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PAGOS A CUENTA DE TERCERA
CATEGORIA
Marco Legal
• Art.85° TUO Ley Impuesto a la Renta.Cuyas últimas modificaciones están dadas por las siguientes normas:
� Decreto Legislativo N° 1120: Modificación del Art. 85° de la LIR – 18.07.2012
- Desaparecen los Sistema de Pago (A:Coeficiente y B:Porcentaje).
� Ley Nº 29999: Modificación del Art.85º de la LIR -13.03.2013 – Nuevo
sistema de suspensión y modificación de pagos a cuenta.
• Art. 54° Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.Cuyas últimas modificaciones están dadas por las siguientes normas:
� Decreto Supremo N° 155-2012-EF: Modificación del Art. 54 del Reglamento
de la LIR - 23.08.2012.
� Decreto Supremo Nº 50-2013-EF: Adecuación del Reglamento de la LIR -
15.03.2013.
• Resolución de Superintendencia Nº 101-2013/SUNAT:
Normas relativas a la suspensión de los pagos a cuenta del impuesto a la renta
por rentas de tercera categoría, a partir del pago a cuenta de los meses de
febrero, marzo, abril o mayo. - 21.03.2013.INSC - GPGSC
Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
Los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría
realizarán anticipos mensuales del Impuesto a la Renta que sedetermine concluido el ejercicio gravable. Será un abono con
carácter de pago a cuenta que se realizará dentro de los plazosprevistos por el Código Tributario.
La determinación de los pagos a cuenta se realizará de acuerdo a loestipulado en el Art. 85 de la Ley del Impuesto a la Renta.
De manera opcional, los pagos a cuenta se podrán suspender y
modificar si se cumple con los requisitos establecidos en los incisos
i) , ii) y iii) del Art. 85 de la Ley de Impuesto a la Renta.
INSC - GPGSC
Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
A partir del pago a cuenta correspondiente al período Agosto 2012
desaparecen los Sistema de Pago (A:Coeficiente y B:Porcentaje) y
se establece una nueva regla de cálculo, mediante la cual se paga
el monto mayor resultante de comparar las cuotas mensuales
determinadas según lo siguiente:
- Cuota resultante de aplicar a los ingresos netos obtenidos en
el mes, el coeficiente resultante del Impuesto Calculado /Ingresos Netos del ejercicio anterior. Para el caso de enero
y febrero, se considera el Impuesto Calculado / IngresosNetos correspondientes al ejercicio precedente al anterior.
- Cuota resultante de aplicar a los ingresos netos obtenidos enel mes, 1.5%.
INSC - GPGSC
INSC - GPGSC
Se considera Ingresos Netos al total de ingresos gravables de la terceracategoría, devengados en cada mes, menos las devoluciones, bonificaciones,descuentos y demás conceptos de naturaleza similar, que corresponda a lacostumbre de la plaza.
Ingresos Netos: Casillas PDT
INSC - GPGSC
Impuesto Calculado: Casillas PDT
Determinación de los Pagos a Cuenta Tercera Categoría 2014
Pagos a
CuentaArt. 85º
Se aplica en los casos de no existirimpuesto calculado en el ejercicio anterioro en el precedente al anterior
Coeficiente = IC ejercicio precedente al anteriorENR-FEB IN ejercicio precedente al anterior
Coeficiente = IC ejercicio anteriorMZO-DIC IN ejercicio anterior
PAGO A CUENTA
Ingresos Netos del mes
X CoeficienteInciso a)
PAGO A CUENTA
Ingresos Netos del mes
X 1.5%Inciso b)
Monto Mayor
Notas:
IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos Netos
INSC - GPGSC
Modificación o suspensión de
pagos a cuenta:
Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
INSC - GPGSC
Los EGyP se presentarán a través del PDT 0625 “Modificación deCoeficiente o Porcentaje para el Cálculo del Pago a Cuenta delImpuesto a la Renta”.
Existen 3 situaciones:
� 1ra: Aplicable a contribuyentes que pagan con la tasa del
1.5% y que deseen suspender sus pagos a cuenta de los
meses de febrero, marzo, abril o mayo según corresponda.
Deberán presentar solicitud a SUNAT.
� 2da: Aplicable a contribuyentes que pagan con la tasa del
1.5% , debiendo presentar:
EGyP al 30/04 y
EGyP al 31/07.
� 3ra: Aplicable a contribuyentes que pagan con tasa 1.5% o
coeficiente, para ello deberán presentar:
EGyP al 31/07.
1.5%
Artículo 85º LIR:
Determinación del PAC
1.5% coeficiente
- Suspensión a partir del PAC de
febrero, marzo, abril o mayo sobre
EGP al 31.01; 28/29.02.; 31.03;
30.04.
- Solicitud sujeta a
pronunciamiento de la SUNAT.
- Excel por mesa de partes
adjuntando los demás requisitos.
- Modificación o Suspensión a
partir del PAC de mayo sobre el
EGP al 30.04. y hasta el PAC de
julio.
-Debe presentar EGP al 31.07 para
determinar o suspenderPAC.
- PDT 625.
- COMPARAR con el coeficiente de
la DJ ANUALprecedente.
- No adeudarPAC de enero a abril.
- Modificación o
suspensión a partir del
PAC de agosto, con
presentación del EGP al
31.07.
- Solo PDT 625
Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
Modificación opcional a
partir del pago a cuenta Mayo
Se suspende
los pagos a cuenta si No
hay IC
Ingresos
Netos del mes
X Coeficiente Resultante
del E.G y P al 30/04/XX
IC E.G y P al 30/04/XX
IN E.G y P al 30/04/XX
X Coeficiente de la DJ
Anual del ejercicio anterior
Notas:
IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos NetosCoeficiente de la DJ Anual = IC ejercicio anterior
IN ejercicio anterior
Modificación del 1.5%Inciso b)
Excepción: Si
hay IC delejercicio
anterior seaplicaraCoeficiente de
la DJ Anualdel ejercicio
anterior.
Monto Mayor
Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
Notas:•Si el coeficiente resultante fuese inferior aldeterminado en el ejercicio anterior, se aplicará esteúltimo.•El contribuyente debió cumplir con presentar la DJanual del ejercicio anterior.
Obligación:
Presentar el E.G y P al 31.07.XX para determinar o suspendersus pagos a cuenta de los Periodos Agosto a Diciembre.
Ingresos Netos
del mes
X Coeficiente resultante
del E.G y P al 31.07.XX
IC E.Gy P al 31/07/XX
IN E.G y P al 31/07XX
Se suspende los pagos a
cuenta
Requisitos:Presentación de D.J Anual del IR del ejercicio anterior, de corresponder.No tener deuda pendiente por los pagos a cuenta de enero a abril.
Nota:De no presentar el E.G y P al 30.04.XX, opcionalmente se podrá modificar el 1.5%presentando el E.G y P al 31.07.XX para los meses de Agosto a Diciembre.
Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
Modificación del 1.5%Inciso b)
Si se modificó opcionalmente
a partir del pago a cuenta
de Mayo
E.G. y P. al 31.07.XX
Si
NoX 1.5%
Ingresos Netos
del mes
IC
No
Si
INSC - GPGSC
A partir del pago a cuenta del mes de Agosto, presentarel E.G y P al 31.07.XX
PAGO A CUENTA
Ingresos Netos del mes
X Coeficiente Resultante del E.G y P al
31/07/XX
IC E.G y P al 31/07/XX
IN E.G y P al 31/07XX
Se suspende los pagos a cuenta si
No hay IC
REQUISITOS:Presentación de D.J Anual del IR del ejercicio anterior, de corresponder.
Notas:
IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos Netos
Modificación del
Coeficiente
Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014
INSC - GPGSC
REQUISITOS
Suspensión a partir de los Pagos a Cuenta de Febrero, Marzo, Abril o Mayo
SOLICITUDdirigida a SUNAT
DECLARACION JURADA
REGISTROS O
INVENTARIOS FISICOS
Aplicable a contribuyentes que aplican el 1.5% a sus ingresos netos y
que desean suspender sus pagos a cuenta a partir del mes de
febrero, marzo, abril o mayo.
Procedimiento 47 TUPA - SUNAT
1. El promedio de los ratios de los 4 últimos ejercicios vencidos de
corresponder, deben ser ≥ a 95%, los cuales se obtienen de dividirel costo de ventas entre las ventas netas de cada ejercicio
multiplicado por 100.
2. Los coeficientes de los 2 últimos ejercicios vencidos no deben
exceder los siguientes límites de acuerdo al mes en el que sesolicita la suspensión:
Si no existe impuesto calculado se da por cumplido el requisito.
3. El total de los pagos a cuenta de los meses anteriores al pago acuenta a partir del cual se solicita la suspensión cuyo monto
cancelado sea igual o mayor al determinado en los 2 últimos
ejercicios vencidos.
RequisitosRequisitos
Suspensión a partir de: Coeficiente
Febrero Hasta 0,0013
Marzo Hasta 0,0025
Abril Hasta 0,0038
Mayo Hasta 0,0050
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
Presentar una Solicitud a
través de un escrito, por
Mesa de Partes el cual deberá
contener:
1.Registro de costos (>1,500 UIT),2.Registro de Inventario Permanente Valorizado (>1,500 UIT),
3.Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
(>500 UIT y ≤1,500 UIT),4.En caso de no estar obligado a llevar dichos registros,
deberá presentar los inventarios físicos de sus existenciasrealizados al final del ejercicio (<500 UIT).
Esta información se presenta en formato DBF o Excel utilizandopara ello un disco compacto o memoria USB.
Considerar para ello las formalidades establecidas en la R.S. Nº
234-2006/SUNAT.
De acuerdo al numeral 13.4 del artículo 13° de la R.S. 234-
2006/SUNAT, incorporado por el Artículo 5 de la Resolución Nº239-2008-SUNAT (31.12.2008): “Los contribuyentes que se
encuentren obligados a llevar Registro De Inventario Permanente
Valorizado, se encuentran EXCEPTUADOS de llevar el Registrode Inventario Permanente en Unidades Físicas.
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
RequisitosRequisitos
Adjuntar los Registros de los
últimos 4 ejercicios vencidos a que
hace referencia el Art. 35º del RLIR:
1. Según el período del pago a cuenta a partir del cual se solicite la
suspensión:
Utilizar aplicativo en formato Excel disponible en la web. Esta
Declaración debe ser impresa y firmada por el representantelegal.
2. El coeficiente que se obtenga del EGP no debe exceder lossiguientes límites:
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
Suspensión a partir de: E.G.y.P.
Febrero Al 31 de Enero
Marzo Al 28 o 29 de Febrero
Abril Al 31 de Marzo
Mayo Al 30 de Abril
RequisitosRequisitos
Presentar una Declaración
Jurada conteniendo el
EGP:
Suspensión a partir de: Coeficiente
Febrero Hasta 0,0013
Marzo Hasta 0,0025
Abril Hasta 0,0038
Mayo Hasta 0,0050
ImplicanciasImplicancias
1. La presentación de la Solicitud, Registros y DeclaraciónJurada está sujeta a pronunciamiento por parte de laSUNAT.
2. La suspensión a partir del pago a cuenta de febrero,
marzo, abril o mayo sólo será aplicable respecto de lospagos a cuenta de los meses de febrero a julio que nohubieran vencido a la fecha de notificación de la RI, RO
Zonal, que se emita con motivo de la solicitud.
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
3. Los contribuyentes que hubieran optado por suspendersus pagos a cuenta a partir del mes de febrero, marzo,abril o mayo, deberán presentar el PDT Nº 625 con el EGP
al 31 de julio, para continuar con la suspensión o modificartal situación para el reinicio de sus pagos a cuenta de los
meses de agosto a diciembre:
� Suspender: cuando no exista impuesto calculado o de
existir, el coeficiente correspondiente al mes en que seefectúo la suspensión no debe exceder los limites
establecidos (0.0013, 0.0025, 0.0038, 0.0050)
� Modificar: cuando el coeficiente resultante exceda los
limites establecidos (0.0013, 0.0025, 0.0038, 0.0050).
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
ImplicanciasImplicancias
4. De no presentar el PDT Nº 625 conteniendo el EGP al 31de julio, los contribuyentes deberán efectuar sus pagos acuenta efectuando la comparación entre el 1.5% y el
coeficiente.
5. Efectuada la presentación, el coeficiente resultante seaplicará únicamente a los pagos a cuenta de agosto adiciembre que no hubieran vencido.
6. También podrán modificar o suspender sus pagos a cuenta
en base a su EGP al 30 de abril previo desistimiento de lasolicitud.
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
ImplicanciasImplicancias
Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría
7. A efectos de poder aplicar la presente opción desuspensión, los contribuyentes no deberán tener deudapendiente de pago por los pagos a cuenta de los meses de
enero a abril del ejercicio, según corresponda, cuyovencimiento se produzca en el mes en el que se presente la
Solicitud de suspensión de pagos a cuenta.
8. Se considera como deuda pendiente de pago: la exigible de
conformidad con lo previsto en el artículo 3º del CódigoTributario, salvo que se encuentre impugnada a la fecha en
que se ejerce la presente opción.
ImplicanciasImplicancias
CASOS PRACTICOS
CASOS PRACTICOS
INSC - GPGSC
Caso Práctico N° 1
La Empresa ARTES SAC desea saber cómo va a determinar sus pagos a cuenta de Renta en el ejercicio
2014
Datos Adicionales:
Solución:
- Por Enero y Febrero 2014
Impuesto Calculado 2012 = 185,000 = 0.0121Ingresos Netos 2012 15´320,000
- Por Marzo a Diciembre 2014
Impuesto Calculado 2013 = 320,000 = 0.0162Ingresos Netos 2013 19´750,000
Impuesto Calculado
320,000
Ingresos Netos 19´750,000
EJERCICIO 2012 EJERCICIO 2013
Impuesto Calculado
185,000
Ingresos Netos 15´320,000
Se compara el coeficiente con el 1.5% y se aplica el
mayor. Para el presente caso sería el resultado de aplicar
el 1.5% a los ingresos netos de los meses indicados.
En este caso el coeficiente es mayor al 1.5%. El
contribuyente deberá aplicar el coeficiente 0.0162 a los
ingresos netos de los meses de marzo a diciembre 2014
La Empresa ARCOS SAC desea saber cómo va a determinar sus pagos a cuenta de Renta en el
ejercicio 2014
Datos Adicionales:
Solución
- Por Enero y Febrero 2014
Impuesto Calculado 2012 = 185,000 = 0.0179
Ingresos Netos 2012 10´320,000
- Por Marzo a Diciembre 2014
Impuesto Calculado 2013= 320,000 = 0.0141Ingresos Netos 2013 22´750,000
Impuesto Calculado
320,000
Ingresos Netos 22´750,000
EJERCICIO 2012 EJERCICIO 2013
Impuesto Calculado
185,000
Ingresos Netos 10´320,000
Se compara el coeficiente con el 1.5% y se aplica
el mayor. Para el presente caso sería el
resultado de aplicar el coeficiente de 0.0179 a
los ingresos netos de los meses indicados.
En este caso el coeficiente es menor al 1.5%. El
contribuyente deberá aplicar el 1.5% a los
ingresos netos de los meses de marzo a
diciembre 2014.
Caso Práctico N° 2
INSC - GPGSC
� SI, a partir de los pagos a cuenta del mes de mayo y sobre labase de los resultados que arroja el EGP al 30 de abril.
� Este coeficiente no debe ser menor al determinado según la DJanual del IR del ejercicio 2013 (0.0141).
� En ese caso si el coeficiente resultante es 0.0145, deberárealizar sus pagos a cuenta con este coeficiente por los mesesde mayo, junio y julio.
� Si la Empresa ARCOS SAC ejerció esta opción deberápresentar el EGP al 31 de julio, para determinar o suspender suspagos a cuenta de los meses de agosto a diciembre.
Caso Práctico N° 3
INSC - GPGSC
La Empresa ARCOS podrá modificar la tasa de 1.5% aplicable a sus pagos a cuenta?
- SI HAY IMPUESTO CALCULADO
Al 31.07.2014: Impuesto Calculado : 19,000Ingresos Netos : 1´680,000
Pagos a Cuenta de agosto a diciembre 2014
Impuesto Calculado: 19,000 = 0.0113 (Coeficiente)Ingresos Netos : 1´680,000
En este caso, como el contribuyente presentó su EGP al 31.07.2014 debe efectuar sus pagos a cuentapor los períodos agosto a diciembre 2014 aplicando el coeficiente determinado: 0.0113
- SI NO HAY IMPUESTO CALCULADO
Al 31.07.2014: Impuesto Calculado : 0Ingresos Netos : 2´550,000
Pagos a Cuenta de Agosto a Diciembre 2014En este caso, como el contribuyente presentó su EGP al 31.07.2014 y no hay impuesto calculado,
entonces suspenderá los pagos a cuenta de Agosto a Diciembre 2014.
Caso Práctico N° 4
La Empresa ARCOS SAC presenta el 24.08.2014 el EGP al 31.07.2014, con la siguienteinformación:
INSC - GPGSC
Caso Práctico N° 5
La empresa XX presentó su DJ Anual del 2013 y obtuvo 1.8% como coeficiente.Presentó su PDT 0625 el 30/05/2014 con EGyP al 30/04 obteniendo comocoeficiente 0.95%, el 01/09/2014 presentó el PDT 0625 con EGyP al 31/07
obteniendo pérdida tributaria. Indicar el coeficiente o porcentaje que utilizará parasus pagos a cuenta, en los meses indicados:
Marzo : …………………………………………………….
Abril : …………………………………………………….
Mayo : ….…………………………………………………
Junio : …………………………………………………….
Julio : …………………………………………………….
Agosto : …………………………………………………….
Setiembre : ……………………………….……………………
Octubre : …………………………………………………….
Noviembre : ……………………………………………………..
Diciembre : ……………………………………………………..INSC - GPGSC
PDT
INSC - GPGSC
PDT
INSC - GPGSC
PDT
PDT
RESUMEN
2012 2013
PAGOS A CUENTA IMPUESTO A LA RENTA
2014
ENE/FEB MAR/DIC
- - 1.50% 1.50%
- Pérdida 1.50% 1.50%
- Ganancia 1.50%Tomo el MAYOR
1.50% Coef.2013
Pérdida Pérdida 1.50% 1.50%
Pérdida Ganancia 1.50%Tomo el MAYOR
1.50% Coef.2013
Ganancia PérdidaTomo el MAYOR
1.50% Coef.20121.50%
Ganancia GananciaTomo el MAYOR
1.50% Coef.2012
Tomo el MAYOR
1.50% Coef.2013
GRACIASGRACIAS
INSC - GPGSC