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CAPITULO 2 2.1 Historia de la Agrimensura La agrimensura es un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde los inicios de la historia registrada ha sido un requisito en la planificación y ejecución de casi toda forma de construcción, actualmente aplicada en el transporte, edificación, construcción en general, comunicaciones, cartografía, y para la definición de los límites legales de la propiedad de terrenos. Los comienzos de la agrimensura se remontan a tiempos tan remotos como la misma idea de la propiedad de la tierra. Su práctica fue consecuencia del proceso de radicación y afincamiento experimentado por las parcialidades que de nómadas pasaran a sedentarios; que de una economía pastoril evolucionaran a actividades de tipo agrario. Esto exigió la distribución de la tierra y su ordenamiento parcelario, imponiéndose la mensuración de los respectivos predios, de cuya actividad nació la Agrimensura como ciencia, arte u oficio. Desde entonces, la mayoría de las civilizaciones de la historia del mundo han usado algún tipo de medición de terrenos, que con el tiempo se han vuelto más sofisticadas a causa de los cambios de leyes y desarrollo de la tecnología. Algunos de los logros arquitectónicos más notables de las antiguas sociedades civilizadas no habría sido posible sin el conocimiento de los principios básicos de la topografía. Las grandes pirámides de Egipto y los acueductos romanos existen, en parte, como un testimonio de la habilidad del agrimensor. Nuestro sistema actual de la agrimensura de tierras y el mantenimiento de registros es en realidad una historia compuesta de capas de técnicas y conceptos acumulados a través del tiempo, tan pronto como originarias desde hace más de 5,000 años.

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CAPITULO 2

2.1 Historia de la Agrimensura

La agrimensura es un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde los

inicios de la historia registrada ha sido un requisito en la planificación y ejecución de casi

toda forma de construcción, actualmente aplicada en el transporte, edificación,

construcción en general, comunicaciones, cartografía, y para la definición de los límites

legales de la propiedad de terrenos.

Los comienzos de la agrimensura se remontan a tiempos tan remotos como la misma idea

de la propiedad de la tierra.

Su práctica fue consecuencia del proceso de radicación y afincamiento experimentado por

las parcialidades que de nómadas pasaran a sedentarios; que de una economía pastoril

evolucionaran a actividades de tipo agrario.

Esto exigió la distribución de la tierra y su

ordenamiento parcelario, imponiéndose

la mensuración de los respectivos

predios, de cuya actividad nació la

Agrimensura como ciencia, arte u oficio.

Desde entonces, la mayoría de las

civilizaciones de la historia del mundo

han usado algún tipo de medición de

terrenos, que con el tiempo se han

vuelto más sofisticadas a causa de los

cambios de leyes y desarrollo de la

tecnología.

Algunos de los logros arquitectónicos

más notables de las antiguas sociedades civilizadas no habría s ido pos ible s in el

conocimiento de los principios bás icos de la topografía. Las grandes

pirámides de Egipto y los acueductos romanos exis ten, en parte, como un

testimonio de la habil idad del agrimensor. Nue s tro s i s te ma a c tua l de l a

agrimensura de tierras y el mantenimiento de registros es en realidad una historia

compuesta de capas de técnicas y conceptos acumulados a través del tiempo, tan pronto

como originarias desde hace más de 5,000 años.

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Uno de los primeros ejemplos de una

medición de terreno utilizando medios

matemáticos se encuentra en el

antiguo Egipto. La Gran pirámide,

construida alrededor de 2,700

a.C. en Guiza, demuestra los

conocimientos egipcios de las técnicas

de la agrimensura, pues esta exhibe

una base casi perfectamente cuadrada

y sus cuatro lados están

situados directamente al norte, sur,

este y oeste, con asombrosa exactitud.

El primer documento conocido

acerca la propiedad de tierras es

“el regis tro de terrenos egipcios”,

creado alrededor del año 3,000 a.C, en el cual se muestra a los propietarios

de varias áreas de tierra y también se regis tra su ubicación.

También se conoce, gracias a Heródoto (historiador y geógrafo griego), que en el

antiguo Egipto trabajaban unos técnicos llamados “estiradores de cuerdas”, los

que utilizaban cuerdas de longitudes conocidas con las que se encargaban de replantear

los límites de las propiedades después de las crecidas del Nilo, as ignando a cada

agricultor el área que le correspondía tal cual había s ido relevada previo a la

crecida, lo cual permitía mantener el funcionamiento del motor principal de

la e c onomí a , c omo e ra l a a g ri c ul tura , l o c ua l e ra muy i mporta nte e n

un pa í s c omo E g i pto.

Las herramientas de agrimensura que eran usadas en

el antiguo Egipto eran simples, pero, como es obvio,

ellos las usaban de forma completamente

efectiva. Las herramientas más bá s i c a s e ra n

l a p l oma da , una va ri l l a de c odo, pa ra

me di c i one s c orta s y una c ue rda de

calibración de 100 codos para mediciones largas.

Estas cuerdas eran anudadas a intervalos se

igual distancia.

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Aparentemente usaron la aplicación práctica del triángulo egipcio para establecer ángulos

de 90 grados. Para nivelar, los egipcios usaban una herramienta en forma de “A”. Una

plomada, colgada desde la parte superior de la “A” suspendida por el centro de la viga

cruzada cuando la herramienta estaba nivelada extremo con extremo.

Era común que las tierras tuvieran

propietarios, aunque la mayoría le

pertenecían al Faraón. Esto fue lo que hizo

mas importante la agrimensura, pues

el alquiler y los impuestos estaban basados en

el área que era cultivada.

En Mesopotámia tambien se desarrolló la agrimensura como consecuencia de las obras de

canalización y regadío que se servían de las aguas de los ríos Tigris y Eufrates para regar

las tierras.

Una prueba del uso de la agrimensura en la antigua

Babilonia es la placa de roca caliza conocida como el

Kudurru babilónico, que data del año 1,200 a.C., la

cual contiene inscripciones acerca de los terrenos.

Contiene el límite, el nombre del agrimensor, del

propietario y la historia de la propiedad.

Esta representa uno de los métodos de agrimensura

actual, por la utilización en tiempos recientes de

piedras límite u otra marca en una esquina de la

propiedad.

Cerca del año 500 a.C., los griegos habían adoptado

muchas de las técnicas topográficas egipcias. Es

conocido que matemáticos, incluidos Tales de Mileto y Pitágoras, viajaron a Egipto a

estudiar geometría, regresando a Grecia a transmitir su conocimiento en matemáticas y

agrimensura. Estos adaptaron las técnicas de medidas, modificándolas con sus sofisticados

avances, convirtiéndola en un sistema refinado.

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En Grecia, fueron inventados los jalones y la gromma,

un tipo de escuadra que utilizaron para el trazado de

perpendiculares en el campo, y tambien el trípode para

sostener la dioptras (antecesor directo del teodolito).

De esta época es también el nivel de agua, mediante el

cual la altimetría dio sus primeros pasos.

El imperio Romano, es tambien otra civilización

conocida por su habilidad en la medición de terrenos:

una inspección de las calles romanas, acueductos,

canales, edificios, distribución de la cuidad, y las

divisiones de la tierra confirma su dominio insuperable en el uso de instrumentos

topográficos.

Los romanos fueron los primeros en sistematizar la repartición de la tierra y en hacer de la

agrimensura una profesión oficial.

Los principios básicos de la agrimensura han cambiado poco a lo largo de los siglos, pero

los instrumentos utilizados por los agrimensores han evolucionado enormemente.

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Evolución de la Agrimensura

2.2 A medidas que el hombre fue evolucionando y dio el paso de nómada a sedentario,

esto fue produciendo necesidades que hicieran posible su convivencia, entre ellas, la

necesidad de organización. Esta necesidad hizo posible la distribución de los espacios de

que disponían, primero para construir sus casas o viviendas y luego para distribuir los

espacios destinados para el cuido de los animales domésticos y los espacios disponibles

para la agricultura.

Es por esta razón que se afirma que la agrimensura es una de las profesiones más antiguas

de la humanidad, ya que su uso consciente viene desde tiempos muy lejanos,

aproximadamente 3,000 aC. Como ha sido expresado antes, las subidas del río Nilo, en

Egipto, produjo la profesión de los denominados estiradores de cuerdas, quienes tenían la

facultad de localizar los terrenos ocupados por sus dueños, una vez las aguas del Nilo

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volvían a su nivel, quedando nueva vez los terrenos cultivables ocupados por sus antiguos

propietarios, en dimensiones y cantidades similares.

Esa gran visión del hombre de la protección y cuidado de los terrenos cultivables es lo que

lo ha llevado a determinar que, uno de los recursos naturales más importantes de un

pueblo es su suelo. De ahí que la declaración de las Naciones Unidas de Ginebra en 1963,

en el marco del Decenio para el Desarrollo, haya expresado:

“Después de la población humana, la mayor riqueza de un país es su suelo”.

Inicio de la Agrimensura

En los comienzos de la agrimensura, para poder determinar longitudes y valores

angulares, se usaba una cadena de longitud conocida, aplicándose una tensión en los

extremos a fin de eliminar los efectos del pandeo, así podían determinar las longitudes

perimetrales de las propiedades. Posteriormente, llegaron otros artefactos predecesores

de la brújula para la medición de los ángulos internos.

De Egipto y Caldea, la agrimensura pasó a Grecia, donde fueron inventados los jalones y

un tipo de escuadra, denominada la gromma y también la dioptra, la cual consistía en un

objeto que permitía medir cambios de nivel del terreno y media los ángulos formados por

las líneas divisorias de los linderos; esta disponía también de un trípode que le permitía

sostenerse en posición vertical.

De esta época es también el nivel de agua, mediante el cual dio sus primeros pasos la

Altimetría, rama auxiliar de la agrimensura.

En Roma, la actividad de los agrimensores fue constreñida a un concreto “corpus juris" al

crearse la "actio finium regundorum", aquella acción mixta en la que se puede ver el

origen de la acción de deslinde, actualmente muy de moda en nuestro país, gracias a la

nueva legislación de tierras, Ley 108-05, y sus modificaciones.

A continuación podemos apreciar imágenes de La Gromma, instrumento de uso obligado

en la Roma antigua, quienes son un gran legado de la distribución de espacios y

construcciones modernas.

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LA GROMMA

Estela funeraria de Nicostratus, donde está

esculpida una groma. Museoarqueológico de Nápoli.

Modelo egipcio

A continuación podremos apreciar una imagen de una dioptra, construida según la

descripción que hace el historiador de la antigüedad Herón de Alejandría, el tercer

instrumento detectado como auxiliar de la agrimensura en los tiempos antiguos.

Dioptra y su Evolución

Dioptra según la describe, Herón de Alejandría

Bajo los romanos los agrimensores se establecieron como una profesión de vital

importancia, y crearon las divisiones básicas del imperio, los terrenos conquistados, así

como el registro de los impuestos de las tierras conquistadas (sobre el año 300 aC).

En Inglaterra, se estableció lo que se denomina el Domesday Book, instituido por

Guillermo I, en el 1086 de nuestra época. Este registro contenía una distribución agraria

de toda la tierra, que cubría toda la extensión ocupada por el país. En el figuran nombres

de los propietarios de las tierras, superficie, calidad de la tierra, e información específica

sobre el contenido de la zona y sus habitantes, aunque no incluía mapas mostrando la

exacta localización de las tierras.

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El catastro de la Europa continental se creó en 1808, por Napoleón Bonaparte, quien

manifestó mientras realizada esta magnífica obra: "Un buen catastro será mi mayor logro

en mi derecho civil". Contenía el número de parcelas de la tierra, su uso, su valor., etc. En

este ejercicio se delimitaron 100 millones de parcelas de tierra, se triangularon y

midieron, haciéndose mapas a escala de 1:2,500 y 1:1,250.

Esta acción tuvo una rápida propagación por Europa, pero tuvo un gran obstáculo durante

su desarrollo, debido a los problemas en los países del Mediterráneo, los Balcanes y

Europa Oriental ocasionados por los gastos de mantenimiento del catastro y conflictos

constantes en estos lugares.

A continuación vemos un cuadro del 1728, de autor desconocido, en el cual podremos ver

algunos instrumentos de uso en la agrimensura, la forma de registros de los datos, así

como algunos polígonos de levantamientos parcelarios, lo cual nos indica de los avances

logrados por esta profesión para dicha época.

Cuadro de agrimensura, 1728

En la siguiente ilustración, también de autor desconocido, en el cual podremos ver un

agrimensor en plena labor de trabajo de campo, el cual por la forma de vestimenta e

instrumentación se podría firmar que es de inicios del siglo XIX.

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2.3 HISTORIA DE LA AGRIMENSURA EN REPÚBLICA DOMINICANA

La evolución histórica de la propiedad inmobiliaria en la República Dominicana se

circunscribe a seis grandes períodos en el derecho de tierras. El primer período se inicia

con la "Bula Inter Coetera", o "Noverum Universo", del Papa Alejandro VI, del 3 de mayo

del 1493, en ella se legitima la conquista del nuevo mundo invistiéndose a la Corona

española con el derecho de propiedad de las tierras descubiertas. En ese período

convivieron la propiedad pública, arbitraria con el uso de la fuerza del conquistador y la

propiedad clandestina de los oprimidos, consistiendo éste último un uso forzado por las

circunstancias que con el tiempo fue creando derecho.

En 1513 aparecen las primeras disposiciones sobre reparto territorial en forma legislativa.

La merced fue una compensación hecha por el Monarca de terrenos de su

propio patrimonio y del de la Corona por servicios militares o públicos que incluía el

derecho a vender como propios los terrenos, pasados cuatro años de posesión,

constituyéndose como el sistema legal de adquisición. Es limitada en el tiempo debido a

que las concesiones se hacían por el tiempo que fuere la voluntad del Monarca, salvo el

término de posesión para los que hubieren fundado sus casas y cumplido de una manera

permanente durante años las obligaciones de la concesión.

Otro medio muy particularmente castellano de adquisición de la propiedad inmobiliaria

fue el de los repartimientos o conjunto de operaciones mediante las cuales la Corona

española administraba y distribuía las tierras descubiertas. Su interés para los estudiosos

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de la historia del derecho de propiedad en América y en particular para Santo Domingo,

estriba en que fue el primer sistema establecido por España en las tierras recién

descubiertas a medida que eran arrancadas a los aborígenes y entregadas a los

conquistadores y colonizadores a principios del siglo XVI.

El segundo período se inicia con la llamada Ley de Amparo Real del 20 de noviembre del

1578, la misma ratifica el derecho de propiedad de la Corona española sobre las tierras y

se establece un procedimiento para amparar los derechos de propiedad a poseedores que

tuvieran una prueba escrita preexistente basada en la merced. Más tarde, la Ley de

composición de tierras del 17 de marzo del 1631 dispuso que todos los ocupantes de

tierras en exceso fueran sometidos a moderadas composiciones, se les entregaran títulos

de sus posesiones y se les vendiera el resto. Esta Ley además aumento a diez años la

anterior prescripción de cuatro. Estas dos disposiciones, conjuntamente con la creación

del Consejo de Indias, y las Cédulas Reales, constituyeron lo que se conoce como

las Leyes de Indias.

En ellas surgen las "Capitulaciones", o convenios entre la Corona y un particular, además

se crea la denominada propiedad realenga, cuyo dueño era el Rey, pero no como Monarca

sino como un señor feudal más. También la propiedad eclesiástica o abadenga, propiedad

de las abadías y órdenes religiosas, vastas y privilegiadas, que tuvo una poderosa

influencia, a veces mayor que la del poder público.

El tercer período se inicia a raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país

el Código Civil francés de 1804 "napoleónico", que había sido impuesto por el dominador

haitiano desde 1822, con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e

independiente, todos los derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la

Corona de España.

Como no se había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era

necesario acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que

hacia que una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que

la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose

el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición

apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso

tener en cuenta.

El cuarto período comienza con la Ley de División de Tierras Comuneras del 21 de abril del

1911, durante el gobierno del Presidente Ramón Cáceres, éste fue el primer intento serio

del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de división

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de dichos terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley fueron

transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117).

El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de julio del

1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens

de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal

de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en

la historia de la propiedad inmobiliaria en este país.

El sexto período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de

octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento

de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos

la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige.

Durante el Gobierno del Presidente Ramón Cáceres, con la Ley de División de Tierras

Comuneras del 21 de abril del 1911, comienza el Cuarto Período con el primer intento

serio del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de

división de los terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley

fueron transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117).

El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de Julio del

1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens

de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal

de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en

la historia de la propiedad inmobiliaria en este país.

El sexto Período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de

octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento

de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos

la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige.

El Sistema Torrens deriva su nombre de su autor Sir Robert Torrens, de Australia del Sur, a

quien le preocupaban los inconvenientes y contratiempos que surgían en Inglaterra para

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la mutación de la propiedad inmobiliaria, por la falta de un documento firme e inatacable

justificativo del derecho de propiedad, la carencia de un registro científico de la propiedad

inmobiliaria y de las grandes exigencias requeridas para la realización de cualquier

operación jurídica, debido a la imperfección de los sistemas de registro hasta entonces en

vigor, deficiencias de que adolecía también el Sistema francés vigente en nuestro país.

El Sistema Torrens adoptado en la República Dominicana tiene su origen la ley de la Isla

Filipinas de 1902. En nuestro país fue promulgada bajo el nombre de la Ley de Registro de

Tierras al igual que la Ley sobre División de Terrenos Comuneros del año 1911, son los dos

grandes esfuerzos legislativos hechos en el país con el propósito de resolver el problema

de las tierras comuneras y de organizar un sistema de registro de la propiedad

inmobiliaria, de carácter científico y permanente, lo que en la primera de estas leyes se ha

logrado como una conquista jurídica en materia de registro inmobiliario que honra y

distingue a la República Dominicana entre aquellos países de más avanzada legislación en

ese aspecto, ya que los títulos que se adquieren de conformidad con dicha Ley, tienen un

carácter de irrevocables, perpetuos y absolutos como una consecuencia lógica y obligada

de las condiciones de publicidad, autenticidad, legalidad y especialidad del Sistema

Torrens, y sobre los cuales, por tanto, no pueden surgir transcurrido

cierto tiempo, conflictos de ninguna naturaleza en cuanto al derecho de propiedad se

refiere y cuyo Título tiene la garantía del Estado.

Estos Títulos son pues, imprescriptibles e inatacables y de ahí la inmensa ventaja del

Saneamiento Catastral. Sólo así, con esa gran ventaja pudo imponerse en el país un

procedimiento y una legislación totalmente distinta a la imperante por siglos, en cuanto al

sistema de registro de la propiedad inmobiliaria se refiere.

El derecho de la propiedad inmobiliaria en la América Hispana varió en s u esencia según

cambió el interés económico del gobierno español durante los tres siglos del periodo

colonial. Al principio el interés principal en este aspecto fue el de poblar y de facilitar a los

colonizadores la ocupación de las vastas áreas de las islas antillanas y del continente.

Durante ese primer período, que podría llamarse de "política colonizadora", la propiedad

se adquiría por donación gratuita directa de la Corona o indirectamente a través del

Gobernador y la Real Audiencia. Estas donaciones se hicieron generalmente a los nuevos

pobladores que fuesen generalmente de Condición y Calidad.

Más adelante la Constitución de 1821 determinó que la parte española de Santo Domingo,

sería un Estado soberano y declaró abolida la constitución de la Monarquía española. Esta

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es la primera actuación jurídica que convierte a la que luego fuera República Dominicana

en cesionaria de los Derechos Territoriales de la Corona de España.

La Independencia de la Patria a través de la Constitución de 1844 consagra en su Artículo

No.2, lo siguiente: "La parte española de la Isla de Santo Domingo y sus Islas adyacentes,

forman el Territorio de la República Dominicana", posteriormente en el Artículo No.21 de

la citada Constitución se consagra el derecho de propiedad como inherente a

la personalidad humana y dispone que nadie puede ser expropiado, sino por causa de

utilidad pública, previa justa indemnización". (En todas las modificaciones hechas a la

Carta Magna, este artículo se ha mantenido vigente).

Hasta ese momento no había ningún registro organizado en lo que se refiere al derecho

de propiedad, es decir, que no existía ninguna oficina pública donde los actos relativos a la

transmisión del derecho de propiedad fueran objeto de alguna intervención directa o

indirecta por parte de las autoridades.

A raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país el Código Civil Francés de 1804

o Código Napoleónico, que había sido impuesto por el dominador haitiano desde 1822,

con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e independiente, todos los

derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la Corona de España. Como no se

había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era necesario

acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que hacía que

una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que

la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose

el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición

apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso

tener en cuenta.

Cabe precisar que en aquella época la propiedad se encontraba dividida en:

Propiedad del Estado

Propiedad de los particulares

Terrenos Comuneros

Terrenos no Comuneros

En el año 1845 se vota la Ley sobre Bienes Nacionales. Disposiciones interesantes de esta

ley son:

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Se establece que todas las propiedades sin dueño conocido situadas en el territorio

de la República Dominicana son bienes nacionales.

Son bienes nacionales también, todas las propiedades, muebles e inmuebles,

capitales y sus rentas, pertenecientes a gobiernos anteriores, a conventos

religiosos de ambos sexos ya extinguidos, a terceras órdenes, cofradías y demás

corporaciones que ya no existieren.

Se establecía como bienes nacionales los que hubieren pertenecido a los haitianos

que estaban bajo el gobierno y que se mostraron de acuerdo con la proclamación

de la independencia, y los bienes de los que se ausentaron del país sin prestar

juramento de fidelidad a la nueva República y los que auxiliaron al enemigo.

En el año 1890 se promulga nuestra ley sobre Registro y Conservaduría de

Hipotecas, ideada sobre el sistema Francés. Se crean en virtud de esta ley las

Conservadurías de Hipotecas a cargo de un funcionario denominado Conservador

de Hipotecas. Estas oficinas debían existir en las cabeceras de las Provincias o

Distritos. En este texto legal no se consigna la obligatoriedad de la transcripción de

los actos entre vivos relativos a la propiedad inmobiliaria.

El primer esfuerzo por reglamentar la situación de los terrenos comuneros ocurre en el

año 1907, en el que se dicta la ley del 29 de Junio, cuyo objetivo era evitar un sinnúmero

de fraudes entre los codueños de terrenos comuneros, estableciéndose las reglas

siguientes:

prohíbe a los notarios levantar actos de venta en terreno comuneros si

no fueren previamente mensurados

prohíbe a los encargados del Registro, registrar actos de venta bajo

escritura privada que se refieran a ventas en esas tierras, a menos que

se les presente el plano de dichas tierras.

En el año 1912 se crea la ley de Inscripción de Títulos, con ella se pretendió

organizar un catastro para los terrenos rurales, disponiendo la inscripción de los

títulos. Esta ley tenía un carácter obligatorio y general. Constituía una obligación inscribir

todos los títulos y se establecía que todo el que adquiriera una propiedad territorial rural

debía inscribirla en el registro en el término de 60 días a partir de la fecha de

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adquisición. Las funciones referentes a esta ley estaban a cargo del Conservador de

Hipotecas.

Las modificaciones constitucionales del año 1994 dieron paso a la escogencia de

los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia en el año 1997. El alto tribunal

seleccionó los Jueces de la Jurisdicción de Tierras y los Registradores de Títulos el 22 de

octubre de ese año, marcando el inicio del Séptimo Período de la evolución de la

Propiedad Inmobiliaria. La Suprema impulsó el Programa de Modernización de la

Jurisdicción de Tierras con objetivos específicos que dieron como resultado la aprobación

de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, promulgada el 23 de marzo de 2005.

Con esta ley, sus reglamentos y una posterior modificación, se definieron las

funciones del Registro de Títulos, los Tribunales de Tierra, la Dirección de Mensuras

Catastrales, la Dirección de Catastro Nacional y el Abogado del Estado, como

dependencias del Poder Ejecutivo.

2.4 DESARROLLO DE LAS INSTITUCIONES AGRIMENSURALES.

La agrimensura ha sido un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde

el comienzo de la historia registrada (en el 5000 a. C.); es un requisito en la planificación y

ejecución de casi toda forma de la construcción. Sus aplicaciones, actuales, más conocidos

son en el transporte, edificación y construcción, comunicaciones, cartografía, y la

definición de los límites legales de la propiedad de terrenos. Las técnicas de la

agrimensura se han aplicado a lo largo de gran parte de nuestra historia escrita.

Los estudios de agrimensura se iniciaron con cierta formalidad en el año1852, durante el

gobierno de Buenaventura Báez; pero la docencia se sistematizo 3O años más tarde,

debido a la inestabilidad social que existió en la segunda mitad del siglo XIX.

El Instituto Profesional, convertido a Universidad de Santo Domingo en el año 1914,

graduó los primeros nueve agrimensores en el periodo 1882—1902; indiscutiblemente, la

Agrimensura es una carrera muy antigua.

A mediados de la década del 40, específicamente el 28 de Octubre de 1945, es fundada la

primera organización de profesionales en el país, la Asociación Dominicana de Ingenieros

y Arquitectos (ADIA). Está agrupada a todos los ingenieros existentes hasta entonces:

civiles, topógrafos, de caminos, puentes, constructores, arquitectos y prácticos.

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Luego de la caída de la tiranía surge la idea de que la entidad se convierta en un Colegio,

en ese tiempo la ADIA estaba dirigida por el Arquitecto Rafael Tomás Hernández Ramos.

Además entre los dirigente se encontraban el ingeniero Osvaldo Oller, arquitecto Manuel

Baquero (fallecido), los ingenieros Rafael Vinicio Matos Peralta, Nelson Pellerano

(fallecido) y Luís Martínez Quiroz, entre otros.

En el año 1962 se establecieron las estructuras jurídicas que le fueron presentadas al Lic.

Rafael F. Bonelly, Presidente del Consejo de Estado que gobernaba el país en ese año.

Para esa época habían sido incorporadas dos asociaciones profesionales: la de Ingenieros

Topógrafos y la de Agrimensores, quienes por invitación Hernández Ramos se unieron a

los trabajos de estructuración del Colegio.

Tras muchas diligencias y cabildeos ante el Consejo de estado, éste aceptó promulgar la

Ley de creación del Colegio, poniendo como condición la firma de una Acta en el Palacio

Nacional, donde los representativos de los grupos profesionales aceptaban la estructura

jurídica de la nueva Institución, por lo cual el 11 de Enero de 1963 se promulga la ley que

crea el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos. Pocos días después a solicitud de

los agrimensores se modificó el Artículo Primero de la Ley 6160 promulgando la Ley 6201.

Hoy en día existen:

Cartográfico Militar

Instituto Geográfico

Universitario INDRI

Ministerio de Medio Ambiente

Obras Pública

Ayuntamientos

Jurisdicción Inmobiliaria

Oficina Nacional de Estadísticas

Dirección General de Catastro.

En la actualidad existen Tres Direcciones Regionales de Mensuras Catastrales:

1.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO CENTRAL ,

con sede en el Distrito Nacional, y competencia sobre el:

Distrito Nacional y las de Santo Domingo,

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Monte Plata,

San Cristóbal,

El Seibo,

Hato Mayor,

San Pedro de Macorís,

La Romana,

La Altagracia,

Peravia,

Azua,

San Juan de la Maguana,

Barahona,

Bahoruco,

Independencia,

San José de Ocoa,

Pedernales y Elías Piña.-

2.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORTE ,

con sede en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, y competencia sobre las Provincias

de:

Santiago,

La Vega,

Monseñor Nouel,

Santiago Rodríguez,

Espaillat,

Valverde,

Puerto Plata,

Montecristi

y Dajabón.-

3.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORESTE ,

con sede en la Ciudad de San Francisco de Macorís, y competencia sobre las Provincias de:

Samaná,

María Trinidad Sánchez,

Duarte,

Sánchez Ramírez

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y Salcedo.-

2.5 INSTRUMENTOS UTILIZADOS EN LA AGRIMENSURA.

En los levantamientos topográficos se pueden encontrar muchos, los cuales se clasifican

en tres equipos:

Para medir los ángulos utilizamos la brújula, el transito y el teodolito.

Para medir distancias se utiliza la cinta métrica, el odómetro y el distanciometro.

Para medir pendientes utilizamos el nivel de mano, el riel, el fijo, basculante,

automático.

Técnicas de medición

Históricamente, se midieron distancias de múltiples formas; como unir los puntos con

cadenas de una longitud conocida, por ejemplo, la cadena de Gunter o cintas de acero

o invar. Con el fin de medir las distancias horizontales, estas cadenas o cintas se

tensaban de acuerdo a la temperatura, para reducir el pandeo y la holgura. Gracias a

estas cadenas surgió el oficio, auxiliar del agrimensor denominado Cadenero, persona

que hacían las labores de unir los puntos entre distancias, tensando dicho

instrumento.

Los ángulos horizontales se midieron utilizando una brújula, que proporciona una

inclinación magnética que se podía medir. Este tipo de instrumento posteriormente se

mejoró, con unos discos inscritos con mejor resolución angular, así como el montar

telescopios con retículos para ver con más precisión encima del disco (véase

teodolito). Además, se añadieron círculos calibrados que permitían medir los ángulos

verticales, junto con los Verniers para la medir fracciones de grados.

En la siguiente ilustración apreciamos una brújula de agrimensor de fines del Siglo

XVIII

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Medición de alturas

El método más simple para medir alturas es con un altímetro (básicamente un

barómetro); utilizando la presión del aire como indicador de alturas. Pero para la

agrimensura se necesitaba mejorar la precisión. Con este fin se han desarrollado una

multitud de variantes, tales como los niveles exactos.

Los niveles son calibrados para dar un plano exacto de diferencias de alturas entre el

instrumento y el punto en cuestión que se mide, por lo general, mediante el uso de

una barra de medición vertical o mira.

Con el uso de la electrónica, se logra un gran avance y la misma se une a los teodolitos

tradicionales y entonces surgen los Distanciómetros (1936), con lo que se logran medir

longitudes de varios kilómetros, pero sobre todo con la llegada de cada avance

tecnológico se acorta el tiempo de respuesta y la calidad y precisión del trabajo

encomendado.

Desde entonces a la actualidad, en forma vertiginosa aparecieron distintos tipos de

medidores electro-ópticos, llegando en la actualidad a la denominada Estación Total,

equipo de medición electrónico combinado con software de cálculo, que permite

realizar cálculos trigonométricos y geométricos en tiempo real.

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Distanciometro

Por último, surge la estación total (RTK) con GPS (Global Positioning System)

integrado, equipos que determinan la posición de un punto en la tierra usando las

señales emitidas por satélites que se encuentran girando alrededor de la tierra a una

distancia de 20,180 Kms.

Existen en el mercado, navegadores GPS de uso común, con precisión de error que

ronda entre los 10 y 20 metros. Comúnmente se utilizan para conocer longitudes,

superficies y ubicaciones aproximadas. Los de uso actual tienen una precisión, cuyo

grado de error posible por medida de cada mil metros es de cinco milímetros.

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GPS

Estación Total

Las mediciones realizadas con GPS Diferenciales o RTK, tienen una precisión del orden

del cm., se utilizan en agricultura de precisión y nos permiten conocer en corto

tiempo, longitudes y superficies con un mínimo margen de error, elaborando en

tiempo real los polígonos formados por las propiedades bajo estudio.

INSTRUMENTACIÓN MODERNA

Con el avance de la tecnología y la necesidad de obtener mayor precisión en los

resultados de medición, se dio origen al Teodolito (1890), instrumento que montado

sobre un trípode, permite obtener medidas de ángulos horizontales y verticales, con

precisión de 1 minuto a 1 segundo de arco.

Teodolito: Instrumental óptico que sirve para medir ángulos horizontales y verticales.

Tiene regla vertical (llamada mira) para medir distancias. Algunos cuentan con una brújula

para determinar azimut. Hoy en día, sólo se usan para replanteo de terrenos simples o

pequeñas obras.

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Características:

Es portátil y manual.

Está hecho con fines topográficos e ingenieriles.

Utiliza una regla vertical que se denomina ¨mira¨.

El aparato puede nivelarse por medio de los tornillos nivelantes.

El anteojo puede girar alrededor de un eje horizontal y otro vertical

Es un telescopio montado sobre un trípode con dos círculos graduados, uno

vertical y otro horizontal, con los que se miden los ángulos con ayuda de lentes.

Es una herramienta muy sencilla de transportar

El primer teodolito fue construido por el óptico y mecánico ingles Jesse Ramsden

(1735-1800).

Las mediciones a gran escala son un

prerrequisito para realizar un mapa. A fines

de los 1780s, un equipo de la cartografía de

Gran Bretaña, inicialmente bajo la autoridad

del General William Roy, comenzó la principal

obra de la triangulación de Bretaña,

utilizando el teodolito Ramsden, aparato con

el cual se hizo posible la agilización y la

precisión de los trabajos hasta ese entonces,

convirtiéndose en un compañero inseparable

del profesional de la agrimensura hasta

nuestros días.

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En España, en el siglo XIX, Javier de Burgos apoyó la creación de la Academia de las

Nobles Artes, para expedir títulos de agrimensores, con lo cual se dio el inicio de

reconocimiento a esta noble labor, la cual había venido siendo desplegada, aunque de

manera muy técnica, pero de forma empírica por sus ejecutantes.

El Nivel: es el Instrumental óptico para realizar nivelaciones, es decir la distancia vertical o

desnivel entre dos puntos. En mensuras donde se soliciten altimetrías o curvas de nivel.

No es tan usado en mensuras como en obras civiles.

Se utiliza en todo tipo de nivelaciones; como por ejemplo: para la realización de taipas en

arroceras, para calles y caminos, para pendiente de acueductos, canales, para la nivelación

de canchas de deportes etc. Es posible medir distancias también con ellos.

Características:

Pueden ser manuales o automáticos.

Consta de un anteojo similar al del teodolito, con un retículo estadimetrico para

apuntar y un nivel de burbuja muy sensible.

Estación Total es el Instrumental electro-óptico que sirve para medir ángulos, verticales y

horizontales, medir distancias en forma electrónica, en vez de reglas usa prismas. También

replantea lotes con coordenadas planas y azimut, realiza levantamiento o replanteo de

detalles, construcciones, árboles, alambrados, etc. Con una plaqueta electrónica se

pueden pasar todos los datos a una PC. Cuenta con una pantalla alfanúmerica de cristal

liquido.

Consta de iluminación independiente de la luz solar,

Calculadora,

Distanciometro,

Trackeador (seguidor de trayectoria),

La posibilidad de guardar información en formato electrónico.

Cuenta con diversos programas sencillos.

GNSS RTK: Es la aportación tecnológica que permite obtener coordenadas en tiempo

real en el sistema de referencia adoptado previamente. El trabajo en tiempo real es una

forma de obtener los resultados tras procesar las observaciones. La unidad de control

realiza el cálculo de manera rápida a la

captación de las señales, y se obtienen

las coordenadas al instante; es lo que se

llama “tiempo real”. Todos los avances

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tecnológicos efectuados en las técnicas de medición GNSS se dirigen a estar en menor

tiempo posible en la forma del punto y tener el resultado en el propio campo.

Características:

Permite realizar levantamientos y replanteos milimétricos con mayor agilidad y

menor costo.

Tiene un alcance de 30 kms y si se utiliza GPRS celular puede alcanzar hasta 75 kms

Mayor precisión topográfica.

Certeza en el posicionamiento.

Máxima compatibilidad con redes satelitales (GPS, GLONASS, GALILEO, COMPASS)

Tecnología bluetooth.

Cuenta con un poderoso colector.

DGPS o GPS diferencial.

El DGPS (Differential GPS), o GPS diferencial, es un sistema que proporciona a los

receptores de GPS correcciones de los datos recibidos de los satélites GPS, con el fin de

proporcionar una mayor precisión en la posición calculada. Se concibió

fundamentalmente debido a la introducción de la disponibilidad selectiva (SA).

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Cintas: Las cintas métricas se hacen de distintos materiales, con longitud y pesos muy

variables. Se usan para medir distancias.

Piquetes: Son generalmente de unos 25 a 35 cros de longitud, están hechos de varilla de

acero y provistos en un extremo de punta y en el otro de una argolla que les sirve de

cabeza.

Jalones: Son de metal o de madera y tienen una punta de acero que se clavan en el

terreno. Sirven para indicar la localización de puntos o la dirección de líneas.

Escuadra de agrimensor. Se emplea en el levantamiento, de poca precisión, para lanzar

visuales a cierta altura sobre el suelo.

Plomada: Pesa metálica utilizada para marcar la proyección horizontal de un punto

situado a cierta altura sobre el suelo.

Brújula de Agrimensor: Consiste en una brújula magnética montada en trípode y provista

de visor. Sirve para determinar el rumbo de las alienaciones.

Plancheta: Tablero de dibujo montado sobre un trípode, posee una aliada que puede

moverse alrededor del tablero. Se usa para dibujar directamente planos topográficos.

Rodete: Es una cinta métrica, flexible, que sirve para medir distancias.

Agujas: Son una varillas de acero, terminadas en puntas de unos 30 cros de -longitud, para

ir señalando el extremo de la cinta métrica a medida que esta se va extendiendo

sucesivamente sobre el terreno para determinar una distancia.

Trípode: Es donde va montado los equipos, o sea, transito, teodolito, estación total.

Estadias: Es una regla de madera, de sección rectangular y con divisiones que permiten

medir alturas o desniveles. El extremo inferior de la estadía va provisto de un regatón de

metal, y ordinariamente en este extremo es que se encuentra el cero de graduación de la

estadía.

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