Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril ...

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Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril de 2021 PARA: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque Secretario General ASUNTO: DIFUNDIR EL PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL De mi consideración: Según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, envío el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL” remitido el 09 de abril de 2021, y suscrito por el asambleísta Pedro Fabricio Villamar Jácome, a través del memorando Nro. AN-VJPF-2021-0049-M, a fin de que sea difundido a las/los asambleístas y a la ciudadanía por medio del portal Web y se remita al Consejo de Administración Legislativa (CAL), para el trámite correspondiente. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente, Documento firmado electrónicamente Mg. César Ernesto Litardo Caicedo PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL Anexos: - Memorando Nro. AN-VJPF-2021-0049-M, en 18 fojas útiles. Copia: Sr. Dr. Paco Gustavo Ricaurte Ortiz Prosecretario General OC/JR 1/1 * Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción Firmado electrónicamente por: CESAR ERNESTO LITARDO CAICEDO

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Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M

Quito, D.M., 12 de abril de 2021

PARA: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio DuqueSecretario General

ASUNTO: DIFUNDIR EL PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LALEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL

 De mi consideración:  Según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, envío el “PROYECTODE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAPOLICÍA NACIONAL” remitido el 09 de abril de 2021, y suscrito por el asambleísta Pedro FabricioVillamar Jácome, a través del memorando Nro. AN-VJPF-2021-0049-M, a fin de que sea difundido alas/los asambleístas y a la ciudadanía por medio del portal Web y se remita al Consejo de AdministraciónLegislativa (CAL), para el trámite correspondiente.       Con sentimientos de distinguida consideración.  Atentamente,   

Documento firmado electrónicamente

Mg. César Ernesto Litardo CaicedoPRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL  

Anexos: - Memorando Nro. AN-VJPF-2021-0049-M, en 18 fojas útiles.

Copia: Sr. Dr. Paco Gustavo Ricaurte OrtizProsecretario General

OC/JR

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

CESAR ERNESTOLITARDO CAICEDO

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Memorando Nro. AN-VJPF-2021-0049-M

Quito, D.M., 09 de abril de 2021

PARA: Sr. Mg. César Ernesto Litardo CaicedoPresidente de la Asamblea Nacional

ASUNTO: PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DESEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL

 Señor Presidente:   De conformidad a lo dispuesto en los artículos 134.1 de la Constitución de la República, en concordanciacon los artículos 54.1 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento ante Usted el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD

SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”; a efecto de que se digne disponer el trámite constitucional ylegal correspondiente.   Adjunto el proyecto de ley con la exposición de motivos, los considerandos, el articulado y las firmas derespaldo a esta iniciativa legislativa.  Con sentimientos de distinguida consideración.  Atentamente,   

Documento firmado electrónicamente

Sr. Pedro Fabricio Villamar JácomeASAMBLEÍSTA  

Anexos: - reforma__isspol.pdf- reformatoria_del_artiÌculo_100_de_la_ley_de_seguridad_social_de_la_policiÌa_nacional"-signed-2.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_tanlly_vera.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_reneÌ_yanduÌn.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_jimmy_candell.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_fernando_flores.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_fernando_callejas.pdf- apoyo_proyectos_reforma_isspol__asambleiÌsta_eddy_penÌafiel.pdf- apoyo_proyectos_reforma_issfa_e_isspol_asambleiÌsta_rauÌl_campoverde0380310001617987505.pdf

Copia: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio DuqueSecretario General

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

PEDRO FABRICIOVILLAMAR JACOME

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“PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como es de conocimiento público, la señora ex Ministra de Gobierno, Dra. María Paula Romo junto al Comandante General de la Policía Nacional informaron al país, sobre el manejo irregular de inversiones del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, ISSPOL, En varios medios de comunicación social, se han dado a conocer pormenores y detalles de cómo se habría producido esta estafa a la que desde ya la han calificado como una de las “estafas financieras más grandes en la historia del país”.

Este caso tendría que ver con una inversión fraudulenta de unos 750 millones de dólares de los fondos de la Seguridad Social de la Policía Nacional, ISSPOL, producto de los ahorros de policías retirados. Conforme a declaraciones de mandos de la Policía Nacional, la estafa podría estar alrededor de la mitad de los ahorros de los policías retirados como suman un total de 1 500 millones de dólares.

“Según las primeras investigaciones, la estafa pudo haber comenzado hace unos 15 años cuando los encargados de los fondos de la ISSPOL empezaron a hacer inversiones que no estaban respaldadas. Unas inversiones fueron hechas como préstamos a instituciones como la Universidad Tecnológica Equinoccial, UTE, sin garantías reales, otras como compras de bienes que no tenían ni de lejos un valor que se compadezca con la inversión y, lo que es más grande, como colocaciones en papeles emitidos por personas e instituciones financieras que no están en condiciones de pagar.

Aparentemente la parte más gorda de la estafa estuvo en la emisión de bonos swaps por 327,3 millones de dólares. Un swap es un acuerdo de intercambio financiero en el que una de las partes se compromete a pagar con una cierta periodicidad una serie de flujos monetarios, a cambio de recibir otra serie de flujos de la otra parte. En este caso los administradores de los fondos de la ISSPOL entregaron esos montos a un fondo llamado High Yield Bond Fund, a cambio de que esa firma pague cada cierto tiempo un monto. Sin embargo, High Yield Bond Fund no ha entregado dinero, sino que se ha dedicado a entregar más papeles que, hasta hace pocos días, nadie sabía de qué tipo eran. Únicamente bajo la nueva administración de la ISSPOL, High Yield Fund fue notificada de que la Policía no aceptaría más papeles sino dinero. Fuentes de la ISSPOL dijeron a 4P. que su principal ejecutivo, Jorge

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Oswaldo Chérrez Miño, conocido como El Mago, ha dicho que no está en capacidad de hacer los pagos en su totalidad.”1

Del artículo del medio digital 4Pelagatos, se desprende que el esquema tenía a muchas personas e instituciones involucradas. “Los papeles que Chérrez entregaba a cambio del dinero eran, por ejemplo, puestos bajo custodia de un depósito centralizado de valores llamada Decevale, de propiedad de la Bolsa de Valores de Guayaquil, en su mayoría, y de la Bolsa de Valores de Quito, en su minoría. Es decir que tanto Decevale como los administradores de los fondos de la ISSPOL y de High Yield Fund estaban conchabados en la jugarreta, según las primeras investigaciones. Hay que añadir que los papeles transados, y que se supone tienen la categoría de internacionales, eran puestos en custodia en el Banco Central; es decir que los funcionarios del Banco Central encargados de esa custodia también eran parte de la estafa.”

La Superintendencia de Compañías ha iniciado investigación el pasado mes de septiembre de 2020, ha intervenido Decevale cuya matriz está en Guayaquil, nombrando como interventora a Silvia Lozano Hidalgo. Según la Superintendencia, Decevale habría cometido dos delitos: abuso de confianza y falsedad de información.

“Pero los involucrados en el fraude evidentemente son muchos más. Por ejemplo, están ex superintendentes de Compañías, superintendentes de Bancos, intendentes de Seguridad Social, e intendentes de Mercados de Valores entre el 2007 y el 2020. Todos ellos por no haber hecho los controles a los que estaban obligados por ley. Al menos 14 funcionarios y ex funcionarios. ¿Lo hicieron a sabiendas de que todo era irregular? Los investigadores creen que hubiera sido imposible hacer todo esto sin su conocimiento y complicidad. También están los ex ministros del Interior, entre ellos José Serrano quien incluso condecoró a Oswaldo Chérrez.” En las investigaciones también aparecen las empresas domiciliadas en la ciudad de Guayaquil, Ecuatoriana de Granos S.A. Ecuagran y Delcorp S.A., cuyos socios y administradores ya no estrían en el país.

“Cada una de estas empresas emitió en octubre del año pasado 15 millones de dólares; un total de 3o millones de dólares, a un máximo de cinco años en las bolsas de valores, una operación autorizada por la Intendencia de Valores. Era la sexta emisión para cada una y aún no han terminado de cancelar las cuotas de anteriores emisiones.”

También aparece vinculada en este caso la Universidad Tecnológica Equinoccial, UTE. La ISSPOL le habría concedido un crédito por un monto de

1Se robaron la mitad de los ahorros de los policías retirados Publicado en septiembre 22, 2020 en Conexiones4P/Elenfoque/Lainfo por Martín Pallares https://4pelagatos.com/2020/09/22/se-robaron-la-mitad-de-los-ahorros-de-los-policias-retirados/

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8 millones de dólares y ésta, al incumplir sus obligaciones, habría entregado como parte de pago un Fideicomiso constituido por bienes muebles y un pagaré sin valor suficiente. Con estos antecedentes, la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, inició un proceso de fiscalización, a efecto de determinar los nombres de los responsables de estos actos delincuenciales. Luego de varias comparecencias de funcionarios y personas vinculadas con este caso, nadie sabe dónde están los Bonos del Isspol. Existen altísimos riesgos adicionales de que, con estas condiciones de opacidad y falta de control, se haya utilizado el otorgamiento de esa “capacidad de custodio” a nombre de Decevale a escala internacional, para participar en otro tipo de negocios que podrían tener impactos en la imagen que proyecta el Ecuador. Los administradores de estos fondos se han aprovechado para realizar este tipo de inversiones, las evidentes ventajas que proporcionan los mercados y Bolsas públicas donde se encuentran, en el mismo lugar, múltiples compradores y vendedores de bienes y servicios que, se asume, cumplen requisitos básicos de idoneidad técnica y moral para ser aprobada su participación en tales mercados y Bolsas.

Nadie ha podido explicar y decir dónde están los Bonos Externos e Internos que el ISSPOL habría adquirido y/o canjeado a través de sus negociaciones opacas con Valpacífico hasta el año 2015, y a partir del año 2016 con las compañías IBcorp y otras representadas, en ambos casos, coincidentemente por el mismo “custodio internacional” contratado por Decevale, el señor Jorge Chérrez Miño.

A nuestro criterio, los administradores del ISSPOL debieron exigir que se cumplan los mínimos estándares de calidad, idoneidad y fiabilidad que se exigen a nivel internacional para actuar como Deposito Centralizado de Valores, previo a realizar las negociaciones.

Es evidente en este caso que tampoco los órganos de control como la Superintendencia de Compañías, ni las Bolsas de Valores de Quito y de Guayaquil, ni las mismas Casas de Valores, lo exigieron u observaron, afectando el incipiente Mercado de Valores en el país.

Si bien existen claras responsabilidades de los organismos de control que incumplieron obligaciones y atribuciones que están debidamente tipificadas en la ley, y que, por el paso del tiempo han evadido el control político, deberán responder ante la justicia dentro de la investigación que se adelanta en la Fiscalía General del Estado, son los miembros del Consejo Directivo y el Director General que manejaron estos recursos los primeros responsables. Sus decisiones y resoluciones, sus acciones u omisiones pueden terminar afectando la sostenibilidad del sistema de seguridad social de la Policía Nacional, por lo tanto, proponemos que los miembros del Consejo Directivo del ISSPOL así como su Director General, puedan ser, en materia civil y

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administrativa, solidariamente responsables por las acciones u omisiones que pongan en riesgo los recursos e inversiones de los fondos y reservas del ISSPOL; y, adicionalmente responsables en materia penal si en el ejercicio de sus actividades administrativas y económicas infringieran la ley y las recomendaciones de los órganos de control.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República en su artículo 370, establece: “Art. 370.-

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por la ley, será responsable de la prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados.

La policía nacional y las fuerzas armadas podrán contar con un régimen especial de seguridad social, de acuerdo con la ley; sus entidades de seguridad social formarán parte de la red pública integral de salud y del sistema de seguridad social. El Estado garantiza el pago de las pensiones de retiro de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.”;

Que el artículo 120, numeral 6 de la Constitución, establece como una de

las atribuciones y deberes de la Asamblea Nacional, el expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio;

Que el artículo 134 de la Carta Magna señala que, a los asambleístas, con

el apoyo de al menos el cinco por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional, le corresponde la iniciativa legislativa para presentar proyectos de ley;

Que la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional y sus reformas, se encuentran publicadas en el Suplemento del Registro Oficial No. 309, de 21 de julio de 2018;

Que el artículo 3 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, establece que “El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) forma parte del sistema de seguridad social, y, es un organismo autónomo con finalidad social y sin ánimo de lucro, con personería jurídica, patrimonio propio y domicilio en la ciudad de Quito.

El ISSPOL es el organismo ejecutor de esta Ley.”;

Que el artículo 4 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, determina que el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), contará con los siguientes organismos:

“a) Consejo Directivo;

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b) La Dirección General;”

Que el artículo 5 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, establece la integración del Consejo Directivo del ISSPOL;

Que el artículo 6 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional,

establece entre los deberes y atribuciones del Consejo Superior del ISSPOL, los siguientes:

“a) Cumplir y hacer cumplir esta Ley y sus reglamentos;

b) Formular la política general de Seguridad Policial y los planes y programas para alcanzar sus objetivos;

c) Dictar normas y resoluciones para asegurar la solvencia económica y la eficiencia administrativa del ISSPOL, la óptima utilización de sus recursos, la debida asignación de los fondos que administra, y para el control y evaluación de sus actividades de conformidad con esta Ley y que deberán ser publicadas en el Registro Oficial;

e) Aprobar, hasta el 31 de octubre de cada año, el Presupuesto y el plan de inversiones anuales;

h) Conocer y aprobar los estados financieros y balances actuariales debidamente auditados;

i) Designar al Director General y removerlo por causas debida y legalmente justificadas;”

Que el artículo 7 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional determina que el Director General, será nombrado por el Consejo Directivo del ISSPOL a partir de una terna presentada por el Ministro del Interior;

Que entre los deberes y atribuciones del Director General del ISSPOL, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, constan:

“a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Consejo Directivo;

b) Representar legalmente en todos los actos judiciales, extrajudiciales, contratos y convenios en los que intervenga el ISSPOL;

c) Administrar los bienes del ISSPOL, e invertir sus fondos y reservas en las mejores condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez;

f) Presentar para la aprobación del Consejo Directivo los estados financieros auditados, presupuestos, planes de inversión, informes de labores y programas de actividades del ISSPOL;”

Que el Patrimonio del ISSPOL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, está constituido, entre otros recursos, por:

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“f) Los recursos que generen los bienes del ISSPOL, el producto de las inversiones temporales que realice, de los depósitos en dinero, en divisas y/o en especies; y,”

Que el artículo 13 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional determina que las rentas del ISSPOL estarán constituidas, entre otras, por:

“f) La rentabilidad obtenida de las inversiones de todo tipo que realice el ISSPOL;” ; y,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente:

LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL

Artículo 1.- Sustitúyase el artículo 100, por el siguiente: ““Art. 100. - Los fondos y reservas del ISSPOL se invertirán en toda clase de operaciones que le garanticen la más alta rentabilidad y fortalezcan su capitalización, en función del interés económico y social, y de conformidad con la legislación en materia monetaria vigente en el país.

Los miembros del Consejo Directivo del ISSPOL y su Director General, serán, en materia civil y administrativa, solidariamente responsables por las acciones u omisiones que pongan en riesgo los recursos e inversiones de los fondos y reservas del ISSPOL.

Serán adicionalmente responsables en materia penal si en el ejercicio de sus actividades administrativas y económicas infringieran la ley y las recomendaciones de los órganos de control.”

Disposición Final.- La presente Ley reformatoria, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, …

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Oficio No: AN-COML-2021-045 Quito, 23 de marzo de 2021 Señor Doctor Fabricio Villamar Jácome ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Ciudad De mi consideración: María de Lourdes Cuesta Orellana, ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DEL AZUAY, en ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento mi respaldo para la presentación del ““PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA

NACIONAL”, propuesto por Usted; declarando adicionalmente que el presente documento cuenta con mi firma electrónica, auténtica y legítima. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente, Lourdes Cuesta Orellana ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DEL AZUAY ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR

Firmado electrónicamente por:

MARIA DE LOURDESCUESTA ORELLANA

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23/3/21 17:35Zimbra:

Página 1 de 3https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:21757&tz=America/Bogota&xim=1

De : Tanlly Janela Vera Mendoza<[email protected]>

Asunto : Re: Apoyo proyecto de leyPara : Pedro Fabricio Villamar Jácome

<[email protected]>

Zimbra: [email protected]

Re: Apoyo proyecto de ley

mar, 23 de mar de 2021 15:12

Mediante el presente me permito dar a conocer mi apoyo y firma de respaldo a favor del "Proyecto de LeyReformatoria del Artículo 100 de la Ley de Seguridad Social de la PolicíaNacional", propuesto por el señor legislador Fabricio Villamar Jácome.

Sin otro particular, suscribo.

Tanlly Vera MendozaAsambleísta por Manabí

De: "Pedro Fabricio Villamar Jácome" <[email protected]>Para: "Tanlly Janela Vera Mendoza" <[email protected]>Enviados: Miércoles, 17 de Marzo 2021 13:47:53Asunto: Apoyo proyecto de ley

Estimada Asambleísta,

De mi consideración:

De conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 134 de la Constitución de laRepública, en concordancia con el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de la FunciónLegislativa, con el objetivo de presentar el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DELARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍANACIONAL”; que se anexa al presente para su conocimiento.

Por lo que mucho agradeceré, considerar y formalizar su apoyo a la iniciativa legislativa con lafinalidad de lograr el respaldo legalmente requerido para el trámite en la Asamblea Nacional.

Atentamente,

--

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23/3/21 17:35Zimbra:

Página 2 de 3https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:21757&tz=America/Bogota&xim=1

De : Pedro Fabricio Villamar Jácome<[email protected]>

Asunto : Apoyo proyecto de leyPara : Tanlly Janela Vera Mendoza

<[email protected]>

Pedro Fabricio Villamar JácomeASAMBLEISTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. ext 3194

Celular: (+593) 0999566588 Quito - Ecuador

mié, 17 de mar de 2021 13:472 ficheros adjuntos

Estimada Asambleísta,

De mi consideración:

De conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 134 de la Constitución de laRepública, en concordancia con el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de la FunciónLegislativa, con el objetivo de presentar el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DELARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍANACIONAL”; que se anexa al presente para su conocimiento.

Por lo que mucho agradeceré, considerar y formalizar su apoyo a la iniciativa legislativa con lafinalidad de lograr el respaldo legalmente requerido para el trámite en la Asamblea Nacional.

Atentamente,

-- Pedro Fabricio Villamar JácomeASAMBLEISTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. ext 3194

Celular: (+593) 0999566588 Quito - Ecuador

OFICIO DE RESPALDO “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”.docx14 KB

Reforma ISSPOL.pdf142 KB

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23/3/21 17:35Zimbra:

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Oficio No. RY-AN-001-MA Quito, 18 de marzo de 2021. Señor Doctor Fabricio Villamar Jácome ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Ciudad De mi consideración: GRAL. (SP) RENÉ YANDÚN POZO, ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DEL CARCHI, en ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento mi respaldo para la presentación del ““PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”, propuesto por Usted; declarando adicionalmente que el presente documento cuenta con mi firma electrónica, auténtica y legítima. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente, GRAL. (SP) RENÉ YANDÚN POZO ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DEL CARCHI

Firmado electrónicamente por:

CASTULO RENEYANDUN POZO

Page 14: Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril ...

Quito, D.M; abril 5 de 2021 Oficio N.º 253–JCS–AN–2021

Señor Doctor Fabricio Villamar ASAMBLEÍSTA DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA De mi consideración: Yo, JIMMY JAIME ENRIQUE CANDELL SOTO, con cédula de identidad 0905259842, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a través del presente documento, respetuosamente expreso mi respaldo al “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”, a fin de que continúe el trámite interno correspondiente. Con sentimiento de distinguida consideración. Atentamente,

Ing. Jimmy Candell Soto, Ph.D. ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIALIZADA PERMANENTE DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIENCIA Y TECNOLOGÍA Jcs/ayg

Firmado electrónicamente por:

JAIME ENRIQUEJIMMY CANDELLSOTO

Page 15: Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril ...

Av.6deDiciembreyPiedrahitaEdf.AsambleaNacionalpiso7.Telf:02391900ext.1011

Quito, 9 de abril de 2021 Señor Doctor Fabricio Villamar Jácome ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Ciudad De mi consideración: Yo, Fernando Flores Vásquez ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, en ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento mi respaldo para la presentación del “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”, propuesto por Usted; declarando adicionalmente que el presente documento cuenta con mi firma electrónica, auténtica y legítima. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente,

H. Fernando Flores Vásquez Presidente de la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral

Carolina Cevallos
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Oficio No. 012-FC-AN-2021

Quito, 30 de marzo de 2021

Doctor

Fabricio Villamar

ASAMBLEÍSTA DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

En su Despacho.-

De mi consideración:

Yo, Fernando Callejas Barona, en mi calidad de Asambleísta de la República

del Ecuador, de conformidad con las disposiciones emitidas por la Asamblea

Nacional, a través de este documento expreso mi respaldo al “PROYECTO DE

LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD

SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”, a fin de que continúe el trámite interno

correspondiente.

Lo suscribo por medio de mi firma electrónica y manifiesto mi disponibilidad

para ratificarla por las vías que sean necesarias.

Particular que comunico para los fines pertinentes.

Atentamente,

Arq. Fernando Callejas Barona.

Asambleísta por la Provincia de Tungurahua.

Firmado electrónicamente por:

FERNANDOCALLEJAS

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Oficio Nro. 0693-AN-EP-AOPK-2021

Quito, D.M., 23 de marzo de 2021 Señor Doctor Fabricio Villamar ASAMBLEÍSTA DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA De mi consideración: Yo, Eddy Peñafiel Izquierdo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a través del presente documento, respetuosamente expreso mi respaldo al “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL”, a fin de que continúe el trámite interno correspondiente. Con sentimiento de distinguida consideración.

Atentamente,

Ing. Eddy Peñafiel Izquierdo ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE ORELLANA

Firmado electrónicamente por:

EDDY COLONPENAFIELIZQUIERDO

Page 18: Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril ...

Oficio Nro. 010 AN-RCG-21

Quito, D.M., 22 de marzo de 2021

Señor Doctor Fabricio Villamar

ASAMBLEÍSTA DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA De mi consideración:

Yo, Raúl Campoverde González de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a través del presente documento,

respetuosamente expreso mi respaldo al “PROYECTO DE

LEY REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL

DE LA POLICÍA NACIONAL”, a fin de que continúe el trámite interno correspondiente.

Con sentimiento de distinguida consideración.

Atentamente,

Raúl Campoverde González

ASAMBLEISTA PROVINCIA DEL GUAYAS

Firmado electrónicamente por:

RAUL FREDDY BOLIVARCAMPOVERDE GONZALEZ

Page 19: Memorando Nro. AN-PR-2021-0106-M Quito, D.M., 12 de abril ...

Oficio Nro. 011 AN-RCG-21

Quito, D.M., 22 de marzo de 2021

Señor Doctor Fabricio Villamar

ASAMBLEÍSTA DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA De mi consideración:

Yo, Raúl Campoverde González de conformidad con lo dispuesto en la Ley

Orgánica de la Función Legislativa, a través del presente documento, respetuosamente expreso mi respaldo al “PROYECTO DE LEY

REFORMATORIA DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE SEFURIDAD SOCIAL DE

LAS FUERZAS ARMADAS", a fin de que continúe el trámite interno correspondiente.

Con sentimiento de distinguida consideración.

Atentamente,

Raúl Campoverde González ASAMBLEISTA PROVINCIA DEL GUAYAS

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RAUL FREDDY BOLIVARCAMPOVERDE GONZALEZ