REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en...

52
REGLAMENTO REGISTRO DE REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Transcript of REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en...

Page 1: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

REGLAMENTO REGISTRO REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y DE TESTAMENTOS Y

SUCESIONES INTESTADAS SUCESIONES INTESTADAS

Rosalía Mejía Rosasco

Magister en Derecho

Notaria de Lima.

Page 2: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

NORMA LEGAL NORMA LEGAL • Aprobado mediante la Res. Nº 156-2012-

Sunarp/SN de fecha 20 de junio de 2012.

• Entrará en vigencia en 40 días útiles (el16 de agosto).

• Deroga el Reglamento del Registro de Testamentos aprobado por Acuerdo de la Corte Suprema de fecha 22 de enero de 1970.

Page 3: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CRITICAS AL REGLAMENTO DE CRITICAS AL REGLAMENTO DE

TESTAMENTOS DE 1970TESTAMENTOS DE 1970• No se encuentra adecuado al Código Civil

de 1984 y sus últimas modificaciones.

• No contempla los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de 1993, así como el respeto a la dignidad humana.

• No recoge los derechos de las personas reconocidos en los Convenios Internacionales aprobados por el Perú en los últimos 30 años.

Page 4: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

OTRAS CRITICASOTRAS CRITICAS

Reglamento anterior no contempla el

uso de tecnologías.

•No existía un Registro de Sucesiones

Intestadas.

Page 5: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

OBJETO Y AMBITO DE OBJETO Y AMBITO DE APLICACIONAPLICACION

• Establece los procedimientos para las inscripciones de las sucesiones testadas e intestadas.

• Establece los actos inscribibles.

• Establece los requisitos de presentación de los títulos y el contenido de los asientos.

Page 6: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CONTENIDO EN CONTENIDO EN GENERALGENERAL

• Normas referidas a:

• - Oponibilidad de las inscripciones,

• - Competencia por territorio,

• - Renuncia de herederos.

• - Actos inscribibles

• - Títulos que dan mérito a la inscripción.

• - Contenido de los asientos

Page 7: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CONTENIDO EN CONTENIDO EN GENERALGENERAL

• Reglas de calificación de los testamentos.

• - Anotaciones preventivas.

• - Duplicidad de partidas.

• - Vinculación entre ambos Registros y con otros Registros, etc.

Page 8: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PRINCIPIO GENERALPRINCIPIO GENERAL::

Un solo registro por cada causanteUn solo registro por cada causante

• La sucesión mortis causa es una sola.

• Propone una regulación concordante de

los actos inscribibles en ambos Registros,

en el entendido de que el causante de la

sucesión es uno sólo.

• La vinculación de los Registros es no sólo

apropiada, sino necesaria.

Page 9: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PRINCIPIOS DE APLICACION PRINCIPIOS DE APLICACION

SUPLETORIA (Artículo 2)SUPLETORIA (Artículo 2)• Los principios registrales regulados

en el Código Civil.

• Los principios establecidos en el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos son de aplicación supletoria

Page 10: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PRINCIPIO DE APLICACION AL PRINCIPIO DE APLICACION AL

NUEVO REGLAMENTO: PRINCIPIO NUEVO REGLAMENTO: PRINCIPIO

DE ESPECIALIDADDE ESPECIALIDAD

(Artículo 3)(Artículo 3)

• Sistema de folio personal.

• Se abrirá una sola partida por el causante de la sucesión o el testador.

• Se extenderán los actos inscribibles ulteriores.

Page 11: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

VINCULACION DEL REGISTRO DE VINCULACION DEL REGISTRO DE

SUCESIONES INTESTADAS Y EL SUCESIONES INTESTADAS Y EL

REGISTRO DE TESTAMENTOSREGISTRO DE TESTAMENTOS

• Regla general: Si existe Testamento inscrito con institución de heredero vigente, no procede la inscripción posterior de la sucesión intestada.

• Excepción: Casos del artículo 815 del Código Civil.

Page 12: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Supuesto Especial: Sucesión Supuesto Especial: Sucesión

Intestada inscrita frente a solicitud Intestada inscrita frente a solicitud

de inscripción de testamentode inscripción de testamento• Regla general: No procede la

inscripción del testamento si ya está inscrita la sucesión intestada del mismo causante.

• Excepción:

• - Mandato Judicial, o;

• -Testamento contenga disposiciones compatibles con sucesión ya inscrita.

Page 13: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

ANOTACION PREVENTIVAANOTACION PREVENTIVA• Nueva anotación preventiva ante

supuesto especial de Testamento con disposiciones incompatibles con la sucesión intestada ya inscrita.

• Finalidad: Publicitar en el Registro de Sucesiones Intestadas la existencia de una eventual modificación del acto inscrito por existir un testamento.

• Vigencia por 120 días.

Page 14: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

OFICINA REGISTRAL OFICINA REGISTRAL COMPETENTECOMPETENTE

• Testamento y Sucesión Intestada se inscriben en el último domicilio del causante.

• Testamento otorgado en el extranjero: Podrá inscribirse en el Registro de Testamentos de cualquiera de las Oficinas Registrales del país.

Page 15: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

INFORMACION DEL REGISTROINFORMACION DEL REGISTRO• Dos nuevos instrumentos:

• - Indice Nacional de Sucesiones llevado según el nombre del causante de la sucesión.

• - Certificado Registral de Sucesiones (CRES) consolida toda la información a escala nacional del causante, como son las inscripciones, anotaciones y títulos pendientes, que se encuentre en ambos registros.

Page 16: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

RECTIFICACION DE NOMBRE RECTIFICACION DE NOMBRE

DE SUCESORES (Art. 7)DE SUCESORES (Art. 7) •Documentos fehacientes.

•Datos incompletos de identificación.

•Identificación indubitable

•Aplicación del artículo 85 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos.

Page 17: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

TUO Reglam. de Insc. Art. 85: TUO Reglam. de Insc. Art. 85:

Rectificación amparada en Rectificación amparada en

documentos fehacientesdocumentos fehacientes• Documentos que aclaren el error

producido.

• Copias legalizadas de documentos de identidad, partidas del Registro de Estado Civil o cualquier otro que demuestre indubitablemente la inexactitud registral.

Page 18: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PRECEDENTES DEL PRECEDENTES DEL TRIBUNAL REGISTRALTRIBUNAL REGISTRAL

- Sexto Precedente del Segundo Pleno del Tribunal Registral aprobado por Resolución del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 003-2003-SUNARP-SA.Primer Precedente de la Resolución del Presidente del Tribunal Registral N° 144-2009-SUNARP-PT publicada en El Peruano el 13 de enero del 2011 al que me referiré en un comentario posterior.

Page 19: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PRUEBAS DE IDENTIDADPRUEBAS DE IDENTIDAD• Constancia de Inscripción en la

RENIEC

• Acta de Nacimiento

• Documentos de Naturalización

• Acta de Matrimonio.

• Constancia de Bautismo

• Pasaporte

• Acta de defunción.

Page 20: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

ELEMENTOS QUE CONFORMAN LA ELEMENTOS QUE CONFORMAN LA

IDENTIDADIDENTIDAD

• Nombre y apellidos completos Lugar de nacimiento.

• Nombre completo de los padres.• Documentos públicos.• Nombres y Apellidos Completos• Sexo• Domicilio• Características físicas, talla y contextura• Grado de instrucción• Profesión u ocupación• Estado Civil• Nacionalidad

Page 21: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS

QUE VULNEREN EL DERECHO A LA QUE VULNEREN EL DERECHO A LA

INTIMIDAD (Art. 21)INTIMIDAD (Art. 21)

 

•Al momento de extender el asiento de inscripción el Registrador no consignará los datos de las disposiciones testamentarias que vulneren el derecho a la intimidad. •De manera enunciativa, constituyen supuestos de vulneración del derecho a la intimidad la información relacionada con la calidad de hijo adoptivo o extramatrimonial.

Page 22: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Transcripción literalTranscripción literal• Cuando el testamento contenga

disposiciones testamentarias imprecisas,

ambiguas, contradictorias o incompletas

que sean susceptibles de inscribirse, el

Registrador deberá transcribirlas

íntegramente.

Page 23: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

La Intimidad como derecho La Intimidad como derecho

constitucional. Art. 2 incisos 6 y 7.constitucional. Art. 2 incisos 6 y 7.• 6. A que los servicios informáticos,

computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

 • 7. Al honor y a la buena reputación, a la

intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias.

Page 24: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CONCEPTOS VINCULADOSCONCEPTOS VINCULADOS

• INTIMIDAD PERSONAL , INTIMIDAD PRIVADA, HONOR, REPUTACION PRIVACIDAD.

• Honor Interno: Autoestima. Apreciación interna de sus propios valores y virtudes.

• Honor Externo: Reputación. Percepción de los demás respecto a los valores y virtudes de la persona.

• Dinámica social de la dignidad, la integridad de la persona.

Page 25: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

La intimidad en otros dispositivos La intimidad en otros dispositivos

legaleslegales

• Derecho de familia: Injuria grave:

• Causal de separación de cuerpos.

• Derecho de sucesiones: Injuria grave: Causal de desheredación.

• Derecho penal: Injuria grave: Calumnia, Difamación.

Page 26: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Derecho a la PrivacidadDerecho a la Privacidad• THE RIGHT TO BE ALONE: Juez

Cooley (1880).

• Para que el hombre tenga la certeza

de ver asegurada su tranquilidad y su

vida privada, ambas merecedoras del

respeto de todos.

Page 27: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

INTIMIDAD PERSONAL Y INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIARFAMILIAR

• Es el espacio de la vida de una persona

en la que ningún extraño puede interferir.

• Reserva respecto de terceros.

• Vida privada tutelada por el Estado.

• Derecho a rechazar lesión o perturbación.

Page 28: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

AMBITO DE PROTECCIONAMBITO DE PROTECCION• Convicciones religiosas o politicas.

• Asuntos sexuales.

• Temas de salud física o mental.

• Defectos físicos.

• Alimentación.

• Hábitos personales.

• Relaciones familiares, entre otros.

Page 29: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

TUO Reglamento General de los TUO Reglamento General de los

Registros Públicos (Art. 128)Registros Públicos (Art. 128)• Acceso a información que afecta el

derecho a la intimidad.• La persona responsable del registro

no podrá mantener en reserva la información contenida en el archivo registral, con excepción de las prohibiciones expresamente establecidas en otras disposiciones.

Page 30: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Información que afecta Información que afecta derecho a la intimidadderecho a la intimidad

• Cuando la información solicitada afecte el derecho a la intimidad, ésta sólo podrá otorgarse a quienes acrediten legítimo interés, conforme a las disposiciones que establezca la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

Page 31: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

ACTUACION DEL ACTUACION DEL NOTARIONOTARIO

• Testamento por Escritura Pública y Testamento Cerrado.

• Instrumentos Públicos Protocolares.

• Intangibilidad del Instrumento Público.

• Transcripción literal de la declaración del otorgante.

Page 32: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

ACTOS INSCRIBIBLES EN EL ACTOS INSCRIBIBLES EN EL

REGISTRO DE TESTAMENTOSREGISTRO DE TESTAMENTOS• Artículo 8.- Actos Inscribibles• Son actos inscribibles en el Registro de

Testamentos:• a) El otorgamiento del testamento,

cualquiera sea su modalidad, así como su protocolización, cuando corresponda.

• b) La revocación total o parcial del testamento.

• c) La modificación del testamento.

Page 33: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

• d) Las disposiciones testamentarias; que pueden ser las siguientes:

• - Las instituciones de herederos o legatarios, así como las condiciones, plazos o cargos que los afecten, cuando corresponda.

• - El nombramiento del cargo de albacea testamentario;

• - Las facultades de los albaceas y su ejercicio en forma individual, conjunta, sucesiva o indistinta en los casos de pluralidad de albaceas.

Page 34: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

• - La desheredación y su revocatoria, de ser el caso.

• - La indivisión dispuesta por testamento de conformidad con el artículo 846 del Código Civil.

• - El fideicomiso testamentario.• - Y demás disposiciones testamentarias con

relevancia jurídica.• e) La aceptación, excusa, y extinción del

albacea testamentario.• f) El nombramiento, excusa, y extinción del

cargo de albacea dativo.• g) La revocatoria de la desheredación por

escritura pública.• h) La caducidad de la institución de heredero o

legatario.

Page 35: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

• i) La renuncia a la herencia o al legado.• j) Las resoluciones judiciales, sean cautelares o

firmes, sobre testamentos o disposiciones testamentarias, incluyendo las de nulidad o anulabilidad, falsedad o caducidad, o sobre justificación o contradicción de la desheredación, cuando corresponda.

• k) El laudo arbitral que resuelve controversias entre sucesores, o de ellos con los albaceas, incluyendo las relativas al inventario de la masa sucesoria, su valoración, administración y partición.

• l) Acuerdo de indivisión o partición adoptado por los herederos testamentarios.

• m) Los demás que establezca la ley.

Page 36: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

TESTAMENTO POR ESCRITURA TESTAMENTO POR ESCRITURA

PUBLICA: TITULO PARA PUBLICA: TITULO PARA

OTORGAMIENTO Y REVOCATORIAOTORGAMIENTO Y REVOCATORIA

• Contenido del parte:

• - Fecha de otorgamiento.

• - Fojas del registro notarial donde corre extendido

• - Nombre del notario, del testador y de los testigos, con la constancia de su suscripción.

Page 37: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

AMPLIACION DE ASIENTO DE AMPLIACION DE ASIENTO DE

INSCRIPCION DE TESTAMENTOINSCRIPCION DE TESTAMENTO

• Parte notarial que contenga el

contenido íntegro del testamento.

• Copia del acta de defunción que se

podrá insertar.

Page 38: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

Supuestos que requieren Supuestos que requieren la inscripción previa del la inscripción previa del

testamentotestamento

• La sentencia sobre nulidad, anulabilidad o caducidad del testamento.

• La renuncia de herencia o legado.

Page 39: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

MODIFICACION DE MODIFICACION DE TESTAMENTO: PARTE TESTAMENTO: PARTE

NOTARIALNOTARIAL• Mientras se encuentre con vida el

otorgante puede modificar el testamento.

• El notario no requiere precisar qué parte del testamento fue objeto de modificación.

Page 40: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

TESTAMENTO ILEGIBLETESTAMENTO ILEGIBLETestamento por escritura pública a manuscrito del Notario.Testamento cerrado: Puede ser a manuscrito.Testamento ológrafo. Es manuscrito.Art. 26.- Cuando sea ilegible, el Registrador puede requerir al Notario Público que lo extendió la transcripción del mismo a fin de conocer con claridad las disposiciones testamentarias.

Page 41: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CALIFICACION DE TESTAMENTOS CALIFICACION DE TESTAMENTOS

OTORGADOS BAJO EL REGIMEN OTORGADOS BAJO EL REGIMEN

LEGAL EXTRANJERO (Art. 27)LEGAL EXTRANJERO (Art. 27)

• - Formalidades extrínsecas del testamento que permitan acreditar la autenticidad del mismo.

• Legalización a través de la apostilla o cadena de legalizaciones.

• Evalua que las modalidades testamentarias sean compatibles con la ley peruana.

Page 42: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

VERIFICACION DE VERIFICACION DE

NORMATIVIDAD EXTRANJERANORMATIVIDAD EXTRANJERA• (Art. 27)

• El registrador podrá requerir documentos que permitan acreditar la existencia y sentido de la ley extranjera al solicitante de la inscripción.

Page 43: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

REGISTRO DE SUCESIONES REGISTRO DE SUCESIONES

INTESTADAS: ACTOS INSCRIBIBLESINTESTADAS: ACTOS INSCRIBIBLES Artículo 28.- Actos Inscribibles  •Son actos inscribibles en el Registro de Sucesiones Intestadas:•a) La declaratoria de herederos por sucesión total o parcialmente intestada dispuesta notarial o judicialmente. •b) Las anotaciones preventivas de solicitud de sucesión intestada dispuesta notarial o judicialmente.•c) La caducidad de la anotación dispuesta judicialmente conforme al artículo 3 de la Ley Nº 26639.

Page 44: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

• d) Renuncia a la herencia.• e)La anotación preventiva por

existencia de testamento.• f) Las medidas cautelares.• g) La resolución judicial firme

vinculada a la sucesión del causante.• h) Acuerdo de indivisión o partición

dispuesta por los herederos.• i) El laudo arbitral que resuelve

controversias entre los herederos.• j) Los demás que establezca la ley.

Page 45: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CONTENIDO DEL ASIENTO DE CONTENIDO DEL ASIENTO DE

INSCRIPCION DE ANOTACION INSCRIPCION DE ANOTACION

PREVENTIVA (Art. 35)PREVENTIVA (Art. 35)• a) Nombre del solicitante.

• b) Nombre del Juez o Notario Público que solicita la anotación.

• c) Juzgado y número de expediente, cuando corresponda. 

• d) Nombre del causante. 

• e) Fecha y lugar del fallecimiento del causante

Page 46: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

CONTENIDO DEL ASIENTO DE CONTENIDO DEL ASIENTO DE

INSCRIPCION DE LA SUCESION INSCRIPCION DE LA SUCESION

INTESTADAINTESTADA 

•a) Nombre del Juez o Notario Público.•b) Juzgado y número de expediente, cuando corresponda.•c) Nombre del causante. •d) Nombre de los herederos declarados y el grado de parentesco con causante.•e) Fecha y lugar del fallecimiento del causante.

Page 47: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

DUPLICIDAD DE PARTIDASDUPLICIDAD DE PARTIDAS

(Art. 39 al 44) (Art. 39 al 44)• Más de una partida en el Registro de

Sucesiones Intestadas.

• Duplicidad de partidas idénticas en el Registro de Testamentos.

• Duplicidad entre partidas del Registro de Testamentos y el Registro de Sucesiones Intestadas para un solo causante.

• TRAMITE ANTE LA GERENCIA REGISTRAL

Page 48: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

PROTECCION DE LOS PROTECCION DE LOS

ADQUIRENTES DE BIENES ADQUIRENTES DE BIENES

REGISTRADOS (Art. 51)REGISTRADOS (Art. 51)• Que contrate con el aparente sucesor o

albacea inscrito.

• Mantiene su adquisición una vez inscrito su derecho en el registro de bienes.

• Siempre que las causas de inexactitud o invalidez no consten en el Registro de Testamentos o de Sucesiones Intestadas.

Page 49: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

INSCRIPCION PREVIA EN INSCRIPCION PREVIA EN

REGISTRO DE TESTAMENTOS O DE REGISTRO DE TESTAMENTOS O DE

SUCESIONES INTESTADAS (Art. 52)SUCESIONES INTESTADAS (Art. 52)

• Requisito indispensable para inscribir

en otro registro cualquier derecho

que tenga origen en causa sucesoria.

Page 50: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

TRANSFERENCIA EN REGISTRO DE TRANSFERENCIA EN REGISTRO DE

BIENES MUEBLES O INMUEBLES BIENES MUEBLES O INMUEBLES

CON MOTIVO DE SUCESIONCON MOTIVO DE SUCESION

• Transferencia de participaciones sociales: No basta con la inscripción en el Registro de Testamentos y Sucesiones Intestadas. Es necesario presentar una solicitud indicando la partida registral del R.T.S.I.

• Transferencia de bienes o en el Registro de Personas Jurídicas: se realizará en mérito al respectivo asiento de inscripción .

Page 51: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

DERECHO DE HABITACION DE DERECHO DE HABITACION DE

CONYUGE SUPERSTITE (Art. 55)CONYUGE SUPERSTITE (Art. 55)• Deberá adjuntar escritura pública de

partición de masa hereditaria con la indicación expresa de la voluntad de la viuda de ejercer el derecho de habitación en forma vitalicia y gratuita respecto del inmueble donde existió el hogar conyugal.

Page 52: REGLAMENTO REGISTRO DE TESTAMENTOS Y SUCESIONES INTESTADAS Rosalía Mejía Rosasco Magister en Derecho Notaria de Lima.

RECONOCIMIENTO DE UNION RECONOCIMIENTO DE UNION

DE HECHO POR TESTAMENTODE HECHO POR TESTAMENTO• Puede ser utilizado como prueba

escrita en el procedimiento no contencioso correspondiente.

• No es procedente la inscripción en el Registro Personal del reconocimiento de una unión de hecho contenido en el testamento