Prácticas módulo ii, pedagogía

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EDUCACIÓN Y SOCIEDAD PRÁCTICAS MÓDULO II PEDAGOGÍA ALICIA SÁNCHEZ HIERRO 2ºB MAGISTERIO EDUCACIÓN PRIMARIA 2014/2015 UCLM TOLEDO

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EDUCACIÓN Y SOCIEDAD

PRÁCTICAS MÓDULO II

PEDAGOGÍA

ALICIA SÁNCHEZ HIERRO

2ºB MAGISTERIO EDUCACIÓN PRIMARIA

2014/2015

UCLM TOLEDO

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Práctica 2a:

Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal

(LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de

Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.

LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de

dic. de 2013)

Art.20 Tutoría

1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función

docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizada y

coordinada a través del tutor.

2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de

los alumnos a través de su integración y participación en la vida del

centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la

toma de decisiones relacionadas con su evolución académica.

Art. 21 Tutores

1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será asignado por el director

a propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el

maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales a dicho

grupo. Además del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombre

un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus

funciones, de acuerdo con lo que se establezca en las normas de

organización y funcionamiento del centro.

2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el

primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y

motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia del

mismo tutor en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.

3. El tutor coordinará el trabajo del equipo decente del grupo de alumnos

tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración

con sus familias. Para ello establecerá a lo largo del curso escolar un

número mínimo de tres reuniones con el conjunto de padres del grupo,

que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y una

individual con los padres de cada alumno.

4. Son funciones de los tutores:

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a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las

actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios

y pudiendo contar, para ello, con la colaboración del orientador del

centro.

b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos con su grupo.

c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para

proceder a la adecuación personal del currículo.

d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar la

participación en las actividades del entorno.

e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades

educativas.

f) Colaborar con el orientador del centro en términos que establezca

la jefatura de estudios.

g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

h) Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a

los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello

que les concierna en relación con las actividades docentes y el

rendimiento académico.

i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de

los alumnos.

j) Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado

del centro, en los períodos de recreo y en las actividades no

lectivas.

5. Los tutores serán coordinados por el Jefe de estudios, mantenimiento las

reuniones que sean precisas, con la finalidad de la que la acción tutorial

se desarrolle en las condiciones adecuadas.

http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE-A-2013-12886.pdf

LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

La educación ha de ser organizada en torno a cuatro aprendizajes que son

los pilares básicos del conocimiento a lo largo de la vida de cada persona:

aprender a conocer, adquirir las claves de la comprensión; aprender a hacer,

para poder actuara sobre el entorno; aprender a vivir juntos, para participar y

cooperar junto a los otros en las actividades humanas; y finalmente aprender

a ser, progresión esencial que participa de los tres aprendizajes anteriores. Es

evidente que estas vidas del saber se conjugan entre sí, ya que existen

muchos puntos de contacto, intersección e intercambio entre ellas. (UNESCO,

1996, 75 Y 76)

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En el art.91 podemos encontrar algo relacionado a la tutoría y a la

participación de las familias:

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y

el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en

colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de

sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

http://www.boe.es/boe/dias/2006/05/04/pdfs/A17158-17207.pdf

Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I

Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de

calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y

profesional).

Título I. Comunidad Educativa. CAPÍTULO III - Las familias

Artículo 22. El papel de las familias. Las familias del alumnado constituyen una

parte esencial del proceso educativo y, actuando en colaboración con el

profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos

para la mejora de la educación.

Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.

1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a

elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e

hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en

el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007,

de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en

el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del

Derecho a la Educación.

2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas

de formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como

educadores y para contribuir a una colaboración más efectiva en la

educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición

de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para

desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo

la realización de consultas y el intercambio de información por medios

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telemáticos, sin detrimento de la relación personal y directa entre las

familias y el profesorado de los centros.

4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias

del alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos

los que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora

del Derecho a la Educación, y regulará y garantizará su ejercicio.

Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras

legales. Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se

sustentan en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y

pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de

acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre elección de

centro, al conocimiento y la participación en el proyecto educativo y las

normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios de

evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso

académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su

evolución educativa y su rendimiento académico.

Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se

sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y

las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución

al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores

legales de compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia

de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado

en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en

la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y

demás normativa vigente.

2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas

serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de

marzo, de Participación Social en la Educación.

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Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.

1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación y

desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones

de madres y padres del alumnado.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y

confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de entidades

colaboradoras de la enseñanza, al que se hace referencia en el artículo

135.5 de la presente Ley, de acuerdo al procedimiento reglamentario que

se establezca.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y las federaciones y

confederaciones que tengan su sede y desarrollen mayoritariamente su

actividad en Castilla-La Mancha, podrán ser declaradas de utilidad pública

por el Consejo de Gobierno.

4. Consejería competente en materia de educación impulsará campañas

informativas, de manera directa y a través de los medios de comunicación,

en colaboración con las federaciones y confederaciones de madres y

padres, para dar a conocer sus derechos y deberes.

Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares. Las

familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos

en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a

través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar

del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La

Mancha.

Artículo 29. La colaboración de las familias. Los centros docentes propiciarán

la colaboración de las familias, de forma voluntaria y siempre bajo las

directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas del centro cuyo

objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.

Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación

educativa y profesional).

Artículo 159. Finalidad. El modelo de orientación de Castilla-La Mancha tiene

como finalidad contribuir a la educación integral del alumnado a través de la

personalización del proceso educativo, en especial en lo referido a la

adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a

la transición tanto entre las distintas etapas y niveles en los que se articula el

sistema educativo como entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto

de la comunidad educativa asesoramiento y apoyo técnico especializado.

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Artículo 160. Características básicas. La programación de la orientación

educativa y profesional en los distintos niveles responderá a las siguientes

características básicas:

a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o

alumna es el protagonista de su propia orientación, que comienza con la

escolarización del alumnado en las primeras edades y se extiende a lo largo

de todas las etapas educativas.

b) Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas

desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los

responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.

c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas,

habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer

efectiva una educación inclusiva de calidad.

d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y

contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.

e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y

abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.

f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora

del éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.

Artículo 161. Organización.

1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:

a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no

universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la

coordinación de los equipos docentes.

b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras

específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del

servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso, a la

red de formación en las zonas rurales

c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los

profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería

competente en materia de educación determine.

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2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo

referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables,

la integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras

actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener

la mejor atención educativa.

http://todofp.es/dctm/todofp/profesores/normativalegislacion/castilla-la-

mancha-13-octubre-2010.pdf?documentId=0901e72b813090bb

Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha.

Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso

educativo.

Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución

del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las

decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas

de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso

educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los

exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o

tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión

administrativa, deba figurar en su expediente académico.

ANEXO III: Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y

aprendizaje.

1. La tutoría

La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla la tutora o el tutor con

el alumnado, con sus familias y con el resto de maestras y maestros que

imparten docencia a un mismo grupo de alumnas y alumnos de acuerdo con

lo establecido en el artículo 10 de este Decreto. Su contenido, planificación,

desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del

centro.

2. La tutoría con las familias.

La tutora o el tutor son los mediadores entre el centro y la familia, y los

encargados de garantizar un proceso de intercambio continuado y sistemático,

que comienza con el nuevo curso y continúa al finalizar cada trimestre.

Este proceso se ha de alimentar y enriquecer a lo largo del curso a través de

las sesiones de presentación, de las entrevistas de recogida de información y

la entrega de la información sobre los resultados escolares como vías

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habituales. Asimismo contribuye de forma positiva a su desarrollo la

organización de procesos formativos y participativos como las Escuelas de

Padres y Madres, la intervención de las familias en el desarrollo del currículo,

a través de la elaboración de materiales, la agenda escolar del alumnado y

de la participación directa como responsables de talleres o con acciones

puntuales.

3. La tutoría como coordinación del equipo docente.

Corresponde a la tutora o el tutor coordinar la intervención educativa del

conjunto del profesorado. Dentro de esta responsabilidad está el asegurar que

todo el profesorado tiene una información suficiente del grupo y de la

problemática de cada uno de ellos, así como de que existe un acuerdo a la

hora de abordar las líneas básicas de comportamiento con el grupo.

La responsabilidad no queda reducida a coordinar el intercambio en las

sesiones de evaluación y a las tareas de registro y calificación, pues este

proceso se continúa con la toma de decisiones sobre medidas que

contribuyan a resolver los problemas concretos y a dar respuesta a las

necesidades poniendo en marcha estrategias de atención a la diversidad.

http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE-A-2013-12886.pdf

CONCLUSIÓN

Se puede decir que las familias son un pilar fundamental en la educación de

los niños y que no solo son los docentes los encargados de educar a sus

alumnos. La colaboración de la familia con la escuela será enriquecedora y

necesaria durante el proceso de enseñanza y aprendizaje de los niños. Tanto

el entorno educativo como el familiar deben ser capaces de coordinar la

transmisión de valores con la de conocimientos teóricos que se le impartirán

en el colegio.

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Práctica 2b:

Tras el visionado del video "la comunicación familia escuela", sobre la forma

de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del

módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una

valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece

entre la familia y la escuela.

La relación entre familia y la escuela es un tema bastante delicado y que no

siempre es fácil. Tanto el tutor como la familia deben estar dispuestos a

mantener una buena relación.

El tutor el juega el papel fundamental ya que tiene que procurar y fomentar la

buena comunicación con las familias de sus alumnos.

En el vídeo vemos como la madre del alumno reacciona de maneras distintas

en función de la actitud y modos de comunicación del tutor.

Los modelos de comunicación podrían describirse en función de los

componentes de las habilidades sociales utilizados por el individuo, en este

caso, el tutor. Los tres modelos principales son:

MODELO DE COMUNICACIÓN AGRESIVO.

El profesor se mantiene delante de la madre, de pie. Refleja gestos

abundantes y amenazadores, movimientos bruscos de manos, invade el

espacio del otro y, expresión facial con signos de tensión. Además el

tono de voz es alto. No se crea un clima cálido y por lo tanto la

comunicación queda rota.

MODELO DE COMUNICACIÓN ASERTIVO

Esta vez, el profesor utiliza el espacio para crear un clima de acogida.

La expresión facial es amistosa y distendida, posición frente a frente

manteniendo las distancias adecuadas, gestos firmes, pero nunca

amenazantes. Utiliza un volumen de voz adecuado, fluidez verbal

buena… Además, es positivo y recompensante, comparte sus

sentimientos. Llegan a un compromiso mutuo y acuerdan un nuevo

encuentro, ambos tienen un objetivo claro que es el beneficio del

alumno. Finalmente el tutor ofrece su apoyo y pide colaboración. Se

crean posturas más relajadas que permiten la comunicación.

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MODELO INHIBIDO

Este modelo no lo hemos visto directamente en el video pero es el

tercer estilo de comunicación que existe. Genera sentimientos de

desamparo, depresión y tensión a la hora de mantener relaciones

interpersonales y sociales. Sus rasgos característicos son:

a) Elementos no verbales.

- Expresión facial seria, o sonrisa tímida y tensa.

- Ojos orientados hacia abajo sin mirar directamente a los ojos.

- Sonrisa. Tímida, con muy poca frecuencia y muy poca amplitud.

- Postura corporal. Tiende a alejarse y a contraerse.

- Posición ladeada con respecto al interlocutor, evitando el frente a

frente.

- Evita el contacto físico al estrechar la mano y la suele dejar “muerta”.

- Gestos. Pocos y próximos al cuerpo para pasar inadvertidos.

b) Elementos paraverbales:

- Volumen de voz excesivamente bajo.

- Entonación más bien monótona.

- Fluidez verbal escasa, resultando el habla entrecortada.

- Velocidad. Muy lenta o muy rápida.

- Claridad. Deficiente.

- Duración. Breve y a base de monosílabos.

c) Elementos verbales:

- Contenido. Uso del condicional, sin afirmaciones y con muletillas

dubitativas.

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- Atención personal. No suelen interesarse por sus interlocutores.

- Preguntas y respuestas. Contestan con la menor cantidad de palabras

Es el estilo habitualmente usado por personas preocupadas por satisfacer a

los demás que son incapaces de pensar en la posibilidad de enfrentarse a

alguien en cualquier sentido. Estas personas anteponen los deseos y las

opiniones de los demás a los suyos propios.

Identificar el estilo de comunicación de una persona nos facilitará la tarea de

relacionarnos con él. Un estilo de comunicación denota una personalidad

detrás del mismo y cuantos más datos tengamos de nuestro interlocutor,

mejor le podremos conocer y adaptarnos para que la comunicación sea más

exitosa.

Práctica 2c:

Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos.

Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.

Como ya hemos visto, la legislación actual ofrece posibilidades a las familias

para implicarse en la vida escolar de sus hijos. Aunque debemos destacar que

la principal responsable de la educación de los niños y niñas es la familia. En

algunas ocasiones se deja gran parte de esa responsabilidad al colegio y a

los profesores. Podría deberse a una falta de tiempo o, simplemente, por

comodidad.

Que los padres y madres colaboren activamente con los centros educativos de

sus hijos es muy beneficioso, puede generar un mayor rendimiento del alumno

e incluso estar más motivado a la hora de realizar sus tareas.

La participación activa en las asociaciones de padres, cada vez es más

frecuente, ha ido creciendo con el tiempo.

Es muy importante que el colegio deje espacio a la colaboración de las

familias y estos implicarse en esta tarea por el bien de los niños y niñas.

Algunos intentos de llevar a cabo programas de participación de los padres en

los centros fracasan por las diferencias actitudinales existentes entre padres y

profesores. Unas veces, los padres consideran que deben ejercer un papel más

activo en todos los campos funcionales del centro y, sin embargo, los

profesores, en ocasiones, consideran que esa participación debe reducirse a

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los aspectos más tradicionales, como por ejemplo, salidas extraescolares,

organización de fiestas…

Entre las causas que pueden desencadenar la baja participación de las

familias en los centros educativos encontramos: una baja representación

otorgada a los padres y madres en las escuelas, el temor de muchos colegios

a que la participación de las familias sea un obstáculo para el funcionamiento

de los centros y obligaciones laborales, dificultades sociales… que tienen los

padres y madres de familia para poder implicarse como les gustaría en la vida

escolar de sus hijos.

En ocasiones, cuando los padres acuden a reuniones formales para plantearles

problemas sobre el bajo rendimiento de sus hijos, sienten que el contacto con

la escuela es culpabilizador. Pueden llegar a sentir que son los docentes

quienes les culpan a ellos o a los propios estudiantes por la falta del éxito

académico.

O simplemente, la falta de interés de los padres por conocer el centro, aulas,

recursos, trabajos del alumno, profesorado… provoca que la distancia padre-

profesor sea cada vez más grande.

Ahora bien, ¿cómo mejorar la relación familia-escuela?

- Tener una mayor comunicación entre el centro educativo.

- Que los padres asistan a cursos orientativos de formación y hacerles

ver que su participación en el centro es de gran ayuda para ellos y

para sus hijos

- Las familias deben encontrar en el centro un cierto apoyo para poder

participar sin problemas. En caso contrario, los padres no estarán

seguros de participar.

- Realizar actividades extraescolares donde los padres pueden participar

con sus hijos, los padres con los profesores y los profesores con los

alumnos. De esta manera habrá una mayor comunicación entre todos y

se creará un bien clima entre ellos.

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Práctica 2d:

Programación de una actividad con padres en formato de presentación

audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye

la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de

educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de

intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres,

actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que

trabajar de forma coordinada.

http://www.slideshare.net/AliciaSnchezHierro/olimpiada-familiar-pedagoga?related=2

AUTOEVALUACIÓN. PUNTUACIÓN 0,5