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TRANS SOID. NIT.: 90066848-3. PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL, PESV. LEMA DE SEGURIDAD TSCC.: CERO ACCIDENTES ES ALCANZABLE Y HOY TODOS REGRESAMOS A CASA SEGUROS. 30/06/2016.

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TRANS SOID.

NIT.: 90066848-3.

PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL, PESV.

LEMA DE SEGURIDAD TSCC.:

CERO ACCIDENTES ES ALCANZABLE Y HOY TODOS REGRESAMOS A CASA

SEGUROS.

30/06/2016.

TABLA DE CONTENIDO. PRÓLOGO. INTRODUCCIÓN. 1. OBJETIVOS DEL PESV:

1.1. Objetivo General. 1.2. Objetivos Específicos. 1.3. Directrices de la alta dirección. 2. ALCANCE.

3. DEFINICIONES.

4. MARCO NORMATIVO.

5. PILARES DE DESARROLLO:

5.1. FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL. 5.1.1. Variable OBJETIVOS DEL PESV. 5.1.2. Variable COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.2.1. ACTA DE COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.2.2. OBJETIVOS DEL COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.2.3. INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.2.3.1. ROLES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES. 5.1.2.3.2. FRECUENCIA DE REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.3. Variable RESPONSABLE DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL.

5.1.3.1. RESPONSABLE DEL PESV. 5.1.3.2. IDONEIDAD DEL RESPONSABLE DEL PESV. 5.1.4. Variable POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.4.1. DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.5. Variable DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.6. Variable DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 5.1.7. Variable DIAGNÓSTICO CARACTERIZACION DE LA EMPRESA. 5.1.7.1. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA. 5.1.8. Variable DIAGNÓSTICO RIESGOS VIALES. 5.1.8.1. DEFINICIÓN DE PLANES DE ACCIÓN. 5.1.8.2. VIABILIDAD DE PLANES DE ACCIÓN. 5.1.9. Variable IMPLEMENTACIÓN DE PLANES DE ACCIÓN DEL PESV. 5.1.9.1. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION DE PLANES DE ACCIÓN DEL PESV. 5.1.9.2. PRESUPUESTO PARA IMPLEMENTAR EL PESV. 5.1.10. Variable IMPLEMENTACIÓN DE PLANES DE ACCIÓN DEL PESV. 5.1.10.1. DEFINICIÓN DE PLANES DE ACCIÓN.

5.2. COMPORTAMIENTO HUMANO. 5.2.1. Variable PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONDUCTORES. 5.2.1.1. PERFIL DEL CONDUCTOR. 5.2.1.2. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONDUCTORES. 5.2.2 Variable PRUEBAS DE INGRESO DE CONDUCTORES. 5.2.2.1. EXÁMENES MÉDICOS. 5.2.2.2. IDONEIDAD EN EXÁMENES MÉDICOS. 5.2.2.3. EXÁMENES PSICOSENSOMETRICOS. 5.2.2.4. IDONEIDAD EN EXÁMENES PSICOSENSOMÉTRICOS. 5.2.2.5. PRUEBA TEÓRICA. 5.2.2.6. IDONEIDAD EN EXAMENES TEORICOS. 5.2.2.7. PRUEBA PRÁCTICA. 5.2.2.8. IDONEIDAD DE QUIEN REALIZA LAS PRUEBAS PRÁCTICAS. 5.2.2.9. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS. 5.2.2.10. IDONEIDAD DE QUIEN REALIZA LAS PRUEBAS PSICOTÉCNICAS. 5.2.3. Variable PRUEBAS DE CONTROL PREVENTIVO DE CONDUCTORES. 5.2.3.1. PRUEBAS PREVENTIVAS A CONDUCTORES. 5.2.3.2. IDONEIDAD DE LAS PRUEBAS. 5.2.4. Variable CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD VIAL. 5.2.4.1. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD VIAL - (Conductores propios). 5.2.4.2. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD VIAL - (Conductores No propios). 5.2.5. Variable CONTROL DE DOCUMENTACIÓN DE CONDUCTORES. 5.2.5.1. INFORMACIÓN DE LOS CONDUCTORES. 5.2.5.2. REPORTE DE COMPARENDOS. 5.2.6. Variable POLÍTICAS DE REGULACIÓN DE LA EMPRESA. 5.2.6.1. POLÍTICAS DE CONTROL DE ALCOHOL Y DROGAS. 5.2.6.2. REGULACIÓN DE HORAS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO. 5.2.6.3. REGULACION DE LA VELOCIDAD. 5.2.6.4. POLITICA DE USO DEL CINTURON DE SEGURIDAD. 5.2.6.5. POLÍTICA DE USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. 5.2.6.6. POLÍTICA DE USO DE EQUIPOS BIDIRECCIONALES. 5.3. VEHÍCULOS SEGUROS. 5.3.1. Variable MANTENIMIENTO PREVENTIVO. 5.3.1.1. HOJAS DE VIDA DE LOS VEHÍCULOS. 5.3.1.2. RECOMENDACIONES TÉCNICAS DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO. 5.3.1.3. CRONOGRAMA DE INTERVENCIONES DE VEHÍCULOS PROPIOS. 5.3.1.4. VERIFICACIÓN DE MANTENIMIENTO PARA VEHÍCULOS AFILIADOS (TERCEROS). 5.3.1.5. IDONEIDAD. 5.3.2. Variable MANTENIMIENTO CORRECTIVO. 5.3.2.1. REGISTRO. 5.3.2.2. PROTOCOLO. 5.3.2.3. IDONEIDAD. 5.3.3. Variable CHEQUEO PREOPERACIONAL.

5.3.3.1. INSPECCIÓN PREOPERACIONAL. 5.4. INFRAESTRUCTURA SEGURA. 5.4.1. Variable RUTAS INTERNAS. 5.4.1.1. REVISIÓN ENTORNO FÍSICO DONDE SE OPERA. 5.4.1.2. DESPLAZAMIENTO EN LAS ZONAS PEATONALES DE LAS INSTALACIONES. 5.4.1.3. VÍAS INTERNAS DE CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS. 5.4.1.4. PARQUEADEROS INTERNOS. 5.4.1.5. MANTENIMIENTO DE SEÑALES. 5.4.2. Variable RUTAS EXTERNAS. 5.4.2.1. ESTUDIO DE RUTAS. 5.4.2.2. POLÍTICAS DE ADMINISTRACIÓN DE RUTAS. 5.4.2.3. APOYO TECNOLÓGICO. 5.4.2.4. POLÍTICAS DE SOCIALIZACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN. 5.5. ATENCIÓN A VÍCTIMAS. 5.5.1. Variable ATENCIÓN A VÍCTIMAS. 5.5.1.1. PROTOCOLOS. 5.5.1.2. DIVULGACIÓN DE PROTOCOLOS. 5.5.2. Variable INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO. 5.5.2.1. INFORMACIÓN DOCUMENTADA DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO. 5.5.2.2. ANÁLISIS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO. 5.5.2.3. LECCIONES APRENDIDAS. 5.5.2.4. FUENTE DE INFORMACIÓN. 5.5.2.5. PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN DE A/T. 5.5.2.6. INDICADORES. 6. PARÁMETRO POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 6.1. DOCUMENTACION POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 6.2. POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. 7. VALORES AGREGADOS.

8. ANEXOS.

PRÓLOGO

El primer paso que debe dar una sociedad que pregona la vida como valor supremo, es

reconocer a las víctimas de los accidentes de tránsito y el problema estructural y social,

de salud pública de primera magnitud que implican, admitir que las causas que las

ocasionan, en su mayoría son evitables y aceptar que la seguridad vial debe hacer parte

de las políticas y responsabilidades de las organizaciones, entidades y empresas, sin

importar su tamaño o actividad.

Es por ello que para el Ministerio de Transporte, en representación del Estado y

consecuentes con la Ley 1503 de 29 de diciembre de 2011 "Por la cual se promueve la

formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras

disposiciones", que establece en su Capítulo 111, Lineamientos para el Sector Privado

en Seguridad Vial, Artículo 12: "Toda entidad, organización o empresa del sector

público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus

actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de

vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o

administre personal de conductores, contribuirán al objeto de la presente Ley..,", expide

la mencionada resolución, en la que se presenta la Guía metodológica para la

formulación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial.

Este ejercicio no es otra cosa que la materialización de lo expuesto en el Decreto 2851

de 2013, buscando otorgar instrumentos o herramientas para que todas las entidades,

organizaciones o empresas, formulen su plan estratégico, es decir tracen el mapa o

ruta mediante la cual promoverán unas acciones, enmarcadas en tiempos, recursos y

actores concretos, conducentes a garantizar un aporte significativo para la reducción

de las altas tasas de accidentes de tránsito a lo largo y ancho del territorio nacional.

INTRODUCCIÓN. Problemática de la Seguridad Víal: Los Planes Estratégicos de Seguridad Vial – en adelante PESV., es un instrumento que desarrolla parámetros técnicos y de conducta orientados a estándares de la seguridad en las vías, con acento especial en la reducción de la accidentalidad. 1. OBJETIVOS.

1.1. Objetivo General del PESV.: Definir acciones o intervenciones concretas que se debe llevar mediante un proceso de construcción colectiva y participativa, por parte de todos los actores, para alcanzar los propósitos en materia de prevención de los accidentes de tránsito, facilitando la gestión al definir las áreas involucradas, los responsables y los mecanismos o procedimientos a seguir en función del cumplimiento de los parámetros definidos por el Ministerio de Transporte. 1.2. Objetivos Específicos del PESV.:

1.2.1. Implementar dentro de la empresa una cultura de seguridad vial que involucre a todos los actores que participan de la movilidad generada por la operación de los vehículos a nuestro cargo. 1.2.2. Incidir positivamente en la disminución de los índices de accidentalidad de la empresa orientando las acciones al cumplimiento de la meta de una reducción de la siniestralidad. 1.2.3. Fomentar en todos los escenarios y programas que desarrolle la empresa la sensibilidad respecto del compromiso con la seguridad vial. 1.2.4. Propiciar escenarios académicos y de formación que permitan a los actores de la movilidad mejorar sus competencias y conocimientos respecto de la movilidad segura. 1.2.5. Implementar programas de prevención, control y seguimiento que nos permitan dar cabal cumplimiento a la normatividad de seguridad vial en el país. 1.2.6. Brindar a nuestros usuarios un alto grado de satisfacción y seguridad en el transporte especial, con base en el programa de calidad. 1.2.7. Participar de los programas y proyectos en movilidad segura liderados por la secretaria de movilidad local. 1.3. DIRECTRICES DE LA ALTA DIRECCIÓN: 1.3.1. El compromiso de las directivas de la Empresa TSCC., para el desarrollo del PESV, es con el “Comité de Seguridad Vial” equipo de trabajo definido por la alta dirección. 1.3.2. El Gerente de la Transportadora de carga de TSCC., lidera el proceso de creación e implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial. 1.3.3. Involucra un representante de cada área de la organización, según sea Pertinente y que se entiende, participe en la creación y difusión de los objetivos de la seguridad vial. 1.3.4. Define los roles y funciones de cada integrante de la organización, a efectos de cumplir los objetivos trazados en el Plan Estratégico de Seguridad Vial. 1.3.5. Designa un presupuesto necesario para la implantación de las diferentes medidas que se vayan a adoptar. 1.3.6. Garantiza a los grupos de trabajo el tiempo que precisen para sus reuniones. 1.3.7. Adopta las decisiones oportunas que hagan posible que se lleven a buen término las medidas que se propongan. 1.4.8. Garantiza que el personal que labora en cada área cumpla con lo establecido en el Plan Estratégico de Seguridad Vial y los documentos relacionados aplicables. 2.- ALCANCE: Dada la necesidad de atender la Política Pública de Seguridad Vial, bajo estándares como lo recomienda el Decenio de Acción por la Seguridad Vial, deberá migrarse hacia un modelo que se desarrolle a través de un marco tecnológico, que integre al personal Directivo, Administrativo y Operativo de la Empresa en la Seguridad en las vias y en las acciones sobre los cinco pilares establecidos en el Plan Nacional de Seguridad Vial, (1. Fortalecimiento en la Gestión Institucional, 2. Comportamiento Humano, 3. Vehículos Seguros, 4. Infraestructura Segura, 5. Atención a Víctimas.).

3.- DEFINICIONES: Para la interpretación y aplicación del presente Plan, se tendrán en cuenta, entre otras, las definiciones contenidas en la ley 1503 de 2011, decreto u.r. 1079 de 2015 y resolución 1565 de 2014. Plan Estratégico de Seguridad Vial, PESV.: Es el instrumento de planificación que consignado en un documento contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que deberán adoptar las diferentes entidades, organizaciones o empresas del sector público y privado existentes en Colombia. Dichas acciones están encaminadas a alcanzar la seguridad vial como algo inherente al ser humano y así reducir la accidentalidad vial de los integrantes de las organizaciones mencionadas y de no ser posible evitar, o disminuir los efectos que puedan generar los accidentes de tránsito. Seguridad vial. Se refiere al conjunto de acciones, mecanismos, estrategias y medidas orientadas a la prevención de accidentes de tránsito, o a anular o disminuir los efectos de los mismos, con el objetivo de proteger la vida de los usuarios de las vías. Seguridad activa. Se refiere al conjunto de mecanismos o dispositivos del vehículo automotor destinados a proporcionar una mayor eficacia en la estabilidad y control del vehículo en marcha para disminuir el riesgo de que se produzca un accidente de tránsito. Seguridad pasiva. Son los elementos del vehículo automotor que reducen los daños que se pueden producir cuando un accidente de tránsito es inevitable y ayudan a minimizar los posibles daños a los ocupantes del vehículo. Accidente de Tránsito. Evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en él, e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho (CNTT, 2002). Accidente De Trabajo. Todo suceso repentino que sobrevenga con causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psíquica, una invalidez o la muerte. Así como el que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún por fuera del lugar y horas de trabajo; igualmente el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo y viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. (Ley 1562 de 2012). Riesgo. Es la evaluación de las consecuencias de un peligro, expresada en términos de probabilidad y severidad, tomando como referencia la peor condición previsible.

Amenaza. Se define como la probabilidad de ocurrencia de un suceso potencialmente desastroso, durante cierto período de tiempo en un sitio dado. Vulnerabilidad. Probabilidad de afectación, puede decirse también, de la susceptibilidad de ser afectado por una amenaza y su capacidad de sobreponerse. Peatón. Persona que transita a pie por una vía (CNTI, 2002).

Pasajero. Persona distinta del conductor que se transporta en un vehículo público (CNTI, 2002). Conductor. Es la persona habilitada y capacitada técnica y teóricamente para operar un vehículo (CNTI, 2002). SOAT. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, el cual ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito e indemniza a los beneficiarios o las víctimas por muerte o incapacidad médica según el caso. ARL. La Administradora de Riesgos Laborales (ARL) es una entidad aseguradora de vida, encargada de afiliar a los empleados al sistema general de riesgos laborales y de prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra todo evento riesgoso que puede haber en un ambiente laboral. HSEQ. Es un sistema de gestión por medio de cual se garantiza el manejo responsable de todas las actividades de la organización, promoviendo y mejorando la salud del personal, garantizando un trabajo sin riesgo de lesiones a éste o a los demás, promoviendo la protección del medio ambiente y asegurando la calidad en los procesos. Estrategia. Comprende las principales orientaciones y acciones encaminadas a lograr los objetivos de un plan. En un proceso regulable, conjunto de las reglas que aseguran una decisión óptima en cada momento. Visión.

Es un elemento de la planeación estratégica que enuncia un estado futuro de lo que

desea alcanzar una organización en un tiempo determinado, expresado de manera

realista y positiva en términos de

Objetivos.

Plan de acción Corresponde a un documento que reúne el conjunto de actividades específicas, los recursos y los plazos necesarios para alcanzar objetivos de un proyecto, así como las orientaciones sobre la forma de realizar, supervisar y evaluar las actividades. Entidad. Colectividad considerada como unidad. Especialmente, cualquier corporación, compañía, institución, etc., tomada como persona jurídica. Organización. Asociación de personas regulada por un conjunto de normas en función de determinados fines. Empresa. La empresa es la unidad económico-social en la que el capital, el trabajo y la dirección se coordinan para realizar una producción socialmente útil, de acuerdo con las exigencias del bien común. Los elementos necesarios para formar una empresa son: capital, trabajo y recursos materiales. Vehículo. Todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público (CNIT. 2002). Vehículo de Tracción Animal. Vehículo no motorizado halado o movido por un animal (CNIT. 2002). Vehículo No Automotor. Vehículo que se desplaza por el esfuerzo de su conductor. Actividad transportadora: de conformidad con el artículo 6 de la ley 336 de 1996 se entiende por actividad transportadora un conjunto organizado operaciones tendientes a ejecutar el traslado de personas o cosas, separada o conjuntamente, de un lugar a otro, utilizando uno o varios modos, de conformidad con las autorizaciones expedidas por las autoridades competentes, basadas en los reglamentos del Gobierno Nacional. Transporte público: de conformidad con el artículo 3 de la Ley 105 de 1993, el transporte público es una industria encaminada a garantizar la movilización de personas o cosas, por medio de vehículos apropiados, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios, sujeto a una contraprestación económica. Ruta: Es el trayecto comprendido entre un origen y un destino, unidos entre sí por una vía, con un recorrido determinado y unas características en cuanto a horarios, frecuencias, paraderos y demás aspectos operativos.

Competencias: Facultad para utilizar conocimientos, destrezas y habilidades personales, sociales y metodológicas, en situaciones de trabajo o estudio y en el desarrollo profesional y personal. Se clasifican en competencias básicas, transversales y laborales especificas. Competencias labora/es específicas: Son los conocimientos, destrezas y habilidades relacionados con una ocupación en particular o un grupo de ocupaciones. Competencias Básicas: Capacidades que permiten a las personas desempeñarse en los diferentes ámbitos de la vida (personal, social y de trabajo). Las competencias básicas se pueden clasificar en dos subconjuntos: Competencias Clave y Competencias Transversales. Competencias Clave: Capacidades indispensables para el aprendizaje y desarrollo personal y social a lo largo de la vida. Se relacionan con las matemáticas y con la lectura, escritura y la comunicación oral, tanto en la lengua materna como en una extranjera. Competencias Transversales: Capacidades para la interacción con otros y para la organización. Gestión y relacionamiento en las diferentes dimensiones de la vida (personal y social) y del trabajo. Conocimientos: Son el resultado de la asimilación de información gracias al aprendizaje; acervo de hechos, principios, teorías y prácticas relacionados con un campo de trabajo o estudio concreto. Los conocimientos se describen como teóricos o fácticos. Destrezas / habilidades: Capacidades para aplicar conocimientos y utilizar técnicas a fin de completar tareas y resolver problemas. Las destrezas se describen como cognitivas (fundadas en el uso del pensamiento lógico, intuitivo y creativo) y prácticas (fundadas en la destreza manual y en el uso de métodos. materiales, herramientas e instrumentos). Resultados de aprendizaje: Expresiones que una persona sabe, comprende y es capaz de realizar al culminar un proceso de aprendizaje; se define en términos de conocimientos, destrezas - habilidades y competencias. Competencias ciudadanas: Son parte de las competencias básicas y son definidas como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

4. MARCO NORMATIVO:

Con relación a los sectores público y privado, organizados en empresas, instituciones

o entidades, adicional a lo que la Constitución Política, la Legislación Nacional, de

manera especial el Código Nacional de Tránsito y Transporte, Ley 769 de 2002 y sus

decretos reglamentarios, hemos de considerar de manera especial la Ley 1503 de 2011

y el Decreto 2851 de 2013.

4.1. La Ley 1503 de 2011 busca definir los lineamientos generales en responsabilidad social empresarial, para promover en las personas la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y en consecuencia, la formación de criterios autónomos, solidarias y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública. El Artículo 12 de la mencionada Ley, establece que "Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flatos de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores, contribuirán al objeto de la presente Ley". "Para tal efecto, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado cada dos (2) años para ser ajustado en lo que se requiera. Este Plan contendrá como mínimo, las siguientes acciones: 1. Jornadas de sensibilización del personal en materia de seguridad vial. 2. Compromiso del personal de cumplir fielmente todas las normas de tránsito. 3. Oferta permanente, por parte de la entidad, organización o empresa, de cursos de Seguridad vial y perfeccionamiento de la conducción. 4. Apoyar la consecución de los objetivos del Estado en materia de seguridad vial. 5. Realizar el pago puntual de los montos producto de infracciones a las normas de tránsito. 4.2. El Decreto 2851 de 6 de diciembre de 2013, en lo concerniente al sector empresarial y con relación a los Planes Estratégicos de Seguridad Vial, establece que, además de las acciones contenidas en el Artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, las entidades, organizaciones o empresas, tanto del sector público como privado, deberán adecuarse a lo establecido en las líneas de acción del Plan Nacional de Seguridad Vial y deberán adaptarse a las características propias de cada entidad, organización o empresa. Dichas líneas de acción son: a) Fortalecimiento de la gestión institucional. b) Comportamiento humano. c) Vehículos Seguros. d) Infraestructura Segura. e) Atención a Víctimas. Las organizaciones, empresas o entidades públicas o privadas, deberán incluir dentro

de los PESV, la indicación de los cargos del personal responsable al interior de la

entidad que deberá implementar cada uno de los contenidos definidos en el plan.

4.3. Decreto U.R. 1079 de 2015 “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario

del Sector Transporte”, Título 2 Seguridad Vial, Capítulo 3 Planes Estratégicos de

entidades, organizaciones o empresas en materia de Seguridad Vial. En cuanto al

registro, adopción y cumplimiento a que hace referencia el artículo 2.3.2.3.2 del Decreto

U.R. 1079, téngase en cuenta que la Empresa de Transportes Trans Soid, entidad

privada, deberá registrar el presente Plan Estratégico en Materia de Seguridad Vial,

ante la Superintendencia de Puertos y Transporte.

4.4. Decreto 1906 de 2015 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1079 de 2015,

en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial”.

4.5. Resolución 2273 de 2014 “Por la cual se ajusta el Plan Nacional de Seguridad

Vial 2011 -2021…”.

4.6. Resolución 1565 de 2014 “Por la cual se expide la Guía metodológica para la

elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial”.

5.0. INFORMACIÓN DE LA EMPRESA:

5.1. Tamaño de la empresa: Mediana Empresa. Segmento al que pertenece: Sector

transporte de Carga de alimentos.

Tipos de vehículos utilizados para los desplazamientos: Camiones furgonados y secos, dentro de los 10 últimos modelos, de todas las capacidades, así: .- Vehículos 350 secos 24 .- Vehículos 350 Refrigerados 25 .- Vehículos Turbos secos 61 .- Vehículos Turbos estacas 5 .- Vehículos Turbos Refrigerados 50 .- Vehículos Sencillos secos 24 .- Vehículo Sencillo estacas 7 .- Vehículos Sencillos Refrigerados 6 .- Vehículos Flota propia 17 turbos secos y 10 Refrigerados. Total vehículos: 229.

5.2. Cantidad de empleados, directos: 43; indirectos: 229, mediante contratación.

5.3. Clasificación del personal según su rol dentro de la empresa: Directivo,

Administrativos, Ejecutivos y Operativos.

5.4. Rol de la persona dentro de la vía: Conductores y pasajeros que van como

ayudante dentro del vehículo.

5.5. Tipo de desplazamientos de misión: solo los conductores que mediante

contrato con los dueños son los operadores de los camiones.

5.6. Tipo de desplazamientos in-itinere (desde su casa hacia el trabajo y

viceversa) de sus empleados y contratistas: utilizan medio de transporte

público y algunos en moto propia.

5.7. Relación de sus actividades con el riesgo vial: Solo los conductores de los

camiones son los más vulnerables al riesgo en carreteras, que se encuentran

en todo momento expuestos.

5.8. Registro ante la DIAN mediante NIT N° 90066848-3, Representante Legal,

Sr. José Víctor De Castro Vásquez, como Empresa Transportadora de Carga.

6. PILARES DE DESARROLLO: En el Plan Estratégico de Seguridad Vial, se presentara el diagnóstico y desarrollo de las variables incluidas en los 5 pilares definidos dentro de la Resolución 1565 y que están fundamentados y descritos en el Plan Nacional de Seguridad Vial, Res. 2273 de 2014; los pilares que se definen son: 6.1. Fortalecimiento de la Gestión Institucional – Capítulo 7 de la Resolución 1565. 6.2. Comportamiento Humano – Capítulo 8, numeral 8.1 de la Resolución 1565. 6.3. Vehículos seguros – Capítulo 8, numeral 8.2 de la Resolución 1565. 6.4. Infraestructura segura -- Capítulo 8, numeral 8.3 de la Resolución 1565. 6.5. Atención a Víctimas -- Capítulo 8, numeral 8.4 de la Resolución 1565. 6.1. PARAMETRO 1.- ASPECTOS INSTITUCIONALES: FORTALECIMIENTO DE LA VARIABLE GESTIÓN INSTITUCIONAL: 6.1.1. Parámetro OBJETIVOS DEL PESV. Ibiden, los objetivos generales y específicos del PESV. 6.1.2. Parámetro COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL: El establecimiento del comité de seguridad vial o comité del Plan Estratégico de Seguridad Vial, que diseñará, definirá, programará, gestionará, etc., todos los aspectos necesarios para la puesta en marcha del PESV, a que hace relación la Ley 1503 de 2011 y el Decreto 2851 de 2013, será un escenario estratégico en el proceso de participación para la planeación y ejecución las distintas fases del plan. En dicho comité: .- Se analizarán los resultados obtenidos en el diagnóstico inicial y se formulará la hoja de ruta a seguir, conducente a reforzar los aspectos favorables encontrados, mitigar los riesgos y diseñar acciones para garantizar un cambio de actitud en los diversos actores de la movilidad en la empresa. .- Identificar los factores de riesgo y establecer un plan de acción personalizado para cada uno de ellos, .- Se presentarán, discutirán y determinarán los programas académicos a desarrollar con los distintos actores, .- Se considerará la adopción de un estándar de seguridad, que garantice la integridad y bienestar y minimice los riesgos de un accidente de tránsito, .- Se evaluaran los requerimientos y la oferta disponible, frente a proveedores y talleres para los procesos de diagnóstico, mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo de los vehículos, .- Se programaran fechas, tiempos y lugares para las capacitaciones con los conductores, sus equipos de trabajo y otros actores de la empresa, entidad u organización. .- Se determinaran las acciones de control o auditorías viales que se consideren pertinentes . .- Se presentarán las campañas y acciones de acompañamiento a desarrollar durante todo el año. .- Se establecerán los cronogramas de las diversas actividades a ejecutar y hará seguimiento de las mismas.

.- Se elaborarán los informes periódicos para la Gerencia, Ministerio de Transporte, organismo de tránsito u otros interesados, que den cuenta de las Acciones programas, adelantadas y por ejecutar, analizando el impacto, costo- Beneficio aporte en la generación de hábitos, comportamientos y conductas favorables a la seguridad vial del país. .- La periodicidad con la que se va a realizar el comité es cada 30 días, el último viernes de cada mes. .- El comité de Seguridad Vial estará conformado así: El Gerente y/o representante Legal de la Empresa Transportadora de Carga TSCC. El Jefe de Operaciones y Logística de la Empresa Transportadora. El Líder Logístico. El Líder de Seguridad. Un representante de los coordinadores logísticos. Un representante de los Transportadores. El Líder de Transportes de la Empresa. Las funciones que establece la Resolución 1565 de 2014 y de las conclusiones y/o recomendaciones que se establezcan en el comité, serán de riguroso cumplimiento. 6.1.3. Parámetro RESPONSABLE DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL: El Gerente General de la Empresa TSCC., garantiza los mecanismos adecuados que permita contar con la idoneidad para el diseño, desarrollo, implementación y seguimiento del Plan Estratégico de Seguridad Vial y todas las acciones contempladas en este. 6.1.4. Parámetro POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL: La empresa construye y divulga una política de Seguridad Vial, que se suma a los postulados del Sistema de Gestión Integral, pero con independencia e identidad propia; esta política contiene los siguientes elementos: .- Es adecuada al propósito de la organización. .- Proporciona un marco de referencia para el establecimiento de los objetivos y de las metas. .- Incluye el compromiso de cumplir los requisitos aplicables. .- Incluye el compromiso de mejora continua. La política de seguridad vial cumple: .- Con estar disponible con información documentada. .- Con comunicación dentro de la empresa. .- Está disponible para las partes interesadas, según sea el caso. .- El líder de la Empresa, garantiza que sea informada, mediante los mecanismos que se consideren más adecuados, a todos los empleados de la Empresa, la existencia del Plan Estratégico de Seguridad Vial, sus lineamientos, acciones y mecanismos de medición, así como la evolución de sus resultados y planes de mejora. 6.1.5. Parámetro DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL: En el caso de la variable Divulgación de la Política de seguridad vial, se incluyen

Dos criterios que se entiende debe cumplir la divulgación de la política, de acuerdo con lo definido en la guía de la Resolución 1565. 6.1.5.1. En la página web de la Empresa Transportadora de carga TSCC, se encuentra la divulgación dedicada a la seguridad, tanto a peatones como a los conductores al igual existen retablos en las instalaciones de la Empresa junto con la Misión, Visión y Objetivos. 6.1.5.2. A todo el personal de la Empresa TSCC., se le ha dictado conferencia sobre el PESV y la política de seguridad vial establecida, existe acta de asistencia, participación y fotografías de la susodicha reunión. 6.1.6. Parámetro DIAGNÓSTICO CARACTERIZACION DE LA EMPRESA: Para el caso de la variable Características de la empresa, se incluyen 8 criterios de que se entiende debe cumplir la caracterización de la empresa, de acuerdo con lo definido en la guía de la Resolución N° 1565. 6.1.6.1. La actividad económica que realiza la Empresa de Transporte de Carga TSCC., esta solidificada solo en el transporte de mercancía de alimentos de toda clase, tipo de carga intermodal. 6.1.6.2. La actividad de la empresa está fijada en la Misión, Visión y objetivos, al igual que la tabla de personal está definida, existe plan de desplazamientos, etc. Y su contexto. 6.1.6.3. Los servicios que presta la Empresa de Transporte de carga TSCC., están definidos en el contrato que se pactó con la Empresa Olímpica S. A. 6.1.6.4. La población de personal que hace parte de la compañía, está distribuida Así: Personal Directivo: 1 Personal Administrativo: 9 Personal Ejecutivo: 8 Personal operativo: 30 conductores propios y 145 tercerizados. 6.1.6.5. Los vehículos automotores al servicio de la compañía están definidos así: Vehículos Propios: 28, turbos de capacidad de 3.2 tn. Vehículos Tercerizados: 145 vehículos. 6.1.6.6. Las ciudades de operación de la Empresa, son los siete Departamentos de la Costa; Atlántico, Bolívar, Riohacha, Sucre, Córdoba, Magdalena y Cesar, con sus correspondientes Municipios. 6.1.6.7. Los mecanismos de contratación de los vehículos se hace mediante contrato escrito entre el representante legal y los propietarios de los vehículos tercerizados. (Contrato de vinculación conforme al artículo 983 del Código de Comercio). 6.1.6.8. Los mecanismos de contratación de conductores de los vehículos propios Se hace mediante contrato escrito y de los tercerizados con el propietario de cada automotor. 6.1.7. Parámetro DIAGNÓSTICO RIESGOS VIALES: En este parámetro las 5 variables que se contemplan se describen en el parámetro anterior. 6.1.8. Parámetro PLANES DE ACCIÓN DE RIESGOS VIALES: En este parámetro se evalúan 2 variables, definición de planes de acción y

Viabilidad de planes de acción. 6.1.8.1. DEFINICIÓN DE PLANES DE ACCIÓN: 6.1.8.1.1. Del diagnóstico de riesgos viales, se definen los Planes de Acción para el Factor Humano. 6.1.8.1.2. Del diagnóstico de riesgos viales, se definen los Planes de Acción para el Factor Vehículos. 6.8.1.1.3. Del diagnóstico de riesgos viales, se definen los Planes de Acción para la Infraestructura Segura. 6.1.8.1.4. Del diagnóstico de riesgos viales, se definen los Planes de Acción para la Atención a Víctimas. 6.1.8.2. Parámetro VIABILIDAD DE PLANES DE ACCIÓN: De los planes de acción propuestos, se describe la viabilidad para su implementación. 6.1.9. Parámetro IMPLEMENTACIÓN DE PLANES DE ACCIÓN DEL PESV: En este parámetro se evalúan 2 variables, cronograma de implementación de planes de acción del PESV., y presupuesto para implementar el PESV. 6.1.9.1. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION DE PLANES DE ACCIÓN DEL PESV: Cronograma de implementación de planes de acción. Ver Anexo. 6.1.9.2. PRESUPUESTO PARA IMPLEMENTAR EL PESV: Para la Implementación del PESV, la Gerencia General ha dispuesto de un presupuesto de $500.000.00 mensuales; que se invertirá en conferencias, folletos de educación de Seguridad vial, Prevención de accidentalidad laboral y Competencias Ciudadanas. 6.1.9.3. INDICADORES DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL: .- Los indicadores para la implementación de las acciones del PESV (Tabla de indicadores del PESV), son todas aquellas acciones que afecten la Seguridad de peatones y vehículos y/o modifiquen el comportamiento de acuerdo a los reglamentos y leyes. .- El responsable en la organización para la medición de los indicadores planteados dentro del PESV, es el Jefe de Seguridad de la Transportadora que junto con la sala de Monitoreo deben llevar la estadística de todos los indicadores. .- Las fuentes de información de los indicadores, se toman de los diarios locales y nacionales, información de la OET, (Organización En Transporte) y La Policía Nacional. .- Los indicadores tienen como meta mantener actualizado el PESV y divulgarlo a todo el personal operativo. .- La periodicidad para la medición de los indicadores debe ser diaria, que se acumulara la información para cada ocho días actualizar el PESV. .- La persona capacitada en seguridad vial, es el Jefe de Seguridad de la Transportadora, quien tiene conocimiento y experiencia por haber sido oficial de Policía de Carreteras. .- Existe estadística de accidentes de tránsito. (Ver anexo). .- Los indicadores de mantenimiento preventivo de los vehículos son los formatos que se llevan para tal fin.

6.1.9.4. AUDITORÍAS DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL: El cumplimiento de esta actividad, se adelanta, según lo definido en el Capítulo IV, Artículo 10, del Decreto 2851 de 2013: .- Las acciones que se van auditar del PESV en la Empresa están definidas en la hoja de Auditoria PESV. el PESV, hoja adicional y verificación que se halla divulgado e informado al personal, que se cumpla y los resultados obtenidos. .- Las Auditorías se hacen cada mes, verificando la actualización, divulgación y resultados obtenidos.

6.1.10. SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PLANES DE ACCION DEL PESV. En este parámetro se evalúan 2 variables, Los indicadores del Plan estratégico de Seguridad Vial y las auditorias del plan estratégico de Seguridad Vial. 6.1.10.1. INDICADORES DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL. 6.1.10.1.1. Permanentemente se implementaran las acciones del PESV., de acuerdo a nuevas innovaciones. 6.1.10.1.2. Los responsables en la Empresa TSCC., para la medición de los indicadores planteados dentro del PESV., es el jefe de Seguridad y el Jefe de la Propia Flota. 6.1.10.1.3. Las fuentes y fórmulas para el cálculo de los Indicadores, están definidas, los jefes de Seguridad y flota propia deben permanecer en contacto con la OET. (Organización en Transporte). 6.1.10.1.4. Las metas de los indicadores del PESV, están definidas claramente. 6.1.10.1.5. La periodicidad para la medición de los indicadores es semanal. 6.1.10.1.6. Existe una sola persona capacitada en seguridad Vial, que es el jefe de Seguridad de la Transportadora. 6.1.10.1.7. Existe Estadística de Número de accidentes de tránsito. 6.1.10.1.8. El mantenimiento preventivo, se controla por medio de la planilla del control para tal caso. 6.1.10.2. AUDITORÍAS DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL. 6.1.10.2.1. Los planes de acción se revisan cada 8 días y se hacen los ajustes Necesarios para actualizar el PESV. 6.1.10.2.2. Para el desarrollo de las revisiones o inspecciones del PESV., el Gerente, cada mes verificara la actualización. 6.1.10.2.3. El Gerente verificara la totalidad del PESV., que se encuentre actualizado. 6.2. PARAMETRO 2 – MEDIDAS SOBRE EL COMPORTAMIENTO HUMANO. Pilar COMPORTAMIENTO HUMANO: En este pilar se analizan 6 parámetros: 6.2.1. Parámetro PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONDUCTORES: La empresa TSCC., tiene establecido el perfil de sus conductores (propios o terceros), exigiendo el nivel de competencias requeridas para garantizar la idoneidad en la labor a realizar. La Empresa tiene establecido un - procedimiento escrito de selección de sus conductores, en este - procedimiento se incluye la realización de pruebas, que cumplan con lo - definido en las leyes que rigen el territorio Nacional.

En este parámetro se evalúan 2 variables: Perfil del conductor y Procedimiento de selección de conductores: 6.2.1.1. PERFIL DEL CONDUCTOR: Está definido el perfil del conductor en función al tipo de vehículo que va a conducir, además de los requisitos legales para conducir - vehículos, además se requiere excelente manejo de las competencias Ciudadanas. 6.2.1.2. El procedimiento de selección de los conductores, está basado en dos Partes. Una prueba teórica, que mide el nivel de conocimiento del conductor, sobre los factores propios de la conducción, normatividad, vial y del vehículo que va a conducir. La prueba práctica que permita conocer los hábitos y habilidades en la conducción, basadas en el tipo de vehículo que va a conducir. 6.2.2. Parámetro PRUEBAS DE INGRESO DE CONDUCTORES: Las pruebas que se realizan, son practicadas por personal que acreditan idoneidad en cada campo. Se realizan cuatro tipos de pruebas: Exámenes médicos, prueba teórica, prueba práctica y psicométricos. Los exámenes médicos son los de ingreso por medicina laboral, realizados Por Médicos asociados laborales, que incluyen: Visiometría, Audiometría, Exámenes de coordinación motriz y de laboratorio, Dentro de esta misma área se realizan las pruebas de Psicometría mediante los Test; Valanti, 360°, 16 PF. 6.2.3. Parámetro PRUEBAS DE CONTROL PREVENTIVO DE CONDUCTORES: En este parámetro se evalúan 2 variables, Pruebas preventivas a Conductores e idoneidad de las pruebas. De las pruebas preventivas cada seis meses se les hace las pruebas de esputo tanto a conductores como a los ayudantes y personal administrativo que tiene contacto con las áreas de alimentos. Esta prueba es realizada por laboratorio que tiene previamente contrato la Empresa 6.2.4. Parámetro CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD VIAL: La implementación de mecanismos de capacitación en seguridad vial, se hace a través del líder de Seguridad, oficial de grado Mayor de la Policía Nacional y con experiencia en la especialidad de Policía de carreteras hoy día Policía Vial. (ver programa de capacitación). 6.2.5. Parámetro CONTROL DE DOCUMENTACIÓN DE CONDUCTORES: La empresa documenta y registra información de los conductores, de tal manera que permita controlar el cumplimiento de fechas sobre la documentación, así como el control de las acciones ejecutadas y definidas dentro del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la empresa. La información y manejo, se ajusta según lo definido en la Ley de Habeas Data. La información recopilada es: 6.2.5.1. Hoja de vida, según formato que se entrega. 6.2.5.2. Copia del contrato.

6.2.5.3. Certificación de Inscripción ante el RUNT. 6.2.5.4. Fotocopia de la cedula y de la licencia de conducción. 6.2.5.5. Reporte de comparendos Simit, no tener comparendos. 6.2.5.6. Reporte de incidentes - fecha, lugar, área rural/urbana. 6.2.5.7. Reporte de accidentes- fecha, lugar, área rural/urbana.

6.2.5.8. Acciones de seguridad vial realizadas: .- Exámenes. .- Pruebas. .- Capacitaciones. 6.2.6. Parámetro POLÍTICAS DE REGULACIÓN DE LA EMPRESA: 6.2.6.1. Políticas de control de alcohol y drogas: Entendiendo que el consumo de alcohol y drogas es un factor de riesgo que impacta directamente y de forma negativa en las condiciones de conducción, es recomendable establecer en el reglamento interno de trabajo o su política de seguridad vial, un modelo de control de consumo de alcohol y sustancias alucinógenas. Para ello se hacen esporádicamente y de manera sorpresiva pruebas de Alcoholimetría realizadas por la Policía de Carreteras, en un periodo máximo de cada 30 días, los que le salga así sea el mínimo grado de alcohol es retirado inmediatamente del contrato. Así mismo en el momento de ingreso se les exige la prueba de toxicología de sustancias alucinógenas, prueba que reposa en la hoja de vida de conductor. 6.2.6.1. Regulación de horas de conducción y descanso: La empresa promueve y regula el descanso adecuado de los conductores, alternando los viajes entre regionales (fuera de la Ciudad) y los locales (dentro de la Ciudad), Se regulan las horas máximas de conducción de 10 horas, indicándoles que cada dos horas deben bajarse del vehículo y realizar ejercicios de estiramiento y deben tener hidratación permanente para evitar el Microsueño. 6.2.6.3. Regulación de la velocidad: La empresa promueve y establece las políticas de aplicación de los límites de velocidad de los vehículos que prestan el servicio, mediante control satelital, la máxima velocidad exigida es de 80 kms/h., en áreas rurales y en el perímetro urbano la máxima es de 60 kms/h. Si el conductor omite la observación del operador de monitoreo por ir a más de 80 kms., se le da aviso a la Policía de carreteras, para que lo regule mediante comparendos. 6.2.6.4. Política de uso del cinturón de seguridad: La empresa tiene establecida como política de seguridad el uso del cinturón de seguridad en los vehículos, teniendo en cuenta su aplicación en rutas internas o externas. Los controles policiales también ayudan a evitar esta infracción.

6.2.6.5. Política de no uso de equipos de comunicaciones móviles mientras se conduce: La Empresa tiene establecida políticas muy claras frente a la abstención del uso de equipos bidireccionales durante la conducción, a propósito de lo definido en la legislación de tránsito y transportes y teniendo en cuenta su aplicación en rutas internas y externas.

6.2.6.6. Política de uso de elementos de protección personal: La empresa tiene definidos los Elementos de Protección Personal (EPP) requeridos para los conductores y sus acompañantes, de tal manera que se garantice seguridad en la conducción. .- Seleccionarlos los EPP., de acuerdo con el tipo de vehículo que se va a conducir y Orientarse con la ARL en la definición de los EPP .- La vestimenta debe ser cómoda y no ajustada. .- El calzado constituirá un soporte adecuado para los pies, será estable, con la suela no deslizante, y proporcionará una protección adecuada del pie para los pedales del vehículo y contra la caída de objetos. .- Ajustar el asiento del vehículo a la posición correcta recomendada por tráfico, ajustar correctamente los retrovisores, mantener limpio el parabrisas y los retrovisores, en caso de tener algún defecto visual usar siempre las gafas o lentillas con la corrección adecuada, no poner a todo volumen el aparato de radio o musical que posea el vehículo. .- Los días de mucha luz se recomienda emplear gafas oscuras de sol. .- Política de uso de equipos bidireccionales: Está expresa la prohibición del uso de equipos bidireccionales durante la conducción, tales como radios de comunicación, Avantel, Whatsapp, Twiter, Instagran, otros; entre los mecanismos de control de uso de equipos, los vehículos y conductores son registrados en el momento de la salida, para los vehículos regionales locales.

6.3. PARAMETRO 3 – MEDIDAS SOBRE LOS VEHICULOS. 6.3.1.- Variable Vehículos Seguros: El vehículo no suele intervenir como causa directa, pero sí influye asociado a los demás factores como elemento que pueden incrementar o reducir el riesgo que se plantea en cada situación concreta. Se debe considerar al vehículo como una herramienta más de trabajo, en particular si se desplaza habitualmente con él durante la jornada. Para ello, el vehículo ha de responder en todo momento con eficacia y precisión a todas las maniobras ejecutadas por el conductor y muy especialmente, sus mecanismos y sistemas básicos de seguridad. Es necesario llevar un control exhaustivo y un mantenimiento adecuado de los elementos principales del vehículo. El vehículo tiene distintos componentes diseñados para aportar seguridad en la conducción, no obstante pueden llegar a ser inoperantes si no se utilizan adecuadamente o presentar fatiga o desgaste. En este pilar se analizan 3 parámetros (mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo y el chequeo preoperacional), que se definen así:

6.3.1.1. Variable mantenimiento preventivo: Se diseñó e institucionalizó un plan de mantenimiento preventivo de los vehículos que puede ser ajustado periódicamente, donde se establecen los puntos estratégicos de revisión, duración, periodicidad, condiciones mínimas de seguridad activa y seguridad pasiva, para garantizar que estos se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento y sean seguros para su uso. Lo presente está documentado en fichas técnicas de historia y mantenimiento de cada vehículo, en las cuales se constatan las condiciones técnicas y mecánicas en las que se encuentra el vehículo. El propietario del vehículo será el responsable de realizar el mantenimiento preventivo, asumiendo sus costos. Se deben respetar las recomendaciones técnicas de mantenimiento y operación que hacen los fabricantes de los vehículos. La definición de los sistemas de seguridad activa y pasiva, que serán Objeto del plan de mantenimiento preventivo, deben ser como mínimo, Aquellos establecidos en la revisión técnico mecánica definida dentro de la ley. A cada sistema que se defina dentro del plan de mantenimiento, se le debe describir las operaciones específicas que deben de realizarse y los elementos requeridos por reemplazar (si aplica). A cada sistema que se defina dentro del plan de mantenimiento, se le debe establecer un periodo para realizar las operaciones. La documentación del plan de mantenimiento, es: Toda la información del plan de mantenimiento de cada vehículo, debe estar registrada, entendiendo que se debe poder obtener información histórica y trazabilidad de las operaciones hechas, de tal manera que se garantice el cumplimiento del plan de mantenimiento. En este parámetro se evalúan 5 variables: 6.3.1.1.1. Hojas de vida de los vehículos:

Se tiene, en físico y digital, en la oficina de Seguridad de la Empresa y disponible, la carpeta de cada uno de los vehículos propios y no propios. Se cuenta con información de: Placas del vehículo, número de motor, kilometraje, fecha, especificaciones técnicas del vehículo, datos del propietario, capacidad, furgonados o de estacas, seco o refrigerados datos de la empresa afiliada, etc. SOAT, fecha de vigencia, seguros, fechas de vigencia, revisión técnico mecánica, reporte Simit para los comparendos. Reporte de incidentes, reporte de accidentes.

6.3.1.1.2. Recomendaciones técnicas de operaciones de mantenimiento: Dentro de la carpeta de cada vehículo se encuentra toda la información y especificaciones técnicas de los vehículos, incluyendo los sistemas de seguridad activa y pasiva, registradas por escrito.

6.3.1.1.3. Cronograma de intervenciones de vehículos propios: Se cuenta con una programación para las intervenciones Programadas de mantenimiento preventivo a los vehículos. (Ver Cronograma). 6.3.2.1. Variable mantenimiento correctivo: En este parámetro se evalúan 3 variables: Registro, Protocolo, Idoneidad.

6.3.2.1.1. Registro: Se llevan registros de los mantenimientos correctivos realizados a los vehículos, cuando se reportan las fallas y se archiva en la hoja de vida. 6.3.2.1.2. Protocolo: En caso de fallas de los vehículos, se tienen establecidos protocolos de atención para los vehículos que presenten fallas en las vías. 6.3.2.1.3. Idoneidad: Para este proceso, la Empresa tiene contrato con un centro mecánico para ello, reconocido y confiable, tiene descuento especial. 6.3.2.1.4. Variable chequeo preoperacional: En este parámetro se evalúa 1 variable, que es la Inspección Preoperacional. 6.3.2.1.5. Inspección Preoperacional: .- Se tiene establecido protocolos y formatos de inspección diaria a los Vehículos. .- Los conductores diligencian diariamente el formato de chequeo Pre-operativo y lo entregan a la oficina de seguridad de la Empresa, para visarlo. .- Las auditorías se verifican mediante el debido diligenciamiento del de chequeo y entrega del mismo. 6.3.2.1.6. Verificación de mantenimiento para vehículos afiliados (tercerizados):

Los vehículos contratados para la prestación del servicio de transporte de carga, la empresa cuenta con instalaciones propias y personal idóneo para este proceso. Ellos presentan copia de la revisión.

6.3.2.1.7. Idoneidad: Se constata la legalidad a la entidad que presta el servicio de revisión y que Utilice la tecnología adecuada y guiado por los protocolos y recomendaciones del fabricante del vehículo.

6.4. PARAMETRO 4 – MEDIDAS SOBRE LA INFRAESTRUCTURA SEGURA EN LAS VIAS: Se refiere a dos parámetros, Rutas internas y Rutas externas.

6.4.1. Rutas Internas: Vías internas de la empresa, en donde circulan los vehículos. En este parámetro solo se refiere a las vías internas del cargue y descargue de los proveedores dentro de las instalaciones de la Giralda. En el Plan Estratégico de Seguridad Vial de la empresa se realiza una revisión del entorno físico donde se opera, con el propósito de tomar medidas de prevención en las vías internas por donde circulan los vehículos, al igual que el ingreso y salida de todo el personal. Como se trata de una empresa cuyo objeto social es el transporte de mercancías, se realizó un estudio de rutas desde el punto de vista de Seguridad Vial, el cual contiene la evaluación de las trayectorias de viajes a través del análisis de información de accidentalidad y la aplicación de Seguridad Vial sobre los vías usadas, lo que permite identificar puntos críticos y establecer estrategias de prevención, corrección y mejora, a través del diseño de protocolos de conducción que se socializa con todos los conductores y así buscar mecanismos para hacer coercitiva su ejecución. La empresa lleva

estadística de los incidentes y accidentes que se presenten dentro de sus instalaciones, así como al ingreso salida del personal. En este parámetro se evalúan cinco variables, a saber: Revisión del entorno físico donde se opera, desplazamiento en las zonas peatonales de las instalaciones, vías internas de circulación de los vehículos, parqueaderos internos y mantenimiento de señales. .- Revisión entorno físico donde se opera. Existe un plano de las vías internas con la descripción. No existe conflicto en la circulación de vehículos, peatones, zonas de descargue y parqueaderos. .- Desplazamiento en las zonas peatonales de las instalaciones. Se encuentran señalizadas, demarcadas, iluminadas, separadas de las zonas de circulación de los vehículos. Se da preferencia al paso de peatones sobre el paso vehicular. .- Vías internas de circulación de los vehículos. Se encuentran señalizadas, demarcadas, Iluminadas, está definida la velocidad máxima de circulación de los vehículos de 20 km/h., existen elementos en la vía que favorezcan el control de la velocidad, como reductores de velocidad, resaltos. .- Parqueaderos internos. Se encuentran señalizados, demarcados, Iluminados, están definidas las zonas de parqueo según el tipo de vehículo. .- Mantenimiento de Señales. La empresa tiene como política el mantenimiento de las señales de transito de las vías internas, que conserven su luminosidad y no estén averiadas.

6.4.2. RUTAS EXTERNAS: En este parámetro se evalúan 4 variables. Estudio de rutas, Políticas de administración de rutas, Apoyo tecnológico, Políticas de socialización y Actualización de información. Las Rutas Externas se refieren a los desplazamientos fuera del entorno físico de la Empresa. .- Estudio de rutas. Se ha realizado un estudio de rutas, desde el punto de vista de seguridad vial y se ha creado un rutograma. .- Se han identificado los puntos críticos y establecido las estrategias de prevención frente a los mismos. .- Se manejan criterios sanos de Las posibles presiones sobre la conducción y La seguridad en los trabajadores (por ejemplo logro de objetivos, bonificaciones por rapidez, etc.) Y condiciones meteorológicas. .- Políticas de administración de rutas. .- Se planifica el desplazamiento del personal, tienen contratado vehículo para El reparto del personal. .- Están definidos los horarios de llegada y salida en la empresa y las jornadas de trabajo. .- Apoyo tecnológico. .- Se hace seguimiento y control por rastreo satelital y retroalimentación de las conductas violatorias del protocolo de transporte de carga en los comportamientos viales.

.- El monitoreo permanente por intermedio de las tecnologías usadas permite generar acciones preventivas. .- Políticas de socialización y Actualización de información. Para todo el personal que haga parte de la operación, está debidamente informado sobre los factores que debe tener en cuenta a la hora de realizar los desplazamientos en las vías internas y externas. La empresa ha establecido mecanismos de socialización e información preventiva para todo el personal 6.5. PARAMETRO 5 – SISTEMAS DE ATENCION A VICTIMAS: La empresa ha recibido orientaciones por parte de la ARL Axa Colpatria, respecto de cómo establecer y socializar protocolos de atención de accidentes, con el propósito de que los empleados conozcan el procedimiento a seguir en los casos en que ocurra un accidente de tránsito producto de su actividad laboral, así como sus derechos y alternativas de acción. La aseguradora Axa Colpatria, de riesgos laborales participó en el diseño, adopción e implementación del presente Plan Estratégico de Seguridad Vial, en la Empresa TSCC., para la cual presta sus servicios. La empresa, a efectos de contar con información valiosa para la prevención de accidentes de tránsito, documenta la información sobre aquellos eventos laborales viales, incluyendo aspectos como su gravedad y los factores concurrentes, generando un histórico de datos, lo que permite analizar, diagnosticar y tomar decisiones. Para el caso de la investigación de los incidentes y accidentes de tránsito, que ocurriesen, la Empresa TSCC., incluye la divulgación de las lecciones aprendidas que surjan como resultado de dicha investigación. Recibimos información de diferentes fuentes que permiten a la Empresa crear un registro de los accidentes laborales y viales y así poder comparar y contrastar los resultados a lo largo del tiempo. El origen de la información de los accidentes se obtiene de los reportes de incapacidad, de accidente, la información trasmitida por las compañías de seguros y la información procedente de los propios trabajadores, datos de los informes de las autoridades competentes en especial de tránsito, las entrevistas con el afectado y el informe técnico emitido por la ARL. La Empresa TSCC, tiene previsto acciones dentro del programa de riesgo psicosocial, para caso de accidentes viales. En este pilar se diagnostican 2 parámetros: Atención a víctimas e Investigación de accidentes de tránsito. 6.5.1. Atención a víctimas. En este parámetro se evalúan 2 variables: protocolos y divulgación de Protocolos .- Protocolos. Existen protocolos de atención a víctimas en caso de accidentes de tránsito. .- Divulgación de Protocolos. Los empleados conocen el protocolo y procedimiento a seguir en los casos en que ocurra un accidente de tránsito. 6.5.2. Investigación de accidentes de tránsito. En este parámetro se evalúan 6 variables: información documentada de accidentes de tránsito, análisis de accidentes de tránsito, lecciones aprendidas, fuente de información, procedimiento para la investigación de a.t.,

indicadores. .- información documentada de accidentes de tránsito. Existe registros sobre los accidentes de tránsito que ha tenido la Empresa TSCC. Desde que se inició. (Ver cuadro de accidentalidad). .- Análisis de accidentes de tránsito. Por cada siniestro ocurrido existe un de análisis por cada uno, donde se analizan la multifactoriedad del accidente, objeta la gravedad, histórico de datos, etc. .- Lecciones aprendidas. Se hace divulgación de las conclusiones o análisis de las lecciones aprendidas de los accidentes de tránsito, a todo el personal de conductores. .- fuente de información. La fuente para obtener información sobre los accidentes de tránsito en primer orden esta la información del conductor, en segundo lugar la sala de monitoreo de seguimiento satelital que se puede dar cuenta cuando un vehículo se detiene y de inmediato le llaman por teléfono, si no responde llaman a la Policía de carreteras del sector por donde va pasando ese vehículo. .- Procedimiento para la investigación de a.t. Está definido el procedimiento para la investigación de accidentes de tránsito, de acuerdo a lo establecido por la Empresa aseguradora Mapfre.(se anexa protocolo).

.- indicadores. Los indicadores de accidentes de tránsito están en la estadística que Se lleva donde se analizan, factores, lugar, perfil del conductor, vehículo, horas, etc. 7.0. VALORES AGREGADOS: A manera de valor agregado la Empresa TSCC., adopta Planes estratégicos de Seguridad Vial, que pueden ser incluidos en los documento que contienen las nuevas acciones o propuestas del PESV., sin que necesariamente estén establecidas en la Resolución 1565 de 2014. Como las siguientes que se describen a continuación: 7.1. Como valor agregado la Empresa TSCC., adopta como Plan estratégico de Seguridad Vial, la nueva propuesta, del Sistema Smith de conducción, donde se ha hecho énfasis y con acento especial como guía y lineamiento para evitar incidentes y accidentes de tránsito. Se busca que la nueva iniciativa tenga como propósito estimular la inclusión de modificar los comportamientos de los conductores, mejores actitudes y conductas por parte de todos los actores viales que hacen parte de la Empresa TSCC. De esa inclusión existe evidencia del procedimiento de la enseñanza y práctica de este Sistema Preventivo, que responde a las necesidades reales para generar condiciones de seguridad vial en los desplazamientos. 7.2. Otro de los valores Agregados es la Tarjeta de compromiso Personal con la Seguridad Vial. Esta tarjeta es un instrumento pedagógico para sensibilizar a la ciudadanía de la importancia del autocuidado y la observancia de las normas de Seguridad Vial como forma de proteger su vida y la de sus familias. Esta tarjeta

se constituirá en un documento de expresión, que simboliza que la persona se encuentra comprometida con la Seguridad Vial. (se anexa modelo). LEY 1503 DE 2011. (Diciembre 29). Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía. Artículo 19. Tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Las Entidades Territoriales emitirán la tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial. Esta tarjeta será para el uso de los funcionarios y servidores públicos, peatones o transeúntes, pasajeros y conductores en general. La tarjeta contendrá enunciadas medidas de seguridad vial que el titular se compromete a respetar y a aplicar. Para el caso de los conductores, la tarjeta será visible en el vehículo (automotor o no automotor). 1. Me comprometo a usar el cinturón de seguridad “El cinturón de seguridad reduce a la mitad el riesgo de morir en caso de accidente”. 2. Me comprometo a usar el casco en motocicleta “El casco puede aumentar en un 40 por ciento las probabilidades de sobrevivir” 3. Me comprometo a conducir a una velocidad y una distancia seguras conforme a las condiciones “No tengo tiempo para frenar si un peatón cruza enfrente de mí”. 4. Me comprometo a no conducir bajo los efectos del alcohol o la droga “Conduzco peor cuando lo hago bajo esa influencia y puedo causar heridas graves, a mí y a otros”. 5. Me comprometo a no utilizar el teléfono móvil cuando conduzco “Basta un simple segundo de distracción para crear una situación peligrosa en que alguien puede morir”. 6. Me comprometo a hacerme visible como peatón o ciclista “¡Quiero ser visible a los conductores para que no me atropellen!” 7. Me comprometo a conocer y respetar el código de la circulación “El código de circulación existe para protegernos a mí y a los demás en una actividad peligrosa”. 8. Me comprometo a mantener mi vehículo en buen estado “¡Cuanto más seguro sea mi vehículo, más seguros estarán todos a mi alrededor y yo mismo!” 9. Me comprometo a tener formación y licencia para conducir mi vehículo “Estoy conduciendo un vehículo que genera suficiente energía para poder matar; debo asumir mi responsabilidad”. 10. Me comprometo a saber cómo reaccionar en caso de accidente “Imagínese una víctima con grave hemorragia a raíz de un accidente de circulación. Si nadie ejerce presión sobre la herida para detener la hemorragia, ni el servicio de urgencias más complejo y rápido del mundo podría hacer más que llegar al lugar del siniestro para meramente certificar el fallecimiento”. 7.3. El Plan de Santo y Seña, que junto con el Plan Lanza, se inter-relacionan, con excelentes resultados para la prevención de accidentes y piratería terrestre.

7.4. Los Planes en temporadas especiales o altas, para el transporte de carga de alimentos, se acentúan las medidas de seguridad para los conductores de la Empresa TSCC. 7.5. El Manual del conductor profesional del transporte de Carga Terrestre Critica, canaliza las conductas y procedimientos de los conductores en las vías y en la entrega de mercancía en las tiendas. 7.6. El Manual de Funciones de la Sala de Monitoreo de Seguridad imparte las instrucciones detalladas para los Operadores de Monitoreo para con los conductores, haciendo énfasis especial en la prevención de accidentes. 9.0. ANEXOS:

Anexo N° 1. Sistema Smith de conducción. Anexo N° 2. Tarjeta de compromiso Personal con la Seguridad Vial. Anexo N° 3. El Plan de Santo y Seña, junto con el Plan Lanza. Anexo N° 4. Planes en temporadas Altas, para el transporte de carga critica. Anexo N° 5. Medidas de Seguridad para la Prevención de Accidentes. Anexo N° 6. Manual del conductor profesional del transporte de Carga Critica. Anexo N° 7. Manual de Funciones de la Sala de Monitoreo de Seguridad. Anexo N° 8. Protocolo en caso de Siniestros. Anexo N° 9. Requisitos de ingreso de conductores y vehículos. Anexo N° 10. Gráfico de accidentes e Transito. Anexo N° 11. Cronograma de capacitación de conductores. Anexo N° 12. Plan de Mantenimiento de Vehículos. Anexo N° 13. Formato de chequeo antes de marcha del vehículo. Anexo N° 14. Hoja de vida y cuestionario para el Trabajador. Anexo N° 15. Ley 1503 de 2011, Tarjeta de compromiso personal. Anexo N° 16. Contrato de sesión de vehículo a conductor.

./.

Anexo N° 1. Sistema Smith de conducción.

Llave #1 vea siempre hacia adelante. Mire hacia delante un mínimo de 15 segundos.

Llave #2 obtenga un panorama de amplia visión. 4 segundos mínimos de distancia de

seguimiento. Revise los espejos cada 5 a 8 segundos.

Llave #3 mantenga sus ojos en continuo movimiento. Evite enfocar cualquier objeto por más

de 2 segundos.

Llave #4 déjese siempre una salida. Espacio.

Llave #5 asegúrese que ellos lo vean. Contacto visual.

¿QUÉ ES LA CONDUCCIÓN PREVENTIVA? Es la demostración de una actitud, una percepción y una habilidad en la conducción. Conducir de tal manera que se evite accidentes a pesar de los actos de otros o de la presencia de condiciones adversas. Es el arte de conservar la vida. SIGA LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD.

.- Portar y verificar la vigencia de su licencia.

.- Llenar el formato de inspección diaria de vehículos.

.- Verificar los límites de velocidad por donde va a transitar. PREPARACIÓN DENTRO DEL VEHÍCULO. .- Ajuste su asiento de tal forma que tenga suficiente espacio entre usted y el volante. .- Use el cinturón de seguridad. .- Ajuste todos los espejos retrovisores. .- Si su vehículo tiene Air Bag, coloque sus manos en la posición 9 y 3 en el punto del reloj, si el vehículo no lo tiene debe conducir con la posición de 10 y 2 en el punto del reloj. TOMAR UNA ACTITUD SEGURA.

Una forma de aprender a ser un conductor seguro es controlando las emociones cuando otros

conductores se le crucen, le sigan muy de cerca, o conducen muy lentamente. Perder el control de las

emociones puede ocasionar un error para el conductor siendo esta la causa principal del 80% de los

accidentes. Es importante que mantenga la calma en todo momento y que sea un conductor cortes,

LAS DISTRACCIONES. .Uno de los factores más evitables pero más comunes en los accidentes, es la distracción del conductor, como las nuevas tecnologías (celulares, DVD.)

CONDUCCION PREVENTIVA. SISTEMA SMITH.

“Cada uno va a la velocidad que se quiere estrellar y el único responsable de su

Seguridad es usted mismo”.

TELEFONOS DE EMERGENCIA.

Monitoreo: 3207098680 - 3113081542 Coord. Logístico: 3207102400

Seguridad: 3207073564 Emergencias: #722 - 123.

Lema permanente:

“Hoy todos regresamos a casa”. LAS CINCO LLAVES DEL SISTEMA SMITH.

CONDUCCION PREVENTIVA. ¿Por qué conducir bajo las condiciones del SISTEMA SMITH?

Para evitar:

.- Colisiones, accidentes, lesiones, daños.

.- Violaciones de transito.

.- Abuso al vehículo.

.- Descortesía durante el manejo.

.- Actos inseguros durante el manejo. LAS CINCO LLAVES DEL SISTEMA SMITH SON:

1.- Vea siempre hacia delante. 2.- Obtenga un panorama de amplia visión. 3.- Mantenga sus ojos en continuo movimiento. 4.- Deje siempre una salida.

5.- Asegúrese que ellos lo vean.

Llave #1 vea siempre hacia delante.

Llave #2 obtenga un panorama de amplia visión.

Todos estos pueden ser BARRERAS DE VISION. Distancia de seguimiento es más que distancia para

detenerse

Llave #3 mantenga sus ojos en continuo movimiento.

Visión periférica es de 180°.

Visión central es de 3°.

Evite miradas en blanco y fija.

Mantenga sus ojos en movimiento cada 2 seg.

Llave # 4 Deje siempre una salida.

Mantenga un colchón de espacio

Llave #5 asegúrese que ellos lo vean.

Busque contacto visual.

Use dispositivo de advertencia.

Hágalo a tiempo.

Recuerda las 5

Anexo N° 2. Tarjeta de compromiso Personal con la Seguridad Vial.

TARJETA DE COMPROMISO TSCC.

Anexo N° 3. El Plan de Santo y Seña, junto con el Plan Lanza.

HISTORIA: El origen de esta locución es una antigua costumbre militar de crear una especie de contraseña para identificarse y le llamaban "Nombre y Seña", pero los ejércitos cristianos normalmente usaban el nombre de un Santo y de ahí el nombre de “Santo y Seña”. Se desconoce su origen, pero sí se sabe que este reconocimiento se daba cuando dos soldados se encontraban en una ronda, para reconocerse, tenían que dar una clave cada uno de ellos. El primero que hablaba daba "el santo" y el segundo " la seña”, es decir, la contraseña". Por ejemplo, el primero decía "paloma blanca" y el segundo contestaba "trineo rojo". Así los dos sabían que su interlocutor no era un intruso, era de las propias tropas. La RAE alude a ese uso. OCULTAR LA CONTRASEÑA: La contraseña no se debe propalar, por lo tanto debe mantenerse en secreto. Cuando el que recibe la llamada se encuentra en riesgo (encañonado), no debe responder con la Seña, responde de manera normal, con esto se acepta por el interlocutor que inició la llamada, que el que la recibió, está en peligro, tampoco se debe insistir en que diga la Seña, pues ya se asume que está dentro de la amenaza. Si dice la palabra clave o la seña es porque todo está bien, tan pronto reciba la llamada debe enunciar el santo, si esta encañonado no debe enunciarla. USO DEL SANTO Y SEÑA: Para crear la cultura del uso de esta clave, inicialmente se deben usar dos palabras, donde una es el santo y la otra es la seña, las dos personas o grupos deben conocer estas dos claves; el santo es la primera palabra que se pronuncia para iniciar la comunicación, donde la respuesta siempre debe ser la seña. Es fundamental el límite de tiempo, pues esto debe iniciar cualquier interlocución y se debe enunciar el santo de manera inmediata y tan pronto se reciba la comunicación. Contraseña: Palabra o signo que, juntamente con el santo, asegura el mutuo reconocimiento de personas, rondas o centinelas. Se usan colores, números, animales, o mixtos, preferiblemente una palabra, p.e.: el Santo es “Paloma” y la Seña o respuesta es: “Blanca”. Teléfono Monitoreo: 3207098680 – 3113081542. Seguridad TSCC. : 3207073564. Logística TSCC. : 3207102400. Siniestros : #767 - 123.

PLAN LANZA.

DEFINICION:

Consiste en viajar durante todo el camino junto al vehículo (s) o carro (s) asignado (s),

como su compañero de viaje hasta llegar a la ciudad de destino o lugar donde tengan

que abrirse porque tienen destinos diferentes.

El Manual del Conductor establece el cumplimiento del Plan Lanza; toda la fase dos, se

dedica a las instrucciones que deben cumplir los conductores.

El Coordinador de despacho, en el momento de elaborar el manifiesto debe

suministrar los nombres y placas a los conductores que deben ir en caravana o

acompañados y entre los conductores deben tonarse los números telefónicos para estar

comunicados entre sí. Así mismo, los coordinadores deben reportarlo a Monitoreo para

control y seguimiento. Si un vehículo es detenido por la Policía, todos deben parar y

esperar al compañero que retuvieron, el vehículo guía o Alfa, debe informar a monitoreo

el caso. El vehículo guía o Alfa, que va adelante, no debe ser sobrepasado por los

demás acompañantes, y todos deben respetar el lugar en que salieron, además deben

observar las distancias reglamentarias en carretera según velocidad que lleven, en caso

de daño todos deben detenerse, porque el problema de uno es problema de todos. Por

ningún motivo deben dejar a un compañero solo.

Si el vehículo guía va a pasar a otro en carretera, debe observar que todos lo alcancen

hacer, en caso contrario debe abstenerse de hacerlo.

El Plan Lanza, es muy efectivo contra la Piratería Terrestre y la accidentalidad, pues

los delincuentes aprovechan cuando el vehículo va solo o ven desorden en las

Caravanas; recuerde que la disciplina es la base de una buena Seguridad.

Estos son los números telefónicos que deben tener a mano, para cualquier emergencia.

Teléfono Monitoreo TSCC: 3207098680 – 3113081542. Seguridad La Giralda: 3207073564. Coordinador Logístico: 3207102400.

Anexo N° 4. Planes en temporadas Altas, para el transporte de carga critica.

CONSIGNAS PARA TEMPORADA ALTA DE TRANSPORTE DE CARGA CRÍTICA.

JULIO DE 2016.

El objetivo número uno en el transporte de carga critica es la prevención de la modalidad

de la Piratería Terrestre y la accidentalidad, a nuestros vehículos que están en ruta.

Para lo cual se dispone el cumplimiento de las siguientes pautas:

1.- Rastreo Vehicular: Debe fijarse la hora en que visita la página de un vehículo y el

lugar donde se encuentra, si lo observa que va rodando mira la velocidad que lleva y a

los 30 minutos por tarde debe volverlo a ver, si no ha avanzado lo suficiente llamar al

conductor, si no responde con el Santo y Seña es porque está en peligro y debe

despedirse lo más rápido posible, llamar inmediatamente a la Policía del lugar y

carreteras y dar aviso del vehículo en peligro. Si el conductor vocifera el Santo y Seña

es porque todo está bien y le recuerda que si llega estar en peligro oprimir el botón de

pánico. Si no responde el celular ese vehículo es objeto de Piratería o siniestro, por lo

tanto debe llamar a la policía más cercana y dar aviso. Si el vehículo está detenido,

debe llamar inmediatamente al conductor y seguir las instrucciones según sea el caso,

enunciado anteriormente.

2.- Mirar por pantalla los carros que se acerquen a los puntos críticos y llamar al

conductor cuando se acerque y hacerle la advertencia del riesgo que tiene al pasar por

ese sitio.

3.- Si un vehículo oprime el Botón de Pánico, no lo deben llamar, pero si dar aviso

inmediato a la Policía de carreteras y la policía de vigilancia del lugar más cercano y

dar aviso del peligro en que está ese carro.

4.- Solicitar el Plan Lanza a los coordinadores de despacho para exigir la Caravana en

ruta, llamar a los conductores y pedirles cuales son las lanzas o compañeros, que lo

acompañan. Si los Coordinadores no reportan el Plan Lanza deben informar al Líder

Logístico.

5.- No olvidar los vehículos de Panificadora del Litoral que también nos corresponde

este control.

Teléfono Avantel: 13*7347 Policía de Carreteras.

ORDENES PARA MONITOREO TEMPORADA ALTA. JULIO DE 2016.

El objetivo número uno de Monitoreo es la prevención de la accidentalidad y la

modalidad de la Piratería Terrestre a nuestros vehículos que están en ruta. Para lo cual

se dispone el cumplimiento de las siguientes pautas:

1.- Rastreo Vehicular: Debe fijarse la hora en que visita la página de un vehículo y el

lugar donde se encuentra, si lo observa que va rodando mira la velocidad que lleva y a

los 30 minutos por tarde debe volverlo a ver, si no ha avanzado lo suficiente llamar al

conductor, si no responde con el Santo y Seña es porque está en peligro y debe

despedirse lo más rápido posible, llamar inmediatamente a la Policía del lugar y

carreteras y dar aviso del vehículo en peligro. Si el conductor vocifera el Santo y Seña

es porque todo está bien y le recuerda que si llega estar en peligro oprimir el botón de

pánico. Si no responde el celular ese vehículo es objeto de Piratería, por lo tanto debe

llamar a la policía más cercana y dar aviso. Si el vehículo está detenido, debe llamar

inmediatamente al conductor y seguir las instrucciones según sea el caso, enunciado

anteriormente.

2.- Mirar por pantalla los carros que se acerquen a los puntos críticos de alta

accidentalidad y Piratería, llamar al conductor cuando se acerque y hacerle la

advertencia del riesgo que tiene al pasar por ese sitio.

3.- Si un vehículo oprime el Botón de Pánico, no lo deben llamar, pero si dar aviso

inmediato a la Policía de carreteras y la policía de vigilancia del lugar más cercano y

dar aviso del peligro en que está ese carro.

4.- Solicitar el Plan Lanza a los coordinadores de despacho para exigir la Caravana en

ruta, llamar a los conductores y pedirles cuales son las lanzas que lo acompañan. Si

los Coordinadores no reportan el Plan Lanza deben elaborar un correo y avisar a

Seguridad TSCC.

5.- No olvidar los vehículos de panificadora que también nos corresponde este control.

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN TEMPORADA ALTA.

“Cero accidentes es alcanzable y hoy todos regresamos a casa Seguros”.

Para brindar una mejor Seguridad en las rutas, los señores Conductores deben:

1.- Mantener el teléfono Celular encendido durante todo el recorrido y usar manos libres. Si cambia de numero reportarlo a la central de Monitoreo. 2.- Revisar y asegurarse donde está el Botón de Pánico dentro del vehículo y hacerles pruebas de funcionamiento, máximo cada 8 ocho días. 3.- Cumplir el cowboy y/o Caravanas, o Plan Lanza, cuando vayan en ruta, si un vehículo se detiene, todos deben detenerse y asistir al compañero. Nadie se puede adelantar, ni quedarse. Todos los vehículos deben tener contacto visual unos con otros durante el recorrido. 4.- La máxima velocidad de un camión cargado es de 80 Km/h. No deben excederla. 5.- Ustedes, Señores Conductores, recibirán llamada de la Central de Monitoreo, cuando vayan a pasar por un corredor de inseguridad o sitios críticos, para que estén atentos a cualquier movimiento extraño. 6.- Si sienten inseguridad, o perciben que los van a asaltar, deben oprimir el Botón de Pánico para darles el apoyo oportuno. 7.- Solicitar a los propietarios de los vehículos que deben instalar dos balizas (Luces Intermitentes) medianas, en la parte superior de la cabina del camión, una azul y otra roja y encenderlas solo cuando pasen por los corredores de Inseguridad, así sea en horas del día. 8.- Cualquier novedad de inseguridad, incidente o accidente llamar al #767. 9.- Si usted incumple esta Caravana o no presenta el vehículo con combustible a la Giralda, será suspendido por el término de diez (10) días. No hay derecho al pataleo. 10.- Se sugiere que al vehículo se le ajuste el control del combustible, de manera que cuando esté full marque en el tablero de combustible medio tanque y cuando este en medio tanque real de combustible el testigo marque reserva de combustible. Esto con el fin que si llega a obturar el botón de pánico los piratas se den cuenta que el vehículo no tiene combustible y cuando se apague el vehículo desde Monitoreo ellos piensen que el vehículo se apagó por falta de combustible. 11.- Cuando reciban los anticipos para el viaje deben ser repartidos en diferentes partes del carro y de la vestimenta, no guardar todo el dinero en un solo lugar o sitio. 12.- No desviarse de la ruta, para evadir el pago del peaje. 13.- Cumplir el Manual Profesional del Conductor. 14.- Los Números Telefónicos a donde se deben comunicar por cualquier inquietud de inseguridad o siniestro son:

Monitoreo TSCC.: 3113081542 – 3207098680. Coordinadores Giralda.: 3207263328 – 3207187308. Seguridad TSCC.: 3207073564. Líder Logístico.: 3207102400.

Anexo N° 5. Medidas de Seguridad para la Prevención de Accidentes.

MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA CONDUCTORES TSCC.

“Cero accidentes es alcanzable y hoy todos regresamos a casa Seguros”.

Para brindar una mejor Seguridad en las rutas, los señores Conductores deben:

1.- Mantener el teléfono Celular encendido durante todo el recorrido y usar manos libres. Si cambia de numero reportarlo a la central de Monitoreo. 2.- Revisar y asegurarse donde está el Botón de Pánico dentro del vehículo y hacerles pruebas de funcionamiento, máximo cada 8 ocho días. 3.- Cumplir el cowboy y/o Caravanas, o Plan Lanza, cuando vayan en ruta, si un vehículo se detiene, todos deben detenerse y asistir al compañero. Nadie se puede adelantar, ni quedarse. Todos los vehículos deben tener contacto visual unos con otros durante el recorrido. 4.- La máxima velocidad de un camión cargado es de 80 Km/h. No deben excederla. 5.- Ustedes, Señores Conductores, recibirán llamada de la Central de Monitoreo, cuando vayan a pasar por un corredor de inseguridad o sitios críticos, para que estén atentos a cualquier movimiento extraño. 6.- Si sienten inseguridad, o perciben que los van a asaltar, deben oprimir el Botón de Pánico para darles el apoyo oportuno. 7.- Solicitar a los propietarios de los vehículos que deben instalar dos balizas (Luces Intermitentes) medianas, en la parte superior de la cabina del camión, una azul y otra roja y encenderlas solo cuando pasen por los corredores de Inseguridad, así sea en horas del día. 8.- Cualquier novedad de inseguridad, incidente o accidente llamar al #767. 9.- Si usted incumple esta Caravana o no presenta el vehículo con combustible a la Giralda, será suspendido por el término de diez (10) días. No hay derecho al pataleo. 10.- Se sugiere que al vehículo se le ajuste el control del combustible, de manera que cuando esté full marque en el tablero de combustible medio tanque y cuando este en medio tanque real de combustible el testigo marque reserva de combustible. Esto con el fin que si llega a obturar el botón de pánico los piratas se den cuenta que el vehículo no tiene combustible y cuando se apague el vehículo desde Monitoreo ellos piensen que el vehículo se apagó por falta de combustible. 11.- Cuando reciban los anticipos para el viaje deben ser repartidos en diferentes partes del carro y de la vestimenta, no guardar todo el dinero en un solo lugar o sitio. 12.- No desviarse de la ruta, para evadir el pago del peaje. 13.- Cumplir el Manual Profesional del Conductor. 14.- Los Números Telefónicos a donde se deben comunicar por cualquier inquietud de inseguridad o siniestro son: Monitoreo TSCC.: 3113081542 – 3207098680. Coordinadores Giralda.: 3207263328 – 3207187308. Seguridad TSCC.: 3207073564. Líder Logístico.: 3207102400.

PUNTOS CRITICOS EN EL TRANSPORTE DE CARGA EN TEMPOPRADA ALTA.

Julio 2016.

1.- Para los vehículos que van para la Sabana deben pasar por Campo de la Cruz y

Puerto Giraldo, estos dos lugares son propensos para Piratería terrestre, Sale una

camioneta negra con vidrios polarizados, con 3 a 4 asaltadores y con armas de fuego.

2.- En el trayecto Santo Tomas - Polo Nuevo, en el puente la Unión, salen tres motos

con parrilleros y encañonan al conductor lo despojan del vehículo y ellos siguen otra

ruta.

3.- En Sabanalarga a cinco minutos del Municipio, ruta a Cartagena, salen cuatro

asaltantes armados con pistolas y revólver, van en motos. También sucede lo mismo

en Péndales.

4.- Por el Sitio de Isabel López también han visto motos y camionetas sospechosas en

horas de la madrugada. Atraviesan llantas y palos para obligar a los vehículos a

detenerse y asaltarlos.

5.- En Caracolicito, entre el Municipio de el Copey (Cesar) y Bálsamo de la Loma

(Magdalena), salen de cuatro a cinco asaltantes armados con machetes y armas de

fuego y despojan de las pertenencias a los conductores.

6.- En Péndales, hay una banda criminal de piratas, que salen en Temporada Alta.

7.- Por la vía nueva de Palmar de Varela – Sabanalarga, a 5 km. Antes de llegar a la

cordialidad, sale una banda de piratas.

8.- Entre Santa Marta y Fundación se registra alto índice de accidentalidad, dar aviso

oportuno a los conductores de esta estadística.

Teléfono Avantel: 13*7347 Policía de Carreteras.

Anexo N° 6. Manual del conductor profesional del transporte de Carga Critica.

TRANS SOID COLOMBIA.

MANUAL DEL CONDUCTOR DEL TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE CRÍTICA, EN EL CENTRO DE ACOPIO LA GIRALDA.

01-07-2016.

Las instrucciones presentadas, son de cumplimiento por parte de los conductores de

transporte de carga terrestre crítica, que se dispone en cuatro fases, a saber:

1.0.- PRIMERA FASE: ETAPA DE ALISTAMIENTO: 1.1.- Revisar los líquidos, llantas y hacer inspección física y mecánica al vehículo, tanquearlo con combustible suficiente para el viaje programado. 1.2.- Cerciorarse que los plásticos usados para la protección y separación de mercancía se encuentren dentro del vehículo, debidamente doblados y guardados en la cabina del camión. 1.3.- Presentar el vehículo a la hora acordada para revisarlo que este en buen estado de aseo interior y exterior. 1.4.- El conductor debe llegar 30 minutos antes de la hora acordada para salir de viaje, vestido con camiseta roja, gorra, jean color azul y zapatos cerrados, y portar sus documentos personales, Cédula de ciudadanía, licencia de conducción, libreta de Militar. 1.5.- Debe portar dentro del vehículo una carpeta con los documentos del mismo, como: Licencia de tránsito, SOAT, certificado transporte de alimentos, el certificado de Manipulación de alimentos, revisión técnico mecánica y de gases. 1.6.- Al llegar a las bodegas volver a inspeccionar el estado físico y mecánico de su vehículo. 1.7.- Revisar que el furgón de su vehículo esté debidamente cerrado, con sello de seguridad y su candado personal. Ante cualquier anomalía, avisar inmediatamente al coordinador logístico y/o a la persona de seguridad. 1.8.- Recibir del coordinador logístico, los documentos necesarios para el viaje, revisando que corresponda a la placa de su vehículo y su nombre, si detecta alguna inconsistencia, informarlo para que se haga la respectiva corrección inmediatamente. 1.9.- Revisar sus documentos y comprobar que corresponden a su vehículo. 1.10.- Recibir el dinero de anticipo para el viaje y firmar con su huella, las tres (3) copias del manifiesto único de carga, llevarse dos copias, una para su control como constancia del viaje y recibo del dinero y otra para acompañar la mercancía. 1.11.- Para el viaje deberá llevar el manifiesto único de carga acompañado con el documento emitido por olímpica (cheque), con el detalle de la carga que lleva. 1.12.- Estar listo con su carro encendido a la hora estipulada para la salida de las caravanas. 1.13.- Recibir el "Santo y Seña". 1.14.- Cumplir el plan "lanza". Averigüe con el coordinador de despacho, quién será su compañero de camino y cerciórese que su compañero tenga conocimiento.

1.15.- Si el vehículo es cargado con mercancía de la Bodega 900, debe ser auditado por el Auxiliar Logístico o el conductor, quienes recibirán cajas, paquetes o líos. En caso de faltante de cualquiera de estos tres elementos responderán el Auxiliar Logístico o el conductor. 1.16.- Debe mantener dentro del vehículo una bitácora (cuaderno), para hacer las anotaciones que se generan durante el transporte mercancía, (espichadas, retardos por accidentes en la vía, etc.) 2.0.- SEGUNDA FASE: DURANTE EL VIAJE. 2.1.- Cumplir a cabalidad, las normas de Tránsito y disciplina de las caravanas. 2.2.- Mantener la velocidad indicada por el escolta asignado, llevar el mismo ritmo. 2.3.- No atrasarse ni adelantar dentro de la caravana, respetar el vehículo Alfa y Beta. 2.4.- No podrán recoger pasajeros en la carretera. 2.5.- No transportar en el carro, mercancía diferente a las de propiedad del cliente olímpica. 2.6.- Llevar todas sus puertas aseguradas y el vidrio a media asta. 2.7.- No detenerse a merendar, tomar tinto, dormir o desarrollar cualquier actividad. 2.8.- No pueden salirse de la caravana para tanquear el vehículo. 2.9.- Portar siempre su teléfono celular con minutos, para reportar cualquier novedad a la central de monitoreo. 2.10.- Mantenerse junto al compañero o lanza, durante la ruta. 2.11.- Tener pendiente su Santo y Seña y cuando sea llamado por teléfono, reportarla de inmediato, para iniciar la conversación. 2.12.- Tener claridad donde se encuentra el botón de aviso de pánico dentro de la cabina del vehículo y activarla en caso de emergencia. 2.13.-. Ajustarse al plan lanza, el cual consiste en viajar durante todo el camino junto al camión asignado como su compañero de viaje hasta llegar a la ciudad de destino. 2.14.- Si por alguna situación de fuerza mayor deben salirse de la caravana usted o su compañero, deberán reportarlo a la central de monitoreo de TSCC., siempre manteniéndose unidos. 2.15.- Durante todo el recorrido mantener una velocidad máxima de 80 Km por hora, para no afectar el estado de la carga que transporta. 2.16.- Reducir la velocidad cuando pase por los reductores de velocidad (resaltos), protegiendo el estado de la carga. 2.17.-. No detenerse en carretera hasta llegar a su destino y en caso que las autoridades lo soliciten, deberá reportarlo a Monitoreo TSCC. 2.18.- Si recibe llamadas de la oficina central y no puede contestar, por favor devuelva la llamada, en el menor tiempo posible. 2.19.- Debe reportarse por el paso de cada peaje a la central de monitoreo. 2.20.- Comunicarse con Monitoreo, para reportar su llegada o cada parada, cada salida y regreso al punto de origen. 2.21.- Los vehículos que transportan mercancía refrigerada, deben estar atentos que el refrigerador no se apague y no puede apagar el termo durante todo el viaje, de hacerlo coloca en riesgo el estado original de la mercancía. 2.22.- Al llegar a su destino para entregar la carga, deberá mantener el termo encendido y no debe abrir ni permitir que sean abiertas las puertas del furgón, hasta tanto no sea el momento justo de hacer la entrega.

3.0.- TERCERA FASE: ENTREGA DE LA MERCANCIA. 3.1.- Al llegar a su destino, deberá reportarse a la central de monitoreo. 3.2.- Informar al funcionario de seguridad o almacén de la tienda Olímpica, para que procedan a hacer la verificación del sello de seguridad. 3.3.- Por ningún motivo el conductor o ayudante, podrán retirar el Sello de seguridad del furgón del carro. Retirar el sello de seguridad, es función única y exclusiva del funcionario de la tienda encargado del recibo de la mercancía. 3.4.- Estar presente en el proceso de descargue de su carro y reportar a la oficina central de origen cualquier novedad. 3.5.- Tratar con amabilidad y respeto a nuestros clientes en todos los puntos de entrega y donde se genere el contacto directo. 3.6.- Tratar con amabilidad y respeto a las personas encargadas del descargue de las mercancías: Si en este proceso usted tiene alguna novedad, por favor infórmela a la central de monitoreo para que le den pronta solución. 3.7.- Si se presentan demoras en el proceso de entrega de mercancías, deberá informarlo a la oficina central de monitoreo, para que se proceda a darle el apoyo requerido. 3.8.- En caso que en el lugar de destino se presenten devoluciones de mercancías (en buen o mal estado), deberá solicitar al encargado de la tienda, que realice la anotación en el cheque (documento remesa oficial de olímpica). 3.9.- Reportar a la oficina central de origen, el transporte de carga en devolución, transporte de cartones y demás. 3.10.- En cada entrega de mercancía, hacer firmar con sello el manifiesto único de carga y el cheque, a la persona que recibe, como constancia de conformidad del recibo. 3.11.- El conductor no puede apropiarse “bajo ninguna circunstancia” de las mercancías que transporta ya que son propiedad de olímpica y nuestra misión es el transporte de la misma. 4.0.- CUARTA FASE: ETAPA DE RETORNO. 4.1.- A su regreso a la ciudad de origen (Barranquilla), deberá llegar en primera instancia a las instalaciones del Centro de Distribución (CEDI), la Giralda y avisar a la central de monitoreo y hacer la entrega del manifiesto único de carga y el cheque firmados y sellados por cada entrega de mercancía, como constancia de la efectividad del viaje. 4.2.- Si usted, trae mercancía en devolución debe proceder a hacer la respectiva entrega en la bodega indicada y al hacerlo, deberá hacer firmar con nombre legible y cedula al funcionario encargado de olímpica que recibe el cheque, en el cual se colocó la anotación de remisión de la mercancía transportada. 4.3.- La entrega de mercancía en devolución debe hacerla personalmente el conductor del carro. 4.4.- Una vez culminado el proceso de entrega a olímpica de la mercancía en devolución y a TSCC., de la documentación indicada, el conductor deberá proceder a hacer el tanqueo de su vehículo, revisando los líquidos y complementarlos, asear el vehículo y corregir cualquier novedad o anomalía. 4.5.- Al retornar al CEDI la Giralda, deberá ubicar su carro, en el muelle o lugar indicado, en perfecto estado, según lo detallado en el alistamiento.

Como constancia que he leído el presente documento, el cual me comprometo a cumplir y respetar, firmo el recibo del mismo. “Si las cosas se pueden hacer mejor, quiere decir que no estaban bien hechas.”

Anexo N° 7. Manual de Funciones de la Sala de Monitoreo de Seguridad.

TRANS SOID COLOMBIA.

FUNCIONES DE LA SALA DE MONITOREO. 01/07/2016.

Este manual tiene como finalidad generar un método accesible en su organización y programación, que permita controlar mediante el monitoreo el seguimiento a los vehículos y atender emergencias o desastres de origen natural o provocado por la actividad humana que se desarrollen en el ámbito local o regional, facilitando al personal que conforman el Sistema de Monitoreo, una estructura de manejo efectivo, proactivo y eficiente, poniendo en práctica los procedimientos operativos propios que respondan al control de seguimiento o rastreo, la emergencia o desastre. El equipo de rastreo, es el encargado de monitorear de manera proactiva, el seguimiento de camiones, solución de incidentes o atender solicitudes de servicio referente a los componentes activos del transporte terrestre de carga a las tiendas Olímpicas. Para mantenerse funcionando de manera eficiente y proactiva, la interconexión de la red de monitoreo y línea telefónica, fija y móvil; el centro de monitoreo realizará las siguientes actividades: 1.- Tener presente que nuestro cliente Olímpica, son la parte fundamental de nuestra actividad, quienes día a día nos contactan para solicitar los servicios o suministrar datos relacionados con el mismo, solicitar información o reportar alguna falla en los servicios, verbal o escrita. 2.- Hacer esfuerzos para que el Centro de Monitoreo, sea contemplado como una herramienta en la cual confíen para poder comunicarse por cualquiera de las aplicaciones (teléfono fijo, móvil, datos, internet, Avantel o video) que el cliente ó usuario requiera. 3.- Monitoreo proactivo y gestión de soluciones de incidentes y accidentes que se presenten durante el desplazamiento de los vehículos que transportan carga critica. 4.- Recomendar la implantación y aplicar las buenas prácticas para la operación y administración de la red. 5.- Al conocer inquietudes, quejas y sugerencias con el fin de mejorar nuestras actividades que redunden en un mejor servicio deben ser consignadas en la minuta de servicio y comunicadas al líder de Seguridad. 6.- Conocer las rutas establecidas para el desplazamiento de los camiones en cooperación con los Escoltas de Seguridad de Olímpica de la Giralda.

7.- Administración, cuidado y mantenimiento de los equipos que proporcionan la comunicación a Internet satelital, teléfono fijo y móviles. 8.- Asesoría y apoyo a los conductores para mejoras en el servicio y soluciones y apoyos acertadas frente a incidentes. 9.- Monitoreo especial con un enlace oportuno con la Policía de carreteras, cuando haya un evento o proceso de suma importancia. 10.- Atención y solución o aviso a las empresas satelitales, cuando existan problemas de lentitud o nula comunicación en la salida hacia internet satelital. 11.- La Central de Monitoreo al darse cuenta del disparo de una alarma o botón de pánico de un vehículo, si este va a una velocidad menor a 12 km/h, deben apagarlo inmediatamente, en este caso se debe dar aviso inmediato a la Policía, por donde ya pasó y la próxima estación de Policía o municipio que está por llegar, Seguridad Olímpica, Líder de seguridad de la Empresa, Emergencias, numeral #767, Servicio Técnico o Bomberos según sea el caso; si el vehículo va a más de 12km/h., y oprimió el botón de pánico no lo deben apagar, porque ocasiona un accidente y deben dar aviso inmediato a la Policía del lugar que corresponda, para que sea detenido y tan pronto baje la velocidad a 12 km/h o menos deben apagarlo inmediatamente. Si no está en riesgo o peligro, porque accionó accidentalmente el botón de pánico, el conductor debe llamar y decir la palabra clave (santo y seña) y debe explicar que pasó y de acuerdo a la percepción de confianza con que habló el conductor, pueden levantar la restricción de apagado del vehículo. Si el vehículo viene desocupado y si ustedes lo llaman también debe aplicarse el Santo y Seña. Todo disparo de Botón de pánico verdadero o de falsa alarma, debe ser registrada en la bitácora de Monitoreo y avisada a Seguridad de la Empresa. 12.- En caso de un incidente, deben hablar al conductor con un tono de voz cordial, amable y de apoyo, diciéndoles que lo más importante es proteger su vida, los bienes o carga y el medio ambiente; en ese orden. 13.- Analizar la información de los fenómenos y eventos naturales o antrópicos generadores de emergencias o desastres, analizando la información de posibles daños impartiendo recomendaciones pertinentes y oportunas (exceso de lluvia, fuertes vientos, etc.). 14.- Contestar los teléfonos, a más tardar en la segunda timbrada, de manera amable y cordial, suministrando la información requerida. 15.- Recibir y aplicar con buen entendimiento, el santo y seña que establece el Escolta de Seguridad Olímpica y darlo a conocer y exigirlo a los conductores en servicio. Todo manifiesto de vehículo regional, deberá tener inscrito en la parte superior derecha el vehículo con el cual va en plan lanza. De igual manera debe el Coordinador reportar a Monitoreo el lanza de cada vehículo. En el caso de que existan tres carros, deben

quedar en lanza los tres, ojo, no puede quedar ninguno solo. El no cumplimiento de esta actividad, generará responsabilidad sobre cualquier siniestro. 16.- Los Operadores de Monitoreo deben tener concentración y atención vigilante sobre los vehículos que se detienen en carretera, procediendo de la siguiente manera: 16.1.- Observar que el vehículo esté quieto o detenido y llamarlo inmediatamente (que no halla obturado el botón de pánico). 16.2.- Toda llamada que hagan a un conductor este debe nombrar el Santo y Seña y recibir la respuesta adecuada. 16.3.- Observar y/o tener contacto visual permanente en el monitor sobre el vehículo estacionado y si el conductor dice que se demora aproximadamente 30 o 40 minutos en desvararse, pero si emprende marcha en un tiempo de 3 o 4 minutos o menos, acabando de manifestar que estaba espichado o varado. Esto se confirma como un elemento fuerte y que el conductor y el vehículo están en peligro. 16.4.- Cuando suceda un caso como este deben llamar inmediatamente a la Policía de carreteras, #767, a la Policía de Vigilancia de la jurisdicción o sector que corresponda, a Seguridad Olímpica y dar aviso oportuno sobre esta sospecha, suministrar la ubicación del vehículo para que vayan a confirmar la novedad. 16.5.- Informar al Líder de Seguridad de la Empresa, para que reciban más instrucciones al respecto. 17.- Registrar en el libro de monitoreo las novedades reportadas. 18.- No desvalorar cualquier información por tonta que le parezca, debe ser registrada. 19.- Instruir al conductor de informar cualquier parada durante el recorrido y registrar en el libro de monitoreo, el lugar, motivo y tiempo que duró parqueado, informar al jefe de monitoreo. 20.- En los días de puente festivo, averiguar las restricciones para el tránsito de vehículos de carga y dar aviso con tres (3) días de anticipación mínimo, a los coordinadores de despacho, a Seguridad Olímpica, al Director Nacional de Transporte de Olímpica y demás que deban conocer esta información para el desarrollo de la Operación. 21.- Restringir el cargue de vehículos que no les funcione el GPS., o el sensor de apertura de puertas. 22.- Informar de inmediato vía telefónica los incidentes y accidentes, observando el debido conducto regular, a los que deban conocerlas. Debiendo ser consignadas en el libro de monitoreo e inmediatamente por correo electrónico ratificar el mensaje a quienes deban tener la información ya sea para conocimiento o para acción. 23.- Cuando informen un problema ó dificultad, debe ir acompañada de una sugerencia ó alternativa de solución, con el único fin que sean parte de la solución y no del problema.

24.- Informar a los conductores que cualquier novedad, deben reportarla primero a la central de monitoreo a los teléfonos: 3113081542 – 3207098680 – 3207073564. 25.- El libro control de monitoreo, debe ser foliado, escrito en tinta negra, no dejar hojas, ni renglones en blanco, no hacer: borrones, tachones, repisones, enmendaduras, no mancharlo, no raspaduras, no usar liquid paper, no rayarlo, no hacer superposiciones, no escribir la frase “esto no vale, esto si vale”. Debe estar escrito en letra clara y legible. 26.- Deben estar revisando constantemente el correo electrónico de Monitoreo y cuando reciban un mensaje deben acusar recibo del mismo, con esto cumplimos la acción de retroalimentación de la comunicación netiqueta. 27.- Mantener comunicación con los coordinadores Logísticos, con el fin de dar agilidad en el seguimiento de los vehículos que salen a servicio. 28.- Ejercer un constante control de monitoreo a los vehículos en ruta o regionales, con especial atención vigilante al sensor de puertas del furgón y botón de pánico. Así mismo observar a la velocidad que viajan, si están sobre los 80 km/h., deben llamar por celular al conductor y decirle que va en la máxima velocidad permitida, que no debe exceder este límite y mantenerlo monitoreado. Si el vehículo sobrepasa los 80 deben llamarlo y decirle que están violando las normas de Seguridad establecidas por la Empresa y del código Nacional de Tránsito y Transporte, que deben rodar entre 75 y 80 km/h., teniendo en cuenta que van con carga critica. Si el conductor no hace caso al llamado deben llamar al #767 y denunciarlo para que la Policía de Carreteras los pare y les haga un comparendo. Esto se lo hacen saber al conductor. 29.- Cuando la policía de carreteras proceda a romper el precinto para abrir el furgón, el conductor de manera respetuosa debe sugerir que vea los documentos de transporte y si, insiste en abrirlo, debe solicitar el nombre y la placa del policial e informar inmediatamente a monitoreo, que a su vez lo registrara en el libro de novedades. Así mismo debe dar aviso a la tienda y a la bodega de origen, que el precinto está roto por verificación de la mercancía por la policía. Esto hay que verificarlo en la policía. El precinto es un control interno de Olímpica no es para entidades externas o para las autoridades. 30.- Fijar en una cartelera los Nombres y números telefónicos de los Comandantes de la Policía de carreteras del Atlántico, Bolívar, Sucre, Guajira, Magdalena, Córdoba , Cesar y Caucasia. 31.- Tener una lista con los teléfonos y contactos de todas las tiendas de destino, para que puedan llamar y hablar con quien recibe la mercancía en caso de demoras en el descargue o precintos reventados. 32.- Mantener el listado de Nombres y Apellidos de los jefes de cada Bodega de la Giralda, con su número telefónico y correo electrónico.

33.- Deben elaborar y alimentar diariamente y antes de entregar el turno, en un cuadro los vehículos que reporten novedades, como pinchadas, varadas por daños, etc. Indicando fecha, placa, hora, lugar y motivo. 34.- Toda llamada que entre al teléfono de Monitoreo no debe exceder más de 3 minutos, pues en un minuto se expresan 150 palabras, lo que en dos minutos y medio se vociferaran 375 palabras y el otro medio minuto es para decirle al interlocutor que envíe un mensaje por correo electrónico de lo que desea, porque este número telefónico es muy requerido por muchas personas y hay que atenderlas. Salvo que el caso se amerite por Emergencia. 35.- Los operadores tan pronto comiencen el turno deben revisar los últimos correos de las 16 horas anteriores al servicio que comienzan. Esto con el fin que se enteren de las novedades ocurridas en los turnos donde se desempeñaron sus compañeros; no se confíen en la memoria, pues se puede olvidar información importante. • 36.- Cuando un vehículo haga trasbordo de carga de otro vehículo, sea regional o local, deben dar aviso a: Tesorería, Auditoria, Coordinador Logístico, Coordinador de despacho, bodega que lo cargo y Seguridad de la Transportadora. • 37.- Cuando un Conductor se reporte desde una tienda y manifieste que esta demorado el descargue, deben notificar por la vía más rápida al Coordinador Logístico y a la bodega que lo cargo. • 38.- Los requerimientos que les hagan otras personas diferentes a Monitoreo deben canalizarlo por intermedio del Líder de Seguridad, esto con el fin de evitar malas interpretaciones y observar el debido conducto regular y establecer responsabilidades. • 39.- Llamar por teléfono a los conductores cuando van en ruta regional, por lo menos dos veces en el recorrido y preguntarles cómo está la vía. Debe registrarlo en la minuta. • 40.- Contestar el Teléfono: Buenos días, Monitoreo TSCC, para servirle, habla fulano de tal. En tono suave y decente. 41.- Mantener excelente coordinación con la Empresa Satelital de la Empresa TSCC., TRACKINGTOM. 42.- Cuando el conductor este cruzando por puntos críticos, o corredores de inseguridad, deben llamarlo y advertirle del riesgo que implica correr por esa zona. 43.- Cuando suceda un accidente deben enviar la trazabilidad del vehículo a Seguridad.- 44.- En caso de accidente deben informar por correo electrónico a todas las dependencias de Olímpica, TSCC., y tienda para donde iba la mercancía.

Anexo N° 8. Protocolo en caso de Siniestros.

PROTOCOLO PARA EL PROCESO DE REEMBOLSO EN CASO DE SINIESTRO.

Del transportador:

1.- Oferta de servicios del asegurado al cliente. Versión aceptada por las partes (acuerdo contrato de transporte). 2.- Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo y del registro nacional de transporte de carga (tarjeta de operación) y/o carnet de afiliación, SOAT., Tecnomecanica. 3.- Copia de cada uno de los documentos que demuestren el proceso de selección de vehículo, propietario de vehículo y conductor debidamente firmado por el representante legal o revisor fiscal. Indicar como fue el proceso de selección del conductor, señalando su antigüedad en los anteriores empleos ocupados. 4.- Suministrar el plan de ruta y ejecución de este para el vehículo accidentado. 5.- Copia del Runt. 6.- Croquis del accidente, fotografías, versión escrita del conductor, Agentes que atendieron el caso. 7.- Manifiesto electrónico de carga. Del conductor:

1.- Copia de pasado judicial. 2.- Hoja de vida y fotocopia de los documentos de identidad, licencia de conducción, referencias. 3.- Hoja del Simit. 4.- ARL. Del Cliente: 1.- Detallado de la relación de mercancía con sus valores unitarios y totales. De La Empresa: 1.- Informe del Líder de Seguridad de la Transportadora TSCC., con su correspondiente investigación (detallando el antes, durante y después). 2.- Anexar prueba de alcoholimetría del conductor. 3.- Acta de destrucción de la mercancía. 4.- Certificación medica de las lesiones sufridas al conductor.

Anexo N° 9. Requisitos de ingreso de conductores y vehículos.

REQUISITOS DE INGRESO DEL CONDUCTOR Y VEHICULO PARA EL TRANSPORTE DE CARGA.

En una carpeta, debe adjuntar los documentos en el siguiente orden: 1.0.- DOCUMENTOS DEL CONDUCTOR: 1.1.- Hoja de vida, forma propia de la Empresa TSCC., (Se entrega formato). 1.2.- Fotocopia C.C. y Licencia de conducción 1.3.- Afiliación al sistema de Seguridad Social. (ARL). 1.4.- Certificación de manipulación de alimentos. (Decreto 3075/97, art. 2, 11, lit. a). 1.5.- Dos referencias laborales. 1.6.- Si tiene multas, presentar último recibo de pago del acuerdo. 1.7.- Examen médico que incluya examen de Baciloscopia, donde certifique que es apto para manipular alimentos. 2.0.- DOCUMENTOS DEL PROPIETARIO: 2.1.- Fotocopia C.C. 2.2.- Anexar fotocopia del RUT. 2.3.- Carta dirigida a la Transportadora TSCC., autorizando al transportador la conducción del Vehículo; indicando del conductor, teléfono móvil; fijo; correo electrónico, dirección residencia y el nombre completo con C.C. y a quien se le debe dirigir el cheque para cancelación de los servicios. 3.0.- DOCUMENTOS DEL VEHICULO: 3.1.- Fotocopia de la licencia de tránsito. 3.2.- Certificado de transporte de alimentos o registro sanitario. (Decreto 3075/97, art.29) 3.3.- Certificado de fumigación del vehículo. 3.4.- Fotocopia Soat y Tecnomecanica. 3.5.- Estar afiliado a la Empresa Satelital de TSCC., Trackingtom. (Llamar al Sr. Aníbal Gonzales al 3135856134 o Sr. Eusebio Rada al 3502415765). No se acepta otro satelital. 4.0.- REQUISITOS DEL VEHICULO. 4.1.- Carrocería tipo furgón. 4.2.- Las puertas del furgón deben tener bisagras ciegas o los tornillos deben estar soldados. 4.3.- Buen estado de los neumáticos. 4.4.- Buena presentación del vehículo (sin abolladuras, pintura, vidrios, carrocería.). 4.5.- Aviso en la carrocería de “TRANSPORTE DE ALIMENTOS”. 4.6.- Que tenga fijada la Calcomanía de: ¿COMO CONDUZCO? #767, Opción 3. 4.7.- Equipo de carretera. (Conos, mechón, etc.). 4.8.- Extintor multipropósito de 20 libras.

4.9.- Que tenga tacos de cauchos de choque en la parte posterior de la carrocería. 4.10.- Que la estructura Interna baja del furgón, que une con el piso de la carrocería no tenga cajeta o huecos, debe estar sellada. 4.11.- Que el modelo esté entre los 10 últimos años. 4.12.- Si tiene puerta lateral, debe estar sellada por dentro y por fuera. 4.13.- Que tenga dos balizas pequeñas en la cabina del camión.

Anexo N° 10. Gráfico de accidentes de Tránsito.

TSCC ANEXO PESV

GRAFICO DE ACCIDENTES TRANS SOID COLOMBIA S.A.S

TABLA DE DATOS

FECHA PLACA BODEGA CATEGORIA TIPO DESTINO

25/08/2014 SZL106 FRUVER ACCIDENTE VOLCAMIENTO MONTERIA

13/11/2014 EUZ503 GRANOS ACCIDENTE VOLCAMIENTO CARTAGENA

08/05/2015 SZK456 PAN ACCIDENTE VOLCAMIENTO MEDELLIN

19/06/2015 SPP194 900 ACCIDENTE VOLCAMIENTO AGUACHICA

25/08/2015 QGH009 900 ACCIDENTE VOLCAMIENTO SAN JUAN DEL CESAR

19/02/2016 WGB324 900 ACCIDENTE VOLCAMIENTO SAN JUAN DEL CESAR

2

3

1

2014 2015 2016

INCIDENTES

Anexo N° 11. Cronograma de capacitación de conductores.

TSCC ANEXO PESV

CRONOGRAMA CAPACITACIÓN CONDUCTORES

FECHA TEMA RESPONSABLE DIRIGIDO A LUGAR

10/07/2016 SISTEMA DE CONDUCCIÓN SMITH TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

14/08/2016 COMPETENCIA CIUDADANA TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

11/09/2016 ATENCIÓN AL CLIENTE TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

09/10/2016 ACCIDENTALIDAD LABORAL TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

13/11/2016 AUTOCUIDADO Y SEGURIDAD COMO VALOR DE VIDA TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

11/12/2016 PIRATERIA TERRESTRE TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

08/01/2017 NORMAS DE TRANSITO 1 TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

12/02/2017 ORIENTACIÓN EN CURSO DE ACCIDENTES DE TRANSITO TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

12/03/2017 BOMBEROS E INCENDIOS EN VEHICULOS TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

09/04/2017 MANTENIMIENTO PREVENTIVO VEHICULOS AUTOMOTORES TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

14/05/2017 CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

11/06/2017 NORMAS DE TRANSITO 2 TSCC TODOS LOS CONDUCTORES GIRALDA

Anexo N° 12. Plan de Mantenimiento de Vehículos.

Anexo N° 13. Formato de chequeo antes de marcha del vehículo.

Anexo N° 14. Hoja de vida y cuestionario para el Trabajador.

Anexo N° 15. Ley 1503 de 2011, Tarjeta de compromiso personal.

LEY 1503 DE 2011 (Diciembre 29).

Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas

seguros en la vía y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto definir lineamientos generales en

educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para

promover en las personas la formación de hábitos, comportamientos y conductas

seguros en la vía y en consecuencia, la formación de criterios autónomos, solidarios y

prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la

vía pública, de tal manera que:

a) Se contribuya a que la educación en seguridad vial y la responsabilidad como actores

de la vía sean asuntos de interés público y objeto de debate entre los ciudadanos;

b) Se impulsen y apoyen campañas formativas e informativas de los proyectos de

investigación y de desarrollo sobre seguridad vial;

c) Se concientice a peatones, pasajeros y conductores sobre la necesidad de lograr

una movilidad racional y sostenible;

d) Se concientice a autoridades, entidades, organizaciones y ciudadanos de que la

educación vial no se basa solo en el conocimiento de normas y reglamentaciones, sino

también en hábitos, comportamientos y conductas;

e) Se establezca una relación e identidad entre el conocimiento teórico sobre las

normas de tránsito y el comportamiento en la vía.

Artículo 2°. Actores de la vía. Son actores de la vía, todas las personas que asumen un

rol determinado, para hacer uso de las vías, con la finalidad de desplazarse entre un

lugar y otro, por lo tanto se consideran actores de tránsito y de la vía los peatones, los

transeúntes, los pasajeros y conductores de vehículos automotores y no automotores,

los motociclistas, los ciclistas, los acompañantes, los pasajeros, entre otros.

CAPÍTULO II

Lineamientos en educación en seguridad vial

Artículo 3°. Educación Vial. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013.

La educación vial consiste en acciones educativas, iniciales y permanentes, cuyo

objetivo es favorecer y garantizar el desarrollo integral de los actores de la vía, tanto a

nivel de conocimientos sobre la normativa, reglamentación y señalización vial, como a

nivel de hábitos, comportamientos, conductas, y valores individuales y colectivos, de tal

manera que permita desenvolverse en el ámbito de la movilización y el tránsito en

perfecta armonía entre las personas y su relación con el medio ambiente, mediante

actuaciones legales y pedagógicas, implementadas de forma global y sistémica, sobre

todos los ámbitos implicados y utilizando los recursos tecnológicos más apropiados.

El fin último de la educación vial es el logro de una óptima seguridad vial. Por ello, la

educación vial debe:

1. Ser permanente, acompañando el desarrollo de la persona en todas sus etapas de

crecimiento.

2. Ser integral, transmitiendo conocimientos, habilidades y comportamientos positivos.

3. Estar basada en valores fundamentales, como lo son la solidaridad, el respeto mutuo,

la tolerancia, la justicia, etc.

4. Lograr la convivencia en paz entre todos los actores de la vía.

Artículo 4°. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Adiciónese un

literal (i) al artículo 13 de la Ley 115 de 1994, que quedará así:

Artículo 13. Objetivos comunes de todos los niveles. Es objetivo primordial de todos y

cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante

acciones estructuradas encaminadas a:

a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía

sus derechos y deberes;

b) Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a

los Derechos Humanos;

c) Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de

los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la

autonomía y la responsabilidad;

d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la

autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de

los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica

y responsable;

e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional;

f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional;

g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo, y

h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos;

i) El Ministerio de Educación Nacional, mediante un trabajo coordinado con el Ministerio

de Transporte, el Ministerio de Salud y Protección Social y con apoyo del Fondo de

Prevención Vial, orientará y apoyará el desarrollo de los programas pedagógicos para

la implementación de la enseñanza en educación vial en todos los niveles de la

educación básica y media.

Artículo 5°. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Adiciónese un

literal (f) al artículo 14 de la Ley 115 de 1994, que quedará así:

Artículo 14. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados

que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar,

básica y media cumplir con:

a) El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de

conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política. Dentro de la capacitación a

que se refiere este literal, deberán impartirse nociones básicas sobre jurisdicción de

paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho

laboral y contratos más usuales;

b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica

de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno

promoverá y estimulará su difusión o desarrollo;

c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los

recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la

Constitución Política;

d) La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad,

el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos, y

e) La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades

psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad;

f) El desarrollo de conductas y hábitos seguros en materia de seguridad vial y la

formación de criterios para avaluar las distintas consecuencias que para su seguridad

integral tienen las situaciones riesgosas a las que se exponen como peatones,

pasajeros y conductores.

Parágrafo 1°. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los

literales a) y b), no exige asignatura específica. Esta información debe incorporarse al

currículo y desarrollarse a través todo en plan de estudios.

Parágrafo 2°. Los programas a que hace referencia el literal b) del presente artículo

serán presentados por los establecimientos educativos a la Secretaría de Educación

del respectivo municipio o ante el organismo que haga sus veces para su financiación

con cargo a la participación de los ingresos corrientes de la Nación destinados por la

ley para tales áreas de inversión social.

Artículo 6°. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Adiciónese un

literal (k) al artículo 16 de la Ley 115 de 1994, que quedará así:

Artículo 16. Objetivos específicos de la educación preescolar. Son objetivos específicos

del nivel preescolar:

a) El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la

adquisición de su identidad y autonomía;

b) El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la

motricidad, el aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones

de problemas que impliquen relaciones y operaciones matemáticas;

c) El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad, como

también de su capacidad de aprendizaje;

d) La ubicación espacio-temporal y el ejercicio de la memoria;

e) El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y

comunicación y para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo

con normas de respeto, solidaridad y convivencia;

f) La participación en actividades lúdicas con otros niños y adultos;

g) El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social;

h) El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de

comportamiento;

i) La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la

calidad de vida de los niños en su medio, y

j) La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen

conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud;

k) La adquisición de hábitos de observación visual, auditiva y psicomotriz para la

creación de actitudes y comportamientos de prevención frente al tránsito, respeto a las

normas y autoridades, y actitudes de conciencia ciudadana en materia de uso de la vía.

Artículo 7°. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Adiciónese un

literal (i) al artículo 30 de la Ley 115 de 1994 y adiciónense dos literales, con los que el

artículo 30 quedará así:

Artículo 30. Objetivos específicos de la educación media académica. Son objetivos

específicos de la educación media académica:

a) La profundización en un campo del conocimiento o en una actividad específica de

acuerdo con los intereses y capacidades del educando;

b) La profundización en conocimientos avanzados de las ciencias naturales;

c) La incorporación de la investigación al proceso cognoscitivo, tanto de laboratorio

como de la realidad nacional, en sus aspectos natural, económico, político y social;

d) El desarrollo de la capacidad para profundizar en un campo del conocimiento, de

acuerdo con las potencialidades e intereses;

e) La vinculación a programas de desarrollo y organización social y comunitaria,

orientados a dar solución a los problemas sociales de su entorno;

f) El fomento de la conciencia y la participación responsable del educando en acciones

cívicas y de servicio social;

g) La capacidad reflexiva y crítica sobre los múltiples aspectos de la realidad y la

comprensión de los valores éticos, morales, religiosos y convivencia en sociedad;

h) El cumplimiento de los objetivos de la educación básica contenidos en los literales b)

del artículo 20, c) del artículo 21 y c), e), h), i), k), ñ) del artículo 22 de la presente ley;

i) La formación en seguridad vial.

Artículo 8°. Modifíquese el artículo 117 de la Ley 30 de 1992, el cual quedará así:

Artículo 117. Las Instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de

bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo

físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal

administrativo.

El Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) determinará las políticas de

bienestar universitario y de prevención vial. Igualmente, creará un fondo de bienestar

universitario con recursos del Presupuesto Nacional y de los entes territoriales que

puedan hacer aportes.

El fondo señalado anteriormente será administrado por el Ministerio de Educación

Nacional o, por la entidad que el Ministerio delegue para estos efectos.

Artículo 9°. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Modifíquese

el artículo 56 de la Ley 769 de 2002, el cual quedará así:

Artículo 56. Obligatoriedad de la enseñanza. Se establece como obligatoria, en la

educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, la enseñanza en educación

vial de manera sistemática, de conformidad con los objetivos y propósitos señalados en

la presente ley.

Parágrafo. Los Ministerios de Transporte y Educación Nacional, tendrán un plazo de

doce (12) meses a partir de la fecha de sanción de la presente ley para expedir la

reglamentación atinente al cumplimiento de lo dispuesto en este artículo y para

presentar las orientaciones y estrategias pedagógicas para la educación en seguridad

vial en cada uno de los niveles de educación aquí descritos.

Artículo 10. Contenidos de los programas de educación vial. Reglamentado por el art.

1, Decreto Nacional 2851 de 2013. El Gobierno Nacional, mediante un trabajo

coordinado entre el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Educación y el Ministerio

de Salud y Protección Social, con apoyo del Fondo de Prevención Vial o el organismo

que haga sus veces, y otras entidades y organizaciones del sector educativo y civil

especialistas en seguridad vial, desarrollarán los programas marco para la

implementación de la enseñanza en educación vial de manera sistemática en todos los

niveles de la educación formal.

En todo caso, los objetivos que orientarán el desarrollo de tales programas y, en

consecuencia, la formación en educación vial de manera sistemática en los niveles de

educación preescolar, básica primaria y básica secundaria son los siguientes:

1. Generar hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y la capacidad de

analizar el riesgo posible con determinadas conductas y hábitos.

2. Fomentar sentimientos de sensibilidad social, de aprecio y valor por la vida, las

personas, y la naturaleza que se proyecten más allá de la esfera individual.

3. Generar la toma de conciencia de cada individuo como agente de bienestar y

seguridad y agente de riesgo en la vía.

4. Preparar al individuo para circular por la vía pública con reconocimiento pleno de los

derechos y responsabilidades que le competen como ciudadano.

5. Fomentar actitudes de cooperación y solidaridad con los demás y de reconocimiento

de que sus actos tienen consecuencias tanto en sí mismo como en los demás.

6. Fomentar las actitudes de tolerancia y respeto hacia los demás.

7. Desarrollar competencias que permitan evaluar con claridad los riesgos a los que

está expuesto y responder con comportamientos más racionales en la vía.

8. Propiciar actitudes de precaución y prevención permanentes manteniendo una

constante atención del entorno.

9. Generar en el individuo la capacidad de evaluar las propias capacidades y determinar

qué puede y qué no puede hacer y el riesgo al que se expone frente a situaciones que

exigen habilidades y capacidades personales con las que no cuenta.

10. Preparar al individuo para participar de los debates que se generen con ocasión de

las medidas para la regulación de la circulación y el tránsito.

11. Fomentar en el individuo una actitud de participación crítica y creativa para resolver

los conflictos característicos del espacio público.

Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional tendrá, a partir de entrada en vigencia de la

presente ley, doce (12) meses para convocar a todos los actores indicados y cumplir

con lo dispuesto en el presente artículo.

Parágrafo 2°. Formación de Docentes. Los docentes son un factor clave del cambio en

los hábitos, comportamientos y conductas de que trata la presente ley. En razón a ello,

definidos los programas marco para la enseñanza de la seguridad vial, todas las

Entidades Territoriales adelantarán el necesario proceso de capacitación para docentes

con el objetivo de que puedan cumplir el propósito pedagógico señalado.

Parágrafo 3°. Los programas marco para la enseñanza en educación vial serán

implementados en todas las instituciones educativas públicas o privadas que ofrecen

los niveles de educación preescolar, básica primaria y básica secundaria en el período

lectivo inmediatamente siguiente a la expedición de los programas de enseñanza en

educación vial por parte del Gobierno Nacional.

En materia de educación superior, el CESU, será el competente para determinar las

políticas de bienestar universitario y de prevención vial.

Artículo 11. Servicio social en seguridad vial. Los establecimientos educativos estatales

y privados incorporarán la enseñanza de seguridad vial como una opción en el proyecto

pedagógico que permite a los estudiantes que cursan los dos (2) años correspondientes

a la educación media realizar el servicio social obligatorio.

Para tal efecto, impartirán la enseñanza de la educación vial en los términos, principios

y objetivos definidos en la presente ley a los alumnos de grados inferiores, este

programa podrá ser ejecutado por el establecimiento en forma conjunta con entidades

gubernamentales y no gubernamentales especializadas en el tema.

CAPÍTULO III

Lineamientos para el Sector Privado en Seguridad Vial.

Artículo 12. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Toda entidad,

organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines

misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble,

comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores

superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores,

contribuirán al objeto de la presente ley.

Para tal efecto, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado

cada dos (2) años para ser ajustado en lo que se requiera. Este Plan contendrá, como

mínimo, las siguientes acciones:

1. Jornadas de sensibilización del personal en materia de seguridad vial.

2. Compromiso del personal de cumplir fielmente todas las normas de tránsito.

3. Oferta permanente, por parte de la entidad, organización o empresa, de cursos de

seguridad vial y perfeccionamiento de la conducción.

4. Apoyar la consecución de los objetivos del Estado en materia de seguridad vial.

5. Realizar el pago puntual de los montos producto de infracciones a las normas de

tránsito.

6. Conocer y difundir las normas de seguridad vial

Artículo 13. Establecimientos de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas.

Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Todos los establecimientos

que devenguen el cuarenta por ciento (40%) o más de sus ingresos por la venta de

bebidas alcohólicas contribuirán al objeto de la presente ley. Para tal efecto, se

comprometerán a desarrollar acciones orientadas al consumo responsable de alcohol,

contenidas en un plan estratégico.

El Gobierno Nacional definirá los objetivos y contenidos que deben comprender tales

planes, en un período no superior a un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la

presente ley.

Artículo 14. Medios de comunicación. Los medios de comunicación en ejercicio de su

autonomía y del autocontrol que les compete, contribuirán al objeto de la presente ley,

así:

1. Procurarán incorporar la aplicación de los términos de violencia vial, siniestro de

tránsito, siniestralidad vial y actores de la vía.

2. Se autocontrolarán, en lo referente a conductas contrarias al objeto y propósitos de

la presente ley, en los contenidos de su propiedad.

3. Ofrecerán servicios, en condiciones de igualdad, en relación con la publicidad que

tenga por objeto generar conciencia en el consumidor sobre la importancia de la

seguridad vial y de la no comisión de conductas que pongan en riesgo la seguridad y la

vida en las vías.

CAPÍTULO IV

Lineamientos para la Acción Comunitaria en Seguridad Vial

Artículo 15. Participación comunitaria, La comunidad organizada en espacios de

participación o de acción comunal promoverá el cumplimiento del objeto y principios de

la presente ley. Para tal efecto, entre otras, podrá hacer uso de los siguientes

mecanismos y estrategias:

1. Control social ciudadano a los compromisos de las administraciones territoriales en

materia de seguridad vial.

2. Convocar el voluntariado en las respectivas comunidades para alentar a los

ciudadanos a respetar los enunciados consignados en la tarjeta de compromiso

personal en seguridad vial de que trata el artículo 22 de la presente ley.

3. Alentar a las autoridades locales a mejorar las medidas de seguridad vial en lugares

que presenten siniestros viales de manera frecuente.

4. Identificar lugares seguros para cruzar las vías públicas, sobre todo en las

inmediaciones de instituciones educativas.

Artículo 16. Intervención de la comunidad en la vía. Previa autorización del Gobierno

Local correspondiente, la comunidad realizará intervenciones de carácter simbólico,

cultural o artístico en las áreas de exclusión y en zonas inmediatamente aledañas a las

vías con índices de siniestralidad vial significativos a nivel barrial, con el propósito de

comunicar y hacer pedagogía en materia de hábitos, comportamientos y conductas

seguros en la vía.

Artículo 17. Compromiso comunitario. Las comunidades apoyarán la consecución de

los objetivos del Estado en materia de seguridad vial de toda forma posible, y

participarán activa y efectivamente de los actos, eventos, o iniciativas propuestos desde

las Administraciones o el sector privado en pro de la Seguridad Vial.

CAPÍTULO V

Lineamientos para la acción estatal en seguridad vial

Artículo 18. Portal de la seguridad vial. Reglamentado por el art. 1, Decreto Nacional

2851 de 2013. El Gobierno Nacional creará el Portal de la Seguridad Vial como una

herramienta en Internet para informar de las investigaciones y avances en materia de

seguridad vial, el reporte de siniestros de tránsito con objetivos de concientización, el

reporte de experiencias positivas en desarrollo del cumplimiento de los contenidos de

la presente ley, la posibilidad de que cualquier ciudadano denuncie el incumplimiento

de los contenidos de la presente ley, entre otras.

El diseño técnico y gráfico deberá permitir a cualquier ciudadano la posibilidad de

acceder al Portal para cumplir con lo señalado en el presente artículo.

Artículo 19. Tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial. Reglamentado por

el art. 1, Decreto Nacional 2851 de 2013. Las Entidades Territoriales emitirán la tarjeta

de compromiso personal con la seguridad vial. Esta tarjeta será para el uso de los

funcionarios y servidores públicos, peatones o transeúntes, pasajeros y conductores en

general.

La tarjeta contendrá enunciadas medidas de seguridad vial que el titular se compromete

a respetar y a aplicar. Para el caso de los conductores, la tarjeta será visible en el

vehículo (automotor o no automotor).

Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional reglamentará las características generales de la

tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial y las Entidades Territoriales

definirán los enunciados de acuerdo al contexto propio de seguridad vial.

Artículo 20. Incentivos al compromiso con la seguridad vial. Las entidades,

organizaciones o empresas que demuestren un compromiso decidido en pro de mejorar

los problemas en materia de seguridad vial recibirán incentivos en materia fiscal o de

contratación pública. El Gobierno Nacional reglamentará la materia.

Artículo 21. Mapas de siniestralidad vial. Todas las entidades territoriales elaborarán un

mapa de siniestralidad vial con el propósito de determinar de manera específica los

puntos cruciales en que se requiere la intervención pública y las estrategias para lograr

mejorar los índices de siniestralidad vial detectados.

Artículo 22. Énfasis en Planes de Desarrollo. Todos los Planes de Desarrollo incluirán

capítulos específicos sobre medidas en pro de la seguridad vial en la respectiva entidad

territorial con el correspondiente presupuesto.

Artículo 23. Rendición de cuentas. Anualmente el Gobierno Nacional y las Entidades

Territoriales rendirán un informe que detalle las metas definidas en materia de

seguridad vial y el logro de cada uno. A su vez, incluirán los datos de disminución de

número de siniestros viales, número de muertos o lesionados, valor de daños, etc.

Además, rendirán un informe de exaltación pública de entidades, organizaciones o

empresas y comunidades comprometidas con el objeto y los propósitos de la presente

ley.

Artículo 24. Fuentes de financiación. Para efectos de la financiación de los aspectos

contenidos en la presente ley, se tendrán como fuentes de financiación las siguientes:

1. Aportes del sector privado.

2. Cooperación internacional en materia de seguridad vial.

3. Recaudo de multas y sanciones de tránsito. Este recaudo, en los términos del artículo

160 de la Ley 769 de 2002, debe ser invertido, entre otros, en educación y seguridad

vial.

4. Recursos provenientes del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.

5. Recursos de la subcuenta ECAT13 del Fosyga. Estos recursos están destinados a

la atención integral de víctimas de siniestros de tránsito y fortalecimiento de la red de

urgencias.

6. Recursos de Peajes: La Resolución 3931 del 26 de diciembre de 2000 (modificada

por la Resolución 7145 de 2001 y la Resolución 1124 de 2009) establece que los

recursos recaudados por el incremento tarifario en la tasa de peajes serán invertidos

en seguridad vial.

Artículo 25. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y

deroga las normas que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República,

JUAN MANUEL CORZO ROMÁN.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representante,

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Salud y Protección Social,

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

El Ministro de Transporte,

GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48298 de 30 de diciembre de 2011.

Anexo N° 16. Contrato de cesión de vehículo a conductor.