Programa de Mejoramiento Urbano y E.C.

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Programa de Mejoramiento Urbano y E.C. Proyectos de Iluminación Pública.

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Programa de Mejoramiento Urbano y E.C.

Proyectos de Iluminación Pública.

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El PMU es una fuente de financiamiento del Ministerio del Interior, administrado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, para programas y proyectos de inversión en infraestructura menor urbana y equipamiento comunal, que se crea con el D.S. Nº 946, el 24 de junio de 1993, con la idea de colaborar en la generación de empleo y en el mejoramiento de la calidad de vida de la población más pobre del país. El programa financia proyectos de infraestructura menor urbana y equipamiento comunitario, según las diversas realidades comunales, que no estén cubiertos por otras líneas de apoyo estatal y de monto inferior a M$50.000 o bien obteniendo el RS de MIDEPLAN podrán superar esta cifra.

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Son proyectos de corta duración (3 a 4 meses) los que pueden ser ejecutados mediante Administración Directa o Licitación Pública. Los Municipios podrán postular durante todo el año a ejecución de proyectos referidos a Construcción, reparación, mejoramiento, conservación, ampliación o reposición de:

•Electrificación y Alumbrado Público•Adquisición e instalación de equipos Fotovoltaicos•Construcción, Iluminación para multicanchas•Instalación de Luminarias en Parques, puentes, sendas peatonales, etc.•Red Eléctrica de edificios Municipales

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La postulación la debe hacer el Alcalde al Intendente, mediante un oficio que indique el nombre y código del proyecto que le otorgará la plataforma Online ubicada en http://subonline.subdere.gov.cl, donde deben adjuntar los antecedentes técnicos mínimos que avalen la postulación. a.- Planos de ubicación e intervención.b.- Especificaciones Técnicas.c.- Presupuesto Desglosado de acuerdo a modalidad de ejecución.d.- Factibilidades cuando corresponda tales como tenencias de los terrenos, certificados de BNUP etc.e.- Fotografías.

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Los proyectos postulados en el portal son evaluados técnicamente de acuerdo al manual disponible en la plataforma Online y obteniendo una visación favorable, el Intendente solicita su financiamiento al Subsecretario de Desarrollo Regional con cargo al PMU, que dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y evaluación técnica de la SUBDERE son aprobados.

Una vez aprobado el proyecto, el municipio se encuentra habilitado para proceder a su ejecución, de acuerdo al mecanismo que se determine. Los estados de pago son remitiros a SUBDERE para la remisión de los recursos correspondientes.

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Programa de Energización

Objetivo del Programa

•Coordinar y gestionar la provisión de recursos económicos necesarios para la ejecución de proyectos de energización en los gobiernos subnacionales, y de la generación de capacidades en los gobiernos regionales del país.

Financia

•El Programa de Energización puede financiar las siguientes tipologías de proyectos en el ámbito de la energía.

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– Extensiones de redes eléctricas de distribución de tipo convencional.

– Proyectos de Alumbrado Público Eficiente con priorización en zonas rurales.

– Proyectos de Autogeneración en base a Sistemas Diesel y Sistemas de Energía Renovable no convencional: eólico, solar, etc.

– Proyectos de Autogeneración en base a Sistemas Híbridos. (Diesel +

ERNC)

– Proyectos de Colectores Solares para agua caliente sanitaria en edificaciones de uso comunitario cuya propiedad o usufructo sea público. (Metodología en preparación por Mideplan, funcional desde septiembre 2011)

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Procedimientos para el financiamiento de Iniciativas

Las comunidades presentan sus necesidades ante el Municipio, quienes preparan, solicitan o contratan la elaboración del proyecto, los que luego de preparados son enviados al Gobierno Regional para su análisis. El Gobierno Regional, a través de las Unidades Técnicas Energización Regional (UTER), o bien la Unidad Regional de SUBDERE (URS) determinan la pertinencia de la iniciativa, además de asistir al municipio durante todo el proceso de elaboración, formulación y levantamiento de observaciones.

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En los proyectos que contemplan Sistemas de Autogeneración y de mayor complejidad se solicita la asistencia técnica del Ministerio de Energía, de acuerdo a la metodología actual de Mideplan. Luego la iniciativa (independiente del tipo) debe ser evaluada por el sectoralista Mideplan con el fin de obtener una calificación o Rate.

Los proyectos o iniciativas que se califican con Rate favorable, RS, son presentados al CORE por el Intendente para su aprobación. El CORE aprueba la iniciativa y los montos económicos necesarios para su materialización y el Intendente solicita a SUBDERE la distribución de los recursos, según la disponibilidad existente en la Provisión.

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• Finalmente el Gobierno Regional o Municipio procede a realizar el proceso de Licitación y posterior ejecución de la iniciativa.

Comunidades demandantes de

energía

Municipalidad(es)

Solicitan abastecimiento energético

GORE

Proyecto priorizado

SUBDERE(UTER O URS)

SERPLAC

GORE

NecesitaAsistencia Técnica

MINERGÍASI

Sin RS

RS

Conexiones de red

CORE

NO

Proyecto aprobado

Licitación - Ejecución

SUBDERE: Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.CORE: Consejo RegionalGORE: Gobierno RegionalSERPLAC: Secretaría Regional de Planificación y CoordinaciónMINENERGÏA: Ministerio de EnergíaUTER: Unidad Técnica Energízación RegionalURS: Unidad Regional SUBDERE

SUBDERE: Determina la pertinencia de la iniciativa, además de asistir al municipio durante todo el proceso de elaboración, formulación y levantamiento de observaciones.

Una vez aprobado por el CORE, SUBDERE gestiona la distribución de los recursos, según la disponibilidad existente en la Provisión.

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Gracias.