Renta de Tercera

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IMPUESTO A LA RENTA IMPUESTO A LA RENTA

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rentas de tercera categoria

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Page 1: Renta de Tercera

IMPUESTO A LA RENTAIMPUESTO A LA RENTA

Page 2: Renta de Tercera

CATEGORIA ORIGEN PERSONAS ACTIVIDADES

PRIMERA CAPITAL NATURAL

 Arrendamiento o sub - arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como las mejoras de los mismos.

SEGUNDA CAPITAL NATURAL

Rentas obtenidas por intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.

TERCERACAPITAL + TRABAJO

 NATURAL / JURIDICA

 Derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.

CUARTA TRABAJO NATURAL

 Rentas obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

QUINTA TRABAJO NATURAL

 Rentas provenientes del trabajo personal prestado en relación de dependencia (sueldos, salarios, gratificaciones, vacaciones)

Page 3: Renta de Tercera

ESQUEMA GENERAL DE ESQUEMA GENERAL DE DETERMINACION DE LAS DETERMINACION DE LAS

RENTAS DE TERCERA RENTAS DE TERCERA CATEGORIACATEGORIA

Page 4: Renta de Tercera

El Impuesto a la Renta de tercera categoría se determina anualmente teniendo en cuenta que

el ejercicio: inicia el 1 de enero y finaliza el 31 de

diciembre.

Page 5: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

DETERMINACION DEL IMPUESTO A DETERMINACION DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORIALA RENTA DE TERCERA CATEGORIA

Page 6: Renta de Tercera

SEGUN NORMAS SEGUN NORMAS TRIBUTARIASTRIBUTARIASINGRESO BRUTO

(DESCUENTOS)

(DEVOLUCIONES)

INGRESO NETO

(COSTO COMPUTABLE)

RENTA BRUTA

(GASTOS DEDUCIBLES)

RENTA NETA

Valor de Adquisición Valor de ProducciónValor de Ingreso al

Patrimonio

Gastos permitidos conforme al Art. 37 del

TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (depreciación,

remuneraciones, gastos de representación)

Page 7: Renta de Tercera

SEGUN NORMAS CONTABLESSEGUN NORMAS CONTABLES

VENTAS

(DESCUENTOS)

(DEVOLUCIONES)

UTILIDAD BRUTA

(COSTO DE VENTAS)

UTILIDAD O PERDIDA DE OPERACION

INGRESOS FINANCIEROS

UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO

ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS

VENTAS BRUTAS

VENTAS NETAS

(GASTOS ADMINISTRATIVOS)

(GASTOS DE VENTAS)

(GASTOS FINANCIEROS)OTROS INGRESOS

INGRESOS EXCEPCIONALESGASTOS EXCEPCIONALES

.PART. TRAB. E IMP. A LA RENTA

GASTOS DE

OPERACION

OTROS INGRESOS

Y EGRESOS

Materiales, mercaderías, personal directo

Teléfono, agua, luz, personal de dirección, contador, asesoría legal

Publicidad, afiches, comisiones de ventas

Intereses de las ESF, diferencia de cambio a favor, intereses por prestamos a 3ros.

(para una empresa que vende computadoras) renta producto de un arrendamiento, venta de un inmueble

Comisiones, portes, intereses por prestamos a favor de ESF o terceros, perdida por diferencia de cambio

Gastos Exrtraordinarios

Ingresos Extraordinarios.

Page 8: Renta de Tercera

UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO

NORMAS TRIBUTARIAS

NORMAS CONTABLES

RENTA NETA

==

==

SE DEBE EFECTUAR LA CONSOLIDACION TRIBUTARIA

“NETEAR” EL RESULTADO CONTABLE, A TRAVES DE

ADICIONES Y DEDUCCIONES

A LA UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO:

-SE ADICIONA: Aquello que para efectos tributarios no es deducible

-SE DEDUCE: aquello que para efectos tributarios no se encuentra gravado

SEGUN NORMAS CONTABLESSEGUN NORMAS CONTABLES

ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS

Page 9: Renta de Tercera

DETERMINACIONDETERMINACION

DE LA DE LA RENTA NETA IMPONIBLERENTA NETA IMPONIBLE

Page 10: Renta de Tercera

INGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOS

(-)Costo computable(-)Costo computable(-)Costo computable(-)Costo computable

RENTA BRUTARENTA BRUTARENTA BRUTARENTA BRUTA

(-)Gastos(-)Gastos(-)Gastos(-)Gastos

(+) Otros ingresos(+) Otros ingresos(+) Otros ingresos(+) Otros ingresos

RENTA NETARENTA NETARENTA NETARENTA NETA

Page 11: Renta de Tercera

(+)Adiciones(+)Adiciones(+)Adiciones(+)Adiciones

(-) Deducciones(-) Deducciones(-) Deducciones(-) Deducciones

(-) Perdidas tributarias compensables de ejercicios (-) Perdidas tributarias compensables de ejercicios anterioresanteriores

(-) Perdidas tributarias compensables de ejercicios (-) Perdidas tributarias compensables de ejercicios anterioresanteriores

RENTA NETA IMPONIBLE (O PERDIDA)RENTA NETA IMPONIBLE (O PERDIDA)

IMPUESTO RESULTANTEIMPUESTO RESULTANTE

(-) Creditos(-) Creditos

SALDO POR REGULARIZAR (O SALDO A FAVOR)SALDO POR REGULARIZAR (O SALDO A FAVOR)

Page 12: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

GASTOS DEDUCIBLESGASTOS DEDUCIBLES

Page 13: Renta de Tercera

El Artículo 37 de la Ley

Señala los gastos deducibles para establecer la renta neta de

tercera categoría.

Page 14: Renta de Tercera

Es decir se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente,

en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta

ley. 

Page 15: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

GASTOS CONDICIONADOSGASTOS CONDICIONADOS

Page 16: Renta de Tercera

REGLAS ESPECIALESREGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALESREGLAS ESPECIALES

Mermas, Desmedros y FaltantesMermas, Desmedros y Faltantes

Provisiones y CastigosProv. Cobranza Dudosa

Provisiones y CastigosProv. Cobranza Dudosa

PremiosConstancia Notarial

PremiosConstancia Notarial

Pérdidas y DelitosCrobanza Judicial o sustento.

No basta denuncia policial

Pérdidas y DelitosCrobanza Judicial o sustento.

No basta denuncia policial

Remuneraciones Accionistas y Parientes

Probar TrabajoValor de Mercado

Remuneraciones Accionistas y Parientes

Probar TrabajoValor de Mercado

Rentas 2a., 4a. Y 5a.Pago

Rentas 2a., 4a. Y 5a.Pago

Gastos del ExteriorProbar Relación Fuente Peruana

Comprobante Normas País más requisitos mínimos

Gastos del ExteriorProbar Relación Fuente Peruana

Comprobante Normas País más requisitos mínimos

DEDUCCIONES DEDUCCIONES CONDICIONADASDEDUCCIONES DEDUCCIONES CONDICIONADAS

Page 17: Renta de Tercera

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

MERMA Y DESMEDRO (LIT. F)Las mermas y desmedros de existencias debidamente acreditados.

Merma: Perdida Física en el volumen, peso o cantidad (P.E. gasolina, algodón).

Las mermas deducibles son aquéllas que se encuentran debidamente acreditadas en un informe técnico (Profesional, metodología y pruebas).

Desmedro: Perdida de orden cualitativo, “ya no sirve” (P.E. bienes perecederos, cpu obsoleto, ladrillos rotos).

Los desmedros para que sean deducibles deben ser destruidos ante Notario + comunicación a la SUNAT (6 días previos).

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Cuantitativo Cualitativo

Page 18: Renta de Tercera

El importe de las remuneraciones de los titulares, socios o asociados de personas jurídicas así como a sus familiares debe respetar el valor de mercado, en su defecto el exceso no podrá ser deducido como gasto y será considerado como dividendo entregado.

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

REMUNERACIONES ACCIONISTAS (LIT. N Y N)

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Page 19: Renta de Tercera

Límites para:

• Accionista o socio de la persona jurídica.

• Parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Dichos límites consisten en que: Estos conceptos sólo serán deducibles en la medida que no

excedan el valor de mercado. El exceso se repara del gasto y es considerado dividendo (4.1%).

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

REMUNERACIONES ACCIONISTAS (LIT. N Y Ñ)

REGLAS ESPECIALES (artículo 37) REGLAS ESPECIALES (artículo 37)

Page 20: Renta de Tercera

TATARABUELO

TATARABUELO

BISABUELO BISABUELO

ABUELO ABUELO

PADREPADRE

USTEDUSTED

HIJOHIJO

NIETONIETO

BISNIETOBISNIETO

TATARANIETOTATARANIETO

HERMANOHERMANO

SOBRINOSOBRINO

SOBRINO NIETOSOBRINO NIETO

TÍOTÍO

PRIMO HERMANOPRIMO HERMANO

CUARTO GRADO DE

CONSANGUINIDAD

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Page 21: Renta de Tercera

USTEDUSTED

CUÑADOCUÑADO

SUEGROSUEGRO

PADRE DEL SUEGROPADRE DEL SUEGRO

SEGUNDO GRADO DE AFINIDAD

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

REMUNERACIONES ACCIONISTAS (LIT. N Y N)

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Page 22: Renta de Tercera

Remuneración del trabajador

MEJOR REMUNERADOFunciones similares

Remuneración del trabajadorMEJOR REMUNERADOFunciones similares

NoNosísí

sísí

sísí

sísí

sísí

LIMITELIMITE

LIMITELIMITE

LIMITELIMITE

LIMITELIMITE

LIMITELIMITE

Remuneración trabajadorMEJOR REMUNERADOCategoría o nivel jerárquico

equivalente

Remuneración trabajadorMEJOR REMUNERADOCategoría o nivel jerárquico

equivalente

DOBLE de remuneración trabajador

MEJOR REMUNERADOCategoría Inmediato inferior

DOBLE de remuneración trabajador

MEJOR REMUNERADOCategoría Inmediato inferior

Remuneración trabajadorMENOR REMUNERACIÓN

Categoría Inmediato Superior

Remuneración trabajadorMENOR REMUNERACIÓN

Categoría Inmediato Superior

El que resulte mayor entre la remuneración

convenida y la remuneración del trabajador

mejor remunerado multiplicado por factor 1.5 (sin exceder 95 UIT anuales)

El que resulte mayor entre la remuneración

convenida y la remuneración del trabajador

mejor remunerado multiplicado por factor 1.5 (sin exceder 95 UIT anuales)

NoNo

NoNo

NoNo

VALOR DE MERCADO REMUNERACIONES ACCIONISTA Y PARIENTES

FUENTE: DOGMA, ESCUELA DE NEGOCIOS

Page 23: Renta de Tercera

Requisitos sustanciales:

a) Deuda Vencida Yb) Dificultades financieras (Análisis de Créditos o Calidad de insolvente) Oc) Morosidad del deudor (docs que evidencien el cobro, o docs protestados, o inicio de procedimiento Judicial, o mas de 12 meses.

Requisitos formales:

Que figure al cierre de cada ejercicio de manera discriminada.

PROVISIONES (LIT. I)

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Se puede provisionar aquellas deudas consideradas de “cobranza dudosa” (se debe demostrar).

Page 24: Renta de Tercera

Los gastos por premios, en dinero o en especie con el fin de promocionar o colocar los productos o servicios.

Deben ser ofrecidos de manera general, sorteo ante Notario.

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

PREMIOS (LIT. U)

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Page 25: Renta de Tercera

Los gastos o costos que constituyan para su perceptor rentas de 2da, 4ta o 5ta categoría podrán deducirse en el ejercicio gravable a que correspondan cuando hayan sido pagados dentro del plazo establecido por el Reglamento para la presentación de la DJ.

Según inciso q) de articulo 21 del Reglamento basta con la retención.

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

2DA 4TA Y 5TA (LIT. V)

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

Page 26: Renta de Tercera

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

REGLAS ESPECIALES (articulo 37) REGLAS ESPECIALES (articulo 37)

INFORME N° 009-2006-SUNAT/2B0000 (11/01/06)

La pérdida extraordinaria cubierta por indemnización o seguro no es deducible para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta del importador.

PERDIDAS EXTRAORDINARIAS (LIT. D)Las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos (en la parte que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros y siempre que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o que se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial) . 

Page 27: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

GASTOS LIMITADOSGASTOS LIMITADOS

Page 28: Renta de Tercera

InteresesInteresesIntereses ExoneradosIntereses Exonerados

VinculadosVinculados

InteresesInteresesIntereses ExoneradosIntereses Exonerados

VinculadosVinculadosGastos RecreativosGastos Recreativos

0.5% Ingresos 0.5% Ingresos Brutos ó 40 UITBrutos ó 40 UIT

Gastos RecreativosGastos Recreativos0.5% Ingresos 0.5% Ingresos Brutos ó 40 UITBrutos ó 40 UIT

DepreciaciónDepreciaciónEdificaciones: 3%, Otros: Límite Tabla

DepreciaciónDepreciaciónEdificaciones: 3%, Otros: Límite Tabla

Vehículos AutomotoresVehículos AutomotoresIndispensable y PermanenteIndispensable y Permanente

Administración: Límite IngresosAdministración: Límite Ingresos

Vehículos AutomotoresVehículos AutomotoresIndispensable y PermanenteIndispensable y Permanente

Administración: Límite IngresosAdministración: Límite IngresosDirectoresDirectores

6% Utilidad Comercial6% Utilidad Comercial

DirectoresDirectores6% Utilidad Comercial6% Utilidad Comercial

Donaciones y LiberalidadesDonaciones y LiberalidadesRegla General: Prohibido Regla General: Prohibido

Excepción: 10% Renta Neta ImponibleExcepción: 10% Renta Neta Imponible

Donaciones y LiberalidadesDonaciones y LiberalidadesRegla General: Prohibido Regla General: Prohibido

Excepción: 10% Renta Neta ImponibleExcepción: 10% Renta Neta Imponible

Viajes y ViáticosViajes y ViáticosViajes: IndispensableViajes: Indispensable

Viáticos: Doble GobiernoViáticos: Doble Gobierno

Viajes y ViáticosViajes y ViáticosViajes: IndispensableViajes: Indispensable

Viáticos: Doble GobiernoViáticos: Doble Gobierno

Boletas de VentaBoletas de Venta6% Factura Registro Compras6% Factura Registro Compras

200 UIT200 UIT

Boletas de VentaBoletas de Venta6% Factura Registro Compras6% Factura Registro Compras

200 UIT200 UIT

Gastos de Gastos de RepresentaciónRepresentación

0.5% Ingresos Brutos 0.5% Ingresos Brutos ó 40 UITó 40 UIT

Gastos de Gastos de RepresentaciónRepresentación

0.5% Ingresos Brutos 0.5% Ingresos Brutos ó 40 UITó 40 UIT

DEDUCCIONES LIMITADASDEDUCCIONES LIMITADAS

REGLAS ESPECIALESREGLAS ESPECIALES

Page 29: Renta de Tercera

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

INTERESES (LIT. A)

RTF N° 4142-1-2005

Los gastos por intereses y diferencia de cambio originados por un préstamo bancario obtenido para el reembolso de acciones a los accionistas disidentes (según el Artículo 200° de la Ley General de Sociedades), constituye una obligación con terceros originada como consecuencia del ejercicio de un derecho societario y no de operaciones que ocasionan la generación de rentas gravadas o permitan mantener la fuente productora.

REGLAS ESPECIALESREGLAS ESPECIALES(Artículo 37°)(Artículo 37°)

Page 30: Renta de Tercera

Entre partes vinculadas sólo cuando el monto no exceda de aplicar el coeficiente sobre 3 veces el patrimonio del contribuyente.

INTERESES (LIT. A)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

Page 31: Renta de Tercera

BENEFICIOS SOCIALES (LIT. J)Las asignaciones

destinadas a constituir provisiones para beneficios sociales, establecidas con arreglo a las normas legales pertinentes. 

Las pensiones de jubilación y montepío que paguen las empresas a sus servidores o a sus deudos y en la parte que no estén cubiertas por seguro alguno.

PENSIONES (LIT. K)

.

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

Page 32: Renta de Tercera

REMUNERACIONESREMUNERACIONES (LIT. l)Los aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones y retribuciones que se acuerden al personal, incluyendo todos los pagos que por cualquier concepto se hagan a favor de los servidores en virtud del vínculo laboral existente y con motivo del cese.

Los gastos y contribuciones destinados a prestar al personal servicios de salud, recreativos, culturales y educativos; así como los gastos de enfermedad de cualquier servidor.  (incluye cónyuge e hijos menores de 18).

Los gastos recreativos no deberán exceder 0.5% de los IN, con un límite de 40 UIT. 

SALUD Y RECREATIVOS (LIT. SALUD Y RECREATIVOS (LIT. LL)LL)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:

Page 33: Renta de Tercera

Los pagos o beneficios que se entreguen con ocasión de la relación laboral deben ser otorgados en general a los trabajadores de una empresa.

REMUNERACIONES (LIT. REMUNERACIONES (LIT. l)l)

SALUD Y RECREATIVOS (LIT. SALUD Y RECREATIVOS (LIT. LL)LL)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Page 34: Renta de Tercera

Los gastos de representación propios del giro o negocio, en la parte que, en conjunto, no exceda del medio por ciento (0.5%) de los ingresos NETOS (VER art. 21 lit m reglamento), con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias. 

REPRESENTACION (LIT. REPRESENTACION (LIT. Q)Q)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Page 35: Renta de Tercera

Los gastos de viaje que sean indispensables de acuerdo con la actividad productora de renta gravada y sus viáticos:

Viáticos Nacionales: 2 x S/. 210 = S/. 420. (D.S Nº 028-2009-EF: Viáticos diarios que otorga el GC a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía: S/. 210).

VIATICOS (LIT. R)VIATICOS (LIT. R)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Viáticos Internacionales:

Zona geográfica Viáticos que otorga el GC (D.S 047-2002-EF) Gasto máximo deducibles

ÁfricaAmérica CentralAmérica del NorteAmérica del SurAsiaCaribeEuropaOceanía

US$ 200US$200US$ 200US$ 200US$ 260US$ 240US$ 260US$ 240

US$ 400US$ 400US$ 400US$ 400US$ 520US$ 480US$ 520US$ 480

Page 36: Renta de Tercera

VIATICOS (LIT. R)VIATICOS (LIT. R)

Los gastos de viaje por transporte y viáticos que sean indispensables de acuerdo con la actividad productora de renta gravada.

La necesidad del viaje quedará acreditada con la correspondencia y cualquier otra documentación pertinente, y los gastos de transporte con los pasajes.

Los viáticos comprenden los gastos de alojamiento, alimentación y movilidad, los cuales no podrán exceder del doble del monto que, por ese concepto, concede el Gobierno Central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía.

Los viáticos por alimentación y movilidad en el exterior podrán sustentarse con los documentos a los que se refiere el Artículo 51-A de esta Ley o con la D.J del beneficiario de los viáticos, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento. Los gastos sustentados con declaración jurada no podrán exceder del treinta por ciento (30%) del monto máximo establecido en el párrafo anterior.

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Page 37: Renta de Tercera

DEPRECIACION (LIT. DEPRECIACION (LIT. F)F)

BIENES D

Edificaciones y Construcciones 3% - 5%

Ganado de trabajo, reproducción y redes de pesca

25%

Vehículos de transporte terrestre excepto ferrocarriles) y hornos en general

20%

Maquinaria y equipos utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción, excepto muebles enseres y equipos de oficina

20%

Equipos de procesamiento de datos

25%

Maquinaria y equipos adquiridos a partir de 01.01.91

10%

Otros bienes del Activo Fijo 10%

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Page 38: Renta de Tercera

DIETAS (LIT. M)DIETAS (LIT. M)DIETAS (LIT. M)DIETAS (LIT. M)

Las remuneraciones que por el ejercicio de sus funciones correspondan a los directores de sociedades anónimas, en la parte que en conjunto no exceda del seis por ciento (6%) de la utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta. 

Las remuneraciones que por el ejercicio de sus funciones correspondan a los directores de sociedades anónimas, en la parte que en conjunto no exceda del seis por ciento (6%) de la utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta. 

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Page 39: Renta de Tercera

• Hasta el 6% de los montos acreditados mediante comprobantes de pago que sí otorguen derecho a crédito fiscal, o,

• Sólo podrán provenir de contribuyentes que estén acogidos al RUS.

• Hasta el 6% de los montos acreditados mediante comprobantes de pago que sí otorguen derecho a crédito fiscal, o,

• Sólo podrán provenir de contribuyentes que estén acogidos al RUS.

Límite adicional resulta cuestionable. Determinar contribuyentes acogidos al RUS: Misión Imposible!

BOLETAS (LIT. ULTIMOS BOLETAS (LIT. ULTIMOS PARRAFOS)PARRAFOS)

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Page 40: Renta de Tercera

VEHICULOS (LIT. VEHICULOS (LIT. W)W)Gastos incurridos en vehículos A2, A3 y

A4 que resulten estrictamente indispensables y se apliquen en forma permanente para el desarrollo de las

actividades propias del giro (…)

También los gastos referidos a vehículos de las citadas categorías asignados a

dirección, representación y administración, de acuerdo con la tabla

que fije el reglamento (…)  

Se considera “estrictamente indispensable y se aplica en forma

permanente” tratándose de empresas que se dedican al servicio de taxi, al

transporte turístico, al arrendamiento de automóviles, así como de empresas que

realicen otras actividades que se encuentren en situación similar(…)

Categoría A2 de 1,051 a 1,500 cc. Categoría A3 de 1,501 a 2,000 cc. Categoría A4 más de 2,000 cc.

Categoría A2 de 1,051 a 1,500 cc. Categoría A3 de 1,501 a 2,000 cc. Categoría A4 más de 2,000 cc.

No se consideran como actividades propias del giro del negocio o empresa las de dirección, representación y administración de la misma.

No se consideran como actividades propias del giro del negocio o empresa las de dirección, representación y administración de la misma.

Limite especial Limite especial

Si los vehículos automotores resultan estrictamente indispensables para la obtención de la renta y se aplican en forma permanente al desarrollo de las actividades propias del giro del negocio o empresa.

Si los vehículos automotores resultan estrictamente indispensables para la obtención de la renta y se aplican en forma permanente al desarrollo de las actividades propias del giro del negocio o empresa.

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Articulo 37 .- (….) en consecuencia son Articulo 37 .- (….) en consecuencia son deducibles:deducibles:

Page 41: Renta de Tercera

VEHICULOS (LIT. VEHICULOS (LIT. w)w)

Gastos incurridos en vehículos A2,

A3 y A4

Gastos incurridos en vehículos A2,

A3 y A4

Actividades de dirección,

representación y administración de la

misma.

Actividades de dirección,

representación y administración de la

misma.

Ingresos netos anuales

Número de vehículos

Hasta 3,200 UIT 1

Hasta 16,100 UIT 2

Hasta 24,200 UIT 3

Hasta 32,300 UIT 4

Más de 32,300 UIT 5

Total gastos en vehículos

Vehículos de dirección

Total de vehículos

x

Límite # vehículosLímite # vehículos Límite monto gastosLímite monto gastos

REGLAS ESPECIALES REGLAS ESPECIALES (Artículo 37°)(Artículo 37°)

Page 42: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

GASTOS PROHIBIDOSGASTOS PROHIBIDOS

Page 43: Renta de Tercera

DEDUCCIONES PROHIBIDAS

Gastos Personales Accionistas y Dirección

Gastos Personales Accionistas y Dirección

Impuesto a la RentaPropio y de Terceros.

Excepción: Intereses no Domiciliados

Impuesto a la RentaPropio y de Terceros.

Excepción: Intereses no DomiciliadosMultas y SancionesImpuestas por Sector

Público Nacional

Multas y SancionesImpuestas por Sector

Público Nacional

Gastos sin Comprobante de Pago

Requisitos del Reglamento Comprobantes de Pago

Gastos sin Comprobante de Pago

Requisitos del Reglamento Comprobantes de Pago

Page 44: Renta de Tercera

No se acepta la deducción de gastos incurridos por las empresas que se destinen a fines personales y ajenos a la actividad de la empresa, toda vez que no cumplen con el principio de causalidad.

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Gastos Personales

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

Page 45: Renta de Tercera

Los gastos cuya documentación sustentatoria no no cumpla con los requisitos y características cumpla con los requisitos y características mínimas establecidos por el Reglamento de mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago. Comprobantes de Pago. 

Gastos sin CDPGastos sin CDP

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Page 46: Renta de Tercera

No resultan deducibles los gastos cuya documentación sustentatoria no cumpla con los requisitos establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago, previstos en el artículo 8° de la Resolución de Superintendencia Nº007-99/SUNAT, (….)

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Gastos sin CDPGastos sin CDP

Page 47: Renta de Tercera

Tampoco serán deducibles los gastos sustentados en Tampoco serán deducibles los gastos sustentados en comprobantes de pago emitidos por contribuyentes que, a la comprobantes de pago emitidos por contribuyentes que, a la fecha de emisión del comprobante, tenían la condición de fecha de emisión del comprobante, tenían la condición de no no habidoshabidos según la publicación realizada por la administración tributaria, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición. 

Gastos “No Habidos”

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Page 48: Renta de Tercera

Se estableció que el contribuyente adquirirá automáticamente la condición de No Hallado, si no cumple con declarar el nuevo domicilio o confirmar el declarado en el RUC, en los siguientes casos:

• Ante la negativa a recibir la notificación (en 3 días distintos).• Ante la ausencia de persona capaz en el domicilio (en 3 días

distintos).• Si los casos anteriores se combinan.• Si no existe la dirección declarada del domicilio.

Contribuyentes “No hallados”

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Page 49: Renta de Tercera

HABIDO

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

CUARTO FILTRO: REGLAS ESPECIALES (articulo CUARTO FILTRO: REGLAS ESPECIALES (articulo 44) 44)

Gastos “No Habidos” o “ No Hallados”

Page 50: Renta de Tercera

Impuesto a la Renta

Articulo 44 .- (….) no son deducibles para la determinación de la renta neta imponible:

Propio y de Terceros.Excepción: Intereses no Domiciliados

Propio y de Terceros.Excepción: Intereses no Domiciliados

Multas y sanciones Impuestas por Sector Público Nacional

Impuestas por Sector Público Nacional

Que no cumplan con lo señalado por el articulo 37

Que no cumplan con lo señalado por el articulo 37

Donaciones

REGLAS ESPECIALES (articulo 44) REGLAS ESPECIALES (articulo 44)

Page 51: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTALA RENTA

Page 52: Renta de Tercera

TOTAL ADICIONES: 276,167.00

UTILIDAD CONTABLE 540,900.00

RENTA NETA: 733,067.00

TOTAL DEDUCCIONES: (84,000.00)

IMPUESTO A LA RENTA 30%: 189,920.10

PAGOS A CTA DURANTE EL EJERCICIO: (49,360.00)

IMPUESTO A PAGAR 5,560.10

BASE IMPONIBLE DEL IR: 633,067.00

PÉRDIDA TRIBUTARIA ( 100,000.00)

SALDO A FAVOR EJ. ANT. (135,000.00)

DETERMINACION DEL IMPUESTO A LA RENTA

Page 53: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

PÉRDIDA TRIBUTARIAPÉRDIDA TRIBUTARIA

Page 54: Renta de Tercera

OBTENCION DE LA PERDIDA NETA ARRASTRABLEOBTENCION DE LA PERDIDA NETA ARRASTRABLE

Contar con el resultado contable del ejercicio

Efectuar sobre éste, una consolidación tributaria (aplicación de adiciones y deducciones permitidas por

la normatividad tributaria).

Resultado Positivo Resultado Negativo

Se ha obtenido Renta Neta

Se ha obtenido Pérdidas

Si la empresa obtuvo pérdida tributaria arrastrable ésta deberá ser deducida contra la renta neta.

Page 55: Renta de Tercera

UTILIZACION DE LA PERDIDA NETA ARRASTRABLE

En la Teoría Contable

En la Normatividad Tributaria

La pérdida es acumulada y aplicada contra las utilidades hasta extinguirla.

La pérdida es acumulada y aplicada contra la renta neta por un tiempo de duración limitado.

Page 56: Renta de Tercera

EVOLUCION NORMATIVA

Decreto Legislativo Nº 945 – A partir de 2004

“Artículo 50.- Los contribuyentes domiciliados en el país deberán compensar (…), con arreglo a alguno de los siguientes sistemas:

a) Compensar la perdida neta total de tercera categoría de fuente peruana que registren en un ejercicio gravable, imputándola año a año, hasta agotar su importe, a las rentas netas de tercera categoría que obtengan en los 4 (cuatro) ejercicios inmediatos posteriores computados a partir del ejercicio siguiente al de su generación. El saldo que no resulte compensado una vez transcurrido ese lapso no podrá computarse en los ejercicios siguientes.

b) Compensar la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana que registren en un ejercicio gravable imputándola año a año, hasta agotar su importe, al 50% de las rentas netas de tercera categoría que obtengan en los ejercicios inmediatos posteriores.

Page 57: Renta de Tercera

EVOLUCION NORMATIVA

2006 2007 2008 2009 2010 2011

50% 50% 50% 50% 50%

2006 2007 2008 2009 2010 2011

100% 100% 100% 100%

ENTONCES SE PODRÁ:

a. Compensar la pérdida tributaria imputándola año a año, hasta agotar su importe, al 50 por ciento de las rentas y sin límite.

b) Compensar en los 4 ejercicios inmediatos posteriores, el saldo que no resulte compensado una vez transcurrido ese lapso, se pierde.

Page 58: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

TASAS DEL IMPUESTO A LA RENTATASAS DEL IMPUESTO A LA RENTA

Page 59: Renta de Tercera

TASAS

• Personas Naturales

– Tasa Progresiva (15%, 21% y 30%)

• Personas Jurídicas

– Tasa (30%)

Page 60: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

PAGOS A CUENTAPAGOS A CUENTA

Page 61: Renta de Tercera

RÉGIMEN DE LOS PAGOS A CUENTA

DOS POSIBILIDADES:

Sistema del Coeficiente;

IN x (Impuesto Ejercicio Anterior) Ingresos netos del Ejercicio Anterior

Sistema del Coeficiente;

IN x (Impuesto Ejercicio Anterior) Ingresos netos del Ejercicio Anterior

Sistema del Porcentaje:

IN x 2%

Sistema del Porcentaje:

IN x 2%

Utilizado para aquellos que inicien actividades o en el ejercicio anterior se obtuvo perdida tributaria

Utilizado para aquellos que inicien actividades o en el ejercicio anterior se obtuvo perdida tributaria

Sistema del Coeficiente;

92,000 x 100,000 1,100,000

= 92,000 x 0.09 = 8,280

Sistema del Coeficiente;

92,000 x 100,000 1,100,000

= 92,000 x 0.09 = 8,280

Page 62: Renta de Tercera

IMPUESTO TEMPORAL A IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOSLOS ACTIVOS NETOS

Page 63: Renta de Tercera

Entre otros:

• Los sujetos que no hayan iniciado sus operaciones productivas. Se entenderán iniciadas las operaciones cuando se realice la primera transferencia de bienes o prestación de servicios.

• Aquellos que hubieran iniciado sus operaciones a partir del 01 de enero del ejercicio al que corresponde el pago.

SUJETOS DEL IMPUESTO

ITAN

Sujetos no obligados

Page 64: Renta de Tercera

Entre otros:

• Las instituciones educativas particulares, excluidas las academias de preparación

• Las entidades inafectas o exoneradas del Impuesto a la Renta a que se refieren los artículos 18 y 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, así como las personas generadoras de rentas de tercera categoría, exoneradas o inafectas del Impuesto a la Renta de manera expresa.

Entre otros:

• Las instituciones educativas particulares, excluidas las academias de preparación

• Las entidades inafectas o exoneradas del Impuesto a la Renta a que se refieren los artículos 18 y 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, así como las personas generadoras de rentas de tercera categoría, exoneradas o inafectas del Impuesto a la Renta de manera expresa.

SUJETOS DEL IMPUESTO

ITAN

Sujetos no obligadosSujetos no obligados

Page 65: Renta de Tercera

BASE IMPONIBLE

• La base imponible está conformada por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado según Decreto Legislativo Nº 797, el mismo que establece la aplicación de las normas de ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria, cuando corresponda. (ejemplo: caja, cuentas por cobrar, mercaderias, valores, terrenos, edificios, etc).

• La base imponible señalada se grava con las siguientes tasas:

ITAN

VALOR DEL ACTIVO TASA

Hasta 1 00 000 0 %

Exceso 1 00 000 0.4%

Page 66: Renta de Tercera

DETERMINACIÓN, DECLARACIÓN Y PAGO

Pago fraccionado (9 cuotas)Pago fraccionado (9 cuotas)

DOS MODALIDADES:

Debemos destacar que los contribuyentes que opten por la modalidad de pago al contado no podrán adoptar con posterioridad a la presentación de la declaración jurada, la forma de pago fraccionado.

Debemos destacar que los contribuyentes que opten por la modalidad de pago al contado no podrán adoptar con posterioridad a la presentación de la declaración jurada, la forma de pago fraccionado.

Pago al contadoPago al contado

Page 67: Renta de Tercera

ITAN

Como crédito contra pagos a cuenta

Como crédito contra pagos a cuenta

(Efectivamente pagado hasta su fecha de vencimiento)

Saldo ITANSaldo ITAN

100% como crédito contra pago de regularización

100% como crédito contra pago de regularización

% como gasto y% como crédito contra pago de regularización

% como gasto y% como crédito contra pago de regularización

100% como gasto y0% como crédito contra pago de regularización

100% como gasto y0% como crédito contra pago de regularización

Si queda saldo ITAN: DevoluciónSi queda saldo ITAN: Devolución

UTILIZACION DEL ITAN

Page 68: Renta de Tercera

REGIMEN GENERAL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTADEL IMPUESTO A LA RENTA

DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTALA RENTA

Page 69: Renta de Tercera

ADICIONES y DEDUCCIONES

Gratificación extraordinaria de S/. 30,000 a uno de los contadores de la empresa, por los resultados favorables del ejercicio.

Gratificación extraordinaria de S/. 30,000 a uno de los contadores de la empresa, por los resultados favorables del ejercicio.

La empresa ha incurrido en gastos de salud y farmacia a favor de los familiares de los trabajadores en S/. 100,000. La empresa no ha celebrado convenio colectivo alguno.

La empresa ha incurrido en gastos de salud y farmacia a favor de los familiares de los trabajadores en S/. 100,000. La empresa no ha celebrado convenio colectivo alguno.

La empresa ha incurrido mensualmente en gastos de celulares a favor de los Directores de la empresa por un monto de S/. 20,000. Dichos Directores, han sesionado sólo dos veces en el presente ejercicio.

La empresa ha incurrido mensualmente en gastos de celulares a favor de los Directores de la empresa por un monto de S/. 20,000. Dichos Directores, han sesionado sólo dos veces en el presente ejercicio.

La empresa ha incurrido en gastos destinados al pago de Estudios del hijo de uno de los accionistas.

La empresa ha incurrido en gastos destinados al pago de Estudios del hijo de uno de los accionistas.

Gratificación extraordinaria, S/.200 a los 20 trabajadores, por mayor productividad (una en todo el año).

Gratificación extraordinaria, S/.200 a los 20 trabajadores, por mayor productividad (una en todo el año).

Los gastos de mantenimiento, de luz y agua ascendente a S/. 50,000 de una oficina arrendada, conforme a lo establecido en un contrato privado, sin firmas legalizadas.

Los gastos de mantenimiento, de luz y agua ascendente a S/. 50,000 de una oficina arrendada, conforme a lo establecido en un contrato privado, sin firmas legalizadas.

Page 70: Renta de Tercera

ADICIONES y DEDUCCIONES

La empresa ha recibido S/. 80,000 por dividendos de otras empresas (al ser accionista de las mismas)

La empresa ha incurrido en diversos gastos por la suma de S/. 25,000 respecto de los cuales no se tienen comprobantes de pago.

La empresa ha incurrido en gastos de representación por un monto ascendente a S/. 10,445 (Su Ingreso Bruto ha sido de S/. 889,000)

La empresa ha deducido por concepto de depreciación el 5% del inmueble en donde realiza sus operaciones (el valor de construcción es de S/.100,000).

La empresa ha pagado dietas a los directores por el monto total de S/. 50,000 (Su utilidad según Balance Ajustado al 31.12. es de S/. 540,900).

Procede la deducción (causalidad). Pero ni se adiciona ni se deduce, ya se pasó como gasto.

Page 71: Renta de Tercera

La empresa ha pagado S/. 3,000 por concepto de viáticos a un trabajador que viajó por 7 días a Ayacucho para la realización de una venta.

La empresa ha pagado S/. 3,000 por concepto de viáticos a un trabajador que viajó por 7 días a Ayacucho para la realización de una venta.

Los gastos sustentados con Comprobantes que otorgan derecho a deducción asciende a S/. 100,000. Aquellos sustentados en boletas de venta ascienden a S/. 10,000 (8,000 han sido emitidos por sujetos RUS).

Los gastos sustentados con Comprobantes que otorgan derecho a deducción asciende a S/. 100,000. Aquellos sustentados en boletas de venta ascienden a S/. 10,000 (8,000 han sido emitidos por sujetos RUS).

La empresa ha deducido por concepto de desmedro S/. 10,000. (ha cumplido con todas las formalidades exigidas por la Ley).

La empresa ha deducido por concepto de desmedro S/. 10,000. (ha cumplido con todas las formalidades exigidas por la Ley).

La empresa ha efectuado la provisión de una acreencia ascendente a S/. 1,000 que mantiene con Asesorandina S.R.L. (empresa vinculada a ella)

La empresa ha efectuado la provisión de una acreencia ascendente a S/. 1,000 que mantiene con Asesorandina S.R.L. (empresa vinculada a ella)

ADICIONES y DEDUCCIONESADICIONES y DEDUCCIONES

Page 72: Renta de Tercera

PAGOS A CTA DURANTE EL EJERCICIO: (49,360.00)

DETERMINACION DEL IMPUESTO A LA RENTA

TOTAL ADICIONES: 276,167.00UTILIDAD CONTABLE: 540,900.00

RENTA NETA: 733,067.00

TOTAL DEDUCCIONES: (84,000.00)

IMPUESTO A LA RENTA 30%: 189,920.10

IMPUESTO A PAGAR 3,560.10

BASE IMPONIBLE DEL IR: 633,067.00

PÉRDIDA TRIBUTARIA ( 100,000.00)

SALDO A FAVOR EJ. ANT. (135,000.00)

ITAN (2,000)

Page 73: Renta de Tercera

REGIMEN ESPECIALREGIMEN ESPECIALDEL IMPUESTO A LA DEL IMPUESTO A LA

RENTARENTA

Page 74: Renta de Tercera

REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

CONTRIBUYENTE:

Personas naturales y jurídicas, que obtengan rentas de actividades siempre que:

• Ingresos no mayores a S/. 525, 000• Activos (excepto predios y vehículos), no sea mayor a S/. 126,000.• Compras no superen los S/. 525,000 al año.• Desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría con personal afectado a la actividad menor a 10 personas.

CONTRIBUYENTE:

Personas naturales y jurídicas, que obtengan rentas de actividades siempre que:

• Ingresos no mayores a S/. 525, 000• Activos (excepto predios y vehículos), no sea mayor a S/. 126,000.• Compras no superen los S/. 525,000 al año.• Desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría con personal afectado a la actividad menor a 10 personas.

PUEDE EMITIR BOLETAS Y FACTURAS

PUEDE EMITIR BOLETAS Y FACTURAS

CONTABILIDAD:• REGISTRO DE COMPRAS• REGISTRO DE VENTAS

CONTABILIDAD:• REGISTRO DE COMPRAS• REGISTRO DE VENTAS

BASE DE CALCULO =INGRESOS

NETOS MENSUALES

TASA DEL 1.5%

x

IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR MENSUALMENTE

=

OBJETO DEL IMPUESTO: INGRESOS NETOS

OBJETO DEL IMPUESTO: INGRESOS NETOS

Page 75: Renta de Tercera

REGIMEN UNICO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADOSIMPLIFICADO

Page 76: Renta de Tercera

REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO - RUS

SUJETO DEL IMPUESTO:

PN con negocio siempre que:

• IB no sean mayores a S/. 360, 000• Activos fijos (excepto predios y vehículos), no sea mayor a S/. 70,000.• Adquisiciones no superen los S/. 360,000 al año.•Actividad se desarrolle en un solo local

CATEGORÍAS

PARÁMETROS

Total Ingresos Brutos Mensuales

(Hasta S/.)

Total Adquisiciones

Mensuales(Hasta S/.)

1 5,000 5,000

2 8,000 8,000

3 13,000 13,000

4 20,000 20,000

5 30,000 30,000

CATEGORÍAS

CUOTA MENSUAL S/.

1 20

2 50

3 200

4 400

5 600NO LLEVA CONTABILIDAD

OBJETO DEL IMPUESTO: Ingresos Brutos (IR) y Valor Agregado (IGV)

SUJETO DEL IMPUESTO: Toda PN con negocio

SOLO EMITE BOLETAS

Page 77: Renta de Tercera

¿QUE ES RUS CATEGORIA ESPECIAL Y QUIENES ¿QUE ES RUS CATEGORIA ESPECIAL Y QUIENES PUEDEN ACOGERSE A ELLA?PUEDEN ACOGERSE A ELLA?

Está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus adquisiciones anuales no exceda, cada uno, de S/. 60,000.00 siempre que se trate de:

• Sujetos que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en mercados de abastos.

• Sujetos dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.

LA CUOTA MENSUAL: S/. 0.00 NUEVOS SOLES.

Page 78: Renta de Tercera

RESUMENRESUMEN

Page 79: Renta de Tercera

INGRESO

HASTA

CUOTA MENSUAL S/.

5,000 20

8,000 50

13,000 200

20,000 400

30,000 600

INGRESO

(COSTO Y GASTOS DEDUCIBLES)

(SUSTENTO = FACTURA)

EMITE BOLETAS Y FACTURAS

12 LIBROS CONTABLES

REGIMEN GENERAL

Determinación anualPagos a cuenta mensuales

(coeficiente o 2%)

TASA: 30%

RENTA

x

=Impuesto a la Renta

NO LLEVA CONTABILIDAD

SOLO EMITE BOLETAS

Determinación mensual

INCLUYE IGV

OPERACIONES EN UN SOLO LOCAL

Ingresos y gastos menores a S/.360,000 al año

Activos menores a S/. 70,000

RUS

2 LIBROS CONTABLES

Determinación mensual

Ingresos y gastos menores a S/.525,000 al año

Activos menores a S/. 126,500

EMITE BOLETAS Y FACTURAS

INGRESOMENSUALx =TASA:

1.5 %

IR

NO INCLUYE IGV

RER

Page 80: Renta de Tercera

GRACIASGRACIAS