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MANUAL DEL PROCESO DE SUCESIONES INTESTADAS ZONAL ZS-CZ1-GB-P06 Versión 1.0 13/07/2015

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Contenido 1. INFORMACIÓN BÁSICA ................................................................................................................ 2

2. LINEAMIENTOS DEL PROCESO. .................................................................................................... 3

3. ROLES .......................................................................................................................................... 5

4. GLOSARIO DE TÉRMINOS ............................................................................................................ 6

5. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO ........................................................................................... 7

6. PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SUCESIONES INTESTADAS ZONAL ...................................... 9

6.1. PROPÓSITO .............................................................................................................................. 9

6.2. ALCANCE .................................................................................................................................. 9

6.3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES. .............................................................................................. 9

7. ANEXOS ..................................................................................................................................... 14

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1. INFORMACIÓN BÁSICA

Proceso SUCESIONES INTESTADAS ZONAL

Código ZS-CZ1-GB-P06

Descripción PROPÓSITO Sustanciar expedientes administrativos, patrocinar e impulsar los procesos judiciales y extra judiciales enmarcados en la gestión de bienes inmuebles, sobre los que pesen sucesiones intestadas en los que el Estado Ecuatoriano tenga derechos sucesorios. DISPARADOR Solicitud de requerimiento administrativo, judicial, de ciudadanos o Instituciones interesadas en regular los bienes inmuebles motivo del proceso. ENTRADAS Oficial, gestiones y acciones de instituciones públicas para garantizar participación del Estado. Particular, petición formulada por un ciudadano que tiene interés en el bien inmueble motivo del proceso. Judicial, citación o notificación judicial. ACTIVIDADES PRINCIPALES

Revisar documentación del requerimiento

Determinar el derecho de participación del Estado.

Notificar la recepción del expediente al o los peticionarios

Determinar si el inmueble es de interés del Estado para uso público.

Calcular cuota, o porcentaje de participación estatal

Solicitar delegación de la Procuraduría General del Estado

Legalizar venta, de cuota de participación estatal, o adquisición del porcentaje para la implementación de un proyecto de uso público.

Brindar patrocinio en caso de proceso judicial. PROCESOS RELACIONADOS

Gestión Documental y Archivo

Procesos Judiciales

Regularización de Bienes Inmuebles

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Expropiación de Bienes Inmuebles

Uso Correcto y Eficiente de Bienes Inmuebles

Productos/Servicios del Proceso

Adquisición del porcentaje de derechos y acciones del inmueble que forma parte de la sucesión hereditaria mediante declaración por razones de utilidad pública con el objeto de implementar un proyecto de uso público.

Venta de cuota de participación estatal del bien inmueble hereditario

Patrocinio de procesos judiciales sobre sucesiones Ab intestato y otros relativos al tema.

Tipo de Proceso Zonal Sustantivo

Responsables del Proceso

Director Nacional de Derechos Litigiosos

Tipo del cliente Clientes Internos y Externos

Controles

Decreto Ejecutivo 798 Publicado en Registro Oficial N° 485 del 06 de julio del 2011. Reforma Decreto Ejecutivo N° 50 Publicado en Suplemento de Registro Oficial N° 57 del 13 de Agosto del 2013. RESOLUCIÓN-INMOBILIAR-DSI-2014-0006 Publicada en Registro Oficial N°113 del 24 de marzo del 2014 Decreto Ejecutivo 1301, de 17 de septiembre de 2012, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 799 de 28 de septiembre de 2012 Norma de Aplicación al Decreto Ejecutivo 1301, de 12 de noviembre de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 138 de 05 de diciembre de 2013

2. LINEAMIENTOS DEL PROCESO.

Cuando exista un requerimiento de una persona particular se debe anexar a la

petición los siguientes documentos habilitantes:

1. Copia certificada de la escritura pública de posesión efectiva debidamente

inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón correspondiente, en la que

conste el estado ecuatoriano en calidad de coheredero y justifique la del

peticionario.

2. Partida (s) de defunción del o los causantes y partidas de nacimiento de los

herederos (cuando no consten como documentos habilitantes en la posesión

efectiva o sean ilegibles).

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3. Certificado actualizado del Registro de la Propiedad del cantón

correspondiente en la que conste inscrita la posesión efectiva.

4. Certificado de bienes del Registro de la Propiedad del cantón

correspondiente al o los inmuebles del causante.

5. Escritura (s) pública (s), documentos privados, públicos y cualquier

documento que acredite la propiedad del causante.

6. Pago del impuesto predial actualizado (inmuebles).

7. Certificado (s) de avalúos y catastros del Municipio correspondiente

(inmuebles).

8. Listado de los bienes sucesorios muebles e inmuebles, con ubicación exacta

donde se encuentran situados.

9. En caso de vehículos, aeronaves, naves, etc. (avalúo Base Nacional de Datos

de Vehículos SRI).

10. En caso de cuentas bancarias adjuntar certificados bancarios, de existir

cuentas en diferente moneda a la de en curso legal deberá anexar una

cotización a la fecha de presentación de la declaración.

11. En caso de acciones/participaciones: Si cotiza en Bolsa de Valores deberá

adjuntar un certificado actualizado; caso contrario una certificación emitida

por el representante legal en que deberá constar el patrimonio, porcentaje y

cantidad.

12. Derechos en las sociedades de hecho (valor según el balance de situación año

anterior a la presentación de la declaración).

13. Copias de la cédula y del certificado de votación.

Se requiere que en la verificación de la información se determine que en la solicitud o

requerimiento se adjunten los documentos necesarios que permitan sustanciar sin

dilataciones el expediente administrativo o judicial.

El señor Director Nacional de Derechos Litigiosos es quien determina previa la revisión de

la documentación recibida, si el trámite a seguir es un proceso administrativo o proceso

judicial.

Es de vital importancia, NOTIFICAR a las partes la recepción del proceso, y demás

providencias que se generen en la sustanciación del mismo así como también su

resolución, para no caer en nulidades procesales.

Es importante que el cálculo de la cuota de participación estatal siempre sea revisado,

rectificado y validado por el Especialista zonal de Legalización de Bienes por tratarse de

cálculos matemáticos, posteriormente será aprobado en el expediente por el Subdirector

Técnico.

Es necesario siempre solicitar la delegación a la Procuraduría General del Estado para que

autorice la venta de la cuota de participación estatal o la adquisición del porcentaje de los

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derechos y acciones del inmueble en caso de ser de utilidad para el estado, en la

implementación de un proyecto de uso público.

Una vez emitida la Resolución que autoriza la venta de la cuota de participación estatal, y

verificado el pago que realice la peticionaria del valor correspondiente a la cuota que le

corresponde al estado, en la cuenta única del Tesoro Nacional No. 01110006 del Banco

Central del Ecuador, código 180204., se autoriza se continúe con el proceso de

Regularización.

Es necesario remitir el expediente completo a la Dirección Nacional de Legalización de

Bienes para que se continúe con el trámite de escrituración respectico hasta su

inscripción en el Registro de la Propiedad. De haberse resuelto que el inmueble es

beneficioso para la implementación de un proyecto de uso público se procederá a emitir

la resolución por razones de utilidad pública de interés social y nacional para la

expropiación de la fracción del inmueble, luego de lo cual se procederá a suscribir el acta

de acuerdo, para posteriormente proceder a enviar el expediente a la escrituración

respectiva en la Dirección Nacional de Legalizaciones; de no haber acuerdo se procederá

al juicio de expropiación respectivo a fin de obtener del Juez la correspondiente sentencia,

luego de lo cual se enviara a la Dirección antes referida para que se culmine el trámite .

3. ROLES

Analista Zonal de Derechos Litigiosos.- Responsable de impulsar, sustanciar, ejecutar y dar

seguimiento a los procesos judiciales y extrajudiciales que se desarrollen en la Dirección Nacional

de Derechos Litigiosos.

Director de Gestión Documental y Archivo.- Funcionario responsable de Gestionar, coordinar,

organizar un eficiente sistema de gestión documental.

Director General.- Funcionario que ejerce la representación legal del Servicio de Gestión

Inmobiliaria del Sector Público responsables de emitir, dirigir, coordinar, controlar y aplicar las

políticas, lineamientos y directrices estratégicas para la gestión y desarrollo institucional.

Director Nacional de Derechos Litigiosos.- Funcionario responsable del patrocinio a la Institución

en los procesos judiciales y extrajudiciales en el marco de la gestión de bienes en los que tiene

competencia Inmobiliar.

Especialista Zonal de Derechos Litigiosos.- Coordina y organiza los procesos litigiosos e informa el

avance de los mismos al Director.

Especialista Zonal de Gestión y Análisis de Bienes Inmuebles.- Coordina y organiza los procesos

de gestión y análisis de bienes inmuebles en respuesta a requerimientos de las entidades públicas

para la dotación de infraestructura.

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Procuraduría General del Estado.- Institución encargada de defender judicial y extrajudicialmente

al Estado; absolver consultas legales con criterio vinculante; y, ejercer el control de la legalidad de

los actos y contratos del sector público, en beneficio de los objetivos nacionales.

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes.- Responsable de formular, ejecutar la gestión técnica

de bienes inmuebles del sector público que son competencia de Inmobiliar y de su legalización.

4. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Sucesión Intestada.- Es aquella en la cual, por carecer de testamento válido y eficaz, el legislador

aspira a interpretar la voluntad presunta del causante y dispone de su patrimonio.

Acervo Sucesorio.- Todo lo relativo a la valoración económica en el ámbito a esta materia.

Acervo Liquido.- Patrimonio exclusivo del cujus, una vez separado de otros patrimonios y

practicadas las rebajas de ley.

Cuota de participación estatal.- Cuota de una porción de bien o bienes muebles e inmuebles en la

que tiene participación el estado.

Delegación.- Es la acción y efecto de delegar (dar a una persona o grupo las facultades y poderes

necesarios para representar a otra u otras). Aquel que representa a otro se conoce como

delegado: su cargo y su oficina reciben el nombre de delegación.

Expediente.- Es el conjunto de los documentos legales relacionados con un asunto.

Notificación.- Acto por el cual se pone en conocimiento de las partes o de otras personas o

funcionarios en su caso diferentes requerimientos, providencias, Resoluciones etc., por sus efectos

legales posteriores.

Providencia.- Es una decisión administrativa o judicial que permite establecer el orden material

de un litigio, expediente administrativo. Este acto que realiza una autoridad administrativa, judicial

o tribunal, posibilita la resolución de alguna petición de una parte o fija el cumplimiento de una

cierta medida.

Registró Oficial.- Es el medio de publicación de las Leyes, Decretos y otras normas jurídicas

emanadas de las funciones del Estado.

Resolución.- Determinación, fallo de una autoridad. Una resolución de carácter judicial es una

acción procesal que surge en el marco de un Juzgado o tribunal y que resuelve las peticiones de las

partes involucradas, ordenando el cumplimiento de ciertas medidas.

Utilidad Pública.- Refiere al bienestar común de una comunidad o sociedad. Con el objeto de

ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las

instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o interés social y nacional, podrán

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declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad

con la ley. Se prohíbe toda forma de confiscación.

5. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO

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6. PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SUCESIONES INTESTADAS ZONAL

6.1. PROPÓSITO

Sustanciar expedientes administrativos, patrocinar e impulsar los procesos judiciales y extra judiciales enmarcados en la gestión de bienes inmuebles, sobre los que pesen sucesiones intestadas en los que el Estado Ecuatoriano tenga derechos sucesorios.

6.2. ALCANCE

El proceso toma como referencia un requerimiento de compra de la cuota de participación estatal o adquisición del porcentaje de derechos y acciones del inmueble hereditario para la implementación de un proyecto de uso público, provenga de una institución o persona, para lo cual se elaboran expedientes administrativos, se los revisa, clasifica, y sustancia en aplicación de procedimientos administrativos, se resuelve la venta de cuota de participación del estado; o el inicio de un trámite judicial de conformidad al procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Civil.

6.3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.

ACTIVIDAD ROL DESCRIPCIÓN DOCUMENTO Y/O REGISTRO

Presentar Requerimiento

Personas Interesadas

El requerimiento puede ser presentado por: 1. Instituciones públicas para

garantizar derechos sucesorios que correspondan al estado.

2. Personas particulares que tengan conocimiento de la existencia de derechos sucesorios o por quienes tuvieren interés en este. La petición deberá estar dirigida al señor Director del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector

Público, donde se harán constar nombres y apellidos de los coherederos, números de cédula, árbol genealógico y la descripción clara y singularizada de los bienes (muebles e inmuebles) que formen el patrimonio sucesorio en la que deberá solicitar se establezca la cuota de participación estatal con la propuesta de comprar la misma

Petición con documentos habilitantes.

Citación o Notificación

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3. Requerimiento Judicial a través de

citación o notificación. La documentación es presentada, revisada y validada por la Dirección de Gestión Documental y Archivo quienes enviarán la documentación a la Dirección General. Posteriormente será direccionada hasta el señor Subdirector Técnico de Gestión de Bienes.

Recibir y enviar requerimiento

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

Recibe la documentación, sumilla y reasigna el trámite al Director Nacional de Derechos Litigiosos.

Memorando

Recibir y remitir documentación

Director Nacional de Derechos Litigiosos

El Director recibe la documentación y determina si este procedimiento es judicial o administrativo. Una vez determinado el procedimiento a seguir, sumilla y reasigna el trámite al Especialista Zonal de Derechos Litigiosos.

Memorando

Recibir y designar responsable

Especialista Zonal de Derechos Litigiosos

Recibe el procedimiento, designa un responsable y realiza el registro en una hoja Excel.

Memorando

Verificar y analizar documentación

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

El Analista zonal designado recibe el trámite y revisa los documentos habilitantes para iniciar con los procedimientos legales.

Los procesos Judiciales podrían ser:

De apertura de la sucesión-Inventarios

Partición

Una vez que se realice y se siga todo el procedimiento legal que establece el Código de Procedimiento Civil el Juez emitirá la sentencia.

Expediente

Demanda

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Recibir sentencia Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Una vez que el Analista zonal recibe la sentencia, si esta es favorable para INMOBILIAR, y la sentencia se ha ejecutoriado, se obtiene copias certificadas y se procede a enviar el expediente a la Dirección Nacional de Legalización de Bienes para su Regularización. En caso de que la sentencia no sea favorable siempre y cuando proceda un recurso, se apelara al superior hasta última instancia o recurso.

Sentencia

Verificar y analizar documentación

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

En caso de que el proceso sea administrativo el Analista zonal deberá verificar la documentación completa en el expediente.

Si la documentación está completa se elabora la providencia, caso contrario se elabora una notificación a la persona requirente.

Expediente

Elaborar notificación

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Si el Analista zonal requiere algún otro tipo de información deberá notificar a la persona requirente con la finalidad de obtener la información necesaria para el proceso.

Notificación

Elaborar providencia

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Cuando se cuente con toda la información necesaria se procede a elaborar una providencia

Providencia

Firmar providencia

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

La providencia es revisada, aprobada y firmada por el Subdirector Técnico.

Providencia

Solicitar informe Director Nacional de Derechos Litigiosos

Una vez legalizada la providencia es direccionada al Director Nacional de Derechos Litigiosos quien solicita la elaboración de un Informe técnico y diagnóstico del predio al Director Nacional de Gestión y Análisis de Bienes

Memorando

Elaborar informe técnico de

Especialista Zonal de

El Especialista zonal recibe el pedio y elabora el informe solicitado.

Informe técnico

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diagnóstico Gestión y Análisis de Bienes Inmuebles

Recibir y enviar informe

Director Nacional de Derechos Litigiosos

El Director recibe el informe técnico y los remite al Analista zonal. Una vez que el Analista zonal recibe el informe técnico se pregunta si es beneficioso para los intereses del estado, si lo es se calcula el porcentaje de participación, caso contrario se calcula la cuota de participación estatal.

Informe técnico

Calcular porcentaje de participación

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

El Analista zonal realiza el cálculo del porcentaje de participación del estado en el bien.

Elaborar resolución

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Una vez que se tiene el porcentaje de participación se elabora una resolución en la que se solicita se adquiera el inmueble mediante DUP.

Resolución

Calcular cuota de participación estatal

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

En caso de que no sea beneficioso para el estado se procede a calcular la cuota de participación estatal (cálculo matemático).

Informe

Revisar, rectificar y validar cuota estatal

Especialista Zonal de Legalización de Bienes

El Especialista zonal de Legalización de Bienes revisa, rectifica y valida el cálculo.

Informe de validación

Revisar Expediente

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Cuando el Analista zonal cuanta ya con la validación de la cuota de participación estatal procede a revisar nuevamente todo el expediente. Esta revisión permite verificar que el expediente este completo, si el expediente cumple con los parámetros se solicita delegación a la Procuraduría General del Estado, caso contrario se elabora la resolución de negativa.

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Elaborar resolución negativa

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

En caso de que durante el proceso aparecieron nuevos documentos, o que algunos de estos fueran falsos se elabora una resolución negativa.

Resolución

Notificar al requirente

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Con esta resolución se procede a notificar al interesado.

Notificación

Solicitar Delegación PGE

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Si el expediente no presenta inconsistencias se procede a solicitar la delegación para la venta de la cuota de partición estatal a la Procuraduría General del Estado.

Oficio

Recibir y reasignar oficio

Director Nacional de Derechos Litigiosos

El Director Nacional de Derechos Litigiosos revisa la solicitud.

Recibir y enviar solicitud de delegación

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

El Subdirector aprueba y firma la solicitud la misma que es enviada a la Procuraduría General del Estado.

Delegar compraventa de cuota de participación estatal

Procuraduría General del Estado

La Procuraduría General del Estado emite la delegación a través de un oficio.

Oficio de delegación

Recibir y reasignar delegación

Especialista Zonal de Derechos Litigiosos

El Especialista recibe el oficio de delegación y lo remite al Analista Zonal para los trámites pertinentes.

Oficio de delegación

Elaborar informe y solicitar autorización

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Con toda esta documentación el Analista zonal procede a elaborar un informe técnico y al mismo tiempo solicita la autorización para realizar la venta de la cuota de participación estatal.

Informe técnico

Recibir y revisar solicitud

Especialista Zonal de Derechos Litigiosos

El Especialista recibe y revisa el informe técnico y la solicitud de autorización para realizar la venta de la cuota de participación estatal, y los remite al Director Nacional de Derechos Litigiosos para su revisión.

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Autorizar compraventa de cuota de participación estatal

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

El Subdirector Técnico de Gestión de Bienes autoriza la venta de la cuota de participación estatal

Elaborar resolución de venta

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

Posteriormente se elabora y firma la resolución de venta. El interesado deberá realizar Un depósito en la cuenta única de tesoro nacional N° 01110006 del Banco Central del Ecuador por el valor de la cuota de participación.

Resolución de venta

Recibir y reasignar resolución

Especialista Zonal de Derechos Litigiosos

El Especialista Zonal recibe la resolución y la remite al Analista zonal de Derechos Litigiosos para que elabore la providencia.

Elaborar providencia

Analista Zonal de Derechos Litigiosos

Con la documentación completa habilitante se procede a elaborar una providencia y se traslada el expediente completo a la Dirección Nacional de Legalización de Bienes a fin de que se Regularice el bien.

Providencia

7. ANEXOS

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FIRMAS DE REVISÓN Y APROBACIÓN

Acciones Nombre Cargo Firma Fecha

Elaborado Por:

Ing. Sonia Lucia Pazmiño

Analista de Procesos

Aprobado Por:

Eco. Ivon Jiménez Coordinador Zonal

Validado por:

Dr. Marco Vinicio Landázuri

Subdirector Técnico de Gestión de Bienes

CONTROL DE HISTORIAL DE CAMBIOS

Versión Descripción del Cambio Fecha de Actualización

1.0 Emisión Inicial 18/06/2015