Reglamento Nacional de Ferrocarriles

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    Reglamento Nacional de FerrocarrilesANEXO - DECRETO SUPREMON 032-2005-MTC(El Decreto Supremo de la referencia fue publicado el 5 de enero de 2005)REGLAMENTO NACIONAL DE FERROCARRILESTTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALESCAPTULO I

    OBJETIVO, MBITO Y ALCANCEA!"#$%& '(- O)*+!& . /)!&El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales a las que se sujeta la actividad ferroviaria, en elmarco de la e! "eneral de #ransporte ! #r$nsito #errestre %& 2', ! es de aplicaci*n en todo el territorio de la Rep+blicaA!"#$%& 2(- A%#1#+#oda persona, natural o jur-dica, que realice actividad ferroviaria, debe cumplir las disposiciones del presenteReglamento, en lo que le sea aplicable respecto a la actividad que reali.a /simismo, el Reglamento es de aplicaci*n en lasoncesiones ferroviarias, a e1cepci*n de las normas que se opongan a lo e1presamente estipulado en los contratos deconcesi*n respectivos

    CAPTULO IIDEFINICIONESA!"#$%& 3(- T&4 +%+16&4ara los efectos del presente Reglamento %acional de 3errocarriles, los t4rminos que a continuaci*n se sealan tienen elsiguiente significado6A#!616 F+&117/cciones relacionadas con la construcci*n, mejoramiento, re7abilitaci*n ! mantenimiento de la

    infraestructura ferroviaria8 con el servicio de transporte ferroviario ! en general con la gesti*n integral o parcial de losferrocarrilesA##6+!+ F+&1&7/contecimiento s+bito e imprevisto, directamente vinculado con la actividad3erroviaria, que causa dao a las personas, al material rodante, o a la infraestructura ferroviaria !9o a los bienes en generalA$!%7 :e7-culo ferroviario con propulsi*n propia, con capacidad no ma!or de catorce personas, utili.ado para eltransporte de personal de la ;rgani.aci*n 3erroviaria u otro personal autori.ado por la mismaA$!&189 & C:+ M&!&6 :e7-culo ferroviario con propulsi*n propia, con capacidad ma!or de catorce personas, !caracter-sticas t4cnicas necesarias para el transporte p+blico de pasajerosA$!&"1 & C1& M&!&7 :e7-culo ferroviario con propulsi*n propia, utili.ado para el transporte del personal de inspecci*n !mantenimiento de la v-a f4rrea, as- como de los materiales ! 7erramientas requeridos para estas actividadesB1%14!&7

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    F%+!+7 recio que el remitente o el destinatario paga al ;perador 3erroviario que presta servicio p+blico, como retribuci*npor el transporte de mercanc-as G/%)&7 ontorno de referencia contenido en un plano transversal ! perpendicular a la v-a f4rrea, que determina lasdimensiones a la que deben adecuarse las nuevas instalaciones fijas ! el material rodante, para que el tr$nsito ferroviario serealice sin interferenciasG16+!+ 6+ %1 V"17 Es la inclinaci*n del plano de la v-a con relaci*n al plano 7ori.ontal, generalmente e1presado enmetros, por cien metros de longitud 7ori.ontalG$"1 6+ R+497 Documento en formato aprobado por la Superintendencia %acional de /dministraci*n

    #ributaria = S@%/#, que emite el remitente ! entrega el;perador 3erroviario que acredita la tenencia legal por 4ste de la mercanc-a que transporta

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    T+7 @na o m$s locomotoras enganc7adas o cualquier ve7-culo ferroviario con tracci*n propia, con o sin material rodanteremolcado, que circule por la v-a f4rrea e17ibiendo seales espec-ficasT+ E>!16 #ren no autori.ado por un 7orario de trenes, que se movili.a con una autori.aci*n e1presa de la ;rgani.aci*n3erroviariaT+ E>!1 6+ T1)1*&6 Es un tren e1tra sin direcci*n determinada, dedicado a fines de trabajo con l-mites de espacio !tiempoT+ O61&7 #ren autori.ado por un 7orario de trenesT$%1#9 6+% T+7 ersonal calificado ! autori.ado, a cargo de la conducci*n de un tren

    T:17 Distancia entre las caras internas de las cabe.as de los rieles, medida en un plano a 59 de pulgada o 5,C0mil-metros por debajo del tope de las cabe.as de los rielesT:1 A8&4!17 :-a f4rrea cu!a troc7a es de pies o C mil-metrosT:1 E4!/617 :-a f4rrea cu!a troc7a es de pies F pulgadas o 5 mil-metrosT&17 Elemento de protecci*n instalado en la parte delantera de las locomotoras o coc7es motor, para resistir impactosde obst$culos imprevistos en la v-aT+%7 ;bra de arte constituida por una galer-a subterr$nea que atraviesa un obst$culo natural para dar paso a una v-af4rrea o que permite ganar o perder altura entre dos puntosV189 & C1&7 :e7-culo ferroviario remolcado, destinado al transporte de mercanc-as en generalV+:"#$%& F+&1&7 @nidad que se despla.a por la v-a f4rreaV+:"#$%& F+&1& T1#!&7 @nidad ferroviaria con tracci*n propia como6 locomotoras, coc7es motor o autovagones,autov-as, autocarriles, equipos de mantenimiento de v-a (rameadora, gr+as, cambiadora de durmientes entre otros) !camionetas o camiones con dispositivos para el despla.amiento en la v-a f4rreaV+% 6+ P+#1$#97 :elocidad a la que puede ser detenido un tren, de manera segura ! dentro de la mitad delcampo visual del maquinistaV+% 6+ R+4!##97 :elocidad m$1ima, en un tramo de la v-a f4rrea, fijada por la ;rgani.aci*n3erroviaria a cargo de la v-a

    V"1 F+17Es la v-a sobre la que transitan ve7-culos ferroviariosV"1 F+1 P#1%7 :-a f4rrea instalada entre estaciones, sobre la cual transitan trenes autori.ados por 7orario de trenesu otro tipo de autori.aci*n de la ;rgani.aci*n 3erroviaria8-187 Desarrollo de la v-a f4rrea, que permite ganar o perder altura mediante un sistema de rampas compatibles con latracci*n ferroviaria

    CAPTULO IIIDE LAS ACTIVIDADES FERROVIARIAS, DE LA CLASIFICACIN DE LAS ORGANIACIONES FERROVIARIAS Y DELAS VAS FRREASA!"#$%& (- D+ %14 A#!616+4 F+&114Son actividades ferroviarias las siguientes6a) a construcci*n, mejoramiento, re7abilitaci*n ! mantenimiento de la infraestructura ferroviariab) El servicio de transporte ferroviarioA!"#$%& 5(- C%14;#1#9 6+ %14 O811#&+4F+&114

    as ;rgani.aciones 3erroviarias son aquellas personas naturales o jur-dicas, nacionales o e1tranjeras, p+blicas o privadas,facultadas para desarrollar las actividades ferroviarias previstas en el presente Reglamento Se clasifican de acuerdo a losiguiente6P& 4$ C&6#9 J$"6#17= O811#9 F+&11 P)%#1

    uando el titular es el Estado= O811#9 F+&11 P161

    uando el titular es una persona natural o jur-dica privadaP& %1 A#!616 =$+ D+41&%%17= O811#&+4 I!+81%+46 Desarrollan las actividades de construcci*n, mejoramiento, re7abilitaci*n ! mantenimiento,as- como las de servicio de transporte ferroviario= O811#&+4 N& I!+81%+46 Desarrollan una o m$s actividades, pero no las de servicio de transporte ferroviario= C+4&1&46 Desarrollan las actividades ferroviarias previstas en los ontratos de oncesi*n= O+16&+4 F+&1&46 Desarrollan s*lo la actividad de servicio de transporte ferroviarioA!"#$%& (- C%14;#1#9 6+ %14 V"14 F+14as v-as f4rreas del pa-s se clasifican6 por el $mbito territorial en que se encuentran, por la titularidad de la empresa8 ! por lam$1ima velocidad de operaci*n permisible, en la forma siguiente6

    '@ P& +% /)!& !+!&1%7a) V"1 ;+1 1#&1%= Es aquella que forma parte del Sistema 3erroviario %acional8 o de ferrocarriles instalados en m$sde una regi*n8 as- como las que cumplen cualquiera de los siguientes criterios6= >nterconectan al pa-s longitudinal o transversalmente, permitiendo la vinculaci*n con los pa-ses vecinos, as- como entrecapitales de departamento= onectan puertos o aeropuertos del pa-sb) V"1 ;+1 +8&1%= Es aquella que forma parte de ferrocarriles instalados en una sola regi*n, no comprendidos comov-as f4rreas nacionalesc) V"1 ;+1 %%= Es aquella que forma parte de ferrocarriles o sistemas ferroviarios instalados en una sola provincia2@ P& %1 T!$%1616 6+ %1 V"1 F+1a) P)%#147 uando el titular es el Estado ! es utili.ada para reali.ar servicio de transporte p+blicoEstas v-as pueden tener la condici*n de6

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    = oncesionadas= %o concesionadasb) P16147 uando el titular es una persona natural o jur-dica privada3@ P& %1 M/>1 V+% 6+ O+1#9P+4)%+7Se clasifican en funci*n de la velocidad m$1ima permisible por secciones o tramos, en la forma siguiente6

    TTULO SEGUNDOCOMPETENCIASA!"#$%& H(- A$!&616+4 C&+!+!+4 + %1A#!616 F+&11Son /utoridades ompetentes en la actividad ferroviaria, seg+n sus facultades6a) El

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    B) ;torgar ertificado de Gabilitaci*n 3erroviaria del material rodante destinado al transporte ferroviario en v-as f4rreas de$mbito nacionall) Establecer ! mantener el registro de la actividad ferroviaria, de acuerdo al presente Reglamentom) romover la adopci*n de tecnolog-as limpias para el desarrollo sostenible de la actividad ferroviaria en el pa-sn) Representar al Estado eruano en lo relacionado al transporte ! tr$nsito ferroviario internacional, promoviendo laintegraci*n con los pa-ses de la regi*nC&+!+#14 6+ ;4#1%1#9 . 41#96a) 3iscali.ar, en el $mbito de las v-as f4rreas nacionales, el cumplimiento de las normas que regulan la actividad ferroviaria

    b) >nvestigar las causas de los accidentes ferroviarios ocurridos en las v-as f4rreas nacionalesc) >mponer sanciones, en el $mbito de las v-as f4rreas nacionales, por el incumplimiento de las normas que regulan lainfraestructura ferroviaria, con e1cepci*n de las v-as concesionadasd) >mponer sanciones, en el $mbito de las v-as f4rreas nacionales, por el incumplimiento de las normas que regulan elservicio de transporte ferroviarioe) Reali.ar inspecciones a la infraestructura ferroviaria de $mbito nacional, de uso p+blico ! privadoEn el caso de v-as concesionadas se proceder$ de acuerdo con lo establecido en los contratos de concesi*n respectivosf) :elar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre protecci*n del ambiente ! los recursos naturales, en las v-asf4rreas nacionales, en lo que correspondaA!"#$%& (- C&+!+#14 6+% O814& S$+4& 6+ %1 I+49 + I;1+4!$#!$1 6+ T14&!+ 6+ U4&P)%#& - OSITRANEl ;rganismo Supervisor de la >nversi*n en >nfraestructura de #ransporte de @so +blico H ;S>#R/% es /utoridadompetente sobre las empresas p+blicas ! privadas que reali.an actividades de e1plotaci*n de infraestructura ferroviaria deuso p+blico bajo la figura de la concesi*n as competencias ! funciones del ;rganismo Supervisor de la >nversi*n en>nfraestructura de #ransporte de @so +blico = ;S>#R/% se encuentran definidas en la normatividad de la materia ! en loscontratos de concesi*nA!"#$%& '0(- C&+!+#14 6+ %&4 G&)+&4

    R+8&1%+4os "obiernos Regionales son /utoridades ompetentes, en el $mbito de su jurisdicci*n, en materia de transportesrelacionada con la actividad ferroviaria, de acuerdo con las competencias ! funciones definidas en la e! ;rg$nica de"obiernos Regionales as normas que emitan los "obiernos Regionales deber$n sujetarse al presente Reglamento ! a lasnormas dictadas por el nstituto %acional de Defensa de la ompetencia ! de la rotecci*n de la ropiedad >ntelectual = >%DE;>, aplica enmateria de transporte ! tr$nsito ferroviario las normas generales sobre protecci*n al consumidor, siendo ente competentepara la supervisi*n de su cumplimiento /simismo, deber$ velar por la permanencia de la idoneidad de los servicios ! por latransparencia de la informaci*n que se brinde a los consumidores, sin perjuicio de las facultades de fiscali.aci*n ! sanci*nque corresponden a las autoridades de transporte De igual forma, est$ facultado seg+n sus propias normas a aplicar lalegislaci*n de acceso al mercado, libre ! leal competencia, supervisi*n de la publicidad ! dem$s normatividad del $mbito desu competenciaTTULO TERCERODE LA INFRAESTRUCTURA FERROVIARIACAPTULO IDE LA INFRAESTRUCTURA FERROVIARIAA!"#$%& '(- I;1+4!$#!$1 F+&11a infraestructura ferroviaria comprende61@ I;1+4!$#!$1 F+&11 P#1%7 onstituida por la v-a f4rrea principal, los ramales, los desv-os, las obras de arte,el sistema de drenaje, ! la Iona del 3errocarril)@ I;1+4!$#!$1 F+&11 C&%++!117

    onstituida por las estaciones, los patios ! los talleres8 las instalaciones ! terrenos que permiten la operaci*n de los trenes,el embarque ! desembarque de pasajeros, la manipulaci*n de la mercanc-a, la intercone1i*n ! la cone1i*n intermodal8 lossistemas de seali.aci*n ! comunicaciones, de control del tr$nsito ! de energ-aA!"#$%& '5(- C&;&1#9 6+ %1 "1 ;+1a v-a f4rrea est$ conformada por la infraestructura ! la superestructura de la v-aEl diseo ! construcci*n de la infraestructura ! la superestructura de la v-a se ejecutar$n de acuerdo a las %ormas !Especificaciones #4cnicas para el Diseo de :-as 34rreas en el er+A!"#$%& '(- I;1+4!$#!$1 6+ %1 "1 ;+1a infraestructura de la v-a f4rrea est$ constituida por la plataforma de la v-a, los muros de contenci*n, el sistema dedrenaje ! las obras de arteA!"#$%& 'H(- S$++4!$#!$1 6+ %1 "1 ;+1

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    a superestructura de la v-a f4rrea est$ constituida por los rieles, durmientes, elementos de sujeci*n, balasto ! aparatos decambioCAPTULO IIDEREC4!+!+4Si dentro de las distancias establecidas en el /rt-culo C&, e1istiesen obras no permitidas en 4l, construidas antes que la v-af4rrea, solo se podr$n efectuar en ellas trabajos necesarios para su mantenimiento quedando pro7ibidos los que impliquenmejoramientouando e1ista superposici*n de la .ona del ferrocarril el derec7o de v-a de los caminos p+blicos, primar$ el inicialmenteestablecidoA!"#$%& 22(- P&:)#9 6+ T/4!& 1*+& 1 %1 1#!616 ;+&11, & %1 "1 ;+1Est$ pro7ibido el tr$nsito por la v-a f4rrea !9o la permanencia en ella, de animales, de ve7-culos ! personas ajenas a laactividad ferroviaria, salvo autori.aci*n e1presa de la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la v-a f4rreaEl cruce de la v-a f4rrea s*lo puede efectuarse por los lugares autori.ados e1presamente para ello por la ;rgani.aci*n3erroviaria a cargo de la v-a f4rreaA!"#$%& 23(- I;1+4!$#!$1 F+&11 . &;#1#9 $)11as obras requeridas para la prestaci*n del servicio de transporte ferroviario deben cumplir con lo dispuesto en lalegislaci*n ! en la .onificaci*n en materia de desarrollo urbano

    os planes de desarrollo ! la .onificaci*n urbana de los "obiernos ocales deben respetar las servidumbres, las distancias! los requerimientos t4cnicos establecidos en el presente Reglamento, as- como la infraestructura ! el servicio de transporteferroviario pre=e1istente al desarrollo urbanoA!"#$%& 2(- S&%#!$6 6+ 4+6$)+a ;rgani.aci*n 3erroviaria que requiera desarrollar infraestructura ferroviaria en terrenos de terceros o del Estado, podr$solicitar el establecimiento de servidumbre con arreglo a la normatividad vigenteCAPTULO IIIENTRONUES Y CRUCES DE VAS FRREAS, CRUCES A NIVEL DE VAS FRREAS CONCAMINOS Y CRUCES A DESNIVEL DE VAS FRREAS CON CAMINOS YO VAS FRREASA!"#$%& 25(- E!&=$+4 . #$#+4 6+ "14 ;+14%inguna ;rgani.aci*n 3erroviaria, podr$ oponerse a que v-as f4rreas de otras ;rgani.aciones 3erroviarias empalmen conlas su!as o la crucen, siempre que no interrumpan su servicio regular

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    os pro!ectos de entronque ! cruce de v-as f4rreas requieren la autori.aci*n de la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de lav-a f4rrea a ser entroncada o cru.ada ! la aprobaci*n de la /utoridad ompetenteara efectuar el entronque !9o cruce de las v-as f4rreas de dos ;rgani.aciones 3erroviarias, se requiere previamente lasuscripci*n de un contrato entre ambas partesDurante la construcci*n del entronque !9o cruce de dos v-as f4rreas, deben mantenerse las condiciones de seguridad de lav-a f4rrea que es interconectada o cru.ada, procurando que la operaci*n ferroviaria en la .ona se afecte el menor tiempoposibleos costos del pro!ecto, de la construcci*n, de las instalaciones de seguridad, as- como de su mantenimiento ! operaci*n,

    son asumidos por la ;rgani.aci*n 3erroviaria solicitante, salvo acuerdo en contrario entre las partesA!"#$%& 2(- C$#+4 1 +% 6+ "14 ;+14 #& #1&4os pro!ectos de cruce de v-as f4rreas con caminos requieren la autori.aci*n de la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de lav-a f4rrea a ser cru.ada ! la aprobaci*n de la /utoridad ompetenteara efectuar dic7os cruces se requiere previamente la suscripci*n de un contrato entre la ;rgani.aci*n3erroviaria ! el titular del caminoos cruces a nivel autori.ados por la /utoridad ompetente ! pre=e1istentes al presente Reglamento, ser$n respetados !deben contar con las medidas de seguridad ! seali.aci*n correspondientesos costos del pro!ecto de cruce, de la construcci*n, de las instalaciones de seguridad, as- como de su mantenimiento !operaci*n, son asumidos por el titular del caminoEn la construcci*n de los cruces de v-as f4rreas con caminos se deber$ tomar en cuenta lo siguiente6= En .onas urbanas, la distancia entre dos cruces a nivel no debe ser inferior a A00 metros= En .onas rurales, la distancia entre dos cruces a nivel no debe ser inferior a 2 000 metros En todos los cruces a nivel, sedeben instalar seales, para advertir a los usuarios de ambas v-as, de la pro1imidad del cruce= a seali.aci*n m-nima para los usuarios de caminos ! la seali.aci*n para los usuarios de la v-a f4rrea, se indican en los

    /ne1os %& 2, ! del presente Reglamento= El pro!ecto del cruce debe definir, de ser el caso, la necesidad de controlar el cruce a nivel con barreras, sem$foros !9o

    alarmas sonoras= a construcci*n, re7abilitaci*n ! mantenimiento de los cruces a nivel deben ser reali.ados por la;rgani.aci*n 3erroviaria ! los costos sufragados por el solicitante del cruce= a instalaci*n ! el mantenimiento de la seali.aci*n ! de los sistemas de seguridad en cruces a nivel privados deben serejecutados por la ;rgani.aci*n 3erroviaria ! los costos sufragados por el solicitante del cruce8 en el caso de los cruces anivel p+blicos deben ser ejecutados por la;rgani.aci*n 3erroviaria ! los costos sufragados por la Entidad a cargo de la v-a p+blica que cruce la v-a f4rreaA!"#$%& 2H(- C$#+4 1 6+4+% 6+ "14 ;+14 #& #1&4 .& "14 ;+14os pro!ectos de cruce a desnivel de v-as f4rreas con caminos !9o v-as f4rreas requieren la autori.aci*n de la ;rgani.aci*n3erroviaria a cargo de la v-a f4rrea a ser cru.ada ! la aprobaci*n de la /utoridad ompetenteara efectuar dic7os cruces se requiere previamente la suscripci*n de un contrato entre la ;rgani.aci*n3erroviaria ! el titular del caminoos costos del pro!ecto de cruce a desnivel, de la construcci*n, de las instalaciones de seguridad, as- como de sumantenimiento ! operaci*n, son asumidos por el titular del caminoEn la construcci*n de los cruces a desnivel de v-as f4rreas con caminos se deber$ tomar en cuenta lo siguiente6= a construcci*n del cruce a desnivel debe ser ejecutada por el interesado= a ;rgani.aci*n 3erroviaria, debe intervenir en la supervisi*n de la construcci*n ! mantenimiento del cruce= a construcci*n del cruce se reali.ar$ conservando las condiciones de seguridad de la v-a f4rrea ! procurando que eltr$nsito en ella se interrumpa en el menor tiempo posible= os gastos en que incurra la ;rgani.aci*n 3erroviaria, con motivo de la construcci*n del cruce, deben ser asumidos por elinteresado= Si el paso inferior corresponde a la v-a f4rrea, 4ste debe construirse respetando el g$libo adoptado por la ;rgani.aci*n3erroviaria a cargo de la misma= Si el paso inferior corresponde a la otra v-a, 4ste debe permitir el paso de ve7-culos automotores con la m$1ima alturapermitida en la norma correspondiente= a propiedad de las obras civiles del cruce, ubicadas dentro de la .ona del ferrocarril, ! su mantenimiento corresponde albeneficiario del cruceA!"#$%& 2(- C$#+4 1 +% 6+ #1/#!+ !+&1%a construcci*n de cruces a nivel de car$cter temporal con otras v-as debe ser autori.ados por la ;rgani.aci*n 3erroviaria !aprobados por la /utoridadompetente Su uso est$ condicionado a que el solicitante cumpla las medidas de seguridad que disponga la ;rgani.aci*n3erroviaria ! los costos deben ser sufragados por el interesadoA!"#$%& 2(- C$#+4 & 1$!&16&4

    a ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la v-a, tiene el derec7o de efectuar las acciones que considere necesarias paraclausurar o anular los cruces no autori.ados, as- como reali.ar las acciones que le permita la e! para resarcirse de losgastos incurridosA!"#$%& 30(- C$#+4 4$)!+/+&4 . #$#+4 1+&4, 6+ !$)+"14, #1)%+4 .& +4!$#!$14as ;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las v-as f4rreas, deben permitir los cruces subterr$neos ! a4reos, de tuber-as,cables !9o estructuras, con las v-as f4rreas a su cargo, cuando sean necesarios para reali.ar instalaciones de serviciosp+blicos ! los solicitantes cuenten con la aprobaci*n de la /utoridad ompetente en la materia, ! cumplan lo dispuesto en elpresente ReglamentoEl otorgamiento de permisos para cruces con la v-a f4rrea destinados a otros fines, corresponde a las;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las v-asEl interesado debe presentar lo siguiente6a) resentaci*n de solicitud del interesado a la

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    ;rgani.aci*n 3erroviaria, acompaada de los planos, ! especificaciones t4cnicasb) /probaci*n de la ;rgani.aci*n 3erroviaria a la solicitud indicada en el literal anteriorc) Suscripci*n de un contrato entre el interesado ! la ;rgani.aci*n 3erroviariad) umplimiento de las siguientes condiciones t4cnicas6d os cruces se 7ar$n, de preferencia, perpendicularmente a la v-a f4rrea ferroviariod os cruces subterr$neos con tuber-as o cables deben estar protegidos por un tubo=camisa o forro, cu!alongitud debeser igual al anc7o de la base del terrapl4n, pero no menor de A metros a ;rgani.aci*n 3erroviaria, en funci*n a lasustancia o material a transportar a trav4s de la tuber-a, determinar$ la profundidad de instalaci*n, la misma que en ning+n

    caso ser$ menor de un metro, medida desde la base del terrapl4n 7asta la parte superior del tubo=camisa o forro8 en el casode corte no ser$ menor de un metro de la subrasante 7asta la parte superior del tubo=camisa o forrod os cruces a4reos con puentes !9o estructuras deben ser efectuados respetando lo dispuesto por las normas t4cnicase1istentes emitidas por la /utoridad ompetented5 os cruces a4reos con cables no electrificados o con tuber-as deben ser efectuados a una altura no menor de ' metros,medida desde la superficie de rodadura del riel m$s alto de la v-a f4rrea, 7asta la parte m$s baja del elemento que la crucedA os cruces a4reos de conductores el4ctricos con corriente 7asta de '50 voltios, deben ser efectuados a una altura nomenor de metros medidos desde la superficie de rodadura del riel m$s alto de la v-a f4rrea, 7asta la parte m$s baja delelemento que la cruce8 para la conducci*n de corriente de ma!or voltaje se requieren las siguientes alturas m-nimas6 ,50metros para corriente entre '50 ! 5 000 voltios, C metros para corriente entre 5 000 ! 50 000 voltios, increment$ndose laaltura en 2,50 mil-metros por cada 000 voltios adicionalesCAPTULO IVSEALIACIN DE LA VA FRREAA!"#$%& 3'(- E4!1611#9 6+ %1 4+K1%1#9a seali.aci*n de la v-a f4rrea est$ compuesta por todos los sistemas destinados a lograr ! obtener que el movimiento detrenes se efect+e en condiciones de seguridad ! sin accidentes, por lo que las ;rgani.aciones 3erroviarias deber$nadecuar sus seali.aciones de v-a a las normadas seg+n ane1os adjuntos que correspondan

    A!"#$%& 32(- S+!6& 6+ 1#:1P11 V"1 #1(- a seali.aci*n considerada en este cap-tulo est$ referida al lado derec7o de la v-a, correspondiente a laposici*n del maquinistaP11 V"1 D&)%+(- a seali.aci*n considerada en este cap-tulo est$ referida al sentido de marc7a oficial de los trenes por ellado derec7o En caso que la ;rgani.aci*n3erroviaria tenga un sentido de marc7a i.quierdo, la seali.aci*n estar$ ubicada al lado i.quierdo de la v-a, es decir el quecorresponde al maquinistaA!"#$%& 33(- S+K1%+4 6+% %&+!1*+ + %1 "1 ;+1 #1%ada Bil*metro de la v-a f4rrea principal debe ser sealado mediante un 7ito instalado al lado derec7o deella, en el que est4marcada claramente la distancia referida al punto de origen denominado Bil*metro ceroonforme se indica en el /ne1o %& 2A!"#$%& 3(- S+K1%+4 6+% %&+!1*+ + 11%+4ada Bil*metro de un ramal debe ser sealado mediante un 7ito letrero instalado al lado derec7o de la v-a f4rrea, en el queest4 marcada claramente la distancia referida al punto de origen denominado Bil*metro cero, ubicado en la v-a f4rreaprincipal de la que se deriva onforme se indica en el /ne1o %& 2A!"#$%& 35(- S+K1%+4 6+ $+1#9 6+ #$14as curvas de la v-a f4rrea principal ! de los ramales deben estar numeradas correlativamente a partir del punto de origendenominado Bil*metro cero onforme se indica en el /ne1o %& 2A!"#$%& 3(- S+K1%+4 6+ +%En los tramos con restricci*n de velocidad, se colocar$ un letrero de advertencia al costado de la v-a por el lado quecorresponda al maquinista, de modo que pueda ser divisado desde ambos lados de la locomotora ! desde una distancia nomenor de 200 metros visuali.aci*n de esta distancia, Dic7o letrero llevar$ una inscripci*n indicando la velocidad m$1imapermisible en el tramo onforme se indica en el /ne1o %& 2A!"#$%& 3H(- S+K1%+4 11 6&4 +%+4 />14 + +% 4& !1&uando en una misma v-a circulen trenes autori.ados a alcan.ar diferentes velocidades m$1imas, las seales mencionadasen el /rt-culo A& deben indicar cada una de las velocidades m$1imas permitidas onforme se indica en el /ne1o %& 2A!"#$%& 3(- S+K1%+4 1% ;1% 6+ $ !1& #& +% +4!861

    /l finali.ar un tramo con velocidad restringida, se debe colocar al costado de la v-a del lado que corresponda al maquinista,seg+n el sentido de tr$nsito del tren, un letrero con las inscripciones indicativas de la velocidad m$1ima permitida enadelante El tren incrementar$ su velocidad cuando el +ltimo vag*n o coc7e 7a!a pasado dic7o letrero onforme se indicaen el /ne1o %& 2A!"#$%& 3(- S+K1%+4 6+ 1&>1#9 & 16+!+#1En los lugares que el tren deba advertir su presencia, mediante el sonido de pito + otra seal audible, por la pro1imidad de

    puentes, t+neles, estaciones .ig=.ags o cruces a nivel se deben colocar letreros a una distancia no menor de doscientos(200) metros antes del lugar que motiva la advertencia ! del lado de la v-a que corresponda al maquinista, seg+n el sentidodel tr$nsito del tren os letreros deben llevar la inscripci*n J>#;J ! una de las siguientes letras, seg+n sea el caso6 (uente), # (#+nel), E (Estaci*n), : (.ig=.ag), K (ruce a nivel) as caracter-sticas se indican en el /ne1o %& 2El toque del pito, durante el tr$nsito por centros urbanos, no requiere de letreros, ! puede ser efectuado cuando el personaldel tren lo estime necesario por ra.ones de seguridad de la operaci*n ferroviariaA!"#$%& 0(- S+K1%+4 + $+!+4 . !+%+4En los e1tremos de los puentes ! t+neles se debe colocar letreros, indicando la pro7ibici*n de circulaci*n de peatonesonforme se indica en el /ne1o %& 2CAPTULO VESTACIONES Y PARADEROSA!"#$%& '(- E4!1#9

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    Edificaci*n cu!a ubicaci*n figura en el 7orario de trenes, que e17ibe seales fijas, en la que los trenes toman o dejanpasajeros !9o mercanc-as En ella tambi4n se reali.a la recepci*n, almacenamiento, clasificaci*n ! despac7o demercanc-asada Estaci*n debe tener, en lugar visible, un letrero que indique su nombre, ubicaci*n ! la distancia a la estaci*n de origen! a la estaci*n finalA!"#$%& 2(- F1#%616+4 + %14 +4!1#&+4a) as Estaciones en las que se preste servicios de embarque ! desembarque de pasajeros, deber$n contar como m-nimocon las siguientes facilidades, en buen estado de conservaci*n e 7igiene6

    a ?rea para la prestaci*n de servicios de informaci*n ! de venta de boletosa2 Sala de espera en la cual se ubica un reloj que muestre la 7ora oficiala Servicios 7igi4nicos independientes para damas ! caballerosa 3acilidades para pasajeros discapacitadosa5

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    a5 a conformaci*n ! capacidad portante de la v-a f4rrea, puentes ! obras de arte en cada tramo de la v-a f4rrea, estar$nde acuerdo con el peso por eje ! distribuci*n de cargas del material rodante a utili.ar en ese tramo ! la velocidad decirculaci*n previstaaA as estaciones contar$n cuando menos con las facilidades e instalaciones que se indican en el /rt-culo 2& del presenteReglamentoA!"#$%& (- P$+4!1 + 4+#& 6+ %1 ;1+4!$#!$1 ;+&11as ;rgani.aciones 3erroviarias, antes de poner en servicio la infraestructura ferroviaria deber$n obtener la autori.aci*n dela /utoridad ompetente os requisitos para autori.aci*n de puesta en servicio son6

    a) Solicitud en formato establecido por la /utoridad ompetenteb) ago de los derec7os correspondientesc) umplimiento de las disposiciones de seguridad establecidas por la /utoridad ompetenteA!"#$%& 50(- A$!&1#9 6+ #++ & 6+ %+1!1+!& 6+ "14 ;+14ara proceder al cierre o al levantamiento de las v-asf4rreas, las ;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las mismas, debenobtener la autori.aci*n de la /utoridadompetente os requisitos para la autori.aci*n de cierre o levantamiento de v-as f4rreas son6a) Solicitud con la respectiva justificaci*n en formato establecido por /utoridad ompetenteb) ago de los derec7os correspondientesCAPTULO VIIMANTENIMIENTO Y SEGURIDAD DE LA VA FRREAA!"#$%& 5'(- M1!++!& 6+ %1 "1 ;+1as ;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las v-as f4rreas deben mantenerlas de acuerdo al

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    7) os coc7es estar$n equipados con sistema de freno de aire autom$tico ! freno de estacionamientoEste +ltimo operado desde el interior del coc7e, permitir$ mantener estacionado el coc7e con pasajeros en la m$1imapendiente e1istente en la v-a /dicionalmente, cuando las operaciones se reali.an en v-as f4rreas, con pendientes ma!oresal 25L, utili.ar$n tambi4n sistemas de freno de aire directoi) os vagones que est4n equipados con sistema de freno autom$tico con doble capacidad cargado=vac-o, asimismo,contar$n con un sistema de freno de estacionamiento que permita mantener estacionado el vag*n cargado en la m$1imapendiente e1istente en la v-a f4rrea /dicionalmente cuando las operaciones se reali.an en v-as f4rreas con pendientesma!ores al 25L utili.ar$n tambi4n sistemas de freno de aire directo

    j) El material tractivo ! remolcado que se adquiera para operar conjuntamente con el e1istente en ;rgani.aciones3erroviarias en marc7a, deber$ ser t4cnicamente compatible con la troc7a, radio de giro, g$libo, capacidad de la v-a ! de lasobras de arte, as- como con las caracter-sticas ! especificaciones del material rodante e1istente en lo referente al tipocapacidad ! altura de los enganc7es, dimensiones de las ruedas, sistemas de frenos, sistemas de sincroni.aci*nB) El g$libo m$1imo para el material rodante ser$ establecido por cada ;rgani.aci*n 3erroviaria, de acuerdo con losrespectivos g$libos de obras (t+neles ! estructuras)l) #odas las locomotoras, vagones de carga ! coc7es de pasajeros estar$n equipados con enganc7es que les permitanunirse entre s- ! mantener cierta distancia uno del otro con la suficiente resistencia ! seguridad8 cumpliendo con losrequisitos establecidos en las normas ferroviarias como son6= %o presentar$n rajaduras en el $rea de acoplamiento= Deber$n estar alineados ! mantener una diferencia m-nima en la altura de los ejes longitudinales de los enganc7es conrespecto al rielm) a circunferencia de las ruedas, su variaci*n entre ruedas ! entre pares de ruedas, as- como las dimensiones de laspestaas de las mismas deben mantenerse dentro de los l-mites establecidos en las normas t4cnicas8 quedando pro7ibidocircular con ruedas, aplanadas, rajadas, pestaas rotas, estr-as o fisuras fuertes, ro.aduras o descascaradasn) as locomotoras, coc7es a motor ! coc7es de pasajeros deben contar con vidrios de seguridad que garantice al personalde conducci*n o a los usuarios, evitar daos personales en caso de rotura de los mismos

    o) as locomotoras ! coc7es a motor deber$n contar con faros de iluminaci*n que permitan una visibilidad adecuada a latripulaci*n del tren, tanto en la parte delantera, como posteriorp) a capacidad de los coc7es de pasajeros debe ser tal que garantice la comodidad ! seguridad de los usuariosq) #odas las locomotoras ! coc7es a motor deber$n estar provistos de trompa de protecci*n en su parte delantera endirecci*n del movimientor) as locomotoras, coc7es a motor, vagones de carga, coc7es de pasajeros, deber$n tener los pares de ruedas dentro delos l-mites de desgaste permitidos por las normas ferroviarias, de tal manera que garanticen una operaci*n segura, eficiente! c*modas) Se debe garanti.ar que la troc7a o separaci*n entre pestaas de ruedas se encuentren dentro de los l-mites permitidos,de manera que encajen adecuadamente en la v-a f4rrea, sin causar desgastes e1cesivos, ni descarrilamientosA!"#$%& 5H(- D+% C+!;#16& 6+ !+& 6+ %1 $616

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    #oda unidad de material rodante debe e17ibir en la parte e1terior de sus caras laterales, el nombre o letras iniciales del;perador 3erroviario, el n+mero de registro de la unidad, la tara, la carga m$1ima que puede transportar, la fec7a de su+ltima reparaci*n general ! fec7a ! n+mero del ertificado de Gabilitaci*n 3erroviariaA!"#$%& 2(- I;&1#9 + %1 1!+ !+& 6+ %1 $616os coc7es de pasajeros ! los coc7es motor deben e17ibir interiormente un r*tulo que indique la clase de servicio ! eln+mero de registro de la unidad /simismo, los asientos deben ser numeradosA!"#$%& 3(- S+#&4 :8#&4os coc7es de pasajeros ! los coc7es motor, que efect+en viajes de m$s de una 7ora de duraci*n, deben estar dotados de

    servicios 7igi4nicos del tipo cerrado, con tanque de retenci*nA!"#$%& (- M1!+1% &61!+ + !+#1)&El material rodante, que transite por v-as interconectadas, debe tener caracter-sticas t4cnicas compatibles as;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las v-as interconectadas son las responsables de velar por el cumplimiento de estadisposici*nTTULO UINTODE LAS OPERACIONES FERROVIARIASCAPTULO IDISPOSICIONES GENERALESA!"#$%& 5(- D+ %14 &+1#&+4 ;+&114as operaciones ferroviarias se regulan por lo dispuesto en el presente Reglamento ! por las normas ferroviarias internasde la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la v-a f4rreaA!"#$%& (- N&14 ;+&114 I!+14as ;rgani.aciones 3erroviarias a cargo de las v-as f4rreas deben contar con las siguientes normas ferroviarias internas6a) Reglamento ;perativo >nternob) Gorario de #renesEstos documentos deben ser redactados en idioma castellano, de manera clara ! precisa, ajustarse a lo dispuesto en el

    presente Reglamento ! dem$s disposiciones aplicables ! mantenerse actuali.ados os mismos deben ser suministradospor la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la v-a f4rreaA!"#$%& H(- R+8%1+!& &+1!& !+&El Reglamento ;perativo >nterno contiene las normas de seguridad ! los procedimientos para el movimiento operativo delos trenes, as- como los deberes del personal involucrado ! otras normas operativas, el cual ser$ aplicado en el $mbito deacci*n de cada ;rgani.aci*n 3erroviaria as disposiciones del Reglamento ;perativo >nterno no pueden contraponerse alas del presente Reglamento ! a las le!es aplicablesEn caso, que ello ocurriese, tienen prevalencia lo dispuesto en el Reglamento %acional de 3errocarriles El Reglamento;perativo Interno ! sus actuali.aciones deben ser aprobados por la /utoridad ompetente antes de su puesta en vigencia(A!"#$%& (-

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    e) ertificado de >doneidad o manejoa ;rgani.aci*n 3erroviaria remitir$ a la Direcci*n "eneral de aminos ! 3errocarriles los nombres de los postulantes, aquienes 7a evaluado previamente de acuerdo a los literales c ! d, especificando el tipo de ve7-culo que autori.a a conducir(locomotora, coc7es motor, autocarril, autov-a, equipos ! ve7-culos de trabajo) a Direcci*n "eneral de aminos !3errocarriles proceder$ a tomar a los postulantes el E1amen de >doneidad para el manejo de ve7-culos ferroviarios en lasinstalaciones de la ;rgani.aci*n 3erroviaria solicitantea licencia para conducir ve7-culos ferroviarios, tendr$ una vigencia de tres (0) aos ! su renovaci*n ser$ otorgadamediante la aprobaci*n de los e1$menes que se indican en el presente art-culo a Direcci*n "eneral de aminos !

    3errocarriles la e1pide ! entrega al interesadoA!"#$%& H(- L#+#1 F+&11Es el documento emitido por la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la v-a f4rrea, que faculta a una persona a intervenir enlas ;peraciones 3erroviariasEl personal directamente involucrado en las operaciones de tr$fico tales como maquinistas, motoristas, personal quecontrola el tr$nsito ferroviario, las tripulaciones de los trenes, el personal que efect+a maniobras en los patios, el personalque jefatura las estaciones ! los patios de maniobras, dirige !9o supervisa la operaci*n ferroviaria en general, deber$ contarcon icencia 3erroviaria, otorgada por la ;rgani.aci*n 3erroviaria encargada de la v-a f4rrea6El trabajador deber$ aprobar un e1amen escrito, sobre el Reglamento ;perativo >nterno, ante la ;rgani.aci*n 3erroviariarespectivaa ;rgani.aci*n 3erroviaria e1pedir$ la icencia 3erroviaria mediante un documento en el que conste la siguienteinformaci*n6a) #-tulo6 icencia 3erroviariab) %+mero correlativoc) %ombre de la ;rgani.aci*n 3erroviaria que otorga la licencia ferroviariad) %ombres, apellidos ! n+mero del documento de identidad del trabajador a quien se otorga la licencia ferroviaria ! ra.*nsocial de la empresa para la que trabaja

    e) ugar ! fec7a de e1pedici*n de la licencia ferroviariaf) 3ec7a de e1piraci*n de la licencia ferroviariag) %ombre, cargo, firma ! sello del funcionario a cargo de las operaciones, que refrenda la licencia ferroviariaa icencia 3erroviaria ser$ renovada cada cuatro (0) aos, mediante la aprobaci*n del e1amen del Reglamento ;perativo>nterno de cada ;rgani.aci*n 3erroviariaas ;rgani.aciones 3erroviarias ! los ;peradores 3erroviarios son responsables de establecer otros requisitos que estimenconveniente para la mejor operaci*n ferroviaria, del control, del uso ! de la vigencia de la icencia 3erroviaria de supersonalCAPTULO IICLASIFICACIN, FORMACIN Y TRNSITO DE TRENESSUBCAPTULO IFORMACIN DE TRENESA!"#$%& H5(- C%14;#1#9 6+ %&4 !++4os trenes se clasifican en ;rdinarios ! E1tras#renes ;rdinarios son aquellos autori.ados por un 7orario de trenes ! cu!a marc7a est$ fijada por itinerarios, 4stos puedenser6= #renes de asajeros, conformado por coc7es de pasajeros= #renes de arga, conformado por vagones de carga= #renes

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    A!"#$%& HH(- M1&)14 + P1!&4as maniobras para la formaci*n de trenes en los patios, deber$n efectuarse con el ma!or cuidado con los vagonesenganc7ados al ser 7alados o empujados, no requiri4ndose de *rdenes de trenes para el despla.amiento de vagonesSUBCAPTULO IICONTROL TRNSITO DE TRENESA!"#$%& H(- S4!+1 6+ #&!&% 6+ !/4!& 6+ !++4as ;rgani.aciones 3erroviarias deber$n contar con un sistema de control de tr$nsito de trenes que garantice en todomomento la fluide. ! la seguridad en la circulaci*n de trenes, permitiendo la comunicaci*n entre el centro de control de

    operaciones ! el personal de los trenesa instalaci*n ! operaci*n del sistema de telecomunicaci*n debe contar con la autori.aci*n del

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    Dentro de las veinticuatro (2) 7oras de ocurrido un accidente ferroviario, las ;rgani.aciones 3erroviarias, p+blicas oprivadas, remitir$n un >nforme reliminar a la /utoridad ompetente En el caso de 7aberse producido daos personales ! omateriales que superen las @nidades >mpositivas #ributarias, las ;rgani.aciones 3erroviarias, p+blicas o privadas, dentrode los siete (0') d-as 7$biles posteriores a la ocurrencia, presentar$n un >nforme 3inal con el resultado de la investigaci*n !las medidas adoptadas al respectoa /utoridad ompetente, podr$ disponer su propia investigaci*n o la ampliaci*n de la investigaci*n efectuada por la;rgani.aci*n 3erroviariaas ;rgani.aciones 3erroviarias >ntegrales rivadas reportar$n al sector al que est$n adscritos por la actividad principal que

    reali.an, poniendo en conocimiento del 7ec7o a la /utoridad ompetenteA!"#$%& H(- R+84!& . +4!16"4!#1 6+ 1##6+!+4 ;+&1&4as ;rgani.aciones 3erroviarias deben llevar un registro de todos los accidentes ferroviarios ocurridos en la v-a f4rrea a sucargo, en el que se consigne6 el lugar del accidente, el material rodante involucrado, los daos personales, los daosmateriales valori.ados, las causas, las medidas adoptadas, ! cualquier otro dato relevanteas ;rgani.aciones 3erroviarias deben remitir mensualmente a la /utoridad ompetente, la informaci*n estad-stica de losaccidentes 3erroviariosA!"#$%& (- A##6+!+4 4$*+!&4 1 +4!81#9 &%#1%En caso de producirse cualquier accidente sujeto a investigaci*n, las autoridades policiales otorgar$n las m$1imasfacilidades para impedir que la regularidad del servicio ferroviario sea afectadaA!"#$%& (- E+8+#1 + %1 "1#odo tren deber$ llevar las 7erramientas necesarias para cualquier reparaci*n ligera o de emergencia en la v-a f4rrea,adem$s de los implementos de seguridad, de comunicaci*n ! de un botiqu-n de primeros au1iliosCAPTULO IVSEALES PARA EL TRNSITO Y PROTECCIN DE TRENESA!"#$%& 0(- S+K1%+4@na seal, es un dispositivo *ptico !9o ac+stico, mediante el cual se transmite las *rdenes o informaciones de car$cter

    obligatorio al personal involucrado con la circulaci*n de los trenesa seguridad del tr$nsito de los trenes, se basa en el estricto cumplimiento de las *rdenes transmitidas porlas sealesA!"#$%& '(- C%14+4 6+ 4+K1%+4as clases de seales se dividen en *pticas ! ac+sticasA!"#$%& 2(- S+K1%+4 9!#14Son aquellas perceptibles por la vista ! pueden ser6a) ermanentesb) #emporalesc) nternouando el sentido de la marc7a del tren sea por el lado derec7o, estas seales ser$n colocadas al lado derec7o de la v-aprincipal en direcci*n de la marc7a ! a una distancia que variar$ entre 2,50 metros ! 5 metros del eje de la v-a, dependiendode las condiciones topogr$ficas de la .ona ! de la visibilidad8 cuando el sentido legal de la marc7a sea por el lado i.quierdo,estas seales estar$n colocadas al lado i.quierdo de la v-a principal en el sentido de la marc7a del tren ! a una distancia dela v-a similar al indicado cuando el sentido de la marc7a es por el lado derec7oS+K1%+4 + %&4 4+/;&&4=En los sem$foros podr$ emplearse el sistema de luces o el de bra.os colocados al lado i.quierdo del m$stil as seales delos sem$foros son6

    u. Roja o bra.o de sem$foro 7ori.ontal, indica parada obligatoria, los trenes deber$n detenerseu. verde o bra.o de sem$foro formando $ngulo con la 7ori.ontal, indica v-a librea posici*n permanente de las seales de los sem$foros ser$ la de peligro, en ambas direcciones ! se cambiar$ solo paradar paso a los trenes, volviendo a colocarse inmediatamente en la posici*n de peligroDe noc7e, si el sem$foro se encuentra sin iluminaci*n, equivale a lu. roja ! obliga al tren a pararuando un sem$foro est4 dotado de m$s de dos bra.os o luces a diferente altura8 el bra.o m$s alto gobernar$ la v-aprincipal ! el m$s bajo la v-a de empalme o desv-o as ;rgani.aciones 3erroviarias detallar$n las disposicionesS+K1%+4 + #1)&4 6+ "1=ara el mando de los movimientos de los cambios, las seales estar$n constituidas por una pantalla con dos luces decolores rojo ! verde ! un disco o disco flec7a para sealar la posici*n del cambio, o un disco flec7a de color rojo ! verdereflectivoas seales ser$n las siguientes6

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    = Disco o disco flec7a que muestra una cara de color verde o color blanco, la cual indica que la v-a principal est$ e1pedita= Disco o disco flec7a que muestra una cara de color rojo la cual indica que la v-a principal est$ cerradaa falta de visibilidad en los discos o disco flec7a de las barras de cambio, obligan a pararb) S+K1%+4 !+&1%+4Se utili.ar$n cuando e1ista restricci*n temporal de la v-a f4rrea ! se dispondr$n verticalmente en puntos singulares de 4staas seales temporales, estar$n colocadas en un soporte id*neo en forma de paneles o cartelones convenientementepintados o ad7eridos con pel-culas de alta intensidad reflectante Deber$n ser port$tiles, de peso liviano para permitir suf$cil manipuleo en los lugares que se quiera sealar, siendo fundamentales para resguardar la seguridad del personal !

    equipos as seales temporales presentar$n el aspecto ! significado que las Entidades ;peradoras adopten en suReglamento ;perativo >nternoc) S+K1%+4 1$1%+4Estas seales constitu!en un medio de sealamiento m*vil tales como banderas, linternas, faroles de diferentes colores oun determinado movimiento de los bra.os por medio de los cuales se dar$ las indicaciones para la circulaci*n ! movimientode treneson las banderas, farolas ! linternas de diversos tipos, se pueden 7acer seales tales como6= Oandera o lu. verde, v-a e1pedita= Oandera o lu. amarilla, precauci*n8 obliga a disminuir la velocidad ! mantener el tren bajo estricto control, listo para parar= Oandera o lu. roja, indica peligro, obliga a parar inmediatamente= Oandera o lu. a.ul, indica que 7a! personal trabajando debajo o cerca de la locomotora, carro o trenas seales con las banderas se 7ar$n present$ndolas desplegadas de frente al tren a lu. de los faroles o linternas ser$npro!ectadas directamente al trenDe noc7e, si se careciera de faroles, linternas, o luces de bengala apropiadas para 7acer seales, se podr$ efectuar laseal de parar, agitando cualquier lu. en forma 7ori.ontal cerca o a trav4s de la v-a De d-a, si se careciera de mediosapropiados para 7acer seales, cualquier objeto movido violentamente por cualquier persona, sobre o cerca de la v-a, esseal de parada

    Seales adicionales a las indicadas podr$n estar establecidas en el Reglamento ;perativo >nterno de cada ;rgani.aci*n3erroviariad) S+K1%+4 $+4!14 + %&4 !++4Estar$n colocadas en la parte delantera ! posterior de los trenes ! servir$n para la confirmaci*n de la identificaci*n eintegridad del tren, as- como para dar indicaciones particulares al personal involucrado en el movimiento de los trenes= #renes ;rdinarios de asajeros6De d-a6 Oanderas verdes en la parte posterior del +ltimo coc7e o vag*n del tren8 de noc7e luces verdes en el sentido de lamarc7a ! lados ! luces rojas en la parte posterior, e1cepto en el caso que el tren 7a!a dejado libre la v-a principal,situ$ndose en un desv-o, empalme o al final de una doble v-a, en que e17ibir$ luces verdes al frente, a los lados ! en laparte posterior= #renes ;rdinarios de arga

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    os petardos se colocar$n sobre los rieles, bien asegurados con sus correspondientes grapas as distancias m-nimas enque se colocar$n petardos sobre los rieles, ser$n determinadas por cada ;rgani.aci*n 3erroviariaEl uso del petardo no e1ime del empleo de otras seales, ni de la colocaci*n de seales fijas donde sea necesario %o seusar$ petardos cerca de estaciones o caminos p+blicosa detonaci*n de un petardo es seal para reducir la velocidad del tren ! alerta para detenerlo a detonaci*n de unsegundo petardo, a cien metros de distancia o menos, obliga a parar inmediatamente el tren ! averiguar la causa de sucolocaci*nTTULO SEXTO

    DEL TRANSPORTE FERROVIARIOA!"#$%& (- T14&!+ ;+&1&El transporte ferroviario puede ser p+blico o privado, ! es desarrollado por ;peradores 3erroviarios ara la ejecuci*n delmismo se requiere contar obligatoriamente con el permiso de operaci*nCAPTULO IPERMISO DE OPERACINA!"#$%& 5(- P+4& 6+ &+1#9El ermiso de ;peraci*n, es la autori.aci*n de car$cter administrativo que otorga la /utoridad ompetente a una;rgani.aci*n 3erroviaria, p+blica o privada, nacional, regional o local, para que realice transporte ferroviario en unadeterminada ruta de una v-a f4rrea p+blica concesionada, v-a f4rrea p+blica no concesionada o v-a f4rrea privada ! por undeterminado pla.oSUBCAPTULO IPERMISO DE OPERACIN PARA PRESTARSERVICIOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO ENINFRAESTRUCTURA FERROVIARIA DE USOPBLICO NO CONCESIONADAA!"#$%& (- A%#1#+

    El ermiso de ;peraci*n es aqu4l otorgado por la /utoridad ompetente para prestar servicios de transporte ferroviario demercanc-as !9o de pasajeros en una determinada ruta de la infraestructura ferroviaria de uso p+blico no concesionada ! porun determinado pla.oA!"#$%& H(- R+=$4!&4 11 &)!++ +% P+4& 6+ O+1#9ara la obtenci*n del ermiso de ;peraci*n, los solicitantes que pretenden prestar servicios en una v-a f4rrea noconcesionada deben presentar a la /utoridad ompetente una solicitud precisando el tipo de servicio de transporte(pasajeros !9o mercanc-as) a reali.ar ! la ruta ferroviaria en la cual pretenden prestar sus servicios, as- como adjuntar ele1pediente t4cnico sustentatorioEl e1pediente t4cnico debe contener la siguiente documentaci*n6a) opia simple del documento nacional de identidadEn caso de e1tranjeros, copia de documento similar de su pa-s de origen ! copia del documento que autori.a su residenciaen el pa-sb) opia simple de la escritura p+blica de constituci*n social En el caso de empresas e1tranjeras tal documentocorresponder$ a la constituci*n 7ec7a en el pa-s de origenc) opia simple del Registro Pnico de ontribu!entesd) opia simple de la Escritura +blica de los Estatutos vigentes Dic7os Estatutos deber$n contemplar, de manera e1presa,que el solicitante puede prestar servicios de transporte ferroviario de pasajeros !9o mercanc-ase) opia simple del poder del o de los representantes legales, debidamente inscrito en los Registros +blicos del er+f) opia de los documentos que acrediten la e1periencia del solicitante en transporte ferroviario, indicando el transportereali.ado e1presados en n+mero de pasajeros, pasajeros=Bil*metro, toneladas, toneladasBil*metroEl per-odo de e1periencia debe ser de cinco (05) aos continuos, como m-nimoEl solicitante podr$ acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n celebrado con una empresa nacional o e1tranjera,que sustente la e1periencia requerida en transporte ferroviario En el caso que la empresa gestora sea e1tranjera deber$presentar el certificado de la /utoridad ompetente del pa-s de origen, en el cual se la reconoce como empresa autori.adaa prestar servicios de transporte ferroviario de pasajeros, mercancias o de ambosEn el caso que el solicitante sea un consorcio, solo se requiere que uno de los socios acredite e1periencia

    /simismo, tambi4n puede acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n, celebrado con una empresa nacional oe1tranjera que no est4 constituido como un miembro del consorciog) arta de ompromiso del solicitante de mantener el contrato de gesti*n durante todo el per-odo de vigencia del ermisode ;peraci*n, en caso que el solicitante acredite e1periencia mediante un contrato de gesti*n7) arta de ompromiso, en caso que el solicitante sea un consorcio, de6i) mantener vigente el contrato de consorcio durante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*n, ii) encargar alsocio con e1periencia la gesti*n operativa

    iii) mantener vigente el contrato de gesti*n, durante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*n, prevista en el/rt-culo 00&i) Relaci*n del personal clave que asumir$ la gesti*n de la operaci*n (inclu!endo 7oja de vida) En caso de consorcio,corresponder$ al personal del socio que aporta la e1periencia ! en el caso de e1periencia mediante contrato de gesti*n,corresponder$ al personal de la empresa gestora

    j) opia simple, del t-tulo de propiedad del material rodante ferroviario o precontrato de adquisici*n del material rodantenuevo o usado, contrato o precontrato de fabricaci*n del material rodante ferroviario, o contrato de alquiler de materialferroviario celebrado con terceros, o documento que acredite que prestar$ servicios con el material ferroviario de la;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la administraci*n de la v-aB) Declaraci*n jurada por la cual el solicitante6 i) declara conocer el Reglamento %acional de

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    3errocarriles, se compromete a cumplir todos ! cada uno de los requisitos previstos en dic7o dispositivo respecto a los;peradores 3erroviarios, ! ii) se obliga a cumplir con todas las normas de seguridad ferroviaria de la ;rgani.aci*n3erroviaria que administra la v-a f4rreal) opia del contrato de acceso celebrado con la;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la infraestructura ferroviariam) ertificado de Gabilitaci*n 3erroviaria del material rodante a utili.arn) icencia para conducir ve7-culos ferroviarios, del personal encargado de manejar ve7-culos ferroviarios tractivoso) *li.as de Seguro vigentes, establecidas en el

    /rt-culo 2& del presente Reglamento#oda la documentaci*n contenida en el e1pediente t4cnico, deber$ ser presentada en idioma castellano ! en el caso que eldocumento original est4 redactado en otro idioma, el solicitante deber$ presentar una traducci*n oficial en idioma castellanocon sello ! firma de un traductor p+blico, debidamente legali.ada por elonsulado respectivo ! por el

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    PERMISO DE OPERACIN PARA PRESTAR SERVICIOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO EN INFRAESTRUCTURADE USO PBLICO CONCESIONADAA!"#$%& '0(- A%#1#+ 6+% P+4& 6+ O+1#9El ermiso de ;peraci*n es otorgado por la /utoridadompetente al solicitante a fin que, previo cumplimiento de los requisitos ! los procedimientos establecidos en el presenteReglamento, pueda prestar servicios de transporte ferroviario de mercanc-as !9o de pasajeros en una determinada ruta dela infraestructura ferroviaria de uso p+blico concesionada ! durante el pla.o de vigencia correspondiente El ermiso de;peraci*n para prestar servicios de transporte ferroviario en infraestructura de uso p+blico concesionada tiene6 i) eficacia

    restringida, en una primera etapa, ! ii) eficacia plena, en una segunda etapaa eficacia restringida del ermiso de ;peraci*n le permite a su titular recurrir i) al oncesionario (Entidadrestadora) que administra la v-a f4rrea a la cual postula, solicitando un contrato de acceso a la misma ! un contrato de alquiler dematerial rodante !9o facilidades esenciales, de ser el caso, !9o ii) ante el ;rganismoSupervisor de la >nversi*n en >nfraestructura de #ransporte de @so +blico = ;S>#R/%, solicitando la emisi*n de unmandato de accesoa eficacia plena del ermiso de ;peraci*n le permite a su titular prestar servicios de transporte de pasajeros !9omercancias en la ruta de la infraestructura ferroviaria de uso p+blico concesionada a la cual 7a postulado, por undeterminado pla.oDentro del per-odo de eficiencia restringida, el titular del ermiso de ;peraci*n deber$ acreditar cumplimiento de lascondiciones establecidas en el /rt-culo 0C& de este Reglamento, con el fin que la /utoridad ompetente le recono.ca elermiso de ;peraci*n la condici*n de eficacia plenaA!"#$%& '05(- V8+#1 6+% P+4& 6+ O+1#9Emitido el ermiso de ;peraci*n con eficacia restringida, 4ste tendr$ vigencia por un per-odo de un (0) ao, contado apartir de la fec7a de su e1pedici*n Dic7o per-odo no ser$ ampliado, con e1cepci*n de6= os casos en que se acredite que se 7a producido demora en la fabricaci*n del material rodante que el

    ;perador 3erroviario utili.ar$ en la prestaci*n de sus serviciosEn tal caso, el ;perador 3erroviario podr$ solicitar a la /utoridad ompetente una ampliaci*n por un per-odo m$1imo de(0) aoEl ermiso de ;peraci*n con eficacia plena, tiene una vigencia de cinco (05) aos, contados a partir de la fec7a en quedic7a /utoridad emite el documento de reconocimiento de tal condici*nA!"#$%& '0(- R+=$4!&4 11 &)!++ +% P+4& 6+ O+1#9 #& +;#1#1 +4!861ara la obtenci*n del ermiso de ;peraci*n, los solicitantes deber$n presentar a la /utoridad ompetente una solicitudprecisando el tipo de servicio de transporte (pasajeros !9o mercanc-as) ! la ruta 3erroviaria en la cual pretende prestar susservicios, as- como adjuntar un E1pediente #4cnicoEl E1pediente #4cnico debe contener la siguiente documentaci*n6a) opia simple del documento nacional de identidadEn caso de e1tranjeros, copia de documento similar de su pa-s de origen ! copia del documento que autori.a su residenciaen el pa-sb) opia simple de la escritura p+blica de constituci*n social En el caso de empresas e1tranjeras tal documentocorresponder$ a la constituci*n 7ec7a en el er+c) opia simple del Registro Pnico de ontribu!ented) opia simple de la Escritura +blica de los estatutos vigentes Dic7os estatutos deber$n contemplar, de manera e1presa,que el solicitante puede prestar servicios de transporte ferroviario de mercanc-as !9o de pasajerose) opia simple del poder del o de los representantes legales, debidamente inscrito en los Registros +blicos del er+f) opia de los documentos que acrediten la e1periencia del solicitante en transporte ferroviario, indicando el transportereali.ado e1presado en n+mero de pasajeros, pasajeros=Bil*metro, toneladas, toneladasBil*metroEl per-odo de e1periencia debe ser de cinco (05) aos continuos, como m-nimoEl solicitante podr$ acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n celebrado con una empresa nacional o e1tranjera,que sustente la e1periencia requerida en transporte ferroviario En el caso que la empresa gestora sea e1tranjera deber$presentar elertificado de la /utoridad ompetente del pa-s de origen, en el cual se la reconoce como empresa autori.ada a prestarservicios de transporte ferroviario de mercanc-as, de pasajeros o de ambosEn el caso que el solicitante sea un consorcio, solo se requiere que uno de los socios acredite e1periencia

    /simismo, tambi4n puede acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n, celebrado con una empresa nacional oe1tranjera que no est4 constituido como un miembro del consorciog) opia de los estados financieros auditados de los +ltimos cinco (05) aos7) arta de ompromiso del solicitante de mantener el contrato de gesti*n durante todo el per-odo de vigencia del ermisode ;peraci*n, en caso que el solicitante acredite e1periencia mediante un contrato de gesti*n

    i) arta de ompromiso, en caso que el solicitante sea un consorcio, de6 i) mantener vigente el ontrato de onsorciodurante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*n, ii) encargar al socio con e1periencia la gesti*n operativa iii)mantener vigente el contrato de gesti*n, durante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*n

    j) Relaci*n del personal clave que asumir$ la gesti*n de la operaci*n (inclu!endo 7oja de vida) En caso de consorcio,corresponder$ al personal del socio que aporta la e1periencia ! en el caso de e1periencia mediante contrato de gesti*n,corresponder$ al personal de la empresa gestoraB) Relaci*n del material rodante que prestara servicio de transporte ferroviario, inclu!endo especificaciones t4cnicasl) Declaraci*n jurada por la cual el solicitante6 i) declara conocer el Reglamento nfraestructura de#ransporte de @so +blico del ;rganismo Supervisor de la >nversi*n en >nfraestructura de #ransporte de @so +blico =;S>#R/%, el Reglamento de /cceso del oncesionario (Entidad restadora) encargado de administrar la infraestructuraferroviaria a la cual pretende acceder, el Reglamento "eneral para la Soluci*n de Reclamos ! ontroversias del ;rganismoSupervisor de la >nversi*n en >nfraestructura de #ransporte = ;S>#R/%, el Reglamento %acional de 3errocarriles, el contrato

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    de concesi*n de la v-a f4rrea a la cual pretende acceder, ii) se compromete a cumplir todos ! cada uno de los requisitosprevistos en dic7os dispositivos respecto a los ;peradores 3erroviarios, !iii) se obliga a cumplir con todas las normas relacionadas con el transporte ferroviario del concesionario ! de la Direcci*n"eneral de aminos ! 3errocarriles #oda la documentaci*n contenida en el E1pediente#4cnico, deber$ ser presentada en idioma castellano ! en el caso que el documento original est4 redactado en otro idioma,el solicitante deber$ presentar una traducci*n oficial en idioma castellano con sello ! firma de un traductor p+blico,debidamente legali.ada por el onsulado respectivo ! por el

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    a) El ;perador 3erroviario que no 7a!a solicitado dentro del pla.o de un (0) ao desde la fec7a de emisi*n del ermiso de;peraci*n, el reconocimiento de eficacia plena de su ermiso de ;peraci*n8 con e1cepci*n del caso previsto en el /rt-culo05&b) uando el oncesionario 7a!a revocado el acceso del ;perador 3erroviario ! el #ribunal de Soluci*n de ontroversiasdel ;rganismo Supervisor de la >nversi*n en>nfraestructura de #ransporte de @so +blico = ;S>#R/%, 7a!a confirmado tal revocatoria mediante Resoluci*n8 o en elcaso que el ;perador 3erroviario, 7abiendo sido revocado su acceso, no 7a!a recurrido al citado #ribunala caducidad ser$ declarada por la /utoridad ompetente

    A!"#$%& ''(- D++#:&4 6+ !/!+4El costo de los tr$mites de otorgamiento de ermiso de ;peraci*n, reconocimiento de eficacia plena, renovaci*n !modificaci*n del mismo estar$ previsto en el #e1to Pnico de rocedimientos /dministrativos = #@/, de la /utoridadompetenteSUBCAPTULO IIIPERMISO DE OPERACIN PARA REALIAR TRANSPORTE FERROVIARIO EN INFRAESTRUCTURA FERROVIARIAPRIVADAA!"#$%& ''5(- A%#1#+El ermiso de ;peraci*n es aquel otorgado por la /utoridad ompetente para prestar transporte ferroviario en unainfraestructura ferroviaria privada ! por un pla.o determinadoA!"#$%& ''(- R+=$4!&4 11 &)!++ +% P+4& 6+ O+1#9ara la obtenci*n del ermiso de ;peraci*n, los interesados deber$n presentar a la /utoridadompetente una solicitud precisando el tipo de transporte a reali.ar ! la ruta ferroviaria privada en la cual pretende prestarsus servicios, as- como adjuntar un E1pediente #4cnico El E1pediente #4cnico debe contener la siguiente documentaci*n6a) opia simple del documento nacional de identidad del Representante egal En caso de e1tranjeros, copia de documentosimilar de su pa-s de origen ! copia del documento que autori.a su residencia en el pa-sb) opia simple de la escritura p+blica de constituci*n social En el caso de empresas e1tranjeras tal documento

    corresponder$ a la constituci*n 7ec7a en el eruc) opia simple del Registro Pnico de ontribu!ented) opia simple de la Escritura +blica de los Estatutos vigentes Dic7os Estatutos deber$n contemplar, de manera e1presa,que el solicitante puede prestar servicios de transporte ferroviario de mercanc-as !9o de pasajerose) opia simple del poder del o de los representantes legales, debidamente inscrito en los Registros +blicos del er+f) opia de los documentos que acrediten la e1periencia del solicitante en transporte ferroviario, indicando el transportereali.ado e1presados en n+mero de pasajeros, pasajeros=Bil*metro, toneladas, toneladasBil*metroEl per-odo de e1periencia debe ser de cinco (05) aos continuos, como m-nimoEl solicitante podr$ acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n celebrado con una empresa nacional o e1tranjera,que sustente la e1periencia requerida en transporte ferroviario En el caso que la empresa gestora sea e1tranjera deber$presentar el certificado de la /utoridad ompetente del pa-s de origen, en el cual se la reconoce como empresa autori.adaa prestar servicios de transporte ferroviario de mercanc-as, de pasajeros o de ambosEn el caso que el solicitante sea un consorcio, solo se requiere que uno de los socios acredite e1periencia

    /simismo, tambi4n puede acreditar e1periencia mediante un contrato de gesti*n, celebrado con una empresa nacional oe1tranjera que no est4 constituido como un miembro del consorciog) arta de ompromiso del solicitante de mantener el ontrato de "esti*n durante todo el per-odo de vigencia del ermisode ;peraci*n, en caso que el solicitante acredite e1periencia mediante un ontrato de "esti*n7) arta de ompromiso, en caso que el solicitante sea un consorcio, de6 i) mantener vigente el ontrato de onsorciodurante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*n, ii) encargar al socio con e1periencia la gesti*n operativa iii)mantener vigente el contrato de gesti*n, durante todo el per-odo de vigencia del ermiso de ;peraci*ni) Relaci*n del personal clave que asumir$ la gesti*n de la operaci*n (inclu!endo 7oja de vida) En caso de consorcio,corresponder$ al personal del socio que aporta la e1periencia ! en el caso de e1periencia medianteontrato de "esti*n, corresponder$ al personal de la empresa gestora

    j) opia simple, del t-tulo de propiedad del material rodante ferroviario o precontrato de adquisici*n del material rodantenuevo o usado, contrato o precontrato de fabricaci*n del material rodante ferroviario, o contrato de alquiler de materialferroviario celebrado con terceros, o documento que acredite que prestar$ servicios con el material ferroviario de la;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la administraci*n de la v-a f4rreaB) Declaraci*n jurada por la cual el solicitante6 i) declara conocer el Reglamento %acional de3errocarriles, ! ii) se compromete a cumplir con todas las normas de seguridad de la ;rgani.aci*n 3erroviaria queadministra la v-a f4rreal) opia del contrato de acceso celebrado con la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la infraestructura ferroviariam) ertificado de 7abilitaci*n ferroviaria del material rodante ferroviario a utili.arn) icencia para conducir ve7-culos 3erroviarios, del personal encargado de manejar ve7-culos ferroviarios tractivos

    o) *li.as de seguro vigentes, establecidas en el /rt-culo 2& del presente Reglamentop) a documentaci*n que acredite el cumplimiento de las condiciones previstas en el /rt-culo 0C&, con e1cepci*n del incisoa) En el caso del certificado de 7abilitaci*n ferroviaria del material rodante ferroviario, este puede ser del material6 i) de supropiedad o alquilado, o ii) de la ;rgani.aci*n 3erroviaria propietaria de la v-a f4rreaq) opia de contrato celebrado con la ;rgani.aci*n 3erroviaria propietaria de la v-a f4rrea #oda la documentaci*ncontenida en el E1pediente #4cnico, deber$ ser presentada en idioma castellano ! en el caso que el documento originalest4 redactado en otro idioma, el solicitante deber$ presentar una traducci*n simple con la indicaci*n ! suscripci*n de quienoficie de traductor debidamente identificadoA!"#$%& ''H(- E1%$1#9 6+ %1 6$+!1#9 +4+!161 & +% 4&%#!1!+resentada la solicitud ! el E1pediente #4cnico por el solicitante, la /utoridad ompetente verificar$ que los mismos seajusten a lo e1igido en el /rt-culo A&(

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    En el caso que se detecte omisiones o deficiencias de tipo formal en el E1pediente #4cnico, la autoridad otorgar$ un pla.o7asta por un m$1imo de die. (0) d-as 7$biles para la subsanaci*n correspondienteA!"#$%& ''(- P+6+!& 11 +% &!&81+!& & 6++81!&1 6+% P+4& 6+ O+1#9De encontrar conforme la informaci*n presentada, la /utoridad ompetente emitir$ el ermiso de ;peraci*n en un pla.om$1imo de treinta (0) d-as 7$biles contados desde la fec7a de presentaci*n de la solicitud En caso que la /utoridadompetente 7a!a otorgado un pla.o de subsanaci*n al solicitante, el pla.o se prorrogar$ en el mismo n+mero de d-asoncluido el pla.o sin que la /utoridad ompetente 7a!a emitido pronunciamiento, el solicitante tendr$ por otorgado elermiso de ;peraci*n, quedando obligada la /utoridad ompetente a emitir la resoluci*n correspondiente

    a /utoridad ompetente denegar$ el ermiso de ;peraci*n mediante Resoluci*n, en el caso que el solicitante no cumplacon presentar la documentaci*n indicada en el /rt-culo A&A!"#$%& ''(- V8+#1 . +&1#9 6+% P+4& 6+ O+1#9El ermiso de ;peraci*n tendr$ una v igencia m$1ima de cinco (05) aos revia solicitud presentada por el titular, podr$ serprorrogado por per-odos similares por la /utoridad ompetentea solicitud de renovaci*n del ermiso de ;peraci*n deber$ ser presentada por el titular, con un pla.o no menor de tres(0) meses antes de cumplir la fec7a de caducidad del ermiso de ;peraci*n, quedando obligada la /utoridad ompetentea emitir el resolutivo correspondienteA!"#$%& '20(- C16$#616 6+% P+4& 6+ O+1#9El ermiso de ;peraci*n quedar$ sin efecto, quedando su titular impedido de prestar sus servicios, en caso se produ.canlas causales, previstas en el /rt-culo 02& /simismo, caducar$ dic7o permiso en caso se resuelva o caduque el contratoque 7a!a celebrado el ;perador 3erroviario con la propietaria de la v-a f4rrea privadaa caducidad ser$ declarada por la /utoridad ompetente El ;perador 3erroviario podr$ impugnarla en un procedimientoadministrativoA!"#$%& '2'(- D++#:&4 6+ !/!+4El costo de los tr$mites de otorgamiento de ermiso de ;peraci*n, renovaci*n ! modificaci*n del mismo estar$ previsto enel #e1to Pnico de rocedimientos

    /dministrativos = #@/, de la /utoridad ompetenteSUBCAPTULO IVDE LA RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES FERROVIARIOSA!"#$%& '22(- R+4&41)%616 6+ %&4 &+16&+4 ;+&1&4El ;perador 3erroviario ser$ responsable frente a la

    /utoridad ompetente, por6= El cumplimiento de las normas ! est$ndares de seguridad del material rodante ferroviario en general= a vigencia de las p*li.as de seguros, != a idoneidad ! la capacidad t4cnica ! f-sica de la tripulaci*n a cargo del transporte ferroviarioA!"#$%& '23(- O)%81#9 6+ #&!1 #& 4+8$&4os ;peradores 3erroviarios est$n obligados a contratar ! mantener vigente, por su cuenta ! costo p*li.as de seguros,cu!os montos de cobertura ser$n determinados por la /utoridad ompetente6a) ontra daos ! perjuicios a pasajeros ! mercanc-as8 !,b) or daos ! perjuicios a tercerosa cobertura contra daos ! perjuicios a pasajeros ser$ por muerte8 invalide. permanente8 incapacidad temporal8 gastos deatenci*n m4dica, 7ospitalaria, quir+rgica ! farmac4utica8 gastos de sepelio8 ! daos o p4rdida de mercanc-aa cobertura por daos ! perjuicios a terceros ser$ por muerte8 invalide. permanente8 incapacidad temporal8 gastos deatenci*n m4dica, 7ospitalaria, quir+rgica ! farmac4utica8 gastos de sepelio8 ! daos a la propiedad de terceros8 as- comodaos derivados de poluci*n ! contaminaci*nos ;peradores 3erroviarios que realicen transporte en infraestructura ferroviaria privada s*lo deben contratar en formaobligatoria con una p*li.a por daos ! perjuicios a terceros8 ! de ser el caso, con el que se menciona en el +ltimo p$rrafo delpresente art-culoos ;peradores 3erroviarios se obligan a cumplir estricta ! oportunamente con todos ! cada uno de los t4rminos !condiciones de todas ! cada una de las p*li.as de seguro que sean contratadasEn caso de producirse un siniestro, el ;perador 3erroviario est$ obligado a notificar por escrito la ocurrencia del siniestro ala aseguradora, en el pla.o establecido en la p*li.a correspondienteEl ;perador 3erroviario ser$ responsable por todas las reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos !gastos originados o resultantes de incumplimientos de las obligaciones indicadas en el presente art-culoDe producirse cualquier evento o siniestro no cubierto por los seguros, el ;perador 3erroviario ser$ el +nico responsablefrente al Estado !9o terceros por cualquier posible dao causado os ;peradores 3erroviarios que transporten materiales!9o residuos peligrosos, deber$n contar con una p*li.a adicional de seguro que cubra todas las operaciones de transporte,desde su recepci*n 7asta su disposici*n final, as- como la afectaci*n de terceros ! de intereses difusos en materiaambiental

    CAPTULO IIDEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO PBLICO Y PRIVADO DISPOSICIONES GENERALESSUBCAPTULO IDEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO PBLICO DE PASAJEROSA!"#$%& '2(- T1;14El servicio de transporte ferroviario p+blico de pasajeros est$ sujeto al pago de tarifas fijadas por los;peradores 3erroviarios, los mismos que se dar$n a conocer al p+blico, mediante avisos colocados en las estaciones ! se7ar$n conocer a la /utoridad ompetente mediante comunicaci*n escrita, por lo menos, tres (0) d-as +tiles antes de supuesta en vigenciaA!"#$%& '25(- I!+1&4

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    os itinerarios de los trenes del servicio de transporte ferroviario p+blico de pasajeros, deben ser puestos en conocimientodel p+blico, mediante avisos en las estaciones ! se 7ar$n de conocimiento a la /utoridad ompetente, mediantecomunicaci*n escrita de los ;peradores 3erroviarios, por lo menos tres (0) d-as +tiles antes de su puesta en vigenciaA!"#$%& '2(- C%14;#1#9 6+% 4+#&El transporte ferroviario p+blico de pasajeros, atendiendo al $mbito territorial en que se desenvuelve, puede ser nacional,regional ! local Est$n sujetos a un 7orario e i tinerarios establecidosEn el servicio de transporte de pasajeros e1isten clases, de acuerdo a las caracter-sticas del material rodante ! del servicioa bordo os ;peradores 3erroviarios deben mantener informado a la /utoridad ompetente

    A!"#$%& '2H(- O)%81#&+4 6+ %&4 141*+&4Son obligaciones de los pasajeros6a) legar a la estaci*n correspondiente con la anticipaci*n prevista en el contrato de transporte de viaje, a fin de abordaroportunamente el tren respectivob) /bordar el tren antes de la 7ora programada para su partidac) :iajar provistos de sus respectivos boletos de :iajed) /bordar o descender del tren s*lo cuando se encuentre detenidoe) %o abordar el tren en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas, con animales, materiales inflamables, e1plosivos oarmasf) /catar las instrucciones de la tripulaci*ng) %o fumar en el sal*n del coc7e7) %o abordar el tren con equipaje cu!o contenido contravenga las normas vigentes en materia aduanera, o le!esespecialesi) ustodiar su equipaje de mano, llevado en el sal*n del coc7e

    j) Gacer uso adecuado de los servicios 7igi4nicosB) %o acceder a la cabina de conducci*nl) %o obstaculi.ar total o parcialmente el cierre de puertas ni tr$nsito por los pasillos

    m) %o asomarse, apo!arse o sacar los bra.os por las ventanillasn) %o descender del coc7e, cuando 4ste deba detenerse en alg+n tramo del recorrido por alguna ra.*n, salvo indicaci*n encontrario por parte de la tripulaci*no) %o activar el dispositivo de freno de emergencia de los coc7esp) %o pregonar o vender mercader-a en los trenes, salvo las personas debidamente autori.adas por el;perador 3erroviarioq) %o arrojar residuos en el piso de estaciones, coc7es, ni al e1terior de los mismos, debiendo 7acerlo en loscorrespondientes cestosr) %o romper, daar o destruir cualquier objeto propiedad de la empresas) %o ensuciar, escribir o pintar en los trenes, accesos e instalacionest) %o reali.ar actos que alteren el orden, el decoro o las buenas costumbresu) umplir con todas las obligaciones previstas en el contrato de transporte de viaje celebrado con el ;perador 3erroviarioA!"#$%& '2(- O)%81#&+4 . +4&41)%616+4 6+ %&4 &+16&+4 ;+&1&4a) nterno de la organi.aci*n ferroviaria a cargo de la respectiva v-a f4rreac) nformar a los pasajeros acerca de cualquier interrupci*n, suspensi*n o cancelaci*n del servicio con la debida antelaci*n,de ser posible7) oner a disposici*n de los pasajeros un libro de quejas en todas las estaciones, colocando avisos en estos de lae1istencia de estos librosi) Orindar al pasajero un servicio acorde con el ofrecido

    j) %o permitir que los pasajeros viajen de pie8 salvo donde no e1ista otra alternativa de transporteB) ro7ibir la introducci*n en los coc7es de pasajeros de bultos, que por su aspecto, olor o tamao, puedan causarmolestiasA!"#$%& '2(- C&!1!& 6+ !14&!+ ;+&1& )%#& 6+ 141*+&4(or el contrato de transporte p+blico de pasajeros, el ;perador 3erroviario se obliga a transportar al pasajero, a cambio delpago del boleto de viaje as- como a prestar el servicio con puntualidad, seguridad ! con las comodidades de la clasecorrespondiente al servicio contratado a emisi*n del boleto ! su adquisici*n por el pasajero representa la aceptaci*n !

    sometimiento por ambas partes a los t4rminos del contratoA!"#$%& '30(- B&%+!& 6+ V1*+Es el comprobante de pago que obligatoriamente debeentregar el ;perador 3erroviario al pasajero autori.andoel servicio de transporteEl boleto de viaje debe contener, como m-nimo ! de conformidad con las disposiciones que al respecto estable.ca laadministraci*n tributaria, la siguiente informaci*n6a) Ra.*n social del ;perador 3erroviariob) %+mero de Registro Pnico del ontribu!ente =(R@), del ;perador 3erroviarioc) %+mero del boleto de viajed) Estaciones de origen ! de destino

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    e) lase del serviciof) %+mero de coc7e ! del asiento que ocupar$ el pasajerog) recio del pasaje7) 3ec7a ! 7ora del viajei) 3ec7a de e1pedici*n

    j) l$usulas generales de contrataci*n del transporte, el que podr$ ir en documento adjuntoEstos requisitos no son aplicables al servicio de transporte ferroviario de pasajeros en trenes localesA!"#$%& '3'(- F1#%616+4 11 141*+&4 64#11#!16&4

    Son personas discapacitadas aquellas que tienen una o m$s deficiencias evidenciadas con la p4rdida significativa dealguna o algunas de sus funciones f-sicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminuci*n o ausencia de la capacidadde reali.ar una actividad dentro de formas o m$rgenes considerados normales, limit$ndola en el desempeo de un rol,funci*n o ejercicio de actividades ! oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedados ;peradores 3erroviarios deben brindar atenci*n preferente a las mujeres embara.adas, a los nios, las personasadultas ma!ores ! a los discapacitados8 implementando medidas para facilitar el uso !9o acceso adecuado a los serviciosque brindan ! a sus establecimientosas estaciones de pasajeros, que cuenten con .onas de parqueo ve7icular, dispondr$n la reserva de ubicaciones parave7-culos conducidos o que transporten a personas con discapacidad /simismo, deber$n estar dotadas de acceso,corredores de circulaci*n e instalaciones ! ambientes adecuados para personas con discapacidados coc7es de pasajeros deber$n contar con asientos preferenciales cercanos a las puertas ! accesibles para el uso depersonas con discapacidad os pasajeros no discapacitados que ocupen estos asientos, podr$n ser reubicados a otrosasientos del mismo coc7e para brindar facilidades a las personas con discapacidadas ;rgani.aciones 3erroviarias deber$n adecuarse a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre derec7os de laspersonas con discapacidad, mujeres embara.adas, madres con bebes en bra.os !9o adultos ma!oresA!"#$%& '32(- E4!16& 6+ 41%$6 6+ %&4 141*+&4En cuanto a su salud, los pasajeros viajan bajo su cuenta ! riesgo

    os ;peradores 3erroviarios no est$n obligados a transportar a personas que, debido a su estado de salud, su trasladopueda implicar alg+n riesgo para su vida, o poner en riesgo la salud de los dem$s pasajerosA!"#$%& '33(- A!14&, #1#+%1#9, + I!+$#96+ %1 +4!1#9 6+% 4+#&El ;perador 3erroviario deber$ llevar un registro de atrasos de los trenes de pasajeros, el que se presentar$ mensualmentea la /utoridad ompetenteSi la prestaci*n del servicio de transporte es cancelada por el ;perador 3erroviario, antes de iniciado el mismo, deber$reembolsarse a los pasajeros el valor del pasaje, pudiendo postergarse la fec7a u 7ora de viaje solamente a petici*n delpasajeroSi la prestaci*n del servicio de transporte es interrumpida durante el viaje, el ;perador 3erroviario debe proveer a lospasajeros un transporte sustituto que le permita retornar a la estaci*n de origen o continuar 7asta la estaci*n de destino8debiendo reembolsar el valor del pasaje en el primer casoA!"#$%& '3(- N& +4+!1#9 6+% 141*+& 1 %1 41%61 6+% !+En caso el pasajero no aborde el tren a su salida en la estaci*n de origen o en alguna estaci*n anterior al de destino,perder$ todos sus derec7os sobre el boleto de viaje, no correspondiendo reembolsos por parte del;perador 3erroviarioEl pasajero podr$ solicitar la postergaci*n de la fec7a de viaje o la cancelaci*n del servicio con una anticipaci*n no menorde veinticuatro (2) 7oras a la 7ora fijada para el inicio del servicio En ambos casos, el ;perador 3erroviario tendr$ derec7oal cobro del die. por ciento del valor del boleto de viajeA!"#$%& '35(- R+48& & +*$#& 1 %&4 $1!+4 6+% !+ualquier persona que, estando en el tren o fuera de 4l, por sus acciones, directa o indirectamente, ponga en riesgo uocasione perjuicio a los ocupantes del tren, al material rodante !9o a los bienes ferroviarios, ser$ puesta a disposici*n de laautoridad policialSUBCAPTULO IIDEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIOPBLICO DE MERCANCASA!"#$%& '3(- C&!1!& 6+ !14&!+ )%#& 6+ +#1#"14or el contrato de transporte, el ;perador 3erroviario se obliga a recibir de una persona, denominada remitente, generadorde mercanc-as o dador, mercanc-as para transportarlas del lugar de origen al de destino, ! a entregarlas al destinatario,consignatario o recibidor, a cambio del pago de un fleteA!"#$%& '3H(- G$"1 6+ +49a) a gu-a de remisi*n debidamente firmada por el remitente, debe ser portada obligatoriamente a bordo del tren quetransporta la mercanc-a8 contendr$ la identificaci*n del remitente ! del destinatario, as- como la descripci*n general de la

    mercanc-a ! la informaci*n que establece la Superintendencia %acional de /dministraci*n #ributaria = S@%/# Si e1istenvarias gu-as, en caso de mercanc-a fraccionada, el transportista autori.ado deber$ elaborar un manifiesto consolidado delas mismasb) "u-a de Remisi*n debe ser emitida por el remitente, al inicio del trasladoEn los casos de traslado de bienes pertenecientes a sujetos no obligados a emitir comprobantes de pago, ser$ emitida porquien reali.a el transportec) Su presentaci*n debe ser en formato impreso ! pre=numerado, de acuerdo a las disposiciones establecidas en elReglamento de omprobantes de ago vigenteA!"#$%& '3(- C1!1 6+ &!+El ;perador 3erroviario debe emitir carta de porte cuando le sea requerida por el remitente En la emisi*n de la carta deporte se observar$n las formalidades legales correspondientes, de acuerdo a lo que prev4 el /rt-culo 252& de la e! %&2'2', e! de #-tulos :alores

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    a falta, irregularidad o p4rdida de la carta de porte no afecta la e1istencia ni la valide. del contrato de transporte, ni relevaa las partes de sus obligaciones ! responsabilidades, si la relaci*n es probada por otros mediosa carta de porte constitu!e evidencia de la celebraci*n del contrato de transporte ! del recibo de la mercanc-a por eloperadora carta de porte debe contener6a) a denominaci*n de carta de porteb) El nombre, el n+mero del documento de identidad ! domicilio del remitente ! del operadorc) El nombre ! domicilio del destinatario a quien va dirigida la mercanc-a

    d) a modalidad de transportee) a clase de mercanc-a, su cantidad, peso bruto en Bilogramos, volumen en metros c+bicos, estado aparente, marca delos bultos, unidad de medida de los bienes de acuerdo a los usos ! costumbres del mercado, declaraci*n del precio de lamercanc-a, indicaci*n si la mercanc-a viaja asegurada, ! si se trata de bienes perecibles o peligrosos ! cualquier otraindicaci*n de utilidad para identificar la mercanc-af) El valor del flete, la fec7a de pago ! los gastos adicionales por servicios complementariosg) a fec7a ! lugar de emisi*n de la carta de porte7) El n+mero de orden de la carta de portei) a firma del remitente ! del operador

    j) as cl$usulas generales del servicioSi la carta de porte no contiene reservas espec-ficasSe presume, salvo prueba en contrario, que la mercanc-a ! sus embalajes se encontraban en buen estado ! condici*nSu empleo es facultativo a carta de porte tendr$ car$cter especial cuando sea emitida por el transportista que prestaservicio en .onas portuarias que involucran varios viajes en corto tiempo, en cu!o caso se emite por cada lote,independientemente que la mercanc-a se transporte en m$s de un ve7-culoA!"#$%& '3(- L+81%616 6+ %1 #1!1 6+ &!+a informaci*n consignada en la carta de porte deber$ estar escrita o impresa en caracteres legibles %o se admitir$n

    enmiendas o raspaduras si no 7an sido debidamente justificadas bajo nueva firma del remitente uando los errores afectena cantidades, deber$n salvarse escribiendo con n+meros ! letras aquellas que sean las correctasA!"#$%& '0(- O81% . #&14 6+ %1 #1!1 6+ &!+a carta de porte ser$ e1pedida en un original ! dos copias igualmente v$lidas El original queda en poder del emitente de lamercanc-a, la primera copia acompaar$ a la mercanc-a durante el transporte, ! la segunda copia quedar$ en poder del;perador 3erroviarioA!"#$%& ''(- M1;+4!& 6+ #181El nterno de la ;rgani.aci*n 3erroviaria a cargo de la respectiva v-a f4rreac) Entregar al destinatario en el tiempo acordado la mercanc-a, as- como tambi4n en el mismo estado en que la recibi*d) ompensar al usuario por p4rdidas ! daos de mercanc-a transportadae) roporcionar al remitente, vagones de carga limpiosf) umplir con el itinerario de trenes vigenteA!"#$%& '5(- F%+!+4El ;perador 3erroviario establece los fletes correspondientes al servicio de transporte de carga

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    En el contrato de transporte o en las ondiciones "enerales de la carta de porte, si fuera el caso, el ;perador 3erroviariopuede establecer una relaci*n m$1ima entre el volumen ! el peso de la carga a ser transportada, para la aplicaci*n del fleteen caso de cargas voluminosasEl transporte de mercanc-a que requiera tratamiento especial, puede efectuarse con fletes ! condiciones contractualesespecialesuando se trate de mercanc-a en bultos, el flete se calcular$ considerando un peso no menor de 0 Qguando se realice el transporte en carro entero, el flete se calcular$ considerando un peso no menor al 0 L de lacapacidad de carga del vag*n a carga, descarga, almacenaje ! seguro de la carga no est$n incluidos en el flete ! son por

    cuenta del usuarioA!"#$%& '(- C&+41#9 & 661 6+ )$%!&4 #& 1%& & 6+#%116&En caso de p4rdida de cualquier bulto cu!o contenido se ignore ! care.ca de valor declarado, el ;perador 3erroviarioabonar$ como +nica indemni.aci*n, die. (0) veces el valor del flete correspondiente al bulto perdidoA!"#$%& 'H(- C1#+%1#9 . +!14& + %1 +4!1#9 6+% 4+#&Si la prestaci*n del servicio de transporte 7ubiese sido cancelada por caso fortuito o fuer.a ma!or, el;perador 3erroviario debe avisar inmediatamente al remitente, quien tendr$ el derec7o a resolver el contrato ! obtener ladevoluci*n del valor del flete Si el transporte 7ubiese e1perimentado retraso por la misma causa, que pudiera afectar elpla.o de entrega acordado entre las partes, se mantendr$ vigente el contrato por die. (0) d-as antes de su cancelaci*nSi durante el viaje, la prestaci*n del servicio de transporte e1perimentase retraso que pudiera afectar al pla.o de entregaacordado entre las partes, el ;perador 3erroviario deber$ dar aviso al remitente ! poner a su disposici*n, si fuesenecesario, los medios alternativos de transporte que las condiciones del caso le permitan, para regresar la carga a laestaci*n de origen o para que contin+e viaje 7asta su destino En el primero de los casos, el ;perador 3erroviario deber$devolver el valor del flete al remitenteA!"#$%& '(- P+"&6& 6+ 8+#1 6+ %1 +4&41)%616 6+% O+16& F+&1&a responsabilidad del ;perador 3erroviario se inicia cuando recibe la mercanc-a ! conclu!e cuando la entrega asatisfacci*n al destinatario

    A!"#$%& '(- P%1& 11 +% +!& 6+ %1 +#1#"1 . 18& 6+ 1%1#+1*+Salvo acuerdo distinto entre las partes, las mercanc-as deben ser retiradas dentro de las veinticuatro (2) 7oras posterioresa su llegada al destinoSi el destinatario no recogiese la mercanc-a dentro del pla.o establecido, el ;perador 3erroviario podr$ cobrar almacenaje oestad-a por cada d-a, de acuerdo a la tarifa establecida para tal finA!"#$%& '50(- M+#1#"1 & +#%1161a mercanc-a no reclamada por el destinatario ! no propensa a descomposici*n, se conservar$ en almacenaje a disposici*ndel destinatario, durante los cuarentaicinco (5) d-as posteriores al aviso de su llegada al destinatario :encido este pla.o, el;perador 3erroviario notificar$ al Remitente, para que dentro de treinta (0) d-as proceda al retiro de su carga ! pago de losgastos:encido este +ltimo pla.o, podr$ declararse la mercanc-a en aba