LAUDO ARBITRAL DE DERECHO - OSCE | Gobierno del Perú€¦ · referente a la ejecución del...

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.) Mitro/e: Munidpalidad Prorinciai de HuancCf)'o InalecSAC LAUDO ARBITRAL DE DERECHO Laudo Arbitral de Derecho dictado por el Tribunal Arbitral presidido por Tobias Antonio Molina Vallejo e integrado por Alejandrina Aymara Sarmiento y Juan Hugo Villar Ñañez (en adelante, en conjunto, el "Tribunal Arbitral" o "Tribunal", indistintamente), en la controversia surgida entre Inatec S.A.C. (en adelante "EL CONTRATISTA"), de una parte; y, de la otra, la Municipalidad Provincial de Huancayo (en adelante, "LA ENTIDAD"). Resolución N° 05 Huancayo, 18 de Setiembre de 2012. 1. ANTECEDENTES 1.1. CONVENIO ARBITRAL El Convenio Arbitral está constituido por la Cláusula Trigésima Sexta del Contrato de Ejecución de Obra N° 001-2012-MPH, para la ejecución de la obra "Mantenimiento periódico ./del cambio vecinal: Mitopampa-Colca-Chacapampa-Chicche (Long. 32.728 Krn.). En dicha cláusula las partes acuerdan expresamente que cualquier controversia que surja desde la celebración de dicho Contrato será resuelta mediante arbitraje de derecho, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la "Ley") y su Reglamento. 1.2. SEDE DEL TRIBUNAL Las instalaciones de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Huancayo, sito en la avenida Glráldez N° 308, 2 do piso, de la ciudad de Huancayo, departamento de Junin, República de Pero. 1.3. HECHOS DEL PRESENTE ARBITRAJE En el presente acápite, se describen los hechos del arbitraje, los mismos que van desde la solicitud de arbitraje, pasando por la presentación de los escritos más relevantes, así como las audiencias más importantes, concluyendo con la emisión del presente Laudo. 1. \ ;\ I i 1 \ :/ \ 1/ ! IJ.1 2 . I / / I ! Que, mediante Carta N° 022-2012/INATECSAC/RL/HVCA del 06 de Marzo de 2012, el Contratista comunica a la Entidad el inicio de las actuaciones arbitrales. Asimismo, designa como árbitro al señor Juan Hugo Villar Ñañez, quien acepta dicho encargo mediante Carta del 07 de Marzo de 2012. Que, mediante Carta N° 00l-2012-MPl-l/PPM, la Entidad responde la solicitud de arbitraje. Asimismo, designa como árbitro a la señora Alejandrina Aymara Sarmiento, quien acepta dicho encar,l,'" mediante Carta. -1-

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Mitro/e:Munidpalidad Prorinciai de HuancCf)'oInalecSAC

LAUDO ARBITRAL DE DERECHO

Laudo Arbitral de Derecho dictado por el Tribunal Arbitral presidido por TobiasAntonio Molina Vallejo e integrado por Alejandrina Aymara Sarmiento y Juan HugoVillar Ñañez (en adelante, en conjunto, el "Tribunal Arbitral" o "Tribunal",indistintamente), en la controversia surgida entre Inatec S.A.C. (en adelante "ELCONTRATISTA"), de una parte; y, de la otra, la Municipalidad Provincial deHuancayo (en adelante, "LA ENTIDAD").

Resolución N° 05

Huancayo, 18 de Setiembre de 2012.

1. ANTECEDENTES

1.1. CONVENIO ARBITRAL

El Convenio Arbitral está constituido por la Cláusula Trigésima Sexta del Contrato deEjecución de Obra N° 001-2012-MPH, para la ejecución de la obra "Mantenimiento periódico

./del cambio vecinal: Mitopampa-Colca-Chacapampa-Chicche (Long. 32.728 Krn.). En dichacláusula las partes acuerdan expresamente que cualquier controversia que surja desde lacelebración de dicho Contrato será resuelta mediante arbitraje de derecho, conforme a lasdisposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la "Ley") y su Reglamento.

1.2. SEDE DEL TRIBUNAL

Las instalaciones de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Huancayo, sito en laavenida Glráldez N° 308, 2do piso, de la ciudad de Huancayo, departamento de Junin,República de Pero.

1.3. HECHOS DEL PRESENTE ARBITRAJE

En el presente acápite, se describen los hechos del arbitraje, los mismos que van desde lasolicitud de arbitraje, pasando por la presentación de los escritos más relevantes, así como lasaudiencias más importantes, concluyendo con la emisión del presente Laudo.

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Que, mediante Carta N° 022-2012/INATECSAC/RL/HVCA del 06 de Marzo de 2012, elContratista comunica a la Entidad el inicio de las actuaciones arbitrales. Asimismo, designacomo árbitro al señor Juan Hugo Villar Ñañez, quien acepta dicho encargo mediante Cartadel 07 de Marzo de 2012.Que, mediante Carta N° 00l-2012-MPl-l/PPM, la Entidad responde la solicitud dearbitraje. Asimismo, designa como árbitro a la señora Alejandrina Aymara Sarmiento, quienacepta dicho encar,l,'" mediante Carta.

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Arbirmje:Municipalidad Proz,incia! de Huancqyo]¡lolecSAC

3. Que, mediante Carta del 08 de Marzo de 2012, los señores Alejandrina Aymara Sarmientoy Juan Hugo Villar Ñañez comunican al señor Tobías Antonio Malina VaHejo sudesignación como tercer árbitro y Presidente del Tribunal Arbitral, quien acepta dichoencargo mediante Carta de! 21 de Marzo de 2012.

4. Que, mediante Carta del 21 de Marzo de 2012, e! Presidente del Tribunal Arbitral cita a laspartes a la Instalación de! Tribunal Arbitral. ,

5. Que, con fecha 28 de Marzo de 2012, mediante Acta, se consigna la realización de laInstalación de! Tribunal i\rbitral en presencia de ambas partes y del pleno del Colegiadoresolutor.

6. Que, con fecha 20 de Abril de 2012, mediante escrito 01, el Contratista presenta su~ demanda ante el Tribunal.

7. Que, con fecha 23 de Abril de 2012, mediante Resolución 01, El Tribunal Arbitral admite atrámite la demanda interpuesta por e! Contratista y da traslado a la entidad para suabsolución.

8. Que, con fecha 23 de Mayo de 2012, mediante escrito 01, la Entidad contesta la demandainterpuesta por e! Contratista.

9. Que, con fecha 24 de Mayo de 2012, mediante resolución 02, e! Tribunal declarainadmisible e! escrito de contestación de demanda presentado por la Entidad, otorgándoleel plazo de tres (3) días hábiles para la subsanación de las omisiones anotadas.

10. Que, con fecha 04 de Junio de 2012, mediante escrito 02, la Entidad subsana las omisionesanotadas en la Resolución 02.

11. Que, con fecha 06 de Junio de 2012, mediante Resolución 03, e! Tribunal admite a trámite... -.eJ:";scrito de contestación de demanda presentado por la Entidad. Asimismo, cita a las

partes a la Audiencia de Determinación de Puntos Controvertidos J' Admisión de MediosProbatorios.

J 12. Que, con fecha 06 de Mayo de 2012, mediante Acta, se consigna la realización de laAudiencia de Determinación de Puntos Controvertidos y Admisión de MediosProbatorios, procediendo a determinarse -con anuencia de las partes- los siguientespuntos controvertidos:1. "Determinar si corresponde o no la validez del Acta de Acuerdos del 18 de Febrero de

2011, en consecuencia, se reconozca la postergación de la fecha de entrega del terrenohasta el 28 de Abril de 2011.

2. Determinar si corresponde o no declatar la validez J' el consentimiento de laLiquidación Final de Obra del 08 de Febrero de 2011 practicada por Inatec S.A.C

a. Como consecuencia de ello, determinar si corresponde o no ordenar a laMunicipalidad Provincial de Huancayo el pago a favor de Inatec S.A.C de lasuma de S/.39,914.51, más intereses legales a la fecha de pago efectivo, porconcepto de saldo a favor resultante de la Liquidación Final de Obrapracticada.

Determinar si corresponde o no ordenar a la Municipalidad Provincial de Huancayo elpago a favor de Inatec S.A.C de la suma de S/.50,000.00, más intereses legales a lafecha de pago efectivo, por concepto de indemnización por los daños y perjuicios

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Arbitrqje:Municipalidad Provincial de H"atlCqyOInalecSA.C

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causados por la infracción a los prinClptOS de lealtad contractual, transparencia yequidad, así como por el abuso de derecho por parte de la Entidad.

4. Determinar si corresponde o no ordenar a la Municipalidad Provincial de Huancayo elpago a favor de Inatec S.A.c. de la suma de 5/.10,000.00 por concepto de reembolsode gastos por la renovación de la carta ftanza de ftel cumplimiento por causa imputablea la Entidad.

s. Determinar si corresponde o no ordenar a la Inatec S.A.c. el pago a favor de laMunicipalidad Provincial de Huancayo por concepto de penalidad aplicada al retrasoinjustiftcado en la ejecución del Contrato.

G. Determinar a quién corresponde asumir el pago de los costos arbitrales originados en elpresente proceso."

Asimismo, se admiten a los medios probatorios ofrecidos por las parres en sus escritos dedemanda, contestación y subsanación de la contestación.7. Que, con fecha 23 de Agosto de 2012, mediante escrito de numeración correlativa, la

entidad presenta el "Acta de Transacción" realizada por las partes, solicitando al

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Tribunal expida el respectivo laudo arbitral.8. Que, con fecha 24 de Agosto de 2012, mediante Resolución 04, el Tribunal tiene

presente el escrito presentado por la entidad el 23 de Agosto de 2012 y cita a las partes. a la Audiencia Especial de Ilustración.9. Que, con fecha 14 de Setiembre de 2012, mediante Acta, se consigna la realización de

la Audiencia Especial de Ilustración, en la cual se procede de la siguiente manera:a. Se tienen en cuenta las alegaciones de las partes.b. Ambas partes se ratiftcan los acuerdos autocompositivos arribados en el "Acta

de Transacción" del 07 de Agosto de 2012.c. Ambas partes solicitan al Tribunal la expedición del Laudo Arbitral dentro del

plazo de tres (3) días hábiles; esto es, según los términos de la aludida "Acta deTransacción" .

II. FUNDAMENTOS PARALAEMISIÓN DEL LAUDO ARBITRAL

El artículo 50° del Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje, establece que:

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"1. Si durante las actuaciones arbitrales las partes llegan a un acuerdo que resuelva lacontroversia en forma total o parcial, el tribunal arbitral dará por terminadas lasactuaciones con respecto a los extremos acordados y, si ambas partes lo solicitan)' eltribunal arbitral no aprecia motivo para oponerse, hará constar ese acuerdo en formade laudo en los términos convenidos por las partes sin necesidad de motivación,teniendo dicho laudo la misma eftcacia que cualquier otro laudo dictado sobre el fondode la controversia.2. Las actuaciones continuarán respecto de los extremos de la controversia que nohayan sido objeto de acuerdo."

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Arbitmje:Municipalidad Provináal de Huancqyoll1alecSAC

En tal sentido, el Tribunal se encuentra facultado para atender el pedido de las partes hecho enAudiencia Especial de Ilustración del 14 de Setiembre de 2012, esto es, conforme a losacuerdos realizados por las partes en el "Acta de Transacción" del 07 de Agosto de 2012,

Ahora bien, de la lectura del "Acta de Transacción" se advierte que el acuerdo arribado guardarelación directa relación directa con los puntos controvertidos 2) y 2,a) consignados en el ,A.ctade determinación de Puntos Controvertidos y Admisión de Medios Probatorios del 06 deMayo de 2012,

En cuanto a los demás puntos controvertidos, el Contratista se desiste de las pretensiones quelas sustentan, esto, teniendo como base lo consignado en el "Acta de Transacción".

Finalmente, al no haber motivo para oponerse, éste Colegiado conviene en homologar elacuerdo conciliatorio realizado por las partes y tener por desistidas las pretensiones nocontenidas en dicho acuerdo, dando así por terminadas las actuaciones arbitrales con elpresente Laudo Arbitral.

III. RESOLUCION

Por las consideraciones expuestas, este Tribunal resuelve:

PRIMERO: HOMOLOGAR a la forma de Laudo Arbitral el acuerdo conciliatoriocontenido en el "Acta de Transacción" del 07 de Agosto de 2012 con el siguiente tenor:

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/C9JJP¡I ./ .;

"Las partes se comprometen a dar cumplimiento de los hechos materia de conflictoreferente a la ejecución del Contrato de Ejecución de Obra N° 001-2012-MPH, para laejecución de la obra "Mantenimiento periódico del cambio vecinal: Mitopampa-Colca-Chacapampa-Chicche (Long. 32.728 Km.); Y a su vez, Inatec S.A.c. se desiste de suspretensiones materia del proceso arbitral seguido contra la Municipalidad Provincial deHuancavo sobre los hechos anteriormente mencionados, y así evitar tul fururoenfrentamiento arbitral v/o judicial basado sobre los mismos hechos materia deconciliación,

Por su parte, la Municipalidad Prm'incial de Huancayo deberá efectuar la devolución deS/.33,265.06 (Treinta y tres mil doscientos sesenta y cinco con 06/100 Nuevos Soles) afavor de Inatec S.A.C. por concepto de retención indebida, dentro de los cinco (5) díashábiles, para lo cual la oficina correspondiente garantizar la habilitación presupuestalrespectiva. Asimismo, la Entidad hará efectivo el importe de S/.6,649.44 (Seis milseiscientos cuarenta y nueve con 44/100 Nuevos Soles por concepto de penalidades afavor de ProvÍas Descentralizado, organismo adscrito al Vice Ministerio de Transportesy Comunicaciones."

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Arbitraje:JWI/nicipalidad Protindal de HuanctryoInatecSA.e

SEGUNDO: TÉNGASE POR DESISTIDAS las pretensiones por parte de Inatec S.A.c.,DISPONIÉNDOSE la terminación de las actuaciones arbitrales en el presente proceso.

TERCERO: DECLARAR que cada una de las partes cubra sus propios costos arbitralesdentro del proceso arbitral.

CUARTO: REMÍTASE al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado copia delpresente Laudo Arbitral.

Tobi Antonio Molina VallejoPresidentB"élel Tribunal Arbitral

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