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Evaluación Preliminar Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal
(FORTASEG) Evaluación de Impacto 2017
Programa presupuestario: 01070401 Coordinación Intergubernamental para la Seguridad Pública
Gobierno Municipal de Ecatepec de Morelos Estado de México Dirección de Seguridad Ciudadana y Vial
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EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL DESEMPEÑO DEL PROGRAMA
PRESUPUESTARIO COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL PARA LA
SEGURIDAD PÚBLICA, CON SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL
DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (FORTASEG)
DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE
MÉXICO
La información obtenida de la ejecución de las actividades del 1 al 8, tienen el
propósito principal aportar los elementos de juicio para poder llevar a cabo la
Evaluación Preliminar del Desempeño, la cual a su vez será la base para la
formulación del Informe Diagnóstico en la Evaluación de Impacto.
En virtud de lo anterior, a continuación se expresan los siguientes razonamientos de
la Evaluación al Desempeño:
De la alineación de sus objetivos estratégicos con los del Plan Nacional de
Desarrollo y Planes Sectoriales, Estatales, ¿cuál es el grado de contribución al
logro de éstos?
En la práctica gubernamental, se identifica un esquema de coordinación,
colaboración, comunicación y cooperación entre instancias gubernamentales
participantes en los asuntos que por su naturaleza interinstitucional desarrollan,
destacando principalmente los programas vinculados al Sistema Nacional de
Seguridad Pública.
El Estado y los municipios combatirán las causas que generan la comisión de delitos
y conductas antisociales y desarrollarán políticas, programas y acciones para que la
sociedad participe en la planeación y supervisión de la seguridad pública y se
fomenten valores culturales y cívicos que estimulen el respeto a la legalidad.
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En materia de coordinación intermunicipal:
I. Desarrolla los Mecanismos de coordinación técnica y operativa de seguridad
pública entre los municipios;
II. Desarrollo los Mecanismos de coordinación entre los directores de seguridad
pública municipales, para establecer criterios, objetivos, estrategias y sistemas
operativos que mejoren y fortalezcan dicha seguridad con la participación
ciudadana y juntas vecinales, entre otros;
III. Ejecuta las Acciones de seguridad pública preventiva, tendientes a la
prevención del delito y combate a la delincuencia.
Con respecto a las instancias de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, participa en:
I. El Consejo Coordinador Estatal de Seguridad Pública;
II. Los Consejos de Coordinación Municipal de Seguridad Pública; y
III. Las instancias de participación comunitaria.
De la legitimización de su misión, visión, valores y objetivos estratégicos y de
la congruencia con su marco jurídico.
El Ente gubernamental ha orientado su estrategia de operación, como garante de la
seguridad pública municipal preventiva en observancia a las disposiciones legales.
Respecto a la congruencia con su marco jurídico, está alineado a los esquemas que
establece el Sistema Estatal de Planeación Democrática, el cual conjuga los
programas sectoriales, regionales y especiales que operan en el territorio estatal.
La seguridad pública preventiva cumple como fin:
Salvaguardar la integridad, derechos y bienes de las personas;
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Preservar las libertades, el orden y la paz públicos, con estricto apego a la
protección de los derechos humanos; y
Prevenir la comisión de delitos e infracciones a las disposiciones
administrativas estatales y municipales.
Es por ello que el Ente Gubernamental combate las causas que generan la comisión
de delitos y conductas antisociales. Desarrollan políticas, programas y acciones para
que la sociedad participe en la planeación y supervisión de la seguridad pública y se
fomenten valores culturales y cívicos que estimulen el respeto a la legalidad.
Para ello, la profesionalización permite al personal operativo de seguridad, adquirir
las competencias que le permitan dimensionar su función, retomar valores positivos,
desarrollar la vocación de servicio y mejorar su actuar en el trato a víctimas. La
formación académica, táctica, operativa, administrativa y legal en materia de
derechos humanos. La certificación en las siete habilidades básicas del policía, y en
el marco del sistema penal acusatorio; de acuerdo con el Sistema Nacional de
seguridad Pública y el Servicio Profesional de Carrera Policial de carácter obligatorio
para los elementos de la corporación: Formación inicial, actualización y
profesionalización.
De la pertinencia de sus objetivos estratégicos, planes, programas y proyectos
importantes.
En la planeación estratégica institucional de mediano plazo de la entidad
mexiquense, las metas y acciones particularizan en las regiones y demarcaciones
municipales, se identifica una correlación de objetivos estratégicos de planeación
municipal a la estatal. Con respecto al Subsidio que recibe para las acciones
específicas del periodo que se evalúa, atender las políticas y estrategias
establecidas en los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad
Pública y los Programas con Prioridad Nacional, aprobados por el Consejo
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Nacional de Seguridad Pública. Así como con las medidas normativas
implementadas para el ejercicio fiscal de 2017 en el ámbito municipal, en los
hallazgos documentales y de información se identifica en los procesos de planeación
para el desarrollo, la prioridad de ejecución de acciones a las prioridades
municipales.
Con respecto a los Consejos de Coordinación Municipal de Seguridad Pública, son
instancias del Sistema Nacional, encargados de la coordinación, planeación y
supervisión de los fines de la seguridad pública, en su ámbito de gobierno.
Los Consejos de Coordinación Municipal, ejecutan las siguientes funciones:
I. Asumen la coordinación, planeación y supervisión del Sistema Nacional de
Seguridad Pública en el territorio del Municipio;
II. Proponen al Consejo Coordinador Estatal, acuerdos, programas
específicos y convenios de coordinación en materia de seguridad pública;
III. Expiden su reglamento interior para su observación; y
Las demás que les reserven la Ley General que establece las Bases de
Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los convenios, acuerdos y
resoluciones que se tomen en el Consejo Coordinador Estatal de Seguridad Pública
y en otras instancias de coordinación.
Del grado de conocimiento y aceptación de los funcionarios y personal clave,
de las grandes definiciones institucionales (misión, visión, valores, objetivos
estratégicos).
En la vertiente de planeación estratégica, se identifica que pueden aprovechar más la
información que es basta sobre el escenario de la administración pública y gobierno,
buscar mejores esquemas de operación permitirá explotar las potencialidades que
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ahora ofrece la estrategia nacional y estatal. El marco de coordinación entre
instancias es amplio y sólido.
Se practican los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y de
los derechos humanos que están implícitos en la impartición de justicia; razón por la
cual, se consideran al momento de generar y ejecutar acciones en favor del
resguardo de la integridad de los ciudadanos.
Es elemental la concientización social en materia de denuncia, vigilancia vecinal y
comunitaria; haciendo evidente la importancia que representa el día a día participen
decisivamente en la prevención del delito, evitando la corrupción, la impunidad y
favoreciendo la legalidad que permita la convivencia social armónica y pacífica.
De la congruencia de su operación, productos, servicios y actividades, con
respecto a su misión, visión, valores y objetivos estratégicos.
El gobierno ha procurado considerar un proyecto político de bienes y servicios a la
población que demanda los mismos. Es importante destacar que el cuerpo colegiado
acuerde en común para ser garante en los actos de gobierno y administración. En la
evaluación externa, la ciudadanía ha expresado aceptación por la conducción de sus
autoridades. Sin embargo se identifica una ciudadanía exigente con respecto a los
servicios públicos, mostraron desinterés con respecto a la participación ciudadana en
políticas públicas.
Es por ello, que los Comités Municipales de Consulta y Participación de la
Comunidad, serán instancias de participación comunitaria, encargados de la
planeación y supervisión de la seguridad pública, vinculados a cada una de las
instituciones de seguridad pública que funcionen en el municipio.
La evaluación de la ejecución de la planeación que es el desempeño en la prestación
de los bienes y servicios públicos locales, guarda congruencia lógica con los
componentes de la estrategia gubernamental.
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De la alineación de su estructura de Gobierno y de Organización, con los
propósitos y objetivos estratégicos del Ente gubernamental en su caso.
En este planteamiento de identifican tres aspectos fundamentales de la operación del
plan de trabajo:
Los Consejos de Coordinación Municipal estarán integrados por:
I. El Presidente Municipal, quien lo presidirá;
II. El Secretario del Ayuntamiento;
III. El Delegado de Transporte Terrestre del Gobierno del Estado, de existir
esa representación;
IV. El Primer Síndico o Síndico,
V. El Director o Comandante de Seguridad Pública Municipal;
VI. Los Delegados Municipales; y
VII. El Secretario Ejecutivo, quien será designado por el Consejo a propuesta
del Presidente. El Secretario Ejecutivo, deberá cumplir con los requisitos
previstos en el artículo 14 de la Ley General que establece las Bases de
Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. El cargo de
consejero es honorario, con excepción del Secretario Ejecutivo, cuya
remuneración será la que fije el presupuesto de egresos, al igual que la del
personal a su cargo, en su caso. Los Consejos Coordinadores
Municipales, podrán invitar a participar en sus sesiones a los Comandantes
de Corporación de las Zonas Militares, localizadas en el territorio del
Estado.
En la ejecución de acciones, la Dirección de Seguridad Ciudadana y Vial, ejerce las
siguientes atribuciones:
I. Mantener la seguridad y el orden público en el Municipio;
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II. Proporcionar vigilancia permanente, para garantizar la seguridad de las
personas;
III. Promover el establecimiento de los Comités Vecinales de Seguridad, de
acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Seguridad del Estado de México,
asimismo, fomentar la identificación y confianza entre vecinos y policías; IV.
Promover la cultura del respeto a las leyes y reglamentos en su materia; V.
Prevenir la comisión de delitos y faltas administrativas, trasladando a los
infractores, en su caso, ante la autoridad correspondiente;
IV. Auxiliar a las autoridades Federales y Estatales, en la aprehensión de los
delincuentes, cuando así lo soliciten, de acuerdo a las normas jurídicas
aplicables, cumpliendo, además, con las atribuciones relativas al Sistema de
Seguridad Nacional; VII. Realizar operativos conjuntos con corporaciones
policiacas federales, estatales y Municipales, así como con las fuerzas
armadas mexicanas en los casos requeridos para combatir la delincuencia en
el territorio Municipal;
V. Preservar la libertad, el orden y la paz pública, con estricto apego a la
protección de los Derechos Humanos;
VI. Asegurar a los delincuentes, cuando éstos sean sorprendidos en flagrante
delito, remitiéndolos inmediatamente a disposición del Ministerio Público;
VII. Auxiliar, en su caso, a las autoridades judiciales y administrativas, para la
citación y presentación de personas, de acuerdo a las normas aplicables de la
materia;
VIII. Establecer, previa aprobación del H. Ayuntamiento o, en su caso, del
Presidente Municipal, las disposiciones administrativas necesarias y acciones
tendientes, para la regulación y vigilancia del tránsito en las vías públicas del
Municipio; XII. Acordar y ordenar dispositivos de seguridad, para prevenir
daños con motivos de la circulación de vehículos automotores;
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IX. Proponer al H. Ayuntamiento, convenios de coordinación de funciones y
prestación del servicio del tránsito, con la Federación, con el Gobierno del
Estado o con otros Municipios;
X. Suscribir convenios de coordinación en materia de seguridad pública
preventiva, con la federación y otros Municipios de la entidad, y de
coordinación y de asunción de funciones con el Estado, previa aprobación del
H. Ayuntamiento, y de la observancia de las formalidades que establezcan
las leyes aplicables;
XI. Imponer sanciones por infracciones cometidas al Reglamento de Tránsito;
XII. Proponer, en su caso, a las dependencias Municipales correspondientes,
señalamientos de tránsito de vehículos y peatones;
XIII. Formular programas para eficientar la circulación de vehículos de transporte
en el territorio Municipal, que previamente hayan cumplido los requisitos que
las leyes y reglamentos Federales y Estatales establezcan;
XIV. Establecer la coordinación de los sistemas de comunicación por radio,
telefonía, alarmas y cualquier otro en materia de seguridad pública dentro del
territorio Municipal;
XV. Auxiliar a la Dirección de Protección Civil y Bomberos, en casos de
emergencia, en la prestación de servicios de salvamento y rescate;
XVI. Desarrollar programas de educación vial y de seguridad pública;
XVII. Capacitar a los aspirantes y elementos activos de los cuerpos policiales de la
Dirección de Seguridad Ciudadana y Vial;
XVIII. Desempeñar sus funciones de acuerdo con los principios de legalidad,
honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, debiendo abstenerse de todo
acto de corrupción, con estricta observancia a la Ley de Seguridad del Estado
de México;
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XIX. Mantener respeto y subordinación legítima, con respecto a sus superiores
inmediatos o mediatos, cumpliendo con las disposiciones que éstos dicten, en
el ejercicio de sus atribuciones;
XX. Atender las peticiones, observaciones y acciones del Consejo Municipal de
Lucha contra las Drogas y la Delincuencia, y del Consejo Coordinador
Municipal de Seguridad Pública, de acuerdo con las atribuciones que la
normatividad aplicable les confiere;
XXI. Distinguir a los servidores públicos adscritos a su área, que se destaquen por
sus actos y obras en beneficio de la comunidad, mediante el reconocimiento
que les otorguen las disposiciones legales aplicables;
XXII. Llevar el registro y seguimiento de la incidencia delictiva Municipal, y con base
en ésta, realizar análisis y tareas de inteligencia policial para diseñar
operativos específicos y focalizados de combate a la delincuencia en las
comunidades del Municipio; y
De la suficiencia, en general, de sus recursos, con respecto a dichos
propósitos y objetivos estratégicos.
Recursos Humanos. En materia de Seguridad Pública, es insuficiente para
atender los servicios que el Ente gubernamental, por lo que sus propósitos y
objetivos estratégicos se ven objetivamente alcanzados.
Recursos Materiales. El cumplimiento de sus programas se realizan bajo
criterios de racionalidad, en buena medida se da cumplimiento a los dispuesto
por los principios del ejercicio del gasto público.
Recursos físicos. Se identifica una suficiencia de espacios físicos para el
desarrollo de sus funciones.
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Recursos tecnológicos. Utilizan las aplicaciones para ampliar los servicios
de acción inmediata en materia de seguridad pública y para la administración
de la información en medios electrónicos y generan el procesamiento de
información para diversos fines institucionales.
Recursos financieros. Los recursos económicos.
De la congruencia y transparencia de sus sistemas de medición y rendición de
cuentas.
Cumple con las disposiciones de carácter federal y estatal en la materia, con
respecto a los “Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento
del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México.”
De su apego a los lineamientos del Sistema de Evaluación del Desempeño
(SED) y del Presupuesto Basado en Resultados (PbR).
La integración del Programa presupuesto se desarrolló con la utilización de las
herramientas de planeación estratégica institucional y la Metodología del Marco
Lógico en todas sus etapas, así como la coordinación de acciones entre la Unidad
Información, Planeación, Programación y Evaluación con la Tesorería Municipal.
De lo adecuado y de la Lógica vertical y horizontal de su Matriz de Indicadores.
La documentación de la información que ampara la integración presupuestal del
ejercicio fiscal 2017, evidencia que se utilizó la Lógica vertical y horizontal de la
Matriz de Indicadores a nivel programa, por lo que es adecuado el planteamiento y
no existen observaciones al respecto.
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Del resultado de los indicadores utilizados en comparación con metas
establecidas.
La integración de la estructura de los indicadores, permiten con objetividad medir las
metas establecidas a nivel programa y proyecto según el caso, por lo que existe una
correlación del alcance de las metas con los costos para alcanzarlas. Sus
indicadores están orientados a medir el desempeño y los resultados finales, las
fuentes de información son las fidedignas, de carácter estadístico oficial y local, y
acorde a la realidad.
Del ambiente organizacional con respecto a la proclividad hacia el logro de los
objetivos estratégicos y resultados y de rendir cuentas.
Se evalúa un ambiente de apertura al desarrollo organizacional y atender los
diversos compromisos con la sociedad e materia de seguridad pública y sus medios
y mecanismos de coordinación y cooperación operativa en el marco del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
De la suficiencia del sistema de control de riesgos.
Se contribuye al sostenimiento del Sistema de Control de Riesgos, se ejecuta a
través de un tablero de control de información de los programas y proyectos que se
ejecutan, en su evolución se identifica trimestralmente su avance físico; de esta
manera la Secretaría Técnica, en apego a sus funciones sustantivas, da cumplimento
a la evaluación de los procesos de Ejecución, Control, Resultados e Impactos.
Complementariamente la Unidad de Información, Planeación, Programación y
Evaluación y la Contraloría Municipal, contribuyen a la observación en la ejecución a
través de sus procesos de evaluación del Control, con la finalidad de semaforizar el
estatus que guarda los resultados alcanzados con respecto a lo programado,
permitiendo con ello, monitorear y realizar las recomendaciones cuando se identifica
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alguna acción en amarillo o en rojo, de esta manera se contribuye al Control de
Riesgos, a través del Monitoreo y Evaluación. (M&E)
Del grado de resultados y logro institucional alcanzados.
Particularmente los resultados alcanzados del Programa presupuestario
Coordinación Intergubernamental para la Seguridad Pública, al periodo de
evaluación, cumplió sus metas programadas.
Se crean constantemente las condiciones para garantizar la seguridad social,
iniciando por la concientización social en materia de denuncia, vigilancia vecinal y
comunitaria; que representa participación en la prevención del delito, evitando
corrupción, impunidad y favoreciendo la legalidad que permita la convivencia social
armónica y pacífica. Se evidencia humanismo, profesionalismo, honorabilidad y
eficacia de cuerpos de policía y protección civil debidamente capacitados y
equipados.
De la congruencia en la identificación y justificación de la Población objetivo y
en su caso, el grado de satisfacción de la misma con productos o servicios del
Ente gubernamental.
La utilización de las herramientas de Planeación Estratégica y Metodología del Marco
Lógico en la integración presupuestal, permitió identificar y justificar la población
objetivo de los bienes y servicios del programa sujeto de Evaluación. De esta manera
podemos decir, la congruencia de planeación con la evaluación de ejecución de la
estrategia.
La esencia de los servicios de seguridad pública de competencia municipal.
I. Salvaguardar la integridad, derechos y bienes de las personas;
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II. Preservar las libertades, el orden y la paz públicos, con estricto apego a
la protección de los derechos humanos; y
III. Prevenir la comisión de delitos e infracciones a las disposiciones
administrativas estatales y municipales.
El Estado y los municipios combaten las causas que generan la comisión de
delitos y conductas antisociales y desarrollan políticas, programas y acciones
para que la sociedad participe en la planeación y supervisión de la seguridad
pública y se fomenten valores culturales y cívicos que estimulen el respeto a la
legalidad.
Con estos razonamientos se estructuró la Evaluación preliminar del Desempeño del
Ente gubernamental, Programa presupuestario Coordinación
Intergubernamental para la Seguridad Pública del Ejercicio Fiscal 2017.
Evaluación Externa
Miguel Ángel Millán
Investigador y Metodólogo