Módulo i Urgencias y Emergencias

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  • 7/24/2019 Mdulo i Urgencias y Emergencias

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    CURSO DE ESPECIALIZACIN

    EN URGENCIAS YEMERGENCIAS EN

    ENFERMERA.

    MDULO I

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    NORMA TCNICA DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE

    HOSPITALES DEL SECTOR SALUD

    1 PROPSITOGarantizar la ptima atencin del paciente en situacin de emergencia en los servicios

    de emergencia de los Hospitales del Sector Salud.

    2 OBJETIVOS

    2.1. OBJETIVO GENERAL

    Dar la normatividad tcnica y los lineamientos de los procedimientos de

    atencin de los pacientes en situacin de emergencia en el Sector Salud.

    2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

    2.2.1 Brindar prestaciones de salud en los Servicios de Emergencia,

    satisfaciendo las necesidades de atencin del paciente bajo criterios de

    calidad y oportunidad

    2.2.2 Organizar y adecuar la oferta y demanda de los usuarios en situacin

    de emergencia.

    2.2.3 Asegurar un flujo eficiente de los recursos destinados al cuidado del

    paciente en los Servicios de Emergencia.

    3 ALCANCES

    Las directivas de la presente Norma Tcnica son de aplicacin en todos los hospitales

    del Sector Salud que cuenten con Servicios o reas para atencin de situaciones de

    Emergencia.

    4 RESPONSABILIDAD

    Son responsables de dar cumplimiento a la presente Directiva los funcionarios de las siguientes instituciones del sector salud

    Ministerio de Salud

    Seguro Social de Salud

    Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales

    Establecimientos de salud del sector no pblico.

    Profesionales y personal tcnico que labora en los Servicios o reas de Emergencia

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    5 BASE LEGAL

    * Constitucin Poltica del Per.

    * Ley General de Salud N 26842.* Ley de Creacin del Seguro Social de Salud (EsSalud) N 27056

    * Ley N 26790, Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud y su

    Reglamento en el Decreto Supremo N 009-97-SA.

    * Ley N 27604 que modifica los artculos N 3 y N 39 de la Ley N 26842

    * Decreto Legislativo N 559 Ley del Trabajo Mdico

    * D.S. N 024-2001-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley del Trabajo

    Mdico

    * D.S. N 016-2002-SA que reglamenta la Ley N 27604

    * R.M. N 769-2004-MINSA. Categoras de establecimientos del Sector Salud

    * R.M. N 751-2004-MINSA Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los

    Establecimientos del Ministerio de Salud.

    * R.M. N 776-2004-MINSA. Norma tcnica de la Historia Clnica de los

    establecimientos de salud del sector Pblico y Privado.

    * R.M. N 768-2004-MINSA. Procedimientos para la elaboracin de Planes de

    Contingencia para Emergencias y Desastres.

    6 DEFINICIONES

    6.1 rea de Emergencia.-

    Es aquel ambiente dependiente de un Centro Hospitalario, donde se otorgan

    prestaciones de salud las 24 horas del da a pacientes que demandan atencin

    inmediata. De acuerdo a su Nivel de Complejidad pueden resolver diferentes

    categoras de daos.

    6.2 Dao.-

    Compromiso del estado de salud en grado diverso. Los daos en el Servicio de

    Emergencia se clasifican de acuerdo a su prioridad:

    1. Prioridad I Emergencia o Gravedad Sbita Extrema

    2. Prioridad II Urgencia Mayor

    3. Prioridad III Urgencia Menor

    4. Prioridad IV Patologa Aguda Comn

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    6.3 Desastre

    En el departamento / servicio de emergencias es cuando el nmero de

    pacientes o la gravedad de sus padecimientos y lesiones son tales que esimposible seguir operando normalmente, la atencin solo es posible con ayuda

    externa.

    6.4 Sala de Observacin.-

    rea de hospitalizacin de corta estancia para la atencin, tratamiento

    reevaluacin y observacin permanente de pacientes con daos de prioridad Iy

    II, en un perodo que no debe exceder de 12 horas para los pacientes de

    prioridad I y de 24 horas para los de prioridad II.

    6.5 Sala de Reanimacin (Shock Trauma).-

    rea destinada para evaluacin, diagnstico y tratamiento de pacientes que

    presentan daos de Prioridad I.

    6.6 Situacin de mltiples vctimas.

    Cuando el departamento / servicio de emergencia mdica es incapaz de

    controlar la situacin en los primeros 15 minutos, ya sea porque el nmero de

    pacientes o la gravedad de los mismos exceden su capacidad inicial de

    respuesta.

    6.7 Situacin de Emergencia.

    Alteracin sbita y fortuita, que de no ser atendida de manera inmediata, pone

    a una persona en grave riesgo de perder la vida, puede conducir a la muerte o

    dejar secuelas invalidantes. Corresponde a pacientes con daos calificados

    como prioridad I y II.

    6.8 Tpico de Emergencia.-

    rea para atencin, evaluacin, diagnstico y tratamiento de pacientes con

    daos de prioridad II y III

    6.9 Triaje.-

    Proceso de evaluacin, mediante el cual se prioriza el dao y se orienta

    acertadamente para su atencin, a los pacientes que llegan al Servicio de

    Emergencia. Es la primera actividad que debe realizar el personal asistencial,

    debe funcionar en todos los Establecimientos de Salud, prioritariamente en

    aquellos donde la demanda supere la oferta de servicios. Estar a cargo de unProfesional de la salud capacitado y acreditado.

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    7. ORGANIZACIN DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIAS

    7.1 GENERALES

    Los establecimientos de salud categorizados como lI1, II-2, III-1 y III-2 deben

    contar con Servicios de Emergencia que funcionen las 24 horas del da durante

    los 365 das del ao. De acuerdo a su complejidad y demanda contarn con

    mayor nmero de especialistas programados.

    Los establecimientos categorizados como I-4 de acuerdo a su demanda y

    accesibilidad podrn contar con Servicios de Emergencia que atiendan como

    mnimo 12 horas al da. Corresponden a Establecimiento de Salud de baja

    capacidad resolutiva, sin embargo el rea de emergencias debe contar con

    equipamiento bsico que permita reanimacin cardiopulmonar bsica y

    avanzada. El Servicio de Emergencia debe contar con el apoyo de Laboratorio y de

    Diagnstico por Imgenes, durante todo el horario programado para atencin

    en el Servicio de Emergencia.

    Los Servicios de Emergencia deben tener permanentemente, el apoyo y la

    presencia de un representante de la Polica Nacional del Per.

    7.2 ESPECFICAS

    7.2.1 DE LOS RECURSOS HUMANOS

    En los Servicios de Emergencia de los Hospitales del Sector Salud, el personal

    asistencial de base ser a dedicacin exclusiva para el rea de Emergencia,

    debiendo estar acreditados por una Organizacin de Capacitacin reconocida

    por el MINSA u otra organizacin delegada por ella.

    Cuando el Centro Asistencial cuente con ms de 50 camas de internamiento,

    se debe programar un mdico adicional para la atencin de las emergencias

    que se presenten en los Servicios de Hospitalizacin.

    Todo Servicio de Emergenciacuenta, adems del personal propio de servicio,

    con el apoyo de personal mdico especializado a travs del sistema rotativo de

    guardias y de acuerdo a la complejidad del Centro Asistencial. De manera

    progresiva se debe contar personal propio de diversas especialidades como

    ciruga, ginecologa, traumatologa, neurociruga, anestesiologa etc., como

    parte del staff de emergencia.

    En caso de necesidad, se programar personal de retn que es convocado

    por el Jefe de Guardia. Se debe determinar el mecanismo de transporte

    adecuado y oportuno para ste personal prescindiendo de las ambulancias

    cuyo uso es para transporte exclusivo de pacientes.

    El personal asistencial que se encuentra de guardia no debe serprogramado

    en Consultorio Externo, Intervenciones Quirrgicas Programadas o pasar visita

    mdica en reas de hospitalizacin ajenas al Servicio de Emergencia.

    El personal mdico mayor de 50 aos de edad, opcionalmente podrcontinuar realizando guardias.

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    Los Servicios de Emergencia cuentan con el apoyo de Asistentas Sociales,

    quienes se encargarn de la identificacin y ubicacin de los familiares de los

    pacientes indocumentados, con problemas sociales o en abandono social, que

    se encuentren en el Servicio de Emergencia, a efectos de dar solucin y facilitar

    los trmites administrativos y sociales, para asegurar la atencin del paciente.

    Asimismo se encargarn de la evaluacin socio econmico de los pacientes querequieran exoneracin de pago.

    ACTITUDES Y VALORES DEL PROFESIONAL EMERGENCISTA:

    Tener una actitud humanitaria en el desarrollo de su labor profesional

    Tener una actitud comprensiva y emptica para con el paciente y el grupo

    familiar

    Demostrar un trato amable y comedido.

    Ser diligente, oportuno y reflexivo en la toma de decisiones.

    Tener un desarrollado sentido crtico y autocrtico Mantener un deseo continuo de superacin personal y profesional.

    Tener disposicin para el trabajo en un equipo mdico multidisciplinario

    Tener un desarrollado sentido de autoaprendizaje dirigido y de educacin

    continua

    Poseer una actitud docente permanente

    Desarrollar una constante actitud de investigacin sobre los problemas de

    salud de la especialidad

    Buscar siempre el uso de los recursos de que dispone con la mxima

    eficiencia y rendimiento

    Tener una actitud receptiva frente a las necesidades de atencin del Servicio

    de Emergencias y de los pacientes a su cargo

    Tener una actitud de previsin ante futuros riesgos y/o eventuales

    complicaciones

    Capacitacin:

    Los Servicios de Emergencia debern tener un programa de capacitacin

    anual, el mismo que se realiza en coordinacin con la Oficina de Capacitacin

    de su Institucin y el Centro Docente de reas Crticas.

    Este programa contendr:

    Cursos obligatorios para todo el personal:

    a. Reanimacin Cardiopulmonar Bsica y Avanzada.

    b. Manejo Bsico y avanzado del politraumatizado

    Revisin de temas de actualizacin cientfica relacionados con Emergencia.

    Revista de revistas.

    Muerte y complicaciones.

    Auditoria Mdica.

    Discusiones Clnico Radiolgicas.

    Administracin hospitalaria.

    Desastres

    Medicina legal

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    El personal asistencial rotar temporal y peridicamente por los servicios de

    Emergencia y de reas crticas de menor a mayor complejidad.

    7.2.2 DE LOS RECURSOS MATERIALES

    Equipamiento: Los Servicios de Emergencia deben procurar contar con los equipos mdicos mnimos

    indispensables de acuerdo a los niveles de atencin.

    Todo servicio de Emergencia debe contar permanentemente con apoyo de unidades

    de laboratorio e imgenes, que permita realizar los exmenes de acuerdo al perfil de

    demanda.

    Transporte:

    Debe establecerse un sistema de traslado de pacientes, en cada regin de salud, el

    cual debe ser coordinado y adecuado a las realidades locales, pudiendo ser terrestre,

    area, fluvial o martima.

    Comunicaciones: Los Servicios de Emergencia deben tener sistema de comunicacin telefnica y

    radial. La comunicacin telefnica es por lnea propia del servicio o del Centro

    Asistencial. La comunicacin radial es local y troncalizada.

    La comunicacin radial deber efectuarse por medio de tres canales:

    o Centros Asistenciales entre s,

    o El centro regulador de transporte de pacientes en situacin de emergencia

    o Jefes de Guardia entre s.

    La radio y el telfono se ubican dentro del Servicio y en lugares que no interrumpan

    las actividades propias del mismo. El personal responsable del manejo de la radio se

    designa en cada turno de guardia.

    La comunicacin interna del servicio de emergencia con los servicios

    Intrahospitalarios se realiza por intercomunicadores y/o anexos telefnicos.

    7.2.3 DE LA INFRAESTRUCTURA

    El Servicio de Emergencia se ubica en el Primer Piso y tiene fcil acceso. Se cuenta con

    las siguientes reas:

    rea de Triaje.

    rea de Admisin.

    rea de Espera con Servicios Higinicos.

    rea de tesorera.

    rea para Servicio Social.

    Consultorio diferenciado por especialidad.

    Tpico de Inyectables y Nebulizaciones.

    Consultorio de Emergencias (Prioridad III y IV).

    Sala de Yeso (Hospitales II-2, III-1 y III-2).

    rea de Hidratacin.

    Unidad de Shock Trauma y Reanimacin (Hospitales II 2, III1 Y III - 2).

    Unidad Crtica de Emergencia o Unidad de Vigilancia Intensiva (Hospital II-1).

    rea de Procedimientos.

    Sala de Observacin diferenciada: adultos y nios (Hospitales II-2,III-1, III2 ) Sala de Operaciones (Hospitales III-1 Y III-2).

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    rea de esterilizacin rpida.

    rea para pacientes infecto contagiosos (Hospital III-1 y III-2).

    Vestuario y reposo de personal con Servicios Higinicos.

    Servicios Bsicos: Luz auxiliar y grupo electrgeno. reas con seales de ubicacin

    y de seguridad. Extintores porttiles. Servicios sanitarios diferenciados de

    pacientes, familiares y personal. Ambiente para materiales de limpieza. rea de depsito: Medicinas, ropa, materiales y equipos.

    rea de aseo del Servicio, depsito de residuos.

    rea de Espera de familiares

    rea para camillas y silla de ruedas.

    Estacionamiento de Ambulancias.

    Oficina de Jefatura Mdica y de Enfermera de Emergencia (Hospital II-2, III-1 y III- 2).

    rea para Polica Nacional del Per.

    EQUIPAMIENTO BIOMDICO:

    Los Servicios de Emergencia contaran con equipos mdicos, material mdico fungible,insumos y frmacos de acuerdo al nivel de categorizacin del Hospital y la demanda

    que tenga que resolver.

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    8. INSTRUCTIVO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA.

    8.1 DEL INGRESO DE PACIENTES

    8.1.1 Los Centros Asistenciales de Sector Salud que cuenten con el Servicio o rea de

    Emergencia estn obligados a brindar atencin mdico quirrgica a toda persona en

    situacin de emergencia (Artculo 3 de la Ley General de Salud).

    8.1.2 Todo paciente que llega al servicio de emergencia, debe ser admitido y atendidointegralmente, posteriormente se proceder a referirlo a otro Centro Asistencial si el

    caso lo amerita.

    8.1.3 La determinacin de la condicin de emergencia mdica es realizada por el

    profesional mdico encargado de la atencin, bajo responsabilidad.

    8.1.4 Luego del ingreso, el Triaje es la primera rea donde el paciente debe ser

    atendido y evaluado.

    8.1.5 El mdico que brinda atencin mdica a una persona por herida de arma blanca,

    herida de bala, accidente de trnsito o por causa de otro tipo de violencia que

    constituya delito perseguible de oficio o cuando existan indicios de aborto criminal,

    est obligado a poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente.

    Recepcin

    8.1.6 La recepcin y orientacin de los usuarios se realizar a travs del personal de

    apoyo, en coordinacin con los servidores de Admisin y Triaje.

    8.1.7 A la recepcin de un paciente en situacin de emergencia, el personal de

    vigilancia facilitar el ingreso al Servicio o rea de Emergencia de un familiar o

    acompaante de acuerdo a la necesidad.

    8.1.8 Las camillas y sillas de ruedas permanecern en la entrada del Servicio o rea de

    Emergencia para un rpido traslado del paciente, la Enfermera jefe designar al

    personal de apoyo responsable de esta rea.

    8.1.9 El acceso al Servicio o rea de Emergencia debe ser directo y libre de obstculos,

    con sealizaciones claras.

    Admisin

    8.1.10 Luego de ser evaluado en el Triaje, el paciente ser derivado al rea de

    Admisin. Si se tratara de un caso crtico, el familiar o acompaante realizar los

    trmites respectivos en la Admisin.

    8.1.11 El rea de Admisin se encarga de la identificacin y verificacin del paciente,

    de acuerdo a las normas institucionales vigentes.

    8.1.12 Todos los Servicios o reas de Emergencia, deben de contar con personal de

    Admisin mientras se brinde atencin en el servicio. Esta rea debe tener acceso a

    informacin actualizada de la Historia Clnica si correspondiera.

    8.1.13 Cuando el paciente es referido, se debe verificar de acuerdo a la Norma tcnica

    de Referencia y Contrareferencia vigente.

    Pacientes Asegurados por el SIS o por el Seguro Social u otra modalidad de

    aseguramiento.

    8.1.14 La atencin de emergencia se otorgar en el Centro Asistencial donde acudi el

    paciente, mientras subsista el estado de gravedad que motiv el ingreso. As mismo,

    de acuerdo a la complejidad del dao se proceder a referirlo a otro establecimiento si

    fuera necesario.

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    8.2 DE LA ATENCIN DE PACIENTES

    8.2.1 El Mdico Emergencilogo Jefe de Guardia definir el rol y los responsables de las

    diferentes reas de la Emergencia por turnos debiendo publicarlo en cada rea para

    conocimiento.

    TRIAJE8.2.2 El profesional de salud encargado del Triaje, realiza el control de las funciones

    vitales del paciente y determina la prioridad del dao del mismo, a fin de derivarlo al

    rea correspondiente de acuerdo al Protocolo del Triaje (ver lista de daos segn

    prioridad):

    Prioridad I a Sala de Reanimacin o Shock Trauma

    Prioridad II a Tpico de Emergencia II.

    Prioridad III a Tpico de Emergencia III.

    Prioridad IV a Consulta Externa u otros servicios ambulatorios.

    8.2.3 El profesional de salud encargado del Triaje, estar permanentemente en

    coordinacin con el Mdico Emergencilogo Jefe de Guardia o quien est programadocomo responsable.

    8.2.4 En el rea Triaje se activar el cdigo de alarma de emergencia ante la llegada de

    un paciente de Prioridad I, para que el equipo de reanimacin se constituya en el acto,

    en la Sala de Shock Trauma.

    Sala de Reanimacin (Shock Trauma)

    8.2.5 La atencin en este ambiente se realiza por un equipo multidisciplinario, liderado

    por el Mdico Emergencilogo responsable del rea.

    8.2.6 El tiempo de permanencia del paciente en la Sala de Shock Trauma, debe ser el

    estrictamente necesario, hasta conseguir la estabilidad del paciente que permita su

    traslado a otro Servicio que corresponda, para su tratamiento definitivo.

    8.2.7 Todo traslado del paciente a otra rea o Servicio ser indicado por el Mdico

    tratante, as tambin determinar al personal encargado del traslado de acuerdo al

    estado del paciente y previa coordinacin con el rea de destino.

    8.2.8 La sala de Reanimacin deber contar con sistema informtico donde se registre

    los datos de la atencin realizada En aquellos servicios donde no se cuente con soporte

    informtico, los pacientes atendidos sern consignados en libro de registros de

    atencin, especificndose los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad, sexo,

    documento de identidad, nmero de registro o seguro, diagnstico, tratamiento,

    destino, nombre y firma del Mdico tratante.

    Tpico de Emergencia II

    8.2.9 Los pacientes con daos de prioridad II, permanecern en ste Tpico el tiempo

    suficiente para definir su destino final, que podra ser: Hospitalizacin, Centro

    Quirrgico, Sala de Observacin, referencia a otro Centro Asistencial o Alta Mdica.

    8.2.10 La atencin del paciente ser registrada en todos sus aspectos en la

    denominada Historia Clnica de Emergencia, debiendo constar la firma y el sello del

    Mdico asistente responsable.

    8.2.11 En aquellos servicios donde no se cuente con soporte informtico, los pacientes

    atendidos sern registrados en el parte diario de atencin donde quedar consignados

    los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad, documento de identidad, nmero de

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    registro o seguro, diagnstico, tratamiento, destino, nombre y firma del Mdico

    tratante.

    8.2.12 El Mdico tratante determinar el traslado y continuidad del tratamiento del

    paciente en el rea respectiva, previa comunicacin.

    Sala de Observacin8.2.13 El ingreso de todo paciente a Sala de Observacin implica la mxima

    coordinacin entre el personal mdico y el de enfermera que traslada y recibe al

    paciente, debe ingresar con Historia Clnica de Emergencia haciendo nfasis en el

    motivo de ingreso, estado actual, tratamiento u otros datos clnicos de importancia,

    con la finalidad de asegurar la atencin integral y continua del mismo.

    8.2.14 A los pacientes de mayor riesgo se les ubicar fsicamente cerca a la Estacin de

    Enfermera.

    8.2.15 La periodicidad de evaluacin de los pacientes se realizar de acuerdo a su

    estado clnico, debiendo como mnimo tener dos evaluaciones por turno. Los

    resultados sern registrados en las notas de evolucin e incluirn el estado actual,apreciaciones diagnsticas y comentarios respectivos en concordancia con los

    resultados de los exmenes solicitados; as como apreciaciones de las respuestas

    teraputicas.

    8.2.16 La estancia del paciente en la Sala de Observacin est en relacin directa a la

    decisin mdica de acuerdo a la evolucin de su estado de salud. El paciente no debe

    permanecer por un tiempo mayor de 12 horas para prioridad I y de 24 horas para

    prioridad II.

    8.2.17 Cuando no exista el soporte informtico, la Enfermera encargada de Sala de

    Observacin, debe registrar todos los pacientes que ingresan y egresan de Sala de

    Observacin, consignando en el Libro de Registro: fecha y hora de ingreso y egreso,

    nombre del paciente, edad, sexo, nmero de registro o seguro, diagnstico, destino,

    mdico que indic el ingreso y el egreso.

    Tpico de Emergencia III

    8.2.18 La atencin de pacientes categorizados como prioridad III, se realiza en el

    Tpico de Emergencia III y se registrar en el parte diario de atencin, donde queda

    consignado los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad, documento de identidad,

    nmero de registro o seguro, diagnstico, tratamiento, destino, nombre y firma del

    Mdico tratante.

    Interconsulta

    8.2.19 En caso de requerirse la opinin de otro especialista, el Mdico Emergencilogo

    tratante solicita una interconsulta, registrando en la Historia Clnica la fecha y hora en

    que solicit la interconsulta, precisando el diagnstico, el motivo de la evaluacin y la

    especialidad requerida.

    8.2.20 La respuesta del especialista solicitado debe ser realizada en un tiempo no

    mayor a los 30 minutos de generada.

    8.2.21 La interconsulta solicitada por el Servicio o rea de Emergencia, tiene prioridad

    de atencin y debe ser contestada inmediatamente al ser recibida por el especialista

    requerido.

    Junta Mdica

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    8.2.22 En caso de indeterminacin diagnstica o discrepancia teraputica mdica

    quirrgica respecto a un paciente, el Mdico tratante solicitar una Junta Mdica,

    haciendo de conocimiento del Jefe de Guardia.

    8.2.23 La Junta Mdica es presidida por el Jefe de Guardia, quien designa y convoca a

    los Mdicos asistentes de las especialidades afines al caso.

    8.2.24 La realizacin de la Junta Mdica deber quedar consignada en la HistoriaClnica, registrndose: la fecha, hora, objetivo de la convocatoria, conclusiones y

    recomendaciones a seguir y la firma de todos los participantes.

    Informacin

    8.2.25 Los Servicios o reas de Emergencia deben contar con normas definidas

    respecto al otorgamiento de informacin y visita de familiares, de acuerdo a las

    caractersticas climatolgicas y culturales de la localidad. Deben estar publicadas y

    expuestas en lugares visibles, para conocimiento del paciente y familiares responsables

    o acompaantes, al ingreso del Servicio o rea.

    8.2.26 El paciente que se atiende en el Servicio o rea de Emergencia tiene derecho arecibir informacin oportuna, previo a todo acto o procedimiento diagnstico o

    teraputico a realizarle. Si el paciente se encuentra inconsciente, es menor de edad o

    tiene problemas de salud que impidan la correcta toma de decisiones, la informacin

    se pondr en conocimiento del familiar directo representante legal.

    8.2.27 El familiar directo o representante legal del paciente ser informado por el

    Mdico tratante o por el Jefe de Guardia acerca de la situacin del paciente,

    inmediatamente despus de la atencin en cualquiera de las reas del Servicio de

    Emergencia.

    8.2.28 Para los pacientes hospitalizados en Sala de Observacin, se fija como mnimo

    tres horarios por da para la informacin mdica. Para los casos de pacientes crticos, la

    informacin al familiar directo o representante legal se realizar todas las veces que el

    caso lo amerite. El ingreso a la Sala de Observacin del familiar responsable ser en los

    horarios establecidos por el Centro Asistencial y de acuerdo al estado del paciente.

    8.2.29 Si el paciente o representante legal no autoriza la realizacin de procedimientos

    o medidas teraputicas que sean indispensables para la vida del paciente, el Jefe de

    Guardia notificar a la autoridad judicial competente.

    8.3 DE LOS SERVICIOS DE APOYO

    Exmenes Auxiliares

    8.3.1 Las Emergencias debe contar permanentemente con oferta de servicios de Ayuda

    al Diagnstico que aseguren atencin inmediata, y de acuerdo a su Nivel de

    Complejidad estos servicios deben estar muy cerca o dentro del rea de Emergencia.

    8.3.2 Las solicitudes de exmenes auxiliares deben registrar: fecha, hora, nombre del

    paciente, edad, sexo, nmero de registro o seguro, diagnstico, rea donde se

    encuentra el paciente, as como nombre y firma del Mdico tratante.

    8.3.3 Los resultados de laboratorio se expiden en el menor tiempo posible y debern

    incluir valores normales y sus unidades respectivas. Una vez obtenido el resultado

    debe ser inmediatamente entregado al mdico tratante, quin anotar en la Historia

    Clnica el resultado comentado.

    8.3.4 Solicitado un examen de imgenes, el paciente ser trasladado por el personal de

    salud designado, de ser el caso ir acompaado del Mdico tratante, de acuerdo a lagravedad del paciente. El Mdico responsable debe reportar en la Historia Clnica del

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    paciente, el informe del examen de imgenes realizado as como el nmero de

    registro.

    8.3.5 El archivo de placas radiogrficas debe mantenerse accesible al personal de salud

    las 24 horas del da. Los responsables impartirn la directiva correspondiente.

    8.3.6 El Jefe del Servicio de Emergencia es responsable de supervisar el uso racional de

    exmenes auxiliares en emergencia, estableciendo para ello los mecanismosnecesarios de coordinacin, control y evaluacin.

    Archivo de Historia Clnica

    8.3.7 A pedido del Mdico tratante, el rea de Archivo e Historia Clnica provee la

    Historia Clnica del paciente. La solicitud se realiza inmediatamente decidida la

    hospitalizacin.

    8.3.8 El paciente con indicacin de internamiento, debe hacerlo con su Historia Clnica

    8.4 DEL EGRESO DE PACIENTES

    Sala de Operaciones8.4.1 Cuando exista indicacin de intervencin quirrgica, el paciente o representante

    legal debe firmar el Formulario Consentimiento Informado. En ausencia del

    representante legal o incapacidad del paciente para realizarlo, si la intervencin

    quirrgica es de alta prioridad la indicacin ser dada por una Junta Mdica de

    Emergencia. (En emergencia, est exceptuado de este requisito (Ley General de Salud,

    Art. 4)

    8.4.2 La determinacin de la prioridad para la intervencin de pacientes quirrgicos de

    emergencia y uso de la Sala de Operaciones, la realiza el Jefe de Guardia previa

    coordinacin con el Jefe de Equipo de Ciruga de Guardia. Ante la eventualidad de

    cirugas de emergencia simultneas, se habilitarn Salas de Operaciones adicionales,

    teniendo siempre los pacientes de emergencia prioridad sobre los programados.

    8.4.3 En caso que el paciente o representante legal no autoriza la realizacin del acto

    quirrgico y tratndose de una intervencin de emergencia, se comunicar a un

    representante del Ministerio Pblico para dejar expeditas las acciones a que hubiere

    lugar en salvaguarda de la vida y la salud del paciente. Adems es necesario que el

    paciente y familiar responsable firmen el formulario Exoneracin de

    Responsabilidad.

    8.4.4 Si el paciente en el Servicio o rea de Emergencia tiene indicacin de

    intervencin quirrgica, deber ser preparado por el personal de enfermera del rea

    donde se decidi el acto (Sala de Reanimacin, Tpico de Emergencia, Sala de

    Observacin), y se efecta conservando la privacidad y pudor del paciente.

    8.4.5 El paciente que es derivado a Sala de Operaciones no deber retornar al Servicio

    o rea de Emergencia en la etapa Post-Operatoria.

    Ingreso a Servicios de Hospitalizacin

    8.4.6 El ingreso de un paciente del Servicio o rea de Emergencia en otro servicio

    (Unidad de Cuidados Intensivos, Servicios de Internamiento), se realiza previa

    coordinacin con el servicio de destino, informndose sobre la situacin del paciente y

    motivo de ingreso, debe portar la Historia Clnica de Emergencia y la antigua Historia si

    la tuviera.

    8.4.7 De acuerdo a su estado, el paciente ser trasladado, adems de la Enfermera yCamillero, en compaa del Mdico tratante.

  • 7/24/2019 Mdulo i Urgencias y Emergencias

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    8.4.8 Los pacientes hospitalizados en Servicios de Internamiento no deben retornar al

    rea de emergencia durante su permanencia en la institucin.

    8.4.9 Los pacientes del servicio de emergencia tendrn prioridad para la

    hospitalizacin, pudiendo implementarse medidas de contingencias intrahospitalarias

    cuando la demanda excede la oferta del Servicio de Emergencia.

    Referencia

    8.4.10 La referencia del paciente en situacin de emergencia a otro Centro Asistencial

    se realiza de acuerdo a criterios de oportunidad, accesibilidad y capacidad resolutiva

    del Centro Asistencial de destino. En las primeras 24 horas luego de ser referido el

    paciente, se remitir a la Unidad Funcional de Referencia y Contrareferencia los

    Formularios de referencia para el registro y trmite correspondiente.

    8.4.11 La referencia es coordinada entre los Jefes de Guardia de los Centros

    Asistenciales de origen y destino, teniendo en cuenta las redes local y regional de los

    Servicios de Emergencia.

    8.4.12 Solicitada la referencia, el paciente ser trasladado por el personal de saluddesignado, de ser el caso ir acompaado del Mdico tratante, de acuerdo a la

    gravedad del paciente.

    8.4.13 La referencia debe estar acompaada por una Epicrisis donde figuren datos de

    Filiacin, breve resumen de la Historia Clnica, examen fsico completo, diagnsticos

    establecidos al momento de la Referencia, tratamientos efectuados, as como los

    resultados originales de exmenes auxiliares de laboratorio e imgenes. Toda la

    documentacin ser entregada al personal responsable del traslado del paciente.

    8.4.14 Una copia del formulario de Referencia se enviar a la Unidad Funcional de

    Referencia del Centro Asistencial para las acciones correspondientes.

    Determinacin de Alta

    8.4.15 La fecha y hora de Alta, las indicaciones y recomendaciones mdicas, as como

    la hora en que el paciente se retira del Servicio o rea de Emergencia, deben quedar

    registrados en la Historia Clnica.

    8.4.16 El Mdico tratante explicar al paciente y/o familiar responsable los aspectos

    relacionados con su autocuidado y le entregar el formulario de Alta, indicaciones

    mdicas y descanso medico correspondiente, si el caso lo amerita.

    8.4.17 Dentro de las 24 horas siguientes al Alta se devuelve la Historia Clnica y placas

    radiogrficas del paciente al rea de Archivo correspondiente, debiendo registrar dicha

    accin en un cuaderno de cargos.

    8.4.18 Cuando el paciente requiera continuar la atencin ambulatoria, se debe dar la

    orientacin y documentacin respectiva.

    8.4.19 En caso de Retiro Voluntario o solicitado, el Mdico tratante informar al

    paciente y/o familiares sobre el estado de salud y los riesgos de su condicin clnica. Si

    se tratara de un paciente con un alto riesgo y bajo estas condiciones, el pedido de

    retiro se deber comunicar a la autoridad competente, ante cuya presencia se

    proceder. Antes del retiro voluntario, el paciente o su representante legal, firmar el

    documento correspondiente.

    Constancia de Atencin

  • 7/24/2019 Mdulo i Urgencias y Emergencias

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    8.4.20 La Constancia de Atencin es emitida por el Mdico tratante, en ella consta los

    nombres y apellidos del paciente, fecha y hora de atencin, diagnstico, firma y sello

    respectivo.

    8.4.21 La Constancia de Atencin se debe consignar en la Historia Clnica o en el Libro

    de Registro.

    Fallecimiento

    8.4.22 En caso de ocurrir un fallecimiento y de producirse alguna de las causales

    establecidas en la normatividad legal vigente, se proceder a solicitar necropsia de ley.

    8.4.23 Si existiera en los Registros Mdicos informacin que explique que el

    fallecimiento es producto del proceso evolutivo de una enfermedad ya diagnosticada,

    es procedente extender el Certificado de Defuncin.

    8.4.24 Cuando en los Registros Mdicos del Centro Asistencial no exista informacin

    del fallecido, el mdico tratante, que puede o no ser de la Institucin, puede

    apersonarse y extender el Certificado de Defuncin, el mismo que ser considerado

    vlido en toda su extensin.8.4.25 En caso de muerte por actos de violencia, el Jefe de Guardia comunica a la

    Polica Nacional para la necropsia de ley. En estos casos el Certificado de Defuncin

    ser emitido por los mdicos que realizan la necropsia.

    8.5 DE LOS REGISTROS O DEL REPORTE

    8.5.1 Los Jefes de Servicio y los Mdicos Jefes de Guardia son responsables de realizar

    el informe basado en datos estadsticos, perfiles epidemiolgicos e indicadores, que

    reflejen la calidad de servicios mdicos brindados. Estos deben ser remitidos a la

    instancia superior.

    8.5.2 En caso de falta de soporte informtico, se debe registrar en el Libro de Registros

    o en el Parte Diario: la fecha y hora de atencin, nombre del paciente, edad y sexo,

    documento de identidad, direccin domiciliaria, diagnostico de ingreso, diagnstico,

    prioridad de atencin, nombre del Mdico y destino, de todos los pacientes atendidos.

    Se registra con letra legible evitando borrones y enmendaduras.

    8.5.3 El responsable del rea de Admisin en emergencia deber asegurarse que todos

    los pacientes que han sido atendidos, queden registrados, as como anotar la fuente de

    pago, exoneracin o aportacin: casos Seguro Social, FF.AA, FF.PP, SIS, SOAT y

    asegurados del subsector privado.

    8.5.4 En cada cambio de turno se debe realizar la entrega de Guardia, a travs de un

    reporte verbal y escrito de los pacientes que quedan en Sala de Observacin, Tpicos

    de Emergencia y otras reas del Servicio o rea de Emergencia; el reporte debe

    realizarlo el Mdico responsable de cada rea al Mdico que ingresa.

    LISTA DE DAOS SEGN PRIORIDAD

    Se enumeran las patologas ms frecuentes relacionadas con cada una de las Prioridades

    establecidas en el Triaje:

    Prioridad I

    Pacientes con alteracin sbita y crtica del estado de salud, en riesgo inminente de muerte y

    que requieren atencin inmediata en la Sala de ReanimacinShock Trauma.1.- Paro Cardio Respiratorio.

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    2.- Dolor Torcico Precordial de posible origen cardiognico con o sin hipotensin.

    3.- Dificultad respiratoria (evidenciada por polipnea, taquipnea, tiraje, sibilantes, estridor,

    cianosis)

    4.- Shock (Hemorrgico, cardiognico, distributivo, obstructivo)

    5.- Arritmia con compromiso hemodinmico de posible origen cardiognico con o sin

    hipotensin.6.- Hemorragia profusa.

    7.- Obstruccin de va respiratoria alta.

    8.- Inestabilidad Hemodinmica (hipotensin / shock / crisis hipertensiva).

    9.- Paciente inconsciente que no responde a estmulos.

    10.- Paciente con trauma severo como:

    Vctima de accidente de trnsito.

    Quemaduras con extensin mayor del 20%.

    Precipitacin.

    Dos o ms fracturas de huesos largos proximales.

    Injurias en extremidades con compromiso neurovascular. Herida de bala o arma blanca.

    Sospecha de traumatismo vertebro medular.

    Evisceracin.

    Amputacin con sangrado no controlado.

    Traumatismo encfalo craneano.

    11.- Status Convulsivo.

    12.- Sobredosis de drogas o alcohol ms depresin respiratoria.

    13.- Ingesta de rgano fosforado, cidos, lcalis, otras intoxicaciones o envenenamientos.

    14.- Signos y sntomas de abdomen agudo con descompensacin hemodinmica.

    15.- Signos y sntomas de embarazo ectpico roto.

    16.- Signos vitales anormales:

    ADULTO

    Frecuencia Cardiaca < 50 x min.

    Frecuencia Cardiaca > 150 x min.

    Presin Arterial Sistlica < 90 mmHg.

    Presin Arterial Sistlica > 220 mmHg.

    Presin Arterial Diastlica > 110 mmHg 30 mmHg por encima de su basal.

    Frecuencia Respiratoria > 35 x min.

    Frecuencia Respiratoria < 10 x min.

    PEDITRICO

    Lactante

    Frecuencia Cardiaca 60 x min.

    Frecuencia Cardiaca 200 x min.

    Presin Arterial Sistlica < 60 mmHg.

    Frecuencia Respiratoria a 60 x min. (hasta los 2 meses).

    Frecuencia Respiratoria a 50 x min (desde los 2 meses al ao)

    Saturacin de oxigeno a 85%.

    Pre Escolar

    Frecuencia Cardiaca 60 x min.

    Frecuencia Cardiaca 180 x min. Presin Arterial Sistlica < 80 mmHg.

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    Frecuencia Respiratoria > a40 x min. (sin fiebre).

    Saturacin de oxigeno a 85%.

    17.- Suicidio frustro.

    18.- Intento suicida.

    19.- Crisis de agitacin psicomotora con conducta heteroagresiva.20.- Problemas especficos en pacientes peditricos.

    Intoxicaciones por ingesta o contacto.

    Perodos de apnea.

    Cambios en el estado mental: letargia, delirio, alucinaciones, llanto dbil.

    Deshidratacin con Shock: Llenado capilar mayor de tres segundos.

    Sangrado: Hematemesis, sangrado rectal, vaginal, epistaxis severa.

    Quemaduras en cara o ms del 10% de rea corporal.

    Quemaduras por fuego en ambiente cerrado.

    Acontecimiento de aspiracin u obstruccin con cuerpo extrao.

    Status convulsivo. Status asmtico.

    Hipertermia maligna.

    Trastornos de sensorio.

    Politraumatismo.

    Herida por arma de fuego.

    Cualquier otro caso que amerite atencin inmediata en la Sala de Reanimacin.

    Prioridad II

    Pacientes portadores de cuadro sbito, agudo con riesgo de muerte o complicaciones serias,

    cuya atencin debe realizar en un tiempo de espera no mayor o igual de 10 minutos desde su

    ingreso, sern atendidos en Consultorios de Emergencia.

    1.- Frecuencia respiratoria de 24 por minuto.

    2.- Crisis asmtica con broncoespasmo moderado.

    3.- Diabetes Mellitus Descompensada.

    4.- Hemoptisis.

    5.- Signos y sntomas de Abdomen Agudo.

    6.- Convulsin reciente en paciente consciente.

    7.- Dolor torcico no cardiognico sin compromiso hemodinmico.

    8.- Arritmias sin compromiso hemodinmico.

    9.- Sangrado gastrointestinal, con signos vitales estables.

    10.- Paciente con trastornos en el sensorio.

    11.- Hipotona, flacidez muscular aguda y de evolucin progresiva.

    12.- Descompensacin Heptica.

    13.- Hernia umbilical o inguinal incarcerada.

    14.- Signos y sntomas de descompensacin tiroidea.

    15.- Contusiones o traumatismos con sospecha de fractura o luxacin.

    16.- Herida cortante que requiere sutura.

    17.- Injuria en ojos perforacin, laceracin, avulsin.

    18.- Desprendimiento de retina.

    19.- Fiebre y signos inflamatorios en articulaciones.20.- Sntomas y signos de clera.

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    21.- Deshidratacin Aguda sin descompensacin hemodinmica.

    22.- Hematuria macroscpica.

    23.- Reaccin alrgica, sin compromiso respiratorio.

    24.- Sndrome febril o Infeccin en paciente Inmunosuprimido (Ejemplo: Paciente diabtico

    con infeccin urinaria).

    25.- Pacientes Post-Operados de Ciruga altamente Especializada o pacientes en programa deHemodilisis, con sntomas y signos agudos.

    26.- Coagulopata sin descompensacin hemodinmica.

    27.- Sobredosis de drogas y alcohol sin depresin respiratoria.

    28.- Cefalea con antecedentes de trauma craneal.

    29.- Sndrome Menngeo.

    30.- Sntomas y signos de enfermedades vasculares agudas.

    31.- Clico renal sin respuesta a la analgesia mayor de 06 horas.

    32.- Retencin urinaria.

    33.- Sndrome de abstinencia de drogas y alcohol.

    34.- Cuerpos extraos en orificios corporales.35.- Cuerpos extraos en esfago y estmago.

    36.- Pacientes con ideacin suicida.

    37.- Pacientes con crisis de ansiedad.

    38.- Pacientes con reagudizacin de su cuadro sictico sin conducta suicida ni agitacin

    psicomotora fuera de control.

    39.- Cuadro de demencia con conducta psictica.

    40.- Esguinces.

    41.- Contusiones o traumatismos leves sin signos o sntomas de fractura o luxacin.

    42.- Enfermedad Inflamatoria de la pelvis.

    43.- Coagulopata.

    44.- Flebitis o Tromboflebitis.

    45.- Herpes Zoster ocular.

    46.- Enfermedad eruptiva aguda complicada.

    47.- Cefalea mayor de 12 horas.

    48.- Problemas especficos en pacientes Obsttricas:

    Hemorragia de cualquier trimestre del embarazo.

    Aborto provocado no teraputico o intento fallido de aborto.

    Amenaza de parto prematuro.

    Gestante de 2 y 3 trimestre que reporta ausencia de movimientos fetales.

    Sangrado post-parto.

    Hipertensin que complica el embarazo.

    Signos y sntomas de toxemia severa.

    Bradicardia (menor de 120 x min.) y taquicardia (> de 160 x min.) Fetal.

    Traumatismo Abdominal.

    Deshidratacin por hipermesis.

    Cefalea.

    Epigastralgia.

    Edema Generalizado.

    49.- Problemas Especficos en pacientes Peditricos.

    Cualquier enfermedad en nios menores de 3 meses.

    Dolor Abdominal. Trauma craneano sin cambios en el estado mental o fracturas obvias.

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    Nios con fiebre y petequias o prpura.

    Nios menores de 3 meses con T que 38 C.

    Nios menores de 2 aos con T que 39 C.

    Nios con sntomas de infeccin urinaria.

    Convulsiones recientes, sincope o mareos.

    Cefalea / epistaxis no controlada. Quemaduras en menos del 10% de rea corporal.

    Trauma ocular no penetrante.

    Laceracin que requiere sutura con sangrado activo.

    Nios que han sufrido agresin fsica.

    Odontalgia.

    Otalgia.

    Cualquier otro caso que a criterio del Mdico tratante considere necesario la atencin en algn

    Tpico de Emergencia.

    Prioridad III

    Paciente que no presentan riesgo de muerte ni secuelas invalidantes. Amerita atencin en el

    Tpico de Emergencia III, teniendo prioridad la atencin de casos I y II.

    1.- Dolor abdominal leve con nauseas, vmitos, diarrea, signos vitales estables.

    2.- Herida que no requiere sutura.

    3.- Intoxicacin alimentaria.

    4.- Trastornos de msculos y ligamentos.

    5.- Otitis Media Aguda.

    6.- Deshidratacin Hidroelectroltica leve.

    7.- Osteocondropatia aguda.

    8.- Sinusitis aguda.

    9.- Hipermesis gravdica sin compromiso metablico.

    10.- Urticaria.

    11.- Fiebre > de 39 sin sntomas asociados.

    12.- Sndrome vertiginoso y trastorno vascular.

    13.- Celulitis o absceso con fiebre.

    14.- Funcionamiento defectuoso de colostoma, ureterostoma, talla vesical u otros similares.

    15.- Lumbalgia aguda.

    16.- Broncoespasmo leve.

    17.- Hipertensin arterial leve no controlada.

    18.- Signos y sntomas de Depresin.

    19.- Crisis de Ansiedad o Disociativas.

    20.- Signos y sntomas de infeccin urinaria alta.

    21.- Pacientes con neurosis de ansiedad.

    22.- Pacientes sicticos con reagudizacin de sus sntomas pero an sin conducta psictica.

    Cualquier otro caso que el Mdico tratante considere que la atencin puede ser postergada

    slo con relacin a las anteriores prioridades de atencin.

    Prioridad IV

    Pacientes sin compromiso de funciones vitales ni riesgo de complicacin inmediata, que puedeser atendido en Consulta Externa o Consultorios Descentralizados.

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    1.- Faringitis aguda.

    2.- Amigdalitis aguda.

    3.- Enfermedades diarreicas agudas sin deshidratacin o vmitos.

    4.- Absceso sin fiebre.

    5.- Sangrado vaginal leve en no gestante, con funciones vitales estables.

    6.- Fiebre sin sntomas asociados.7.- Resfro comn.

    8.- Dolor de odo leve.

    9.- Dolor de garganta sin disfagia.

    10.- Enfermedades crnicas no descompensadas.

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    A N E X O S

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    Anexo N 2 SERVICIO DE EMERGENCIA