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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR PARA EL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y NO DOCENTE , ALUMNADO, PADRES Y APODERADOS DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL ESCUELA MIGUEL HUENTELÉN F 115 2018

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR PARA EL PERSONAL DIRECTIVO,

DOCENTE Y NO DOCENTE , ALUMNADO, PADRES

Y APODERADOS DEL ESTABLECIMIENTO

EDUCACIONAL

ESCUELA MIGUEL HUENTELÉN F – 115 2018

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ANTECEDENTES GENERALES DE IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO:

1. Nombre : Escuela Básica Municipal F-115 Miguel Huentelén 2. Decreto cooperador N° 05177/81. 3. RBD 005292 - 2 4. Ubicación Geográfica: Novena región de la Araucanía, Provincia de Malleco,

Comuna de Collipulli, Reducción Miguel Huentelén. (Sector Maica). I INTRODUCCIÓN En los últimos años la escuela ha modificado su estrategia de enseñanza de acuerdo a los principios de la Reforma Educacional, lo que hace necesario que esta escuela se organice de tal forma que permita desarrollar o atender las demandas de un nuevo proceso educativo, acorde con los tiempos modernos. En concordancia con los valores propuestos en el Proyecto educativo institucional, la presente normativa ordena el espacio relacional de la vida común al interior de nuestra escuela, con un sentido formativo y de mejora. Contiene los derechos y deberes de los diferentes agentes de la unidad educativa, cautelando una respetuosa interacción entre los sujetos, el diálogo como instrumento privilegiado para abordar los diferentes conflictos y problemas al interior de la comunidad escolar, normas de convivencia, procedimientos de abordaje de conflictos y sanciones; todo ello al servicio de las necesidades de la comunidad escolar Miguel Huentelén. II FUNDAMENTACION La Ley que crea la exigencia del Reglamento Interno de Convivencia Escolar a nivel de Establecimiento es la N° 19.532 del año 1997, con el propósito de contar con un mecanismo reglamentario, de manera que exista un ordenamiento normativo, que también permita mejorar el funcionamiento de la Escuela en los distintos ámbitos, deberes y derechos de los integrantes de cada colegio y alumnado en general. Junto con impartir normas sirva para relacionar y hacer partícipe a los Padres, Apoderados y Comunidad. El presente Reglamento Interno de Convivencia escolar se sustenta en los fundamentos normativos establecidos en:

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a) Constitución política de Chile b) Ley general de educación c) Declaración universal de los derechos humanos d Convención sobre los derechos del niño e) Política de participación de padres, madres y apoderados f) Ley de subvención de educación preferencial g) Ley creación de consejos escolares h) Decretos supremos de educación que fijan Planes y programas i) Decretos creación centro de padres j) Decreto creación centro de alumnos k) Decreto 170 l) Decreto 83 m) Plan de apoyo a la inclusión n) Formación ciudadana ñ) Plan de desarrollo profesional docente o) Plan de sexualidad, afectividad y genero p) Plan integral de seguridad escolar q) Mediación escolar

III OBJETIVOS GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO:

1. Atender el desarrollo integral del alumno (intelectual, afectivo, moral, físico y social) preparándolo para el éxito en la vida laboral inmediata y/o en la continuación de estudios.

2. Entregar una educación acorde con las necesidades e intereses del País, Región, Comuna y propia de los alumnos.

3. Servir a la Comunidad, actuando como agente integrador y motivador para el desarrollo de ella.

4. Mejorar y potenciar la autoestima de nuestros alumnos (as) rescatando y fortaleciendo sus tradiciones e identidad como niños (as) mapuche, para así generar una persona con autonomía, con capacidad de crítica y con un autoestima positiva.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Los objetivos Generales del presente reglamento serán:

1. Ordenar la estructura, roles y funciones y/o relaciones de los distintos estamentos de la Comunidad escolar.

2. Promover el desarrollo armónico del proceso educativo y establecer normas de índole técnico pedagógico, administrativo de prevención de riesgo, higiene y seguridad necesaria para el normal funcionamiento del establecimiento.

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3. Establecer sanciones y medidas disciplinarias a que están afecto miembros de la comunidad educativa.

4. .-Generar procesos de participación y reflexión democrática entre los miembros de la comunidad educativa especialmente en lo que respecta a niños y niñas que permitan cautelar deberes y derechos …

IV.- NORMAS GENERALES. 1.-.- DE ÍNDOLE TECNICO-PEDAGOGIO.

Modelo Curricular: el modelo curricular adoptado por el establecimiento se basa en uno de los Ejes de la Reforma educacional: Jornada Escolar Completa Diurna y con un régimen de evaluación semestral, basados en los planes y programas de estudio elaborados por el Ministerio de Educación, de acuerdo a las políticas educacionales de gobierno, incorporando a estos últimos de modo transversal la educación intercultural Bilingüe,(EIB) . La propuestas curricular se sustenta sobre una base constructivista de los aprendizajes en que el docente es un facilitador de éstos y creador de instancias que promuevan el autodescubrimiento .

2.-DE FUNCIONAMIENTO

2.1.-Niveles que atiende: Nivel Pre básico Nivel Básico Integración Escolar (Atención de alumnos con NEE) 2.2.-Profesionales que laboran en el establecimiento

Directivos Docentes Asistentes educación

Asistentes de aula

Asistentes inspectores

Asistentes administrativos

Asistentes auxiliares

5 25 8 5 4 4

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2.3.- Matricula 2018:

Matricula Cursos

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M 17 18 6 7 18 |4 9 9 6 11 12 5 14 146

T 25 26 17 13 36 32 29 20 18 23 19 14 31 302

2.4.-Horario Funcionamiento:

1.- La Escuela funcionará en Jornada Escolar Completa en Horario: de 08.00 a 8.30 horas 2.- La Jornada diaria se dividirá en cuatro períodos de clases de 90 minutos de Lunes a Jueves y tres períodos el día Viernes. 3.- El primer recreo será de 10:15 a 10:35, tiempo destinado al desayuno y esparcimiento de los alumnos, el segundo recreo será de 12:05 a 12:15 destinado al esparcimiento y descanso de los alumnos y alumnas. Y el tercer recreo será desde 13:45 a 14:35 destinado al almuerzo y descanso. 4.- El término de la Jornada de Lunes a Jueves finalizará para los alumnos a las 16:05 horas y el día Viernes Finalizará a las 14.35 horas. 2.5 .- Matrícula de los alumnos: Para el ingreso de los alumnos(as) al establecimiento, se contempla lo estipulado por la Ley General de Educación. Este proceso, estará supeditado a un cupo máximo de alumnos(a) disponible por curso, el cual está determinado por la capacidad física de cada sala, de patios y servicios higiénicos. La matrícula es el acto administrativo mediante el cual apoderado y alumno ejercen el derecho a la educación. En dicho acto el apoderado y el alumno se comprometen a acatar las disposiciones del presente reglamento.- En el momento de la matrícula, al apoderado de alumno nuevo se le entrega el Manual de Convivencia actualizado cada año, si es alumno antiguo se le entrega las partes modificadas y/o incorporadas.

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2.6.- Proceso de Admisión: Se regirá por las normas establecidas en el párrafo 2° “Derechos y Deberes” del Decreto con Fuerza de Ley N°2, DE 2009 y por los artículos 7° bis y siguientes del Decreto con Fuerza de Ley N°2, 1998, ambos del Ministerio de Educación. Asimismo, se desarrollara en conformidad a los principios de transparencia, educación inclusiva, accesibilidad universal, equidad y no discriminación arbitraria, considerando el derecho preferente de los padres a escoger el establecimiento para sus hijos, y con pleno respeto de los derechos y principios consagrados en la normativa educacional vigente. Según la Ley de Inclusión Escolar N°20.845, “El sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes. Asimismo, el sistema propiciará que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los y las estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión”. Por tal motivo, todo niño puede ingresar a este establecimiento, sin discriminación por sexo, discapacidad, etnia, extranjería, cultura, religión, identificación sexual. 2.7.- Planes, programas de estudio , Evaluación y promoción escolar. En relación a los Planes y programasde estudio el establecimiento se rige por: NB 1 Planes y Programas 545/96 Evaluación 511/97 NB2 Planes y Programas 552/97 Evaluación 511/97 NB3 Planes y Programas 220/99 Evaluación 511/97 NB4 Planes y programas 81/00 Evaluación 511/97 NB5 Planes y programas 481/00 Evaluación 511/97 NB6 Planes y Programas 92/02 Evaluación 511/97 En cuanto a Evaluación y promoción escolar el establecimiento se regirá por el Decreto Evaluación 511 y disposiciones que contempla el Reglamento de Evaluación propio , se organizará en forma semestral, al final de cada semestre se entregará a los padres y apoderados un informe escrito de las evaluaciones obtenidas por el niño (a) en el período, además se entregarán informes parciales en los meses de Mayo y Octubre. Los alumnos que tengan impedimento para cursar en forma regular una asignatura, o actividad de aprendizaje, deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada mediante actividades pedagógicas alternativas , como también modificar los tiempos previstos para el logro de los objetivos propuestos. (reglamento interno de evaluación).

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2.8.- Proyecto de integración educativa (PIE) En el contexto de aula común El PIE es una estrategia inclusiva del sistema escolar cuyo propósito es entregar apoyos adicionales, en el contexto del aula común a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales (NEE), sean éstas de carácter permanente o transitorio, favoreciendo la presencia y participación en la sala de clases, el logro de los objetivos de aprendizaje y la trayectoria educativa de “todos y cada uno de los estudiantes”, contribuyendo con ello al mejoramiento continuo de la calidad de la educación en el establecimiento educacional. Con el fin de alinear todos los esfuerzos en la dirección del mejoramiento educativo y de conseguir los mejores resultados de aprendizaje para todos y cada uno de los estudiantes, incluidos los que presentan NEE, el PIE debe ser parte de las acciones del Plan de Mejoramiento Educativo (PME) del establecimiento, en el marco de la Ley 20529/2011 (SAC) y del Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal (PADEM), cuando corresponda. 2.9.- Los consejos de profesores: El consejo de profesores es el organismo técnico de carácter consultivo en los que se expresará la opinión profesional de cada uno de sus integrantes y tendrá carácter de resolutivo en materias técnico pedagógicas, siempre que el PEI lo contemple. Dada la importancia del trabajo en equipo la escuela tendrá los siguientes Consejos>:. .

1.- Consejo General Administrativo. Este consejo deberá realizarse según calendarización, y si la situación lo amerita se reunirá en forma extraordinaria y podrán ser de carácter administrativo y / o técnico pedagógico. Los consejos extraordinarios se realizaran por citación de la dirección y/o a petición de los docentes quienes solicitaran al Director con anterioridad.

1. El consejo de profesores deberá constituirse en forma ordinaria al inicio del año escolar.

2. Diagnostico y programación del año escolar.

3. Análisis y evaluación al termino de cada semestre

4. Evaluación General al finalizar el año escolar

5. La asistencia de los docentes a los consejos es obligatoria, dentro de su

horario de actividades de colaboración. podrán faltar a él por causas

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justificadas, debiendo comunicar a la Dirección con anterioridad.

6.-Los consejos se realizaran dentro del horario normal de actividades de la

escuela y fuera de las horas de docencia de aula.

7. El consejo de profesores tendrá un libro de actas. Se firmará en cada Consejo lista de asistencia de docentes la que se adjuntará al acta correspondiente . 2.- Consejo Técnico: Integrado por docentes desde nivel parvulario hasta 8 años básico, docentes de asignaturas, equipo PIE y profesionales del equipo psicosocial; estos consejos se efectúan semanalmente con el objetivo de analizar, reflexionar y resolver situaciones en el ámbito técnico pedagógicas, los cuales se detallan a continuación: 1.- Planificar, implementar, monitorear y evaluar los objetivos de aprendizaje de las diferentes asignaturas y cursos según lo establecido en las bases curriculares del MINEDUC. 2.- Proponer, analizar y unificar criterios con, profesores jefes, de asignaturas y profesionales de equipo PIE, en relación a las metodología y Evaluación para el aprendizaje de los alumnos con NEE. 3.- Generar estrategias innovadoras con metodológicas tendientes a desarrollar potenciar las habilidades y actitudes de los alumnos y alumnas. 2.10.- Consejo Escolar Entidad que convoca la participación de todos los actores de la comunidad escolar con el objeto de mejorar la calidad de la educación y los logros de aprendizaje en el establecimientos educacional.

Deberá tener un carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo.

El Consejo Escolar es un órgano integrado, a lo menos, por: 1.- El Director/a del establecimiento, quien lo presidirá. 2.- Un representante designado por él sostenedor 3.-Un docente elegido por los profesores del establecimiento..

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4.-El presidente del Centro de Padres y Apoderados. 5.- Representante de los asistentes de la educación. 6.-Representante del Centro de alumnos. A petición de cualquier miembro del Consejo, el Director, en su calidad de presidente del mismo, deberá someter a consideración de este órgano la incorporación de nuevos miembros. Asimismo, podrá hacerlo por propia iniciativa. El Consejo resolverá sobre esta petición de acuerdo al procedimiento previamente establecido por dicho órgano. 2.11.- Normas y/o procedimientos para resolver conflictos entre los alumnos y alumnas: Definición de conflicto

- Conflicto: Conjunto de una o más situaciones excluyentes en donde participantes de la comunidad educativa se ven involucrados en un problema o dificultad que genera un enfrentamiento.

Para resolver conflictos entre los estudiantes se aplicarán las siguientes técnicas . de cuya aplicación serán responsables los siguientes profesionales: Encargado de convivencia escolar, inspector general dupla psicosocial, Profesor, Director y otros. 1.-Arbitraje 2.-Negociación 3.-Mediación Escolar

2.11.1 Técnicas de resolución pacífica de conflictos. Esta técnica permitirá a los miembros de la Comunidad Educativa Miguel Huentelen, afrontar positivamente los conflictos, sobre todo cuando la falta cometida se relacione con conflictos interpersonales peleas entre alumnos, conflictos con los apoderados, agresiones verbales y físicas hacia los profesores y los integrantes de la comunidad educativa.

1. Definir el conflicto (registro, informe)

2. Identificar a los participantes.

3. Contención emocional.

4. Conversación con participantes dirección y encargado de convivencia.

5. Dialogo entre pares (una vez tranquilos y calmados).

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6. Investigación de posibles causas del conflicto. (Inspectoría general,

encargado de convivencia)

7. Conocer los motivos de la o las personas afectadas.

8. Valorar el punto de vista de las diferentes partes.

9. Búsqueda de posibles soluciones entre las partes.

10. Identificar estilos de solución. (mediación, negociación, etc.)

11. Establecer acuerdos entre los involucrados.

12. Informar las sanciones pertinentes para cada conflicto de acuerdo a lo

establecido en reglamento interno.

13. Solución del conflicto.

14. En caso de no haber solución mediara dupla psicosocial.

2.11.2 Descripciones de estilo de soluciones.

Negociación (Primera instancia)

Es una técnica de resolución pacífica de conflictos que se ejecuta a través de dos o

más partes involucradas que dialogan cara a cara, analizando la dificultad y

buscando un acuerdo que resulte mutuamente aceptable, para alcanzar así una

solución al problema.

Mediación (Segunda instancia)

Mecanismo en el cual interviene un tercero que ayuda a las partes para arribar a una solución pero sin proponer fórmulas de solución. El papel del tercero, es mejorar la comunicación entre las partes para que estas precisen con claridad el conflicto, descubran sus intereses y generen opciones para hacer realizable un acuerdo satisfactorio.

El mediador es una personal neutral que no tiene interés personal en el resultado por lo que la suspicacia y la desconfianza se reducen al mínimo.

A su vez, es una forma de abordaje de los conflictos que no establece culpabilidad ni sanciones, sino busca un acuerdo, restablecer la relación y reparación cuando es necesario. Nos otorga una posibilidad a ser ejecutada por los estudiantes o entre los distintos estamentos institucionales (docentes, estudiantes, directivos, asistentes de la educación).

Arbitraje Pedagógico. (Tercera instancia)

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Es un modo de resolución de conflictos en donde un tercero a quien se le ha atribuido un poder decide la resolución que le parezca justa respecto al conflicto presentado. Dicha atribución debe hacerse por medio de un diálogo franco, respetuoso, seguro, escucha activa a la posición e intereses de las partes antes de determinar una salida justa a la situación planteada.

El arbitraje pedagógico será realizado por el docente o profesional asignado según el tipo de conflicto y su severidad (faltas leves, menos graves y graves).

V DE LOS ROLES Y FUNCIONES : DEL DIRECTOR: 1.-El Director, es el docente que como jefe del Establecimiento Educacional, es responsable de la Dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales Reglamentarias vigentes y tendrá la calidad de titular 2.-Serán obligaciones del Director las siguientes: 2.1 Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función del es determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local en que se encuentra. 2.2.-Coordinar y evaluar el cumplimiento de las actividades y responsabilidades del personal a su cargo. 2.3.-Presidir los consejos de profesores, consejos técnicos y otros consejos, delegar funciones en caso necesario. 2.4.- Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento que estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución. 2.5.- Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal, fomentando las buenas relaciones humanas, manteniendo una comunidad expedita y creando condiciones favorables para la obtención de los objetetivos y metas institucionales .

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2.6.-Vincular a la escuela con las comunidades y Redes de Apoyo. 2.7.-Cumplir y hacer cumplir las normas e instrucciones emanadas de la autoridad Comunal o Jefe Directo (DEM). 2.8.- Delegar en el Inspector General el control de las actividades propias del establecimiento que estructuran la rutina escolar. 2.9.-. Dar cuenta pública de la marcha del establecimiento al Consejo Escolar- Director, DAEM-Apoderados-Consejo de Profesores 2.10.-Organizar el Centro de padres y Apoderados y brindar la asesoría necesaria. 2.11.- Tramitar las Licencias Médicas del Personal en las instancias que

correspondan.

2.12.- Propiciar condiciones favorables creando un ambiente de real convivencia

para el logro de los objetivos Educacionales.

ROL DEL INSPECTOR GENERAL: El Inspector General es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia 3.-SON DEBERES DEL INSPECTOR GENERAL: 3.1) Llevar al día asistencia de alumnos (as) y registrar mensualmente en boletines de subvención con personal a su cargo. 3.2) Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto a Directivos, Profesores, Asistentes de Educación, Manipuladoras y entre pares. 3.3) Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas de colaboración. 3.4) Facilitar el funcionamiento de las comisiones de bienestar, tanto del personal como de los/as alumnos (as). 3.5) Llevar los libros de control, crónica, ruta, registro de las funciones docente,

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documentos de seguimiento de los/as alumnos (as) y carpetas de éstos o libros de vida, siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados. 3.6) Programar y coordinar las labores de los asistentes de educación e inspectores. 3.7) Autorizar las salidas extraordinarias de los estudiantes. 3.8) Controlar la realización de las actividades culturales, sociales, deportivas, de bienestar estudiantil y promover las relaciones con el centro de alumnos, centro de padres y apoderados y ex alumnos (as) del establecimiento. 3.9) Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento, dentro y fuera del establecimiento. 3.10) Controlar a los Auxiliares de Servicios y cumplimiento de sus funciones, para una mejor higiene ambiental del establecimiento. 3.11) Velar por la buena presentación y el aseo del local escolar. 3.12) Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudios elaborados por el profesor (a) Jefe de cada Curso. 3.13) Supervisar el control diario de asistencia de los/as alumnos (as) realizado por los docentes o asistentes de educación. 3.14) Verificar la correcta documentación de los/as alumnos (as) que ingresan. 3.15) Entregar documentación de los/as alumnos (as) que se retiran del establecimiento . 3.16) Planificar y coordinar actividades de orientación educacional, vocacional y profesional del establecimiento, de acuerdo con el Jefe UTP en caso de no contar el establecimiento con un orientador . ROL DEL JEFE U.T.P. El Encargado de la Unidad Técnica Pedagógica es el docente responsable de asesorar al Director y de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares.

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4.-SON DEBERES DEL JEFE DE LA U.T. P. 4.1) Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje. 4.-2) Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de Orientación Educacional, Vocacional, Profesional, habilitadora y/o rehabilitadora, cuando corresponda. 4.-3) Promover la aplicación de medios, método y técnicas de enseñanza que aseguren con efectividad, el aprendizaje de los/as alumnos (as). 4.4) Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con las integrantes del equipo de gestión ., las actividades correspondientes del proceso enseñanza aprendizaje. 4.5) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los/as alumnos(as), procurando el mejoramiento permanente del proceso enseñanza aprendizaje. 4.6) Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de las diferentes asignaturas y distintos planes. 4.7) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares del establecimiento educacional. 4.8) Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudios. 4.9) Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades de colaboración. 4.10) Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materia de evaluación y currículo. 4.11) Coordinar un equipo de trabajo para la creación del horario de clases del establecimiento . DOCENTES DE AULA. Las funciones docentes del establecimiento son desempeñadas por profesionales de la educación, considerando el perfeccionamiento adecuado para el desempeño

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de su trabajo. El docente es el profesional, responsable de las actividades curriculares 5.-SON DEBERES Y O BLIGACIONES DEL DOCENTE DE AULA PREBÁSICA Y BÁSICA : 1.-Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades de aprendizaje contribuyendo al desarrollo integral de los estudiantes . 2.-Fomentar e internalizar en los estudiantes valores, hábitos y actitudes, desarrollando el comportamiento y la disciplina a través del ejemplo.

. 3.-Mantener en todo momento relaciones deferentes con jefes, compañeros de trabajo, asistentes de la educación, alumnos y apoderados.

. 4.-Cumplir las disposiciones administrativas y acuerdo del consejo de profesores. 5.-Estar presente en los actos y formaciones frente a su grupo curso, con el fin de mantener el orden y la debida atención a las informaciones, recomendaciones y obligaciones escolares. 6.-Mantener el aseo de la sala de clases evitando que los alumnos ensucien la sala con papeles y otros materiales, dejándola en óptimas condiciones para el periodo siguiente de clases. 7.-No hacer abandono de la sala de clases sin motivos justificados, en caso de necesidad, dejar a alguien a cargo el grupo curso. 8.-Firmar libro de clases y asistencia diaria para mantenerlo al día. 9.-Cumplir con responsabilidad y dedicación los talleres asignados. 10.-Mantener al día los documentos relacionados con su función, entregando en forma precisa y oportuna la información que solicite el Director. 11.-Mantener la comunicación con los Padres y Apoderados proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje y orientación de sus hijos, en período mensual. 12.- Mantener y cuidar los elementos tecnológicos a su cargo y los que utilice en el cumplimiento de sus funciones, haciendo entrega de ellos una vez finalizado el año escolar.

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13.-Ingresar a la sala de clases con sus materiales y recursos necesarios para realizar las diversas actividades. 14.- Realizar, una efectiva orientación, vocacional y profesional adecuada a las necesidades formativas, aptitudes o intereses de los/las alumnos(as). 15.- Desarrollar las adecuaciones curriculares de alumnos de profesores de integración y/o especialistas. 16.- Evaluar en forma diferenciada a los/as alumnos(as) que presenten N.E.E. con instrumentos adecuados y verificables. En acuerdo con los profesores especialistas que atienden a los alumnos/as con dichas necesidades. 17.- Participar en reuniones técnicas (Reflexión Pedagógica) del establecimiento y en aquellas relacionadas con el desempeño de su unción específica. 18.- Procurar que los/as alumnos(as) atrasados o por no cumplir deberes escolares, no queden fuera de la sala de clase. 19.- Aplicar los contenidos programáticos, los decretos oficiales y profundizarlos de acuerdo al principio de flexibilidad, factibilidad, coherencia y pertinencia. 20.- Realizar el Plan Anual de Trabajo del curso. 21.- Por ninguna causal los/as alumnos(as) pueden ser enviados fuera de la clase, solo podrán salir de ella si debe realizar trabajo individual, el cual será evaluado por el Profesor. 22.- Elegir sus representantes en Equipo de Gestión, Consejo Escolar, Bienestar de Profesores, delegado gremial , otros. ROL DEL PROFESOR JEFE. Es el docente en cumplimiento de su función, responsable de la marcha pedagógica y de orientación del curso asignado. 6.- SON DEBERES DEL PROFESOR JEFE DE CURSO: 6.1) Planificar junto con el jefe de la UTP, ejecutar personalmente junto con los profesores de asignatura del curso; supervisar y evaluar el proceso de

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orientación educacional y profesional en el que se desarrollan las actividades educativas del grupo curso. 6.2) Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del Consejo de Curso. 6.3) Velar junto con el Jefe UTP, por la calidad del proceso de enseñanza aprendizaje en el ámbito de su curso. 6.4)Mantener al día los documentos relacionados con la identificación de cada alumno(a) y marcha pedagógica del curso. Entregar informe escrito con calificaciones parciales e informe de conducta. 5) Informar a los padres y apoderados de la situación de los/as alumnos(as) del curso a su cargo en reunión de apoderados. 6) Asistir y/o presidir los consejos que le correspondan. 7) Orientar a los/as alumnos(as) que necesitan mejorar sus aprendizajes y responsabilidad, manteniendo reserva frente a los problemas o situaciones personales de los estudiantes, que le sean confiados y darlas a conocer a quien sea . 8) Ser el nexo de su grupo curso entre la Dirección, Inspectoría General, Unidad Técnica, Orientadora, convivencia escolar y/o Profesores, sobre todo, frente a situaciones de carácter conflictivo. ROL DEL PSICÓLOGO/A Profesional no docente, responsable de integrar equipo multiprofesional de la Escuela con el fin de dar una atención psicológica de calidad a los/as alumnos(as) del Establecimiento Educacional, según corresponda, estableciendo diagnóstico y entregando contención, apoyo y estableciendo derivaciones oportunas, de acuerdo a las necesidades educativas de cada uno. 7.-SON DEBERES DEL PSICÓLOGO/ 7.1) Generar proceso de Ingreso, reevaluación y pesquisa de estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales.

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7.2) Dar respuesta en atención, diagnóstico y seguimiento a alumnos(as) que presenten dificultades educacionales, socio afectivas, emocionales y conductuales. 7.3) Planificar y diseñar estrategias conjuntamente a docentes ,apoderados , frente a posibles problemáticas que aquejen a estudiantes en temáticas continge 7.4) Planificación en conjunto con el equipo de gestión de posibles actividades como escuela para padres e intervenciones especificas 7.5) : Establecer y promover un vinculo efectivo familia-escuela, mediante contacto constante con las familias de los estudiantes. 7.6.- Generar visitas domiciliares en conjunto con la asistente social, como medida de apoyo a problemáticas de los estudiantes. 7.7) Realizar consejería a los miembros de la comunidad educativa según lo requieran y de acuerdo a las problemáticas que se dan dentro del establecimiento educacional. 7.8) Desarrollar un trabajo en red con las distintas institución de la comuna como medida de apoyo a la atención y derivación a otros especialistas . 7.9Realizar talleres para padres y/o apoderados mediante escuela para padres, en función de promover e informar temáticas atingentes. 7.10.- realizar talleres psicoeducativos a docentes y asistentes de la educación en temáticas atingentes al contexto laboral, en búsqueda de promover mayores habilidades y competencias. 7.11 .- Realizar trabajos colaborativos, en conjunto a los profesores especialistas, profesores de aula regular y otros profesionales como medida de apoyo a la coordinación y ejecución de acciones a las problemáticas de los estudiantes

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ROL DE LA ASISTENTE SOCIAL Su labor consiste en promover condiciones escolares favorables para el adecuado desarrollo escolar de los y las estudiantes de manera de asegurar su permanencia en el establecimiento. 8.-SON DEBERES DE LA ASISTENTE SOCIAL: 8.1) Conocer y comprender las diferentes problemáticas sociales, familiares e individuales de los actores de la comunidad educativa miembros de los establecimientos educacionales. 8.2) Intervenir en las distintas problemáticas sociales, familiares e individuales de los actores de la comunidad educativa desde el nivel de la acción individual, grupal y familiar. 8.3) Coordinar con los distintos actores de la comunidad educativa vinculados a los estudiantes del establecimiento educacional que presenten problemáticas sociales. 8.4) Monitorear la asistencia de los y las estudiantes, especialmente de aquellos en situación de mayor vulnerabilidad de modo de detectar y abordar precozmente problemas de ausentismo y riesgo de abandono escolar. 8.5) Coordinar e implementar programas sociales tendientes a entregar asistencia a los alumnos(as) que lo requieran para mejorar su asistencia y rendimiento. 8.6) Integrar equipos multidisciplinarios que permitan un abordaje integral de situaciones de vulnerabilidad en el desarrollo escolar de los estudiantes (as). 8.7) Entrevista individual a los estudiantes miembros del establecimiento

educacional.

8.8) Realización de diagnóstico socio familiar (Situación de Vulneración, Análisis de Factores Protectores y de Riesgo). 8.9) Visitas a domicilio cuando las problemáticas a intervenir lo requieran. 8.10) Trabajo de intervención con familias, (as) y adolescentes vulnerables (Talleres, Trabajos grupales etc.).

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Programas que coordina : 1.- Salud del Estudiante: a los/as estudiantes (as) prioritarios les reembolsa los dineros que son utilizados en bonos de especialistas y medicamentos, referidos neurólogos, psicólogos y siquiatras. Aquellos estudiantes que no poseen la condición de prioritarios y tienen la necesidad de un especialista, el profesional debe realizar visita domiciliaria, para identificar la situación económica del alumno/a, realizar informe social, solicitar informe académico y con todos éstos documentos se podrá reembolsar alguna prestación de especialistas. 2.- P.A.E. (Programa de Alimentación): En este programa no interviene ya que depende de entes externos al establecimiento . (JUNAEB). Sus funciones en relación a este programa son: 2.1) Mantener actualizado el registro de estudiantes pertenecientes al sistema

Chile Solidario.

2.2) Monitorear la asistencia de los cursos.

2.3) Pesquisar casos de ausentismo escolar reiterado.

2.4.- Elaborar e implementar plan de acción para mejorar la asistencia del

estudiante.

2.5.- Participar en la elaboración e implementación de proyectos de pro-retención

escolar.

2.6.- Entregar información a los potenciales beneficiarios sobre las fechas y

requisitos de postulación.

2.7 Colaborar con la evaluación socioeconómica de los(as) alumnos(as) preseleccionados matriculados en la escuela. ROL DE LA EDUCADORA DIFERENCIAL. El rol del educador diferencial basa su accionar en la intervención psicopedagógica. La que consiste en un sistema de acciones que se llevan a cabo para dar respuesta a las necesidades educativas especiales. La intervención psicopedagógica se concretiza en: Evaluación y apoyos. Los ámbitos de acción son: peronal,familiar,escolar y comunitario Existe la modalidad de trabajo directo, la cual incluye al educador y al niño. Y la modalidad indirecta donde se incluye a la familia, la escuela y la comunidad.

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9.-SON DEBERES DE LA EDUCADORA DIFERENCIAL 9.1.-Regirse por el Decreto 170/10 que “Fija normas para determinar los/as alumnos(as) con Necesidades Educativas Especiales que serán beneficiarios de la subvención especial”. 9.2.- Mantener al día la documentación requerida por el Decreto 170/10, con los siguientes documentos: 9.2.1.-Entrevista a la familia (anamnesis).

9.2.2.- Formulario único síntesis de reevaluación (alumno/a antiguo).

9.2.3.-Formulario único de evaluación específica o especializada (de cada N.E.E.

específica).

9.2.4.- Formulario único de valoración de salud o certificado médico (obligatorio).

9.2.5. Informe de otros profesionales (psicólogo, fonoaudiólogo, neurólogo, kinesiólogo u otros 9.2.6.-Formulario evaluación de apoyo especializado (alumno/a antiguo)

9.2.7 Formulario informe para la familia.

9.2.8.- Certificado de nacimiento . 9.3.- Tener la autorización expresa del apoderado/a para la evaluación de ingreso del alumno/a (consentimiento informado). En caso de rechazar el apoyo, el apoderado/a deberá fundamentar por escrito el “NO” consentimiento de dicha resultados académicos de su pupilo(a), sin derecho a quejas y reclamos posteriores. 9.4.- Realizar la evaluación diagnóstica de los alumnos con N.E.E.T. y N.E.E.P., la que debe ser de carácter integral e interdisciplinario. 9.5.- Realizar la intervención a los/as alumnos(as) con N.E.E.T. y N.E.E.P. 9.6.- Apoyar el aprendizaje de los/as alumnos(as) en el aula común, realizando un trabajo colaborativo entre profesor de educación general básica y profesor especialista.que requieran. 9.6.- Promover la incorporación de la familia de los/as alumnos(as) y alumnas(as) a la labor que desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos e hijas. 9.7.- Acompañar y realizar un trabajo articulado con las y los docentes de a ula

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10.-ROL DE LA FONOAUDIÓLOGO 10.1) El fonoaudiólogo debe realizar evaluación y tratamiento de alumnos/as con necesidades educativas especiales transitorias, pertenecientes principalmente a los cursos de preKinder, Kinder, 1° y 2° básico. 10.2) Como profesional de Educación Especial deberá mantener al día la documentación requerida por el Decreto 170/10. 10.3) Apoyar el aprendizaje de alumnos(as) en el aula común, realizando un trabajo colaborativo con el docente de aula. que desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos/as. 10.5.- Realizar reevaluaciones periódicas de los procesos, aprendizajes y desarrollo del lenguaje en los/as alumnos(as) integrados. 11.- ROL DEL PROFESIONAL KINESIÓLOGO PIE. 11.1.- Evaluar a niños y niñas con N.E.E. tanto transitorias como permanentes para: 11.1-1 Medir y pesquisar desbalance Psicomotriz.

11.1.2 Evaluación integral para niños y niñas con trastornos motrices y/o neurológicos. 11.2.- Pesquisar alumnos/as con alteraciones: sensoriales, motrices, propioceptivas, neurológicas, traumatológicas, etc. para ser adscritos a P.I.E. 11.3 .-Atender a los niños/as que según evaluación integral o psicomotriz, necesitan intervención kinesiológica, ejecutada de forma grupal o individual, de acuerdo a la necesidad que prevalece. 11.4.- Emisión de informes de acuerdo a las evaluaciones y reevaluación realizadas. 11.5.- Realizar talleres para padres y/o apoderados de los estudiantes (as) con NEE, según la necesidad del Establecimiento educacional, por ejemplo taller de estimulación de motricidad gruesa y fina en el hogar.

21 11.6.- Realizar talleres para profesores según la necesidad de los docentes y establecimiento educacional. 11.7.- Registrar cuando corresponda las actividades , en el registro de en al aula.

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12.-ROL DE LOS ASISTENTES DE EDUCACION : El Asistente de Educación es el funcionario responsable de apoyar supletoria y complementariamente el proceso enseñanza aprendizaje del establecimiento educacional en labores relacionadas como: Asistentes de Inspectoría; Asistentes de Párvulos; Asistentes de Aula (en 1° a 4°); Asistentes de Biblioteca; Asistentes de la Sala de Computación; Secretaría; Asistente de Sala de multicopiado; Portero; Auxiliar Servicios Menores 12.1.- . ROL DEL ASISTENTE DE INSPECTORÍA El Asistente de Educación que cumple labores de Inspectoría es el funcionario de la escuela destinado a la tarea de apoyar la labor docente, del inspector general y de la comunidad educativa en general. 12.1.1.- Apoyar la labor del Inspector General . 12.1.2.- Apoyar la labor de docentes en temas disciplinarios . 12.1.3.- Vigilar el comportamiento de los/niños(as), orientándoles en sus conductas y actitud, de acuerdo, a lo establecido en el reglamento interno de convivencia escolar. 12.1.4.- ) Asistir a los cursos en caso de ausencia de los profesores, conforme a indicaciones emanadas de Inspectoría General y U.T.P. 12.1.5.- Llevar los libros, registros, estadísticas y demás archivos que le sean encomendados. 12.1.6.- Dar solución problemáticas inherentes al cargo de Inspector. 12.1.7.- Controlar atrasos, inasistencias, justificativos médicos, presentados por los estudiantes. 12.1.8.- Apoyar al Profesor de aula cuando se requiere en situaciones emergentes.

22 12.1.9.- Hacer ingresar al curso a la sala de clases, en espera del profesor signado. 12.1.10.- Vigilar pasillos, patios y baños de acuerdo a indicaciones de Inspectoría general.

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12.1.11.- Asistir a Consejos Administrativos y consejos de conducta y desarrollo personal. 12.1.12.- Asistir y acompañar a los alumnos/as en accidentes escolares o enfermos al servicio de urgencia requerido (posta ). 12.2.-ROL DE LA ASISTENTE DE PÁRVULOS. Profesional con especialidad o título de Auxiliar de párvulos; que tiene como función asistir a la educadora en el trabajo diario con los niños y niñas de nivel pre básico. Proporciona apoyo en forma colaborativa a la educadora con el fin de lograr un trabajo en equipo para favorecer aprendizajes oportunos y pertinentes de los niños y niñas de acuerdo a sus características, necesidades e intereses en la preparación de material didáctico, ambientación, reforzando hábitos, normas y valores con iniciativa y carácter lúdico. 12.2.1.- Ejecutar las tareas que la Educadora le encomiende . 12.2.2.- Atender al grupo curso en ausencia de la Educadora. 12.2.3.- Preparación de material, decorar la sala. Otros afines 12.2.4 Responsabilidad de la atención de los/as niños(as) en el patio, baño,

comedor.

12.2.5.- Colaborar en el manejo conductual de los niños y niñas. 12.3..-ROL ASISTENTE DE AULA: Es la funcionaria encargada de asistir a los/as alumnos(as) de 1° y 4° Básico, conforme a los lineamientos entregados por la U.T.P. Y el profesor/a del curso. 12.3.1- Ejecutar las tareas que el docente le encomiende.

23 12.3.2.- Preparación de material educativo, decorar la sala, entre otros. 12.3.3.- Responsabilidad de la atención de los niños en el aula, patio y comedor. 12.3.4 Atender al grupo curso en ausencia del profesor.

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12.3.5 Colaborar con el docente en el manejo conductual de los niños y niñas . 12.3.5.-Llevar a los estudiantes enfermos o accidentados a la Posta de primeros auxilios, dejando registro en el libro de salidas de los alumnos y o cuaderno de derivaciones posta de salud . 12.4.- ROL PERSONAL ADMINISTRATIVO SECRETARIAS: 12.4.1.-Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento; requiriendo de los docentes los antecedentes necesarios. 12.4.2 .-Cautelar la conservación, mantención y resguardo del mobiliario y material de su dependencia de trabajo. 12.3.3.-Llevar al día los libros oficiales y libros auxiliares necesarios. 12.4.4.-Cumplir funciones de coordinar actividades de alimentación y programa JUNAEB. 12.4.5.- Llevar al día registro de calificaciones en programa de notas. 12.4.6.-Confeccionar informe mensual de notas para que el profesor los entregue en reuniones mensuales de apoderados. 12.4.7.-Realizar las funciones que les encomiende su superior jerárquico. 12.5. ROL ASISTENTEDE BIBLIOTECA: Funcionario responsable de organizar, mantener, cuidar y atender la Biblioteca, CRA. 12.5.1.-Llevar al día registro de alumnos/as atendidos. Curso y nombre del docente que los envía. 12.5.2.- Llevar al día registro de préstamo de material, a profesores y alumnos. 12.5.3.- Entregar informe semestral a U.T.P. de éstos registros 12.5.4.- Velar por el mantenimiento de orden y aseo de la Biblioteca. 12.5.5.- Mantener en orden y bien cuidado todo el material existente en Biblioteca.

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12.5.6.- Velar para que los/as alumnos(as) enviados a la Biblioteca realicen el trabajo encomendado por el Profesor. 12.5.7.- Ayudar a los/as alumnos(as) en sus deberes escolares, facilitando material bibliográfico existente en la Biblioteca o Internet. 12.5.8.- Organizar y realizar concursos literarios y actividades que fomenten el gusto por la lectura. 12.5.9.- Llevar inventario al día de la biblioteca. 12.5.10.- Informar oportunamente situaciones ocurridas dentro de dicha dependencia. 12.6.-ROL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES: Es el funcionario responsable directo de la vigilancia, cuidado y atención de la mantención de los muebles, enseres o instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar. 12.6.1.- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento. 12.6.2.- Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otro del establecimiento. 12.6.3.- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que le Encomienden. 12.6.4.- Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y Maquinaria que se le hubieren asignado. 12.6.5.- Cuidar y mantener jardines. 12.6.6.- Informar de las necesidades para el mantenimiento del local escolar. 12.6.7.- Desempeñar, cuando proceda, la función de cuidador nocturno del establecimiento.

25 12.6.8.- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del establecimiento. 12.6.9.- Asistir en el aseo de salas de clase, asignadas y cuando sea requerido

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13.- ROL ENCARGADO DE ENLACE E INFORMÁTICA Es el funcionario responsable de organizar, mantener, cuidar y atender los equipos y la sala de Computación. 13.1.-Responsable de la sala de computación, según los horarios de los/as alumnos (as). 13.2.- Llevar inventario de los elementos y equipos que componen el laboratorio de computación . 13.3.- Llevar registro o bitácora del uso del laboratorio. 13.4.- Mantener operativos los equipos del laboratorio de computación y pizarras interactivas. 13.5.- Preocuparse de mantener en óptimas condiciones el mobiliario y los accesorios computacionales, velando porque los alumnos/as no causen deterioro ni daño durante las jornadas de clase al interior de la sala. 13.6.- Diseñar proyectos de tecnología necesarios para el desarrollo de la comunidad educativa. 13.7.- Diagnosticar competencias tecnológicas para capacitar al personal en tecnologías de información y el uso de los recursos disponibles . 13.8.- Apoyar a los docentes y funcionarios en sus requerimientos respecto al uso de los recursos tecnológicos disponibles . 14.-ROL COORDINADOR ACTIVIDADES CURRICULARES DE LIBRE ELECCIÓN (ACLE). Profesional docente, que se responsabiliza de la animación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades curriculares de libre elección de acuerdo al Proyecto Educativo del establecimiento. 14.1.- Coordinar y supervisar el trabajo de los responsables de las ACLES.

2) Planificar y coordinar las actividades ACLES. 3) Administrar los recursos de su ámbito en función del P.E.I. 4) Elaborar y gestionar proyectos de mejoramiento.

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5) Organizar actividades escolares no lectivas . 15.- ROL Y DEBERES DE LOS ALUMNOS:

15.1.- Asistir puntual y regularmente a clases y mantener su atención en ellas. 15.2.-Asistir puntualmente a los diferentes talleres, dando cumplimiento a las exigencias de cada uno. 15.3- Desarrollar productivamente el trabajo en equipo. 15.4.- Participar en clases y hacer aportes en los trabajos grupales. 15.5-Justificar inasistencias por intermedio de justificativos escrito y/o la presencia de su apoderado o Apoderado suplente. Se aceptan hasta dos justificaciones por escrito, la tercera inasistencia deberá concurrir con su apoderado para ingresar a clases, siendo el Director del plantel el que autoriza la entrada o al inspector general. 15.6,.-Justificar personalmente ante la inspectora, los atrasos el que dejará constancia y autorizará la entrada a clases evaluando la situación. 15.7.-Las niñas no podrán hacer uso de ningún tipo de maquillaje, salvo actividades de difusión artística organizadas por el establecimiento.

. 15.8.-Prohibición del uso de joyas para evitar algún tipo de accidente. 15.9.-.-Los niños y niñas presentarse con su uniforme Escolar, delantal o buzo institucional y/ o buzo de color oscuro dependiendo de la actividad que se realice. (en casos especiales comunicar a inspectoría) 15.-9.-No deberán traer ni portar objetos corto punzantes, inflamables., que puedan causar daño físico, ni material pornográfico. 15.10.-Cuidar y mantener el aseo en la sala de clases y mesas limpias, Al final de la jornada dejarán las sillas sobre las mesas para facilitar el aseo. 15.11.-Comportarse con absoluta corrección dentro y fuera del establecimiento. (en actividades escolares) 15.12.-Velar por el buen prestigio del establecimiento, conduciéndose en todo momento y en cualquier situación con ejemplar comportamiento, en especial

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en las que represente al colegio a nivel comunal, provincial, nacional e internacional.

15.13.-Emplear en el trato con los demás un lenguaje formal basado en el respeto. 15.14.-Velar por el cuidado y mantenimiento de la infraestructura, mobiliario e implementación deportiva, tecnológica y del entorno (plantas y árboles). 15.15.-Participar en las actividades planificadas del colegio y representarlo cuando la situación lo requiera (actos culturales, eventos deportivos, concursos y desfiles, entre otros) 15.16.-No abandonar el establecimiento en horas de clases o recreos y retirarse sin autorización del Director o Profesor de turno. 15.17.-Cumplir con sus tareas y obligaciones encomendadas por los profesores. 15.18.-Respetar y obedecer a todo el personal Directivo, Docente y Asistentes acatando órdenes y normas del presente reglamento. 15.19.-No agredir verbal y físicamente al personal Directivo, Docente y Asistente. 15.20.-Presentarse a clases con sus materiales apropiados, útiles escolares,

textos de estudios, para la realización de las actividades propuestas por los docentes en cada asignatura. 16,. ROL Y DEBERES DE LOS APODERADOS: Cada alumno/a debe tener un apoderado/a, padre o madre, tutor u otra persona responsable mayor de 18 años. 16.1.- Cada alumno/a debe tener un apoderado/a, padre o madre, tutor u otra persona responsable mayor de 18 años.

28 . 16.2.-El apoderado/a representa al alumno/a en el Establecimiento y es responsable del rendimiento y cumplimiento del niño o niña. 16.3.- El apoderado/a al solicitar matrícula para su hijo (a) en la Escuela se compromete a cumplir y acatar el presente reglamento en su totalidad.

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16.3.- Participar en las reuniones de Padres y apoderados apoyando la gestión y colaborando con el Establecimiento cuando la situación lo requiera.

. 16.4.-Dejar dos apoderados suplentes en caso que el titular no pueda asistir. 16.5.-Acudir al colegio cuando sea requerido por la Dirección.

16.6-Enviar diariamente su pupilo a clases.

16.7.-Preocuparse de la presentación personal del estudiante (uniforme, aseo personal). 16.8.-Justificar sus inasistencias y atrasos. 16.9.-Proporcionar los útiles escolares y materiales a sus pupilos. 16.10.-Solicitar personalmente informaciones sobre el avance en el proceso de enseñanza aprendizaje y comportamiento de su pupilo. 16.11.-Responder por los destrozos, daños causados por su pupilo dentro del plazo que determine la Dirección del establecimiento. 16.12.-Contribuir y cooperar en las actividades que el centro de padres y apoderados programe. 16.13.-Conocer la reglamentación vigente del establecimiento y reglamento del centro de padres y apoderados según decreto N° 632/82. 16.14.-Respetar al personal Directivo, Docente, Asistentes de la Educación y Estudiantes.

. 16.15.-No interrumpir el normal desarrollo de las clases, salvo alguna excepción de carácter urgente validada por la Dirección. (AGREGAR ORGANIGRAMA FUNCIONES )

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VI DE LOS DERECHOS: 1.- DEL PERSONAL: 1.1.- El personal de los distintos estamentos del establecimiento educacional Miguel Huentelén tienen derecho a trabajar en un ambiente de respeto , de tolerancia , de tener un trato deferente y amable , además de los contemplados en la legislación y normativa vigente: 1.2.- En relación a los equipos directivos y o equipos de gestión lo establecido en la ley 20501 , ley 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, referente a equipo gestión o directivo de todo el establecimiento y Ley 19.070. 1.3.- La Ley General de Educación (Ley 20370/2009): regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación parvularia, básica y media. 1.4.- Ley 16464. Se aplica al personal asistente de la educación que se

desempeña en establecimientos educacionales administrados directamente

por las municipalidades.

1.5.-Las disposiciones de la ley 16.464son aplicables ,también, a las asistentes

sociales contratadas por la Corporación Municipal, sólo si fueron contratadas

para prestar servicios en un establecimiento de educación en particular y

auxiliares de párvulo.

1.6.-. Ley N° 20.422. que establece normas sobre igualdad de oportunidades .

1.7.- Otras normas y cuerpos legales vigentes que establece el código del trabajo.

2.-DERECHOS DE LOS ALUMNOS:

Los alumnos tendrán los siguientes derechos:

2.1-A ser respetados y tratados como personas y en forma deferente. 2.2.-A una enseñanza acorde con sus necesidades y capacidades. 2.3.-A una calificación justa por las actividades realizadas.

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2.4.-A no ser calificados con notas deficientes estando ausentes con justificación. 2.5.-A no ser calificados con notas sus actitudes y comportamiento. 2.6.-A utilizar las dependencias y materiales del establecimiento (equipamiento), siempre y cuando no entorpezca el normal funcionamiento del establecimiento. 2.7.-A dar su opinión cuando la situación lo requiera. 2.8.-A participar en todas las actividades que el colegio programe de acuerdo con sus posibilidades y capacidades. 2.9.-A una atención preferencial en los casos problemas de aprendizaje a alumnos (as) en riesgo escolar (Reforzamiento, atención con especialistas). 2.10.-A una educación gratuita. 2.11.-Al seguro escolar cuando la situación lo amerite. 2.12.-A una alimentación entregada por JUNAEB. Y otras prestaciones que entregue la misma. 2.13.-Asistir a clases en un ambiente seguro. 2.14.-Hacer uso del tiempo destinado a recreo para realizar actividades de libre elección. 2.15.-A conocer sus calificaciones que son producto de las evaluaciones realizadas en cada semestre. 2.16.-A ser uso diario del servicio de transporte escolar del establecimiento para su traslado desde su domicilio a la escuela y viceversa, según el recorrido establecido en común acuerdo con el apoderado. 2.17.-Permiso para Ausentarse del Colegio a petición expresa de su apoderado a través de un justificativo o presencia de su apoderado .Se deberá dejar registro en el cuaderno de salida de alumnos (ver normas complementarias).

2.18.-A continuar y completar estudios y las facilidades correspondientes para las alumnas que manifiesten estado de embarazo. .

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3.-DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERDOS. Serán derechos de los padres y apoderados los siguientes:

3.1.- Integrar el centro de padres y apoderados con derecho a voz y voto. 3.2-A postular a un cargo para la conformación de la Directiva.

3. 3. - Ser respetados por sus similares, Director, profesores, alumnos y demás personas que laboran en el establecimiento educacional. 3. 4. - A recibir informaciones relacionadas con la situación educacional de sus pupilos. 3.5.-. A optar a la asignatura de religión (valores) que se impartirá a sus pupilos. 3.6.- A Participar en las actividades internas programadas por el Establecimiento. VII MEDIDAS FORMATIVAS Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR : 1.-DE LAS SANSIONES : DE LAS SANCIONES FORMATIVAS PROPORCIONALES A LA FALTA Las sanciones, para ser formativas, reparadoras y efectivas, deben ser coherentes con la falta y se aplicarán dejando la constancia respectiva de la conducta inadecuada, y por otra par te, realizando la reparación acordada, la cual permitirá tomar conciencia de lo realizado, mediante acciones concretas propositivas. 1.1) Ser vicio a la comunidad educativa: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: 1.2) ordenar o limpiar algún espacio del colegio como patios, pasillos, gimnasio, comedor de estudiantes, su sala; mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los(as) estudiantes de menor edad, ordenar materiales en la biblioteca, laboratorios, entre otros. 1.3) Ser vicio pedagógico: contempla una acción en el tiempo libre del estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o

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elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, entre otros. 1.4) Consideración de instancias reparatorias: Las acciones reparatorias pueden ser variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las características de los(as) estudiantes. Entre otras, se pueden mencionar: 1.4.1) Medidas de reparación del daño causado: en la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, si hay mérito para ello, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. 1.4.2 El punto de partida de toda medida de reparación es el reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo mediada por un adulto. La acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria, ya que la obligatoriedad la hace perder su sentido, el cual es la responsabilización del acto. Las medidas de reparación pueden ir desde las disculpas privadas, públicas, la restitución de un bien, la devolución de un bien y otras, siempre manteniendo el principio de proporcionalidad con el daño causado. 1.4.3.- Servicios en beneficio de la comunidad: Implican la prestación de un servicio a favor de la comunidad que ha sido dañada, manteniendo la proporcionalidad con el daño causado. Estos ser vicios pue- den consistir en hermosear dependencias del colegio, arreglar algunos sectores o lugares, asear determinadas salas o similares

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1.-TIPIFICACION Y GRADUALIDAD DE LAS FALTAS

FALTAS LEVES SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

1. No justificar inasistencia a clases.

Amonestación simple. Registro en cuaderno de justificaciones.

Entrevista con el profesor jefe

Alumnos de Pre básica a 8º año

2. Presentarse a clases con maquillaje, joyas (aros largos, anillos, pulseras)

Por primera vez: Amonestación simple, Retiro inmediato del maquillaje, pintura y joyas (anotación en el libro de clases) Por segunda vez : Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Sanción formativa

Entrevista profesor jefe, -Sugerencias formativa Entrevista con el apoderado.

Alumnos de 1º a 8º año

4. Utilizar Celulares y equipos de música en salas de clases como medio de entretención que entorpece la labor Docente.

Por primera vez: Amonestación simple y retiro inmediato del celular apagado o equipo de música (anotación en el libro de clases y comunicación a apoderados). Por segunda vez : Retención del celular Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Se retiene el equipo hasta final de Semestre y anotación en libro de clases

Entrevista con el profesor jefe -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado entrega del equipo al apoderado.

Alumnos de 1º a 8º año

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5.- Presentarse sin uniforme escolar y/o delantal, buzo del colegio.

Por primera vez: Diálogo con el estudiante con un registro escrito en el libro de clases. Por segunda vez : Amonestación simple (anotación en el libro de clases y comunicación a apoderados). Por tercera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases.

Entrevista profesor de la asignatura que le corresponda, haciéndole ver su falta. Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado.

Alumnos de Pre básica a 8 año

6. Presentarse sin útiles y materiales escolares.

Por primera vez: Amonestación simple). Por segunda vez : Amonestación y registro en libro de clases. Por tercera vez: Citación de su apoderado, anotación en libro de clases

Entrevista profesor de la asignatura -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado. Sugerencias formativas

Alumnos de Pre básica a 8 año

7. Incumplimiento de deberes escolares (no trabajar en clases, no hacer tareas, no seguir las normas de la sana convivencia dentro del aula, entre otras)

Por primera vez: -Amonestación Verbal Por segunda vez : Amonestación Verbal con registro en libro de clases Por tercera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Reincidencia: Sanción formativa a definirse en P. de contingencia

Entrevista profesor jefe, Entrevista con el apoderado. Sugerencias formativas. -Entrevista con apoderado y sugerencias formativas. Plan de intervención pedagógica .

Alumnos de Pre básica a 8 año

FALTAS MENOS GRAVES

SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

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1. Rayado de murallas y destrucción de mobiliario, textos y material de estudio, equipos tecnológicos.

Por primera vez: Citación del apoderado, anotación en libro de clases. Reparación de daños. Por segunda vez: Citación de su apoderado para informar sobre la situación ocurrida. Reparación de daños. Por tercera vez:reparación de daños anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

Entrevista con el Inspector General y Encargado de Convivencia -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado, Sugerencias formativas.

Alumnos de Pre Básica a 8º año

2. Falta de respeto al personal Directivo, Docente, Asistente de la Educación o cualquier miembro de la comunidad educativa.

Por primera vez: Amonestación con disculpas y anotación en libro de clases. Por segunda vez: Informar situación apoderado. Anotación libro de clases. Por tercera vez: Informar a apoderado, Anotación libro de clase . Sanción formativa de acurdo a la falta

Entrevista con el profesor jefe, inspector general. -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado,. Citación del apoderado para informar motivo de y tipo de sanción

Alumnos de Pre Básica a 8º año

3. Abandonar la sala sin autorización del profesor durante el período de clases.

Por primera vez: Amonestación simple Por segunda vez : Amonestación y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Sanción. Actividad formativa de apoyo en el curso (aseo,minitor,otra)

Entrevista con el profesor. Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado con sugerencias formativas e informar de sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

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4. Portar objetos corto punzantes, manoplas u otros afines.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases con retiro especies. Por segunda vez : Citación apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Citación apoderado. Anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

Entrevista con el director y profesor jefe haciéndole ver su falta y aconsejándole para un cambio de actitud. Entrevista con el apoderado. Citación del apoderado para informar el motivo de la sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

FALTAS GRAVES SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

1.- Abandonar el establecimiento en horas de clases o recreos y retirarse sin autorización.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases. Por segunda vez: Anotación libro de clases con citación apoderado para informar sobre la situación ocurrida. Por tercera vez: -Anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta

Entrevista con profesor jefe e inspector general. Sugerencias y recomendaciones formativas. Citación del apoderado y recomendaciones formativas e informar de sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

2. Utilizar celulares u otros objetos tecnológicos para grabar dentro del colegio a personas sin autorización con la finalidad de burla y denostación, compartiendo el material en redes sociales.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases. Citación de apoderado para informar Retención objeto tecnológico que será entregado a su apoderado. Por segunda vez:

Entrevista con profesor jefe e inspector general. -Recomendaciones formativas en relación a gravedad de la falta y sanciones legales de la misma Citación del apoderado .

Alumnos de 1º a 8º año

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- Amonestación y anotación libro de clases. Retención objeto tecnológico por el semestre. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

Citación apoderado ,recomendaciones formativas e información de sanciones .

3. Ingresar y hacer uso de objetos corto punzante y armas de fuego.

Por primera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases, entrevista con profesional acorde Retiro del objeto y/o arma. Por segunda vez : Anotación en libro de clases. Sanción : Acordada por equipo directivo. Reincidencia:

Entrevista con inspector general y profesor jefe. -Recomendaciones y sugerencias formativas al alumno Entrevista con el apoderado informando situación . Diseñar con equipo directivo y profesionales de apoyo un Plan de contingencia que involucre la familia . -Evaluar derivación tribunales.

Alumnos de 1º a 8º año

4. Ingresar, consumir, portar y vender cigarrillos, drogas y Marihuana.

Por primera vez: Citación apoderado y anotación en libro de clases, entrevista con profesional acorde Retiro de Objeto como medio de prueba. Por segunda vez : Registro libro de clases -Involucrar familia en sanciones formativas de acuerdo a gravedad de la falta. Reincidencia:

Entrevista de profesor jefe y equipo directivo Entrevista con el apoderado Formular Plan de contingencia involucrando equipo directivo , profesionales de apoyo y familia . Evaluar denuncia al tribunal correspondiente u Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia

Alumnos de Pre Básica a 8º año

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(OPD) dependiendo de la gravedad

5. Agredir verbal y/o físicamente a sus pares y al personal que labora dentro del establecimiento.

Por primera vez: Citación e información a los apoderados de los alumnos involucrados y anotación en libro de clases,. Derivación al centro médico para constatar lesiones. Por segunda vez : Anotación en libro de clases y citación apoderado Derivación al centro médico para constatar lesiones. Sanción : Acordada por equipo directivo Reincidencia:

Entrevista con profesor jefe e inspector general . –Recomendaciones formativas. Entrevista con el o los apoderados y profesionales de apoyo . - Entrevista con profesor jefe e inspector general . –Recomendaciones formativas. . Formular Plan de contingencia involucrando equipo directivo , profesionales de apoyo y familia

Alumnos de Pre Básica a 8º año

6. Ingresar, portar y venta de material pornográfico (fotos, material audiovisual y otros).

Por primera vez: Citación apoderado y anotación en libro de clases, Retiro de Objeto como medio de prueba. -Sanción formativa. Por segunda vez : -Citación apoderado. Retiro de Objeto como medio de prueba. Sanción formativa de acuerdo a la falta. Reincidencia: Evaluación sanción por equipo directivo.

Entrevista con profesor jefe e inspector general –Recomendaciones formativas. Entrevista apoderado y profesionales de apoyo. -Recomendaciones. formativas . Formular plan de contingencia -Evaluación derivación -a Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia (

Alumnos de 2º a 8º año

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VII.- DISPOSICIONES FINALES

1.-El presente reglamento será difundido a través de la entrega de un ejemplar previa firma de su toma de conocimiento. Se realizará el análisis de él en reuniones de Padres y Apoderados. Para los alumnos se analizará en las horas de Orientación quedando registradas en el libro de clases. 2.-Los Docentes y Asistentes de la Educación tomarán conocimiento entregándosele un ejemplar para su correspondiente análisis en reuniones programadas especialmente para sus modificaciones. 3.-Se someterá revisión en el mes de Diciembre de cada año para su modificación o actualización si fuese necesario, dándose a conocer al inicio del año escolar a todos los estamentos involucrados. 4.-La Escuela creará instancias para mejorar las relaciones entre los distintos miembros de la comunidad creando y fortaleciendo lazos de amistad y sana convivencia ( Plan específico de Convivencia Escolar 2018.

7. Manifestaciones de connotación sexual erótica y o Agresión sexual a sus compañeros (as) y personal de la escuela.

Por única vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. -Sanción formativa acordada con equipo de gestión y profesionales de apoyo Reincidencia: Evaluación de sanción por equipo directivo.

Entrevista profesor jefe y equipo directivo con recomendaciones formativas Entrevista con el apoderado y profesionales competentes. -Evaluar denuncia y o derivación a tribunales según tipo de falta o a Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia (OPD) y entrega de los medios de prueba, constatación de lesiones .

Alumnos 4º a 8º año

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5.-La Escuela procurará mantener un trato igualitario, sin discriminación étnica, social, religiosa, política etc. Para todos los miembros de la Comunidad Escolar.

Toda eventualidad o situación no contemplada en el presente Reglamento Interno, deberá ser resuelta por el Director del establecimiento educacional con su equipo directivo y el Consejo de Profesores.

40 VIII- DEL PROCESO DE ELABORACIÓN Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1 a. Fecha de Elaboración

20/04/2018 b. Fecha última Actualización

030/06/2018

c. Período de Vigencia Actual

1 año d. Fecha de recepción en DEPROV.-

2. Actores Educativos que Participan en su última actualización.-

Actor Educativo SI NO Observaciones

Directivos Docentes x 2 Jornadas de análisis entrega de sugerencias y modificaciones

Docentes x

Apoderados / as x Entrega del documento lectura y sugerencias de los Padres

Estudiantes x Análisis del documento en consejo de curso con su profesor se recibieron sugerencias

Paradocentes y Auxiliares

x Análisis del documento en reunión de Paradocentes , se recogen sugerencias

3 Actividades de Difusión Del Reglamento,

Destinatario Actividad Realizada

Directivos Docentes Realización de jornada de difusión en Consejo Técnico y administrativo. Docentes

Apoderados/ as Entrega del documento definitivo

Estudiantes Lectura del documento en la formación matinal y consejos de curso

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Paradocentes y Auxiliares.

Lectura del documento en reuniones del Gremio.

Consejo Escolar Entrega y lectura del documento .

Resultados Marcar Plazo de Devolución del Reglamento Convivencia Escolar a Departamento Provincial de Educación.

a.

Aprobado

b.

Aprobado con Observaciones

c.

Rechazado

Observaciones:

__________________________________ _______________________________ Firma Supervisor/ a Evaluador/ a Firma Director/ a Establecimiento Educacional .- VIII.- VIGENCIA :

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ANEXOS :

1.- PROTOCOLO DE NORMAS Y/O PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER

CONFLICTOS ENTRE LO ALUMNOS Y ALUMNAS 2018 DEFINICIONES:

- Conflicto: Conjunto de una o más situaciones excluyentes en donde participantes de la comunidad educativa se ven involucrados en un problema o dificultad que genera un enfrentamiento.

Para resolver conflictos entre los estudiantes se aplicarán las siguientes técnicas las que quedarán a cargo de su aplicación los siguientes profesionales: Encargado de convivencia escolar, inspector general duplapsicosocial, Profesor, Director y otros.

a) Negociación b) Mediación Escolar. c) Arbitraje.

Técnicas de resolución pacífica de conflictos. Esta técnica permitirá a los miembros de la Comunidad Educativa Miguel Huentelen, afrontar positivamente los conflictos, sobre todo cuando la falta cometida se relacione con conflictos interpersonales peleas entre alumnos, conflictos con los apoderados, agresiones verbales y físicas hacia los profesores y los integrantes de la comunidad educativa.

15. Definir el conflicto (registro, informe)

16. Identificar a los participantes.

17. Contención emocional.

18. Conversación con participantes dirección y encargado de convivencia.

19. Dialogo entre pares (una vez tranquilos y calmados).

20. Investigación de posibles causas del conflicto. (dirección y encargado de

convivencia)

21. Conocer los motivos de la o las personas afectadas.

22. Valorar el punto de vista de las diferentes partes.

23. Búsqueda de posibles soluciones entre las partes.

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24. Identificar estilos de solución. (mediación, negociación, etc.)

25. Establecer acuerdos entre los involucrados.

26. Informar las sanciones pertinentes para cada conflicto de acuerdo a lo

establecido en reglamento interno.

27. Solución del conflicto.

28. En caso de no haber solución mediara dupla psicosocial.

Descripciones de estilo de soluciones.

Negociación (Primera instancia)

Es una técnica de resolución pacífica de conflictos que se ejecuta a través de

dos o más partes involucradas que dialogan cara a cara, analizando la dificultad

y buscando un acuerdo que resulte mutuamente aceptable, para alcanzar así

una solución al problema.

Mediación (Segunda instancia)

Mecanismo en el cual interviene un tercero que ayuda a las partes para arribara una solución pero sin proponer fórmulas de solución. El papel del tercero, es mejorar la comunicación entre las partes para que estas precisen con claridad el conflicto, descubran sus intereses y generen opciones para hacer realizable un acuerdo satisfactorio.

El mediador es una personal neutral que no tiene interés personal en el resultado por lo que la suspicacia y la desconfianza se reducen al mínimo.

A su vez, es una forma de abordaje de los conflictos que no establece culpabilidad ni sanciones, sino busca un acuerdo, restablecer la relación y reparación cuando es necesario. Nos otorga una posibilidad a ser ejecutada por los estudiantes o entre los distintos estamentos institucionales (docentes, estudiantes, directivos, asistentes de la educación).

Arbitraje Pedagógico. (Tercera instancia)

Es un modo de resolución de conflictos en donde un tercero a quien se le ha atribuido un poder decide la resolución que le parezca justa respecto al conflicto presentado. Dicha atribución debe hacerse por medio de un diálogo franco, respetuoso, seguro, escucha activa a la posición e intereses de las partes antes de determinar una salida justa a la situación planteada.

El arbitraje pedagógico será realizado por el docente o profesional asignado según el tipo de conflicto y su severidad (faltas leves, menos graves y graves).

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TIPIFICACION Y GRADUALIDAD DE LAS FALTAS

FALTAS LEVES: actitudes y comportamientos que alteran la convivencia sin llegar a producir daño físico y/o psicológico a otros miembros de la comunidad y que se manifiestan ocasionalmente.

PROCEDIMIENTO RESPONSABLE

Conversación con el alumno en términos de reforzamiento positivo.

El responsable de este procedimiento puede ser el inspector , profesor de asignatura ,encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo.

Registro en libro de clases El responsable de este procedimiento es el, profesor jefe o de asignatura . El inspector , encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo puede sugerir al profesor jefe el registro de alguna observación .

Citación apoderado

-Responsabilidad del profesor jefe o inspectoría general.

FALTAS LEVES SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

1. No justificar inasistencia a clases.

Amonestación simple. Registro en cuaderno de justificaciones.

Entrevista con el profesor jefe

Alumnos de Pre básica a 8º año

2. Presentarse a clases con maquillaje, joyas (aros largos, anillos, pulseras)

Por primera vez: Amonestación simple, Retiro inmediato del maquillaje, pintura y joyas (anotación en el libro de clases) Por segunda vez :

Entrevista profesor jefe, -Sugerencias formativa

Alumnos de 1º a 8º año

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Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Sanción formativa

Entrevista con el apoderado.

4. Utilizar Celulares y equipos de música en salas de clases como medio de entretención que entorpece la labor Docente.

Por primera vez: Amonestación simple y retiro inmediato del celular apagado o equipo de música (anotación en el libro de clases y comunicación a apoderados). Por segunda vez : Retención del celular Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Se retiene el equipo hasta final de Semestre y anotación en libro de clases

Entrevista con el profesor jefe -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado entrega del equipo al apoderado.

Alumnos de 1º a 8º año

5.- Presentarse sin uniforme escolar y/o delantal, buzo del colegio.

Por primera vez: Diálogo con el estudiante con un registro escrito en el libro de clases. Por segunda vez : Amonestación simple (anotación en el libro de clases y comunicación a apoderados). Por tercera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases.

Entrevista profesor de la asignatura que le corresponda, haciéndole ver su falta. Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado.

Alumnos de Pre básica a 8 año

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FALTAS GRAVES : Todas aquellas que atenten contra la integridad física y/o psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones que afecten la sana convivencia escolar, proceso educativo, académico y valórico ya sea dentro como fuera del aula de clases

PROCEDIMIENTO RESPONSABLE

Conversación con el alumno Y reforzamiento positivo

)El responsable de este procedimiento puede ser el inspector , profesor de asignatura ,encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo.

Registro en el libro de clases

El responsable de este procedimiento es el, profesor jefe o de asignatura .

6. Presentarse sin útiles y materiales escolares.

Por primera vez: Amonestación simple). Por segunda vez : Amonestación y registro en libro de clases. Por tercera vez: Citación de su apoderado, anotación en libro de clases

Entrevista profesor de la asignatura -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado. Sugerencias formativas

Alumnos de Pre básica a 8 año

7. Incumplimiento de deberes escolares (no trabajar en clases, no hacer tareas, no seguir las normas de la sana convivencia dentro del aula, entre otras)

Por primera vez: -Amonestación Verbal Por segunda vez : Amonestación Verbal con registro en libro de clases Por tercera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. Reincidencia: Sanción formativa a definirse en P. de contingencia

Entrevista profesor jefe, Entrevista con el apoderado. Sugerencias formativas. -Entrevista con apoderado y sugerencias formativas. Plan de intervención pedagógica .

Alumnos de Pre básica a 8 año

8,. Otras…..

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El inspector , encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo puede sugerir al profesor jefe el registro de alguna observación .

derivación a inspectoría general

Quien detecta la falta :profesor jefe, asignatura, Inspector , otro

Citación apoderado

Inspectoría general

Derivación Convivencia Escolar (si procede)

Inspectoría general

derivación a Psicóloga(si procede

Encargada de Convivencia Escolar Inspector General

Suspensión, o servicios comunitarios(ayudar a limpiar salas, pasillos ordenar libros etc) o pedagógicos (acompañar en sala a cursos más pequeños, preparando material o apoyo en aula).Todo esto de común acuerdo con el apoderado

Inspectoría general y/o dirección Equip Directivo.

FALTAS GRAVES SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

1. Rayado de murallas y destrucción de mobiliario, textos y material de estudio, equipos tecnológicos.

Por primera vez: Citación del apoderado, anotación en libro de clases. Reparación de daños. Por segunda vez: Citación de su apoderado para informar sobre la situación ocurrida. Reparación de daños. Por tercera vez:reparación de

Entrevista con el Inspector General y Encargado de Convivencia -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado, Sugerencias formativas.

Alumnos de Pre Básica a 8º año

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daños anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

2. Falta de respeto al personal Directivo, Docente, Asistente de la Educación o cualquier miembro de la comunidad educativa.

Por primera vez: Amonestación con disculpas y anotación en libro de clases. Por segunda vez: Informar situación apoderado. Anotación libro de clases. Por tercera vez: Informar a apoderado, Anotación libro de clase . Sanción formativa de acurdo a la falta

Entrevista con el profesor jefe, inspector general. -Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado,. Citación del apoderado para informar motivo de y tipo de sanción

Alumnos de Pre Básica a 8º año

3. Abandonar la sala sin autorización del profesor durante el período de clases.

Por primera vez: Amonestación simple Por segunda vez : Amonestación y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Sanción. Actividad formativa de apoyo en el curso (aseo,minitor,otra)

Entrevista con el profesor. Sugerencias formativas Entrevista con el apoderado con sugerencias formativas e informar de sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

4. Portar objetos corto punzantes, manoplas u otros afines.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases con retiro especies. Por segunda vez : Citación apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Citación apoderado. Anotación libro de clases.

Entrevista con el director y profesor jefe haciéndole ver su falta y aconsejándole para un cambio de actitud. Entrevista con el apoderado. Citación del apoderado para informar el motivo de la sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

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Sanción formativa de acuerdo a la falta.

5.-Destruccion de objetos de otros estudiantes

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases con retiro especies. Por segunda vez : Citación apoderado y anotación en libro de clases. Por tercera vez: Citación apoderado. Anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

Entrevista con el director y profesor jefe haciéndole ver su falta y aconsejándole para un cambio de actitud. Entrevista con el apoderado. Citación del apoderado para informar el motivo de la sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

6.-. Incumplimiento de

deberes escolares

(no trabajar en clases,

no hacer tareas, no

seguir las normas de

la sana convivencia

dentro del aula, entre

otras)

Por primera vez: Amonestación con disculpas y anotación en libro de clases. Por segunda vez: Informar situación apoderado. Anotación libro de clases. Por tercera vez: Informar a apoderado, Anotación libro de clase . Sanción formativa de acurdo a la falta

Entrevista con el director y profesor jefe haciéndole ver su falta y aconsejándole para un cambio de actitud. Entrevista con el apoderado. Citación del apoderado para informar el motivo de la sanción

Alumnos de 1º a 8º año

7.-Agresión física entre estudiantes .

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases con retiro especies. Por segunda vez : Citación apoderado y anotación en libro de clases.

Entrevista con el director y profesor jefe haciéndole ver su falta y aconsejándole para un cambio de actitud. Entrevista con el apoderado.

Alumnos de 1º a 8º año

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FALTA GRAVÍSIMAS : Son aquellas que atenten contra la integridad física y /o psicológica de otro miembro de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delitos.

PROCEDIMIENTOS RESPONSABLES

1.-Conversación con el alumno y reforzamiento positivo

El responsable de este procedimiento puede ser el inspector , profesor de asignatura ,encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo.

Registro en el libro de clases

El responsable de este procedimiento es el, profesor jefe o de asignatura . El inspector , encargado de convivencia o cualquier miembro del cuerpo docente y o directivo puede sugerir al profesor jefe el registro de alguna observación .

Citación apoderado

Inspectoría general

5.-Derivación Convivencia Escolar (si procede)

Inspectoría general

Derivación a Psicóloga: (si procede)

Convivencia Escolar Inspectoría general

Suspensión y/o condicionalidad de matrícula (si procede.)

Equipo directivo

Por tercera vez: Citación apoderado. Anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta

Citación del apoderado para informar el motivo de la sanción

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FALTAS GRAVÍSIMAS

SANCIONES ORIENTACIONES NIVEL DE APLICACION

1.- Abandonar el establecimiento en horas de clases o recreos y retirarse sin autorización.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases. Por segunda vez: Anotación libro de clases con citación apoderado para informar sobre la situación ocurrida. Por tercera vez: -Anotación libro de clases. Sanción formativa de acuerdo a la falta

Entrevista con profesor jefe e inspector general. Sugerencias y recomendaciones formativas. Citación del apoderado y recomendaciones formativas e informar de sanción.

Alumnos de 1º a 8º año

2. Utilizar celulares u otros objetos tecnológicos para grabar dentro del colegio a personas sin autorización con la finalidad de burla y denostación, compartiendo el material en redes sociales.

Por primera vez: Amonestación y anotación en libro de clases. Citación de apoderado para informar Retención objeto tecnológico que será entregado a su apoderado. Por segunda vez: - Amonestación y anotación libro de clases. Retención objeto tecnológico por el semestre. Sanción formativa de acuerdo a la falta.

Entrevista con profesor jefe e inspector general. -Recomendaciones formativas en relación a gravedad de la falta y sanciones legales de la misma Citación del apoderado . Citación apoderado ,recomendaciones formativas e información de sanciones .

Alumnos de 1º a 8º año

3. Ingresar y hacer uso de objetos corto punzante y armas de fuego.

Por primera vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases,

Entrevista con inspector general y profesor jefe.

Alumnos de 1º a 8º año

Page 54: REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR PARA … · DE ÍNDOLE TECNICO-PEDAGOGIO. Modelo Curricular: el modelo curricular adoptado por el establecimiento se basa en ... El consejo

entrevista con profesional acorde Retiro del objeto y/o arma. Por segunda vez : Anotación en libro de clases. Sanción : Acordada por equipo directivo. Reincidencia:

-Recomendaciones y sugerencias formativas al alumno Entrevista con el apoderado informando situación . Diseñar con equipo directivo y profesionales de apoyo un Plan de contingencia que involucre la familia . -Evaluar derivación tribunales.

4. Ingresar, consumir, portar y vender cigarrillos, drogas y Marihuana.

Por primera vez: Citación apoderado y anotación en libro de clases, entrevista con profesional acorde Retiro de Objeto como medio de prueba. Por segunda vez : Registro libro de clases -Involucrar familia en sanciones formativas de acuerdo a gravedad de la falta. Reincidencia:

Entrevista de profesor jefe y equipo directivo Entrevista con el apoderado Formular Plan de contingencia involucrando equipo directivo , profesionales de apoyo y familia . Evaluar denuncia al tribunal correspondiente u Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia (OPD) dependiendo de la gravedad

Alumnos de Pre Básica a 8º año

5. Agredir verbal y/o físicamente a sus pares y al personal que labora dentro del establecimiento.

Por primera vez: Citación e información a los apoderados de los alumnos involucrados y anotación en libro de clases,.

Entrevista con profesor jefe e inspector general . –Recomendaciones formativas. Entrevista con el o los apoderados y profesionales de apoyo .

Alumnos de Pre Básica a 8º año

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Derivación al centro médico para constatar lesiones. Por segunda vez : Anotación en libro de clases y citación apoderado Derivación al centro médico para constatar lesiones. Sanción : Acordada por equipo directivo Reincidencia:

- Entrevista con profesor jefe e inspector general . –Recomendaciones formativas. . Formular Plan de contingencia involucrando equipo directivo , profesionales de apoyo y familia

6. Ingresar, portar y venta de material pornográfico (fotos, material audiovisual y otros).

Por primera vez: Citación apoderado y anotación en libro de clases, Retiro de Objeto como medio de prueba. -Sanción formativa. Por segunda vez : -Citación apoderado. Retiro de Objeto como medio de prueba. Sanción formativa de acuerdo a la falta. Reincidencia: Evaluación sanción por equipo directivo . -Condicionalidad de matricula.

Entrevista con profesor jefe e inspector general –Recomendaciones formativas. Entrevista apoderado y profesionales de apoyo. -Recomendaciones. formativas . Formular plan de contingencia -Evaluación derivación -a Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia (

Alumnos de 2º a 8º año

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CONSIDERACIONES EN RELACIÓN A INFRACCIONES DISCIPLINARIAS Acción Previa a una Sanción Al momento de presentarse y/o investigarse un posible incumplimiento a la reglamentación interna del establecimiento se debe: 1.- Respetar el debido proceso, de acuerdo a los protocolos internos.

2.- Presumir la inocencia de los involucrados.

3.- Conocer las versiones de todos los involucrados que resulten importantes para la investigación.

4.-Considerar el contexto y las circunstancias que rodearon la posible falta.

5.-Reconocer el derecho a la apelación de las resoluciones que imponen sanciones disciplinarias.

6.- Orientar las acciones hacia la reparación de los afectados.

7. Manifestaciones de connotación sexual erótica y o Agresión sexual a sus compañeros (as) y personal de la escuela.

Por única vez: Citación de su apoderado y anotación en libro de clases. -Sanción formativa acordada con equipo de gestión y profesionales de apoyo Reincidencia: Evaluación de sanción por equipo directivo que puede implicar condicionalidad o cancelación de matricula .

Entrevista profesor jefe y equipo directivo con recomendaciones formativas Entrevista con el apoderado y profesionales competentes. -Evaluar denuncia y o derivación a tribunales según tipo de falta o a Oficina Protección de los Derechos de la Infancia y Adolescencia (OPD) y entrega de los medios de prueba, constatación de lesiones .

Alumnos 4º a 8º año

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7.- El nivel de responsabilidad que cada uno tiene sobre sus acciones.

8.-La reiteración de la falta, en especial si ésta ya ha sido sancionada.

10.-La naturaleza y extensión del daño causado . 11.-Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. Criterios de Aplicación : 1.- Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. c) Grado de responsabilidad del o los involucrados; El carácter vejatorio o humillante de la falta ; Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento. d) La conducta anterior del responsable. e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. f) La discapacidad o indefensión del afectado Suspensión Preventiva o Correctiva 1.- Al estudiante sancionado se le suspende de una parte o de la totalidad de sus actividades por cometer falta u omisiones graves a las normas de desempeño o convivencia dentro de la escuela. La sanción disciplinaria puede ir desde un día de

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clases y hasta tres días, acompañada de un plan de intervención disciplinaria determinado por el Equipo Directivo y dupla Psicisocial, según la gravedad de la falta y los antecedentes previos que tenga el estudiante. 2.- La suspensión se hará efectiva una vez que el apoderado toma conocimiento de la falta, para lo cual será citado por vía escrita y telefónica. En caso de que el apoderado no asista al colegio a tomar conocimiento de la situación, se le realizará visita con la asistente social de la escuela. 3.- De persistir el incumplimiento y negación de asistir a la escuela por parte del apoderado, se suspenderá al estudiante informando mediante carta al apoderado, la cual será entregada personalmente con una visita de la asistente social de la escuela. 4.- En forma no excluyente de lo anterior, el Inspector General podrá hacer petición o exigencia al estudiante y al apoderado de una o más de las siguientes circunstancias y de las que dará cuenta, junto con su apoderado, el día de su regreso a clases: - Atención por especialistas internos (psicólogo, orientador u otro) - Derivación a especialistas externos (neurólogo, psicólogo, psiquiatra u otro). - Realización de una o más tareas, trabajos o investigación relacionada a las faltas. - Ejecución de un trabajo comunitario, social, solidario u otro pertinente. - Declaración pública verbal (ante su curso) del reconocimiento de su error y sus propios desafíos de reparación en su sala de clases con sus compañeros y con el profesor jefe presente. 5. El apoderado podrá apelar de las medidas tomadas presentando antecedentes relevantes ante un tercero que puede ser el consejo escolar o Comité de disciplina del establecimiento en un plazo no mayor a tres días hábiles , quien resolverá con consulta al Equipo Directivo en un plazo no superior a 10 días hábiles desde el momento de recepcionada la apelación . Dicha instancia deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista los antecedentes que se encuentren disponibles. Respecto de esta resolución no existirán más recursos que interponer.- 6.- Se entenderá por APELACIÓN la presentación de un escrito, siempre después de la aplicación de una sanción, firmado por el estudiante y por su apoderado, que cumpla con el siguiente contenido y condiciones: - Mención específica de la sanción a cuya aplicación se apela. - Argumentos que demuestran la inaplicabilidad de la sanción. 7.- En caso de apelación, el Comité de disciplina tomando en cuenta los antecedentes, podrán ratificar o solicitar al Equipo Directivo reconsiderar la

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sanción. La resolución final deberá quedar consignada en la hoja de vida del alumno y en el acta de atención de apoderados en Inspectoría General o libro de novedades diarias.. 8-El Comité de Disciplina , estará conformado por : - Encargado e Convivencia Escolar. - Dupla Psicosocial del establecimiento. - Profesores Encargados de primero y segundo ciclo. 8.1.- Tendrá carácter consultivo en relación a faltas disciplinarias . 8.2.- Será responsable de acoger las apelaciones en caso de problemas disciplinarios ,, maltrato y o abusos DORIS SÁNCHEZ N CLAUDIO SANHUEZA V.

Encargada Convivencia Director

Actualizado Julio 2018.

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2.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL

I .-CONSIDERACIONES GENERALES: 1.- La prevención y acción frente al maltrato y abuso sexual infantil es una tarea ineludible del sistema escolar y de la comunidad educativa en su conjunto, ya que es en este ámbito que se espera que los estudiantes alcancen su pleno desarrollo afectivo y social saludable. 2.- En nuestra Unidad Educativa uno de los objetivos fundamentales es ser un espacio protector y acogedor , especialmente para aquellos que presenten algún tipo de vulneración de derechos. 3.- En relación a situaciones de maltrato y abuso sexual infantil, nuestra escuela asume las siguientes responsabilidades : 3.1.- Priorizar siempre el interés superior del niño(a) o adolescente (protección). 3.2.- No omitir o minimizar algún hecho o situación de sospecha (puede aumentar el riesgo de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, agravando el daño). 3.3. Para la implementación de este protocolo la escuela deberá

conformar un equipo de protección que debería estar

conformado por psicólogo/a y encargada/o convivencia escolar.

3.4.- El establecimiento entregará los antecedentes que corresponde a las

redes externas de apoyo .

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3.5. - No abordar a el o a los posibles agresores, dado que puede obstruir la

investigación y la reparación del daño en el niño(a) o adolescente; puede

provocar algún tipo de consecuencia que aumente el riesgo y se produzca una

doble victimización y daño.

II.-DEFINICIÖN El maltrato infantil se entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y adolescentes, de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión ( falta de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y requerimientos del menor, sea en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión, (formas en que se le niega al menor el ejercicio y goce de sus derechos; por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela, etc.) o transgresión ( acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el menor, tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros) Tipos de maltrato infantil 1.-- Maltrato físico: cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoquen daño físico o enfermedad en el niño(a) o adolescente . Puede tratarse de un castigo único o repetido grave, menos grave o leve. La edad de los involucrados, la existencia de vínculos de parentesco o subordinación entre víctima y agresor, son criterios que permiten establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones .considerando, por ejemplo así como si la agresión ocurrió como defensa propia o fue cometida en complicidad con más agresores, etc De acuerdo a criterios médicos: Lesiones graves: todas aquellas que causan en el niño(a) o adolescente enfermedad o incapacidad de 31 días o más de duración Lesiones menos graves: aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea más de 15 días o menos de 31, considerando además la calidad de las personas y circunstancias del hecho.

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2.-Maltrato emocional o psicológico: es el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño(a) o adolescente. 3.-Negligencia: falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los niños(as) y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales. 4.- Abandono emocional: es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa), expresiones emocionales y/o conductas de los niños(as) y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto por parte de una figura adulta estable. 5.- El abuso sexual : forma grave de maltrato infantil. Corresponde al contacto o interacción entre un niño(a) con un adulto, en el cual el menor es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños(as) o adolescentes del mismo o diferente sexo del agresor. Es un delito y se castiga por la ley, ya que viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial cuando son niños(as) o adolescentes. TIPOS DE ABUSO SEXUAL: 5.1.- Abuso sexual propio: acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño(a) o adolescente generalmente consiste en tocaciones del agresor(a) hacia el menor o de estos al agresor(a), pero inducidas por él mismo(a). 5.2.-.-Abuso sexual impropio: es la exposición a niño/a o adolescente de hechos de connotación sexual, tales como: exhibición de genitales, realización del acto sexual, masturbación, sexualización verbal, exposición a pornografía. 5.3.- Violación: todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, que se realiza sin el consentimiento de la víctima. 5.4.- Estupro: realización del acto sexual, aprovechándose de la inexperiencia sexual de la víctima o que se basa en una situación de abuso de autoridad. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado. 5.5.- Grooming: fenómeno social asociado al engaño por Internet, ejercido por adulto normalmente con falsa identidad para ganarse la confianza de un (una) menor con fines de satisfacción sexual. El objetivo es obtener imágenes del o la

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menor desnudo o realizando actos sexuales. En ocasiones el acosador llega al contacto físico para concretar el abuso sexual. Está muy relacionado con la pederastia y la pornografía infantil en Internet, pudiendo ser el grooming un delito preparatorio de otro delito sexual más grave aún 6.-SEÑALES DE ALERTA. 6.1 .- Signos o síntomas de disfuncionalidad o anomalía en el desarrollo físico y/o psíquico del niño(a) o adolescente que no corresponden con el momento evolutivo del mismo y que no responden a causas orgánicas. Indican que algo sucede. Estos síntomas no dicen nada por sí mismos si se presentan de manera aislada y de forma puntual. Pasan a ser señales de alerta cuando son persistentes en el tiempo. 6.2.- Indicadores físicos: 1) Dolor o molestias en el área genital.

2) Infecciones urinarias frecuentes.

3) Cuerpos extraños en ano y vagina.

4) Retroceso en el proceso de control de esfínter, es decir, se orinan (enuresis) o defecan (encopresis).

5) Comportamiento sexual inapropiado para su edad, tales como: masturbación compulsiva, promiscuidad sexual, exacerbación en conductas de carácter sexual.

6) Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos 6.3.- Indicadores emocionales, psicológicos y conductuales: 6.3.1.- Cambios repentinos en conducta y/o en el rendimiento escolar.

6.3.2.- Dificultad en establecer límites relacionales, tales como

desconfianza o excesiva confianza.

6.3.3 .-Resistencia a regresar a casa después del colegio.

6.3.4 .-Retroceso en el lenguaje.

6.3.5.-Trastornos del sueño.

6.3.6.-Desórdenes en la alimentación.

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6.3.7.-Fugas del hogar.

6.3.8.-Autoestima disminuida.

6.3.9.-Trastornos somáticos (dolor de cabeza y/o abdominal,

desmayos).

6.3.10.- Ansiedad, inestabilidad emocional.

6.3.11.- Sentimientos de culpa.

6.3.12.- Inhibición o pudor excesivo.

6.3.13.-Aislamiento, escasa relación con sus compañeros.

6.3.14.-Conducta sexual no acorde a la edad, como masturbación

compulsiva; verbalizaciones, conductas, juegos sexuales o

conocimientos sexuales inapropiados para su edad; agresión

sexual a otros niños, etc.

6.3.15.- Miedo a estar solo o con algún miembro específico de la

familia

6.3.16.-Intentos de suicidio o ideas suicidas.

6.3.17.- Comportamientos agresivos y sexualizados. III PROCEDIMIENTOS DE ACCIÓN ANTE EL ABUSO SEXUAL Consideraciones generalas : 1.- El presente Protocolo de Actuación contempla toda situación de maltrato y abuso sexual infantil definida en el presente Anexo. 2.- El responsable de llevar a cabo este Protocolo de Actuación es el encargado de convivencia escolar y sus funciones son: 2.1.- Resguardar el derecho de niños, niñas y adolescentes. 2.2.-Mantener informado al director del establecimiento educacional para que este tome las medidas pertinentes de acuerdo al caso y a la normativa, durante todo el proceso 2.3.-Liderar la implementación del Protocolo de Actuación, cuidando de resguardar el interés superior del niño(a) o adolescente, en conjunto con el equipo de convivencia del establecimiento educacional.

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2.4.- Derivar el caso a organismos especializados para la detección del maltrato y/o abuso sexual, en caso de ser necesario.

2.5.- En caso de confirmarse dicho fenómeno recabar la información necesaria para colaborar con la investigación, acompañando a los involucrados, sus familias y a la comunidad educativa en general. 2.6.- Conocer el estado de la investigación. Si esta se hubiera iniciado, de las eventuales medidas de protección que se aplicarán, etc.

2.7.- Colaborar con la justicia durante el proceso, facilitando información, declarando en calidad de testigo, etc. 3.- Si no se encuentra el encargado de convivencia escolar, este será subrogado por las siguientes personas en el orden que se mencionan: 3.1.- Asistente social. 3.2.- Sicólogo o encargado de Orientación y Familia 3.3.-Inspector General 4.- Procedimiento ante sospecha: 4.1.- Si un miembro de la comunidad educativa sospecha que un estudiante está siendo víctima de algún tipo de maltrato o abuso sexual, deberá informar inmediatamente al director del establecimiento, remitiendo los antecedentes que funden sus sospechas, quedando respaldo escrito de dicha denuncia. 4-2.- Recibida una denuncia de maltrato o abuso sexual, esta debe ser notificada por el director del colegio al encargado de convivencia escolar, quien es el responsable de coordinar las acciones correspondientes. 4.3.- Solo si la situación lo requiere, deberá solicitar al sicólogo del colegio que realice una entrevista preliminar con el niño(a) o adolescente. 4.-4.- Si se observan señales físicas en el cuerpo del niño(a) o adolescente, o este(a) expresa alguna molestia física que le haga sospechar de maltrato y/o abuso sexual, el profesional encargado del Protocolo de Actuación debe acompañarlo al centro asistencial más cercano para que lo examine, como lo haría

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si se tratase de un accidente escolar. Solo deberá entregar información en caso que el menor haya efectuado un relato de lo sucedido . 4.5.- Reunidos los antecedentes, el encargado de convivencia escolar, en conjunto con el director del establecimiento, sicólogo, orientador otro, resolverán si la situación es considerada: 4.5.1.- Sospecha de maltrato o abuso sexual infantil. 4.5.2.- Antecedentes fundados de maltrato o abuso sexual infantil. 4.5.3.- En caso que sea una sospecha, el encargado de convivencia escolar o el director, procederán de la siguiente forma: 4.5.3.0.-Recabar información respecto a la sospechas de abuso sexual 4.5.3.1.-No abordar al o los posibles agresores para evitar mayores Riesgos. 5.3.2.- Informar a la familia respecto de los antecedentes y de los pasos a seguir. 5.3.3.- Tomar contacto con las instituciones de la red local de prevención , OPD ( Oficina de Protección de los Derechos u otras instituciones a quienes derivar los antecedentes recopilados si fuere necesario 5.3.4.- Informará de la situación a la sicóloga(o), quien estará a cargo de las medidas de contención necesarias. 5.4.5.-Tomar medidas necesarias para evitar contacto entre víctima y victimario. 6.- Procedimiento ante antecedentes fundados de maltrato o Abuso sexual infantil. 6.1.- Si el sospechoso fuere otro alumno del establecimiento informar a ambas familias de la situación y de los pasos a seguir .6.2.- Realizar la denuncia ante Carabineros, PDI o Ministerio Público. Esta denuncia debe ser realizada por el director, de las primeras 24 horas. Si el victimario es un menor de edad, se debe hacer las siguiente distinción:

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6.2.1.- Estudiante victimario menor de 14 años: conducta de connotación sexual y no delito. Implica solo medidas de protección (OPD comunal). 6.2.2.- Estudiante victimario mayor de 14 años: Amerita denuncia formal ante tribunales .de familia, carabineros, otros. 6.3.- Tomará contacto con instituciones de la red local de prevención y atención (OPD) u otras instituciones de la red Sename, centros de tención primaria, centros de atención de violencia intrafamiliar, entre otros), a las que derivará los antecedentes recopilados. 6.4.- Informará de la situación a la sicóloga(o), quien estará a cargo de las medidas de contención necesarias. 6.5.- Si como resultado de la investigación el sospechoso resultare culpable de maltrato o abuso sexual infantil, se aplicarán las siguientes medidas: 6.5.1.- Si es un funcionario del establecimiento, será desvinculado de la institución. 6.5.2.- Si es un alumno, se cancelará su matrícula. 6.5.3.- Si es un apoderado, se realizará cambio de apoderado. 7.- Medidas de apoyo pedagógicas: 7.1.- El Establecimiento Educacional no debe perder de vista su rol formativo por lo que deberían tomarse las siguientes medidas de contención, de apoyo psicosocial y pedagógicas: 7.2.- El director del establecimiento, o el encargado de convivencia escolar, informa a los docentes con la debida reserva del caso. No es necesario que los profesores conozcan la identidad de los involucrados, así como tampoco los detalles de la situación. Se espera que los profesores: 7.3.- Eviten rumores y/o acciones discriminadores, o de otra naturaleza, que perjudiquen el bienestar de los estudiantes. 7.4.- Contribuyan a conservar su rutina cotidiana, evitando la estigmatización y promoviendo la contención , en relación al niño(a) o adolescente afectado. 7.5.- Definir estrategias de trabajo formativo y pedagógico en las diferentes asignaturas. 7-6- Definir estrategias de información y/o comunicación con el resto de los compañeros.

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8.- Acciones con la familia: El Director, Encargado de convivencia y o Inspector general definen estrategias de información con apoderados, padres y o madres como: 8.1.- Explican la situación en términos generales, sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles, a fin de evitar distorsiones en la información o situaciones de “secretismos” que generen desconfianzas entre las familias respecto de la labor protectora del establecimiento. 2.- Comunicar y explicar las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán en la comunidad educativa a razón del hecho. 3.- Solicitar colaboración y apoyo de parte de las madres, padres y apoderados, en la labor formativa del establecimiento en torno a este tema. 4.- Dependiendo del caso, el director puede citar a los apoderados del curso o a los subcentros o Centro General de Padres para comunicar el caso. CLAUDIO SANHUEZA V. Director 04/04/ 2018

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3.--PROTOCOLO DE RETENCIÓN DE ESTUDIANTES EN SITUACIÓN DE

EMBARAZO , PADRES Y MADRES

1.- Realizar catastro de situación de embarazo, padre y madres en concordancia

con datos

proporcionados a junaeb.

2.-detectados los casos , el profesor jefe debe entrevistar al estudiante junto a su

apoderado para tomar acuerdos.

En caso que los padres desconozcan la situación , el psicólogo y o asistente

social del

colegio actuarán como mediadores y ofrecerán la contención y apoyo

necesarios .

3.-El profesor jefe informa a UTP para coordinar apoyos pedagógicos y de

asistencia:

- Sistema de evaluación

- Criterios de promoción

- Porcentaje de asistencia; No hacer exigible el 85% de asistencia .

Inasistencias

derivadas por embarazo, parto, post-parto , control de niño sano

enfermedad del

bebé se consideran válidas presentando certificado médico , carné de salud

u otro

documento médico.

-Asistencia a clases de Educación Física : se evaluará si la estudiante

embarazada se

exime o permanece en clases de acuerdo a posibilidades de riesgos.

-En caso de las embarazadas: permitir y facilitar las salidas al baño y la

utilización de

espacios como biblioteca o salas para evitar exponerse acondiciones

climáticas

, stress o accidentes .

-Horarios de Amamantamiento: facilitar la salida de las alumnas para ejercer

esta

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Función como máximo una hora, considerando el tiempo de desplazamiento

. En

caso que el establecimiento cuente con un espacio para dicho acto facilitar

los

Tiempos y resguardos.

-Los permisos por enfermedad de hijo /a menor de un año ,rige tanto para madres

como para los padres , avalado por certificado médico correspondiente .

-Elaborar calendario flexible de estudios: Que incorpore asistencia, permisos ,

horarios de ingreso y salida, consignar la solicitud de documentos (certificados,

carnet ,etc.) quw avalen la situación . Este calendario será firmado por el profesor

jefe ,UTP, apoderado y estudiante , con copia para cada uno .Se debe brindar

apoyo pedagógico necesario mediante tutorías , nombrando un docente que

supervise su realización .

4.- Director, Encargado Convivencia Escolar, Jefe UTP , Psicólogo o asistente

social contactarán a profesional del Daem ,encargado de salas cunas municipales

para ofertar a los estudiantes .

5.- El jefe UTP socializará el calendario de estudios con director/a e inspector/a

para conocimiento y formalización .

6.- Seguimiento del caso por parte del Encargado de Convivencia y o equipo

psicosocial.

CLAUDIO SANHUEZA v.

Director

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4.-PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES:

Consideraciones Generales

1.--El establecimiento Educacional es el responsable de cuidar la integridad

física de los estudiantes durante toda su permanencia en el establecimiento

y durante su participación en otros eventos escolares.

2..--El establecimiento dispondrá de un espacio físico permanente,

habilitado e implementado para el cuidado de los estudiantes que requieran

de una atención por enfermedad repentina o lesiones a causa de un

accidente escolar verificado al interior del colegio.

.- -El establecimiento designará una persona permanente como encargada o

coordinadora de salud para tales eventos.

DE LOS ACCIDENTES DENTRO DEL COLEGIO Del Seguro Escolar de accidentes

1.- Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares del

establecimientos del nivel de educación pre-básica y de enseñanza básica

quedarán sujetos al Seguro Escolar contemplado en el artículo 3° de la ley N°

16.744 por los accidentes que sufran durante sus estudios, o en las

condiciones y con las modalidades que se establecen en el Decreto N° 313,

de 1973, del Ministerio del Trabajo.

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2.- Los estudiantes gozarán de este beneficio del Seguro Escolar de

Accidentes desde el instante en que se matriculan en este establecimiento

educacional.

3.- Los efectos del seguro se suspenderán durante los períodos en que las

personas indicadas no realicen sus estudios , tales como las de vacaciones o

los que puedan producirse con posterioridad al egreso del establecimiento.

4.- El artículo 3° del Decreto N° 313, de 1973, del Ministerio del Trabajo,

señala que se entenderá por accidente toda lesión que un estudiante sufra a

causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica

profesional o educacional si la hubiere, y que le produzca incapacidad o

muerte.

5.- Se considerarán también como accidentes escolar los ocurridos en el

trayecto directo, de ida o regreso al establecimiento educacional respectivo.

6.- El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las

siguientes prestaciones, que se otorgarán gratuitamente hasta su curación

completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el

accidente.

6.1.- Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio. 6.2.- Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante. 6.3.- Medicamentos y productos farmacéuticos. 6.4.- Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. 6.5.- Rehabilitación física y reeducación profesional.

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6.6.- Los gastos de traslados y cualquier otro necesario para el otorgamiento

de estas prestaciones.

7.-Los cambios de actividades, las actividades extraescolares, como también

los viajes de estudios, constituyen actividades asociadas a prácticas

educacionales. Por lo tanto, cada una de las actividades desarrolladas por el

establecimiento y en que participan los estudiantes se encuentra cubiertas

por este Seguro Escolar de accidentes, independiente si estos ocurren dentro

o fuera del territorio nacional, en los términos que el seguro establezca.

8.- En caso de que un(a) estudiante sufra un accidente dentro del colegio, se

procederá como se indica a continuación:

De la atención :

8.1.- El funcionario más cercano al estudiante accidentado deberá tomar inicialmente el control de la situación, responsabilidad que no terminará hasta que lo entregue a la persona encargada de salud escolar del colegio e informe de la situación a inspectoría general .

8.2.- El funcionario o inspector de patio a cargo deberá evaluar

preliminarmente la situación, considerando que si la lesión es superficial, no

existe pérdida del conocimiento y/o no existen dolores internos; pero si

existe sospecha solicitará a la Asistente de aula, si se trata de un niño/a de

primer ciclo, o al Encargado de salud escolar si se trata de un estudiante de

segundo ciclo para efectos de su traslado a la Posta para una evaluación

primaria .

8.3.- Si la evaluación del tens de servicio de posta recomendara su evaluación

de un servicio urgencia hospitalaria , el Inspector general del establecimiento

o quién subrogue comunicará al apoderado de la situación y se resolverá de

inmediato su traslado a dicho centro acompañado del asistente de aula o

encargado de salud correspondiente para que opere el Seguro de Accidentes

Escolares del Estado establecido en el Artículo 3° de la Ley Nº 16.744 de

1968.

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8.4.- Si la situación hace indispensable el traslado en un vehículo con

condiciones médicas adecuadas (ambulancia), se procederá a solicitar la

concurrencia de este vehículo al establecimiento educacional en

coordinación con el ,Encargado de Posta Rural.

8.5.- Para efectos de traslado de un alumno accidentado el apoderado

deberá firmar autorización al momento de la matrícula ,lo que deberá

quedar consignado en la correspondiente ficha. Este informado de la situación

podrá reunirse en el centro asistencial con el funcionario del colegio que

acompaña al alumno en caso que no alcance a llegar al colegio al momento de ser

avisado

8.6.- Se debe hacer entrega al apoderado de una copia del documento del

Seguro Escolar Estatal, otra debe volver al establecimiento para el

seguimiento correspondiente.

8.7.- El funcionario que acompaña al estudiante accidentado solo podrá

retirarse una vez que su apoderado ha llegado al centro asistencial y ha

recibido el documento de Seguro Escolar.

8.8.- El encargado de salud escolar debe hacer un seguimiento del estado de

salud del (la) estudiante en los días posteriores al accidente y reportarlo al

encargado de seguridad escolar y o dupla psicosocial del establecimiento.

Observación : El traslado se puede hacer en vehículo movilización colectiva

(taxi)

De los accidentes en actividades escolares fuera del colegio

1.-- Para las salidas de estudiantes del colegio con fines educativos, los docentes

deben presentar en su plan anual de trabajo “cambio de actividad por razones fundadas en el refuerzo de los objetivos curriculares”, registrando la asistencia de los estudiantes.

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2.- La actividad que considera desplazamiento de estudiante y profesor , deberá contar con la autorización escrita de los apoderados.

3.- Todas estas actividades deben contar con la autorización por escrito del

director del establecimiento, quien lo tramitará ante el respectivo

Departamento Provincial de Educación con todos los anexos necesarios

4.- Toda actividad que se realice fuera del establecimiento deberá contar,

además ,de la participación del docente responsable, con otro adulto

funcionario del establecimiento que acompañe la delegación.

5.- En el o accidentes que sobrevengan en actividades fuera del colegio, el

profesor o encargado de la delegación tomará contacto inmediato con la

Dirección del colegio para comunicarle la situación y procederá según los

siguientes pasos:

5.1.- Si la urgencia lo amerita, se procederá al traslado inmediato al un centro asistencial dependiente del Ministerio de Salud más cercano, para que opere el Seguro de Accidentes Escolares del Estado establecido en el Artículo 3° de la Ley Nº 16.744 de 1968. Será acompañado por el funcionario que acompaña a la delegación. 5.2.- Si la situación hace indispensable el traslado en un vehículo con condiciones médicas adecuadas (ambulancia), se procederá a solicitar la concurrencia de este vehículo al lugar donde se encuentre el estudiante afectado.

5.3.- El Director del establecimiento o Inspectoría General o quien subrogue ,

tomará contacto con el apoderado y le informará la situación y que el (la)

estudiante está siendo trasladado(a) al centro asistencial, lugar donde se deberá

reunir con el funcionario del colegio si le es posible llegar” .

5.4.- Se debe hacer entrega al apoderado del documento del Seguro Escolar Estatal . El apoderado debe firmar un documento que acredite la recepción de dicho seguro. 5.5.- El funcionario que acompaña al estudiante accidentado(a), solo podrá retirarse una vez que su apoderado ha llegado al centro asistencial y ha recibido el documento de Seguro Escolar. Si por distancia no es posible que llegue el

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apoderado el encargado de delegación guardará en su poder dicho documento y seguirá las recomendaciones médicas que el profesional de salud sugiera.

5.6.- El Encargado de salud escolar debe hacer un seguimiento del estado de

salud del (la) estudiante en los días posteriores al accidente.

Profesor Encargado debe llevar documento derivación de Accidentes

Escolares.

CLAUDIO SANHUEZA V.

Director

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5. PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR O BULLING

CONSIDERACIONES GENERALES :

1.- Se entenderá por Bulling o acoso escolar, de acuerdo a lo definido por la Ley

20.536, como: “Toda acción y omisión constitutiva de agresión y hostigamiento

reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes

que en forma individual o colectiva atenten en contra de otro estudiante, valiéndose

de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesta a un mal de carácter grave,

ya sea por medio tecnológico o cualquier otro medio”.

CONDICIONES O CARACTERÍSTICAS DEL BULLYING: Para que una situación de violencia responda al concepto de bullying, debe presentar las siguientes características: I. Intencional: Uno o varios compañeros hacia otro para causar dolor y sufrimiento.

II. Relación desigual o desequilibrio de poder: La víctima se percibe vulnerable, desprotegida y sin los recursos del agresor o agresora

III. . Repetición y continuidad: No es un episodio aislado.

IV. En relación de pares o iguales: Entre estudiantes.

TIPOS DE BULLING: 1.-Violencia Física : Es toda acción encaminada a lesionar la integridad física de una persona. Ejemplo: golpes, patadas, zancadillas, pellizcos, empujones, tirones de cabello, encerrar u obligar a entrar en algún sitio, entre otros.

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2.- Violencia verbal y/o gestual: Corresponde a insultos, menosprecio público, propagación de rumores ciertos o falsos, mensajes telefónicos ofensivos, emails o cualquier otra publicación en medios electrónicos y páginas sociales. 3.- Violencia Psicológica : Comprende todas las acciones destinadas a lesionar la integridad emocional de las personas: molestar, intimidar, humillar, excluir, o alentar la exclusión deliberada (por ejemplo de trabajos en grupo, juegos, equipos deportivos, etc.), “ley del silencio”, gestos faciales o físicos negativos, miradas amenazantes o despectivas, acoso grupal o colectivo, entre otras. El componente psicológico está en todas las formas de bullying. 4.- Violencia Material: Se entiende por esta forma , las acciones destinadas a dañar, destruir o tomar sin consentimiento las pertenencias de los y las estudiantes, por ejemplo acciones como: dañar, robar o esconder artículos, etc. Forzar a entregar algún bien personal (dineros u objetos) a cambio de no recibir daños y poder acceder a espacios o servicios en el centro educativo. 5.-Cyberbullying : Usar las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para hacer bullying: mensajes de texto, redes sociales, por Internet, teléfono móvil, por fotos, videos, chats, por ejemplo. Ayudar a que una agresión se propague por la red causa daño y hace responsable a esa persona también, porque puede no haber iniciado ni instado la agresión, pero la perpetra al continuarla o repetirla, al mantener viva la agresión que afecta a la persona violentada. 6.- Violencia sexual: Es aquella manifestación que involucra comentarios, insinuaciones y amenazas con contenido sexual o exhibición explícita sexual entre pares y que no esté tipificado dentro de los delitos sexuales vigentes o dentro de la normativa de acoso y/o hostigamiento sexual.

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PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE LA SOSPECHA DE BULLYING

1.- Todo reclamo por conductas de acoso escolar deberá ser presentado en

forma escrita ante la Dirección del establecimiento, inspectoría general y o

Encargado de Convivencia escolar , dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que

se dé inicio al debido proceso

2.- .- Recibida una denuncia de bulling , esta debe ser notificada por el director del

colegio al encargado de convivencia escolar .

3.- .- Será el encargado de convivencia escolar el responsable de llevar a cabo el procedimiento investigativo , subrogándolo en su ausencia las siguientes entidades en el orden que se mencionan: Asistente social, Sicólogo o el encargado de Orientación y Familia si lo hubiere . 4.-Citación de la víctima del supuesto bullying junto a sus padres quedando registro de entrevista realizada. 5.-Citación a entrevista con los supuestos agresores y sus padres, para informar el alcance del problema. Quedando registro de entrevista realizada. 6.- Entrevista con profesores jefes y de asignatura de estudiantes involucrados. quedando registro de la entrevista realizada. 7.- Se realiza diagnóstico de las agresiones a los involucrados 8.- .-Entrevista a la víctima y supuesto agresor, para determinar derivación a especialista . 9.-Recopilación de información, para analizar antecedentes y determinar la existencia o no del hecho denunciado. Elaboración de informe . 10.- Entrevista con los involucrados (alumno y padres y/o apoderado) en forma individual para darles a conocer el resultado de la investigación y medidas a tomar (sanciones, medidas reparatorias, etc.). deberá quedar registro de las entrevista . 11.- .- Será el director quien, en virtud de los antecedentes presentados, emita un resolución. Esta acción deberá realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes, debiendo informar a las partes involucradas

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12.- . Si corresponde aplicar sanciones, estas se realizarán de acuerdo a las

medidas disciplinarias contempladas en el reglamento interno y la tipificación de las

faltas .

13.-Apelación de las medidas tomadas presentando antecedentes relevantes ante

un tercero que puede ser el consejo escolar y o Comité de disciplina del

establecimiento en un plazo no mayor a tres días hábiles , quien resolverá con

consulta al Equipo Directivo en un plazo no superior a 10 días hábiles desde el

momento de recepcionada la apelación . Dicha instancia deberá pronunciarse por

escrito, debiendo tener a la vista los antecedentes que se encuentren disponibles.

Respecto de esta resolución no existirán más recursos que interponer.

Posterior al proceso de investigación :

Victima:

Será derivada a orientación, quien después de entrevistarla, derivará a psicóloga (en caso de ser necesario) para realizar un acompañamiento, con el objetivo de monitorear su evolución en el colegio, para asesorarla en medidas de autoprotección, asertividad, fortalecimiento de la autoestima y manejo de la ansiedad y angustia.

Victimario: Trabajará con encargada de Convivencia Escolar, medidas reparatorias del daño a la víctima pudiendo ser derivado a especialista externo si la situación lo amerita- -Participación si procede en un proceso de mediación.

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Otras materias no estipuladas en el protocolo, serán presentadas al Equipo de

Gestión y resuelto por éste en concordancia con lo estipulado en el Reglamento de

Convivencia Escolar y el Comité de Disciplina.

CLAUDIO SANHUEZA V.

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6.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ESCOLAR ANTE DENUNCIAS POR SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN 2018

NORMATIVA LEGAL El presente protocolo tiene como referente las Leyes 20.422, y N° 20.609, la que establece medidas contra la discriminación desde una perspectiva más amplia (dado que no se refiere exclusivamente al ámbito educativo), también aporta elementos relevantes para promover la buena convivencia escolar, dado que proporciona un mecanismo judicial que permite resguardar el derecho a no ser víctima de un acto de discriminación arbitraria, reforzando los principios de diversidad, integración, sustentabilidad e interculturalidad planteados en la Ley General de Educación y lo establecido en su Artículo 5º, donde se señala que es deber del Estado fomentar una cultura de no discriminación arbitraria en el sistema educativo. “LEY NÚM. 20.609 (LEY ZAMUDIO) ESTABLECE MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Artículo 1º.- Propósito de la ley. Esta ley tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria. Corresponderá a cada uno de los órganos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de su competencia, elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.2 ( ley núm. 20.609 ministerio secretaría general de gobierno ) ACCIONES:

1. Al recibir una denuncia por discriminación, el directivo, docente, encargado

de convivencia o asistente educativo, deberá dejar constancia por escrito, la

cual deberá ser firmada por el denunciante. Esta acción se realizará con

cualquier persona que forme parte de los diferentes estamentos de la

escuela.

2.-. El Director-a, encargado de convivencia y/o Inspector-a general realizarán una recopilación de información que contribuya a la solución de la situación denunciada.

3.-Si a partir de la recopilación de información se constata la veracidad de la denuncia, el Encargado de Convivencia o Directivo procederá a entrevistar al(los) involucrado(s).

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4. Se informará de la situación al apoderado del alumno-a denunciado y del alumno-a víctima de la situación de discriminación. En el caso que el denunciado y la víctima sean adultos funcionarios del establecimiento educacional, la información del proceso será entregada por el Director/a a los involucrados y a Encargado/a de Convivencia. 5. Se aplicarán las sanciones de acuerdo al Manual de Convivencia Escolar. En la resolución se especificarán las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento: disculpas privadas o públicas y otras que la autoridad competente determine. 6. Se llevará a cabo un acompañamiento de carácter orientador hacia los involucrados. 6.-. Se dejará registro en la hoja de vida del alumno(a) acusado(a) con la finalidad de tener antecedentes oficiales en caso de que la situación de discriminación se repita en el futuro. En el caso de que el denunciado sea un adulto funcionario del establecimiento educacional, una vez aceptada la falta por este, se dejará constancia del hecho en la Dirección del Trabajo, de manera virtual en www.dt.gob.cl : Constancia laboral, solo el caso de que exista discriminación en el ámbito laboral. 7.-El Encargado de Convivencia gestionará las acciones y recursos necesarios que permitan acoger y educar a la víctima, sancionar y educar a agresor, trabajar con observadores. Revestirá especial gravedad que los padres no cumplan con los tratamientos de reeducación del hijo-a agresor-a con los profesionales de apoyo sugeridos: Psicólogo, Neurólogo, Psiquiatra Infantil, ni evidencien cambios en los estilos de crianza familiar . PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ESCOLAR ANTE DENUNCIAS POR SITUACIONES DE ROBO, HURTO, AGRESION, AMENAZA. Ley N°. 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente. Objetivo transversal: Diferenciación del sistema penal de adultos Este objetivo o principio general de la justicia juvenil está asociado a que nos encontramos ante un derecho penal especial para adolescentes que, desde el punto de vista del funcionamiento práctico de la justicia de adultos y de adolescentes, se tiene que manifestar en un tratamiento diferenciado de los casos por parte de ambos sistemas. Si ya en sí misma la CDN expresa esta idea de especialidad, el art. 40.3 viene a reforzarla en materia de justicia penal al señalar que los Estados deben “promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes” (las cursivas son nuestras). Alcanzar esta diferenciación o

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especialidad es un objetivo transversal que marcará en buena medida la dirección de sentido de los otros objetivos identificados como centrales, pues implica que quienes tienen el poder de tomar decisiones dentro de la justicia juvenil efectivamente lo ejerzan considerando las diferencias de quienes serán afectados por ellas. ACCIONES: 1. Al recibir una denuncia por robo o hurto agresión, amenaza, el encargado de Convivencia, directivo, docente o asistente educativo, deberá dejar constancia por escrito, la cual deberá ser firmada por el denunciante. 2. Si el denunciado por robo o hurto fuere un funcionario del establecimiento educacional, se aplicará el mismo procedimiento. 3. El Director-a, encargado de Convivencia y/o Inspector-a realizarán una recopilación de información que contribuya a la solución de la situación denunciada. 4. Si a partir de la recopilación de información se constata la veracidad de la denuncia, el encargado de Convivencia o Directivo procederá a entrevistar al(los) involucrado(s). 5. Se informará de la situación al apoderado del alumno-a denunciado y del alumno-a víctima de la situación de robo o hurto. En el caso que el denunciado y la víctima sean funcionarios del establecimiento educacional la información del proceso será entregada por el encargado de Convivencia, Director y/o Inspector General. 6. Se aplicarán las sanciones de acuerdo al Manual de Convivencia Escolar. En la resolución se especificarán las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento: disculpas privadas o públicas y otras que la autoridad competente determine. 7. Se llevará a cabo un acompañamiento de carácter orientador hacia los involucrados. 8. Se dejará registro en la hoja de vida del alumno(a) acusado(a) con la finalidad de tener antecedentes oficiales en caso de que la situación de robo o hurto se repita en el futuro. 9. El Encargado de Convivencia gestionará las acciones y recursos necesarios que permitan acoger y educar a la víctima, sancionar y educar al agresor, trabajar con observadores. Revestirá especial gravedad que los padres no cumplan con los tratamientos de reeducación del hijo-a agresor-a con los profesionales de apoyo sugeridos: Psicólogo, Neurólogo, Psiquiatra Infantil, ni evidencien cambios en los estilos de crianza familiar lo que significará la caducidad de matrícula para el próximo año escolar. (Según faltas gravísimas, causal de expulsión) 10. se realizaran sesiones para la reflexión, problematización y orientación en torno a temas que a los adolescentes les interesan: temas que se relacionan con un cambio de conducta, orientación vocacional y con aspectos de prevención y auto cuidado personal. 11. Se dará aviso a las policías del delito, si el menor fuere mayo de 14 años.

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CLAUDIO SANHUEZA V.

Director.

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7.- PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A HECHOS DE MALTRATO Y

VIOLENCIA ESCOLAR

CONSIDERACIONES GENERALES:

1.- En base a la nueva ley de violencia escolar (20.536) Como comunidad

educativa es fundamental establecer una política de prevención en donde las

normas de convivencia, los procedimientos de abordaje y medición, resolución de

conflictos y las sanciones se expliciten claramente ,para asegurar y mantener un

ambiente de sana convivencia ley 20.370.)

2.- El presente Protocolo de Actuación frente a situaciones de maltrato y

violencia escolar será aplicado frente a las siguientes situaciones :

2.1.- Agresiones entre estudiantes. 2.2.- Agresiones de adulto a estudiante que, de acuerdo a la Ley sobre Violencia Escolar, revisten especial gravedad. 2.3.- Agresiones de estudiante a adulto. 2.4.- Agresiones entre apoderados y funcionarios del establecimiento. 2.5.- Agresiones dentro y fuera del establecimiento educacional, que afecten a estudiantes de la comunidad educativa. 2.6.- Agresiones a través de medios tecnológicos, ejercidas o que afecten a

estudiantes del establecimiento educacional.

DE LAS DENUNCIAS

3.0.- Todo reclamo por conductas de maltrato escolar , deberá ser presentado en

forma escrita ante la Dirección del establecimiento, Inspectoría general y o

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Encargado de Convivencia escolar , dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que

se dé inicio al debido proceso.

4.0.- Recibida una denuncia de maltrato, esta debe ser notificada por el director del

colegio o quien lo subrogue en ese momento al encargado de convivencia escolar.

5.- Será el encargado de convivencia escolar el responsable de llevar a cabo este procedimiento , subrogándolo en su ausencia las siguientes entidades en el orden que se mencionan: Asistente social, Sicólogo o el encargado de Orientación y Familia. 6.- Una vez que el encargado de convivencia escolar reciba la denuncia, deberá seguir los siguientes pasos: 6.1.- Investigar si los antecedentes recopilados son meritorios para proseguir con los pasos del presente Protocolo de Actuación, o si la acusación debe ser desestimada por falta de antecedentes o porque la denuncia corresponde a otra situación distinta a maltrato escolar. 6.2.- Si la denuncia se desestimada por falta de antecedentes o porque corresponde a otra situación distinta a maltrato escolar ,se informará de aquello a las siguientes personas, dejando registro escrito: 6.2.1.-Denunciante 6.2.2.- En caso que el denunciante sea un alumno, a su apoderado. 6.2.3.- Profesor jefe del curso al cual pertenecen los estudiantes involucrados en caso que así correspondiese. 6.2.4.- Director del establecimiento. 7.- En caso que la denuncia sea acogida , entonces deberá seguirse los siguientes pasos:

7.1.- Informar a Dirección frente a la activación del protocolo para cada una de las situaciones. 7.2.- Tomar las medidas disciplinarias que el Reglamento Interno contempla para detener la acción contra la cual se recurre. 7.3.- Instruir la intervención del profesional del área psicosocial respectiva, de manera que este realice acciones de contención que se estimen necesarias. 7.4.- Notificar a las partes involucradas del inicio del proceso de investigación,

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dejando constancia escrita de ello. Si correspondiese notificar a un estudiante, esta notificación deberá ser extendida a su apoderado 7.5.- Iniciar la investigación de los reclamos entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesario 7.6.- Podrá citar a las partes y, si lo considera pertinente, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los estudiantes o solo entre adultos, y se podrá citar al psicólogo(a) del colegio o a otro profesional en la materia, quien podrá , aconsejar o pronunciarse al respecto. 7.7.- En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá exigir el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. Este acuerdo no elimina la aplicación de sanciones .El responsable de la investigación y emitirá un informe sugiriendo que el Equipo Directivo determine sanciones y medidas a aplicar se correspondiere. .

8.- Será el Director quien, en virtud de los antecedentes presentados, emita una

resolución. Esta acción deberá realizarse dentro de los tres días hábiles

siguientes, debiendo informar a las partes involucradas

8.1.-. . Si corresponde aplicar sanciones, estas se realizarán de acuerdo a la

tipificación de las faltas y medidas disciplinarias contempladas en el protocolo de

normas y procedimiento para resolver conflictos .

8.2.- Si la persona sancionada es un docente, se procederá según las indicaciones

del Reglamento de Higiene y Seguridad.

8.3.- Si la persona sancionada es un apoderado se procederá de acuerdo a las

sanciones establecidas en el reglamento interno..

9.- Todas las partes, en materia de maltrato escolar y violencia escolar , tendrán la

posibilidad de recurrir fundadamente de apelación en contra de la resolución

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adoptada por la Dirección, dentro de los tres primeros días hábiles posteriores a

haber sido notificadas de la resolución. El recurso se interpondrá ante un tercer ente

( Consejo Escolar u otro o Comité de disciplina ) que resolverá en un plazo no

superior a 10 días hábiles desde el momento de recepcionada la apelación . Dicha

instancia deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista los

antecedentes que se encuentren disponibles. Respecto de esta resolución no

existirán más recursos que interponer.

10.- Mientras el encargado de convivencia escolar -o quien le subrogue- esté

llevando a cabo las indagaciones aclaratorias se asegurará a todas las partes la

mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

11.- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las

decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

12.- En caso de identificarse situaciones que requieran de una intervención

especializada, que excedan las competencias y recursos del establecimiento, estas

serán derivadas a la red de apoyo local como: Oficina de Protección de Derechos,

Cesfam y otros

13.- En caso de existir la necesidad de trasladar a algún estudiante a un centro

asistencial, este se realizará según el Protocolo de Accidentes Escolares.

14.- Si la situación investigada es considerada de gravedad o cumple

justificadamente con alguna de las siguientes condiciones:

14.1.- Provocó lesiones de gravedad o mediana gravedad

14.2.- Los criterios médicos-legales consideran lesiones graves como todas

aquellas que causan en el niño(a) o adolescente enfermedad o incapacidad de 31

días o más de duración; y como lesiones menos graves a aquellas en que la

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enfermedad o incapacidad sea de más de 15 días y menos de 31, considerando

además la calidad de las personas y circunstancias del hecho.

14.3.-Son agresiones que constituyen delito

14.4.- Si se Consideró una demanda judicial por parte del colegio o de algún

miembro de la comunidad educativa ,entonces la Dirección del Establecimiento

informará a la Superintendencia de Educación vía oficio.

CLAUDIO SANHUEZA V.

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8- PROTOCOLO DE LA DIVERSIDAD DE IDENTIDAD ETNICAS ,GENERO Y RELIGIOSAS.

I .-CONSIDERACINES GENERALES Y O CONCEPTUALES . ETNIAS

Como su nombre lo indica, un protocolo define una manera de ejecutar acciones

que se consideran estratégicas en el cumplimiento de una función o en el desarrollo

de labores institucionales en un campo preciso, para el presente caso, adecuar la

atención y orientación brindadas por la unidad, a las especificidades culturales y de

otro orden, de los pueblos indígenas. La atención diferencial a víctimas

pertenecientes a pueblos indígenas, tanto a personas indígenas individualmente

consideradas como a los pueblos u organizaciones, reclama entonces

modificaciones en el comportamiento de los profesionales encargados de

orientarlas, sobre todo, si se tiene en cuenta que las personas o poblaciones

indígenas víctimas de hechos violentos son las “más vulnerables entre las

vulnerables”. Lo que se plantea entonces, es considerar como línea transversal en

todo el proceso de orientación, una ética pro-víctima, en la que debemos “ponernos

del lado de los afectados” y pensar “en las sensibilidades propias del ser humano”.

El presente protocolo constituye una herramienta con la que se busca orientar

adecuadamente a estudiantes pertenecientes a pueblos indígenas y no

pertenecientes, cuerpo docente, cuerpo técnico y familia educativa. La aplicación

de esta herramienta facilitará la realización del derecho a una reparación afectiva,

cordial y significativa.

1. El primer paso para avanzar en la reparación integral, tanto individual como

colectiva, de los estudiantes de origen indígena, consiste en que se avance

en la reconstrucción de la memoria histórica de dichos pueblos. Así la

reparación integral de los pueblos indígenas, a nivel individual y colectivo,

debe tomar en cuenta aspectos sociales, ambientales, económicos y

culturales.

2. Inculcar a los estudiantes la importancia de aceptar como propio la

interculturalidad, con actividades extracurriculares en la cual la comunidad se

involucre y conozca a cabalidad el valor emocional de pertenecer a dicho

origen. (Ejemplo: Celebración WETRIPANTUM)

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3. Procesos de reflexión sobre la exigibilidad de los derechos a la verdad, la

justicia y la reparación para pueblos indígenas.

2.-DIVERSIDAD DE GÉNERO

Actuaciones de sensibilización, asesoramiento y formación dirigidos a la comunidad

educativa con carácter orientativo y en función de las necesidades detectadas, se

proponen las siguientes actuaciones dirigidas a la comunidad educativa:

1. Actuaciones de información y sensibilización sobre diversidad sexual y de género

dirigidas al alumnado, con especial atención al reconocimiento y normalización de

la realidad transexual, incluyendo actividades de autoconocimiento, conocimiento

mutuo, empatía, aprecio y comunicación para favorecer la cohesión del grupo.

2. Actuaciones formativas dirigidas a los equipos directivos, orientadores y

orientadoras, y equipos docentes, persona coordinadora de las medidas de

promoción de la igualdad y la coeducación, a través de los Centros del Profesorado,

relacionadas con la diversidad sexual, haciendo especial hincapié en el

conocimiento de la realidad transexual.

3. Actuaciones de sensibilización, información y asesoramiento dirigidas a las

familias y las asociaciones de madres y padres de los centros, relacionadas con la

diversidad de género y sexual, el desarrollo evolutivo en la infancia y la

adolescencia, estilos educativos, etc. Para el desarrollo de estas actuaciones el

centro docente podrá contar con las asesorías de los Centros del Profesorado,

Gabinetes Provinciales de Asesoramiento de la Convivencia Escolar, con las

personas responsables de la orientación en los centros docentes, las personas que

coordinan los planes de convivencia y las personas responsables de coeducación

en los centros, Inspección Educativa y otras instituciones, asociaciones y entidades

colaboradoras.

3-DIVERASIDAD DE CREENCIA RELIGIOSA

Religión o creencia:

Este tipo de discriminación arbitraria se ejerce sobre aquellos miembros de la

comunidad educativa (estudiantes y sus familias, docentes, asistentes de la

educación, etc.) que profesan una religión distinta a la dominante en la escuela, o

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ante aquellos que son agnósticos o no creyentes. Se les atribuyen características

valóricas que son generalizaciones estereotipadas: “los evangélicos son fanáticos”,

“los ateos son personas sin valores”, “los musulmanes son peligrosos”, etc., con las

cuales no solo se excluye al estudiante, sino que se pierde la oportunidad de

conocer y valorar el pensamiento diverso, así como las distintas formas de concebir

el mundo y la espiritualidad. Cabe destacar que en Chile rige la Ley Nº 19.638,

conocida como de “Igualdad de Cultos”, que reafirma el respeto a los principios de

igualdad ante la Ley y de libertad de conciencia, ya contemplados en la Constitución.

Los establecimientos educacionales tienen la obligación de respetar dichos

principios, así como el derecho de las familias a educar según sus creencias con

pleno respeto a la diversidad.

El presente protocolo constituye una herramienta con la que se busca orientar

adecuadamente a estudiantes pertenecientes a religión católica apostólica romana,

evangélicos, mormones, adventistas, etc. De manera que puedan ser personas

integras y participes con diversos valores que hagan un complemento educativo

óptimo para el desarrollo social y cultural.

1.- Que en la asignatura de Religión se acepten las opiniones de todos, enfocando

el sector en la inculcación de valores.

2.- Realizar actividades que enfatice el compañerismo, la aceptación y el respeto

entre sus pares.

3.- En el caso de que un estudiante participe activamente en una congregación

específica, acogerlo y aceptar su decisión escuchando su testimonio.

CLAUDIO SANHUEZA VILLABLANCA

Director

Mayo 2018.

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9.- PROTOCOLO DE PREMIACIÓN A ALUMNOS DESTACADOS

RESULTADOS SIMCE

1.- La premiación considerará solo los resultados obtenidos por los alumnos de

Cuarto año de Educación General Básica. Estos resultados deben igualar o ser

superior a los del año anterior.

2.- La premiación tomará en cuenta los resultados SIMCE de las asignaturas de

Lenguaje y Comunicación y Matemática.

3.- Si hubiere más de un curso (curso paralelo) que rinda SIMCE en los niveles

antes mencionados, se premiará al que obtenga mejor puntaje

4.- La premiación tendrá efecto a partir del Segundo Semestre.

5.- El premio a otorgar será un galvano y diploma . Y será resuelto por el Equipo

Directivo del E E. una vez que se tengan los resultados de la prueba estandarizada

en cuestión.

MEJORES ALUMNOS

1.- Se premiará a solo un alumno por curso. Si existiese más de un estudiante que

obtuviere el mejor promedio de notas de su curso se tomará en cuenta, para dirimir,

indicadores como asistencia, puntualidad , anotaciones positivas y negativas en su

hoja de vida .Quien determina al mejor alumnos de un curso será el profesor jefe.

2.- El mejor alumno de cada curso, recibirá un diploma y formará parte del cuadro

de honor del Establecimiento.

3.- Se realizará premiación de mejores alumnos al término del al año escolar:

Ceremonia: Una semana antes de finalizar el año escolar o cuando el EE lo

determine .

En esta ceremonia los estudiantes destacados por obtener el mejor promedio de

curso recibirán un diploma y un obsequio.

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4.- La gestión de estas ceremonias está a cargo de los profesores encargados

de ciclo ..

DESTACADOS EN TALLERES

1.- Los alumnos destacados en talleres artísticos y deportivos serán premiados

cuando manifiesten una habilidad especial, participen en las diversas actividades

del colegio que lo ameriten, un comportamiento adecuado y cuiden los insumos y

materiales de los que dispongan para desarrollar sus talentos en el establecimiento.

2- Será premiado un alumno por taller. La elección de este estudiante estará a cargo

del monitor de dicho taller. Esta elección estará sujeta a los indicadores presentados

en el artículo anterior.

3.- La premiación de alumnos destacados en el área deportiva y artística se realizará

en la ceremonia de “Mejores Alumnos” bajo las mismas condiciones mencionadas

para estos, vale decir, recibirán diploma y obsequio en ceremonias afines de año.

MEJORES LECTORES

1. – Se premiará a los alumnos de Primer año de Educación General Básica que

hayan logrado un Dominio Lector esperado para su nivel en cuanto a velocidad,

comprensión y prosodia ( entonación y expresión )

2.-La premiación de los mejores lectores de primero básico se realizará a fines de

año en la misma ceremonia de mejores alumnos.

3.- Los premios que recibirán los alumnos destacados en esta área serán un libro

de cuentos y un diploma.

D4- La gestión de esta premiación estará a cargo de coordinadores de ciclo y

Profesores de Lenguaje y Comunicación.

MEJORES DEPORTISTAS

1.- Con el fin de optimizar el tiempo, la premiación de los alumnos destacados en

deportes que hubieren obtenido una participación sobresaliente en algún

campeonato y o disciplina deportiva, se realizará en actos del día Lunes o en otro

evento que el equipo Directivo determine.

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2.- Los talleres de educación extraescolar tendrán un diario mural para publicitar los

eventos o actividades en las que participen. La gestión de este medio de

comunicación estará a cargo de los Coordinadores de Extraescolar.

Junio 2018.

CLAUDIO SANHUEZA V.

Director

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10.- OTROS PROTOCOLOS 2018

- PROTOCOLO DE RETIRO DE ESTUDIANTES

Los apoderados que necesiten retirar de clases a sus hijos por razones debidamente justificadas

como lo son horas a médicos, dentistas, viajes, otros deben solicitarlo en Inspectoría .

2) Registrar antecedentes del apoderado en el libro de retiro de los estudiantes y firma del apoderado especificando motivo del retiro..

3) En caso de que asista un familiar directo debe tener autorización simple del apoderado la que quedará archivada en su ficha.

4) Inspectoría hace llegar un pase al profesor que se encuentra en el curso facultando con esto al alumno para que retire sus pertenencias.

5) El profesor debe registrar el retiro en el libro de clases.

6) En caso de situaciones emergentes como: , accidente o fallecimiento de algún familiar, etc. Se procederá según la eventualidad, siendo empáticos con la situación emergente.

7) En caso de estudiantes que se encuentren enfermos o que estén suspendidos y deban asistir

sólo a rendir pruebas, ingresarán con pase de inspectoría respetando el uniforme según su

horario de clases.

PROTOCOLO DEL PORTE DE DINERO Y ESPECIES DE VALOR

Se establece el presente protocolo referido al porte de dinero y especies de valor al interior del

Colegio:

1.- La tenencia de dinero y objetos de valor al interior del Establecimiento es de

responsabilidad del Estudiante y su Apoderado, en consecuencia, el colegio no responde por

pérdida de dineros, pérdida y/o daño de especies de valor de uso personal.

2.- Sin embargo, ante la denuncia de robo de dinero y especie de valor de uso personal, el

Establecimiento hará las averiguaciones que estén a su alcance, respetando en el procedimiento

la honestidad de cada uno de sus miembros

3.- Todo integrante de la Comunidad educativa que encuentre dinero y especies de valor al

interior del Colegio, tiene obligación de entregarlos a Inspectoría o asistente social.

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4.- El Inspector que recepciones esos valores, deberá registrar en un cuaderno de Control, la

fecha, el nombre de quién lo encontró, la cantidad o la descripción del objeto encontrado.

5.- Quién extravíe dinero o especies de valor al interior del Colegio, se dirigirá a Inspectoría,

para averiguar si se ha encontrado y, en caso afirmativo, solicitar la devolución, quedando

registro de la devolución.

6.- Si no existe un requerimiento de devolución de las especies encontradas, en un plazo de 30

días, se guardará, siendo destinados para fines solidarios, decisión que determinará la Dirección

del Establecimiento.

7.- Cualquier miembro de la Unidad Educativa que sorprenda a un estudiante con una cantidad

de dinero considerable u objeto de valor , se llevará a Inspectoría y se pondrá en conocimiento

al Apoderado.

8.- Los valores incautados se devolverán al Apoderado, dejando constancia de su devolución y

los motivos por los cuales fueron guardados en custodia.

CLAUDIO SANHUEZA V.

Director.

Ccu/I G

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