SAVIA Perú Interno de Trabajo Las disposiciones del presente Reglamento ... Todo trabajador, previa...

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Reglamento Interno de Trabajo

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1SAVIA Perú ReglamentoInterno de Trabajo

ReglamentoInterno de Trabajo

IntroducciónLas disposiciones del presente Reglamento Interno de Trabajo de SAVIA Perú estable-cen condiciones de trabajo dignas, justas y equitativas que tienden a mantener una relación de armonía entre los trabajadores y la Empresa, además regula la normativi-dad necesaria a la que deben sujetarse los trabajadores para el debido cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, así como para la obtención de los derechos y beneficios que les corresponden.

El conocimiento y difusión de este Regla-mento es esencial debido a que todos los trabajadores y SAVIA Perú están someti-dos a sus disposiciones, y su cabal cumpli-miento permitirá lograr concordancia con los objetivos de la Empresa, así como arti-cular mejores retos a fin de incrementar la eficiencia y eficacia en los servicios.

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ÍndiceCAPITULO IGENERALIDADES (Arts. 1º al 8º)

CAPITULO IIADMISION, INGRESO Y REUBICACION DE LOS TRABAJADORES (Arts.9º al 19º)

CAPITULO IIIINDUCCION Y CAPACITACION (Arts. 20º al 24º)

CAPITULO IVDE LAS JORNADAS, HORARIOSDE TRABAJO Y SOBRETIEMPOS(Arts. 25º al 33º)

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CAPITULO VCONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD (Arts. 34º al 39º)

CAPITULO VIVACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS (Arts. 40º al 51º)

CAPITULO VIIDERECHOS Y OBLIGACIONES DE SAVIA Perú (Arts 52º al 54º)

CAPITULO VIIIDERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES (Arts 55º al 58º)

CAPITULO IXFOMENTO Y MANTENIMIENTODE LA ARMONIA LABORAL(Arts 59º al 63º)

CAPITULO XCALIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS AL TRABAJADOR (Arts 64º al 67º)

CAPITULO XIREMUNERACIONES (Arts 68º al 70º)

CAPITULO XIIPERSONAL DE DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA (Arts 71º y 72º)

CAPITULO XIIISEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE E HIGIENE INDUSTRIAL (Arts 73º al 87º)

CAPITULO XIVINFORMATICA Y COMUNICACIONES (Arts 88º al 101º)

CAPITULO XVDISPOSICIONES FINALES (Arts 102º al 104º)

CAPITULO XVIDE LA ADMINISTRACION DESAVIA Perú (Arts 105º al 112º)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

Artículo 1ºEl presente Reglamento Interno de Tra-bajo (en adelante, el Reglamento) tiene carácter complementario al de las dis-posiciones contenidas en la Legislación Laboral Peruana y a las políticas y proce-dimientos de SAVIA Perú.

Artículo 2ºEl objetivo principal de este Reglamento, es regular las relaciones de trabajo entre el personal y SAVIA Perú, precisando los derechos y obligaciones de ambos, ha-ciéndolos conocer a los diferentes nive-les de la organización para promover un trabajo armónico, productivo y eficiente.

Artículo 3ºLas regulaciones de este Reglamento, al-canzan a todo el personal sin distinción alguna que preste servicios en SAVIA Perú, cualquiera sea su modalidad de contrata-ción, categoría y el lugar en que labore.

Artículo 4ºEl presente Reglamento y los documentos complementarios sobre normas y proce-dimientos que emita SAVIA Perú forman un todo integrado con la Legislación co-rrespondiente, los cuales se aplicarán se-gún su jerarquía, primando la legalidad.

El presente Reglamento es un instru-mento normativo que puede ser modi-ficado parcial o totalmente a criterio de SAVIA Perú, en armonía con las normas legales, cuando así resulte necesario, con la finalidad de optimizar el funcio-namiento y el desarrollo de la organiza-ción.

Las modificaciones que en el futuro se realicen al presente Reglamento, serán puestas en conocimiento de los trabaja-dores, luego que las mismas sean apro-badas por la Autoridad Administrativa de Trabajo.

La implementación y perfeccionamiento del presente Reglamento estará a cargo del Departamento de Recursos Huma-nos, que es el encargado de administrar las relaciones del personal.

Artículo 5ºTodo trabajador, previa firma de una constancia de recepción, recibirá un ejemplar del presente Reglamento con la finalidad que tenga pleno conoci-miento de sus derechos y obligaciones y pueda cumplir con sus labores dentro de un marco de comprensión, entendi-miento y sus normas serán de aplicación durante la relación laboral, su descono-cimiento no excluye al trabajador de su cumplimiento, por lo que no podrá invo-carse su ignorancia parcial o total con el fin de justificar su inobservancia.

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Todo lo que no estuviera previsto expre-samente en el presente Reglamento, se resolverá tomando en consideración: el Contrato Individual de Trabajo, la Ley y los Principios Generales del Derecho.

Artículo 6ºPor lo expuesto en el artículo preceden-te, el Trabajador queda obligado a contar siempre con un ejemplar del Reglamen-to y, en caso de extravío, es de su entera responsabilidad solicitar la entrega de un nuevo ejemplar, el mismo que será facili-tado por SAVIA Perú.

Artículo 7ºEs responsabilidad del personal de direc-ción, que tenga personal a su cargo, velar por el cumplimiento del Reglamento, en concordancia con las políticas estableci-das por SAVIA Perú.

Artículo 8ºTodas y cada una de las normas conteni-das en el presente Reglamento tiene ca-rácter enunciativo, más no limitativo, en consecuencia, las situaciones no contem-pladas en éste, serán resueltas por SAVIA Perú, en uso de su facultad de dirección y con arreglo a lo que al efecto establezcan las disposiciones legales vigentes.

CAPÍTULO IIADMISION, INGRESO Y REUBICACION DE LOS TRABAJADORES

Artículo 9ºLa selección y contratación del personal es de exclusiva competencia de SAVIA Perú y corresponde al Departamento de Recur-sos Humanos la administración de los res-pectivos procesos y está determinada por las necesidades temporales o permanen-tes de los servicios que desarrolla como Empresa de Exploración y Explotación de Petróleo y Gas Natural y aquellas señala-das en su objeto social. La petición de in-greso a la empresa se hará a través de la solicitud correspondiente.

Artículo 10ºTodo postulante deberá llenar la solicitud de empleo que proporcione SAVIA Perú. En caso de ser seleccionado antes de em-pezar a laborar, firmará la correspondiente Ficha Personal y contrato de trabajo y toda documentación que la Empresa lo exija al inicio de sus labores. Artículo 11ºPara ingresar a trabajar a SAVIA Perú, el postulante elegido, además de cumplir con los requisitos del cargo al que postula, deberá sujetarse al procedimiento que la Empresa determine así como cumplir con los siguientes requisitos:

Haber aprobado el proceso de selección correspondiente.

Tener como mínimo 18 años de edad.

Haber completado mínimo estudios de Secundaria completa o su equivalente (Técnica Comercial o Carrera Técnica Completa), salvo casos autorizados por SAVIA Perú.

Proporcionar los siguientes documen-tos:

Ficha Personal debidamente firma-da.Currículum Vitae documentado.Copia legalizada del Documento Na-cional de Identidad o Carnet de Ex-tranjería, según el caso. Copia legalizada de Libreta Militar.Copia de la ficha de inscripción en ESSALUD y de afiliación a AFP.Certificado médico donde se in-dique el estado de salud, el grupo sanguíneo y alergias con vigencia no menor de tres meses.Original de la Partida de Nacimiento.Copia certificada de la Partida de Ma-trimonio y/o constancia de Conviven-cia (si correspondiera), copia simple del Documento Nacional de Identi-dad de esposa(o) o conviviente. Copia certificada de partida de Naci-miento de los hijos.Certificado(s) de trabajo.Certificados (legalizados) de estu-

dios y de títulos profesionales, téc-nicos o superiores.Copia legalizada y actualizada de li-cencia de conducir vigente (si se re-quiere por el tipo de labor). Seis (6) fotografías de frente, tama-ño pasaporte a color. Certificado de antecedentes Policia-les y Penales con vigencia no menor a tres meses.Copia del Certificado de Retenciones de quinta categoría correspondiente al ejercicio en curso expedido por su empleador anterior; caso contrario, deberá presentar declaración jurada de no haber percibido renta. Cumplir con cualquier otra formali-dad que exija SAVIA Perú.

Someterse al Examen Médico y Psicoló-gico Pre-Ocupacional que indique SAVIA Perú.

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SAVIA Perú se reserva el derecho de soli-citar los documentos adicionales que esti-me necesarios.

El trabajador es responsable de los perjui-cios que pudiera ocasionar a SAVIA Perú como consecuencia de cualquier informa-ción falsa o inexacta que hubiera propor-cionado, o por la demora u omisión en la presentación del certificado de quinta ca-tegoría del ejercicio expedido por su ante-rior empleador.

Artículo 12ºDurante el proceso de selección o aún cuando el postulante ya hubiera ingresado, SAVIA Perú podrá verificar la veracidad de la información y documentación propor-cionada por el trabajador, pudiendo anular el proceso y cesar al personal que hubie-re adulterado o falsificado documentos, proporcionando información falsa como si la misma correspondiere a la realidad y/u omitiendo información relevante en el proceso de selección, para verse favorecido con un puesto de trabajo en SAVIA Perú.

Artículo 13ºLa selección y calificación de los postulan-tes será de competencia del Departamento de Recursos Humanos con la intervención del Área a la que postula el solicitante.

Artículo 14ºEl nuevo trabajador recibirá charlas de inducción, para proporcionarle la orienta-

ción adecuada a fin de que pueda conocer entre otros su área de trabajo, horarios, días y turnos de trabajo, así como sus de-beres, responsabilidades y beneficios que le correspondan. Asimismo, recibirá una copia del presente Reglamento.

Al momento de ingresar, el trabajador re-cibirá un fotocheck de identificación, que será intransferible como identidad que lo acreditará como servidor de SAVIA Perú dentro y fuera de la misma. El fotocheck deberá ser portado obligatoriamente en un lugar visible para ingresar y transitar por las áreas de operaciones de la Empre-sa, a la cual está autorizado, durante su respectivo horario de trabajo y/o turno.

Al cese o retiro del trabajador, dicha identificación deberá ser devuelto al De-partamento de Recursos Humanos. Si el

trabajador extravía el fotocheck, deberá hacer la denuncia policial correspondiente.

Artículo 15ºEl trabajador cuidará de mantener actua-lizado los datos personales y documentos presentados, deberá informar al Departa-mento de Recursos Humanos cuando sus hijos registrados lleguen a la mayoría de edad o cambien de estado civil.

Es obligación de todo trabajador registrar su domicilio actual así como comunicar por escrito y de inmediato al Departamento de Recursos Humanos cualquier cambio do-miciliario que pueda hacer en el futuro. La omisión de esta obligación, es falta discipli-naria y, además, SAVIA Perú lo considerará oficialmente domiciliado y notificado para los avisos y entrega de documentos, en la última dirección que aparezca en su récord en el Departamento de Recursos Humanos.

Artículo 16ºEl personal que ingrese a trabajar a SAVIA Perú, debe de cumplir inicialmente un período de prueba de tres meses. Dicho plazo podrá ampliarse hasta el máximo permitido, en los casos en que resulte pro-cedente conforme a ley.

Durante este período, los trabajadores que no demuestren un desempeño sa-tisfactorio, serán cesados en el momento que disponga SAVIA Perú, sin previo aviso, por ser una atribución que está contem-plada en la legislación vigente.

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CAPÍTULO IIIINDUCCION Y CAPACITACION

Artículo 20ºEl área de Capacitación de SAVIA Perú, se encargará de los procesos de inducción y capacitación del personal que ingresa a prestar sus servicios a la Empresa, en di-chos procesos el Trabajador será instruido principalmente en las siguientes materias:

Políticas y organización general de SAVIA Perú.Políticas y sistema de calidad.Normas de seguridad.Procedimientos de su área de trabajo.Las demás que correspondan de acuer-do al cargo que ocupará el Trabajador.

Finalizado el indicado proceso, el Traba-jador recién podrá iniciar sus funciones, asumiendo las responsabilidades inhe-rentes al puesto que ha de desempeñar.

Este proceso es de cumplimiento obliga-torio no pudiendo ser omitido por el jefe inmediato.

Artículo 21ºAl momento del inicio efectivo de la rela-ción laboral, el Trabajador recibirá la ade-cuada instrucción verbal o escrita sobre el desempeño de sus labores, la operación o

manejo de equipos a su cargo, y la debida inducción de las medidas de seguridad y demás disposiciones vinculadas al cumpli-miento de su trabajo.

Artículo 22ºSAVIA Perú, según sus posibilidades y necesidades, desarrollará programas de capacitación, seguridad y extensión educativa orientada a que el Trabajador alcance adecuados niveles tanto de pro-ductividad y seguridad como de multifun-cionalidad, al mismo tiempo que obtenga un mejoramiento de su calidad de vida y desarrollo personal. En este contexto, el Trabajador deberá contribuir con su mejor esfuerzo para que la capacitación y extensión educativa se conviertan en valiosos instrumentos de desarrollo em-presarial y personal.

Artículo 23ºSAVIA Perú brindará los programas a que se refiere el artículo anterior dentro o fuera del horario de trabajo y/o del cen-tro de trabajo. A efectos de la evaluación del compromiso del Trabajador con di-chos programas, tendrá en cuenta los factores de concurrencia y puntualidad, rendimiento, capacidad, potencial y dis-posición para el estudio del participante. Los resultados obtenidos quedarán regis-trados en el archivo personal del Traba-jador, sin perjuicio que podrán aplicarse sanciones por incumplimiento del com-promiso incumplido.

Por otro lado, es responsabilidad de cada Jefe verificar el aporte del Trabajador que ha seguido los programas en referencia a los objetivos del área.

Artículo 24ºTodo trabajador que haya recibido cursos de capacitación interna o externamente por cuenta de SAVIA Perú, está obligado a contribuir con los conocimientos adqui-ridos en beneficio de SAVIA Perú.

Los trabajadores que hayan recibido capa-citación externa y el costo de la capacita-ción lo justifique, a juicio de SAVIA Perú, quedan obligados a prestar servicios a fa-vor de SAVIA Perú por un periodo determi-nado, dicho lapso quedará estipulado en el Convenio de Capacitación correspon-diente y será fijado en función del monto invertido en la capacitación. En caso que el Trabajador, por cualquier motivo, in-cumpla con el periodo de permanencia acordada en el Convenio de Capacitación, deberá reintegrar el costo total de la inver-sión realizada por SAVIA Perú de acuerdo con los términos pactados en el Convenio de Capacitación que haya suscrito.

Asimismo deberá asistir obligatoriamente al mismo y aprobar el curso. En caso con-trario, asumirá la devolución del 100% del costo correspondiente. Finalizado el mis-mo, el Trabajador deberá presentar a su superior un informe acerca del programa en el cual ha participado.

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Artículo 17ºPara los efectos del presente Reglamento se entiende por reubicación del personal al traslado del trabajador a un lugar dis-tinto a aquel en que habitualmente presta sus servicios o el desplazamiento del tra-bajador hacia un nuevo cargo de acuerdo al servicio para el cual fue contratado. La reubicación podrá realizarse dentro o fue-ra de la localidad habitual.

Artículo 18ºSAVIA Perú se reserva el derecho de asignar el puesto u ocupación que debe desempeñar el trabajador de acuerdo a sus competencias, eficiencia e idoneidad comprobadas a través de las evaluaciones internas a que sea sometido. Así mismo, SAVIA Perú podrá cambiar y/o trasladar al trabajador a otro puesto u ocupación de igual categoría, sin perjuicio de su remu-neración básica mensual.

Artículo 19ºSAVIA Perú podrá disponer o programar la rotación del personal en sus distintas áreas. Asimismo, podrá encargar transi-toriamente al Trabajador un puesto de trabajo por ausencia temporal del titu-lar o vacancia de cargo. El encargado de puesto no da derecho al nombramiento o ascenso definitivo del Trabajador.

SAVIA Perú establecerá las normas necesa-rias para la aplicación del presente artículo.

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CAPÍTULO IVJORNADAS, HORARIOS DE TRABAJO Y SOBRETIEMPOS

Artículo 25ºLos horarios, turnos y jornadas de trabajo son fijados exclusivamente por SAVIA Perú, de acuerdo a las necesidades de las opera-ciones que desarrolla y del lugar o zonas en que se realizan, pudiendo ser modificados según el criterio de la Empresa.

SAVIA Perú, con arreglo a ley, fijará en lu-gares visibles los respectivos horarios de trabajo. Los trabajadores deben iniciar sus labores y tareas a la hora señalada en el correspondiente horario, así como con-cluirlas en las horas fijadas. En tal sentido, los trabajadores deberán presentarse a laborar adecuadamente vestidos, cuidan-do su aspecto personal y con el uniforme, herramientas y demás equipos que SAVIA Perú les proporcione cuando ello corres-ponda en función a sus labores.

La jornada de trabajo es el tiempo efec-tivo de trabajo dentro del cual el traba-jador debe cumplir sus labores en un ho-rario determinado. Es facultad de SAVIA Perú establecer regímenes alternativos, acumulativos o atípicos de jornadas de trabajo y descansos, con sujeción a los dispositivos legales vigentes.

Artículo 26ºEn los Centros de Trabajo que cuenten con horario ininterrumpido de labores, el tiempo establecido para la alimentación principal o refrigerio se considera den-tro del cómputo de la jornada diaria, en consecuencia los trabajadores deberán respetar estrictamente este lapso, en los horarios que les sean señalados para tal efecto.

En los centros de trabajo que cuenten con horario interrumpido de labores, el tiempo establecido para el descanso de medio día, no se considerará dentro del cómputo del horario de trabajo diario. En este período, ningún trabajador podrá permanecer en las instalaciones fuera del horario de trabajo, salvo que cuente con el formato “Autorización para Trabajar Horas Extras” debidamente suscrito por las partes (Empresa – Trabajador), o ten-ga la autorización escrita de SAVIA Perú en la cual se le brinda las facilidades para que permanezca en las instalaciones du-rante el período de refrigerio.

Artículo 27ºEl relevo de las guardias se efectuará en el puesto de trabajo y ningún trabajador podrá cambiar su turno o guardia sin la autorización de su jefe inmediato y/o jefe de área.

Para el relevo de guardias en las áreas que cubren el servicio a la operación en

horario ininterrumpido las veinticuatro horas del día, los trabajadores se sujeta-rán a las normas siguientes:

Los trabajadores bajo ningún motivo deberán abandonar su puesto de tra-bajo, mientras no haya llegado el rele-vo correspondiente.

El relevo de turno deberá hacerse con el trabajador saliente, en sus respectivos puestos, indicando los trabajos pendien-tes, operatividad de los equipos, limpie-za y orden del área de trabajo, de las he-rramientas y demás relacionados con las actividades a realizar y con los registros, diarios, o bitácoras debidamente cerra-dos y firmados, y demás que correspon-dan.

Artículo 28ºEn los centros de trabajo que cuenten con

relojes marcadores de control electrónico o similar, el trabajador deberá registrar en forma personal con el medio proporciona-do con su ficha de identificación o tarjeta de control todas sus entradas y/o salidas. Cualquier hecho irregular, que perturbe su normal funcionamiento, se informará inmediatamente al Departamento de Re-cursos Humanos, para las acciones perti-nentes.

En aquellos centros que carecieran de este sistema, SAVIA Perú tiene la facultad de establecer otros medios de Control que estime pertinente. La marcación vía elec-trónica o fotocheck para el control de asis-tencia es estrictamente personal.

Es potestad de SAVIA Perú, determinar y/o variar cuando lo estime conveniente, el sistema de control de asistencia que debe regir en su centro de trabajo.

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Están prohibidas y sujetas a medida disci-plinaria, las correcciones o adulteraciones de los sistemas de control de asistencia.

Artículo 29ºCuando el trabajador se ausente tempo-ralmente de su puesto de trabajo por ra-zones de servicio, sin salir de su centro de labores, deberá dejar indicado su destino y el tiempo aproximado que permanecerá ausente a su jefe inmediato superior, con el objeto de que pueda ser fácilmente ubi-cado en caso sea necesario.

Cuando se trate de salidas fuera del recinto del centro de trabajo por razones de servi-cio o personales debidamente justificadas, requerirá de la previa autorización escrita de su jefe inmediato superior.

Artículo 30ºSe considera trabajo en sobretiempo, las horas real y efectivamente trabajadas en exceso de la jornada ordinaria de trabajo y/u horarios existentes en cada una de las dependencias de SAVIA Perú, con excep-ción de regímenes específicos establecidos.

La prestación de trabajo en horas extraor-dinarias, es de carácter voluntario y se realizará previa coordinación entre SAVIA Perú y el trabajador, salvo en los casos justificados en que la labor resulte indis-pensable a consecuencia de un hecho for-tuito o fuerza mayor que ponga en peligro inminente a las personas o los bienes del

centro de trabajo o la continuidad de la ac-tividad productiva. Artículo 31ºLa autorización para realizar trabajos en horas de sobretiempo sólo procederá para ejecutar trabajos imprevistos, de suma ur-gencia o de naturaleza excepcional, a cri-terio del jefe de área o del jefe inmediato del trabajador.

Si un trabajador se compromete a realizar horas extras en cualquier día de la sema-na, queda obligado a cumplir con su com-promiso y su inasistencia constituye falta sujeta a medida disciplinaria.

Artículo 32ºLa permanencia del Trabajador en el cen-tro de trabajo, sea antes del inicio de la jor-nada de trabajo o luego del término de la misma, no constituye ni evidencia la pres-tación efectiva de servicios que dé lugar a una compensación adicional. Por lo cual es de entera responsabilidad del Trabajador el tiempo que permanezca dentro de las ins-talaciones concluida la jornada laboral. Por tal motivo y de darse el caso de una perma-nencia no autorizada fuera de la jornada de trabajo, se entenderá que el Trabajador se encuentra realizando actividades distintas que no corresponden a prestación alguna de servicios a favor de SAVIA Perú.

Artículo 33ºLa remuneración que se abone por con-

cepto de sobretiempo será de acuerdo con las tasas y modalidades que establez-ca SAVIA Perú en concordancia con las Le-yes Laborales vigentes, o las que se supere de acuerdo a la política de la Empresa.

SAVIA Perú y el trabajador podrán acordar compensar el trabajo prestado en sobre-tiempo con el otorgamiento de períodos de descanso.

El tiempo que requiera el trabajador para cambiarse de ropa, entrar o salir del cen-tro de trabajo al comienzo o fin de la jor-nada, no se considerará como trabajo en sobretiempo, ni tampoco como parte de la jornada ordinaria.

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CAPÍTULO VCONTROL DE ASISTENCIAY PUNTUALIDAD

Artículo 34ºLa puntualidad y asistencia del personal, constituye requisito indispensable para el logro de los objetivos de SAVIA Perú, por lo que los Trabajadores se obligan al cumpli-miento del deber de asistencia y puntuali-dad a sus labores.

Artículo 35ºTodo Trabajador está en la obligación de registrar su asistencia a través de los me-dios establecidos para tal fin (reportes de seguridad, reportes manuales o medios magnéticos)

Antes de empezar su jornada de trabajoAl finalizar la jornada de trabajoAl iniciar y concluir su refrigerio (solo cuando sale de las instalaciones de SA-VIA Perú).

Se deja constancia que la marcación de tarjeta y/o registro de ingreso y salida, es una obligación personal de cada trabaja-dor, por lo tanto su incumplimiento será considerado falta grave.

Artículo 36ºEs obligación de los Trabajadores llegar pun-tualmente al centro de trabajo; todo aquel

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que llegue después de la hora fijada como inicio de jornada, y siempre que dicho exce-so supere, de existir, el tiempo de toleran-cia permitido por SAVIA Perú, deberá dejar constancia de tal hecho ante el superior jerárquico del área de trabajo respectiva, indicando la hora y los motivos de la tar-danza, utilizando para ello documentos que a criterio de SAVIA Perú resulten idóneos. Dichos Trabajadores solamente podrán in-gresar a laborar con la autorización expresa del respectivo superior jerárquico.

En caso que la tardanza sea considerada injustificada, el superior jerárquico podrá

denegar el ingreso al Trabajador, conside-rándose ese día como no laborado, estando SAVIA Perú facultada para efectuar los des-cuentos remunerativos correspondientes.

Artículo 37ºLas tardanzas que registre un trabajador serán acumuladas en el cómputo mensual, pudiendo ser descontada de la remunera-ción mensual que corresponda.

El personal que incurra en tardanzas rei-teradas se hará acreedor a las sanciones que SAVIA Perú y los dispositivos legales establezcan.

Artículo 38ºCada Trabajador es responsable que su asistencia sea correctamente registrada a través de los medios implementados para tal fin. Está absolutamente prohibido que un Trabajador registre la asistencia de otro Trabajador, así lo esté reemplazando.

Artículo 39ºDe conformidad con lo dispuesto por la le-gislación vigente, quedan exceptuados del control de asistencia, aquellos trabajado-res que desempeñen cargos de dirección o cuyas funciones no se encuentren suje-tas a fiscalización inmediata por parte de SAVIA Perú.

CAPÍTULO VIVACACIONES, PERMISOSY LICENCIAS

Artículo 40ºSAVIA Perú, otorgará a sus trabajadores treinta días calendario de descanso vaca-cional, después de cada año de trabajo y siempre que el Trabajador haya cumplido con el récord de días de asistencia que se-ñala la ley. El Trabajador que tenga a su cargo imple-mentos, equipos, útiles, enseres ó herra-mientas de trabajo, documentos, expe-dientes, etc., deberá ponerlos a disposición de su jefe inmediato, previo inventario, an-tes de hacer uso de las vacaciones.

Artículo 41ºLa oportunidad del descanso vacacional será fijada de común acuerdo entre SAVIA Perú y el Trabajador teniendo en cuenta las necesidades operacionales de la Em-presa y los intereses del trabajador. A falta de acuerdo SAVIA Perú hará uso de su facultad directriz de acuerdo a la ley.

El inicio del descanso vacacional no podrá ser asignado durante los períodos de in-capacidad del trabajador por enfermedad o accidente. Si la incapacidad se presenta dentro de las vacaciones ello no afecta el funcionamiento de las mismas.

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Artículo 42ºSe podrá otorgar permiso a cuenta de vacaciones a solicitud escrita del traba-jador en periodos no menores a siete (7) días continuos y sólo por motivos justi-ficables.

Artículo 43ºNingún Trabajador puede tener pen-diente más de un período vacacional, salvo acuerdo que conste por escrito en-tre SAVIA Perú y el Trabajador, dentro de los límites que señala la ley.

Articulo 44ºLos jefes de área son los responsables de llevar a cabo todas las acciones ne-cesarias para que su personal salga de vacaciones oportunamente, así como de dar cumplimiento a las normas y proce-dimientos aplicables sobre la materia.

Articulo 45ºLa remuneración vacacional se calculará conforme a lo previsto por la ley, consig-nándose su monto en las planillas y bo-letas de pago correspondientes.

Su pago se hará efectivo antes de iniciar-se el descanso vacacional.

Artículo 46ºEl permiso o licencia es la autorización expresa para interrumpir o suspender las labores dentro del horario normal de trabajo, ya sea por días u horas.

El permiso personal con o sin goce de haberes se concede a solicitud escrita del Trabajador, no siendo obligación de SAVIA Perú otorgarlo, dado que el mis-mo está condicionado a las necesidades propias de la operación y a un análisis discrecional de la solicitud considerando cada caso individualmente.

Artículo 47ºLas solicitudes de permiso personal con o sin goce de haberes deben formularse con 48 horas de anticipación como mínimo, salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados. Se considera concedido el permiso cuando el trabajador obtiene de su jefe la autori-zación por escrito.

SAVIA Perú se reserva el derecho de otor-gar al trabajador permiso sin goce de re-muneración por motivos personales. Artículo 48ºEl trabajador que no obtuviera la auto-rización para hacer uso del permiso, y se ausentara de sus labores se hará acreedor a sanción disciplinaria establecida en este Reglamento.

Los permisos por enfermedad se justifican con el certificado médico respectivo el mismo que deberá ser presentado dentro de las 24 horas después de la ausencia.

Los certificados por descansos médicos mayores a los 20 días acumulados en un año calendarios requerirán ser visados por ESSALUD para su subsidio.

Artículo 49ºCuando el trabajador se encontrase au-sente de la localidad en uso de permiso y se enfermara, hará conocer este hecho al área de Recursos Humanos, por el medio

de comunicación más rápida dentro de las 24 horas después de la ausencia, quedan-do obligado a probar la causal de su falta con el certificado médico del lugar donde se encuentra. SAVIA Perú se reserva el derecho de dis-poner la verificación de la información proporcionada por el trabajador, por los medios que estime pertinentes.

Artículo 50°Durante el descanso vacacional y las licen-cias, el Trabajador no tiene obligación de prestar sus servicios pero continúa sujeto a los demás deberes que le impone la relación laboral de trabajo que mantiene con SAVIA Perú. En consecuencia, el Trabajador en va-caciones está impedido, entre otros, de:

Realizar por cuenta propia, negocios competitivos a SAVIA Perú.Faltar el respeto y consideración a sus jefes y compañeros de trabajo.Presentarse a SAVIA Perú en estado de ebriedad.Dañar la propiedad de SAVIA Perú o atentar contra ella.

Articulo 51ºSi un grupo de trabajadores solicitara per-misos o licencias para una misma oportu-nidad y ello pudiera afectar el normal de-sarrollo de las operaciones y servicios de SAVIA Perú, las solicitudes serán atendidas en forma limitada o parcial, a juicio del jefe responsable.

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Otras que pudieran influir favorable-mente en la marcha administrativa y productiva de SAVIA Perú.

Lo descrito en este artículo no es limita-tivo, pudiéndose incrementar mediante normas y procedimientos que tiendan a mejorar las buenas relaciones, y sistemas o métodos que impulsen a dar un resulta-do óptimo al trabajo programado.

Artículo 54ºSon obligaciones de SAVIA Perú:

Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno de Trabajo, el Re-glamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Plan de Contingencia

CAPÍTULO VIIDERECHOS Y OBLIGACIONES DESAVIA Perú

Artículo 52ºEntre los derechos inherentes a su cali-dad de empleador, corresponde en forma exclusiva a SAVIA Perú, a través de sus re-presentantes, la administración, dirección y organización del centro de trabajo. Esta prerrogativa exclusiva no reconoce más limitaciones que las emanadas por la ley y los contratos de trabajo que estuvieran vigentes.

Artículo 53ºEs derecho exclusivo de SAVIA Perú, plani-ficar, organizar, coordinar, dirigir, orientar y controlar las actividades del personal en el centro de trabajo. Este derecho compren-de, entre otros, las siguientes prerrogativas:

Determinar la capacidad o aptitud de cada trabajador para ocupar un puesto o ejecutar su tarea, así como para apre-ciar sus méritos y decidir sobre la base de éstos su promoción o mejora de sus ingresos u otorgar algún incentivo o bo-nificación, entre otros.

Programar horarios, turnos y sistemas de trabajo, de acuerdo a las necesida-des operacionales con sujeción a Ley.

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Introducir y aplicar nuevos métodos de trabajos.

Designar las tareas y a las personas que deban ejecutarlas.

Seleccionar, contratar y ubicar al per-sonal que estime necesario para el desempeño de sus operaciones.

Crear puestos y suprimir los que consi-dere inconvenientes, en concordancia con la ley.

Efectuar descripciones de puestos de trabajo, determinar su categorización, señalando las responsabilidades, atri-buciones, denominación del puesto, categoría y remuneración de los traba-jadores.

Controlar la asistencia del personal al centro de trabajo, así como el cumpli-miento del horario y la jornada legal de trabajo de uno o más trabajadores, de acuerdo a los servicios que presten y la normativa vigente.

Transferir o permutar de puesto a un trabajador a diferente(s) puesto(s), cuando se considere necesario, bus-cando como objetivo mejor producti-vidad.

Evaluar en forma periódica a los traba-jadores.

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Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar la realización de las labores del personal y adoptar medidas disci-plinarias, preventivas y correctivas de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Establecer mediante reglamentos, po-líticas, normas, procedimientos y otras disposiciones, el marco laboral de la Empresa.

Establecer las políticas y medidas de seguridad e higiene para procurar con-diciones de trabajo seguras, exigiendo al Trabajador su fiel cumplimiento.

Modificar el presente Reglamento.

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toridad, jerarquía o en las que existan elementos de ventaja o poder dentro del ámbito laboral.

Adoptar medidas que garanticen el apoyo y asistencia a sus trabajadores infectados con VIH, así como imple-mentar procedimientos para que éstos puedan presentar sus reclamos.

Disponer que los diversos niveles de supervisión presten oportuna y debida atención a las quejas y sugerencias que formulen los trabajadores.

Propiciar y fomentar el desarrollo so-cial, cultural, profesional y técnico de sus trabajadores.

Estimular el esfuerzo creativo mante-niendo una actitud constructiva frente a las sugerencias de sus trabajadores.

Efectuar evaluaciones periódicas del desempeño que tiendan a una mejor productividad y desarrollo del personal.

Proporcionar un ambiente adecuado y seguro de trabajo, equipos, materia-les y herramientas para una operación económica y segura.

Supervisar las labores de sus trabaja-dores, señalándoles tareas concretas y analizando los resultados, con el propósito de procurar que el trabajo

contra Derrames de Petróleo, el Mane-jo Integral de Residuos, el Sistema Inte-grado de Gestión y las demás normas que se emitan para el mejor desenvol-vimiento de SAVIA Perú.

Brindar una supervisión racional y fun-damentada en un genuino respeto por la persona humana y dignidad de sus trabajadores, procurando mantener la mejor armonía y comprensión dentro de las relaciones de trabajo.

Cumplir con las obligaciones que como empleador le señalen las leyes del país y los compromisos contractuales.

Evitar la discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma, y todo acto que atente contra la dignidad del trabajador.

No exigir la prueba del VIH o la exhibi-ción del resultado de la misma, tanto al momento de la contratación como durante la vigencia de la relación labo-ral.

Velar para que no se realicen actos de hostigamiento y otros de carácter des-honesto que afecten la dignidad del tra-bajador.

Prevenir, desalentar, evitar y de ser el caso sancionar el hostigamiento sexual en las relaciones de dependencia, au-

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Entrenar a los trabajadores, mejorar la especialidad y habilidad de los mismos de acuerdo a los requerimientos de las labores que realizan, según necesida-des detectadas.

Informar a todos los trabajadores acer-ca de los sistemas de seguridad de los cuales dispone el área, departamento, sección o centro de trabajo en el que desarrollan sus labores.

Formular directivas, normas y procedi-mientos que se requieran para la segu-ridad y protección del personal y de las instalaciones de la Empresa.

Renovar o cambiar los equipos de protección personal, aparatos e ins-trumentos de acuerdo a las especifica-ciones de los fabricantes o cuando se encontrasen deteriorados.

No deducir, retener o compensar suma alguna de dinero del monto de los in-gresos que corresponda al Trabajador, sin previa autorización individual escri-ta, o por mandato judicial.

No efectuar o autorizar propaganda política ni realizar actividades proseli-tistas de ninguna índole.

Velar por el mantenimiento de los ca-nales de comunicación establecidos que posibiliten una comunicación flui-da entre los trabajadores y los repre-sentantes de la empresa.

Los derechos y obligaciones de SAVIA Perú enunciados no constituyen una relación limitada, sino únicamente enunciativa, pues es propósito de la Empresa cumplir y hacer cumplir la ley, procurando la mayor eficiencia productiva de su actividad.

28 29Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

CAPÍTULO VIIIDERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES

Artículo 55ºSon derechos de los trabajadores, los si-guientes:

Recibir de SAVIA Perú un trato acorde con la dignidad de persona humana.

Que sea mantenida en reserva la infor-mación de carácter privado que SAVIA Perú posea acerca de su personal.

Formular los reclamos o quejas cuan-do considere vulnerados sus derechos, respetando las instancias y canales de comunicación.

Elevar a sus superiores cuantas suge-rencias e iniciativas contribuyan a me-jorar el trabajo.

Percibir una remuneración acorde a las funciones que desempeñe y en los pla-zos establecidos.

Laborar la jornada ordinaria o contrac-tual establecida por SAVIA Perú.

Recibir, cuando corresponda, pagos de sobretiempo, bonificaciones y/o

gratificaciones según corresponda de acuerdo a Ley.

Gozar de los beneficios estipulados en las disposiciones legales de carácter la-boral que le sean aplicables.

Antes de su admisión deberá hacér-sele conocer los horarios de trabajo y los beneficios que le corresponden, así como el presente Reglamento, cuya copia le será entregada, bajo cargo.

Ser capacitado en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Plantear sugerencias, quejas y recla-mos en asuntos referentes al trabajo, dentro de los procedimientos estable-cidos al respecto.

Ser informado de las modificaciones del presente Reglamento y de sus de-más normas conexas.

Recibir orientación-inducción rela-cionada al trabajo cuando ingresa a la Empresa o al cambiar de labor, así como una supervisión y guía adecua-da para el cumplimiento de los objeti-vos de SAVIA Perú. Asimismo a que le sean proporcionadas las condiciones de trabajo adecuadas y disponer de un ambiente agradable de trabajo con las condiciones mínimas de seguridad e higiene.

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30 31Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Artículo 56ºLos trabajadores de SAVIA Perú, además de las obligaciones que establece la legislación vigente, deben sujetarse a lo siguiente:

Actuar con honestidad, lealtad, fideli-dad, diligencia, buena fe en el trabajo y en todas las labores que le sean asig-nadas, así como en el cumplimiento de las instrucciones de su jefe inmediato.

No realizar paralizaciones intempesti-vas de labores, ni participar en huelgas ajenas al marco legal o toma de locales y/o rehenes.

Abstenerse de fomentar y/o realizar actividades políticas, religiosas y/o de cualquier otra índole durante la jorna-da de trabajo.

Cautelar y responder por los bienes de SAVIA Perú que le hayan sido asig-nados y/o estén a su cuidado y no dis-poner de éstos o de otros bienes de la organización en beneficio propio y/o de terceros.

Asistir a sus labores adecuadamente presentado y correctamente vestido, utilizando los implementos de seguri-dad que otorgue SAVIA Perú que son de uso obligatorio.

Respetar y acatar todas las disposicio-nes que dicte SAVIA Perú sobre protec-ción de sus instalaciones y seguridad.

Es de uso obligatorio el uniforme de trabajo, los implementos de seguridad y/o de identificación que la Empresa le proporcione para el mejor desempeño de su labor, respetando las normas de seguridad e higiene establecidas por SAVIA Perú.

Cumplir puntualmente con el horario de trabajo y el destinado para el refri-gerio que la Empresa establezca.

Guardar respeto y consideración a sus jefes, compañeros, subalternos, pro-veedores, contratistas, clientes y visi-tantes. Deberá en todo momento ve-lar, dentro y fuera de la Empresa, por la imagen de SAVIA Perú.

Guardar confidencialidad con la infor-mación, documentos y data a su car-go o conocida indirectamente acerca de las actividades de la Empresa, in-cluso luego de producido el cese del trabajo.

Dar parte del deterioro y/o pérdida de los bienes, materiales y equipos que la Empresa le proporcione para su traba-jo dentro del término de 24 horas de la ocurrencia. El parte se le dará al jefe inmediato.

Comunicar por escrito, y con un plazo no mayor de 48 horas a su jefe inme-diato, cualquier cambio o variación

de sus datos personales, familiares, estado civil, cambio de domicilio y otros para mantener al día su archivo personal. La información será remitida por dicho jefe al Departamento de Re-cursos Humanos en el término de 24 horas de recibido el informe.

Informar a su(s) jefe(s), de cualquier hecho que afecte al trabajo, a las per-sonas o los bienes de la Empresa, tan pronto como los advierta.

Obedecer y cumplir las órdenes e ins-trucciones de trabajo, disciplina y/o se-guridad que les sea impartida por sus superiores.

Permanecer en su puesto de trabajo y dedicar el íntegro de sus horas de labor hasta la terminación de la jor-nada o cambio de turno, a la atención y realización de las tareas encomen-dadas.

Solicitar permiso para desplazarse a otras zonas de trabajo y/o retirarse de su centro de trabajo.

Dar a conocer a su jefe inmediato, por teléfono u otro medio de similar pron-titud, la imposibilidad de concurrir a las labores por razones de fuerza ma-yor o enfermedad, indicando el lugar donde se encuentra.

Reintegrarse a sus labores luego de cualquier ausencia y reportarse ante su jefe inmediato, pudiendo éste, so-licitar a su criterio, que se le presente adicionalmente cualquier prueba o do-cumento justificatorio de la ausencia.

Someterse a todos los exámenes mé-dicos que disponga SAVIA Perú, más aún cuando la conservación de la salud o su aptitud física o psíquica afecte su trabajo, a la seguridad y/o a otros tra-bajadores dentro de la legalidad.

Someterse a pruebas que fueran nece-sarias para determinar si se encuentra en estado de embriaguez o bajo efec-tos de drogas o estupefacientes en el trabajo o en ocasión del mismo, dentro de la legalidad.

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32 33Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Con el objeto de salvaguardar los inte-reses del personal y de SAVIA Perú, ac-ceder a las revisiones que el personal de vigilancia y seguridad efectúe en forma regular o imprevista al ingreso, dentro, o al salir de las instalaciones de la Empresa, así como a la revisión de paquete(s) que porten o de los ve-hículos que utilicen. Es obligación del Trabajador brindar la colaboración co-rrespondiente.

De ocurrir hechos delictivos dentro de las instalaciones de SAVIA Perú, el Tra-bajador se someterá a un proceso de investigación, con el fin de deslindar responsabilidades. Asimismo, el Traba-jador se someterá a las pruebas que SA-VIA Perú estime convenientes (registro de huellas, polígrafo, etc) con el objeto de obtener la veracidad y el reconoci-miento en determinados hechos. La negativa u obstaculización por parte del trabajador al sometimiento de las pruebas e investigaciones que SAVIA Perú determine, constituye una acep-tación tácita del Trabajador, respecto de los hechos imputados y, por tanto sancionables con el despido de tratarse de una falta grave.

Portar en forma visible y permanente, su ficha de identificación personal. Asi-mismo mostrar la(s) identificación(es) que SAVIA Perú disponga para el mejor control y uso del beneficio de atención medica familiar.

Dar su colaboración, cuando sea pre-ciso laborar en horas extras en días ordinarios, o trabajar en “feriados no laborables” si fuere necesario.

Participar en la prevención, afronta-miento y solución de emergencias.

No realizar venta de artículos o pro-ductos dentro del centro de trabajo, ni realizar exhibiciones de ningún tipo. Asimismo, no realizar rifas, colectas, erogaciones o actos similares, ni distri-buir panfletos ajenos a su labor.

No promover, ni participar en discu-siones, riñas, juegos, bromas, asedios u hostigamiento que alteren el orden y compostura del personal, dentro del centro de trabajo.

Cumplir todas y cada una de las disposi-ciones laborales y de seguridad que se-ñale la ley, política de SAVIA Perú y es-pecíficamente el presente Reglamento.

La relación de obligaciones antes mencio-nada tiene carácter meramente enunciati-vo, pues queda establecido que el traba-jador deberá observar las disposiciones tanto legales como internas establecidas por SAVIA Perú, que regulan su comporta-miento laboral.

Artículo 57ºLos trabajadores de SAVIA Perú no podrán realizar las siguientes actividades:

Presentarse al trabajo o desempeñar una tarea bajo la influencia de cual-quier bebida alcohólica, estupefacien-te o sustancia restringida, o ingerir alguna mientras se encuentre en las instalaciones de SAVIA Perú.

Proporcionar, publicar, reproducir o di-vulgar de cualquier manera a terceros, información que tenga carácter reser-vado o confidencial relacionado con su trabajo o las actividades de SAVIA Perú.

Divulgar las disposiciones de cualquier índole adoptadas por SAVIA Perú, a que hubiere tenido acceso por efecto de la prestación de servicios.

Amenazar o agredir en cualquier for-ma a sus jefes o compañeros de traba-jo, así como realizar cualquier acto re-ñido con el orden, disciplina, la moral y buenas costumbres.

Formular declaraciones públicas o pe-riodísticas en nombre de SAVIA Perú, excepto en los casos en que se encuen-tre debidamente facultados para ello por parte de la Gerencia.

Comunicar o difundir por cualquier medio, expresiones atentatorias al buen nombre de SAVIA Perú o al de sus trabajadores en general, a la moral y las buenas costumbres y a la armonía y paz laboral.

Animar, coaccionar, forzar o motivar a los compañeros de trabajo a disminuir el rendimiento o producción o desaca-tar las reglas previamente establecidas y/o impartidas en este Reglamento. Cualquier disminución intencional del rendimiento será considerada como falta grave y se aplicará al infractor lo dispuesto por el ordenamiento laboral vigente.

Sustraer o utilizar, sin autorización, bie-nes y documentos de SAVIA Perú.

Faltar a la verdad o proporcionar in-formación o documentación falsa o inexacta.

Ingresar, hacer ingresar o portar obje-tos que puedan causar daños a bienes o personas.

Ingresar a áreas restringidas sin autori-zación expresa.

Ingresar y/o retirar del centro de tra-bajo cualquier clase de producto, do-cumentación, equipo o material, sin contar con la autorización de su jefatu-ra inmediata superior.

Realizar operaciones con clientes o proveedores de SAVIA Perú que les de-paren provecho personal o a favor de terceros, aun cuando no sean necesa-riamente perjudiciales o estén en con-flicto con los intereses de SAVIA Perú.

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34 35Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Divulgar datos del archivo personal de los trabajadores o cualquier aspecto de la vida privada de los mismos del que se entere como producto del vín-culo laboral.

Fumar en el interior de las instalaciones de trabajo.

No usar la identificación proporcionada por SAVIA Perú.

Iniciar, promover o participar en reu-niones de tipo político, religioso o de cualquier índole no laboral en el cen-tro de trabajo o durante el horario de trabajo.

En materia de paralizaciones de labo-res, deben respetar la legalidad, está prohibido la toma de locales y/o rehe-nes.

Utilizar sin autorización el equipo de oficina, útiles, implementos, mate-riales, instrumentos, computador, fotocopiadoras, lectoras, fax y demás bienes de SAVIA, en provecho propio o de terceros o en perjuicio de SAVIA Perú.

Realizar para sí mismo o para terce-ros, actividad similar a la prestada para SAVIA Perú, salvo autorización expresa por escrito concedida por la Gerencia General.

Reproducir o extraer la información que se encuentra en los sistemas de cómputo, salvo autorización.

Efectuar cualquier acto que pueda po-ner en peligro la propia seguridad, la de sus compañeros o de terceras per-sonas.

Incurrir en cualquier acto prohibido por el presente Reglamento o cualquier otro documento emitido por SAVIA Perú.

Artículo 58ºEl personal que labore en operaciones cos-ta afuera o use embarcaciones al servicio de SAVIA Perú, está prohibido de realizar los siguientes actos:

Realizar actividades de pesca o trueque o compra-venta desde las embarcaciones o plataformas al servicio de SAVIA Perú.

Llamar o acercarse a embarcaciones que no están al servicio de la Empresa, ni contactar a sus tripulantes o pasa-jeros, salvo que se trate de una emer-gencia que ponga en riesgo la seguri-dad del personal o de las instalaciones.

Detener la embarcación, salvo en caso de emergencia comprobada.

Asimismo, le son de aplicación todas las restricciones, limitaciones y disposi-

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ciones que emita la Dirección General de Capitanías para los trabajos realiza-dos en el mar sea personal embarcado o no y que forman parte del presente Reglamento de Trabajo.

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CAPÍTULO IXFOMENTO Y MANTENIMIENTO DE LA ARMONIA LABORAL

Artículo 59ºSAVIA Perú con el objeto de fomentar la armonía entre los trabajadores y el per-sonal de supervisión, instruirán a sus re-presentados a fin de que el trato se con-duzca con corrección y respeto.

El mantenimiento de la armonía en el centro de trabajo, es competencia de to-dos los que conformamos SAVIA Perú y se basa en el mutuo respeto y en el reconoci-miento de los derechos de los demás y el cumplimiento de las propias obligaciones.

Artículo 60ºLos supervisores, jefes y/o funcionarios, están a disposición de los trabajadores, para las soluciones de cualquier proble-ma personal relacionado con el trabajo y que tenga a bien exponer, guardándose la reserva del caso.

El supervisor inmediato es la primera instancia en escuchar al trabajador con actitud positiva, explicarle las normas y procedimientos aplicables a su cargo y adoptar, dentro de su límite de autori-dad, decisiones rápidas, claras y equitati-vas, previa investigación de los hechos.

36 37Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Artículo 61ºEl trabajador que se crea con el derecho de plantear una queja o reclamo, así como los que consideren que han sido víctimas de un acto de discriminación o de hos-tigamiento sexual, podrán presentar su queja, reclamo o denuncia, siguiendo los procedimientos y canales establecidos, con honestidad, objetividad y claridad, dentro del ámbito de respeto y armonía que supervisor y subalterno se merecen en todas las relaciones de trabajo.

Artículo 62ºEl reclamo o queja se formulará por es-crito y ante el jefe inmediato, siempre y cuando haya quedado agotada la comu-nicación o el diálogo personal o directo. En caso que el problema se suscitara con su jefe inmediato, recurrirá por escrito al inmediato superior a éste, observando el conducto regular y la línea de autoridad; esto, si el trabajador no se siente satis-fecho con la solución ofrecida en niveles inferiores.

Artículo 63ºCada queja o reclamo debe ser conside-rado en todos los niveles, en forma se-

ria, justa e imparcial y las decisiones de-ben ser claras, concretas y tomadas con prontitud dentro de las normas y proce-dimientos estipulados en el presente Re-glamento.

En caso que tal decisión no fuera satis-factoria para el trabajador éste podrá re-currir, dentro de los tres días hábiles sub-siguientes a la Jefatura de Departamento de Recursos Humanos, quien dentro de los tres días hábiles siguientes expresará por escrito su decisión.

38 39Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

CAPÍTULO XCALIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS AL TRABAJADOR

Artículo 64ºLas faltas laborales están constituidas por aquellas acciones u omisiones, por parte de Trabajador, que suponga infracción de las normas laborales contenidas en dispo-siciones legales de carácter general o en el presente Reglamento Interno de Trabajo y/o cualquier otra disposición o documen-to emitido por SAVIA Perú, que implican la violación de sus obligaciones, en perjuicio de sus labores y del servicio que brinda SAVIA Perú o, que atenta contra la discipli-na y armonía que debe existir en el centro de trabajo, incluidas todas aquellas con-ductas tipificadas en la Ley como causales de despido.

Las faltas han sido catalogadas como Leves, Significativa y Graves según las siguientes consideraciones.

Falta Leve: Cuando la infracción se ha producido por falta de entrenamiento o desatención a las instrucciones, pro-cedimientos, y/o a su trabajo o revis-te poca trascendencia. Las sanciones a este tipo de falta y similares están comprendidas entre llamada de aten-

ción vía amonestación verbal o escrita y suspensión del trabajador.

Falta Significativa: Cuando la infrac-ción se realiza violando deliberada-mente y/o conscientemente las nor-mas de SAVIA Perú, cuando al cometer una práctica o un acto inseguro resulta o pudo resultar una lesión a sí mismo, a otro trabajador u otras consecuen-cias a personas, equipos o instalacio-nes; o bien cuando el trabajador se le hubiere llamado la atención y persista en cometer falta y similares. Estas fal-tas catalogadas como Significativas serán sancionadas con suspensión del trabajador.

Falta Grave: Es la infracción por el tra-bajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación, están señaladas en la ley. Este tipo de falta será sancionada con suspensión o despido del trabajador.

I. SOBRE LA JORNADA DE TRABAJO, HORA-RIOS DE TRABAJO, REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA:

Faltar al trabajo sin causa debidamente justificada, esta falta está catalogada como Grave.

Ausentarse de su puesto de trabajo sin la debida autorización de su jefe inme-

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diato superior, esta falta está catalogada como Grave.

Presentarse a su lugar de trabajo des-pués de la hora establecida sin justifica-ción alguna, está falta será considerada falta Grave de acuerdo a ley.

Dormir durante la jornada de trabajo, esta falta esta catalogada como Grave.

Salir antes de la hora establecida, esta falta está considerada como Grave.

Marcar con el fotocheck o firmar el in-greso o salida de otro trabajador o de-jar de marcar con el fotocheck o firmar la propia en forma maliciosa, esta falta está catalogada como Grave.

Quedarse dentro de sus respectivas áreas de labor fuera del horario estable-cido por SAVIA Perú sin la autorización de su jefe inmediato superior, esta falta está catalogada como Grave.

Disminuir intencionalmente el ritmo de trabajo, realizar paralizaciones in-tempestivas de labores, para atender asuntos personales o ajenos a la Em-presa, esta falta está catalogada como Grave.

Participar, organizar o realizar huelgas ajenas al marco legal o toma de loca-les y/o rehenes durante el horario de

trabajo en las instalaciones de SAVIA Perú, esta falta está considerada como Grave.

No permanecer en su puesto de traba-jo y no dedicar el íntegro de sus horas de labor hasta la terminación de la jor-nada o cambio de turno, a la atención y realización de las tareas encomenda-das, esta falta está considerada como Significativa.

Abandonar el puesto de trabajo sin ha-ber efectuado el relevo correspondien-te según procedimientos establecidos, esta falta está catalogada como Grave.

Cambiar de turno de trabajo sin la au-torización previa de su jefe inmediato, esta falta está catalogada como Signi-ficativa.

No comunicar a su jefe inmediato su-perior por teléfono u otro medio simi-lar de la imposibilidad de concurrir a laborar por razones de fuerza mayor o enfermedad, indicando el lugar donde se encuentra, esta falta está cataloga-da como Significativa.

No reportarse ante su jefe inmediato luego de cualquier ausencia, esta falta está catalogada como Significativa.

Desplazarse a otras áreas y/o retirarse de su lugar de trabajo sin la autorización

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correspondiente, esta falta está catalo-gada como Significativa.

II. SOBRE EL INGRESO A LABORAR:

No asistir a sus labores adecuadamen-te presentado y correctamente vesti-do con el uniforme proporcionado por SAVIA Perú, esta falta está catalogada como Leve.

No portar en forma visible y permanen-te su fotocheck, o no mostrarlo cuando le sea requerido, esta falta está catalo-gada como Leve.

No mostrar la(s) identificación(es) que SAVIA Perú disponga para el mejor con-trol y uso del beneficio de atención mé-dica familiar, esta falta está catalogada como Leve.

Usar el fotocheck, la ropa de trabajo y de seguridad que SAVIA Perú proporcio-na a sus trabajadores para fines distin-tos a los previstos, esta falta está catalo-gada como Significativa.

Ingresar a SAVIA Perú, ingerir dentro de la misma o presentarse a laborar bajo los efectos de sustancias prohibidas, tales como: bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes de acuerdo a ley. Esta falta está catalogada como Grave.

Introducir armas de cualquier clase a las instalaciones de la Empresa, sin estar au-

torizado expresamente por SAVIA Perú, esta falta está catalogada como Grave.

No acceder a las revisiones que el per-sonal de Vigilancia y Seguridad efectúe en forma regular o intempestiva al in-greso o salida, así como a la revisión de paquete(s) que porten o de los vehícu-los que utilicen, con el objeto de sal-vaguardar los intereses de los demás trabajadores y la Empresa, esta falta está catalogada como Grave de acuer-do a ley.

III. SOBRE EL COMPORTAMIENTO DENTRO DE SAVIA Perú:

Faltar al respeto con palabra o gesti-culaciones; amenazar o agredir bajo cualquier forma a compañeros de labores, a sus superiores o subalter-nos de ser el caso, al personal de las Empresas contratistas, clientes, visi-tantes, proveedores, entre otros. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Causar desorden o trastornos que afec-ten el normal desarrollo de las opera-ciones. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Pintar paredes, pegar volantes o cau-sar daños o destrucción a los bienes muebles o inmuebles de SAVIA Perú o del personal. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

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42 43Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Cometer actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres. Esta falta está catalogada como Significativa.

Realizar actividades de pesca, trueque o compra venta de materiales de pro-piedad de SAVIA Perú desde las embar-caciones, flotantes, muelles, baterias e instalaciones de tierra. Esta falta está ca-talogada como Grave de acuerdo a ley.

Llamar o acercarse a embarcaciones que no están al servicio de SAVIA Perú, o contactar a sus tripulantes o pasaje-ros, salvo que se trate de una emergen-cia que ponga en riesgo la seguridad del personal o las instalaciones. Esta falta está considerada como Grave de acuerdo a ley.

Detener la embarcación, salvo en caso de emergencia comprobada o cuando las operaciones así lo ameriten. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

Ejercer actividades político-partidarias durante el horario de trabajo y dentro de los recintos de SAVIA Perú así como actividades ajenas que constituyan conflicto de intereses con la Empresa, aunque éstas se realicen fuera del ho-rario de trabajo y fuera de la Empresa. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Emitir opiniones sin autorización ex-presa, a través de la prensa, radio o cualquier de otro medio de comuni-cación sobre asuntos de SAVIA Perú, Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Aceptar recompensas dádivas o prés-tamos de personas directas o indirec-tamente vinculadas a SAVIA Perú para el cumplimiento de sus funciones o que pudieran comprometerlas en el ejercicio de ellas. Esta falta está cata-logada como Grave de acuerdo a ley.

Hacer colectas, erogaciones, exhibi-ciones, rifas, suscripciones, venta de artículos o distribuir periódicos, folle-tos, pasquines, circulares, volantes o atender asuntos ajenos a la Empresa dentro de las áreas de trabajo sin au-torización escrita de SAVIA Perú, Falta catalogada como Significativa.

Promover o participar en discusiones, riñas, juegos de azar, bromas, asedios u hostigamientos que alteren el orden y la compostura del personal dentro del centro de trabajo. Falta considera-da como Significativa.

Ingerir bebidas alcohólicas en la calle o lugares públicos, vistiendo el uniforme con logotipo de SAVIA, Falta considera-da como Significativa.

Dar un uso diferente al fotocheck per-sonal, o al fotocheck de algunos de los dependientes del seguro médico fami-liar de SAVIA Perú. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

No guardar confidencialidad con la in-formación a su cargo y acerca de las ac-tividades de la Empresa, incluso luego de producido el cese del trabajo, reser-vándose SAVIA Perú, iniciar las acciones legales que correspondan. Falta consi-derada como Grave de acuerdo a ley.

No cumplir todas y cada una de las disposiciones laborales y de seguridad que señale la Ley, política de la Em-presa y específicamente el presente Reglamento. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

IV. SOBRE SEGURIDAD

Infringir reglas de tránsito utilizando vehículos y equipos móviles de SAVIA Perú, Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Fumar en el interior de las instalacio-nes de la Empresa. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

No usar los implementos de seguri-dad que otorgue SAVIA Perú y que son de uso obligatorio. Falta catalogada como Significativa.

Deteriorar o modificar los implemen-tos de seguridad, ropa de trabajo proporcionados por SAVIA Perú, de uso obligatorio en el centro labo-ral. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

No usar en lugar visible el fotocheck de identificación correspondiente. Falta catalogada como leve.

Realizar o permitir que se haga trans-bordo en altamar (De embarcación a embarcación), salvo en caso de emergencia comprobada. Falta consi-derada Significativa.

No asistir a las charlas sobre seguri-dad, reuniones de trabajo o coordi-nación que SAVIA Perú, dispone. Esta falta está catalogada como Significa-tiva.

No informar a su(s) jefe(s), de cual-quier hecho que afecte al trabajo, a las personas o los bienes de SAVIA Perú, tan pronto como los advierta. Esta falta está catalogada como Gra-ve de acuerdo a ley.

Ingresar y utilizar sin autorización de su Jefatura inmediata herramientas de mano de fabricación casera, mo-dificadas y usadas en tareas para las cuales no han sido diseñadas. Esta falta está considerada como grave.

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V. SOBRE USO DE BIENES Y SERVICIOS DE SAVIA Perú:

Permitir que personas ajenas a SAVIA Perú hagan uso de vehículo señalados para su uso oficial, salvo que sea con ocasión directa a las labores. Falta cata-logada como Significativa.

Ocupar al personal de la Empresa o utili-zar el patrimonio de SAVIA Perú para fines distintos a los intereses de ésta, en pro-vecho propio o de terceros. Esta falta es catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Deteriorar, extraviar o dar en calidad de préstamo bienes de SAVIA Perú que le hayan sido asignados y/o estén a su cuidado o disponer de éstos u otros bie-nes para beneficio propio o de terceros. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Hacer uso de las facilidades de alimen-tación que concede SAVIA Perú cuan-do no le corresponde. Falta catalogada como Significativa.

Manejar, manipular u operar equipos, máquinas, herramientas, grúas, win-ches, montacargas o vehículos que no le han asignado o para lo cual no está au-torizado. Esta falta es catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Conducir en vehículos señalados para

uso oficial de SAVIA Perú a personas ajenas a las mismas sin la autorización de su jefe inmediato. Esta falta está ca-talogada como Grave de acuerdo a ley.

Disponer de dinero, cheques, letras de cambio y demás instrumentos nego-ciables, artículos o valores que le son entregados por cualquier concepto con destino a SAVIA Perú o por ésta como destino a sus acreedores, clien-tes, trabajadores, etc. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Retener indebidamente materiales, equipos, herramientas, uniformes, u otros, en los casilleros asignados a su uso. Así como no permitir la revisión de los mismos. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Sustraer materiales, herramientas, útiles de aseo u otros objetos de propiedad de SAVIA Perú o que per-tenezcan a otro trabajador, así como también llevar estos materiales, equi-pos, herramientas u objetos a otras locaciones de la Empresa sin la au-torización de su jefe inmediato. Esta falta está catalogada como Grave de acuerdo a ley.

No realizar constante revisión de los casilleros asignados al personal a su cargo. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

VI. SOBRE SALUD OCUPACIONAL:

Negarse a realizar los exámenes mé-dicos que SAVIA Perú disponga. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

Negarse a las pruebas pertinentes para determinar si se encuentran en estado de embriaguez o bajos los efectos de drogas o estupefacientes en el trabajo o en ocasión del mismo. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

No cumplir con las restricciones y reco-mendaciones médicas. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

No informar a SAVIA Perú sobre proble-mas de salud e ingresar a laborar pade-ciendo estos problemas. Falta cataloga-da como Significativa.

Simular enfermedad de manera mali-ciosa en beneficio propio. Falta catalo-gada como Grave de acuerdo a ley.

No acatar las condiciones de SAVIA Perú respecto al aseo personal y uso de im-plementos de higiene. Falta catalogada como Significativa.

VII. SOBRE RESPONSABILIDADES LABORALES:

No actuar con honestidad, confidenciabi-lidad, lealtad, fidelidad, diligencia, buena

fe en las labores asignadas, así como el cumplimiento de las labores asignadas, así como el cumplimiento de las instruc-ciones de su jefe inmediato. Falta consi-derada como Grave de acuerdo a ley.

Difundir informaciones inexactas, cual-quiera sea el medio que atenten contra SAVIA Perú sus directivos y el personal. Falta catalogada como Grave de acuer-do a ley.

Divulgar información que se le ha con-fiado como confidencial o reservada; así como violar correspondencia. Falta cata-logada como Grave de acuerdo a ley.

No contar con los documentos debida-mente actualizados indispensables para la prestación del servicio. Falta conside-rada como Grave de acuerdo a ley.

No registrar o registrar de manera in-correcta la información requerida por SAVIA Perú en bitácoras, reportes, per-misos, guias de tráfico, hojas de trabajo u otros documentos. Falta catalogada como grave.

No reportar a su jefe inmediato las ocu-rrencias del servicio, deterioro o pér-dida de bienes, materiales u equipos que SAVIA Perú le proporcione para el trabajo dentro del término de 24 horas de ocurrencia. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

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46 47Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Crear, falsificar, alterar o adulterar do-cumentos o información para su bene-ficio personal. Falta catalogada como Grave de acuerdo a ley.

Desobedecer las órdenes e instruc-ciones de trabajo, disciplina y/o se-guridad que le son impartidas por sus superiores. Esta falta es catalogada como Grave de acuerdo a ley.

La resistencia a cumplir las órdenes o tareas dispuestas por sus jefes en re-lación a su trabajo. Esta falta es cata-logada como Grave de acuerdo a ley.

No entregar en forma debida el pues-to de trabajo a quien por motivo algu-no deba relevarlo. Falta considerada como Significativa.

Realizar defectuosa o negligentemen-te su trabajo. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

Valerse de su condición de trabajador de SAVIA Perú para obtener beneficios de índole personal. Asimismo hacer uso en provecho propio o de terceros, ejerciendo desautorizadamente los poderes y atribuciones conferidas por SAVIA. Falta considerada como Grave de acuerdo a ley.

No comunicar por escrito y con un pla-zo de 48 horas de sucedido a su jefe

inmediato, cualquier cambio o varia-ción de sus datos personales, familia-res, estado civil, cambio de domicilio y otros para mantener al día su archivo personal. La información será remitida por dicho jefe al Departamento de Re-cursos Humanos en el término de 24 horas de recibido el informe. Esta falta es catalogada como Leve.

Artículo 65ºSAVIA Perú está facultada a imponer san-ciones disciplinarias por cualquier otra cau-sa no enunciada en los incisos precedentes que, a criterio de ésta, así lo justifique.

Artículo 66ºLa enumeración de los derechos, obliga-ciones y prohibiciones señalados en el presente Reglamento, no son de carácter limitativo ya que de modo general com-prenden otros derechos, deberes y res-tricciones contemplados en las Leyes y normas internas de SAVIA Perú y otras que resulten aplicables.

Artículo 67ºSAVIA Perú, tiene establecidas las siguien-tes medidas disciplinarias:

Amonestación Verbal: Es la medida aplicable cuando la falta, a criterio de SAVIA Perú, es de carácter leve y no reviste gravedad; la aplica el supervi-sor inmediato del trabajador, debiendo ser comunicada dicha amonestación

oportunamente a la Jefatura del área correspondiente y al Departamento de Recursos Humanos.

Amonestación Escrita: Es la medida co-rrectiva aplicable cuando hay reinciden-cia en las faltas leves o las faltas revisten cierta gravedad por los daños y perjui-cios que originan. Es cursada por el Jefe respectivo, y por el Jefe de Área de Re-cursos Humanos con indicación sucinta de los hechos.

Suspensión: Es una medida correctiva que implica la separación temporal de trabajador, sin percepción de remune-raciones. Se aplica por violaciones más serias a las normas y disposiciones de SAVIA Perú.

El número de días hábiles de suspen-sión será de acuerdo a la gravedad de la falta; la reincidencia determinará suspensiones mayores a los cinco días calendario.

Despido: Es la separación definitiva del trabajador en SAVIA Perú producida al configurarse causa justa de despido re-lacionada con la capacidad o con la con-ducta del trabajador. Se materializa de acuerdo a lo establecido por la Ley.

El orden de enumeración de las sanciones antes señaladas, no constituye una escala que debe aplicarse correlativa o sucesiva-

mente, por lo que cada falta debe ser apli-cada y sancionada libremente por SAVIA Perú según su gravedad y los anteceden-tes del trabajador.

Las medidas disciplinarias que aplique SAVIA Perú son independientes de las sanciones que pudieran corresponder al trabajador en el ámbito civil o penal de acuerdo a la naturaleza de la falta.

La amonestación escrita y la suspensión expresará en términos claros y breves los hechos que la motivan y serán firmadas por el jefe inmediato y, al momento de su recepción, por el infractor. Los trabajado-res están obligados a firmar las copias de las comunicaciones que se les envíen por motivos disciplinarios. El incumplimiento de ésta obligación será sancionado como falta grave. Si el trabajador se negara a firmar la medida será notificada notarial-mente, considerándose tal hecho como agravante de la falta cometida.

Todas las sanciones que se apliquen al personal se harán constar en su legajo personal. Las amonestaciones escritas, suspensiones y despidos serán puestos en conocimiento de la Autoridad Administra-tiva de Trabajo, en la medida que ello sea exigible por las normas vigentes.

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CAPÍTULO XIREMUNERACIONES

Artículo 68ºCorresponde a SAVIA Perú determinar su política salarial, diseñar y administrar sus sistemas de remuneraciones y beneficios adicionales.

Las remuneraciones básicas se fijan de acuerdo a la política salarial de SAVIA Perú para cada uno de los niveles. Al trabaja-dor se le retribuirá económicamente de acuerdo a su nivel ocupacional y a su ren-dimiento. Dos trabajadores que realicen funciones similares, necesariamente no recibirán la misma remuneración, SAVIA Perú actuará en base a criterios de com-petencias técnicas, cumplimiento de obje-tivos, calificación, experiencia, entre otros.

Las remuneraciones constarán en las bo-letas de pago que SAVIA Perú entregará al trabajador, quien deberá firmar el ori-ginal y la copia, debiendo devolver está última y conservar el original.

Artículo 69ºSAVIA Perú para el pago de remuneracio-nes de sus trabajadores lo hará a través de una entidad bancaria de la localidad, para tal efecto aperturará una cuenta de ahorros y/o cuenta corriente en moneda nacional o en moneda extranjera a donde se le consignará los depósitos respectivos en forma mensual.

La remuneración estará afecta a las deduc-ciones y retenciones establecidas por la ley, así como las provenientes de mandato judi-cial y las expresamente autorizadas por el trabajador, debiendo estar todas ellas debi-damente sustentadas por escrito.

Las remuneración, deducciones y reten-ciones estarán reflejados en la boleta de pago, donde se consignará los conceptos previstos en la normatividad vigente, el trabajador deberá firmar la boleta en señal de recepción y aceptación. SAVIA Perú podrá cambiar la modalidad de abo-no de las remuneraciones ante eventuali-dades presentadas, previa comunicación al trabajador.

Artículo 70ºSAVIA Perú se reserva la facultad de otor-gar adelantos o préstamos, así como los plazos para su devolución.

50 51Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

CAPÍTULO XIIPERSONAL DE DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA

Artículo 71ºDe acuerdo a las disposiciones legales vigentes, SAVIA Perú se encuentra facul-tada para la calificación del personal de CONFIANZA Y/O DIRECCIÓN, por lo que de acuerdo a ello se ha determinado que dicha calificación debe recaer en todo el personal que desarrolle labores de Su-pervisión dentro de la Empresa, así como de aquél personal que maneje y opere información confidencial o de carácter reservado. Para efectos de la asignación de Cargo de Personal de CONFIANZA Y/O DIRECCION, SAVIA Perú entregará carta a cada Trabajador que se encuentre sujeto a

esta calificación quien la firmará en señal de aceptación o ejercerá su derecho con arreglo a ley.

Artículo 72ºEn concordancia a lo indicado en el ar-tículo anterior y de conformidad con las normas laborales vigentes, están también considerados como personal de Confianza los trabajadores que realicen funciones y/o labores de ASISTENTES ADMINISTRA-TIVOS, TÉCNICOS, ANALISTAS Y SOBRES-TANTES.

CAPÍTULO XIIISEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE E HIGIENE INDUSTRIAL

Artículo 73ºSAVIA Perú establecerá las medidas ne-cesarias para garantizar y salvaguardar la vida e integridad física de los trabajadores y terceros mediante la prevención de los incidentes y eliminación de las causas de accidentes, así como la protección de insta-laciones y propiedades de SAVIA Perú S.A.

Todos los trabajadores están obligados a observar las normas de Seguridad y Sa-lud Ocupacional y las demás reglas que adopte y ponga en práctica SAVIA Perú, así como las establecidas en el ordenamiento laboral, tendientes a prevenir incidentes y proteger la seguridad de las personas, pro-ductos, equipos, maquinaria, vehículos, implementos e instalaciones. Asimismo, deben de contribuir al mejor desarrollo de los programas y campañas de prevención de incidentes y enfermedades ocupacio-nales.

Artículo 74ºSAVIA Perú desarrollará acciones que per-mitan prevenir los incidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, controlando los riesgos inherentes a las ocupaciones.

Artículo 75ºEs importante para SAVIA Perú y para cada uno de los trabajadores que todas las la-bores se ejecuten respetando las normas de seguridad que emanan de la Empresa y/o de las normas legales al respecto, por lo que el Autocuidado del personal se considera como una obligación principal durante su labor diaria, llegando a que el trabajador busque su propia protección y la de sus compañeros de labores contra toda clase de incidentes.

Las Jefaturas y los Supervisores tienen entre sus responsabilidades la de establecer los procedimientos y controles adecuados de los riesgos para prever las medidas que per-mitan crear condiciones de trabajo seguras y saludables, las mismas que se elaboran con la participación de las áreas de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección Ambiental.

Artículo 76ºSAVIA Perú proporcionará a sus trabajado-res los equipos de protección personal ne-cesarios para el desempeño de su labor, de acuerdo a los riesgos a que se encuentren expuestos, con sujeción a las Leyes, Regla-mentos y demás disposiciones que se dic-ten sobre el particular así mismo verificará su buen uso y los que son de uso obligato-rio para el desarrollo de sus operaciones.

Artículo 77ºSAVIA Perú proporcionará a sus trabajado-res implementos de seguridad de uso obli-

52 53Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

gatorio en el centro laboral. Los trabajado-res responderán individualmente por tales equipos así como por las herramientas y otros instrumentos que les sean asignados por SAVIA Perú para el desarrollo de sus ac-tividades.

Artículo 78ºEn el caso, que un trabajador pierda o ma-logre una herramienta, equipo, maquina-ria u otro elemento que le haya sido en-tregado para efectuar su trabajo, tiene la obligación de reponerlo, sin perjuicio de la sanción disciplinaria que corresponda.

Es obligación de los trabajadores, dar aviso oportuno de cualquier defecto, desperfec-to y falla que experimenten los equipos u otros, con el fin que se proceda a efectuar las revisiones y arreglos necesarios, bajo responsabilidad.

SAVIA Perú renovará los implementos y equipos de protección cada vez que sea necesario, cuando el deterioro haya sido originado por el uso natural, previa devo-lución a la Empresa de los que se encuen-tren en mal estado.

Artículo 79ºTodo incidente de trabajo, por leve que fuere, aunque no cause lesión, debe ser in-formado en el momento de su ocurrencia al Supervisor inmediato o Jefatura respec-tiva, quienes obligatoriamente emitirán el informe del accidente de trabajo.

Es obligación de los Supervisores y Jefes proporcionar al Departamento de HSE CR toda la información que se les sea solici-tada, a fin de que puedan cumplir con sus objetivos y responsabilidades.

Artículo 80ºLos trabajadores tienen las obligaciones siguientes:

No distraer la atención de otro trabaja-dor en forma que lo exponga a un ac-cidente.

Leer los avisos de seguridad y cumplir sus instrucciones.

Procurar la completa armonía con los superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la ejecu-ción de las labores.

Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique el respec-tivo Jefe Superior para el manejo de máquinas, equipos o instrumentos de trabajo, principalmente para evitar acci-dentes prevenir incidentes de trabajo. Si no entiende una determinada orden o directiva deberá preguntar o solicitar la aclaración pertinente.

Utilizar o manipular personalmente los equipos, herramientas, instrumentos, máquinas, entre otros que le hayan sido asignados para el desarrollo de sus

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Velar por el cuidado integral de su sa-lud física mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos durante el desarrollo de las labores.

Asistir obligatoriamente a las charlas, entrenamientos, simulacros y prácti-cas que La Empresa organice por pro-pia iniciativa o en coordinación con De-fensa Civil o cualquier otra institución con la finalidad de estar preparados para afrontar emergencias.

Cumplir estrictamente las normas del Reglamento de Seguridad, Higiene In-dustrial y Salud en el Trabajo, directi-vas, procedimientos e instructivos de SAVIA Perú.

Los trabajadores que conducen ve-hículos de la empresa, deberán velar por su adecuada conservación y uso, dando estricto cumplimiento a los pro-gramas de mantenimiento preventivo.

Durante la conducción del vehículo, deberán cumplir las ordenanzas del Reglamento General de Tránsito y Nor-mas de Manejo Defensivo, así como los procedimientos y disposiciones complementarias de la Empresa.

Conservar en buen estado los boti-quines de Primeros Auxilios y dar uso apropiado a los implementos y medi-

Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro normal y natural, los instrumentos y útiles que hayan sido facilitados para la ejecución del trabajo y las materias primas sobran-tes. Hacer uso de estos instrumentos y además en el lugar que SAVIA Perú indique para ello y solamente en be-neficio de ésta evitando hacer o pro-piciar cualquier competencia contra ella.

Impedir el desperdicio de materiales.

Observar las medidas preventivas, higiénicas o de seguridad en general, prescritas por SAVIA Perú o los res-pectivos reglamentos.

Respetar los avisos de peligro y colo-car los rótulos que indiquen que hay personal trabajando en los equipos, máquinas o en áreas específicas, donde se realice el trabajo.

Presentar a su Supervisor inmediato la boleta de alta del Médico tratante visada por el Médico de ESSALUD ó Médico de Planta.

Someterse a los exámenes médicos que sean determinados por SAVIA Perú en las oportunidades que ella señale así como a los procesos de re-habilitación integral.

Comunicar al área responsable corres-pondiente, a través del Jefe superior inmediato, alguna irregularidad en las instalaciones o equipos que se utilicen; debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas del caso.

Desconectar y/o apagar las máquinas, equipos y fluido eléctrico al término de su labor diaria; así como mantener cerradas las conexiones de agua o pro-ductos oleosos de SAVIA Perú.

Comunicar a su jefe inmediato, en caso de detectar un amago y/o incen-dio u otra situación de inminente peli-gro en las instalaciones y/o bienes de SAVIA Perú.

Prestar la colaboración en caso de si-niestro o en riesgo inminente que afec-te o perjudique las personas, los equi-pos, o los trabajos por realizar, a cargo de SAVIA Perú.

labores e impedir que otras personas o compañeros de trabajo las operen.

No poner en movimiento maquinarias hasta no estar seguro de que no hay peligro para otros trabajadores e ins-talaciones.

Prestar auxilio en cualquier tiempo y lugar que se necesite, en caso de si-niestro o riesgo inminente en el que peligren la integridad física del perso-nal o los bienes de SAVIA Perú.

Usar los equipos e implementos de pro-tección otorgados por SAVIA Perú y cum-plir con las normas de seguridad y salud que se impartan de acuerdo con las dis-posiciones administrativas vigentes.

Inspeccionar diariamente, antes de ini-ciar su trabajo, las máquinas, equipos e implementos con los que laboren.

Usar adecuadamente la ropa de tra-bajo.

Conservar el área de trabajo completa-mente limpia y ordenada, no dejando desperdicios que puedan ocasionar in-cidentes o que atenten contra la salud y el medio ambiente.

Usar correctamente los Servicios Higié-nicos, en resguardo de la salud e higie-ne de los trabajadores.

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Otras establecidas en el presente Regla-mento, cualquier otra disposición inter-na o en la normativa legal vigente.

Artículo 81ºA los trabajadores les está prohibido lo siguiente:

Ingresar a los lugares de trabajo no vin-culados con las labores que desempe-ñan, salvo autorización expresa del Su-pervisor de dicha área.

Usar anillos, cadenas, corbatas o vesti-menta no adecuada para el trabajo que desempeñan.

Manipular innecesariamente los equi-pos contra incendio, grifos, mangueras, pitones, extintores en general, haciendo solo uso de estos cuando las necesida-des lo exigen.

Subir o bajar de vehículos en movimien-to.

Manejar u operar vehículos y en gene-ral maquinas, sin corresponderles esta función.

Está terminantemente prohibido fumar en las instalaciones de la Empresa.

Presentarse al centro de trabajo bajo la influencia del alcohol, drogas y/o es-tupefacientes así como el portar o con-

camentos que contienen, reportando las razones de su empleo.

Acatar las disposiciones de control de ingreso y salida del personal, de vehí-culos y materiales de la Empresa, con el objetivo de salvaguardar los intere-ses del personal y de la empresa

Únicamente las personas debida-mente autorizadas deberán instalar, ajustar, comprobar, reparar, despla-zar o quitar instalaciones o circuitos eléctricos para lo cual se deberá con-tar con el permiso de trabajo autori-zado por escrito comprobándose que la energía debe permanecer en cero .

Antes de iniciar cualquier trabajo, el trabajador deberá cerciorarse de que su labor no origine riesgos para él mismo, para otras personas, para los bienes de la Empresa o para el me-dio ambiente. Si el trabajo a realizar se va efectuar en un área ajena a la suya, deberá comunicarlo al supervi-sor respectivo.

No está permitido dormir durante la jornada de trabajo. Durante el traba-jo se recomienda evitar la lectura de material ajeno a las actividades de la empresa, uso de aparatos reproduc-tores de audio y/o video, a fin de evi-tar distracciones en la ejecución de sus actividades y tareas.

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sumir dichos productos en el área de la Empresa, cualquiera sea su proporción.

Portar o usar armas de fuego o cortan-tes dentro del área de la Empresa, a excepción de aquellos que estén debi-damente autorizados. ingreso a las ins-talaciones de la empresa con armas de fuego en general o explosivos, salvo las que se autoricen como parte del servi-cio de vigilancia de la empresa.

Caminar sobre tuberías y techos en re-paración o desmontaje, salvo que se ha-yan preparado especialmente para ello.

Circular o pararse debajo de las cargas suspendidas.

Pasar bajo escaleras, andamios, pla-taformas u otras elevaciones donde se estén realizando trabajos o de las que puedan caer objetos que causen lesiones.

Efectuar reparaciones en maquinaria en movimiento o equipos que puedan ser accionados desde un punto que quede fuera de su control visual o ten-ga arranque automático, sin tomar las medidas de seguridad necesarias para prevenir el arranque o movimiento de los mismos.

Dormir durante la jornada de trabajo. Durante el trabajo se recomienda evitar

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la lectura de material ajeno a las activi-dades de la empresa, uso de aparatos reproductores de audio y/o video, a fin de evitar distracciones en la ejecución de sus actividades y tareas.

Usar tambores o cilindros como: bancos para descansar, soportes de andamios, reemplazo de escaleras. Usar gasolina y otros productos destilados volátiles, para limpieza mecánica de motores u otras instalaciones en el mar o tierra que puedan originar un siniestro y/o accidente.

Usar gasolina y otros productos destila-dos volátiles, para limpieza mecánica de motores u otras instalaciones en el mar o tierra que puedan originar un sinies-tro y/o accidente.

Portar en un lugar visible el carné de identificación de la Empresa y mostrar-lo en todos los accesos de las instala-ciones y gestiones que realicen por la Empresa.

Pescar en las instalaciones de mar de la Empresa.

El uso de zapatillas de jebe, sandalias, sayonaras, zapatos descubiertos de tela, ropa desgarrada, suelta, excesiva-mente grande o impregnada en grasas, aceites, combustibles, etc., así como trabajar con el torso desnudo.

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También está prohibido el uso de go-rras, jockey en zonas operativas de la Empresa.

Ingresar a un espacio cerrado; bodega, tanque, etc., en el cual no hay una ade-cuada ventilación, sin antes haber obte-nido el Permiso de Trabajo autorizado por escrito.

Realizar juegos de envite (naipes, car-tas, dados, etc.) en las instalaciones de la empresa.

De modo general, todas las prohibicio-nes similares a las indicadas anterior-mente y que puedan originar daños personales o materiales.

El incumplimiento de las normas contem-pladas en los incisos precedentes dará lugar a la aplicación de medidas disciplinarias, de conformidad con el presente Reglamento. Para SAVIA Perú la Seguridad es responsa-bilidad de todos y trabajar con Seguridad es condición de Empleo.

Artículo 82ºLas disposiciones sobre Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente e Higiene Industrial en SAVIA Perú se rigen por las contenidas en el Reglamento aprobado por el D.S. 043-2007-EM Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidro-carburos, publicado el 22 de Agosto del 2007, el D.S. 015-2006-EM Reglamento

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para la Protección Ambiental en las Ac-tividades de Hidrocarburos, publicado el 05 de Marzo del 2006, el D.S.009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado el 29 de Setiembre del 2005, los cuales están obligados a cum-plirse, los mismos que son supervisados por los entes fiscalizadores del Gobierno y OSINERGMIN.

Artículo 83ºSAVIA Perú realizará exámenes médicos periódicos con la finalidad de preservar la salud y prevenir al personal de cualquier tipo de enfermedad.

Artículo 84ºLos trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene, seguridad y salud que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular, las que ordene SAVIA Perú para la prevención de enfermedades e incidentes de trabajo.

Artículo 85ºTodo accidente de trabajo deberá ser re-portado inmediatamente por su Jefe supe-rior inmediato al Departamento de HSE CR y al Departamento de Recursos Humanos, para que se procuren los primeros auxilios y se provea la asistencia médica necesaria.

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CAPÍTULO XIVINFORMATICA Y LAS COMUNICACIONES

Artículo 88ºLos equipos de cómputo e informática sea cual fuere su alcance y características, así como los programas y utilitarios que se instalen en aquellos serán recepcionados por el trabajador destinatario para su uso exclusivo en el desarrollo de sus activida-des laborales, de conformidad a las normas internas y procedimientos que establezca SAVIA Perú.

Artículo 89ºLos trabajadores solo podrán utilizar programas y utilitarios que instale SAVIA Perú y aquellos debidamente autoriza-dos por escrito. Está prohibido a los tra-bajadores instalar y operar programas o utilitarios no autorizados. De producirse estos hechos los trabajadores serán los responsables ante terceros por los daños y perjuicios que ocasionen y además se les aplicarán las sanciones laborales que correspondan.

Artículo 90ºLa recepción operación y devolución de estos equipos estará regulado por las dis-posiciones administrativas internas que determine SAVIA Perú.

La investigación del accidente será iniciada por el Comité de Investigación designado por SAVIA Perú.

Artículo 86ºEn este reglamento están consideradas las normas tendientes a obtener la re-gularidad y seguridad en el trabajo y se sujeta a las siguientes normas: Reglamen-to de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos (D.S. 043-2007-EM), Re-glamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (D.S. 015-2006-EM), Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (D.S.009-2005-TR), los cuales estamos obligados a cumplir; y los mismos que son supervisados por los entes fiscalizadores del Gobierno, OSINERG, OSINERGMIN y Capitanías de Puerto.

Artículo 87ºLos casos no previstos y/o infracciones a normas laborales, morales o éticas que imperen en el Centro de Trabajo, o que regulen el desenvolvimiento armónico de las relaciones laborales, no contemplados expresamente en el presente Reglamento, serán resueltos en cada caso, atendiendo a las circunstancias, antecedentes, con-secuencias u otros aspectos pertinentes, aplicándose los principios de racionalidad y buena fe, el sentido común y la lógica; en concordancia con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 91ºLa información que reciba el trabajador en los equipos de cómputo e informática a su cargo y sus efectos serán de su exclusiva responsabilidad. Asimismo, la información que se emita a partir de su equipo será también de su única y exclusiva responsa-bilidad para lo cual cuenta con las claves de acceso personales.

Artículo 92ºEl trabajador está en la obligación de infor-mar a los jefes inmediatos o a quien corres-ponda según los procedimientos internos sobre las anomalías o defectos de los equi-pos y programas o utilitarios que utilice.

Artículo 93ºLos servicios que ofrece la red de SAVIA Perú son para uso exclusivo de las activida-des, procesamiento y almacenamiento deinformación relacionadas con los negocios de la compañía.

62 63Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Artículo 94ºSolo se podrá instalar software legal y aprobado por SAVIA Perú en los sistemas de cómputo de SAVIA Perú, los usuarios NO DEBEN descargar, instalar, o ejecutar programas de Internet o de cualquier otro medio o fuente no autorizada. Si el usuario necesitara hacer uso de software que no estuviera dentro del estándar establecido deberá obtener las aprobaciones corres-pondientes.

Artículo 95ºNo está permitido divulgar ni compartir su cuenta de usuario o contraseña de acce-so con otros empleados. Cualquier acción

CAPÍTULO XVDISPOSICIONES FINALES

Artículo 102ºSAVIA Perú, a través de su dependencia de Asistencia y Servicio Social, colaborará en la medida de sus posibilidades con los trabajadores en la solución de sus proble-mas personales y familiares, coordinando programas de educación familiar, sociales y culturales a nivel de la comunidad.

Artículo 103ºNo será permitido que parientes en primer grado y segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos), ni trabajadores cónyuges trabajen dentro de la misma área de trabajo (se considera área de tra-bajo las oficinas de Lima y las operaciones de Negritos).

Artículo 104ºEn el nivel de supervisores, aún cuando solo una parte se encuentre en este nivel, no podrán trabajar dentro de la misma área de trabajo (se considera área de tra-bajo las oficinas de Lima y las operaciones de Negritos) los parientes en primer y se-gundo grado de consanguinidad, ni cónyu-ges.

que pudiera ocurrir a través de la cuenta de usuario asignada será responsabilidad directa y completa del usuario propietario de la cuenta.

Artículo 96º Los usuarios no podrán usar los servicios o conexión de Internet para acceder a sitios Web con contenido inapropiado. Asimis-mo, los usuarios no tienen permitido el uso de aplicaciones de tipo chat dentro de la red de SAVIA Perú.

Artículo 97ºEn SAVIA Perú las comunicaciones se rea-lizan por escrito, vía memorando, cartas y

cualquier otro tipo de documento escrito. Asimismo, las comunicaciones se realizan también a través de correos electrónicos, Internet, intranet o cualquier plataforma tecnológica a que acceda SAVIA como me-dio de comunicación.

Artículo 98ºTodos los trabajadores se sujetarán a las disposiciones que dicte la institución res-pecto a las comunicaciones informáticas que señala este capítulo.

Artículo 99ºLas comunicaciones informáticas señala-das y las digitalizadas y cualquier otra que se aplique en SAVIA Perú sea cual fuere su alcance y modalidad, serán de cumpli-miento obligatorio.

Artículo 100ºCualquier disconformidad del trabajador sobre la información será puesta en co-nocimiento de su Jefe Inmediato dentro de las 48 horas siguientes a su emisión o recepción. En caso de no hacerlo SAVIA en-tenderá que es conforme.

Artículo 101ºEsta información y data será complemen-tada cuando lo exijan las normas legales pertinentes con la documentación escrita directa que se requiera.

64 65Reglamento Interno de Trabajo SAVIA Perú

Los trabajadores en general, al tomar co-nocimiento del contenido del presente Reglamento, son conscientes de sus de-rechos y obligaciones, debiendo por tan-to, encausar su comportamiento laboral dentro de los lineamientos descritos, a fin de evitar la adopción de medidas discipli-narias correctivas.

Artículo 108ºEn todo lo que no se encuentre expresa-mente previsto en la ley y en el presente Reglamento, serán de aplicación en cuan-to resulte pertinente y en forma supleto-ria, las normas y procedimientos emitidos por SAVIA Perú y que no contravengan el contenido de este Reglamento, ni la legis-lación vigente.

Artículo 109ºLos trabajadores extranjeros están suje-tos al presente Reglamento, salvo en todo aquello que se encuentre expresamente regulado por el Régimen Especial que les es aplicable y que esté contenido a la fecha en el Decreto Ley Nº 689 y su Reglamento. Si en el futuro dicho régimen fuera modi-ficado por otro dispositivo, las nuevas nor-mas les serán aplicables en su integridad.

Artículo 110ºEl presente Reglamento podrá ser modifi-cado por la Empresa, cuando las circuns-tancias así lo requieran, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y con cono-

cimiento de las Autoridades del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 111ºSAVIA Perú tiene la facultad de ampliar, suprimir y/o modificar el presente Regla-mento en relación con las necesidades del servicio y de sus operaciones. Cualquier modificación se ceñirá a las disposiciones legales sobre la materia y será difundida

CAPÍTULO XVIDE LA ADMINISTRACIÓN DE SAVIA

Artículo 105ºEs facultad de SAVIA Perú, de conformi-dad con las disposiciones legales vigentes, el administrarla, haciendo uso para ello de los mejores sistemas de dirección, ad-ministración y avances técnicos de la in-dustria del petróleo, con el propósito de alcanzar los objetivos de productividad, eficiencia, satisfacción y bienestar del per-sonal, con disciplina y trabajo.

Artículo 106ºSAVIA Perú en uso de su facultad directriz dicta las normas administrativas y disposi-ciones complementarias que juzgue con-venientes, para la correcta aplicación del texto y espíritu del presente Reglamento.

Artículo 107ºSAVIA Perú está facultada para exigir a sus trabajadores la observancia de las normas y disposiciones que adopte para alcanzar los fines propuestos. Todos los casos no comprendidos específicamente en este Re-glamento, se regirán por las disposiciones legales vigentes y los que SAVIA Perú, en el legítimo ejercicio de sus derechos esta-blezca, sin oponerse al ordenamiento legal vigente.

entre todos los trabajadores antes de su entrada en vigencia.

Artículo 112ºEl Reglamento de SAVIA Perú ha sido pre-sentado a la Autoridad Administrativa de Trabajo para su conocimiento, de confor-midad con el D.S.039-91-TR, con fecha 15 de junio de 2011 y se pondrá en vigencia en cuanto así los disponga la Empresa.

He recibido un ejemplar del Reglam

ento Interno de Trabajo de SAVIA Perú S.A., el cual me com

prometo a

conservar, leer, comprender y cum

plir todas sus disposiciones.

NOM

BRE:

FOTOCHECK:

FECHA: / /

CON

STANCIA DE RECEPCIO

N

FIRMA DEL TRABAJADO

R

OFICINA PRINCIPAL: Av. Rivera Navarrete 501, piso 11, San Isidro. Lima - Perú.T: (51) 1 513 7500. F: (51) 1 441 4217.

OFICINA TALARA: Av. Jorge Chávez s/n, La Brea - Negritos. Talara - Perú. Apartado 5-C.T: (51) (073) 284 000. F: (51) (073) 393 137.

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