patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad

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Cartagena, Diciembre 01 de 2016 De: COMITÉ TECNICO DE PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL DE CARTAGENA Para: ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA El artículo 40 de la Ley 768 de 2002, manifiesta que “Para la defensa, preservación y recuperación del patrimonio histórico y cultural, se creará un Comité especializado de carácter técnico que actuará como ente asesor de la administración distrital, denominado "Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural", encargado de proponer medidas para la regulación, manejo, administración y control de los bienes que forman parte del mencionado patrimonio. Los concejos distritales reglamentarán, en un plazo no inferior de los dos (2) meses a partir de la vigencia de la presente ley, las funciones y conformación de los Comités Técnicos de Patrimonio Histórico y Cultural” En concordancia con esta Ley, el Concejo Distrital de Cartagena, dispuso la creación en Cartagena del Comité Técnico de Patrimonio mediante la expedición del Acuerdo No.001 de Febrero 03 de 2003, que entre sus funciones tiene. Art. 9º. 4. “Emitir concepto previo sobre todo tipo de intervenciones en los bienes inmuebles y espacios públicos del Centro Histórico y en los inmuebles catalogados de la periferia histórica”. En ejercicio de sus funciones antes referidas, el COMITÉ TÉCNICO DE PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE CARTAGENA en las actas N° 13,14 Y 15 DE OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2016 hizo un analisis del patrimonio arquitectónico cultural del espacio patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad constituido por las fortificaciones, arquitectura doméstica, institucional, religiosa de la ciudad de Cartagena de Indias y que se fomente un sano proceso de gestión orientada a la reconstrucción de su identidad y significación social, reafirmando la importancia del legado de estas edificaciones y de su importancia en el contexto de la propia ciudad. Nos permitimos expresar los siguientes conceptos sobre las intervenciones aleves al espacio público de Cartagena, para que sean tenidos en cuenta y acatados por todas las dependencias distritales cuyas competencias estén en conexidad con el patrimonio cultural asì:

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Cartagena, Diciembre 01 de 2016

De: COMITÉ TECNICO DE PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL DE CARTAGENA

Para: ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA

El artículo 40 de la Ley 768 de 2002, manifiesta que “Para la defensa, preservación y

recuperación del patrimonio histórico y cultural, se creará un Comité especializado de

carácter técnico que actuará como ente asesor de la administración distrital, denominado

"Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural", encargado de proponer medidas para

la regulación, manejo, administración y control de los bienes que forman parte del

mencionado patrimonio. Los concejos distritales reglamentarán, en un plazo no inferior de

los dos (2) meses a partir de la vigencia de la presente ley, las funciones y conformación de

los Comités Técnicos de Patrimonio Histórico y Cultural”

En concordancia con esta Ley, el Concejo Distrital de Cartagena, dispuso la creación en

Cartagena del Comité Técnico de Patrimonio mediante la expedición del Acuerdo No.001

de Febrero 03 de 2003, que entre sus funciones tiene. Art. 9º. 4. “Emitir concepto previo

sobre todo tipo de intervenciones en los bienes inmuebles y espacios públicos del Centro

Histórico y en los inmuebles catalogados de la periferia histórica”.

En ejercicio de sus funciones antes referidas, el COMITÉ TÉCNICO DE PATRIMONIO HISTÓRICO

Y CULTURAL DE CARTAGENA en las actas N° 13,14 Y 15 DE OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2016 hizo

un analisis del patrimonio arquitectónico cultural del espacio patrimonial de uso público del centro

histórico de la ciudad constituido por las fortificaciones, arquitectura doméstica, institucional,

religiosa de la ciudad de Cartagena de Indias y que se fomente un sano proceso de gestión

orientada a la reconstrucción de su identidad y significación social, reafirmando la importancia del

legado de estas edificaciones y de su importancia en el contexto de la propia ciudad. Nos

permitimos expresar los siguientes conceptos sobre las intervenciones aleves al espacio público de

Cartagena, para que sean tenidos en cuenta y acatados por todas las dependencias distritales cuyas

competencias estén en conexidad con el patrimonio cultural asì:

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CONCEPTO N° 1

SOBRE LA UTILIZACIÓN DEL ESPACIO PATRIMONIAL DE USO PÚBLICO EN CENTRO, Y

CUBIERTAS PLANAS DEL HISTÓRICO DE CARTAGENA DE INDIAS

Orientación del aprovechamiento y uso temporal del espacio monumental

de uso público.

Los miembros del comité técnico de patrimonio se permiten expresar las siguientes

preocupaciones, conceptos y sugerencias ante los recientes y sostenidos hechos de uso indebido

del espacio patrimonial de uso público en el centro histórico y sus áreas de influencia, que

han provocado gran zozobra y unánime en todos los miembros del mismo, ante la avanzada de

eventos que sin ningún tipo de trámite, y/o consulta ante el IPCC y el Comité Técnico De Patrimonio,

se han ido apropiando de manera sostenida y sin el lleno de los requisitos patrimoniales obligatorios,

de esos espacios, para todo tipo de eventos donde se lesionan delicadamente la imagen y se

irrespeta gravemente al patrimonio material de la ciudad, se constituyen además en actos ilegales,

que han contado con aprobaciones parciales o no, de otros estamentos y oficinas con alguna o

ninguna autoridad para ello, en temas de patrimonio citamos algunos casos sobresalientes: el

reciente el gran evento sobre la plataforma de las bóvedas, que desbordó todas las escalas del

“Manual de uso temporal y aprovechamiento económico del espacio público de las murallas

del centro histórico de Cartagena de indias”; y segundo, el “Día de la paz”, evento sobresaliente,

ninguno de sus eventos o apoyos colaterales, consultó a este cuerpo colegiado; solo se hicieron con

la autorización de otras autoridades todo debe considerar lo que dice el Acuerdo 001: toda

intervención debe obtener un concepto previo del Comité Técnico de Patrimonio.

Significación y valoración del sistema

“ El sector amurallado o centro histórico de Cartagena de Indias, es uno de los patrimonios

materiales en mejor estado de conservación en América; detenta la mayor representatividad del

patrimonio cultural inmueble de Colombia, sumado a una gran carga simbólica por su valor

histórico, ya que se constituyó en el escenario de varias de las más duras batallas sucedidas en el

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territorio de la denominada Nueva Granada durante el período colonial, incidiendo en la formación de

una identidad propia para sus habitantes.” 1

Todo lo anterior es que se están tomando decisiones de todos los calibres, sin tener en cuenta

que a nivel local y nacional existe entes habilitados para ello, tampoco han sido observados

suficientemente los parámetros de gestión expuestos en las políticas públicas determinadas por el

Estado, basadas en la descentralización y la participación.

Así mismo, la comunidad cartagenera se reconoce e identifica con los bienes del

patrimonio cultural constituido por el espacio público patrimonial del centro histórico

amurallado, pero no ha estado involucrada de manera activa en el cuidado, uso y la defensa

de las estructuras que lo conforman.

Es el propio estado nacional y el gobierno local se han constituido en el

verdadero y mayor factor de riesgo para su mantenimiento y conservación por

su desconocimiento sobre la importancia de estos.

Costumbres urbanas y conductas de intervención sobre los monumentos militares y civiles

lesivas para el mismo patrimonio. No podemos esgrimir indiscriminadamente, la auto

sostenibilidad, para entregar el patrimonio al mejor postor, auto sostenibilidad sí, en equilibrio, se

debe buscar el equilibrio, eso se logra con la gestión del patrimonio y esas facultades administrativas

están diluidas hoy por hoy, en oficinas y secretarias del distrito a sabiendas que la legitimidad, de

ese manejo debe recaer, por norma, en una sola, a la que solo se cita cuando hay problemas, a

la que además se le han recortado sus facultades, el Instituto De Patrimonio y Cultura de

Cartagena en temas de gran complejidad y delicadeza, se debe consultar a su Comité Técnico De

Patrimonio Cultural de Cartagena, pero todo sería menos notable, sin indispensable Plan

Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Cartagena PEMP estuviera ya

implementado, pero con más de diez años de gestación, injustificados, hoy todavía en proceso.

Esbozamos además lo siguiente:

Para que Cartagena de Indias logre elevar su ritmo en la valoración, conservación y

sostenibilidad integral del patrimonio cultural inmueble, es necesario actuar sobre aquellos factores

1 CABRERA CRUZ, Alfonso.” El patrimonio arquitectónico del sistema de fortificaciones de Cartagena de Indias, identidad y significado. Obra inédita, Primera entrega tesis doctoral Obra inédita, 2014, pág.1

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que, como el cambio climático, conservación física y sostenibilidad; definen en buena medida el

potencial de expansión de su intervención.

No obstante la política pública para la gestión, protección y salvaguardia del patrimonio

cultural, en concordancia con la Constitución Política de 1991 y con la Ley General de

Cultura, busca fijar procedimientos únicos para la protección y salvaguardia del patrimonio

cultural de la nación, basándose en un principio de coordinación; garantizado por el Sistema

Nacional de Patrimonio Cultural (SNPC), que está constituido por el conjunto de instancias

públicas del nivel nacional y territorial que ejercen competencias sobre el patrimonio cultural

de la nación; articulados entre sí, que posibilitan el desarrollo cultural y el acceso de la

comunidad a los bienes y servicios culturales según los principios de descentralización,

participación y autonomía.

Esta información proviene de Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural y se divulgara

en su debido momento con el Consejo Distrital de Patrimonio y del Ministerio De Cultura.

Con la finalidad de reconocer la importancia de promocionar una cooperación científica

especializada, el Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena – IPCC, propone en concordancia

con todo o anteriormente expresado, coordinarse además con entes internacionales previstos en la

Leyes De Distritos y por ser Cartagena de Indias Sede Alterna de la cancillería de Colombia y

antesala de la grandes eventos mundiales e internacionales, no puede estar como mero observador

pasivo de ciertas reuniones y decisiones del manejo de su patrimonio cultural, que como ya dijimos

queremos ser concurrentes y no es la Escuela Taller como parte del DISTRITO en esa junta, la

responsable de los destinos del control patrimonio distrital, es un administrador de escogido por

Mincultura pero sus decisiones, no necesariamente son de autoridad de patrimonio, como si lo es el

Ministerio De Cultura, Nuestro Concurrente, planteamos en nuestras relaciones internacionales

como Distrito y en la autonomía de este, el poder suscribir los convenios de cooperación de Entes

Internacionales para asesorías y apoyo a nuestra gestión, por ello desde hace cerca de tres años lo

ha venido haciendo con el UNESCO-ICOMOS-ICOFORT para toda la asesoría y se firmó convenio

marco internacional, autorizados por ellos con el International Scientific Committee on Fortifications

and Military Heritage - ICOFORT, ( Comité Científico Internacional sobre Fortificaciones y Patrimonio

Militar – ICOFORT - ICOMOS - UNESCO), a la luz de la convergencia existente entre sus

respectivos planteamientos y objetivos, deciden unir sus fuerzas de cooperación además mediante

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foros y seminarios de capacitación sobre todo nuestro patrimonio, la cual tuvo lugar en Cartagena de

Indias el 22 y 23 de septiembre del 2016 en el Teatro Adolfo Mejía; y la realización del trabajo de

campo en el centro histórico y la Isla Tierrabomba el 23 de septiembre del 2016.

Expresamos que en los años 2014, 2015 y 2016, cada pocos días, la escena de uso y abuso de

los espacios patrimoniales de uso público se repiten y a todos nos parecía lo más normal.

Verificamos con preocupación las acciones sobre presuntas violaciones al uso de bienes de interés

cultural de carácter nacional y/o espacio público, hacemos un breve análisis de la reglamentación

técnica existente a aplicar en las murallas de Cartagena denominado “Manual de uso temporal y

aprovechamiento económico del espacio público de las murallas del centro histórico de

Cartagena de indias, bien de interés cultural del ámbito nacional e inscrito en la lista de

patrimonio mundial de la UNESCO”

Norma interna, no legitimada todavía, como resolución, acuerdo o decreto pero asumida por

Mincultura muy necesaria, valiosa y apoyamos, establece, todas la pautas de uso, aunque con

pequeños vacíos subsanables, donde se deben delimitar aún más, las características y escala de los

eventos contratados, contiene como parámetros de desarrollo de cualquier permiso, sobre este

espacio público monumental de las murallas, la capacidad de carga física y patrimonial de las

cuales se hicieron estudios técnicos profundos, patrimoniales de los bienes, estructurada en él,

asumidas por parte de los administradores de esas fortificaciones, en la que administrador actual de

las fortificaciones escogido por el Ministerio De Cultura, La Escuela Taller Cartagena De Indias

ETCAR, deberá siempre definir esas limitaciones y supervisión permanente, del uso de los mismos

espacios, basados en el manual, pero algunos casos recientes, pareciera que esto no quedo

completa y claramente establecida en el manual y el administrador debió definirlo, pero no se pudo

cumplir lo establecido, por falta de las herramientas de control y seguimiento que debieron quedar

establecidas en su manual.

El administrador se debe basar necesariamente en la información suministrada por el

contratista del evento, en este caso se hace menester que la Escuela Taller Cartagena De Indias

solicite con urgencia, un informe pormenorizado urgente del evento y anexe planos de los

eventos de amueblamiento de intervención y su afectación, dichos eventos deben contar con la

aprobación o concepto previo del Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural, ente

patrimonial competente, por estar involucradas además zonas verdes, plazas y calles de la ciudad y

las fortificaciones.

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En primera instancia y en segunda el Ministerio De Cultura de entrada, se resalta una

violación a los procedimientos que requerirían que el mismo fuera pasado a los entes competentes,

de contarse con esa aprobación, queda sin embargo amén de otros permisos consignados en el

manual como por ejemplo: Secretaria del interior, Espacio Público, EPA, entre otros esto

conlleva a una total descoordinación interinstitucional y cuyas facultades reales que

recaerían como debe ser en el IPCC, entre todos los entes competentes de distrito del cual el más

importante no se surtió. La no aprobación por parte del Comité técnico de patrimonio histórico

cultural de Cartagena, hace acreedor a sanción inmediata y suspensión del evento y

notificación a las autoridades pertinentes.

De acuerdo a lo anterior, sugerimos:

1. Se respeten las concurrencias de autoridades nacionales y distritales

MINCULTURA, DISTRITO, IPCC.

2. Que se vincule más a la comunidad cartagenera, la cual se reconoce e identifica

con los bienes del patrimonio cultural constituido por el centro histórico amurallado

de la ciudad, pero que no ha estado involucrada de manera activa en el cuidado y la

defensa de las construcciones que lo conforman.

3. Que se aborde con urgencia la revisión coordinada y concertada de todas las

instituciones de todo tipo de eventos con la dirección del IPCC, que tienen

injerencia en el centro histórico y sus fortalezas, de la normatividad y de las

competencias porque a que pesar de los diversos estudios realizados alrededor de

las fortificaciones y de la normatividad existente sobre el tema, estos bienes

patrimoniales continúan en riesgo y en muchas etapas de gestión sobre los citados

monumentos, el propio Estado y el gobierno local y las instituciones que de una u otra

manera trabajan en ello, hoy por hoy se han constituido en un factor de riesgo para

su mantenimiento

4. Solicitar con urgencia a la Escuela Taller Cartagena De Indias, como

administrador de estos bienes, eleven todas la solicitudes de eventos e

intervenciones en el ámbito de su competencia, al IPCC y al Comité Técnico de

Patrimonio, donde se anexen planos del proyecto de amueblamiento, y las

condiciones en que este se han dado y las diversas instancias que expiden otras

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aprobaciones necesarias coordinadas con el IPCC.

5. Escuela taller, explique la “forma” en que se está aplicando el “Manual de uso

temporal y aprovechamiento económico del espacio público de las murallas del

centro histórico de Cartagena de indias”.

6. Que los eventos deben contar con la aprobación o conceptos previos del

Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural, previamente que los demás

entes y no al contrario, para que se cumplan a cabalidad los procedimientos que

requerirían que los mismos sean enviados también a Mincultura, de contarse solo, con

esa aprobación queda sin embargo, no surtida, amén de otros permisos consignados

en el manual de procedimientos de la murallas como por ejemplo: Secretaria del

interior, Gerencia de Espacio Público, EPA, entre otros. Por lo tanto se notificara a los

administrados y realizadores de la apertura de investigación administrativa

sancionatoria.

7. La No aprobación por parte del Comité técnico de patrimonio histórico y cultural

de Cartagena de Indias, de realizarse, hace acreedor a sanción inmediata y

suspensión del evento y notificación a las autoridades pertinentes.

8. Que dicho manual de uso, se actualice y se asuma a través de resolución como

reglamento con fuerza de ley.

En consecuencia, el manejo del patrimonio material, cultural e histórico que representa

el propio sistema patrimonial en su conjunto, enfrenta el riesgo de ver tergiversadas dichas

significaciones, con la potencial consecuencia de seguir afrontando determinaciones

equivocadas o ajustadas a conveniencias políticas y económicas particulares, que afectan la

posibilidad de un proceso de gestión exitoso.

Hoy con estos bienes de interés cultural de ámbito nacional y de ámbito distrital (BICs), o

monumentos nacionales, se les administra desde Santa Fe de Bogotá y se gestionan como eventos

estatales aislados. De los otros BICs no militares como iglesias, casas, e instituciones, existe una

dicotomía administrativa y ésta es precisamente la que hoy, pone en riesgo todo el conjunto

monumental en su integridad, a pesar de ser un conjunto o centro histórico declarado como

“Patrimonio cultural de la humanidad” desde 1984 por la UNESCO, donde aún no existe un plan

especial de manejo y protección (PEMP) es un contrasentido. Este se trabaja desde el 2004, no

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está concluido y por supuesto, se encuentra sin aprobación, lo que vuelve aún más grave la

circunstancia, porque son dos estilos y modelos de mantenimiento y manejo que ya dejan ver

grandes diferencias conceptuales al interior del centro histórico. 2

Situación problémica.

En este período republicano o contemporáneo, el patrimonio ha sido fragmentado,

compartimentando y catalogado en grandes tipologías diferenciadas, que los excluye de muy

diversas formas, por ejemplo, en la forma de administrarlas solo se ve el patrimonio como un

producto comercial, como una marca a las que pocos tienen acceso. La posibilidad de su

aprovechamiento económico, donde pocos privilegiados, foráneos o no, toman las decisiones por los

cartageneros, o se las imponen; propicia un efecto negativo.

Hoy se ha perdido la capacidad de administrar o gestionar ese legado como lo desea la

mayoría de la comunidad residente en la zona y el resto de la ciudad. Este proceso degenerativo

es en sí, el mayor riesgo institucional que aqueja el patrimonio. Por tanto, el tema del patrimonio

cultural de los BICs de Cartagena de Indias debe ser abordado como un problema de alta urgencia

e importancia. 3

La capacidad de dar soluciones está condicionada por el tiempo, ya que las sinergias

ocasionadas por el turismo no cultural e inmobiliario y por la sociedad, tomó los barrios de

San Diego y La Catedral, y avanzan a pasos agigantados hacia el barrio de Getsemaní, otrora

símbolo de resistencia y libertad. Sus habitantes están siendo vulnerados y despojados de su

antiguo legado. Los pocos que quedan están siendo seducidos por el dinero, y abandonan

irreversiblemente sus raíces y se mudan a otros barrios de extramuros4.

Los residentes tradicionales con sus paradigmas, son reemplazados y desplazados por

nuevos moradores, que imponen sus costumbres ajenas y sus vicios sociales, afectando los

procesos de reconocimiento y de apropiación.

2. CABRERA CRUZ, Alfonso.” El patrimonio arquitectónico del sistema de fortificaciones de Cartagena de Indias, identidad y significado. Obra inédita, Primera entrega tesis doctoral Universidad De Granada, España 2014.

3. CABRERA CRUZ, Alfonso.” El patrimonio arquitectónico del sistema de fortificaciones de Cartagena de Indias, identidad y

significado. Obra inédita, Primera entrega tesis doctoral Universidad De Granada, España 2014.

4 CABRERA CRUZ, Alfonso.” El patrimonio arquitectónico del sistema de fortificaciones de Cartagena de Indias, identidad y significado. Obra inédita, Primera entrega tesis doctoral Universidad De Granada, España 2014,

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El espacio público patrimonial constituido por fortificaciones, plazas, avenidas, calles, parques,

espacios residuales, zonas verdes, duras, y blandas inmediatas a fortificaciones, hoy por hoy, no

cuentan con una adecuada gestión o administración, existen reglamentaciones parciales para

administrarlos por aprovechamiento económico, por la Gerencia De Espacio Público, Escuela

Taller, Apoyo Logístico Secretaria Del Interior, Comité De Espacio Público, DATT, Dimar,

Capitanía De Puertos, Corpoturismo entre otros participando todos, menos la única legitima

jurídica, qué es el IPCC, por normas contenidas en el Acuerdo 001 Del 2003, el resultado es la

improvisación, en la gestión de esos espacios, en la no muy clara intervención, restauración,

conservación y aprovechamiento de las mismas, casi sin restricciones.

Tamaño del centro histórico.

El centro histórico mide aproximadamente 100 hectáreas, contiene una parte de ese espacio público

con alguna regulación, no en su totalidad contenida en el decreto 0356, del 27 febrero 2015, el

centro con cerca de 60.000 mts cuadrados interiores, de plazas, las calles, de ese espacio de

donde el 40% es de zonas verdes, equivalentes a unos 24.000 mts cuadrados, dejando disponible

más de 36.000 mts.2 de zonas duras que admitirían algún tipo de gestión, para todo tipo de

eventos, dentro de la mesura y el respeto al entorno patrimonial. Según la norma existente el canon

mensual del metro cuadrado está cercano a los $103.000 mensual, lo que nos daría un canon

mensual máximo cercano a $370.000.000 solo para el tema de plazoletas y plazas, arrojaría al año

la posibilidad de +/- $3.888.000.000 anuales, sin contar las plazas principales, tales como: la

Aduana, Coches, San Francisco, Las Bóvedas, entre otras, la Matuna, por ejemplo.

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PARTE DE ESTE MISMO PROCESO ES EL ACEPTAR LAS INTERVENCIONES E INTROMISIONES

EN ESPACIOS PATRIMONIALES, MOVIENDO Y DESCONTEXTUALIZANDO ESCULTURAS DE

LA CIUDAD QUITÁNDOLAS Y PONIENDO OTRAS

Al respecto, el Comité expresa lo siguiente:

Sobre las intervenciones aleves y la demostración de que nuestro Espacio Público de

Cartagena está siendo pisoteado reiteradamente sacamos esta oportuna editorial.

“Si por Buenos Aires llueve y hay tempestad, en Cartagena, llovió, escampó, y nada

pasó. Aquí mudaron la estatua de Cristóbal Colón y nadie protestó. Con la pueril

excusa de que había que darle espacio a los grados de bachiller y a cuanto evento

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se produjera en la plaza de la Aduana, fue pasada de su sitio a otro lugar. El edificio

del Banco Popular, el entorno volumétrico y paisajístico que le sirve de fondo, no es

el más adecuado para promocionar a la ciudad, a través de los cientos de fotos que

a diario le toman los turistas extranjeros, y que envían por todo el mundo ”Aquí

impunemente fue pisoteada la Carta de Venecia a pesar de que el artículo 7º

establece que “el monumento es inseparable de la historia de que es testigo y del

lugar en que está ubicado. En consecuencia el desplazamiento de todo o parte de

un monumento no puede ser consentido nada más que cuando la salvaguarda del

monumento lo exija o cuando por razones de un gran interés nacional o

internacional lo justifiquen”.

Jorge Dávila Pestana Vergara, EL Universal.

Todos los artistas de Colombia desearían tener una obra en Cartagena y se han

inventado la manera de hacerlo y es consiguiendo un permiso de espacio público

para una muestra temporal y listo al final muestran su original intención del ego que

disfrazada de generosidad resuelve regalar a la ciudad una obra que nos endosa

en un sitio sin ningún dialogo con el contexto. A si sucedió con las escultura de un

festival que convoco Álvaro Restrepo, la de Héctor Lombana, Botero, su esposa

Sofía Vari, el papa en la plaza de la Proclamación y ahora este del escultor Vélez

en la plaza de San Pedro. Basta de atropellos a la ciudad !!!.

Eduardo Polanco.

Es conveniente que la ciudad, se reserve el derecho de invitar a que un escultor instale su obra en la

ciudad en espacios definidos por las autoridades patrimoniales y la comunidad. Debe haber un

consenso. Que el ciudadano común participe y no se convierta en un mausoleo indeseado de egos

inflamados. Como se reserva el derecho de admitir a alguien en una casa, debemos velar por el

futuro de nuestra ciudad patrimonial porque no quedara nada de ella para futuras generaciones.

La obra de Vélez no significa nada para la ciudad. Solo un trasnochado recuerdo de la escultura

tardomoderna y de la forma agresiva de su emplazamiento.

Parafraseando a Quevedo podemos afirmar:

Dos grandes satisfacciones los 32 escultores nos dan una cuando vienen y otra cuando se van.

Creo que primero hay que preguntar quién acepto el regalo?

Esa persona está imponiendo la escultura.

Quienes están apadrinando este regalo?

Eso no es decisión de una sola persona.

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El sitio escogido es inadecuado y contamina aún más un espacio que ya está saturado con la

piezas de otro escultor que ha aprovechado el espacio público como Edgardo Carmona, la obra de

Héctor Díaz, la escultura de Grau, las mesas del restaurante San Pedro, y cuanta paloma llegue a la

plaza, para que ahora saquen manteca con este cenit, ni hablar de las carpas de plásticos en la

plaza de los coches.

Como Cartageneros nos oponemos a las instalaciones en espacio público de piezas. Esculturas y

otro tipo de Obras, como están apareciendo en las paredes del centro histórico “pinturas de

expresión cultural” inconsultamente e indiscriminadamente, sobre edificaciones en buen y en mal

estado, así sean regaladas por sus actores o patrocinadores.

Cartagena no es solo el Centro Amurallado e Histórico, porque no la instalan en la rotonda de la

Bomba del Amparo o en el paradero de Transcaribe en el Gallo o la Terminal De Transporte, o la

entrada de Mamonal o zona verde arriba del túnel de Crespo, eso también es Cartagena.

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CONCEPTO N° 2

SOBRE EL FORTALECIMIENTO Y RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL DEL IPCC Y EL

COMITÉ TECNICO DE PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS.

Dentro de las Actas de Comité técnico de patrimonio histórico y cultural de Cartagena n°s 13,14 y

15 del de octubre y noviembre de 2016.

Con el interés de analizar el patrimonio arquitectónico cultural la ciudad constituido por las

fortificaciones, arquitectura doméstica, institucional, religiosa de la ciudad de Cartagena de Indias

proponemos el fortalecimiento y reconocimiento institucional del IPCC y del Comité Técnico

de patrimonio histórico y cultural de Cartagena de indias y que, a través de estos, se fomente

un sano proceso de gestión orientada a la reconstrucción de su identidad y significación social,

reafirmando la importancia del legado de estas edificaciones y de su importancia en el contexto de la

propia ciudad.

La propuesta de fortalecimiento del IPCC, indispensable para el éxito de toda su gestion, su

objeto misional y sus nuevas responsabilidades con el PEMP.

A. Dentro de la Jefatura de patrimonio se hace la necesidad urgente de contar con de cinco

(5) oficinas de coordinación y gestión que procuren la máxima eficacia e idoneidad en las

actuaciones para cada una de las funciones y objetivos trazados por la Subdirección con esto, la

estructura que se adopte deberá tener en cuenta de forma mínima la siguiente organización:

El jefe de la oficina de patrimonio, con una orientación gerencial con un alto nivel de

formación y experiencia con profesionales especializados, masters y doctorados en temas

de patrimonio, con trayectoria en este tema altamente técnico y especializado, que se

apoyara en la trayectoria de sus cinco coordinadores que gerencia, todos cada uno de los

aspectos más críticos y relevantes de esa dependencia. Llevará a cabo la planeación,

organización y direccionamiento de las acciones y funciones formuladas a cumplir por cada

oficina, cada una tendrá responsabilidades y competencias propias. El subdirector será la

segunda instancia en temas jurídicos. El control lo tendrá una sola oficina reforzada con

todo el aparato jurídico, para impartir un control idóneo en los diferentes temas, en los

objetivos generales de la división, orientando al personal al cumplimiento cabal de la visión

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y misión de tan importante unidad de apoyo a la protección del patrimonio. Su función se

cumplirá apoyada en las siguientes coordinaciones:

1. La Oficina de gestión del patrimonio cultural material e inmaterial, constituida por

patrimonio arquitectónico y fortificado PEMP.

2. La Oficina de Coordinación de Proyectos. Recibirá, revisará, validará y organizará los

proyectos de intervención que deban obtener vistos buenos para su ejecución dentro de las

competencias del IPCC, así como los que deban pasar a estudio del Comité Técnico de Revisión de

Proyectos para su concepto, según directrices del reglamento interno de proyectos.

3. La Oficina de Coordinación de Investigación Documentación, Divulgación e Inventarios de

Muebles e Inmuebles. Gestionará y ejecutará proyectos y programas de protección al patrimonio,

así como identificará y llevará procesos de declaratorias posibles para protección de inmuebles aún

no declarados; formulará y ejecutará programas y proyectos para la identificación y protección del

patrimonio inmaterial de acorde con las políticas fijadas por el Ministerio de Cultura; formulará y

ejecutará programas y proyectos de divulgación para la protección al patrimonio, y procurará la

coordinación de los mismos con las demás instancias de competencia concurrente.

4. La Oficina de Coordinación y Control Urbano Patrimonial Inmueble. Formulará, sancionara y

ejecutará los procesos administrativos sancionatorios y ejecutara los programas de control en el

Centro Histórico y su Zona de Influencia, llevando a cabo un monitoreo periódico y constante de las

obras en curso dentro de su competencia, generando informes oportunos y certeros para el

desarrollo de los procesos sancionatorios a través de la División Jurídica. De la misma forma,

realizará un monitoreo constante del estado de conservación de los BIC ya declarados, con miras a

ejercer un control directo y restrictivo a las personas obligadas a su efectuar su conservación.

5. La Oficina Coordinación y Administración de Bienes Culturales del Fondo Documental de

Patrimonio Material y Arqueológico. Llevará el registro documental de todas las actividades

generadas por las demás coordinaciones del IPCC, organizando la información de manera

metodológica y científica, de forma que se constituya en una oficina de referencia en el plano

archivístico histórico. A través de esta coordinación, se procurarán ingresos propios con destino a los

proyectos de investigación, al propiciar la venta de servicios y material bibliográfico para los usuarios

en general.

Page 16: patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad

CONCEPTO N° 3

SOBRE LA NO INTERVENCIÓN DE LOS LIENZOS DE MURALLAS CON GRAVES

FISURAMIENTOS Y PATOLOGÍAS

Dentro de las Actas de Comité técnico de patrimonio histórico y cultural de Cartagena n°s 13,14 y

15l de octubre y noviembre de 2016.

Con el interés de analizar el patrimonio arquitectónico cultural la ciudad constituido por las

fortificaciones, arquitectura doméstica, institucional, religiosa de la ciudad de Cartagena de Indias

hacemos unas observaciones técnicas sobre las intervenciones y obras sobre las fortificaciones y

que atraves de e su exitosa conservación se fomente un sano proceso de gestión orientada a la

reconstrucción de su identidad y significación social, reafirmando la importancia del legado de estas

edificaciones y de su importancia en el contexto de la propia ciudad.

GETSEMANI AVENIDA DEL PEDREGAL: CARTAGENA DE INDIAS

En el recorrido por esta zona se pueden observar algunas zonas de remodelación que no

cumplen con los estándares culturales de patrimonio histórico, ya que allí se utilizaron secciones de

piedra coralina cortadas en Forma Mecánica, lo que dejaba ver una singularidad en las secciones

de la muralla, las argamasas son de apariencia cementosa, deben ser totalmente asumidas 100%,

con cal, arena y los agregados.

Page 17: patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad

CONCEPTO N° 4

SOBRE LA INCONVENIENCIA DE PLANTEAR UN NUEVO ENTE PARA LA ADMINISTRACIÓN

DE LOS DESTINOS DEL PATRIMONIO CULTURAL INMUEBLE DE LA CIUDAD.

Dentro de las Actas de Comité técnico de patrimonio histórico y cultural de Cartagena n°s 13,14 y

15 de octubre y noviembre de 2016.

Con el interés de analizar el patrimonio arquitectónico cultural la ciudad constituido por las

fortificaciones, arquitectura doméstica, institucional, religiosa de la ciudad de Cartagena de Indias

proponemos el fortalecimiento y reconocimiento institucional del IPCC y del Comité Técnico

de patrimonio histórico y cultural de Cartagena de indias, que a través de estos, se fomente un

sano proceso de gestión, orientada a la reconstrucción de su identidad y significación social,

reafirmando la importancia del legado de estas edificaciones y de su importancia en el contexto de la

propia ciudad.

Nos manifestamos sobre la inconveniencia de plantear un nuevo o revivir un viejo ente, para la

administración de los destinos del patrimonio cultural inmueble de la ciudad ante las actuales

circunstancias de caos y que no estuvo nunca a la altura de las circunstancias, atribuido entre otras

cosas, a la multiplicidad de autoridades de que intervienen el centro histórico, teniendo a las claras

que una, cuenta con esas funciones asignadas, no se entiende, el porqué de abrir la puerta de otro

nuevo o viejo, por parte de la administración actual, con el que se hace a sí mismo un reconociendo

de su ineficiencia, por esa diversidad de competencias diluidas, entre muchos entes, sin reconocer e

intentar el fortalecimiento y reconocimiento, institucional del IPCC y el Comité Técnico de

Patrimonio Histórico y Cultural de Cartagena de Indias, concebidos para ello en el marco del

Acuerdo 001 de 2003.

Todos o muchos de los aspectos que hoy nos aquejan, estarían resueltos por esa

reglamentación existente y no se debe crear la falsa sensación, de que se está haciendo algo, al

esbozar o anunciar la creación o resucitación de un ente de gestión para el Centro Histórico, si ni

siquiera el que ha sido creado para ello, ha sido fortalecido premeditadamente de la forma

necesaria, ¿Qué les hace creer, que con una nueva y dudosa alternativa, se van lograr en

corto tiempo, lo que no se ha querido hacer en 13 años de la existencia de un famélico IPCC?

Page 18: patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad

Como Comité Técnico, NOS OPONEMOS a esta estrategia, sin intentar siquiera hacer el

verdadero Plan de Fortalecimiento Institucional del IPCC y de la División de Patrimonio en particular,

ya se ha planteado ante su junta directiva esa idea. Creemos, pues, que se trata entonces, de

profundizar más la herida hacía del “desmanejo” del Centro Histórico de Cartagena.

Como Comité Técnico, ente asesor de la Alcaldía de Cartagena, sugerimos muy

respetuosamente asumir lo que está dentro del marco ley, las funciones asignadas por la normas

nacionales y locales, pensar lo contrario es exponer al Centro Histórico a más riesgos y vacíos

innecesarios, de los que ya se están corriendo, con la incertidumbre de una posible privatización

del espacio patrimonial de uso público, a través de un posible ente mixto, sin la aplicación de

las normas de patrimonio y los manuales de uso temporal de las fortificaciones, que no se están

aplicando a cabalidad, se está manejando la ciudad como si fuéramos proxenetas de la cultura y

del patrimonio al mejor postor.

OLIMPO VERGARA

Representante del Alcalde – Presidente

JORGE DÁVILA PESTANA

Representante de la Academia De Historia De Cartagena

JORGE ROCHA RODRÍGUEZ

Representante de las Residentes del centro histórico De Cartagena

ROSA E. BARRETO OLIVEROS

Representante de las Facultades De Arquitectura

PEDRO IBARRA JIMÉNEZ

Representante de la Sociedad Colombiana de Arquitectos Bolívar

Page 19: patrimonial de uso público del centro histórico de la ciudad

EDUARDO POLANCO

Representante de los Museos de Cartagena

ALFONSO CABRERA

Secretario del Comité Técnico de Patrimonio