Reforma tributaria

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1 ELEMENTOS PARA UNA PROPUESTA DE REFORMA TRIBUTARIA I. Objetivo de los impuestos y la recaudación fiscal Los impuestos y la recaudación fiscal tienen por objeto: - Financiar el gasto público. - Corregir las desigualdades económicas y sociales. - Redistribuir ingresos hacia las poblaciones más vulnerables. - Modificar comportamientos que producen importantes externalidades negativas, como por ejemplo el aplicar el impuesto a la bencina debido a la contaminación medioambiental y acústica. - Incentivar comportamientos en los agentes económicos, como por ejemplo al establecer créditos fiscales para promover la incorporación de tecnologías limpias en las actividades productivas. II. Recaudación fiscal Según datos de la Dipres, el Gobierno de Chile recaudó 25.651.969.793 miles de pesos en el 2010, equivalentes al 24.7% del PIB de ese año. Al considerar únicamente los impuestos, estos representaron 16.5% del PIB 2010. Ingresos Generales de la Nación (M$ Dic 2010) Año 2010 % del PIB Impuestos 17,102,058,891 16.5% Imposiciones previsionales 1,452,189,771 1.4% Transferencias Corrientes 322,515,750 0.3% Restas de la propiedad 266,790,905 0.3% Ingresos de operación 488,625,669 0.5% Otros ingresos corrientes 380,635,409 0.4% Venta de activos no financieros 30,995,282 0.0% Venta de activos financieros 2,518,368,216 2.4% Recuperación de préstamos 197,220,046 0.2% Transferencias para gastos de capital 343,705,686 0.3% Endeudamiento 2,514,332,406 2.4% Saldo Inicial Caja 34,531,762 0.0% Total Ingresos 25,651,969,793 24.7% Fuente: Dipres

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ELEMENTOS PARA UNA PROPUESTA DE REFORMA TRIBUTARIA

I. Objetivo de los impuestos y la recaudación fiscal

Los impuestos y la recaudación fiscal tienen por objeto:

- Financiar el gasto público.

- Corregir las desigualdades económicas y sociales.

- Redistribuir ingresos hacia las poblaciones más vulnerables.

- Modificar comportamientos que producen importantes externalidades negativas, como

por ejemplo el aplicar el impuesto a la bencina debido a la contaminación medioambiental

y acústica.

- Incentivar comportamientos en los agentes económicos, como por ejemplo al establecer

créditos fiscales para promover la incorporación de tecnologías limpias en las actividades

productivas.

II. Recaudación fiscal

Según datos de la Dipres, el Gobierno de Chile recaudó 25.651.969.793 miles de pesos en el 2010, equivalentes al 24.7% del PIB de ese año. Al considerar únicamente los impuestos, estos representaron 16.5% del PIB 2010.

Ingresos Generales de la Nación (M$ Dic 2010)

Año 2010 % del PIB

Impuestos 17,102,058,891 16.5%

Imposiciones previsionales 1,452,189,771 1.4%

Transferencias Corrientes 322,515,750 0.3%

Restas de la propiedad 266,790,905 0.3%

Ingresos de operación 488,625,669 0.5%

Otros ingresos corrientes 380,635,409 0.4%

Venta de activos no financieros 30,995,282 0.0%

Venta de activos financieros 2,518,368,216 2.4%

Recuperación de préstamos 197,220,046 0.2%

Transferencias para gastos de capital 343,705,686 0.3%

Endeudamiento 2,514,332,406 2.4%

Saldo Inicial Caja 34,531,762 0.0%

Total Ingresos 25,651,969,793 24.7%

Fuente: Dipres

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III. Estructura de la recaudación fiscal

Chile se caracteriza por tener un sistema tributario de alta complejidad, con múltiples exensiones fiscales, lo cual se traduce en elevados niveles de evasión pero sobre todo de elusión de impuestos. La evasión fiscal se produce cuando un contribuyente deja de cumplir con su declaración y pago de un impuesto conforme lo que señala la ley. Lo anterior ya sea de manera involuntaria o culposa. La elusión, en tanto, se produce cuando el contribuyente busca reducir la base imponible mediante operaciones que no se encuentran expresamente prohibidas por disposiciones legales o administrativas, pero que tienen un origen culposo. A modo de ejemplo, según estimaciones del Servicio de Impuestos Internos, el IVA evadido en el 2009 fue de 1.552.000.000 miles de pesos, lo cual equivale al 8.6% de los impuestos recaudados y al 1.7% del PIB de ese año.

Fuente: SII. IV. Carga tributaria

Cualquier reforma tributaria requiere que se determine, antes que nada, el nivel óptimo de recaudación tributaria del país. Lo anterior dice estricta relación con el rol del Estado y las preferencias de los ciudadanos en la materia.

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En ese sentido, Progresa considera urgente implementar reformas estructurales en materia de educación1, salud pública y sistema previsional. Estas tres reformas apuntan a reforzar el rol del Estado como garante del derecho a la educación, salud y una vejez digna para todos. Debido a lo anterior, se estima que la carga tributaria debiese alcanzar el 20% del PIB nacional, de manera de financiar, al menos, las propuestas anteriormente señaladas. V. Elementos para una reforma tributaria

A continuación se detallan algunas de las propuestas para una reforma tributaria: 1. Impuesto Único a las Utilidades:

Se propone crear un Impuesto Único a las Utilidades que reemplace los dos impuestos

actuales que se aplican de manera secuencial. El impuesto único propuesto se pagaría al

generarse las utilidades y no como sucede en la actualidad, esto es cuando las utilidades se

generan (Impuesto a la primera categoría) y luego cuando se retiran, si es que son retiradas

(Impuesto global complementario).

2. IVA Diferenciado:

El IVA es considerado un impuesto de traslación, toda vez que el consumidor absorbe su costo

final. Al día de hoy, la tasa de impuesto al valor agregado es de 19% parejo. Lo anterior

significa que Chile aplica una tasa constante, independiente de que se trate de bienes

fundamentales (medicamento, alimentos básicos y libros) o bienes secundarios como artículos

de línea blanca, etc.

Por ello es que se propone establecer un IVA diferenciado para los bienes de primera necesidad, la canasta básica de alimentos pero también los libros, en el entendido de que el acceso y consumo de libro es una condición necesaria al desarrollo del país, tanto desde un punto de vista económico como social.

3. Cambio de reglas:

En los últimos años se ha desarrollado una nueva postura impositiva basada en la aplicación de una tasa de impuesto plano (flat tax), pero sin otorgar ningún tipo de privilegios o excepciones que favorezcan a determinadas actividades económicas, salvo a los sectores de menores ingresos. Este sistema tiene la ventaja de facilitar la recaudación fiscal puesto que se reduce la evasión y/o elusión fiscal, además de reducir los costos de administración tributaria. Sin embargo, al no ser una estructura tributaria de tipo progresiva, atenta contra el principio de equidad.

1 Ver Propuesta en Educación Superior de Fundación Progresa, que propone aranceles diferenciados,

tendientes hacia la gratuidad en Educación Superior.

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Por ello es que proponemos aplicar tasas de impuesto plana pero estableciendo tramos específicos, de manera de reducir la evasión y elusión fiscal, pero sin dejar de lado el principio de progresividad. Este sistema tiene las siguientes ventajas:

- Reduce la elusión puesto que se pone término a los subterfugios tributarios utilizados

para disminuir la carga tributaria de los contribuyentes.

- Es un sistema más eficiente toda vez permite una mayor transparencia en la definición

de la tasa, base imponible y monto a pagar.

- Se amplía la base tributaria ya que toda persona debe pagar sus impuestos, sin

beneficio o privilegio alguno.

- Disminuye la evasión fiscal.

4. Funcionamiento del nuevo sistema:

Para el cálculo del pago de impuestos: 1. Toda empresa tendría como base imponible la totalidad de los ingresos generados a excepción

de las remuneraciones pagadas a los trabajadores, los desembolsos por inversión y los pagos

de impuestos indirectos.

Base imponible de las empresas = Ingreso - (inversión + remuneración trabajo + impuestos

indirectos).

2. Base imponible del trabajador = ingreso del trabajo - deducción personal por tramo exento.

En efecto, el sistema propuesto incorpora el criterio de progresividad, a través de los

siguientes tramos:

a. Primer tramo exento de impuesto hasta $750.000 mensuales.

b. Segundo tramo de de $750.001 hasta los $1.500.000 de pesos con una tasa pareja de

10%.

c. Tercer tramo de de $1.500.001 hasta los $2.500.000 de pesos con una tasa pareja de

15%.

d. Cuarto tramo de de $2.500.001 hasta los $4.000.000 de pesos con una tasa pareja de

20%.

e. Quinto tramo de de $4.000.001 hasta los $6.000.000 de pesos con una tasa pareja de

25%.

f. Sexto tramo que exceda los $6.000.000 de pesos con una tasa de 30%.

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