Sujetos en el derecho al trabajo

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Definiciones cada tipo clase de trabajador

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Repblica Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular Para La DefensaUniversidad Nacional Experimental De La Fuerza Armada BolivarianaMateria: Derecho Laboral8vo semestre Seccin D01 Ing. De Sistemas

Sujetos en el derecho al trabajo

Profesora: Leismar Herrera

Caracas, Septiembre del 2015Introduccin

En este presente trabajo definiremos unos conceptos bsicos plasmados en la Ley Orgnica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) y que son importantes para el desarrollo del trabajador o trabajadora hoy en da. Algunos de los conceptos que mencionaremos tienen que ver mucho con el derecho laboral ya que este nos ayuda a tener nuestro derecho al trabajo, defenderlo y adems nos protege como trabajadores. Podemos definir el derecho laboral como una rama del Derecho cuyos principios y normas jurdicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relacin de dependencia y a cambio de una contraprestacin. Es un sistema normativo heternomo y autnomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales. Despus de definir el concepto de derecho laboral mencionaremos los conceptos que desarrollaremos a lo largo de este trabajo: Trabajadores (Obreros, empleados, funcionarios pblicos, trabajadores no dependientes, patronos o empleadores, representantes, sustitucin de patronos, intermediarios y contratistas).

Sujetos en el derecho del trabajo

El Trabajador El trabajador es aquella persona natural, individual y concreta que presta sus servicios en estado de dependencia y subordinacin. Slo puede ser natural para ser considerado como tal el trabajador empleado u obrero. Se entiende por trabajador al asegurado y los beneficiarios a los familiares dependientes del trabajador protegidos por las leyes del Cdigo de Seguridad Social, sin embargo de lo dicho, es necesario diferenciar entre trabajador empleado y trabajador obrero. Segn la definicin en el diccionario de la real academia espaola trabajador o trabajadora es alguien que trabaja o es muy aplicado al trabajo.El obrero Se distingue por desarrollar por lo general un esfuerzo predominantemente fsico, con remuneracin por jornal, con variaciones de acuerdo a los das trabajados. Algunas definiciones que podemos conseguir de obrero u obrera en el diccionario son las siguientes: Que trabaja, perteneciente o relativo al trabajador y trabajador manual retribuido.El Empleado Se distingue por desarrollar por lo general un esfuerzo predominantemente intelectual, prestando sus servicios en oficina, con horario y condiciones especiales, remuneracin mensual comercial. Dos definiciones de las que podemos encontrar en el diccionario son las siguientes: Persona que desempea un destino o empleo, persona que por un salario o sueldo desempea los trabajos domsticos o ayuda en ellos.Funcionario publico Es aquel trabajador que desempea funciones en un organismo pblico del Estado, de una Comunidad Autnoma o de la administracin local. No se puede considerar funcionario a un empleado de una empresa pblica, ya que para el acceso a la funcin pblica se exige la superacin de un proceso selectivo (oposicin), que no se exige en el caso de las empresas pblicas. Trabajador no dependiente El trabajador o trabajadora no dependiente es aquel que trabaja por cuenta propia y no depende de ningn jefe o patrono de la empresa y estos estn protegidos por la seguridad social. Esta definicin se puede encontrar en la LOTTT (ley orgnica del trabajo para los trabajadores y trabajadoras) articulo 36.Patrono o empleador Este se puede definir como aquel que tiene bajo dependencia trabajadores o trabajadoras en virtud de una relacin laboral en el proceso social de trabajo. Este concepto tambin est en la LOTTT en el artculo 40.Representante del patrono o patrona Se considera toda persona natural que en nombre y por cuenta de este ejerza funciones jerrquicas de direccin o administracin o que lo represente ante terceros o terceras. (Artculo 41 de la LOTTT)

Sustitucin de patronos o patronas Esta sustitucin de patronos a patronas debe notificarse a los trabajadores de la entidad, para que ellos estn al tanto de la situacin de su empleo o trabajo; al hacer esta sustitucin se deben cancelar todas las deudas entre patrono y trabajador o descontarlo de la paga de su sueldo. Esta sustitucin no afectara las relaciones individuales o colectivas del trabajo. Este nuevo patrono o patrona debe ser muy responsable con las obligaciones o tareas de una determinada empresa u organizacin. Estas definiciones estn en los artculos 66, 67 y 68 de la LOTTT.Intermediarios Segn la ley es la persona que contrata o interviene en la contratacin de otra u otras personas para que presten servicios a un patrn o patrona. Tambin puede entenderse como la persona que a nombre propio crea relacin con el trabajador. Contratista Un contratista es la persona o empresa que es contratada por otra organizacin o particular para la construccin de un edificio, carretera, instalacin o algn trabajo especial, como refineras o plataformas petroleras por ejemplo. Estos trabajos pueden representar la totalidad de la obra, o bien partes de ella, divididas de acuerdo con su especialidad, territorialidad, horario u otras causas.

Conclusiones Podemos llegar a la conclusin que el trabajo es primordial para la supervivencia del ser humano, ya que sin el trabajo, las personas no podran sobrevivir, ya sea por la comida u otra necesidad, por eso existe el derecho al trabajo que les permite a las personas ejercer su profesin, cobrar sus sueldos y mantener a su familia, ya que nada es gratis y hay que pagarlo todo. Es importante que el ingeniero de sistemas o de cualquier otra rama sepa estos conceptos que estn en la Ley Orgnica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) para que estos conozcan sus derechos al momento de ir a trabajar o de que ejerzan su primer empleo, porque si estos no conocen sus derechos podran ser vctimas de un robo o de un fraude, por eso es importantsimo que un ingeniero o cualquier tipo de trabajador conozco tales derechos. Esperemos que todos los trabajadores y trabajadoras conozcan sus derechos, ya que sin esta Ley hasta un pas podra corromperse.

Referencias bibliogrficas

LOTTT (Ley Orgnica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras), Decreto N. 8938, 30 de abril del 2012Referencias electrnicas(http://www.gerencie.com/sustitucion-de-patronos.html)(http://definicion.de/derecho-laboral/)(http://www.derechoyleyes.net/2011/06/sujetos-del-derecho-del-trabajo.html)