Seguridad y Salud en el Trabajo / Aspectos normativos COVID …...Seguridad y Salud en el Trabajo /...
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Seguridad y Salud en el Trabajo /
Aspectos normativos COVID-19
Docente:Ing. W. Alejandro Vilchez Peralta
Experiencia: Profesional SST Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo (MTPE), entre otros. Actualmente como Jefe SST del Ministerio de Salud(MINSA).Docente pre y postgrado en diversas universidades y Colegio de Ingenieros. Ha brindado más de 400asistencias técnicas sobre la materia SST a nivel nacional, en el sector público y privado.
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Riesgo Laboral
Accidentes de trabajo
Enfermedades Profesionales
Caídas Quemaduras
Caídas de objetos Contactos eléctricos
Pisadas sobre objetos Exposición a sustancias tóxicas
Choques contra objetos inmóviles Contacto sustancias corrosivas
Choques contra objetos móviles Exposición a radiaciones
Golpes / cortes Exposición a temperaturas extremas
Proyección de fragmentos Incendios
Atrapamiento entre objetos Explosiones
Sobreesfuerzos Atropellos o golpes con vehículos
Riesgos Laborales
Capacitar en el uso de equipos y herramientas
Labores en ambientes adecuados
Asignar Equipos de Protección Personal (EPP)
Brindar disposiciones escritas
Señalizar las áreas
Prever la exposición a agentes de riesgo, etc.
El empleador, en el
cumplimiento de su deber
de prevención,
puede:
Obligaciones del Empleador
Promover una cultura de prevención deriesgos laborales en el país. (Art.1)
El empleador DEBE adoptar un enfoque de
Sistema de gestión en el área de Seguridad y Salud en el trabajo (Art.17)
Ámbito de aplicación (Art.2 Ley):Todos los sectores económicos y de servicios; actividad privada, sector público, FFAA y PNP, y trabajadores por cuenta propia.
Normativa base
Modificatoria:• Ley N° 30222
Modificatorias:• DS N°014-2013-TR• DS N°006-2014-TR• DS N°012-2014-TR• DS N°016-2016-TR• DS N°020-2019-TR• DS N°002-2020-TR
Un Sistema de Gestión en SSTbasado en la normativaperuana vigente, se soporta enbase a documentos y registrosque evidencien suimplementación ymantenimiento.
Estos pueden ser, entre otros:
Documentos y evidencias
de soporte del SGSST
Los documentos no son el fin, sólo un medio en la labor de
prevención
1. Estudio inicial o de línea de base
2. Política SST y objetivos
3. Comité SST: Instalación y funciones
4. IPER – Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos
5. Programa anual de SST
6. Reglamento Interno de SST / Mapas de riesgos
7. Investigación de accidentes de trabajo
8. Examen Médico Ocupacional
9. Programa anual de Capacitaciones SST
10. SCTR – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
11. Plan ante situaciones de emergencia
12. Procedimientos / Registros Obligatorios (8)
13. Auditorias, revisión por la Dirección, etc. etc.
Comité de SST
Es un órgano laboral (conjunto de personas) que se constituye en todas las empresas para promover y proteger la Seguridad y Salud en el trabajo,
asesorar y vigilar el cumplimiento del RISST y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador.
(Art. 40 Reglamento)
Art.32 RLSST: el empleador debe exhibirel IPER en un lugar visible dentro delcentro de trabajo.
Art.82 RLSST: El empleador DEBEefectuar el IPER en forma periódica
Una vez elaborado el IPER, podremos determinar nuestras necesidades de
capacitación, lo que debemos reforzar en nuestro RISST, los EPP que se deben usar,
y otras actividades de prevención
Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos - IPER
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el TrabajoRISST
Art. 34 de la Ley SST: Las empresas con 20 o más trabajadores elaboran su Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST).
Es el conjunto de normas internas de cumplimiento obligatorio por el personal de la empresa y de terceros, que se deben seguir durante el proceso productivo, a fin
de prevenir riesgos en el trabajo y/o enfermedades ocupacionales.
¿Qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)?
Es el Seguro que otorga cobertura por accidentes detrabajo y enfermedades profesionales a los
trabajadores que tienen la calidad de afiliadosregulares del Seguro Social de Salud, de las empresas
que realizan actividades de riesgo de acuerdo alAnexo N°5 del DS N°009-97-SA (Reglamento de la Ley deModernización de la Seguridad Social en Salud). (ModificadoDS 003-98-SA. Norma Técnicas del SCTR)
A pesar que mi personal tiene Seguro, ¿aún así debo contratar el
SCTR?
Seguros Sociales cubre todoslos accidentes, exceptuandolos que sean comoconsecuencia de realizaractividades de riesgo.Cubre Salud preventiva,recuperativa y pensiones dejubilación.
SCTR cubre los accidentes quesean como consecuencia derealizar actividades de riesgo.Cubre Asistencia médica poraccidentes de trabajo yenfermedades profesionales,e indemnizacionesrelacionadas.
VIGILANCIA DE LA SALUD OCUPACIONAL
El desarrollo de laactividad laboral, nosexpone a agentes quepueden causarenfermedades.
En el Perú, el MINSA haemitido la ResoluciónMinisterial N° 480-2008-MINSA “Norma técnicade salud que estableceel listado deenfermedadesprofesionales” y laResolución Ministerial N°
312-2011-SA “Protocolosde los exámenesmédico ocupacionales”
Art.49-d LSST: El empleadorestá obligado a practicarexámenes médicosocupacionales cada dos años,acordes con los riesgos a losque están expuestos en suslabores.
En el caso de trabajadoresque realizan actividades dealto riesgo, el examen seráantes, durante y al terminode la relación laboral.
¿Todos los trabajadores
pasan el mismo tipo de exámen
médico?
¿Si se enteran que tengo una enfermedad?
¿Aptitud?, Médico
Ocupacional,
Investigación de Accidente de Trabajo:
Consiste en efectuar un estudio de lo ocurrido y reconstruir los hechos lo más fidedignamente posible para establecer sus
causas, y con base en ello adoptar las medidas de corrección que eviten que se vuelva a presentar un accidente similar
Accidente de Trabajo:
Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión
orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor
bajo su autoridad, y aún fuera del lugar y horas de trabajo.
ACCIDENTES DE TRABAJO: REGISTRO, INVESTIGACIÓN Y NOTIFICACIÓN
Accidente
mortal:
Aplastado por
anaquel con
archivos
CONDICIONES:
Anaqueles no anclados a la pared
FACT0RES PERSONALES
No recibió inducción
El accidentado era adulto mayor
FACTORES DE TRABAJO
Ningún anaquel está anclado
Cantidad insuficiente de escaleras
No existe supervisión que programe labores
FALTA DE CONTROL
La inducción se hace sólo el día 03 de cada mes
No se han considerado las competencias personales,
profesionales y de genero al momento de asignar labores
En las inspecciones, no se consideran los anaqueles
No se realiza control de zonas de riesgo
ACTOS:
Subir a la parte superior del
anaquel sin usar escaleras
CASO MODELO: Investigación AT mediante modelo Causalidad.
Acciones SST en tiempos del COVID-19
Coyuntura2020
DURANTE la cuarentena:
Presencial, semipresencial y remoto.
PRESENCIAL / SEMI PRESENCIAL:
• No grupos de riesgo• Grupos vulnerables• Aforo existente• EPP• Higiene en baños• Plan comunicacional• Protocolo al ingreso diario: Temperatura,
horarios, almuerzos, etc.• Protocolo ante síntomas: contactos directos, caso
sospechoso y confirmado, centro de aislamientotemporal
• Terceros (in-out)• Otros propios del sector, y según
disposiciones MINSA
DURANTE la cuarentena:
Presencial, semipresencial y remoto.
REMOTO:
• Grupos de riesgo ¿Historia?¿Seguimiento?¿Evidencias?
• Grupos vulnerables• Indicaciones SST para trabajo remoto• Plan comunicacional• Protocolo ante síntomas: contactos
directos, caso sospechoso y confirmado,centro de aislamiento temporal
• Terceros (in-out)• Otros propios del sector, y según
disposiciones MINSA / MTPE / SERVIR
Normas emitidas por coyuntura COVID-19 (relacionados con SST)
• Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA (28-04-20)
Documento Técnico “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo
de exposición a COVID-19”
• RM 265-2020-MINSA (07-05-20) / RM 283-2020-MINSA (13-05-20)
Modifican Documento Técnico “Lineamientos para la vigilancia………….”
• Decreto Legislativo N° 1499 (10-05-20)
Establece diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio
laborales de los trabajadores en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19
• Resolución Ministerial Nª 377-2020-MINSA (10-06-20)
Delegan a CENSOPAS la administración del registro del “Plan de Vigilancia, prevención y
control de COVID-19 en el trabajo”
• Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA
Documento Técnico “Prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas por
COVID-19 en el Perú”
• Resolución Ministerial N° 055-2020-TR (06-03-20)
“Guía para la prevención del coronavirus en el ámbito laboral”
• Otros emitidos por MINSA, SERVIR, y sectoriales
3.1. Objetivo General
Establecer los criterios técnicos y
procedimientos para la prevención,
diagnostico y tratamiento de los pacientes
con COVID-19
6.1. Definiciones operativas
• Contacto directo
• Factores de riesgo
RM 193-2020/MINSA
OBJETIVO GENERAL
Establecer los lineamientos para la vigilancia, prevención y
control de la salud de los trabajadores con riesgo de
exposición a SARS-Cov-2 (COVID-19)
RM 239-2020-MINSA (y modificatorias)
7.1. LINEAMIENTOS PRELIMINARES
• Elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”
• Debe incluir las actividades que aseguren el cumplimiento de los lineamientos indicados
• Debe ser aprobado por el CSST en un plazo máximo de 48 horas de remitido
• El plan se basa en una estructura indicada en anexo de la norma
• El Plan debe ser registrado en el SISCOVID-19 en el MINSA
• El plan debe indicar:
a) el número de trabajadores
b) el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (Muy alto, alto, mediano o bajo)
c) las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición
• Regreso al trabajo
• Reincorporación al trabajo
6.1. DEFINICIONES OPERATIVAS
https://saludtrabajo.minsa.gob.pe/
Cambios 10 junio 2020
• CENSOPAS administra el registro del Plan en el SISCOVID-19
• El plan se actualiza mensualmente• Se puede suspender o cancelar el
registro hasta que se subsane• Debe remitirse copia del Plan a todos
los trabajadores, en 24 horas
• Suspensión temporal de los EMO
• Capacitaciones virtuales SST
• Suspensión temporal de Auditorias externas
• Prorroga de mandato del CSST
¿Absolución de consultas?
Ing. Alejandro VILCHEZ [email protected]