PROTECCIÓN ESPECIAL DE GRUPOS … · PERSONAS MAYORES: DERECHOS O VULNERABILIDAD ... adoptar...

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PROTECCIÓN ESPECIAL DE GRUPOS ESPECÍFICOS DE PERSONAS MAYORES: DERECHOS O VULNERABILIDAD Ana Evelyn Jacir Secretaría de Asuntos Jurídicos 2° ° °Foro Internacional sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores Ciudad de México, 3 al 6 de junio de 2014

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PROTECCIÓN ESPECIAL DE GRUPOS ESPECÍFICOS DE PERSONAS MAYORES: DERECHOS O VULNERABILIDAD

Ana Evelyn Jacir Secretaría de Asuntos Jurídicos

2°°°°Foro Internacional sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores

Ciudad de México, 3 al 6 de junio de 2014

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Aspectos conceptuales

• Todos los seres humanos son iguales ante la ley y

tienen igualdad de derechos desde que nacen hasta

que mueren.

• En el ciclo de la vida se presentan distintas

necesidades de los seres humanos para el ejercicio

pleno de sus derechos.

• La equidad e igualdad requieren acciones especiales.

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Algunos tratados ONU/OEA en materia de derechos humanos relevantes para las personas mayores:

• Convención ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

• Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación contra las Personas con Discapacidad (2001)

• "Protocolo de San Salvador" (1998)

• "Convención de Belem do Para" (1995)

Perspectivas jurídicas relacionadas

• Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes (1987)

• Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar La Tortura (1987)

• Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José" (1969)

• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976)

• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976)

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Toda persona tiene derecho a:

Derechos humanos establecidos

circulación y residencia participar en los asuntos públicos

educación participar en la vida cultural

garantías judiciales propiedad privada

igualdad ante la ley protección de la honra y la dignidadigualdad ante la ley protección de la honra y la dignidad

libertad de asociación reconocimiento de la personalidad

jurídica

libertad de pensamiento y de expresión reunión

libertad personal salud

nacionalidad seguridad social

nivel de vida adecuado trabajo

no ser sometido a torturas ni a penas o

tratos crueles, inhumanos o degradantes

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Tratamiento distinto para las personas con discapacidad, las mujeres, derechos socio-económicos, entre otros:

• Convención ONU sobre los Derechos de las Personas

con Discapacidad

Disposiciones especiales

con Discapacidad

• Protocolo de San Salvador

• Convención de Belem do Para

• Pacto de San José

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La OEA es una organizaciLa OEA es una organizaciLa OEA es una organizaciLa OEA es una organización intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político,

la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:

Pilares principales de la OEA

DEMOCRACÍADERECHOS

HUMANOS

DESARROLLO

INTEGRAL

SEGURIDAD

MULTIDIMENSIONAL

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Mandatos de la OEA

2012_ Los 34 Jefes de Estado y de Gobierno de las Américasse comprometerion a:

“Avanzar en el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos y las

libertades fundamentales de las personas mayores mediante la promoción de

políticas públicas, programas y servicios, salvaguardando así su dignidad, su

bienestar físico, mental, social y su calidad de vida, teniendo en cuenta los

esfuerzos que se están llevando a cabo en el ámbito interamericano en la

elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante para proteger los

derechos de las personas mayores y la consideración del tema en el ámbito

internacional”.

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La Asamblea General, el órgano supremo de la OEA, resolvió:

• Convocar una sesión

especial sobre adultos

mayores

Mandatos de la OEA

mayores

• Elaborar informe

especializado

• Negociación formal del

proyecto de Convención

interamericana

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Proyecto de Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores*

CAPÍTULO IOBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES

CAPÍTULO IIPRINCIPIOS GENERALES

CAPÍTULO IIIDEBERES GENERALES DE LOS ESTADOS PARTES

CAPÍTULO IVDERECHOS PROTEGIDOS

CAPÍTULO VDERECHOS DE GRUPOS ESPECÍFICOS

* Nada está acordado hasta que todo está acordado.

DERECHOS DE GRUPOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO VIACCESO A LA JUSTICIA

CAPÍTULO VIITOMA DE CONCIENCIA

CAPÍTULO NUEVOENMIENDAS Y ESTABLECIMIENTO DE LA CONFERENCIA DE ESTADOS PARTES

CAPÍTULO VIIIMECANISMOS DE PROTECCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN

CAPÍTULO IX DISPOSICIONES GENERALES

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Algunos valores agregados propuestos para hacer efectivo el

ejercicio de los derechos humanos de las personas mayores:

� Definicion amplia de la “discriminación por edad en la vejez”

�Reconocimiento de los derechos a:• brindar consentimiento informado en materia de salu d• la intimidad

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• la intimidad• las personas que recibe servicios de cuidado a larg o plazo• accessibilidad• recreación, actividad física, esparcimiento y depo rte

� Seguimiento del cumplimento de la Convención• presentación y revisión de los informes de los Esta dos Partes• peticiones individuales

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Deberes y compromisos de los Estados Partes propues tos, entre otros:

• salvaguardar los derechos humanos y libertades fun damentales • adoptar las medidas adecuadas, legislativas y de ot ro carácter, para prevenir, sancionar y erradicar la discriminación p or edad en la vejez *• abstenerse de actos o prácticas incompatibles y vel ar que todas lasautoridades e instituciones actúenadoptar medidas especiales y afirmativas para asegu rar la realizaciónde los ajustes razonablesde los ajustes razonables• adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas , administrativas, judiciales, presupuestarias y de otra índole, inc. un adecuado accesoa la justicia, para hacer efectivos y difundir los derechos• recopilar información adecuada, inc. datos estadíst icos y de investigación• fomentar la creación de instituciones públicas espe cializadas• promover la creación de centros y redes académicas• promover la participación más amplia de la persona mayor y de otros sectores para la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigida a la implementación de la Conv ención

• deber y responsabilidad del Estado de adoptar medid as de su elección para cumplir con sus obligaciones internacionales “ Pacta sunt servanda”.

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Recomendaciones

La Convención Interamericana sobre los Derechos Humano s de las Personas Mayores podría :

� No asociar la vejez con la vulnerabilidad en sí mism a

� Enfocarse a aquellas situaciones en las que condici ones particulares de la persona mayor les exponen a la discriminación por edad o limitanel ejercicio efectivo o goce de los derechos que to da persona tiene, talcomo:como:

• educación permanente• trabajo (jubilación obligatoria y capacitación prof esional)• reconocimiento de aportes realizados a la seguridad social•Ingresos permanentes para una vida digna, •servicios de cuidado a largo plazo

* Definición de “discapacidad” bajo la Convención O NU Discapacidad cubre “deficiencias físicas, mentales, intelectuales o se nsoriales a largo plazo”.

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¿La frontera entre la tutela y la protección: hasta quépunto la protección de los derechos humanos de las personas mayores debe considerar de manera explícit a medidas especiales para grupos específicos ?

Cuestión clave

“A billion shades of grey” - The Economist

“Las personas de edad tienen características diversa s, incluso dentro de un mismo grupo poblacional, y sus experiencias pueden diferir según el sexo, la raza y el estatus socioeconómico o alguna otra condición”*.

*ONU, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unid as,“Estándares normativos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en relación c on las personas de edad” agosto de 2012

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¡Gracias!

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