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GUÍA PARA CONCILIAR DE MANERA VIRTUAL LINEAMIENTOS PRÁCTICOS PARA LAS CONCILIACIONES EN LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CDMX DE MANERA VIRTUAL, DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA. Ante la inédita situación que a nivel mundial se vive cau- sada por el flagelo de la pandemia del COVID-19, que ha afectado millones de personas, en la que México no ha sido la excepción, el riesgo de contagio y propagación del virus SARS ha llevado a este gobierno a establecer una serie de medidas extraordinarias para detener su expansión, entre las que se encuentran, la suspensión inmediata de las labores que no resulten esenciales, la jornada nacional de sana distancia. Lo anterior podría causar estragos a la economía nacio- nal y local, provocando el cierre de un sin número de negocios y la pérdida de cientos de miles de empleos, lo que redundaría en un crecimiento exponencial de demandas que diariamente ingresarían a esta Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, debido a la enorme densidad de población y el número de empresas de bienes y servicios de su competencia. Para atender el extraordinario aumento del volumen de demandas, y ante la incertidumbre de la fecha de regreso al funcionamiento de este tribunal en condicio- nes normales, se considera necesario implementar acciones que permitan evitar la saturación del mismo, estableciendo el uso de las plataformas electrónicas existentes y la tecnología digital para cumplir con los cometidos asignados normativamente a este tribunal. 1

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GUÍA PARA

CONCILIAR DE MANERA

VIRTUAL

LINEAMIENTOS PRÁCTICOS PARA LAS CONCILIACIONES EN LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CDMX DE MANERA VIRTUAL,

DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA.

Ante la inédita situación que a nivel mundial se vive cau-sada por el flagelo de la pandemia del COVID-19, que ha afectado millones de personas, en la que México no ha sido la excepción, el riesgo de contagio y propagación del virus SARS ha llevado a este gobierno a establecer una serie de medidas extraordinarias para detener su expansión, entre las que se encuentran, la suspensión inmediata de las labores que no resulten esenciales, la jornada nacional de sana distancia.

Lo anterior podría causar estragos a la economía nacio-nal y local, provocando el cierre de un sin número de negocios y la pérdida de cientos de miles de empleos, lo que redundaría en un crecimiento exponencial de demandas que diariamente ingresarían a esta Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, debido a la enorme densidad de población y el número de empresas de bienes y servicios de su competencia.

Para atender el extraordinario aumento del volumen de demandas, y ante la incertidumbre de la fecha de regreso al funcionamiento de este tribunal en condicio-nes normales, se considera necesario implementar acciones que permitan evitar la saturación del mismo, estableciendo el uso de las plataformas electrónicas existentes y la tecnología digital para cumplir con los cometidos asignados normativamente a este tribunal.

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GUÍA PARA

CONCILIAR DE MANERA

VIRTUAL

En tal virtud, se hace del conocimiento los presentes lineamientos para la conciliación virtual en la Ciudad de México.

1. Esta modalidad de conciliación iniciará a instancia de parte, quien mediante la solicitud que realice vía correo electrónico a la dirección

confirmació[email protected]

o una llamada telefónica al número 5134 1642

serán atendidos por personal de la Secretaria Auxiliar del Servicio Público de Conciliación (SASPC), quien registra-rá sus datos y los que se proporcionen para la localiza-ción de su contraparte.

2. Será estrictamente necesario que el solicitante brinde el número telefónico y/o correo electrónico de su con-trario, de tal manera que por cualquiera de estos medios se logre contactarlos.

3. El horario de atención de las solicitudes para conciliación, será de 09:00 a 13:00 horasde lunes a viernes.

4. Resulta indispensable que los interesados cuenten con algún dispositivo electrónico, que permita el manejo de aplicaciones como ZOOM, SKYPE y/o WHATSAPP, ya que mediante las plataformas antes mencionadas, se llevarán a cabo las pláticas conciliatorias de forma triparti-ta, es decir, entre el conciliador y las partes que voluntaria-mente decidan llegar a un convenio con su intervención.

5. La Secretaría Auxiliar del Servicio Público de Conciliación, a petición de parte, tratará en todo momento de ser el puente de comunicación entre las partes para dirimir su controversia, buscando construir acuerdos satisfactorios y en beneficio de ambas partes, salvaguar-dando los derechos de los trabajadores.

6. Una vez concertada la cita con las partes, se les hará saber por el mismo medio, la fecha señalada para la concilia-ción, misma que se llevará a cabo a través del dispositivo electrónico que permita sin obstáculos la celebración de la misma.

7. Los convenios que resulten de las conciliaciones serán sancionados y aprobados por el área correspon-diente, ya sea la Unidad Jurídica de Diligencias en el caso de los convenios fuera de Juicio, o por la Junta Especial correspondiente, en casos de convenios dentro de juicio.

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En tal virtud, se hace del conocimiento los presentes lineamientos para la conciliación virtual en la Ciudad de México.

1. Esta modalidad de conciliación iniciará a instancia de parte, quien mediante la solicitud que realice vía correo electrónico a la dirección

confirmació[email protected]

o una llamada telefónica al número 5134 1642

serán atendidos por personal de la Secretaria Auxiliar del Servicio Público de Conciliación (SASPC), quien registra-rá sus datos y los que se proporcionen para la localiza-ción de su contraparte.

2. Será estrictamente necesario que el solicitante brinde el número telefónico y/o correo electrónico de su con-trario, de tal manera que por cualquiera de estos medios se logre contactarlos.

3. El horario de atención de las solicitudes para conciliación, será de 09:00 a 13:00 horasde lunes a viernes.

4. Resulta indispensable que los interesados cuenten con algún dispositivo electrónico, que permita el manejo de aplicaciones como ZOOM, SKYPE y/o WHATSAPP, ya que mediante las plataformas antes mencionadas, se llevarán a cabo las pláticas conciliatorias de forma triparti-ta, es decir, entre el conciliador y las partes que voluntaria-mente decidan llegar a un convenio con su intervención.

GUÍA PARA

CONCILIAR DE MANERA

VIRTUAL

5. La Secretaría Auxiliar del Servicio Público de Conciliación, a petición de parte, tratará en todo momento de ser el puente de comunicación entre las partes para dirimir su controversia, buscando construir acuerdos satisfactorios y en beneficio de ambas partes, salvaguar-dando los derechos de los trabajadores.

6. Una vez concertada la cita con las partes, se les hará saber por el mismo medio, la fecha señalada para la concilia-ción, misma que se llevará a cabo a través del dispositivo electrónico que permita sin obstáculos la celebración de la misma.

7. Los convenios que resulten de las conciliaciones serán sancionados y aprobados por el área correspon-diente, ya sea la Unidad Jurídica de Diligencias en el caso de los convenios fuera de Juicio, o por la Junta Especial correspondiente, en casos de convenios dentro de juicio.

Es importante aclarar, que la sanción y aprobación de los convenios celebrados,

señaladas en el párrafo anterior, se realizará una vez que las Juntas reanuden

sus actividades y estén en aptitud de emitir acuerdos. No obstante ello, al

celebrarse los convenios, se daría fe de las manifestaciones y de la entrega del dinero.

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