Reglamento Serv. Social

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03-30-81 REGLAMENTO para la prestación del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior en la República Mexicana. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 11 de la Ley Federal de Educación; 32, fracción I y 38, fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR EN LA REPUBLICA MEXICANA. CAPITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1o.- El presente reglamento establece las bases y fija los lineamientos del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior en la República Mexicana. ARTICULO 2o.- Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda. ARTICULO 3O.- El servicio social de estudiantes tendrá por objeto I.- Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece. II.- Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público. III.- Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social.

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Reglamento del servicio social para pasantes médicos en México.

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03-30-81 REGLAMENTO para la prestacin del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educacin superioren la Repblica Mexicana.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepblica.JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio lafacultad que me confiere el artculo 89, fraccin I, de la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos y con fundamento en los artculos 11 de la Ley Federal de Educacin; 32, fraccin I y 38, fraccinXXXde la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, he tenido a bien expedir el siguienteREGLAMENTOPARALAPRESTACIONDEL SERVICIOSOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DELAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR EN LA REPUBLICA MEXICANA.CAPITULO IDisposiciones GeneralesARTICULO1o.- El presente reglamento establece las bases y fija los lineamientos del servicio social de losestudiantes de las instituciones de educacin superior en la Repblica Mexicana.ARTICULO2o.- Los estudiantes de las instituciones de educacin superior prestarn el servicio social concarcter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el ttulo o grado acadmico quecorresponda.ARTICULO3O.- El servicio social de estudiantes tendr por objetoI.- Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la quepertenece.II.- Convertir esta prestacin en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a travs de los planesy programas del sector pblico.III.- Contribuir a la formacin acadmica y capacitacin profesional del prestador del servicio social.ARTICULO4o.- Las disposiciones contenidas en este Reglamento son aplicables a las instituciones deeducacin superior de la Federacin y a las autorizadas o con reconocimiento de validez oficial de estudios dela Secretara de Educacin Pblica.ARTICULO5o.- Las dependencias del Ejecutivo Federal dictarn las medidas necesarias para instrumentarel servicio social en sus reas de competencia, de acuerdo con los lineamientos de este Reglamento.ARTICULO6o.- La Secretara de Educacin Pblica promover que las instituciones de educacin superiorde la Repblica Mexicana integren a sus planes y programas acadmicos, las acciones correspondientes alservicio social de los estudiantes, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento y dems disposicionesaplicables.CAPITULO IIDe la prestacin del Servicio SocialARTICULO7o.- La prestacin de este servicio por ser de naturaleza social no podr emplearse para cubrirnecesidades de tipo laboral o institucional, ni otorgar categora de trabajador al prestador del servicio.ARTICULO8o.- Los programas del servicio social regulados este ordenamiento proveern, tanto en loadministrativo como en lo econmico, de los elementos mnimos, as como de los estmulos y apoyosnecesarios para la realizacin de sus objetivos.ARTICULO9o.- Para que el estudiante preste su servicio social deber comprobar previamente habercubierto, cuando menos un setenta por ciento de los crditos acadmicos previstos en el programa deestudios correspondiente. Dicha comprobacin deber proporcionarla la institucin de educacin superiordonde el interesado est cursando sus estudios.ARTICULO10.- El nmero de horas requerido para la prestacin del servicio, estar determinado por lascaractersticas especficas del programa al que est adscrito el alumno. La duracin del servicio social nopodr ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo dispuesto por el Artculo 55 de la LeyReglamentaria del Artculo 5o. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.ARTICULO11.- El servicio social deber cubrirse preferentemente en aquellos planes y programas queestablezca el Ejecutivo Federal y que contribuyan al desarrollo econmico, social y cultural de la Nacin.CAPITULO IIIDel Sistema Nacional del Servicio SocialARTICULO12.- El servicio social se integrar en el Sistema Nacional de Servicio Social, regulado por elconjunto de instrumentos jurdicos, de coordinacin, de organizacin, de planeacin y financiamiento que lepermitan a las dependencias, entidades e instituciones que se mencionan en este Captulo, la realizacin de lasacciones para el logro de los objetivos del servicio social.ARTICULO13.- Las Secretaras de Programacin y Presupuesto y de Educacin Pblica, a travs de laComisin Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educacin Superiorejercern sus funciones dentro del Sistema Nacional do Servicio Social con base en el Plan General deServicio Social que vincule las acciones de prestacin con los planes y programas de desarrollo implantadospor los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal.ARTICULO14.- El Plan General contendr los programas de servicio social de las dependencias delEjecutivo Federal, as como los propuestos por las entidades paraestatales y las instituciones de educacinsuperior que previamente hayan sido aprobados por la Comisin.ARTICULO15.- Las dependencias debern presentar sus planes, programas y proyectos de servicio sociala la Comisin para que, en su caso, sean incorporados al Plan General indicando aqullos en los que serequiera prioritariamente de esta prestacin.ARTICULO16.- Las entidades de la Administracin Pblica, los Gobiernos de las Entidades Federativas lossectores social y privado y las instituciones de educacin superior estatales y autnomas, podran integrarse alSistema Nacional mediante convenios que celebren con el Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarasde Programacin y Presupuesto y de Educacin Pblica.ARTICULO17.- En los convenios se especificarn las obligaciones que correspondan a las partes, respectoal registro de programas, evaluacin, administracin directa de los mismos, acciones a desarrollar ysupervisin de la prestacin del servicio social.ARTICULO18.- Los sectores social y privado, as como las instituciones de educacin superior, que hayansuscrito convenios para la prestacin del servicio social, podrn proponer programas y proyectos de serviciosocial, a fin de que en su oportunidad, se integren al Plan General.ARTICULO19.- Con objeto de proveer los fondos necesarios para el funcionamiento y desarrollo delSistema Nacional y para que ste se implante de manera eficaz y oportuna se constituir un Fideicomiso quese denominar Fondo Nacional para el Servicio Social de Estudiantes de Instituciones de Educacin Superior,a cuyo efecto el Ejecutivo Federal por conducto de Secretara de Programacin y Presupuesto, dictar lasdisposiciones conducentes.CAPITULOIVDe la Comisin Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educacin SuperiorARTICULO20.- La Comisin estar integrada por los titulares de las Secretaras de Programacin yPresupuesto, quien la presidir y de Educacin Pblica y por otros seis miembros designados por mitad, porcada una de las mencionadas.ARTICULO21.- La Comisin tendr las funciones siguientes:a) Elaborar y actualizar el Plan General del servicio social.b) Elaborar y promover programas de servicio social integral que se relaciones prioritariamente con lasnecesidades ms urgentes del pas.c) Considerar las polticas del servicio social vinculadas con las acciones del sector pblico.d) Seleccionar y promover los programas del sector pblico en los que podr realizarse el servicio social.e) Participar en el proceso de programacin y presupuestacin de los programas seleccionados.f) Seleccionar y proponer para su aprobacin, en su caso, los programas que presenten los sectores pblico,social y privado y las instituciones de educacin para su incorporacin al Plan General.g) Proponer bases para la celebracin de convenios de Coordinacin, Federacin-Estados y Municipios conlas Instituciones de educacin superior estatales y autnomas a efecto de realizar los programas de serviciosocial requeridos.h) Evaluar coordinadamente con las instituciones que participen en el servicio social, de acuerdo con losobjetivos y polticas previstos en cada caso, los programas de servicio social en los trminos de los conveniosrespectivos.i) Implantar y dirigir el registro de los programas de servicio social, as como la inscripcin y el control de losestudiantes que participen en el desarrollo del Sistema Nacional de Servicio Social.j) Expedir las constancias de la participacin de los estudiantes en el Sistema Nacional de Servicio Social.ARTICULO22.- La Comisin contar con un Secretariado Tcnico que funcionar dentro de la Secretarade Programacin y Presupuesto.ARTICULO23.- La Comisin podr determinar la creacin de los grupos de trabajo que estime convenientepara el estudio de materias especficas.ARTICULO24.- Las resoluciones de la Comisin y los grupos de trabajo sern aprobados por la mayorade votos. Su Presidente tendr voto de calidad, en caso de empate.ARTICULO25.- Las resoluciones de la Comisin se harn del conocimiento de las dependenciascompetentes, para su despacho, conforme a sus respectivas atribuciones legales.ARTICULO26.- La Comisin aprobar su propio reglamento interior.ARTICULO27.- La coordinacin del Sistema Nacional de Servicio Social en cada Entidad Federativa, sellevar a cabo mediante un Comit Estatal.ARTICULO28.- Las actividades y funciones de los Comits Estatales estarn sujetos a los trminosconvenidos en los acuerdos que, en materia de servicio social, celebren el Ejecutivo Federal con losGobiernos de las Entidades Federativas en el marco de los convenios nicos de coordinacin.TRANSITORIOSPRIMERO.- Se derogan el Decreto de Creacin de la Comisin Coordinadora del Servicio Social deEstudiantes de las Instituciones de Educacin Superior, de 20 de septiembre de 1978, publicado en el "DiarioOficial" de la Federacin el 21 de septiembre de 1978 y las dems disposiciones que se opongan a esteordenamiento.SEGUNDO.- El presente Reglamento entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el "Diario Oficial"de la Federacin.TERCERO.- La Comisin Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de EducacinSuperior, expedir su reglamento interior en un plazo no mayor de sesenta das, contados a partir de lapublicacin en el "Diario Oficial" de la Federacin del presente Reglamento.Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de Mxico, D. F., a los veintisis das delmes de marzo de mil novecientos ochenta y uno.- El Secretario de Educacin Pblica, Fernando Solana.-Rbrica.- El Secretario de Programacin y Presupuesto, Miguel de la Madrid H.- Rbrica.