Solución de Controversias - LEGISLACION EN LA CONSTRUCCION

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    Solución de Controversias

    1. INTRODUCCIÓN

    Durante el desarrollo de los procesos de selección y hasta antes de lacelebración de los contratos, se emiten actos, tanto por el Comité Especialcomo por el órgano encargado de las contrataciones, respectivamente, que

    pueden, eventualmente, violar, desconocer o lesionar un derecho o interéslegítimo de los participantes o postores de dicho proceso.

    En tal sentido, todo participante o postor, en el desarrollo del proceso deselección y hasta antes de la celebración del contrato, tiene expedito suderecho a impugnar tales actos, con lo cual se generan las controversiasdurante el proceso de selección.

    Este derecho con que cuentan los participantes y postores, es una facultadde contradicción administrativa regulada en las normas del procedimientoadministrativo general, que disponen que frente a un acto que se supone,viola, desconoce o lesiona un derecho o interés legítimo, todo administradotiene expedito el derecho a impugnar dicho acto.

    or ello, las normas del procedimiento administrativo general prevén ! tiposde recursos"

    # $econsideración# %pelación# $evisión

    or su parte, la normativa de contrataciones del Estado, por tener car&cterespecial, ha previsto que las discrepancias que sur'an entre la Entidad y losparticipantes y postores en un proceso de selección, solamente podr&n darlugar a la interposición del recurso de apelación.

    Considerando el marco normativo vigente, en el presente capítuloabordaremos el tema"

    ()olución de controversias durante el proceso de selección*, lo cual nospermitir& conocer y anali+ar los aspectos importantes que debemos teneren cuenta, no sólo como operadores de la normativa de contrataciones delEstado para los que traba'an en el Estado- a n de un me'or resolver de losrecursos de apelación, sino también como proveedores del Estado queparticipan en los diferentes procesos de selección, a n de conocer losmecanismos de defensa con que cuentan para e'ercer facultad decontradicción administrativa.

    Cabe resaltar que, las controversias que se originan durante la /ase de

    )elección tienen mecanismos 'urídicos de solución distintos a aquellas quese originan durante la /ase de E'ecución Contractual, por ello es importanteconocer, para saber diferenciar, cu&les son las formas de solucionarcontroversias en cada una de estas fases del proceso de contratación,debiendo establecerse el marco procedimental para solucionarcontroversias"

    1.1 Solución de controversias en la Fase del Proceso de selección

    ara resolver las controversias producidas durante la /ase de )elección seutili+ar& el procedimiento de 0mpugnación %dministrativa. El recursoadministrativo a utili+ar es el $EC1$)2 DE %E3%C045. 6 es el tema quedesarrollaremos en este capítulo.

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    PEACE # 9ódulo ! rocesos de )elección

    1. Solución de controversias en la Fase de E!ecución Contractual

    En la /ase de E'ecución Contractual se establecen dos mecanismosalternativos" la Conciliación y el %rbitra'e. 3a C25C030%C045 se reali+a através del acuerdo de ambas partes entidad contratante y contratista-. Elconciliador o el centro de Conciliación act:an como facilitador para que laspartes lleguen a un acuerdo y a la solución de la controversia. El otromecanismo es el %$;0

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    ). ACTOS I*PU+NA,"ES

     

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    ). No se #uede i%#u(nar-

    3as actuaciones materiales relativas a

    la programación de los procesos deselección en el

    )E%CE.

    3as actuaciones y actos preparatorios de laEntidad convocante, destinadas a organi+ar lareali+ación de procesos de selecciónelaboración del lan %nual de Contrataciones# %C, del expediente de contratación,designación del Comité especial y laelaboración de las ;ases-.

    3as ;ases del proceso deselección yo su integración.

    3as actuaciones materialesreferidas al registro departicipantes

    3os actos que aprueban la exoneracióndel proceso de selección, así como losque se generen para la suscripción delrespectivo contrato.

    . P"A/OS

    El Decreto 3egislativo 5B 778 ha introducido un esquema dual respecto alos pla+os para interponer el recurso de apelación, ya sea ante el

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    ;uena ro, también F días h&biles desde que se tomó conocimiento del actoa impugnar.

    0. EFECTOS DE "A INTERPOSICIÓN DE" RECURSO DEAPE"ACIÓN

    3a 3ey es enf&tica en este tema. El primer efecto de la interposición de unrecurso de apelación es la suspensión del roceso de )elección.

    Cuando se trata de apelaciones que cuestionen actos anteriores a la buenapro e incluida ésta, la suspensión del proceso sólo se reali+a luego deotorgada la ;uena ro, por lo mismo el $eglamento de la 3ey deContrataciones del Estado ha previsto que el recurso de apelación seinterponga luego de producido el otorgamiento de la ;uena ro, paracuestionar su ad'udicación o cualquier acto anterior a ella

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    En caso se presente un recurso de apelación antes de otorgada la ;uenaro, éste deber& recha+arse de plano, sin mayor tr&mite por la 1nidad de

     

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    apelación, no subsana las observaciones se tendr& por nopresentado el recurso. or lo tanto, se le devolver& elrecurso

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    que debe recaudar el recurso de apelación sea equivalente al !Jdel valorreferencial.

    or lo tanto, las 1nidades de

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    En los procesos, seg:n relación de ítems, el monto ser& el !J del respectivoítem. En ning:n caso la garantía ser& menor al FJ de la 10< vigente.

    3a garantía se presenta a través de una carta an+a que cumpla con lascondiciones de ser incondicional, irrevocable, de e'ecución inmediata ysolidaria. )ólo ser& emitida por entidades bancarias o nancieras que estén

    dentro del &mbito de supervisión de la )uperintendencia de ;anca y)eguros.

    ara el caso de los recursos de apelación, existe la posibilidad que el !Jpueda ser depositado en la cuenta bancaria de la Entidad o del 2rganismo)upervisor de las Contrataciones del Estado 2)CE-, seg:n corresponda.

    En el caso de las garantías se establece una vigencia" no menor de I díascalendarios si ha sido otorgada a favor de la Entidad, y de ! díascalendarios si ha sido emitida a favor del alado, el impugnante tiene la obligación de renovar la vigencia deesa garantía.

    E!e%#lo

    3a garantía se e'ecuta cuando el recurso de apelación esdeclarado infundado o cuando es declarado improcedente.En caso que el postor impugnante se desista, se e'ecutar& el7J de la garantía.

    En el caso que se declare fundado el recurso de apelación,en todo o en parte, o si el proceso es declarado nulo, ocuando opere la denegatoria cta, se proceder& a devolverla garantía al impugnante.

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    17. TR8*ITE DE" RECURSO DE APE"ACIÓN

    3a normativa establece como una facultad del

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    3uego de admitido el recurso de apelación, dentro delos I días

    h&biles siguientes, el

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    Tr:%i

    tesadicionales

    Conforme se se>alóprecedentemente, el 

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    # 3os antecedentes delproceso en que sedesarrolla la impugnación.

    # 3a determinación delos puntoscontrovertidosde;nidos se(

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    an&lisis sobre el fondo del asuntoy otorgar la ;uena ro a quiencorresponda. or e'emplo" si elComité Especial se equivocó yotorgó la ;uena ro al postor (%*,pero al resolverse el recurso deapelación se verica que laevaluación de las propuestas no

    era correcta y el otorgamiento dela ;uena ro no le corresponde alpostor (%*, sino al postor (;*,entonces debe otorgarse la ;uenaro a favor de este :ltimo postor.5o puede omitirse este aspecto.

    El

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    impugnación vuelva a subir al

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    del rocedimiento Contencioso %dministrativo para interponersu demanda de Denegatoria /icta ante el oder =udicial. )i el

     alados por la 3ey, la resoluciónes nula de pleno derecho. De igual forma, si la Entidad nocumple con resolver y registrar su resolución dentro de losdoce 7I- días h&biles de haber admitido a tr&mite el recursode apelación.

    Dene(atoria Ficta

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    PEACE # 9ódulo ! rocesos de )elección

    2tro aspecto relacionado con las

    resoluciones del

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    7@A de la Constitución olítica, y la sentencia emitida en denitivainstancia por el oder =udicial, se denomina Cosa =u+gada.

    3o importante a tomar en cuenta es que, la simple interposición de lademanda Contencioso %dministrativa no suspende la e'ecución de loresuelto por el

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    1. *ODA"IDADES ESPECIA"ES DE SE"ECCIÓN

    Leamos ahora las características especícas de los recursos de apelación en elmarco de las modalidades especiales de selección"

    1.1 En Co%#ras Cor#orativas

    ?@u entidad resuelveB

    Gasta que la ;uena pro quede consentida, resuelve lasapelaciones er: Compras C.C" 2bligatorias- o la Entidadencargada. C.C" facultativas-3os actos posteriores a lacomunicación del consentimiento a la Entidad participante,resuelve la Entidad participante.

    1. En Su9asta Inversa Presencial Electrónica

    3a competencia de la Entidad o del

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    1.) En la *odalidad de Convenio *arco

    El pla+o para interponer un recurso de apelación es el mismo que para unproceso tradicional" A días h&biles de otorgada la ;uena ro, para impugnar la;uena ro y actos anteriores? y A días h&biles de haber tomado conocimientodel acto impugnable, para actos posteriores a la ;uena ro. El

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    B. Copia del &2 del representante legal o de la persona natural o, en caso de consorcios, delrepresentante com%n y de todas las partes consorciadas.

    C. Copia del poder del representante, en caso de consorcio copia del poder de cada uno de losintegrantes del consocio y copia de la promesa de consorcio.

    D. !etitorio claro y preciso (acreditar el legítimo inter1s-.E. 3undamentos de hecho y de derecho.F. En todos los casos, el escrito deber' consignar firma de abogado colegiado.

    1 ¿Cuánto tiempo ten"o para presentar mi recurso de apelación?

     

    Tiene los 4 días h'biles siguientes al otorgamiento de la buena pro para interponer el recurso deapelación en 0! y C!, en el caso de A& y A5C el pla6o ser' de cinco (7- días h'biles. 5ediante esterecurso se impugnan los actos administrativos dictados durante el desarrollo del proceso deselección.

    1 ¿Cuánto tiempo se tiene para presentar recurso impu"nativo en caso de un proceso de

    selección ba#o la modalidad de subasta inversa?

    El recurso de apelación se podr' interponer despu1s de producido el "torgamiento de la 8uena !ro.

    !ara 0icitaciones !%blicas y Concursos !%blicos se cuenta con 4 días h'biles y para las Adudicaciones &irectivas y Adudicaciones de 5enor Cuantía se cuenta con 7 días h'biles.#i el Tribunal observa el recurso de apelación, 9cu'nto tiempo tengo para subsanar:Tiene dos (*;- días h'biles para subsanar, de no hacerlo dentro del pla6o indicado se declarar' nopresentado sin necesidad de pronunciamiento alguno sólo se reali6ar' la anotación en el toma ra6ónelectrónico.

    1 ¿Qué efecto tiene la interposición del recurso de apelación?

    0a impugnación que se presenta ante el Tribunal o ante la Entidad, en ambos supuestos, suspendeel proceso de selección en la etapa en que se encuentre si fue convocado por ítems la suspensiónsólo afectar' al ítem impugnado. 0a interposición del recurso deber' informarse en la ficha delproceso del #EACE el mismo día de su interposición.

    1 ¿$ cuánto asciende la "arant%a por interposición de recurso de apelación?

    0a garantía, que se presente ante el Tribunal o ante la Entidad, ser' equivalente al tres por ciento

    (7- días h'biles de solicitado en lossiguientes casos/ cuando el recurso sea declarado fundado en todo o en parte, se declare la nulidad

    sin haberse emitido pronunciamiento sobre el fondo del asunto u opere la denegatoria ficta por noresolver y notificar la resolución dentro del pla6o legal.1 Se declaró fundado el recurso de apelación, ¿Cómo se tramita la devolución de la "arant%a

    presentada?

    ndependientemente que se haya presentado el recurso de apelación ante la Entidad o al Tribunal deContrataciones, seg%n corresponda, ambos cuentan con >7 días h'biles para la devolución de dichagarantía una ve6 solicitado.

    1 ¿&urante la e#ecución contractual puedo acudir al Tribunal de Contrataciones del Estado para la

    solución de controversias?

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    2o, el Tribunal sólo dirime las controversias que suran durante el proceso de selección. +na ve6firmado el contrato las partes pueden recurrir a la conciliación yBo arbitrae para la solución de lascontroversias que puedan surgir durante la eecución contractual.

    1 Si el Tribunal ya emitió 'esolución ue declara fundado el recurso de apelación y la Entidad es

    renuente a cumplir la misma, ¿Qué puedo !acer?

    #e debe presentar un escrito comunicando dicho incumplimiento, a fin que el Tribunal dicte lasmedidas correctivas pertinentes y disponga la comunicación de tal hecho al rgano de Controlnstitucional yBo a la Contraloría Deneral de la $ep%blica. #e podr' requerir de igual manera laintervención del titular de la entidad para que imponga las sanciones previstas en el $eglamento alos funcionarios responsables.

    1 ¿Cuántos d%as tiene la Entidad para remitir los antecedentes administrativos, lue"o ue es

    notificada con el recurso de apelación?

    0a Entidad tiene tres (*;- día h'biles, contados desde la presentacióndel recurso o desde la subsanación de las omisiones yBo defectos advertidos en la presentación delmismo.Cuando se interpone recurso de apelación contra el acto de otorgamiento de buena pro, 9el postor ganador tiene que esperar que el Tribunal le notifique con el recurso:2o, porque es la Entidad quien le corre traslado con el decreto que admite a tr'mite el recurso deapelación al postor y Bo postores distintos al impugnante que pudieran verse afectados con la$esolución.

    1 ¿Cuál es el trámite y !asta cuándo puedo presentar desistimiento del recurso de apelación

    presentado?El apelante podr' desistirse del recurso de apelación mediante escrito con firma legali6ada antenotario o ante la #ecretaría del Tribunal, siempre y cuando la respectiva solicitud de desistimientohaya sido formulada hasta antes de haberse declarado que el expediente este listo para resolver yque no comprometa el inter1s p%blico. En el caso de desistimiento se eecutar' el >**= de lagarantía.

    1 ¿Cuándo es competente de resolver las controversias la Entidad convocante?

    #er' competente en aquellos procesos de selección cuyo valor referencial no supere las seiscientasunidades impositivas Tributarias ()** +T-.

    1 Si la Entidad observa el recurso de apelación, ¿cuánto tiempo ten"o para subsanar?

    En ese supuesto se otorga un pla6o de dos días h'biles para que subsane las observacionesefectuadas, en caso de no subsanarlas dentro del pla6o indicado se declarar' el expediente como nopresentado.

    En ese supuesto se otorga un pla6o de dos días h'biles para que subsane las observacionesefectuadas, en caso de no subsanarlas dentro del pla6o indicado se declarar' el expediente como nopresentado.#í, en caso se solicite al Tribunal es hasta antes que se declare que el expediente est' listo pararesolver, para tales efectos se programar' una audiencia p%blica. En caso sea la Entidad, elimpugnante o los postores podr'n solicitarlo al interponer el recurso de apelación o al absolverlo, locual deber' efectuarse dentro de los tres (

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    En caso de los recursos de apelación interpuestos ante el Tribunal, el depósito de garantía se efect%aen la cuenta corriente del 8anco de la 2ación 2 ***)4>@4>@F o tambi1n puede presentarse comogarantía una Carta 3ian6a a nombre del "#CE, emitida por entidad supervisada por la #8# o bancosextraneros considerados en la lista de primera categoría publicada por el 8C$.

    1 ¿Cómo toma conocimiento el impu"nante respecto a la resolución ue resuelve el recurso de

    apelación emitida por la Entidad?

    0a entidad resolver' la apelación y notificar' su decisión a trav1s del #EACE, en el pla6oestablecido. 0a omisión de la notificación generar' responsabilidad funcional del Titular de la Entidady del funcionario a quien se hubiese delegado dicha función. 

    1 ¿Qué sucede si el Tribunal o la Entidad no resuelven el recurso de apelación dentro del pla*o

    se+alado por ley?

    En este supuesto, si el recurso de apelación se interpuso ante el Tribunal o ante la Entidad, elimpugnante debe asumir que el recurso presentado fue desestimado, operando de esa manera la&enegatoria 3icta, quedando expedita la posibilidad de iniciar el !roceso ContenciosoAdministrativo.

    1 Si estoy en desacuerdo con la resolución ue resuelve el recurso de apelación o dene"atoria

    ficta ¿uedo recurrir a otra instancia?

    #í, puede recurrir a la instancia udicial, vía contencioso administrativo. Esta medida solo cabe contrala resolución o denegatoria ficta que agota la vía administrativa y no suspende lo resuelto por la

    Entidad o el Tribunal.

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