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TERNA DE NOMBRES

MINISTERIO DE EDUCACION

UGEL 06 ATE VITARTE

I.E.P.

MARA MONTESSORI DE SAN GREGORIO

2011

PRESENTACINLa Institucin Educativa Privada Mara Montessori de San Gregorio, nace como un proyecto de profesionales con espritu de servicio y formacin integral a nios y nias de Educacin Incicial y Primaria de Menores de la ms alta calidad, La meta de esa educacin es despertar, en los alumnos, un aprecio por la grandeza de una personalidad y mente formada y a prepararlos para que se realicen como personas tiles en la sociedad. Su programa acadmico recalca la importancia de razonar con claridad, comunicar con eficacia, y estar en la bsqueda de la verdad, libertad y modernidad tecnolgica.Por los motivos antes expuestos, es que se requiere de una normatividad clara, sencilla y completa que est a disposicin de la comunidad educativa para juntos construir la misin planteada y alcanzar la visin de futuro, la cual podr ser comprendida con el presente documento institucional.CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1st CONCEPTO

El presente Reglamento Interno establece la lnea axiolgica de la Institucin Educativa Privada Mara Montessori De San Gregorio, el contenido, la duracin, metodologa y sistema pedaggico del Plan Curricular; el sistema de evaluacin; la direccin, organizacin, administracin y funciones del Centro; los regmenes econmicos, disciplinarios y de pensiones; las relaciones con los padres de familia y otras instituciones.

Art. 2nd LINEA AXIOLGICALa Axiologa Institucional se funda en el respeto a la vida, la dignidad humana, los principios catlicos y la cultura universal. Est dirigida a los nios y nias de 03, 04 y 05 aos, que educa (formacin integral); padres de familia, personal docente, administrativo y miembros de la comunidad.

Es propsito y compromiso de la comunidad educativa, el asumir la responsabilidad en la formacin, tica, social y religiosa, como preparacin para la vida de cada uno de nuestros educandos.

Art. 3rd ALCANCE

El presente Reglamento Interno es el documento normativo de la Institucin Educativa Privada Mara Montessori De San Gregorio, tiene fuerza de contrato y cumplimiento obligatorio para el Personal Docente, Administrativo y de Servicio; para los Alumnos y para los Padres de Familia.

Art. 4th BASE LEGAL

El Reglamento Interno se sustenta en las siguientes bases legales:

1. Constitucin Poltica del Per.

2. Ley N 28044 - Ley General de Educacin.

3. Ley N 24029 - Ley del Profesorado y sus modificatorias.

4. Ley N 26549 - Ley de Centros Educativos Privados y su Reglamento, Decreto Supremo N 009-2006-ED.

5. Ley N 37337 Codigo de los Nios y Adolescentes

6. D. Leg. N 882 - Ley de Promocin de la Inversin Privada en la Educacin.7. D. Leg. N 728 - Rgimen Laboral de la Actividad Privada.8. D.S. N 013-2004-ED - Reglamento de Educacin Bsica Regular.

9. D.S. N 009-2005-ED - Reglamento de Gestin del Sistema Educativo.10. R.M. N 712-06-EDNormas y Orientaciones Nacionales para la Gestin de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica y Tcnico Productiva.CAPITULO II

DE LA INSTITUCIN EDUCATIVAArt. 5th DEL FUNCIONAMIENTO

Resolucin Directoral Regional N 04184 de fecha 15 de agosto 2011Art. 6th UBICACIN

La Institucin Educativa Privada Mara Montessori De San Gregorio, se encuentra ubicado en la Calle Achirana del Inca Mz. E Lt. 11 N 172 Urbanizacin Ricardo Palma, del Distrito de Ate Provincia y Departamento de Lima ..

Art. 7th AMBITO GEOGRFICO

La zona geogrfica es terreno plano, con certificado de uso residencial, en cuanto a sus alrededores se encuentra la zona de Santa Clara, Av. La Esperanza, Av. El Progreso, AA.HH. Raucana, asimismo a unas cuadras de la Carretera Central, del Distrito de Ate.Art. 8th OBJETIVOS

Son objetivos del Nivel Inicial y Primaria:

1. Brindar un servicio educativo coherente con los fines y objetivos de los Planes de Desarrollo Nacional y Regional.

2. Atender en forma integral a nios menores de seis aos de edad, en un ambiente adecuado y acogedor que asegure su pleno desarrollo individual y social.

3. Lograr la formacin integral de los estudiantes como seres humanos y como miembros de la comunidad histrico-social, mediante el desarrollo armnico de sus potencialidades.

4. Propiciar la formacin del pensamiento reflexivo, crtico y creador en los educandos, con la finalidad de que sean capaces de analizar y plantear alternativas de desarrollo personal.

5. Propender a una educacin personalizada y liberadora que le permita al futuro ciudadano, insertarse en la actividad socio-econmica y cultural a nivel nacional.

6. Desarrollar valores ticos como miembros del grupo social.

7. Estimular la auto-educacin en los estudiantes como seres conscientes y responsables de su educacin.

8. Cultivar las habilidades de reflexin, crtica y creatividad, as como los valores de solidaridad, responsabilidad, colaboracin, apertura y tolerancia.

9. Conservar en la comunidad escolar un ambiente de solidaridad y de hermandad.

10. Afianzar la formacin de los estudiantes mediante el desarrollo de actividades de carcter social, cvico, religioso, artstico, cientfico, deportivo y recreativo.

11. Organizar y administrar las acciones educativas, de tal manera que sean acordes con la realidad del nio.

12. Desarrollar la Estructura Curricular del Nivel Inicial y Primaria, estableciendo y aplicando una currcula flexible y diversificada de acuerdo a las necesidades e intereses del educando y la comunidad.

13. Brindar orientacin y asesoramiento permanente a los padres de familia, para favorecer una formacin integral del nio, propiciando su participacin en la gestin y administracin educativa del nivel.CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGNICAArt. 9th DISEO ORGANIZACIONAL

Art. 10th FUNCIONES GENERALES

1. El Director es la primera autoridad de la Institucin Educativa asume responsabilidades de conduccin y administracin del plantel, para lo cual cuenta con facultades de direccin y de gestin ante el Ministerio de educacin y dems autoridades e instituciones de la sociedad civil.

2. Las funciones de Ejecucin son propias de: Cuerpo Docente y Auxiliares; ejerciendo funciones tcnico pedaggicas, de Promocin Educativa comunal, y de Orientacin y Bienestar del Educando.3. Las funciones de apoyo son propias de: Secretara y Contabilidad.Art. 11st FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Son Funciones del Propietario:

a) Apoyar en los lineamientos de poltica planteados en los documentos normativos.

b) Establecer la direccin, organizacin, administracin y funciones de la Institucin Educativa.

c) Establecer los regmenes econmico, disciplinario, y de pensiones.

d) Establecer las relaciones con los padres de familia.

e) Aprobar el Reglamento Interno, en concordancia con la Ley General de Educacin, la Ley de los Centros Educativos Privados y sus Reglamentos, en coordinacin con el Director del Colegio.

f) Designar al Director de la Institucin Educativa.

g) Coordinar con la Direccin sobre el desarrollo de las acciones acadmicas y administrativas, con el propsito de apoyar la gestin educativa.

h) Presidir e impulsar la celebracin de acuerdos y convenios entre la Institucin Educativa y otras entidades.2. Son funciones del Director:

a) Representar a la Institucin Educativa como personero legalb) Desarrollar una gestion educativa que promueva y potencie un clima organizacional altamente positivo para asegurar un liderazgo pedaggico innovador en beneficio directo de los estudiantes.

c) Aprobar el Plan Anual de Trabajo.

d) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones educativas, siendo responsable de la marcha acadmica y administrativa ante el rgano promotora y responder del aspecto tcnico pedaggico ante el Ministerio de educacin.

e) Disear el Plan Anual de Supervisin y realizar la supervisin general.

f) Presentar y asignar el cuadro de personal de la Institucin Educativa, referido a las diversas posiciones laborales: asignacin de horas, aulas, asistentes, talleres, entre otros, teniendo en cuenta los presupuestos y condiciones establecidos para dicha asignacin y contemplados en el Reglamento.g) Presentar y establcer el plan de capacitacion pedagogica permanente, el que se elaborar recogiendo las necesidades e intereses de los educadores as como tambin visualizando los objetivos y metas de la VISION Y MISION de la IE. h) Participar en la elaboracin del proyecto de Presupuesto Anual del IE ante el rgano promotor.

i) Proponer necesidades como base de la elaboracin del Presupuesto

j) Programar, coordinar y conducir las acciones de programacin, ejecucin y evaluacin curricular.

k) Programar y dirigir las reuniones de los equipos de profesores.

l) Realizar la supervisin especializada, presentando los informes semestral y anual a la Promotora.

m) Otras que la Promotora encomiende.

3. Son Funciones de los Docentes:

a) Cumplir y hacer cumplir los dispositivos sealados en la Ley General de Educacin y sus reglamentos, el presente Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curriclar Institucioanl Reglamento Interno y Plan Anual de Trabajo .

b) Desempear con puntualidad, dedicacin, creatividad, innovacin y eficiencia sus funciones de enseanza y orientacin del educando;

c) Mantener una presentacin personal acorde con la funcin y cargo que desempea.

d) Participar en las reuniones de coordinacin promovidas por la Direccin y cumplir los acuerdos que en ellas se adopten.

e) Colaborar con las dems reas en el cumplimiento y desarrollo de las acciones curriculares y no curriculares;

f) Mantener una lnea de profesionalismo respecto a la asistencia y puntualidad como norma obligatoria a tener en cuenta en el Proceso de Evaluacin Docente.

g) Responsabilizarse de una adecuada conduccin del proceso enseanza-aprendizaje, promoviendo la participacin activa de los educandos, el aprendizaje significativo, brindando una atencin diversificada, teniendo en cuenta los diversos estilos de aprendizaje y aplicando las estrategias necesarias a aquellos alumnos que lo requieran.

h) Estimular la capacidad crtica, el sentido de responsabilidad y autodisciplina entre el alumnado, estableciendo un vnculo pedaggico basado en el respeto, aprecio y altas expectativas de logro acadmico.

i) Disear y elaborar la programacin curricular en las condiciones que seale la Direccin

j) Capacitarse a fin de innovar y mejorar permanentemente la funcin docente.

k) Contribuir a la formacin integral de los educandos participando responsablemente en las diferentes actividades programadas por la IE.

l) Utilizar y experimentar estrategias que aseguren el aprendizaje significativo de los estudiantes.

m) Disear y preparar material educativo auxiliar impreso, con el logotipo de la IE, posibilitando sesiones de aprendizaje activas y significativas para el educando.

n) Orientar e informar a los Padres de Familia sobre el desempeo de sus hijos de manera progresiva.

4. Son Funciones de los Auxiliares de Educacin:

a) Recepcionar a los alumnos en el Plantel, acompaando los recreos, servicios higinicos, perodos de refrigerio y en la salida de la Institucin Educativa.

b) Colaborar en el reparto del material educativo o didctico que se va a emplear en el desarrollo de las actividades educativas.

c) Apoyar el desarrollo de las actividades en el aula

d) Colaborar en la limpieza, el orden y cuidado del mobiliario y/o recursos del aula.

e) Colaborar en la preparacin del material didctico y de las hojas de trabajo de los alumnos, de acuerdo a las coordinaciones realizadas con el docente de aula.

f) Llevar a cabo una revisin permanente del material de clase y en el orden de los estantes y ambientes.

g) Cumplir con sus perodos de labor a plenitud, evitando utilizar stos en actividades de otra ndole.5. Son Funciones del Personal Administrativo:

Estar a cargo de profesionales en la carrera de Psicologa con estudios de especializacin en el rea .La Direccin, previa evaluacin de curriculums, experiencia y perfil personal propondr a la Promotora el profesional idneo. Son funciones:

a) Organizar las distintas reas del Dpto. determinando con la Direccin los responsables en cada una de ellas.

b) Ofrecer las pautas para la elaboracin de los planes decada rea, debiendo estar preparados en ltima semana del mes de febrero de cada ao.

c) Asesorar a las Docentes de aula en la elaboracin del Plan Tutorial, realizando las observaciones y mejoras respectivas; elevndolos luego a la Direccin.

d) Reunir quincenalmente al equipo de docentes por niveles para la orientacin y seguimiento de los planes tutoriales.

e) Comunicar al personal docente acerca de las acciones de tutora, as como de las acciones formativas que el Dpto. Psicopedaggica programe.

El rea de mantenimiento y servicio se responsabiliza del cuidado y conservacin de la infraestructura de la Institucin Educativa. Son funciones del Personal de Servicio:

a) Coordinar los horarios de mantenimiento y servicio con el personal docente de manera que no afecte la tarea educativa.

b) Limpiar y mantener en correcto estado de conservacin todos los ambientes del colegio (Cerrados y abiertos) que le sean asignados por la Promotora.

c) Colaborar en la ambientacin de las aulas y del local, especialmente en las actividades generales del Colegio.

d) Preparar los ambientes para las reuniones de Padres de Familia, docentes y otros.

e) Apoyar en el control de la puerta de ingreso y salida de los alumnos.

6. Son Funciones de los Padres de Familia:a) Seguir y apoyar con adecuada proximidad el desarrollo de la formacin integral de sus hijos.

b) Ser informado oportunamente sobre los avances y dificultades en el proceso enseanza-aprendizaje.

c) Participar en las actividades programadas para padres.

d) Aportar sugerencias a la Direccin, para el mejor desarrollo de la labor educativa.

e) Recoger a sus hijos/as, durante el horario escolar, slo en casos de emergencia.

f) Asistir a las reuniones y entrevistas con el personal docente.

g) Cancelar puntualmente la pensin escolar.

h) Salvaguardar el prestigio de la Institucin Educativa.

i) Concurrir en las fechas programadas a la Institucin Educativa, para recibir el Informe de mis Progresos.CAPITULO IV

DE LA ORGANIZACINArt. 12nd ACADEMICA

Los rganos de ejecucin y apoyo dependen del Director:1. Durante el mes de febrero, el director y el personal docente de la Institucin Educativa realizan el planeamiento y organizacin de las actividades para el ao lectivo teniendo como material de trabajo las normas legales vigentes, programas curriculares y lineamientos axiolgicos del plantel.

2. El perodo de planeamiento y organizacin comprende principalmente las siguientes acciones: matricula, evaluacin de recuperacin, formulacin del Plan anual de Trabajo, Programacin curricular en cada nivel educativo, preparacin de listas de educandos por secciones, de materiales educativos., ambientacin del plantel y del aula; planificacin y organizacin del primer da de trabajo con los alumnos.

3. El Plan Anual de Trabajo de la Institucin Educativa es elaborado, ejecutado y evaluado por el Director, personal docente y administrativo. Es aprobado por el Director antes del inicio del ao lectivo.

4. El Plan Anual de Trabajo, la metodologa y el sistema pedaggico de la Institucin Educativa se establece en concordancia con los planes y programas del Ministerio de Educacin. 5. El Plan Anual de Trabajo comprende las siguientes reas: Administrativas, de Infraestructura y de servicios Complementarios y Promocin Educativa Comunal y otros.

6. La Educacin Inicial y Primaria es mixta. El nmero de alumnos est en funcin del nivel de matrcula y la capacidad de cobertura d nuestra infraestructura, en funcin a los criterios tcnicos pedaggicos que permitan una adecuada experiencia de aprendizaje

7. El ao lectivo se inicia el 01 de Marzo y termina el 22 de Diciembre, incluyendo la clausura del ao escolar

8. El tiempo de permanencia de los alumnos ser de 30 horas pedaggicas semanales, niveles Inicial y Primaria de Menores, de Lunes a Viernes

9. Las ceremonias pblicas son las siguientes:

a) Da nacional de la Educacin (abril).

b) Da de la Madre (Mayo).

c) Da del Padre (Junio).

d) Da del maestro y Aniversario Patrio (Julio).

e) Da de la Juventud (Setiembre).

f) Clausura (Diciembre). Las dems fechas se desarrollarn en ceremonias internas, a nivel del aula.

10. La supervisin es responsabilidad del director, comprende acciones de asesoramiento, promocin y evaluacin dirigidas a optimizar la programacin curricular la enseanza aprendizaje y la evaluacin.11. las tareas educativas, fuera del horario de clase se asignan con fines de afianzamiento del aprendizaje y su aplicacin del mismo

12. El Director de la Institucin es responsable del control de la asistencia y puntualidad de todo el personal y el alumnado. Es el nico apto para otorgar permisos y/o justificaciones de inasistencia.

Art. 13rd ADMINISTRATIVA

Son documentos oficiales de la Institucin Educativa: Constitucin Poltica del Per, La Ley General de Educacin y sus reglamentos, Plan anual de Trabajo, Informes Anuales, Documentos de Supervisin, Fichas de Personal, Registro de asistencias de Personal, Libro de actas de Evaluacin, Certificados de Estudio, Registro de Evaluacin y Asistencia de alumnos, Planilla de Pagos y reglamento Interno.

1. El Horario del Personal que labora ser:

Ingreso: 7:30 a.m.Salida 3:30 p.m. Director

Ingreso: 8:00 a.m.Salida 2:00 p.m.Personal Docente (Inicial Y Primaria de Menores)La tolerancia para el ingreso ser de 10 minutos; despus de los cuales se considerar tardanza; registrando su firma a la hora de ingreso y salida en el libro de asistencia.

2. Tres (3) tardanzas acumuladas al mes constituyen una falta sujeta a descuento

3. Cuando se falte a la Institucin se justificar mediante memorando, adjuntando los documentos probatorios al da siguiente de incorporarse al plantel, ya sea por casos de enfermedad o motivos de fuerza mayor. La justificacin pasada las 48 horas no se considerar por ser extemporneo constituyndose en falta sujeta a descuento.

4. La contratacin al personal docente y administrativo se realizar mediante un contrato laboral segn las normas vigentes. Bajo modalidad a tiempo completo y a tiempo parcial segn el horario de trabajo del trabajador.

5. El personal docente y administrativo cuenta con un Seguro Gratuito en ESSALUD por la duracin de su contrato en la Institucin bajo modalidad a tiempo completo.

CAPITULO V

DEL PROCESO DE MATRCULA, EVALUACIN PROMOCIN, REPITENCIA Y CERTIFICACIN

Art. 14th MATRICULA1. La matrcula y su ratificacin se fijan anualmente y se cumple de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Direccin.

2. Es obligatoria la asistencia de los padres o apoderados al acto de matrcula.

3. La matrcula del alumno significa la libre y responsable eleccin de aceptar que sus hijos recibirn educacin en la Institucin Educativa Mara Montessori De San Gregorio; que se comprometen a asumir y cumplir el Ideario y el presente Reglamento Interno, de conformidad al precepto constitucional de la libre eleccin y el de observar los fines de la Institucin Educativa.

4. Para los alumnos nuevos, los padres de familia o apoderados debern cumplir con los siguientes requisitos:

a) Presentar la solicitud a la Direccin de la Institucin Educativa, adjuntando toda la documentacin que se solicita.

b) Hacer que el alumno rinda la prueba de evaluacin.

c) En caso de ganar vacantes por evaluacin, cumplir:

Con pagar los derechos correspondientes.

Asumir libremente las normas establecidas por la IE.Art. 15th EVALUACION

1. La evaluacin del educando se realizar en forma integral, flexible y permanenteSus objetivos son:a) Conocer los logros alcanzados por el educando u obtener informacin acerca de los elementos que influyan en el proceso enseanza aprendizaje a fin de adoptar medidas pertinentes para alcanzar los objetivos del trabajo educativo

b) Estimular el esfuerzo del educando, brindndose los incentivos necesarios que hagan factible el pleno desarrollo de sus potencialidades

c) Proporcionar informacin a los alumnos sobre el avance y logros del aprendizaje

2. La evaluacin el educando tiene en cuenta los objetivos y actividades del programa de estudios, las caractersticas de las reas Curriculares y las condiciones de aprendizaje, asegurando objetividad, validez y confiabilidad. El proceso de la evaluacin del educando comprende las siguientes etapas: Evaluacin del Contexto, Inicial del proceso y final.3. En Educacin Inicial y Primaria se utiliza la escala nominal o de apreciacin cualitativa, establecidos por letras A, B, C que expresan el nivel de logros o progresos en el aprendizaje, de acuerdo a criterios de evaluacin tcnicamente establecidos por la direccin del plantel en concordancia con los dispositivos que rigen el funcionamiento de la modalidad.4. Los docentes organizan el proceso de enseanza aprendizaje, de tal manera, que los educandos que resulten desaprobados en las evaluaciones de progreso, tengan nuevas oportunidades de aprendizaje y evaluacin, dentro del perodo correspondiente.5. Los medios de evaluacin son:

a) Observacin, empleando el registro anecdtico y la Lista de Cotejo

b) Pruebas: Oral, grfica y escrita

c) Trabajos y actividades

6. La evaluacin de las competencias se har a travs de los indicadores.

7. Los documentos oficiales de evaluacin son los siguientes: Ficha de matrcula, Registro, Actas, Certificados de estudios, Ficha Integral, etc.8. Los reclamos debidamente fundamentados sobre evaluacin y certificacin se presentarn por escrito ante el Director de la Institucin Educativa.Art. 16th PROMOCIN REPITENCIA

1. Al fina del ao lectivo todos los alumnos son promovidos nios y nias son promovidos sin excepcin.

2. Los nios y nias que hayan cursado Educacin Inicial, podrn acceder al Primer grado de Educacin Primara siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo con las disposiciones vigentes

Art. 17th CERTIFICACIN

1. Cumpliendo lo sealado en la ECB, se usarn los calificativos literales (A, B, C) que representan el progreso de los aumnos hacia el logro de las capacidades previstas en relacion a las competencias. Al finalizar cada bimestre se enviar el Informe de mis Progresos a los alumnos. Al egresar del la Institucin Educativa, los alumnos llevarn su Ficha nica de Matrcula.

CAPITULO VI

DEL REGISTRO ESCALAFONARIO

Art. 18th El escalafn del personal de la Institucin Educativa, est conformado por un conjunto de normas e instrumentos que sistemticamente registran y proporcionan informacin vlida y confiable sobre el acceso, desplazamiento, evaluacin y promocin de quienes laboran en esta IE.

Art. 19th El escalafn est constituido por un clasificador de niveles y cargos al que tienen derecho de ingresar los que laboran en las reas docente, administrativa y de servicio, de acuerdo a los requisitos establecidos para cada nivel.

Art. 20th El escalafn permite:

1. Registrar el ingreso del personal y sus antecedentes profesionales.

2. Apreciar el desempeo laboral.

3. Registrar y valorar los mritos

4. Registrar las deficiencias y demritos

5. Brindar informacin sobre la excelencia y eficiencia de los servicios que presta el trabajador a fin de tomar las decisiones para optimizar la accin y gestin educativa

6. Acumular tiempo de servicios

Art. 21st El propsito del escalafn es determinar el grado de excelencia profesional en la labor que se cumple en la Institucin Educativa y mantener actualizados los datos de cada profesional o trabajador.

CAPITULO VII

DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL

Art. 22nd DERECHOS

1. Son derechos de los docentes:

a) Percibir una remuneracin justa, acorde con su elevada misin y con su condicin profesional; dicha remuneracin es reajustable con el costo de vida sujeta al incremento de pensiones

b) Participar en la formulacin, ejecucin y evaluacin de los planes de trabajo de la Institucin.

c) Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de la organizacin Institucional

d) Recibir apoyo permanente para su capacitacin y actualizacin

e) Ser informado peridicamente de su evaluacin profesional

f) Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicacin de sanciones

g) Reconocimiento por parte de la Institucin Educativa, la comunidad y los participantes, de sus mritos en labores educativas.

h) Reconocimiento de oficio, del tiempo de servicios para los goces y beneficios correspondientes.

Art. 23rd DEBERES

1. Son Deberes de los docentes:

a) desempear su funcin educativa con dignidad y eficiencia; con lealtad a la Constitucin, a las leyes y a los fines de la Institucin Educativa

b) Orientar al educando con respeto y cooperar con ellos para viabilizar su formacin integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados

c) Respetar los valores ticos y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, cvico y patritico

d) Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalacin y equipamiento de la Institucin educativa y promover su mejora.

e) Imprimir a la funcin educativa un sentido crtico y reflexivo

f) Emplear medidas adecuadas para lograr mejores resultados en la accin y gestin educativa, tales como mtodos, procedimientos y tcnicas de enseanza aprendizaje compatible con la ciencia y tecnologa de la educacin

g) Evaluar en forma permanente el proceso de formacin integral del educando, mediante la aplicacin de tcnicas establecidas o recomendaciones de los rganos pertinentes del Ministerio de Educacin o los que correspondan a los avances de la tecnologa del trabajo educativo. Asimismo, proponer las acciones correspondientes para mejorar los resultadosh) Cumplir el horario de trabajo, registrando su asistencia diaria en el libro respectivo.

i) Entregar puntualmente los informes de evaluacin a la Direccin, y a los Padres de Familia

j) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la Institucin educativa

k) Concurrir puntualmente a las reuniones convocadas por el Director

Art. 24th FALTAS

1. Son faltas de carcter disciplinario que, segn su gravedad, pueden ser sancionadas:

a) El incumplimiento de las normas establecidas en las leyes y el presente reglamento

b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las rdenes de sus superiores relacionadas con sus labores

c) El incurrir en actos de violencia, grave indisciplina, falto de palabra en agravio de su superior y del compaero de labor

d) La negligencia en el cumplimiento de sus labores

e) El impedir el funcionamiento de la Institucin

f) La utilizacin o disposicin de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros.

g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes

h) El abuso de autoridad, o el uso de las funciones con fines de lucro

i) Los actos de inmoralidad

j) La ausencia injustificada, por ms de tres das consecutivos, por ms de cinco das no consecutivos en un perodo de treinta das calendarios o ms de quince das no consecutivos en un perodo de ciento ochenta das calendarios

k) La infidencia y entrega de documentos a terceros sin autorizacin del Director

l) Falsear datos, alterar o falsificar documentos

Art. 25th ESTIMULOS

1. Los profesores gozan de los siguientes estmulos:

a) Agradecimiento y felicitaciones

b) Becas y otros de acuerdo a la poltica establecida pro el Promotor

Art. 26th SANCIONES

1. Los profesores que incumplan las obligaciones correspondientes a su cargo, se hacen acreedores de las siguientes sanciones:

a) Amonestacin verbal o escrita

b) Separacin de la Institucin

2. Constituyen causales para las sanciones, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Reglamento as como de los compromisos de contrato de locacin de servicios y los acuerdos adoptados con la Direccin de la institucin EducativaCAPITULO VIII

DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS, ESTMULOS Y SANCIONES A LOS EDUCANDOS

Art. 27th DERECHOS

1. Son derechos de los alumnos:

a) Ser aceptados y recibir formacin integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y fsica, as como los servicios de orientacin y bienestar.

b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminacin y ser informados de las disposiciones que les concierne como alumnos

c) Hacer uso de los ambientes de la Institucin Educativa

d) Recibir estmulos en mrito al cumplimiento de sus deberes

Art. 28th OBLIGACIONES

1. Son obligaciones de los alumnos:

a) Respetar a los profesores, condiscpulos, personal de la Institucin Educativa y otras personas

b) Participar responsablemente en las actividades educativas, internas y externas de la Institucin Educativa

c) Cuidar los ambientes, equipos, mobiliario y dems instalaciones de la Institucin Educativa

d) Cumplir el presente Reglamento y otras disposiciones relativas a la Institucin Educativa

e) Cumplir puntualmente con los horarios establecidos para el ingreso y salida de la Institucin Educativa

f) Usar correctamente el uniforme escolar en forma diaria en el desempeo de sus labores y en actos pblicos a los que asista representando a la Institucin Educativa

g) Observar buena conducta dentro y fuera del plantel

h) Cuidar el aseo de su persona y enseres.

i) Rendir las evaluaciones en la fecha determinada o seguir el que publique la Direccin del Plantel

j) Cumplir estrictamente con los deberes de clases.

k) Permanecer en el aula y en el plantel durante el desarrollo de clase

l) Acatar con respeto los consejos y represiones o medidas disciplinarias de las autoridades que le impongan

m) No agredirse ni de mano ni de palabra con sus compaeros

Art. 29th FALTAS

1. Son faltas de los Participantes:

a) El incumplimiento del presente Reglamento

b) El reiterado incumplimiento de las tareas

c) La destruccin de los bienes de la Institucin

Art. 30th ESTMULOS1. Los alumnos se hacen acreedores a estmulos por acciones extraordinarias que realicen dentro o fuera de la Institucin Educativa, estos estmulos son: Felicitacin escrita, diploma de merito, becas de estudio.2. Se consideran las acciones extraordinarias dentro del colegio, tanto en orden acadmico como en el comportamiento, y fuera del colegio las realizadas a favor de la comunidad y de la Nacin

CAPITULO IX

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONESArt. 31st La Institucin Educativa mantendr relaciones con las instituciones estatales, privadas, autoridades polticas, comunales, religiosas, deportivas, etc.Art. 32nd El personal directivo, docente y administrativo propiciarn eventos deportivos y otros con fines recreacionales a fin de buscar la unidad y el compaerismo de la Institucin Educativa.Art. 33rd Coordinacin permanente con los Padres de familia.

CAPITULO X

DISPOSICIONES FINALES

Art. 34th Cualquier situacin o aspecto no previsto, ser resuelto directamente por el Director de la Institucin Educativa en coordinacin directa con la Propietaria de la IE.Art. 35th El presente reglamento se oficializar mediante Resolucin Directoral de la Institucin educativa y tendr una urgencia de 02 aos calendarios, pudiendo ser reajustado de acuerdo a los cambios propios del proceso educativo o por disposiciones legales emanadas de la Superioridad Educativa.Art. 36th Para su pleno cumplimiento, la Direccin de la Institucin Educativa entregar un ejemplar a la instancia educativa inmediata superior y dar a conocer a cada docente y personal administrativo o de servicio, aspectos saltantes que se relacionan con el ptimo cumplimiento.CAPITULO XIDEL REGIMEN LABORAL

Art. 37th FORMALIDADES DE CONTRATOS LABORALES

1. El personal docente y no docente de la Institucin Educativa, en lo laboral, se sujeta a la normatividad establecida para el Sector Privado.

2. El ingreso a la Institucin Educativa se produce con la celebracin de un contrato de trabajo a plazo fijo o a tiempo determinado, de acuerdo a las necesidades del Plantel y a las disposiciones legales vigentes.

3. Corresponde a la Direccin y Promotora de la Institucin Educativa la seleccin y contratacin de personal.

4. Todo postulante a un puesto de trabajo deber cumplir con presentar los siguientes documentos:

a) Certificados de Estudios, Diplomas, Ttulos, etc.

b) Certificado de Trabajo emitido por sus anteriores empleadores.c) Certificado de Salud otorgado por el rea de salud correspondiente.d) Partida de Nacimiento.e) Declaracin de cargas de familia.f) Llenar la Ficha Magisterial correspondiente.5. La terminacin del vnculo laboral se produce por:

a) Renuncia

b) Despido por falta grave

c) Vencimiento del plazo de contrato

d) Mutuo acuerdo

e) Jubilacin

f) Despido Arbitrario

g) Otros que contemple la ley y /o el Reglamento Interno

6. Cualquier trabajador que por la aplicacin del presente Reglamento se considere afectado en sus derechos, podr formular las reclamaciones pertinentes por escrito ante la Direccin de la Institucin Educativa, sin perjuicio de poder recurrir ante las autoridades de trabajo.

Art. 38th SISTEMA DE BECAS DE ESTUDIO Y REBAJA DE PENSIONES DE ENSEANZA

1. El Comit de Becas est integrado por:

a) Un representante de los Padres de Familia

b) La Direccin del Plantel;

c) Un representante de los Profesores.

d) Un representante del Dpto. Psicopedaggico

2. El Comit de Becas de la IEP. Mara Montessori De San Gregorio, constituido en aplicacin del Decreto Supremo No. 082, Ley 26549 de los Centros Educativos Privados, teniendo como una de sus funciones el otorgar becas, procede a dar el presente Reglamento Interno de Becas.

3. El Comit de Becas programar anualmente el otorgamiento de becas de conformidad a las posibilidades econmico financieras de la Institucin.

4. Las becas beneficiarn a los alumnos de la IEP. Mara Montessori De San Gregorio, que cumplen con los requisitos sealados en el presente Reglamento.

5. Las becas otorgadas tendrn vigencia por un ao acadmico y se harn efectivas a partir de la aprobacin del presente Reglamento.

6. Excepcionalmente el Comit de Becas podr extender la duracin del beneficio de la beca, a los alumnos que acrediten una situacin econmica significativamente deteriorada.

7. Las becas sern de las siguientes clases:

a) Automtica: Por fallecimiento, invalidez permanente del Padre Apoderado, sostn del Alumno y cubrirn todas las pensiones hasta que terminen sus estudios.

b) Por solicitud del Padre de Familia:

Totales: Abarcarn el 100% de las pensiones.

Parciales: El 50% y/o 25% de las mismas, en funcin de la problemtica econmica de los padres.

8. Para otorgar becas el Comit tomar en cuenta los siguientes aspectos:

a) Casos de fallecimiento o invalidez permanente del Padre o Apoderado sostn del Alumno.

b) Casos de accidentes o invalidez temporal del Padre o Apoderado sostn del Alumno.

c) Situacin econmica familiar que justifique el otorgamiento de la beca, sustentadas por las constancias que se exijan. Se considerar nivel de ingreso familiar, carga familiar, Centro de Estudios de los otros hijos, situacin laboral, condicin de la vivienda y otros indicadores externos.

d) Aprovechamiento del alumno postulante a la beca.

e) Antiguedad en la I.E.P. mnimo de 2 aos cumplidos. La prioridad ser de los alumnos ms antiguos.

f) Informe de Administracin: No se otorgar beca a ningn alumno que adeude pensiones anteriores.

9. Los casos de fallecimiento o invalidez permanente del Padre o Apoderado tendrn carcter prioritario y no les alcanza las limitaciones del Artculo anterior.

10. La prioridad para otorgar las becas se establecer en funcin de las mayores necesidades.

11. El expediente para el otorgamiento de las becas deber contar con los siguientes documentos:

a) Solicitud del interesado.

b) Certificado Mdico o Certificado de defuncin, segn el caso.

c) Declaracin Jurada de Renta Personal y Constancia de Ingresos del Padre o Apoderado sostn del alumno.

d) Informe escrito de la Asistenta Social enviada por la Institucin, sobre la situacin econmica del solicitante.

e) Informes pedaggico y conductual del alumno, emitidos por el Colegio.

f) Informes de Progresos que acrediten el paso del alumno por la I.E.P.

g) Informe de la Tesorera del Colegio de que el socio solicitante est al da en todos sus pagos a la Institucin.

12. Los expedientes sern presentados en la primera quincena de Enero, a excepcin de los casos de fallecimiento o invalidez.

13. Las situaciones de interpretacin del presente Reglamento sern resueltas por el Comit de Becas de acuerdo a las normas vigentes.

ALUMNOS

PADRES DE FAMILIA

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

DOCENTES DE AULAS Y AUXILIARES

DIRECCIN

PROMOTORA

ADMINISTRADOR