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    1. LEGISLACION AMBIENTAL

    La legislacin ambiental o derecho ambiental es un complejo conjunto de tratados,

    convenios, estatutos, reglamentos, y el derecho comn que, de manera muy amplia,

    funcionan para regular la interaccin de la humanidad y el resto de los componentesbiofsicos o el medio ambiente, natural, hacia el fin de reducir los impactos de la actividad

    humana, tanto en el medio natural y en la humanidad misma, a travs de:

    La prevencin, la reduccin o el control de una fuga, descarga o emisin de

    contaminantes ambientales. l control de sustancias o productos qumicos, otras sustancias, materiales o

    desechos peligrosos o t!icos, y la diseminacin de informacin relacionada con

    ello. La proteccin de la flora y fauna silvestres, incluso especies en peligro de

    e!tincin, su h"bitat, y las "reas naturales bajo proteccin oficial, en el territorio.

    #o incluye leyes o reglamentos ni sus disposiciones, directamente relacionados

    con la seguridad e higiene en el trabajo.

    $urante las ltimas dcadas se han producido varios hechos, como accidentes

    medioambientales, problemas de salud, deterioro de la biosfera que ha provocado un

    aumento de conciencia social respecto a la conservacin del medioambiente, y en

    consecuencia un aumento en la legislacin relacionada.

    $entro del amplio abanico de regulacin e!istente en la materia, podemos encontrar

    normas de obligado cumplimiento y otra serie de regulaciones de car"cter voluntario, que

    tienen car"cter de recomendaciones.%

    La Ley &eneral $el 'mbiente, Ley #( )*+%% inteti-a el desarrollo normativo ambiental

    precedente, incorporando nuevas tendencias e instituciones jurdicas. ' diferencia de su

    antecedente, desarrolla una mejor sistem"tica, para el tulo /0 sobre la 1esponsabilidad

    por da2o ambiental.

    La legislacin ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los

    problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido

    dominar la naturale-a. l instruir e inducir al ser humano para que modere su

    1 http://www.peruecologico.com.pe/

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" 1

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    comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educacin, pero e!igir ese

    comportamiento a travs de la norma y la coaccin es propia del derecho.

    l $erecho 'mbiental se desarroll como lgica respuesta a la necesidad de e!plotar los

    recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y proteccin

    del ambiente. u evolucin ha sido r"pida y progresiva, incorpor"ndose paulatinamente

    en todas las ramas jurdicas y adquiriendo, a su ve-, autonoma propia como disciplina

    vinculada con casi todas las ciencias.

    1.1. NIVELES DE LEGISLACIN

    egn su campo de aplicacin podemos clasificar la normativa medioambiental en cinco

    niveles diferentes.

    Internacional

    ratados y convenios internacionales. Los estados deben ratificarlos para

    que entren en vigor. 'lgunos ejemplos m"s destacados: 3onferencia de

    stocolmoen %45), 3omisin 6undial sobre 6edio 'mbiente y $esarrolloen

    %4*5,3onferencia de las #aciones 7nidas en 1o de 8aneiroen %44).

    Europeo

    Las $irectivas uropeas necesitan ser traspuestas al derecho interno de

    cada stado. La mayor parte de la legislacin medioambiental estatal surge de la

    trasposicin de $irectivas comunitarias. Los reglamentos son de obligado

    cumplimiento y de aplicacin directa en todo el territorio comunitario. Legislacin

    uropea.

    Estatal

    Leyes, 1eglamentos, 9rdenes 6inisteriales. Los 1eglamentos desarrollan

    las Leyes, concretando su contenido y asegurando su ejecucin. on aprobadas a

    travs de 1eales $ecretos, $ecretos Legislativos y $ecretos Ley. Las rdenes

    ministeriales en cambio, son disposiciones legales en materias especficas emitidas

    por los ministerios. oletn oficial del estado.

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" #

    http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.un-documents.net/wced-ocf.htmhttp://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?documentid=78&articleid=1163http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://www.boe.es/http://www.un-documents.net/wced-ocf.htmhttp://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?documentid=78&articleid=1163http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://www.boe.es/http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97
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    Autonmico

    Leyes autonmicas, decretos y ordenaciones;resoluciones. imilar al

    funcionamiento de la legislacin estatal, los decretos autonmicos desarrollan las

    leyes autonmicas.

    l stado establece las bases de la legislacin medioambiental y las

    3omunidades 'utnomas pueden desarrollarlas y complementarlas cumpliendo

    siempre con ciertas condiciones.

    Municipal

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    1.3. COMPETENCIAS

    e asume la defensa jurdica del 6inisterio del 'mbiente ?6/#'6@ y de sus organismos

    adscritos:

    ervicio #acional de Areas =rotegidas ?ernanp@

    /nstituto &eofsico del =er ?/&=@

    /nstituto de /nvestigaciones de la 'ma-ona =eruana ?//'=@

    ervicio #acional de 6eteorologa e Bidrologa del =er ?enamhi@' su ve-, asume la defensa jurdica del stado en cuanto a la comisin de delitos

    ambientalesa nivel nacional.

    1.4. DELITOS AMBIENTALES

    La impunidad para los que cometen delitos contra el ambiente y los recursos naturales

    lleg a su fin con la Ley )4)+CCque modifica el tulo D/// del 3digo =enal peruano, que

    sanciona con penas mucho m"s duras los delitos ambientales. 7n ejemplo de la

    aplicacin de la modificatoria del 3digo =enal han sido las multas a =luspetrol en torno a

    las declaratorias de emergencia ambientalen cuencas de Loreto, y la pena privativa de la

    libertad de E a2os sentenciada a tres pescadores que usaron dinamita para e!traer )FF

    Gilos de especies marinas en el "mbito de la 1eserva #acional =aracas, importante

    reserva marino costera del pas.

    =recedentes como este dan cuenta de la efectividad de esta modificatoria, un logro del

    6inisterio del 'mbiente, capacitado para ejercer adecuadamente las funciones de

    fiscali-acin y control del cumplimiento de esta norma, ya que cuenta con juecesambientales y especialistas del 6inisterio =blico en todo el pas. stos pueden imponer

    penas privativas de la libertad de tres a2os como mnimo y die- a2os como m"!imo,

    dependiendo de la gravedad del delito.

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" %

    http://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/el-ministerio/organismos-adscritos/sernanp/http://www.igp.gob.pe/http://www.iiap.org.pe/http://www.senamhi.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/Delitos-ambientales-Ley.29263.pdfhttp://www.minam.gob.pe/cuencas/http://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/el-ministerio/organismos-adscritos/sernanp/http://www.igp.gob.pe/http://www.iiap.org.pe/http://www.senamhi.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/Delitos-ambientales-Ley.29263.pdfhttp://www.minam.gob.pe/cuencas/
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    n este espacio los lectores encontrar"n material para descargar como el pster de

    delitos ambientales y el folleto de difusin de delitos ambientalesy modalidades

    agravadas, detallados en sus cuatro captulos y )) artculos. 'lgunos de los delitos

    ambientales considerados en el 3digo =enal son: delitos de contaminacin del ambiente>

    el incumplimiento de las normas relacionadas al manejo de residuos slidos> el tr"ficoilegal de residuos peligrosos> el tr"fico ilegal de especies de flora y fauna silvestre

    protegida, de especies acu"ticas, depredacin de flora y fauna silvestre> el tr"fico ilegal de

    recursos genticos> delitos contra bosques o formaciones boscosas> el uso indebido de

    tierras agrcolas> la alteracin del ambiente o paisaje> entre otros de vital importancia para

    la defensa de un ambiente sano y seguro para los peruanos.

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" &

    http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/07delitosambientales.pdfhttp://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/07delitosambientales.pdf
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    1.5.

    1.5.

    SISTEMA

    NACIONAL DE EVALUACIN DE

    IMPACTO AMBIENTAL

    l /'?istema #acional de valuacin de /mpacto 'mbiental@ es un sistema nico y

    coordinado de identificacin, prevencin, supervisin y correccin anticipada de los

    impactos ambientales negativos. st"n comprendidos tambin las polticas, planes y

    programas de nivel nacional, regional y local que generen implicancias ambientales,

    significativas, as como los proyectos de inversin pblica privada o de capital mi!to que

    podran causar impactos ambientales negativos significativos.

    1.6.POLTICA NACIONAL DE EDUCACIN AMBIENTAL

    La =oltica nacional de educacin ambiental establece los objetivos, lineamientos de

    poltica y resultados esperados en la formacin y fortalecimiento de la ciudadana que

    requiere el desarrollo sostenible ambiental nacional.

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" '

    http://www.minam.gob.pe/seia/http://www.minam.gob.pe/seia/
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    sta poltica es el resultado de un proceso liderado por los sectores ducacin y

    'mbiente, con la activa participacin de entidades del sector pblico y la sociedad civil. n

    su elaboracin hubo un amplio proceso de an"lisis, participacin y consulta pblica.

    l presente gobierno a travs de los jes stratgicos de la &estin 'mbiental, priori-fortalecer la ciudadana, la comunicacin y educacin ambiental, siendo un primer paso la

    aprobacin de la =oltica #acional de ducacin 'mbientaly su respectivo plan de

    implementacin.

    1.6.1. La imp!"a#$ia %& $#"a! $# '#a p()"i$a am*i"a( +'& #, p&!mi"a

    '# %&,a!!(( ,,"i*(&

    Las "reas naturales han sido deterioradas y han aumentado la cantidad de especies en

    e!tincin, el hombre con su visin antropocntrica ha invadido espacios y puesto en

    peligro el ambiente, as mismo los grados de contaminacin van en aumento y reducen

    da a da la esperan-a de vida de cada uno de los pobladores de la regin y en mayor

    magnitud la de generaciones futuras.

    ' nivel mundial esta preocupacin nos lleva a cambiar esa actitud e impartir polticas

    adecuadas que nos permitan mejorar la calidad de vida de todos los seres vivos y cambiar

    la ruta de caos a la que caminamos en el mundo moderno y consumista priori-ando el

    inters de unos cuantos.l concepto de conservacin y uso sostenible de recursos se comen- a incluir desde la

    primera reunin mundial sobre el medio ambiente en %45), desde entonces se

    comen-aron aplicar polticas de proteccin del ambiente, en el =er recin el termino de

    $esarrollo ostenible se incluy en las polticas ambientales a partir de la dcada de los

    4F pero hasta el momento esta normatividad ha sido inefica- para el cuidado del

    ambiente.

    0ivir en un ambiente saludable es un derecho de todos y es deber del gobierno encaminar

    a la nacin hacia una sociedad que se desarrolle de modo sostenible, as que debemossumar fuer-as en la investigacin, en el desarrollo adecuado de las estrategias a seguir

    como una comunidad organi-ada y apoyada por las autoridades con un marco legal que

    lo haga efectivo.

    1.-.SOCIEDAD PEUANA DE DEEC/O AMBIENTAL 0SPDA

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" (

    http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/politica_nacional_educacion_ambiental_folleto_castellano12.pdfhttp://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/politica_nacional_educacion_ambiental_folleto_castellano12.pdf
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    s una asociacin civil sin fines de lucro que desde su fundacin en el a2o %4*+, ha

    trabajado de manera ininterrumpida en la promocin de polticas y legislacin ambiental

    en el =er, trabajo que nos ha convertido en una de las m"s reconocidas organi-aciones

    latinoamericanas especiali-adas en el tema.

    =romovemos y facilitamos la efectiva aplicacin de polticas y normas ambientales,participando activamente en el di"logo tcnico y poltico e interviniendo en defensa del

    inters ciudadano en casos singulares. =ara apoyar la gestin pblica y privada de los

    problemas ambientales, proponemos el uso de herramientas de planeamiento y gestin

    especficas e invertimos en programas de educacin y capacitacin, promoviendo la

    responsabilidad ambiental y social de las empresas y dem"s actores sociales, entre otros

    frentes de actuacin vinculados a la articulacin efica- en el da a da, de las tres

    dimensiones del desarrollo sostenible: ambiental, econmica y social.

    3reemos en el proceso de descentrali-acin y en el importante papel que tienen los&obiernos 1egionales y 6unicipales en la bsqueda del desarrollo sostenible. =or ello,

    adem"s de sus oficinas en Lima, la =$' cuenta con dos oficinas descentrali-adas en las

    regiones Loreto y 6adre de $ios, y reali-a trabajos de enlace permanente en los

    departamentos de 'ma-onas, an 6artn y 3usco.C

    1..MINAM PBLICA COMPENDIO DE LEGISLACIN AMBIENTAL

    PEUANA.

    l 6inisterio del 'mbiente debe garanti-ar el cumplimiento de las normas ambientales,

    concertando y coordinando con los tres niveles de gobierno, el sector empresarial, las

    universidades y la sociedad civil. La $ireccin &eneral de =olticas, #ormas e

    /nstrumentos de &estin 'mbiental del 0ice 6inisterio de &estin 'mbiental del 6inam,

    en cumplimiento del mandato legal, ha fijado dentro de sus metas institucionales

    $ http://www.)p*".org.pe/progr"m")+e+i!ici"ti,")/

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    abastecer al sector pblico y a la sociedad civil con un 3ompendio de la Legislacin

    'mbiental =eruana debidamente actuali-adoE.

    1..E( O!a#i,m %& Ea('a$i7# 8 Fi,$a(i9a$i7# Am*i"a( 0OEFA

    l

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    pesquero industrial y acuicultura de mayor escala@ e industria ?cerve-a, papel, hormign,

    cemento, yeso, curtiembre, biocombustible> y petroqumica intermedia y final@.

    Las dem"s actividades econmicas se encuentran bajo la competencia de las ntidades

    de Hiscali-acin 'mbiental ?H'@ de "mbito nacional, regional o local, que conforman el

    inefa. 1especto de dichas entidades, el 3aptulo // $el 'mbiente y los 1ecursos

    #aturales 'rt. )( inc.))I, ++(, +5(, +*(, +4(.

    & http)://www.oe0".go.pe/

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    L&8&,

    Ley #( )*+%% Ley &eneral del 'mbiente Ley #( )5C%E Ley &eneral de 1esiduos Ley #( )545) Ley

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    $ecreto upremo #( F%E;)FF5;6 6odifican 1eglamento 'mbiental para las

    'ctividades de !ploracin 6inera. $ecreto upremo #( F%K;)FF5;'& 6odifican el 1eglamento de la Ley de Areas

    #aturales =rotegidas. $ecreto upremo #( FC+;)FF5;=36 'prueban el =lan 'nual de ransferencia de

    3ompetencias ectoriales a los &obiernos 1egionales y Locales del a2o )FF5. $ecreto upremo #( FKC;)FF5;6 'prueban 1eglamento de la Ley de =romocin

    del 7so ficiente de la nerga+.

    2.1.ESOLUCIONES< ODENAN=AS< LE>ES< DECETOS< DEL MEDIO

    AMBIENTE EN LA EGIN DE A>ACUC/O.

    1esolucin 6inisterial #I )C*;)F%K;6/#'6

    'prueban el =roceso de 1econocimiento a la &estin 'mbiental Local ostenible &'L)F%K

    Hecha de aprobacin: F4NF4N)F%K

    1esoluciones #I %FKC; )F%E;6=BN'

    =lan 'nual de valuacin y Hiscali-acin 'mbiental ?=L'#H'@

    Hecha de aprobacin: )+N%)N)F%E

    $ecretos 1egionales #I FFFE ;)F%E;&1'N=131'3/9# $ L' 6' O3#/3' $L /'1

    Hecha de aprobacin: )*N%%N)F%E

    1esoluciones #I *+K;)F%E &1'N=1

    1

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    Hecha de aprobacin: %4N%)N)F%C

    1esoluciones #I #IK+);)F%C;6=N'

    1esolucin de 'lcalda de =rocompite

    Hecha de aprobacin: FEN%)N)F%C

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    #10/'

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    3. GEENTE GENEAL DE ECUSOS NATUALES > GESTION DEL

    MEDIO AMBIENTE; ADIAN AME= ?UISPE ODVA /UAMAN>

    /UELLA

    La legislacin ambiental dio inicio con el ministerio del ambiente el )FF5 y )FF*.

    La &erencia 1egional de 1ecursos #aturales y &estin del 6edio 'mbiente, es un rgano

    de lnea del &obierno 1egional de 'yacucho> se crea conforme lo dispone la Ley #(

    )5+*F, 1eforma 3onstitucional> Ley #( )55*C, ases de la $escentrali-acin> Ley #(

    )54+5,

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    informacin en forma digital, dando a conocer las actividades, logros y documentos

    publicados en materia de: recursos naturales, gestin ambiental, biodiversidad, cambio

    clim"tico, cartografa, proceso de evaluacin y control ambiental, as como las principales

    acciones que se viene impulsando en materia de gestin de riesgo, cultura de prevencin

    de desastres y comits tcnicos de defensa civil. l manejo adecuado de nuestrosrecursos naturales, requiere de la gestin gubernamental y la participacin ciudadana, ya

    que, cada ve-, se denota la necesidad de reducir los da2os al ambiente, para conservar la

    naturale-a, de la que depende toda forma de vida, incluida la del ser humano. s por ello,

    que la responsabilidad compete a todos y cada uno de los 'yacuchanos, afn de hacer de

    nuestro departamento, una reserva potencial de recursos naturales que nos brinde el

    soporte necesario para vivir en equilibrio y armona para beneficio nuestro y de

    futuras generaciones.

    3.1. FUNCIONES jercer la evaluacin y control permanente de los recursos naturales renovables,

    haciendo viables su conservacin y proteccin. jecutar inventarios permanentes de los recursos naturales renovables. 3oordinacin y promocin de alian-as con los sectores pblicos y privados para

    un mejor desarrollo de los recursos naturales renovables. 3onducir las "reas naturales protegidas y proponer el reconocimiento de otros,

    previo estudio. =roponer lineamientos de poltica y directivas en materia de manejo y

    conservacin de suelos, cuencas y sus afluentes de cuencas y suelos. valuar, aprobar y supervisar estudios b"sicos, proyectos sobre recursos naturales

    de la regin.

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    CEPLANes un organismo tcnico especiali-ado que ejerce la rectora efectiva

    del Si,"&ma Na$i#a( %& P(a#&ami" E,"!a"@i$conducindolo de manera

    participativa, transparente y concertada, contribuyendo as al mejoramiento de la calidadde vida de la poblacin y al desarrollo sostenible del pas.*

    AEAS POTEGIDAS

    osque de =uyas 1aimondi =ampas de 'yacucho 1eserva nacional pampas galeras

    stas "reas son protegidas ya que sin son da2adas por las personas se cometera delito

    ambientalcon estos

    patrimonios.

    - http://www.cepl"!.go.pe/

    LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" 1-

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    4. VISITA EN LA DIECCIN FOESTAL > DE FAUNA SILVESTE; BIOLOGO

    ILLIAM A>ALA /INOSTO=A.

    n la visita reali-ada el da mircoles )% de setiembre del )F%K a las %%:FF am al ilogo

    Uilliam 'yala

    Binostro-a quien

    labora en el

    6inisterio de'gricultura en la

    "rea de

    $/133/

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