RESOLUCION DIRECTORAL N2 2Z091) -2017-ANA … · visado de la Unidad de Asesoría Jurídica, en uso...

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RESOLUCION DIRECTORAL N 2 2Z091) -2017-ANA-AAA.M Cajamarca, O 7 DIC. 2017 VISTO: El expediente administrativo, ingresado con CUT N° 180096-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada Bomboca; políticamente ubicado en el centro poblado Chunchuquillo, distrito Colasay, provincia Jaén, departamento Cajamarca, y; CONSIDERANDO: Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatura! N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto; Que, por Resolución Jefatural Nº 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados; Que, mediante Memorándum Nº 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón; Que, mediante copia de solicitud para reconocimiento del Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil, con fecha de recepción 19 de setiembre de 2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya; Que, mediante escrito del visto, el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; solicitó a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

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RESOLUCION DIRECTORAL N2 2Z091) -2017-ANA-AAA.M

Cajamarca, O 7 DIC. 2017 VISTO:

El expediente administrativo, ingresado con CUT N° 180096-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada Bomboca; políticamente ubicado en el centro poblado Chunchuquillo, distrito Colasay, provincia Jaén, departamento Cajamarca, y;

CONSIDERANDO:

Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua;

Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatura! N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto;

Que, por Resolución Jefatural Nº 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados;

Que, mediante Memorándum Nº 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón;

Que, mediante copia de solicitud para reconocimiento del Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil, con fecha de recepción 19 de setiembre de 2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya;

Que, mediante escrito del visto, el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; solicitó a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

9 0" yqt;

uis berto: I Ahumada .edesrn

p,51509 acsy,

RESOLUCION DIRECTORAL N° 2.6() -2017-ANA-AAA.M

Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización; proveniente de la quebrada Bomboca; ubicados en el centro poblado Chunchuquillo, distrito Colasay, provincia Jaén, departamento Cajamarca. El uso del recurso hídrico lo realizan de manera pública, pacífica y continua con una antigüedad mayor a la señalada en la Segunda de las Disposiciones Complementarias Transitorias Finales de la Ley N9 29338;

Que, mediante Informe Técnico N° 552-2017-ANA-AAA.M-SDARH.M/ANC, la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos, luego de la evaluación del expediente administrativo, recomienda regularizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, así como otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial, con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, a favor del Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; por un volumen anual de hasta 886 434,62 m3, equivalente a un caudal de hasta 36,92 l/s; proveniente de la quebrada Bomboca; en beneficio de treinta (30) usuarios, con veintinueve (29) predios; con una área total bajo riego de 49,75 hectáreas. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 721 366 E - 9 352 499 N, a una altitud de 1 018 msnm. El centroide donde se hace uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 721 334 E - 9 352 512 N, a una altitud de 1 030 msnm. Políticamente ubicado en el centro poblado Chunchuquillo, Distrito Colasay, Provincia Jaén, departamento

Cajamarca;

Que, las obras de aprovechamiento hídrico ejecutadas por el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; están conformadas por: 01 captación rústica; 01 canal de derivación de tierra con una longitud de 5 018,53 m; 07 captación lateral derecha (TLD) e izquierdas (TLI) de medidas B=1.20 m, b=1.00 m y H=0.50 m, tal como se detalla:

NOMBRE MARGEN PROGRESIVA (Km) TIPO DE

MATERIAL SECCION DEL

CANAL

CARACTERIST1CAS LONGITUD (m1) INICIAL FINAL CANAL B H

C.D HUAYAQUIL DERECHA 0+000 0+964,54 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,8 0,5 965,54

TDL MANANTIAL DE

AGUA DE VIDA DERECHA 0+000 0+441,48 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 1,2 0,4

441,48

TDLELHIGUERON DERECHA 0+000 0+301,18 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,7 0,3 301,18

TOL EL LAUREL DERECHA 0+000 0+918,84 CIRCULAR PVC 2" 918,84

TDLJORGECHAVEZ IZQUIERDA 0+000 0+721,04 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,5 0,2 721,04

TOL LOS SALCEDOS IZQUIERDA 0+000 1+037,95 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,6 0,3 1037,95

TDLLACATGUA DERECHA 0+000 0+339,57 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,4 0,2 339,57

TDL IA Hl DRO DERECHA 0+000 0+292,93 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,5 0,3 292,93

Que, estando a lo opinado por la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos y con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica, en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Autoridad en el artículo 38° del reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, modificado por el D.S. N° 012-2016-MINAGRI; así como, la Resolución Jefatural N° 266-2017-ANA, por la cual se designó al Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón;

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DELIMITAR el Bloque de Riego, a favor del Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; obras que están conformadas por: 01 captación rústica; 01 canal de derivación de tierra con una longitud de 5 018,53 m; 07 captación lateral derecha (TLD) e izquierdas (TLI) de medidas B=1.20 m, b=1.00 m y H=0.50 m, tal como se detalla:

NOMBRE MARGEN PROGRESIVA (Km) TIPO DE

MATERIAL SECCION DEL CARACTERISTICAS LONGITUD

(m1) INICIAL FINAL CANAL CANAL B H

C.D HUAYAQUIL DERECHA 0+000 0+964,54 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,8 0,5 965,54

TDL MANANTIAL DE

AGUA DE VIDA DERECHA 0+000 0+441,48 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 1,2 0,4

441,48

TDLELHIGUERON DERECHA 0+000 0+301,18 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,7 0,3 301,18

TD1 ELIAUREL DERECHA 0+000 0+918,84 CIRCULAR PVC 2" 918,84

TDLJORGECHAVEZ IZQUIERDA 0+000 0+721,04 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,5 0,2 721,04

TOLLOS SALCEDOS IZQUIERDA 0+000 1+037,95 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,6 0,3 1037,95

TDLLACATGUA DERECHA 0+000 0+339,57 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,4 0,2 339,57

TDL LA HIDRO DERECHA 0+000 0+292,93 RECTANGULAR TIERRA IRREGULAR 0,5 0,3 292,93

ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR a favor del Comité de Usuarios de Agua Cana El Huayaquil; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización;

y N le Al MINIO-MAI° O6 AO j TIMA AUTORIOA.G marta,

AU STRA

Regístrese y uníquese.

ng. Marcos Da astillo Mimbela DIR • TOR

RESOLUCION DIRECTORAL N° ?

-2017-ANA-AAA.M

proveniente de la quebrada Bomboca; por un volumen anual de hasta 886 434,62 m3, equivalente a un caudal de hasta 36,92 lis; en beneficio de treinta (30) usuarios, con veintinueve (29) predios; con una área total bajo riego de 49,75 hectáreas. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 721 366 E — 9 352 499 N, a una altitud de 1 018 msnm. El centroide donde se hace uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 721 334 E — 9 352 512 N, a una altitud de 1 030 msnm. Políticamente ubicado en el centro poblado Chunchuquillo, Distrito Colasay, Provincia Jaén, departamento Cajamarca. La asignación hídrica mensualizada, se detalla en el siguiente cuadro:

Asignación hídrica mensualizada.

BlCOICEBOCAI

15111

16141012 RIPII 1E0111111)

EiE. IfB MAR A88. MAY. ,U1 JUL AGO SET. 1T. NOV. Ct. Total

Caudal (1 /5) 32,1 11,29 14,19 13,C0 15,19 19,91 1,11 31,12 35,48 31,04 31,1/ 31,32

Volumm (m31 8192,18 111/1 _ 211,50 36 281,00 68:1;,10 lisio 13 113,12 11 ::',,11 94 556,16 83131,54 89415,84 1114,21 886439,62

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; conforme lo establece el artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, deberá instalar instrumentos de control y medición de agua, en un plazo máximo de un (01) año, conservándolos y manteniéndolos en buen estado, con la finalidad de registrar y reportar mensualmente a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, el volumen captado y aprovechado de la quebrada Bomboca. El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme lo establece la Ley de Recursos Hídricos.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la relación de usuarios beneficiarios del Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil; detallados en los cuadros del Anexo N° 01, servirá de base para que el titular de la Licencia de Uso de Agua, emita Certificados Nominativos que presentan una parte de la asignación de agua que le corresponde a cada uno de los integrantes del bloque y deberá remitirlos a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya para su aprobación.

ARTICULO QUINTO.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral a la Oficina de Valor Económico del Agua de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para el cumplimiento del pago de la retribución económica por ser el agua patrimonio de la nación.

ARTICULO SEXTO.- REMITIR la presente Resolución Directoral a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para su inscripción en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTICULO SÉTIMO.- DISPONER que la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, deberá supervisar el derecho otorgado e informará a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón.

ARTICULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, la notificación de la presente Resolución Directoral al Comité de Usuarios de Agua Canal El Huayaquil y a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jaén — San Ignacio; en el modo y forma de ley.

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN

ANUAL ASIGNADO

(m3)

N' NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PUNTO DE CAPTACION

(WGS 84 17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 GUEVARA VERAHIGINIO 27684425 SIN SIC 1,00 1,00

El Huayaquil El Huayaquil 721366 9352499

17 817,78

17 817,78 2 GUEVARA VERA FRANCISCO 27684431 S/N SIC 1,00 1,00 17 817,78 3 GUEVARA VERA AGUSTINA 27730915 SIN SIC 1,00 1,00 17 817,78 4 GUEVARA VERAGREGORIA 27661099 S/N S/C 1,00 1,00 17 817,78 5 VERA ROJAS CLEMENT IN 44251192 9N S/C 1,00 1,00 13 363,34 6 CAMPOS GUEVARA SEGUNDO SANTOS 27736882 S/N SIC 0,75 0,75 13 363,34 7 CAMPOS GUEVARA DAVID 42137840 S/N SIC 0,75 0,75 13 363,34 8 CAMPOS GUEVARA LUCY 80328914 SIN SIC 0,75 0,75 31 181.12 9 CAMPOS GUEVABASELYMAGALY 80359473 S/N SIC 1,75 1,75 17 817,78 10 PALACIOS JARA F IDEL 27684456 S/N Se 1,00 1,00

178 177,81 TOTAL 10,00 10,00 DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN

ANUAL ASIGNADO

(m3)

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL

PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PUNTO DE CAPTACION (WGS 84 17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 CAMPOS GUEVARANDA 41067501 S/N S/C 1,00 1,00

EL LAUREL

-

El Laurel 721 147 9 352 199

17 817,78 17 817,78 2 GUEVARA RAM IRIE AURORA 27694551 S/N S/C 1,00 1,00 17 817,78 3 VILLANUEVA ARRASCUE EDUWIN MARCIAL 40699158 S/N SIC 1,00 1,00 17 817,78 4 TAPIAORDONES DARWIL 10707728 S/N SIC 1,00 1,00 17 817,78 5 CORONEL CALDRON JORGE 43751309 SIN SIC 1,00 1,00 89 088,91 TOTAL 5,00 5,00

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN ANUAL

ASIGNADO

(rn1

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

' COI/ GO

CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL DE CANAL NOMBRE

PUNTO DE (WGS 84

CAPTACION 17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 SALCEDO CAMPOS LORENZO 80365728 SIN SIC 2,00 2,00

LOS SALCEDO LOS SALCEDO 720943 9351663

35 635,56

26 726,67 2 LLAMO SALCEDO DONATELA 42226328 SIN SIC 1,50 1,50 17 817,78 3 GUEVARA VILLEGAS JOSE SANTOS 27683659 S/N S/C 1,00 1,00 80 180,02 TOTAL 4,50 4,50

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN ANUAL

ASIGNADO

(m')

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PUNTO DE

(WGS 84

CAPTACION

17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 MONDRAGON PALOMINO CELSO 43198647 SiN SIC 2,00 2,00 EL H IG U ERON EL HIGUERON 721189 9352232

35 635,56 35 635,56 TOTAL 2,00 2,00

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN ANUAL

ASIGNADO

(n1')

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL Una. DE NOMBRE

PUNTO DE

(WGS 84

CAPTACION

17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 MONDRAGON PALOMINO EBED 16797719 SiC

2,00 2,00 LACATAGUA LACATAGUA 720945 9351648

35 635,56 71 271,13 2 DIAZ URIATE DIODORO 27673328 9N 4,00 4,00

106 906,69 TOTAL 6,00 6,00 DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN

ANUAL ASIGNADO

(m')

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PUNTO DE

(WGS 84

CAPTACION

17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 TAURINO LLAMO I3ECERRA 27684615 S/N S/C 1,00 1,00

JORGE CHAVE2JORGE CHAVEZ 721039 9351928

17 817,78

106 906,69 2 AG IP CASI INALDO CASTINALDO VÁSQUEZ 27662341 SIN SIC 6,00 6,00 124 724,47 TOTAL 7,00 7,00

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN ANUAL

ASIGNADO

(n11

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PUNTO DE

(WGS 84

CAPTACION 17 SUR)

SERVIDO ESTE NORTE

1 HUERTAS SILVERIO SALDIVAR 27683386 5/N S/C 4,00 4,00 EL MANANT IAL

DE AGUA VIDA

EL MANANTIAL

DE AGUA VIDA 721480 9352562

71271,13

35 635,56 2 VERA EIVIRAGUEVARA 27713845 SIN S/C 2,00 2,00

8908,89 3 ROJAS CLEMENTINA VERA 44251192 S/N S/C 0.50 0,50 115 815,58 TOTAL 6,50 6,50

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN ANUAL

ASIGNADO

(Inl

N° NOMBRE DEL USUARIO DNI NOMBRE

DEL PREDIO

CODIGO CATASTRAL

AREA TOTAL

Ha

AREA B.R (Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE NOMBRE

PuN f O DE CAPTACION

(WGS 84 17 SUR)

SERVICIO ESTE NORTE

1 MONDRAGON ZALADAALINDOR 27683274 S/N S/C 2,00 2,00 LA HIDRO LA HIDRO 9351459 720947

35 635.56 89088,91 2 MORALES SALVADOR JOSE MANUEL 27684757 S/N SIC 5,00 5,00

124 724,47 TOTAL 7,00 7,00 TOTAL DEL BLOQUE 48,00 48,00 855 253,50

RESOLUCION DIRECTORAL N° 2Z°21-2017-ANA-AAA.M

Anexo N° 01: USUARIOS BENEFICIARIOS

Usuarios que acreditan titularidad del Canal Huayaquil

`.•

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 23)011-2017-ANA-AAA.M

Usuarios que no acreditan titularidad del Canal Huavaquil

N° NOMBREDELUSUARIO DNI

DATOS DEL PREDIO DEL BLOQUE DE RIEGO VOLUMEN

ANUAL

ASIGNADO

(mi

NOMBRE

DEL

PREDIO

CODIGO

CATASTRAL

AREA

TOTAL

Ha

AREAB,R

(Ha)

NOMBRE DEL CANAL DE SERVICIO

NOMBRE

PUNTODECAPTACION

(INGS84 17SUR)

ESTE NORTE

1 CAMPOS GUEVARA DAC 42137840 SIN se 1,00 1,00

EL HUAYAQUIL EL HUAYAOUIL 721366 9352499

17817,78

2- CAMPOS VILLEGAS LUCY 80328914 SIN SIC 075 0,75 13 363,34

TOTAL 1,75 1,75 31 181,12

Usuarios totales del Canal Huavaquil

RESUMEN

BENEFICIARIOS DEL CANAL DE RIEGO HUAYAQUIL USUARIOS

PREDIOS

ARFA

TOTAL (ha)

ÁREA

BAJO

RIEGO (ha)

VOLUMEN

MYAÑO

USUARIOS QUE ACREDITAN TITULARIDAD DEL PREDIO 28 27 48,00 4100 855 253,50

USUARIOS QUE NO ACREDITAN TITULARIDAD DEL PREDIO 2 2 1,75 1,75 31 181,12

TOTAL 30 29 49,75 49,75 886 434,62