandante; en consecuencia Nula la reso-lución número 04-2015, que concede recurso de apelación contra la resolución número 02-2015.- 8JC.- Ramírez. AV505 CL Reg. N° 1226-2012.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana.- Sonia Rosado Alarcón y otro.- Ineficacia de Acto Jurídi-co.- Conocimiento.- Se resuelve declarar nula la resolución número 13, que resuelve fijar los pun-tos controvertidos; se dispone que el A quo emita nueva resolución y proceda conforme lo previsto en el articulo 380 del CPC.- 7JC.- Rosas.AT369 BZ Reg. N° 284-2015.- José Baldarrago Ali.- Oficina de Normalización Provisio-nal.- Acción de Amparo.- Especial.- Concedieron el recurso de Agravio Constitucional interpuesto por Wueston Senon Cuayla Taco abogado del deman-dante Ordenaron elevarse los actuados al tribunal constitucional.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 7613-2014.- Fe-rreyros SA.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Rechazaron el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por el demandado, el mismo que lo declararon inadmisible; por tanto Nulo el concesorio de apelación.-2SC.- Álvarez.

MIERCOLES 15 JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV506 MM Reg. N° 532-2015.- Em-presa Productos Inkatambo SRL.- Paula Chura Ma-quera y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conoci-miento.- Declararon Nula la resolución número 02, que rechaza la demanda.- 8JC.- Acabana.AV508 MM Reg. N° 2750-2014.- Luis Enrique Delgado Valdivia.- Mario Álvarez Cervan-tes.- Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Decla-raron nula la resolución número 01, que declara improcedente la demanda.- 8JC.- Ramírez.AV519 MM Reg. N° 5153-2010-02.- Gobierno Regional de Arequipa.- Asociación de Vivienda Elmer Faucett.- Reivindicación.- Cono-cimiento.- Declararon nula la resolución número 39-2014, que resuelve admitir la denuncia civil efectuada por los demandados.- 9JC.- García.AT368 BZ Reg. N° 838-2012.- Wi-lliam Diego Codorena Choque.- Cooperativa de Vi-vienda las Magnolias LTDA 1370.-Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez.

JUEVES 16 JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado, Bustamante Zegarra y Cervantes López.SV306 BZ Reg. N° 1132-2013.- Mi-nisterio Publico.- Carlos Alberto Andrade Andra-de.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia apelada número 531-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- JFT.- Arenas.SV307 CL Reg. N° 366-2012.- El-mer Talavera Perez.- Juan Atencio Álvarez.- Vio-lencia Familiar.- Único.- Se resuelve confirmar la sentencia, que declara infundada la demanda.- JM Islay.- Zegarra.SV308 CL Reg. N° 3258-2012.- Eli-zabeth Grovas Vives.- Rolando Chinapo Cahana.- Violencia Familiar.- Único.- se resuelve aprobar la sentencia número 203-2015, en el extremo que declara infundada la demanda.- JF Hunter.- Vargas. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV309 CL Reg. N° 4351-2014.- An-selmo Chancayauri Huyhua.- Pacifico Vida.- Accion de Amparo.- especial.- Se resuelve confirmar la sentencia número 01-2015, que declara improce-dente la demanda .- 6JC.- Trujillo.AV507 CL Reg. N° 3709-2010.- Car-men Aurora Arana Quiroga.- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.- Accion de Cumplimien-to.- Especial.- Confirmamos la resolución número 32, que resuelve declarar la conclusión de la eje-cución del proceso y el archivo definitivo del expe-diente.- 1JC.- Gonzáles.AV509 CL Reg. N° 8676-2014.- Raúl Azpilcueta Cáceres.- Juan Ccoaquira Cuito y otros.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que resuelve declarar improcedente la demanda.- 1JC.- Luque.AV510 CL Reg. N° 4351-2014.- An-selmo Chancayauri.- Huayhua.- Pacifico Vida.- Ac-ción de Amparo.- Especial.- se resuelve confirmar la resolución número 05, que declara improceden-te la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa deducida.- 6JC.- Trujillo.AV511 CL Reg. N° 8689-2014.- Gil Rosalio Zapana Huaricallo.- Yanira Huaman.- Ac-ción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolu-ción numero cero uno, la que declara improceden-te la demanda.- 6JC.- Trujillo. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárdenas y Bustaman-te ZegarraAV511 BZ Reg. N° 3453-2012.- Víctor Rondon Postigo.- Cesar Burga Cervantes y otros.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución número 13, por la que se declara im-procedente la demanda.- 4JC.- Meléndez.AT CT Reg. N° 1815-2013.- Domingo Guzman Huaracallo Quispe.- .- Muni-cipalidad Distrital de Jacobo Hunter.- Acción de Amparo.- Especial.- Admitieron el medio Probato-rio referido a la copia simple del informe técnico 042-2015-JMJH-RR.HH, traslado a las partes del proceso por el plazo de tres días, se suspende el

plazo para la emisión de la resolución de Vista has-ta la actuación de la pueba.- 2SC.- Álvarez.

VIERNES 17 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado, Bustamante Zegarra y Cervantes López.SV310 BZ Reg. N° 2079-2011.- Je-sús Silvio Luque Mendoza.- Karina Gamarra Gon-záles.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Apro-baron sentencia consultada número 158-2015, que declara fundada la demanda.- JFT.- Calderón. Con los SS. Valencia Dongo Cardenas, Bustamante Zegarra y Cervantes López.SV312 CL Reg. N° 2363-2013.- Adrián Rodríguez Romero y otro.- Luz Mariona Apaza Quispe y otros.- Reivindicación.- Conoci-miento.- Se resuelve revocar la sentencia número 85-2015, en el extremo de la recurrida que decla-ra improcedente la pretensión de hacer suyo lo edificado, reformándola se declara fundada esta pretensión y en consecuencia se declara que la edificación construida en el inmueble Los Astros del distrito de Cerro Colorado y constatada en la Inspección Judicial , la hace suya la parte deman-dante sin pagar su valor.- 3JC.- ChoqueSV313 BZ Reg. N° 4284-2012.- German Quispe Jara.- Mavelin Ticona Hancco.- Vio-lencia Familiar.- Único.-Confirmaron la sentencia apelada número 52-2015, que resuelve declarar infundada la demanda.- JFT.- Arenas. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárdenas y Cervantes López.AV512 MM Reg. N° 6301-2014.- Eu-lalia Núñez Bolívar.- Primera Sala Civil de Arequi-pa.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución número 01, que declara improcedente la demanda.- 3JC.- Ylla. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV513 BZ Reg. N° 1765-2009-41.- Julián Zapana Apaza.- UNSA.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Confirmaron la resolu-ción número 68, por la que se resuelve declarar en parte las observaciones efectuadas por la parte demandante en su escrito y fundadas las observa-ciones de la demanda en su escrito de la pagina seiscientos dieciséis y siguientes y desaprobar el informe pericial de la pagina quinientos sesenta y siguientes.- 10JC.- Villanueva. AV514 BZ Reg. N° 1293-2014-96.- Néstor Felipe Coaguila.- Clorinda Nina Coa-guila.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Revocaron la resolución apelada número 13, que resuelve declarar infundado el pedido de nulidad; reformándola declararon fundada la nulidad en consecuencia nulo todo lo actuado únicamente respecto del codemandado Rolando Severino Pé-rez Paniagua, reponiéndose la causa al estado de notificársele con el escrito de demanda.- 2JM Pau-carpata.- Yanahuaya. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárdenas y Cervantes López.AV515 CL Reg. N° 1220-2012-57.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco.- Ma-rio Supo Purizaca.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Se resuelve confirmar la reso-lución número 37, que resuelve declarar improce-dente el pedido de suspensión del proceso.- 10JC.- Ampuero. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV516 BZ Reg. N° 1855-2005-61.- Ignacio Huaylla Hancco.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confir-maron la resolución número 49, en el extremo que resuelve remitir copias al Ministerio Publico de los principales actuados.- 5JC.- Llerena.

LUNES 20 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AT370 MM Reg. N° 6607-2014.- Rosa Marta Berrios Manrique.- Superintendencia de Bienes Nacionales APIAES.- Prescripcion Adqui-sitiva.- Abreviado.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT371 BZ Reg. N° 130-2010-96.-

Page 12: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … Judicial... · judicial de ineficacia de título valor se ha dictado ... adjuntados a la demanda: DISPONGO: ... valor consistente

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

Antonieta Esmeraldina Catunta de Gonzáles.- Ja-vier Fredy Catunta de Gonzáles.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Único de Ejecución.- Declararon improcedente el pedido de informe oral presenta-do por el señor abogado de la parte demandante.-2SC.- Álvarez.

MARTES 21 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV314 BZ Reg. N° 1510-2012.- Al-fredo Flores Bernedo.- Julia Aguilar Ramírez de Contreras.- Desalojo.- Sumarísimo.- Confirmaron la sentencia apelada número 80-2015, que declara fundada la demanda.- 1JM Paucarpata.- Torreblan-ca.SV315 CL Reg. N° 5513-2007.- José Livio Pérez Arias.- Empresa Marketing Inversiones y otro.- Obligación de hacer.- Único de Ejecución.- se resuelve declarar nula la sentencia Número 111-2014, que declara infundada la demanda.- 10JC.- Ampuero.SV323 CL Reg. N° 4207-2014.- Ma-ria Esther Benites Cutida.- Susana Flores Choque.- Violencia Familiar.- Único.- Se resuelve aprobar la sentencia número 141-2015, en el extremo que declara infundada la demanda.- 3JF.- Zambrano.SV327 BZ Reg. N° 2434-2012.- Car-men Rosa Quispe Malaga.- Edgar corrales Huana-cuni.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia apelada numero 166-2015, que resuelve declarar infundada la demanda.- JFT.- Arenas. SV352 BZ Reg. N° 3354-2013.- Nancy Condori Inga y otro.- Cayo Condori Hua-mani.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia apelada numero 61-2015, únicamente en el extremo que resuelve declarar infundada la demanda.- JFT.- Arenas. AV520 BZ Reg. N° 1407-1999-28.- servicios Cobranzas e Inversiones SAC.- Julia Begazo de Flores y otros.- Ejecución de Garan-tías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 148, que declara infundado el pedido de nulidad.- 1JC.- Márquez.

MIERCOLES 22 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV324 CL Reg. N° 4219-2014.- Eu-glania Chirinos Condori.- Bruce Vidal Vivanco.- Vio-lencia Familiar.- Único.- Se resuelve aprobar la sen-tencia número 164-2015, que declara infundada la demanda.- 3JF.- Salinas.AV478 BZ Reg. N° 7034-2005-39.- Francisco Beato Quispe y otro.- Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero.- Confir-maron la resolución 82, por la que se declara infun-dadas las observaciones efectuadas por la parte demandada y en consecuencia se aprueba dicho dictamen pericial solo respecto de los trabajadores incluidos en la resolución número treinta y ocho.- 5JC.- Campos. AV479 BZ Reg. N° 7192-2003-59.- Juan Tanco Concha.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Declararon nula la resolución número 100, que resuelve aprobar la pericia contable que obra de folios mil doscientos ocho a mil doscientos veinticuatro.- 8JC.- Rendón. AV534 CL Reg. N° 73-2015.- Edith Vera Rodríguez.- Alejandrina Madariaga Romero y otro.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que resuelve declarar inadmisible la demanda , confor-me a los extremos señalados en la parte considera-tiva de la presente.- 3JC.- Choque. AT BZ Reg. N° 153-2015.- Reg. N° 153-2015.- Yonne Guadalupe Aranzamendi de Schreder.- Michel Jacques Joseph Schreder.- Exe-quatur.- Especial.- Rechazaron la Solicitud inter-puesta por el demandante sobre reconocimiento de sentencia expedida en el extranjero.- 2SC.- Ál-varez. AT MM RE 362-2014.- Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa.- Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA.- Re-visión de Procedimiento de Ejecución.- Especial Concedieron el recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la sentencia que falla declarando infundada la demanda.- 2SC.- Ál-varez.

JUEVES 23 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV316 BZ Reg. N° 897-2013.- Víc-tor Andrés vargas Rosado.- Gleny Cecilia Begazo Rodríguez.- Impugnación de Paternidad.- Conoci-miento.- Aprobaron la sentencia consultada núme-ro 158-2015.- que declara fundada la demanda.- JFT Paucarpata.- Huacapuma. SV330 MM Reg. N° 242-1996.- Suce-sores Procesales de Víctor Cárdenas Zavala.- Justa Guillermina Osorio Arce y otros.- División y Parti-ción de Bienes.- Abreviado.- Confirmaron la sen-tencia corregida y completada número 72, en el extremo que declara fundada en parte la deman-da; en consecuencia se procede a la división y par-tición del inmueble urbano ubicado en la plaza 22 de Agosto número 200 del distrito de Paucarpata según los porcentajes establecidos. SV334 MM Reg. N° 2300-2013.- Fabiola Echevarria Zumaran.- Norberto Macedo Chávez.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia que resuelve declarar infundada la demanda.- JFT.- Arenas. AV482 BZ Reg. N° 3140-2012-52.- Elisban Aguilar Quelca.- Empresa Aeropuertos An-dinos del Perú SA.- Acción de Amparo.- Especial.- Revocaron la resolución número 23, por la que se declara improcedente lo solicitado por el deman-dante, reformándola declararon fundado en parte la solicitud de fecha doce de junio del dos mil ca-torce, debiendo la demandada cumplir con otorgar al demandante como monto de su remuneración la suma de mil cuatrocientos cuarenta nuevos soles e infundada la misma solicitud en cuanto requiere el pago por remuneración en la suma de mil quinien-tos nuevos soles.- 8JC.- Risco. AV523 CL Reg. N° 3756-2008-44.- Rene Velásquez Fernández.- Fabio Basurco Jara y otros.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecu-ción.- Se resuelve confirmar la resolución núme-ro 169-2015, en el extremo apelado que dispone dejar sin efecto el pago dispuesto mediante reso-lución número ciento sesenta y siete a favor del Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, a través del Banco de Materiales SAC.- 10JC.- Gutiérrez. AV524 CL Reg. N° 6073-2009-38.- Fermín Fonseca Álvarez.- Roxana castillo Hurtado.- Interdicto de Recobrar.- Sumarísimo.- Se resuelve confirmar la resolución número 52, en todos sus extremos.- 1JC.- Luque. AV535 BZ Reg. N° 2839-20113-63.- Maria José Huaytara Figueroa.- Carlos Enrique Huaytara Aragón.- Violencia Familiar.- Único.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que declara infundada la solicitud de auxilio judicial.- 2JM Mariano Melgar.- Vargas.AV536 MM Reg. N° 257-2015.- Mi-nisterio de la Mujer.- Paula Díaz Revilla.- Régimen de Visitas.- Sumarísimo.- Confirmaron la resolución número 02, que declara improcedente la deman-da.- 4JF.- Chávez. AV555 MM Reg. N° 6477-2009-15.- Antonio Rodríguez Salinas.- Jorge Rodríguez salinas.- Nulidad de Testamento.- Conocimiento.- Confirmaron la resolución apelada número 42, en que declara improcedente la nulidad de actuados y solicitud de abandono del proceso solicitado por los demandados.- 6JC.- Trujillo.AT372 CL Reg. N° 108-2011.- Sixto Pauca Vizcarra.- .- Municipalidad Distrital de Molle-baya.- Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Dis-pusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT374 BZ Reg. N° 7613-2014-4.- Ferreyros SA.- Obligación de Dar Suma De Dine-ro.- Ejecutivo.- Declararon sin efecto la resolución número 06, señalaron la vista de causa para el día doce de agosto del dos mil quince a las nueve ho-ras.- 2SC.- Álvarez.

VIERNES 24 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV316 BZ Reg. N° 897-2013.- Víc-tor Andrés vargas Rosado.- Gleny Cecilia Begazo Rodríguez.- Impugnación de Paternidad.- Conoci-miento.- Aprobaron la sentencia consultada núme-ro 158-2015.- que declara fundada la demanda.- JFT Paucarpata.- Huacapuma.

SV317 CL Reg. N° 836-2010.- Ro-salina Gallegos Vera y otro.- Carlos Flores Llerena y otros.- División y Partición de Bienes.- Abreviado.-Se resuelve declarar nula la sentencia número 14-2014, que declara fundada la demanda.- 1JM Ma-riano Melgar.- Gonzáles. SV319 CL Reg. N° 2260-2013.- Jen-ny Quispe Mendoza.- William Demanuel Sencia.- Violencia Familiar.- Único.- Se resuelve confirmar la sentencia número 79-2015, que declara fundada la demanda.- JFT.- Arenas. Con los SS. Fernández Dávila Mercado, Bustamante Zegarra y Cervantes López.SV320 CL Reg. N° 2963-2012.- Án-gel Sayra Mendoza.- Jacqueline Merma Gamarra.- Variación de régimen de Visitas.- Sumarísimo.- Se resuelve confirmar la sentencia número 123-2015, que resuelve declarar fundada la demanda.- JFT.- Calderón. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV321 BZ Reg. N° 621-2009.- Cons-tructora e inmobiliaria TEXAO SRL.- Asociación de Vivienda Los Portales de Tahuaycani.- Proceso Con-tencioso Administrativo.-Especial.- Confirmaron en parte la sentencia 10-2015, por la que se resuelve 1) declarar improcedente la oposición a la inspec-cion judicial, y revocaron la misma sentencia en el extremo que resuelve 2SC.- Álvarez.) Declarar im-procedente la demanda y reformándola declararon infundada la demanda.- 2JM Paucarpata.- Apaza.SV322 MM Reg. N° 3833-2014.- Emiliano Hilasaca Mamani.- Tirsa Andía Romero.- Violencia Familiar.- Único.- Aprobaron la sentencia número 186-2015, en el extremo consultado, que declara improcedente la demanda.- 3JF.- Pinto. SV326 BZ Reg. N° 3022-2014.- Da-nixa Mendoza Ala.- Simón Cahui Oxa.- Violencia Fa-miliar.- Único.- Aprobaron la sentencia consultada número 227-2015, que falla declarando fundada la demanda.- 3JF Pinto. SV329 MM Reg. N° 1813-2013.- Nol-berta Lazo Herrera.- Mario Carbajal Delgado.- Di-vorcio por Causal.- Conocimiento.- Confirmaron la sentencia, que declara infundada la demanda SV335 CL Reg. N° 996-2014.- Ar-naldo vera Rivera.- Zoila Meneses Zúñiga de Vera.- Divorcio por Causal.- Conocimiento.- Se resuelve aprobar la sentencia número 183-2015, que decla-ra fundada la demanda.- JFT Calderón. SV336 CL Reg. N° 4117-2012.- Asunta Huayta Merma.- Gregorio Huayta Merma.- Violencia Familiar.- Único.- Se resuelve aprobar la sentencia número 182-2015, que declara infunda-da la demanda.- 2JF.- Huanaco.SV338 BZ Reg. N° 4487-2012.- Ma-ria del Carmen Guevara de la Jara.- .- Municipali-dad Distrital de Yanahuara.- Acción de Amparo.- Especial.- Revocaron la sentencia número 58-2015, por la que se declara improcedente la demanda, reformándola declararon infundada la demanda.- 1JC.- Márquez. Con los SS. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas y Cer-vantes López.AV521 CL Reg. N° 1220-2012.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco SA.- Mario Rene Supo Purizaca.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Se resuelve confirmar las resoluciones número 39 y 40, en el extremo ape-lado que resuelve ratificar la adjudicación efec-tuada por el martillero publico transfiriendo los inmuebles inscritos en las Partidas Registrales N° PO6116805 y N° 01149391.- 10JC.- Ampuero. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV525 CL Reg. N° 1407-2014.- Sedapar.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Ejecutivo.- Se resuelve confirmar la resolución número 10, en el extremo apelado que resuelve llevar adelante la ejecución disponiendo que la parte ejecutada pague al ejecutante la suma de cinco mil doscien-tos cuarenta y siete con 70/100, mas los intereses legales, Revocar la cita resolución en el extremo apelado que condena al pago de Costas y costos del proceso a la parte demandada, Reformándola se declara sin costas Declararon Nula la resolución numero cero uno que resuelve declara improce-dente la demanda costos.- 2JM Paucarpata.- Apa-za. Con los SS. Valencia

Dongo Cárdenas, Bustamante Zegarra y Cervantes López.AV526 CL Reg. N° 69-2015-45.- Pe-tronila Hualcuna Manquera de Montaño.- Mejor Derecho de propiedad.- Abreviado.- Se resuelve anular la resolución número 01 y disponer que el A quo emita una nueva resolución.- 7JC.- Ccallo. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AV527 CL Reg. N° 198-2015.- Este-la Juárez Velarde.- Oswaldo Viveros Juárez.- Auto-rización de Viaje de Menor.- No Contencioso.- Se resuelve confirmar la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda y la devolución de anexos.- 4JC.- Chávez. AV528 BZ Reg. N° 296-2015.- Eu-genia Centeno Monasterio.- Efraín Burra Quispe y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Confirmaron la resolución apelada número 01, en el extremo que declara improcedente la demanda respecto a la cuarta pretensión principal, declara-ron nula la misma respecto a las demás pretensio-nes principales y subordinada.- 2JM Paucarpata.- Díaz.AV537 BZ Reg. N° 1425-2014.- Sedapar SA.- .- Municipalidad Distrital de Paucar-pata.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Eje-cutivo.- Confirmaron la resolución final apelada número 10, que declara fundada la pretensión.- 2JM Parucarpata.- Bolívar. AT373 MM Reg. N° 698-2012-35.- Rosario Clotilde García Gonzáles y otra.- Isabel Quispe Laura.- Desalojo.- Sumarísimo.- Declararon improcedente el pedido de informe oral presenta-do por la abogada de la parte demandante.-2SC.- Álvarez. AT375 CL Reg. N° 1528-2011.- Leandro Anccasi Asúa.- Lucia Herrera Cornejo y otro.- Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Se resuelve admitir como prueba de oficio la copia Literal del Predio inscrito con Código de Predio N° PO6150116; admitir como prueba de oficio el Plano de Trazada y Lotizacion de la manzana Ac-ción Amparo del Pueblo Tradicional de Miraflo-res, donde corre inscrito el código de Predio N° PO6150116; admitir como prueba de oficio el in-forme que deberá remitir la Oficina de Catastro de la Municipalidad Distrital de Miraflores respecto de la numeración que corresponde a los predios de la Manzana Acción Amparo signados como lo-tes 20,21 y 22 del pueblo tradicional de Miraflores, disponer la notificación de la colindante doña Eu-doxia Valencia Valencia; conceder el plazo de tres días a las partes y a partir de la notificación de la presente a fin de que puedan pronunciarse sobre la prueba documental admitida de oficio y puedan ejercer su derecho de defensa; suspender por aho-ra el llamado de autos para resolver.- 8JC.- Ramírez.AT BZ Reg. N° 403-2014.- Ra-fael Vizcarra Machicao.- Poder Judicial.- Acción de Amparo.- Especial Declararon infundado el recurso impugnatorio de reposición interpuesto por José Luis Charapa Capacoila, integraron la resolución 115.- 2SC.- Álvarez.

LUNES 27 DE JULIO DE 2015En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AT BZ Reg. N° 5881-2014.- Sa-turnino Luis Chávez Velez.- gobierno Regional de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Resuelve corregir la sentencia de vista 300-2015 tanto en la parte considerativa como en su parte resolutiva debiendo decir “articulo 22 del Código Procesal Constitucional” subsistiendo la misma en lo demás que contiene.- 2SC.- Álvarez.

JUEVES 30 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.SV331 MM Reg. N° 3204-2013.- Rita Mendoza Fakhie.- Oscar Tejada Llosa.- Divorcio por Causal.- Conocimiento.- Aprobaron la sentencia consultada número 315-2015, en el extremo que declara disuelto el vinculo matrimonial derivado del matrimonio civil, por la causal de separación de hecho por mas de dos años.- JFT.- Arenas. SV332 MM Reg. N° 3255-2013.- Jua-na Valdivia Yañez.- Vilma Martínez Torres.- Petición de Herencia.- Conocimiento.- Confirmaron la sen-tencia apelada número 132-2014, que resuelve de-clarar fundada en parte la demanda e infundada la pretensión que versa sobre el inmueble ubica-

do en la urbanización león XII, lote 23, manzana H, distrito de Cayma, así como sobre las cuentas bancarias del Banco de Crédito del Perú y Banco Continental.- 1JC.- Gonzáles.SV334 MM Reg. N° 2065-2012.- Maria Ofelia Chacon Obando de Pérez.- Cesar Reynaldo Pérez Paucar.- Divorcio Por Causal.- Co-nocimiento.- Declararon nula la sentencia número 93-2015, que declara disuelto el vinculo matrimo-nial entre las partes; ordenaron que se renueve el acto procesal viciado notificándose en el domicilio procesal señalado por el demandado con la resolu-ción número 13.- JFT.- Huacarpuma. SV345 MM Reg. N° 679-2012.- Hum-berto Zenteno Núñez.- Josefina Cerna Álvarez y otro.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Confirmaron la sentencia que declara infundada la demanda de nulidad de acto jurídico e improce-dente la pretensión acumulada sobre demolición del bien inmueble.- JM Islay.- Rúelas. AV MM Reg. N° 1086-2015.- Mirian Valencia Rozan y otro.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Confirmaron la resolu-ción número 01, que declara improcedente la de-manda.- 9JC.- García.AV531 MM Reg. N° 6047-2014.- marco Antonio Barra Manrique.- Manuel Ccanto Álvarez.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecu-ción.- Confirmaron la resolución número 05, que declara infundada la excepción de oscuridad en el modo de proponer la demanda infundada la con-tradicción al mandato de ejecución sustentada en la causal de inexigibilidad de la obligación formu-lada por los demandados.- 5JC.- Llerena. AV532 MM Reg. N° Florentina Ro-dríguez viuda de Carbajal.- Rectificación de Par-tida.- No Contencioso.- confirmaron la resolución auto 22, que declara improcedente la solicitud pre-sentada, ordenaron la remisión al Juzgado de Paz Letrado del Turno que corresponda.- 5JC.- Medina. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Paredes Bedregal y Carreon Romero.AV333 MM Reg. N° 3233-2013.- cor-poración Educativa FARADAY SAC.- Poder Judicial y otros.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 19-2015, que declara infunda-da en todos sus extremos la demanda Constitucio-nal de amparo.- 6JC.- Gutiérrez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.AT367 BZ Reg. N° 4293-2009.- Brenda Carla Lanza Díaz.- Universidad Andina Nés-tor Cáceres Velásquez Filial.- Acción de Amparo.- Especial.- Resuelven declarar infundado el pedido de la nulidad de la resolución cinco.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Valencia Dongo Cárdenas, Bustamante Zegarra y Cervantes López.AT MM Reg. N° 151-2015.- con-cepción Bermúdez Moreano.- Municipalidad Pro-vincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Resolvieron admitir a tramite el escrito presentado por Juan José Pineda Avalos; en consecuencia die-ron por absuelta la demanda, Conforme a su es-tado requirieron al demandante para que cumpla con presentar la publicación ordenada en autos, señale casilla electrónica y judicial dentro del plazo de tres días bajo apercibimiento de multa y responsabilidad en caso de incumplimiento.- 2SC.- Álvarez.

VIERNES 31 DE JULIO DE 2015

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Cervantes López y Salinas Vizcarra.S10 MM Reg. N° 05-2015.- Seda-par.- Luis Velando Puertas y otros.- Anulación de Laudo Arbitral.- Especial.- Fallaron declarando fun-dada en parte la demanda, en consecuencia nulo el laudo arbitral expedido en mayoría, improce-dente la misma por la causal prevista en el inciso c) numeral 1° del articulo 63del Decreto Legislativo 1071.- 2SC.- Álvarez.AV541 MM Reg. N° 842-2009-79.- Toribia Arce Bautista.- Rodolfo Vilca Vargas.- Vio-lencia Familiar.- Único.- Confirmaron la resolución número 27 que dispone el retiro del agresor del hogar conyugal que comparte con la agraviada.- 1JM Paucarpata.- Bolívar. AV542 MM Reg. N° 842-2009-79.- Toribia Arce Bautista.- Rodolfo Vilca Vargas.- Vio-lencia Familiar.- Único.- Confirmaron la resolución número 33, que dispone la remisión de copias de los actuados principales al Ministerio Publico por la presunta comisión de un ilícito contra la admi-nistración de justicia.- 1JM Paucarpata.- Bolívar.

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 9 de setiembre del 2015

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miérecoles, 9 de setiembre del 2015