Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

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Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de septiembre de 2020 PARA: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque Prosecretario General Temporal ASUNTO: Difundir Proyecto de Ley De mi consideración: Según lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, envío el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.”, remitido el 1 de septiembre de 2020, y suscrito por el asambleísta Carlos Alberto Cambala Montece, a través del memorando Nro. AN-CMCA-2020-0031-M, a fin de que sea difundido a las/los asambleístas y a la ciudadanía por medio del portal Web y se remita al Consejo de Administración Legislativa (CAL), para el trámite correspondiente. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente, Documento firmado electrónicamente Mg. César Ernesto Litardo Caicedo PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL Anexos: - Lo indicado en 20 fojas útiles. OC/JA/JR 1/1 * Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción Firmado electrónicamente por: CESAR ERNESTO LITARDO CAICEDO

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Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M

Quito, D.M., 04 de septiembre de 2020

PARA: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque

Prosecretario General Temporal

ASUNTO: Difundir Proyecto de Ley

 

De mi consideración: 

 

 

Según lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, envío el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.”,

remitido el 1 de septiembre de 2020, y suscrito por el asambleísta Carlos Alberto Cambala Montece, a

través del memorando Nro. AN-CMCA-2020-0031-M, a fin de que sea difundido a las/los asambleístas y

a la ciudadanía por medio del portal Web y se remita al Consejo de Administración Legislativa (CAL),

para el trámite correspondiente. 

 

 

Con sentimientos de distinguida consideración.

 

Atentamente,

 

 

Documento firmado electrónicamente

Mg. César Ernesto Litardo Caicedo

PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL  

Anexos:

- Lo indicado en 20 fojas útiles.

OC/JA/JR

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

CESAR ERNESTOLITARDO CAICEDO

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Memorando Nro. AN-CMCA-2020-0031-M

Quito, D.M., 01 de septiembre de 2020

PARA: Sr. Mg. César Ernesto Litardo CaicedoPresidente de la Asamblea Nacional

ASUNTO: PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓNINTERCULTURAL L.O.E.I.

 De mi consideración:  En mi calidad de Asambleísta Provincial y de acuerdo a lo dispuesto en articulo 54 numeral 1 de la LeyOrgánica de la Función Legislativa, presento ante usted el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIOA LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I”, y solicito se sirva iniciarel trámite legislativo correspondiente.  Adjunto encontrara el mencionado proyecto de ley que contiene la exposición de motivos, losconsiderandos, el articulado y las firmas de respaldo a esta iniciativa de acuerdo a lo determinado en lanormativa legal de la Función Legislativa.  Hago propicia la ocasión para reiterarle mis sentimientos de alta consideración y estima.     Atentamente,   

Documento firmado electrónicamente

Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA  

Anexos: - proyecto_de_ley_reformatorio_a_la_ley_organica_de_educacion_intercultural_0623135001598985328.pdf- apoyo_de_asambleistas.pdf

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

CARLOS ALBERTOCAMBALA MONTECE

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PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE

EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución de la República en su artículo 3 numeral 1 establece que es un deber

primordial del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los

derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en

particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus

habitantes.

La Ley Orgánica de Educación Intercultural en su artículo 1 garantiza el derecho a la

educación, en la misma se determina los principios y fines generales que orientan la

educación ecuatoriana en el marco del buen vivir, la interculturalidad y la

plurinacionalidad; así como las relaciones entre sus actores.

Las mencionadas leyes tienen como función primordial, fomentar iniciativas que

promuevan el desarrollo humano integral de niños, niñas y adolescentes, desde una

perspectiva centrada en la promoción de principios y valores básicos para la convivencia

armónica, velando y garantizando las condiciones para la protección de los estudiantes y

la comunidad educativa en el marco del respeto a sus derechos y principios.

La sociedad actual presenta nuevos retos y desafíos en la tarea de formar y orientar para

la vida; el sistema educativo ecuatoriano ha buscado reconfigurarse en torno a estas

demandas; creando lineamientos que el Estado, la Constitución, la Ley Orgánica de

Educación Intercultural y su Reglamento plantean como marco jurídico y político para

dar a conocer y socializar un modelo de educación de calidad, una formación integral que

cumpla con condiciones de gratuidad, igualdad de oportunidades, inclusión y

participación, respeto a las diversidades y libertades; así como la protección a niños, niñas

y adolescentes.

En este sentido, la educación debe ser concebida como un área prioritaria de la política

pública, promoviendo un modelo centrado en el ser humano, su entorno social y natural,

considerando su preparación para una sociedad más democrática, equitativa, inclusiva,

pacífica, promotora de la interculturalidad y la diversidad.

En primera instancia, la configuración de la Ley Orgánica de Educación Intercultural ha

cumplido el objetivo de crear un sistema de educación con una rectoría más incluyente y

de mejor calidad lo que ha permitido cambiar la percepción de la ciudadanía sobre la

educación pública ecuatoriana y ha logrado sostenidamente aumentar las cifras sobre

acceso y permanencia en la educación gratuita y de calidad.

Sin embargo, es importante realizar reformas a la Ley Orgánica de Educación

Intercultural con el objetivo de generar una normativa que se adapte a la realidad de niños,

niñas, adolescentes; y, a la realidad de la misma comunidad educativa, a fin de que no se

violente lo determinado en las leyes que rigen en materia de jurisprudencia, garantizando

el cumplimiento de los debidos procesos, atendiendo de manera prioritaria el interés

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superior de los niños, niñas y adolescentes ya que sus derechos prevalecen sobre los de

las demás personas.

Adicionalmente el presente proyecto de ley destaca la importancia de combatir las

distintas formas de violencia o discriminación a los niños, niñas y adolescentes, por tanto,

es necesario incorporar nuevas reformas al ordenamiento jurídico educativo vigente a fin

de garantizar ambientes y espacios seguros y que permitan el desarrollo integral de la

niñez y adolescencia de nuestro país.

Finalmente se busca precisar ciertos términos en la Ley Orgánica de Educación

Intercultural vigente a fin de que no impidan que se cumpla lo estipulado en el artículo

76 de la Constitución de República del Ecuador y el principio de imparcialidad

determinado en el Código Orgánico de la Función Judicial en los procesos llevados a

cabo por lo niveles desconcentrados del Ministerio de Educación.

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CONSIDERANDO

Que, el artículo 3 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece que

es un deber primordial del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce

de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en

particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus

habitantes.

Que, el artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el más

alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en

la Constitución, y será responsable por las violaciones de los principios y reglas del

debido proceso.

Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que la

educación es un derecho fundamental de las personas a lo largo de su vida y un deber

ineludible e inexcusable del Estado, que constituye un área prioritaria de la política

pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición

indispensable para el buen vivir.

Que, el artículo 27 de la ley, ibídem determina que la educación debe estar centrada en

el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos

humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria,

intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad

de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la

cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y

capacidades para crear y trabajar.

Que, el artículo 28 de la mencionada norma constitucional determina que, la educación

responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y

corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin

discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su

equivalente.

Que, el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador indica que en todo

proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará

el derecho al debido proceso que incluirá garantías básicas.

Que, de acuerdo al numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del

Ecuador, el derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

k) Ser juzgado por una jueza o juez independiente, imparcial y competente. Nadie será

juzgado por tribunales de excepción o por comisiones especiales creadas para el efecto.

Que, el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el

sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales

consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación,

celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso.

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Que, el primer inciso del artículo 343 de la carta magna indica que el Sistema Nacional

de Educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades

individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, la generación de

técnicas, saberes, artes y culturas.

Que, el segundo inciso del artículo 344 de la ley, ibídem reconoce que el Estado ejerce

la rectoría del Sistema Nacional de Educación a través de la Autoridad Educativa

Nacional.

Que, el artículo 345 de la Constitución de la República del Ecuador identifica a la

educación como un servicio público que se prestará a través de instituciones públicas,

fisco misionales y particulares.

Que, el artículo 347 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe las

responsabilidades del Estado en el campo educativo, entre las que señala que es

responsabilidad del Estado, erradicar todas las formas de violencia en el sistema

educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los

estudiantes.

Que, el artículo 348 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que la

educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y

suficiente. La distribución de los recursos destinados a la educación se regirá por criterios

de equidad social, poblacional y territorial, entre otros. El Estado financiará la educación

especial y podrá apoyar financieramente a la educación fisco misional, artesanal y

comunitaria, siempre que cumplan con los principios de gratuidad, obligatoriedad e

igualdad de oportunidades, rindan cuentas de sus resultados educativos y del manejo de

recursos públicos, y estén debidamente calificadas, de acuerdo con la ley. Las

instituciones educativas que reciban financiamiento público no tendrán fines de lucro. La

falta de transferencia de recursos en las condiciones señaladas será sancionada con la

destitución de la autoridad y de las servidoras y servidores públicos remisos de su

obligación.

Que, es deber del Estado garantizar la eficiencia y eficacia de las acciones técnicas,

administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país,

unificando y actualizando los nuevos criterios técnicos y legales vigentes.

Que, es deber del Estado el garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas,

administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país,

unificando y actualizando los nuevos criterios técnicos y legales vigentes.

Que es potestad de los Asambleístas presentar proyectos de ley que vayan en beneficio

de las y los servidores públicos del país.

En ejercicio de las atribuciones previstas en el Artículo 120 numeral sexto de la

Constitución de la República expide la siguiente:

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PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE

EDUCACIÓN INTERCULTURAL

Articulo 1.- Sustitúyase el literal i) del articulo 2, por el siguiente texto:

i) La educación debe basarse en la transmisión y práctica de valores que promuevan

la libertad personal, la democracia, el respeto a los derechos, la responsabilidad, la

solidaridad, la tolerancia, la equidad, la igualdad, la justicia y el respeto a la

diversidad de género, etnia, condición migratoria,, creencia religiosa, identidad

cultural, idioma, condición socio-económica, orientación sexual, estado de salud,

discapacidad, diferencia física, y la eliminación de toda forma de discriminación que

tenga por objeto o resultado menoscabar o anular los derechos de las y los niños,

niñas y adolescentes.

Artículo 2.- Agréguese al artículo 7, el siguiente literal:

u) Desarrollarse en un ambiente sano, equilibrado, respetuoso y seguro que

promueva el desarrollo humano integral de niños, niñas y adolescentes, desde una

perspectiva centrada en la promoción de principios y valores básicos para la

convivencia armónica.

Artículo 3.- Sustitúyase el literal r) del artículo 10, por el siguiente texto:

r) Gozar de vacaciones según el régimen correspondiente, de acuerdo al cronograma

que establece la Autoridad Educativa Nacional.

Articulo 4.- Elimínese el literal c) del artículo 64.

Artículo 5. - Agréguese al artículo 64 el siguiente inciso

En el caso de que la o el servidor haya recibido, durante un mes calendario dos o

más amonestaciones verbales o escritas, la máxima autoridad del establecimiento

educativo remitirá al nivel desconcentrado un expediente completo con las sanciones

impuestas y la documentación que respalde los actos u omisiones que hayan generado

dichas amonestaciones, para que previo análisis de la Unidad Distrital de Talento

Humano y Máxima Autoridad Distrital se proceda a la implantación de la sanción

pecuniaria que no exceda el diez por ciento de la remuneración básica unificada del

docente.

Articulo 6.- Sustitúyase el texto del primer inciso del artículo 65, por el siguiente:

Artículo 65.- Juntas Distritales de Resolución de Conflictos.- La Autoridad

Educativa Nacional designará a cada nivel desconcentrado, un equipo

interdisciplinario constituido por tres profesionales (un abogado/a, un psicólogo/a y

un Trabajador Social/a) con experiencia en la defensa de niños, niñas y adolescentes,

para conformar la Junta Distrital de Resolución de conflictos, los miembros serán

neutrales y no podrán estar implicados en ninguna instancia del proceso

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administrativo, tendrán autonomía en el desarrollo de su potestad sancionadora,

respetando las garantías del debido proceso y el principio de imparcialidad.

Articulo 7.- Sustituya el literal g) del artículo 66, el siguiente literal:

g) Dictar medidas de protección en caso de intimidación, amenaza o afectación a la

integridad física, psicológica, emocional o sexual de las y los estudiantes.

Articulo 8.- Agréguese al artículo 66 los siguientes literales:

h) Resolver con rapidez y dentro de los tiempos previstos en el Reglamento General

a la presente Ley, dentro de sus competencias, los procesos administrativos y

sancionatorios, por los incumplimientos derivados del cometimiento u omisión de

hechos o actos de intimidación, discriminación, acoso, abuso y otras manifestaciones

de violencia física, psicológica, emocional o sexual, imputables a miembros de la

comunidad educativa. Sus actos deberán realizarse en apego a los principios de

legalidad, eficacia, y eficiencia.

i) Las demás funciones establecidas en el reglamento de la presente ley.

Artículo 9.- Sustitúyase el primer parrafo del numeral 1 del artículo 98:

1. Todo docente que haya laborado al menos un (1) año lectivo completo en un mismo

establecimiento educativo, podrá solicitar su traslado.

Artículo 10.- Disposición Final

La presente Ley Orgánica Reformatoria entrara en vigencia a partir de su

publicación en el registro oficial.

.

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:-18023&tz=America/Bogota&xim=1 1/1

De : Andrea Alexandra Yaguana Echeverria<[email protected]>

Asunto : Solicitud de Apoyo del Proyecto de LeyPara : Carlos Alberto Cambala Montece

<[email protected]>

Zimbra: [email protected]

Solicitud de Apoyo del Proyecto de Ley

lun, 31 de ago de 2020 17:24

Estimado Asambleísta, Yo, Andrea Alexandra Yaguana Echeverría, portador(a) de la cédula de ciudadanía 0105794788,Asambleísta por la Provincia de El Oro, me permito manifestar mi apoyo a la propuesta de lasolicitud de "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓNINTERCULTURAL L.O.E.I.", iniciativa del Asambleísta Carlos Cambala. Atentamente,

Eco. Andrea Alexandra Yaguana EcheverríaASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE EL OROJuan Murillo 21-166 y San Gregorio Esq.Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1418

Celular: (+593) 996537517 Quito - Ecuador

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:17947&tz=America/Bogota&xim=1 1/3

De : César Fausto Solórzano Sarria<[email protected]>

Asunto : Fwd: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : Carlos Alberto Cambala Montece

<[email protected]>

Zimbra: [email protected]

Fwd: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY

jue, 27 de ago de 2020 13:342 ficheros adjuntos

Estimado Carlos

Yo, César Solórzano Sarria, en mi calidad de Asambleísta por Napo y PrimerVicepresidente de la Asamblea Nacional, me permito indicar que respaldo lapropuesta de iniciativa del Asambleísta Carlos Cambala, denominada "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓNINTERCULTURAL L.O.E.I." .

Atentamente,

Ing. César Solórzano SarriaPRIMER VICEPRESIDENTE

De: "Carlos Alberto Cambala Montece" <[email protected]>Para: "César Fausto Solórzano Sarria" <[email protected]>Enviados: Miércoles, 26 de Agosto 2020 19:30:02Asunto: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY

Estimado Asambleísta. En el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, hemos trabajado en unainiciativa denominada: "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I."; texto que propone reformar la normativa vigente a finde crear ambientes más seguros para los niños, niñas y adolescentes así como para la comunidadeducativa; finalmente busca precisar ciertos términos a fin de que se cumpla lo determinado en laConstitución de la República del Ecuador. En ese sentido, y de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de laFunción Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo, a fin de contar con los respaldosrequeridos para presentar la propuesta oficialmente. De conformidad con las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, sedeberá responder a este correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar lapresente iniciativa.

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:17947&tz=America/Bogota&xim=1 2/3

De : Carlos Alberto Cambala Montece<[email protected]>

Asunto : SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : cesar solorzano

<[email protected]>

Saludos Cordiales--

Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173

Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador

--

LOGO iNG.jpeg106 KB

PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIONINTERCULTURAL..pdf211 KB

mié, 26 de ago de 2020 19:301 ficheros adjuntos

Estimado Asambleísta. En el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, hemos trabajado en unainiciativa denominada: "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I."; texto que propone reformar la normativa vigente a finde crear ambientes más seguros para los niños, niñas y adolescentes así como para la comunidadeducativa; finalmente busca precisar ciertos términos a fin de que se cumpla lo determinado en laConstitución de la República del Ecuador. En ese sentido, y de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de laFunción Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo, a fin de contar con los respaldosrequeridos para presentar la propuesta oficialmente. De conformidad con las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, sedeberá responder a este correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar lapresente iniciativa. Saludos Cordiales--

Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173

Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:17947&tz=America/Bogota&xim=1 3/3

PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIONINTERCULTURAL..pdf211 KB

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:17962&tz=America/Bogota&xim=1 1/2

De : Claudio Esteban Albornoz Vintimilla<[email protected]>

Asunto : Re: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : carlos cambala

<[email protected]>

Zimbra: [email protected]

Re: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY

jue, 27 de ago de 2020 17:21

Estimado Asambleísta Cambala:

Por medio del presente y de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en mi calidad de Asambleísta por laProvincia de Azuay, me permito manifestar mi apoyo a la iniciativa de leydenominada "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓNINTERCULTURAL L.O.E.I."

Saludos cordiales,

Claudio Esteban Albornoz VintimillaASAMBLEISTA POR LA PROVINCIA DE AZUAY

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DELDESARROLLO ECONÓMICOPiedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. ext 1016Celular: (+593) 0960506928Quito - Ecuador

De: "carlos cambala" <[email protected]>Para: "Claudio Esteban Albornoz Vintimilla" <[email protected]>Enviados: Miércoles, 26 de Agosto 2020 18:52:52Asunto: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY

Estimado Asambleísta.

En el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, hemos trabajado en unainiciativa denominada: "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I."; texto que propone reformar la normativa vigente a finde crear ambientes más seguros para los niños, niñas y adolescentes así como para la comunidadeducativa; finalmente busca precisar ciertos términos a fin de que se cumpla lo determinado en laConstitución de la República del Ecuador. En ese sentido, y de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de laFunción Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo, a fin de contar con los respaldosrequeridos para presentar la propuesta oficialmente. De conformidad con las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, sedeberá responder a este correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar lapresente iniciativa.

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1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:17962&tz=America/Bogota&xim=1 2/2

De : Carlos Alberto Cambala Montece<[email protected]>

Asunto : SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : esteban albornoz

<[email protected]>

Saludos Cordiales.

-- Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173

Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador

mié, 26 de ago de 2020 18:521 ficheros adjuntos

Estimado Asambleísta.

En el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, hemos trabajado en unainiciativa denominada: "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I."; texto que propone reformar la normativa vigente a finde crear ambientes más seguros para los niños, niñas y adolescentes así como para la comunidadeducativa; finalmente busca precisar ciertos términos a fin de que se cumpla lo determinado en laConstitución de la República del Ecuador. En ese sentido, y de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de laFunción Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo, a fin de contar con los respaldosrequeridos para presentar la propuesta oficialmente. De conformidad con las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, sedeberá responder a este correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar lapresente iniciativa. Saludos Cordiales.

-- Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.

Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.

Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173

Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador

PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIONINTERCULTURAL..pdf211 KB

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Memorando Nro. AN-TSSF-2020-0023-M

Quito, D.M., 26 de agosto de 2020

PARA: Sr. Mg. César Ernesto Litardo CaicedoPresidente de la Asamblea Nacional

ASUNTO: FIRMA DE RESPALDO AL PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEYORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I

 De mi consideración:  De conformidad al numeral 1 del Art. 54 de la ley Orgánica de la Función Legislativa, al Reglamentopara la Implementación de las Sesiones Virtuales y el Teletrabajo Emergente en la Asamblea Nacional; y,a la Guía para Procesos Legislativos durante la Emergencia Sanitaria, suscribo y apoyo, por este medioelectrónico, el "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.", iniciativa legislativa propuesta y presentada por el Asambleísta Carlos Alberto Cambala Montece.   Aprovecho la ocasión para expresarle mis sentimientos de alta estima y consideración.  Atentamente,   

Documento firmado electrónicamente

Sr. Segundo Fausto Terán SarzosaASAMBLEÍSTA  

Copia: Sr. Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceAsambleísta 

Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio DuqueProsecretario General Temporal

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

SEGUNDO FAUSTOTERAN SARZOSA

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Oficio Nro. AN-JCYNE-2020-0100-O

Quito, D.M., 31 de agosto de 2020

Asunto: FIRMA DE RESPALDO A PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY

ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

Sr. Abogado

Carlos Alberto Cambala Montece

Asambleísta

Sr. Magister

César Ernesto Litardo Caicedo

Presidente de la Asamblea Nacional

ASAMBLEA NACIONAL

En su Despacho

De mi consideración:

Por medio de la presente extiendo mi apoyo y respaldo a la iniciativa del "PROYECTO DE LEY

ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL",

propuesto por el Asambleísta Ab. Carlos Cambala Montecé, conforme a mis atribuciones previstas en el

artículo 134 numeral 1 de la Constitución de la República y artículo 54 numeral 1 de la Ley Orgánica de la

Función Legislativa.

Con sentimientos de distinguida consideración.

Atentamente,

Juan Carlos Yar

ASAMBLEÍSTA

1 / 1 * Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

JUAN CARLOSYAR ARAUJO

Page 17: Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

Memorando Nro. AN-PCL-2020-0016-M

Quito, D.M., 31 de agosto de 2020

PARA: Sr. Abg. Carlos Alberto Cambala Montece

Segundo Vocal de la Asamblea Nacional

ASUNTO: Apoyo al Proyecto de Ley Reformatorio a la Ley Orgánica de Educación Intercultural

L.O.E.I

 

De mi consideración: 

 

Con un cordial saludo, en mi calidad de asambleísta por la provincia de esmeraldas, me permito

manifestar a su autoridad que cuenta con mi apoyo a la excelente iniciativa del “Proyecto de Ley

Reformatorio a la Ley Orgánica de Educación Intercultural L.O.E.I” para fines pertinentes. 

 

Con sentimientos de distinguida consideración.

 

Atentamente,

 

 

Documento firmado electrónicamente

Lic. Lenin Plaza Castillo

ASAMBLEÍSTA  

Anexos:

- proyecto_de_ley_reformatorio_a_la_ley_organica_de_educacion_intercultural..pdf

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

LENINPLAZA

Page 18: Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

1/9/2020 Zimbra:

https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:-17894&tz=America/Bogota&xim=1 1/1

De : Maria José Carrión Cevallos<[email protected]>

Asunto : apoyoPara : Carlos Alberto Cambala Montece

<[email protected]>

Zimbra: [email protected]

apoyo

mié, 26 de ago de 2020 22:331 ficheros adjuntos

De mi consideración:Reciba un cordial saludo de mi parte. En ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitucióny la Ley Orgánica de la Función Legislativa, por medio de la presente, manifiesto mi voluntad deapoyar al "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DEEDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.", propuesto por el Asambleísta, Carlos AlbertoCambala Montece Con esta ocasión reitero mis sentimientos de consideración y estima.

Atentamente,

Dra. María José Carrión CevallosAsambleísta por Pichincha

MEMORANDO No. AN.064-MJC-2020 apoyo al proyecto de ley AsambleistaCambala.-signed.pdf143 KB

Page 19: Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

Oficio Nro. AN-ZCNE-2020-0003-O

Quito, D.M., 31 de agosto de 2020

Asunto: FIRMA DE RESPALDO A PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEYORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL  Sr. AbogadoCarlos Alberto Cambala MonteceAsambleísta

 Sr. MagisterCésar Ernesto Litardo CaicedoPresidente de la Asamblea Nacional

ASAMBLEA NACIONAL

En su Despacho   De mi consideración:  Por medio de la presente extiendo mi apoyo y respaldo a la iniciativa del "PROYECTO DE LEYORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL",propuesto por el Asambleísta Ab. Carlos Cambala Montecé, conforme  a mis atribuciones previstas en elartículo 134 numeral 1 de la Constitución de la República y artículo 54 numeral 1 de la Ley Orgánica dela Función Legislativa.  Con sentimientos de distinguida consideración.  Atentamente,   

Documento firmado electrónicamente

Mgster. Noralma Elizabeth Zambrano CastroASAMBLEÍSTA  

1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción

Firmado electrónicamente por:

NORALMA ELIZABETHZAMBRANO CASTRO

Page 20: Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

!

Quito, 01 de Septiembre del 2020

Oficio No. AS-ORO-2020-060

Asambleísta. Carlos Cambala Presente De mi consideración.

Mediante la presente y de conformidad con el Art. 54 numeral 1 de la Ley Orgánica de

la Función Legislativa quisiera manifestar mi apoyo y firma de respaldo al PROYECTO

DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

INTERCULTURAL L.O.E.I.

Agradeciendo de antemano la atención a la presente, me suscribo de usted.

Atentamente.

Ab. Rosa Orellana Román

Asambleísta por la Provincia de El Oro

Firmado electrónicamente por:

ROSA GINAORELLANA

Page 21: Memorando Nro. AN-PR-2020-0167-M Quito, D.M., 04 de ...

Edificio DINADEP: San Gregorio OE3-86, Quito 170129 – Oficina 501

Teléfono 3991000 ext: 1696 Correo electrónico: [email protected]

Horario: 8:00 a 17:00

Oficio No. 2020- DRBM – 0138

Loja, 31 de agosto de 2020.

Señor

Carlos Cambala

ASAMBLEÍSTA

En su despacho

De mi consideración.-

Por medio del presente y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo

54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, yo, Rubén Alejandro Bustamante

Monteros, portador de la cédula de ciudadanía 1102071816 , Asambleísta por la

Provincia de Loja, me permito manifestar mi apoyo a la propuesta de la solicitud

de "PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY ORGÁNICA

DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL L.O.E.I.", iniciativa del Asambleísta Carlos

Cambala.

Particular que comunico para los fines pertinentes.

Atentamente,

Ing. Rubén Bustamante Monteros

ASAMBLEÍSTA POR LOJA

Firmado electrónicamente por:

RUBEN ALEJANDROBUSTAMANTEMONTEROS