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Datos básicos de la asignatura Titulación: Grado en Derecho Año plan de estudio: 2009 Curso implantación: 2019-20 Centro responsable: Facultad de Derecho Nombre asignatura: Derecho Mercantil II Código asigantura: 1550036 Tipología: OBLIGATORIA Curso: 4 Periodo impartición: Anual Créditos ECTS: 9 Horas totales: 225 Área/s: Derecho Mercantil Departamento/s: Derecho Mercantil Coordinador de la asignatura RODRIGUEZ DE QUIÑONES Y DE TORRES ALFONSO Profesorado Profesorado del grupo principal: BELLIDO MENGUAL MANUEL LORENZO CAMACHO Mª SALOME Objetivos y competencias OBJETIVOS: Los alumnos deben conocer y comprender las instituciones básicas referentes a los temas del programa. Deben entender las relaciones fundamentales entre ellas, así como su transcendencia para el sistema económico. PROYECTO DOCENTE Derecho Mercantil II Grp Clases Teóricas-Prácticas de Derecho Mercantil II.GRUPO T7 CURSO 2020-21 Última modificación 08/09/2020 Página 1 de 40

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Datos básicos de la asignaturaTitulación: Grado en DerechoAño plan de estudio: 2009

Curso implantación: 2019-20Centro responsable: Facultad de Derecho

Nombre asignatura: Derecho Mercantil IICódigo asigantura: 1550036Tipología: OBLIGATORIACurso: 4Periodo impartición: Anual

Créditos ECTS: 9Horas totales: 225Área/s: Derecho MercantilDepartamento/s: Derecho Mercantil

Coordinador de la asignatura

RODRIGUEZ DE QUIÑONES Y DE TORRES ALFONSO

Profesorado

Profesorado del grupo principal:

BELLIDO MENGUAL MANUEL

LORENZO CAMACHO Mª SALOME

Objetivos y competencias

OBJETIVOS:

Los alumnos deben conocer y comprender las instituciones básicas referentes a los temas del

programa.

Deben entender las relaciones fundamentales entre ellas, así como su transcendencia para el

sistema económico.

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Deben manejar con soltura las fuentes legislativas, doctrinales y jurisprudenciales y ser capaces de

interpretarlas y de analizarlas críticamente. Han de saber utilizar la terminología jurídica.

Han de ser capaces de expresarse con corrección gramatical y claridad conceptual, tanto de forma

escrita como verbal.

Deben ser capaces de resolver problemas de índole práctica de relativa complejidad.

COMPETENCIAS:

Competencias específicas:

Comprensión, asimilación, utilización y capacidad de exposición de los conceptos esenciales

referentes al régimen jurídico de los títulosvalores,

de los contratos mercantiles y de las situaciones de crisis económica empresarial.

Aptitud para resolver problemas jurídicos de índole práctica concernientes a las materias antes

señaladas.

Habilidad para identificar el fundamento y finalidad de las instituciones jurídicas objeto del programa

y para localizar e interpretar las

normas jurídico-mercantiles y la doctrina de los tribunales y de centros administrativos.

Dominio de la terminología jurídica.

Capacidad para desarrollar por escrito u oralmente -con claridad expositiva y rigor conceptual- un

tema de carácter jurídico.

Actitud crítica en el análisis de las normas legales y reglamentarias y de las resoluciones de los

Tribunales u órganos administrativos.

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Competencias genéricas:

Capacidad de análisis y síntesis.

Capacidad de organizar y planificar.

Comunicación oral y escrita en la lengua nativa.

Habilidad para recuperar y analizar información desde diferentes fuentes y para resolver problemas.

Capacidad de crítica y autocrítica.

Habilidad para comunicar con expertos en otros campos.

Capacidad para aplicar la teoría a la práctica.

Habilidad para trabajar de forma autónoma.

Inquietud por la calidad.

Contenidos o bloques temáticos

- Obligaciones y contratos mercantiles.

- La representación de las posiciones jurídicas en el tráfico mercantil. Los títulos-valores. Las

anotaciones en cuenta.

- Contratos de colaboración.

- Compraventa y contratos próximos a la compraventa. La contratación en el mercado de valores.

- Depósito, préstamo y contratos de garantía.

- Los contratos bancarios.

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- Arrendamientos mercantiles.

- Transportes.

- Seguros.

- Derecho concursal.

Relación detallada y ordenación temporal de los contenidos

DERECHO MERCANTIL II

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA (CURSO 2019-2020)

PRIMERA PARTE: TÍTULOS-VALORES

Tema 1: La representación de las posiciones jurídicas en el tráfico mercantil. Los títulos valores. Las

anotaciones en cuenta

1. La «incorporación» documental de las relaciones jurídicas.

A) La progresiva objetivación de las relaciones jurídicas.

B) La configuración del derecho incorporado en los títulos valores como un derecho propio.

C) Literalidad y autonomía del derecho cartáceo. La legitimación por la posesión del título.

2. Los títulos valores. Concepto y clases.

A) Aproximación al concepto de los títulos valores.

B) Clasificación de los títulos valores.

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3. La letra de cambio: noción y funciones económicas de la letra. Causa de las obligaciones

cambiarias.

A) Noción y funciones económicas de la letra de cambio.

B) Causa de las obligaciones cambiarias.

4. Libramiento.

A) Concepto.

B) Forma.

C) El requisito fiscal.

D) Cláusulas facultativas: potestativas y no permitidas.

5. Endoso.

A) Función, concepto y forma.

B) Endoso pleno.

C) Endosos limitados.

D) Endoso con efectos de cesión ordinaria.

E) Transmisión de la letra sin endoso.

6. Aceptación.

A) Concepto.

B) Presentación a la aceptación.

C) Forma de la aceptación.

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D) Efectos.

7. Aval.

A) Concepto.

B) Clases.

C) Naturaleza jurídica.

D) Elementos personales.

E) Forma.

F) Efectos.

8. La presentación al pago, el pago y la falta de pago de la letra.

A) La presentación al pago.

B) El pago.

C) La falta de pago.

9. Las crisis cambiarias y sus consecuencias. El protesto. La comunicación de la falta de aceptación

y de pago.

A) Las crisis cambiarias.

B) La responsabilidad cambiaria.

C) El protesto.

D) Las comunicaciones de la falta de aceptación o de pago.

10. Las vías utilizables por el tenedor para la defensa de sus derechos.

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A) Las reclamaciones extrajudiciales. La letra de resaca.

B) La acción cambiaria.

C) Las acciones causales.

D) La acción de enriquecimiento.

11. Las excepciones cambiarias.

12. El pagaré.

A) Noción y función económica.

B) Forma.

C) Disciplina aplicable.

13. El cheque.

A) Noción y función económica.

B) Requisitos formales y de fondo de la creación del cheque.

C) Circulación del cheque.

D) Las garantías del cheque.

E) El pago del cheque.

F) Las acciones del tenedor en caso de falta de pago del cheque.

G) Cheques especiales.

14. Las tarjetas de crédito.

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A) Noción, función económica y naturaleza.

B) Elementos personales de los sistemas de tarjetas de crédito.

C) Relaciones derivadas de la emisión y la utilización de una tarjeta de crédito.

15. La representación informática de las relaciones jurídicas. Las anotaciones en cuenta.

A) Función económica y concepto de las anotaciones en cuenta.

B) Régimen general de los valores representados mediante anotaciones en cuenta.

C) Documentos electrónicos de transporte.

PRIMERA SEGUNDA: OBLIGACIONES Y CONTRATOS MERCANTILES

Tema 2: Las obligaciones y los contratos mercantiles

1. Nociones previas. Concepto y requisitos de las obligaciones y los contratos mercantiles.

2. Notas características de las obligaciones mercantiles.

A) Fatalidad del términos de cumplimiento.

B) Certeza en la exigibilidad de las obligaciones puras.

C) Constitución en mora.

D) El término esencial.

E) Protección de la apariencia jurídica y de la seguridad del tráfico.

F) La onerosidad de las prestaciones.

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G) Generación de intereses.

H) Solidaridad de deudores.

I) Tratamiento tributario de los negocios mercantiles.

3. Representación mercantil.

4. Particularidades de los contratos mercantiles.

A) Concepto y requisitos esenciales del contrato mercantil

B) La perfección del contrato mercantil.

C) La forma del contrato mercantil.

D) La prueba del contrato mercantil.

E) La interpretación de los contratos mercantiles.

F) Negocios fiduciarios.

G) Contratos mercantiles con cláusula penal.

H) La prescripción en el Derecho mercantil.

5. Contratación con consumidores y usuarios.

A) La protección de los consumidores, la Constitución Española y la contratación mercantil.

B) El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y

otras leyes complementarias.

6. El arbitraje y otros mecanismos alternativos para la resolución de controversias (ADR).

7. Contratación mercantil internacional.

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Tema 3: Contratos de colaboración

1. Los contratos de colaboración.

2. El contrato de comisión.

A) Concepto.

B) Modalidades de comisión.

C) Celebración del contrato.

D) Obligaciones del comisionista.

E) Obligaciones del comitente.

F) Privilegios del comisionista.

G) Extinción del contrato de comisión.

3. Los supuestos especiales de comisión.

A) Comisión de compra y venta.

B) Comisión de garantía.

C) Autoentrada del comisionista.

D) Comisión de transporte.

E) El consignatario de buques.

4. La concesión o distribución comercial.

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A) La concesión o distribución.

B) El abanderamiento de estaciones de servicio.

5. La franquicia.

6. La agencia.

7. La mediación o corretaje.

8. El factoring.

Tema 4: Compraventa y contratos próximos a la compraventa. La contratación en el mercado de

valores

1. La compraventa mercantil.

A) Regulación.

B) Delimitación del carácter mercantil de la compraventa.

C) Ampliación doctrinal del concepto de compraventa mercantil.

2. Perfección del contrato.

3. El objeto en la compraventa mercantil.

4. El riesgo sobre la cosa vendida.

5. Obligaciones del vendedor.

A) Entrega de la cosa vendida.

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B) Saneamiento.

6. Obligaciones del comprador.

A) Pago del precio.

B) Recepción de la mercancía.

7. Incumplimiento de las obligaciones contractuales.

A) Supuestos.

B) Incumplimiento de la obligación de entrega.

C) Incumplimiento en el pago del precio.

D) Incumplimiento en el recibo de las mercaderías.

8. Compraventas especiales.

A) Venta con especificación.

B) Venta con expedición.

C) Compraventa a plazos.

D) Compraventas internacionales.

9. Contratos próximos a la compraventa.

A) El contrato de suministro.

B) El contrato estimatorio.

10. El mercado de valores.

A) Concepto y marco jurídico.

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B) La organización del Mercado de Valores.

C) La Comisión Nacional del Mercado de Valores.

11. La contratación en el mercado de valores

A) Operaciones en el mercado primario. Las ofertas públicas de venta o suscripción de

valores.

B) Operaciones en los mercados secundarios.

C) Las Ofertas Públicas de Adquisición de valores (OPAs).

Tema 5: Contratos mercantiles de depósito y préstamo. Garantías mercantiles.

1. Contrato de depósito mercantil.

A) Noción y características definitorias.

B) Contenido del contrato.

2. Depósitos especiales.

A) Depósito irregular.

B) Otros depósitos mercantiles.

3. Contrato de préstamo mercantil.

A) Noción y características definitorias

B) Contenido del contrato.

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4. Préstamos mercantiles de carácter especial.

5. Financiación al vendedor en contratos de venta a plazo.

6. La fianza mercantil.

A) Concepto y caracteres.

B) Contenido del contrato de fianza.

C) La fianza/garantía a primer requerimiento.

7. Las cartas de patrocinio.

8. La prenda mercantil.

9. La hipoteca en el ámbito mercantil.

Tema 6: Los contratos bancarios

1. La actividad bancaria.

A) Generalidades.

B) Los sujetos de la actividad bancaria: las entidades de crédito.

C) Los órganos de supervisión.

D) El Fondo de Garantía de Depósitos.

E) Clasificación de las operaciones bancarias.

2. Disciplina normativa.

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A) El Derecho bancario y los contratos bancarios.

B) Fuentes del Derecho bancario.

3. El contrato de cuenta corriente bancaria.

A) Introducción.

B) Concepto y caracteres.

C) Contenido.

D) La cuenta de pago básica.

4. La compensación bancaria.

5. Los depósitos bancarios de dinero.

A)Concepto, naturaleza jurídica y caracteres.

B)Modalidades.

C)Contenido obligacional.

6. Los depósitos bancarios cerrados.

7. Los servicios de cajas de seguridad.

8. Los servicios de inversión.

9. El contrato de préstamo bancario.

A) Concepto y caracteres.

B) Contenido obligacional.

C) Los préstamos sindicados.

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D) Extinción y liquidación.

10. El contrato de apertura de crédito.

A) Concepto, naturaleza jurídica y función económica.

B) Modalidades.

C) Contenido obligacional

D) Extinción y liquidación.

11. El descuento bancario.

A) Concepto, función económica y naturaleza jurídica.

B) Modalidades.

12. La transferencia bancaria y el giro.

13. La domiciliación.

14. La mediación en los pagos: el crédito documentario.

15. La mediación en las emisiones y ofertas públicas de venta de valores.

Tema 7: Arrendamientos mercantiles

1. El arrendamiento de empresa.

2. El arrendamiento de local de negocio.

3. El arrendamiento financiero o leasing. El renting.

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A) Concepto y régimen jurídico.

B) Las sociedades de arrendamiento financiero.

C) Características del contrato de arrendamiento financiero.

4. Los contratos de explotación de derechos inmateriales.

A) Las licencias de patentes.

B) Las licencias de marca.

C) Las licencias de diseño industrial.

D) La transmisión de derechos de propiedad intelectual.

5. El contrato de engineering.

A) Nociones generales.

B) Régimen legal.

6. Los contratos de servicios turísticos.

A) Introducción.

B) El contrato de alojamiento u hospedaje.

C) Los contratos celebrados con las agencias de viajes.

D) El contrato de catering o abastecimiento alimentario.

E) Los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.

F) La «comercialización de estancias turísticas en viviendas».

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7. Los contratos publicitarios.

A) El contrato de publicidad.

B) El contrato de difusión publicitaria.

C) El contrato de creación publicitaria.

D) El contrato de patrocinio.

8. El contrato de aparcamiento de vehículos.

9. Otros contratos de arrendamiento «mercantiles».

A) Los contratos de asistencia técnica.

B) Los contratos de servicio de mensajería.

C) Los contratos de servicios de vigilancia.

D) El arrendamiento de buques y aeronaves.

E) El arrendamiento de vehículos de motor.

F) El contrato «de puesta a disposición».

G) El contrato de explotación sobre «vending machine».

H) Otros contratos.

Tema 8: Transportes

1. El transporte mercantil.

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A) Introducción.

B) Concepto.

C) Naturaleza jurídica.

D) Carácter mercantil.

E) Clases.

2. El transporte terrestre.

A) Concepto y clases.

B) Elementos personales.

C) Elementos reales.

D) Elementos formales: la carta de porte.

3. Los contratos de transporte terrestre.

A) El transporte de mercancías: obligaciones de las partes.

B) La responsabilidad del porteador.

C) Especialidades del transporte de personas.

D) Especialidades del transporte ferroviario.

4. El transporte marítimo.

A) Concepto y clases.

B) El buque.

C) Elementos personales.

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D) Posición y responsabilidad del naviero.

5. Contratos de utilización del buque.

A) El arrendamiento de buque.

B) El fletamento.

C) El contrato de pasaje marítimo.

D) El remolque.

F) El contrato de arrendamiento náutico.

6. El transporte aéreo.

A) Concepto y clases.

B) La aeronave.

C) Elementos personales.

D) El empresario de la navegación aérea.

7. Contratos de utilización de la aeronave.

A) El transporte aéreo de personas.

B) El transporte aéreo de cosas.

C) El charter aéreo.

D) Responsabilidad del porteador.

8. Averías, riesgos y accidentes de la navegación.

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A) La avería.

B) Asistencia y salvamento marítimo.

C) Las extracciones marítimas.

D) El hallazgo marítimo.

E) Averías, asistencia, salvamento y hallazgos aéreos.

9. El transporte multimodal.

A) Concepto y regulación.

B) Elementos personales.

C) Documentación.

D) Responsabilidad del OTM.

Tema 9: Seguros

1. Concepto y función económica del seguro.

2. Elementos personales de la relación aseguradora.

A) Empresario de seguros.

B) Asegurado y contratante.

C) Beneficiario.

D) Víctima y perjudicado.

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3. Perfección y documentación del contrato de seguro.

A) Perfección e iter formativo.

B) La información precontractual.

C) La póliza.

4. Elementos reales y causales del seguro.

A) La prima.

B) El riesgo.

5. Efectos del contrato.

A) Deber de declaración del tomador del seguro.

B) Deber de comunicar la agravación del riesgo.

C) El aviso de siniestro y el deber de información.

D) El deber de aminorar las consecuencias del siniestro.

E) Obligaciones del asegurador.

F) Duración del contrato.

G) Prescripción.

6. Los seguros de daños.

A) Concepto.

B) Interés que se asegura y suma asegurada.

C) Valor del interés y suma asegurada: seguro pleno, sobreseguro e infraseguro.

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D) Las pólizas estimadas.

E) Seguro múltiple: seguro cumulativo y coaseguro.

F) Transmisión del interés asegurado.

G) Procedimiento de liquidación del siniestro.

H) La subrogación del asegurador.

7. Clases de seguros de daños.

A) Seguro de incendios.

B) Seguro contra robo.

C) Seguro de transportes terrestres.

D) Seguro de lucro cesante.

E) Seguro de caución.

F) Seguro de crédito.

G) Seguro de responsabilidad civil.

H) Seguro de defensa jurídica.

I) Otros ramos de seguro.

8. Los seguros de personas.

A) Concepto.

B) Seguros de vida.

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C) Elementos personales del seguro de vida.

D) Régimen jurídico del seguro de vida.

E) Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS).

F) Seguro de accidentes.

G) Seguro de enfermedad.

H) Seguro de asistencia sanitaria.

I) Seguro de decesos.

J) Seguro de dependencia.

K) Seguro de asistencia en viaje.

9. Los planes de pensiones y los planes de previsión asegurados.

A) Los planes de pensiones.

B) Los planes de previsión asegurados.

10. Los seguros marítimo y aéreo.

A) El seguro marítimo.

B) El seguro aéreo.

11. El reaseguro.

TERCERA PARTE: DERECHO CONCURSAL

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Tema 10: Derecho concursal

1. El sistema español de Derecho concursal.

A) Concepto.

B) Principios informadores.

C) Finalidad.

D) Idea de estructura del procedimiento concursal.

1)Secciones.

2)Fases.

3)Conclusión.

4)Reapertura.

5)Procedimiento abreviado.

6)Incidente concursal.

2. Los acuerdos preconcursales.

A) El Derecho preconcursal. Los acuerdos preconcursales con transcendencia concursal.

B) Los acuerdos extrajudiciales de pagos.

1) Ámbito de aplicación.

2) Solicitud.

3) El mediador concursal.

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4) Tramitación del expediente.

5) Efectos del acuerdo.

6) Cumplimiento e incumplimiento del acuerdo.

7) El concurso consecutivo.

C) Los acuerdos de refinanciación.

1) Relevancia concursal.

2) Los acuerdos de refinanciación con inmunidad frente a la rescisión concursal.

3) La homologación judicial de los acuerdos de refinanciación.

3. Presupuestos del concurso.

A) Introducción.

B) Presupuesto subjetivo: ámbito de aplicación del procedimiento concursal.

1) Regla general.

2) Excepciones.

3) Consideraciones finales.

C) Presupuesto objetivo del concurso.

1) Concepto: Insolvencia actual e insolvencia inminente.

2) Acreditación y verificación de la insolvencia en el concurso voluntario.

3) Acreditación y verificación de la insolvencia en el concurso necesario: los hechos

reveladores de la insolvencia.

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D) Presupuestos formales del concurso.

1) El procedimiento de declaración de concurso.

2) Legitimación para solicitar la declaración de concurso.

3) Solicitud del deudor.

4) Solicitud de legitimado distinto del deudor.

5) Clases de concurso según el instante.

6) La declaración judicial de concurso.

4. Órganos del concurso.

A) Órganos concursales necesarios y no necesarios.

B) El Juez.

1) Carácter

2) Competencia territorial.

3) Jurisdicción.

C) La Administración Concursal.

1) Carácter y funciones.

2) Composición y régimen de actuación.

3) Condiciones subjetivas para ser administrador concursal.

4) Nombramiento y aceptación.

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5) Retribución.

6) Cese.

7) Responsabilidad.

8) Colaboradores.

D) La Junta de Acreedores.

1) Carácter y funciones.

2) Convocatoria.

3) Asistencia.

4) Constitución

5) Celebración.

6) Adopción de acuerdos.

7) Acta.

E) El Ministerio Fiscal.

5. Efectos de la declaración de concurso.

A) Efectos sobre el deudor.

1) Efectos sobre sus facultades patrimoniales.

2) Otros efectos sobre el deudor.

3) Efectos sobre el deudor persona jurídica.

4) Efectos sobre ciertos derechos fundamentales del concursado.

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B) Efectos sobre los acreedores.

C) Efectos sobre los créditos.

D) Efectos sobre los contratos.

6. La determinación de la masa activa y pasiva del concurso.

A) El informe de la Administración Concursal

B) Determinación de la masa activa del concurso.

1) Bienes y derechos de la masa activa.

2) Reintegración de bienes a la masa activa.

3) Separación de bienes de la masa activa.

4) Formación del inventario de la masa activa.

C) Determinación de la masa pasiva del concurso.

1) Créditos integrados y no integrados en la masa pasiva: créditos concursales y créditos contrala

masa.

2) Comunicación y reconocimiento de los créditos concursales.

3) Clasificación de los créditos concursales.

a) Créditos privilegiados.

b) Créditos subordinados.

4) La lista de acreedores.

7. El convenio concursal.

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A) Las propuestas de convenio y su tramitación.

1) Contenido.

2) Propuesta anticipada de convenio.

3) Las propuestas en fase de convenio.

B) La aprobación judicial del convenio.

C) La eficacia del convenio.

D) El cumplimiento del convenio.

8. La fase de liquidación del concurso.

A) Apertura de la fase de liquidación.

B) Efectos de la apertura de la fase de liquidación.

C) Las operaciones de liquidación.

1) Realización de los bienes y derechos de la masa activa.

2) Pago a los acreedores.

9. La calificación del concurso.

A) Procedencia de la formación de la Sección de calificación del concurso.

B) Concurso fortuito y concurso culpable. Efectos de la calificación del concurso como

culpable

10. Conclusión y reapertura del concurso.

A) La conclusión del concurso.

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1) Causas de conclusión del concurso.

2) La resolución de conclusión del concurso.

3) Efectos de la conclusión del concurso.

4) El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

B) La reapertura del concurso.

Actividades formativas y horas lectivas

Actividad Créditos Horas

B Clases Teórico/ Prácticas 9 90

Metodología de enseñanza-aprendizaje

Clases teóricas

Las enseñanzas teóricas procurarán exponer el contenido fundamental del programa siguiendo el

método de la lección magistral, sin perjuicio de complementar esta metodología, en su caso, con el

estímulo de la interacción entre profesor y alumno mediante el planteamiento de debates sobre

determinados aspectos concretos de las instituciones jurídicas en estudio o mediante el análisis,

comentario y discusión de materiales preparados al efecto (o extraídos de la realidad del tráfico)

que pudieran ponerse a disposición del alumnado en clase, a través de los entornos o plataformas

virtuales disponibles o por cualquier otra vía (o que el propio alumno podría encargarse de obtener

de acuerdo con las indicaciones del profesor).

Prácticas (otras)

Las enseñanzas prácticas tendrán como objeto, tanto la profundización y consolidación de

conocimientos impartidos en las clases teóricas, como, en su caso, el estudio de determinados

extremos del programa cuyo tratamiento, debido a sus singulares características, se considera más

apropiado reservar en exclusiva a este tipo de metodología docente. Su desarrollo podrá consistir

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(siempre bajo la dirección y la guía del profesor): (i) bien en la resolución por el alumno ¿en forma

oral o escrita, según se le requiera- de casos prácticos basados en supuestos reales o elaborados

específicamente a efectos docentes; (ii) bien en el comentario, también por los alumnos, de los

aspectos que se estimen relevantes en relación con la documentación comercial y/o negocial que

se les facilite (o que hayan de localizar y obtener previamente) o con resoluciones de los tribunales

o de órganos administrativos; (iii) bien en la redacción por el alumno, individualmente o en grupos

reducidos, de documentos y materiales habituales en el tráfico mercantil o en la práctica judicial o

administrativa. Todo ello empleando al efecto, como cauce de interacción entre el profesor y el

alumno, los medios materiales que, según cada circunstancia, se estimen idóneos para un mejor

aprendizaje.

Naturalmente, el adecuado desarrollo de las clases prácticas y su apropiado aprovechamiento por

parte de los alumnos dependen muy directamente del trabajo de estudio, análisis y preparación de

los temas llevado a cabo por ellos con anterioridad a las referidas clases.

Respetando los parámetros horarios establecidos, y previa advertencia al alumnado, tales

enseñanzas prácticas podrán desarrollarse de manera separada o conjunta con las enseñanzas

teóricas dentro de una misma clase. El profesor ponderará la conveniencia o la necesidad de acudir

a una tratamiento separado o conjunto de las enseñanzas teóricas y prácticas en función de

diversos criterios, como las características intrínsecas de la materia impartida, las dificultades

imprevistas para el cumplimiento del cronograma, la adaptación al sistema de examen que

finalmente se haya elegido, el grado de participación y de aprendizaje de los alumnos que se viene

advirtiendo en las clases, o la duración de las mismas.

Prácticas (otras)

Las enseñanzas prácticas tendrán como objeto, tanto la profundización y consolidación de

conocimientos impartidos en las clases teóricas, como, en su caso, el estudio de determinados

extremos del programa cuyo tratamiento, debido a sus singulares características, se considera más

apropiado reservar en exclusiva a este tipo de metodología docente.

Su desarrollo podrá consistir (siempre bajo la dirección y la guía del profesor): (i) bien en la

resolución por el alumno ¿en forma oral o escrita, según se le requiera- de casos prácticos basados

en supuestos reales o elaborados específicamente a efectos docentes; (ii) bien en el comentario,

también por los alumnos, de los aspectos que se estimen relevantes en relación con la

documentación comercial y/o negocial que se les facilite (o que hayan de localizar y obtener

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previamente) o con resoluciones de los tribunales o de órganos administrativos; (iii) bien en la

redacción por el alumno, individualmente o en grupos reducidos, de documentos y materiales

habituales en el tráfico mercantil o en la práctica judicial o administrativa. Todo ello empleando al

efecto, como cauce de interacción entre el profesor y el alumno, los medios materiales que, según

cada circunstancia, se estimen idóneos para un mejor aprendizaje.

Naturalmente, el adecuado desarrollo de las clases prácticas y su apropiado aprovechamiento por

parte de los alumnos dependen muy directamente del trabajo de estudio, análisis y preparación de

los temas llevado a cabo por ellos con anterioridad a las referidas clases.

Respetando los parámetros horarios establecidos, y previa advertencia al alumnado, tales

enseñanzas prácticas podrán desarrollarse de manera separada o conjunta con las enseñanzas

teóricas dentro de una misma clase. El profesor ponderará la conveniencia o la necesidad de acudir

a una tratamiento separado o conjunto de las enseñanzas teóricas y prácticas en función de

diversos criterios, como las características intrínsecas de la materia impartida, las dificultades

imprevistas para el cumplimiento del cronograma, la adaptación al sistema de examen que

finalmente se haya elegido, el grado de participación y de aprendizaje de los alumnos que se viene

advirtiendo en las clases, o la duración de las mismas.

Sistemas y criterios de evaluación y calificación

El sistema de evaluación será, a elección del profesor de la asignatura (o de los profesores

encargados de cada Grupo que eventualmente pueda haber de la asignatura), uno de los tres

descritos a continuación:

(a) Examen teórico-práctico. En este caso el examen podrá consistir en una de estas dos

modalidades:

MODALIDAD a.1). Examen con dos partes simultánea o sucesivamente dispuestas: teórica y

práctica. En la primera, los alumnos habrán de contestar a las preguntas formuladas en relación con

el contenido del temario de la asignatura (no necesariamente planteadas como coincidentes con

epígrafes de dicho temario). Por su parte, la prueba práctica, que siempre versará sobre contenidos

comprendidos en el temario de la asignatura, podrá consistir: (i) en la contestación de las

cuestiones propuestas en conexión con un supuesto o caso práctico (elaborado a este propósito o

directamente extraído de la realidad del tráfico) proporcionado al efecto; (ii) en la redacción de

documentos, contratos, cláusulas, informes, dictámenes, informes o escritos judiciales o

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administrativos; (iii) en la realización de comentarios a resoluciones judiciales o administrativas, a

documentos contractuales, a informaciones o noticias publicadas (reales o ficticias) o en la

contestación de cuestiones propuestas en relación con dichos materiales; (iv) en una combinación

de todas o algunas de las anteriores fórmulas. El peso relativo de cada prueba (teórica y práctica)

en la calificación final será establecido para cada curso en los correspondientes proyectos

docentes.

MODALIDAD a.2). Examen compuesto por preguntas en relación con la materia comprendida en el

temario, de respuesta muy concisa, de contenido exclusivamente teórico, práctico y teórico-práctico,

cuyo número y tipología serán determinados por el profesor y advertidos previamente con la debida

antelación a los alumnos.

(b) Examen práctico. Cuando el examen comprenda únicamente una prueba de esta naturaleza,

que siempre versará sobre contenidos comprendidos en el programa de la asignatura, podrá

consistir: (i) en la contestación de las cuestiones propuestas en conexión con un caso práctico

(elaborado a este propósito o directamente extraído de la realidad del tráfico) proporcionado al

efecto; (ii) en la redacción de documentos, contratos, cláusulas, dictámenes, informes o escritos

judiciales o administrativos ; (iii) en la realización de comentarios a resoluciones judiciales o

administrativas, a documentos contractuales, a informaciones o noticias publicadas (reales o

ficticias) o en la contestación de cuestiones propuestas en relación con dichos materiales; (iv) en

una combinación de todas o algunas de las anteriores fórmulas.

(c) Examen teórico. Los alumnos habrán de contestar a las preguntas formuladas en relación con el

contenido del programa de la asignatura (no necesariamente planteadas como coincidentes con

epígrafes de dicho programa).

Sea cuál sea el sistema elegido (examen práctico, examen teórico-práctico o examen teórico):

1.- Eventualmente, y en la medida en que el desarrollo de las actividades docentes así lo determine

o aconseje, la calificación obtenida en el examen (sea éste práctico, teórico o teórico-práctico)

podrá ser ponderada en función del esfuerzo desarrollado y de los resultados obtenidos por el

estudiante en el marco, tanto de las clases teóricas y prácticas, como de las restantes actividades

formativas que, en su caso, llegaran a programarse (participación en seminarios, asistencia a

conferencias, entrega de trabajos previamente solicitados....).

2.- En todo caso, el profesor podrá (atendiendo a la materia objeto de examen, al desarrollo del

curso, a las novedades legislativas, doctrinales y jurisprudenciales que se produzcan, a los medios

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con que se cuente, al tiempo disponible para realizar las pruebas o a otros criterios) combinar, en la

medida en que considere procedente, los tres sistemas de evaluación (examen práctico, examen

teórico y examen teórico-práctico) en el mismo curso académico, de forma que determinará el tipo

concreto de cada examen que se desarrollará con ocasión de cada prueba convocada (diferentes

exámenes parciales y exámenes finales de junio, septiembre y diciembre)."

3.-En cualquier de los sistemas de evaluación (teórico, práctico o teórico práctico) anteriormente

previstos, todas o parte de las cuestiones podrán formularse (según criterio del profesor,

debidamente anunciado) mediante un sistema de preguntas cerradas de elección múltiple (tipo

test).

Criterios de calificación del grupo

1) El profesor anunciará durante el curso, con la antelación necesaria, el sistema concreto de

evaluación que se seguirá en cada prueba, siempre de conformidad con lo previsto en el programa

docente.

2) La calificación de cada prueba tendrá lugar con arreglo a los siguientes criterios:

*Amplitud, exactitud y profundidad de los conocimientos puestos de manifiesto en relación con las

preguntas y cuestiones (teóricas y/o prácticas) formuladas

* Ausencia de errores.

* Coherencia interna del ejercicio y de éste con la totalidad del programa de la asignatura.

* Uso adecuado de los conceptos científicos.

* Uso adecuado de la terminología jurídica.

* Dominio de la lengua española (sintaxis y ortografía).

* Corrección gramatical y claridad conceptual de las exposiciones.

* Concreción de las respuestas.

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Las deficiencias graves en cuanto a uno cualquiera de estos extremos pueden llevar, por sí solas y

con independencia del grado de cumplimiento de otros criterios, a considerar no superadas las

pruebas realizadas.

3) Eventualmente, y en la medida en que el desarrollo de las actividades docentes así lo determine

o aconseje, la calificación obtenida en el examen podrá ser ponderada en función del esfuerzo

desarrollado y de los resultados obtenidos por el estudiante en el marco, tanto de las clases teóricas

y prácticas, como de las restantes actividades formativas que, en su caso, llegaran a programarse

(participación en seminarios, asistencia a conferencias, entrega de trabajos previamente

solicitados....).

4) En caso de examen teórico-práctico la superación de cada prueba de la asignatura podrá

condicionarse a la obtención de una puntuación mínima de dos puntos sobre diez en cada una de

las partes (teórica y práctica) del examen. El "peso relativo" de esta última será de un tercio de la

calificación de cada ejercicio o examen.

5) En cualquier modalidad de examen (teórico, teórico-práctico o práctico) el profesor podrá

condicionar la superación de la prueba en su conjunto a la obtención de una puntuación mínima en

todas o algunas de las preguntas o cuestiones planteadas o en determinados bloques de ellas. Esa

puntuación mínima exigida nunca será superior al 35 por 100 de la puntuación máxima obtenible en

las preguntas o bloques de preguntas afectados.

PLAN DE CONTINGENCIA

Escenario A

Se adoptará un sistema multimodal o híbrido de enseñanza mediante la combinación de clases

presenciales, actividades formativas no presenciales para el aprendizaje autónomo del estudiantado

y, en su caso, clases online (sesiones síncronas).

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En el supuesto de que el Centro diseñe la presencia del estudiantado en turnos rotatorios para la

asistencia a clase, se facilitará la asignación a cada estudiante del concreto subgrupo al que

pertenezca.

La planificación y el desarrollo de la docencia se ajustarán a los siguientes criterios:

1.Se mantendrá el mayor porcentaje posible de actividad presencial que permitan lasrestricciones

sanitarias.

2.La asistencia del alumnado a las actividades presenciales vendrá determinada por las

restricciones establecidas por las autoridades sanitarias y la capacidad de los espacios asignados

para la docencia, según haya establecido el Centro en colaboración el SEPRUS. A tal propósito se

impartirán las instrucciones oportunas al alumnado del grupo, siempre de conformidad con lo

previsto por el Centro.

3.Las actividades no presenciales se desarrollarán tanto de modo síncrono (siempre que elCentro

haya dispuesto los medios técnicos precisos para ello y en todo caso siempre que se garantice el

debido respeto a los derechos del profesorado, especialmente en materia de propiedad intelectual,

de protección civil del honor, de la intimidad y de la propia imagen, así como en el ámbito digital)

como asíncrono (mediante la realización por el alumnado de las actividades señaladas al efecto en

la plataforma de enseñanza virtual).

4.Los exámenes previstos en el presente proyecto docente se realizarán preferentemente de forma

presencial, siempre que sea posible y teniendo en cuenta el nivel de ocupación del espacio

autorizado por las autoridades sanitarias.

Con carácter general, en este escenario multimodal el profesorado implicado en la impartición de la

docencia se reserva el derecho de no dar el consentimiento para la captación, publicación,

retransmisión o reproducción de su discurso, imagen, voz y explicaciones de cátedra, en el ejercicio

de sus funciones docentes, en el ámbito de la Universidad de Sevilla.

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En particular, se destaca muy especialmente que la utilización por el alumnado de todo el material

formativo preparado por el profesorado para el desarrollo de las actividades docentes a través de

herramientas no presenciales se encuentra sujeta a la normativa aplicable sobre la propiedad

intelectual. A tal efecto el profesorado del grupo manifiesta que la puesta a disposición de todo el

material de su autoría se efectúa a los exclusivos efectos de su empleo por los alumnos

pertenecientes a este Grupo para el estudio y la superación de la asignatura en este curso

académico. En ningún caso queda autorizado el uso de tal material autoría del profesorado, bajo

cualquiera de sus modalidades, para fines diferentes de los indicados, en cursos académicos

distintos del 2020-2021 o por personas no pertenecientes a este Grupo.

Escenario B

En el caso de suspensión de la actividad presencial la docencia se desarrollará del siguiente modo:

1.La impartición de clases online mediante la utilización de los recursos técnicos proporcionadospor

la Universidad de Sevilla, que se completará con la realización de actividades formativas no

presenciales para el aprendizaje autónomo por parte del estudiantado.

2.La incorporación a la plataforma de enseñanza virtual de orientaciones y pautas para elestudio

del temario.

3.La atención personalizada al alumnado por medio de tutorías virtuales a través del correo

electrónico, la videoconferencia?

4.Los exámenes previstos en el presente proyecto docente se realizarán de forma no presencial.

Con carácter general, en este escenario no presencial el profesorado implicado en la impartición de

la docencia se reserva el derecho de no dar el consentimiento para la captación, publicación,

retransmisión o reproducción de su discurso, imagen, voz y explicaciones de cátedra, en el ejercicio

de sus funciones docentes, en el ámbito de la Universidad de Sevilla.

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En particular, se destaca muy especialmente que la utilización por el alumnado de todo el material

formativo preparado por el profesorado para el desarrollo de las actividades docentes a través de

herramientas no presenciales se encuentra sujeta a la normativa aplicable sobre la propiedad

intelectual. A tal efecto el profesorado del grupo manifiesta que la puesta a disposición de todo el

material de su autoría se efectúa a los exclusivos efectos de su empleo por los alumnos

pertenecientes a este Grupo para el estudio y la superación de la asignatura en este curso

académico. En ningún caso queda autorizado el uso de tal material autoría del profesorado, bajo

cualquiera de sus modalidades, para fines diferentes de los indicados, en cursos académicos

distintos del 2020-2021 o por personas no pertenecientes a este Grupo.

Horarios del grupo del proyecto docente

https://derecho.us.es/docencia/horarios

Calendario de exámenes

https://derecho.us.es/docencia/examenes

Tribunales específicos de evaluación y apelación

Presidente: LEOPOLDO JOSE PORFIRIO CARPIO

Vocal: JOSEFA BRENES CORTES

Secretario: DIEGO JUAN CRUZ RIVERO

Suplente 1: PABLO MARTINEZ-GIJON MACHUCA

Suplente 2: ENRIQUE BARRERO RODRIGUEZ

Suplente 3: MARIA DE LAS NIEVES LOPEZ SANTANA

Bibliografía recomendada

BIBLIOGRAFÍA GENERAL:

LECCIONES DE DERECHO MERCANTIL

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Autores: AA.VV. (Jiménez Sánchez / Díaz Moreno, coords.)

Edición: 22.ª

Publicación: Tecnos

ISBN: 978-84-309-7756-7

LECCIONES DE DERECHO MERCANTIL. Vol. II

Autores: AAVV. (A. Menéndez & A. Rojo -dirs.-)

Edición: ültima

Publicación: Civitas

ISBN:

INSTITUCIONES DE DERECHO MERCANTIL. Vol. II

Autores: F. Sánchez Calero /J. Sánchez-Calero Guilarte

Edición: Última

Publicación: Aranzadi

ISBN:

MANUAL DE DERECHO MERCANTIL. Vol. II

Autores: M. Broseta Pont/F. Martínez Sanz

Edición: Última

Publicación: Tecnos

ISBN:

INFORMACIÓN ADICIONAL

Así mismo será imprescindible, tanto para el seguimiento de las clases (teóricas y prácticas), como

para la adecuada realización de las eventuales pruebas prácticas, disponer de las normativa -por

supuesto absolutamente actualizada- correspondiente a los diferentes temas del programa.

Todo ello sin perjuicio de la utilización de los materiales (complementarios, adicionales o

sustitutivos) de origen legislativo, judicial, administrativo o doctrinal, que sean precisos para estudiar

los eventuales cambios normativos o jurisprudenciales que puedan producirse durante el curso

académico.

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