revista octubre 1

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Publicación mensual • 4a. éPoca • número 38 • ocTubre 2012 TEPANTLATO IP A L C E T E N A H U A T U L L I M A H YE ICE M AN AH U A N A A H U A TIL I N T E M A H Q U IX TILIZ TLI D I F U S I Ó N D E L A C U L T U R A J U R Í D I C A Alumnos de la Maestría en Derecho de Amparo para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación que se imparte en la Universidad Tepantlato presentando el libro: Análisis del Proyecto de Nueva Ley de Amparo, Memoria de la XII Jornada de Actualización Jurídica.

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Publicación mensual • 4a. éPoca • número 38 • ocTubre 2012

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E ICEMANAHUANAAHUATIL IN TEMAHQUIXTILIZTLI

D i f u s i ó n • D e • l a • c u l t u r a • J u r í D i c a

Alumnos de la Maestría en Derecho de Amparo para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación que se imparte en la Universidad Tepantlato presentando el libro: Análisis del Proyecto de Nueva Ley de Amparo, Memoria de la XII Jornada de Actualización Jurídica.

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TEMAS:

1. Proyecto del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

2. Etapa de Investigación en el Proceso Penal Acusatorio.

3. Principio de Oportunidad y Justicia Res-taurativa en el Proceso Penal Acusatorio.

4. Medidas Cautelares en el Proceso Penal Acusatorio.

5. Etapa Intermedia en el Proceso Penal Acusatorio.

6. Etapa de Juicio en el Proceso Penal Acusatorio.

7. El Sistema Acusatorio en relación alosMenoresenConflictoconlaLey.

8. Problemática de los Códigos Estatales que prevén el Proceso Penal Acusatorio.

9. LosDerechosHumanosenrelaciónconelProceso Penal Acusatorio y Control Difuso de la Constitución.

SEDE: Auditorio Carlos Pérez del Toro, Facultad de Contaduría y Administración, Circuito Exte-rior S/N entre la Facultad y Anexo de Ingenie-ría y la Escuela de Trabajo Social, en Ciudad Universitaria. Contamos con estacionamiento.

PROCESO ACUSATORIOADVERSARIAL(JUICIOS ORALES)

j o r n a d a d e a c t u a l i z a c i ó n j u r í d i c a xii i

InforMES E InSCrIPCIonES:Preferentemente vía electrónica:http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_jornada.html

DEPóSITo En CuEnTA:A nombre del Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores S.C.BBVA Bancomer: 0161998846 Clabe interbancaria: 012180001619988462HSBC: 04035642990 Clabe interbancaria: 021180040356429906Unavezhechoeldepósitodeberá registrarse en: http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_jornada.htmly posteriormente enviar la ficha escaneadaal correo electrónico: [email protected] directamente en la Universidad Tepantlato ubicada en: Av. Baja California 157, Col. roma Sur Del. Cuauhtémoc, México D.f., C.P. 06760.Tel. 5564-8373 Ext. 105En ambos casos debe incluir: nombre completo, teléfono y correo electrónico.

HorArIo DE LA JornADA: Registro: 7:30a8:00hrs.Inauguración:8:00hrs.Clausura y entrega de Diplomas: 16:20a16:30hrs.

DonATIVo:Alumnos con credencial: $250Exalumnos y público en general: $500Se deberá llevar el comprobante de depósito original el día del evento, en caso contrario no se entregarán constancias.

HorArIo DE ATEnCIón:Lunesaviernesde8:00a15:00hrs.yde17:00a18:00hrs.Sábadode9:00a13:00hrs.

13 de octubre 2012

PonEnTES:

Dr. Javier raúl Ayala CasillasMagistrado de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. José Guadalupe Álvarez AlmanzaAgente del Ministerio Público Supervisor en Funciones de Instructor del Instituto de For-mación Profesional de la Procuraduría Gene-ral de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Ciro Betancourt GarcíaJuez Noveno Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Mauro Morales SánchezJuez Trigésimo Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Enrique Gallegos GarcilazoJuez Trigésimo Sexto en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. José Eligio rodríguez AlbaJuez Quincuagésimo en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Héctor González EstradaJuez Noveno de Adolescentes para Delitos Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Arturo Baca riveraInvestigador de la Escuela Judicial del Estado de México y de la Universidad Tepantlato.

Dr. ramón Alejandro Sentíes Carriles Magistrado de la Sexta Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

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TEMAS:

1. Generalidades Parte I Competencia, Rectoría del procedimiento,

Medios de apremio, Supletoriedad, Peti-ciones de las partes (escritas y orales).

2. Generalidades Parte II Emplazamiento, Notificaciones, Inciden-

tes, Nulidades, Impugnación de documen-tos, Irrecurribilidad, Vigencia.

3. Etapas Fijación de la litis, Demanda, Contesta-

ción, Reconvención, Contestación, Des-ahogodevistadeestas.

4. Principios del juicio oral Oralidad, Publicidad, Igualdad, Inmedia-

ción, Contradicción, Continuidad, Concen-tración.

5. Audiencia preliminar Depuración del procedimiento, Concilia-

ción de las partes, Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos, Fijaciónde acuerdos probatorios, Pronunciamiento del juez respecto de la admisión de prue-bas y citación para la audiencia del juicio.

6. Audiencia del juicio Recepciónydesahogodepruebas,Alega-

tos, Citación para sentencia, Sentencia.

7. Pruebas en Particular Confesional,Testimonial, Instrumental, Pe-

ricial, Prueba Superviniente.

REFORMAS AL PROCEDIMIEnTOCIVIL-MERCAnTILEn EL JUICIO ORAL

j o r n a d a d e a c t u a l i z a c i ó n j u r í d i c a xiV

InforMES E InSCrIPCIonES:Preferentemente vía electrónica:http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_jornada.html

DEPóSITo En CuEnTA:A nombre del Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores S.C.BBVA Bancomer: 0161998846 Clabe interbancaria: 012180001619988462HSBC: 04035642990 Clabe interbancaria: 021180040356429906Unavezhechoeldepósitodeberá registrarse en: http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_jornada.htmly posteriormente enviar la ficha escaneadaal correo electrónico: [email protected] directamente en la Universidad Tepantlato ubicada en: Av. Baja California 157, Col. roma Sur Del. Cuauhtémoc, México D.f., C.P. 06760.Tel. 5564-8373 Ext. 105En ambos casos debe incluir: nombre completo, teléfono y correo electrónico.

HorArIo DE LA JornADA: Registro: 7:30a8:00hrs.Inauguración:8:00hrs.Clausura y entrega de Diplomas: 16:20a16:30hrs.

DonATIVo:Alumnos con credencial: $250Exalumnos y público en general: $500Se deberá llevar el comprobante de depósito original el día del evento, en caso contrario no se entregarán constancias.

HorArIo DE ATEnCIón:Lunesaviernesde8:00a15:00hrs.yde17:00a18:00hrs.Sábadode9:00a13:00hrs.

20 de octubre 2012

PonEnTES:

Mtro. felipe Alfredo fuentes BarreraMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Mtro. Neófito López RamosMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Arturo ramírez SánchezMagistrado del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Dr. Gonzalo Hernández CervantesMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. felipe V Consuelo SotoJuez Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.

Lic. fernando rangel ramírezMagistrado del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Indalfer Infante GonzalesMagistrado del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. francisco Javier Sandoval LópezMagistrado del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

SEDE: Auditorio Alfonso Caso, Torre IIdeHuma-nidades Universidad Nacional Autónoma de México,auncostadodelEdificioBdelaFa-cultad de Economía. Contamos con estacio-namiento.

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c o n t e n i d o

D • i • s • t • r • i • b • u • c • i • ó • nPresidencia de la RepúblicaSecretarías de EstadoGobernadores ConstitucionalesJefatura de Gobierno del D.F.Cámaras de Diputados y SenadoresAsamblea de RepresentantesMinistros de la Suprema Corte de Justicia de la NaciónSecretarios de Estudio y Cuenta de cada MinistroPoder Judicial Federal, Magistrados y Jueces FederalesTribunales del Fuero Común, Magistrados y JuecesTribunales Supremos de los EstadosProcuraduría General de la República Procuradores de cada EstadoProcuraduría General de Justicia del D.F.Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Compañías de Seguros y FianzasHotelesCompañías Radiodifusoras y TelevisorasRestaurantesSuscriptoresUniversidades Públicas de Alemania, España, Italia, Argentina, Chile, Brasil y ColombiaAerolíneasAgentes del Ministerio PúblicoEstaciones de RadioAutobusesAbogados postulantesSecretarios de AcuerdosSecretarios ProyectistasActuarios, Conciliadores

Delegados PolíticosOrganizaciones SocialesDelegados de la Procuraduría General de la República en cada EstadoTitulares de las Procuradurías Generales de Justicia de cada EstadoComisión Nacional de Derechos HumanosComisión de Derechos Humanos en el Distrito FederalUniversidades Públicas y Colegios de Extensión UniversitariaEmbajadas y Oficinas ConsularesBancos y Casas de BolsaNotarías PúblicasDespachos de AbogadosDistribuidores Independientes de Literatura Jurídica

¿Qué es tepantlato? En el Códice Florentino (cap. IX: “Hechiceros y trampistas") hay una referencia a la actividad del tepantlato; en ná-huatl significa “el que habla o ruega por otros”. Proviene de “tepan”: intercesor o abogado, y “tlatoa”: hablar. Por lo tanto, la palabra tepantla-to alude al abogado y, a su vez, a la actividad que desempeña. Hablar por otros no impide su palabra, sino interpretar y adecuar sus fi-nes e ideales a los de la comunidad. Tepantlato es el guía que orienta, el sabio que aconseja y el justo que vela por la aplicación del Derecho.

DirectorEnrique González Barrera

Editor responsableEnrique González Barrera

consejo editorialHéctor González Estrada

Sergio Cárdenas CaballeroJavier Antonio FloresArturo Baca Rivera

Diseño editorialTomás Barragán Abreu

corrección de estiloAlejandro López JiménezRicardo Liberato Torres

coordinación de arte y culturaReyna Zapata Valdez

canal culturalAry Correa Medina

Nancy Estrada GasparRubén Morales Alfaro

Roberto Pérez Hernández

tepanradioClaudia Nava

Enrique Cuéllar

Programación revista digitalRodrigo Rodríguez Romero

Distribución logísticaJosé Pérez Servín

Fotografía: Ing. Edgar González Salgado, Fotografías Universitarias, Yugoslavia 7, Bosques de Aragón. Tel. 5766•0543. e-mail: [email protected]

REVISTA TEPANTLATO, Difusión de la Cultura Jurídica, Época 4, N°. 38, Octubre 2012. Publicación mensual. Edita-da por Enrique González Barrera, Av. Baja California 157, Col. Roma Sur, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06760. Tel. 5574-3860. www.tepantlato.com.mx; [email protected]. Editor responsable: Dr. Enrique González Barrera. Reservas de Derechos al Uso Exclusivo N° 04-2004-072316190000-102, ISSN en trámite, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, Licitud de Título 10354 y Licitud de Contenido 7274, otorgado por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Go-bernación. Distribuida: en el D.F. y Área Metropolitana por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Egresados de la UNAM, FES Aragón e Incija Ediciones; y en el resto de la República por SEPOMEX con registro No. PP09-1636. Número de tiraje: 25,000 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publi-cación. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización del editor responsable.

4. EDitorial 5. in MEMoriaM Francisco H. Ruiz

6. Firma del convenio de colaboración

8. contEniDo juríDico

10. Historia de la escritura y la prueba pericial en la grafoscopía Mtro. David Troncoso González

24. Actuación policiaca en el sistema de enjuiciamiento penal acusatorio en la Ciudad de México

Mtro. Reynaldo Sandoval Sánchez

36. Comentarios con motivo de la presentación del libro: Non bis in idem y reincidencia. Estudio com-parado sobre derechos funda-mentales en España y México

Dr. Alejandro Sosa Ortiz

44. Te invito a leer un libro

49. Licenciatura, Maestrías y Doctorado

63. Correspondencia

Nuestra portada:Alumnos de la Maestría en Derecho de Amparo para Magistrados y Jueces con el fondo de la Rectoría de la UNAM.

c o n t e n i d o

Page 5: revista octubre 1

El Instituto de Ciencias

Jurídicas de Egresados

de la UNAM, Fes, Aragón, A.C.

XXIIIConvoCa a

Entrega

de la Presea

Tepantlato

Informes en: Av. Baja California 157, Col. Roma SurDel. Cuauhtémoc, C.P. 06760, México, D.F. Tel. 5564•8373 Ext. 105

Mérito Jurídico

Mérito Académico Docente

Mérito Académico Estudiante

Mérito Servidor Público

Mérito a la Trayectoria

en Beneficio del Desarrollo Social

Esperamos tu opinió[email protected]

Postula a tus candIdatos PartIcIPa

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o

Inicia la semana, el mes y también la venta del libro “Análisis del Proyecto de Nueva Ley de Amparo, Memoria de la XII Jornada de Actualización Jurídica”, que el grupo

especial de la maestría de jueces y magistrados de la Universidad Tepantlato presenta al foro jurídico de nuestro país.

Con la edición del libro por parte de la Universidad Nacional Autóno-ma de México, se logró abatir costos y ponerlo a la venta con un precio de $325.00, lo que permitirá que tanto estudiantes, profesionistas y cualquier persona interesada tengan mayor acceso para adquirir la obra. También ga-rantiza una amplia distribución en el territorio nacional y facilitará el estable-cimiento de un diálogo eficiente entre los operadores jurídicos de la Ley de Amparo.

Ese diálogo se hace indispensable para disipar dudas, examinar propo-siciones en la interpretación del texto del proyecto y la difusión de trabajos temáticos y monográficos, o simplemente para dar a conocer los puntos de vista de los interesados en la institución del juicio de amparo.

Será de gran interés el análisis de la obra que se realice en las aulas universitarias, que alumnos y maestros discutan y se pronuncien públicamente sobre la eficacia de la nueva Ley de Amparo en nuestro ámbito interno y sobre todo en aspectos de derecho comparado.

Es muy importante conocer la opinión de los abogados litigantes, consul-tores y gestores de la ley, así como de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil pues son quienes al realizar trámites ante autoridades de la más variada índole, pueden resentir violaciones de derechos humanos y tendrán necesidad de hacer valer las normas contenidas en el proyecto de Ley de Amparo.

Los juzgadores, indiscutibles aplicadores de la ley, actualmente en una dinámica aún inconclusa, tendremos un mejor panorama en nuestro corres-pondiente quehacer.

La Universidad Tepantlato, por conducto de su rector, Enrique González Barrera y el grupo especial de la Maestría en Derecho de Amparo, tenemos la intención de propiciar un diálogo constructivo que permita a todos los opera-dores jurídicos el máximo aprovechamiento del conocimiento especializado, expuesto de manera libre y respetuosa.

Para llevar a cabo este diálogo ponemos a tu disposición un sitio web al que puedes ingresar en la siguiente dirección electrónica: http://www.univer-sidadtepantlato.edu.mx/ley_amparo/index.html en la cual se pueden apreciar dos barras de opciones, una horizontal en la que están los siguientes instru-mentos que consideramos indispensables para comprender en mayor dimen-sión el contexto del proyecto.

1.- Iniciativa2.- Versión Estenográfica 13.- Versión Estenográfica 24.- Versión Estenográfica 35.- Dictamen Senadores6.- Proyecto de dictamen 17.- Proyecto de dictamen 28.- Proyecto de dictamen 39.- Comentarios

La iniciativa se refiere a la publicada en la Gaceta Parlamentaria 208 del 15 de febrero de 2011; las versio-nes estenográficas 1, 2 y 3 son las correspondientes a las sesiones del 22 de septiembre, 11 y 13 de octubre de 2011 de la Cámara de Senadores, en las cuales se aprobó el dictamen de la iniciativa publicado en la Gaceta Parla-mentaria del 18 de ese mismo mes.

Finalmente, la última opción “Comentarios” sola-mente índica el submenú, contenido en la barra vertical en la cual de manera directa se puede ingresar a los ar-tículos que en cada opción se precisa (1-32, 33-69, 70-106, 107-124, 125-138, 139-189, 190-230 y 231-271) de modo que a guisa de ejemplo, si tú quisieras ver las opciones del artículo 50 tendrías que elegir la segunda opción.

Si se pretende (que es lo deseable) enviar opi-niones, comentarios, trabajos o estudios monográficos, ponemos a tu disposición el correo electrónico [email protected]. Para ello, debes propor-cionar nombre o seudónimo, dado que los diálogos se realizan entre personas identificadas; en todos los casos se procurará corroborar el envío por el remitente, si no se corrobora no se publicará, a menos que por su im-portancia se considere prudente hacerlo, pero en este caso, se pondrá la nota de que no fue corroborado por el remitente.

Nuestra intención es generar un diálogo productivo y no la crítica insana o inocua, sino que buscaremos propi-ciar una discusión académica constructiva en beneficio de los justiciables y para el mejoramiento de nuestro sistema de control constitucional a través del juicio de amparo. Publicaremos comentarios, trabajos o estudios monográ-ficos que se envíen al sitio web que se ha mencionado, y de ellos, los que se estimen convenientes por su trascen-dencia y contenido académico serán publicados en esta revista, con la mención de su autor o seudónimo.

El resultado del debate que se genere será pro-cesado y sistematizado con la misma metodología a la empleada para hacer propuestas en las Cámaras del Congreso de la Unión, el grupo especial de la Maestría en Derecho de Amparo de la Universidad Tepantlato hará llegar en su oportunidad a la Cámara de Diputados o la instancia que corresponda ese resultado, y desde luego, que también lo publicará tanto en la página como en esta revista.

Ojalá seamos capaces de generar un diálogo libre, científico y con resultados materiales.

Conoce el camino, transítalo y si es necesario apár-tate de él.

Ricardo Romero Vázquez

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2012 OCTUBRE www.tepantlato.com.mx 7

I N M E M O R I A M

Francisco H.Ruiz

Nació en Sayula, Jalisco en 1872. Se tituló en la Escuela de Jurisprudencia de Guada-

lajara (1899). Posteriormente, se le expidió la cédula de notario para ejercer sus funciones en esa ciudad. En su entidad natal fue concejal y secretario del Ayuntamiento de Guadalajara, procurador de Justicia y secretario general de Gobierno.

Fungió también como gobernador interino. Duran-te cuatro años fue miembro de la Comisión Técnica de Legislación de la Secretaría de Gobernación, y vocal de la Comisión Nacional Bancaria. Juez de Primera Instancia en diversos Partidos Judiciales de Jalisco; juez de lo Civil en Colima, Zacatecas, Guadalajara y la ciudad de México; magistrado y presidente de los Tribunales Superiores de Justicia de Colima, Veracruz y Jalisco. Fue juez de Distrito en Jalisco y el Estado de México. El presidente provisional de la República Emilio Portes Gil lo designó ministro de la SCJN (1928). Integró la Tercera Sala, y resultó electo presidente del Alto Tribunal (1934). Ejerció su cargo hasta 1940. Se le comisionó para participar como miembro de la Comisión redactora del proyecto de Código Civil para el Distrito y Territorios Federales de 1928. En la Escuela Preparatoria de la Universidad del Estado de Jalisco im-partió, entre otras, Lógica, Psicología y Moral, y ocupó el cargo de director (1911-1923). En la Escuela de Jurispru-dencia de Guadalajara impartió Derecho Civil, Mercantil y Constitucional, y también fungió por algún tiempo como director. Catedrático de la Escuela Nacional de Jurispru-dencia y Ciencias Sociales de la UNAM (desde 1941), re-cibió la titularidad de la cátedra de Derecho Civil (1945), que impartió casi hasta su muerte. Dirigió el Seminario de Derecho Civil y fue consejero de la Comisión Dictamina-dora del Instituto de Derecho Comparado, hoy Instituto de Investigaciones Jurídicas, de la UNAM. Escribió, entre otros, La socialización del Derecho privado. Murió en la ciu-dad de México en 1958.

Page 8: revista octubre 1

De izquierda a derecha: Dr. Luis Raúl González, Abogado General de la UNAM; Dr. Ricardo Romero Vázquez, Magistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, Director de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, Quinta Región, A.C. y Coordinador de la Maestría en Derecho de Amparo; y el Dr. Enrique González Barrera, Rector de la Universidad Tepantlato en la firma del Convenio de Colaboración para la edición de la obra titulada Análisis del Proyecto de Nueva Ley de Amparo, Memoria de la XII Jornada de Actualización Jurídica.

El pasado 18 de septiembre del año en curso se realizó la firma del Convenio de

Colaboración para la edición de la obra titulada Análisis del Proyecto de Nueva

Ley de Amparo, Memoria de la XII Jornada de Actualización Jurídica, entre la

Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Tepantlato. Dicho

convenio refuerza los compromisos de colaboración entre ambas instituciones privilegiando

siempre a la comunidad universitaria. La edición de esta obra a cargo de nuestra Máxima Casa

de Estudios garantiza no sólo la calidad de la edición, sino también la voluntad de promover

y acercar al gran público el trabajo académico de los Jueces y Magistrados que participaron

en la elaboración de este libro. Cabe destacar la importancia que tiene, a nivel nacional, este

análisis a la Nueva Ley de Amparo realizado por destacados miembros del Poder Judicial de la

Federación, en un diálogo fructífero y profesional, realizando sugerencias de modificaciones, in-

corporando circunstancias pragmáticas que cada expositor tomó de su experiencia judicial para

así, contribuir a la difusión de este nuevo sistema de control constitucional que prepondera el

anhelo de toda sociedad moderna de perfeccionar un marco normativo acorde a las circunstan-

cias histórico-sociales en que vivimos.

La distribución y el costo del libro está a cargo de la Universidad Nacional. El libro podrá

encontrarse en las librerías de la UNAM, en librerías de prestigio así como en la Universidad

Tepantlato. Los recursos recaudados por las ventas serán destinados a becas de titulación para

alumnos con excelencia académica de todas las escuelas y facultades de la UNAM, y particular-

mente para trabajos de restauración de la Preparatoria 4, Vidal Castañeda y Nájera.

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De izquierda a derecha: Dr. Enrique González Barrera, Rector de la Uni-versidad Tepantlato; Lic. Silvia Jurado Cuéllar, Directora General de la Es-cuela Nacional Preparatoria; Dr. Luis Raúl González, Abogado General de la UNAM; Dr. Ricardo Rome-ro Vázquez, Magistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito y Director de la Asociación Nacional de Magistra-dos de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, Quinta Región, A.C.; Dr. Enrique Guadarrama López, Director Gene-ral de Asuntos Jurídicos de la UNAM y Lic. Abel Velázquez Cuevas, Coor-dinador de Gestión de la Oficina del Abogado General de la UNAM.

Lic. Silvia Jurado Cuéllar, Directora General de la Escuela Nacional Preparatoria.

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trayEctoria acaDéMica

Licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de México.

Maestría en Criminalística por el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

Estudios en Grafoscopía y Grafometría. Diplomado en Criminalística.

Aspectos Teóricos y Prácticos por el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

trayEctoria laboral

Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Auxiliar del Poder Judicial de la Federación desde el año 2000 a la fecha.

Page 12: revista octubre 1

12 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Una actividad cotidiana y común en

nuestros días es la escritura,

pero al igual que todo aquello que conoce-

mos y usamos también tiene una historia y

evolución, pero antes de pasar a ella conside-

ro que es importante tener algunos términos

claros y precisos, es por ello que pasaré a de-

finir y diferenciar entre las palabras escribir

y escritura.

Escribir: Representar palabras, sonidos e

ideas mediante el trazo de signos sobre

papel u otro material.

Escribir: Figurar el pensamiento por medio

de signos convencionales.

Escritura: Sistema gráfico de notación del

lenguaje mediante ideogramas, pictogra-

mas o signos representativos de fonemas.

Escritura: Acción o efecto de escribir.

Considero que la escritura es el resultado

evolutivo de diversos elementos tangibles e

intangibles, entre los elementos tangi-bles tenemos al objeto inscriptor, pluma

fuente, bolígrafo, etc., el soporte es el papel,

tinta y el último de ellos se puede interrela-

cionar entre los elementos tangibles e in-tangibles y me refiero al cerebro humano, es

tangible por el hecho de que fue necesario

que el cerebro aumentara en sus dimensiones

para evolucionar, pero no sólo es el tamaño

del cerebro lo que importa, puesto que si así

fuera los elefantes y las ballenas estarían por

encima de nosotros en el aspecto evolutivo, el

aspecto intangible del cerebro radica en su

capacidad de aprendizaje, razonamiento, abs-

tracción, la creación de objetos por medio de

los cuales el ser humano modificó su entorno

para un mejor desarrollo.

La primera manifestación de comunica-

ción empleada por el hombre, en que dejó

plasmadas sus ideas y que perduró a su crea-

dor, fue la realizada entre 65,000 y 16,500

años a.C, me refiero a los dibujos rupestres

conocidos también como pictogramas, de-

jados en las paredes y techos de las cavernas

empleadas por el hombre primitivo.

rupestre: Se dice de lo relacionado con las

rocas, especialmente de las pinturas y di-

bujos prehistóricos que se han encontrado

en las rocas y cavernas.

Pictogramas: Signo de la escritura de figu-

ras o símbolos.

Historia de la escritura y la prueba pericial en

Mtro. David troncoso GonzálEz grafoscopía

Dibujo rupestre.

Page 13: revista octubre 1

13www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Si bien es cierto que esta es la primer

forma de comunicación de la humanidad,

también es cierto que es imperfecta; esto es

claro si recordamos que estamos ante la pri-

mer manera de comunicación humana, ¿y por

qué digo esto?, es muy simple, puesto que a

través de este tipo de dibujos el autor no po-

día transmitir en forma fidedigna su idea, por

el contrario, cada uno de los observadores

de estos dibujos le da un significado distinto

a cada dibujo basándose primordialmente en

sus propias experiencias y creencias.

Fue necesario que transcurrieran no años

sino siglos para que el ser humano pudiese

crear una escritura abstracta en donde los sig-

nos fueran expresados por medio de sonidos

o sílabas, y no se tratase simplemente de un

dibujo representativo y que al ser relacionados

en forma conjunta expresaran objetos, ani-

males, acciones y cuestiones abstractas como

sentimientos, deseos, etc., siendo aceptados y

reconocidos en forma comunitaria o social.

Aproximadamente en el año 5,000 a.C,

en Asia Menor, se desarrolló la civilización

babilónica, la cual se conformó de diversos

grupos étnicos como los semitas, asirios y fe-

nicios, entre otros; fue el pueblo babilónico

quien desarrolló la escritura cuneiforme,

la cual recibe este nombre por el hecho de

que para escribir se empleaba un pedazo de

madera, hueso o metal en forma de cuña, el

soporte empleado para escribir eran tablillas

de arcilla, se escribía mientras que la arcilla se

encontraba húmeda y por lo tanto blanda; al

terminar de escribir la tablilla era secada al sol

y en otras ocasiones se cocía a fuego, lo que

le daba mayor durabilidad.

Gracias a esta escritura es que se cono-

cen muchos aspectos del pueblo babilónico.

El rey babilónico Hammurabi fue el creador

del primer código conocido por la humanidad,

siendo llamado código de Hammurabi.Sin lugar a duda, la escritura cursiva fue la

primer escritura elaborada por el ser humano

y la cual no era una representación de dibu-

jos, ya fuese de acciones o animales, se tra-

taba realmente de la abstracción de objetos,

conocimientos e ideas de la persona, lo que

realmente fue revolucionario para su época,

sin embargo la misma no fue la base de la es-

critura tanto en Europa como en Asia, puesto

que por su complejidad la misma quedó en

desuso, perdiéndose en el tiempo.

Dibujo rupestre.

Escritura cuneiforme.

Page 14: revista octubre 1

14 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Durante siglos se desconocieron los

orígenes o bases de la escritura de Europa y

Asia, sin embargo, en 1906 se encontraron en

las minas del Monte Sinaí escrituras egipcias

clasificadas como las formas más primitivas de

la escritura jeroglífica, las cuales son el enlace

entre la escritura egipcia y la escritura siria.

El inicio de la escritura egipcia fue picto-

gráfica, retomando lo que fueron los dibujos

rupestres y posteriormente evolucionó a una

escritura ideográfica fonética en donde los di-

bujos se refinaron expresándose por sílabas y

sonidos aislados que al interrelacionarse en-

tre sí expresaban ideas abstractas, acciones,

objetos y nombres de personas.

Ideográfica: Representación de un concep-

to valiéndose de una imagen convencional.

La interrelación del pueblo egipcio con los otros pueblos,

ya fuese por cuestiones comerciales, culturales, belicistas, etc.,

hace que se conozcan los fundamentos y principios de la es-

critura egipcia, adaptándola y modificándola a sus costumbres,

fonética, deseos, etc. Desprendiéndose de la egipcia, surgieron

las escrituras hebrea, árabe, fenicia, siria y griega, entre otras.

Fueron los fenicios quienes difundieron los principios de

la escritura, esto gracias a que ellos eran ávidos navegantes y

comerciantes y que al llegar a las ciudades no sólo intercam-

biaban mercancías sino también conocimientos y técnicas.

Me concentraré en la evolución de las escrituras griega

y romana y no por hacer menos a los demás pueblos y sus

escrituras, sino porque de estas escrituras se deriva el Español,

siendo esta la escritura que se emplea actualmente en México.

Los fenicios se establecen en las islas de Tera y Beocia

alrededor del siglo XII a.C., siendo este territorio lo que pos-

teriormente se conocería como Grecia. El pueblo griego se

Escritura egipcia.

Evolución de la escrituraEgipcio romanoProtosemítico Fenicio Griego

arcaicoGriego clásico

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15www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

componía de grupos humanos pertenecien-

tes a distintas tribus, entre ellos se encon-

traban los carios, lidios, licios, pelagos, etc., al

agruparse formaron lo que se conoce como

ciudades-Estado, independientes entre sí

en su administración, y que al mismo tiem-

po tenían una misma lengua, adoraban a los

mismos dioses y compartían las costumbres,

pero que al existir un conflicto con pueblos

ajenos a su comunidad de ciudades, se agru-

paban para formar un frente común.

Independientemente de sus similitudes o

diferencias, todas las ciudades griegas adop-

taron la escritura fenicia después de la guerra

del Peloponeso, 403 a.C., la cual podía ser

escrita de izquierda a derecha o de derecha

a izquierda. También era efectuada en forma

espiral de adentro hacia fuera, ya fuese a la

derecha o hacia la izquierda.

La escritura era realizada en forma con-

tinua, es decir, que no se dejaban espacios en

blanco entre palabras, tampoco eran emplea-

dos signos de puntuación ni acentos; después

de Alejandro Magno (356-323 a.C.) se co-

mienzan a dejar espacios en blanco entre las

palabras y se emplean en forma rudimentaria

los primeros signos de puntuación y acentos.

Si bien es cierto que los griegos adop-

tan y modifican la escritura fenicia, también es

cierto que la enriquecieron al determinar que

la altura de la letra tendría que ser del doble

de su ancho; en esta etapa de la historia exis-

tían únicamente letras mayúsculas.

40 puntos

40 puntos

40 puntos

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16 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

La presente gráfica es únicamente para

que el lector tenga una visión más detallada

de las dimensiones generales de las letras y

no quiere decir que estas dimensiones o for-

ma de medir eran empleadas por los griegos

en su escritura.

La cultura romana tiene un inicio tími-

do y a la sombra de las grandes culturas de

su tiempo; en un inicio los romanos fueron

sometidos por los etruscos. En el año 281

a.C. se liberan del dominio etrusco y nace lo

que propiamente se puede considerar como

la cultura romana en forma incipiente, pero

con metas fijas, con la fuerza de la espada

conquista a sus vecinos; entre Roma y Grecia

coexisten tres tipos distintos de escritura:

capital: Se empleaba en los primeros ma-

nuscritos, posteriormente se utilizó para

los títulos y sobreescritos.

uncial: Con ella se realizaban los libros y los

calígrafos experimentados la empleaban

para rollo y códices.

cursiva: Por ser realizada en forma descuida-

da, irregular, suelta y dispersa se empleaba

para cartas privadas, contratos y en cuentas.

Las dos aportaciones que los romanos

hacen a la evolución de la escritura es que

establecen que la misma se efectúe obligato-

riamente de izquierda a derecha, y la segunda

de ellas es que diseñan las letras minúsculas

pero con el mismo principio de los griegos.

Los romanos no realizan la adaptación

de la escritura tan uniformemente como los

griegos, es por ello que en un mismo mo-

mento en el tiempo coexisten diversos tipos

de escrituras o alfabetos empleados en di-

versas zonas del imperio, lo que dificultó la

comunicación.

umbriano: Empleada en el este de los

Apeninos.

Etrusco: Al norte del Tiber.

osco: Utilizada en Campania.

Falisco y latino: En una zona comprendida

entre el Etrusco y el Oseo.

Mesapino: Empleada para las inscripciones

de Calabria.

Los diversos alfabetos poseían sus pro-

pias letras y fonética independiente, lo cual

perduró durante los primeros tres siglos del

Imperio, llegando con el tiempo a prevalecer

sólo uno de ellos: el latín.Dentro de los muchos territorios con-

quistados por los romanos se encuentra la

península ibérica, lo que después se conoció

como España.

La firma y la rúbrica, como elementos de

validez de nuestra voluntad y actos jurídicos,

tiene su propia historia la cual data de la épo-

ca del Imperio Romano.

El texto de los contratos romanos era

realizado por medio de tinta de color negro,

pero las firmas que calzaban los mismos era

plasmada por medio de tinta de color rojo,

y la cual contenía como texto el nombre de

la persona, a este color se le nombraba RÚ-

BEUS, de esta palabra latina se deriva el nom-

bre rubí y que se le da a la piedra preciosa de

color rojo, sin embargo, como el ser humano

tiende a simplificar las actividades que realiza

procurando que prevalezca su eficacia, es que

posteriormente se elabora la firma con color

negro y se enmarcaba la misma con tinta de

color rojo.

La siguiente simplificación se da cuando

la firma continuó plasmándose con tinta de

color negro, pero en este caso se subrayaba

la misma con tinta color rojo.

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17www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

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18 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

En un momento determinado a alguien

le pareció que únicamente el empleo del

nombre de la persona y subrayado del mis-

mo era muy simple, por tal motivo sustituyó

la línea horizontal por movimientos horizon-

tales ondulatorios, verticales, espirales, circu-

lares, etc., lo cual perduró por muchos años,

y se consideraba que el nombre y apellidos

del firmante era la firma de la persona y las

figuras geométricas eran clasificadas como la

rúbrica. Sin embargo, en el siglo XX se lleva-

ron a efecto cambios en la manera en que se

realizaban las firmas, en la cual las personas ya

no insertaban su nombre y apellidos como

firmas, siendo sustituidas por figuras geomé-

tricas, y la rúbrica se concibió como un frag-

mento existente de la firma.

En la península ibérica se instalaron diver-

sos pueblos como fueron los ligures, celtas,

griegos, cartagineses y fenicios, cada una de

estas comunidades llevaba consigo una lengua

y escritura propias; fueron los fenicios los que

llamaron a la península ibérica span o spa-nia, que significa “oculto o lugar escondido.”

Los romanos se instalan en España y con-

trolan la península por dos siglos (202-409

d.C.) los pobladores de la península adoptan

con facilidad el latín, independientemente de

que se hablase y escribiera en sus lenguas na-

tivas de cada región, mientras que lo que po-

dríamos llamar la clase noble, comerciante o

adinerada, aparte de hablar también escriben

en latín, siendo España el pueblo que mejor

asimiló y defendió el uso de la lengua y es-

critura latina después de la caída del Imperio

Romano.

Después de la caída del poderío de los

césares, España se ve sujeta a pequeñas gue-

rras internas e invasiones efímeras como las

realizadas por los suevos, alanos y francos; la

última incursión militar es realizada por los

visigodos y tuvo una duración de tres siglos

(414-711 d.C.), tal ocupación trae consigo in-

fluencias en la lengua y escritura.

Posteriormente, los árabes sustituyen a

los visigodos en el dominio y control de Es-

paña; en esta etapa los árabes permanecen

por ocho siglos (711-1492 d.C.) debido a la

interrelación entre los dos pueblos en todos

los ámbitos surge lo que se conoce como el

aljamía, que es una mescla de lengua y es-

critura entre el árabe y el latín.

Durante la historia de intervención de

los pueblos en España, diversos idiomas o

dialectos y las propias escrituras internas de

la península, poseen pequeños o grandes

momentos de predominio, los cuales se van

alternando paulatinamente.

En los siglos VIII y IX d.C. se habla el as-

turiano, en el siglo X d.C. y principios del XI

el leonés, y del siglo XI d.C. hasta el presente

el castellano, la prevalencia de este último dia-

lecto y hoy idioma se debe a que su fonética

es más sencilla y fácil de aprender, por su par-

te la escritura se puede modificar o adaptar a

la lengua sin mucha dificultad.

Gracias al esfuerzo de Fernando III, “El

Santo” y a Alfonso X, “El Sabio” es que los di-

versos reinos se unen para formar una nación,

lo que hoy se conoce como España, y por

otro lado dan un gran impulso para la difusión

y aprendizaje del castellano.

La primera escritura que se clasifica como

castellana data del siglo X, d.C. y la cual es

una oración incluida en las llamadas Glosas Emilianenses, dichas glosas son anotacio-

nes hechas al margen de un escrito cualquiera,

y la cual se encontró en el monasterio español

de san Millán de la cogolla y que aclara

parte de un texto en latín de San Agustín.

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19www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

A través del tiempo y en diversos pue-

blos se han creado distintos tipos de escritu-

ra, ente ellas tenemos:

1. Visigoda: Desarrollada por los visigodos

en el siglo V d.C.

2. rústica: Fue empleada por los romanos

del siglo I, a.C., en donde se cuidaban los

detalles de su configuración, aunque la

misma es sencilla y espontánea se encuen-

tra principalmente en códices.

3. uncial: Se empleó entre los siglos IV y IX,

d.C., era utilizada principalmente para códi-

ces y traducciones latinas de la Biblia, mez-

clándose elementos mayúsculos y minúscu-

los, presentando influencia romana y griega.

4. carolingia: Se considera que este tipo

de escritura tuvo su origen en el imperio

de Carlo Magno a fines del siglo VIII a.C.

y de la cual se desprenden todas las rami-

ficaciones de la escritura romana que se

emplearon hasta el siglo XIII, d.C.

5. cortesana: Se le dio dicho nombre por

ser empleada en escritos de la corte du-

rante los siglos XIV y XV d.C., las letras son

menudas y los nexos son irregulares, el tra-

zo final era amplio y envolvía a la palabra.

6. Humanista: Se empleó durante el siglo

XV, d.C., su importancia radica en el hecho

de haberse empleado en toda Europa y en

todas las nuevas tierras descubiertas hasta

ese momento.

7. Procesal: Empleada en el siglo XV, d.C.,

se deriva de la escritura cortesana, se mez-

clan letras mayúsculas con minúsculas, es

más extensa y sin proporción, ligaduras y

abreviatura incorrectas, se empleó princi-

palmente en documentos públicos y ac-

tuaciones judiciales.

8. Procesal Encadenada: Empleada a fi-

nes del siglo XV d.C. y principalmente en

el siglo XVII d.C. es una variante de la es-

critura procesal, se caracteriza por la de-

formación de las letras, el objeto con que

se escribía se separaba en pocas ocasiones

del papel durante la ejecución del renglón

correspondiente.

9. Gótica: Se emplea desde el siglo XV d.C.

hasta mediados del siglo XX d.C., la carac-

terística de esta escritura es lo excesivo de

sus adornos.

10. redonda: Surge a fines del siglo XVIII

d.C. en Francia, los ingleses la retoman y

crean la escritura cursiva, las característi-

cas de este tipo de escritura son los trazos

curvos o redondos realizados en forma

consecutiva y separando la pluma del pa-

pel al concluir cada palabra; dicha escritura

es empleada en la actualidad.

Al conquistar España las tierras de Amé-

rica, África y Asia llevan e imponen su lengua,

escritura y costumbres a los nuevos territorios.

En la actualidad en México se emplean

dos tipos de escritura, la cursiva y la de

imprenta.

cursiva: Las letras ya sean mayúscu-

las o minúsculas son realizadas por medio

de trazos predominantemente curvos, por

otro lado la escritura tiende a ser continua,

es decir, que la pluma se separa del papel al

momento en que se termina de efectuar la

palabra y entre la palabra la separación suele

ser mínima o nula.

Las letras expuestas a continuación pue-

den ser clasificadas como cursivas, sin embar-

go, lo que las define o clasifica como tales son

los trazos curvos y el hecho de que la pluma

se separa del papel hasta el momento en que

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20 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

se efectúa la última letra de cada palabra, en

forma intermedia la separación de la pluma es

mínima o nula.

A B C D E F G H I J K L M

N Ñ O P Q R S T U V X Y Z

a b c d e f g h i j k l m n ñ o p q r s t u v x y z

imprenta: En este tipo de escritura

predominan los trazos rectos, la pluma es se-

parada del papel al momento de concluir la

realización de cada letra, independientemen-

te si esta es la última letra de la palabra o si se

ubica al inicio o parte intermedia de la misma.

En esta escritura existen tres tipos de trazos:

rectos, curvos y mixtos.

este de Alejandría, descubriéndose por obras

una piedra de basalto pulido de color negro

y que en su superficie presentaba tres tipos

de inscripción distintos en un número igual

de escrituras o lenguas, estos eran jeroglífi-

cos egipcios, escritura cuneiforme y escritura

griega, sin lugar a duda la última de ellas fue la

más fácil de leer y traducir.

Dicha inscripción hace referencia a una

decisión tomada por una asamblea de sacer-

dotes de Menfis en el año 196 a.C., durante el

reinado de Ptolomeo V en donde se eximía

a los súbditos de determinados impuestos, es

por ello que los sacerdotes decidieron hacer

del conocimiento del pueblo tal decisión, por

lo cual realizaron la transcripción de tal decisión

en tres lenguas o escrituras distintas: egipcio,

cuneiforme y griego en un solo monolito de

piedra, la Piedra Rosetta, y colocar cada una de

estas piedras en los templos más importantes.

Sin embrago, la escritura egipcia y cu-

neiforme era imposible de poder leerlas por

el hecho de que las mismas correspondían

a lenguas muertas y se desconocía el signifi-

cado e interpretación de los diversos signos

empleados en las mismas.

Piedra Rosetta, se encuentra en el Museo Británico de Londres

trazos rectos trazos curvos trazos mixtos

A E F H I K L M N Ñ T V W X Y Z C O S B D G J P Q R U

Por su parte las siguientes letras pueden

ser clasificadas como de imprenta, sin embar-

go lo que las define realmente como tales es

el hecho de que al concluir cada letra la plu-

ma es retirada del papel.

A B C D E F G H I J K L M

N Ñ O P Q R S T U V X Y Z

a b c d e f g h i j k l m n ñ o p q r s t u v x y z

Si bien es cierto que se ha visto la evolu-

ción de la escritura a través del tiempo, tam-

bién es cierto que es necesario que al narrar

un evento importante y transcendental en

el entendimiento y estudio de la escritura, y

fundamentalmente me refiero a la escritura

egipcia y cuneiforme, me refiero al hallazgo

de la Piedra Rosetta.

Durante la incursión militar de Napoleón

en 1799 en Egipto, se realizan obras de forti-

ficación en la ciudad portuaria de Rosetta, al

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21www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

El primero de los investigadores no logró

ningún resultado en la búsqueda de la inter-

pretación de ambas escrituras desconocidas.

El sueco David Akerblad, orientalista y di-

plomático, logró pequeños avances en el des-

ciframiento de la escritura egipcia, por lo tanto

se le conoció como el primer egiptólogo.

El médico y naturalista Thomas Young, de

nacionalidad inglesa, logró también pequeños

avances al determinar el nombre del faraón

Ptolomeo y descifrar otros tres jeroglíficos.

Fue necesario que pasaran varias dé-

cadas y grandes esfuerzos realizados por el

profesor francés Jean-François Champollion,

el cual tenía gran habilidad para hablar diver-

sas lenguas y dialectos como el hebreo, árabe,

sirio, sánscrito, persa, chino y español, entre

otros. Por lo cual Champollion dio las bases

lingüísticas y estructurales para poder leer e

interpretar la escritura jeroglífica.

El texto de la Piedra Rosetta en los tres

tipos de escritura era el mismo y correspon-

día al decreto real del faraón Menfis del 27 de

marzo del año 196 a.C., a saber:

Bajo el reinado del joven que recibió la soberanía

de su padre, Señor de las Insignias reales, cubier-

to de gloria, el instaurador del orden en Egipto,

piadoso hacia los dioses, superior a sus enemi-

gos, que ha restablecido la vida de los hombres,

Señor de la Fiesta de los Treinta Años, igual a

Hefaistos el Grande, un rey como el Sol, Gran

rey sobre el Alto y el Bajo país, descendiente de

los dioses Filopáteres, a quien Hefaistos ha dado

aprobación, a quien el Sol le ha dado la victoria,

la imagen viva de Zeus, hijo del Sol, Ptolomeo.

Viviendo por siempre, amado de Ptah.

En el año noveno, cuando Aetos, hijo de Ae-

tos, era sacerdote de Alejandro y de los dioses

Soteres, de los dioses Adelfas, y de los dioses

Euergetes, y de los dioses Filopáteres, y del dios

Epífanes Eucharistos, siendo Pyrrha, hija de Fi-

linos, athlófora de Berenice Euergetes; siendo

Aria, hija de Diógenes, canéfora de Arsínoe Fila-

delfo; siendo Irene, hija de Ptolomeo, sacerdotisa

de Arsínoe Filopátor, en el (día) cuarto del mes

Xandikos o el 18 de Mekhir de los egipcios…

Para el derecho, la firma es: nombre y

apellido (o apellidos) que una persona pone,

con rúbrica o sin ella, al pie de un escrito

como señal de autenticidad.

Actualmente en el Código Civil del Dis-

trito Federal hay diversos artículos que seña-

lan lo siguiente:

Jean-François Champollion, (1790-1832)

Page 22: revista octubre 1

22 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

“…Artículo 1792.- convenio es el acuerdo

de dos o más personas para crear, trans-

ferir, modificar o extinguir obligaciones…”

“…Artículo 1803.- El consentimiento

puede ser expreso o tácito. Es expreso

cuando se manifiesta verbalmente, por

escrito o por signos inequívocos…”

En forma general podemos decir que

para que el derecho le dé validez a un do-

cumento y con ello surta todos sus efectos

legales, es necesario que dicho documento

presente la firma o firmas de las personas que

intervienen en un contrato.

Hago referencia a una o más firmas en el

párrafo que antecede, esto debido a que en

un pagaré sólo es necesario que se aprecie

la firma del deudor, mas es necesario que en

dicho documento se encuentre presente la

firma del acreedor. Por otro lado en diversos

contratos como el de compra-venta, sí es ne-

cesario que obre tanto la firma del compra-

dor como del vendedor.

En cualquier juicio se pueden ofrecer

diversos tipos de prueba, como serían confe-

sionales, testimoniales, inspecciones judiciales,

documentales, etcétera.

Sin embargo, hay ocasiones en que una

de las partes pone en duda la autenticidad de

la firma que obra en algunos documentos, ya

sea que estos sean públicos o privados; por

lo tanto es necesario el ofrecimiento de la

prueba pericial en materia de un especialista

en el área de grafoscopía.

La grafoscopía es el área del conocimien-

to humano que tiene como finalidad el estu-

diar la escritura y firma de las personas, em-

pleando para ello instrumentos de aumento

como son lupas, lentes, microscopios, foto-

grafías, etc., y determinar el origen gráfico de

la misma, es decir, determinar si la escritura o

firma estudiadas pertenecen al puño y letra

de la persona a la cual se le atribuye la misma;

para tal efecto, es necesario que el especia-

lista en cuestión analice en forma detallada y

minuciosa aquellos elementos gráficos que la

individualizan, como son inicios, finales, enla-

ces, intersecciones, presión muscular y veloci-

dad, entre otros.

Al momento de ofrecer esta prueba es

necesario que cubra diversos requisitos que

estipula el Código de Procedimientos Civiles

del Distrito Federal, como son: señalar la cien-

cia, arte, técnica, oficio o industria sobre la

cual versará la prueba.

Los puntos sobre los que versará y las

cuestiones que se deben resolver en la prue-

ba pericial:

• La cédula profesional, calidad técnica, ar-

tística o industrial del perito.

• Nombre del perito.

• Domicilio del perito.

• La relación de esta prueba con los hechos

y qué es lo que pretende acreditar con la

misma.

Page 23: revista octubre 1

23www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

El juez conocedor del proceso deberá

dar a conocer a la contra parte la prueba pe-

ricial, y pedirle que se manifieste sobre la mis-

ma, es decir, que indique si está de acuerdo

o no con ella, que ofrezca perito de su parte

y si así lo desea que amplíe el cuestionario

propuesto por su contra parte.

Si el ofrecimiento de la prueba pericial se

encuentra sujeto a derecho, el juez admitirá la

misma, otorgando a los peritos de las partes

un término de tres días para que presenten

por escrito la aceptación y protesta del cargo

conferido, debiendo cubrir los siguientes re-

quisitos de ley:

Bajo protesta de decir verdad, los peritos

deberán manifestar :

• Su fiel y leal desempeño.

• Anexar copia certificada de la cédula pro-

fesional o de los documentos que acredi-

ten su calidad de peritos en el arte, técnica

o industria, para el que se les designó.

• Manifestar que conocen los puntos cuestio-

nados y pormenores relativos a la pericial.

• Que tienen capacidad suficiente para emi-

tir dictámenes sobre el particular.

A partir de que el perito acepta el cargo

conferido tiene diez días para la presentación

de su dictamen, este término podemos decir

que es relativo, esto por lo siguiente:

Si el perito es nombrado en un juicio

mercantil, de arrendamiento o en un inciden-

te, el término para la presentación del dicta-

men será de cinco días.

Por su parte, si el especialista es nombra-

do en un juicio ordinario, el término de pre-

sentación del dictamen sí será de diez días.

Otro aspecto que puede hacer que el

perito solicite una prórroga para la presenta-

ción de su dictamen, se origina en el hecho

de que los elementos indubitados y dubita-

dos no se encuentren en el local del Juzgado

correspondiente, por lo cual será necesario la

expedición de oficios o exhortos, dependien-

do del caso y su debida tramitación.

La presente obra posee una dualidad es-

pecial, primeramente se expone la historia de

la escritura y de las firmas, a continuación los

requisitos de ofrecimiento de la pruebas pe-

ricial, al igual que los requisitos de aceptación

del cargo por parte del perito y por último

los términos para la presentación del dicta-

men encomendado al especialista, al igual que

aquellas circunstancias en las cuales se puede

solicitar una prórroga para la presentación del

dictamen por parte del especialista.

Esta dualidad se origina por la inquietud

de hacer del conocimiento del lector que los

hechos, eventos, historias y desarrollos de la

humanidad no son cuestiones aisladas, sino

que por el contrario todo ello se concatena

en un punto específico del quehacer o ac-

tividad humana y que las consecuencias de

nuestras acciones o no acciones tendrán re-

percusiones en el futuro.

Page 24: revista octubre 1

Mtro. reynaldo sandoval sánchezFiscal Desconcentrado de Investigación en la Delegación Gustavo A. Madero de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Page 25: revista octubre 1

trayEctoria acaDéMica

Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Máster Internacional en Derecho Penal, Constitución y Derechos auspiciado por la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad

Nacional Autónoma de México. Máster en Derecho Penal auspiciado por la Universidad de Girona, España en colaboración con el Instituto de Formación Profesional de la PGJDF.

Maestro en ciencias Penales por el instituto de ciencias jurídicas de Estudios superiores, hoy universidad tepantlato.

Doctorando en ciencias Penales en la universidad tepantlato.

actiViDaDEs acaDéMicas

Profesor de la asignatura “Conceptos Jurídicos Fundamentales” en la Licenciatura de Administración en la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Ponente en diversos Diplomados en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal en el Colegio de Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Federación A.C.

trayEctoria ProFEsional

Miembro fundador del Despacho Jurídico Sandoval y Molina A.C., en donde ha sido distinguido como abogado postulante en el ámbito penal.

Subdelegado de Averiguaciones Previas en las Delegaciones Cuauhtémoc, Iztacalco y la entonces Miguel Hidalgo-Cuajimalpa de la propia

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en esta última fungió como Fiscal de Homicidios y asuntos relevantes.

Fiscal Desconcentrado en las Delegaciones de Iztacalco, Cuauhtémoc y Coyoacán de la propia PGJDF.

Servidor Público en la Procuraduría General de la República, en donde ocupó los cargos de Subdelegado de Procedimientos Penales Federales en los Reclusorios Norte, Sur y en la Zona Centro área de Detenidos de la Delegación en el Distrito Federal de esa Institución de Procuración de Justicia Federal.

Actualmente se desempeña como Fiscal Desconcentrado de Investigación en la Delegación Gustavo A. Madero de la Procuraduría General de Justi-cia del Distrito Federal.

Page 26: revista octubre 1

26 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

HiPótEsis

Si se ofrece a las corporaciones policiacas

herramientas jurídicas y metodológicas

de actuación que se circunscriban a proto-

colos diferenciados por tipo de actividad

policial, permitirá mejorar su actividad y pro-

vocará adaptabilidad al nuevo sistema de en-

juiciamiento penal que retroalimente sus re-

sultados en la consecución de elementos de

prueba científicamente adquiridos, con pleno

respeto a los derechos fundamentales de los

habitantes de la Ciudad de México.

i.- introDucción

En todo el país, se ha desatado en los

últimos años una ola creciente de

criminalidad como resultado de la estrategia

equivocada de enfrentamiento enarbolado

por las Autoridades Federales en contra del

denominado Crimen Organizado, Delincuen-

cia Organizada o Enemigos del Estado.

Más allá de pretender confrontar la es-

trategia de militarización asumida por el Go-

bierno de la República, lo que este trabajo

pretende ahora, es evidenciar que a partir de

las herramientas normativas con las que se

cuenta en la Ciudad de México, es factible

atender la criminalidad del orden común que

en la capital de la República se presenta todos

los días, con la finalidad de contener a esa

criminalidad, además de coexistir con las ne-

cesarias políticas de prevención del delito que

cada sociedad requiere habilitar para ofrecer

a sus comunidades el clima de paz, tranquili-

dad y seguridad que todos merecemos.

A partir de este criterio y en la medida de

su fortalecimiento mediante la implementa-

Actuación policiaca en el sistema de

enjuiciamiento penal acusatorio en la

Ciudad de México s u M a r i o

Mtro. Reynaldo sanDoVal sáncHEz

i. introDucción

ii. sistEMa ProcEsal acusatorio y EFiciEncia Policiaca En la ciuDaD DE México.

iii. HErraMiEntas juríDicas Para la EFiciEncia Policiaca En El sistEMa DE EnjuiciaMiEnto PEnal acusatorio (caso ciuDaD DE México)

iV. conclusionEs

V. biblioGraFía

Page 27: revista octubre 1

27www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

ción de políticas públicas muy pragmáticas en

las cuales se destaque el respeto a los dere-

chos fundamentales de todos los ciudadanos,

entonces sí, podremos intentar subir de nivel

al diseño de estrategias más elaboradas en

contra de la alta criminalidad sin que debamos

enfrentar en escenarios de guerra a las Institu-

ciones armadas de este país con los miembros

de la llamada delincuencia organizada.

Estoy de acuerdo que no deberíamos

esperar a poner orden en la casa para poder

atender la delincuencia que se conoce como

Crimen Organizado, sin embargo, la sociedad

mexicana toda se encuentra en la actualidad

bajo la zozobra y en un clima de incertidum-

bre tal, que pareciera que para vivir en paz

ya no debemos salir de la Ciudad de Méxi-

co, como si ya estuviésemos derrotados por

culpa de aquellas equivocadas decisiones de

lucha contra el crimen, que nos han sumido,

al interior de la República, en un clima de des-

esperanza ante la cada vez mayor presencia

de nuevos miembros de grupos delincuencia-

les que se enseñorean por las páginas de los

periódicos y las notas rojas de todos los me-

dios de comunicación masivos, por tanto, co-

menzar por casa parece una oportunidad de

demostrar que podemos enfrentar a la delin-

cuencia con las herramientas jurídicas con las

que contamos, sólo que debemos provocar

que los operadores del subsistema de justicia

penal se esfuercen y trabajen bajo el amparo

de una visión común.

Ofrecer una propuesta de Plan Integral

de Combate al Delito, a partir de las herra-

mientas normativas (es decir, jurídico-pena-

les) con que a la fecha contamos en la Ciudad

de México, intenta inscribirse en el ámbito del

sistema de Justicia Penal moderno como una

opción a seguir a fin de fortalecer la idea del

Derecho Penal de mínima intervención, en su

afán de encuentro del Estado Social y Demo-

crático de Derecho.

ii.- sistEMa ProcEsal acusatorio y

EFiciEncia Policiaca En la ciuDaD DE

México

El advenimiento del sistema de enjuicia-

miento penal de corte liberal y demo-

crático, acusatorio adversarial, sugiere por

supuesto la implementación de políticas pú-

blicas en materia de actuación policial a partir

de las cuales, el trabajo de investigación per-

mita la integración de datos que posterior-

mente se presenten ante los órganos judicia-

les como elementos de prueba pertinentes, y

resistan en el seno del proceso público y con-

tradictorio las críticas a su obtención median-

te mecanismos lícitos en franco respeto de

derechos fundamentales de los gobernados.

Este anhelo desde luego que fortalece a

un sistema de enjuiciamiento novedoso, no

obstante la historia insoslayable del quehacer

policial en el México posrevolucionario que

se había caracterizado por signos de abuso,

prepotencia e incluso en ocasiones de tortu-

ra, debido principalmente entre otras causas

a la existencia de un sistema penal de corte

inquisitivo, opaco y cerrado que convenía a

los fines del derecho penal autoritario.

Las políticas públicas a implementar en

prácticas policiales, desde luego que obligan

a revisar las características esenciales del sis-

tema acusatorio instaurado en nuestra Cons-

titución Política a partir de la gran reforma del

año 20081, con el propósito de ofrecer meca-

1 Dagdug Kalife, Alfredo. La prueba pericial al amparo de un nuevo modelo de justicia predominantemente acusatorio. Coedición Ubijus e Instituto de Formación Profesional de

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28 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

nismos que permitan empatar el quehacer de

investigación ministerial y policiaco a la luz del

nuevo sistema de justicia penal con la esencia

del sistema acusatorio.

Un Estado Social y democrático de De-

recho, para que se asuma como tal se ca-

racteriza por una serie de principios que le

sustentan en el Plano Constitucional y en el

respeto y cumplimiento de Normas de Con-

vencionalidad admitidas y suscritas por ese

Estado, primordialmente y entre otros, los

principios eje del debido proceso penal, a sa-

ber, el Principio de Presunción de Inocencia,

según el cual este derecho se erige como De-

recho Fundamental de los gobernados.

Pero no sólo la Presunción de Inocencia

fortalece al debido proceso, sino además, los

principios de legitimidad, culpabilidad, princi-

pio de acto, de bien jurídico, legalidad, irre-

troactividad, exacta aplicación de la ley, litis

cerrada, defensa adecuada, y non bis in idem.2

Ahora bien, en materia probatoria, pre-

cisamente este sistema permite contraponer

al Estado de manera franca y pública la legí-

tima obtención de cualquier dato que poste-

riormente se pretenda asumir en el proceso

como medio de prueba para trastocar aquel

principio de Presunción de Inocencia, ya que

al pretender limitarse ese derecho fundamen-

tal, los representantes del Estado deberán ce-

la PGJDF. México. 2012. Al respecto este autor afirma: “ A partir de la citada reforma Constitucional, se sentaron las bases para unificar las bases para unificar los sistemas de justicia criminal, estructurando el desarrollo probatorio, en el sentido de que durante la etapa de investigación, única y exclusivamente se deberán realizar diligencias de inves-tigación para obtener fuentes de prueba, salvo pruebas anticipadas y durante la fase del juicio, se deberán practicar todos los medios de prueba que se pretendan adquieran valor probatorio”. p. 20.

2 Aguilar López, Miguel Ángel. Presunción de Inocencia. Prin-cipio fundamental en el sistema acusatorio. 2ª. edición. Ins-tituto Nacional de Estudios Superiores en Derecho Penal A.C., México. 2009.

ñirse a reglas claras de obtención y prepara-

ción de elementos probatorios con los cuales

se logre restringir aquel derecho fundamental.

En esto precisamente radica la actuación

policial, que de manera científica deberá vin-

cular cualquier dato obtenido para imputar

fundadamente al gobernado la comisión de

un hecho ilícito y que en aras de fincar un

adecuado procesamiento con nuevas reglas

de obtención de tales datos, se verá obliga-

do a mejorar técnicas de actuación policial en

respeto ineludible a los derechos fundamen-

tales de cualquier persona.

Así, podemos afirmar con Hidalgo Mu-

rillo que: “…El Principio de Inocencia es un

principio de conveniencia procesal en tres

sentidos; en primer lugar, porque el imputa-

do puede verse sometido a proceso sin ha-

ber adecuado su conducta a un tipo penal;

en segundo lugar, porque el imputado pue-

de haber sido víctima de una sociedad que,

incoherente, lo hace delincuente y en tercer

lugar, porque partir de la “hipótesis de ino-

cencia” se asegura potenciar la “hipótesis fác-

tica” actualizando la carga de la prueba que

“desmienta” esa hipótesis.”3

El proceder policial deberá, por tanto,

constreñirse, sin excepción alguna, a la obten-

ción legal de datos que permitan posterior-

mente incorporarlos al proceso penal como

medios de prueba legales, aptos y pertinentes

para persuadir al órgano jurisdiccional de la

necesaria limitación al derecho fundamental

del gobernado imputado de ese derecho

subjetivo de presunción de inocencia, pero

siempre sin menoscabo de la legalidad de la

prueba obtenida.

3 Hidalgo Murillo, José Daniel. Debido Proceso Penal en el Sistema Acusatorio. Coedición Flores Editor y Distribuidor y Universidad Panamericana, México. 2011. p. 284.

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29www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Al respecto, Javier Jiménez Martínez afir-

ma: “Una de las primeras actividades que de-

ben realizar las partes en materia de pruebas

es la verificación de la legalidad de las pruebas

que van a llevar al juicio oral. Lo mismo hará

la autoridad, determinar la legalidad del me-

dio de conocimiento ofrecido por las partes,

y lo hace confrontándolo con las garantías

constitucionales del debido proceso y los de-

rechos fundamentales, e incluso, con los re-

quisitos formales del medio establecidos en la

legislación penal procesal.”4

Luego entonces, el objetivo principal

del quehacer policial será la consecución de

elementos probatorios cuya obtención se

sujete a los parámetros constitucionales y le-

gales tendientes a fortalecer las acusaciones

a los imputados de hechos criminales pero

siempre en el marco del respeto de derechos

fundamentales (a fin de evitar convertir esos

elementos probatorios en ilícitos) así como

del respeto a las normas legales (a fin de no

propiciar pruebas ilegales).

iii.- HErraMiEntas juríDicas Para la

EFiciEncia Policiaca En El sistEMa

DE EnjuiciaMiEnto PEnal acusatorio

(caso ciuDaD DE México)

La consecución del Estado Social y De-

mocrático de Derecho pasa necesaria-

mente por la sujeción de las agencias guber-

namentales en materia de Seguridad Pública

y Procuración de Justicia por tres aspectos

fundamentales que deben caracterizar su ac-

tuar, a saber:

4 Jiménez Martínez, Javier. Aspectos básicos sobre la prueba en el Juicio Oral. Editorial Raúl Juárez Carro. México, 2011. pp- 57-64.

a) El cumplimiento irrestricto de la ley,

es decir, el fortalecimiento de un Estado ga-

rantista5;

b) La tutela de los derechos fundamen-

tales de los gobernados6 a fin de discriminar

con toda claridad en su actuar el proceder de

los tipos de delincuencia que atenta en con-

tra de la paz y tranquilidad de la comunidad

afectada, y

c) La sujeción del actuar de los órganos

estatales involucrados en el tema de la paz

pública, a un régimen de transparencia ab-

soluto y un sistema simple de rendición de

cuentas.7

5 Véase a Ferrajoli, Luigi. Derecho y Razón. A. Edición. Edito-rial Trotta. Madrid, España. 2009. “Garantismo designa un modelo normativo de derecho: precisamente, por lo que respecta al derecho penal, el modelo de estricta legalidad. Sistema Garantista propio del estado de derecho, que en el plano epistemológico se caracteriza como un sistema cognoscitivo o de poder mínimo, en el plano político como una técnica de tutela capaz de minimizar la violen-cia y maximizar la libertad y en el plano jurídico como un sistema de vínculos impuestos a la potestad punitiva del estado en garantía de los derechos de los ciudadanos”. (pp. 851-852).

6 Sobre este particular destaca la opinión en México de Car-bonell, Miguel en su obra Los Derechos Fundamentales en México, 4ª. Edición, Coedición Universidad Nacional Au-tónoma de México, Editorial Porrúa y Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, 2011, p. 5, apunta: “En términos generales puede decirse que los derechos fundamentales son considerados como tales en la medida en que constituyen instrumentos de protección de los in-tereses más importantes de las personas, puesto que pre-servan los bienes básicos necesarios para poder desarrollar cualquier plan de vida de manera digna; siguiendo a Ernes-to Garzón Valdés podemos entender por bienes básicos aquellos que son condición necesaria para la realización de cualquier plan de vida, es decir, para la actuación del indivi-duo como agente moral”.

7 Sobre este particular, Guillermo O´Donell en “Democra-cia y Estado de Derecho” en Ackerman, John M. (Coordi-nador) “Más allá del acceso a la Información”, Transparen-cia y Rendición de cuentas y Estado de Derecho. Editorial Siglo XXI, México, 2008. pp. 89 y ss. afirma “Un Estado democrático de Derecho también establece redes de ac-countability (o, en traducción aproximada, “rendición de cuentas”). Es decir, otro aspecto del estado Democrático de Derecho es que nadie es de legibus solutus; es decir, nadie, ni siquiera los gobernantes, debe quedar fuera de la legalidad.”

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30 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

La medición al cumplimiento de estos

tres aspectos inducirá en la ciudadanía la con-

fianza suficiente que incluso permita la partici-

pación directa de órganos no estatales en la

comprobación del avance en la operación del

sistema operativo y funcional de seguridad pú-

blica y procuración de justicia implementados.

La expresión gráfica de este inicio de mo-

delo podría evidenciarse de la manera siguiente:

Estado social y dEmocrático

dE dErEcho

rEspEto a los

dErEchoshumanos

privilEgiar El cumplimiEnto

dE la lEy

propiciarrégimEn dE

transparEnciay rEndición dE cuEntas

Ahora bien, los acontecimientos de

violencia suscitados en los últimos tiempos,

aunados a la exagerada difusión que sobre

los mismos han realizado los medios masi-

vos de comunicación –más por cuestiones

de carácter económico y de morbo que por

sana preocupación– han provocado un sen-

timiento colectivo de desesperanza, como si

la delincuencia organizada ya hubiese derro-

tado al Estado mexicano con el consecuente

mensaje de vulneración a la paz y tranquilidad

sociales, arrebatando incluso a la ciudadanía

la certidumbre de cohabitación con sus se-

mejantes, ocasionando un terrible malestar

y sospecha por el vecino de al lado que in-

cluso nos obliga a encerrarnos en el clima

de desconfianza muy contrario al espíritu de

solidaridad que siempre había manifestado el

mexicano y peor aún, ha provocado la emi-

gración de las ciudades de todos aquellos ciu-

dadanos que han vivido muy de cerca el clima

de violencia desatado por las políticas erradas

expresadas principalmente en regiones del

norte y occidente del país.8

Al reconocer estos datos, esa expresión

de hartazgo en primer lugar y de desesperan-

za colectiva en segundo sitio, han generado

la proliferación de movimientos sociales en-

cabezados por personajes de la vida pública,

que han pasado en carne propia por las te-

rribles experiencias de la expresión violenta

de los delincuentes, sin embargo, carentes de

información suficiente por ser ajenos a temas

de seguridad y procuración de justicia, más

enarbolan movimientos declarativos y contes-

tatarios a las políticas públicas de los gobier-

nos que propuestas específicas que auxilien

verdaderamente al fortalecimiento del Esta-

do, que nos permita la recomposición social

y la detección temprana de los delincuentes

que seguramente en sus carreras ascendentes

del submundo criminal llegarán a ser crimina-

les mayormente lesivos a la comunidad si no

reaccionamos a tiempo.9

Esta reacción estatal, precisamente, es

la que debemos atemperar mediante la im-

plementación de mecanismos que respondan

como Estados modernos para contrarrestar

esas carreras delictivas, si y sólo si toda acción

estatal y respuesta estratégica las pasamos por

el tamiz del respeto irrestricto de la Ley, co-

menzando por los propios servidores públi-

cos encargados de operar los subsistemas de

seguridad y procuración de justicia, así como

supervisar que sean éstos quienes se encar-

8 Datos estadísticos publicados en el mes de enero del año 2011 permiten desenmascarar el manejo indiscriminado de datos relativos a la tasa de homicidios a nivel nacional. Véa-se: Escalante Gonzalbo, Fernando. “Homicidios 2008-2009. La muerte Tiene Permiso” en Revista Nexos, Núm. 397, enero, México, 2011. pp- 36-49.

9 Para una explicación muy objetiva acerca del ciclo de vida de una organización criminal, consultar a Guerrero Gutié-rrez, Eduardo. “Cómo reducir la violencia en México” en Revista Nexos, Núm. 395, noviembre, México, 2010. P. 24.

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31www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

guen de velar por el respeto a los derechos

fundamentales de toda persona, incluso de los

propios delincuentes y su función se constriña

desde luego a mecanismos de transparencia

en todos los actos y de rendición de cuentas,

con el propósito de que sean los ciudadanos

quienes lleven a cabo esas labores de con-

trapeso en las decisiones gubernativas, de tal

suerte que se impida el ensanchamiento de

espacios públicos proclives a aquellas carreras

ascendentes de los criminales.

Es decir, en la medida en que podamos

afirmar o no tales mecanismos, podremos

considerar que construimos un Estado fuerte

o en el peor escenario un Estado débil, para

atender la conceptualización que sobre el Es-

tado moderno ha formulado atinadamente

Joel Migdal:10

“El Estado es un campo de poder mar-

cado por el uso y la amenaza de violencia y

conformado por: 1) la imagen de una organi-

zación dominante coherente en un territorio,

que es una representación de las personas

que pertenecen a ese territorio, y 2) las prác-

ticas reales de sus múltiples partes.”

Los Estados reales están determinados

por dos elementos, imágenes y prácticas.

“Primero es la imagen. La imagen –decía

Shils– amalgama las numerosas instituciones

a las que pertenecen los actores y en pro de

10 “Una nueva definición de Estado” en: Estados débiles, Estados fuertes. Migdal S. Joel. Fondo de Cultura Económi-ca. México, 2011, p. 34. Para una definición tradicional: Cfr. Alfonzo Jiménez, Armando en Acerca del Estado, 2ª. Edición, Editorial Ubijus, México, 2012. pp. 35-36, quien citando a Reyes Heroles, Jesús, distingue los elementos for-males: Principio de Legalidad, Principio de Obligatoriedad, Principio de Supremacía de la Carta Magna y Principio de Responsabilidad del Estado de sus elementos materiales: Principio de División de Poderes, Sistema Representativo, Derechos Humanos y Leyes en sentido material, y afirma: “Estado que no reúne todos y cada uno de los elementos mencionados no puede identificarse como Estado”.

las cuales ejercen la autoridad, en la imagen

de un centro de la sociedad, dominante y

único. En esta definición la imagen del Estado

es la de una entidad autónoma, integrada y

dominante que controla, en un territorio de-

terminado, la creación de reglas, ya sea direc-

tamente a través de sus propios organismos

o indirectamente permitiendo que otras or-

ganizaciones autorizadas –negocios, familias,

clubes y similares– generen ciertas reglas de

alcance limitado.”

“La imagen postula una entidad que tie-

ne dos tipos de fronteras: 1) fronteras terri-

toriales entre el Estado y otros Estados, y 2)

fronteras sociales entre el Estado –sus orga-

nismos y actores (públicos)– y aquellos suje-

tos a sus reglas (privados).”

“Después de la imagen, el segundo as-

pecto clave de la definición del Estado son

las prácticas. El desempeño cotidiano de los

organismos y actores del Estado, sus prácti-

cas, puede reforzar la imagen del Estado o

debilitarla; puede consolidar o neutralizar la

noción de las fronteras territoriales y las que

existen entre lo público y lo privado.”

Esa reacción estatal al llevarse a cabo sin

corresponsabilidad puede impulsar la genera-

ción de políticas públicas de endurecimiento

de la acción punitiva que en nada fortalece al

sistema democrático y si por el contrario, des-

legitima el actuar de las agencias encargadas

constitucional y legalmente de contrarrestar

el clima de violencia en las calles de nuestras

ciudades, retroalimentando involuntariamen-

te el ciclo de violencia y por ende el ciclo de

vida de toda estructura criminal.”

Sobre este particular, Kleiman11 sostiene:

11 Kleiman, Mark. “Contención del crimen organizado y no organizado” en serie Conferencias Magistrales del Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2011.

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32 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

“De acuerdo con la teoría clásica, los libros

de criminología suelen establecer que un

sistema de justicia penal puede controlar la

delincuencia de cuatro modos: 1) incapacitan-

do al delincuente, recluyéndolo para que no

vuelva a delinquir, 2) reforzando las normas

públicas, es decir, con un enfoque mecánico

de castigo que le demuestre que la sociedad

desaprueba su comportamiento y, con ello, se

movilice la conciencia individual y el control

social e informal, pues éstos al final hacen la

mayoría del trabajo; 3) castigar a los delin-

cuentes para reivindicar a las víctimas y que

el Estado sustituya la venganza privada, y 4)

poniendo en práctica la disuasión, un concep-

to de la criminología basado en la amenaza y

el castigo para disminuir los comportamientos

y conductas delictivos.”

Se concuerda con este autor al impli-

car que esta visión de tan sólo castigo para

el delincuente distorsiona la pretensión de

consecución de paz social, ya que se soslaya

que el anhelo en todo caso fuera “disminuir

al máximo las conductas delictivas” más que

lo primero y para su logro se ha de partir de

fortalecer el sistema de procuración de justicia

en que los conceptos de “prontitud y certeza”

constituyan una retroalimentación positiva en

la búsqueda de lograr esos objetivos.

Por tanto, empatar las políticas públicas

tendientes a lograr la disminución de crimina-

lidad, necesariamente deberán enfocarse en

que los esfuerzos estatales habrán de ceñirse

a identificar, concentrar, advertir y dar seguimien-

to a los esfuerzos operacionales de las agencias

gubernativas encargadas de la prevención y la

procuración de justicia.

Enseguida se muestra la expresión gráfi-

ca de esa pugna en la cual aparentemente se

encuentra sometido el anhelo de un Estado

contemporáneo:

Estado social y dEmocrático

dE dErEcho

ExigEnciaciudadana(rEclamo

social)

Estadogarantista

¿Qué nos proponemos demostrar con

este trabajo? Precisamente que esta aparente

pugna puede reducirse a niveles aceptables,

en tanto reconozcamos que efectivamente

tenemos frente a nosotros una falsa disyun-

tiva, habida cuenta que si bien por un lado el

favorecer el Estado Garantista o de respeto

absoluto a los derechos fundamentales del

ser humano, pareciera que origina facilidades

a la criminalidad en perjuicio de la ciudadanía,

y por tanto se encuentra el Estado Garantista

confrontado al reclamo social por su exigen-

cia natural de mayor tranquilidad y paz públi-

cas, no menos cierto resulta que antes de tal

pugna, debemos considerar si ese Estado ha

cumplido efectivamente con niveles razona-

bles de efectividad policial y atención social a

la búsqueda de equilibrios en temas de insana

desigualdad económica y social.

Por ello, en la búsqueda de herramien-

tas jurídicas pertinentes para atender la crea-

ción de equilibrios, en donde las entidades

gubernativas se encuentren cerca de las co-

munidades, este trabajo demuestra que en

la Ciudad de México, sí se cuenta con tales

herramientas que desde luego, no se encuen-

tran perfeccionadas, pero que sin embargo

la optimización de su utilización permitirá a

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33www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

la autoridad gubernamental en primer lugar,

tender los puentes de comunicación constan-

te con los ciudadanos y en segundo término

la construcción de diagnósticos eficaces en

espacios específicamente delimitados, que

generen consecuentemente respuestas ope-

rativas certeras, en plenitud de respeto al

marco de la Ley.

Así, con esta óptica, comunitaria si se

quiere, de trabajar en cada demarcación te-

rritorial, en la construcción de diagnósticos

que permitan el diseño de estrategias policia-

cas eficaces, se revelarán las necesidades de

índole social primariamente, para enseguida,

con los resultados obtenidos de los diagnósti-

cos citados, provocar eficiencia policial que en

cada periodo determinado se ponderen, se

retroalimenten y en su caso se reconstruyan.

La expresión gráfica de la búsqueda de

ese equilibrio, podría observarse así:

Estado social y dEmocrático

dE dErEcho

ExigEnciaciudadana(rEclamo

social)

Estadogarantista

EficiEnciapolicial

atEnciónsocial

Hasta ahora, con lo expuesto no hemos

avanzado sustancialmente en la consecución

de una estrategia para combatir el crimen

en la Ciudad de México, ya que hasta este

momento tan sólo hemos expuesto un diag-

nóstico de la aspiración del Estado, que apa-

rentemente se encuentra confrontado por

una parte entre la exigencia o reclamo social

cotidiano, ante la incesante ola de violencia

desatada con motivo de la política pública

errada de confrontación de las instituciones

incluso militares en escenarios de guerra en

contra de los miembros de la Delincuencia

Organizada, y por la otra el discurso políti-

co jurídico de fortalecimiento de ese Estado

confrontado con planteamientos de tutela de

los derechos fundamentales de los goberna-

dos, incluyendo a aquellos que merecen ser

sancionados por conductas tipificadas como

delictivas, es decir el Estado Garantista.

¿Cómo plantear una respuesta que atem-

pere esa presunta confrontación entre la exi-

gencia social y el fortalecimiento de un Estado

Garantista?, como ya se esbozaba, en primer

lugar tender un puente de comunicación en-

tre las entidades gubernativas de una demar-

cación territorial específicamente delimitada,

y por otro lado, con la operación cotidiana

de las entidades gubernativas involucradas en

la materia de seguridad pública y procuración

de justicia, cuyas representaciones se reúnan

diariamente para la formulación y evaluación,

paso a paso, de las acciones operativas a im-

plementar.

En un segundo momento, con la parti-

cipación de las representaciones vecinales o

ciudadanas que nos permita la conformación

de una plataforma de trabajo homogéneo, en

la cual se construyan los diagnósticos comu-

nitarios y no oficialistas, que permita in situ,

proponer las mejores soluciones a los recla-

mos sociales, de manera colectiva pero a par-

tir de una visión común ante los diagnósticos

generados.

Esta fase en la construcción del modelo

operativo funcional de coordinación opera-

tiva entre las entidades gubernativas en ma-

teria de seguridad pública y procuración de

justicia, permite entonces arrancar la platafor-

ma en la construcción de una visión común

a las problemáticas planteadas por la comu-

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34 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

nidad en materia de incidencia criminal, que

busque la identificación clara y objetiva de

esa presencia criminal en un espacio territo-

rial delimitado, que obligue a las autoridades

competentes a dar respuesta pronta y certera

a esa problemática identificada, de tal suerte

que su inhibición, tan sólo sea el arranque en

la construcción de bases de datos informa-

tivos contundentes para conocer el estatus

criminal en una zona territorial determinada.

La expresión gráfica de ese inicio de pla-

taforma entonces se representa de la manera

siguiente:

ExigEnciaciudadana(rEclamo

social)

Estadogarantista

EficiEnciapolicial

propuEstamEtodológica

opEracionEs cotidianas dEEntidadEs gobErnativas

plataforma cotidiana dE trabajo

Esta plataforma cotidiana de trabajo,

desde luego que implica una obligatoriedad

para cada una de las entidades gubernativas

concentradas en reunión de trabajo que per-

mita de modo constante el planteamiento

de identificación de la presencia delictiva por

zona territorial.

La Ciudad de México cuenta con el ins-

trumento jurídico mediante el cual la autori-

dad máxima de la propia Ciudad de México,

instruye a los representantes de la autoridad

en cada zona territorial de cada demarcación

político-administrativa, para llevar a cabo pre-

cisamente esos diagnósticos indispensables

para la consecución de información, la cual

por supuesto se encuentra confrontada por

los miembros de la comunidad o grupos so-

ciales representativos de cada demarcación

de las anteriormente aludidas, a fin de pon-

derar que tal información generada, cumpla

con un mínimo de certeza que permita tomar

a cada representante de la autoridad de la

zona, aquello que lo involucra acorde a sus

facultades legales.12

Este diagnóstico obtenido de zonas bien

delimitadas, con información claramente sis-

tematizada, permitirá la construcción de po-

líticas operativas reales y de corto alcance,

pero que documenta, para el caso de su de-

bido seguimiento, la criminalidad imperante y

con la cual se pueden provocar acciones es-

tratégicas en donde la característica esencial

sea la explotación de mecanismos de inteli-

gencia policial que redunden en un mínimo

de acciones operativas funcionales pero de

alto grado de contundencia y efectividad.

La expresión de esta fase operacional

puede verse así:

12 Véase: Acuerdo por el que se crean las Coordinaciones Territoriales de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Gobierno del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial de fecha 14 de marzo de 2007.

Rep.Jefe deGobierno

P.G.J.D.F.Responsablede Agenciay Mandode Policía deInvestigación

Representantedel JefeDelegacional

S.S.P.Jefe deSector

RepresentanteSubsecretaríade ParticipaciónCiudadana

ConsejeríaJurídica y deServiciosLegalesJuez Cívico

Representantede Secretaríade Salud

uso dE tEcnologÍa

análisisdElito a dElito

visión intEgraldE combatE al dElito

= plataforma

Page 35: revista octubre 1

35www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

En términos de la construcción de esta

visión común territorial para la elaboración de

diagnósticos de criminalidad en áreas espe-

cíficamente delimitadas, podemos expresarlo

de acuerdo a la normatividad vigente para la

administración pública local en el Distrito Fe-

deral del siguiente modo:

iV.- conclusionEs

Buscar la homologación del

quehacer policial con la

incursión del sistema de enjuiciamiento penal

de corte acusatorio y adversarial en Méxi-

co, es provocar nuevos modos de compor-

tamiento en los agentes de la autoridad en

la parte inicial de todo el sistema de justicia

penal. Es, precisamente, reconocer que su ac-

tuar deviene del sistema inquisitivo obsoleto

cuya característica esencial lo constituye la

opacidad que pregona fuertemente un Esta-

do autoritario.

Ofrecer nuevas herramientas a los cuer-

pos policiacos para su acoplamiento al siste-

ma de enjuiciamiento penal que propugna

por un Estado fuerte y democrático de na-

turaleza acusatorio y adversarial, permitirá la

retroalimentación que apuesta necesariamen-

te por la fortaleza de los colaboradores ini-

ciales del sistema penal, es decir, los cuerpos

policiacos que deberán sujetar su proceder a

reglas constitucionales y legales con sustento

científico, ya que serán expuestos de modo

público a la vista de una sociedad cansada

de abusos y con el propósito de limitar los

derechos públicos subjetivos de los ciudada-

nos, sólo en aquellos casos en los cuales la

presunción de inocencia quede confrontada

lícitamente por los elementos probatorios le-

gítimamente obtenidos.

Lo anterior, sólo se conseguirá si aporta-

mos aunque sea un poco, al ofertar el cómo

le van a hacer en la vida real tales cuerpos

policiacos, más allá de todo discurso político

que si bien en múltiples análisis nos ofrecen

causas, condiciones y limitaciones del queha-

cer policial, distantes quedan cuando se trata

de enunciar la forma en que esos cuerpos

policiacos pueden acercarse a empatar su ac-

tividad cotidiana con los requerimientos del

nuevo sistema de enjuiciamiento penal deri-

vado de la Reforma Constitucional de 2008.

Ahora se ofrece de manera muy prag-

mática un modelo de actuación, que bien

podrá acrecentarse en la medida en que los

esfuerzos cotidianos de las autoridades invo-

lucradas en el sistema de seguridad pública y

procuración de justicia, articulen sus trabajos

con la participación ciudadana afectada en te-

rritorios específicamente delimitados, de tal

suerte que las medidas operativas ofrezcan

como propone Kleiman, prontitud y certeza.

uso dE tEcnologÍa

análisisdElito a dElito

visión intEgraldE combatE al dElito

coordinacionEs tErritorialEs dE sEguridad pública dEl gobiErno dEl distrito fEdEral

= plataforma

Page 36: revista octubre 1

36 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

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38 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Dr. Alejandro sosa ortiz

Comentarios con motivo de la presentación del libro:

NON BIS IN IDEM Y REINCIDENCIAEstudio comparado sobre derechos fundamentales en España y México

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39www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

Señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo

Magistrados Jorge Higuera Corona

y Diógenes Cruz Figueroa

Señoras y Señores:

Muy buenas tardes a todos. Agradezco

cumplidamente al autor del libro motivo de

este magno evento académico su gentileza

de invitarme a realizar algunos comentarios

en torno a su obra Non bis in idem y reinci-

dencia, principalmente porque he disfrutado

enormemente su lectura y porque mucho

me honra el compartir esta mesa con quienes

coincidiéramos, por fortuna, como jueces de

distrito en una época en la ciudad de Toluca.

Fue precisamente, en aquel entonces,

por el año de 1994, cuando conocí a Jorge

Higuera Corona, quien como se ha dicho,

después de haberse desempeñado como se-

cretario en Juzgados y Tribunales Colegiados

en materia administrativa, y secretario de es-

tudio y cuenta en la Tercera Sala de la SCJN,

acudía al entonces Juzgado Tercero de Dis-

trito en el Estado de México, para familiari-

zarse con la tramitación de los juicios penales

federales, y el amparo penal; y quien ya venía

precedido de un prestigio por su excelente

desempeño en las funciones que había reali-

zado dentro del Poder Judicial de la Federa-

ción. Prestigio que como se habrá advertido

de la lectura de su currículum, se ha venido

acrecentando vertiginosamente, siendo sin

lugar a dudas, este libro que hoy nos reúne,

otro de sus muy importantes logros.

Esta obra, como se ha dicho, es su tesis

doctoral que elaboró como culminación del

máster internacional en derecho penal, cons-

titución y derechos, auspiciado por la Universi-

dad Autónoma de Barcelona. Máster en el cual

fuimos condiscípulos y tuve la oportunidad de

manera frecuente de escuchar sus agudas in-

tervenciones en clase e intercambiar comen-

tarios sobre los temas de las distintas materias.

Como se podrá advertir, es un libro que

es producto no sólo de un detenido y reflexi-

vo estudio, y de una acuciosa investigación

acerca de los trascendentes temas que abor-

da, sino también es la feliz conjunción de su

experiencia como juzgador y docente acos-

tumbrado a ser didáctico en sus exposiciones.

En el primer tema tratado: non bis in idem,

expone con valentía y de manera razonada,

pero porqué no decirlo con mesura y elegan-

cia, su legítima preocupación como juzgador

por un criterio jurisprudencial de la Primera

Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Na-

ción, en el sentido de que la incompetencia

del tribunal hecha valer en amparo directo, da

lugar a un amparo liso y llano, que equivale a

la absolución del quejoso, lo cual genera que

el eventual infractor de la ley penal quede

sin castigo. Punto de vista con el cual estoy

totalmente de acuerdo. Esta expresión de

coincidencia no es un alabo oportunista a la

obra, tan no es así que en el año 2000 en un

trabajo escrito con motivo de la convocatoria

para elaborar propuestas para la nueva Ley

de Amparo, sostuve, si se quiere un poco a la

ligera, esa misma crítica, desde luego sin toda

la lúcida argumentación y trabajo de investi-

gación de derecho comparado, que realiza

en su obra Jorge Higuera y que hace que su

postura resulte harto convincente y razonada.

Es constante el señalamiento de que, con

razón, la sociedad realiza al Estado acerca de

la desbordante impunidad, según las últimas

cifras del año pasado avaladas por la Agencia

para el Desarrollo Internacional, en México

por cada 100 delitos denunciados, sólo el 6%

de los presuntos delincuentes son presenta-

Page 40: revista octubre 1

40 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

dos ante los órganos jurisdiccionales, y del

mismo total de los delitos denunciados, sólo

el 1.3% son condenados. Desde luego, son

múltiples y de muy diversa índole los factores

que contribuyen a tal situación, pero mucho

se avanza si se empieza por reconocer, como

lo hace el magistrado Higuera, que ciertos

criterios jurisprudenciales generan sin justifica-

ción, impunidad. Y, cómo dejar de reconocer

esto cuando estando el acusado confeso del

delito que se le atribuye, sin haber invocado

siquiera su inocencia, y, por ende condenado,

le basta acudir al amparo alegando haber sido

juzgado por autoridad incompetente para

obtener su inmediata libertad y dejar insubsis-

tente el fallo condenatorio, lo que se traduce

para efectos prácticos en una absolución, sin

haber entrado al fondo del asunto. ¿En dón-

de quedan los derechos de la víctima, entre

otros el de la reparación del daño, elevado

a garantía constitucional? Nada puede hacer

ésta ante una determinación de esta natura-

leza. Ya Honoré de Balzac sentenciaba “dejar

marchar impune a un malhechor es hacerse

culpable de sus crímenes futuros”.

El libro que nos congrega esta tarde, ini-

cia refiriéndose a la definición gramatical del

principio non bis in idem, para continuar con

sus dos vertientes: formal o procesal y ma-

terial o sustantiva, su proceso evolutivo y su

distinción con el diverso de la cosa juzgada y

el concurso de leyes. Posteriormente, aborda

en el capítulo II su desarrollo jurisprudencial

en España. Al respecto destaca los señala-

mientos que la Segunda Sala del TC realiza-

ra en la sentencia 152/2001, para empezar a

respaldar su postura, en la que resolvió que

no se infringía el non bis in idem, a pesar de

haberse impuesto una sanción administrativa

y después otra penal por los mismos hechos,

en la que adujo que conforme a la legisla-

ción vigente el hecho de que se encuentre

pendiente un proceso penal, constituía un

impedimento legal para la simultánea trami-

tación de un procedimiento administrativo

sancionador por los mismos hechos, lo cual

era conocido por el recurrente, quien a pe-

sar de ello no lo hizo valer ante la adminis-

tración sancionadora, sino que esperó a ser

sancionado para, a continuación, intentar que

se dejara sin efecto el proceso penal. Y di-

cha Sala concluye “el silencio del actor, puede

encontrar explicación, que no justificación, en

una táctica defensiva, consistente en tolerar

la vulneración actual del principio non bis in

idem, para utilizar la sanción administrativa

como defensa ulterior frente a la condena pe-

nal; pero una explicación tal, lo que evidencia

es una manipulación del principio non bis in

idem, en vez de una atendible reclamación de

su respeto.”

Siempre he considerado acertado aso-

marnos a las soluciones que en otras latitudes

se dan a las diferentes problemáticas jurídicas

que se nos presentan y más a sistemas como

el español que guarda con el nuestro notorias

semejanzas, desde luego no en un afán de

adoptar automáticamente tales respuestas y

denostar las nuestras, las cuales en varias oca-

siones he estimado mejores, sino de abrevar

reflexivamente de sus experiencias.

En el capítulo III, el autor da noticia pun-

tual de la evolución jurisprudencial en México

del principio non bis in idem, para lo cual hace

un recorrido desde la Quinta Época, hasta el

último criterio de la Novena, contenido en la

jurisprudencia 1ª./J.21/2004. A través del cual

advertimos cómo en los temas polémicos a

menudo se sustentan criterios, que al pasar el

tiempo se asumen superados, pero que al fi-

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41www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

nal se acaban retomando. En la jurisprudencia

que nos refiere el autor se considera que en

el caso que nos ocupa: juzgamiento por tri-

bunal incompetente, la concesión del amparo

para efectos de que el quejoso fuere juzgado

por autoridad competente no sólo vulneraría

el principio non bis in idem, sino también de

manera indirecta el diverso non reformatio in

peius, pues se le estaría juzgando dos veces y

se abriría la posibilidad de agravar su situación.

Al respecto Jorge Higuera anuncia la opi-

nión que más adelante sostiene y respalda con

sólidos argumentos: “en relación con el prin-

cipio non bis in idem hay casos límite, que a

decir verdad son los menos, como el referen-

te al juzgamiento por tribunal incompetente,

en el que los contornos de dicho principio no

son nítidos, pues aun cuando el otorgamiento

del amparo es para que se deje insubsistente

lo actuado ilegalmente y el tribunal compe-

tente inicie un nuevo proceso, al menos es

dudoso que se infrinja ese principio, no sólo

porque durante muchos años la Primera Sala

de la SCJN haya sostenido su no quebran-

tamiento en casos así -primordialmente por

la vigencia del principio que dice que todo

lo resuelto por tribunal incompetente es nulo

de pleno derecho- sino porque hay algunos

aspectos que falta explorar, aun cuando para

ello deba remarse contracorriente.”

Y vaya que Jorge Higuera está en lo cier-

to, cuando afirma que su postura es un remar

contracorriente, pues en la época actual en

la que se pone énfasis en los derechos del

inculpado y apenas, por fortuna, se empiezan

a reconocer e instrumentar los de la víctima,

el foro y parte de la doctrina simpatiza más

con la referida jurisprudencia que con la opi-

nión contraria. Es por ello, que en el capítu-

lo siguiente da respuesta a la eventual crítica

que se le pudiere hacer desde la óptica de

que su postura vulnera los principios de un

Estado social y democrático de derecho y

sostiene: “lo hasta aquí referido me permite

concluir este capítulo con la claridad de que

dentro de un Estado social y democrático

de derecho, la regla general es la operancia

del principio non bis in idem, sin embargo ello

no excluye la posibilidad de que, de manera

excepcional, exista algún caso en el que no

opere dicho principio, como acontece espe-

cíficamente con el juzgamiento por tribunal

incompetente, sobre todo en delitos graves,

cuando ni el órgano jurisdiccional ni las par-

tes durante el proceso alegaron ese vicio del

procedimiento, ya que de admitirse su ope-

rancia en un caso así, se estaría tolerando la

impunidad, en virtud de que una estrategia

de ese tipo, si fuere premeditada, encontraría

el camino seguro para lograr en el amparo la

insubsistencia del juicio anómalo y propiciar la

impunidad.” Conducta procesal que refiere el

autor pudiera encuadrar en la perspectiva de

fraude a la ley.

En el capítulo V apuntala su opinión dan-

do noticia de la normatividad del derecho

internacional y de los criterios emanados de

diferentes tribunales regionales e internacio-

nales. Al respecto destaca como una diversa

excepción al principio non bis in idem, en la

Corte Penal Internacional, la debida obser-

vancia del diverso principio de complementa-

riedad, que confiere la oportunidad de actuar

en contra del infractor en primer lugar a las

jurisdicciones nacionales, y si no lo hacen o

actúan en forma simulada, de manera com-

plementaria puede actuar la CPI, de tal suerte

que aunque el acusado pudiera formalmente

haber sido juzgado e incluso condenado, no

se infringe el referido principio non bis in idem,

Page 42: revista octubre 1

42 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

al ser juzgado de nueva cuenta por la CPI. Así

Jorge Higuera sostiene inteligentemente que

en nuestro caso, a pesar de que el condenado

por el delito de genocidio por tribunal incom-

petente, pudiera haber obtenido su libertad

mediante la concesión del amparo en obser-

vancia a la citada jurisprudencia 1ª./J.21/2004,

ello no sería obstáculo para que fuera some-

tido por la CPI a un nuevo proceso, precisa-

mente con el argumento de que no habría

habido juzgamiento alguno dada la incompe-

tencia del órgano que lo juzgó.

El autor investiga el criterio que al res-

pecto ha tenido la Corte Interamericana de

Derechos Humanos y da noticia de que en

el caso Cesti Hurtado en el año de 1999, ha-

biéndose ésta pronunciado en el sentido de

que indebidamente las autoridades militares

conocieron del procedimiento, resuelve que

lo actuado por ésta se anulara, sin perjuicio

que las autoridades competentes adoptaren,

en su caso, decisiones acerca de la responsa-

bilidad penal del acusado.

El doctor Higuera agrega que si de ma-

nera frecuente en vía de amparo directo,

se otorga la protección constitucional, para

efectos de reponer el procedimiento y en

observancia a ésta, se tramita de nueva cuen-

ta el juicio y se dicta otra sentencia, sin que

se aduzca vulneración al principio non bis in

idem, de manera análoga al quedar insubsis-

tente el procedimiento y sentencia por haber

sido tramitado y dictada por tribunal incom-

petente, la concesión de la protección consti-

tucional para que el acusado sea juzgado por

autoridad competente, tampoco vulnera tal

principio.

Tocante al argumento de la jurispru-

dencia que cuestiona el doctor Higuera, en

el sentido de que la postura contraria a ésta

vulneraría el diverso principio non reformatio

in peius, responde de la siguiente manera: “no

existe parámetro legal alguno que fuera vá-

lido para impedir que éste, el tribunal com-

petente impusiera la pena que en derecho

correspondiera, debido a que es el único ór-

gano facultado y capacitado para ponderar y

sopesar las circunstancias que determinen el

grado de responsabilidad y el quantum de la

pena por imponer, facultad y capacidad lega-

les de las que carecía el tribunal que actuó sin

tener competencia, siendo así que no puede

hablarse de una posible reformatio in peius,

debido a que la penalidad que éste hubiere

impuesto carece de sustento legal y no pue-

de alegarse como un elemento objetivamen-

te válido.” Y más adelante concluye: “lejos de

vulnerarse el principio de seguridad jurídica,

se genera la certeza de que el inculpado será

juzgado y en su caso sentenciado con la pena-

lidad que en derecho proceda, realmente por

el órgano competente.”

Por último, en torno al diverso argu-

mento de la mencionada jurisprudencia, que

cuestiona el magistrado Jorge Higuera, que

sería perjudicial una concesión para efectos

de que el tribunal competente despliegue sus

facultades, para el inculpado que estuviera “a

punto” de compurgar la pena impuesta por el

tribunal incompetente, responde que es una

simple especulación carente de sustantividad,

porque no se acredita que fuera la regla do-

minante en este tipo de asuntos y por otro

lado, porque se le atribuye una confiabilidad

incomprobada a la actuación del órgano com-

petente, como si fuera el legalmente capacita-

do para determinar con precisión la penalidad

por imponer, cuando esa es una atribución

exclusiva del tribunal competente, respecto

de la cual no se podría prejuzgar, sino que

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43www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected] C O N T E N I D O J U R Í D I C O

para poder aquilatarla habría que esperar a

que la ejerciera.

Respecto a lo anterior, yo me permitiría

agregar un argumento más a favor de la pos-

tura que defiende Jorge Higuera: siempre es-

tará la defensa en libertad ante un panorama

así (en el que el quejoso juzgado por tribunal

incompetente se encuentra a punto de com-

purgar su sentencia), de considerar la conve-

niencia de interponer el amparo, asumiendo

que el efecto del amparo será que se deje

insubsistentes el juicio y sentencia seguidos

ante el juez incompetente y que sea juzgado

por el competente con la proyección de que

si es inocente obtener una sentencia absolu-

toria, que es mejor que una libertad decreta-

da por el mero vicio de haber sido juzgado

por tribunal incompetente, y en el peor es-

cenario a ser condenado y que se le abonara

la pena compurgada, o no interponer amparo

alguno, terminar de compurgar su sentencia y

quedarse con el estatus de condenado. Esto

es, nadie le obliga a promover el amparo,

pero a la vez se impide que si opta por su

promoción obtenga su libertad y de facto su

absolución sin haber sido juzgado, generando

una eventual impunidad.

Traigo a colación la máxima del derecho

húngaro que refiere el autor “nadie debe ser

juzgado dos veces, pero tampoco nadie debe

ser dejado de juzgar,” entendida ésta en el

sentido de que una vez que se han reunido

los requisitos para ser juzgado, el juicio debe

culminar con sentencia válida dictada por tri-

bunal competente.

Concluyo el tratamiento de este tema

con una reflexión del pleno de nuestro más

alto tribunal al resolver la contradicción de

tesis 30/90, “Todo rigorismo técnico estará

subordinado siempre a la observancia del fin

supremo esencial de impartir justicia.” Que

viene creo yo, a respaldar la postura del ma-

gistrado Higuera Corona en este tema del

juzgamiento por autoridad incompetente.

Esto es, si la interpretación extensiva de un

principio o norma no conduce necesariamen-

te a la realización del bien justicia y atropella

los derechos de la víctima, llámese particular

o sociedad en general, habrá que descartar

tal alcance, más aun cuando la defensa tuvo la

oportunidad, como es el caso que nos ocupa,

de haber remediado el vicio que hasta aho-

ra invoca alegando la inobservancia de dicho

principio, y no lo hizo.

En la segunda parte del libro, el doctor

Higuera Corona aborda la polémica institu-

ción de la reincidencia, que resulta empa-

rentada con el principio non bis in idem, en la

medida que se ha considerado que su apli-

cación es un sancionar dos veces la primera

conducta. El autor con pulcritud reseña su

surgimiento y evolución histórica, al mismo

tiempo que va cimentando las sólidas premi-

sas con que habrá más adelante de fijar su

razonada postura: la agravante de reincidencia

no es incompatible con un Estado social y de-

mocrático de derecho, si se regula dentro de

los márgenes del principio de proporcionali-

dad en la imposición de la pena, sin exceder

nunca el límite del máximo legalmente pre-

visto, lo que excluye cualquier equiparación

a tipos de autor. Si se respeta dicho principio

lo que castiga no es el primer delito, sino el

nuevo cometido en sí mismo considerado, sin

el cual es inviable hacer cualquier pronuncia-

miento sobre la condición o el carácter de

un sujeto no culpable de delito alguno; y de

existir aquél, la calidad de reincidente es un

dato más a considerar entre todos los que

deben tomarse en cuenta para la correcta de-

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44 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

C O N T E N I D O J U R Í D I C O

terminación de la pena a imponer, conforme

a los parámetros fijados por la ley para el caso

concreto.1

1 Opinión contraria parece sostener la Primera Sala de la SCJN mediante la reciente jurisprudencia 1ª/J.10/2011 (9ª): “CULPABILIDAD. PARA DETERMINAR SU GRADO NO DE-BEN TOMARSE EN CUENTA LOS ANTECEDENTES PENA-LES DEL PROCESADO. A través de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1994, al artículo 52 del entonces Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Ma-teria de Fuero Federal, para efectos de la individualización de la pena, se abandonó el criterio de peligrosidad adoptándose el de determinación del grado de culpabilidad, acorde con el cual la pena debe imponerse por lo que el delincuente ha hecho y no por lo que es o por lo que se crea que va a hacer, pues se trata de un derecho penal de hecho y no de autor. Por otra parte, el artículo 51 del Código Penal Federal (vigente) establece la regla general para la aplicación de sanciones, al prever que los juzgadores deben tener en cuenta las circuns-tancias exteriores de ejecución y las peculiares del procesado; en tanto que el numeral 52 del mismo ordenamiento prevé la regla específica para la individualización de sanciones, seña-lando los elementos que los juzgadores deben considerar para realizarla, esto es, la gravedad del ilícito y el grado de culpabili-dad, así como los factores que deben tener en cuenta a fin de individualizar las penas y medidas de seguridad con base en dichos elementos. Ahora bien, las circunstancias exteriores de ejecución, referidas en la regla general de aplicación de san-ciones corresponde, en la regla específica de individualización de penas y medidas de seguridad, a los factores por los que se precisa la gravedad del ilícito, los cuales se contienen en las fracciones I a IV de dicho artículo 52, y las circunstancias pe-culiares del delincuente, también señaladas en la mencionada regla general, en la individualización de penas y medidas de seguridad, se observan al verificarse los factores contenidos en sus fracciones V a VII, y así fijar el grado de culpabilidad del agente. Así, son circunstancias peculiares del procesado, su edad, educación, ilustración, costumbres, condiciones sociales y económicas (fracción V); y si bien es cierto que los motivos que lo impulsaron a delinquir (fracción V), su comportamiento posterior al hecho ilícito (fracción VI) y las demás condiciones en que se encontraba en el momento de cometer el delito (fracción VII), pueden ser circunstancias peculiares reveladoras de su personalidad -que pudieran conducir a establecer que la individualización de las penas y medidas de seguridad atiende a un derecho penal de autor-, también lo es que tal revelación de la personalidad únicamente puede considerarse en relación con el hecho cometido, ya que la individualización de las penas y medidas de seguridad, con base en el grado de culpabilidad, implica la relación del autor del hecho ilícito con éste, lo cual conduce a establecer dicho grado de culpabilidad con base en aspectos objetivos que concurrieron al hecho delictuoso, sin que deban considerarse circunstancias ajenas a ello. Por tanto, los antecedentes penales no pueden incluirse entre los factores que los juzgadores deben atender para determinar el grado de culpabilidad, pues no tienen la naturaleza de circuns-tancias peculiares del delincuente, ya que no corresponden a una característica propia de él, además de que entre esos factores no se hace alusión a conductas anteriores al hecho delictivo.”Solicitud de modificación de jurisprudencia 9/2011. Magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito. 6 de julio de 2011. Mayoría de tres votos.

El doctor Higuera recurre de nueva

cuenta al estudio del derecho comparado

e informa que en España la reincidencia no

incide en la gravedad del nuevo delito sino

en la responsabilidad o culpabilidad criminal

del agente. Para finalizar, De Lege Ferenda

realiza interesantes sugerencias para modifi-

car la regulación normativa en torno a esta

institución, entre ellas la de que en la hipótesis

de segunda o doble reincidencia, la pena a

imponer invariablemente tenga como tope el

límite máximo señalado para dicha conducta,

con lo que estoy totalmente de acuerdo.

Espero que estos breves y someros co-

mentarios inviten a los aquí presentes a la lec-

tura del libro Non bis in idem y reincidencia,

la cual seguramente disfrutarán tanto como

yo y les llevará seguramente a formular sus

propias reflexiones, que podrán o no coinci-

dir con el autor, pero que a final de cuentas

ensancharán su panorama acerca de los tópi-

cos tratados.

Felicito sinceramente al autor Jorge Hi-

guera Corona por esta importante aporta-

ción a la bibliografía jurídica, de fácil lectura

y abundantemente documentada, que por

sobrados méritos obtuvo de la Universidad

Autónoma de Barcelona la máxima califica-

ción excellent cum laude, y que con certeza se

constituirá en un referente obligado de con-

sulta acerca de los temas de non bis in idem y

reincidencia.

Disidentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada. Visible en el libro V, febrero de 2012, tomo 1, página 643 del SJF y su Gaceta.”

Page 45: revista octubre 1
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revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

A R T E Y C U L T U R A

46

Revista de la Facultad de Derecho de México. Tomo LXII Número 257 Enero-Junio 2012. VV. AA

En esta edición se engloba todo lo que en este periodo se

expuso sobre temas de interés jurí-dico en la Facultad de Derecho de la UNAM. Es sin duda una intere-sante recopilación de los diferentes tópicos expuestos por algunas de las más renombradas personalida-des del quehacer jurídico, como la Dra. María Leoba Castañeda, Emilio Buendía Díaz, Lorenzo Córdova Via-nello, José Barroso Figueroa, Sergio García Ramírez, Eva Leticia Orduña, Santiago Nieto Castillo y Luis Espín-dola Morales, entre otros, quienes aportan en cada uno de sus trabajos la semblanza del tema, algunos de sus pormenores así como sus re-flexiones sobre el tópico que tratan.

Entre los temas de este traba-jo podemos encontrar Dilemas del IFE para el modelo de comunicación político-electoral en México, El pro-ceso monitorio europeo, El recurso de amparo en el ordenamiento jurídico español, Responsabilidad patrimonial del Estado: algunas consideraciones, y Los derechos de los niños desde el Derecho Internacional, entre otros más de considerable importancia para quienes desean estar al día en la siempre actualizable temática ju-rídica tanto a nivel nacional como internacional.

Cultura Jurídica. De los Seminarios de la Facultad de Derecho de la UNAM. Número 3. VV. AA

En esta obra el lector podrá encontrar los diferentes se-

minarios y artículos que diversos profesionistas del quehacer jurídico presentaron en la Facultad de De-recho de nuestra máxima casa de estudios en el periodo de julio a septiembre de 2011.

En este libro encontramos las ideas de reconocidos juristas como el Dr. Juan Manuel Saldaña, Dr. Ma-nuel Ruiz, maestra Carina Gómez, Dr. Porfirio Marquet, Lic. Pedro Ojeda y la Dra. Elssie Núñez, en-tre otros distinguidos profesionistas, vertidas en forma de interesantes seminarios que versan sobre varios temas del derecho en sus diferentes ramas, en donde abundan en temas como la expropiación de bienes ejidales comunales, el informe pre-sidencial, la regulación fiscal de las operaciones en aguas internaciona-les y el derecho a la información y democratización de los medios de comunicación, entre otros.

Sin duda, este es un magnífi-co glosario de temas actuales de considerable importancia y utilidad para quienes están involucrados en el quehacer legal no sólo en nues-tro país, sino en otras latitudes del mundo.

Cultura Jurídica. De los Seminarios de la Facultad de Derecho de la UNAM. Número 4. VV. AA

En esta edición número 4 de octubre a diciembre de

2011 encontramos valiosas apor-taciones de reconocidas figuras del medio jurídico. En este número son el Lic. Pedro Noguerón, Lic. Miguel Ángel Vázquez, Dra. Socorro Apre-za, Dra. María Elena Mansilla y el Dr. José Pablo Patiño, entre otras personalidades del quehacer legal, quienes sin duda enriquecen con sus aportaciones el acervo cognitivo en los diferentes aspectos jurídicos.

Entre los seminarios podemos encontrar, por ejemplo, Proble-mática jurídica sobre el comercio exterior, El juicio oral mercantil, El nuevo sistema de enjuiciamiento penal mexicano, Necesidad de re-visar el sistema de pensiones de retiro, Convenio sobre ley aplicable en materia de accidentes de circu-lación por carretera, entre otros interesantes temas que por ende marcan la pauta en la actual convi-vencia humana, y es precisamente por su valor ideológico y práctico por lo que estas dos obras merecen ser revisadas con detenimiento por quienes están inmersos en estos menesteres jurídicos.

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Page 48: revista octubre 1

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En la Universidad Tepantlato consideramos que la actualización del

abogado es una tarea constante y permanente para brindar un me-

jor servicio. Prueba de ello es la creación de una sala para Juicio oral,

con el objetivo de que los estudiantes de todas nuestras especialida-

des del Derecho conozcan y representen este sistema de impartición

de justicia. a través de juicios simulados y dentro de un salón con

las características necesarias, los estudiantes conocerán los procedi-

mientos y las fases de este novedoso sistema judicial en nuestro país.

Mtro. Sergio Cárdenas Caballero, distinguido abogado postulante durante la simulación de un Juicio Oral.

Alumna representando al Juez en un ejercicio de Juicio Oral.

Dr. Ciro Betancourt García, Juez Noveno de Delitos No Graves, impartiendo una clase de Juicio Oral.

Alumna representando al Fiscal en un ejercicio de Juicio Oral.

Page 49: revista octubre 1

O directamente en la Universidad Tepantlato ubicada en: Av. Baja California 157, Col. Roma Sur Del. Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06760Tel. 5564 - 8373 / Ext. 105En ambos casos debe de incluir : nombre completo, teléfono y correo electrónico.

Horario de atención:Lunes a viernes de 08:00 a 15:00 hrs. y de 17:00 a 18:00 hrs.Sábado de 9:00 a 13:00 hrs.

Taller Teórico/PrácticoProceso Acusatorio Adversarial

( Juicios Orales) presencial y en líneatEMas:1. Proyecto del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.2. ETAPA DE INVESTIGACIóN (Investigación Inicial, Investigación Formali-

zada). Orden de Aprehensión y Comparecencia.3. Cadena de Custodia.4. Medios Alternativos de Solución de Conflictos y Justicia Restaurativa.5. ETAPA DE INVESTIGACIóN (Investigación Inicial Directa), Audiencia de

Control de Detención.6. Medidas Cautelares y Precautorias.7. Criterios de Oportunidad.8. ETAPA DE PROCESO (Formulación de la Imputación, Lectura de De-

rechos, Declaración Inicial, Duplicidad de Plazo, Auto de Vinculación a Proceso).

9. ETAPA INTERMEDIA (Formulación de Acusación, Acuerdos Probatorios, Preparación a Juicio).

10. ETAPA DE JUICIO (Audiencia de Debate, Alegatos de Apertura, Desaho-go de Pruebas, Alegatos de Clausura, Deliberación y Fallo, Audiencia de Individualización de Sanciones, Audiencia de Lectura de Sentencias).

11. MEDIOS DE IMPUGNACIóN y ETAPA DE EJECUCIóN DE SANCIO-NES (Audiencias).

12. El Sistema Acusatorio en relación a los Menores en Conflicto con la Ley.

sEDE: universidad tepantlato

PErioDo:Del 6 de febrero al 14 de marzo de 2013

Horario:Miércoles y jueves de 17:30 a 20:30 hrs.

costo: $3.000.00Inscripción: $1.000.002 pagos de: $1.000.00 c/u

Documentación importante para la obtención de su constancia: Copia de Acta de nacimiento Comprobante de estudios Copia de Cédula Copia de Título 4 fotografías tamaño diploma color o B/N

información importante para los alumnos en línea: Sistema Operativo Windows XP o superior Explorador Internet Explorer 8 o superior Memoria RAM de 512 o superior Internet de banda ancha Cámara Web y micrófono

informes e inscripciones:Preferentemente vía electrónica:http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_taller.html

Depósito en cuenta:A nombre del Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores S.C.BBVA Bancomer: 0161998846, Clabe interbancaria: 012180001619988462HSBC: 04035642990, Clabe interbancaria: 021180040356429906

se deberá llevar el comprobante de depósito original para su inscripción.

Una vez hecho el depósito, deberá registrarse en: http://www.universidadtepantlato.edu.mx/r_taller.htmly posteriormente enviar la ficha escaneada al correo electrónico: [email protected]

PonEntEs:

Dr. leobardo Miguel Martínez soria Magistrado de la Segunda Sala Colegiada en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México con residencia en Texcoco.

Dr. rafael Guerra álvarez Magistrado de la Séptima Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Humberto Manuel román FrancoMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Mtro. Marcelino sandoval MancioResponsable de la Agencia en la Coordinación de Agentes del Ministerio Público, Auxiliares del Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Héctor Pichardo aranzaMagistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México Adscrito a la Sala Familiar de Tlalnepantla.

Dr. Felipe landeros HerreraJuez Tercero de lo Penal en Cuautitlán Izcalli, Estado de México.

Mtro. nemecio Guevara rodríguezJuez Vigésimo Primero Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. javier raúl ayala casillasMagistrado de la Séptima Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. ciro betancourt GarcíaJuez Noveno Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Mauro Morales sánchezJuez Trigésimo Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. josé Eligio rodríguez albaJuez Quincuagésimo en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Héctor González EstradaJuez Noveno de Adolescentes para Delitos Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. ramón alejandro sentíes carriles Magistrado de la Sexta Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Page 50: revista octubre 1

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Especialista en atención integral del paciente adultoatención primariaEnfermos complejos de diagnóstico difícilaquejados por varias enfermedadesafectados por diferentes órganos

Dr. Miguel Ángel Pérez Sánchez

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52 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

1er SEMESTRE• Introducción al estudio del Derecho • Sociología• Derecho romano I• Técnicas de investigación• Teoría económica• Prevención del delito I

2o SEMESTRE• Historia del pensamiento económico• Derecho romano II• Teoría general del Estado• Derecho civil I• Metodología jurídica• Prevención del delito II

3er SEMESTRE• Derecho penal I• Derecho civil II• Historia del derecho mexicano• Derecho constitucional• Deontología jurídica• Teoría política

4o SEMESTRE• Derecho penal II• Derecho mercantil I• Derecho civil III• Teoría general del proceso• Garantías individuales y sociales• Derechos humanos

5o SEMESTRE• Derecho mercantil II • Derecho civil IV• Derecho procesal penal• Derecho procesal civil• Derecho administrativo I• Derecho de justicia de menores

6o SEMESTRE• Derecho mercantil III• Práctica forense del derecho penal

• Práctica forense del derecho privado• Derecho notarial y registral• Derecho administrativo II• Derecho canónico

7o SEMESTRE• Derecho agrario• Derecho del trabajo I• Práctica forense de derecho administrativo• Derecho ambiental • Régimen jurídico del comercio exterior• Legislación sanitaria

8o SEMESTRE• Derecho de amparo• Derecho internacional público• Derecho del trabajo II• Derecho fiscal• Derecho de la seguridad social• Derecho del deporte

9o SEMESTRE• Práctica forense del derecho de amparo• Derecho procesal constitucional• Derecho internacional privado• Filosofía del derecho• Práctica forense del derecho del trabajo• Práctica forense del derecho fiscal• Medicina forense

10o SEMESTRE• Derecho de autor y propiedad industrial• Derecho electoral• Derecho municipal• Criminología• Derecho penitenciario• Proyecto de investigación

Planta DocEntEPlan DE EstuDios DE lalicEnciatura En DErEcHo

Dr. armando Valdez rodríguezDistinguido abogado postulante con maestría y doctorado en Derecho Laboral por el Instituto de Posgrados en Derecho.

Dr. josé refugio Vite PalmaDistinguido abogado postulante, egresado del doctora-do en Ciencias Penales de la Universidad Tepantlato.

Dr. Mauro Morales sánchez Juez Trigésimo Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. raúl García DomínguezSecretario de acuerdos del Juzgado Trigésimo Noveno en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, egresado del doctorado en Ciencias Penales de la Universidad Tepantlato.

lic. alfredo yáñez Pérez Licenciado en filosofía, egresado de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM.

lic. a. Molina Martínez Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Civil en la Universidad Tepantlato.

lic. Eduardo aristeo torres sánchez Distinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

lic. Enrique González cerecedoEgresado de la Facultad de Derecho de la UNAM e Investigador de la Universidad Tepantlato.

lic. Hugo Morales de la rosa Juez Oficial Administrativo del Noveno Tribunal Cole-giado en Materia Penal del Primer Circuito, realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

lic. jazmín arellano MendozaSecretaria Proyectista del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

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53www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected]

Planta DocEntE DE lalicEnciatura En DErEcHo

lic. juan Manuel Gutiérrez Guereca Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

lic. julio césar Medina rodríguez Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Constitucional en la UNAM.

lic. Marco antonio Pérez Vargas Secretario del Juzgado Sexto de Amparo Penal del Distrito Federal, realizando estudios de maestría en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

lic. María Eugenia Peñaloza Macías Distinguida abogada postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Civil en la Universidad Tepantlato.

lic. Martín Gutiérrez del MontePasante de Derecho en el Juzgado Cuadragésimo Primero Familiar, realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

lic. Mayela cortéz lópez Distinguida abogada postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Civil en la Universidad Tepantlato.

lic. omar Escartín Garrido Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

lic. Pedro lópez HernándezSupervisor de la Dirección de Justicia Cívica, realizando estudios de maestría en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

lic. raúl alcantar EstradaDistinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Civil en la Universidad Tepantlato.

lic. ricardo brígido Moreno Distinguido abogado postulante.

lic. roxana trigueros olivaresDistinguida abogada postulante.

Mtra. carmen Margarita Villar reyesLicenciada en Sociología con maestría en Ciencias Penales y especialización en Criminología.

Mtra. johana P. robles carrilesDistinguida abogada postulante, doctorando en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

Mtra. Miriam Eliud Huerta GutiérrezDistinguida abogada postulante, egresada de la maestría en Derecho de Amparo de la Universidad Tepantlato.

Mtra. Mónica Mellado tapiaJuez Penal Oral de Cuantía Menor de Chimalhuacán, Estado de México, egresada de la maestría en Cien-cias Penales de la Universidad Tepantlato y realizan-do estudios de maestría en Derecho de Amparo en la misma Universidad.

Mtra. Mónica nava de ávilaDistinguida abogada postulante, doctorando en Derecho Constitucional.

Mtra. nadia ángeles Velazquillo sánchezDistinguida abogada litigante, realizando estudios de Derecho Civil.

Mtro. apolonio Fuentes ambrízDistinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

Mtro. David salvador lópez sotoSecretario de Juzgado del Octavo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito del Poder Judicial de la Federación, maestría en Derecho Pro-cesal Constitucional en la Universidad Panamericana.

Page 54: revista octubre 1

54 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

Planta DocEntE DE lalicEnciatura En DErEcHo

Mtro. Esli josué Domínguez de la o Distinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Ciencias Penales de la Universidad Tepantlato y doctorando en Ciencias Penales en la misma Universidad.

Mtro. Héctor antonio ruíz ángel Asesor en la Comisión de Aduanas en la Cámara de Diputados, doctorando en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

Mtro. Héctor Hugo negrete Galicia Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho Penal en la Universidad Tepantlato.

Mtro. Holbin Guadalupe Pérez lópezSecretario Proyectista del Juzgado Septuagésimo Noveno en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. isaac ortíz nepomucenoSecretario Proyectista de Juzgado de Paz Adscrito al Juzgado Cuadragésimo Tercero de Paz Civil del Distrito Federal.

Mtro. iván ojeda salazarSecretario Proyectista Adscrito a la Novena Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Dis-trito Federal, egresado de la maestría en Derecho Ci-vil de la Universidad Tepantlato y realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la misma Universidad.

Mtro. javier bautista VilchisDistinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

Mtro. jorge Manuel orona negrete Distinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Derecho de Amparo en la Universidad Tepantlato y doctorando en Ciencias Penales en la misma Universidad.

Mtro. josé luis lópez PérezAbogado postulante, egresado de la maestría en Derecho de Amparo de la Universidad Tepantlato.

Mtro. juan Manuel alcantar MendozaDistinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Derecho Civil en la Universidad Tepantlato.

Mtro. Marco antonio negrete GaliciaDistinguido abogado postulante, con especialidad en Ciencias Penales y egresado de la maestría en Dere-cho de Amparo en la Universidad Tepantlato.

Mtro. Martín torres contreras Distinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Derecho de Amparo de la Universidad Tepantlato.

Mtro. óscar Daniel Flores ramírez Distinguido abogado postulante, realizando estudios de maestría en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

Mtro. sergio cárdenas caballero Distinguido abogado postulante, egresado de la maestría en Ciencias Penales de la Universidad Tepantlato y doctorando en Ciencias Penales en la misma Universidad.

Mtro. ubaldo jesús serrano García Subdirector de Procesos y Procedimientos Fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Mtro. Víctor iván ramos solísDistinguido abogado postulante, doctorando en Ciencias Penales en la Universidad Tepantlato.

Mtro. Víctor Manuel Morales PozoDistinguido abogado postulante.

Mtro. David Efrén romero sastreDistinguido abogado postulante.

lic. ángel cruz GutiérrezDistinguido abogado postulante.

Mtro. raúl Díaz rodríguezDistinguido abogado postulante. Doctorando en Derecho Constitucional en la Universidad Tepantlato.

Page 55: revista octubre 1

catEdrátIcos:dr. Julio Humberto Hernández FonsecaMagistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y catedrático de la Universidad Tepantlato.

dr. Miguel covián andradeCatedrático de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, especialista en Derecho Constitucional, en Ciencia Política y en Control de la Constitucionalidad.

dr. Gustavo Moscoso salasCatedrático de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, especialista en Metodología e Investigación Jurídica y en Derecho Constitucional.

dr. armando Hernández cruzCatedrático de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, especialista en Derecho Constitucional y en Control de la Constitucionalidad.

conFErEncIstas:dr. Jorge Mario Pardo rebolledoMinistro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, doctor por la Universidad Tepantlato, catedrático de ésta y miembro del Consejo Académico.

lic. luis María aguilar MoralesMinistro de la Suprema Corte de Justicia, catedrático de la Universi-dad Iberoamericana, en la Facultad de Derecho de la UNAM y de la Universidad Autónoma Metropolitana.

dr. noé castañón leónMinistro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Doctor Honoris Causa por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Supe-riores, hoy Universidad Tepantlato.

lic. Fauzi Hamdan amadRector de la Escuela Libre de Derecho.

dr. Máximo carvajal contrerasEx-director y catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM.

coordInador GEnEral acadÉMIcoDr. Julio Humberto Hernández Fonseca

coordInador adMInIstratIvoMtro. José de Jesús Alcaraz Orozco

Multilínea: 5564•8373Av. Baja California 157, Col. Roma SurDel. Cuauhtémoc, C.P. 06760www.universidadtepantlato.edu.mxInformes@universidadtepantlato.edu.mx

Plan dE EstudIos:6 cuatrimestres

HorarIo:viernes de 17:00 a 21:00 hrs. y sábados de 9:00 a 13:00 hrs.

InscrIPcIón:hasta el 15 de octubre

InIcIo dE clasEs:19 de octubre

ProMocIón:hasta el 15 de octubre descuento del 25% en inscripción y colegiatura

docuMEntacIón: Carta de exposición de motivos síntesis curricular 6 fotografías tamaño infantil b/n 4 fotografías tamaño diploma b/n 8 fotografías tamaño título b/n Copia del grado de la maestría Copia de cédula de la maestría Copia del CURP original de acta de nacimiento certificada original del certificado de estudios totales de la maestría

Módulos:• Teoría de la constitución• Metodología e investigación jurídica• sistema político y estructuras de gobierno• seminario de argumentación e interpretación

constitucional• sistemas electorales, partidos políticos y participación ciudadana• Temas selectos del derecho constitucional mexicano• seminario sobre la competencia constitucional

de las entidades federativas• seminario sobre el sistema internacional de derechos Humanos y su incorporación al derecho interno• Teoría del control de la constitucionalidad• derecho constitucional comparado• Temas selectos del juicio de amparo• sistemas de control de la constitucionalidad

comparados

doctorado

en derecho

constitucionalRVOE 20121434

universidadtepantlato

Page 56: revista octubre 1

DoctoradosConoce nuestros

Ciencias Penales

Derecho ConstitucionalRVOE 20120877

RVOE 20121434

Derecho FamiliarDerecho CivilRVOE 20121436

RVOE 20121435

P r ó x i m a sf e c h a s2 0 1 3

Pr

óx

im

as

fe

ch

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20

13

Pr

óx

im

as

fe

ch

as

20

13

nuestro claustro de doctores está confor-mado por especialistas en cada uno de los doctorados y cuentan con amplia trayec-toria en la función pública como son: Jue-ces del Tribunal superior de Justicia del Distrito Federal, Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Federación, así como abogados postulantes, distinguidos aca-démicos e investigadores de la Universi-dad Tepantlato.

El PERioDo DE insCRiPCión sE abRE Una vEz al año PoRqUE PRivilEgia-Mos la CaliDaD y la ExCElEnCia aCaDéMiCa.

nUEsTRos MaEsTRos CoMPaRTEn gE-nERosaMEnTE sUs ConoCiMiEnTos, sin RECibiR ningUna RETRibUCión EConóMiCa CoMo Un sERviCio a la soCiEDaD y al DERECHo.

Multilínea: 5564•8373Av. Baja California 157, Col. Roma SurDel. Cuauhtémoc, C.P. 06760www.universidadtepantlato.edu.mxInformes@universidadtepantlato.edu.mx

universidadtepantlato

Page 57: revista octubre 1

docuMEntacIón: Carta de exposición de motivos síntesis curricular 6 fotografías tamaño infantil b/n 4 fotografías tamaño diploma b/n 8 fotografías tamaño título b/n Copia del título profesional Copia de cédula profesional Copia del CURP original de acta de nacimiento certificada y 3 copias original del certificado de estudios totales de licenciatura y 3 copias

Planta docEntEdra. laura contreras navarreteSubdirectora de Logística de la Agencia Federal de Investigación de la Procuraduría General de la República. dra. Ma. del rosario ruíz GonzálezDistinguida Catedrática de la Universidad Tepantlato y de la UNAMdra. Mónica Ibarra GonzálezTitular de la Jefatura de Planeación, Evaluación y Estadística del Centro de Actualización del Magisterio en el Distrito Federal. (CAMDF SEP) perteneciente a la Dirección General de Norma-les (DEGEM SEP).Mtra. carmen Margarita Villar reyesLicenciada en Sociología con maestría en Ciencias Penales especializada en Criminología.

El PERioDo DE insCRiPCión sE abRE Una vEz al año PoRqUE PRivilEgiaMos la Ca-liDaD y la ExCElEnCia aCaDéMiCa.

Multilínea: 5564•8373av. baja California 157, Col. Roma surDel. Cuauhtémoc, C.P. 06760www.universidadtepantlato.edu.mx [email protected]

MaestríaEducación

en

RvoE 20120884

universidadtepantlato

Proceso de selección 2013/1 Inicio de clases: 20 de octubre Horario: sábados de 8:00 a 12:00 hrs. Examen de admisión: 3, 5, 10 y 12 de octubre a las 7:00 o 18:00 hrs. resultados del examen de admisión: al siguiente día de realizado costo del examen de admisión: $300.00 Promoción: hasta el 15 de octubre descuento del 25% en inscripción y colegiatura Plan de estudios en 4 semestres

Plan dE EstudIosMaEstría En EducacIón

1er. semestre• Epistemología de la Educación • Sociedad y Educación • Modelos Educativos • Psicología Cognitiva• Instituciones y Procesos Educativos 2do. semestre• Métodos y Técnicas de Investigación Educativa• Globalización y Educación • Educación Basada en Competencias• Desarrollo del Personal Docente•Currículum y Educación 3er. semestre• Estadística Aplicada a la Investigación Educativa• Tecnologías de Información

y Comunicación en Educación• Creatividad e Innovación en el Proceso de Enseñanza • Didáctica y Competencias Docentes• Evaluación y Educación 4to. semestre• Seminario de Investigación• Desarrollo de Instrumentos de Evaluación

de Competencias• Seminario de Integración Docente• Productividad y Calidad en Organizaciones Educativas • Organismos y Procesos de Acreditación y Certificación

Page 58: revista octubre 1

docuMEntacIón:

Carta de exposición de motivos

síntesis curricular

6 fotografías tamaño infantil b/n

4 fotografías tamaño diploma b/n

8 fotografías tamaño título b/n

Copia del título profesional

Copia de cédula profesional

Copia del CURP

original de acta de nacimiento

certificada y 3 copias

original del certificado de estudios

totales de licenciatura y 3 copias

Proceso de selección 2013/1

inicio de clases:

octubre de 2012

Examen de admisión:

3, 5, 10 y12 de octubre

a las 7:00 o 18:00 hrs.

Resultados del examen de admisión:

al siguiente día de realizado

Costo del examen de admisión:

$300.00

Promoción:

hasta el 15 de octubre descuento

del 25% en inscripción y colegiatura

Plan de estudios en 4 semestres

nUEsTRos MaEsTRos CoMPaRTEn gE-

nERosaMEnTE sUs ConoCiMiEnTos,

sin RECibiR ningUna RETRibUCión

EConóMiCa CoMo Un sERviCio a la

soCiEDaD y al DERECHo.

El PERioDo DE insCRiPCión sE abRE

Una vEz al año PoRqUE PRivilEgia-

Mos la CaliDaD y la ExCElEnCia

aCaDéMiCa.

Multilínea: 5564•8373

Av. Baja California 157, Col. Roma Sur

Del. Cuauhtémoc, C.P. 06760

www.universidadtepantlato.edu.mx

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Derecho de amparo

Derecho Familiar

Derecho Civil

Ciencias PenalesRVOE 20120881

RVOE 20120883

RVOE 20120882

RVOE 20120880

universidad

tepantlato

nuestro claustro de maestros está conformado por especialistas en cada una de las materias de nuestras maestrías y cuentan con amplia trayectoria en la fun-ción pública como lo son: Jueces del Tribunal superior de Justicia del Distrito Federal, Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Federación, así como aboga-dos postulantes especialistas en la materia, distingui-dos académicos e investigadores de la Universidad Tepantlato.

Page 59: revista octubre 1

59www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected]

Planta DocEntE DE la MaEstría En DErEcHo DE aMParo

Dr. jorge Mario Pardo rebolledoMinistro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, doctor por la Universidad Tepantlato, catedrático de ésta y miembro del Consejo Académico.

Mtro. Manuel Ernesto saloma VeraConsejero de la Judicatura Federal.

Dr. ricardo romero VázquezMagistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Dr. julio Humberto Hernández FonsecaMagistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Dr. Horacio armando Hernández orozcoMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Mtro. Fernando rangel ramírezMagistrado del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtra. angélica Marina Díaz PérezMagistrada del Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito.

Mtro. juan Wilfrido Gutiérrez cruzMagistrado del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Mtro. Felipe alfredo Fuentes barreraMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Dr. alejandro sosa ortízMagistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Segundo Circuito.

Mtro. Miguel Enrique sánchez FríasMagistrado del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito en Nezahualcóyotl, Estado de México.

Mtra. María Gabriela rolón MontañoMagistrada del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Mtro. Víctor Manuel Méndez cortésMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito con residencia en Naucalpan, Estado de México.

Mtro. Francisco javier sandoval lópezMagistrado del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Víctor Francisco Mota cienfuegosMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Dr. Gonzalo Hernández cervantesMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Dr. juan carlos ortega castroMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Dr. Humberto Manuel román FrancoMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Mtro. Neófito López RamosMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

lic. Fernando sánchez calderónMagistrado del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Mtro. javier cardoso chávezMagistrado del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Mtro. josé Martínez GuzmánMagistrado del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Mtra. María de lourdes lozano MendozaMagistrada del Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito.

Mtro. Daniel Horacio Escudero contrerasMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Dr. indalfer infante Gonzales Magistrado del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Dr. Fernando córdova del ValleJuez Décimo Octavo de Distrito en Procesos Penales Federales en el Distrito Federal.

Doctorando carlos lópez cruzJuez Décimo Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal.

Doctorando óscar alejandro lópez cruzJuez Segundo de Distrito, especializado en ejecución de penas con residencia en Tlalnepantla de Baz, Estado de México y Jurisdicción en toda la República Mexicana.

Mtro. Felipe V consuelo sotoJuez Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.

lic. Víctor ausencio romero HernándezJuez Noveno de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal.

Dra. Mónica ibarra GonzálezTitular de la Jefatura de Planeación, Evaluación y Estadística del Centro de Actualización del Magisterio en el Distrito Federal. (CAMDF SEP) pertene-ciente a la Dirección General de Normales (DEGEM SEP).

Page 60: revista octubre 1

60 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

Planta DocEntE DE la MaEstría En DErEcHo FaMiliar

Mtro. josé antonio navarrete HernándezJuez Trigésimo Séptimo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. óscar Gregorio cervera rivero Magistrado de la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. óscar barragán albarrán Secretario Proyectista de la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Presidente de Sala.

Mtro. Eduardo García ramírez Juez Noveno en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Víctor Manuel rocha segura Juez Décimo Cuarto en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María teresa cruz abrego Maestra en Derecho Familiar, distinguida Investigadora de la Universidad Tepantlato.

Mtro. Eduardo Vélez arteaga Juez Décimo Tercero en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María Elena ramírez sánchez Juez Tercero de lo Familiar del Tribunal Superiorde Justicia del Distrito Federal.

Mtra. Margarita Gallegos lópezJuez Séptimo de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. rebeca Florentina Pujol rosas Magistrada de la Primera Sala de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. David suarez castillo Agente del Ministerio Público Supervisor en funciones de Responsable de la Tercera Agencia de Procesos en Juzgados Familiares.

Mtro. Germán Felipe campos Mier Juez Vigésimo Cuarto del Registro Civil de la Conseje-ría Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal.

Mtra. María de jesús jacaranda solís ledezmaJuez Vigésimo Segundo en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. Gloria rosa santos Mendoza Juez Sexto de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. josé de jesús alcaraz orozco Secretario del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Mtro. alejandro tadeo Villanueva armentaSecretario del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Mtro. josé de jesús Delgado González Secretario Actuario de la Segunda Sala Familiar.

Dra. rosario ruíz GonzálezDistinguida Catedrática de la Universidad Tepantlato.

Mtra. carmen Margarita Villar reyesLicenciada en Sociología con maestría en Ciencias Penales especializada en Criminología.

Page 61: revista octubre 1

61www.tepantlato.com.mx 2012 OCTUBRE

[email protected]

Planta DocEntE DE la MaEstría En DErEcHo ciVil

Dr. juan carlos ortega castroMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.

Dr. Gonzalo Hernández cervantesMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Fernando rangel ramírezMagistrado del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Víctor Francisco Mota cienfuegosMagistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Mtro. Edmundo Vásquez MartínezMagistrado por M.L. en la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. álvaro augusto Pérez juárezMagistrado de la Octava Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María del socorro Vega zepedaMagistrada de la Novena Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Eliseo juan Hernández VillaverdeJuez Trigésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. juan ángel lara laraJuez Noveno de Paz Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. Minerva tania Martínez cisnerosJuez Segundo de Paz Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María del rocío Martínez urbinaJuez Décimo Noveno en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María Elena Galguera GonzálezJuez Primero Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. juan Hugo Morales MaldonadoJuez Octogésimo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Guillermo álvarez MirandaJuez Vigésimo Sexto de Paz del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. Flor del carmen lima castilloJuez Sexágesimo Primero Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Francisco rené ramírez rodríguezJuez Octogésimo Segundo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. María de los ángeles rojano zavalzaMagistrada en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. alejandro tadeo Villanueva armentaSecretario del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Mtro. Víctor Manuel rocha seguraJuez Décimo Cuarto en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtra. lidia barrera santiagoJuez Septuagésimo en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. josé luis De Gyves Marín Juez Quincuagésimo Quinto en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Francisco neri rosalesJuez Trigésimo en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. josé de jesús alcaraz orozcoSecretario Adscrito al Primer Tribunal Colegiadoen Materia Administrativa del Primer Circuito.

Mtro. iván ojeda salazarSecretario Proyectista Adscrito a la Novena Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. raúl García DomínguezSecretario de Acuerdos del Juzgado Trigésimo Noveno en Ma-teria Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, egresado del doctorado en Ciencias Penales de la Universidad Tepantlato.

Mtra. carmen Margarita Villar reyesLicenciada en Sociología con maestría en Ciencias Penales especializada en Criminología.

Dr. jaime Daniel cervantes MartínezDistinguido Catedrático de la Universidad Tepantlato.

Page 62: revista octubre 1

62 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

Planta DocEntE DE la MaEstría En ciEncias PEnalEs

Dr. Humberto Manuel román FrancoMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Dr. rafael Guerra álvarezMagistrado de la Séptima Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. javier raúl ayala casillasMagistrado de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. ramón alejandro sentíes carrilesMagistrado de la Sexta Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Héctor Pichardo aranzaMagistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México adscrito a la Sala Familiarde Tlalnepantla, Estado de México.

Dr. leobardo Miguel Martínez soriaMagistrado de la Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México con residencia en Texcoco.

Doctorando carlos lópez cruzJuez Décimo Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal.

Doctorando óscar alejandro lópez cruzJuez Segundo de Distrito, especializado en ejecución de penas con residencia en Tlalnepantla de Baz, Estado de México y Jurisdicción en toda la República Mexicana.

Dr. josé Eligio rodríguez albaJuez Quincuagésimo en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Doctorando jesús reyes HernándezJuez Octavo en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Enrique Gallegos GarcilazoJuez Trigésimo Sexto en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Héctor González EstradaJuez Noveno de Adolescentes para Delitos Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. nemecio Guevara rodríguezJuez Vigésimo Primero Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Mauro Morales sánchezJuez Trigésimo Penal de Delitos No Graves del Tribu-nal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. ciro betancourt GarcíaJuez Noveno Penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Mtro. Marcelino sandoval MancioResponsable de la Agencia en la Coordinación de Agentes del Ministerio Público auxiliares del Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

Dr. josé antonio yáñez rosasAsesor en materia de Capacitación de la Procuraduría General de la República.

Dra. Mónica ibarra GonzálezTitular de la Jefatura de Planeación, Evaluación y Es-tadística del Centro de Actualización del Magisterio en el Distrito Federal. (CAMDF SEP) perteneciente a la Dirección General de Normales (DEGEM SEP).

Dra. laura contreras navarreteSubdirectora de Logística de la Agencia Federal de Investigación de la Procuraduría General de la República.

Dr. juan alejandro suárez VelázquezDistinguido Catedrático e Investigador de la Universidad Tepantlato.

Dr. amado azuara GonzálezDistinguido Catedrático e Investigador de la Universidad Tepantlato.

Page 63: revista octubre 1

documentación:

Carta de exposición de motivos síntesis curricular 6 fotografías tamaño infantil b/n 4 fotografías tamaño diploma b/n 8 fotografías tamaño título b/n Copia del grado de la maestría Copia de cédula de la maestría Copia del CURP original de acta de nacimiento certificada y 3 copias original del certificado de estudios totales de Maestría

El PERioDo DE insCRiPCión sE abRE Una vEz al año PoRqUE PRivilEgiaMos la CaliDaD y la ExCElEnCia aCaDéMiCa.

Inicio de clases:

19 de octubre de 2012

Horario:

viernes de 7:00 a 9:00 hrs.

y sábados de 9:00 a 11:00 hrs.

Promoción:

hasta el 15 de octubre descuento

del 25% en inscripción y colegiatura

Plan de estudios en 4 semestres

Multilínea: 5564•8373

av. baja California 157, Col. Roma sur

Del. Cuauhtémoc, C.P. 06760

www.universidadtepantlato.edu.mx

[email protected]

universidad

tepantlato

Ciencias PenalesDoctorado en RvoE: 20120877

Page 64: revista octubre 1

64 revista tepantlato / Difusión de la Cultura Jurídica OCTUBRE 2012

Planta DocEntE DElDoctoraDo En ciEncias PEnalEs

Dr. Humberto Manuel román FrancoMagistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Dr. rafael Guerra álvarezMagistrado de la Séptima Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. ramón alejandro sentíes carrilesMagistrado de la Sexta Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. leobardo Miguel Martínez soriaMagistrado de la Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México con residencia en Texcoco.

Dr. Héctor González EstradaJuez Noveno de Adolescentes para Delitos Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Enrique Gallegos GarcilazoJuez Trigésimo Sexto en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. Mauro Morales sánchezJuez Trigésimo Penal de Delitos No Graves del Tribu-nal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. josé Eligio rodríguez albaJuez Quincuagésimo en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Dr. josé Guadalupe álvarez almanzaAgente del Ministerio Público Supervisor en funciones de Instructor del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Dr. josé antonio yáñez rosasAsesor en materia de Capacitación de la Procuraduría General de la República.

Dr. arturo baca riveraInvestigador de la Escuela Judicial del Estado de México.

Dra. rosario ruiz GonzálezDistinguida Catedrática de la Universidad Tepantlato.

Dr. juan jesús raya MartínezDistinguido Catedrático de la Universidad Tepantlato.

Dr. juan alejandro suárez VelázquezDistinguido Catedrático e Investigador de la Universidad Tepantlato.

Dr. amado azuara GonzálezDistinguido Catedrático e Investigador de la Universidad Tepantlato.

Page 65: revista octubre 1

2012 OCTUBRE 65www.tepantlato.com.mx

[email protected] C O R R E S P O N D E N C I A

Temuco, 02 de agosto de 2012

sr. Enrique González barreraRevista Tepantlato

Presente

De mi consideración:

Junto con tener el agrado de saludarle, me es grato hacer llegar a usted a título

de canje o donación, un ejemplar de la Revista Chilena de Derecho y Ciencia

Política, correspondiente al Volumen 3, número 1, Enero – Julio 2012 y un

ejemplar del Volumen 2, número 2, Agosto – Diciembre 2011.

Agradecemos a usted acusar recibo del ejemplar en cuanto le sea posible,

a través del correo electrónico [email protected] o a través de

nuestra dirección postal, Calle Manuel Montt 056, Campus San Francisco Uni-

versidad Católica de Temuco, Edificio E, Piso 3º.

Le reiteramos nuestra satisfacción por la favorable acogida de este intercambio.

CORDIALMENTE LE SALUDA

Diego a. Muñoz MardonesCoordinador. Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política

Facultad de Ciencias Jurídicas, Universidad Católica de Temuco, Chile

México, D.F., a 17 de septiembre de 2012

Dr. Enrique González barreraDirector del Instituto de Ciencias Jurídicas de Egresados de la UNAM, FES Aragón, A.C.

Estimado Dr. González Barrera:

Hago propicio el conducto para agradecerle el envío del ejemplar de la revista

TEPANTLATO “Difusión de la Cultura Jurídica” correspondiente al mes de

septiembre del presente año. Considero que este material será de gran apoyo

de consulta para el trabajo legislativo de un servidor, así como para enriquecer

el acervo bibliográfico de mi oficina.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

ATENTAMENTE

sofío ramírez HernándezSenador de la República. LXII Legislatura

México, D.F., a 17 de septiembre de 2012

Dr. Enrique González barreraDirector del Instituto de Ciencias Jurídicas de Egresados de la UNAM, FES Aragón, A.C.

Estimado Enrique:

Por este medio agradezco cumplidamente la revista “Tepantlato” que genero-

samente me hiciste llegar, la cual analizaré minuciosamente por la importancia

de su contenido.

Hago propicia la ocasión para enviarte un cordial saludo.

ATENTAMENTE

arely Gómez GonzálezSenadora de la República. LXII Legislatura

Page 66: revista octubre 1

La Universidad Tepantlato expresa sus más sinceras condolencias al Magistrado Dr. Gonzalo Hernández Cervantes,

por el sensible fallecimiento de su señora madre

Prof. Francisca Cervantes Orea

Descanse en Paz

Page 67: revista octubre 1

La Universidad Tepantlato, en su Galería José Vasconcelos,presenta la exposición Hommo-Cyborg

de Lilián López y Ana Belén Limón

Page 68: revista octubre 1

Magistrados y Jueces expositores del Análisis de la Nueva Ley de Amparo