Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras...

175
Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

Transcript of Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras...

Page 1: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012    

 

 

 

 

Page 2: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

 

Todos los nombres propios de

programas, sistemas operativos,

equipos hardware, etc. que aparecen en

este manual son marcas registradas de

sus respectivas compañías u

organizaciones.

Reservados todos los derechos. De

conformidad con lo dispuesto en el

Código Penal vigente, podrán ser

castigados con penas de multa y

privación de libertad quienes

reprodujeren o plagiaren, en todo o en

parte, una obra literaria, artística o

científica fijada en cualquier tipo de

soporte, sin la preceptiva autorización

del editor.

CÓDIGO: F12_00056

Edita: Interconsulting Bureau S.L.

Imprime:

Depósito Legal:  

Page 3: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

PRÓLOGO

La profunda experiencia de profesionales dedicados a la enseñanza ha

hecho posible la elaboración de este manual. Se caracterizan por su

hondo conocimiento sobre las necesidades del alumnado, por el uso de

una innovadora metodología de aprendizaje así como por aplicar

diferentes técnicas de motivación garantizando de este modo el éxito de

la formación que imparten.

El propósito de este manual es el de ser una guía útil para el aprendizaje,

siendo eminentemente práctica y didáctica.

La estructura del manual en módulos, temas y epígrafes facilita la

comprensión de los contenidos, que pueden estar apoyados por

ilustraciones, esquemas, resúmenes, bibliografía, glosario,…

Además, también puede incluir diferentes tests, cuestionarios de

evaluación, actividades o casos prácticos con el objeto de que el alumno

asimile los conceptos teórico-prácticos del curso.

Para lograr la calidad educativa se ha precisado del asesoramiento de

pedagogos, profesionales de la enseñanza y expertos conocedores en

cada una de las disciplinas, con el objeto de que el resultado final sea

óptimo y el más apropiado a las necesidades educativas.

Desde la humildad del formador, queremos aportar a este apasionante

mundo en el que vivimos, caracterizado por profundos cambios

tecnológicos, de mentalidad y de actitud ante los acontecimientos,

herramientas que faciliten la adaptación a un futuro condicionado por el

cambio continuo.

Por último, agradecer la colaboración de todos los compañeros en este

proyecto, sin la cual éste no habría sido una realidad.

prólogo

Page 4: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 5: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

MÓDULO 1: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral

TEMA 1. Políticas de Flexibilidad

Importancia de la Flexibilidad en la Empresa

Medidas de Flexibilidad dentro de la Jornada Laboral: Jornada a Tiempo

Parcial, Jornada Reducida, Semana de Trabajo Comprimida

Nuevas Formas de Trabajo: Teletrabajo

Puestos Compartidos

Excedencias (Permisos de Maternidad y Paternidad, Permisos para

Cuidar Familiares)

Lo que hemos aprendido

Test

TEMA 2. Beneficios de las Políticas de Flexibilidad

Aumento de Eficiencia y Productividad para la Empresa

Aumento de la Satisfacción y Motivación de los Trabajadores

Disminución del Absentismo Laboral

Empresa Familiarmente Responsable (EFR)

Lo que hemos aprendido

Test

TEMA 3. Medidas de Apoyo a los Trabajadores

Introducción

Cuidado de Familiares

Cuidado de Hijos

Servicio de Guardería Subvencionado

Cuidado de Personas Mayores

Cursos de Formación a los Trabajadores

Política de Outplacement

Beneficios Sociales para los Empleados

Ticket Restaurant

Seguro Médico

Seguro de Vida

Plan de Pensiones

Lo que hemos aprendido

Test

TEMA 4. Ejemplos de Empresas Flexibles

Ejemplos de Empresas Flexibles

Medidas Tomadas por las Empresas para Conciliar

Servicios que Ofrece a los Empleados

Evaluación y Beneficios

Lo que hemos aprendido

Test

índice

Page 6: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEMA 5. Análisis de las Modificaciones que el Real Decreto-Ley

3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma

del Mercado Laboral, que Afectan a la Ley de Medidas para la

Conciliación de la Vida Familiar y Personal

La Formación: Contratos de Aprendizaje y Formación; La Financiación;

Su Reducción a las 20 Horas Anuales; Las ETT

Contratos: a Tiempo Parcial y de Relevo, a Domicilio, de Apoyo a

Empresarios y de Trabajo a Distancia

Clasificación Profesional

La Jornada Laboral: Reducciones

Descanso Semanal, Fiestas y Permisos: Lactancia

Vacaciones Anuales

Movilidad Funcional

Modificación del Salario y de las Condiciones de Trabajo, Suspensiones

La Negociación Colectiva

La Universalización de la Polivalencia Funcional

La Ultraactividad

Mejora de la Ocupabilidad: Servicios Obligatorios de los Parados

Lo que hemos aprendido

Test

Anexos Glosario Bibliografía Cuestionarios de Evaluación

Page 7: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

    

módulo 1

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral

TEMA 1. Políticas de Flexibilidad

TEMA 2. Beneficios de las Políticas de Flexibilidad

TEMA 3. Medidas de Apoyo a los Trabajadores

TEMA 4. Ejemplos de Empresas Flexibles

TEMA 5. Análisis de las Modificaciones que el Real Decreto-Ley

3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma

del Mercado Laboral, que Afectan a la Ley de Medidas para la

Conciliación de la Vida Familiar y Personal

1

Page 8: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

2

Page 9: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

tema 1

Políticas de Flexibilidad

Importancia de la Flexibilidad en la Empresa

Medidas de Flexibilidad dentro de la Jornada Laboral: Jornada

a Tiempo Parcial, Jornada Reducida, Semana de Trabajo

Comprimida

Nuevas Formas de Trabajo: Teletrabajo

Puestos Compartidos

Excedencias (Permisos de Maternidad y Paternidad, Permisos

para Cuidar Familiares)

Objetivos:

Estudiar la importancia de la flexibilidad en la empresa.

Analizar las medidas de la flexibilidad.

3

Page 10: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

4

Page 11: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Importancia de la Flexibilidad en la Empresa

La incorporación de la mujer al trabajo ha motivado uno de los cambios sociales más

profundos del siglo pasado.

Pero además hay que tener en consideración otros profundos cambios socio-

demográficos experimentados en las últimas décadas, provocados por:

El crecimiento de la población de la tercera edad y las necesidades de atención

que genera la dependencia.

Las enfermedades del siglo XXI (estrés, ansiedad, depresión y otras como la

adicción al trabajo).

El problema de la conciliación horaria (laboral, escolar, ocio, servicios).

El incremento en las distancias, entre empresa y hogar, que impide tener tiempo

libre después del trabajo.

Los problemas con la educación de los hijos (poco tiempo con sus padres, etc.).

Las dificultades en la captación y retención de talento debido al bajón

demográfico y a la pérdida de algunos perfiles profesionales. La mujer profesional

es un talento que la empresa no puede permitirse el lujo de perder.

Con fecha 6 de noviembre de 1999 se publicó en el BOE la Ley 39/1999, de 5 de

noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas

trabajadoras.

La mencionada ley impulsa la creación de un clima empresarial en el que se traslada la

idea de que la mujer y el hombre tienen las mismas responsabilidades de cara a la

familia al tiempo que instrumenta los mecanismos legales para que la

corresponsabilidad sea efectiva: ayuda a terceras personas del ámbito familiar, asunción

de las obligaciones de guarda legal, de lactancia (artificial), la propia educación de los

hijos y las hijas.

Además el envejecimiento de la población, el cambio en las pautas reproductivas el

comportamiento de las parejas que se casan a edades cada vez más tardías, la

diversidad en la composición y estructuras familiares están creando un mapa social

totalmente nuevo en el que la mujer adquiere gran importancia.

Resulta una ardua tarea tener que compaginar en nuestro tiempo trabajo y familia

debida a que las percepciones sociales sobre el trabajo y la familia no han cambiado al

mismo ritmo con que se ha transformado el mercado laboral.

Surge entonces la necesidad de que las empresas desarrollen nuevas formas de hacer,

con el objetivo de alcanzar el necesario equilibrio entre las responsabilidades familiares

personales y laborales del personal.

5

Page 12: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Es importante que las organizaciones comprueben que mediante la puesta en marcha de

programas de Empresa Flexible y Responsable es posible crear un nuevo escenario

laboral, en donde las personas se sientan motivadas y apoyadas, generando una

plantilla más comprometida, productiva y leal.

Estas políticas reducen costes laborales como el absentismo y aumentan la fidelización,

el compromiso del personal; además de convertirse en una ventaja competitiva en el

mercado laboral. Nuestro mundo es cada vez, no sólo más global, sino diverso y

cambiante. Por tanto, integrar la diversidad es un reto que pasa a través de la flexibilidad

en las fórmulas y los horarios de trabajo.

Según un reciente estudio de la UE, la flexibilidad es uno de los diez parámetros

principales que definen la calidad en el empleo de un país.

Cada vez se ve más claramente que las políticas sociales del siglo XXI serán las políticas

de conciliación trabajo-familia. ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

cambiantes e incertidumbre laboral? Sencillamente porque el perfil y las aspiraciones de

la fuerza de trabajo han cambiado radicalmente.

Los criterios de selección de un trabajo no se basan ya en primer lugar en la retribución,

sino que este criterio pasa a un segundo lugar dejando paso a la posibilidad de seguir

aprendiendo –formándose, haciéndose empleable- y a la vez hacer conciliable trabajo,

familia y vida personal. Y es que en general, cuando una persona se ve ante el conflicto,

tiene la tendencia a dar prioridad al trabajo, ya que éste tiene estructuras más rígidas,

reglas e incentivos.

Esa realidad es la que se pretende cambiar. La incorporación de la mujer al mundo

laboral es uno de los factores que lo están propiciando.

Desde el punto de vista de la empresa, dado el bajón demográfico de las dos últimas

décadas y la consiguiente disminución en la oferta de ciertos perfiles profesionales, la

retención laboral de talento femenino formado en igualdad de condiciones con el varón,

es una prioridad.

Además, los conflictos laborales más importantes son por este orden en las grandes

empresas: absentismo, falta de compromiso, llegar tarde, dificultad para trasladar a

empleados, para contratarlos, para que viajen, estrés y rotación, siendo muchas veces la

causa de todo ello el conflicto entre trabajo, familia y vida personal. Por tanto, las

políticas de conciliación son hoy por hoy estrategias de empleo.

Actualmente existen numerosos ejemplos que demuestran que el conflicto entre trabajo

y familia tiene un coste negativo para la empresa (absentismo, escaso compromiso,

reducción de la productividad y de la competitividad, rotación del personal) y que por el

contrario cuando existen no sólo políticas de conciliación sino una verdadera cultura

familiarmente responsable, el resultado es la mejora y cohesión de una plantilla de

calidad.

6

Page 13: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Estudios realizados apuntan hacia cuatro factores que impulsan la puesta en marcha de

programas de conciliación en las empresas: el tamaño de la empresa, el porcentaje de

empleadas, la competitividad del mercado laboral y el grado de preocupación por

reclutar y retener plantilla que incluye la maternidad/paternidad en la empresa como una

realidad en sí misma y que mejora el cuadro de competencias de un profesional.

Por todo ello, el concepto de Empresa Flexible se perfila como una ventaja competitiva

en una nueva era en la que todos los medios serán pocos para retener el talento en las

empresas, con un auge creciente del nuevo concepto de “salario mental”.

La flexibilidad se convierte así en la palabra clave en un mundo global, cambiante y

diverso.

Se ha impulsado una línea de investigación específica sobre estos temas. Su objetivo es

detectar, analizar, evaluar, y en la medida de lo posible, sugerir, aquellas políticas que

desde la empresa favorecen la armonía entre estos dos ámbitos, lo que es esencial para

el bienestar de las sociedades, las organizaciones y las personas.

C a m b i o s D e m o g r á f i c o s

“La sociedad está envejeciendo”, esta afirmación avalada por multitud de datos

estadísticos, globales o específicos de nuestra sociedad no afecta sólo al perfil de una

pirámide de población; sino que está originando cambios sociales importantes,

fundamentalmente con relación a los núcleos familiares, cuya estructura, composición y

valores está cambiando:

Se alarga la edad para la maternidad, el número de hijos es menor.

Muchas familias son cada día más monoparentales y/o unipersonales.

La previsión de vida media aumenta, gracias a lo avances médicos aunque no

siempre en la misma proporción la calidad de vida de últimos años.

La realidad es que en la “familia” ya no hay tantas personas para el reparto de las tareas

y, por el contrario se incrementa el número de personas dependientes; así como se

aumenta el número de tareas relacionadas con la agenda de cada uno de sus miembros

activos, y por el contrario no siempre los recursos familiares aumentan en la misma

proporción.

C a m b i o s E c o n ó m i c o s

El encarecimiento de la “vida”, está haciendo necesario el hecho de que se aporte al

núcleo familiar dos salarios.

En este encarecimiento de la vida influyen muchos factores, no obstante el

“encarecimiento de la vivienda” y la búsqueda de una “mayor calidad de vida” podemos

considerarlos como determinantes.

7

Page 14: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

C a m b i o s T e c n o l ó g i c o s

Sin duda el acceso a la información ha sido uno de los cambios que más está

transformando valores y estructuras sociales, fundamentalmente porque cada día más

personas tenemos acceso “on line” a la información, porque se siguen haciendo las

mismas cosas tanto en la vida laboral como en el hogar, pero de manera distinta, porque

sin duda es el cambio que más está favoreciendo la “igualdad de oportunidades” entre

personas, aunque puede dar lugar a un nuevo tipo de “discriminación” no relacionada

directamente con sexo, nacionalidad, religión……; pero sí indirectamente a la aparición

de “nuevas competencias”.

C a m b i o s C u l t u r a l e s

La mejora del acceso de toda la población a la formación, está propiciando que exista un

interés personal por el desarrollo de la carrera profesional.

El desarrollo de nuevos prototipos de “Éxito”, ligado más a valores profesionales que

personales, ha promovido el impulso de la búsqueda de la realización personal en el

ámbito profesional; sin embargo en contra, no ha habido el mismo desarrollo de nuevos

valores en el ámbito familiar de manera que éstos sean compatibles.

C a m b i o s S o c i a l e s

El avance de las sociedades civilizadas va ligado al incremento de esa “calidad de vida”

que no sólo influye como factor económico, sino también como planteamiento de vida

personal; queremos “más”, tener más, ser más, conocer más, vivir más……; de una

manera cada vez más individualista.

Esto hace que surjan conflictos económicos, laborales, sociales y personales entre los

diferentes intereses particulares.

C a m b i o s U r b a n í s t i c o s

La concentración de los tejidos empresariales en zonas concretas, bien sean en ciudades

o núcleos poblaciones concretos, o en zonas específicas, alejados de núcleos de

población (polígonos industriales, plataformas comerciales,…); así como el

encarecimiento del suelo está originando que el lugar de residencia esté cada día más

alejado de lugar de trabajo.

8

Page 15: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

C a m b i o s e n e l E m p l e o

La población activa disminuye, y éste es un factor determinante para la competitividad

de la sociedad y del mundo empresarial.

Esto está derivando en el desarrollo de políticas de empleo especialmente

comprometidas en ayudar a la gente de todas las edades, sexo y condición a encontrar

empleo y a mantenerlo.

Por otro lado esto también está influyendo en el mercado laboral, retener y atraer a los

empleados y ser una empresa identificada como empresa de elección en el sector, es

uno de los objetivos estratégicos de las empresas, que está transformando la gestión de

los recursos humanos.

C a m b i o s e n e l C l i m a S o c i a l

La incorporación al mundo laboral de personas con “nuevas percepciones” en la visión

del mundo laboral, está incorporando nuevos valores, nuevas metodologías de trabajo, e

incluso nuevos procesos y productos.

Últimos estudios reflejan que la incorporación de la mujer a puestos directivos está

empezando a ser una estrategia de negocio, más que un requerimiento social. Las

grandes empresas están detectando de manera práctica la ventaja de tener en sus

comités de decisión personas con enfoques diversos, que aportan visiones estratégicas

innovadoras en esta era de la “anticipación empresarial”

Sintetizando, nos encontramos con:

Empresa, Familia y Sociedad son un triángulo en constante evolución, que

depende de los aprendizajes positivos o negativos que cada persona experimenta

en cada uno de esos ámbitos.

Trabajo, familia y vida personal son dimensiones fundamentales, irrenunciables,

complementarias en el ser humano; pero para hacer factible su conciliación es

preciso buscar soluciones desde una triple óptica: política, empresarial e

individual.

El orden y un adecuado elenco de metas familiares, profesionales y personales es

el remedio aconsejado por muchos expertos para llegar a todo; es decir,

establecer prioridades y aprovechar el tiempo.

El tiempo de calidad es el dedicado a las personas y no tanto a las tareas

materiales. Hay que aprender a delegar, a usar más tiempo en aquellas cosas que

en cada momento son más importantes y en ampliar el ámbito de nuestro hogar

a otras esferas que se verán beneficiadas por él: amistades, trabajo y vida

pública.

9

Page 16: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El diálogo, la búsqueda constante de armonía entre los objetivos y metas

personales con las del resto miembros de la familia; así como una mayor

valoración de las tareas materiales del hogar, son actitudes claves para un

enfoque correcto de esta nueva realidad de nuestro tiempo.

La política como servicio público debe velar por el fortalecimiento y garantía de la

familia. Ayudas directas, guarderías, buen sistema de transporte público,

viviendas dignas y espacios públicos suficientes, constituyen un modo eficaz y

necesario de canalizar parte de los fondos del contribuyente.

La empresa, es decir, el empresario y sus directivos deben valorar la familia del

empleado de tal modo que, en la medida de lo posible, le faciliten flexibilidad de

horarios y adaptaciones temporales de jornada en los casos en los que sea

necesario, así como la formación continua para que pueda adelantarse y afrontar

mejor los conflictos.

R e p e n s a r l a E m p r e s a

Es necesario repensar la empresa entre hombres y mujeres, para encontrar modos

menos rígidos que permitan la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal. La

mujer al igual que el hombre, está en un mundo globalizado y con carreras

internacionales. Ambos pasan las largas jornadas fuera de casa dedicados a la

profesión; mientras los hijos crecen en un hogar sin la presencia de sus padres.

Tres son los conceptos que habría que repensar:

El término “Carrera”

El Perfil internacional, basado en la “constante” movilidad geográfica

Las jornadas laborales “eternas”

CARRERA

En contra de la palabra “carrera” ya hace tiempo que mantenemos una cierta batalla,

porque carrera significa, en castellano al menos, correr y correr contra alguien, la palabra

misma nos introduce en el cuerpo ese sentido de urgencia por “llegar” ya, aunque no

sepamos adónde.

Se propone hablar de “trayectorias” profesionales y personales, que se van forjando a

medida que vamos cubriendo etapas y tomando decisiones a distinto ritmo en distintos

momentos de nuestra vida. Cada persona tiene su trayectoria vital (profesional y

personal). Es recomendable hacer el ejercicio de “dibujar” esa trayectoria (pasado,

presente y futuro). Aportará pistas y datos que quizá se han olvidado o se han pasado

por alto. Del mismo modo, ofrecerá la posibilidad de “corregir” dicha trayectoria, si

apareciera algún factor poco deseable.

10

Page 17: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

PERFIL INTERNACIONAL

El perfil internacional, es algo que muchas veces las empresas tienen poco trabajado.

Para ser internacional no hace falta ni ser extranjero ni haber vivido cada tres años en un

país distinto.

Una mentalidad internacional no tiene por qué haber cambiado de hábitat cinco veces

durante los últimos 15 años.

No tiene por qué pasar primero por Polonia, luego por Malasia y después por Alemania

para acabar en Estados Unidos.

La experiencia internacional puede obtenerse estando tres semanas o un mes en

distintas sucursales sin la rigidez con la que se está planteando hoy en día.

JORNADAS LABORABLES

Un error grave es la creencia de ligar horas de presencia con competencia y

productividad. Está demostrado que no por estar más horas de presencia en el puesto

de trabajo se es más productivo.

De hecho, España está entre los países de cola en cuanto a productividad en Europa, y

sin horario europeo. Los ciudadanos de otros países europeos a las seis de la tarde ya

están en su casa cenando.

Siguiendo ese vicio nacional de las jornadas “eternas”, cuando algún día se sale de

trabajar a las 6 de la tarde en España, se tiene la conciencia intranquila: “No estoy

trabajando bastante, no estoy cumpliendo…”.

Es un tema que también debemos repensar, porque gran parte de ello es consecuencia

del horario tardío español del almuerzo y, consecuentemente, de la cena.

No se puede volver a las cinco de la tarde a casa si se ha vuelto de comer a las cuatro.

Es imposible. Se requiere, pues, un adelanto de la hora del almuerzo.

Las nuevas tecnologías permiten una organización distinta de la jornada laboral con

mayor flexibilidad en cómo y dónde se trabaja.

El gran cambio necesario en las mentes de los directivos y empresarios actuales es

pasar de un paradigma de control de presencia a una verdadera dirección por objetivos,

que permita flexibilizar los modos sin relajar las responsabilidades.

Un verdadero agente de cambio en las empresas, en este sentido, ha venido siendo la

mujer madre, que saca adelante su trabajo sin concesiones a las múltiples perdidas de

tiempo entre cafés, pasillos o interminables almuerzos.

11

Page 18: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Medidas de Flexibilidad dentro de la Jornada Laboral: Jornada a Tiempo Parcial, Jornada Reducida, Semana de Trabajo Comprimida

La organización del mercado de trabajo y de la producción ha sufrido transformaciones a

lo largo de la historia, desde un modelo pre-industrial, pasando por la producción

taylorista para llegar en la actualidad a un modelo de producción flexible.

En el modelo pre-industrial la producción estaba basada en las relaciones -familiares o

de conocimiento-, en la implicación relativa (el empleo era compaginado con otras

actividades), en la no exclusividad, el trabajador no dependía absolutamente de los

ingresos que generaba con el empleo, existía cierta flexibilidad en los horarios, se podían

dar de una manera informal sustituciones entre compañeros y compañeras.

Estos elementos cambian con el modelo industrial. En éste las formas de organización

de la producción son: burocracia, horarios rígidos, lineales, no hay rotación de turnos ni

otras actividades complementarias, se exige disponibilidad total a la actividad

remunerada.

L a s M e d i d a s d e F l e x i b i l i d a d d e n t r o d e l a J o r n a d a L a b o r a l

HORARIO LABORAL FLEXIBLE

La nueva empresa tiende a flexibilizar los horarios pues esta medida garantiza la

posibilidad de una mayor contratación y permite retener el talento de aquellas personas

que por tener necesidades familiares no pueden acceder a un puesto de trabajo con una

rigidez horaria.

Las personas deben trabajar 8 horas, pero pueden decidir ellos mismos, de acuerdo con

su superior inmediato, a qué hora empezar y a qué hora marcharse de la empresa al final

de la jornada.

Todas estas medidas de flexibilidad de horarios hacen que las personas trabajadoras

asuman el control sobre su trabajo, introduciendo modificaciones en función de las

necesidades diarias.

Lo esencial del horario laboral flexible es que permite a la población ocupada marcar el

horario de entradas y salidas de la empresa, siempre con un cierto margen y con ello se

reduce claramente el absentismo y los retrasos laborales, además con ello se facilita que

el empleado se mantenga en su puesto de trabajo y se posibilita la contratación de

personas con cargas.

12

Page 19: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

MEDIA JORNADA / JORNADA A TIEMPO PARCIAL

Los empleados reducen su jornada ya sea a la mitad (media jornada), ya sea en una

proporción variable acordada con su superior inmediato y de acuerdo a la ley y al

convenio.

El freno cultural de esta medida es que existe la creencia de que se pierden posibilidades

de carrera profesional y que al final no compensa económicamente, dado que no

siempre se reducen los objetivos en igual proporción.

Podemos diferenciar tres modelos de aplicación de la jornada laboral parcial: el nórdico,

el centroeuropeo y el mediterráneo.

En general, los países nórdicos y centro europeos son los que han extendido en un

mayor grado este tipo de empleo, exceptuando Finlandia. En el lado opuesto, los países

mediterráneos mantienen unos niveles significativamente inferiores.

JORNADA LABORAL REDUCIDA

Los empleados pueden trabajar menos horas al día o a la semana si acceden a tener un

sueldo proporcionalmente inferior.

SEMANA DE TRABAJO COMPRIMIDA

Los empleados pueden trabajar más horas al día a cambio de un día (o medio día) libre.

Junto con el horario flexible es una medida con bajo coste para el empresario y un alto

índice de satisfacción en el empleado y de incidencia positiva en su productividad. Se da

sobre todo en multinacionales y en la práctica se articula como el viernes libre y trabajar

algún día más a cambio de algún día de vacaciones.

En algunos casos, la semana laboral comprimida se plantea de modo que la jornada es

en realidad continuada cada día y se evitan así las largas pausas para comer. A

diferencia de la jornada reducida, en este caso -la jornada laboral continuada y la

semana laboral comprimidas- se mantienen el número de horas de trabajo y el nivel

salarial.

En alguna empresa se empieza por un plan de experimentación para comprobar la

eficacia y la incidencia de la productividad de esta medida.

13

Page 20: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Nuevas Formas de Trabajo: Teletrabajo

A diferencia del resto de Europa, donde en torno al 35% de las grandes empresas utilizan

de modo habitual y reglado estas fórmulas, incluidas las pymes, España empieza

tímidamente a despertar en los niveles de la Administración Pública más que en las

empresas.

Lo más habitual es combinación del trabajo a distancia con el presencial o simplemente

la posibilidad de combinar una u otra opción en distintas etapas de la vida de una

persona. Esto facilita sin duda no sólo la retención de talento, sino aspectos tan

importantes como la conexión con la empresa en periodos de excedencia y la formación

de ese trabajador.

Cada vez son más las tareas que pueden realizarse de forma autónoma, no sólo respecto

al equipo humano sino también al lugar de trabajo. Nuestro mundo es más que nunca

una aldea global de información, conocimiento y trabajo.

La empresa debe adaptarse a esta realidad, así como a la creciente corresponsabilidad

de ambos cónyuges en las tareas domésticas y obligaciones familiares.

En general, el uso y la formación de los empleados en las nuevas tecnologías abren de

nuevo el debate sobre los límites entre la disponibilidad y la intromisión excesiva.

T r a b a j o e n C a s a . T e l e t r a b a j o

La empresa provee al empleado toda la infraestructura necesaria (ordenador, conexión,

etc.) para que pueda trabajar desde su casa en forma permanente.

El fuerte repunte de esta medida en el último año no hace más que poner de manifiesto

una necesidad mutua -empresa y trabajador- así como una realidad que determina las

relaciones no sólo laborales sino la vida social en general: la aparición y amplio uso de

las nuevas tecnologías.

F l e x i b i l i d a d e n e l L u g a r d e T r a b a j o

Los empleados pueden trabajar en un despacho satélite cerca de su casa para evitar

largos desplazamientos o atascos para ir y volver del trabajo.

Casi cuatro millones y medio de asalariados teletrabajan actualmente en la UE bajo esta

modalidad.

El teletrabajo es una forma de organizar el trabajo que puede responder a las

necesidades de las empresas y de los trabajadores, pero se trata de que los

teletrabajadores se beneficien de la misma protección que el personal que trabaja en los

locales de la empresa.

14

Page 21: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

V i d e o c o n f e r e n c i a s

Los empleados pueden celebrar reuniones por videoconferencia con compañeros de

trabajo o clientes en otras ciudades para evitar viajes.

La tendencia actual en los negocios es reducir los viajes no sólo porque son cansados y

hacen perder mucho tiempo, sino también por la situación económica en la que estamos

y por todos los recortes presupuestarios que se han hecho en casi todas las empresas.

Algo que también está creciendo -tal vez incluso más rápidamente que el video- es la

conferencia por documentos basada en Web y presentación remota: un útil

complemento del audio que no requiere tanto ancho de banda como el video de pleno

movimiento.

Y es que la Web se usa cada vez más como herramienta para programar y manejar todo

tipo de conferencias.

Se está comenzando a reconocer que el video interactivo, lo que llamamos

videoconferencias, no tiene que ser un método de comunicación autónomo.

Las comunicaciones visuales pueden, y deben, migrar para convertirse en una adición

natural a las comunicaciones de voz, los mensajes instantáneos y la colaboración de

datos.

Los usuarios iniciarán una llamada de voz normal y luego oprimirán un botón para

añadir video. Lo mismo sucederá con los mensajes instantáneos y la colaboración de

datos. Esto eliminará muchas de las barreras de conducta y de toma de decisiones que

existen actualmente.

Puestos Compartidos

Dos trabajadores comparten un mismo puesto de trabajo con todo lo que conlleva de

responsabilidades, obligaciones, sueldo, vacaciones.

Esta opción es muy poco utilizada por las empresas y sin embargo tiene importantes

ventajas como:

Favorece la flexibilidad.

Asegura la continuidad en el caso de la baja de algún miembro.

Permite el mantenimiento de la categoría profesional con los consiguientes

beneficios laborales.

15

Page 22: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Estas políticas iniciales buscan, desde la empresa, valorar el rendimiento y le

cumplimiento de tareas o funciones más que las horas realizadas o presenciales y que

disponibilidad no sea sinónimo de profesionalidad.

Se pasa de un control horario a un control por objetivos. Otro tipo de medidas de

flexibilidad temporal son las relacionadas con los periodos inactivos del personal o

excedencias. Y en este caso se observa que hay empresas que ofrecen:

Permisos parentales retribuidos o no, más largos de lo que estipula la ley en los

que queda garantizada la incorporación del trabajador y trabajadora a su antiguo

puesto de trabajo. Esta posibilidad ofrecida por ley no se ha hecho efectiva en el

caso de los hombres salvo en un caso muy minoritario.

Excedencia para atender a familiares con necesidades de custodia puntuales. Se

renuncia al sueldo mientras dure la inactividad y el puesto de trabajo está

garantizado.

Bancos de tiempo libre remunerado a través de los que la plantilla puede

intercambiar tiempo libre remunerado de una forma flexible, tomando vacaciones

por menos sueldo o cobrando los días de tiempo libre no disfrutados.

Más días de vacaciones que las estipuladas en los convenios y días de permiso

para resolver asuntos privados.

Excedencias (Permisos de Maternidad y Paternidad, Permisos para Cuidar Familiares)

A b a n d o n o d e l L u g a r d e T r a b a j o p o r u n a E m e r g e n c i a F a m i l i a r

Los trabajadores pueden abandonar su puesto de trabajo para atender una situación de

emergencia sin necesidad de justificar la ausencia con anterioridad.

Sin duda la medida estrella, la más valorada y usada. Está claro que no sólo es la más

necesaria, sino la que genera a corto plazo más confianza y fidelización del empleado.

Cualquier tipo de excendencia, permiso, visita médica o enfermedad suele estar avalada

por un certificado.

El problema aparece, según los expertos, en las diversas formas de absentismo

injustificado por emergencias familiares que no son tales, tratándose en realidad de

contingencias personales o de ocio.

16

Page 23: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

T i e m p o L i b r e p a r a F o r m a c i ó n

La empresa concede a sus trabajadores un cierto número de horas cada mes para

ocuparse de responsabilidades en la comunidad.

Es considerada más como un modo de conciliación entre vida personal y laboral, ya que

supone la oportunidad de mejora profesional y no el mero rendimiento a corto plazo.

Las posibilidades de promoción que esto supone para el trabajador dentro de la empresa

así como su empleabilidad futura dentro del mercado en muchos casos son tan

valoradas como una buena retribución salarial.

P e r m i s o d e L a c t a n c i a M á s A l l á d e l o E s t i p u l a d o p o r L e y

Casi todas las encuestadas declaran computar este tiempo como añadido a la reducción

de jornada o como una reducción de jornada “no formal”.

Lo cierto es que la lactancia, a pesar de sus defensores, está en retroceso muy a pesar

de las madres trabajadoras. Sea por un motivo -reducción de jornada- o por otro -

efectivo uso como tiempo de lactancia- las mujeres valoran y mucho la ampliación y

facilidades en torno a este permiso. En la práctica este permiso se convierte muchas

veces en horas acumuladas que suponen un uso distinto encaminado también al

cuidado del bebé.

R e i n t e g r a c i ó n D e s p u é s d e u n P e r í o d o d e P e r m i s o

Según nuestra legislación, la excedencia voluntaria -de 4meses a 5 años- requiere un

año de antigüedad como mínimo en la empresa y no hay derecho a reserva de puesto de

trabajo.

Caso distinto es el de la excedencia por cuidado de hijos que puede ser de hasta tres

años y en el que la reserva del puesto es durante el primer año. Esta situación hace que

en la práctica las excedencias y los años sabáticos sean muy poco utilizados en nuestro

país.

P e r m i s o p o r P a t e r n i d a d M á s A l l á d e l o E s t i p u l a d o p o r L e y

Los padres pueden quedarse en casa después del período estipulado por ley si renuncian

a su sueldo durante ese período.

En España los varones cuentan con trece días como permiso retribuido por el nacimiento

de un hijo, es lo que se llama permiso por paternidad.

En el caso de un permiso por paternidad más allá de los estipulado por ley, la empresa

concede días adicionales a los hombres que han sido padres si renuncian a su sueldo

durante ese período.

17

Page 24: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Si esta medida, el permiso por paternidad, y la consiguiente ampliación de los días por

parte de la empresa, tienen todavía un uso escaso, menor es la opción de los varones

que son padres a optar por compartir la baja maternal de la mujer.

Otra cosa bien distinta son los permisos retribuidos a los que el empleado tiene derecho

por ley: 15 días por matrimonio; de 2 a 4 días por enfermedad grave o fallecimiento de

un familiar próximo; traslado de domicilio habitual: (1 día); exámenes, técnicas de

preparación al parto, deberes cívicos de carácter obligatorio: (el tiempo justificado);

lactancia de hijo menor de 9 meses: (1 hora que puede dividirse en dos fracciones o bien

reducción de jornada de media hora); nacimiento de hijo prematuro que deba

permanecer hospitalizado tras el parto: (reducción de 1 a 2 horas con disminución

proporcional del salario); guarda legal de hijo menor de 8 años o disminuido físico,

psíquico o sensorial sin actividad retribuida (reducción de jornada con disminución

proporcional del salario).

M a t e r n i d a d M á s A l l á d e l o E s t i p u l a d o p o r L e y y O t r a s M e d i d a s d e F l e x i b i l i d a d a “ L a r g o P l a z o ”

Las madres pueden quedarse en casa una vez consumido el período estipulado por ley si

renuncian a su sueldo durante ese período. Se les garantiza volver a su antiguo puesto

de trabajo después de su ausencia por maternidad.

En nuestro país la mujer trabajadora que es madre tiene derecho a 16 semanas

ininterrumpidas.

Ella puede distribuir optativamente ese descanso siempre que seis semanas sean

inmediatamente posteriores al parto. Pasadas las seis semanas, el padre puede optar a

disfrutar del resto de las semanas del periodo de baja por maternidad.

18

Page 25: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

LO QUE HEMOS APRENDIDO

La incorporación de la mujer al trabajo ha motivado uno de los cambios sociales

más profundos. Además hay que tener en consideración otros profundos

cambios socio-demográficos experimentados en las últimas décadas, surgiendo

la necesidad de desarrollar nuevas formas de hacer en las empresas, con el

objeto de alcanzar el equilibrio entre las responsabilidades familiares personales y

laborales del personal.

Es necesario repensar la empresa entre hombres y mujeres, para encontrar

modos menos rígidos que permitan la conciliación entre la vida laboral, familiar y

personal.

Actualmente existen numerosos ejemplos que demuestran que el conflicto entre

trabajo y familia tiene un coste negativo para la empresa y que por el contrario

cuando existen no sólo políticas de conciliación sino una verdadera cultura

familiarmente responsable, el resultado es la mejora y cohesión de una plantilla

de calidad.

La flexibilidad se convierte en la palabra clave en un mundo global, cambiante y

diverso.

La ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo, pretende dar respuesta a los

retos que en materia de empleo plantean los decisivos cambios registrados en

España, muy señaladamente la transformación del escenario económico,

productivo y tecnológico, la nueva organización territorial del Estado, la ruptura

del monopolio público en la intermediación laboral y la integración de España en

la Unión Europea y la consiguiente necesidad de atender a los objetivos de la

política comunitaria de empleo.

19

Page 26: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ANOTACIONES

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

20

Page 27: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEST

Marcar la respuesta correcta.

1. La Ley para promover la conciliación entre la vida familiar y laboral de las personas

trabajadoras se promulgó en el año:

1988.

1999.

2005.

2. En la actualidad, es uno de los criterios para seleccionar un trabajo:

La posible formación que ofrezca la empresa.

El salario.

La posibilidad de hacer conciliable el trabajo y la vida personal y familiar.

3. Entendemos por perfil internacional:

El del trabajador extranjero incorporado a una empresa.

El del trabajador que ha desarrollado su trabajo en múltiples países.

La experiencia del trabajador acumulada por haber trabajado en diferentes

sucursales internacionales de una misma empresa.

4. Dedicar un mayor número de horas al trabajo:

Se relaciona con la competencia y la productividad.

Equivale a ser más productivo para la empresa.

Ninguna respuesta es correcta.

5. La flexibilidad horaria conlleva:

Retener el talento del personal que por necesidades familiares no pude acceder a

un puesto de trabajo con rigidez horaria.

La posibilidad de mayor contratación.

Ambas respuestas son correctas.

6. La posibilidad de que los trabajadores abandonen su puesto de trabajo para atender

una situación de emergencia sin necesidad de justificar su ausencia se consigue a

través de:

Las excedencias.

Los empleos compartidos.

La semana laboral comprimida.

21

Page 28: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

22

Page 29: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

tema 2

Beneficios de las Políticas de Flexibilidad

Aumento de Eficiencia y Productividad para la Empresa

Aumento de la Satisfacción y Motivación de los Trabajadores

Disminución del Absentismo Laboral

Empresa Familiarmente Responsable (EFR)

Objetivos:

Estudiar las medidas que podemos utilizar para incentivar la

productividad de nuestros trabajadores.

Estudiar los procedimientos para llegar a una empresa

familiarmente responsable.

23

Page 30: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

24

Page 31: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Aumento de Eficiencia y Productividad para la Empresa

Conseguir orientarse en el trabajo y los objetivos empresariales no es una tarea fácil para

el trabajador.

La falta de concentración y de motivación, pueden ir en contra de los objetivos de la

empresa.

En general los trabajadores trabajan largas horas y no siempre se llega a conseguir lo

esperado.

Para aumentar la productividad de los empleados podemos seguir una serie de pautas

recomendadas:

1. Debemos recordar a nuestro empleados sus propios objetivos y metas, esto

podemos llevarlo a cabo a través de una reunión, murales o por contacto directo.

2. Una medida importante es cuidar la salud de los trabajadores, cada vez es más

visible el impacto negativo que produce la salud laboral en la productividad de la

empresa. Debemos revisar frecuentemente que el trabajador se encuentre en un

entorno agradable en cual trabajar. Para evitar situaciones de estrés o sobre carga

laboral podemos establecer un equilibrio entre el tiempo trabajo a realizar y los

tiempos de descansos.

3. Establecer una comunicación constante es importante para que los empleados

tengan una idea de los pasos y logros que ha conseguido la empresa en la cual está

realizando su actividad laboral.

4. Los trabajadores pueden dar lo mejor de sí si se les recompensa por los objetivos

cumplidos, como pueden ser: premio metálico, reconocimiento público, etc.

5. El jefe debe saber delegar las actividades laborales entre las personas que tiene a su

cargo. Un líder que asume todas las funciones afecta de forma notable sobre la

productividad.

6. Incorpore nuevas tecnologías y adapte a sus empleados para que trabajen con las

nuevas herramientas.

7. Realice evaluaciones periódicas de los trabajadores y la empresa, así como de las

ventas producidas, de esta forma podrá ver si los resultados de su empresa son

productivos o no.

 

25

Page 32: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Aumento de la Satisfacción y Motivación de los Trabajadores

Uno de los principales elementos de las empresas es el capital humano. Algunos de los

instrumentos que mejoran la motivación de los trabajadores y el clima laboral son las

medidas de conciliación y de igualdad, además ayuda a incrementar la productividad de

la empresa.

A lo largo de la historia la imagen del empleado se ha transformado, ha pasado de ser

mano de obra a ser un recurso más a gestionar en la empresa.

Uno de los objetivos fundamentales del éxito empresarial es la motivación de los

trabajadores, ya que de ella dependen los objetivos de las empresas. Actualmente

existen sectores que siguen sin darle importancia al factor humano.

El mercado de trabajo ha cambiado con el tiempo y en la actualidad la retribución ha

dejado de ser el elemento primordial a la hora de seleccionar un puesto de trabajo, hoy

en día los futuros empleados buscan medidas de conciliación, desarrollo personal, ect., a

todos estos elementos se les denomina como salario emocional.

La captación de recursos humanos y la retención de talentos son dos de los problemas

con los que se enfrentan las empresas. España es uno de los países europeos con

menos prestaciones destinadas a mejorar la calidad de vida del trabajador.

Esta percepción es negativa tanto para el trabajador como para la empresa, la empresa

ve el efecto negativo en el rendimiento de los trabajadores y en la productividad.

En la actualidad una de las principales causas de abandono del puesto de trabajo se

centra en cuestiones de tipo emocional. Los profesionales cada vez valoran más los

programas de apoyo, las medidas de conciliación de la vida profesional y laboral, un

buen ambiente laboral, etc.

Uno de los elementos importantes a la hora de incentivar la motivación de los

trabajadores, es la comunicación, la empresa debe hacer que el empleado se sienta parte

del proyecto empresarial y de esa forma se implique en él.

Disminución del Absentismo Laboral

El proceso de ponerse enfermo, darse de baja, recuperarse y volver la actividad laboral,

se considera una falta de equilibrio entre la persona y su entorno, es decir, que los

problemas de salud pueden aparecer a causa de una discrepancia entre la carga laboral

(exigencia y requisitos) y la capacidad del trabajador (aptitudes y conocimientos).

Dependiendo de la motivación del trabajador y la presión para acudir al trabajo, los

problemas de salud desembocan en el absentismo (incapacidad de trabajar), a estos dos

factores se les denomina “barrera de absentismo”.

26

Page 33: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

La vuelta al trabajo está condicionada por la evolución de la enfermedad y la llamada

“barrera de reincorporación”. Por “barrera de reincorporación” entendemos todos

aquellos factores que hacen posible la reincorporación a la actividad laboral.

Podemos distinguir entre dos tipos de absentismo: absentismo por enfermedades

relacionadas con el trabajo y absentismo por problemas de salud que no tiene relación

con el ámbito laboral.

Existen algunas medidas para intentar reducir el absentismo laboral, como son:

1. Medidas de procedimientos con el fin de elevar la barrera de absentismo, se trata de

medidas que se encargan del control y vigilancia del absentismo.

2. Medidas preventivas orientadas al trabajo, estas medidas consisten en disminuir la

diferencia entre la carga de trabajo y la capacidad del trabajador reduciendo la carga

de trabajo.

3. Medidas preventivas orientadas a las personas, prestan ayuda a los empleados para

trabajar de forma sana y saludable.

4. Medidas de reincorporación, el objetivo de esta medida es bajar la barrera de

reincorporación y apresurar la vuelta al trabajo de los empleados enfermos.

Empresa Familiarmente Responsable (EFR)

E l e m e n t o s y E t a p a s d e u n a E m p r e s a F a m i l i a r m e n t e R e s p o n s a b l e ( E F R )

Una cultura flexible y responsable no se crea de la noche a la mañana. Las empresas

tienen que evolucionar a lo largo de diferentes niveles, de modo progresivo.

El modelo teórico que sustenta el proceso de evolución de las empresas hacia una

Empresa Familiarmente Responsable (EFR) queda recogido en la siguiente figura:

Contaminante Enriquecedora

Sis

tem

áti

ca

D A

Dis

cerc

ion

al

C B

27

Page 34: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

De este modo, podemos hacer la siguiente clasificación de las empresas según la en la

que se encuentren:

D: Sistemáticamente contaminante del entorno empresarial y social (carece de

políticas FR).

C: Discrecionalmente contaminante (tiene ya algunas políticas, pero las aplica

poco).

B: Discrecionalmente enriquecedora (tiene políticas y existen prácticas EFR).

A: Sistemáticamente enriquecedora (su cultura es ya FR).

El Modelo EFR contiene tres elementos principales que son evaluados por separado

1. Políticas 2. Facilitadores

Flexibilidad

laboral

Apoyo

profesional Liderazgo Comunicación

Servicios

familiares

Beneficios

extrasalariales Responsabilidad Estrategia

Frenos 3. Impulsores

F a c i l i t a d o r e s d e l C a m b i o C u l t u r a l y A v a n c e h a c i a u n a E m p r e s a F a m i l i a r m e n t e R e s p o n s a b l e ( E F R )

Además de analizar las políticas formales de flexibilidad y responsabilidad hacia la

conciliación, un tema importante a diagnosticar son los frenos y los impulsores.

En definitiva, estamos hablando de la cultura de esa empresa, de sus prácticas

cotidianas.

La presencia de los facilitadores cobra una importancia fundamental en esta etapa del

proceso de cambio. Los planes de desarrollo hacia una EFR incluyen acciones que la

organización debe llevar a cabo necesariamente.

En el caso de las políticas, la compañía tiene la posibilidad de elegir entre cuáles se

ajustan mejor a su realidad, su negocio y su estructura, revisar su implantación y tomar

acciones correctivas, pero cuando se trata de los elementos que condicionan el éxito de

un programa FR - los facilitadores - no puede olvidarse ninguno.

Ellos son los que determinarán si la empresa podrá llegar a ser una EFR de Nivel A.

A continuación se detalla cómo estos fundamentos se van integrando en la cultura de la

organización de manera paulatina y sostenida.

28

Page 35: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ESTRATEGIA

Un paso fundamental en el desarrollo de una cultura FR es la formalización de su

compromiso hacia la mejora del equilibrio laboral, familiar y personal.

Con objetivos específicos, incluidos en la estrategia de negocio de la organización, todos

los empleados pueden reconocer la importancia del programa FR.

Si bien hasta este punto las iniciativas pudieran ser lideradas por la dirección de la

organización, es esencial que los directivos y mandos intermedios intenten establecer

una responsabilidad compartida con sus empleados, tanto de la implantación de dichas

iniciativas como de los beneficios que se deriven de ellas.

El compromiso de la organización para crear una cultura que anime y fomente el

equilibrio entre la vida laboral, familiar y personal es fundamental.

Destinar tiempo, personal y recursos a estas iniciativas, diseñar una estrategia de

acción, así como incorporar el respeto a la familia de los empleados en la misión, la

visión y los valores de la empresa, constituyen señales claras de cambio.

Un dato muy relevante a la hora de analizar en qué medida se están implantando de

verdad estas políticas en la empresa, y en qué grado existe una preocupación real en la

dirección de la misma, es el que procede del análisis del presupuesto.

Si no existe asignación de recursos para este tema, tendríamos que concluir que el

desarrollo de políticas flexibles y responsables no es un tema prioritario.

La estrategia está muy relacionada con la obtención de resultados.

De forma individual, tanto el avance en la fase de desarrollo como EFR como la

dedicación de recursos económicos al impulso de la conciliación entre trabajo y familia

están correlacionados positivamente con la retención de los empleados clave para la

empresa y la capacidad para atraer a empleados esenciales para la organización.

Es muy posible que las empresas que aún no tienen en su agenda la implantación de

políticas familiarmente responsables o no dedican recursos, comiencen a experimentar

incrementos en la rotación de sus empleados, con el consiguiente impacto en la cuenta

de resultados.

COMUNICACIÓN Y PERCEPCIÓN

Para evaluar la efectividad de las políticas FR existentes en una compañía, debe medirse

la “brecha de percepción”, es decir, la diferencia entre lo esperado por los directivos con

la implantación de políticas, y los resultados obtenidos desde el punto de vista de los

empleados.

29

Page 36: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Si de manera transversal en la organización existe un desconocimiento de las políticas

disponibles, o si hay conceptos erróneos sobre quiénes pueden hacer uso de ellas, su

presencia puede conllevar agravios comparativos.

Este es un riesgo que disminuye drásticamente si se realiza un proceso de comunicación

eficaz y rigurosa, durante el proceso de diseño, introducción e implantación de cualquier

política.

La percepción puede ser medida a través de cuestionarios o por medio de

conversaciones abiertas entre empleados y directivos. Obtener las opiniones de los

empleados requiere de la confianza entre ambas partes, por lo que la ayuda de personas

externas a la organización, puede ayudar en el proceso.

En cuanto a la comunicación externa, en la medida en que la conciliación entre familia y

trabajo sea un valor de la empresa, vivido en el día, llegará a constituir un pilar

fundamental de su cultura e, incluso, de su know how.

Empleados y dirección se sentirán orgullosos de trabajar en una empresa familiarmente

responsable, y esto se traducirá en la incorporación de este valor a la imagen de la

organización.

LIDERAZGO

Diversas experiencias indican que la disponibilidad de políticas flexibles y familiarmente

responsables sin unos directivos que apoyen dichas iniciativas, se enfrentará a una

resistencia constante en la implantación.

Es importante tener en cuenta que para los usuarios de estos programas quizás sea más

importante la opinión y el apoyo de sus supervisores directos que los de la alta dirección.

Además de una comunicación abierta y eficaz sobre el tema entre jefes y colaboradores,

una acción clave es la incorporación de la conciliación entre trabajo, familia y vida

personal en las entrevistas de evaluación del desempeño que cada directivo hace con su

personal.

Las organizaciones flexibles y responsables cuentan con líderes que establecen y

comunican una dirección clara a su organización en cuanto al proceso de cambio que es

necesario para convertir su organización en una empresa familiarmente responsable.

Unen y motivan a los demás líderes para que con su comportamiento sirvan de ejemplo

a sus colaboradores.

Reconocen abiertamente la importancia de conciliar el trabajo y la vida familiar y

personal como base para el éxito del negocio, e integran este enfoque para construir un

clima de trabajo de apoyo.

En definitiva, son los directivos la pieza clave para que las políticas y los programas de

conciliación trabajo y familia sean vida en la empresa y perduren en el tiempo.

30

Page 37: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En este contexto, el liderazgo se plantea en términos de dos cuestiones.

En que medida los directivos dan ejemplo en el uso de las políticas flexibles.

Hasta que punto son conscientes de los problemas planteados por la conciliación

y la necesidad de diseñar e implementar políticas flexibles y responsables.

RESPONSABILIDAD

Dada la constante presión de las urgencias diarias, es imprescindible nombrar a un

responsable formal (individual o comité) que dinamice y dirija el proyecto de cambio FR.

Además, la responsabilidad personal de cada directivo ayudará a promover un liderazgo

sólido del tema, y a asegurar que las acciones de los individuos en la organización sean

consistentes con la estrategia EFR.

Cada directivo debe ser responsable de discutir aspectos del equilibrio laboral y familiar

con sus empleados, a fin de garantizar que las oportunidades existentes sean bien

comprendidas y conocidas por todos.

Para que una organización cambie, resulta clave que los individuos se hagan

responsables tanto de la implantación de las políticas formales como de su utilización.

La cultura flexible y responsable se construye sobre la base de la confianza, la madurez

y la profesionalidad de cada uno de los individuos.

La dirección contempla medidas para asesorar el desempeño de los directivos

responsables del diseño y la implantación del programa flexible.

CONCLUSIONES

Liderazgo, estrategia, comunicación y responsabilidad son los elementos clave para

lograr que las políticas familiarmente responsables se apliquen de forma efectiva en la

empresa y faciliten el cambio cultural en la organización.

Los facilitadotes tienen un impacto considerable sobre la cuenta de resultados,

especialmente a través de dos variables: la retención y la atracción de talento esencial

para la empresa.

En un mercado laboral caracterizado, entre otras cosas, por la reducción drástica del

número de efectivos cualificados, la falta de capacidad para atraer a profesionales con

formación y conocimientos relevantes para la organización comienza a tener costes

importantes.

Esta menor capacidad tendrá que ser compensada económicamente, lo que ya supone

incremento del coste. Pero, además, cada vez son más numerosos los empleados que

prefieren renunciar a beneficios económicos a cambio de poder disfrutar del equilibrio

entre su vida personal y su vida profesional.

Por otra parte, la rotación de personal esencial tiene importantes costes: nueva

selección, formación…que pueden en cierta medida evitarse mediante la promoción del

cambio cultural hacia una empresa FR.

31

Page 38: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

R e s u l t a d o s e n u n a E m p r e s a F a m i l i a r m e n t e R e s p o n s a b l e ( E F R )

Con el objeto de medir el impacto del Programa FR y establecer áreas de mejora

continua que permitan avanzar hacia un nivel superior, es necesario controlar y

monitorear tres parámetros de medida:

Medidas de Percepción.

Medidas de Utilización.

Medidas de Satisfacción.

No es fácil identificar medidas significativas para cuantificar el retorno sobre la inversión

de un programa FR, y para justificar económicamente un proyecto de este tipo (a veces

se ven claramente los costes del programa y no los costes de la no conciliación)

Pero sí es posible medir los tres elementos claves que dan una indicación del éxito de un

programa FR mediante cuestionarios ad hoc o a través de preguntas incluidas en el

cuestionario de clima laboral.

SATISFACCIÓN

Dicho cuestionario al ser respondido por los empleados debe incluir interrogantes sobre

temas de conciliación.

El cuestionario debe mostrar que conflictos existen entre las responsabilidades

profesionales, familiares y de vida personal, y en qué grado las políticas FR y los

facilitadores ayudan a superarlos.

PERCEPCIÓN

De forma similar al parámetro de Satisfacción, los mismos empleados son también la

fuente de información para esta medida.

La brecha de percepción, entre la existencia de políticas y su conocimiento por parte de

los empleados, representa un excelente indicador de la calidad de la comunicación en la

organización.

Las respuestas al cuestionario mostrarán claramente en qué áreas se pueden tomar

acciones correctivas que permitan comunicar mejor.

UTILIZACIÓN

El grado de utilización de cada política es un parámetro que puede ser usado para medir

la atractividad de dicha política en particular.

Para que los resultados sean significativos, es conveniente que se establezcan objetivos

o metas de utilización de acuerdo a las necesidades de la compañía.

32

Page 39: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Las experiencias de empleados individuales también pueden proveer de evidencia

adicional sobre los beneficios de las distintas iniciativas.

Es el caso de una cadena de tiendas de supermercados, en la que varios directivos

trabajan sólo cuatro días a la semana de modo presencial, porque quieren destinar dos

tardes a sus hijos.

Se refuerza así la convicción de que estas personas, que representan una valiosa

contribución al negocio, habrían dejado la compañía de no tener esta posibilidad a su

alcance.

F r e n o s e I m p u l s o r e s e n l a C r e a c i ó n d e u n a C u l t u r a F a m i l i a r m e n t e R e s p o n s a b l e

Con el término cultura nos referimos al conjunto de hábitos o costumbres no formales

que se viven en el día a día de la empresa y que son clara imagen del uso práctico de las

políticas.

Estos hábitos pueden constituir frenos al desarrollo e implementación de una cultura

flexible y responsable o, por el contrario, pueden ser impulsores de la misma.

Los cambios en la cultura siempre son más lentos y difíciles que los cambios normativos

en las políticas de cualquier organización.

Los hábitos que modelan dicha cultura tienen sus raíces en los procesos de socialización

de los individuos y, por tanto, son reflejo de la tradición y la experiencia.

Los cambios en la cultura deben ser impulsados, pero no forzados: tratar de implantar a

la fuerza una determinada cultura, por muy buena que ésta sea, es apostar por el

fracaso.

La forma más eficaz y segura de promover un cambio cultural en una empresa es lograr

que los directivos sean un ejemplo, con su comportamiento, para los demás empleados.

También resulta conveniente dar visibilidad a los comportamientos acordes con la nueva

cultura, con independencia del nivel jerárquico en que se produzcan.

De esta forma, las pautas más tradicionales comienzan a ser cuestionadas. Esta vía de

actuación se ve muy clara en el caso de la dedicación excesiva –al menos en número de

horas- al trabajo.

Cada vez son más las empresas que tratan de cambiar esta cultura de “adicción al

trabajo” por otro estilo más próximo al equilibrio entre las dimensiones personal y

profesional, sin por ello renunciar a los resultados.

En este caso, una de las maneras más eficaces de lograrlo es que el superior inmediato

se vaya a casa a una hora razonable.

33

Page 40: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Los frenos a la cultura familiarmente responsable que con más frecuencia se dan en

todo tipo de empresas tienen que ver con el número de horas que se dedican al trabajo y

la penalización percibida que implica acogerse a las políticas de conciliación.

Esta penalización se refiere sobre todo a la pérdida de oportunidades en el terreno de la

promoción.

En paralelo a la introducción de estas prácticas enriquecedoras, el cambio de cultura

hacia una EFR requiere minimizar los Frenos, aquellas prácticas contaminantes.

Se han identificado diversos casos, que a continuación se señalan:

Se espera que los empleados se lleven trabajo a casa por la noche o durante los

fines de semana.

Los empleados se resienten cuando las mujeres en esta organización toman

permisos largos para cuidar a hijos recién nacidos, adoptados o acogidos.

Los empleados que utilizan un horario flexible tienen menos oportunidades de

progresar en sus trayectorias profesionales que los empleados/as que no lo

utilizan.

En la empresa existe la práctica “arriba o fuera”, lo que quiere decir que los

empleados que rechazan un ascenso ponen en peligro su situación actual y sus

perspectivas profesionales futuras.

En la empresa las trayectorias profesionales están concebidas como “carreras”

internacionales/multinacionales en las que se espera que un empleado cambie

con cierta frecuencia de lugar geográfico.

En la empresa existe una cultura de “adictos al trabajo”, en donde trabajar hasta

tarde se percibe como algo positivo, que se espera implícitamente y se fomenta o

incluso es una señal/condición para ascensos.

La trayectoria profesional de carácter internacional, la adicción al trabajo y la necesidad

de dedicar muchas horas a las tareas profesionales son los principales frenos a la

implantación adecuada de una cultura familiarmente responsable.

La cultura es algo distinto de lo que se recoge por escrito en el enunciado de la misión

de la empresa o de los que recogen las políticas formales. Por esta razón, es importante,

a la hora de detectar la presencia de frenos e impulsores en la cultura de las

organizaciones, analizar las percepciones de los empleados.

34

Page 41: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

I m p o r t a n c i a d e l a C o n c i l i a c i ó n

Si bien las políticas de equilibrio trabajo familia están dirigidas a solucionar los conflictos

de rol ocasionados por las múltiples demandas laborales y familiares de los empleados,

el énfasis de este trabajo está centrado en el análisis de los beneficios netos que dichas

políticas pueden generar para la empresa que las implementa.

Tanto en el mundo académico, como al interior de las propias empresas, existe un

creciente interés por entender mejor el papel que juegan las prácticas de recursos

humanos como fuente de la ventaja competitiva.

En particular, la investigación más reciente y el esfuerzo de algunas organizaciones se

ha enfocado en los sistemas de recursos humanos que generan un alto compromiso

entre los trabajadores, diseñados para otorgar a las personas que allí trabajan,

importantes incentivos asociados a desempeño, participación en la toma de decisiones y

oportunidades para un desarrollo más integral de sus vidas.

A cambio de estas inversiones, las empresas esperan atraer y desarrollar a un equipo

humano de alto rendimiento, motivado y comprometido con los objetivos de la

organización.

También se ha argumentado que los programas de conciliación trabajo-familia pueden

contribuir en la protección y en una mejor utilización de las inversiones realizadas en

recursos humanos.

Estas iniciativas pueden tener impacto en tres importantes aspectos del desempeño de

la organización.

Primero, y debido a que los conflictos entre las obligaciones laborales y las

responsabilidades familiares pueden provocar mayores niveles de rotación y abandono

en el trabajo, las iniciativas que reducen estas tensiones pueden ayudar a las empresas

a retener a aquellos trabajadores valiosos que se ha reclutado y entrenado.

Las políticas de equilibrio trabajo-familia pueden también reducir otras conductas de

“abandono” del trabajo, como la reducción del esfuerzo en las labores realizadas,

atrasos y ausentismo, las que a su vez disminuyen el valor de las inversiones realizadas

por las empresas en sus empleados.

Se plantea que los programas de equilibrio trabajo-familia mejoran el desempeño de las

compañías al disminuir el ausentismo y la rotación.

Las tensiones entre las demandas del trabajo y la vida familiar pueden llevar a los

trabajadores a reducir esos conflictos dedicando menos tiempo y esfuerzo en sus

actuales trabajos, reubicándose en un cargo que genere menos estrés entre lo laboral y

familiar o simplemente renunciando a su trabajo.

35

Page 42: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Las organizaciones pueden incrementar su capacidad para reclutar y retener una fuerza

de trabajo de alto nivel, si es que les entregan a sus empleados flexibilidad en el horario

de trabajo y los recursos adecuados para que puedan combinar con mayor facilidad sus

labores profesionales y la familia.

Segundo, y en la medida que los programas de conciliación trabajo-familia son efectivos

en la reducción del conflicto trabajo-familia, también pueden contribuir a mejorar ciertas

actitudes de los empleados.

Un estudio reciente mostró una relación negativa consistente entre el conflicto trabajo-

familia y la satisfacción con el trabajo y la vida en general.

Al flexibilizar los horarios de trabajo se reduce el nivel de conflicto entre el trabajo y la

familia, y se incrementa la satisfacción con la vida familiar. La existencia de un servicio

de guardería en el lugar de trabajo ha sido relacionada con una variedad de actitudes

positivas.

Por su parte, estudios longitudinales indican que aquellas organizaciones que proveen

permisos por paternidad más prolongada, mayor flexibilidad en la ubicación del lugar de

trabajo y un más alto nivel de apoyo por parte de los supervisores directos genera una

mayor satisfacción con el trabajo entre las nuevas madres.

Una más alta satisfacción podría aumentar la capacidad para contratar y retener a los

mejores empleados y, adicionalmente, permitiría a la organización ser más variada en su

composición y por tanto más flexible, de modo de poder responder de manera más

adecuada a los cambios permanentes en el entorno competitivo.

En tercer lugar, las iniciativas de reducción del conflicto trabajo-familia pueden estar

dirigidas a lograr que los empleados y ejecutivos desplieguen un esfuerzo extraordinario

más allá del mínimo requerido para conservar su trabajo.

Debido a que no todas las empresas implementan programas de conciliación trabajo-

familia, una compañía que sí lo haga puede generar un incentivo para que sus

empleados se queden en la empresa, especialmente aquellos que valoran la ayuda que

ésta pueda entregar para solucionar el conflicto trabajo-familia.

Dado que la seguridad en el empleo ha sido prácticamente eliminada, el deseo de

permanecer dentro de una empresa que provee un apoyo importante para conciliar el

trabajo con la vida familiar, puede motivar a los empleados a desplegar un alto nivel de

desempeño.

Es más, en circunstancias en que son aún pocas las empresas que implementan estos

programas de equilibrio trabajo-familia, muchos trabajadores saben que está en su

mejor interés realizar un esfuerzo máximo y no sólo contentarse con cumplir con el

estándar mínimo exigido; especialmente cuando la empresa atraviesa por dificultades

competitivas o debe realizar enormes esfuerzos de reorientación estratégica y

reestructuración frente a los profundos cambios que enfrenta en su entorno.

36

Page 43: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Será en situaciones críticas para la compañía, entonces, cuando la presencia de políticas

de conciliación trabajo-familia ayudará en mayor medida a obtener un esfuerzo y

desempeño más allá de lo habitual por parte del personal.

Adicionalmente y debido a que muchas empresas no entregan beneficios dirigidos a una

mejor conciliación entre trabajo y familia, aquellas que sí implementan este tipo de

programas generan entre sus trabajadores un estímulo hacia mayores niveles de

esfuerzo en las tareas que desempeñan, de modo de quedarse en la compañía,

especialmente durante períodos de reestructuración, reducción o despidos de personal.

 

37

Page 44: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

LO QUE HEMOS APRENDIDO

La falta de concentración y de motivación, pueden ir en contra de los objetivos de

la empresa.

Uno de los principales elementos de las empresas es el capital humano. Algunos

de los instrumentos que mejoran la motivación de los trabajadores y el clima

laboral son las medidas de conciliación y de igualdad, además ayuda a

incrementar la productividad de la empresa.

Una cultura flexible y responsable no se crea de la noche a la mañana. Las

empresas tienen que evolucionar a lo largo de diferentes niveles, de modo

progresivo.

El compromiso de la organización para crear una cultura que anime y fomente el

equilibrio entre la vida laboral, familiar y personal es fundamental. Destinar

tiempo, personal y recursos a estas iniciativas, diseñar una estrategia de acción,

así como incorporar el respeto a la familia de los empleados en la misión, la visión

y los valores de la empresa, constituyen señales claras de cambio.

Liderazgo, estrategia, comunicación y responsabilidad son los elementos clave

para lograr que las políticas familiarmente responsables se apliquen de forma

efectiva en la empresa y faciliten el cambio cultural en la organización.

La forma más eficaz y segura de promover un cambio cultural en una empresa es

lograr que los directivos sean un ejemplo, con su comportamiento, para los

demás empleados.

 

 

 

 

38

Page 45: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ANOTACIONES

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

39

Page 46: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEST

Marcar la respuesta correcta.

1. La falta de concentración y de motivación, pueden ir en contra de los objetivos de la

empresa:

Verdadero.

Falso.

2. Para aumentar la productividad de los empleados podemos una de las pautas

recomendadas es:

Cuidar la salud de los trabajadores.

Establecer una comunicación constante.

Ambas respuestas son correctas.

3. Uno de los objetivos fundamentales del éxito empresarial es la motivación de los

trabajadores, ya que de ella dependen los objetivos de las empresas:

Verdadero.

Falso.

4. Una medida adoptada para intentar reducir el absentismo laboral es:

Medidas preventivas orientadas al trabajo.

Medidas de reincorporación.

Ambas respuestas son correctas.

5. Para el desarrollo de una cultura FR es necesario:

El liderazgo de la dirección de la organización para proceder a su implantación.

El establecimiento de la misma por los directivos y mandos intermedios.

La responsabilidad compartida de los empleados, tanto en su implantación como

en los beneficios derivados de ella.

6. Son parámetros para medir el impacto de los programas FR:

Las medidas de percepción.

Y además de la anterior las medidas de utilización.

Y junto a las anteriores las medidas de aplicación efectiva.

 

40

Page 47: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

tema 3

Medidas de Apoyo a los Trabajadores

Introducción

Cuidado de Familiares

Cuidado de Hijos

Servicio de Guardería Subvencionado

Cuidado de Personas Mayores

Cursos de Formación a los Trabajadores

Política de Outplacement

Beneficios Sociales para los Empleados

Ticket Restaurant

Seguro Médico

Seguro de Vida

Plan de Pensiones

Objetivos:

Estudiar las distintas medias de apoyo a los trabajadores para

conciliar su vida laboral y familiar.

41

Page 48: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

42

Page 49: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Introducción

La denominación de políticas de conciliación privadas abarcan el ámbito de la empresa,

se ésta una empresa que aborda medidas de conciliación entre sus trabajadores y/o

empresas que ofrecen bienes y servicios para conciliar, y el ámbito del hogar, las

estrategias familiares para compatibilizar vida familiar y laboral.

Las medidas de apoyo a los trabajadores no vienen definidas en ningún manual ni por

una norma, puesto que éstas han de ser diseñadas específicamente por cada empresa

para dar solución a las necesidades de sus empleados. Por otra parte, estas medidas de

apoyo no se plantean exclusivamente a personas trabajadoras con responsabilidades

familiares.

La mayoría de estas medidas, tiene un coste mínimo para la empresa y una gran

efectividad en la conciliación.

La empresa ofrece soporte en la resolución de los distintos problemas, pero no da una

única solución.

Deben por tanto quedar garantizadas dos cosas:

El derecho a la vida privada y a todos los datos que hagan referencia a ella.

El derecho de los padres a dar a sus hijos la educación que consideren

conveniente.

Esto último queda garantizado en las opciones más comunes ofertadas por las

empresas: cheque escolar y cheque guardería, que facilitan la elección.

Está demostrado que por cada mujer que se incorpora a la vida laboral se generan de

tres a cuatro puestos de trabajo directos o indirectos.

Esta realidad constituye un interesante yacimiento de empleo que no podemos

menospreciar y que hay que profesionalizar al máximo desde todas las instancias

públicas y privadas.

P o l í t i c a s d e C o n c i l i a c i ó n E x t e r n a s

Las políticas de conciliación externa están constituidas por empresas cuyo producto es

un conjunto de bienes y servicios de conciliación familiar y laboral que presentan en el

mercado para su alquiler y/o venta.

Pueden clasificarse en dos tipos:

43

Page 50: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

De empresa a empresa. Las que tienen por público objetivo a las empresas con

necesidades de medidas de conciliación. Habitualmente son empresas con un

importante número de trabajadores.

De empresa a familias. Las que se ofrecen directamente bien a personas

beneficiarias del servicio, bien a familiares a su cargo.

Las primeras son ofertadas por empresas que cuentan en sus plantillas con

profesionales especializados en proveer y gestionar servicios de atención a las personas.

Estos servicios son demandados a medida que los trabajadores de las empresas

contratantes encuentran dificultades para conciliar su vida laboral y familiar y, a través

del asesoramiento, la orientación o la formación, se dan soluciones a dichas dificultades.

Los ámbitos de actuación de estas empresas de servicios van desde el asesoramiento

jurídico y económico, hasta la búsqueda de información sobre centros de cuidados para

personas dependientes, pasando por la atención psicológica del propio trabajador, la

formación en gestión del estrés, etc.

El beneficiario de los servicios es la persona trabajadora, pero el contratante de los

mismos es la empresa, de forma que ésta es capaz de ofrecer medios para que sus

empleados consigan la conciliación de la vida familiar y laboral sin tener que destinar

tiempo y esfuerzo a su búsqueda.

Otro tipo de políticas privadas externas son los servicios de guardería, custodia, atención

domiciliaria, asistencia en el hogar, etc., que están disponibles en el mercado privado y

que son contratados libre y directamente por las propias personas interesadas.

En España es frecuente el segundo tipo de empresas, aquellas que ofrecen una serie de

servicios que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral. Estos servicios son

contratados directamente por beneficiarios o familiares.

No obstante, de manera progresiva se está instaurando el tipo de empresas cuyo

servicio consiste en ofrecer una gama de productos de conciliación directamente a las

organizaciones.

P o l í t i c a s d e C o n c i l i a c i ó n I n f o r m a l e s

No son políticas de conciliación sino estrategias a las que recurren hombres y mujeres

trabajadores cuando los sistemas público y privado no son capaces de dar soluciones a

sus necesidades. Estas estrategias se personifican principalmente en la figura de la

madre y, en segundo lugar, en cualquier otro miembro del entorno familiar o social.

Los estudios de género identifican claramente los roles de género masculinos y

femeninos, siendo las tareas del cuidado principalmente realizadas por mujeres. Las

estrategias son pues habitualmente femeninas, también en España.

44

Page 51: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Cuidado de Familiares

La excedencia por cuidado de familiares supone en la regulación actual, una nueva

causa de conciliación de la vida laboral y familiar, su configuración aunque es novedosa,

no es tanto su régimen jurídico al ser idéntico a la excedencia por cuidado de hijos, con

ciertas diferencias, que desarrollaremos con posterioridad.

Se trata de una excedencia de naturaleza voluntaria, en la medida que para ser efectiva

debe ser solicitada previamente por el trabajador, con un requisito previamente de

fondo, esto es, debe responder a la causa específica que lleva aparejada el nombre de

dicha excedencia. Por tanto es preciso la existencia de causa: cuidar a un familiar.

Constituye un derecho individual de los trabajadores sin distinción de sexo y con

independencia de la vinculación temporal o indefinida del vínculo contractual y la

antigüedad de la empresa. Sin embargo, tal y como manifiesta cierta doctrina la principal

destinataria del ejercicio de este derecho es la mujer trabajadora al tener que

compatibilizar en la mayoría de los casos el trabajo fuera de casa con las

responsabilidades familiares que conlleva.

En la actualidad ello no debe de ser así al existir en nuestro ordenamiento jurídico

mecanismos legales que permiten armonizar el desarrollo de una actividad laboral fuera

del hogar familiar, con aquellas actividades "clásicas" o "tradicionales" que asumía la

mujer como eje central del cuidado de la familia y que ahora precisamente puede el

hombre participar en ellas siendo igualmente destinatario de las medidas de conciliación

de la vida familiar y profesional, promoviéndose de esta forma nuevamente la igualdad

de oportunidades entre el hombre y la mujer.

Esta nueva concepción de familia y trabajo amparada y protegida en la LCF se hace de

especial interés para el hombre y la mujer cuando se trata de cuidar a familiares

mayores. Por tanto su configuración emerge del propio ámbito de la igualdad y de la

finalidad de facilitar a la mujer la igualdad de oportunidades en el mercado laboral, "se

contempla también en una perspectiva más amplia que contempla los intereses y

valores familiares acorde con la finalidad de la LCF declarada en la Exposición de

Motivos al precisar la necesidad de "configurar un nuevo modo de cooperación y

compromiso entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de

responsabilidades en la vida profesional y en la privada".

S u j e t o s B e n e f i c i a r i o s

Se puede solicitar esta excedencia para atender el cuidado de un familiar, hasta el

segundo grado por consaguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o

enfermedad no puede valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retributiva.

Redacción poco afortunada, al delimitarse el parentesco muy estrictamente sin atender a

otras relaciones familiares acordes con los tiempos actuales.

45

Page 52: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Lo que significa que cualquier familiar no integrado en los grados de consaguinidad o

afinidad correspondiente, no pueden ser supuestos protegidos de esta excedencia.

En primer lugar, los supuestos de acogimiento y adopción, supuestos de reconocimiento

legal de plena participación de las personas acogidas o adoptadas en la vida de familia e

impone las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y

procurarle una formación integral y estas obligaciones deben ser mutuas y bilaterales,

de forma que puede generar el derecho del acogido o adoptado de excedencia por

cuidado de adoptante o acogedor y sus grados correspondientes siempre y cuando se

reúna el supuesto de hecho que contempla la norma, es decir, que el familiar por razón

de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo.

Y esta interpretación es completamente válida, aunque no lo contemple la literalidad de

la norma expresamente, pues lo importante no es el vínculo formal sino las relaciones de

convivencia habitual, física y dependencia económica y si estas existen, cabe el este tipo

de excedencia.

En segundo lugar, otro supuesto que resulta de particular interés con respecto al grado

de parentesco, es que la norma no haga referencia al cónyuge, sino tan sólo a los

familiares hasta el segundo grado. Igualmente dicha redacción no puede implicar la

negativa para conceder este tipo de excedencia, principalmente por dos razones: el

cónyuge esta dentro del grado de afinidad y por el propio concepto de núcleo básico

familiar.

En tercer lugar, el problema que presentan los trabajadores que conviven de hecho y

quieren solicitar este tipo de excedencia, pueden presentar dificultades en la medida que

jurídicamente la unión de hecho y el matrimonio no son realidades equivalentes, el

legislador presenta una protección y regulación diferenciada en el campo de la seguridad

social para el reconocimiento de las prestaciones de viudedad y orfandad.

Y tal tratamiento es constitucional al reconocer que el matrimonio genera ope legis entre

los contrayentes -hombre y mujer- una pluralidad de derechos y deberes que no

establecen de modo necesario entre en las relaciones -heterosexuales u homosexuales-

que mantienen una unidad de convivencia estable, pero sin base en el matrimonio tales

como: derecho a prestaciones de viudedad, orfandad, beneficios fiscales, etc.

Sin embargo, no existe constitucionalmente un concepto de familia, dicho concepto se

va moldeando con el paso del tiempo, y se van articulando formulas de convivencia

adaptadas a las situaciones sociales vigentes y a las pautas marcadas por el Derecho

comparado, y nada obstaculiza que en la previsión de "familia" prevista en el art. 39.1 CE

se incluya las parejas de hecho, "así como que la familia de hecho constituye uno de los

grupos en los que el individuo se integra y cuya libertad e igualdad deben promover los

poderes públicos, de acuerdo con el art. 9.2 CE".

46

Page 53: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

S i t u a c i o n e s P r o t e g i d a s

El trabajador tiene derecho a la excedencia para atender al cuidado de un familiar que

por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no

desempeñe actividad retributiva.

Por tanto, son tres los elementos objetivos necesarios para concurrir a esta excedencia:

la edad, la enfermedad o accidente y que no desempeñen actividad retributiva.

La redacción gramatical del precepto conlleva a entender que es precisa la concurrencia

de los tres requisitos, no bastando la concurrencia de uno sólo.

El primer interrogante que se plantea, es la determinación de la edad del familiar.

La indeterminación en la literalidad del precepto puede provocar situaciones

problemáticas.

Parece claro que se trata de personas mayores, pero al no venir delimitada en función de

los años, la posibilidad de solicitar esta excedencia está abierta y se circunscribe en la

valoración del resto de elementos objetivos necesarios para concurrir, como accidente o

enfermedad y falta de ingresos.

Si el legislador hubiera querido limitar este derecho hubiera utilizado otra redacción

distinta, así por ejemplo en la regulación de la reducción de jornada de los funcionarios

públicos la terminología utilizada es "anciano que requiera especial dedicación".

La indeterminación de la edad, no significa que esta excedencia constituya la panacea de

cualquier necesidad de cuidados familiares, en este sentido, a nuestro juicio no cabría la

misma, para el cuidado de un hijo adolescente que ha sufrido un accidente de

circulación y no puede valerse por sí mismo y no desempeña actividad retributiva.

Ciertamente en este ejemplo existe un grave obstáculo si la institución que protege el

cuidado del adolescente es la excedencia voluntaria, ésta no proporciona la estabilidad

en el empleo que caracteriza la excedencia por cuidado de familiares que garantiza la

reincorporación automática a su término, como veremos.

En segundo lugar, es necesario que el familiar no pueda valerse por razón de

enfermedad o accidente.

La redacción simplista del precepto impide su remisión de manera analógica o directa a

las contingencias previstas ni a las situaciones invalidantes previstas en la Ley General

de Seguridad Social, precisamente porque lo significativo no es tanto el derecho a

protección social sino la necesidad de ayuda o asistencia de una persona.

Y en tercer lugar, que el familiar no desempeñe actividad retributiva. Igualmente su

indeterminación, plantea en la práctica algunos interrogantes. No desempeñar actividad

retributiva no significa que el familiar debe de estar exento de cualquier ingreso.

47

Page 54: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Así, cabe pensar que se permite la aplicación de la excedencia cuando los familiares son

preceptores de subsidios de incapacidad temporal o pensiones de incapacidad

permanente en cualquier grado o pensiones de jubilación o viudedad.

Igualmente es posible la aplicación de esta excedencia, cuando el familiar recibe rentas

de bienes inmuebles o rentas de capital mobiliario, en principio la norma lo único que

limita es al no ejercicio de actividad retribuida, circunstancia obvia cuando se está

impedido por razón de enfermedad o accidente.

Por último, la norma no fija otras cuestiones que pueden ser interesantes, desde el

punto de vista práctico, como por ejemplo la necesidad de convivencia con el trabajador

solicitante, la no previsión en el precepto, implica que no es preciso la convivencia con el

familiar, porque los cuidados se pueden ejercer en el domicilio del familiar y no en el del

trabajador. Igualmente tampoco se precisa que el familiar resida en el mismo lugar que

el trabajador, puede ser éste el que se desplace para efectuar los cuidados.

D u r a c i ó n

El límite temporal de la excedencia por cuidado de familiares es distinto al límite de la

excedencia por cuidado de hijos.

El legislador no ha establecido para su disfrute una duración mínima, en tanto que ha

establecido para ella una duración máxima más reducida.

El precepto regulador la concreta en "no superior a dos años, salvo que se establezca

una duración mayor por negociación colectiva". En la práctica, la duración podrá ser

inferior a un año o superior si la negociación colectiva lo prevé.

Es posible que el empresario exija al trabajador en el momento de solicitud que concrete

el tiempo de duración exacta de la excedencia, obligación imposible de determinar en la

práctica al vincularse con la necesidad de que el familiar debe valerse por sí mismo y

que ello dependerá claramente de la favorable evolución de la enfermedad o accidente.

Si el trabajador fija una fecha cierta de reincorporación inferior al año y el familiar no

puede valerse por si mismo por que la enfermedad o secuelas del accidente persisten, se

debe entender que tal plazo es meramente indicativo, extendiéndose los efectos de la

excedencia hasta los dos año. Lo que significa que la excedencia para cuidado de

familiares, permite la prórroga de la situación teniendo siempre el límite legal o

convencional.

Un problema práctico que puede surgir y que el legislador no ha contemplado es la

posibilidad de disfrute reiterado de la excedencia por cuidado de familiares, mediante

sucesivos períodos, dado que el legislador sólo ha previsto la acotación temporal

subjetiva del disfrute por el trabajador que lo disfrute y no objetiva como en el caso de la

excedencia por cuidado de hijos.

48

Page 55: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Por ello cabe pensar que sí es posible el disfrute reiterado, por el mismo sujeto causante

o por otro sujeto causante en este caso contempla la norma el disfrute reiterado y

continuo al establecerse en el apartado 4 del art. 46.3 ET que "el inicio de la misma dará

fin al que, en su caso, se viniera disfrutando” sin hacer mención especifica a un tipo

concreto de excedencia por cuidados.

Lo contrario sería ir en contra de los planteamientos y finalidades previstas en la

Exposición de motivos de la Ley 39/1999.

E f e c t o s d e l a E x c e d e n c i a p o r C u i d a d o d e F a m i l i a r e s

La excedencia por cuidado de familiares se configura como un período de tiempo

durante el cual desaparecen las obligaciones principales del contrato de trabajo, el

trabajador no presta servicios en la empresa y el empresario no retribuye.

Por tanto, los efectos de esta excedencia son los propios de la suspensión del contrato

de trabajo, con algunas particularidades

Durante el tiempo legal de duración de la excedencia -no superior a dos año- o en los

casos que por convenio colectivo se prevea una duración mayor, los efectos de la

excedencia son los mismos que los de la excedencia por cuidado de hijos: el trabajador

tiene derecho a reserva del puesto de trabajo del mismo grupo o categoría equivalente.

Dicho período es computable a efectos de antigüedad, y el trabajador tiene derecho a la

asistencia a cursos de formación, el empresario ha de cursar la baja en la seguridad

social y no tiene obligación de cotizar por el trabajador, pasando a disfrutar de situación

asimilada al alta a efectos de prestación de seguridad social, salvo incapacidad temporal

y maternidad.

T r a b a j a d o r e s B e n e f i c i a r i o s e n u n a M i s m a E m p r e s a

Si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo

sujeto causante, el párrafo 3 del art. 46.3 ET establece que el empresario podrá limitar

su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Se parte de un supuesto muy limitado, donde deben de concurrir varias circunstancias:

varios trabajadores reúnen vínculos de parentescos entre ellos, trabajan en la misma

empresa, y se quieran acoger a esta modalidad de excedencia para atender a un mismo

sujeto causante que sea un familiar.

Dicho disfrute es plenamente posible, salvo que el empresario justifique la imposibilidad

de disfrute simultáneo por razones justificadas de funcionamiento.

No obstante, nada impide que dos o más trabajadores de la misma empresa, para

atender el cuidado del mismo familiar y de forma simultánea se acojan a modalidades

distintas de cuidado.

49

Page 56: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Por ejemplo: un trabajador podría solicitar la excedencia voluntaria, y otro solicitar la

excedencia por cuidado de familiar, sin que el empresario pueda oponer obstáculo

alguno.

La única consideración que destacaríamos, ante esta posible opción de cuidado, son los

efectos jurídicos que despliega una opción u otra, en cuanto a la reserva del puesto de

trabajo.

Lo que, desde luego, no hay duda posible es en el disfrute sucesivo de la excedencia por

cada uno de los trabajadores de la misma empresa que la solicitaran por el mismo sujeto

causante. Pues constituye un derecho individual de los trabajadores, hombre o mujeres.

E x c e d e n c i a s S u c e s i v a s

El apartado 4 del art. 46.3 ET sin hacer distinción de la excedencia por cuidado de hijos

o familiares prevé aquellas situaciones en las que un nuevo sujeto causante -en este

caso familiar- de lugar a un nuevo período de excedencia, el inicio del nuevo cuidado de

un familiar distinto dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. Esta nueva

excedencia comporta los mismos beneficios que la anterior.

Cuidado de Hijos

La excedencia por cuidado de hijos prevista en el art. 46.3 ET ha sido objeto de

constantes modificaciones e iniciativas legislativas, cuya orientación finalista ha sido

facilitar el acceso y la permanencia de la mujer en el mercado laboral eliminando aunque

sólo parcialmente, ciertas disposiciones claramente discriminatorias, que condicionan la

situación de la mujer en el trabajo e involucra al hombre en el reparto de los intereses y

valores familiares.

La excedencia tiene su origen en las relaciones jurídicas de los funcionarios en el seno

de las Administraciones Públicas.

Su exportación al ámbito de las relaciones laborales, ha venido justificada por ciertos

sectores de la doctrina señalando sin contundencia, que la posible causa podía

encontrarse en la propia intervención estatal a la hora de elaborar las bases de trabajo y

como consecuencia de su origen político-administrativo -puesto que eran aprobadas por

el Ministerio de Trabajo- estas normas configuraron la organización de las empresa

paralelamente a la organización de la Administración Publica, produciéndose un

acercamiento, cada vez mayor, en las relaciones laborales de trabajadores y

funcionarios.

50

Page 57: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

C o n t e n i d o y Á m b i t o d e P r o t e c c i ó n d e l a E x c e d e n c i a p o r C u i d a d o d e H i j o s

En cuanto al contenido de la excedencia por cuidado de hijos, los titulares de este

derecho son los trabajadores que tienen derecho a un período de excedencia de duración

no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto lo sea por naturaleza,

como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como

preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución

judicial o administrativa.

Por tanto, el ámbito de protección de esta excedencia es el cuidado de los hijos.

Se trata del ejercicio de un derecho de naturaleza voluntaria, en la medida que para ser

efectiva debe de ser solicitada por el trabajador, teniendo como causa el propio nombre

que se le da a esta excedencia, es decir, el cuidado de hijos bien por "naturaleza" o bien

por "adopción", configurándose dicha excedencia como un híbrido entre la excedencia

forzosa y la voluntaria, al desplegar sus efectos igual que la forzosa pero con un régimen

diferenciado e íntimamente ligado a la excedencia voluntaria.

Por tanto, la excedencia por cuidado de hijos, despliega sus efectos jurídicos

exclusivamente en cuanto a la protección de los hijos cualquiera que sea su relación de

filiación y con independencia de la ubicación o constitución en un núcleo familiar, puesto

que, el derecho al disfrute de la excedencia por cuidado de hijos se mantiene con

independencia de la forma en la cual se concibe el hijo.

Igualmente este derecho se puede ejercitar con independencia de la antigüedad del

trabajador y de la vinculación contractual ya sea por tiempo indefinido o de duración

determinada en cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la norma.

Así en el caso de contratos temporales y llegado el termino de finalización de la relación

laboral, la empresa puede cesar al trabajador vinculado con un contrato temporal, con

independencia de su situación de excedencia por cuidado de hijos, de no ser así, la

relación se transforma en indefinida, tal y como ha reconocido la jurisprudencia en

alguna ocasión.

Esta excedencia constituye un derecho individual de hombre y mujeres trabajadores,

tratando de propiciar un mejor reparto o goce compartido entre ambos en las tareas

familiares, con el único límite empresarial establecido en la propia norma, que sí dos o

más trabajadores de la misma empresa generan este derecho por el mismo sujeto

causante, el empresario puede limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de

funcionamiento de la empresa.

Si no existen esas razones justificadas que debe de probar razonablemente la empresa

no cabe denegar la situación de excedencia de dos trabajadores de una misma empresa

por el mismo hecho causante, esto es, por el cuidado del mismo hijo.

51

Page 58: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Es más, esta excedencia parental puede tener como finalidad prorrogar de forma

optativa y voluntaria el permiso de maternidad, para que bien el padre o bien la madre

que trabajen, puedan atender a las necesidades del hijo que necesita una vez finalizado

el permiso de maternidad o paternidad y se realice en las mejores condiciones posibles

como proclama la exposición de motivos de la LCF, hasta que el hijo tenga tres años.

O bien, de forma voluntaria puede disfrutar de la excedencia a partir del momento en el

cual el padre o la madre deciden solicitar dicha excedencia -en el plazo de los tres años

del hijo- y la empresa la concede.

L a D u r a c i ó n

La duración de la excedencia por cuidado de hijos se fija en el art. 46.3 ET con el

establecimiento de la duración máximo y no fija una temporalidad mínima "no superior a

tres años... a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso de la resolución judicial

o administrativa".

Esta redacción nada afortunada precisa algunas matizaciones a la hora de puntualizar

determinados aspectos que de forma integral debe de realizarse con la duración,

vinculados con el inicio de la excedencia por cuidado de hijos, puesto que la existencia

de un "estadio previo" de protección de la maternidad circunscrito al permiso por

maternidad que conlleva obligatoriamente el disfrute de la madre o padre de forma

inmediata al nacimiento del hijo -16 semanas- va a conllevar siempre y en todo caso una

duración siempre inferior a los tres años, con independencia de la duración y modalidad

contractual del trabajador con la empresa.

En la práctica debe de entenderse que el inicio de la excedencia por cuidado de hijos

comienza a computarse, una vez finalizado el permiso de maternidad, que será siempre

posterior a las 16 semanas o bien en el caso que la excedencia no se solicite de forma

inmediata a la finalización del permiso de maternidad debe de entenderse que la

excedencia comenzará a partir del momento que el trabajador o trabajadora la solicita y

la empresa se la concede, nunca antes, teniendo en este caso una duración máxima

muy inferior a los tres años.

Este límite temporal en la excedencia por cuidado de hijo que en ningún caso se

extiende a tres años naturales de disfrute, sino que se hace pender su duración a los

tres años del hijo, choca claramente con la finalidad última de la norma: conciliar la vida

familiar con la profesional.

La aplicación de la duración temporal de la excedencia por cuidado de hijos, cuando

estos son por adopción ha tropezado con dificultades importantes sobre todo cuando la

regulación normativa predecesora no diferenciaba la edad biológica del niño, esto es,

cuando el niño que se ha adoptado le faltan pocos meses para alcanzar la edad de tres

años, o ya los ha sobrepasado.

52

Page 59: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En la actualidad en estos supuestos, no existe diferenciación en la limitación temporal, el

legislador ha previsto en la LCF las dos posibilidades: que el adoptado fuera recién

nacido y en este caso el inicio de la excedencia coincide con el inicio de la excedencia

por hijo natural "a contar desde la fecha de nacimiento" o que la adopción se constituya

en un momento posterior al nacimiento biológico, en cuyo caso , la duración se contará

desde "la resolución judicial o administrativa", misma solución para los supuestos de

acogimiento.

La necesidad de atender a un nuevo hijo da derecho a un nuevo período de excedencia.

El inicio de esta segunda excedencia, pone fin al que se venía disfrutando con

independencia de la duración de la primera excedencia.

Además, cabe acceder a la prestación de maternidad desde la situación de excedencia

por cuidado de un hijo en el primer año de disfrute de la excedencia.

E f e c t o s

El art. 46.3 párrafo final, establece principalmente tres efectos de la excedencia.

En primer lugar, todo el período en el que el trabajador permanezca en esta situación

será computable a efectos de antigüedad, es decir, hasta el máximo de los tres años

desde el nacimiento del hijo.

El cómputo de antigüedad tiene una doble finalidad: en primer lugar garantiza la

promoción profesional del trabajador, vinculada en la mayoría de los casos a la

antigüedad del trabajador.

Por tanto su cómputo consolida la promoción del trabajador en la empresa.

Y en segundo lugar, la antigüedad sirve para incrementar el complemento salarial que

lleva su nombre, conllevando a incrementar económicamente las percepciones salariales

una vez que el trabajador finalice la situación de excedencia por cuidado de hijos.

En segundo lugar, el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación

profesional a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente

con ocasión de su reincorporación.

El derecho del trabajador a ser convocado a los cursos de formación perdura durante el

tiempo que dure la excedencia por cuidado de hijos, cuya finalidad es evitar la pérdida

por parte del trabajador excedente de sus aptitudes profesionales, que pudieran verse

afectadas por cambios productivos, tecnológicos, etc. y que pudieran provocar, como

algún sector de la doctrina ha establecido, extinción del contrato vía art. 52.b) ET, por

falta de adaptación a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, o vía

art. 52.a) ET ineptitud sobrevenida.

53

Page 60: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

No obstante, este derecho de formación entendemos que no debe obstaculizar ni

impedir la finalidad protectora que tiene la excedencia por cuidado de hijos, por lo que

entendemos que es un derecho graduable, en base a la redacción literal del precepto,

que hace vincular más intensamente en el momento de finalizar la excedencia

"especialmente con ocasión de su reincorporación".

Sin embargo, en la práctica puede crear especiales interrogantes la terminología utilizada

"con ocasión de su reincorporación", siendo posibles dos interpretaciones: una,

inmediatamente posterior a la reincorporación, en cuyo caso la formación será retribuida;

dos, inmediatamente anterior a la reincorporación, en cuyo caso no será retribuido.

Parece que la interpretación con más visos de prosperar es la de inmediatamente

anterior a la reincorporación, es decir, cursos de formación que se celebren en el tiempo

que medie entre la fecha de la solicitud de reincorporación y la reincorporación efectiva.

Estamos ante un derecho del trabajador y no ante una obligación, ello viene a significar

que el trabajador puede acudir a los cursos de formación convocados por el empresario,

sin que implique sanción la no realización de los mismos por el trabajador, "aunque

podría dificultar la efectiva reincorporación una vez terminado el período de excedencia"

y esta interpretación es acorde con el contenido literal del art. 46.3 in fine del ET,

delimitando claramente una obligación empresarial para convocar a los cursos de

formación al trabajador en excedencia y delimitando temporalmente dicha obligación

"especialmente con ocasión de su reincorporación", criterio mayoritario establecido en la

negociación colectiva.

Y en tercer lugar, el principal problema que plantea los efectos de la excedencia por

cuidado de hijos, son las consecuencias del derecho a la reserva del puesto de trabajo

durante el primer año, puesto que "transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a

un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente".

Por lo que se distinguen dos situaciones: el primer año y el resto de la excedencia.

Durante el primer año de excedencia el trabajador tiene derecho a la reserva de "su"

puesto de trabajo, entendido como el puesto que desempeñaba con anterioridad a la

situación de excedencia.

Ahora bien, la configuración legal del derecho a la reserva del puesto de trabajo no

puede ser conceptualizado tal y como ha venido sosteniéndose desde la normativa

predecesora de la excedencia por cuidado de hijos como un "todo monolítico se tratara,

sino que debe ser relacionado, necesariamente, con la caracterización general que el ET

ofrece del poder de dirección del empresario.

Y en este particular, con la posibilidad, conferida al empresario de ordenar el trabajo y

exigir al trabajador actividades plurales, siempre que todas ellas pertenezcan al ámbito

de la prestación debida".

54

Page 61: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

De forma que, el trabajador se reincorpora una vez acabado el primer año de forma

automática, con el disfrute de los derechos económicos y laborales que venía

disfrutando con anterioridad a la situación de excedencia y obligaciones inherentes a la

relación laboral delimitada en el contrato de trabajo y por las facultades de organización

y control de la actividad empresarial que posee el empresario.

El computo del plazo a partir del cual comienza el primer año de disfrute de la

excedencia por cuidado de hijo comienza una vez solicitada por el trabajador y

concedida por la empresa, y no desde la fecha del nacimiento del hijo que da lugar a la

excedencia, este primer año tiene para el trabajador que solicita la excedencia mayor

protección o garantía.

Este efecto, no plantea problemas en el ámbito de la función pública al establecerse que

la reserva queda referida a un puesto de trabajo en la misma localidad, y de igual nivel y

retribución.

Una vez finalizado el primer año de excedencia el trabajador tiene derecho a la reserva

de un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente, con lo que

la protección o garantía se aminora al condicionarse este reingreso al hecho que se

produzca vacante, comportando "la ampliación de las facultades de reubicación del

trabajador por parte del empresario", manteniéndose en este período el derecho a

antigüedad y a recibir cursos de formación por parte de la empresa, por lo que esta

situación en la práctica hace pensar que se asimila más a la situación de excedencia

forzosa, aunque legalmente tiene un tratamiento de excedencia voluntaria.

En realidad, el art. 46.3 cuando se refiere a la reserva de su puesto de trabajo (primer

año) o al derecho de reserva a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o

categoría equivalente ( a partir del segundo año ), en la práctica estamos ante una

misma situación caracterizada por el conjunto de situaciones, derechos y deberes que

configuran el concepto de puesto de trabajo, cuya diferencia radica en la automaticidad

de la reserva del puesto en el primer año de la excedencia y la preferencia en la vacante

del puesto de trabajo.

La negativa al reingreso por parte de la empresa, por inexistencia de vacante o por

cualquier otra causa, debe equipararse a un despido, procediendo a accionar por

despido, debiendo el empresario abonar los salarios de tramitación correspondientes al

período que va desde la negativa al reingreso a la fecha del acto de conciliación, y cotizar

por ellos, computándose a efectos de carencia para el desempleo.

Otro posible efecto y controvertido al no gozar unanimidad de solución, es la posibilidad

del trabajador excedente por cuidado de hijos pueda dedicarse en este tiempo a una

ocupación distinta.

55

Page 62: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En este sentido, una posición mantenida por algunos Tribunales del Orden Social es que

el trabajador en excedencia por cuidado de hijos no impide que pueda prestar servicios

para una empresa distinta, que por sus características, ubicación, horario, jornada pueda

interesar más al trabajador, ni tampoco impide que se dedique al desempeño de

funciones como administrador de una entidad de la que es socio.

Sin embargo, desde el punto de vista de la negociación colectiva, determinados

Convenios Colectivos prohíben durante la excedencia la prestación de servicios que

supongan concurrencia desleal, perdiendo así el derecho de reingreso. Otros prevén la

pérdida del derecho al reingreso automático, si durante la excedencia se realizan

trabajos remunerados por cuenta ajena o habitual por cuenta propia.

No obstante, la doctrina mantiene la posibilidad de dedicarse a otra actividad en el

período de excedencia dentro de los límites razonables.

Por tanto, hay que tener en cuenta que la excedencia no significa de forma rigurosa la

unión inseparable de la dedicación al hijo (obligación de vestir, llevarle a la guardería,

darle de comer) con la presencia física del padre o madre.

El padre o madre en excedencia pueden atender el cuidado del niño a través de

empleadas de hogar o servicio de guarderías, siendo plenamente compatible con el

derecho a disfrutar de la excedencia por cuidado de hijos.

Sin embargo, "si debe requerir esta excedencia la presencia física del trabajador al lado

de su hijo durante un número razonablemente importante de horas al día, a fin de

contribuir a un mejor desarrollo psicológico o educativo de éste".

S u c e s i ó n d e E x c e d e n c i a s

La redacción literal dada al art. 46.3 ET para el supuesto de sucesión de la excedencia

por cuidado de hijos es: "cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo

período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera

disfrutando".

Ello viene a significar, que el nacimiento de otro hijo -durante el disfrute de la excedencia

por cuidado de hijo- puede ser objeto de una nueva situación si la madre o padre así lo

desean, teniendo como efecto inmediato la terminación de la primitiva excedencia, y el

comienzo de un nuevo período que puede durar hasta que el nuevo hijo tenga tres años.

La sucesión de excedencias, comporta efectos particulares al trabajador. Así, si el

trabajador tiene un segundo o posterior hijo, cuando disfruta del segundo o tercer año

de excedencia del primer hijo, en este caso, consideramos que el trabajador pasaría a

reconocerse el derecho de reingreso preferente en supuesto de trabajo, aplicándole la

condición más beneficiosa. Lo anterior sería posible, siempre y cuando el empresario no

hubiera amortizado el puesto de trabajo, pero si el puesto existiese, se debe de cubrir

por el trabajador excedente.

56

Page 63: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

S u s t i t u c i ó n d e l T r a b a j a d o r E x c e d e n t e

La finalidad protectora de la conciliación de la vida familiar, puede desprender sus

efectos de forma tangencial, en el seno de la empresa, como medida de fomento

temporal de trabajadores interinos.

De forma que, las empresas pueden sustituir a los trabajadores en situación de

excedencia por cuidado de hijos, con contratos de interinidad, teniendo derecho a una

reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias

comunes en las cuantías del 95% el primer año de excedencia; el 60% el segundo año de

excedencia; y el 50 % durante el tercer año de excedencia, siempre y cuando dichos

contratos se celebren con beneficiarios de prestaciones por desempleo, de nivel

contributivo o asistencia, que lleven más de un año como preceptores.

Con esta forma de fomentar el empleo en la modalidad interina, lo que se fomenta a

priori es un reconocimiento al derecho de reincorporación automática que recae

legalmente en el trabajador excedente por cuidado de hijos.

Los citados beneficios no será de aplicación a las contrataciones que afecten al cónyuge,

ascendientes, descendientes y demás parientes por consaguinidad o afinidad, hasta el

segundo grado inclusive, del empresario o de quienes ostente cargos de dirección o sean

miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma

jurídica de sociedad y las que se produzcan con estos últimos.

Servicio de Guardería Subvencionado

La empresa facilita servicios de guardería gratuitos o subvencionados a sus empleados.

La gran mayoría de las empresas carecen de un servicio interno de guardería. Muchas

empresas estudian esta posibilidad, pero se enfrentan a varios problemas: escasez de

espacio, escasez de número suficiente de empleados, pocas organizaciones que

ofrezcan servicios de guardería que puedan proveerlo en varias ciudades, problemas de

“igualdad” mal entendida (¿cómo compensar a los empleados que no tienen hijos?), o

problemas jurídicos (¿quién se hace responsable si un niño se hace daño en una

guardería de la empresa?).

Uno de los directores de Personal afirmaba que el cuidado de niños es responsabilidad

del Gobierno, no de la empresa. Muchos de estos directores de personal prefieren

ofrecer más flexibilidad y sueldos por encima de la media, para que los padres puedan

organizar el cuidado de sus hijos ellos mismos. Y es que éste es sin duda uno de los

servicios más caros y más discutidos que puede ofrecer una empresa, y uno de los

primeros en desaparecer cuando la empresa quiere reducir gastos.

57

Page 64: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Otra opción es que a los empleados que tienen que viajar o trabajar fines de semana se

les compensan los servicios de guardería o canguro que tienen que pagar para estar

disponibles para la empresa.

El pago o provisión de servicios de guardería o canguro durante los viajes de trabajo de

los padres, es una medida en retroceso. Quizá el motivo es que las horas extras, dentro

de una cultura de adicción al trabajo, y por tanto, de largas jornadas laborales, no se

consideran muchas veces como tales, sino más bien como imprevistos, puntas de

trabajo dentro de un mercado altamente competitivo.

Cuidado de Personas Mayores

Excedencia para atender a familiares con necesidades de custodia puntuales. Se

renuncia al sueldo mientras dure la inactividad y el puesto de trabajo está garantizado.

También existe la posibilidad que los empleados puedan consultar al departamento de

personal para recibir información sobre centros para el cuidado de ancianos.

Uno de cada tres empleados tiene un ascendiente mayor de y/o con grado de minusvalía

o dependencia.

La ley protege y ayuda a estas personas y sus familias, pero muchas veces, por

desconocimiento o falta de tiempo para gestionarlos o informarse, estos beneficios no se

utilizan.

Cursos de Formación a los Trabajadores

La formación para los empleados está regulada por el Real Decreto 395/2007, de 23 de

marzo publicado en el BOE nº 87 de 11 de abril de 2007.

La formación para los trabajadores ayuda a éstos a que realicen curso de formación que

estén adecuados a las necesidades que precisen en cada momento sus empresas.

Las empresas obtendrán a su disposición una serie de dinero para destinarlo en

formación, esta cantidad de dinero será en función de las cotizaciones a la Seguridad

Social durante el año anterior y también dependerá del tamaño de la empresa.

En el caso de que la cantidad de dinero recibida para la formación no sea gastado en su

totalidad, éste no será acumulable y la empresa perderá todo derecho sobre esta

cantidad.

Mediante este tipo de formación los trabajadores tienen la opción de realizar cualquier

curso que ofrezca la empresa contrata de formación, de esta forma todos los empleados

pueden impartir el curso que ellos deseen con el fin de adquirir, completar o recordar

conocimientos sobre distintos ámbitos.

58

Page 65: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Política de Outplacement

El trabajo constituye en ésta y toda cultura económica, una forma de vinculación social y

económica de carácter vital.

Su pérdida, especialmente cuando es repentina, trae consigo una serie de reacciones

emocionales negativas para la persona que la experimenta.

Existen autores que sostienen, desde una perspectiva conductual, muchos organismos

que experimentan una significativa pérdida de una fuente de reforzamiento, presentan

conductas inapropiadas, emocionales y/o desadaptativas; y de hecho, el trabajo suele

representar para muchos trabajadores y directivos, una fuente importante de

reforzamiento.

Estas conductas desadaptativas, en la mayoría de los casos, influyen negativamente en

la búsqueda de un nuevo trabajo u ocupación, lo que constituye un círculo difícil de

romper y que tiende a agravarse, para la persona desempleada, con el paso del tiempo.

El despido o la pérdida del empleo produce, entre otras, respuestas de ansiedad, fuerte

daño a la autoestima, sentimientos de culpa, deterioro del autoconcepto, síntomas

psicosomáticos, hipertensión, tensión, depresión, abandono y progresivamente

patologías más severas, tales como alcoholismo u otro tipo de adicción a drogas, y en

general una serie de etapas y procesos que experimenta la persona en ese proceso de

desvinculación laboral.

En general, el deterioro de la salud psicológica, la pérdida de bienestar y la insatisfacción

con la propia vida ha sido ampliamente documentado.

En el plano familiar, si se trata del despido del jefe de familia, las relaciones familiares se

tornan paulatinamente tensas y frías o distantes. Aumentan los roces y las fricciones

sociales y el cambio de roles que eventualmente puedan ocurrir, generan alteraciones

negativas del orden familiar tradicional.

Las perturbaciones alcanzan incluso a los niños en edad escolar. También se han

descrito, reacciones extremas frente al despido tales como la agresión (quemar el centro

de trabajo), o de fuerte carácter intrapunitivo (el suicidio).

La pérdida del trabajo es considerada por los especialistas como uno de los más fuertes

y perturbadores eventos vitales y se calcula que afecta cada año a 10 millones de

personas en todo el mundo. Por fortuna, una gran cantidad de estas situaciones no es

tan dramática, aunque la mayoría de las personas despedidas no suele estar en

condiciones de utilizar con eficiencia el pensamiento lógico, sus experiencias, capacidad

de razonamiento u otras habilidades, para realizar acciones útiles que le lleven a obtener

un nuevo trabajo, oficio u ocupación.

59

Page 66: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ante esta situación parece razonable pensar que la contribución de las técnicas

psicológicas aplicadas a la búsqueda de empleo, al cambio expedito de empleo o a

reducir los períodos de desempleo, encontrarán un terreno fértil para su creciente

utilización y posibilidades de ampliación de su ámbito actual de intervención.

De hecho, una de las primeras acciones del "Psicólogo Consejero de Outplacement",

suele dirigirse a la extinción de las conductas emocionales de angustia y ansiedad, como

paso previo destinado a facilitar el uso del pensamiento racional. Este paso constituiría el

comienzo de una serie de etapas de Outplacement, dirigidas a superar las dificultades de

la persona despedida.

Q u é e s e l O u t p l a c e m e n t

Desde la década de los cuarenta, los psicólogos industriales estadounidenses

desarrollaron una serie de estrategias para las personas despedidas, tanto de apoyo

como de orientación, destinadas a facilitar la búsqueda inteligente de un nuevo empleo,

procurando que el período del desempleo fuese lo más reducido posible.

El progreso de estas estrategias ha llevado a considerar actualmente, la desvinculación o

despido, como parte de un ciclo profesional propio de determinadas condiciones

socioeconómicas más que un acto aislado.

Inicialmente, este proceso de apoyo u orientación, recibió el nombre de decruitment o

dehired, pero estas expresiones no tuvieron éxito. Se atribuye a North, D., el haber

acuñado en los años sesenta, la expresión "Outplacement", la cual no tiene traducción

castellana y ha perdurado hasta hoy.

En nuestra lengua, se suele utilizar la expresión "desvinculación" o "despido", y cuando se

desea expresar que se trata de un programa, se emplea "desvinculación programada" o

"desvinculación asistida".

La aplicación del Outplacement surge cuando una empresa decide rescindir la situación

laboral que mantiene con un empleado, pero además decide pagarle un programa

específico, diseñado para que logre reincorporarse más rápido al mundo laboral.

En países más avanzados son más habituales los casos en que la propia compañía es la

que se pone en contacto con un despacho profesional, para dar detalles del profesional y

así se le presente una propuesta que se ajuste a su perfil.

Los programas de Outplacement que se llevan a cabo en países europeos, comprenden

un amplio espectro de niveles profesionales, tan amplio como el que demanda el propio

mercado. En ese sentido, el Outplacement tiene programas denominados "Senior",

exclusivamente para consejeros, presidentes y directores generales de grandes

compañías; mientras que en una escala inferior, se halla el "Marketing Personal", un

programa de iniciación en la búsqueda del primer empleo.

60

Page 67: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Por lo general, la duración de estos servicios depende también de la predisposición y

generosidad de la empresa que paga. En resumen, Outplacement es:

Un análisis de las capacidades del candidato, sus intereses y las posibilidades del

mercado. De esta manera, se determina un plan de marketing personal y una

campaña de búsqueda activa.

Un asesoramiento para optimizar las posibilidades a la hora de presentar una

candidatura, para un determinado puesto de trabajo (entrevistas, negociaciones,

investigación del estado de una empresa, etc.).

Un apoyo logístico completo, con disposición permanente de servicios de fax,

teléfono, secretaria, computadora, anuarios empresariales, bibliografía

especializada, etc.

Por lo tanto una agencia de Outplacement no es:

Un gabinete psicológico en sí, donde únicamente se realizan pruebas e informes

psicotécnicos.

Un curso de formación sobre "cómo encontrar empleo" o "cómo establecerse por

su cuenta".

Una agencia de colocaciones o una bolsa de trabajo, donde el candidato espera la

llegada de "su oferta"; o

Un centro de reunión de buscadores de empleo, donde pasan su tiempo los

candidatos, ahora que no trabajan.

E l P r o c e s o d e l O u t p l a c e m e n t

En países europeos el Outplacement se está convirtiendo cada vez más en una

herramienta popular, ya que las fusiones, adquisiciones y reestructuraciones

empresariales, son algunas de las principales causas de despido.

Como se señalara anteriormente, el Outplacement se basa en la recolocación de

personas y es un servicio que consiste en un conjunto de técnicas o medidas que una

empresa, a través de un despacho especializado, ofrece a los empleados, ante la

desvinculación de las empresas, en la que se ponen a disposición del empleado todas

las herramientas posibles para la búsqueda de un nuevo empleo.

Este servicio normalmente se realiza mediante la contratación de una agencia de

consultoría, lo cual tiene importantes beneficios, tanto para el candidato que mejora

considerablemente lo que inicialmente podría ser una situación traumática para él y su

entorno familiar, y para la empresa que mejora en buena medida la imagen de ésta y

preservando el clima laboral interno, que puede verse perjudicado después de los

despidos.

61

Page 68: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El proceso de Outplacement se divide en cinco etapas:

El Balance, en ella los consultores se encargan de descubrir e identificar las

capacidades, habilidades y conocimientos del candidato y cómo puede

desarrollarlas, así como sus ambiciones y motivaciones.

El proyecto profesional, en función del análisis del balance, se elabora un

proyecto y se valoran los resultados, esto ayuda a dar coherencia al perfil

profesional del candidato, y en función de la relación oferta-demanda, desarrollar

sus potenciales.

El proyecto puede ir encaminado en cuatro vertientes:

o Continuidad, en la que se buscan ofertas similares al puesto anterior.

o Cambio, en que se modifica el puesto o el sector.

o Ruptura, en la que entran todas las variables posibles.

o Emprendedor, que se orienta en la creación de un proyecto de negocio.

El plan de acción, en él se desarrolla un plan de carrera, en el que se desarrollan

las estrategias de búsqueda en función del proyecto confeccionando y se

elaboran las herramientas de comunicación, se entrena al candidato a afrontar

una entrevista de trabajo y cómo responder a las preguntas incómodas a las que

será sometido, así como la identificación de objetivos, para abordar con éxito la

búsqueda del nuevo puesto de trabajo.

La campaña de búsqueda, una vez terminado el plan de carrera, se eligen las vías

de acceso para la búsqueda de ofertas de trabajo (agencias de colocación,

creación de negocio, mailing, prensa y red de contactos), en la que el consultor le

guía y le va proporcionando ofertas laborales de acuerdo con su perfil profesional,

en un plazo de tiempo breve.

El proceso de integración, es cuando se inicia la nueva actividad profesional y en

la que algunos consultores hacen un seguimiento, dándola por finalizada al cabo

de un año más o menos, o cuando el candidato está plenamente satisfecho e

integrado en su nuevo puesto de trabajo.

En todo proceso de Outplacement, el candidato tiene el acompañamiento de un

Psicólogo Consejero, que realiza el seguimiento de su evolución, mediante entrevistas

regulares y un asesoramiento muy directo.

A su vez el candidato recibe a manera de seminarios, la formación que necesita para

tener éxito en la búsqueda de su nuevo puesto de trabajo, siendo el objetivo prioritario

fortalecer a la persona, para hacer frente, con garantías de éxito, la búsqueda del nuevo

puesto de trabajo.

62

Page 69: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Durante todo el proceso, el candidato tiene a su disposición un centro de documentación

que hace las veces de oficina, en la que tiene a su disposición computadoras, Internet,

bases de datos, fax, fotocopiadoras, mensajería, teléfono y toda una larga lista de

elementos para su utilización, siendo su base de operaciones para realizar el

Outplacement.

P r i n c i p i o s d e l O u t p l a c e m e n t

La metodología del Outplacement asegura la recolocación externa de una persona en

condiciones óptimas de enfoque y de rapidez.

Tiene que percibirse como una etapa de la vida profesional, en la que el implicado pueda

beneficiarse de:

Encontrar dentro de sí mismo los recursos profundos de confianza, de dinamismo

e iniciativa.

Identificar sus puntos de anclaje y sus motivaciones.

Reconocer las cualidades y concretar su potencial en un mercado bien

identificado.

UN AMBIENTE PROFESIONAL

Después de una "co-evaluación" del grado óptimo de autonomía del candidato en

relación con su consultor, y del conjunto de colaboradores susceptibles de aportarle

asesoramiento, se debe asegurar la dinámica de un programa que permita:

Tomar conciencia de su situación.

Definir un verdadero proyecto profesional.

Construir un plan de acción.

Adquirir las técnicas y las herramientas que le permitan realizarlo.

Terapias en grupo que pueden permitir intercambios de puntos de vista y

confrontaciones que refuerzan la dinámica de la búsqueda.

MEDIOS HUMANOS Y LOGÍSTICOS

Se debe contar con:

Consultores adaptados al nivel y al entorno profesional de los candidatos.

Consultores especializados en comunicación personal, verbal y no verbal.

63

Page 70: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Centro de documentación.

Secretariado.

Locales equipados con medios informáticos y de comunicación.

UN COMPROMISO CLARAMENTE DEFINIDO

El contrato con una Agencia de Outplacement, requiere condiciones y compromisos

recíprocos, especialmente, la garantía y la duración que están definidas en términos de

meses o de reanudación de actividad.

VENTAJAS DEL OUTPLACEMENT

Contribuye a disminuir el tiempo de desempleo.

Proporciona respaldo profesional, con asesoría durante todo el proceso de

recolocación.

Asesora a los directivos o ejecutivos que deban efectuar los despidos. Los

capacita a través de entrevistas de desvinculación.

Procura que el despido sea percibido por el afectado como un desafío y una

nueva oportunidad, más que como una quiebra o una desgracia.

Facilita medios a los trabajadores desvinculados para su reinserción o

reconversión laboral.

C ó m o F u n c i o n a n l a A g e n c i a s d e " O u t p l a c e m e n t "

Los servicios de Outplacement pretenden que un trabajador o directivo encuentre en un

plazo medio de tres a seis meses, un nuevo empleo acorde a su nivel, dándole

preparación, medios, ayuda e interviniendo activamente en el proceso de búsqueda de la

manera más eficaz.

Outplacement es un servicio que contrata y paga la empresa del empleado afectado.

Por lo tanto, es un beneficio más que ésta ofrece al trabajador, como parte del acuerdo

de desvinculación. Las Agencias de Outplacement no reciben honorarios de las

empresas donde los candidatos se recoloquen, de modo que estas agencias se

encuentran justo al lado opuesto de las agencias de selección de personal.

En Francia, cada vez surgen más Agencias de Outplacement, lo que casi ha conducido al

colapso del mercado para las agencias de selección de personal y los headhunter.

64

Page 71: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Porque para una empresa, que busca un directivo o un trabajador con determinadas

características, las Agencias de Outplacement realizan prácticamente el mismo servicio

que sus antagonistas de la selección y del headhunting, sólo que gratis.

No hay una garantía absoluta de éxito, pero las Agencias de Outplacement, al menos

como funcionan en Europa, recolocan más del 70 por ciento de sus candidatos en un

plazo de cuatro meses.

Transcurridos siete u ocho meses desde el inicio del proceso, la cuota de éxito alcanza el

cien por ciento.

Beneficios Sociales para los Empleados

Tiene como objetivo aliviar las tensiones de los empleados derivadas de preocupaciones

relativas a la atención y cuidado de sus familias.

Suelen ser beneficios ofrecidos a toda la plantilla con cargo a la empresa aunque en

ocasiones se suele pagar un sueldo superior a los trabajadores para que contraten los

servicios si lo consideran necesario.

En cualquiera de las modalidades, algunas de las medidas que se agrupan bajo el

epígrafe de beneficios sociales son:

Seguros médicos para más miembros de la familia con mayores coberturas.

Seguros de vida.

Planes de pensiones.

Comedores de empresa.

Cheque restaurante.

Coche de empresa.

Acuerdos con empresas de ocio y comercios para que ofrezcan sus servicios y

productos a los empleados en condiciones más ventajosas.

Ticket Restaurant

Los Ticket Restaurant es un sistema económico y flexible que garantizar a los empleados

un mejor almuerzo dentro de la mayor red de restaurantes, fast food, cafeterías y bares

incorporados.

El almuerzo es un factor fundamental en el desempeño diario del personal.

65

Page 72: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Los Ticket Restaurant es una ayuda que la empresa puede brindar a sus empleados para

asegurarles un buen almuerzo todos los días, sin la necesidad de disponer de

instalaciones o comedor interno.

Además, el personal recibe el monto asignado en forma íntegra, ya que se trata de un

beneficio libre de aportes y contribuciones de la Seguridad Social.

B e n e f i c i o s p a r a l a E m p r e s a

Es un Beneficio Social no remunerativo y, como tal, una ayuda que la empresa

puede brindar a sus empleaos para asegurarles un buen almuerzo todos los días.

Es un gran ahorro para la empresa porque está exento de aportes y

contribuciones de Seguridad Social.

Comodidad. No es necesario disponer de un comedor interno.

Deducible del impuesto a las ganancias.

Evita las tareas administrativas o de control sobre el consumo que realizan los

empleados.

B e n e f i c i o s p a r a l o s E m p l e a d o s

Bienestar. Incrementa el poder adquisitivo de los empleados a la hora del

almuerzo. Además, reciben el monto asignado en forma íntegra.

Libertad de elección dentro de la más amplia red de establecimientos

incorporados.

Seguridad. Permite al personal manejarse sin dinero en efectivo.

Seguro Médico

Del mismo modo que podemos contratar seguros privados para particulares también

podemos contratarlos para las empresas ya sean PYMES o grandes negocios.

Los seguros privados de empresas ofertan prácticamente lo mismo que el de los

particulares, diferenciándose en que estos se contratan de forma colectiva para la

empresa.

El precio de las primas del seguro está condicionado por:

Número de trabajadores existentes en la empresa y la proporción entre hombres

y mujeres.

66

Page 73: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Edad media de los empleados.

Función que desempeña la empresa.

Número de provincias en las que se encuentran la empresa contratante.

Podemos distinguir los seguros privados entre “seguros colectivos abiertos” y “seguros

colectivos cerrados”.

En los seguros colectivos abiertos se les da la oportunidad a los trabajadores de

contratar un seguro privado con una serie de ventajas que los seguros a particulares o

individuales no disponen.

Los seguros colectivos cerrados los trabajadores no tiene la opción de contratar el

seguro o no, si no que es directamente la empresa quien lo contrata para toda la

plantilla.

V e n t a j a s d e l o s S e g u r o s M é d i c o s p a r a l a E m p r e s a s

Aumenta la fidelización de los trabajadores: los trabajadores consideran la seguro

como una atención hacia ellos por parte de la empresa generando en ellos una

actitud de respeto y de valor hacia la empresa.

Desarrolla mejoras en las relaciones empresa-empleados.

Repercute en un incremento de productividad.

Reduce el absentismo laboral.

La cantidad de gastos abonados por parte de la empresa a causa de las primas

en concepto de seguro médico para sus empleados puede deducirse en el

Impuesto de Sociedades.

V e n t a j a s d e l o s S e g u r o s M é d i c o s p a r a l o s E m p l e a d o s

Los gatos que conllevan los seguros médicos no se establecen en la retribución

en especie y no son considerados rendimientos de trabajo por lo cual no tributan

fiscalmente hasta un límite de 500€ por trabajador, pudiendo cubrir a su cónyuge

y descencientes.

Eficacia y rapidez en las consultas y pruebas de diagnósticos.

Tarjeta magnética personal e intransferible gratuita.

Cobetura Vitalicia.

Tener acceso a una gran cobertura médica: medicina tradicional, preventiva y

natural.

67

Page 74: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Seguro de Vida

Todos los trabajadores tienen derecho a tener un seguro de vida. Los seguros de vida

son realmente importantes, su función es cubrir los intereses de una empresa, de sus

empleados y de los familiares de éstos.

La utilización de los seguros de vida son variadas, la empresas suelen utilizarlo para

mantener a los empleados claves y para protegerse como institución en el caso de que

algún trabajador sea víctima de una accidente laboral.

Los seguros de vida colectivos son bastantes provechosos para las grandes empresas,

este servicio ofrece sus prestaciones a todos los empleados por igual.

Otra utilidad que podemos encontrar en estos tipos de seguros es que el contratista

puede hacer uso del seguro de vida como una garantía para un préstamo bancario.

Las pólizas del seguro pueden ser también utilizadas como prestaciones para los

empleados, él mismo puede convertirlo en una anualidad o conservarlo para que en el

caso de accidente sus parientes hereden el dinero.

Los seguros de vida son beneficiarios para ambas partes además crea una cierta

motivación hacia el trabajador.

Muchas empresas se han dado cuenta de que el seguro de vida ayuda a que sus

empleados se sientan satisfechos dentro de la empresa y además capta la atención de

posibles nuevos empleados debido a las prestaciones que éste ofrece.

A la hora de contratar un seguro debemos tener en cuenta que las tasas del seguro de

los trabajadores que estén en perfecta condiciones de salud serán menor que las de

otros. Los empleados deben revisar periódicamente su cobertura para prevenir futuras

confusiones.

Plan de Pensiones

El plan de pensiones es un ahorro a largo plazo con la finalidad de percibirlo en el

momento de la jubilación, una pensión privada que completa la pública.

C a r a c t e r í s t i c a s

Todos los empleados que tengan al menos dos años de antigüedad pueden

acogerse al plan.

Los planes de pensiones se organizan mediante sistemas financieros de

capitalización individualizada.

68

Page 75: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El dinero aportado por parte de la empresa en el plan de pensiones son

irrevocables desde el momento en que son exigibles, independientemente de su

desembolso en efectivo.

Los planes de pensiones tienen que estar obligatoriamente integrados en un

fondo de pensiones.

Debe haber una comisión de control que supervise el funcionamiento de casa uno

de los planes de pensiones.

En el caso de que un trabajador se dé de baja puedo trasladar el saldo de su plan

de pensiones a otra empresa que disponga de plan de pensiones o a un sistema

individual de pensiones.

Tenemos la posibilidad de incluir un seguro de vida que nos cubra en caso de

fallecimiento o invalidez. Las primas de este seguro tienen el mismo tratamiento

fiscal que el plan de pensiones.

F i s c a l i d a d d e l o s P l a n e s d e P e n s i o n e s

Para la empresa:

Cuando la empresa no lo haya deducido anteriormente, un 10 por ciento de las

aportaciones que la empresa haya destinado al plan de pensiones, son

deducibles en el Impuesto de Sociedades.

Los gastos por el plan de pensiones correspondientes al año en curso son

deducibles en el Impuesto de Sociedades.

Para el empleado:

La aportación por parte de la empresa destinada al plan de pensiones para cubrir

prestaciones por servicios pasados, no se incluyen en la base imponible del

I.R.P.F.

Las aportaciones que realicen tanto las empresas como el empleado y

correspondan al año en curso, son deducibles en la Base Imponible del I.R.P.F.

69

Page 76: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

LO QUE HEMOS APRENDIDO

Las medidas de apoyo a los trabajadores no vienen definidas en ningún manual

ni por una norma, puesto que éstas han de ser diseñadas específicamente por

cada empresa para dar solución a las necesidades de sus empleados.

Las políticas de conciliación externa están constituidas por empresas cuyo

producto es un conjunto de bienes y servicios de conciliación familiar y laboral

que presentan en el mercado para su alquiler y/o venta.

En la excedencia por cuidado de hijos, los trabajadores tienen derecho a un

período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al

cuidado de cada hijo, tanto lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los

supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo.

En la excedencia para atender a familiares con necesidades de custodia

puntuales, se renuncia al sueldo mientras dure la inactividad.

70

Page 77: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ANOTACIONES

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

71

Page 78: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEST

Marcar la respuesta correcta.

1. Las medidas de conciliación, respecto de la empresa, se caracterizan:

Por el alto coste que supone su implantación.

Se especifican debidamente en la correspondiente normativa.

Habrán de ser diseñadas para cada empresa.

2. La excedencia por cuidado de hijos:

Se establece por la CE.

Se establece por el ET.

Se concierta por los acuerdos llegados en la negociación colectiva en cada

empresa.

3. Para solicitar una excedencia por cuidado de familiares:

Es necesario que el vínculo laboral sea de carácter indefinido.

Es necesario tener en la empresa la antigüedad que marca el ET.

Ninguna respuesta es correcta.

4. La excedencia por cuidado de familiares lleva aparejada la siguiente garantía:

Cobro del salario habitual.

Reserva del puesto de trabajo.

Ambas respuestas son correctas.

5. Entendemos por “outplacement”:

La estrategia según la cual el despido forma parte del ciclo profesional del

trabajador.

La estrategia de apoyo y orientación para el trabajador despedido.

La estrategia por la que la empresa que prescinde de un trabajador para que se

“recicle” y posteriormente contratarlo, si ha cumplido los programas establecidos

al efecto.

6. Los seguros de vida son realmente importantes, su función es cubrir los intereses de

una empresa, de sus empleados y de los familiares de éstos

Verdadero.

Falso.

72

Page 79: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

tema 4

Ejemplos de Empresas Flexibles

Ejemplos de Empresas Flexibles

Medidas Tomadas por las Empresas para Conciliar

Servicios que Ofrece a los Empleados

Evaluación y Beneficios

Objetivos:

Analizar las distintas medidas tomadas por las empresas para

conciliar la vida laboral y familiar.

Estudiar la flexibilización seguida por empresas de distinto

tamaño y sector.

Analizar los benéficos de la conciliación de la vida laboral y

familiar.

73

Page 80: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

74

Page 81: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ejemplos de Empresas Flexibles

B A N E S T O

Esta entidad financiera cuenta con 9.069 empleados, el 31% mujeres. Mientras que la

edad media de la plantilla es de 41 años, la de las mujeres es más baja: 36.

En la actualidad hay 3.111 menores de 12 años y 59 personas dependientes, un número

importante si lo tenemos en cuenta no sólo como entorno vital del empleado, sino como

bolsa de negociación para implantar medidas, beneficios extrasalariales y también a

efectos del IRPF.

El número de mujeres en puestos directivos ha aumentado considerablemente en los

últimos 3 años. Por ejemplo, en el 2002 no había ninguna mujer en el puesto de Director

Territorial y hoy son el 21%.

En el siguiente nivel de responsabilidad (dirección de zona y direcciones de negocio), el

incremento ha sido algo más suave (ha pasado del 5% al 10%) y en direcciones de

oficina se ha pasado del 15% en 2002 al 23,5% en la actualidad.

Recientemente, se ha dado un impulso a las medidas de conciliación trabajo-familia /

vida personal así como a todo el amplio campo de la igualdad de oportunidades, a través

de las declaraciones de principios de la Dirección y de acuerdos con los sindicatos.

Se firmó un acuerdo extra-convenio que no recoge el vigente Convenio Colectivo de

Banca y que hace referencia a: permisos sin sueldo, licencias retribuidas por periodos

superiores a los establecidos en el convenio colectivo vigente, disfrute del permiso de

lactancia por parte del padre en caso de que ambos trabajen, la reducción de jornada por

enfermedad de hijo menor de seis años manteniendo la totalidad del sueldo, así como la

imposibilidad de traslado geográfico o de cambio de puesto de trabajo a madres

embarazadas y/o en periodo de lactancia.

En los traslados se tiene en cuenta la situación familiar. El banco procura asimismo dar

una cobertura adecuada y suficiente a las bajas por maternidad y velar porque las

madres disfruten de sus vacaciones íntegramente, también cuando no hayan podido

hacerlo en el año natural correspondiente.

FLEXIBILIDAD Y EXCEDENCIAS

Además de la flexibilidad horaria establecida en las disposiciones legales convencionales

o en acuerdos de empresa, y teniendo en cuenta la competencia que tiene atribuida el

personal directivo para organizar flexiblemente la jornada, se pueden establecer otras

medidas de flexibilidad preferentemente para la atención de hijos o mayores a cargo y

siempre que queden cubiertas las necesidades de servicio y atención al cliente.

75

Page 82: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Dentro de la plantilla existen dos grupos diferenciados: las personas del grupo

administrativo con horario continuo de 8 a 15h y las del grupo técnico y comercial con

horario partido.

Dentro del primer grupo, quienes están en atención directa al público deben ajustarse

más al horario de apertura y cierre de la oficina. El segundo grupo, tiene mucha más

flexibilidad en la entrada, salida y la pausa de almuerzo, adaptándolo a sus

circunstancias personales y a las del puesto en cuestión.

Respecto a la jornada reducida, esta opción goza de la máxima disponibilidad pero

actualmente sólo están disfrutándola el 0,3% de la plantilla. El motivo para acogerse a

esta medida no es sólo el cuidado de hijos sino también, sobre todo en el caso de los

hombres, por estudios.

Recientemente se pactó con los sindicatos la reducción de jornada sin pérdida de salario

en los casos de cuidado de hijos enfermos menores de seis años por un tiempo máximo

de 2 meses.

En cualquier caso, la reducción será la que el trabajador necesite en cada caso y lo que

se exige es hasta un mínimo de una hora de trabajo diaria.

Para las personas del ámbito comercial existe el acuerdo no escrito de no trabajar los

viernes por la tarde cuando la dedicación supera lo establecido de lunes a jueves. El

resto de la plantilla, de octubre a marzo trabaja los sábados por la mañana, pero uno de

cada tres se libra. La parte no administrativa de la plantilla no se sujeta estrictamente a

esta regla, trabajando sábados de forma aleatoria.

Existen también permisos y licencias para casos como la adopción internacional,

tratamientos de fertilidad, hospitalización de familiares directos por enfermedad grave y

acompañamiento al médico de los mismos en los casos de enfermedades crónicas o

discapacidad.

La duración de estos permisos no se establece como un periodo fijo, sino que cada caso

se estudia. Cabe la posibilidad de que se trate de un permiso sin sueldo o bien de una

licencia remunerada.

Otras medidas orientadas a la conciliación de trabajo y familia son: la sustitución de las

bajas por embarazo, por maternidad y paternidad y por excedencias (de hombres y

mujeres) por cuidado de familiares.

Además existe la posibilidad de acumular las horas de lactancia en 15 días laborables

tras la baja de maternidad.

Tienen preferencia en la solicitud de vacaciones las personas con hijos en edad escolar y

se atiende especialmente a las mujeres embarazadas en todo lo referente a medidas de

prevención de riesgos en el puesto de trabajo.

76

Page 83: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Además, existe una prioridad absoluta en la resolución de los casos de solicitud de

traslado por motivos familiares (traslado de la pareja, matrimonio, enfermedad de un

familiar,...).

Cuando una persona solicita un traslado tiene que existir un hueco en el que ubicarle y

en este caso, esta prioridad implica el realizar el traslado de forma rápida aun cuando el

movimiento no sea adecuado desde un punto de vista organizativo.

FLEXIBILIDAD ESPACIAL

En un principio se planteó únicamente la tele-trabajo, trabajando cuatro días en casa y

uno en la oficina, pero en la actualidad a esta modalidad están acogidas tan sólo 30

personas de la central.

Estas personas desarrollan funciones técnicas, fundamentalmente de análisis de riesgo.

El portátil, la tarjeta de conexión y el teléfono móvil para puestos de la central es una

opción vigente para direcciones territoriales, comerciales y otros empleados, lo que

supone el 20% de la plantilla.

APOYO Y ASESORAMIENTO PERSONAL/PROFESIONAL

Toda la plantilla está distribuida por colectivos y repartida entre los gestores de recursos

humanos en función de niveles y potencial de desarrollo. Además de la evaluación por

competencias con el jefe directo, existe una evaluación, seguimiento y el asesoramiento

por parte de un gestor.

Hay una conversación mínima anual, además de la promoción personal y el impulso de

las distintas trayectorias.

Se procura descubrir e identificar a aquellas personas que tengan disposición y

capacidad para asumir mayores responsabilidades, siempre de forma equilibrada con su

proyecto personal y familiar.

Existen además cursos en gestión del tiempo y de igualdad de oportunidades a través de

el-earning impartidos por una consultora. Este año ha tenido lugar además un módulo

piloto de gestión del estrés con carácter preventivo, orientado precisamente a la gestión

del equilibrio trabajo-familia / vida personal. Este módulo se va a incluir dentro de un

curso de habilidades directivas.

Recientemente se ha llegado a un acuerdo con una cadena de guarderías. Se han

logrado ventajas sustanciales para los empleados con hijos, tales como autobús de ruta,

eliminación del pago de matrícula, material escolar y babys gratis, así como 2 horas

extras por motivos de trabajo o imprevistos de los padres.

En las ciudades donde no hay guardería concertada, existe una ayuda económica para el

cuidado de hijos o mayores dependientes.

77

Page 84: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Las ayudas económicas están pensadas para personas con niveles salariales ajustados

que tienen a su cargo responsabilidades familiares (cuidado de menores, mayores,

discapacitados,...) que les dificultan una dedicación adecuada para poder optar a

posiciones de mayor responsabilidad.

El banco proporciona estas ayudas de forma discrecional y por el tiempo que perdure la

situación.

En la Central de BANESTO hay comedor gratuito para los empleados (en el resto de los

centros pago de dietas), gimnasio subvencionado hasta 20 euros mensuales,

instalaciones deportivas: piscinas, tenis, fútbol.

Además dispone de línea de autobuses, parking y agencia de viajes para uso particular

con un 10% de descuento.

BENEFICIOS EXTRASALARIALES

El seguro de vida es para todos los empleados. Desde 18.000 euros de cobertura

mínima hasta 120.000 para personas de niveles altos de responsabilidad.

El seguro médico con el que cuenta el empleado es extensivo a la familia en condiciones

muy ventajosas: mayores coberturas médicas por un precio inferior y ausencia de

periodos de carencia en la contratación.

Sólo en algunas ocasiones la excedencia por cuidado de hijos o progenitores produce

malestar en el resto de la plantilla.

Este hecho puede atribuirse a una correcta distribución del trabajo amén de una

adecuada política de sustitución. Tampoco las carreras internacionales o la movilidad

geográfica impuesta por las circunstancias de crecimiento del banco son un motivo de

conflicto más que en casos puntuales u ocasionales.

En las medidas de reducción y flexibilización de la jornada, los empleados son unánimes

en la afirmación de la disponibilidad de estas medidas.

N o k i a

Esta empresa con 55.000 empleados en todo el mundo y presente en 120 países,

pertenece al sector de las telecomunicaciones.

En nuestro país tiene una plantilla de 165 empleados y un 32% de mujeres y un total de

80 niños. La diferencia salarial hombre-mujer es del 10%, inferior a la media europea.

En países como Finlandia, donde reside la matriz, no hay ninguna diferencia.

78

Page 85: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

FLEXIBILIDAD HORARIA Y ESPACIAL

Lo más novedoso es que se puede trabajar varios días a la semana desde casa previa

aprobación del superior inmediato. La flexibilidad de entrada y salida es total.

Parte de la plantilla nunca va a la oficina, trabaja desde casa. Incluso las secretarias

pueden trabajar un día a la semana desde casa. Hay un porcentaje de personas de la

plantilla que no quieren hacer uso de esta flexibilidad. Se trata del 30% de los empleados

que prefieren un horario convencional, con objeto de separar radicalmente trabajo y vida

personal.

Dado que es una empresa muy global, y con muchos empleados con papeles regionales

o globales, el trabajo en Equipo Virtual se complica más.

El concepto de equipo virtual empezó incluso antes de la moda de teletrabajo en España.

NOKIA siempre ha sido una empresa que ha fomentado la movilidad de sus empleados.

Cambiar de país ha sido parte del networking, vital para tener una trayectoria exitosa en

NOKIA.

En este sentido es interesante la iniciativa tomada para formar a los cuadros directivos

de equipos virtuales y que está ya incorporado a la escuela interna de formación de

NOKIA.

Desde el punto de vista de la formación, las competencias en comunicación orientadas a

la dirección de un equipo virtual son básicas. Se puede afirmar que la mitad de los

empleados pertenecen a un equipo virtual que es a la vez equipo local.

Pero además de la formación y de las competencias necesarias para llevar a cabo un

proyecto o un negocio virtualmente, es necesario verse las caras de vez en cuando.

Estos equipos se reúnen varias veces al año, por ejemplo, los equipos de ventas

virtuales suelen reunirse mensualmente. No se puede hablar del coste de formación ni

de beneficios, así como del mantenimiento o no de la productividad, porque no tenemos

una medida para comparar en el pasado.

Siempre se ha gastado mucho en tecnología para facilitar la comunicación virtual, pero

esto es algo consustancial a una empresa tecnológica. Como beneficio sí podemos

hablar de empleados motivados, menos estresados, más comprometidos.

El 80% de los empleados/as usa la posibilidad de trabajo a distancia y el teledespacho.

Las videoconferencias y las conference-call son muy usadas entre oficinas, ahorran

tiempo y dinero. En los momentos de más ahorro se ha llegado a ahorrar en viajes hasta

un 50%.

79

Page 86: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En la actualidad se contempla en los empleados/as una tendencia mayor a organizarse

mejor, usando menos aviones y pasando más tiempo en casa.

En este sentido NOKIA no tiene una política estricta de lo que hay que hacer, y deja

cierta discrecionalidad al empleado, que es quien decide la mayoría de las veces cuándo

conviene viajar y cuando se puede obtener el objetivo de la reunión a través del uso de

las nuevas tecnologías.

Aunque la tecnología sigue avanzando y cada vez parece que estamos más cerca, la

presencia física es inevitable y necesaria en determinados momentos. De todos modos,

cuando un empleado de España tiene que viajar a trabajar a un país extranjero, continúa

con su día a día del trabajo en España gracias a la tecnología.

MODALIDADES DE PERMISO

Aunque apenas se acogen a bajas por maternidad más amplias que las estipuladas por

ley, la empresa contempla las excepciones como la baja por un año en caso de trillizos y

la ampliación del periodo cuando hay niños con problemas. Muchas empleadas

convierten el permiso de lactancia -13 días en total si se acumulan las horas- en un

alargamiento de la baja por maternidad.

La flexibilidad en días de permiso y abandono del lugar de trabajo por emergencia

familiar es práctica común en los casos necesarios y forma parte de la cultura, siendo a

cuenta de vacaciones.

APOYO PROFESIONAL

Una empresa externa subvencionada acoge los casos de ayuda psicológica de la

empresa en temas tan variados como dejar de fumar, superar el miedo a volar y

problemas de pareja.

En España al no estar contemplados muchos de estos aspectos dentro de la Seguridad

Social, adquiere una importancia enorme, ya que afecta al trabajo del empleado y a su

desempeño.

El porcentaje de utilización es del 10% y las bajas por estrés prácticamente han

desaparecido. Los datos se tratan con total confidencialidad y la empresa externa que

ofrece estos servicios a NOKIA tan sólo transmite a la Dirección estadísticas.

Dos veces al año se incluye una conversación con el superior inmediato sobre trayectoria

profesional, plan de desarrollo y conciliación de la vida familiar, laboral y profesional.

En cuanto a la movilidad geográfica de los empleados, una vez analizadas todas las

variables, también la de la familia, una agencia externa se ocupa de todos los

pormenores para hacer amable este tránsito y el cambio cultural que supone.

80

Page 87: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

OTROS SERVICIOS

NOKIA cuenta con una empresa externa, dedicada a servicios referentes a la conciliación

que favorecen la vida del empleado, además de ofrecer cursos de gestión del tiempo y

gestión del estrés. Esta empresa externa actúa como una auténtica central de

proveedores que facilita desde fontaneros, abogados, cerrajeros, a canguros.

Además NOKIA ofrece la llamada tarjeta “buen menú”, que consiste en una tarjeta

electrónica cargada por la empresa con una cantidad mensual que el empleado puede

usar para comer todos los días.

Existe también un seguro médico para familiares (parejas y niños). Además se está

tramitando la subvención de un gimnasio cercano. NOKIA también ofrece parking para

toda la plantilla.

SERVICIOS PARA LA FAMILIA

Existe el cheque guardería -100 euros al mes- durante 11 meses para los niños de 0 a 3

años.

Destaca la existencia una cultura de coaching y desarrollo profesional, evaluaciones

personalizadas y un interés por la familia del empleado que se contempla como un factor

más dentro de su trayectoria profesional.

Las diversas modalidades de flexibilidad horaria y espacial, además de ser muy

valoradas por la plantilla, forman parte de la cultura y los hábitos de la empresa.

O t t o W a l t e r

Consultora en Recursos Humanos especializada en Desarrollo de comportamiento

Directivo. Lleva más de 10 años operando en España y cuenta con una plantilla de 24

personas, 11 de ellos consultores y el resto asistentes.

El 60% son hombres con una media de 45 años y el 40% mujeres con una edad media de

40 años. La media de niños por empleado es 2 y el ratio de permanencia en la empresa

de 6 a 7 años.

FLEXIBILIDAD EN EL TIEMPO Y EL ESPACIO

El horario oficial es de 8:30 a 17:30, y viernes hasta las 15:00 horas, y es “obligatorio”

irse a la hora ¿Cómo se concilia ese horario con la atención al cliente?

En gran medida porque una gran parte de éstos son Entidades Financieras y el horario

para ellos termina también a las 15:00 horas, de este modo los clientes están

perfectamente atendidos con este horario y en caso de que sea necesario hay

disponibilidad a través del correo electrónico, asegurándose la atención de ese asunto a

primera hora del día siguiente.

81

Page 88: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Respecto a la ausencia por emergencia familiar o personal todos los empleados cuentan

con 5 mañanas y 5 tardes para atender los temas personales. Cada dos meses se toma

un día libre y es cultura de la casa el uso de los días por motivos personales.

Los consultores son los que tienen flexibilidad espacial total: portátil, móvil, conexión

ADSL a cuenta de la empresa. El trabajo a tiempo parcial, la reducción de jornada o la

semana comprimida está disponible para todo el equipo administrativo cuando lo

necesiten.

ASESORAMIENTO PERSONAL Y PROFESIONAL

Es un empeño especial de la empresa atender este aspecto. Debido al tipo de actividad a

que se dedica, están en formación continua.

Todos los años tienen dos convenciones generales, la primera en primavera/verano y la

segunda otoño/invierno.

Durante las mismas se dan en paralelo jornadas de planificación, organización y puesta

en común, junto a otras de formación.

Del mismo modo el personal de coordinación, auxiliar y administrativo realiza programas

de formación que se imparten a los clientes, además de tener incorporación abierta a

cursos o programas relacionados directamente con su trabajo.

Además de la formación específica, se ofrece especial cuidado a las personas de otros

países.

Actualmente hay dos expatriados (procedentes de Ucrania y Rusia) que han recibido un

plan de acogida especial que incluye clases de español y ayuda en las gestiones

burocráticas que se generan al llegar a un nuevo país.

SERVICIOS

Se sigue una política especialmente generosa en las dietas a través del ticket restaurante

y el pago de un plus en transporte.

En esta empresa forma parte de la cultura no trabajar más horas que las estipuladas

contractualmente y que la figura del adicto al trabajo no es vista como un empleado más

comprometido, y se aborda y trata a través de cursos de gestión del tiempo.

Los empleados ven a sus directivos como personas que gestionan bien su tiempo y

dirigen por objetivos.

Aunque existe cultura de coaching y desarrollo profesional, se echa en falta la evaluación

personalizada más periódica.

La flexibilidad en los días de permiso y vacaciones cortas es la medida más valorada por

los empleados, quienes además confirman que esta medida está presente en la cultura

de la empresa.

82

Page 89: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

S a n i t a s

SANITAS es la compañía líder en cuanto a clientes de seguros privados de asistencia

médica y salud en España, con 1,44 millones de socios.

Fundada en 1954 y tras más de 50 años de experiencia y presencia en el país, SANITAS

ofrece a sus socios la excelencia en la calidad asistencial gracias a los servicios de una

red formada por 20.000 profesionales y especialistas de la salud, además de 420 clínicas

y centros médicos, de los cuales 18 son centros SANITAS.

La flexibilidad en SANITAS no es un fenómeno recién llegado, sino que desde hace años

impregna la cultura y la estructura de la Compañía, a través de políticas y formas de

hacer que hacen frente a las necesidades de las personas y fomentan la confianza en el

entorno de trabajo.

Llevar a la práctica empresarial este tipo de políticas que facilitan la conciliación de la

vida laboral y familiar, reporta a la empresa diversos beneficios:

Eleva la productividad. No obstante, siempre deben llevar aparejados modos de

control que eviten abusos.

Aumenta la motivación de los empleados.

Mejora la capacidad de captación de profesionales.

Sirve como elemento de retención de talentos.

Disminuye el absentismo laboral.

Aumenta el nivel de compromiso del empleado/a hacia la compañía.

Además de ser rentable para las organizaciones, la conciliación es el camino para

conseguir una sociedad equilibrada, armónica y con futuro, en la que todos sus

miembros puedan desarrollar su potencial como seres humanos.

La puesta en marcha de políticas de conciliación de la vida laboral y familiar, ha

supuesto en SANITAS que el índice de productividad / rentabilidad por persona en

plantilla sea el más alto del sector quedando demostrado que funcionar

empresarialmente desde una cultura de igualdad de oportunidades da buen resultado.

FLEXIBILIDAD LABORAL

SANITAS es consciente de que el cuidado y la atención excelente a sus socios comienza

por cuidar de su propio equipo humano. Por ello desde hace mucho tiempo cuentan con

políticas flexibles, que en la actualidad se están revisando y ampliando.

33 horas semanales de trabajo efectivo.

Los viernes por la tarde no se trabaja.

83

Page 90: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Jornada intensiva en verano (del 15 de junio al 15 de septiembre) con una

flexibilidad de media hora de entrada y salida.

30 días laborables de vacaciones al año, a distribuir en cuatro periodos.

Las reuniones no se convocan a última hora; tienen fijado un comienzo y un final.

Tecnología punta a disposición de sus empleados, para que puedan desempeñar

su trabajo con los últimos y mejores medios.

En 2005 surge Sanitas Movilidad, un proyecto que introduce el teletrabajo en la

Compañía, con un triple objetivo: fomentar el equilibrio entre la vida profesional y

personal, mejorar la productividad y la calidad del trabajo, y crecer hacia una

mayor flexibilidad de los modelos de organización del trabajo.

Existe una amplia gama de permisos retribuidos y no retribuidos, para facilitar la

conciliación de la vida laboral y personal de los empleados/as, entre los que destacan:

Permiso de dos días por fallecimiento, por enfermedad grave, intervención

quirúrgica grave, accidente grave u hospitalización de familiar hasta el 2º grado

de consanguinidad o afinidad (4 días si hay desplazamiento).

La posibilidad de ampliar los dos días legales por nacimiento de hijo, y los días

por enfermedad/intervención quirúrgica/accidente graves, hospitalización o

fallecimiento de familiares hasta el 2º grado, a un mes sin sueldo (desde el 3º

día).

Permiso para la realización de exámenes.

Tres días (o 21 horas) de asuntos propios al año, previo aviso y justificación,

pudiendo elegir que estos días sean a cuenta de recuperación, de vacaciones o de

salario.

Los empleados/as pueden ausentarse del lugar de trabajo por emergencia

familiar, sin necesidad de justificación previa, y para acudir a consultas médicas,

recuperando el tiempo posteriormente.

Permiso de un día por intervención ambulatoria y cuidados asistenciales.

Permiso para realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.

SANITAS cree en la necesidad de apoyar a la familia, y por ello, en sintonía con la Ley

39/1999 de 5 de noviembre para promover la conciliación de la vida personal, familiar y

laboral de las personas trabajadoras, favorece la aplicación de medidas flexibles:

84

Page 91: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Permisos y excedencias de diferentes tipos para atender a las distintas

necesidades familiares. Se ofrece la posibilidad de disfrutar de una excedencia de

un mes en el periodo estival, para padres con hijos menores de 12 años

manteniendo el alta en la SS durante ese mes.

Se facilita el acceso de reducciones de jornada y otras medidas familiarmente

responsables, que en ningún caso desembocan en un obstáculo al desarrollo

profesional. Las reducciones de jornada pueden ser entre un 25% y un 50% de la

jornada de trabajo (se amplían así las posibilidades que ofrece la ley).

Gratificación por matrimonio de 150 euros y flexibilidad en el disfrute del permiso.

Cobertura de las bajas por maternidad y de las reducciones de jornada a través

de nuevas contrataciones temporales.

Posibilidad de unir el periodo de lactancia a la baja maternal, convirtiéndola en 15

días laborables.

BENEFICIOS EXTRASALARIALES

Los beneficios extrasalariales suponen una ventaja comparativa para los empleados de

SANITAS:

Póliza sanitaria gratuita para empleados/as y póliza subvencionada para

familiares de empleados y ex-empleados.

Garantiza a los empleados/as en situación de Incapacidad Temporal la percepción

del 100% de la retribución fija, complementando la prestación de la seguridad

social.

Ayuda en el coste de la comida.

Seguro de vida.

Plan de Pensiones.

Por último, cabe resaltar la preocupación de SANITAS por el bienestar de las personas a

través de las características de sus centros de trabajo, cuyo primer exponente es la Sede

Central de Ribera del Loira de Madrid, pensada para promover unas condiciones

laborales óptimas para los empleados: el diseño, las plantas, la luz y los materiales están

elegidos en función del bienestar de quienes trabajan en él.

Este edificio cuenta con los siguientes servicios para más de la mitad de la plantilla:

Parking de empleados.

Gimnasio abierto 12 horas con monitor.

85

Page 92: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Comedor propio con precios subvencionados.

Sala de descanso con prensa general y especializada.

Todas estas posibilidades suponen un enorme esfuerzo económico y demuestran la gran

importancia que las personas tienen en SANITAS. Pero también son muy útiles para

atraer y retener el talento necesario para enfrentarse al futuro con energía y éxito.

ASESORAMIENTO PROFESIONAL Y PERSONAL

Un esfuerzo extraordinario en la formación de los empleados/as de SANITAS, a través de

cursos internos/externos proporcionados por la Compañía, y de ayudas en la

financiación a estudios universitarios y de postgrado.

Cada empleado recibe de media 20 horas de formación, y el 2% de la cifra de negocio de

la Compañía se destina a esta partida. La formación se imparte y se recibe dentro del

horario laboral.

SANITAS MOVILIDAD

SANITAS ha diseñado, dentro de su política de Recursos Humanos, un proyecto por el

que se acerca el teletrabajo a los empleados que lo deseen.

Para asegurar el éxito de la puesta en marcha de esta acción y prever los posibles

problemas que puedan surgir, el proyecto comienza con una prueba piloto de 6 meses,

tras la cual y después de analizar el éxito de la misma, se hará una ampliación paulatina.

Es esencial fomentar la participación de todas las personas y áreas de la Compañía

desde el principio.

La introducción del Teletrabajo en SANITAS pretende obtener importantes beneficios

para el trabajador y la empresa.

Beneficios para el teletrabajador:

Mejora de la Conciliación Personal y Profesional y, por tanto, de la satisfacción de

los empleados.

Mayor aprovechamiento del tiempo (disminución del tiempo/costes de

desplazamiento, facilidad de concentración en el domicilio).

Mayor flexibilidad y autonomía.

Posibilidad de elegir el entorno de trabajo.

86

Page 93: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Beneficios para la empresa:

Establecimiento de una nueva cultura organizativa basada en el desempeño, y en

los resultados.

Mejora del clima laboral.

Incremento de la productividad y de la calidad del trabajo.

Mayor atracción y retención de profesionales.

Ahorro / reutilización de espacios en oficinas, en el aparcamiento y otros espacios

comunes.

Disminución del absentismo.

Los principales parámetros del programa Sanitas Movilidad son:

Participación voluntaria y aprobación del director.

Compromiso anual, prorrogable cada año.

Distribución semanal de la jornada: dos días en el domicilio habitual y tres días

en SANITAS. Éstos últimos tendrán el régimen de jornada y horario habitual.

Equipamiento necesario para los participantes: PC portátil, teléfono, cascos con

micrófono, ratón y teclado externos, y pantalla externa para algunos usuarios.

Conexión ADSL (para voz y datos) en el domicilio de los participantes.

Sin duda, la apuesta por la modernización y la introducción de nuevas tecnologías en

SANITAS, ha sido un primer paso para crecer en este sentido, reduciendo las fronteras

de tiempo y espacio y permitiendo a las personas una autogestión responsable.

Las medidas de flexibilidad o de conciliación requieren siempre un minucioso análisis de

las características de las personas que desarrollan su actividad en la compañía.

El perfil de empleado es un termómetro valiosísimo para determinar cuáles son las

necesidades reales de los trabajadores, qué demandan y qué medidas son las más

utilizadas.

Por ejemplo, conocer el % de mujeres, el % de empleados con hijos, el tipo de puesto y

las funciones, la distancia entre el domicilio y la oficina, etc.… nos dan pistas sobre las

soluciones que se pueden implantar.

87

Page 94: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En SANITAS, cuentan con las siguientes características:

El 61% de la plantilla está formado por mujeres.

La edad media de los empleados/as es de 39 años.

El 4,1% de la plantilla disfruta de reducción de jornada y el 5,4% tiene un contrato

a tiempo parcial.

Durante el año 2004, 38 mujeres disfrutaron de una baja de maternidad.

El índice de rotación durante el 2004 fue del 1,83%, frente al 5% del sector.

El índice de absentismo durante el 2004 fue del 3%, frente al 5% del sector.

Un 35% de los empleados/as que trabajan en la Sede Central no viven en el

municipio de Madrid, y dedican una parte importante de su tiempo a

desplazamientos.

El beneficio se incrementó en el último año un 13%. Ello demuestra que la

conciliación y la flexibilidad son rentables.

Es evidente que todas las personas no podrán tener acceso a todas las medidas; no es lo

mismo un comercial o un empleado de atención al cliente que un directivo.

Y tampoco pueden considerarse como equivalentes departamentos orientados a la

atención al socio o a la venta (con horarios comerciales) y otros departamentos de

servicio interno.

Por ello, tendrían que descubrir, con el feedback de los empleados/as, nuevas políticas

que beneficien a todos los grupos, teniendo en cuenta sus peculiaridades.

Es fundamental transmitir, a través de un Plan de Comunicación, la existencia de estas

políticas de forma adecuada. El coste derivado de su implantación es en ocasiones muy

alto, y es imprescindible informar a todos los empleados/as del esfuerzo que para la

Compañía supone el establecimiento y mantenimiento de un modelo de este tipo.

Pero la comunicación debe ser de ida y vuelta. Para ello se utilizan encuestas de clima

laboral, con el objetivo de conocer la satisfacción de los empleados/as en relación a las

medidas existentes.

Por último, y no menos importante, es necesario valorar a través de mecanismos de

control, el impacto de estas medidas en la organización, para evitar que se produzcan

abusos y asegurar la pervivencia de un modelo flexible que beneficia a todos.

88

Page 95: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

C o c a C o l a

Esta empresa, con más de 200 empleados de 10 nacionalidades diferentes, plantea

necesidades específicas y retos de cara a la conciliación trabajo y familia y como proceso

clave en la retención del talento.

Si analizamos el perfil de la plantilla de Coca-Cola, observamos que existe un gran

equilibrio entre el porcentaje de mujeres (49 %) y el de hombres (51%).

Se trata de una empresa con una media de edad relativamente joven, 37 años, si la

consideramos en términos de las futuras necesidades de Conciliación (época de creación

de familias, hijos pequeños, etc.).

La edad media de las mujeres de la empresa se sitúa en los 35 años, cercana, según el

último Censo Nacional, a la edad media de primer embarazo de la mujer en España, que

está entorno a los 31 años.

Los hombres, aunque se alejan un poco de esta cifra, con 39 años de media, también

están en una edad considerada de “creación de familia”.El número total de hijos de los

empleados hoy es de 175.

En el año 2004 se decidió iniciar un proyecto de análisis de la situación de la conciliación

con ayuda de una consultora externa con los siguientes objetivos:

Conocer el nivel de percepción, utilización y satisfacción que tenían los

empleados con respecto a las políticas existentes.

Identificar nuevas medidas de Conciliación que se ajustaran a las necesidades

reales de los empleados/as, teniendo en cuenta las características de la empresa

y las de la plantilla.

Para ello se siguieron distintos pasos:

Primera fase: Recogida de información relevante y análisis de la misma para la

comprensión del contexto empresarial.

Misión, visión y valores.

Organigrama por niveles y áreas.

Datos de los empleados (sexo, estado civil, hijos y personas dependientes con

discapacidad, edad, antigüedad, diversidad cultural).

Formación (Plan de formación, nivel de formación).

89

Page 96: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Canales de comunicación (portal del empleado/a, revistas internas y corporativas,

manual de acogida).

Absentismo (índice, bajas por enfermedad, motivos).

Grado de movilidad interna (número de viajes, desplazamientos al mes).

Cultura de empresa.

Segunda fase: Se comunicó el proyecto a todos los agentes implicados en el diseño y la

aplicación de políticas y prácticas de Conciliación.

Tercera fase: Realización de 4 talleres de diagnóstico y 7 entrevistas a Directores en las

oficinas de la empresa en Madrid. Se distribuyó un cuestionario a todos los empleados

interesados.

Talleres: En las dinámicas de taller se planteó como objetivo prioritario conocer y

escuchar a los empleados de COCA-COLA desde el punto de vista de sus

necesidades de Conciliación. Se incluyeron en las sesiones de trabajo a las

personas con mayor sensibilidad hacia el tema.

Entrevistas: Las personas entrevistadas fueron los Directores de las áreas clave

de la compañía y representantes del Comité de Empresa. En todas las entrevistas

se siguió la misma metodología: se comentó cuál era la visión de cada uno con

respecto a la Conciliación, cómo veían el tema en su departamento, qué

soluciones creían que eran las más adecuadas para ayudar a resolver la situación

y su disponibilidad para el cambio.

Cuestionario de Empresa: Para cerrar esta fase del análisis se pidió a la Directora

de Recursos Humanos que rellenara el cuestionario para el responsable del

proyecto en la empresa, donde se abordan los principales puntos relativos a la

Conciliación desde la perspectiva de la Dirección.

Cuarta fase: Una vez finalizado el trabajo de campo, se recogieron el resto de

cuestionarios de los empleados (25% de la plantilla) y se cruzaron los resultados de estos

cuestionarios con los del cuestionario respondido por la Directora de Recursos

Humanos.

En todo este proceso fueron claves algunos colectivos cuya implicación se identificó

como estratégica para el éxito del proyecto. En todo caso, la Alta Dirección debe actuar

como líder a través del ejemplo y el impulso formal de las políticas y medidas.

La Dirección de Recursos Humanos ha de mantener el liderazgo del Programa de

Conciliación, definiendo e impulsando las políticas y medidas.

90

Page 97: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Desde la dirección de Recursos Humanos y en las distintas instancias de los mandos

intermedios se ha querido asumir personalmente las medidas implantadas, de modo que

el liderazgo sea el mejor modo de hacerlas vida. La compañía goza ya de un buen punto

de partida en el área de conciliación, con la existencia de una serie de políticas

totalmente consolidadas que la colocan en una situación interesante con respecto a

otras empresas.

El objetivo ahora es aumentar las medias que favorezcan la flexibilidad para poder

individualizar lo más posible las ayudas a la conciliación de las necesidades de cada

empleado.

POLÍTICAS DE FLEXIBILIDAD

Las medidas de flexibilidad son las mejor valoradas por los empleados de esta empresa.

Entre otras se pueden mencionar: la jornada intensiva de los viernes hasta la 13.30h, la

flexibilidad para escoger días de vacaciones, los días de vacaciones en “fiestas

señaladas”, el día extra para asuntos personales que da la compañía y la posibilidad de

abandonar el puesto de trabajo por una urgencia familiar.

Hoy existe una amplia política de flexibilidad de entrada y salida. Aunque se ficha, el

motivo no es otro que el de facilitar la localización de las personas ante una emergencia,

no por un motivo de control.

Un 12% de las mujeres cuentan con reducción de jornada, buena proporción si tenemos

en cuenta que el 50% de la plantilla son mujeres y que el 25% de las familias son

numerosas.

El espectro laboral que disfruta de esta medida es amplio: desde una directora de

marketing a una abogada, pasando por personal administrativo. En estos casos siempre

se ajustan objetivos, pero sin reducir necesariamente la responsabilidad de la persona en

su puesto inicial.

Desde la Dirección se ha tenido en cuenta que estas reducciones no fueran un

“boomerang” para la mujer ni para la empresa, ajustando para ello los objetivos anuales,

las responsabilidades y la carga de trabajo diaria.

Cuando hay una excedencia, la política es facilitar la reincorporación a puestos con

contenidos similares y, si es posible al mismo.

En COCA-COLA el 30% de la plantilla cuenta con conexión ADSL en su domicilio o tarjeta

“wireless” financiados por la empresa y la meta es llegar al 50%. Esta medida permite,

entre otras cosas la consulta del e-mail desde casa.

El uso de videoconferencia y call conference reduce viajes y facilita la gestión de tiempo

de trabajo y el rendimiento en los proyectos.

91

Page 98: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

POLÍTICAS DE SERVICIOS FAMILIARES

El comedor subvencionado por la empresa al 67% y el parking para todos los empleados,

el cajero automático dentro de la empresa, la agencia de viajes para uso particular y el

gimnasio son servicios que representan reducciones importantes de costes y en el nivel

de estrés de la vida cotidiana de los empleados/as. Tanto el comedor de empresa como

el aparcamiento para empleados tienen un alto índice de percepción, utilización y

satisfacción.

Les sigue en orden el gimnasio, que tiene un incremento de utilización desde que se

incorporaron las clases con profesionales y que cuenta con un monitor que diseña

planes personales, clases de pilates, aerobic y Tai Chi, lo que ha logrado una amplia

repercusión en el índice de satisfacción laboral y en la gestión del estrés.

En esta misma línea existen también ciclos de nutrición y vida saludable, además de los

de Educación Infantil y la Escuela de Padres recién iniciada.

Otras iniciativas como la asistencia a exposiciones o los cursos, como por ejemplo de

esquí, para empleados y sus familiares, han logrado implicar a grandes y pequeños. Es

el caso también del Plan de “Reforestación Familiar”, una iniciativa en pro del desarrollo

sostenible del entorno que derivó en la plantación de más de 1.000 árboles en la

provincia de Segovia.

En cuanto a otro tipo de servicios, destacan los orientados a crear una cierta cultura de

la diversión, en línea con las marcas y productos de la Compañía.

Algunas actividades en este grupo serían las invitaciones para empleados y sus familias

a estrenos de películas o a Parques Recreativos, o el Camino de Santiago en el que

participaron el año pasado 65 empleados que recorrieron una media de 30 Km diarios;

de los días invertidos en esta actividad, la mitad eran laborables.

El portal del empleado “All about me” es uno de los últimos logros de COCA-COLA. Se

trata de concentrar en él las políticas de recursos humanos que afectan directamente al

empleado y un gran número de informaciones de distinta índole.

Es de destacar la herramienta “Career Planning” que permite el asociado conocer en

profundidad sus características, áreas vocacionales, etc. y que le ayuda en la reflexión

de su desarrollo profesional, del que es el último responsable.

Es interesante también reseñar, en lo referente a desarrollo de carrera que se producen

frecuentemente excedencias y dimisiones voluntarias durante las cuales se emprenden

nuevos negocios o se trabaja en otras empresas.

El resultado es un enriquecimiento tanto para el empleado y su trayectoria, como de la

empresa. En ocasiones esto se ha repetido hasta tres veces a lo largo de la trayectoria de

un mismo empleado dentro de COCA-COLA.

Otro servicio existente es la centralización de información de centros de educación

infantil, colegios, centros para la tercera edad, etc. En ésta área se ha hecho un esfuerzo

en la comunicación a los empleados para hacer más explícitos los servicios existentes.

92

Page 99: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

BENEFICIOS EXTRASALARIALES

El grupo de los beneficios extrasalariales es el que alcanza mayor grado de desarrollo

con las siguientes medidas implantadas: plan de jubilación, plan de pensiones, seguro

de vida y accidente, seguro médico para el empleado/a y la familia, complementos

compensatorios a la Seguridad Social y Bonus anual.

¿Cuáles han sido los facilitadores? se puede hablar no sólo de un mejoramiento en las

políticas implantadas, sino en la creación de una empresa verdaderamente más

conciliadora basada fundamentalmente en el liderazgo de los responsables y en la

revitalización de los canales formales e informales de comunicación interna del

empleado, para hacer vida -cultura- esas políticas.

La conciliación ha dejado de ser estrategia de algunas áreas y lo es de toda la compañía.

P u t z m e i s t e r

Esta empresa multinacional, cuya casa matriz está en Alemania (Putzmeister AG) y su

máximo dirigente procede de Suiza, tiene como nota característica una gran flexibilidad

asociada a una alta productividad.

Dedicada a la fabricación de maquinaria para la construcción y radicada en Vallecas

(Madrid), asumió el reto de hacer internacional el perfil de la compañía en España a

través de la formación y de sus políticas innovadoras. Desde su fundación en 1958,

PUTZMEISTER AG ha estado a la cabeza en tecnologías de bombeo y sus productos

están presentes en 70 países.

Actualmente la ocupación en la empresa es de 207 personas, siendo su plantilla de 160

personas, de las que 32 son mujeres (20%).

El crecimiento en este sentido ha sido importante si tenemos en cuenta que hace dos

años eran 18 mujeres y hace 5 tan sólo 7. Este cambio y todo el camino hacia la

flexibilidad ha ido acompañado de un incremento importante en la facturación.

Las medidas adoptadas desde hace años han ayudado a que la empresa responda ante

los cambios que la sociedad demanda.

El reconocimiento externo les ha ayudado a fortalecer la visión de futuro de su director

gerente y de su directora de Gestión Integral y Comunicación.

La obtención de varios premios ha servido para afianzar las medidas implantadas y

generar un compromiso de mejora continua. Con este afán de superación afrontan el

reto de conseguir un entorno de trabajo saludable y poder ayudar a que otras compañías

se sumen a este reto.

93

Page 100: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

FLEXIBILIDAD HORARIA

En el área de fabricación la tendencia es a comprimir la jornada, el resto de la plantilla

cuenta con flexibilidad de entrada y salida al trabajo, así como en la pausa para comida.

Este ha sido un cambio importante, dado que es en el área de producción donde en

principio resulta más difícil aplicar la flexibilidad horaria. Por otra parte, se ha reducido el

número de horas anuales de trabajo de 1784 a 1776 en 5 años, adelantándose también

la hora de salida los viernes a las 14.00h.

La flexibilidad se extiende a la hora de elegir vacaciones, teniendo hasta 4 días más por

antigüedad.

La jornada a tiempo parcial existe como posibilidad -a ella se acogen casi siempre

estudiantes-, pero pocas madres se acogen a ella para no perder sueldo. Las mujeres en

general suelen optar por la jornada continuada coincidiendo con el horario de los

colegios, a la que pueden acogerse durante un año a partir de la finalización del permiso

de maternidad o paternidad.

Con la experiencia creciente de madres trabajadoras, se vio la necesidad de ajustar

políticas como ésta acordes con las necesidades del empleado en un momento

determinado de su vida, con la empresa y con el sentido común.

Cuando el número de mujeres en plantilla no era tan alto, esta medida no existía como

política. La reducción de jornada puede ser de 1/3 o 1/2 de la jornada habitual, mientras

el niño tenga menos de 6 años.

Existen permisos de 40 horas anuales para madres con hijos menores de tres años; esta

medida que supera las indicadas en la legislación.

Al convivir claramente dos generaciones en la empresa, las necesidades son muy

distintas, como diferentes son también las necesidades de los padres de niños pequeños

y de las personas con padres dependientes.

MODALIDADES DE PERMISO

La actitud de la empresa en lo que respeta a la ampliación del permiso por maternidad

es clara, pero apenas es solicitada. Quizá la amplia gama de medidas complementarias:

reducción de la jornada, permisos, etc., hacen innecesaria esta medida.

El permiso por paternidad se extiende de 2 a 5 días, situándose claramente más allá de

lo que ofrece la ley.

En el caso de las excedencias se guarda el puesto de trabajo, formando con tiempo a

otra persona para que le sustituya.

A su vuelta el empleado puede reincorporarse a su puesto anterior o si lo prefiere se

diseña un plan de carrera en otro departamento.

94

Page 101: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Además se conceden cinco días de permiso retribuido a las mujeres antes de la fecha

prevista para el alumbramiento.

La flexibilidad en los días de permiso y en las vacaciones cortas es grande, además de

estar estipulado por ley, es cultura de la compañía acogerse a estas medidas.

Para quienes lo deseen, existe la posibilidad de “comprar” cinco días de vacaciones para

el cuidado de hijos menores de tres años.

En este sentido, el aumento de parejas en edad fértil y el número de niños ha facilitado el

que estas medidas sean algo más que políticas, y se hayan convertido ya en cultura (la

media de hijos por pareja se acerca a 2).

De alguna forma los empleados se cubren entre sí ante eventualidades, si bien la

empresa sustituye los periodos más amplios, como está estipulado.

FLEXIBILIDAD EN EL ESPACIO: UNA MEDIDA DE ÉXITO

Dependiendo de la naturaleza del trabajo los miembros de la plantilla se acogen a la

posibilidad de trabajar fuera del despacho cuando las circunstancias así lo requieren.

La gran mayoría de los que trabajan con ordenador tienen conexión a Internet y para los

que esto no es posible, se habilitan puestos para facilitar su acceso.

Esta medida se ha implantado sobre todo para mujeres después de su maternidad.

Hasta ahora se venía desarrollando por un periodo de seis meses (20 horas semanales),

pero es posible que de ahora en adelante se prolongue hasta un año.

Mediante esta opción la persona que se acoge al teletrabajo puede gestionar su tiempo

de una manera más eficiente, ya que distribuye las tareas en función de sus necesidades

sin tener que depender de un horario rígido.

La aplicación de la Intranet se va a implantar este año, y en ella hasta se podrá consultar

incluso la retribución personal.

El cambio aquí no ha sido tanto de mentalidad por parte de los directivos en su política

de aproximación y servicio al empleado, sino que se trata de una aplicación directa de la

tecnología a un modo de trabajar que era ya habitual.

APOYO PROFESIONAL Y FAMILIAR

Existe una presencia fuerte de la empresa en estos ámbitos. El asesoramiento de carrera

va siempre evaluado respecto a las circunstancias familiares, especialmente en el caso

de las trayectorias internacionales.

95

Page 102: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Las fiestas y celebraciones en la empresa con carácter familiar son relativamente

frecuentes, como es el caso de la fiesta de Primavera y Navidad, así como otras medidas

como los campamentos de verano para hijos de familiares, la formación de equipos

deportivos (fútbol, baloncesto, padel, mus, participación en carreras populares,…) o el

fomento de la lectura entre los empleados (descuentos del 20% en el día del libro).

En los momentos difíciles- fallecimiento o enfermedad de familiares- las personas de

recursos humanos suelen estar cerca apoyando con medidas concretas.

La asistencia a expatriados existe y se usa, ya que alrededor de un 20% de la plantilla

reviste estas características, ámbito sobre el que la empresa se ha ido adaptando, al

igual que la sociedad.

FORMACIÓN Y DESARROLLO

Los cursos de gestión del tiempo y del estrés han sido escasos, pero sí se han realizado

aquellos referidos al modo de conciliar trabajo y familia, así como todos aquellos de

igualdad de oportunidades y de incorporación de la mujer al trabajo que durante este

año se han desarrollado conjuntamente con el Instituto de la Mujer.

En todo ello ha sido notoria la importancia de que exista un agente de igualdad y la

presencia de una mujer en el comité de empresa con mentalidad flexible, que ha

incorporado la cultura de que las políticas son un marco que hay que adecuar a las

necesidades de cada persona.

De gran relevancia son también las becas que llevan el nombre de su antiguo director, el

Sr. Gerwald Lettner, y la opción de realizarlas con una ayuda a una ONG (Becas

Humanitas), así como otras de intercambio con otras sedes y de idiomas en el

extranjero.

Al alcance de todos está una biblioteca técnica y de lectura con los denominados

“Rincones” o lugares distribuidos por la empresa para que el personal pueda

beneficiarse de ellos.

O t r o s E j e m p l o s d e E m p r e s a s F l e x i b l e s

A continuación se hace mención de las empresas que han sido galardonadas con el

premio Empresa Flexible 2011, por sus programas de flexibilidad que permiten a sus

plantillas la conciliación entre la vida personal y laboral.

Estos programas recogen políticas basadas en temas de flexibilidad organizativa, en

beneficios sociales y en cultura flexible.

96

Page 103: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Estas empresas son:

BT España tiene unas importantes políticas para los trabajadores que además

son padres. De esta forma, el permiso por maternidad se aumenta en 15 días

sobre lo que estipula la ley antes del parto y con una remuneración del 100% del

salario. No hace falta justificar las visitas al médico y disponen de plaza de

parking facilitada por la empresa durante el embarazo. Respecto a la paternidad,

se añaden 3 días laborables a lo que establece la Ley. Tanto en el caso de las

madres como en el de los padres, pueden realizar la jornada laboral de 8,00h a

15,00h durante el primer año de vida del niño.

Dell Computer, por su parte, cuenta con un modelo de gestión por objetivos por

lo que existe gran flexibilidad de horarios. Los empleados deben cumplir su

jornada semanal de 40 horas pero con flexibilidad para entrar y salir o reducir el

horario de la comida. Los trabajadores de soporte tienen jornada intensiva en

agosto de 8 a 3 y en junio y julio se les permite condensar el horario para salir

una hora antes.

Intercom Worldwide Careesma existe la posibilidad de teletrabajo para aquellos

puestos que lo permiten; deben solicitarlo con un día de antelación para que les

puedan proporcionar todas las herramientas técnicas; suelen pedirlo por

cuestiones personales o por necesidad de concentración. También hay un

calendario en el que cada empleado puede poner qué día quiere teletrabajar.

En MC Mutual es destacable el hecho de ofrecer formación vinculada a la

evaluación del desempeño, en rendimiento y competencias. Se evalúa luego el

impacto y la satisfacción de los empleados. El grueso de la formación se realiza

online. El torno al 69% de la formación que ofrece la empresa ha sido realizada

online, el 25% ha sido presencial y el 5,7% restante, mixta.

En la Fundación Adecco, los empleados disfrutan de 23 días laborables de

vacaciones y cinco días de asuntos propios que deben solicitar con suficiente

antelación. De ellos, hasta un máximo de tres, pueden sustituirse por una

reducción de jornada diaria de dos horas durante un máximo de 12 días al año, lo

que supondría cuatro tardes libres.

En Text 100, se llevan a cabo dos encuestas, una anual a nivel de satisfacción

(encuesta de clima) y otra a nivel internacional, con resultados regionales. En la

encuesta de clima, valorada del 1 al 5, el 80% lo valoran como un 5 (siendo la

puntuación máxima) y con un 4 el 20% restante. Además, una vez al año tienen

la “Off site”, una reunión para estudiar la situación de la empresa que sirve como

foro de discusión y de propuestas. En ella participa toda la empresa.

97

Page 104: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Medidas Tomadas por las Empresas para Conciliar

Para llevar a cabo una estrategia de conciliación entre el trabajo y la familia es

importante que primero identifiquemos los costos y beneficios que van a llevar

asociados este tipo de medidas.

Es necesario detectar cuales son los problemas que afectan al desarrollo del negocio

para poder determinar si hay suficientes justificaciones económicas para poder

introducir una práctica de conciliación en la empresa.

Se deben analizar diferentes temas como:

Ausentismo.

Licencias médicas.

Productividad.

Niveles de compromiso con el trabajo.

Retención.

Los beneficios que se podrán obtener aplicando estas medidas.

Todas las iniciativas que tomen las empresas vienen a completar otras muchas que ya

han sido tomadas por diferentes agentes sociales, como son el Estado y las

Administraciones públicas.

Teniendo en cuenta esto se pueden hacer una división en cinco niveles:

Legislación relacionada con la maternidad/paternidad y sobre medidas específicas

de conciliación.

Subvenciones de tipo económico que se les da a las familias según el número de

hijos.

Ayudas fiscales, dependientes del nivel de renta.

Infraestructuras para la familia favorecidas por el Estado.

Reformas laborales que facilitan la conciliación.

98

Page 105: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

M e d i d a s p a r a F a c i l i t a r l a C o n c i l i a c i ó n

Algunos tipos de mediadas que se suelen aplicar son:

La flexibilidad laboral: Esta medida se basa en poder establecer una organización

flexible tanto del tiempo de trabajo como de espacio del mismo.

Algunos ejemplos serían:

o Libre elección de horario.

o Trabajo a tiempo parcial.

o Puesto de trabajo compartido.

o Semana laboral intensiva.

o Reducción temporal de la jornada.

o Bancos de tiempo libre remunerado.

El apoyo personal y/o profesional: Este método persigue poder reducir la presión

psicológica y facilitar tanto apoyo como asesoramiento y formación para poder

solucionar conflictos de las personas empleadas.

Citaremos como ejemplos los siguientes:

o Gestión del estrés.

o Gestión de conflictos.

o Trayectoria profesional.

o Asesoramiento legal.

Los beneficios sociales: ofrecen ayudas en especie que influyen de forma

favorable en el cuidado de las personas dependientes, en la salud de las personas

empleadas y en el espacio de ocio colectivo en la empresa.

Ejemplos son:

o Seguros médicos.

o Plan de jubilación.

o Coche de empresa.

o Actividades lúdicas.

La prestación de servicios de conciliación

99

Page 106: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Servicios que Ofrece a los Empleados

El objetivo que persigue es reducir la carga de aquellas personas empleadas fuera de su

lugar de trabajo, para poder facilitar el acceso a infraestructuras y servicios tanto para el

cuidado de personas como para la realización de tareas domésticas. Algunos ejemplos

de este tipo de medida son:

Guarderías fuera de la empresa. Las empresas dan información a sus

trabajadores sobre guarderías que se encuentran cerca del centro de trabajo,

realiza reservas de plazas para su plantilla, subvenciona su utilización o negocia

descuentos.

Guarderías dentro de la empresa. Algunas empresas facilitan el servicio de

guardería de forma gratuita o a través de subvenciones.

Provisiona o paga los servicios de guardería o canguro cuando los empleados

tienen viajes de trabajo o realizan horas extras.

Reserva de plazas en colegios cercanos al centro de trabajo.

Servicios para el cuidado de otras personas dependientes.

Otros servicios: Tintorería, compras, aparcamiento, transporte, centro de

deportes-fitness y restaurante.

Evaluación y Beneficios

V a l o r a c i ó n d e l a s M e d i d a s d e C o n c i l i a c i ó n

Los empleados le atribuyen un alto impacto a las políticas de conciliación trabajo familia.

Los ejecutivos y empleados perciben, en todas las compañías estudiadas, que estas

iniciativas generan una serie de beneficios en lo personal, laboral y familiar.

En definitiva las medidas de conciliación trabajo familia tienen un alto valor para quienes

las utilizan en las empresas donde se han puesto en práctica. Cabe, entonces,

preguntarse, cuáles de estas políticas son las más valoradas por los trabajadores.

Una vez que se ha revisado el nivel de utilización y los beneficios que perciben los

trabajadores de las políticas de conciliación trabajo familia, es interesante investigar la

valoración que de ellas hacen los empleados.

En general, entre las más valoradas figuran los permisos por capacitación o días

adicionales de vacaciones y los permisos relacionados con responsabilidades familiares.

100

Page 107: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Las medidas más valoradas de modo distancia, los permisos por responsabilidades

familiares o necesidades personales. Evidentemente, ellas constituyen una herramienta

fundamental para cualquier persona que requiera de los tiempos necesarios cuando se

tiene que atender un problema urgente o inesperado en su familia, como nacimientos,

fallecimientos, enfermedades y operaciones de personas dependientes, entre otras.

A los permisos para atender responsabilidades familiares y personales, le siguen

aquellas medidas que proveen los espacios para que el personal de una empresa se

pueda capacitar.

La asistencia a capacitación en su jornada de trabajo con goce de sueldo y los permisos

programados para capacitación o desarrollo de proyectos personales sin goce de sueldo.

La alta valoración que reciben estas iniciativas puede estar respondiendo a una de las

nuevas tendencias que se dan dentro del mundo laboral y que dice relación con la

imposibilidad para las empresas de proveer estabilidad en el empleo.

A cambio, las compañías pueden facilitar la empleabilidad de sus ejecutivos y

trabajadores.

Esto significa otorgarles la posibilidad de que mantengan sus habilidades y

conocimientos al día mediante la capacitación y el entrenamiento, dentro y fuera del

trabajo, de modo de seguir siendo atractivos para el mercado laboral.

Por último y con un grado similar de valoración a las medidas ya mencionadas, aparecen

los servicios para el cuidado de las personas dependientes y de apoyo a las necesidades

familiares y domésticas de los trabajadores; políticas que sin lugar a dudas proveen una

solución directa al cuidado de la familia.

Vale la pena hacer notar que existe una relación sólo parcial entre las políticas más

valoradas por los empleados y las que muestran un mayor nivel de utilización por parte

de esos mismos trabajadores.

Se observa que entre las medidas más valoradas, se encuentran los permisos para

atender responsabilidades familiares y personales.

Otra de las políticas que más aprovecha el personal es la capacitación dentro de su

jornada de trabajo con goce de sueldo. También la posibilidad de obtener permisos sin

goce de sueldo para atender a programas de capacitación de mayor exigencia (diplomas

y postgrados), fuera del horario habitual de trabajo.

Dónde no existe coincidencia, sin embargo, es en las políticas referidas a servicios para

el cuidado de las personas dependientes y de apoyo a las necesidades familiares y

domésticas. Ellas son altamente valoradas por el personal de las empresas, pero su nivel

de utilización es bastante bajo.

101

Page 108: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Se percibe que hay ciertas políticas que son altamente valoradas por los empleados de la

empresa y, sin embargo, la compañía no provee dicha medida de conciliación trabajo-

familia.

Esta situación se da, por ejemplo, en la alta valoración a cuestiones como el

financiamiento de sala cuna o jardín infantil de trabajadores para hijos mayores de 2

años, convenios para rebajas en salas cunas o jardines infantiles, o convenios para

niños, que cubran la diferencia horaria entre la jornada escolar y laboral, y actividades de

recreación infantil para los hijos de funcionarios.

La empresa, sin embargo, no tiene implantados estos beneficios como parte de sus

programas de conciliación trabajo-familia.

Respecto al alineamiento que debe existir entre las políticas de conciliación trabajo

familia que la empresa ofrece y sus empleados utilizan, por una parte, y la valoración

que de estas medidas hacen los empleados, es clave a la hora de lograr los efectos

positivos que estas iniciativas aportan para ambas partes.

Se trata, entonces, de ajustar la oferta de medidas específicas con la demanda real por

ellas.

Lo anterior es importante si se considera que los estudios internacionales muestran que

la sola implementación de políticas de conciliación trabajo familia genera un 3% adicional

en productividad respecto a empresas que no las ponen en práctica.

Si, adicionalmente, éstas responden a necesidades de grupos específicos que valoran un

determinado conjunto de iniciativas y no otras, la productividad se puede incrementar

un 3% adicional.

Por lo tanto, es posible conseguir un 6% más de productividad al desarrollar una

estrategia de conciliación trabajo familia donde la empresa haga coincidir las medidas

que ofrece con aquellas que son más valoradas por los grupos de empleados específicos

a los que pretenden beneficiar.

B e n e f i c i o s d e l a C o n c i l i a c i ó n

Dentro de los beneficios analizados se encuentran la mejora en el clima laboral y un

mayor nivel de productividad.

CLIMA LABORAL

Se está acuerdo con la afirmación de que la existencia de las medidas en la empresa ha

contribuido a que mejore el clima laboral. Esta es una importante conclusión, además de

ser consistente con el punto anterior que afirma que los empleados/as valoran las

medidas y se sienten más apoyados con su existencia.

102

Page 109: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Dada la evidencia internacional, se puede afirmar que la generación de un mejor

ambiente de trabajo contribuye positivamente en el desempeño de los trabajadores, crea

sentimientos de lealtad con la empresa y ayuda a su bienestar integral.

PRODUCTIVIDAD

Se perciben aumentos de productividad promedios entre un 11% y un 16% producto de

la existencia de las medidas de conciliación trabajo familia. La existencia de las medidas

de conciliación trabajo familia en las empresas ha contribuido a aumentar su

productividad en el trabajo.

Las categorías que más inciden en el aumento de la productividad son los permisos por

capacitación y los días adicionales de vacaciones. Lo anterior tiene sentido ya que la

capacitación contribuye a que el empleado se perfeccione, lo cual apoya su

productividad en el trabajo. A su vez, los días adicionales de vacaciones pueden incidir

positivamente en la productividad debido a que los empleados, al tener más días libres

fuera de su trabajo resuelven problemas, descansan y atienden a sus familias, pudiendo

entonces realizar sus tareas en el trabajo con mayor concentración y efectividad.

El mayor impacto de las políticas de conciliación trabajo familia, tiene que ver con la falta

de otras políticas de RR.HH. que apunten a una mejor calidad de vida laboral y familiar.

Nuestro medio, además, se caracteriza por tener jornadas más largas, bajos niveles de

trabajo en equipo y una falta de apoyo y de jefes en el trabajo. Este escenario permite

que cualquier iniciativa que se ponga en funcionamiento es inmediatamente valorada

por las personas, amplificando el efecto que en otras circunstancias sería importante,

pero no tan significativo.

En resumen, podemos destacar los siguientes beneficios de la conciliación en la

empresa:

Incremento de la motivación de los trabajadores.

Mayor grado de compromiso en el desarrollo y la productividad en la compañía.

Reducción del estrés de las personas en la empresa.

Reducción de costes derivados de la rotación y bajas laborales del personal.

Preservar e incrementar la imagen pública frente a clientes y potenciales clientes.

Incremento de la competitividad empresarial.

Proceso de mejora continua.

Mejora del liderazgo, de la Comunicación, de la Responsabilidad y de la

Estrategia.

103

Page 110: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Reducción de costes de control de las personas dirección por objetivos y

confianza mutua.

Mejora cualitativa de la cultura de la empresa.

Disminución progresiva de altas temperaturas, en un clima laboral enrarecido, y

mejora generalizada de las relaciones laborales.

Disminución sustantiva de las reivindicaciones salariales, en los conflictos

laborales y en las negociaciones sindical.

104

Page 111: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

LO QUE HEMOS APRENDIDO

En Banesto además de la flexibilidad horaria establecida en las disposiciones

legales convencionales o en acuerdos de empresa, se pueden establecer otras

medidas de flexibilidad preferentemente para la atención de hijos o mayores a

cargo y siempre que queden cubiertas las necesidades de servicio y atención al

cliente.

En Otto Walter forma parte de la cultura no trabajar más horas que las

estipuladas contractualmente y que la figura del adicto al trabajo no es vista

como un empleado más comprometido, y se aborda y trata a través de cursos de

gestión del tiempo.

La flexibilidad en SANITAS no es un fenómeno recién llegado, sino que desde

hace años impregna la cultura y la estructura de la Compañía, a través de

políticas y formas de hacer que hacen frente a las necesidades de las personas y

fomentan la confianza en el entorno de trabajo.

Para llevar a cabo una estrategia de conciliación entre el trabajo y la familia es

importante que primero identifiquemos los costos y beneficios que van a llevar

asociados este tipo de medidas.

Existe una relación sólo parcial entre las políticas más valoradas por los

empleados y las que muestran un mayor nivel de utilización por parte de esos

mismos trabajadores.

La existencia de las medidas de conciliación laboral en la empresa contribuye a

que mejore el clima laboral.

105

Page 112: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ANOTACIONES

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

106

Page 113: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEST

Marcar la respuesta correcta.

1. Banesto ha establecido entre otras medidas, la posibilidad de utilizar la “jornada

reducida”, por sus trabajadores:

Mujeres, para el caso de cuidado de hijos.

Hombres, fundamentalmente por razones de estudio.

Se utiliza por un porcentaje muy bajo de trabajadores, indistintamente hombres o

mujeres y por las causas señaladas en los apartados anteriores principalmente.

2. Respecto de esta medida, la empresa citada pactó con los sindicatos la adopción de

la misma sin pérdida de salario en el caso de:

Cuidados de hijos enfermos.

Cuidados de hijos enfermos menores de 6 años.

Cuidados de hijos enfermos menores de 7 años y por un plazo de 6 meses.

3. La principal medida de conciliacion adoptada por la empresa Nokia es:

Referida a la flexibilidad espacial y horaria, de forma que se permite trabajar

desde casa varios días a la semana, previa aprobación del superior

correspondiente.

Referida a las prestaciones extrasalariales, puesto que los seguros médicos

concertados se aplican a toda la familia del trabajador.

El establecimiento de medidas de apoyo y asesoramiento personal y profesional

tales como la posibilidad de realizar cursos de gestión del tiempo y de igualdad

de oportunidades a través del sistema de e-learning.

4. Para llevar a cabo una estrategia de conciliación entre el trabajo y la familia no es

importante que identifiquemos los costos y beneficios que van a llevar asociados

este tipo de medidas:

Verdadero.

Falso.

5. Como beneficio social que la empresa ofrece a sus empleados encontramos:

Los seguros médicos.

El Asesoramiento legal.

Ambas respuestas son correctas.

6. Uno de los efectos percibidos tras la implantación de estas medidas es:

El aumento en la productividad del trabajo.

La resistencia a su implantación por parte de los trabajadores que no participan

de forma directa en el disfrute de las mismas, con el consiguiente aumento de las

tensiones entre éstos.

La mayor concentración y efectividad en el trabajo.

107

Page 114: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

108

Page 115: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

tema 5

Análisis de las Modificaciones que el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, que Afectan a la Ley de Medidas para la Conciliación de la Vida Familiar y Personal

La Formación: Contratos de Aprendizaje y Formación; La

Financiación; Su Reducción a las 20 Horas Anuales; Las ETT

Contratos: a Tiempo Parcial y de Relevo, a Domicilio, de Apoyo

a Empresarios y de Trabajo a Distancia

Clasificación Profesional

La Jornada Laboral: Reducciones

Descanso Semanal, Fiestas y Permisos: Lactancia

Vacaciones Anuales

Movilidad Funcional

Modificación del Salario y de las Condiciones de Trabajo,

Suspensiones

La Negociación Colectiva

La Universalización de la Polivalencia Funcional

La Ultraactividad

Mejora de la Ocupabilidad: Servicios Obligatorios de los

Parados

Objetivos:

Analizar las medidas de reforma del mercado laboral que

afectan a la Conciliación de la vida familiar y personal.

109

Page 116: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

110

Page 117: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

La Formación: Contratos de Aprendizaje y Formación; La Financiación; Su Reducción a las 20 Horas Anuales; Las ETT

L a F o r m a c i ó n : C o n t r a t o s d e A p r e n d i z a j e y F o r m a c i ó n

Tras la reforma laboral se ha producido una nueva regulación del contrato para la

formación y el aprendizaje, se encuentra recogido: art. 11.2 ET, y art. 3, disposición

adicional 1 y disposición transitoria 7, 8 y 9 del Real Decreto Ley 3/2012.

El límite de edad de los trabajadores que pueden ser contratados bajo esta modalidad se

fija en 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. Como

excepción a la regla general del límite de los 25 años de edad, el Real Decreto-Ley

10/2011 estableció la de 30 años como situación transitoria que expiraría el 31 de

diciembre de 2012, momento que ahora da paso a aquel en que la tasa de desempleo en

nuestro país baje del 15%.

Hay una nueva duración para estos contratos; una duración mínima de 1 año y una

duración máxima de 3 años. Estos límites se hacen más flexibles en el sentido de que

por convenio colectivo podrán fijar distintas duraciones en función de las necesidades

tanto organizativas o como productivas de las empresas sin que pueda establecerse una

duración inferior a 6 meses ni superior a 3 años. Hasta ahora la duración mínima era de

1 año y la máxima de 2 con posibilidad de prórroga por 12 meses más por necesidades

del proceso formativo del trabajador en los términos reglamentariamente establecidos, o

en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas en los

términos dispuestos en los convenios colectivos, o cuando se celebraran con

trabajadores que no hubiesen obtenido el título de graduado en ESO. Desaparece la

opción de prórroga absorbida por el límite máximo y se priorizan las necesidades

productivas y organizativas de la empresa sobre las formativas del trabajador.

Se prohíbe contratar de nuevo bajo esta modalidad de contratación misma o distinta

empresa sólo operará para la misma actividad laboral u ocupación. Expirada la duración

de este contrato el trabajador podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o

distinta empresa cuando la actividad laboral u ocupación objeto de la cualificación

profesional asociada al contrato sea distinta a la ya desempeñada.

El trabajador podrá recibir la formación en la propia empresa cuando ésta disponga de

las instalaciones y personal adecuado a los efectos de la acreditación de la competencia

o cualificación profesional en los términos de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de

las Cualificaciones y de la Formación Profesional y de su normativa de desarrollo, sin

perjuicio de la necesidad, en su caso, de la realización de períodos de formación

complementaria en los centros de esa red.

111

Page 118: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Desaparece, tras la modificación, toda referencia a que las actividades formativas deban

comenzar en un determinado plazo (antes a la reforma se fijaba un plazo máximo de

cuatro meses a contar desde la fecha de celebración del contrato) y la exigencia de que

la formación cuando estos contratos se concierten con trabajadores que no hayan

obtenido el graduado en ESO deban permitir la obtención del mismo.

Los porcentajes máximos de tiempo de trabajo efectivo se gradúan. El tiempo de trabajo

efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo

y tercero, alterándose así la fracción de jornada máxima (convencional o legal) destinada

a la formación: del 25% como mínimo durante toda la vigencia del contrato se pasa

ahora al 15% durante el segundo y tercer año.

Reducciones de cuotas de la seguridad social sin obligación de incremento de plantilla.

Se regula en el artículo 3 del Real Decreto Ley 3/2012, se utiliza para las empresas que a

partir del 12 de febrero de 2012 contraten bajo esta modalidad a trabajadores

desempleados inscritos en la oficina de empleo o transformen en indefinidos contratos

de este tipo celebrados en cualquier fecha. Los presupuestos cambian (desaparece la

exigencia de que el desempleado a contratar sea mayor de 20 años o la limitación

temporal de aplicación de la medida a los celebrados hasta 31/12/2013), los

condicionantes cambian (contratación y transformación no han de suponer,

respectivamente, un incremento de la plantilla y del nivel de empleo fijo en la empresa),

pero las cuantías son idénticas a las establecidas por el artículo 2 del Real Decreto Ley

10/2011, de 26 de agosto, que ahora se deroga pese a seguir regulando las situaciones

nacidas a su amparo. Así, para contrataciones iniciales: reducción durante toda la

vigencia del contrato, incluida la prórroga (no está expresamente contemplada en el

artículo 11.2 ET), del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por todas

las contingencias para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% en las

demás y reducción del 100% de las cuotas de los trabajadores; y para transformaciones:

reducción de 1.500 euros/año durante 3 años (1.800 euros/año si se trata de mujeres).

Estas reducciones, que se financiaran con cargo a la correspondiente partida

presupuestaria de la TGSS, se aplicarán por los empleadores automáticamente en los

correspondientes documentos de cotización (disposición adicional primera Real Decreto

Ley 3/2012).

L a F i n a n c i a c i ó n

Las empresas pueden financiar el coste de la formación mediante bonificaciones en las

cuotas empresariales a la Seguridad Social con cargo al presupuesto del Servicio Público

de Empleo Estatal.

La disposición transitoria octava del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, regula las

situaciones en relación con los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados a

partir del 12 de febrero, trazando un “plan” para la formación y financiación de las

acciones formativas de los contratos realizados hasta el 12/02/2013 cuando no exista

título de Formación Profesional o certificado de profesionalidad relacionado con el

trabajo a desempeñar o centro formativo disponible para impartirlo.

112

Page 119: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

H o r a s A n u a l e s d e F o r m a c i ó n

La reforma laboral crea una cuenta de formación para cada trabajador por la que tendrá

derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa. Esta cuenta de

formación recoge la formación recibida por el trabajador durante su vida activa.

Los trabajadores con más de un año de antigüedad tendrán un permiso retribuido de 20

horas de formación al año, acumulables por un periodo de hasta tres años, pagadas por

su empresa y vinculado al puesto de trabajo. La concreción y el disfrute se fija de mutuo

acuerdo entre empresario y trabajador.

L a s E m p r e s a s d e T r a b a j o T e m p o r a l

Las Empresas de Trabajo Temporal a partir de la reforma pueden operar como agencias

de colocación. Partiendo de la afirmación de que los Servicios Públicos de Empleo se han

expuesto insuficientes en la gestión de la colocación y de la revelación de las ETT como

dinamizadoras del mercado de trabajo, se procede a modificar el artículo 16.3 del

Estatuto de los Trabajadores, la Ley 14/1994, reguladora de las ETT (arts. 1 y 2.1 b)), y la

Ley 56/2003, de Empleo, en lo que respecta tanto a las agencias de colocación (art. 21

bis.2) como a las ETT (disp. adic. segunda), disponiendo que éstas podrán actuar como

agencias de colocación siempre y cuando presten una declaración responsable mediante

la que se manifieste que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Empleo y

normativa de desarrollo, debiendo las personas físicas o jurídicas que quieran proceder

en este sentido obtener la autorización correspondiente, modificándose el sentido del

silencio administrativo que pasa a ser positivo frente a la situación precedente en la que

la falta de resolución expresa al interesado supone la desestimación de la autorización

“con objeto de garantizar una adecuada protección de los trabajadores” así hacía

constar el redactado anterior.

El régimen transitorio de actuación de las ETT como agencias de colocación se recoge en

la disposición transitoria primera del Real Decreto-Ley 3/2012 donde, sin perjuicio del

dictado futuro de las disposiciones necesarias para su aplicación para lo cual se recoge

la correspondiente autorización, se establece que las ETT que el 12 de febrero de 2012

(fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 3/2012) hubieran sido ya autorizadas

administrativamente para el desarrollo de su actividad con carácter definitivo podrán

actuar como agencias de colocación siempre que presenten ante el Servicio Público de

Empleo competente la declaración responsable a la que se ha hecho referencia, debiendo

estas empresas hacer constar su número de autorización como ETT en su publicidad y

en sus ofertas de servicios de reclutamiento y selección de trabajadores, colocación,

orientación y formación profesional y recolocación, hasta que les sea facilitado el número

de autorización como agencia de colocación.

113

Page 120: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Contratos: a Tiempo Parcial y de Relevo, a Domicilio, de Apoyo a Empresarios y de Trabajo a Distancia

C o n t r a t o s a T i e m p o P a r c i a l y d e R e l e v o

Se encuentra recogido en el art 12.4 c del Estatuto de los trabajadores

Los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias. El número de

horas extraordinarias que se podrán realizar será el legalmente previsto en proporción a

la jornada pactada.

Las horas extraordinarias realizadas en el contrato a tiempo parcial computarán a

efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y bases reguladoras de las

prestaciones.

La realización de horas complementarias se regirá por lo dispuesto en el apartado 5 de

dicho artículo 12.

En todo caso, la suma de las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no

podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial definido en el apartado uno de

este artículo 12.

Con esta redacción dada al artículo 12.4 c) del ET por el artículo 5 del Real Decreto Ley

3/2012, la tradicional prohibición de realización de horas extras por los contratados a

tiempo parcial, salvo en supuestos de fuerza mayor, desaparece, pudiendo realizarse las

legalmente previstas (art. 35 ET) en proporción a la jornada pactada y computándose a

efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y bases reguladoras de las

prestaciones en los términos establecidos en la disposición final novena del Real Decreto

Ley 3/2012.

T r a b a j o a D i s t a n c i a

Con la denominación “trabajo a distancia” se denomina el nuevo artículo 13 del ET

dejándose atrás el conocido “trabajo a domicilio” y se abre la vía a la regulación en

detalle del teletrabajo como forma de organizar y/o realizar un trabajo que utiliza las

tecnologías de la información para desarrollar de manera regular, y en régimen laboral, la

prestación de servicios fuera de las instalaciones de la empresa.

Con esta definición, se considera trabajo a distancia aquel en que la prestación de

servicios se realiza “de manera preponderante” en el domicilio del trabajador o en otro

lugar elegido por éste, “de modo alternativo” a su desarrollo presencial en el centro de

trabajo.

114

Page 121: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En línea con el hecho de que el teletrabajo ha de ser voluntario para el trabajador y el

empleador y que, por tanto, puede concretarse en el momento de la contratación o en

otro posterior, el artículo 13.2 del ET establece que en cualquiera de los casos al acuerdo

por el que se establezca el trabajo a distancia, que se formalizará por escrito, le serán de

aplicación las reglas sobre copia básica del contrato establecidas en el artículo 8.3 del

ET.

A estos trabajadores a distancia, que tendrán los mismos derechos que los trabajadores

que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, mencionándose en

especial el derecho que les asiste a percibir como mínimo la retribución total establecida

conforme a su grupo profesional y funciones, a una adecuada protección en materia de

seguridad y salud, y que podrán ejercer los derechos de representación colectiva

conforme a lo previsto en la ley debiendo a estos efectos estar adscritos a un centro de

trabajo concreto de la empresa, el empresario deberá asegurarles su acceso efectivo a la

formación continua e informarles de la existencia de puestos de trabajo vacantes para su

desarrollo presencial en sus centros de trabajo.

C o n t r a t o d e A p o y o a E m p r e s a r i o s

Se crea una nueva modalidad de contrato, el contrato de trabajo indefinido de apoyo a

los emprendedores. Se encuentra regulado en el artículo 4 del Real Decreto Ley, se

ajusta a las siguientes reglas:

Requisitos de la empresa:

Tener menos de 50 trabajadores.

No haber extinguido contratos, en los seis meses anteriores a la celebración de

esta nueva modalidad, por causas objetivas declaradas improcedentes por

sentencia judicial o por despido colectivo. En ambos casos, la limitación afectará

únicamente a las extinciones y despidos producidos con posterioridad al 12 de

febrero de 2012, y para la cobertura de aquellos puestos del mismo grupo

profesional que los afectados por la extinción o despido y para el mismo centro o

centros de trabajo.

Para la aplicación de los incentivos fiscales: mantener en el empleo al trabajador

contratado durante al menos 3 años contados desde la fecha de inicio de la

relación laboral. Si incumple deberá reintegrar el incentivo, advirtiéndose que no

se produce tal incumplimiento cuando el contrato se extinga por despido

disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente

total, absoluta o gran invalidez del trabajador.

Duración, jornada y formalización: Se celebrará por tiempo indefinido y a jornada

completa, formalizándose por escrito en el modelo que se establezca.

115

Page 122: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El periodo de prueba es de un año.

Incentivos fiscales:

Cuando el primer contrato se concierte con un menor de 30 años: deducción

fiscal de 3.000 euros.

Adicionalmente, por contratar desempleados beneficiarios de una prestación

contributiva por desempleo: deducción fiscal por importe equivalente al 50% de la

prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el

momento de la contratación, con el límite de 12 mensualidades, y de acuerdo con

las siguientes reglas:

o El trabajador contratado deberá haber percibido la prestación durante, al

menos 3 meses en el momento de la contratación.

o El importe de la deducción fiscal quedará fijado en la fecha de inicio de la

relación laboral y no se modificará por las circunstancias que se produzcan

con posterioridad.

o La empresa requerirá al trabajador un certificado del SPEE sobre el

importe de la prestación pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de

la relación laboral.

El trabajador contratado podrá voluntariamente compatibilizar cada mes, junto con el

salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera reconocida y pendiente de

percibir en el momento de su contratación. Si se opta por no proceder en este sentido,

mantendrá el derecho a reabrir el cobro de las prestaciones por desempleo pendientes

(arts. 212 y 213 LGSS).

Bonificaciones a la Seguridad Social: con independencia de los incentivos fiscales,

cuando la contratación se realice con desempleados inscritos en la Oficina de empleo

comprendidos en alguno de los colectivos que se exponen a continuación se tendrá

derecho a las siguientes bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social

durante 3 años que, además, serán compatibles con otras ayudas públicas previstas con

la misma finalidad hasta alcanzar el importe del 100% de la cuota empresarial a la

Seguridad Social:

Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año)

en el primer año; de 91,67 euros/mes (1.100 euros/año) en el segundo año, y de

100 euros/mes (1.200 euros/año) en el tercer año. Cuando estos contratos se

concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos

representado las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33 euros/mes (100

euros/año).

116

Page 123: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Mayores de 45 años, inscritos en la Oficina de Empleo al menos 12 meses en los

18 meses anteriores a la contratación: 108,33 euros/mes (1.300 euros/año)

durante tres años.

Cuando estos contratos se concierten con mujeres en sectores en los que este

colectivo esté menos representado, las bonificaciones indicadas serán de 125

euros/mes (1.500 euros/año).

Clasificación Profesional

Desaparece la idea de categoría profesional estableciéndose el sistema de clasificación

profesional en torno al concepto de grupo profesional que podrá incluir, se añade ahora

en la nueva redacción del artículo 22 del ET, distintas “responsabilidades” asignadas al

trabajador, asignándose el grupo y estableciéndose el contenido de la prestación laboral

objeto del contrato por acuerdo entre trabajador y empresario.

Además se dispone en la disposición adicional novena del Real Decreto Ley 3/2012, que

los convenios colectivos en vigor deberán adaptarse a este nuevo marco jurídico en el

plazo de un año.

La Jornada Laboral: Reducciones

Antes de la reforma laboral se hablaba de "reducción de la jornada de trabajo" se podía

hacer una reducción diaria, semanal o mensual, y, en cambio, a partir de la reforma se

habla de "reducción de la jornada de trabajo diaria", con lo cual la reducción habrá que

aplicarla diariamente.

La jornada de referencia en la reducción por guarda legal es la jornada diaria.

Los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la

reducción de jornada, en atención a los derechos de conciliación y las necesidades

productivas y organizativas de las empresas. Igualmente se establece que el trabajador,

salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de 15 días o (y a

partir de aquí la novedad) la que se determine en convenio, precisando la fecha en que

iniciará y finalizará la reducción de jornada.

117

Page 124: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Descanso Semanal, Fiestas y Permisos: Lactancia

L a c t a n c i a

En relación a la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los

trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en

dos fracciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37.4 del Estatuto de los

Trabajadores.

No obstante, los trabajadores podrán acumular el tiempo en jornadas completas en los

términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el

empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla. En este sentido, no se ha

contemplado ninguna modificación de la regulación anterior en lo relativo a la lactancia,

con la excepción de que, si anteriormente el permiso podía ser disfrutado

indistintamente por el padre o la madre para el caso de que ambos trabajasen,

actualmente sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores.

Vacaciones Anuales

Se regula el supuesto de coincidencia del período de vacaciones con el permiso de

paternidad, se reconoce el derecho del padre a trasladar sus vacaciones, o parte de ellas,

a período distinto, incluso cuando haya terminado el año natural al que correspondan,

cuando se superponga en el tiempo al disfrute de su permiso de paternidad.

También se establece que si el período de vacaciones coincide con una IT por

contingencias distintas de las establecidas en el 38.3 segundo párrafo ET que

imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural podrá

hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18

meses a partir del final del año en que se hayan originado.

Movilidad Funcional

Se modifica la movilidad funcional en la empresa regulada en el artículo 39 ET, de

manera que solo tendrá las limitaciones establecidas por las titulaciones académicas o

profesionales y la dignidad del trabajador. Si la movilidad se dispone para funciones no

correspondientes al grupo profesional, el empresario deberá comunicar su decisión a los

representantes de los trabajadores (art. 10 Real Decreto Ley 3/2012).

118

Page 125: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Modificación del Salario y de las Condiciones de Trabajo, Suspensiones

La competitividad, la productividad y la organización técnica del trabajo, son razones

económicas, técnicas, organizativas o de producción, las cuales posibilitan un acuerdo

para poder modificar sustancialmente las condiciones de trabajo. Se incluye la cuantía

salarial como materia susceptible de modificación por esta vía.

En las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo de carácter individual:

Se reduce de 30 a 15 días el plazo del que dispone el empresario para notificar al

trabajador afectado y a sus representantes legales la fecha de efectividad de la

decisión.

Se incluyen las modificaciones de cuantía salarial, sistema de trabajo y

rendimiento y de funciones como causas habilitantes para que el trabajador

pueda extinguir su contrato con derecho a indemnización de 20 días de salario

por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y

con un máximo de 9 meses.

En las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo de carácter

colectivo se reduce de 15 a 7 días el plazo establecido para la efectividad de la

decisión notificada por empresario a los trabajadores una vez finalizado el periodo

de consultas sin acuerdo.

La modificación de las condiciones de trabajo recogidas en los convenios

colectivos del Título III del ET se reconducen al (nuevo) artículo 82.3 del ET.

S u s p e n s i o n e s

Suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de

producción o derivadas de fuerza mayor

En el procedimiento a seguir, que se establece sin remisión a los preceptos destinados a

la extinción del contrato por estas causas, cambia el papel a desempeñar por la

autoridad laboral, suprimiéndose el requisito de su autorización pero manteniéndose, no

obstante, su intervención en el mismo (art. 47 ET).

La Negociación Colectiva

La reforma llevada a cabo en relación a la negociación colectiva, nos encontramos:

Posibilidad de revisión del convenio durante su vigencia: no a través de la

Comisión Paritaria, sino de la negociadora.

Posibilidad de descuelgue en materia salarial y en otras: tiempo de trabajo

(jornada, horario, distribución, turnos), remuneraciones (sistema, cuantía),

sistema de trabajo y rendimiento, funciones y mejoras voluntarias. Se mantienen

las causas (económicas…) y la exigencia de que sea pactado o arbitrado.

Se abandona el camino de las modificaciones sustanciales y se acude al del

descuelgue.

119

Page 126: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En caso de que no exista acuerdo sobre el descuelgue, las partes irán a la

solución extrajudicial de conflictos y, en su caso, al arbitraje si lo han pactado en

el convenio colectivo. De no ser así, una de las partes elevará el desacuerdo a la

Comisión Consultiva de Convenios Colectivos nacional o sus equivalentes

autonómicos, que nombrará un árbitro que resolverá en un máximo de 25 días.

Se otorga primacía al convenio de empresa, que es inatacable por los superiores

en un conjunto amplio de materias.

Ultraactividad: máximo dos años. Pero al finalizar, lo que sucede es que se aplica

el convenio de ámbito superior (si existe).

Plazo de un año para acomodarse al nuevo sistema de clasificación profesional

basado en grupos.

Contenido mínimo: no se hace referencia al plazo máximo para el inicio de las

negociaciones, la duración máxima de éstas, la necesidad de adhesión a

acuerdos para solución extrajudicial, las funciones específicas de la Comisión

Paritaria, adopción de medidas de flexibilidad interna, etc.

La Universalización de la Polivalencia Funcional

Cuando se acuerde la polivalencia funcional o la realización de funciones propias de más

de un grupo, la equiparación se realizará en virtud de las funciones que se desempeñen

durante mayor tiempo.

Mientras que antes de la reforma laboral se preveía que cuando se acordase la

polivalencia funcional o la realización de funciones propias dos o más categorías, grupos

o niveles, la equiparación se realizaría en virtud de las funciones que resulten

prevalentes, la nueva regulación sustituye dicho criterio de prevalencia por otro,

señalando que dicha equiparación se realizará en virtud de las funciones que se

desempeñen durante un mayor tiempo.

La Ultraactividad

La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, con lo que

la nueva reforma laboral pone límite a la denominada "ultraactividad" que permitía el

alargamiento prácticamente indefinido de los convenios, es decir transcurridos dos años

desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o

dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará,

si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.

En la disposición transitoria cuarta del Real Decreto Ley donde se determina que el plazo

de los dos años indicados empezará a computarse a partir del 12 de febrero de 2012

para los convenios que ya estuvieran denunciados en esa fecha.

120

Page 127: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Mejora de la Ocupabilidad: Servicios Obligatorios de los Parados

Entre las medidas que establece el Real Decreto ley se encuentra el programa de

sustitución de trabajadores en formación por perceptores de prestaciones por

desempleo.

Todas las empresas, cualquiera que sea el tamaño de su plantilla, pueden sustituir a sus

trabajadores, por el tiempo en que participen en programas de formación, por

desempleados beneficiarios de prestaciones por desempleo sin posibilidad para estos

últimos de negarse. La aplicación del programa de sustitución venía hasta ahora previsto

para empresas de hasta 100 trabajadores y la aplicación del mismo para los

desempleados beneficiarios de prestaciones era voluntaria (regulado en la disp. trans.

sexta de la Ley 45/2002).

121

Page 128: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

LO QUE HEMOS APRENDIDO

Tras la reforma laboral se ha producido una nueva regulación del contrato para la

formación y el aprendizaje, se encuentra recogido: art. 11.2 ET, y art. 3,

disposición adicional 1 y disposición transitoria 7, 8 y 9 del Real Decreto Ley

3/2012.

Las empresas pueden financiar el coste de la formación mediante bonificaciones

en las cuotas empresariales a la Seguridad Social con cargo al presupuesto del

Servicio Público de Empleo Estatal.

La reforma laboral crea una cuenta de formación para cada trabajador por la que

tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa. Esta

cuenta de formación recoge la formación recibida por el trabajador durante su

vida activa.

Las Empresas de Trabajo Temporal a partir de la reforma pueden operar como

agencias de colocación.

La tradicional prohibición de realización de horas extras por los contratados a

tiempo parcial, salvo en supuestos de fuerza mayor, desaparece, pudiendo

realizarse las legalmente previstas en el art. 35 ET.

Con la denominación “trabajo a distancia” se denomina el nuevo artículo 13 del

ET dejándose atrás el conocido “trabajo a domicilio”

Se crea una nueva modalidad de contrato, el contrato de trabajo indefinido de

apoyo a los emprendedores.

Desaparece la idea de categoría profesional estableciéndose el sistema de

clasificación profesional en torno al concepto de grupo profesional

Antes de la reforma laboral se hablaba de "reducción de la jornada de trabajo" se

podía hacer una reducción diaria, semanal o mensual, y, en cambio, a partir de la

reforma se habla de "reducción de la jornada de trabajo diaria", con lo cual la

reducción habrá que aplicarla diariamente.

Se modifica la movilidad funcional en la empresa regulada en el artículo 39 ET, de

manera que solo tendrá las limitaciones establecidas por las titulaciones

académicas o profesionales y la dignidad del trabajador.

122

Page 129: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Cuando se acuerde la polivalencia funcional o la realización de funciones propias

de más de un grupo, la equiparación se realizará en virtud de las funciones que

se desempeñen durante mayor tiempo.

La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, con

lo que la nueva reforma laboral pone límite a la denominada "ultraactividad" que

permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios

123

Page 130: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

ANOTACIONES

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

.....................................................................................................................................

124

Page 131: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

TEST

Marcar la respuesta correcta.

1. ¿Cuál es el límite de edad para los trabajadores para que puedan ser contratados con

un contrato de aprendizaje o formación?

21 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 15%.

35 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 10%.

30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 15%.

2. ¿Cuál es la duración de los contratos de aprendizaje y formación?

Mínima de 6 mese y una duración máxima de 2 años.

Mínima de 1 año y una duración máxima de 3 años.

Mínima de 1 año y una duración máxima de 2 años.

3. Las empresas pueden financiar el coste de la formación mediante bonificaciones en

las cuotas empresariales a la Seguridad Social con cargo al presupuesto del Servicio

Público de Empleo Estatal.

Verdadero.

Falso.

4. Las horas extraordinarias realizadas en el contrato a tiempo parcial computarán a

efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y bases reguladoras de las

prestaciones.

Verdadero.

Falso.

5. ¿Qué plazo tiene el empresario para notificar al trabajador una modificación de sus

condiciones de trabajo?

30 días.

15 días.

Ninguna respuesta es correcta.

6. ¿Cuál es la prórroga máxima de un convenio ya vencido?

Dos años.

Tres años.

No tiene prorroga.

125

Page 132: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 133: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

anexos

Anexos

Ley 39/1999, de 5 de Noviembre, para Promover la Conciliación

de la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras

Modificaciones Legislativas a la Conciliación de la Vida Familiar

y Laboral

Page 134: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 135: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley 39/1999, de 5 de Noviembre, para Promover la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras

Sábado 6 noviembre 1999

BOE núm. 266

21 568 LEY 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar

y laboral de las personas trabajadoras.

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han

aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Española recoge en su artículo 14 el derecho a la igualdad ante la ley y

el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión o

cualquier otra condición. En el artículo 39.1, el texto constitucional establece el deber de

los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia

y, en el artículo 9.2, atribuye a los poderes públicos el deber de promover las

condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se

integran sean reales y efectivas; y remover los obstáculos que impidan o dificulten su

plenitud facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política,

económica, cultural y social.

La incorporación de la mujer al trabajo ha motivado uno de los cambios sociales más

profundos de este siglo. Este hecho hace necesario configurar un sistema que contemple

las nuevas relaciones sociales surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso

entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la

vida profesional y en la privada.

La necesidad de conciliación del trabajo y la familia ha sido ya planteada a nivel

internacional y comunitario como una condición vinculada de forma inequívoca a la

nueva realidad social. Ello plantea una compleja y difícil problemática que debe

abordarse, no sólo con importantes reformas legislativas, como la presente, sino con la

necesidad de promover adicionalmente servicios de atención a las personas, en un

marco más amplio de política de familia.

En este sentido, en la IV Conferencia mundial sobre las mujeres, celebrada en Pekín en

septiembre de 1 995, se consideró como objetivo estratégico fomentar una armonización

de responsabilidades laborales y familiares entre hombres y mujeres y en la Declaración

aprobada por los 189 Estados allí reunidos, se reafirmó este compromiso.

Page 136: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Por su parte, en el ámbito comunitario, la maternidad y la paternidad, en su más amplio

sentido, se han recogido en las Directivas del Consejo 92/85/CEE, de 1 9 de octubre, y

96/34/CE, del Consejo, de 3 de junio. La primera de ellas contempla la maternidad desde

el punto de vista de la salud y seguridad en el trabajo de la trabajadora embarazada, que

haya dado a luz o en período de lactancia. La segunda, relativa al Acuerdo marco sobre

el permiso parental, celebrado por la UNICE, el CEEP y la CES, prevé el permiso parental

y la ausencia del trabajo por motivos de fuerza mayor como medio importante para

conciliar la vida profesional y familiar y promover la igualdad de oportunidades y de trato

entre hombres y mujeres.

Mediante la presente Ley se completa la transposición a la legislación española de las

directrices marcadas por la normativa internacional y comunitaria superando los niveles

mínimos de protección previstos en las mismas.

La Ley introduce cambios legislativos en el ámbito laboral para que los trabajadores

puedan participar de la vida familiar, dando un nuevo paso en el camino de la igualdad

de oportunidades entre mujeres y hombres.

Trata además de guardar un equilibrio para favorecer los permisos por maternidad y

paternidad sin que ello afecte negativamente a las posibilidades de acceso al empleo, a

las condiciones del trabajo y al acceso a puestos de especial responsabilidad de las

mujeres. Al mismo tiempo se facilita que los hombres puedan ser copartícipes del

cuidado de sus hijos desde el mismo momento del nacimiento o de su incorporación a la

familia.

El primer capítulo introduce modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores en lo

relativo a permisos y excedencias relacionadas con la maternidad, paternidad y el

cuidado de la familia.

Estas modificaciones mejoran el contenido de la normativa comunitaria y ajustan los

permisos a la realidad social.

Así, se hacen concordar los permisos o ausencias retribuidas con la Directiva 96/34/CE,

previendo la ausencia del trabajador en los supuestos de accidente y de hospitalización,

al mismo tiempo que se flexibiliza el derecho al permiso de lactancia.

Igualmente se amplia el derecho a la reducción de jornada y excedencia a los

trabajadores que tengan que ocuparse de personas mayores y enfermas, en línea con los

cambios demográficos y el envejecimiento de la población.

Como novedad importante, cabe destacar que la Ley facilita a los hombres el acceso al

cuidado del hijo desde el momento de su nacimiento o de su incorporación a la familia,

al conceder a la mujer la opción de que sea el padre el que disfrute hasta un máximo de

diez semanas de las dieciséis correspondientes al permiso por maternidad, permitiendo

además que lo disfrute simultáneamente con la madre y se amplía el permiso de

maternidad en dos semanas más por cada hijo en el caso de parto múltiple.

Page 137: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Asimismo, se introducen importantes modificaciones en la regulación de los permisos

por adopción y acogimiento permanente y preadoptivo. Frente a la legislación actual en

la que la duración del permiso depende de la edad del menor, concediéndose distintos

períodos de tiempo, según el niño o niña sea menor de nueve meses o de cinco años, la

Ley no hace distinción en la edad de los menores que generan este derecho, siempre

que se trate de menores de seis años.

Por último, se establece la aplicación de la reducción de la jornada o excedencia para

atender al cuidado de familiares que por razón de edad, accidente o enfermedad no

puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida, configurándose

este derecho como individual de los trabajadores.

El último artículo del capítulo I prevé las modificaciones que han de realizarse en el

Estatuto de los Trabajadores relativas a la extinción del contrato de trabajo. Para ello, se

declara expresamente nula la decisión extintiva o el despido motivado, entre otros, por el

embarazo, la solicitud o disfrute de los permisos por maternidad, paternidad o cuidado

de familiares o el despido de los trabajadores con contrato de trabajo suspendido, salvo

que se demuestre su procedencia por causa ajena a la discriminación.

Como novedad se amplían los supuestos que no pueden computarse como faltas de

asistencia a efectos de extinción del contrato de trabajo por absentismo laboral. Entre

ellos se incluyen el riesgo durante el embarazo, las enfermedades causadas por el

mismo, el parto y la lactancia.

El capítulo II introduce modificaciones al Real Decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril,

por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, para

garantizar el ejercicio libre de estos derechos y su resolución en caso de discrepancia

mediante procedimiento urgente y de tramitación preferente.

El capítulo III modifica la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos

Laborales, y cubre una laguna actualmente existente, previendo que en los supuestos de

maternidad en los que, por motivos de salud de la madre o del feto, se hace necesario

un cambio de puesto de trabajo o función y este cambio no sea posible, se declare a la

interesada en situación de riesgo durante el embarazo con protección de la Seguridad

Social.

El capítulo IV introduce modificaciones en el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de

junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

La novedad más importante reside en la creación de una nueva prestación dentro de la

acción protectora de la Seguridad Social, la de riesgo durante el embarazo, con la

finalidad de proteger la salud de la mujer trabajadora embarazada.

Page 138: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Con la finalidad de que no recaigan sobre los empresarios los costes sociales de estos

permisos, lo que podría acarrear consecuencias negativas en el acceso al empleo,

especialmente de la población femenina, y como medida de fomento del empleo, el

capítulo V prevé reducciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por

contingencias comunes, siempre que se contrate interinamente a desempleados para

sustituir al trabajador o trabajadora durante los períodos de descanso por maternidad,

adopción o acogimiento.

Los capítulos VI, Vil y VIII introducen las correspondientes modificaciones en las leyes

reguladoras de la Función Pública, con el objeto de adaptar el contenido de la Ley a los

colectivos comprendidos en su ámbito de aplicación.

CAPITULO I

Modificaciones que se introducen en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1 995, de 24 de marzo

Artículo primero. Permisos retribuidos.

La letra b) del apartado 3 del artículo 37 queda redactada de la siguiente forma:

«b) Dos días por el nacimiento de hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad

graves u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o

afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al

efecto, el plazo será de cuatro días.»

Artículo segundo. Reducción de la jornada por motivos familiares.

1. El apartado 4 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:

«4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a

una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su

voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora

con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o

el padre en caso de que ambos trabajen.»

2. El apartado 5 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:

«5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de seis

años o un minusválido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad

retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución

proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la

duración de aquélla.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar,

hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad,

accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad

retribuida.

Page 139: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho

individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más

trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto

causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de

funcionamiento de la empresa.»

3. Se añade un nuevo apartado al artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores:

«6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de

lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo,

corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá

preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a

su jornada ordinaria.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la

determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este

artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento

establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.»

Artículo tercero. Suspensión del contrato por maternidad, riesgo durante el embarazo,

adopción o acogimiento.

El apartado 1 .d) del artículo 45 queda redactado de la siguiente forma:

«d) Maternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora y adopción o

acogimiento, preadoptivo o permanente, de menores de seis años.»

Artículo cuarto. Excedencia por cuidado de familiares.

El apartado 3 del artículo 46 queda redactado de la forma siguiente:

«3. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no

superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por

naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente

como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución

judicial o administrativa.

También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a un año,

salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores

para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o

afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí

mismo, y no desempeñe actividad retribuida.

La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de

los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la

misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario

podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la

empresa.

Page 140: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia, el

inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.

El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo

establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador

tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación

deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su

reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de

trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del

mismo grupo profesional o categoría equivalente.»

Artículo quinto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo.

El apartado 4 del artículo 48 queda modificado de la siguiente manera:

«4. En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas,

que se disfrutarán de forma ininterrumpida, ampliables en el supuesto de parto múltiple

en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.

El período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis

semanas sean inmediatamente posteriores al parto.

En caso de fallecimiento de la madre, el padre podrá hacer uso de la totalidad o, en su

caso, de la parte que reste del período de suspensión.

No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al

parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que el padre y la madre

trabajen, ésta, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el

padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso

posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre, salvo que en

el momento de su efectividad la incorporación al trabajo de la madre suponga un riesgo

para su salud.

En los supuestos de adopción y acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, de

menores de hasta seis años, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas

ininterrumpidas, ampliable en el supuesto de adopción o acogimiento múltiple en dos

semanas más por cada hijo a partir del segundo, contadas a la elección del trabajador,

bien a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, bien a partir de la

resolución judicial por la que se constituye la adopción.

La duración de la suspensión será, asimismo, de dieciséis semanas en los supuestos de

adopción o acogimiento de menores mayores de seis años de edad cuando se trate de

menores discapacitados o minusválidos o que por sus circunstancias y experiencias

personales o que por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción

social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. En

caso de que la madre y el padre trabajen, el período de suspensión se distribuirá a

opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva,

siempre con períodos ininterrumpidos y con los límites señalados.

Page 141: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso, la suma de los mismos no

podrá exceder de las dieciséis semanas previstas en los apartados anteriores o de las

que correspondan en caso de parto múltiple.

Los períodos a los que se refiere el presente artículo podrán disfrutarse en régimen de

jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo entre los empresarios y los

trabajadores afectados, en los términos que reglamentariamente se determinen.

En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento

previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión, previsto

para cada caso en el presente artículo, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la

resolución por la que se constituye la adopción.»

Artículo sexto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo en el supuesto de riesgo

durante el embarazo.

Se introduce un nuevo apartado 5 en el artículo 48 de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores, en los siguientes términos:

«5. En el supuesto de riesgo durante el embarazo, en los términos previstos en el artículo

26, apartados 2 y 3, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos

Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del

contrato por maternidad biológica o desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de

reincorporarse a su puesto anterior o a otro compatible con su estado.»

Artículo séptimo. Extinción del contrato de trabajo.

Uno. La letra d) del artículo 52 queda modificada de la siguiente manera:

«d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen

el 20 por 100 de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 por 100 en

cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, siempre que el índice

de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 5 por 100 en los

mismos períodos de tiempo.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las

ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de

actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo,

maternidad, riesgo durante el embarazo, enfermedades causadas por embarazo, parto o

lactancia, licencias y vacaciones, ni enfermedad o accidente no laboral, cuando la baja

haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de

veinte días consecutivos.»

Page 142: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Dos. El apartado 4 del artículo 53 queda modificado de la siguiente manera:

«4. Cuando el empresario no cumpliese los requisitos establecidos en el apartado 1 de

este artículo o la decisión extintiva del empresario tuviera como móvil algunas de las

causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley o bien se hubiera

producido con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador,

la decisión extintiva será nula, debiendo la autoridad judicial hacer tal declaración de

oficio. La no concesión del preaviso no anulará la extinción, si bien el empresario, con

independencia de los demás efectos que procedan, estará obligado a abonar los salarios

correspondientes a dicho período. La posterior observancia por el empresario de los

requisitos incumplidos no constituirá, en ningún caso, subsanación del primitivo acto

extintivo, sino un nuevo acuerdo de extinción con efectos desde su fecha.

Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:

a) La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por

maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra

d) del apartado 1 del artículo 45 de esta Ley, o la notificada en una fecha tal que el plazo

de preaviso finalice dentro de dicho período.

b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la

del comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y la de los

trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los

apartados 4 y 5 del artículo 37 de esta Ley, o estén disfrutando de ellos, o hayan

solicitado la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la misma.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación salvo que, en ambos casos, se

declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el

embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.»

Tres. El apartado 5 del artículo 55 queda redactado en la siguiente forma:

«5. Será nulo el despido que tenga por móvil algunas de las causas de discriminación

prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca con violación de derechos

fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Será también nulo el despido en los siguientes supuestos:

a) El de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por

maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra

d) del apartado 1 del artículo 45 de esta Ley, o el notificado en una fecha tal que el plazo

de preaviso finalice dentro de dicho período.

b) El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la del

comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y la de los trabajadores

que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4 y 5 del

artículo 37 de esta Ley, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado la excedencia

prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la misma.

Page 143: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en ambos casos, se

declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el

ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.»

CAPÍTULO II

Modificaciones que se introducen en el texto refundido de la Ley de Procedimiento

Laboral, aprobado por el

Real Decreto legislativo 2/1 995, de 7 de abril

Artículo octavo. Extinción del contrato de trabajo.

Uno. El apartado 2 del artículo 1 08 queda redactado de la siguiente forma:

«2. Será nulo el despido que tenga como móvil alguna de las causas de discriminación

previstas en la Constitución y en la ley, o se produzca con violación de derechos

fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Será también nulo el despido en los siguientes supuestos:

a) El de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por

maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra

d) del apartado 1 del artículo 45 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores, o el notificado en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice

dentro de dicho período.

b) El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el

comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y el de los trabajadores

que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4 y 5 del

artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, o estén disfrutando de ellos, o hayan

solicitado la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 del Estatuto de los

Trabajadores.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en ambos casos, se

declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el

ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.»

Dos. El apartado 2 del artículo 1 22 queda redactado de la siguiente forma:

«2. La decisión extintiva será nula cuando:

a) No se hubieren cumplido las formalidades legales de la comunicación escrita, con

mención de causa.

b) No se hubiese puesto a disposición del trabajador la indemnización correspondiente,

salvo en aquellos supuestos en los que tal requisito no viniera legalmente exigido.

Page 144: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

c) Resulte discriminatoria o contraria a los derechos fundamentales y libertades públicas

del trabajador.

d) Se haya efectuado en fraude de ley eludiendo las normas establecidas por los

despidos colectivos, en los casos a que se refiere el último párrafo del artículo 51.1 del

texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:

a) La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por

maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra

d) del apartado 1 del artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, o la notificada en una

fecha tal que el plazo de preaviso finalice dentro de dicho período.

b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la

del comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y de los trabajadores

que hayan solicitado uno de los permisos a que se refieren los apartados 4 y 5 del

artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, o estén disfrutando de ellos, o hayan

solicitado la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 del Estatuto de los

Trabajadores.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en ambos casos, se

declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el

embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.»

Artículo noveno. Modalidad procesal en materia de permisos de lactancia y reducciones

de jornada por motivos familiares.

1. Se modifica la rúbrica del capítulo V del Título II del Libro II, que queda denominado:

«Vacaciones, materia electoral, clasificaciones profesionales, movilidad geográfica,

modificaciones substanciales de condiciones de trabajo, permisos por lactancia y

reducción de jornada por motivos familiares.»

2. Se incluye una nueva sección en el capítulo V del Título II del Libro II, del siguiente

tenor literal:

Page 145: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

«SECCIÓN 5.a PERMISOS POR LACTANCIA Y REDUCCIÓN DE

JORNADA POR MOTIVOS FAMILIARES

Artículo 138 bis.

El procedimiento para la concreción horaria y la determinación del período de disfrute en

los permisos por lactancia y por reducción de jornada por motivos familiares se regirán

por las siguientes reglas:

a) El trabajador dispondrá de un plazo de veinte días, a partir de que el empresario le

comunique su disconformidad con la concreción horaria y el período de disfrute

propuesto por aquél, para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.

b) El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista

habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda.

La sentencia, que será firme, deberá ser dictada en el plazo de tres días.»

3. El primer párrafo del apartado 1 del artículo 189 queda redactado en la forma

siguiente:

«1. Las sentencias que dicten los Juzgados de lo Social en los procesos que ante ellos se

tramiten, cualquiera que sea la naturaleza del asunto, salvo las que recaigan en los

procesos relativos a la fecha de disfrute de las vacaciones, concreción horaria y

determinación del período de disfrute en permisos por lactancia y reducción de la

jornada por motivos familiares, en los de materia electoral, en los de clasificación

profesional, en los de impugnación de sanción por falta que no sea muy grave, así como

por falta muy grave no confirmada judicialmente, y las dictadas en reclamaciones cuya

cuantía litigiosa no exceda de 300.000 pesetas (1.803 euros). Procederá en todo caso la

suplicación.»

CAPÍTULO III

Modificaciones que se introducen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención

de Riesgos Laborales

Artículo décimo. Protección de la maternidad.

El artículo 26 queda redactado de la siguiente forma:

«1. La evaluación de los riesgos a que se refiere el artículo 16 de la presente Ley deberá

comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de

las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o

condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras

o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los

resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una

posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el

empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a

través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora

afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de

trabajo nocturno o de trabajo a turnos.

Page 146: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

2. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible

o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir

negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen

los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, con

el informe del médico del Servicio Nacional de la Salud que asista facultativamente a la

trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y

compatible con su estado. El empresario deberá determinar, previa consulta con los

representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de

riesgos a estos efectos.

El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios

que se apliquen en los supuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta el

momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al

anterior puesto.

En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no

existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un

puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el

derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen.

3. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda

razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la

trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el

embarazo, contemplada en el artículo 45.1 .d) del Estatuto de los Trabajadores, durante

el período necesario para la protección de su seguridad o de su salud y mientras persista

la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con

su estado.

4. Lo dispuesto en los números 1 y 2 de este artículo será también de aplicación durante

el período de lactancia, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la

salud de la mujer o del hijo y así lo certificase el médico que, en el régimen de Seguridad

Social aplicable, asista facultativamente a la trabajadora.

5. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho

a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al

parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro

de la jornada de trabajo.»

Page 147: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

CAPÍTULO IV

Modificaciones que se introducen en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad

Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1 994, de 20 de junio

Artículo undécimo. Acción protectora del sistema de la Seguridad Social.

Se modifica el primer párrafo del artículo 38.1.c) de la Ley General de la Seguridad

Social, en los siguientes términos:

«c) Prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad temporal; maternidad;

riesgo durante el embarazo; invalidez, en sus modalidades contributiva y no

contributiva; jubilación, en sus modalidades contributiva y no contributiva; desempleo,

en sus niveles contributivo y asistencial; muerte y supervivencia; así como las que se

otorguen en las contingencias y situaciones especiales que reglamentariamente se

determinen por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.»

Artículo duodécimo.

Duración de la obligación de cotizar.

Se modifica el apartado 4 del artículo 1 06 de la Ley General de la Seguridad Social, que

queda redactado en los siguientes términos:

«4. La obligación de cotizar continuará en las situaciones de incapacidad temporal,

cualquiera que sea su causa, en la de riesgo durante el embarazo y en la de maternidad,

así como en las demás situaciones previstas en el artículo 125 en que así se establezca

reglamentariamente.»

Artículo decimotercero. Situaciones protegidas.

Se modifica el artículo 133 bis de la Ley General de la Seguridad Social, que queda

redactado en los términos siguientes:

«Artículo 133 bis. Situaciones protegidas.

A efectos de la prestación por maternidad, se consideran situaciones protegidas la

maternidad, la adopción y el acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, durante

los períodos de descanso que por tales situaciones se disfruten, de acuerdo con lo

previsto en el número 4 del artículo 48 del texto refundido del Estatuto de los

Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el

número 3 del artículo 30 de la Ley 30/1 984, de 2 de agosto, de Medidas para la

Reforma de la Función Pública.»

Artículo decimocuarto. Prestación económica de la Seguridad Social por riesgo durante

el embarazo.

Page 148: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Se incluye, en el Título II de la Ley General de la Seguridad Social, un nuevo capítulo

IVter, con la siguiente redacción:

«CAPÍTULO IVTER Riesgo durante el embarazo

Artículo 1 34. Situación protegida.

A los efectos de la prestación económica por riesgo durante el embarazo, se considera

situación protegida el período de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos en

que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible

con su estado, en los términos previstos en el artículo 26, apartado 3, de la Ley 31/1995,

de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, dicho cambio de puesto no

resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos

justificados.

Artículo 135. Prestación económica.

1. La prestación económica por riesgo durante el embarazo se concederá a la mujer

trabajadora en los términos y condiciones previstos en esta Ley para la prestación

económica de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, sin más

particularidades que las previstas en los siguientes apartados.

2. La prestación económica, cuyo pago corresponderá a la Entidad Gestora, nacerá el día

en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo y finalizará el día anterior a aquél

en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o el de

reincorporación de la mujer trabajadora a su puesto de trabajo anterior o a otro

compatible con su estado.

3. La prestación económica consistirá en subsidio equivalente al 75 por 100 de la base

reguladora correspondiente. A tales efectos, la base reguladora será equivalente a la que

esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias

comunes.

4. La prestación económica por riesgo durante el embarazo se gestionará directamente

por el Instituto Nacional de la Seguridad Social siguiendo el procedimiento que

reglamentariamente se establezca.»

Artículo decimoquinto. Adaptaciones en la Ley General de la Seguridad Social.

Se introducen las siguientes adaptaciones en el capítulo V «Invalidez» del Título II de la

Ley General de la Seguridad Social:

a) El actual artículo 134 pasa a quedar numerado como artículo 136 formando el

contenido de la sección 1.a del capítulo V del Título II de la Ley General de la Seguridad

Social.

b) Las secciones 3.a, 4.a y 5.a pasan a numerarse, respectivamente, secciones 2.a, 3.ay 4.a

con idéntico contenido.

Page 149: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Artículo decimosexto. Normas de desarrollo y aplicación a Regímenes Especiales.

Se modifica el apartado 3 de la disposición adicional octava de la Ley General de la

Seguridad Social, en los siguientes términos:

«3. Lo previsto en los artículos 134, 135 y 166 será aplicable, en su caso, a los

trabajadores por cuenta ajena de los Regímenes Especiales. Asimismo resultará de

aplicación a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial del Mar,

Régimen Especial Agrario y Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en los

términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente.»

CAPÍTULO V

Modificaciones que se introducen en la disposición adicional decimocuarta del Real

Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de

la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de

septiembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de

los contratos de interinidad que se celebren con las personas desempleadas para

sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y

acogimiento

Artículo decimoséptimo. Modificación del encabezamiento de la disposición adicional

decimocuarta del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

El encabezamiento de la disposición adicional decimocuarta queda redactado en los

siguientes términos:

«Decimocuarta. Sustitución de trabajadores excedentes por cuidado de familiares.»

Artículo decimoctavo. Modificaciones que se introducen al Real Decreto-ley 11/1998, de

4 de septiembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social

de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para

sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y

acogimiento.

Se modifica el artículo 1 del Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre, que quedará

redactado de la siguiente forma:

«Darán derecho a una bonificación del 100 por 100 en las cuotas empresariales de la

Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y

en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta:

a) Los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para

sustituir a trabajadoras que tengan suspendido su contrato de trabajo por riesgo durante

el embarazo y hasta tanto se inicie la correspondiente suspensión del contrato por

maternidad biológica o desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse

a su puesto anterior o a otro compatible con su estado.

Page 150: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

b) Los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para

sustituir a trabajadores y trabajadoras que tengan suspendido su contrato de trabajo

durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento preadoptivo o

permanente, en los términos establecidos en el número 4 del artículo 48 del Estatuto de

los Trabajadores.

La duración máxima de las bonificaciones previstas en este apartado b) coincidirá con la

del período de descanso a que se refiere el número 4 del artículo 48 del Estatuto de los

Trabajadores.

En el caso de que el trabajador no agote el período de descanso a que tuviese derecho,

los beneficios se extinguirán en el momento de su incorporación a la empresa.

c) Los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para

sustituir a trabajadores autónomos, socios trabajadores o socios de trabajo de las

sociedades cooperativas, en los supuestos de riesgo durante el embarazo, períodos de

descanso por maternidad, adopción y acogimiento preadoptivo o permanente, en los

términos establecidos en los párrafos anteriores.»

CAPÍTULO VI

Modificaciones que se introducen en la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública

Artículo decimonoveno. Excedencia por cuidado de familiares.

El apartado 4 del artículo 29 queda redactado de la forma siguiente:

«4. Los funcionarios tendrán derecho a un período de excedencia de duración no

superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por

naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, a contar desde

la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a un año,

los funcionarios para atender al cuidado de un familiar que se encuentre a su cargo,

hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad, que, por razones de

edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe

actividad retribuida.

El período de excedencia será único por cada sujeto causante. Cuando un nuevo sujeto

causante diera origen a una nueva excedencia, el inicio del período de la misma pondrá

fin al que se viniera disfrutando.

Esta excedencia constituye un derecho individual de los funcionarios. En caso de que

dos funcionarios generasen el derecho a disfrutarlo por el mismo sujeto causante, la

Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas

relacionadas con el funcionamiento de los servicios.

Page 151: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El período de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios,

consolidación de grado personal y derechos pasivos. Durante el primer año, los

funcionarios tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaban.

Transcurrido este período, dicha reserva lo será al puesto en la misma localidad y de

igual nivel y retribución.»

Artículo vigésimo. Permiso por maternidad y paternidad.

El apartado 3 del artículo 30 queda redactado de la forma siguiente:

«3. En el supuesto de parto, la duración del permiso será de dieciséis semanas

ininterrumpidas, ampliables en el caso de parto múltiple en dos semanas más por cada

hijo a partir del segundo. El permiso se distribuirá a opción de la funcionaría siempre que

seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la

madre, el padre podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del

permiso.

No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al

parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que la madre y el padre

trabajen, ésta, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el

padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso

posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre, salvo que en

el momento de su efectividad la incorporación al trabajo de la madre suponga un riesgo

para su salud.

En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, de

menores de hasta seis años, el permiso tendrá una duración de dieciséis semanas

ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de adopción o acogimiento múltiple en dos

semanas más por cada hijo a partir del segundo, contadas a la elección del funcionario,

bien a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, bien a partir de la

resolución judicial por la que se constituya la adopción. La duración del permiso será,

asimismo, de dieciséis semanas en los supuestos de adopción o acogimiento de

menores, mayores de seis años de edad, cuando se trate de menores discapacitados o

minusválidos o que por sus circunstancias y experiencias personales o que, por provenir

del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente

acreditadas por los servicios sociales competentes. En caso de que la madre y el padre

trabajen, el permiso se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de

forma simultánea o sucesiva, siempre con períodos ininterrumpidos.

En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso, la suma de los mismos no

podrá exceder de las dieciséis semanas previstas en los apartados anteriores o de las

que correspondan en caso de parto múltiple.

En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento

previo de los padres al país de origen del adoptado, el permiso previsto para cada caso

en el presente artículo, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por

la que se constituye la adopción.»

Page 152: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

CAPITULO Vil

Modificaciones que se introducen en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, texto

articulado aprobado por Decreto 315/1 964, de 7 de febrero

Artículo vigésimo primero. Licencia por riesgo durante el embarazo.

Se introduce un nuevo número 3 en el artículo 69 con la siguiente redacción:

«3. Cuando la circunstancia a que se refiere el número 3 del artículo 26 de la Ley

31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, afectase a una

funcionaría incluida en el ámbito de aplicación del mutualismo administrativo, podrá

concederse licencia por riesgo durante el embarazo en los mismos términos y

condiciones que las previstas en los números anteriores.»

CAPÍTULO VIII

Modificaciones que se introducen en la Ley 28/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad

Social de las Fuerzas Armadas, y en la Ley 29/1975, de 27 de junio, de Seguridad Social

de los Funcionarios Civiles del Estado

Artículo vigésimo segundo. Situación de riesgo durante el embarazo en el mutualismo

administrativo.

Se introduce un nuevo párrafo, después del tercero actual, en el artículo 21 de la Ley

28/1975 y en el artículo 20 de la Ley 29/1975, con la siguiente redacción:

«Tendrá la misma consideración y efectos que la situación de incapacidad temporal la

situación de la mujer funcionaría que haya obtenido licencia por riesgo durante el

embarazo en los términos previstos en el artículo 69, apartado 3, de la Ley de

Funcionarios Civiles del Estado.»

Disposición adicional primera.

Podrán acogerse a los beneficios establecidos en esta Ley los socios trabajadores o

socios de trabajo de las sociedades cooperativas y trabajadores de las sociedades

laborales, durante los períodos de descanso por maternidad, riesgo durante el embarazo,

adopción y acogimiento, con independencia del régimen de afiliación de la Seguridad

Social, en el que estuvieren incluidos, con las peculiaridades propias de la relación

societaria.

Disposición adicional segunda.

La legislación de la Seguridad Social en materia de convenios especiales se adaptará a

las modificaciones previstas en la presente Ley, en el plazo de un año contado a partir de

su entrada en vigor.

Page 153: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Disposición adicional tercera.

Se modifica la redacción del apartado 1 .e) del artículo 141 de la Ley 1 7/1 999, de 18 de

mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, que quedará de la siguiente

forma:

«e) Lo soliciten para atender al cuidado de los hijos, por naturaleza o adopción o

acogimiento permanente o preadoptivo. En este supuesto, tendrán derecho a un período

de excedencia voluntaria no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, a

contar desde la fecha de nacimiento de éste o, en su caso, de la resolución judicial o

administrativa. Los sucesivos hijos darán derecho a un nuevo período de excedencia

que, en su caso, pondrá fin al que vinieran disfrutando.

También tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a un año

los que lo soliciten para encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo

grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o de

enfermedad, no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Estos derechos no podrán ser ejercidos por dos personas por el mismo sujeto causante.»

Disposición adicional cuarta.

El Gobierno, en el marco de sus competencias, y de acuerdo con los agentes sociales,

impulsará campañas de sensibilización pública al objeto de conseguir que los hombres

asuman una parte igual de las responsabilidades familiares, y de manera especial se

acojan, en mayor medida, a las nuevas posibilidades que esta Ley ofrece para compartir

el permiso parental.

Disposición adicional quinta.

A los efectos de lo establecido en esta Ley, se considerarán jurídicamente equiparables a

la adopción y acogimiento preadoptivo o permanente, aquellas instituciones jurídicas

declaradas por resoluciones judiciales o administrativas extranjeras, cuya finalidad y

efectos jurídicos sean los previstos para la adopción y acogimiento preadoptivo o

permanente, cualquiera que sea su denominación.

Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Ley.

Disposición final primera. Facultades de aplicación y desarrollo.

Se autoriza al Gobierno para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para el

desarrollo y ejecución de la presente Ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del

Estado».

Page 154: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Por tanto.

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar

esta Ley.

Madrid, 5 de noviembre de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia, FRANCISCO

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Page 155: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Modificaciones legislativas a la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral

M o d i f i c a c i o n e s q u e s e I n t r o d u c e n e n e l T e x t o R e f u n d i d o d e l a L e y d e l E s t a t u t o d e l o s T r a b a j a d o r e s , A p r o b a d o p o r e l R e a l D e c r e t o L e g i s l a t i v o 1 / 1 9 9 5 , d e 2 4 d e M a r z o , p o r e l R e a l D e c r e t o 3 / 2 0 1 2 d e M e d i d a s U r g e n t e s p a r a l a R e f o r m a d e l M e r c a d o L a b o r a l

Reducción de la jornada por motivos familiares.

Uno. El apartado 4 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:

4. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el

artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve

meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán

dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en

los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su

jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los

términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el

empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.

Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres,

pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

Dos. El apartado 5 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho

años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe

una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria,

con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de

la mitad de la duración de aquella.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar,

hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad,

accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad

retribuida.

Page 156: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

El progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, tendrá

derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del

salario de, al menos, la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la

hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer

(tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave,

que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su

cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público

de Salud u órgano administrativo santiario de la Comunidad Autónoma correspondiente

y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. Por convenio colectivo, se

podrán establecer las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se

podrá acumular en jornadas completas.

Las reducciones de jornada contempladas en el presente apartado constituyen un

derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más

trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto

causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de

funcionamiento de la empresa.

Extinción del contrato de trabajo.

Uno. La letra d) del artículo 52 queda modificada de la siguiente manera:

d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el

20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses

discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las

ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de

actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo,

maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por

embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente

no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga

una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física

o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de

atención o servicios de Salud, según proceda.

Dos. El apartado 4 del artículo 53 queda modificado de la siguiente manera:

4. Cuando la decisión extintiva del empresario tuviera como móvil algunas de las causas

de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley o bien se hubiera producido

con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, la decisión

extintiva será nula, debiendo la autoridad judicial hacer tal declaración de oficio.

Page 157: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:

a. La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo

por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural,

enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, adopción o

acogimiento o paternidad al que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo

45, o el notificado en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice

dentro de dicho periodo.

b. La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta

el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a), y la de los

trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los

apartados 4, 4 bis y 5 del artículo 37, o estén disfrutando de ellos, o hayan

solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo

46; y la de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los

derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad

geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral

en los términos y condiciones reconocidos en esta Ley.

c. La de los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los

periodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o

paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la

fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se

declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el

embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.

La decisión extintiva se considerará procedente siempre que se acredite la concurrencia

de la causa en que se fundamentó la decisión extintiva y se hubieren cumplido los

requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo. En otro caso se considerará

improcedente.

No obstante, la no concesión del preaviso o el error excusable en el cálculo de la

indemnización no determinará la improcedencia del despido, sin perjuicio de la

obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho período o al

pago de la indemnización en la cuantía correcta, con independencia de los demás

efectos que procedan.

Page 158: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

M o d i f i c a c i o n e s q u e s e I n t r o d u c e n e n L e y 3 6 / 2 0 1 1 , d e 1 0 d e O c t u b r e , R e g u l a d o r a d e l a J u r i s d i c c i ó n S o c i a l

Extinción del contrato de trabajo.

Artículo 108. Calificación del despido por la sentencia.

2. Será nulo el despido que tenga como móvil alguna de las causas de discriminación

prevista en la Constitución y en la Ley, o se produzca con violación de derechos

fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Será también nulo el despido en los siguientes supuestos:

a. El de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo

por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural,

enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, adopción o

acogimiento o paternidad al que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo 45

del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o el notificado en

una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dicho período.

b. El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta

el comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y el de los

trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los

apartados 4, 4 bis y 5 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto

de los Trabajadores, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén

disfrutando la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la misma

Ley; y el de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los

derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad

geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral

en los términos y condiciones reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.

c. El de los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los

períodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o

paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la

fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se

declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el

ejercicio del derecho a los permisos y excedencias señalados.

Page 159: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Artículo 122. Calificación de la extinción del contrato.

2. La decisión extintiva será nula:

a. Cuando resulte discriminatoria o contraria a los derechos fundamentales y

libertades públicas del trabajador.

b. Cuando se haya efectuado en fraude de Ley eludiendo las normas establecidas

por los despidos colectivos, en los casos a que se refiere el último párrafo del

apartado 1 del artículo 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores.

c. La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo

por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural,

enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, adopción o

acogimiento o paternidad al que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo 45

del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o el notificado en

una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dicho período.

d. La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta

el comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra c), y la de los

trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los

apartados 4, 4 bis y 5 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto

de los Trabajadores, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén

disfrutando la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la misma

Ley; y la de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los

derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad

geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral,

en los términos y condiciones reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.

e. La de los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los

períodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o

paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la

fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo.

Lo establecido en las letras c), d) y e) será de aplicación, salvo que, en esos casos, se

declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el

embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencias señalados.

Page 160: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

SECCIÓN V. DERECHOS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y

LABORAL RECONOCIDOS LEGAL O CONVENCIONALMENTE.

Artículo 139. Tramitación.

1. El procedimiento para el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal,

familiar y laboral, reconocidos legal o convencionalmente, se regirá por las siguientes

reglas:

a. El trabajador dispondrá de un plazo de veinte días, a partir de que el empresario

le comunique su negativa o su disconformidad con la propuesta realizada por el

trabajador, para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.

En la demanda del derecho a la medida de conciliación podrá acumularse la

acción de daños y perjuicios causados al trabajador, exclusivamente por los

derivados de la negativa del derecho o de la demora en la efectividad de la

medida, de los que el empresario podrá exonerarse si hubiere dado

cumplimiento, al menos provisional, a la medida propuesta por el trabajador.

El empresario y el trabajador deberán llevar sus respectivas propuestas y

alternativas de concreción a los actos de conciliación previa al juicio y al propio

acto de juicio, que podrán acompañar, en su caso, de informe de los órganos

paritarios o de seguimiento de los planes de igualdad de la empresa para su

consideración en la sentencia.

b. El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la

vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de

la demanda. La sentencia se dictará en el plazo de tres días. Contra la misma no

procederá recurso, salvo cuando se haya acumulado pretensión de resarcimiento

de perjuicios que por su cuantía pudiera dar lugar a recurso de suplicación, en

cuyo caso el pronunciamiento sobre las medidas de conciliación será ejecutivo

desde que se dicte la sentencia.

2. El procedimiento anterior será aplicable igualmente al ejercicio de los derechos de la

trabajadora víctima de violencia de género establecidos en la Ley, a la reducción de la

jornada de trabajo con disminución proporcional del salario y a la reordenación del

tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario

flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la

empresa. Podrá acumularse a la referida demanda la acción de daños y perjuicios

directamente causados a la trabajadora por la negativa o demora del derecho. Podrá

instarse, en su caso, la adopción de las medidas cautelares reguladas en el apartado 4

del artículo 180.

Page 161: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

M o d i f i c a c i o n e s q u e s e I n t r o d u c e n e n L a L e y G e n e r a l d e l a S e g u r i d a d S o c i a l , a p r o b a d o p o r e l R e a l D e c r e t o l e g i s l a t i v o 1 / 1 9 9 4 , d e 2 0 d e j u n i o

Acción protectora del sistema de la Seguridad Social.

Se modifica el primer párrafo del artículo 38.1.c) de la Ley General de la Seguridad

Social, en los siguientes términos:

c. Prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad temporal;

maternidad; paternidad; riesgo durante el embarazo; riesgo durante la lactancia

natural; cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave;

invalidez, en sus modalidades contributiva y no contributiva; jubilación, en sus

modalidades contributiva y no contributiva; desempleo, en sus niveles

contributivo y asistencial; muerte y supervivencia; así como las que se otorguen

en las contingencias y situaciones especiales que reglamentariamente se

determinen por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Trabajo e

Inmigración.(modificado por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para el año 2011)

Normas de desarrollo y aplicación a Regímenes Especiales

Se modifica el apartado 4 de la disposición adicional octava de la Ley General de la

Seguridad Social, en los siguientes términos:

4. Lo previsto en los artículos 134, 135, 135 bis, 135 ter, 135 quáter y 166 será

aplicable, en su caso, a los trabajadores por cuenta ajena de los regímenes especiales.

Lo previsto en los artículos 112 bis y 162.6 será igualmente aplicable a los trabajadores

por cuenta ajena de los regímenes especiales. Asimismo, lo dispuesto en los artículos

134, 135, 135 bis, 135 ter, 135 quáter y 166 resultará de aplicación a los trabajadores

por cuenta propia incluidos en los Regímenes Especiales de Trabajadores del Mar y de

Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en los términos y condiciones que se

establezcan reglamentariamente.

Page 162: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 163: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

GLOSARIO

EFR

Empresa Familiarmente Responsable, es un movimiento internacional

que se ocupa de avanzar y dar respuestas en materia de

responsabilidad y respeto a la conciliación de la vida familiar y laboral,

al apoyo en la igualdad de oportunidades y a la inclusión de los más

desfavorecidos.

Empowerment

Significa delegar y confiar en todas las personas de la organización y

conferirles el sentimiento de que son dueños de su propio trabajo

olvidando las estructuras piramidales, impersonales y donde la toma de

decisiones se hacia sólo en los altos niveles de la organización.

Mainstreaming

Se trata de la integración de la perspectiva de la igualdad de género en

todos los ámbitos y lo que ello implica para la sociedad.

OIT

La Organización Internacional del Trabajo es un organismo de

cooperación internacional, fundada el 11 de abril de 1919.

Aunque de carácter autónomo, inicialmente adherido a Sociedad de

Naciones y a partir de 1946 quedó como organismo especializado de la

Organización de la Naciones Unidas.

Tiene como objetivos las mejoras de las condiciones de trabajo en los

países miembros, mediante promulgación de normativas internacionales

y convenios relativos a diversas cuestiones.

Outplacement

Consiste en dar una asesoría en el proceso de desligamiento de la

organización de sus colaboradores, que busca reducir el conflicto

emocional, orientar a las personas sobre cómo aprovechar sus

fortalezas, definiendo objetivos y planificando su carrera laboral de

manera eficiente y exitosa.

glosario

Page 164: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Teletrabajo

Literalmente, trabajo a distancia. Trabajo realizado cuando se está

utilizando algún elemento que permite que el trabajo efectivo se realice

en un lugar diferente del que se ocupa la persona lo está realizando.

Se utilizan medios informáticos para comunicarse durante la realización

de la actividad, para el envío de resultados y en la mayoría de los casos

para la realización de la actividad.

Videoconferencia

Es la comunicación simultánea bidireccional de audio y video,

permitiendo mantener reuniones con grupos de personas situadas en

lugares alejados entre sí. Adicionalmente, pueden ofrecerse facilidades

telemáticas o de otro tipo como l intercambio de informaciones gráficas,

imágenes fijas, transmisión de ficheros desde el PC, etc.

Page 165: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

BIBLIOGRAFÍA

Título: Políticas Sociolaborales Editorial: Tecnos Autor: Sempere Navarro, A. Año: 2005

Título: Tratado sobre la Familia Editorial: Alianza Editorial Autor: Becker, G Año: 1989

Título: Las Políticas de Conciliación de la Vida Laboral Editorial: Cinca Autor: AA.VV. Año: 2005

Título: La Vida Profesional y Familiar en España y su Conciliación Editorial: Revista ICADE nº51 Autor: Moreno Manglano, C Año: 2000

Título: Políticas Empresariales de Conciliación de Vida Familiar y Laboral Editorial: Infopolis Autor: Caballero Bellido, M Año: 2000

Título: Política Familiar en España Editorial: Cánovas del Castillo Autor: Adroher, S Año: 2002

Título: Conciliación de la vida familiar y laboral y corresponsabilidad entre sexos Editorial: Tirant lo Blanch Autor: Cabeza Pereiro, J. Año: 2011

Título: Igualdad y Conciliación de Vida Personal y Laboral en la Empresa y Administraciones Públicas (tras las Modificaciones Introducidas por la Ley 3/2007, Del Estatuto Básico del Empleado Publico) Editorial: Dykinson Autor: Nuñez-Cortes Contreras, P. Año: 2008

bibliografía

Page 166: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Legislación:

Título: Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se Aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Título: Ley 39/1999, de 5 de Noviembre, para Promover la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras

Título: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Título: Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Páginas Web:

Título: El Portal de La Unión Europea Web: www.europa.eu

Título: Organización Internacional de Trabajo Web: www.ilo.org/public/spanish

Título: Instituto Nacional de Estadística de España Web: www.ine.es

Título: Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza Web: www.stes.es

Título: Instituto de Estudios Fiscales Web: www.ief.es

Page 167: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

cuestionarios de evaluación

Page 168: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 169: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

Cuestionario de Evaluación 1 / 4

DATOS DEL CURSO ( a rellenar por el centro)

Nº Expediente: Nº Acción Formativa: Nº Grupo:

Denominación del curso:

DATOS DEL ALUMNO

Apellidos:

Nombre: N.I.F.:

TÁCHESE LA RESPUESTA CORRECTA

1. La Ley para promover la conciliación entre la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras se promulgó en el año: 1988. 1999. 2005.

2. En la actualidad, es uno de los criterios para seleccionar un trabajo: La posible formación que ofrezca la empresa. El salario. La posibilidad de hacer conciliable el trabajo y la vida personal y familiar.

3. Entendemos por perfil internacional: El del trabajador extranjero incorporado a una empresa. El del trabajador que ha desarrollado su trabajo en múltiples países. La experiencia del trabajador acumulada por haber trabajado en diferentes sucursales internacionales de

una misma empresa.

4. Dedicar un mayor número de horas al trabajo: Se relaciona con la competencia y la productividad. Equivale a ser más productivo para la empresa. Ninguna respuesta es correcta.

5. La flexibilidad horaria conlleva: Retener el talento del personal que por necesidades familiares no pude acceder a un puesto de trabajo con

rigidez horaria. La posibilidad de mayor contratación. Ambas respuestas son correctas.

6. La posibilidad de que los trabajadores abandonen su puesto de trabajo para atender una situación de emergencia sin necesidad de justificar su ausencia se consigue a través de: Las excedencias. Los empleos compartidos. La semana laboral comprimida.

7. La falta de concentración y de motivación, pueden ir en contra de los objetivos de la empresa: Verdadero. Falso.

8. Para aumentar la productividad de los empleados podemos una de las pautas recomendadas es: Cuidar la salud de los trabajadores. Establecer una comunicación constante. Ambas respuestas son correctas.

9. Uno de los objetivos fundamentales del éxito empresarial es la motivación de los trabajadores, ya que de ella dependen los objetivos de las empresas: Verdadero. Falso.

10. Una medida adoptada para intentar reducir el absentismo laboral es: Medidas preventivas orientadas al trabajo. Medidas de reincorporación. Ambas respuestas son correctas.

Firma del alumno Firma del tutor

_________ a ____ de ___________ de _______ _________ a _____ de ___________ de _______

Page 170: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 171: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

Cuestionario de Evaluación 2 / 4

DATOS DEL CURSO ( a rellenar por el centro)

Nº Expediente: Nº Acción Formativa: Nº Grupo:

Denominación del curso:

DATOS DEL ALUMNO

Apellidos:

Nombre: N.I.F.:

TÁCHESE LA RESPUESTA CORRECTA

1. Para el desarrollo de una cultura FR es necesario: El liderazgo de la dirección de la organización para proceder a su implantación. El establecimiento de la misma por los directivos y mandos intermedios. La responsabilidad compartida de los empleados, tanto en su implantación como en los beneficios

derivados de ella. 2. Son parámetros para medir el impacto de los programas FR:

Las medidas de percepción. Y además de la anterior las medidas de utilización. Y junto a las anteriores las medidas de aplicación efectiva.

3. Entendemos por “brecha de recepción”: Las diferencias contables que se puedan producir entre la dotación presupuestaria prevista para la

implantación de estas medidas y el gasto efectivo al que tenga que hacer frente la empresa. La diferencia entre lo esperado por los trabajadores y las medidas implantadas de forma efectiva por los

directivos. La diferencia entre lo esperado por los directivos con la implantación de estas políticas y los resultados

obtenidos desde el punto de vista de los empleados. 4. Las iniciativas de conciliación tienen importante impacto en:

El reclutamiento y entrenamiento de futuros trabajadores valiosos. En el absentismo. El presupuesto de la empresa debido, fundamentalmente, al gran desembolso que para ésta supone su

implantación. 5. Las medidas de conciliación, respecto de la empresa, se caracterizan:

Por el alto coste que supone su implantación. Se especifican debidamente en la correspondiente normativa. Habrán de ser diseñadas para cada empresa.

6. La excedencia por cuidado de hijos: Se establece por la CE. Se establece por el ET. Se concierta por los acuerdos llegados en la negociación colectiva en cada empresa.

7. Para solicitar una excedencia por cuidado de familiares: Es necesario que el vínculo laboral sea de carácter indefinido. Es necesario tener en la empresa la antigüedad que marca el ET. Ninguna respuesta es correcta.

8. La excedencia por cuidado de familiares lleva aparejada la siguiente garantía: Cobro del salario habitual. Reserva del puesto de trabajo. Ambas respuestas son correctas.

9. Entendemos por “outplacement”: La estrategia según la cual el despido forma parte del ciclo profesional del trabajador. La estrategia de apoyo y orientación para el trabajador despedido. La estrategia por la que la empresa que prescinde de un trabajador para que se “recicle” y posteriormente

contratarlo, si ha cumplido los programas establecidos al efecto. 10. Los seguros de vida son realmente importantes, su función es cubrir los intereses de una empresa, de sus

empleados y de los familiares de éstos Verdadero. Falso.

Firma del alumno Firma del tutor

_________ a ____ de ___________ de _______ _________ a _____ de ___________ de _______

Page 172: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 173: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

Cuestionario de Evaluación 3 / 4

DATOS DEL CURSO ( a rellenar por el centro)

Nº Expediente: Nº Acción Formativa: Nº Grupo:

Denominación del curso:

DATOS DEL ALUMNO

Apellidos:

Nombre: N.I.F.:

TÁCHESE LA RESPUESTA CORRECTA

1. Banesto ha establecido entre otras medidas, la posibilidad de utilizar la “jornada reducida”, por sus trabajadores: Mujeres, para el caso de cuidado de hijos. Hombres, fundamentalmente por razones de estudio. Se utiliza por un porcentaje muy bajo de trabajadores, indistintamente hombres o mujeres y por las causas

señaladas en los apartados anteriores principalmente. 2. Respecto de esta medida, la empresa citada pactó con los sindicatos la adopción de la misma sin pérdida de

salario en el caso de: Cuidados de hijos enfermos. Cuidados de hijos enfermos menores de 6 años. Cuidados de hijos enfermos menores de 7 años y por un plazo de 6 meses.

3. La principal medida de conciliacion adoptada por la empresa Nokia es: Referida a la flexibilidad espacial y horaria, de forma que se permite trabajar desde casa varios días a la

semana, previa aprobación del superior correspondiente. Referida a las prestaciones extrasalariales, puesto que los seguros médicos concertados se aplican a toda

la familia del trabajador. El establecimiento de medidas de apoyo y asesoramiento personal y profesional tales como la posibilidad

de realizar cursos de gestión del tiempo y de igualdad de oportunidades a través del sistema de e-learning. 4. En empresas como Otto Walter se han establecido medidas de conciliación basadas en la flexibilización horaria

y espacial tales como: Flexibilidad espacial total: portátil, móvil, conexión ADSL a cuenta de la empresa. Derecho a ausencias (mañanas y tardes de trabajo) por emergencias familiares. Ambas respuestas son correctas.

5. Las empresas citadas practican la cultura de la gestión del tiempo: No deben trabajarse más horas de las contractualmente estipuladas. El “adicto al trabajo” se configura como un trabajador más competitivo y válido para la empresa. El trabajador debe conocer los objetivos marcados por la empresa y gestionar su tiempo de acuerdo a

estos. 6. Para llevar a cabo una estrategia de conciliación entre el trabajo y la familia no es importante que identifiquemos

los costos y beneficios que van a llevar asociados este tipo de medidas: Verdadero. Falso.

7. Como beneficio social que la empresa ofrece a sus empleados encontramos: Los seguros médicos. El Asesoramiento legal. Ambas respuestas son correctas.

8. Uno de los efectos percibidos tras la implantación de estas medidas es: El aumento en la productividad del trabajo. La resistencia a su implantación por parte de los trabajadores que no participan de forma directa en el

disfrute de las mismas, con el consiguiente aumento de las tensiones entre éstos. La mayor concentración y efectividad en el trabajo.

9. En todos los casos, el establecimiento de medidas de flexibilidad o conciliación debe basarse en: En un análisis exhaustivo y minucioso de las necesidades de la empresa, pues el establecimiento de éstas

no puede perjudicar el rendimiento del trabajador que se beneficie de ellas o de su entorno. De las características de las personas que desarrollan su trabajo en el empresa. Ambos elementos deben estudiarse con atención para su establecimiento.

10. El establecimiento de medidas de conciliación conlleva, respecto del empleado, un alto impacto en su esfera: Personal. Laboral. Y además de las anteriores, familiar.

Firma del alumno Firma del tutor

_________ a ____ de ___________ de _______ _________ a _____ de ___________ de _______

Page 174: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados
Page 175: Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras …campus.fspaugtformacion.org/cursos/curso157/descarga/f12_00056... · ¿Por qué esto es así en un entorno global, de mercados

Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral tras la Reforma de 2012

Cuestionario de Evaluación 4 / 4

DATOS DEL CURSO ( a rellenar por el centro)

Nº Expediente: Nº Acción Formativa: Nº Grupo:

Denominación del curso:

DATOS DEL ALUMNO

Apellidos:

Nombre: N.I.F.:

TÁCHESE LA RESPUESTA CORRECTA

1. La flexibilidad laboral es una medida que se basa en poder establecer una organización flexible tanto del tiempo de trabajo como de espacio del mismo: Verdadero. Falso.

2. Para llevar a cabo una estrategia de conciliación entre el trabajo y la familia es importante que primero identifiquemos: Los costos y beneficios que van a llevar asociados: Sólo los costos que van a llevar asociados. Ninguna respuesta es correcta.

3. Tras la reforma laboral se ha producido una nueva regulación del contrato para la formación y el aprendizaje: Verdadero. Falso.

4. ¿Cuál es el límite de edad para los trabajadores para que puedan ser contratados con un contrato de aprendizaje o formación? 21 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 15%. 35 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 10%. 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe en el 15%.

5. ¿Cuál es la duración de los contratos de aprendizaje y formación? Mínima de 6 mese y una duración máxima de 2 años. Mínima de 1 año y una duración máxima de 3 años. Mínima de 1 año y una duración máxima de 2 años.

6. Las empresas pueden financiar el coste de la formación mediante bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal. Verdadero. Falso.

7. Las Empresas de Trabajo Temporal a partir de la reforma pueden operar como agencias de colocación: Verdadero. Falso.

8. Las horas extraordinarias realizadas en el contrato a tiempo parcial computarán a efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y bases reguladoras de las prestaciones. Verdadero. Falso.

9. ¿Qué plazo tiene el empresario para notificar al trabajador una modificación de sus condiciones de trabajo? 30 días. 15 días. Ninguna respuesta es correcta.

10. ¿Cuál es la prórroga máxima de un convenio ya vencido? Dos años. Tres años. No tiene prorroga.

Firma del alumno Firma del tutor

_________ a ____ de ___________ de _______ _________ a _____ de ___________ de _______