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Complejo Educacional Las Acacias La Calera REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE ALUMNOS COMPLEJO EDUCACIONAL LAS ACACIAS DE LA CALERA 2016. El Complejo Educacional Las Acacias, de acuerdo a la evaluación y la promoción de alumnos y alumnas, en todos los niveles de la Educación Pre Básica, Básica y Media, tanto en la modalidad Humanista-Científica como en la Técnico –Profesional, se regirá de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento. I. INTRODUCCIÓN II. OBJETIVO III. DEL CONCEPTO DE EVALUACIÓN DEL COMPLEJO EDUCACIONAL LAS ACACIAS TÍTULO 1. LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE TÍTULO 2. DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR Y REGISTRO DE CALIFICACIONES TÍTULO 3. DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE APRENDIZAJES DE LOS OBJETIVOS TRANSVERSALES, ÁMBITO ACTITUDINAL-VALÓRICO TÍTULO 4. DE LOS EXÁMENES. TÍTULO 5. DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA TÍTULO 6 NORMAS DISCIPLINARIAS REFERIDAS AL ESTUDIANTE FRENTE A LAS EVALUACIONES TITULO 7. CONSIDERANDOS RESPECTO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL COLEGIO. I.- INTRODUCCIÓN En el marco de la misión y visión educativa que orientan su quehacer, y adscribiéndose a su tarea educadora y formativa. Teniendo presente que el Ministerio de Educación está impulsando el mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas de los estudiantes otorgando mayor flexibilidad a cada una de las unidades educativas del país, es que como establecimiento educacional estamos llamados a responsabilizarnos por nuestros logros de aprendizaje. De lo anterior, se desprende una concepción de exigencia académica, centrada en aprendizajes de calidad en términos de desarrollo de competencias, capacidades y habilidades necesarias para el ciudadano, de modo que los alumnos puedan desarrollarse plenamente en la sociedad a través de sus proyectos de vida.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE ALUMNOS COMPLEJO EDUCACIONAL LAS ACACIAS DE LA CALERA

2016. El Complejo Educacional Las Acacias, de acuerdo a la evaluación y la promoción de alumnos y alumnas, en todos los niveles de la Educación Pre Básica, Básica y Media, tanto en la modalidad Humanista-Científica como en la Técnico –Profesional, se regirá de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento. I. INTRODUCCIÓN II. OBJETIVO III. DEL CONCEPTO DE EVALUACIÓN DEL COMPLEJO EDUCACIONAL LAS ACACIAS TÍTULO 1. LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE TÍTULO 2. DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR Y REGISTRO DE CALIFICACIONES TÍTULO 3. DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE APRENDIZAJES DE LOS OBJETIVOS TRANSVERSALES, ÁMBITO ACTITUDINAL-VALÓRICO TÍTULO 4. DE LOS EXÁMENES. TÍTULO 5. DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA TÍTULO 6 NORMAS DISCIPLINARIAS REFERIDAS AL ESTUDIANTE FRENTE A LAS EVALUACIONES TITULO 7. CONSIDERANDOS RESPECTO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL COLEGIO.

I.- INTRODUCCIÓN

En el marco de la misión y visión educativa que orientan su quehacer, y adscribiéndose a su tarea educadora y formativa. Teniendo presente que el Ministerio de Educación está impulsando el mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas de los estudiantes otorgando mayor flexibilidad a cada una de las unidades educativas del país, es que como establecimiento educacional estamos llamados a responsabilizarnos por nuestros logros de aprendizaje.

De lo anterior, se desprende una concepción de exigencia académica, centrada en aprendizajes de calidad en términos de desarrollo de competencias, capacidades y habilidades necesarias para el ciudadano, de modo que los alumnos puedan desarrollarse plenamente en la sociedad a través de sus proyectos de vida.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera El cumplimiento de esta tarea requiere de un equipo docente comprometido con buen desempeño profesional. Este profesional, debe estar en condiciones de aplicar las estrategias curriculares, metodológicas y evaluativas para el logro de sus metas educativas, en el marco de una tarea pedagógica congruente con las metas propuestas y de acuerdo a los valores y principios declarados.

Entendemos que la Evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar información al profesor para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje.

Entendemos también que el Equipo Directivo y Consejo de Profesores, determinan

dentro de la normativa legal, la planificación del proceso evaluativo de manera coherente con el logro de los objetivos educacionales propios de cada nivel.

En consecuencia nos permite disponer de un instrumento legal que explicite

claramente, tanto a Alumnos, Alumnas y Profesores, como a los Padres y Apoderados; las formas , cantidad y periodicidad con que se aplicarán las evaluaciones.

II. OBJETIVO:

A continuación, se presenta el Reglamento de Evaluación y Promoción escolar interno, cuyo objetivo es determinar los criterios y regular los procesos de evaluación y calificación de los aprendizajes en su sentido pedagógico más amplio. Por lo tanto, es obligatorio que el equipo docente conozca, actúe en consecuencia y aplique la normativa interna vigente, con los mismos criterios. Además, se entrega para el conocimiento de alumnos, padres y apoderados en el entendido que los alumnos son los protagonistas del proceso de aprendizaje, y los apoderados, los tutores preocupados y vigilantes de este proceso.

III. DEL CONCEPTO DE EVALUACIÓN DEL COMPLEJO EDUCACIONAL LAS ACACIAS

La evaluación es considerada como parte integral e indisoluble del proceso de aprendizaje que involucra varios pasos y métodos, con un desarrollo progresivo en el tiempo. Constituye una herramienta básica para delinear, (planificación previa de la información) obtener información, (implica la medición) y proveer la información (entrega información analizada para que sea útil a quien le compete tomar decisiones) que permitirá tener alternativas en la toma de medidas acerca del proceso de aprendizaje de cada alumno y del centro educativo; utiliza múltiples procedimientos y técnicas para evaluar las habilidades y conocimientos de los estudiantes. La evaluación es considerada como un proceso que permite comprender, retroalimentar y mejorar las estrategias involucradas en el aprendizaje. En consecuencia, permite al docente reflexionar sobre sus propias prácticas educativas en los estudiantes.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera La evaluación consta de dos elementos: medición y evaluación.

a) LA MEDICIÓN: constituye la expresión cuantitativa de una observación, a través de la cual se obtiene información. El recurso o medio concreto para obtener la información es el instrumento de evaluación o medición. La finalidad del procedimiento determinará el tipo de instrumento a utilizar por el docente. (Test, lista de cotejos, cuestionario, encuesta, rubrica etc.). Una vez que se haya realizado la medición podrá procederse a la calificación, es decir, la certificación necesaria y oficial del producto que se ha obtenido, se representará a través de notas y/o conceptos.

b) LA EVALUACIÓN: es el proceso que engloba a todo lo anterior y que permite al docente emitir juicios de valor acerca de los resultados obtenidos. Le permite comparar los resultados del aprendizaje de cada alumno con los objetivos o criterios planteados previamente y determinar si los alumnos alcanzaron o no alcanzaron el estándar deseado y desarrollar medidas de retroalimentación en caso necesario.

TÍTULO 1. LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE

ART. 1. Este reglamento de Evaluación y Promoción se ha elaborado de acuerdo con las disposiciones y normativas que por decreto de evaluación y promoción escolar, ha promulgado el Ministerio de Educación Chileno, según se detalla como sigue:

• Educación Inicial - Bases Curriculares 289/2001 • Educación General Básica - Decreto N° 511/ 1997 • Educación General Básica - Decreto Nº 107/ 2003 • Educación Media I° y II° - Decreto N° 112/ 1999 Planes y Programas 1º 77/1999 2º 83/2000

• Educación Media III° y IV° - Decreto N° 83/ 2001 Planes y programas 3º 27/2001 4º 459/2002

• El presente Reglamento de Evaluación se ha elaborado considerando los lineamientos otorgados para este efecto por los Decretos N° 1/1998, 1300/2002, 170/2010, además de documento de Orientaciones Técnicas entregadas por el Ministerio de Educación.

El año Escolar comprenderá Dos Semestres o Períodos Lectivos, separados por Vacaciones de Invierno; y que están establecidos en el Calendario Escolar dictado por la autoridad pertinente.

ART. 2. La evaluación del Ciclo Inicial está referida a los lineamientos entregados por el Ministerio de Educación en el marco definido por las Bases Curriculares correspondientes a dicho nivel escolar.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART. 3. El Reglamento de Evaluación desde Pre básica a Primer Año de Educación General Básica hasta Cuarto Año de Educación Media, considera las orientaciones técnico-pedagógicas del marco curricular y bases curriculares de la Enseñanza Pre básica, Básica y Media, contenidas en los decretos de Planes y Programas de estudio vigentes del Ministerio de Educación.

ART. 4. El presente Reglamento Interno de Evaluación, contiene disposiciones y normativas sobre los siguientes supuestos:

a) Decreto Cooperador 616/ 1986.

b) Adopta un régimen de estudios diurno y semestral.

c) Evalúa a través de indicadores de logro de índole cualitativa y cuantitativa, que abarcan aprendizajes cognitivos, desarrollo de capacidades/ destrezas/ habilidades y valores/ actitudes.

d) Los sistemas de registro contienen las calificaciones correspondientes a los logros alcanzados durante el proceso de aprendizaje, también los logros finales en relación a dichos aprendizajes, en función de los períodos escolares a que corresponde dicha evaluación.

ART. 5. El Colegio considera un sistema de evaluación basado en una calificación numérica cuantitativa, en la escala de 1 a 7. En relación a dicha escala, los conceptos asociados son los siguientes:

1,0 a 3,9 I Insuficiente

4,0 a 4,9 S Suficiente

5,0 a 5,9 B Bueno

6,0 a 7,0 MB Muy Bueno

Nota: Si un alumno obtiene calificación 1.0 a 1.9 en cualquiera asignatura del plan de estudios, ésta debe ser analizada con la Unidad Técnico Pedagógica previo registro en el libro de clases. Se dejará constancia en la hoja de vida del alumno explicando las razones de la calificación deficiente.

ART. 6. El Ciclo Inicial evaluará de acuerdo a su modalidad de calificación cualitativa. (Artículo 13)

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART. 7. La calificación semestral y final anual para los alumnos de 1º Básico a IV año de Enseñanza Media, equivale al promedio aritmético aproximado de las calificaciones de cada asignatura o subsector.

ART. 8. Rinden examen obligatoriamente en los Módulos con promedio insuficiente, los alumnos de III a IV de Enseñanza Media que se encuentren en peligro de repitencia.

ART. 9. Clasificación de procedimientos de evaluación. Los procedimientos de evaluación son las formas o métodos utilizados para obtener información. Cada procedimiento se sirve a su vez, de instrumentos específicos y diferenciados para conseguir la información sobre el aprendizaje.

Procedimientos Instrumentos de evaluación

Definiciones Sectores

como ejemplos De Prueba Test de habilidades

y destrezas.

Test de Aptitudes.

Test de Rendimiento.

Seleccionan a los individuos de acuerdo a sus niveles intelectuales.

Permiten obtener un perfil de las potencialidades de los alumnos.

Corresponde a las pruebas construidas por el profesor durante el desarrollo del proceso de enseñanza- aprendizaje.

Todas las asignaturas.

Área Formación.

Todas las asignaturas.

De Observación Lista de cotejo o comprobación.

Escala de

Listado de palabras u oraciones que indican conductas expresadas en forma negativa o positiva, referidas a secuencias de operaciones, que el alumno ha hecho o ha dejado de hacer. (tiene dos posibilidades de respuesta)

Mide una o varias

Todas las asignaturas.

Área Formación

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera

apreciación.

Registro anecdótico.

características o rasgos a evaluar. Está asociado a una escala graduada.

Describe hechos relativos a incidentes y acontecimientos de la vida escolar de un alumno.

Todas las asignaturas

Todas las asignaturas.

De informe Cuestionario o encuesta.

Listado de preguntas escritas cuyas repuestas pueden obtenerse de diferentes maneras: entrevista o encuesta.

Área Formación

Todas las asignaturas

ART. 10. Todos los sub-sectores del plan de estudio deberán ser aprobados con un mínimo de calificación de 4,0 (cuatro, cero con aproximación)

ART. 11.

a.- Los talleres extra programáticos no llevarán calificación pudiendo ser reconocidos y evaluados cualitativamente en el informe de personalidad y en otras instancias, según su participación y permanencia en el tiempo.

c.- Los talleres de deporte obligatorios correspondientes a las clases sistemáticas desde Primero hasta Segundo Año Medio impartidos por el Departamento de Educación Física, se evaluarán semestralmente con nota coeficiente dos.

ART. 12. Procedimientos y tipos de calificaciones:

• Coeficiente uno: de acuerdo a su finalidad, es aquella que evalúa dos, tres o cuatro aprendizajes esperados (destrezas) referidos a un mismo objetivo fundamental (capacidad) y su calificación corresponde a una nota. Esta evaluación puede ser oral o escrita.

• Los procedimientos e instrumentos que originan una calificación son diversos, pero todos ellos deben responder a la calidad técnica esperada para tal procedimiento, y deben estar referidos a las capacidades/destrezas; valores /actitudes y contenidos tratados hasta el momento. Son de carácter obligatorio, desde 1° Básico hasta 4° Medio.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera Los instrumentos de evaluación orales y escritos deberán ser construidos de acuerdo a la normativa y criterios dados por el Establecimiento:

a) El Instrumento debe llevar encabezado con la insignia y nombre del establecimiento b) El profesor debe establecer la finalidad de la evaluación, ya sea como indicador de

logro u objetivo a evaluar. c) Debe determinar el tipo de procedimiento. d) Determinar el puntaje total de la evaluación. e) Establece el 60% para los objetivos mínimos f) Todas las evaluaciones orales y escritas tendrán como base para su confección, una

tabla de especificación con datos mínimos que permitan al profesor tener una visión general y clara del instrumento. A continuación se presenta un ejemplo:

CAPACIDAD DESTREZA

VALOR ACTITUD *

CONTENIDO PORCENTAJE PUNTAJE NÚMERO DE

ITEMES

.- Es necesario implementar la AUTOEVALUACION y la COEVALUACIÓN en los distintos sub-sectores del Plan de Estudio. Por lo tanto, en cada asignatura, por lo menos una calificación podrá corresponder a un trabajo de Investigación, o trabajo de Grupal o Disertación. Es esta evaluación, deberá asignarse un porcentaje, no mayor al 15%, a la Autoevaluación y la Co evaluación . de aplicarse ambas modalidades de evaluación, no deberá exceder del 15 % del total del puntaje. Auto evaluación es un proceso de observación de si mismo que permite constatar de manera permanente, los niveles que está alcanzando el alumno, y al mismo tiempo, tomar conciencia de lo que le falta por aprender, para construir un aprendizaje a cabalidad. La Auto evaluación hace al educando sentirse parte importante de un proceso, que hasta ahora estaba reservado de manera casi secreta al docente y le transfiere gran parte de la responsabilidad de su propio aprendizaje. El alumno asume una superación y consta en sus progresos. El docente, acompaña y apoya este proceso sugiriendo y orientando de manera constante. Co evaluación es un proceso de dialogo y participación activa de los estudiantes que se evalúan entre si, dentro de la mayor objetividad posible, pues el trabajo en equipo implica compartir saberes y responsabilidades para el logro de un objetivo común. Para llevar a cabo, tanto lo Auto evaluación como la coe - valuación será necesario elaborara, por parte del profesor respectivo, pautas de Evaluación o tablas de Desempeño.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART. 13. En el Ciclo de Educación Inicial se evaluarán los tres ámbitos de experiencias para el aprendizaje:

a) Formación personal y social

b) Comunicación

c) Relación con el medio natural y cultural.

ART. 14. Escala Cualitativa: Para el Ciclo Inicial, la calificación es cualitativa de acuerdo a los lineamientos entregados por las bases curriculares y Programas Pedagógicos.

• Logro: representa un aprendizaje que se evidencia en conductas muy persistentes, pleno dominio del contenido involucrado, conducta que se repite continuamente, habilidad desarrollada y permanente en el tiempo. En términos porcentuales representa un aprendizaje sobre un 80% de logro en su desempeño, o de frecuencia en las veces que ha sido observado, o en aquellos aspectos que son cuantificables.

• Logro adecuado: representa un aprendizaje que se evidencia en conductas que se reiteran a menudo, con buen nivel de dominio del contenido involucrado. Las conductas se repiten con relativa frecuencia de acuerdo a lo esperado y en relación con el aspecto evaluado. En términos porcentuales representa un aprendizaje entre un 60% y 79% de logro en su desempeño, o de frecuencia en las veces que ha sido observado, o en aquellos aspectos que son cuantificables.

• Logro escaso: representa un aprendizaje que está en desarrollo, pero que no ha sido logrado en plenitud. Requiere mayor ejercitación, un refuerzo permanente de las actitudes. En términos porcentuales, representa un aprendizaje entre un 20% y 59%, o en aquellos aspectos que son cuantificables.

• Logro deficiente: representa un aprendizaje cuyas conductas no son aún evidentes. El alumno está recién abordando el aprendizaje, lo demuestra con dificultad o aún no lo demuestra. Demuestra nulo dominio de los contenidos, no ha desarrollado aún la habilidad.

ART. 15. Para el ciclo de Educación Básica y Media la evaluación está presente desde sus inicios, cumpliendo los siguientes roles:

a) Evaluación Diagnóstica: Se aplica al inicio de cualquier proceso de aprendizaje, para determinar los niveles iniciales de los estudiantes respecto de determinadas habilidades y contenidos. Su función fundamental es identificar a los alumnos que no posean las habilidades previas o pre-requisitos e identificar a quienes las poseen. La información recopilada permite tomar diferentes decisiones pedagógicas. Esta evaluación no lleva calificación pero será consignada en el libro de clases con porcentaje de logro de cada ítem evaluado.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera b) Evaluación Formativa: Se aplica durante todo el año y tiene como función controlar y regular los procesos de aprendizaje; ya que proporciona la retroalimentación continua tanto al profesor como al alumno acerca de los logros obtenidos. Permite por lo tanto modificar estrategias, métodos y materiales, incluso la propia actitud del profesor frente al aprendizaje de los alumnos. Esta evaluación no lleva calificación, se realiza principalmente a través de la observación directa de la participación y del desenvolvimiento del alumno en relación con los contenidos y habilidades.

c) Evaluación Sumativa: se aplica durante el proceso educativo y tiene por objeto determinar si el alumno ha logrado las habilidades propuestas en los objetivos de las unidades y contenidos tratados. Antes de aplicar una evaluación sumativa, el Profesor debe informar verbalmente y entregar por escrito a los estudiantes, con una semana de antelación, LOS OBJETIVOS DE EVALUACIÓN que serán medidos y asegurarse de que este documento quede anexado en el cuaderno de cada estudiante

ART. 16. Número de Calificaciones Semestrales por Asignatura. Como consecuencia del régimen semestral, se determinó que la cantidad mínima de notas por semestre, debe responder a las siguientes especificaciones:

Nº HRS: SEMANALES

EVAL. MIN. COEF.1

TOTAL MÍNIMO DE NOTAS

2 3 3 3 2 4 4 3 5

5 o más 4 6

NOTA: Las evaluaciones coeficiente uno pueden corresponder a diferentes tipos de instrumentos (trabajo práctico, investigación, disertación, exposición oral, portafolio, dramatización, etc.)

ART. 17. En relación a los niveles de exigencia para obtener la nota mínima aprobatoria de 4.0, en el cálculo de la calificación o conversión de puntaje a notas, tanto en las evaluaciones parciales como de coeficiente dos, se utilizará el siguiente parámetro desde 1º Básico a IVº Medio:

• 60% de exigencia. • Puntaje mínimo por prueba: 30 puntos (3º Básico a IVº Medio).

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART. 18. La evaluación se realizará desde la perspectiva del enfoque evaluativo referido a criterios, que consiste en comparar los resultados del aprendizaje de un alumno, con un estándar o patrón deseado.

ART. 19. La calificación semestral y anual, para todos los cursos, considera la aproximación de la nota a la décima superior, cuando la centésima es igual o superior a 0.5. Ejemplo 4.85 se aproxima a 4.9.

ART. 20. Cuando el promedio anual de una asignatura se encuentra entre las notas 3.85 a 3.99, se aproxima automáticamente a nota 4.0. (Disposición Ministerial)

TÍTULO 2. DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR Y REGISTRO DE CALIFICACIONES ART.21 Serán promovidos todos los estudiantes que hubiesen aprobado todos los sub-sectores o asignaturas del Plan de Estudios con una calificación final igual o superior a 4.0.

ART.22 La evaluación de los objetivos fundamentales transversales y de los subsectores de Consejo de curso, Religión y Orientación, no incidirá en la promoción escolar de los estudiantes. Sin embargo, podrán ser evaluados con conceptos, como una manera de dar valor a los aspectos que tengan relación con la formación valórica de los alumnos.

ART.23 Los estudiantes de 1° Año Básico a II° Año Medio son promovidos según las normativas del decreto de evaluación correspondiente que a continuación se indican:

a) Todas las asignaturas aprobados.

b) El 85 % de asistencia a clases.

c) Con una asignatura reprobada y 4,5 promedio, incluido el sub-sector no aprobado.

d) Con dos asignaturas y 5,0 promedio, incluidos los no aprobados

Los estudiantes que obtengan un promedio final entre 3.8 y 3.9, estos estudiantes deberán rendir una evaluación que permita recoger evidencia sobre el logro de hasta tres AE que hayan sido reprobados durante el período.- Con las calificaciones que se obtengan de estos instrumentos, se recalcula el promedio y, de ser nuevamente inferior a 4,0, el estudiante quedará reprobado.-

Aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción, establecidos anteriormente repiten curso.

Sin embargo, el director(a) del respectivo establecimiento podrá decidir excepcionalmente, con un previo informe fundado en varias evidencias del profesor(a) jefe, no promover de 1º

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera a 2º o de 3º a 4º a aquellos que presenten un retraso significativo en la lectura, escritura y/o matemática, ya que puede afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

El establecimiento deberá además tener un informe de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno(a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.

ART.24 Existirá promoción en Educación Media en III° y IV° Año Enseñanza Media considerando:

a) Todos los sub-sectores aprobados.

b) El 85 % de asistencia a clases.

c) Con un sub-sector reprobado y 4,5 promedio, incluido el sub-sector no aprobado.

d) Con dos sub-sectores reprobados y 5,0 promedio, incluidos los no aprobados.

e) Sin embargo, si entre los dos sub-sectores reprobados se encuentra Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los alumnos, serán promovidos siempre que su nivel de logro sea igual o superior a 5,5, considerando en el cálculo de este promedio las dos asignaturas no aprobadas.

Aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción, establecidos anteriormente repiten curso.

ART. 25 Requisitos y modos de operar para casos especiales de promoción. Director, UTP, previa socialización con Equipo ELE, PIE o Consejo de Profesores, resolverán la situación de los alumnos en los siguientes casos:

a) En el caso de trastornos diagnosticados en el área de salud mental que afecten el rendimiento escolar del alumno, el apoderado deberá presentar los certificados de especialistas que acrediten dicha problemática y los tratamientos a seguir en Dirección, en la fecha en que se detecte. El Director deberá informar al Equipo PIE.

b) Porcentaje menor al 85% de asistencia a clases sin justificación.

Decreto 511/1997. Art. 11 inc.2 (básica).

I y II de Enseñanza Media. Decreto 112/1999. Art. 8 inc.2.

III y IV de Enseñanza Media Decreto 83/ 2001. Art. 5.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera c) Que por motivos justificados se incorpore con posterioridad al inicio del año escolar.

Decreto 112/1999. Art. 4.

d) Que por motivos justificados requieran ausentarse por un período determinado.

e) Finalizar el año escolar anticipadamente, por enfermedad prolongada o accidentes fortuitos con los informes y certificados médicos correspondientes, diagnosticada y con tratamiento médico durante el semestre. El cierre del semestre anticipado, deberá ser estudiado y aprobado junto con el compromiso de un tratamiento médico adecuado. Se revisará en marzo seguimiento y/o estado de avance del alumno; si no muestra antecedentes médicos o de tratamiento podría ser causal de cancelación de la matrícula; o de un futuro rechazo en la petición de otro cierre de semestre.

f) Situaciones de embarazo.

g) Servicio militar.

h) Certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, literatura, ciencias y artes.

Nota: Ningún certificado médico podrá ser utilizado en forma retroactiva, debiendo ser presentado al inicio de la situación que provoca la ausencia.

ART. 26 A los padres se les entregará un boletín de calificaciones semestral y anual, en entrevistas personales y/o reunión de apoderados. Además, se entregará un Informe semestral de Desarrollo Personal y Social del Alumno, con la evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales.

ART. 27 Al término del año escolar, se extenderá a los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas estudiadas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

ART. 28 Las Actas de Registro de calificaciones y promoción consignarán, en cada curso, tanto las calificaciones finales de cada asignatura como la situación final de cada alumno.

ART. 29 No deben quedar situaciones pendientes de un año lectivo a otro.

TÍTULO 3. DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE APRENDIZAJES DE LOS OBJETIVOS TRANSVERSALES, ÁMBITO ACTITUDINAL-VALÓRICO.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART. 30 La evaluación de los objetivos transversales, así como de los valores y actitudes declarados en el Proyecto Educativo, es responsabilidad de todos los estamentos del Complejo Educacional.

ART. 31 Para la evaluación de los objetivos transversales, el profesor jefe en conjunto con los profesores de asignatura observarán, durante el semestre el grado de desarrollo de los valores del Perfil del educando, declarados en el Proyecto Educativo.

La evaluación se realizará por observación directa y se consignará en la hoja de vida del alumno.

Semestralmente se informará a los padres a través del Informe de Desarrollo Personal y Social.

ART. 32 Los siguientes conceptos señalados se especificarán en dicho informe.

S: SIEMPRE

G: GENERALMENTE

O: OCASIONALMENTE

N: NUNCA

N/O: No Observado

ART. 33 El Informe de Desarrollo Personal y Social constituye un medio para retroalimentar al alumno y al apoderado sobre su desarrollo formativo y crecimiento personal en consonancia a los principios del PEI. Por tanto, resulta un antecedente importante para la toma de decisiones sobre alumnos que presentan deficiencias en este aspecto. Dicho informe se entregará en forma semestral de acuerdo a la modalidad establecida por la Dirección de nuestra Institución.

ART. 34 La asignatura de religión se considerará obligatoria para todos los alumnos de 1º Básico a 4º Medio. Para cumplir con las disposiciones del MINEDUC, durante la matrícula de todos los alumnos se aplicará una encuesta.

Disposiciones generales:

a) La evaluación Semestral y Anual de Religión figurará en el Certificado y en el Acta de notas, con el concepto correspondiente. (Ver Art. Nº 5)

TÍTULO 4. DE LOS EXÁMENES.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART.35

a) Rinden examen sólo los alumnos de III a IV año de Enseñanza Media que se encuentren en peligro de repitencia (se consideran los alumnos en peligro de repitencia, aquellos alumnos con una o dos asignaturas fracasadas, que no alcancen el Promedio Final requerido, Art. 23 y 24) teniendo derecho a rendir en las dos asignaturas que tengan promedio anual inferior a 4.0. De acuerdo a la normativa vigente del Ministerio de Educación, las situaciones especiales serán resueltas por Director.

b) Los alumnos con evaluación diferenciada, rendirán un examen confeccionado de acuerdo a las características que presenta cada alumno en esta situación.

ART.37 Los temarios con las destrezas y contenidos a evaluar en el examen escrito, deberán contemplar dos o tres de los objetivos fundamentales más representativos de la asignatura/módulo dentro del año académico.

ART.38 Los temarios serán informados por el profesor de asignatura a los alumnos y apoderados con dos semanas de anticipación a la aplicación del instrumento.

ART.39 Las fechas de los exámenes se determinarán con los plazos acordes a la finalización del año escolar.

ART.40 La nota de presentación a examen corresponde al promedio de las notas semestrales, con la aproximación correspondiente de acuerdo al Art. 19.

ART.41 En el examen escrito se utilizarán diversidad de Ítemes: de selección múltiple, V/F con argumentación, completación, términos pareados, preguntas abiertas, etc. Este instrumento será entregado al alumno para su revisión, quedando luego en poder del Establecimiento.

TÍTULO 5. DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA

ART.43 En cumplimiento con el decreto 170/20010 Dirección y Encargada del PIE autorizarán la aplicación de una Evaluación Diferenciada a los alumnos que:

a) Acrediten tener Dificultades de Aprendizajes, a través de resolución o un informe psicopedagógico emitido por un especialista acreditado para tal efecto.

b) Trabajen de manera sistemática, ya sea de forma interna (en el colegio) o externa (con educador diferencial o psicopedagogo) en un plan remedial y planificado que apunte a

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera desarrollar o potenciar aquellas habilidades que le permitan a mediano plazo enfrentar con éxito el aprendizaje.

ART.44 La evaluación diferenciada se mantendrá en aquellos alumnos que manifiesten una disposición activa durante las sesiones de clases, responsabilidad frente al estudio y trabajos solicitados. Caso contrario perderán este recurso de apoyo.

ART.45 La suspensión de la intervención psicopedagógica o la ausencia de los correspondientes informes de estados de avance del especialista tratante externo, tiene como consecuencia inmediata la eliminación de la evaluación diferenciada.

ART.46 Las normativas generales sobre evaluación y metodologías diferenciadas que rigen en nuestro colegio son las siguientes:

a) Mediar para asegurarnos de una cabal comprensión de las instrucciones o preguntas.

b) Destacar cada uno de los aspectos solicitados, frente a una pregunta que incluya más de tres variables.

c) Guiar oralmente el desarrollo de la prueba durante su ejecución.

d) Completar la evaluación escrita con preguntas orales, que apunten a lo fundamental del objetivo evaluado (el ideal es que sea al final de la evaluación).

e) Aclarar en forma oral las respuestas poco claras, por dificultades en su redacción y/o calidad grafo motriz, (el ideal es que la aclaración se haga el mismo día de la prueba).

f) Supervisar la atención y concentración de los alumnos frente a evaluaciones muy largas. Si su atención y concentración se ha dispersado, hay que dividir la prueba en dos partes y aplicar en otro momento y en otro entorno.

g) De 1º a 6º básico, considerar 20 minutos más en su aplicación si el alumno así lo requiere.

h) En el caso de la Enseñanza Media se deberá ajustar el número de preguntas para que el alumno alcance a responderlas todas en el tiempo asignado para el desarrollo de la prueba.

i) No considerar los errores específicos ni ortográficos en los casos debidamente indicados, pero sí se deben señalar.

j) El profesor debe consignar en la prueba la realización de la evaluación diferenciada.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera ART.47 Nuestra Institución se reserva el derecho de aplicar Evaluación Diferenciada y realizar Ajuste Curricular (previa revisión de los antecedentes) a alumnos que presentan cuadros que no tienen como base las dificultades de aprendizaje.

ART. 48 A los alumnos que tengan impedimento físico (por ejemplo dificultad en motricidad, audición, etc.) para cursar en forma regular un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje. En este caso el apoderado deberá presentar el certificado del especialista correspondiente y se realizaran actividades teóricas.

TÍTULO 6 NORMAS DISCIPLINARIAS REFERIDAS AL ESTUDIANTE FRENTE A LAS EVALUACIONES

ART.49 Los alumnos de 1º a 3º Básico que incurran en faltas relacionadas con las evaluaciones tendrán una sanción formativa, consignándolo en su hoja de vida e informando al Apoderado.

ART.50 Si un estudiante de 4º Básico a IVº Medio, es sorprendido por un profesor de asignatura, copiando en pruebas escritas o reproduciendo como propio trabajos ajenos o copiando y pegando de Internet, pasando por suyo el trabajo de otro, etc., se procederá según se estipula:

a) Se le solicita que entregue la prueba, verificando que el alumno registre su nombre y curso, calificando lo realizado hasta ese momento.

b) Se registra este hecho en su hoja de observaciones personales del libro de clases.

c) El profesor de asignatura debe llamar al apoderado para comunicar lo sucedido e informar de la sanción correspondiente, pudiendo ser acompañado del Profesores Jefe y / o Encargado de la Unidad Técnico Pedagógica.

d) Si el alumno presenta un trabajo plagiado, deberá repetirlo bajo las condicionantes definidas por el profesor de asignatura y su evaluación partirá de nota 4.0.

Nota: El alumno que se encuentre en estas situaciones, quedará fuera de las premiaciones de distinción y/o excelencia académica y no podrá aceptar cargos representativos sin derecho a apelación durante el año lectivo en curso.

ART.51 Procedimiento para Ausencia a pruebas.

a) Antes de la aplicación, el apoderado deberá justificar personalmente la ausencia de su pupilo, firmando el Libro de Registro en la Unidad Técnico Pedagógica. La prueba será aplicada en la primera clase de la asignatura correspondiente, al regreso del alumno para

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera optar a nota 7.0., pudiéndose ocupar un instrumento de evaluación distinto al utilizado para el resto del grupo curso.

b) Si el apoderado no pudiese concurrir al Colegio, deberá avisar telefónicamente a primera hora de la jornada la ausencia de su pupilo al Inspector encargado, y pasar en el transcurso del día, a firmar el registro antes indicado.

c) Si por segunda vez el alumno es justificado por el Apoderado a la misma prueba, sin mediar certificado médico, se le aplicará un nuevo instrumento con escala de 1.0 a 5.0. Si por tercera vez ocurriese lo mismo, el alumno tendrá derecho a rendir la prueba obteniendo nota máxima 3.0. En caso de no presentarse obtendrá nota 1.0. En todos los casos se deberá registrar la observación en el libro de clases.

d) Frente a ausencia prolongada del alumno (justificada con antelación), el profesor jefe junto con el alumno se encargarán de coordinar un calendario de pruebas.

ART.52 Procedimiento para Ausencia de los estudiantes a examen.

a) La ausencia a examen debe ser justificada solamente con certificado médico, se tomará en un día señalado como segunda opción de fecha y horario.

b) La ausencia a examen sin justificación será evaluado por la Unidad Técnico Pedagógica para tomar las medidas correspondientes, y se le informará al profesor jefe de la decisión que se tome, quien derivará la información al apoderado.

c) En caso de ausencia prolongada del estudiante sin justificación a los exámenes, se procederá como en el punto b) anterior.

TITULO 7. CONSIDERANDOS RESPECTO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL COLEGIO.

ART.53 Procedimiento a seguir con alumnos que presentan problemas de rendimiento: El Profesor Jefe presentará el caso en Consejo de Profesores, adjuntando antecedentes, previo conocimiento de los padres, apoderados y Directivos Docentes, con el objeto de adoptar medidas o estrategias que permitan al alumno superar sus deficiencias.

El apoderado firmará un compromiso pedagógico donde se señala que toma conocimiento de la situación y acepta los remediales sugeridos.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera Los alumnos promovidos con promedio insuficiente en alguna asignatura deben quedar condicionales al rendimiento por el año lectivo siguiente, estableciendo el protocolo correspondiente.

Si el alumno no supera sus dificultades académicas en el plazo establecido en el Protocolo de acuerdo firmado por los Apoderados y el Complejo, no se le renovará la Matrícula para el siguiente año.

Nota: Mientras dure la condicionalidad académica del alumno (un año) el Colegio proporcionará el apoyo Pedagógico pertinente a las necesidades del Alumno y deberá asistir a Talleres Académicos obligatorios, de la o las asignaturas deficientes.

ART.54 Del calendario de pruebas y trabajos: Las pruebas y trabajos se calendarizarán semestralmente, cuidando de no dejar más de una o máximo dos evaluaciones simultáneas (mismo día) en el calendario de pruebas y trabajos. El calendario de pruebas y trabajos del semestre será entregado por cada Profesor a su Jefatura de Unidad Técnico Pedagógica y a más tardar la segunda semana de iniciado el año lectivo. En todo caso, se debe considerar:

a) Máximo 2 pruebas parciales por día

b) Una prueba coeficiente 2 por día, más algún trabajo práctico, interrogación o Quiz evaluado.

c) La calendarización de las evaluaciones está determinada por la carga horaria curricular y el horario de clases.

d) El Profesor Jefe, entregará el calendario que permanecerá en cada sala donde se registrarán las fechas de: pruebas coeficientes 1 y 2, trabajos prácticos y quizzes, para el conocimiento de todos los profesores y alumnos, cerciorándose que estas fechas queden registradas en las agendas escolares; además informará de las fechas de evaluaciones en las reuniones de apoderados.

e) Es responsabilidad y deber del profesor jefe supervisar el cumplimiento de las disposiciones anteriores e informar al jefe de la Unidad Técnico Pedagógica cuando hubiese alguna situación irregular.

ART. 55 A través de la Agenda Escolar los estudiantes serán informados con 2 semanas de anticipación de los contenidos correspondientes a cada evaluación.

ART.56 Los instrumentos de evaluación que se apliquen deben ser construidos, según los formatos dados por el nuestra Institución y revisados por el Encargado de la Unidad

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera Técnico Pedagógica. Además deben cumplir con los requisitos de coherencia con la situación de aprendizaje; las exigencias técnicas correspondientes al tipo de procedimiento; el tiempo asignado para contestar, que debe estar calculado equilibradamente, de acuerdo a la cantidad y dificultad de la tarea que se solicita al alumno.

De preferencia confeccionar instrumentos diferenciados por filas y en ningún caso los alumnos pueden salir de la sala de clases terminada la evaluación, debiendo cumplir con el horario establecido, ya que dicho acto interrumpe el desarrollo de las otras prácticas de aula.

ART.57 Las evaluaciones coeficiente dos y exámenes deben ser visadas por Jefes de Unidad Técnico Pedagógica con un tiempo de 48 horas antes de la aplicación. Deben ser construidas sobre la base de una tabla de especificaciones de doble entrada, a fin de asegurar su validez. Deben cumplir con los requisitos de coherencia con la situación de aprendizaje, las exigencias técnicas correspondientes al tipo de procedimiento y el tiempo asignado para contestar, que debe estar calculado equilibradamente, de acuerdo a la cantidad y dificultad de la tarea que se solicita al alumno. (Artículo 12).

ART.58 Cada evaluación, (guía de ejercicios, guía de aprendizaje, instrucciones de trabajo, guías de laboratorio, etc.) debe cumplir con un formato en el que se identifique con claridad:

a) Logotipo del establecimiento

b) Asignatura, curso, profesor

c) Objetivos que son evaluados

d) Instrucciones para desarrollar la actividad o evaluación (para el nivel que lo requiera)

e) Tiempo para desarrollar la actividad o evaluación (para el nivel que lo requiera)

f) Cuadro de registro de observación. (por ejemplo: consignar información sobre evaluación diferenciada, comportamiento del alumno durante el desarrollo de la prueba, etc.)

ART.59 Las fechas de pruebas no deben ser modificadas. Si esto ocurre por razones de fuerza mayor, el profesor jefe, el Jefe de Unidad Técnico Pedagógica deben estar en conocimiento y otorgar o no la autorización correspondiente, es responsabilidad del profesor de asignatura avisar oportunamente a los alumnos y apoderados dicha modificación.

ART.60 Las evaluaciones que se hagan respecto a trabajos escritos, investigaciones, maquetas, disertaciones, etc., deberán ir siempre acompañados de pautas de evaluación, con puntajes acordes a formatos establecidos. Estas pautas deben ser conocidas por los

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera alumnos antes de su aplicación y entregadas a ellos ya evaluadas con la retroalimentación respectiva.

ART.61 El profesor cuando fija una evaluación debe asegurarse de que los contenidos y habilidades estén procesados, reforzados y que los estudiantes cuenten con material de apoyo necesario para un buen desempeño.

ART.62 Desde Pre Básica a 4º Año de Enseñanza Media, se aplicará en todas las asignaturas humanístico - científicas una a dos evaluaciones orales al año.

a) La evaluación oral puede ser del tipo: interrogación, discurso, proyectos, debates, dramatización, disertación individual o grupal, o alguna variante que implique el uso formal del lenguaje expresivo oral. Éstas se preparan en horas de clases asignadas y planificadas por los profesores, guiadas y supervisadas por ellos, según pauta de trabajo entregada por el propio docente.

b) Los temas a tratar en las disertaciones deberán ser complementarios a los objetivos fundamentales, y el profesor deberá hacer una síntesis al término de dicha exposición.

c) Los profesores de dichas asignaturas deberán confeccionar pautas de evaluación (lista de cotejos) acordes con las exigencias de la situación de evaluación y que consignen habilidades, indicadores, temas o contenidos y puntajes, para la obtención de la nota.

d) La fecha de aplicación será informada a los alumnos al menos con dos semanas de anticipación a la aplicación en el caso de una prueba, y con un máximo de un mes de antelación, para las exposiciones o disertaciones. Los apoderados tendrán acceso a la información vía agenda con la debida antelación.

ART.63 Se aplicará durante el año, al menos tres situaciones de evaluación tipo SIMCE a los niveles 2º Básico, 4º Básico, 8º Básico, IIº Medio y IIIº Medio (según corresponda), a fin de habituar a los alumnos al tipo de pregunta y formalidad de respuesta que esta evaluación requiere.

ART.64 Se aplicará desde Iº a IVº Año de Enseñanza Media, tres o más ensayos anuales de preparación de PSU en las asignaturas de Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias, según las siguientes disposiciones:

a) Los profesores de estas asignaturas serán los responsables de la elaboración de los ensayos acordes con los formatos establecidos de selección múltiple, número de preguntas por prueba, tiempo estimado, etc.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera b) Los Jefes de Unidad Técnico Pedagógica serán los responsables de la supervisión de estos procesos, su multicopiado y velará por la correcta aplicación de los procedimientos establecidos.

ART.65 Los Profesores de Asignatura elaborarán un set de actividades, para los distintos niveles acordes con los contenidos de cada curso para ser utilizados en caso de ausencia de profesores. Las guías deberán ser confeccionadas de acuerdo a los formatos establecidos que contemplarán el nombre de la asignatura, curso, profesor, etc.

ART.66 Salidas a terreno: estas actividades son complementarias al trabajo de aula, y al respecto deben cumplirse las siguientes disposiciones:

a) Las salidas a terreno deben obedecer a la unidad en tratamiento (según la planificación) y no afectar, en lo posible, el desarrollo de otras clases y cursos.

b) Estas salidas deben estar contempladas en la planificación anual de la asignatura. La salida debe ser informada con un mes de anticipación a la unidad técnico pedagógica y a todos los profesores que imparten clases al curso.

c) El Profesor de Asignatura deberá presentar el Proyecto con la salida a terreno que ha planificado con un mes de anticipación al encargado de UTP y además encargarse de enviar y recolectar las autorizaciones de los apoderados.

d) Cualquiera sea el tipo de salida a terreno, debe ser informada y autorizada en forma escrita por el apoderado.

e) La evaluación de esta actividad se realizará en la clase siguiente de la asignatura o con una pauta de observación a desarrollar en la salida a terreno.

f) La secretaría del establecimiento entregará a profesores el protocolo del procedimiento a seguir.

ART.67 Los videos deberán usarse con criterio estrictamente pedagógico, formativo y en algunas ocasiones recreativo. Previa presentación de un video, los profesores deberán revisarlo, confeccionar una Guía de Observación, entregarla al Jefe de Unidad Técnica Pedagógica, será necesario evaluar el conocimiento adquirido, su comprensión y valoración por parte del alumno, todo lo cual deberá ocurrir en la sesión inmediatamente posterior a la actividad.

ART.68 De la corrección y entrega de pruebas:

a) Deben corregirse y entregarse a los alumnos, en el plazo máximo de una semana. Exceptuando los controles de lecturas y trabajos escritos que tendrán como plazo dos semanas. No se puede aplicar una prueba sin haber entregado la evaluación de lo anterior.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera b) Las pruebas coeficiente 1 y coeficiente 2, una vez evaluadas, se revisarán, analizarán y entregarán a los alumnos. Cabe destacar que no sólo se darán a conocer las notas obtenidas, sino que los instrumentos quedarán en poder de ellos y se realizaran las correcciones correspondientes. El profesor deberá informar al Jefe Técnico el resultado de las pruebas antes de consignar las notas en el Libro de Clases, cuando el promedio de curso sea inferior a 4.5, para su análisis o sobre el 70% de los resultados no alcancen el 60% de logro.

c) Los profesores pueden corregir las pruebas de los alumnos en horas de permanencia, nunca en la sala de clases; aunque los instrumentos evaluativos no correspondan al curso con el que se encuentran. Esta recomendación no se aplica si el procedimiento a aplicar es una pauta de observación y registro que debe ser utilizada en forma simultánea con la actuación del alumno.

d) Una vez que los alumnos finalizan su evaluación deben permanecer en el aula, a fin de no interrumpir otras clases y actividades.

ART.69 Del Registro de Notas y otros antecedentes. El registro de notas se realizará para efectos de informes semestrales, finales, certificados, actas, se hará por sistema computacional.

ART.70 Los Profesores de Asignatura deberán registrar las notas de pruebas, controles, trabajo de investigación, etc. en los Libros de Clases en los plazos establecidos por este reglamento, cumpliendo con las fechas programadas en la planificación y con el número de calificaciones, según las siguientes disposiciones:

a) Cada profesor de asignatura deberá consignar la lista del curso, en orden alfabético con nombre y apellido del alumno. Los ingresados fuera del período de matrícula deben consignarse al final de la lista.

b) La lista debe mantenerse en el mismo orden en el primer y segundo semestre para evitar confusiones con las notas.

c) Deberá utilizar lápiz de pasta azul. No se aceptará el uso de lápiz a tinta o pluma. La nota obtenida bajo cuatro deberá ser registrada con lápiz pasta color rojo.

d) Cada columna de notas deberá consignar habilidad y contenido correspondiente y la fecha de aplicación del instrumento. Esto permitirá el acceso facilitando la información a padres y apoderados y agilizando la confección de Informes de Notas Semestrales, Actas de Promoción, etc.

e) Profesores Jefes deberán supervisar estas disposiciones. NO se autorizará el registro de notas y promedios fuera de los plazos establecidos.

ART.71 Los profesores jefes, al término de cada semestre y al final del proceso, deberán revisar los promedios de los alumnos del curso. Los profesores de asignatura también los

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera revisarán, para corregir lo que se les deje indicado. Efectuada esta revisión, se cerrará el semestre.

ART 72 Las correcciones de notas consignadas deben ser avisadas con informe oficial a la UTP y firma abreviada en el libro al lado de la corrección.

ART. 73 De la premiación. Los premios que están relacionados con evaluación y rendimiento, se entregan a los alumnos que poseen el mejor resultado anual y que además posean su hoja de vida sin sanciones que impliquen condicionalidad.

SOBRE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS: Las alumnas que se encuentran en esta situación deberán entender que asumen un doble

compromiso: A) Cumplir con su proceso de la mejor manera posible. B) Cumplir con su proceso de embarazo y posteriormente con el

de madre, con la más plena responsabilidad.

Estar embarazada no le exime totalmente de sus deberes como estudiante. Esta situación deberá ser estudiada y analizada con criterio por el Apoderado, Profesor Jefe y Jefes de la Unidad Técnica, e informada al Director del Establecimiento. Esta comisión podrá tomar las medidas necesarias para dar una adecuada solución. Cuando una estudiante embarazada se acoja al derecho de prenatal y postnatal, ésta deberá concurrir al colegio para concordar su calendario de evaluaciones, el que consistirá en pruebas y/o trabajos prácticos, en el caso particular de las embarazadas que estén cursando una de las especialidades, de manera de cautelar el logro de las competencias establecidas en el perfil de egreso de cada una de ellas.- El Complejo Educacional Las Acacias, de acuerdo con su proyecto Educativo Institucional, no tiene el más mínimo interés en separar del sistema escolar a las alumnas Embarazadas y Madres, ni tampoco negarse a apoyar el desarrollo de la educación sexual de los alumnos. Su intención es promover el dialogo sobre la sexualidad con naturalidad, ya que mientras más se hable, mejor se acompaña el desarrollo de los jóvenes; y cuando con un alto sentido de humanismo, contempla la siguiente normativa:

1. Asegurar la permanencia de la alumna en el establecimiento, ofreciendo las posibilidades para terminar su año escolar, de manera digna y responsable.

2. Las estudiantes no serán objeto de discriminación y tendrán los mismos deberes y derechos que el resto de los alumnos del establecimiento. Por su condición no podrán ser cambiadas de curso. Sin embargo, la alumna podrá solicitarlo, siempre y cuando presente razones fundadas.

3. En lo relativo a la asistencia a clases de Educación Física, las alumnas deberán asistir en forma regular, siguiendo las

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orientaciones del médico tratante. Sin embargo, podrán ser eximidas de la asignatura si su estado de salud lo amerita y en esta situación, podrán ser avaluadas en forma teórica.

4. No se exigirá a este tipo de alumnas el 85 % de asistencia a clases, cuando las inasistencias tengan como causa directa todo tipo de enfermedad acontecida en las fases del embarazo, y las que aquejen al hijo menor de un (1) año.

5. La Alumna podrá adaptar su uniforme a su especial condición. A su vez podrá participar en organizaciones estudiantiles y en ceremonias donde tengan participación los alumnos, o en actividades extra programáticas que se realicen en el interior del Establecimiento.

El Complejo Educacional Las Acacias, es un Establecimiento empático, humano, generoso, otorgando a las alumnas facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes con la de madres en periodo de lactancia.

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Anexo Nº1

Reglamento de Evaluación

Programa de Integración

Escolar

La Calera 2012

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INDICE: Página

I.- INTRODUCCIÓN_______________________________________4

TIPOS DE EVALUACIÓN______________________________5

Evaluación inicial______________________________5

Evaluación de proceso__________________________6

Evaluación Final_______________________________6

II.- DISPOSICIONES GENERALES___________________________6

Artículo N° 1__________________________________6

Artículo N° 2__________________________________6 Artículo

N° 3__________________________________7

Artículo N° 4__________________________________7

III.- PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS_______________________8

Artículos N°5__________________________________8

5.1_______________________________9

5.2______________________________10

5.3______________________________10

5.4______________________________11

5.5______________________________11

IV.- PONDERACIÓN DE EVALUACIONES (REFERIDOS A PROMOCIONES Y

REPITENCIAS__________________________11

Articulo N° 6_________________________________11

V.- EVALUACIONES DIFERENCIADAS ______________________11

Artículo N° 7_________________________________11

7.1______________________________11

7.2______________________________11

Artículo N° 8_______________________________ 12

8.1 ----------------------------------------------- 12

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera 8.2 ---------------------------------------------- 12

8.3 --------------------------------------------- 12

8.4 -------------------------------------------- 12

VI.- EVALUACIÓN Y TRASLADO DE ALUMNOS ----------------- 12

Artículo N° 9 ------------------------------------------ 12

Artículo N° 10 ---------------------------------------- 12

Artículo N° 11------------------------------------------ 12

II.- CONCEPTO Y TIPOS DE EVALUACIÓN:

Evaluación es un proceso continuo que tiene como finalidad determinar la necesidad real de un estudiante con N.E.E. de recibir apoyos para alcanzar el logro de los objetivos planteados dentro del currículo escolar, permitiendo descubrir sus fortalezas y falencias para poder ajustar los procesos de enseñanza – aprendizaje y la entrega de apoyos necesarios a través de las diferentes estrategias que contempla el plan de PIE. Como así mismo la eficacia con que han sido entregados estos apoyos dentro del marco de la educación común.

Dentro de este proceso, la evaluación debe ser cuantitativa y cualitativa, considerando las diferentes dimensiones:

- Habilidades Intelectuales

- Conducta adaptativa

- Participación, Interacción y Roles Sociales

- Salud

- Contexto (condiciones tanto ambientales como culturales Interrelacionadas).

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II a.- EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INICIAL.

Conocimiento de las experiencias previas de los estudiantes postulantes a PIE, tanto en el área Psicológica, pedagógica como en las habilidades sociales y afectivas, determinando de esta manera las necesidades de apoyo más adecuadas a cada estudiante.

La evaluación diagnóstica de ingreso en estudiantes con NEET debe considerar la evaluación de salud.

II b.- EVALUACIÓN DE PROCESO.

Son las evaluaciones que dan cuenta de la evolución, retroceso o estancamiento del estudiante en el proceso de aprendizaje planificado en las diferentes áreas de acuerdo al grado o nivel. Puede ser medido por actividades realizadas y/o instrumentos de evaluación, que permitan regular y orientar el aprendizaje a las metas propuestas.

II C.- EVALUACIÓN FINAL

Debe ser integradora con diferentes actividades que den cuenta del resultado conseguido en relación a las metas y objetivos generales propuestos. También puede ser una actividad de auto reflexión acerca de los avances obtenidos.

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III.- DISPOSICIONES GENERALES:

Art. 1.

Este reglamento se aplicará tanto a los estudiantes que se incorporen por primera vez al PIE como a los que ya reciben apoyos.

De acuerdo a los Decretos:

- 1/ 1998, para los Estudiantes con NEE permanentes.

- 1300/ 2002 y 170/2010 para alumnos con NEE Transitorias.

De los niveles Educativos Pre-básica, Básica y enseñanza Media.

Art. 2.

Los estudiantes serán evaluados según:

- Régimen Semestral : NEE Permanentes.

- Régimen Trimestral : NEE Transitorias.

De acuerdo a los objetivos planteados en las asignaturas de los subsectores que necesiten apoyo según necesidades educativas individuales.

Art. 3

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El Estado de Avance en el proceso educativo de las y los estudiantes deberá ser entregada a los padres, apoderados y profesores en forma integrada por profesionales del equipo PIE, en una modalidad y formato establecido de acuerdo a las NEE, ya sean Permanentes o transitorias:

Nivel Pre-básico NEE Transitorias, Modalidad trimestral, Formato Pre-básico.

Nivel Básico NEE Transitorias, Modalidad trimestral, Formato Nivel Básico.

- NEE Permanentes, Modalidad Semestral,

Nivel E. Media Formato Nivel Básico : - NEE Transitorias, Modalidad Trimestral,

Formato Nivel E .M.

NEE Permanentes, Modalidad Semestral, Formato E.Media.

Art. 4

Las situaciones de Evaluación no previstas en este reglamento, serán resueltas caso a caso por El Director y jefe de UTP de cada colegio.

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IV.- DE LOS PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS

Art Nº 5

El PIE en coherencia con el proyecto Institucional de cada Escuela, aplicará los diferentes procedimientos de Evaluación:

5.1 Para las evaluaciones Iniciales: Se debe evaluar integralmente al

estudiante de acuerdo a las dimensiones estipuladas en el punto II.

Para ello se aplicarán los siguientes Instrumentos de Evaluación:

Áreas Edad o Grado Académico Instrumentos de Evaluación

Pedagógica Pre-Básico

Básico

E. Media

. Pauta de derivación a PIE, según NEE

.Informe Pedagógico

Psicológica 6 años a 16 años 11 meses

WISC- III

P.A.C o Vineland

Anamnesis

17 años en adelante Wais

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PAC 2 o Vineland

Anamnesis

Psicopedagógica Prebásica .Evalúa 0

.F. Básicas

.Maduracional 5 y 6

.Prueba de Pre-cálculo

-Test del Rio

Básica Curso: 1° a 2° .Evalúa

.CLP

.Benton y Luria.

Funciones Básicas

Lectoescritura de Ricardo Olea

TEDE

Curso: 3° a 4° .Evalúa

.CLP

.Benton y Luria

.Bevta

.Lectoescritura de Ricardo Olea

Curso : 5° a 6° .Evalúa

.CLP

.Benton y Luria

.Bevta

Curso: 7° a 8° . Evalúa

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera .CLP

.Benton y Luria

.Bevta

Enseñanza Media .Evalúa 6 y 8

.Escala CAPLI

.Niveles Ortográficos

.Calidad de Escritura

-CLP

Fonoaudiológica .Prebásico

.Básico

Área Social .Prebásico

.Básico

. E. Media

. Autorización de Apoderados

- Anamnesis

- Aplicación de P.A.C

- Entrevistas con apoderados

*Test sociométrico

5.2 Los estudiantes que falten tres veces consecutivas a una evaluación inicial se dejará registrado en el libro de crónicas del Establecimiento y en el libro de registro del o la especialista y se dará prioridad a otros estudiantes postulantes.

5.3 Para las reevaluaciones: Estas se realizarán en los periodos de tiempo indicados:

Áreas Periodo de Tiempo Mes o Fecha Estimada

Pedagógicas Anual Nov- Dic.

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Psicológicas DI. LEVE

De 6 a 10 años: Cada 1 año

De 11 años en adelante: Cada 2 años

TRANSITORIOS

Anual

Según fecha de evaluación

Psicopedagógicas PERMANENTES

De 6 a 10 años: Cada 1 año

De 11 años en adelante: Cada 2 años

TRANSITORIOS

Anual

Según fecha de Evaluación

Fonoaudiológicas Anual Según fecha de Evaluación

A. Social Anual Según fecha de Evaluación.

5.4 Para las evaluaciones Diagnósticas Académicas de cada año lectivo, se aplicarán instrumentos Informales PIE de cada nivel y se realizarán en el mes de Marzo, excepto si el estudiante con resolución y cupo ingresa en fecha posterior.

5.5 Para las evaluaciones finales de cada año. En la situación de egreso del PIE se realizará una evaluación multidisciplinaria, incluyendo profesor de curso,

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera Dirección y UTP del establecimiento Educacional, para determinar dicha situación.

5.6 En las situaciones de egreso de los alumnos del PIE, se deberán estipular en un Certificado de Egreso, firmado por equipo PIE, equipo directivo, profesor de curso y apoderado.

V.- DE LA PONDERACIÓN DE LAS EVALUACIONES.

Art Nº 6

La promoción de los alumnos PIE se considerará cómo un acuerdo entre profesor jefe, jefe UTP y equipo PIE, tomando como referencia los criterios establecidos en el marco curricular del establecimiento (asistencia y rendimiento académico); y el rendimiento mostrado en su atención individual en el aula de recursos. (Estados de Avances, adaptaciones curriculares, mejora conductas adaptativas, otro imponderables).

VI.- EVALUACIONES DIFERENCIADA.

Art.Nº 7

Se aplicará una evaluación adecuada a las NEE de los estudiantes en los siguientes casos:

7.1.- Deficiencia en el logro de objetivos en estudiantes recién ingresados al establecimiento, en un tiempo no mayor a un semestre, mientras consigue su nivelación.

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7.2.- Ausencias prolongadas por enfermedad, mientras logra su nivelación.

Estos procesos evaluativos deben ser coherentes con el diagnóstico previamente realizado y al tipo de NEE detectada, además esto significará el uso de estrategias de aprendizaje diferenciado, previamente planificado por el periodo de nivelación no superior a lo estipulado en el punto Vl a, de modo que sea un apoyo efectivo en el logro de aprendizajes.

Este tipo de evaluación debe estar en conocimiento del apoderado.

Art Nº 8

Procedimientos de evaluación Diferenciada aplicada serán los siguientes:

8.1.- Instrumento de evaluación con distinto grado de dificultad.

8.2.- Interrogaciones orales en reemplazo de evaluación escrita.

8.3.- Extender el tiempo en la aplicación de la evaluación si el alumno lo requiere.

8.4.- Considerar estrategias en la elaboración y aplicación de los instrumentos.

VII.- TRASLADOS DE ESTUDIANTES:

Art N° 9

Los y las estudiantes integrados que provienen de otro Establecimiento Educacional para ser ingresados al PIE deberán presentar carpeta con informes, Formularios únicos y evaluaciones correspondientes a la fecha de traslado y modalidad de evaluación, ya sea trimestral o semestral.

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Complejo Educacional Las Acacias La Calera Art N° 10

Los estudiantes trasladados deben cumplir con el tipo de evaluación estipulado en el presente reglamento.

VIII.- DERIVACION DE ESTUDIANTES

Art Nº 11

Serán derivados a escuela especial, a los alumnos que en su evaluación psicológica obtengan como resultado una discapacidad intelectual moderada, siempre que se cuente con el consentimiento del apoderado, en caso contrario el alumno(a) se retirará del PIE y será responsabilidad exclusiva del establecimiento su atención.

Los alumnos que obtengan como resultado en la evaluación psicológica una discapacidad intelectual leve, y aun repitiendo de curso, no cumplen con los objetivos mínimos del nivel, se recomendará al apoderado su derivación a escuela especial.

Anexo Nº2

¿Qué hacer cuando existen problemas en la calificación y/o corrección de pruebas?

Los decretos de evaluación de básica y media establecen el deber de los establecimientos de elaborar un reglamento de evaluación, el cual debe contener disposiciones, entre otros aspectos, sobre los procedimientos que aplicará el establecimiento para evaluar los aprendizajes de los alumnos y las formas de calificar y comunicar los resultados a los alumnos, padres y apoderados.

Page 38: REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE ALUMNOS … · (Test, lista de cotejos, cuestionario, encuesta, rubrica etc.). Una vez que se haya realizado la medición podrá procederse

Complejo Educacional Las Acacias La Calera Por lo tanto, ante un problema en la calificación o corrección de una prueba es necesario en primera instancia revisar el Reglamento de Evaluación y luego informar del problema al Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, de tal manera de lograr una revisión de la situación.

En caso, que el problema no se pueda resolver en esa instancia, los Decretos de evaluación establecen que las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, por el Consejo de Profesores o aún más por el Consejo Escolar dentro del ámbito de sus competencias”.

¿Qué hacer cuando existen problemas en la promoción de alumnos(as)?

Los decretos de evaluación de básica y media establecen el deber de los establecimientos de elaborar un reglamento de evaluación, el cual debe respetar los requisitos de promoción establecidos en los respectivos decretos de educación básica y media.

Por lo tanto, ante un problema en la promoción de un(a) alumno(a), es necesario en primera instancia revisar el Reglamento de Evaluación, el decreto de evaluación correspondiente y luego informar del problema al Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, de tal manera de lograr una revisión de la situación.

En caso, que el problema no se pueda resolver en esa instancia, los Decretos de evaluación establecen que las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, serán resueltas por el Consejo de Profesores o por el Director dentro del ámbito de sus competencias.

La Calera, abril de 2016.