No. 248 abril 10 de 2017

15
PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 21, Torre A, piso 15, Bogotá No. 248 abril 10 de 2017 ANUNCIO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE COMISIONISTAS DE ENTIDADES ESTATALES - MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS “El presente aviso tiene propósitos informativos, razón por la cual, la Bolsa actúa como simple medio de difusión. En consecuencia, el contenido del mismo, es de exclusiva responsabilidad de la Entidad Estatal que acude al MCP”. INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD IDIPRÓN INFORMA: Que el día lunes 17 de abril de 2017, a las 11:30 A.M. se llevará a cabo en la Sala de Ruedas de la Bolsa, ubicada en la calle 113 # 7-21 Torre A piso 15 en la ciudad de Bogotá, el proceso por medio del cual se seleccionará a la firma comisionista que actuará por cuenta del INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD IDIPRÓN , en sus compras de los siguientes productos en el Mercado de Compras Públicas MCP de la Bolsa. Las Sociedades Comisionistas de Bolsa podrán presentar Solicitud de Inscripción a más tardar al primer día hábil siguiente a la publicación antes de las 11:00 A.M. fecha que corresponde al martes 11 de abril de 2017, en la Vicepresidencia de Operaciones. La Bolsa revisará y evaluará la información radicada oportunamente por las Sociedades Comisionistas miembro para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes aplicables, e informará el resultado de tal análisis a mas tardar a las 05:00 P.M del mismo día, las sociedades comisionistas que hayan sido informados de observaciones en la revisión, podrán subsanar las irregularidades advertidas e informadas a más tardar a las 02:00 P.M del día hábil anterior a la rueda de selección es decir el día miércoles 12 de abril del año en curso, mediante la radicación de los documentos correspondientes en la Vicepresidencia de Operaciones de la Bolsa. Lo anterior, de conformidad con el contenido del artículo 3.1.2.5.4.1 de la Circular Única de Bolsa. El horario para ingreso de la comisión será: Fecha: lunes 17 de abril de 2017, Hora: 11:11 a.m. 11:21 a.m. Lo anterior según Boletín Normativo # 16 Circular # 11, Publicado el miércoles 16 de Noviembre de 2011.

Transcript of No. 248 abril 10 de 2017

Page 1: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

ANUNCIO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE COMISIONISTAS DE ENTIDADES

ESTATALES - MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS

“El presente aviso tiene propósitos informativos, razón por la cual, la Bolsa actúa como simple medio de

difusión. En consecuencia, el contenido del mismo, es de exclusiva responsabilidad de la Entidad Estatal que

acude al MCP”.

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD – IDIPRÓN

INFORMA:

Que el día lunes 17 de abril de 2017, a las 11:30 A.M. se llevará a cabo en la Sala de Ruedas de la Bolsa,

ubicada en la calle 113 # 7-21 Torre A piso 15 en la ciudad de Bogotá, el proceso por medio del cual se

seleccionará a la firma comisionista que actuará por cuenta del INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN

DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD – IDIPRÓN , en sus compras de los siguientes productos en el Mercado de

Compras Públicas – MCP de la Bolsa.

Las Sociedades Comisionistas de Bolsa podrán presentar Solicitud de Inscripción a más tardar al primer día

hábil siguiente a la publicación antes de las 11:00 A.M. fecha que corresponde al martes 11 de abril de

2017, en la Vicepresidencia de Operaciones.

La Bolsa revisará y evaluará la información radicada oportunamente por las Sociedades Comisionistas

miembro para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes aplicables, e informará el resultado de

tal análisis a mas tardar a las 05:00 P.M del mismo día, las sociedades comisionistas que hayan sido

informados de observaciones en la revisión, podrán subsanar las irregularidades advertidas e informadas a

más tardar a las 02:00 P.M del día hábil anterior a la rueda de selección es decir el día miércoles 12 de abril

del año en curso, mediante la radicación de los documentos correspondientes en la Vicepresidencia de

Operaciones de la Bolsa.

Lo anterior, de conformidad con el contenido del artículo 3.1.2.5.4.1 de la Circular Única de Bolsa.

El horario para ingreso de la comisión será:

Fecha: lunes 17 de abril de 2017,

Hora: 11:11 a.m. – 11:21 a.m.

Lo anterior según Boletín Normativo # 16 Circular # 11,

Publicado el miércoles 16 de Noviembre de 2011.

Page 2: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

1. Bienes, productos y/o servicios objeto de contratación

LOTE A: CARNES Y DERIVADOS

DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD

TOTAL

PRECIO

MAXIMO POR

UNIDAD DE

MEDIDA

CODIGO

UNSPSC

GRUPO I CARNES Y DERIVADOS

1 Callo KILOGRAMO 1.663,00 $ 12.856 50111527

2 Carne de cerdo KILOGRAMO 19.295,00 $ 14.645 50111514

3 Carne de res chatas/lomo ancho KILOGRAMO 60,00 $ 25.858 50111513

4 Carne Gulasch KILOGRAMO 10.783,00 $ 14.200 50111513

5 Carne molida KILOGRAMO 21.176,00 $ 12.906 50111513

6 Carne pulpa de res KILOGRAMO 58.681,00 $ 17.435 50112005

7 Chorizo KILOGRAMO 1.909,00 $ 13.636 50112005

8 Huesos de ternera KILOGRAMO 20,00 $ 3.615 50111527

9 Jamón KILOGRAMO 810,00 $ 13.119 50112005

10 Lomo de cerdo KILOGRAMO 40,00 $ 18.083 50111514

11 Lomo de cerdo casero KILOGRAMO 500,00 $ 36.000 50112009

12 Lomo fino de res KILOGRAMO 60,00 $ 36.517 50111513

13 Morcilla KILOGRAMO 1.889,00 $ 10.588 50112005

14 Pavo relleno KILOGRAMO 500,00 $ 38.117 50112011

15 Salchicha KILOGRAMO 4.259,00 $ 10.374 50112005

16 Sobrebarriga KILOGRAMO 5.554,00 $ 12.645 50111527

17 Tocineta ahumada KILOGRAMO 15,00 $ 19.209 50111514

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 1.966.430.291,00

LOTE B: POLLO

GRUPO II POLLO

1 Pechuga KILOGRAMO 31.871,00 $ 8.370 50111515

2 Pierna KILOGRAMO 9.190,00 $ 7.524 50111515

3 Pernil KILOGRAMO 10.869,00 $ 6.348 50111515

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 404.902.242,00

LOTE C: PESCADO

GRUPO III PESCADO

1 Almeja KILOGRAMO 15,00 $ 14.871 50121612

2 Anillos de calamar KILOGRAMO 15,00 $ 24.136 50121612

3 Camarón tigre KILOGRAMO 20,00 $ 35.469 50121612

4 Cascara de langosta o langostino KILOGRAMO 15,00 $ 10.509 50121612

5 Rodaja de bagre X 200 Gramos KILOGRAMO 3.670,00 $ 16.290 50121539

6 Filete de Merluza KILOGRAMO 40,00 $ 15.958 50121537

7 Mojarra X 250 Gramos KILOGRAMO 4.587,00 $ 12.889 50121539

8 Palmitos KILOGRAMO 15,00 $ 11.247 50121612

9 Pulpo baby KILOGRAMO 30,00 $ 26.477 50121612

Page 3: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 121.958.635,84

LOTE D: LACTEOS Y QUESOS

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD

TOTAL

PRECIO

MAXIMO POR

UNIDAD DE

MEDIDA

CODIGO

UNSPSC

GRUPO IV LACTEOS UNIDAD

1 Bebida con Avena UNIDAD X 200

ml

44.574,00 $ 771 50131700

2 Kumis UNIDAD X 200

ml

51.758,00 $ 681 50131700

3 Leche Ultrapasteurizada UNIDAD X

1000 ml

131.787,00 $ 2.436 50131700

4 Leche saborizada UNIDAD X 200

ml

65.158,00 $ 776 50131700

5 Yogurt UNIDAD X 200

ml

69.728,00 $ 704 50131700

GRUPO V QUESO

6 Queso campesino semidescremado KILOGRAMO 1.957,00 $ 13.645 50131810

7 Queso costeño KILOGRAMO 100,00 $ 16.206 50131801

8 Queso doble crema KILOGRAMO 7.876,00 $ 16.267 50131802

9 Queso doble crema tajado KILOGRAMO 294,00 $ 19.044 50131802

10 Queso parmesano BOLSA X 250

GR

566,00 $ 20.735 50131802

11 Queso pera UNIDAD X 40

GR

54.278,00 $ 1.900 50131802

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 767.203.907,00

LOTE E: HUEVOS; MERIENDA; ABARROTE; FRUVER; DULCERIA

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD

TOTAL

PRECIO

MAXIMO POR

UNIDAD DE

MEDIDA

CODIGO

UNSPSC

GRUPO VI HUEVO UNIDAD

1 Huevo UNIDAD X 56,5

GR +/- 3GR

TIPO A

313.854,00 $ 336 50131612

GRUPO VII MERIENDAS

2 Arequipe Tarrito X 50 gr 22.862,00 $ 635 50161800

3 Bocadillo veleño Unidad X 30 gr 144.972,00 $ 260 50161800

4 Brownie relleno de arequipe y cubierto

de chocolate

Unidad X 70 gr 39.728,00 $ 1.279 50182001

5 barra de granola Unidad x 23 gr 15.815,00 $ 594 50221202

6 Chocolatina de leche Unidad X 12 gr 99.687,00 $ 335 50161813

7 Cocada Blanca Unidad X 30 gr 118.545,00 $ 362 50161800

8 Galleta de avena Unidad X 30 gr 20.903,00 $ 544 50181909

9 Galleta integral con miel Unidad X 32 gr 26.266,00 $ 485 50181909

10 Galleta Integral Unidad X 28 gr 19.941,00 $ 485 50181909

11 Galleta rellena de crema Unidad x 34 g 20.903,00 $ 485 50181905

Page 4: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

12 Galleta salada Unidad X 28 gr 26.082,00 $ 406 50181909

13 Galletas waffer Unidad X 28 gr 21.041,00 $ 398 50181905

14 Herpo Unidad X 30 gr 74.865,00 $ 352 50181905

15 Helado Vaso X 50 gr 28.065,00 $ 1.036 50192303

16 Jugos industrializados Unidad X 200 ml 112.995,00 $ 886 50202306

17 Liberal Unidad X 70 gr 19.941,00 $ 749 50161800

18 Masmelo Unidad X 17 gr 12.411,00 $ 386 50182001

19 Mezcla de maní con pasas Unidad x 50 gr 20.903,00 $ 1.361 50221101

20 Panelita de leche Unidad X 30 gr 20.818,00 $ 367 50161800

21 Papa frita Industrializada Unidad X 115 gr 458,00 $ 2.306 50182001

22 Ponqué cubierto de chocolate Unidad X 70 gr 22.943,00 $ 1.109 50182001

23 Ponqué sabores surtidos*60 Unidad X 60 gr 55.090,00 $ 965 50182001

24 Ponqué sabores surtidos*32 Unidad X 30 gr 62.454,00 $ 621 50182001

25 Rollito de arequipe Unidad X 30 gr 41.636,00 $ 449 50161800

26 Rollito de bocadillo con arequipe Unidad X 30 gr 41.636,00 $ 448 50161800

27 torta de queso Unidad X 85 gr 26.013,00 $ 1.336

GRUPO VIII ABARROTE

28 Aceite Bidón X 20 litros 1.236,00 $ 94.085 50460000

29 Aceite de ajonjolí Unidad X 200 ml 30,00 $ 18.919 10151606

30 Aceite de oliva Unidad X 500 gr 48,00 $ 14.092 50151513

31 Aceitunas Unidad X 125 gr 40,00 $ 2.672 50460000

32 Achiote en polvo Unidad X 500 gr 2,00 $ 13.620 50460000

33 Ajonjolí Unidad x 250 gr 77,00 $ 3.952 10151606

34 Alcaparras Unidad X 125 gr 294,00 $ 5.737 50460000

35 Almendras enteras Unidad x 250 gr 10,00 $ 15.402 10151606

36 Arequipe Unidad X 5 kg 22,00 $ 30.324 50161509

37 Arroz Bulto X 50 kg 1.624,00 $ 173.095 50221001

38 Arroz arborio Unidad X 454 gr 30,00 $ 15.452 50221001

39 Arroz para sopa Unidad X 500 gr 879,00 $ 1.819 50221001

40 Arveja verde seca Unidad x 1 kg 4.928,00 $ 3.425 50221001

41 Atún en Agua Unidad X 1780

gr

3.008,00 $ 40.931 50467007

42 Avena Unidad X 500 gr 2.601,00 $ 2.688 50221002

43 Avena Instantánea sabores surtidos Unidad X 380 gr 483,00 $ 8.568 50221002

44 Azúcar Bulto X 50 kg 822,00 $ 157.789 50161814

45 Bebida achocolatada en polvo Unidad x 1 kg 536,00 $ 18.194 50161511

46 Bocadillo Arroba 26,00 $ 65.361 50161800

47 Café Unidad X 500 gr 3.429,00 $ 7.963 50201706

48 Canela Unidad X 500 gr 153,00 $ 43.553 50171550

49 Cebada perlada Unidad X 500 gr 1.205,00 $ 2.600 50221002

50 Cereal de maicena hojuelas azucarado Unidad X 500 gr 2.338,00 $ 15.877 50221002

51 cereal de arroz inflado sabor a chocolate Unidad X 500 gr 1.545,00 $ 14.150 50221201

52 cereal en forma de anillos de trigo, avena

y maíz sabor a frutas

Unidad X 500 gr 793,00 $ 14.295 50221201

53 Cerezas Marrasquino Unidad X 125 gr 796,00 $ 3.433 50161511

54 Chocolate para mesa Unidad X 500 gr 1.604,00 $ 4.682 50161511

Page 5: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

55 Ciruelas pasas sin semillas Unidad x 1 kg 6,00 $ 20.608 50221002

56 Cobertura chocolate blanco Unidad x 1 kg 20,00 $ 13.441 50161511

57 Cobertura chocolate negro Unidad x 1 kg 20,00 $ 13.441 50131700

58 Coco deshidratado Unidad x 1 kg 24,00 $ 11.397 50161511

59 Color Unidad X 500 gr 200,00 $ 6.483 50161511

60 Colorantes para alimentos en agua en

gotero

Unidad X 80 gr

C/U

2,00 $ 9.431 50161511

61 Comino Unidad x 250 gr 4,00 $ 7.543 50161511

62 Crema de leche Unidad X 295 gr 13.210,00 $ 7.348 50131700

63 Crema Vegetal Liquida para batir,

decorar y rellenar pasteles

Unidad x 1 litro 80,00 $ 14.688 50221002

64 Cuchuco de maíz Unidad X 500 gr 1.280,00 $ 2.033 50221002

65 Cuchuco de trigo Unidad X 500 gr 2.331,00 $ 1.994 50221002

66 Cúrcuma Unidad X 500 gr 2,00 $ 19.319 50181700

67 Duraznos en Almíbar Unidad X 320 gr 20,00 $ 7.095 50221303

68 Esencia Unidad X 500 gr 231,00 $ 11.613 50181700

69 Estragón Unidad X 10 gr 50,00 $ 3.283 50221303

70 Fécula de maíz Unidad X 1 kg 172,00 $ 5.223 50192901

71 Fideos Unidad x 250 gr 4.179,00 $ 1.059 50192901

72 Fresco instantáneo con edulcorante Unidad x 1 kg 156,00 $ 8.113 50131700

73 Frijol cabeza negra Unidad x 1 kg 636,00 $ 5.477 50221001

74 Frijol rojo Unidad x 1 kg 4.501,00 $ 9.275 50192404

75 Fruta cristalizada Unidad X 1 kg 52,00 $ 9.234 50192404

76 Garbanzo Unidad x 1 kg 1.275,00 $ 7.256 50221001

77 Gelatina de polvo Unidad X 1 kg 851,00 $ 10.377 50192400

78 Gelatina sin sabor Unidad X 30 gr 100,00 $ 1.819 50192400

79 Grasa aliñada Unidad X 15 kg 230,00 $ 63.136 50150000

80 Harina de buñuelos Unidad x 1 kg 100,00 $ 5.827 50221303

81 Harina de maíz amarillo Unidad X 500 gr 669,00 $ 1.927 50221303

82 Harina de maíz blanco precocido Unidad x 1 kg 4.532,00 $ 3.440 50221303

83 Harina de trigo Unidad x 1 kg 1.747,00 $ 2.755 50221303

84 Harina de trigo X 50 KG Bulto X 50 kg 260,00 $ 126.323 50221303

85 Jengibre molido Unidad X 20 gr 4.982,00 $ 1.815 50171500

86 Leche condensada Unidad X 400 ml 2.361,00 $ 6.427 50171500

87 Leche de coco Unidad X 400 ml 30,00 $ 8.728 50360000

88 Lenteja Unidad x 1 kg 1.252,00 $ 7.553 50221001

89 Levadura seca Unidad X 500 gr 297,00 $ 6.484 50192901

90 Maíz mute precocido Unidad x 1 kg 1.612,00 $ 4.484 50192901

91 Maíz peto (blanco trillado) Unidad X 500 gr 6.331,00 $ 2.024 50192901

92 Maíz pira Unidad X 500 gr 934,00 $ 1.916 50192901

93 Maní Unidad X 5 kg 8,00 $ 48.397 50101716

94 Margarina de cocina Unidad X 500 gr 4.628,00 $ 8.637

95 Mayonesa Unidad X 3800

ml

422,00 $ 31.472 50171800

96 Miel Unidad X 1 Litro 12,00 $ 8.924 50171800

97 Mostaza Unidad X 3800

ml

49,00 $ 24.959 50161500

98 Nuez moscada Unidad X 15 gr 100,00 $ 8.202 50192901

99 Panela Unidad X 500 gr 18.110,00 $ 2.402 50192403

100 Paprika Unidad X 500 gr 2,00 $ 33.857 50101716

Page 6: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

101 Pasta de tomate Unidad x 250 gr 60,00 $ 5.045 50171800

102 Pasta para lasaña Unidad X 500 gr 1.026,00 $ 7.284 50171500

103 Pasta para seco (espagueti) Unidad X 500 gr 5.079,00 $ 1.967 50171500

104 Pasta para sopa (conchas) Unidad x 250 gr 3.882,00 $ 1.119 50171500

105 Pimienta molida Unidad X 500 gr 10,00 $ 13.997 50171500

106 Pimienta negra Unidad X 500 gr 4,00 $ 18.682 50171500

107 Polvo curry Unidad X 500 gr 2,00 $ 18.248 50171500

108 Polvo para hornear Unidad x 1 kg 46,00 $ 11.581 50181700

109 Quinua Unidad x 1 kg 92,00 $ 16.583 10151613

110 Sal Bulto X 50 kg 85,00 $ 40.872 50171800

111 Salsa de soya Unidad X 1 kg 475,00 $ 11.361 50171800

112 Salsa de tomate Unidad X 3800

ml

473,00 $ 25.660 50171800

113 Salsa inglesa Unidad X 1 Litro 16,00 $ 6.659 50171800

114 Salsa negra Unidad X 1 Litro 98,00 $ 7.480 50171800

115 Salsa teriyaki Unidad X 1 Litro 2,00 $ 13.544 50171800

116 Sardina Unidad x 425 gr 3.453,00 $ 5.116 50121538

117 Tintura de caramelo Unidad X 5000

ml

13,00 $ 67.119 50171800

118 Tostadas Industrializadas Unidad x 350 gr 9.382,00 $ 5.003 50323500

119 Uvas pasas Unidad x 1 kg 567,00 $ 11.823 50323500

120 Vinagre Unidad X 1 Litro 644,00 $ 4.436 50171707

GRUPO IX FRUVER

121 Aguacate KILOGRAMO 11.508,00 $ 5.117 50401736

122 Ahuyama KILOGRAMO 8.855,00 $ 1.263 50406700

123 Ajo KILOGRAMO 1.465,00 $ 9.334 50403800

124 Albahaca KILOGRAMO 2,00 $ 4.851 50407201

125 Apio KILOGRAMO 1.358,00 $ 1.449 50407201

126 Arracacha KILOGRAMO 6.004,00 $ 3.261 50407201

127 Arveja verde KILOGRAMO 3.804,00 $ 10.390 50405400

128 Banano KILOGRAMO 16.902,00 $ 2.051 50301700

129 Brócoli KILOGRAMO 720,00 $ 4.104 50400000

130 Calabaza KILOGRAMO 4.159,00 $ 1.482 50406300

131 Cebolla cabezona KILOGRAMO 13.137,00 $ 3.497 50405305

132 Cebolla común tallo KILOGRAMO 15.565,00 $ 3.294 50405300

133 Cebolla puerro KILOGRAMO 12,00 $ 3.847 50405300

134 Champiñones KILOGRAMO 385,00 $ 17.692 50404106

135 Cilantro KILOGRAMO 2.013,00 $ 3.778 50404106

136 Ciruela KILOGRAMO 5.915,00 $ 9.298 50305700

137 Coco KILOGRAMO 40,00 $ 4.874 50307008

138 Coliflor KILOGRAMO 2.775,00 $ 3.367 50402610

139 Curuba KILOGRAMO 3.253,00 $ 2.567 50305201

140 Espinaca KILOGRAMO 6.543,00 $ 3.151 50406201

141 Fresa KILOGRAMO 21.164,00 $ 5.699 50306700

142 Frijol verde KILOGRAMO 54,00 $ 4.381 50401824

143 Granadilla KILOGRAMO 3.866,00 $ 5.228 50305205

144 Guanábana KILOGRAMO 16.684,00 $ 4.222 50307035

145 Guascas KILOGRAMO 455,00 $ 4.369 50404100

146 Guayaba KILOGRAMO 12.536,00 $ 2.952 50307045

Page 7: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

147 Habas KILOGRAMO 108,00 $ 5.078 50407000

148 Habichuela KILOGRAMO 9.420,00 $ 3.161 50405904

149 Hierbas aromáticas KILOGRAMO 109,00 $ 3.267 50404100

150 Laurel KILOGRAMO 28,00 $ 8.118 50404102

151 Lechuga KILOGRAMO 3.284,00 $ 2.182 50404621

152 Lechuga crespa KILOGRAMO 1.421,00 $ 4.425 50404600

153 Limón KILOGRAMO 7.108,00 $ 2.399 50304100

154 Lulo KILOGRAMO 17.499,00 $ 4.324 50405103

155 Mandarina KILOGRAMO 15.350,00 $ 3.156 50304503

156 Mango KILOGRAMO 17.915,00 $ 3.344 50304503

157 Manzana royal gala KILOGRAMO 7.029,00 $ 5.495 50301525

158 Maracuyá KILOGRAMO 25.317,00 $ 4.105 50305200

159 Mazorca (maíz choclo) KILOGRAMO 16.626,00 $ 4.005 50403200

160 Melón KILOGRAMO 2.934,00 $ 2.980 50304600

161 Mora KILOGRAMO 18.596,00 $ 4.287 50307013

162 Naranja KILOGRAMO 9.379,00 $ 1.775 50305043

163 Orégano KILOGRAMO 1,00 $ 6.999 50307045

164 Papa común KILOGRAMO 142.011,00 $ 2.271 50405702

165 Papa criolla KILOGRAMO 38.698,00 $ 2.991 50405706

166 Papaya KILOGRAMO 14.364,00 $ 2.504 50305102

167 Papayuela KILOGRAMO 1.063,00 $ 3.955 50305104

168 Pepino cohombro KILOGRAMO 6.043,00 $ 2.008 50403405

169 Pepino de rellenar KILOGRAMO 1.597,00 $ 2.475 50407000

170 Pera KILOGRAMO 9.851,00 $ 5.368 50305411

171 Perejil crespo KILOGRAMO 538,00 $ 4.322 50404100

172 Pimentón KILOGRAMO 1.556,00 $ 3.450 50405614

173 Piña KILOGRAMO 14.914,00 $ 1.763 50305608

174 Plátano colicero KILOGRAMO 1.688,00 $ 1.994 50307025

175 Plátano hartón maduro KILOGRAMO 22.427,00 $ 2.220 50307025

176 Plátano hartón verde KILOGRAMO 26.138,00 $ 2.220 50307025

177 Raíces chinas KILOGRAMO 459,00 $ 3.904 50407000

178 Remolacha KILOGRAMO 1.668,00 $ 1.288 50401922

179 Repollo blanco (hojas verdes) KILOGRAMO 2.254,00 $ 1.131 50402304

180 Romero KILOGRAMO 2,00 $ 7.093 50402304

181 Tomate milano KILOGRAMO 34.224,00 $ 3.538 50406500

182 Tomate de árbol KILOGRAMO 14.829,00 $ 2.779 50307000

183 Tomillo KILOGRAMO 36,00 $ 7.946 50404125

184 Uva KILOGRAMO 500,00 $ 5.776 50303400

185 Yuca KILOGRAMO 22.844,00 $ 2.356 50407070

186 Zanahoria KILOGRAMO 20.290,00 $ 1.647 50402500

GRUPO X DULCERIA

187 Bom bom de caramelo duro, con sabor a

frutas, relleno de chicle

BOLSA X 24

UNIDADES DE

19 GRAMOS

APROX CADA

UNO

390,00 $ 7.063 50161800

188 Chocolatina de leche con maní entero CAJA

PLEGADIZA X

24 UNIDADES

DE 40

GRAMOS

390,00 $ 8.744 50161813

Page 8: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

CADA

189 Chocolatina de leche CAJITAS X 50

UNIDADES X

12 GRAMOS

CADA UNA

390,00 $ 8.744 50161813

190 Chocolatina de leche con trozos de

galletas

UNIDAD X 113

GRAMOS

1.625,00 $ 3.605 50161813

191 Chupeta de caramelo duro con sabor a

frutas

BOLSAS X 50

UNIDADES DE

7 GRAMOS

APROXIMADA

MENTE CADA

UNA

390,00 $ 3.165 50161800

192 Chupeta de caramelo duro con sabor a

leche

BOLSA X 50

UNIDADES DE

7 GRAMOS

APROXIMADA

MENTE CADA

UNA.

988,00 $ 3.165 50161800

193 Dulce de caramelo surtido (leche, coco,

choco-coco)

BOLSAS X 100

UNIDADES DE

5,4 GRAMOS

CADA UNA

APROX.

130,00 $ 18.000 50161800

194 Dulce gomas CAJA X 16

CAJAS

PLEGADIZAS

X 40

PAQUETES

INDIVIDUALE

S 100 GR

163,00 $ 3.957 50161800

195 Dulce blando masticable con sabor a

frutas

BOLSA X 100

UNIDADES DE

4,3 GRAMOS

APROXIMADA

MENTE CADA

UNO

416,00 $ 5.441 50161800

196 Dulce surtido de frutas BOLSA DE 100

UNIDADES DE

4 GRAMOS

CADA UNA

APROX.

780,00 $ 5.441 50161800

197 Dulce turrón con coco natural BOLSAS X 100

UNIDADES DE

4 GRAMOS

APROXIMADA

MENTE CADA

UNO

325,00 $ 5.243 50161800

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 4.288.676.427,00

LOTE F: TAMAL

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD

TOTAL

PRECIO

MAXIMO POR

UNIDAD DE

MEDIDA

CODIGO

UNSPSC

GRUPO XI TAMAL

1 Tamal UNIDAD X 600

GR

27.364,00 $ 3.920 50192700

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 107.266.880,00

Page 9: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

2. Modalidad de la adquisición por precio o cantidad

Modalidad de la Puja Por precio [_x]

Por cantidad [_____] Número mínimo de bienes [____]

La modalidad de puja podrá ser modificada con posterioridad, si de la asesoría prestada por la

sociedad comisionista seleccionada se encuentra que podría existir un mayor beneficio para la

Entidad si utiliza la otra modalidad de puja.

3. Porcentaje máximo a pagar en el contrato de comisión y forma de pago

La Entidad ha determinado que el porcentaje máximo de la comisión a pagar es de [0.60 %] sobre el

valor total de las operaciones que se celebren.

El porcentaje anterior SI [X] incluye los impuestos, tasas y/o contribuciones listados en la siguiente

tabla, que se causan con ocasión de la celebración del contrato de comisión, y que son distintos a los

impuestos, tasas y/o contribuciones que se ocasionen con ocasión de la celebración de la operación.

Porcentaje Descripción del Impuesto, Tasa o Contribución aplicable

5% IVA Comisión

El valor que resulte de los impuestos, tasas y/o contribuciones establecidos en la siguiente tabla, que

se causen con ocasión de la celebración del contrato de comisión y que son exigencia de la Entidad

para su legalización y ejecución, deberán ser asumidos por el comisionista comprador seleccionado

de conformidad al valor del contrato de comisión.

ESTAMPILLAS PROADULTO MAYOR (2 %)

PROCULTURA (0.5 %)

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (1% del

valor bruto)

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y

contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, haya a lugar.

RETEFUENTE Se aplica de acuerdo al código de la actividad inscrita

en el Rut y que desarrolle el proveedor, lo cual puede

generar el 1.5% por productos agropecuarios o el 2.5

por productos procesados. A excepción que el

proveedor certifique que comercializa en la Bolsa

Agropecuaria, o sea autoretenedor.

RETEICA Se aplica de acuerdo a la actividad inscrita en el RIT,

se aplica la retención respectiva que puede ser: 4.14,

11.04 por 1000. Excepción productos primarios o

excluidos de este gravamen.

La Entidad pagará el monto señalado anteriormente, así:

1. Cincuenta por ciento (50%) dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la

celebración de la operación encargada.

Page 10: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

2. Cuarenta por ciento (40%) del valor de la comisión al finalizar todas las entregas de los

elementos objeto de la negociación adquiridos y efectivamente recibidos a satisfacción

por el IDIPRON, previa certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por parte

del Supervisor o Interventor y certificación del representante legal o revisor fiscal de la

Firma Comisionista que dé cuenta del cumplimiento del pago de los aportes al sistema

general de seguridad social integral y demás aportes parafiscales a que haya lugar.

3. Diez por ciento (10%) comisión una vez suscrita el acta de terminación del contrato de

comisión, previa gestión de liberación de garantías en la Bolsa Mercantil de Colombia -

BMC, certificación final de cumplimiento a satisfacción expedida por parte del Supervisor

o Interventor y certificación del representante legal o revisor fiscal de la Firma

Comisionista que dé cuenta del cumplimiento del pago de los aportes al sistema general

de seguridad social integral y demás aportes parafiscales a que haya lugar.

El pago de la comisión se realizará directamente a la sociedad comisionista y no se canalizará a

través del sistema de compensación y liquidación de la Bolsa.

4. Metodología para la determinación de la oferta de comisión más favorable

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.6.2.1.2.6 del Reglamento, solicito aplicar como

metodología de selección el siguiente criterio (se debe elegir una de las siguientes alternativas):

1. La oferta menor;

2. La oferta que más se aproxime a la media aritmética;

3. La oferta que más se aproxime a la media geométrica;

4. La oferta que más se aproxime a la media aritmética,

previa eliminación de los valores que se alejen más de “X”

desviaciones estándar de la muestra inicial.

5. Legalización del contrato

Para efecto de la legalización del contrato, el comisionista seleccionado deberá presentar ante la Entidad,

los siguientes documentos, a los dos (2) días hábiles siguientes a la rueda de selección en la que resulte

seleccionado:

5.1 Fotocopia del documento de identidad del representante legal.

5.2. Fotocopia del Registro Único Tributario –RUT- expedido por la DIAN.

5.3. Fotocopia del Registro de Información Tributaria –RIT- expedido por la Secretaría de Hacienda

Distrital Certificado original del sistema de información, (Actualizado al código de la versión CIIU.4)

5.4. Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad –SIRI- vigente expedido por la Procuraduría General

de la Nación, correspondiente a la persona jurídica y la persona natural que actúa como Representante

Legal.

5.5. Certificado de existencia y representación legal en original, expedido por la Cámara de Comercio o

la autoridad competente. La fecha de expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días

hábiles anteriores a la fecha de selección del comisionista.

5.6. Documento de autorización o aprobación expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia.

5.7 Autorización expresa para el representante legal, para suscribir contrato de mandato con el IDIPRON

por el porcentaje de la comisión pactada sobre el presupuesto oficial de compra, expedida por el órgano

x

Page 11: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

social competente. Esta autorización se requerirá cuando el representante legal tenga restricciones para

contraer obligaciones en nombre de la entidad comisionista.

5.9. Certificación original de cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos

laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de los últimos seis (6) meses, firmado por el revisor fiscal,

o, en caso de no contar con éste, por el representante legal. El Revisor Fiscal debe adjuntar copia de la

tarjeta profesional del revisor fiscal y el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta

Central de Contadores

5.10. Constituir Póliza Única de Cumplimiento a favor del IDIPRON de acuerdo con lo que se establece

en el numeral 10 del presente documento.

5. Pago de costos asociados a la operación

Los costos y gastos asociados a la celebración de la operación que se generen por concepto de

registro en Bolsa y servicio de compensación y liquidación, serán pagados ante el sistema de

compensación y liquidación en los términos establecidos en el Título Séptimo del Libro primero de

Circular Única de Bolsa, para cada concepto.

Para tales efectos, la Entidad deberá proveer los recursos necesarios para que éste pago se haga

efectivo dentro de dicho término. Cuando, por cualquier motivo, la Entidad no los provea dentro del

término requerido, deberá asumir los perjuicios que por dicha causa ocasione a la sociedad

comisionista seleccionada.

6. Certificado de Disponibilidad Presupuestal y Valor máximo de la operación

El presupuesto estimado para la celebración de las negociaciones por cuenta de la Entidad y demás

costos y gastos asociados a la misma, es por valor de OCHO MIL CINCUENTA Y SEIS

MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE DOS PESOS

M/CTE ($8.056.617.422,00 ); que se encuentra respaldado por los Certificados de disponibilidad

presupuestal, -CDP No. 2017001182 del 4 de Abril del 2017, por un valor total de $ 69.030.178,

CDP No 2017001184 del 4 de Abril del 2017 por un valor de $25.562.826, CDP No 2017001183

del 4 de Abril del 2017 por un valor de $109.482, CDP No 2017001180 del 4 de Abril por un valor

de $5.850.962.975, CDP No 2017001181 del 4 de Abril del 2017 por un valor de $2.101.670.415,

CDP No 2017001179 del 4 de Abril del 2017 por un valor de $9.281.546, (IVA incluido), dentro de

los cuales están incluidos:

7.1. El valor de las operaciones que se celebren por cuenta de la Entidad;

7.2. El valor por concepto de impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar;

7.3. Todo pago que deba hacerse por causa o con ocasión de la operación, incluyendo:

i. El valor de la comisión a pagar a la (s) sociedad(es) comisionista(s) seleccionada(s);

ii. El valor de las garantías que deberán constituirse ante la Bolsa;

iii. El valor de registro en Bolsa y servicio de compensación y liquidación.

iv. El valor de la estampa cronológica más IVA.

Lo anterior, en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.2.1.2.15 del Decreto 1082 de 2015.

En consecuencia, el precio máximo de la negociación a celebrar por cuenta de esta Entidad, será de

SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS

TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE.,

($7.656.438.383); valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas,

Page 12: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

gravámenes, costos de Bolsa ni asiento en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración

de Garantías.

Los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación que se realizara

por cuenta de la Entidad son los siguientes:

IVA Impuesto Valor Agregado Del IVA facturado, se retiene el 15%, a excepción que

sea gran contribuyente.

ESTAMPILLAS (SI APLICA) PROADULTO MAYOR (2 %)

PROCULTURA (0.5 %)

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE

DE CALDAS (1% del valor bruto)

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y

contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, haya a lugar.

RETEFUENTE Se aplica de acuerdo al código de la actividad inscrita

en el Rut y que desarrolle el proveedor, lo cual puede

generar el 1.5% por productos agropecuarios o el 2.5

por productos procesados. A excepción que el

proveedor certifique que comercializa en la Bolsa

Agropecuaria, o sea autoretenedor.

RETEICA Se aplica de acuerdo a la actividad inscrita en el RIT,

se aplica la retención respectiva que puede ser: 4.14,

11.04 por 1000. Excepción productos primarios o

excluidos de este gravamen.

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y

contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, haya a lugar.

7. Operaciones a Realizar y Ficha Técnica de Negociación Provisional

El máximo número de operaciones a realizar es de Cuatro (4) Sin perjuicio de lo anterior, cuando de

la asesoría prestada por la sociedad comisionista se determine que es más conveniente la adopción

de otra estructura para las operaciones, podrá modificarse.

A la presente Carta se adjunta la FICHA TÉCNICA PROVISIONAL DE NEGOCIACIÓN que

contiene las condiciones de la negociación, tales como bienes, productos y/o servicios a ser

negociados, cantidad, calidad y características de los mismos, las condiciones, descripción del

procedimiento y sitios de entrega, forma y fecha de pago de las operaciones, condiciones y

obligaciones del vendedor y/o comprador, las condiciones jurídicas de las operaciones, así como las

condiciones y obligaciones del comitente vendedor. Igualmente contiene las garantías adicionales

exigidas al comitente vendedor, los mecanismos de supervisión e interventoría y, en general,

aquellos aspectos específicos de la negociación, que de conformidad con la carta de intención y el

contrato de comisión otorgado por la Entidad sea necesario incluir.

8. Requisitos habilitantes

Las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa que pretendan participar en la rueda de

selección, para estar habilitadas deberán presentar y cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

Page 13: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

9.1. La Sociedad Comisionista y su representante legal, no podrán aparecer reportados en el

Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo

exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000; Para lo cual, deberá allegar el certificado

correspondiente a la Persona Jurídica y a la Persona Natural que actúa como Representante Legal.

9.2 Fotocopia del certificado de autorización y representación legal expedido por la

Superintendencia Financiera de Colombia. La fecha de expedición del certificado no podrá ser

superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de los requisitos

habilitantes.

9.3 Fotocopia del certificado de existencia expedido por la Cámara de Comercio. La fecha de

expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha

de presentación de los requisitos habilitantes.

9.4 La Sociedad Comisionista y su representante legal, no podrán encontrarse incursos en

causal de Inhabilidad o Incompatibilidad para contratar con el Estado o con la Entidad, para estos

efectos, deberá allegarse comunicación suscrita por el Representante Legal de la Sociedad

Comisionista.

9.5 Certificación del pago de seguridad social, riesgos laborales y aportes parafiscales,

expedida por el revisor fiscal en el cual se señale si la entidad ha cumplido en los últimos seis (6)

meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud,

Pensiones, Riesgos laborales y aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación

Familiar), de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

9.6 Deberá aportarse una fotocopia de la tarjeta profesional del revisor fiscal que suscribe la

certificación señalada en el numeral 9.5 y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido

por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a 90 días.

9.7 No encontrarse suspendida en la fecha de publicación de la solicitud de convocatoria o en la

de realización de la rueda de selección en razón de eventuales sanciones impuestas por la

Superintendencia Financiera o la Cámara Disciplinaria de la Bolsa o tener suspendidos los servicios

por decisión administrativa de la Bolsa y o del organismo de compensación y liquidación.

9.8 Encontrarse inscrito en el RUP, siempre que, de conformidad con la normatividad vigente,

por la naturaleza del objeto de la negociación, deba encontrarse inscrito y con el trámite de

renovación en firme para celebrar el objeto del contrato de comisión.

9.8 En la rueda de selección sólo podrán participar las firmas comisionistas con domicilio o sucursal

en la ciudad de Bogotá D.C., debidamente inscritas ante la Superintendencia Financiera de

Colombia;

9.9 Acreditar mediante certificación suscrita por el Representante Legal, haber actuado como punta

vendedora y/o compradora en el mercado de físicos o MCP de la Bolsa Mercantil de Colombia; y

acreditar transacciones por un valor mayor o igual al presupuesto estimado para la

NEGOCIACIÓN: SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES

CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS

M/CTE., ($7.656.438.383).

9. Garantía única de cumplimiento

Page 14: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.17 del Decreto 1082 de 2015, la sociedad

comisionista miembro seleccionada, deberá constituir a favor de la Entidad ante un banco o

compañía de seguros legalmente establecida cuya póliza matriz esté aprobada por la

Superintendencia Financiera de Colombia, una garantía única de cumplimiento con los siguientes

amparos:

10.1. Cumplimiento del contrato por valor asegurado del [20] % del valor del contrato de comisión

(valor de la remuneración del comisionista) y vigencia del término de ejecución del contrato y

[6] meses más.

10.2. Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales por valor asegurado del [20] % del

valor del contrato de comisión y vigencia del término de ejecución del contrato y tres años

más.

10.3 Calidad del Servicio por valor asegurado del [20] % del valor del contrato de comisión (valor de la

remuneración del comisionista) y vigencia del término de ejecución del contrato y [6] meses

más.

Adicionalmente de conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.1.2.14 del Decreto 1082 de 2015

los contratos que celebren las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación

Pública, deberán ser publicados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP-.

La aprobación, guarda, ejecución y demás actos necesarios para la efectividad de dicha garantía

corresponderán a la Entidad.

10. Plazo del contrato de comisión

El contrato de comisión que la Entidad suscriba con la sociedad comisionista que resulte

seleccionada, tendrá una duración aproximada de trescientos treinta (330) días calendario o hasta

agotar recursos.

11. Declaraciones y autorizaciones

Declaro que la Entidad a la que represento, se someterá en todos sus términos, al contrato de

comisión que suscriba con la sociedad comisionista de Bolsa seleccionada, y que para el efecto de

determinar su clausulado podrá utilizar el modelo fijado por la Bolsa, contenido en la Circular

Única de la Bolsa, del cual manifiesto conocer su contenido e implicaciones, sin perjuicio de que el

mismo pueda ser adicionado o modificado cuando así se acuerde, de conformidad con lo pactado

con la sociedad comisionista de bolsa seleccionada, en todo aquello que no contravenga la

normatividad vigente.

De igual forma declaro que la Entidad a la que represento, ha recibido por parte de la Bolsa toda la

información relacionada con los trámites que deben surtirse para el adelantamiento de

negociaciones a través del Mercado de Compras Públicas, lo que incluye el Reglamento de

Funcionamiento y Operación de la Bolsa y la Circular Única de la Bolsa, cuya ubicación al interior

de la página web ha sido compartida por parte de la Bolsa, así como la forma de tener acceso a los

formatos y aplicativos que resultan pertinentes.

El contrato de comisión podrá ser adicionado hasta por el cincuenta por ciento (50%) de su valor

inicial, expresado en salarios mínimos legales mensuales, de conformidad con lo señalado en el

artículo 40 de la Ley 80 de 1993, como consecuencia del aumento del monto de las negociaciones a

realizar, conforme con la disponibilidad presupuestal de la entidad.

Page 15: No. 248 abril 10 de 2017

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 248 abril 10 de 2017

Así mismo, manifiesto que la Entidad se someterá a lo señalado en el Reglamento de Funcionamiento y

Operación de la Bolsa para efectos de la negociación y cumplimiento de la operación, especialmente en

lo que hace al título VI del Libro III del mismo, así como al Libro VI, referente a la compensación y

liquidación de las operaciones celebradas por su cuenta.

Una vez concluida la operación, la Entidad diligenciará y enviará a la Bolsa la encuesta de servicio

suministrada, dentro de los parámetros incluidos en la misma y con el objeto de calificar el servicio

prestado por la Sociedad Comisionista que actuó por su cuenta en la respectiva negociación.

Autorizo a la Bolsa a suministrar, de manera privada o pública, información relativa a las operaciones

celebradas por cuenta de la Entidad que represento, la información contenida en ésta carta de intención,

los ahorros que obtenga respecto del presupuesto inicialmente proyectado, y las demás a que haya lugar

cuando sea requerido por sus reglamentos, por autoridades o con fines comerciales y de promoción del

mercado.

Por medio del presente documento me permito impartir una instrucción de manera anticipada con el

fin de que, si transcurridos 60 días corrientes después de cumplida la operación, no se ha dado una

instrucción de giro diferente, los recursos de la Entidad que continúen bajo administración del

sistema de compensación y liquidación de la Bolsa sean girados a la siguiente cuenta

Nombre del Titular: INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCION DE LA NIÑEZ Y

LA JUVENTUD IDIPRON Tipo y número de cuenta: Cuenta de ahorros No 006600658154

Entidad Bancaria: Banco Davivienda

En el caso de que los recursos de la Entidad a los que se hizo referencia en precedencia, hayan generado

rendimientos, estos últimos serán girados a la siguiente cuenta una vez vencido el término mencionado:

Nombre del Titular: INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCION DE LA NIÑEZ Y

LA JUVENTUD IDIPRON.

Tipo y número de cuenta: Cuenta de ahorros No 006600658154

Entidad Bancaria: Banco Davivienda DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 3.6.2.1.2.4 DEL REGLAMENTO Y EL ARTICULO 3.1.2.5.3.2 DE LA CIRCULAR UNICA DE BOLSA, LAS FICHAS TECNICAS PROVISIONALES DE LOS PRODUCTOS Y DE NEGOCIACION, SE ENCUENTRAN PUBLICADAS EN LA PÁGINA WEB DE LA BOLSA. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3.1.2.5.4.1 DE LA CIRCULAR ÚNICA DE BOLSA, EL TÉRMINO PARA FORMULAR OBSERVACIONES A LAS FICHAS TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN, SERA MÁXIMO HASTA UN DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA FECHA PREVISTA PARA LA RUEDA DE SELECCIÓN; las cuales podrán ser presentadas en este término al correo electrónico [email protected]