¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

31

description

“Los beneficios de la ley de pago por ausencia laboral debido a enfermedad se extienden mucho más allá del impacto positivo en las familias individuales. Se trata también de hacer que nuestros negocios funcionen mejor, y proteger la salud y el bienestar de sus clientes.” - PowerPoint PPT Presentation

Transcript of ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

Page 1: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?
Page 2: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

“Los beneficios de la ley de pago por ausencia laboral debido a enfermedad se extienden mucho más allá del impacto positivo en las familias individuales. Se trata también de hacer que nuestros negocios funcionen mejor, y de proteger la salud y el bienestar de sus clientes.”

- Alcalde Bill de Blasio

Page 3: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?• Introducción breve• ¿Qué dispone la ley? • ¿Quién está cubierto bajo la ley?• Aviso con los Derechos de los Empleados• ¿Cómo se acumula la ausencia laboral debido

a enfermedad?• ¿Para qué pueden utilizar los empleados la

ausencia laboral debido a enfermedad? • Cumplimiento con la Ley• Preguntas

Page 4: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

INTRODUCCIÓN BREVE• La ciudad de Nueva York es una de muchas

jurisdicciones con una ley requiriéndole a los empleadores ofrecer ausencia laboral debido a enfermedad.

• Más de 1 millón de trabajadores de la ciudad de Nueva York ahora tendrán el derecho a ausentarse del trabajo debido a enfermedad.

Page 5: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

INTRODUCCIÓN BREVE• El Departamento de Asuntos del Consumidor

(DCA) supervisa la implementación y el cumplimiento de la ley de ausencia laboral debido a enfermedad.

• Los empleadores y los empleados pueden recibir el requerido Aviso con los Derechos de los Empleados, una página de resúmenes, preguntas frecuentes, y el calendario de eventos de entrenamiento de las siguiente maneras:

– Visitar nuestra oficina en 42 Broadway, Piso 11, New York, NY 10004

– Visitar la página web nyc.gov/PaidSickLeave– Llamar al 311

Page 6: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUÉ DISPONE LA LEY?• Bajo la nueva ley, los empleados tienen el

derecho de usar ausencia laboral para su propio cuidado médico o el de algún miembro de su familia.

• La ley reconoce como miembro de la familia a:– Hijos (biológico(a),

adoptado(a), hijo de crianza, o guarda legal)

– Nietos– Cónyuge– Pareja de hecho– Padres

– Abuelos– Hijos o padres del

cónyuge o pareja de hecho del empleado

– Hermanos (incluso medios hermanos, hermanos adoptados o hermanastros)

Page 7: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUÉ DISPONE LA LEY?DATOS IMPORTANTES: EMPLEADOS• Los empleadores que tienen contratados cinco

empleados o más quienes trabajan más de 80 horas por año calendario en la ciudad de Nueva York, deberán proporcionar permiso pagado de ausencia laboral debido a enfermedad.

• Los empleadores con menos de cinco empleados quienes trabajan más de 80 horas por año calendario en la ciudad de Nueva York, deberán proporcionar permiso no pagado de ausencia laboral debido a enfermedad.

Page 8: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUÉ DISPONE LA LEY?DATOS IMPORTANTES: EMPLEADOS DOMÉSTICOS• Los empleadores que tienen por lo menos un

empleado doméstico que haya trabajado por lo menos un año, deberán dar 2 días de permiso pagados de ausencia laboral debido a enfermedad.

– Empleado(s) doméstico(s) debe(n) trabajar más de 80 horas durante el año calendario.

– Definición: “…una persona empleada en una casa o residencia con el fin de cuidado a un niño, actúa como compañero para un enfermo, convaleciente o persona mayor, limpieza, o para cualquier otro propósito de servicio domestico.”

– Ley Laboral del Estado de NY

• La ausencia requerida por la Ciudad es además de los 3 días de descanso pagado garantizados bajo la Ley Laboral del Estado de NY.

Page 9: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUIÉN ESTÁ CUBIERTO BAJO LA LEY?• La ley cubre a:

– Empleados de tiempo completo

– Empleados de tiempo medio

– Empleados temporales– Empleados

compensado por dia y empleados “de llamada”

– Empleados de programas transitorios

– Empleados indocumentados

– Empleados que son familias pero no dueños

– Empleados que viven fuera de la ciudad de Nueva York pero trabajan en NYC

Page 10: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿QUIÉN NO ESTÁ CUBIERTO BAJO LA LEY?• La ley no cubre a:

– Empleados que trabajan menos de 80 horas durante un año calendario en NYC

– Empleados de agencias gubernamentales

– Contratistas independientes

– Estudiantes de programas de estudio de trabajo federal

– Empleados cuyo trabajo se compensa con programa de becas calificados

– Participantes en los programas de trabajo “Work Experience Programs (WEP)”

Page 11: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

ACUERDOS COLECTIVOS ACTUALES• La ley no entra en vigor para los empleados

cubiertos por un acuerdo colectivo válido que esté en vigor el 1 de abril de 2014, hasta que se termine el acuerdo.

Page 12: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

ACUERDOS COLECTIVO NUEVOS• La ley aplicará a empleados que hayan

entrado en acuerdos colectivos después del 1 de Abril de 2014, a menos que: Para la mayoría de empleados:

Para los empleados en las industrias de alimentos o de construcción:

El acuerdo debe renunciar expresamente a las disposiciones de la ley y proporcionar un beneficio similar.

El acuerdo debe renunciar expresamente a disposiciones de la ley, pero no tiene que proporcionar un beneficio similar.

Page 13: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

AVISO CON LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS• Los empleadores deben proveerle a sus empleados

cubiertos por la ley el Aviso con los Derechos de los Empleados creado por el DCA.

• Los empleados deben recibir el Aviso en ingles y si está disponible en la pagina web del DCA, en el idioma principal del empleado.

• EL Aviso esta disponible en Inglés y 25 idiomas adicionales en nyc.gov/PaidSickLeave.

Empleados existentes(Empleado ya el 1 de Abril):

Empleados nuevos (Empleado al 1 de Abril o después):

Debe recibir el aviso antes del 1 de mayo.

Debe recibir el aviso el primer día de empleo.

Page 14: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

AVISO CON LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS• Incluye:

– Tasa de acumulación y la información de cómo usar la ausencia laboral por enfermedad.

– El año calendario del empleador.

– El derecho de ser libre a represalias.

– El derecho de someter una queja.

Page 15: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

AVISO CON LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS• Los empleadores no están obligados a mantener

una copia del Aviso firmado por el empleado; sin embargo, se le recomienda mantener copias por mantenimiento de registros.

• Los empleadores pueden dar a los empleados el Aviso en persona, por correo o por email. Guarde los recibos de correo electrónico.

• Los empleadores deben proporcionar por escrito la póliza de ausencia laboral debido a enfermedad si requiere aviso avanzado, documentación médica, o verificación del empleado.

Page 16: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿COMO SE ACUMULA LA AUSENCIA LABORAL?• Los empleados que trabajan más de 80 horas por

año calendario acumulan 1 hora de permiso de ausencia laboral debido a enfermedad por cada 30 horas trabajadas. Fecha que Empieza

a AcumularFecha en que tiempo acumulado esta disponible para uso

Empleados existentes

1 de Abril de 2014 30 de Julio de 2014

Empleado nuevo Primer día de empleo 120 días después del primer día de empleo• Un año calendario es un período de tiempo de 12

meses consecutivos determinado por el empleador.

Page 17: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

REGISTROS Y AVISOS OBLIGATORIOS

• LOS SIGUIENTES REGISTROS DEBEN CONSERVARSE POR 3 AÑOS:- Mantenimiento de tiempo (ej. horas trabajadas) y registros de salario- Tasa de acumulación, excepto los empleadores que adelantan las horas- Horas de enfermedad solicitadas y usadas- Horas de enfermedad conservadas, excepto los empleadores que pagan las horas

conservadas al final del año calendario o adelantan las horas al principio del proximo año calendario

Herramienta de Mantenimiento de Tiempo Ayuda a los empleadores calcular la tasa de acumulación y uso de los empleados. Use la herramienta que corresponde a cómo realiza el seguimiento de las horas trabajadas:

Diario, Semanal o Quincenal. Las instrucciones se incluyen con cada herramienta.

Formulario Modelo: Notificación Del Empleado de Intención de Usar Días De Enfermedad Ganados Los empleadores pueden exigir a los empleados a firmar este formulario si quieren utilizar días de enfermedad ganados para una

necesidad previsible Formulario Modelo -  Verificación Del Empleado Para el uso autorizado de los Días De Enfermedad Pagado

Formulario Modelo -  Solicitud del Empleado para recuperar las horas perdidas como alternativa al uso de Días De Enfermedad Pagado

Ambos disponibles para su uso en www.nyc.gov/PaidSickLeave

Page 18: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿ QUÉ PASA CON LOS DÍAS DE ENFERMEDAD NO UTILIZADOS?• Los empleados que no han usado todas sus horas de

enfermedad en el año calendario, pueden trasladar hasta 40 horas al siguiente año calendario, excepto los empleados cuyos empleadores adelantan las horas.

• Los empleados continúan acumulando hasta 40 horas de ausencia laboral debido a enfermedad en el siguiente año calendario, y mantienen las horas de enfermedad transferidas del año calendario anterior; estas horas pueden ser utilizadas en el primer día del nuevo año calendario.

• Los empleadores solo están requeridos a proporcionar 40 horas de ausencia laboral debido a enfermedad por año calendario.

Page 19: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

TASA DE ACUMULACION DE AUSENCIA LABORAL DEBIDO A ENFERMEDAD• Los empleadores con 5 empleados o mas

deben pagarle a sus empleados a su tasa regular por hora pero no menos de $8.75 por hora (salario mínimo).

– Esto incluye empleados cuyo salario es basado en propinas.

Page 20: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿PARA QUE PUEDEN LOS EMPLEADOS UTILIZAR LA AUSENCIA LABORAL?• Los empleados pueden usar ausencia laboral

debido a enfermedad para su cuidado médico o el de algún miembro de su familia por:

– Enfermedad mental o física, lesión o condición de salud.– Diagnóstico médico, cuidado o tratamiento de lo mencionado. – Atención medica preventiva.

• Si el negocio cierra debido a una emergencia de salud pública.

• Cuidado de niños cuya escuela o guardería haya cerrado debido a una emergencia de salud pública.

Page 21: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

CONDICIONES LEGALES DE AUSENCIA LABORAL DEBIDO A

ENFERMEDAD• Incremento Mínimo Por Día– Debe ser razonable en las circunstancias, pero no puede ser más de 4 horas al dia

• Notificación Adelantada Para el Uso de Ausencia Laboral Debido a Enfermedad– No debe exceder de 7 días si los empleados saben que van a utilizar tiempo de

ausencia laboral. – Tan pronto como sea posible (razonable) cuando los empleados no saben que van a

utilizar la ausencia laboral.

• Documentación de un Medico Autorizado– Solo si el empleado utiliza mas de 3 días consecutivos de trabajo como ausencia

laboral debido a enfermedad– Puede requerir la firma del proveedor licenciado , la necesidad de , y la cantidad

necesaria de días de enfermedad– Los empleadores no pueden exigirle al proveedor medico que especifique la razón

medica por la ausencia laboral.

• Confirmación o Verificación del Empleado

Page 22: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

OTRAS PÓLIZAS DE AUSENCIA• La ley de ausencia laboral debido a enfermedad

establece solo los requisitos mínimos.

• Las pólizas de ausencia laboral de su empleador pueden ya cumplir o exceder los requisitos de la ley.

– Ejemplo: Si el empleador ofrece a los empleados por lo menos 40 horas de ausencia pagada que los empleados pueden utilizar para ausencia laboral debido a enfermedad en las mismas condiciones que la ley de pago por ausencia laboral debido enfermedad de la Ciudad, el empleador no tiene que dar mas tiempo libre.

Page 23: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

CUMPLIMIENTO CON LA LEYDCA está implementando una amplia campaña de educación y difusión pública para ayudar a los empleadores y empleados a entender sus responsabilidades y derechos.

• Los empleadores deben conservar y mantener los registros que documenten el cumplimiento de la ley por lo menos 3 años.

– Los empleadores deben mantener confidencial cualquier tipo de información relacionada con la salud.

Page 24: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

CUMPLIMIENTO CON LA LEY• Los empleados tienen 2 años para presentar

una queja con DCA.• DCA mediará quejas para resolverlas. Los

empleadores deben responder a la escrita solicitud de información del DCA dentro de 30 días.

• DCA puede emitir una violación si la mediación no tiene éxito.

Page 25: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

REPRESALIAS• Los empleadores estan prohibidos de interferir con las

investigaciónes o tomar represalias contra empleados por ejercer o tratar de ejercer su derechos protegidos, incluyendo usando su ausencia debido a enfermedad o presentando quejas con DCA.

• DCA toma muy en serio las denuncias de represalias.

• Los empleadores pueden ser obligados a tomar acciones correctivas, incluyendo volver a contratar a un empleado que fue despedido ilegalmente.

Page 26: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

AYUDA Y PENALIDADES BAJO LA LEY• Los empleadores son responsables por la pérdida

de salarios, beneficios perdidos, multas monetarias y alivio.

• Alivio monitario a los empleados varían desde $ 250 a $ 2,500 por violación.

• Las multas máximas – $50 por cada empleado por no distribuir el

Aviso de los Derechos de Los Emploeados– $ 500 por violación, aumentando a $ 750 o $

1000 por violaciónes repetidas dentro de 2 años

Page 27: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

NORMAS• Monitorice la página web

nyc.gov/PaidSickLeave para obtener las normas definitivas.

• Las normas aclaran las provisiones de la Ley de Pago por Ausencia Laboral Debido A Enfermedad, establecen los requisitos para aplicar la ley y cumplir con sus metas, y proporcionan orientación a los empleadores cubiertos y empleados protegidos.

Page 28: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

DCA ESTÁ AQUÍ PARA AYUDARPAGO POR AUSENCIA LABORAL DEBIDO A ENFERMEDAD• Para presentar una queja y obtener

información sobre Pago Por Ausencia Laboral Debido A Enfermedad:

– Visite nyc.gov/PaidSickLeave– Llame a 311 (212-NEW-YORK fuera de NYC)– Visite al 42 Broadway, Piso 11, New York, NY 10004. El horario

de oficina es de 9 a.m. a 5 p.m. de lunes a viernes.

Page 29: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

DCA ESTÁ AQUÍ PARA AYUDAROficina de Servicios de Empoderamiento Financiera• Visite nyc.gov/consumers

−Busque “Financial Empowerment” para consejo financiero gratuíto, y productos de banca seguros

• LLAME AL 311 (212-NEW-YORK FUERA DE NYC)−Pregunte por “Centro de Empoderamiento

Financiero,” “Cuenta de NYC SafeStart”

• USE EL CHAT EN VIVO POR EL INTERNET EN NYC.GOV/BUSINESSTOOLBOX (SOLO PARA EMPRESAS)

Page 30: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

¿PREGUNTAS?

Page 31: ¿QUÉ CUBRIREMOS HOY?

Updated 01/21/2015