LA GACETA N° 143 de la fecha 28 07 2014 · DIRECTRIZ. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. N° 008-MP....

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La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 28 de julio del 2014 AÑO CXXXVI Nº 143 60 páginas

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La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 28 de julio del 2014

AÑO CXXXVI Nº 143 60 páginas

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Pág 2 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

PODER EJECUTIVO

DIRECTRIZMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

N° 008-MPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

DE LA PRESIDENCIAEn uso de las facultades y atribuciones que les confieren los

artículos 140 y 146 de la Constitución Política y los numerales 25, 27 inciso 1, 28 inciso 2), acápite b), 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública,

Considerando:Único: Que para efectos de una correcta interpretación del

artículo 2° de la Directriz N° 007-MP del 7 de julio del 2014, se hace necesario una aclaración respecto a ese numeral. Por Tanto;

Se emite la siguiente Directriz a todos los Jerarcas de los Ministerios e Instituciones Autónomas y Semiautónomas:

Artículo 1º—La ciudadanía puede acompañar a la Selección Nacional Mayor de Fútbol y se garantice la continuidad de los servicios esenciales, por lo que se aclara el artículo 2° de la Directriz N° 007-MP, en el sentido de que cada jerarca otorgará el permiso con base en sus potestades, garantizando eso sí, los servicios esenciales que preste cada Institución.

Artículo 2º—Rige a partir del mediodía, del 8 de julio del 2014.

Dada en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de julio del dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez Marín.—1 vez.—O. C. N° 22302.—Solicitud N° SP26-M-LYD.—C-15.380.—(D008- IN2014046407).

ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 025-PELA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley N° 9193, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República y el Acuerdo N° 003-MP del 9 de mayo del 2014.

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señorita Priscila Quirós Fallas,

cédula de identidad 1-1551-252, Asistente de la Segunda Vicepresidenta de la República, para que viaje a Alemania, acompañando a la señora Ana Helena Chacón Echeverría, Segunda Vicepresidenta de la República, quien participará en la reunión “High Level Meeting of The Multidimensional Poverty Peer Network”, a realizarse en la ciudad de Berlín, durante los días 7 y 8 de julio del año en curso. La salida de la señorita Quirós Fallas será el 5 de julio y el regreso está previsto para el 9 de julio del 2014.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones y el servicio de Internet y gastos conexos, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021- Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior y Subpartida 10504-Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—La funcionaria cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢597.825,50 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 5 de julio del 2014 al 9 de julio del 2014.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil catorce.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-28-P-LYD.—C-33.910.—(IN2014046411).

Nº 027-PELA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo N° 003-MP del 9 de mayo del 2014.

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Emilio Arias Rodríguez, cédula

de identidad 4-172-350, Comisionado Técnico Social de la República, para que viaje a Guatemala, con el fin de participar en el “Segundo Encuentro Anual de Euro Social”, a realizarse en Antigua, del 7 al 10 de julio del 2014. La salida del señor Arias Rodríguez será el 6 de julio y el regreso está previsto para el 11 de julio del 2014.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos y transporte serán cubiertos por el Programa de Cohesión en América Latina.

Artículo 3º—Rige del 6 de julio del 2014 y hasta el 11 de julio del 2014.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dos días del mes de julio del dos mil catorce.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-29-P-LYD.—C-16.540.—(IN2014046413).

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Directriz ................................................................... 2 Acuerdos .................................................................. 2 Resoluciones ............................................................ 6DOCUMENTOS VARIOS ........................................ 8TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................. 31 Avisos .................................................................... 33CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 33REGLAMENTOS ................................................... 38INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 42RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 46AVISOS..................................................................... 47NOTIFICACIONES ................................................ 58FE DE ERRATAS .................................................... 60

Jorge Luis Vargas EspinozaDirector General imprenta nacional

Director ejecutivo junta aDministrativa

Carmen Muñoz Quesadaministerio De Gobernación y policía

Oscar Montanaro Mezarepresentante eDitorial costa rica

Magda Zavala Gonzálezrepresentante ministerio De cultura y juventuD

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Nº 029-PELA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley Nº 9193, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N° 003-MP del 9 de mayo del 2014.

ACUERDA:Artículo 1º—Modificar el Artículo 2 del Acuerdo de Viaje Nº

007-PE a nombre de la señorita Verónica Fernández Álvarez, a los Estados Unidos de América, de fecha 4 de junio del 2014, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 2: Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior. Se cancela en la II Tarifa de la tabla, según artículo 37 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos”.Artículo 2º—Los artículos restantes se mantienen invariables. Artículo 3º—Rige a partir del 8 de junio y hasta el 14 de junio

del 2014.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres

días del mes de julio del dos mil catorce. Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1

vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-30-P-LYD.—C-35.180.—(IN2014046848).

Nº 030-PELA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley Nº 9193, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N° 003-MP del 9 de mayo del 2014.

ACUERDA:Artículo 1º—Modificar el Artículo 3 del Acuerdo de Viaje Nº

012-PE a nombre de la señorita Laura Arguedas Mejía, a Bolivia, de fecha 10 de junio del 2014, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3: Se cancelan viáticos en la segunda columna de la tabla del artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, según artículo 37 del mismo reglamento. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos”.Artículo 2º—Los artículos restantes se mantienen invariables. Artículo 3º—Rige a partir del 13 de junio y hasta el 16 de

junio del 2014.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres

días del mes de julio del dos mil catorce.Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1

vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-27-P-LYD.—C-28.410.—(IN2014046855).

CONSEJO DE GOBIERNON° 046

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNOCon fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo

treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: Nombrar al señor Jean Jacques Oguilve Pérez, cédula de identidad número 9-075-105, como Director ante la Junta Directiva del Banco Crédito Agrícola de Cartago, a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2022.

Acuerdo declarado firme por unanimidad.Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—O. C. N°

22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-13.670.—(IN2014046922).

Nº 047LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: 1.- Tener por conocida la renuncia presentada por el señor Carlos Alvarado Quesada, Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), con rango de Ministro de Desarrollo Humano e Inclusión Social, al cargo de representante del sector público, provenientes de diferentes ministerios, ante la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), misma que se hace efectiva a partir del 09 de junio del 2014, y darle las más expresivas gracias por los valiosos servicios prestados. 2.- Nombrar en sustitución suya, al señor Alejandro Barahona Krüger, cédula de identidad número 1-925-724, a partir del 17 de junio del 2014, y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018.

Acuerdo declarado firme por unanimidad.Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—O. C. N°

22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-21.350.—(IN2014046924).

Nº 048LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: Nombrar ante la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), al señor Guillermo Alvarado Herrera, cédula de identidad número 7-078-849, en su calidad de representante de los Partidos Políticos representados ante la Asamblea Legislativa. Lo anterior con fundamento en el memorial de 16 de junio del 2014, suscrita por los señores Gerardo Vargas Rojas y William Alvarado Bogantes, Presidente y Secretario General, respectivamente, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y según terna compuesta por la persona que mediante este acto se designa y por los señores Félix Ángel Arce Arce, cédula de identidad número 2-363-507, y Juan Carlos Chavarría Herrera, cédula de identidad número 1-709-434. Este nombramiento rige a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018.

Acuerdo declarado firme por unanimidad.Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—O. C. N°

22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-23.460.—(IN2014046929).

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Nº 049LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo quinto del Acta de la sesión ordinaria número siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse conocido la renuncia presentada por la señora Teresa Aguilar Brenes, al cargo de Directora ante la Junta Directiva del Banco de Costa Rica (BCR), mediante el artículo décimo segundo de la sesión ordinaria número Seis del pasado 10 de junio del 2014, se nombra en sustitución suya, a la señora Mónica Segnini Acosta, cédula de identidad número 1-724-047, a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2022. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-17290.—(IN2014046939).

Nº 050LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo sexto del Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1) Tener por conocida la renuncia presentada por la señora Ana Rodríguez Aguilera, al cargo de Directora ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, misma que hizo efectiva a partir del 16 de junio del 2014. 2) Nombrar en sustitución suya a la señora Roxana Morales Ramos, mayor, casada, cédula de identidad número 1-1167-990, Economista, vecina de San Rafael, Heredia, a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 08 de noviembre del 2021. 3) Enviar certificación de este acuerdo a la Asamblea Legislativa para que, de conformidad con el artículo 17, inciso c) de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, se proceda a la ratificación respectiva. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-21200.—(IN2014046948).

Nº 053LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo noveno del Acta de la sesión ordinaria número siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse conocido la renuncia presentada por la señora Maribell Madrigal Cisneros, al cargo de Miembro Propietaria ante la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, (JPS), conocida mediante el artículo undécimo de la sesión ordinaria número Seis del pasado 10 de junio del 2014, se nombra en sustitución suya, al señor Emilio Joaquín Arias Rodríguez, cédula de identidad número 4-172-350, a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 07 de mayo del 2018. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Xinia Chacón Rodríguez.—Secretaria del Concejo.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-Crédito.—(IN2014046972).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA N° 008-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRODE LA PRESIDENCIA

En uso de sus facultades constitucionales conferidas por el artículo 140 inciso 8) de la Constitución Política y con fundamento en los artículos 4 y27 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y en las disposiciones de la Ley N° 4351 del 11 de julio de 1969 y su reformas y

Considerando:1º—Que en La Gaceta N°128 del 4 de julio del 2014, se

publicó el Acuerdo 007-MP de fecha 16 de junio del 2014, mediante el cual se conoce la renuncia del señor José Ricardo Sánchez Mena, cédula de identidad N° 3-441-176 como suplente del señor Juan Carlos Zúñiga Rojas en la Junta Directiva Nacional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

2º—Que el Considerando 2° del Acuerdo 007-MP contiene un error material, por lo que de acuerdo al artículo 157 de la Ley General de la Administración en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales. Por tanto;

ACUERDAN:Artículo 1.—Rectificar el Considerando 2° del Acuerdo 007-

MP, publicado en La Gaceta N°128 del 4 de julio del 2014, para que indique lo siguiente:

“2º—Que en fecha del diez de junio del dos mil catorce el señor José Ricardo Sánchez Mena presentó su renuncia al puesto nombrado.”Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de junio del dos mil

catorce.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

cuatro días del mes de julio del dos mil catorce.LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de la

Presidencia, Melvin Jiménez Marín.—1 vez.—O. C. N° 22029.—Solicitud N° SP14-M-LYD.—C-26.060.—(IN2014046409).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCION° 041-MEIC-2014

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIOCon fundamento en lo dispuesto en el artículo 28, inciso 2),

acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2014, Ley N° 9193 del 29 de noviembre de 2013; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

ConsiderandoI.—Que es de interés para el Ministerio de Economía,

Industria y Comercio, participar en la Pasantía de intercambio de Experiencias para conocer la implementación de sistemas de gestión de la calidad en PYMES con la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR). Que dicha actividad se realizará en España, del día 14 al día 18 de julio de 2014.

II.—Que en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, se estableció el Proyecto PROCALIDAD, con el objetivo de fortalecer la competitividad de las Pymes, mediante el aumento de la calidad y la mejora de los procesos de evaluación de la conformidad.

III.—Que dentro de las actividades consideradas está el intercambio de experiencias para funcionarios de la Dirección de General de Apoyo a la Pequeña y mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, con el objeto de capacitarlos en temas que favorecen la competitividad de las pymes para el mercado internacional, así como, aspectos de calidad, gestión y control. Por tanto;

ACUERDAArtículo 1°—Autorizar al señor José Antonio Arce Brenes, portador

de la cédula de identidad N° 1-873-043, funcionario de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en la Pasantía

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de intercambio de Experiencias, para conocer la implementación de sistemas de gestión de la calidad en PYMES con la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), actividad que se llevará a cabo en España, del día 14 al día 18 de julio de 2014.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, transporte local, el hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Proyecto PROCALIDAD de la Unión Europea. Los otros gastos que corresponden a transporte terrestre en el país visitado, serán financiados por el Programa 219 de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, subpartida 1.05.04 “Viáticos en el exterior”.

Artículo 3°—Rige a partir del día 11 de julio y hasta su regreso el día 21 de julio de 2014, devengando el funcionario el 100% de su salario.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, en la ciudad de San José, a los nueve días del mes de julio del dos mil catorce.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 22168.—Solicitud Nº 111-210-017-14.—C-48370.—(IN2014046300).

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALN° 027-2014-MTSS

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALCon fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28

inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31, 34 y 37 concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:I.—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización

Internacional del Trabajo (OIT), para participar en el evento llamado Academia sobre Economía Social y Solidaria: Hacia el Desarrollo Inclusivo y Sostenible, que tendrá lugar en Sao Paulo, Brasil, del 28 de julio al 1° de agosto de 2014.

II.—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal generar una mejor comprensión del concepto de Economía Social y Solidaria y su posible contribución al desarrollo inclusivo y sostenible.

III.—Que la participación del Señor Harold Villegas Román, cédula 1-862-742 responde a sus funciones como Viceministro de Trabajo del Área Laboral. Por tanto:

ACUERDA:Artículo 1°—Designar al señor Harold Villegas Román,

Viceministro del Área Laboral, cédula 1-862-742, para que participe en el evento Academia sobre Economía Social y Solidaria: Hacia el Desarrollo Inclusivo y Sostenible, que tendrá lugar en Sao Paulo, Brasil, del 28 de julio al 1° de agosto de 2014.

Artículo 2°—Los gastos del señor Harold Villegas Román serán cubiertos de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza el 50% de la suma de US $279,00 diarios para Brasil (Doscientos setenta y nueve dólares con cero centavos), el restante 50% será cubierto por la Organización Internacional del Trabajo; el transporte aéreo de ida y regreso será cubierto igualmente por la OIT; y por la subpartida 107.01 del Programa 729 se cubrirán 500 euros correspondientes a los gastos por concepto de inscripción. Impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse también serán cubiertos por la subpartida 105.4 del Programa 729.

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza al señor Harold Villegas Román para que participe en el evento Academia sobre Economía Social y Solidaria: Hacia el Desarrollo Inclusivo y Sostenible, que tendrá lugar en Sao Paulo, Brasil, del 28 de julio al 1° de agosto de 2014, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 26 de julio y hasta el 2 de agosto de 2014.

Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a las doce horas del primero de julio de dos mil catorce.

Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. N° 3400021358.—Solicitud N° 16435.—(IN2014045188).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORN° 0167-2014

EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIODE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIORCon fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la

Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de fecha 04

de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2013; modificado por el informe N° 71-2014 de fecha 23 de mayo de 2014, emitido por PROCOMER; a la empresa Congelados del Monte S. A., cédula jurídica número 3-101-280119, se le autorizó el traslado a la categoría establecida en el artículo 17 inciso f) de la Ley N° 7210 y sus reformas, otorgándole los beneficios e incentivos contemplados por la citada Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa procesadora.

II.—Que mediante documentos presentados los días 9, 16, 20, 21, 22 y 23 de mayo de 2014, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Congelados del Monte S. A., solicitó la modificación de la actividad y consiguientemente del valor agregado nacional (VAN).

III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Congelados del Monte S. A. y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 73-2014, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,ACUERDAN:

1°—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de fecha 04 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2013 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas segunda y sexta se lean de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria al amparo de la citada categoría consistirá en la producción de frutas, legumbres, hortalizas, raíces y tubérculos cortados, refrigerados y/o congelados; jugos concentrados y pasteurizados de frutas; y cáscaras de frutas, legumbres, hortalizas, raíces y tubérculos. Dicha actividad se encuentra dentro del siguiente sector estratégico: “ISO 14001 (14004) o equivalente.”

“6. La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 127 trabajadores, a partir del 05 de diciembre de 2013, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 172 trabajadores, a más tardar el 30 de marzo de 2015. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos $2.548.671,00 (dos millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y un dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 05 de diciembre de 2013, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $4.075.000,00 (cuatro millones setenta y cinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 30 de marzo de 2015, de los cuales un total de US$2.500.000,00 (dos millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán completarse a más tardar el 30 de setiembre de 2014. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $6.623.671,00 (seis millones seiscientos veintitrés mil seiscientos setenta y un dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 98,18%.

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PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2°—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de fecha 04 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2013 y sus reformas.

3°—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y Publíquese.Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diez días

del mes de junio del año dos mil catorce.HELIO FALLAS VENEGAS.—El Ministro de Comercio Exterior

a.í., Jhon Fonseca Ordóñez.—1 vez.—(IN2014046194).

N° 0295-2013EL PRIMER VICEPRESIDENTE

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de

noviembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 4 de enero del 2008; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 360-2008 de fecha 27 de agosto del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008; por el Acuerdo Ejecutivo N° 751-2008 de fecha 28 de noviembre del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 4 del 7 de enero de 2009; por el Informe número 05-2009 de fecha 21 de enero de 2009, emitido por PROCOMER; por el Acuerdo Ejecutivo N° 274-2001 de fecha 28 de julio del 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 185 del 27 de setiembre del 2011; por el Acuerdo Ejecutivo N° 188-2012 de fecha 29 de mayo del 2012, publicado en el Alcance Digital número 102 al Diario Oficial La Gaceta N° 143 del 24 de julio del 2012; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 428-2012 de fecha 9 de noviembre del 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 42 del 28 de febrero de 2013; a la empresa Administradora Plaza Roble S. A., cédula jurídica número 3-101-466841, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 30 de abril; 1, 12 y 24 de julio; 26 de agosto y 3 de setiembre, todos del 2013, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Administradora Plaza Roble S. A., solicitó la reducción y la ampliación del área declarada como zona franca.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Administradora Plaza Roble S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER número 93-2013 y el oficio GRE-2698 del 9 de octubre de 2013, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto;ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de noviembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 03 del 04 de enero del 2008 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas segunda y octava se lean de la siguiente manera:

“2. Declárese Zona Franca el área en la que se desarrollará el proyecto, de conformidad con la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y su Reglamento, la cual se encuentra ubicada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José, y que se describe de la siguiente manera:A) Pisos uno y dos del edificio denominado Balcones B, el primero con una medida de 1.073,39 metros cuadrados y ubicado en las fincas matrículas de folio real números F036866-000 y F036867-000, mientras que el segundo con una medida de 1.113,9 metros cuadrados y ubicado en la finca matrícula de folio real número F036868-000.B) Piso dos del edificio denominado Las Terrazas, que posee un área de 1.410,92 metros cuadrados y que se ubica en la finca matrícula de folio real número F070825-000.C) Pisos cinco y nueve del edificio denominado Escazú Corporate Center, que poseen un área de 1.775 metros cuadrados cada uno, y que se ubican en la finca matrícula de folio real número 71445-000.”

“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.”2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se

mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de noviembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 4 de enero del 2008 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación. Comuníquese y Publíquese.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro

días del mes de noviembre del dos mil trece.ALFIO PIVA MESÉN.—El Ministro de Comercio Exterior a. í

.—Fernando Ocampo Sánchez,—1 vez.—(IN2014046707).

RESOLUCIONESMINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Resolución Nº D.M. 150-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las diez horas treinta minutos del día veintitrés de mayo del dos mil catorce. Nombramiento del señor Inti Picado Ovares, cédula de identidad Nº 1-0861-0475, como Director del Centro de Producción Artística y Cultural.

Resultando:1º—Que por Decreto Ejecutivo Nº 38002-C del 26 de setiembre

del 2013, publicado en La Gaceta Nº 220 del 14 de noviembre del 2013, se creó el Centro de Producción Artística y Cultural (CPAC), como un programa del Ministerio de Cultura y Juventud.

2º—Que conforme al artículo 10 del precitado acto administrativo, dicho Centro contará con un Director, que ocupará un cargo de confianza de libre nombramiento y remoción del Ministro de Cultura y Juventud.

Considerando:Único.—Que es necesaria la designación del Director

del Centro de Producción Artística y Cultural, para el correcto funcionamiento de ese programa Ministerial. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar al señor Inti Picado Ovares, cédula de identidad Nº 1-0861-0475, Director del Centro de Producción Artística y Cultural.

Artículo 2º—Rige a partir del 9 de mayo del 2014 y hasta el 8 de mayo del 2018.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-14120.—(IN2014046053).

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Resolución Nº D.M. 166-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las trece horas y cincuenta minutos del día treinta de mayo del dos mil catorce. Nombramiento de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.

Resultando:1º—Que por Decreto Ejecutivo Nº 7467-C del 14 de setiembre

de 1977, publicado en La Gaceta Nº 182 del 27 de setiembre de ese año y sus reformas, se creó la Casa de la Cultura de Puntarenas, estableciéndose que será regentada por una Junta Administrativa de cinco miembros, integrada por un representante de la Dirección Regional de Cultura de esta Cartera Ministerial, un representante del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, un representante de la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública, un representante de la Municipalidad de Puntarenas y un representante de la Comunidad.

2º—Que por Ley Nº 6256 del 28 de abril de 1978, publicada en el Alcance Nº 75 de La Gaceta Nº 83 del 2 de mayo de ese año, se dotó de personería jurídica a la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.

Considerando único:Que por Resolución de este Despacho Nº 079-2012 de las

once horas del día veinte de abril del dos mil doce, se integró la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas, por un período de dos años. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Agradecer los servicios prestados por las señoras Daniza Lucovich Varela, cédula de identidad Nº 6-0072-0833, Nydia Rodríguez Ramírez, cédula de identidad Nº 2-0256-0458, representantes por su orden de la Municipalidad de Puntarenas y de la Comunidad, en la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.

Artículo 2º—Reelegir como miembros de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas, a las siguientes personas:

- Eduardo Martínez Murillo, cédula de identidad Nº 6-0183-0466, como representante de la Dirección Regional de Cultura de esta Cartera Ministerial.

- Silvia Rodríguez Vargas, cédula de identidad Nº 2-0363-0186, representante del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven.

- Edgar Guardiola Aguirre, cédula de identidad N° 1-0806-0218, representante de la Dirección Regional de Educación Pública.Artículo 3º—Nombrar al señor Pedro García Blanco, cédula

de identidad N° 6-0200-0298, y a la señora Rosibel Cordero Piedra, cédula de identidad N° 1-0512-0189, miembros de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas, representado por su orden a la Comunidad y la Municipalidad de Puntarenas.

Artículo 4º—Rige a partir del 27 de mayo del 2014 y hasta un periodo de dos años.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(IN2014046027).

Resolución Nº D.M. 172-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las ocho horas treinta minutos del día dos de junio del dos catorce. Nombramiento de la señora María del Pilar Aguilar Muñoz, cédula de identidad Nº 1-0458-0969, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando:1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada

en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección.

Considerando:1º—Que por Resolución Nº 123-2012 del 4 de julio del 2012,

se nombró al señor Miguel Ángel Gutiérrez Saxe, cédula de identidad Nº 3-0178-0608, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

2º—Que el señor Miguel Ángel Gutiérrez Saxe, cédula de identidad Nº 3-0178-0608, presentó la renuncia ante dicho Consejo, a partir del 27 de mayo del 2014. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar a la señora María del Pilar Aguilar Muñoz, cédula de identidad Nº 1-0458-0969, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-19090.—(IN2014046056).

Resolución Nº D.M. 173-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día dos de junio del dos catorce. Nombramiento del señor Carlos Mesén Rees, cédula de identidad Nº 1-0480-0607, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando:1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en

La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección.

Considerando:1º—Que por Resolución Nº 133-2010 del 29 de julio del 2010,

se nombró al señor Manuel Picado Gómez, cédula de identidad Nº 9-007-557, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

2º—Que el señor Manuel Picado Gómez, cédula de identidad Nº 9-007-557, presentó la renuncia ante dicho Consejo, a partir del 28 de mayo del 2014. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar al señor Carlos Mesén Rees, cédula de identidad Nº 1-0480-0607, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-18640.—(IN2014046065).

Resolución Nº D.M. 174-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las nueve horas del día dos de junio del dos catorce. Nombramiento del señor Alberto Cañas Escalante, cédula de identidad Nº 1-156-937, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando:1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en

La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección.

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Pág 8 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

Considerando:1º—Que por Resolución Nº 079-2011 del 24 de mayo del 2011,

se nombró al señor Alejando Batalla Bonilla, cédula de identidad Nº 1-525-186, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

2º—Que el señor Alejando Batalla Bonilla, cédula de identidad Nº 1-525-186, presentó la renuncia ante dicho Consejo, a partir del 28 de mayo del 2014. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar al señor Alberto Cañas Escalante, cédula de identidad Nº 1-156-937, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-18560.—(IN2014046068).

Resolución Nº D.M. 175-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las nueve horas quince minutos del día dos de junio del dos catorce. Nombramiento del señor Juan Manuel Barquero Vargas, cédula de identidad Nº 1-966-657, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando único Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La

Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

Considerando únicoQue es necesaria la integración del Consejo Directivo del

Teatro Nacional, para el cabal funcionamiento de este órgano del Ministerio de Cultura y Juventud. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar al señor Juan Manuel Barquero Vargas, cédula de identidad Nº 1-966-657, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-12960.—(IN2014046072).

Resolución Nº D.M. 189-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a las quince horas del día veintitrés de junio del dos catorce. Nombramiento de la señora María Bonilla Picado, cédula de identidad Nº 1-0482-0590, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando:1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada

en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección. En caso que se cubran vacantes por muerte, renuncia o incapacidad, los nombramientos se harán por el resto del período del miembro saliente.

Considerando:1º—Que por Resolución Nº 0174-2014 del 2 de junio del 2014,

se nombró al señor Alberto Cañas Escalante, cédula de identidad Nº 1-156-937, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional, a partir del 28 de mayo del 2014, por un período de cuatro años. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar a la señora María Bonilla Picado, cédula de identidad Nº 1-0482-0590, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 23 de junio del 2014 y hasta el 28 de mayo del 2018.

Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006468.—Solicitud N° 29727.—C-19260.—(IN2014046049).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍADIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDADAVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Acueductos Caminos Ornato Parques S. Multiusos de San Miguel Turrúcares. Por medio de su representante: Leticia María Araya Alpízar, cédula 2-363-078 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos N° 7, 16, 19, 20, 21, 33 para que en adelante se lea así:

Artículo 7º—agréguese: “los afiliados mayores de 12 años”Artículo 16.—agréguese: “elegir cada 2 años a la Junta Directiva

y al Fiscal. Estos nombramientos se harán en forma secreta e individual, pública o por papeleta”

Artículo 19.—agréguese: “los miembros de la Junta Directiva durarán 2 años en sus funciones y podrán ser reelectos en forma indefinida siempre y cuando la asamblea así lo acuerde”

Artículo 20.—agréguese: “no tener relación con ningún miembro de la Junta Directiva en cuanto a parentesco por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado inclusive”

Artículo 21.—agréguese “hacer la convocatoria para las asambleas generales (ordinarias o extraordinarias) por lo menos con 15 días de anticipación”.

Artículo 21.—agréguese “cuando las operaciones anuales sean mayores a ¢5.000.000,00 (cinco millones de colones), se necesita contratar a un contador público autorizado para certificar los estados financieros”.

Artículo 33.—agréguese “la Junta Directiva de estos comités deberá ser electa en reunión de Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo. Los fondos que produzcan estos grupos deberán ser depositados en la cuenta corriente de la Asociación de Desarrollo”.

Dicha reforma es visible a folios 102 al 104 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 28 de diciembre del 2013. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las 12:08 horas del día dieciocho de julio del 2014.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2014046777).

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOSEDICTOS

AE-REG-E-191/2014.—El señor Danilo Rodríguez Pérez, cédula 2-0310-0078, en calidad de Representante Legal de la empresa Consuagri PL S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Ultra Plus compuesto a base de Potasio y Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a

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terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:00 horas del 7 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046775).

AE-REG-E-190/2014.—La señora Seily Carvajal Vargas, cédula 1-0529-0797, en calidad de Representante Legal de la empresa Orozco Carvajal Asociados S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Bioestimulante de nombre comercial Base XT compuesto a base de nitrógeno, fósforo, potasio, azufre, boro, hierro, zinc y auxinas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:15 horas del 7 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046776).

AE-REG-E-189/2014.—La señora Seily Carvajal Vargas, cédula 1-0529-0797, en calidad de representante legal de la empresa Orozco Carvajal Asociados S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial Elevador 48 compuesto a base de nitrógeno, fósforo, potasio, magnesio, calcio, azufre, boro, hierro, zinc, manganeso, yodo y cobre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 7 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046778).

AE-REG-E-197/2014.—La señora Jeannette Tinoco Mora, cédula 5-176-529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial Trimax, compuesto a base de trichoderma viride Q07, declarados en UFC/mL. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:40 horas del 9 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046779).

AE-REG-E-196/2014.—La señora Jeannette Tinoco Mora, cédula 5-176-529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial Radical-B, compuesto a base de bacillus subtilis Q11, declarados en UFC/mL. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:35 horas del 9 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046780).

AE-REG-E-188/2014.—El señor Fabio Saenz Baudrit, cédula 1-271-658, en calidad de representante legal de la compañía Cosmoagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Radiflex, compuesto a base de 1,6% N, 1,32% P, 0,55% Ca, 0,034% Mg, 0,1% S, 0,1% Fe, 0,16% Zn, 0,05% Cu, 0,26% B, 0,03% Mn, 0,001% Mo, 0,001% Co, 4,7% carbono orgánico declarados en peso/volumen. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:45 horas del 27 de junio del 2014.— Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046788).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMALDIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

AVISOSDMV-PG-001-RE-021.—El doctor Luis Óscar Quesada

Esquivel, número de cédula 203420081, vecino de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Droguería Integrales Agropecuarios S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Biodes Platinum, fabricado por Laboratorios Vallecilla y Vallecilla M y Cía S.A.C. Carval de Colombia con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Glutaraldehído 6 g, amonios cuaternario lineales 9.6 g, cloruro de benzalconio 6.4 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Desinfectante de uso en instalaciones pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial. La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día 22 de mayo del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046007).

DMW-PG-001-RE-021.—El señor Federico Chaverri Suárez; con número de cédula 1-0806-0534, vecino de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Droguería Ecolab S. R. L., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: OXY-GARD M, fabricado por Laboratorio Ecolab Inc. de Estados Unidos de América, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Peróxido de hidrógeno 0.5 %, glicerina 4.8 %, ácido láctico 1.7 %, ácido dodecilbencen sulfónico <1.0 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de la mastitis mediante el saneamiento tópico de las tetas del ganado bovino mediante la aplicación antes y después de ordeño. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 12:00 horas del día 15 de julio del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2014046669).

El señor Heiner Hernández Ávila, número de cédula 1-0820-0051, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ceftobrom Farbiovet, fabricado por Laboratorio Farbiovet S. A. de Ecuador, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: cefalexina 2 g, ceftiofur 5 g, flunixin meglumine 1.7 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de enfermedades infecciosas causadas por gérmenes Gram + y Gram -, infecciones del tracto respiratorio, infecciones pódales, articulares, genitales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del día 16 de julio del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046810).

El señor Heiner Hernández Ávila, número de cédula 1-0820-0051, vecino de Alajuela en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Holva Farbiovet, fabricado por Laboratorio Farbiovet S. A. de Ecuador, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: benzocaína 20 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Está indicado como anestésico local tópico para el tratamiento de quemaduras, congelaciones, abrasiones de piel y mucosas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las14 horas del día 15 de julio del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046812).

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EDUCACIÓN PÚBLICA REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Letras, inscrito en el tomo 1, folio 63, asiento N° 1009, emitido por el Liceo Nocturno de Liberia, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Martínez López Goretty María, cédula 5-0230-0727. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de abril del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014044952).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, título N° 1565, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil dos, a nombre de Gómez Cortés Seleidy, cédula: 5-0335-0034. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045479).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 18, asiento 29, título N° 120, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de González Prado Ana Lucía, cédula 2-0306-0008. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045513).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 62, diploma N° 561, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ana Ruth Arroyo Barquero. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ana Ruth Herrera Arroyo, cédula 2-0360-0598. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045831).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 219, asiento N° 1562, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año dos mil cinco, a nombre de Torres Medina Giddinia, cédula 5-0352-0912. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045963).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 05, título N° 7, emitido por el Liceo Rural Salitre, en el año dos mil diez, a nombre de Torres Ortiz Jeison Gilberto, cédula 1-1419-0865. Se solicita la reposición del título indicado por

pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045993).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte este departamento se ha presentado la solicitud de

reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 452, emitido por el Colegio Nocturno de Cartago, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Calvo Jiménez María Isabel, cédula 1-0923-0742. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiséis de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014046146).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZDe conformidad con la autorización extendida por la

señora Ministra de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Artesanos y Servicios Múltiples de Matama de Limón R. L., siglas COPEMATAMA R. L., Resolución 1487-CO, acordada en asamblea celebrada el 7 de febrero del 2013. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:

Presidente: César Velásquez AcuñaVicepresidenta Cecilia Enríquez ArtaviaSecretaria Kimberly Amador TellezVocal 1 Matilde Jaén GonzálezVocal 2: Jenny Lorena Patison DouglasSuplente 1 Lilliam Ortega ÁlvarezSuplente 2 Colaria Portuguez MoralesGerente Lloyd Patrick Winter Winter

24 de junio del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014046516).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDe conformidad con la autorización extendida por el

señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Grupo Empresarial Cooperativo de Servicios Educativos R.L., siglas GECSE R.L., acordada en asamblea celebrada el 27 de mayo del 2014. Expediente 1195-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 33 del Estatuto.—San José, 18 de junio del 2014.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orosco Sánchez, Jefe.—(IN2014046069).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Transportes Turísticos Aeroportuarios R. L., siglas COOPETRANSTURA R.L., acordada en asamblea celebrada el 25 de noviembre del 2013. Expediente 1307-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 11 y 59 del Estatuto.

San José, 15 de julio del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014046250).

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JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUALPropiedad industrial

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZGustavo Rojas Wong, cédula de identidad 106270024, en

calidad de apoderado generalísimo de RCA Montacargas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-670049 con domicilio en Escazú Oficentro Meridiano, en edificio Davivienda, 100 metros al sur de Multiplaza Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio y servicios en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:

llantas para ruedas de vehículos. Reservas: de los colores: verde musgo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de febrero de 2014. Solicitud N° 2013-0010954. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044519).

Gustavo Rojas Wong, en calidad de apoderado generalísimo de RCA Montacargas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-670049 con domicilio en Escazú Oficentro Meridiano, en edificio Davivienda, 100 metros al sur de Multiplaza Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio y servicios en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: zapatas de freno para vehículo. Se cita a terceros interesados en defender sus

derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de diciembre de 2013. Solicitud N° 2013-0010953. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044520).

Cynthia Wo Ching Vargas, casada, cédula de identidad 110680678, en calidad de apoderada especial de Inversiones Herand S. A., cédula jurídica 3101408974, con domicilio en Curridabat, de la heladería Pops, 200 metros sur, y 100 metros oeste, oficina 473, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA PECHUGUIS, como marca de fábrica en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: artículos de oficina, almanaques, bandejas de sobremesa, blocs de hojas, bolsas o envolturas de papel o materias plásticas, cajas de cartón o papel, calcomanías, carpetas para documentos, carteles, carteleras de papel o cartón (tablones de anuncios), carteles, artículos de cartón, invitaciones de papel o cartón, horarios impresos, libretas, mantelería de papel, revistas, rótulos de papel o cartón, volantes, insertos, folletos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de abril de 2014. Solicitud N° 2014-0003241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de abril de 2014.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044523).

Lilliam González Castro, cédula de identidad 203710003, en calidad de apoderada general de Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, cédula jurídica 3-007-045228, con domicilio en de la Pizza Hut en Paseo Colón trescientos metros al sur, setenta y cinco al este, barrio Don Bosco, Centro Corporativo Internacional, quinto piso, sobre avenida seis, entre calles veintiséis y veintiocho, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a corporación profesional. Ubicado en Alajuela, Desamparados, dos

kilómetros sureste de la Guardia Rural de la localidad. Reservas: de los

colores azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005111. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044525).

Laura Soto Bernardini, casada, cédula de identidad 109890156, en calidad de apoderada generalísima de Diez Ochenta y Cuatro Arquitectura Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101351399, con domicilio en Guadalupe de Goicoechea, 100 metros al norte de la Escuela Pilar Jiménez, bufete Devandas, oficina número 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clases: 42 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 42, servicios de consultoría relacionado con arquitectura; y clase 44, servicio de consultoría relacionado con arquitectura paisajista. Reservas: de los colores: verde claro, gris y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril de 2014. Solicitud N° 2014-0003160. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de mayo de 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044532).

José Carlos Arce Carvalho, soltero, cédula de identidad 105180779, en calidad de apoderado generalísimo de Centro Campero Los Reyes S. A., cédula jurídica 3-101-031342, con domicilio en Casa del Centro Campero Los Reyes, La Guácima, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: club privado, para actividades recreativas, deportivas y culturales. Reservas:

de los colores: turquesa, naranja y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004502. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio de 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014044533).

Laura Soto Bernardini, casada, cédula de identidad 109890156, en calidad de apoderada generalísima de Diez Ochenta y Cuatro Arquitectura Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101351399, con domicilio en Guadalupe de Goicoechea, 100 metros al norte de la Escuela Pilar Jiménez, bufete Devandas, oficina número 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en

clases: 42 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 42, servicio de consultoría relacionado con arquitectura; y clase 44, servicio de consultoría relacionado con arquitectura paisajista. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril de 2014. Solicitud N° 2014-0003159. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio de 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—(IN2014044536).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de L.M. Farma Indústria e Comércio Ltda., con domicilio en Rua Jaguarão, N° 95, Chácaras Reunidas, State of São Paulo, 12238-410 São José Dos Campos, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 5 y 10 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3, productos cosméticos para uso médico; productos dermocosméticos;

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productos cosméticos con índice SPF (FPS), clase 5, productos farmacéuticos y veterinarios; preparaciones sanitarias para propósitos médicos; productos dietéticos para propósitos médicos; emplastos para uso médico; materiales para apósitos; emplastos, cintas quirúrgicas y productos para el tratamiento de quemaduras y heridas; productos para el mejoramiento estético de heridas/llagas; productos médicos y coadyuvantes/auxiliares obtenidos por tecnológicas innovadoras para el proceso de curación; material para empastar dientes, cera dental; espray oral para uso externo; desinfectantes; farmacéuticos; suplementos alimenticios asociados a la curación, y clase 10, Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios prótesis; vendas para apósitos y vendas de soporte; medias; material ortopédico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004449. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio de 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014044551).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Ashley Furniture Industries Inc. con domicilio en One Ashley Way, Arcadia, Wisconsin 54612, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BERKLINE, como marca de fábrica y comercio en clase: 20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: muebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005407. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044553).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de International Women’s Coffee Alliance Inc. con domicilio en 1400 Stevenson Drive, Springfield, Illinois 62703, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: IWCA, como marca de servicios en clases: 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 35, apoyo y desarrollo de asociaciones locales de miembros compuestos de individuos que trabajen con y apoyen principalmente negocios agrícolas a base de café propiedad de mujeres; desarrollo de conexiones entre comerciantes, vendedores y clientes tanto para productores de café como consumidores de café; y distribución de información a miembros relacionados con producción, procesamiento, exportación, importación, mercadeo, distribución y otras operaciones de café, y clase 41, servicios de asociación, a saber, educación, entrenamiento. Prioridad: Se otorga prioridad Parcial sobre la clase 41 N° 86/067804 de fecha 18/09/2013 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0002390. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio de 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014044554).

Víctor Armando Brenes Espinoza, cédula de identidad 106600232, en calidad de apoderado generalísimo de RCS Brenes Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-608712, con domicilio en Desamparados, residencial Los Dorados, del súper Los Dorados 25 metros al este, casa F-4, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzados y sombrerería. Reservas: de los colores: gris y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus

derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004565. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junioo de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044557).

Marco Alfredo León Ortiz, (casado una vez), pasaporte AN 361319, con domicilio en Santa Bárbara, de la Ferretería San Juan, 25 metros oeste, casa anaranjada, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en

defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001545. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de marzo de 2014.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—(IN2014044558).

Marco Alfredo León Ortiz, (casado una vez), pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara, de la Ferretería San Juan, 25 metros oeste, casa anaranjada, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos

alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001542. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de marzo de 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044559).

Marco Alfredo León Ortiz, (casado una vez), pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara, de la Ferretería San Juan, 25 metros oeste, casa anaranjada, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos

alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001541. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de marzo de 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044561).

Marco Alfredo León Ortiz, (casado una vez), pasaporte AN 361319, con domicilio en Santa Bárbara, de la Ferretería San Juan, 25 metros oeste, casa anaranjada, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebida a base de café verde con acción energizante. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001540. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de marzo de 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044562).

Marco Alfredo León Ortiz, pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara de Heredia, de la Ferretería San Juan, veinticinco metros oeste, casa anaranjada, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios para

personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001539. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044563).

Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Grupo Avelina Internacional S. A., con domicilio en Avenida Arango y calle 61, Obarrio, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

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como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a

base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; avena, helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Reservas: de los colores: amarillo y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004261. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo de 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014044566).

Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de Grupo Logístico Aduanal S. A., cédula jurídica 3101671816, con domicilio en distrito Mata Redonda, de la Contraloría General de la República 200 metros al oeste, 150 metros al sur, local número 34 a mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: G.L.A., como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, agencias de importación y exportación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0002842. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de junio de 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044567).

Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Grupo Agroindustrial Numar S. A., cédula jurídica 3101173639, con domicilio en distrito tercero Hospital, Barrio Cuba, de la Iglesia Medalla Milagrosa 50 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CLARIDAD ES PUREZA, como señal de propaganda en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar carne, pescado, carne de aves y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos, lácteos; aceites y grasas comestibles, encurtidos, margarina, manteca y mantequilla, conservas, caldos, concentrados para sopas, sopas, preparaciones para hacer sopas; café, todo tipo de café, té, todo tipo de té, cacao, chocolate, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas a base de cereales, pan, bizcochos, tortas, productos de pastelería y confitería; helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para hornear, esponjar, sal, mostaza, pimienta, aderezos, vinagre, salsas, especias, hielo; pastas alimenticias; condimentos y aderezos para ensaladas. Relacionada con la marca DELIGHT, registro 216381. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de octubre de 2013. Solicitud N° 2013-0009351. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de mayo de 2014.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044569).

Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-703, en calidad de apoderado especial de Grupo Agroindustrial Numar, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-173639, con domicilio en San José, distrito tercero Hospital, Barrio Cuba, de la Iglesia Medalla Milagrosa 50 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PÓNGASELO A TODO, como señal de propaganda, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar: carne, pescado, carne de aves y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos, lácteos; aceites y grasas comestibles, encurtidos, margarina, manteca y mantequilla, conservas, caldos, concentrados para sopas, sopas, preparaciones para hacer sopas; café, todo tipo de café, té, todo tipo

de té, chocolate, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas a base de cereales, pan, bizcochos, tortas, productos de pastelería y confitería; helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos, polvos para hornear, esponjar, sal, mostaza, pimienta, aderezos, vinagre, salsas, especias, hielo; pastas alimenticias; condimentos y aderezos para ensaladas. Relacionado con el registro 216499. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de abril de 2013. Solicitud N° 2013-0003198. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de mayo de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044570).

Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Corporación Centroamericana de Papel S. A., con domicilio en Km. 20 ½ carretera a El Salvador, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel higiénico, servilletas de papel, toallas para secar manos de papel, pañuelos de papel, toallas de papel, pañuelos desechables,

mayordomo de papel. Reservas: de los colores: azul, rojo, verde, blanco, anaranjado, amarillo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001375. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044571).

Ingrid Guth Ruiz, soltera, cédula de identidad 108490769, en calidad de apoderada general de Prensa y Publicaciones Creativas Ingmar S. A., cédula jurídica 3101633397, con domicilio en Curridabat, residencial Lomas de Curridabat, casa número 18-H, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: etiquetas adhesivas para papelería, materiales

didácticos como cajas, cartulinas, ilustraciones, tarjetas, láminas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005515. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio de 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044573).

Marco Alfredo León Ortiz, pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara de Heredia, de la Ferretería San Juan, veinticinco metros oeste, casa anaranjada, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios para

personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044589).

Marco Alfredo León Ortiz, pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara de Heredia, de la Ferretería San Juan, veinticinco metros oeste, casa anaranjada, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos

alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

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edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001538. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044592).

Marco Alfredo León Ortiz, pasaporte AN361319, con domicilio en Santa Bárbara de Heredia, de la Ferretería San Juan, veinticinco metros oeste, casa anaranjada, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y

distinguir lo siguiente: complementos alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001537. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044595).

Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703; en calidad de apoderada especial de Eurodesing de Centroamérica Sociedad Anónima, con domicilio en 27 avenida 33-80, zona 12 Santa Elisa, Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pisos cerámicos, pisos de porcelanato, pisos de pvc, puertas de pvc, puertas de madera, azulejos, pisos de madera. Reservas: de los colores: negro y celeste. Se

cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004534. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044608).

Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Corporación Centroamericana de Papel S. A., con domicilio en Km. 20 ½ carretera a El Salvador, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel higiénico, servilletas de papel, toallas para secar manos de papel, pañuelos de papel, toallas de papel, pañuelos desechables, mayordomo de papel. Reservas: de los colores:

azul, celeste, rosado, rojo, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001374. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044611).

Fernán Zamora Guardia, casado una vez, cédula de identidad 106560985, en calidad de apoderado generalísimo de Signum Soluciones en Rotulación S. A., cédula jurídica 3101681748, con domicilio en San Rafael, calle Potrerillo, 50 metros al sur de Industrias Holcim, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: construcción, reparación, servicios de instalación en rotulación. Reservas: de los

colores: anaranjado y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005130. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de julio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044623).

Olga Marta Arias Rivas, cédula de identidad 108650838, en calidad de apoderada generalísima de WPP Reciclaje y Recolección de Desechos Comerciales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101412383, con domicilio en Transax, Plaza Roble, edificio El Pórtico, primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de transporte de residuos, que comprenden la recolección, transporte y sus disposición. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005100. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044630).

Maricela Alpízar Chacón, cédula de identidad 1-10350557, en calidad de apoderada especial de Nabor B.V., con domicilio en Nieuwegracht 4-04, 3763 LB Soest, Países Bajos, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;

preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre de 2012. Solicitud N° 2012-0011576. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de mayo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044643).

Flor Fernández Cascante, cédula de identidad 107660893 con domicilio en Alajuelita del supermercado Acapulco, 75 oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de junio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044654).

Kenneth Mora Díaz, casado una vez, cédula de identidad 108580428, en calidad de Apoderado Especial de Expo CR Eventions Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101682827 con domicilio en Zapote de la Toyota 250 metros al este contiguo al Ciclo Mata, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Eventos, shows, ferias y exposiciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante

este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0005372. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044774).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, Brooklin, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 09: Teléfonos, periféricos y accesorios; y clase 38: Servicios

telecomunicaciones estrechamente relacionados con los videos. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-

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0002344. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044879).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, Brooklin, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos, periféricos y accesorios; y clase 38: Servicios telecomunicaciones estrechamente relacionados

con la televisión. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002345. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044880).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, Brooklin, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos, periféricos y sus accesorios; y clase 38: Servicios telecomunicaciones. Reservas: De los colores:

rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002346. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044882).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, Brooklin, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos, periféricos y accesorios; y clase 38: Servicios telecomunicaciones estrechamente

relacionados con la radio. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002347. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044883).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, Brooklin, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos, periféricos y sus accesorios dirigidos a niños; y clase 38: Servicios de telecomunicaciones dirigidos a

niños. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002348. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044884).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Rua Flórida, 1970, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos, periféricos y sus

accesorios. Clase 38: Servicios de telecomunicaciones relacionados con fútbol Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004310. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo del 2014.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044887).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Jurídico Matriz Rua Florida, 1970, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 09: Teléfonos, periféricos y sus accesorios. Clase 38: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: Del color rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de

este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004472. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044888).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Jurídico Matriz Rua Florida, 1970, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 09: Teléfonos, periféricos y sus accesorios. Clase 38: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: Del color rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 27 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044889).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado Especial de Claro S. A., con domicilio en Jurídico Matriz Rua Florida, 1970, 04565-907 Sāo Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios, en clase 9 y 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 09: Teléfonos, periféricos y sus accesorios. Clase 38: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: Del color rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus

derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004475. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044890).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Research & Development Marketing Inc., con domicilio en Comosa Bank Building 1st Floor, Samuel Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de: ISSIMA, DEL CAMPO A SU COCINA, como señal de propaganda, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar: preparaciones hechas a base de cereal, café, sucedáneos del café, té, cacao, azúcar, pastas alimenticias, harinas y preparaciones hechas a base de harina y maíz, bizcochos, especias, pimienta, mostaza,

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pastas de tomate. Relacionado con la marca ISSIMA en clase 30 Registro N° 158685. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003056. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044891).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Research & Development Marketing Inc., con domicilio en Comosa Bank Building 1st Floor, Samuel Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de:

POTENZA, A TODOPODER !

como señal de propaganda en clase, internacional, para promocionar: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; extintores”. Relacionado con la marca POTENZA en clase 09 Registro N° 217588. Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0004770. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de junio del 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014044892).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado General de Advanced Total Marketing System Inc., cédula jurídica 3-012-211833 con domicilio en Comosa Bank Building, 1st Floor, Samuel Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de: ROBUSTO como marca de fábrica y comercio en clase 29, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas, legumbres en conserva, secas o cocidas, jaleas, mermeladas, huevos, leche. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B, Registradora.—(IN2014044893).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado General de Advanced Total Marketing System Inc., cédula jurídica 3-012-211833 con domicilio en Comosa Bank Building, 1st Floor, Samuel Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de: DEL RANCHO como marca de fábrica y comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas naturales y gaseosas, refrescos en polvo, zumos de frutas y legumbres jarabes y otros preparados para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003196. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044894).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado General de Advanced Total Marketing System Inc., cédula jurídica 3-012-211833 con domicilio en Comosa Bank Building, 1st Floor, Samuel Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de: BAGETTINIS como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger

y distinguir lo siguiente: Confitería, preparaciones hechas a base de cereal, café, sucedáneos del café, té, cacao, azúcar, bocadillos, pastas alimenticias, harinas y preparaciones hechas a base de harina y maíz, bizcochos, pastelería, miel, salsas, excepto para ensaladas, especias, pimienta, sal, vinagre, mostaza, helados, levaduras, polvos para esponjar, hielo, y sandwichs. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003197. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014044895).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006 en calidad de Apoderado Especial de Aeolus Tyre Co„ Ltd., con domicilio en 48 Jiaodong South Road Jlaozuo, Henan, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de neumáticos para vehículos; cubiertas de neumáticos para automóviles-cámaras de aire para

neumáticos; neumáticos; orugas para vehículos; clavos para neumáticos; carcasas de neumáticos; neumáticos para vehículos; cubiertas [neumáticos] para ciclos y bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001775. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044898).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006 en calidad de Apoderado Especial de Aeolus Tyre Co. Ltd., con domicilio en 48 Jiaodong South Road Jlaozuo, Henan, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de neumáticos para vehículos; cubiertas de

neumáticos para automóviles; cámaras de aire para neumáticos; neumáticos; orugas para vehículos; clavos para neumáticos; carcasas de neumáticos; neumáticos para vehículos; cubiertas [neumáticos] para ciclos y bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001776. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044899).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006 en calidad de Apoderado Especial de Aeolus Tyre Co. Ltd., con domicilio en 48 Jiaodong South Road Jlaozuo, Henan, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de neumáticos para vehículos; cubiertas de neumáticos para

automóviles; cámaras de aire para neumáticos; neumáticos; orugas para vehículos; clavos para neumáticos; carcasas de neumáticos; neumáticos para vehículos; cubiertas [neumáticos] para ciclos y bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001777. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044900).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006 en calidad de Apoderado Especial de Aeolus Tyre Co. Ltd., con domicilio en 48 Jiaodong South Road Jlaozuo, Henan, China, solicita la inscripción de:

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como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de neumáticos para vehículos; cubiertas de neumáticos para

automóviles; cámaras de aire para neumáticos; neumáticos; orugas para vehículos; clavos para neumáticos; carcasas de neumáticos; neumáticos para vehículos; cubiertas [neumáticos] para ciclos y bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001778. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044901).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial-de Keller Williams Realty, Inc., con domicilio en 1221 South Mopac Expressway, Suite 400, Austin, TX 78746, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Keller Williams como marca de servicios, en clase 35 y 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Franquicias, a saber, que ofrecen asistencia técnica en el establecimiento y/o la operación de corretaje de bienes raíces, y 36 Servicios de corretaje de bienes raíces. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002877. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044904).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial-de Keller Williams Realty, Inc., con domicilio en 1221 South Mopac Expressway, Suite 400, Austin, TX 78746, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KW como marca de servicios, en clase 35 y 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Franquicias, a saber, que ofrecen asistencia técnica en el establecimiento y/o la operación de corretaje de bienes raíces, y 36 Servicios de corretaje de bienes raíces. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002878. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044905).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Quala Inc., con domicilio en Pasea Estate P.O. Box 958 Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de:

como marca fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Té; té helado y bebidas a base de té. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001504. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de abril del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044906).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado especial de Keller Williams Realty Inc., con domicilio en 1221 South Mopac Expressway, Suite 400, Austin, TX 78746, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 35 y 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Franquicias, a saber, que ofrecen asistencia técnica en el establecimiento y/o la

operación de corretaje de bienes raíces, y 36 Servicios de corretaje de bienes raíces. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 1 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002879. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044907).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Kimberly-Clark Worldwide Inc., con domicilio en 401 North Lake, Neenah, Wisconsin 54956, Estados Unidos de América solicita la inscripción de: SCOTT como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Desinfectantes en aerosol, toallitas desinfectantes, ambientadores, todos para uso doméstico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002611. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de marzo del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044908).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de The Procter & Gamble Company con domicilio en One Procter & Gamble Plaza Cincinnati Ohio 45202, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PANTENE PRO-V ADVANCED KERATIN REPAIR como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Lociones para el cabello, champús y acondicionadores para el cabello y productos para estilizar el cabello para la reparación de los síntomas del daño a la queratina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2014. Solicitud Nº 2014-0000829. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044909).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 1626794, en calidad de Apoderada Especial de Invitae Corporation con domicilio en 458 Brannan Street, San Francisco California 94107, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INVITAE como marca de servicios, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de diagnóstico en el campo de la medicina; pruebas médicas para el diagnóstico de enfermedades; pruebas de genómica y bioinformática, a saber, pruebas genéticas con fines de diagnóstico y tratamiento médicos; detección de ADN con fines de diagnóstico y tratamiento médicos; análisis y detección de ADN con fines de diagnóstico y tratamiento médicos; detección de ADN con fines médicos; servicios de consultoría en el campo de la genómica y el procesamiento de secuencias biológicas y análisis con fines de diagnóstico y tratamiento médicos; suministro de información médica con fines de diagnóstico y tratamiento médicos en el campo de la genética molecular. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002935. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de abril del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044910).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Noxell Corporation con domicilio en 11050 York Road, Hunt Valley Maryland 21030-2098 Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FULL LASH BLOOM como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Rimel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002609. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044911).

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Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (I.N.C.A.E), cédula jurídica 3003051878 con domicilio en La Garita, de la estación Experimental Fabio Baudrit (U.C.R), 3 kilómetros sobre la carretera hacia Atenas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Club de Presidentes como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002440. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de marzo del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044912).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de China Tobacco Henan Industrial Co., Ltd con domicilio en N° 29, Nongye East Road, Zhengzhou City Province, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Tabaco; cigarrillos; pitilleras; fósforos; encendedores para fumadores; filtros para cigarrillos; cajas para fósforos; embocaduras de boquillas para cigarrillos; boquillas para cigarrillos; papel de fumar;

cigarrillos electrónicos; boquillas de cigarrillos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0004626. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de junio del 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014044914).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de China Tobacco Henan Industrial Co., Ltd con domicilio en N° 29, Nongye East Road, Zhengzhou City Province, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Tabaco; cigarrillos; pitilleras; fósforos; encendedores para fumadores; filtros para

cigarrillos; cajas para fósforos; embocaduras de boquillas para cigarrillos; boquillas para cigarrillos; papel de fumar; cigarrillos electrónicos; boquillas de cigarrillos. Reservas: No. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0004627. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de junio del 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014044915).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (I.N.C.A.E), cédula jurídica 3003051878 con domicilio en La Garita, de la Estación Experimental Fabio Baudrit (U.C.R), 3 kilómetros sobre la carretera hacia Atenas, Alajuela , Costa Rica, solicita la inscripción de: Presidents Club como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de marzo del 2014. Solicitud Nº 2014-0002439. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de marzo del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044916).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006 en calidad de Apoderado especial de Proplan Plant Protection Company S.L. con domicilio en c/ Valle del Roncal 12-1

OF. 7, 28232 Las Rozas (Madrid), España, solicita la inscripción de: MULIGAN como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fungicidas, herbicidas, productos para eliminar animales dañinos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003397. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044917).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderada Especial de Industria Farmacéutica S. A. de C.V. con domicilio en Colonia El Prado, atrás de Corporación Flores, Comayaguela, Honduras, solicita la inscripción de: RECARGA-T como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de abril del 2014.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044918).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Turtle Wax Inc. con domicilio en 625 Willowbrook Centre Parkway, Willowbrook, Illinois 60527, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para vehículos para limpiar, lavar, encerar, pulir, preservar, restaurar, y refinar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0000977. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de abril del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2014044919).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado especial de Proplan Plant Protection Company S.L. con domicilio en C/ Valle del Roncal 12-1 OF. 7, 28232 Las Rozas (Madrid), España, solicita la inscripción de: PACLOT como marca de fábrica y comercio, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Abonos, fertilizantes y productos químicos para la agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003398. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044920).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora Electronova Sociedad Anónima con domicilio en diagonal 6, 10-65 zona 10, Centro Gerencial Las Margaritas, Torre Uno, oficina 802, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de:

como señal de propaganda, en clase 50 internacional, para promocionar: la generación de energía eléctrica a través de máquinas de producción

de energía eléctrica; negocios relacionados con la comercialización , compra y venta de potencia y bloques de energía eléctrica; producción eléctrica, en relación con la marca “ELECTRONOVA”. Según registro N° 213608. Se cita a terceros interesados en defender sus

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derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002977. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril del 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044921).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Gestor oficioso de Xiamen King Long United Automotive Industry Co, Ltd con domicilio en Nº 9, Jinlong Road, Jimei District, Xiamen, Fujian, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para promocionar: Autobuses; coches;

carrocerías de automóviles; chasis de vehículos; cubiertas de neumáticos para vehículos; tapizados para interiores de vehículos; locomotoras; motocicletas; coches deportivos; motores para vehículos terrestres; vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea; portaequipajes para vehículos; asientos de vehículos; fundas para asientos de vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; parachoques de vehículos; volantes para vehículos; cámaras de aire para neumáticos; alarmas antirrobo para vehículos; aeronaves. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044922).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Gestor oficioso de Xiamen King Long United Automotive Industry Co, Ltd con domicilio en Nº 9, Jinlong Road, Jimei District, Xiamen, Fujian, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Autobuses; coches; carrocerías de automóviles; chasis de vehículos; cubiertas de neumáticos para vehículos; tapizados para interiores de vehículos; locomotoras;

motocicletas; coches deportivos; motores para vehículos terrestres; vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea; portaequipajes para vehículos; asientos de vehículos; fundas para asientos de vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; parachoques de vehículos; volantes para vehículos; cámaras de aire para neumáticos; alarmas antirrobo para vehículos; aeronaves. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2014. Solicitud Nº 2014-0001780. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044923).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Industrias Everfit S. A., con domicilio en Transversal 78 N° 65-233 Medellín, Antioquia, Medellín, Colombia, solicita la inscripción de: EVERFIT como marca de fábrica y comercio, en clase 25 y 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 25 Prendas para vestir, gabardinas (prendas de vestir); prendas de vestir para hombres; prendas de vestir para mujeres; vestidos; camisas de vestir; conjuntos de vestir; vestidos para mujeres; pantalones; leggings (pantalones); pantalones cortos; pantalones largos; camisas; camisas para trajes; camisas de manga larga; camisas de manga corta; zapatos de vestir; zapatos para hombres; zapatos para señora; botas y zapatos, y clase 35 Venta, comercialización, distribución, importación, exportación de: Prendas de vestir; gabardinas (prendas de vestir); prendas de vestir para hombres; prendas de vestir para mujeres; vestidos; camisas de vestir; conjuntos de vestir; vestidos para mujeres; pantalones; leggings (pantalones); pantalones cortos; pantalones largos; camisas; camisas para trajes; camisas de manga larga; camisas de manga corta; zapatos para hombres; zapatos para señora; botas y zapatos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de

este edicto. Presentada el 13 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004044. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de junio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044924).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 1626794, en calidad de Apoderada Especial de Fossil Group, Inc. con domicilio en 901 S. Central Expressway, Richardson, Texas 75080, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FOSSIL 1954 como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Perfumes y colonias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003062. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril del 2014.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044925).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 1626794, en calidad de Apoderada Especial de Kimberly-Clark Worldwide, Inc. con domicilio en 401 North Lake, Neenah, Wisconsin 54956, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

KOTEX EVOLUTIONCLICK

como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Toallas, almohadillas, protectores y tampones, todos para uso femenino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0003023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014044926).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Biofarma con domicilio en 50, Rue Carnot 92284 Suresnes Cedex, Francia, solicita la inscripción de: TRIVERAM como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario; alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes; cera dental; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, excluyendo expresamente un vermífugo para diversos usos, para la desparasitación de todo tipo de animales domésticos, de composición en polvo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004499. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014044927).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Fitnessglo Inc., con domicilio en 2118 Wilshire BLVD. Suite 800, Santa Mónica, CA 90403, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FITNESSGLO como marca de fábrica y comercio, en clase 9, 38, 41 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9 Video instruccional y grabaciones de audio con o sin música pregabada descargable a través de Internet y dispositivos inalámbricos de fitness y ejercicio; medios digitales, es decir, cintas de vídeo pregrabadas, discos de vídeo digitales, discos versátiles digitales, audio descargables y grabaciones de vídeo, DVD y discos digitales de alta definición que ofrece gimnasio, el ejercicio, la música y temas relacionados con la salud; archivos multimedia descargables que contiene obras de arte, texto, audio, vídeo e Internet enlaces web relacionados con el fitness, ejercicio, música y cuestiones relacionadas con la salud; publicaciones electrónicas descargables en forma de folletos y libros que ofrecen fitness, ejercicio, música y temas relacionados con la salud, en clase 38 Difusión y transmisión de contenidos de los medios audiovisuales en

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los campos de la física, el ejercicio y los asuntos relacionados con la salud a través de una red informática mundial; servicios de difusión por internet; facilitar el acceso a foros en línea para la transmisión de mensajes y blogs a través de internet; proporcionar los tablones de anuncios electrónicos en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios en el campo de la interés general; proporcionar las salas de chat en línea para redes sociales; servicios de mensajería web; vídeo bajo demanda de servicios de transmisión a través de internet; proporcionar foros en línea para la transmisión de mensajes que ofrece gimnasio, el ejercicio, la música y los asuntos relacionados con la salud; la transmisión electrónica y la transmisión de contenido de medios digitales para terceros a través de redes globales y locales de ordenadores; difusión de material sonoro, visual y audiovisual a través de una red informática mundial; servicios de comunicaciones, es decir, la transmisión difusión de sonido y grabaciones audiovisuales a través de internet, difusión de vídeo y material de audio en internet; facilitar el acceso a bases de datos informáticas; transmisión electrónica de mensajes instantáneos y los datos, en clase 41 Servicios de educación y esparcimiento, a saber, la instrucción en línea en los campos de ejercicio, condición física, la música y los asuntos relacionados con la salud; el suministro de información en línea a través de una red informática mundial en los temas de ejercicio, condición física y la música; servicios de publicación electrónica, a saber, la publicación de textos, gráficos, fotografías, imágenes, y obras audiovisuales de otros en línea para la transmisión de ejercicio que ofrece, bienestar, música, y asuntos relacionados con la salud; proporcionar los blogs en la naturaleza de un diario en línea a través de internet con el ejercicio, gimnasio, música y cuestiones relacionadas con la salud; proporcionar un sitio web con contenido audiovisual no descargable, en concreto, las películas, los videos, videos, música, clips de vídeo, clips de audio, clips de música, vídeos y fotografías, en los campos de ejercicio, condición física, y la música; servicios de consultaría en las áreas de ejercicio y la aptitud; instrucción de aptitud física; servicios de entrenamiento de la aptitud física; proporcionar un sitio web con información sobre el ejercicio y la forma física; el suministro de información en el campo del bienestar y el ejercicio; servicios de publicación electrónica, es decir, la edición de las obras en línea de otros que ofrecen el texto creado por el usuario, audio, video, y los gráficos; proporcionar los diarios en línea y sitios web con contenido creado por el usuario, y en clase 44 Proporcionar un sitio web con información, contenidos audiovisuales no descargables, en concreto, fotográfico, de audio y presentaciones de video en los ámbitos de los asuntos relacionados con la salud, a saber, la salud, el bienestar y la nutrición; servicios de consultaría en las áreas de asuntos relacionados con la salud, a saber, la salud, el bienestar y la nutrición; el suministro de información en el ámbito de los asuntos relacionados con la salud, a saber, la salud, el bienestar y la nutrición. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0004860. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de junio del 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014044928).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorio Elea S. A.C.I.F. Y A. con domicilio en Gallo 235 (1192) Capital Federal, Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: ABARAX ELEA como marca de fábrica y comercio, en clase 5, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos antiparasitarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002979. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de abril del 2014.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014044929).

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Galderma S. A., con domicilio en Zugerstrasse 8, 6330 Cham, Suiza, solicita la inscripción de: METVIXIA como marca de fábrica y comercio,

en clase 5, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sustancias y preparaciones farmacéuticas. Reservas: ninguna. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2014. Solicitud Nº 2014-0005327. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio del 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014044930).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 1-626-794, en calidad de Apoderado Especial de Quala Inc., con domicilio en Pasea Estate P.O. Box 958 Road Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas], solicita la inscripción de:

como marca tridimensional de fábrica y comercio en clase, 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de

los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del 2012. Solicitud Nº 2014-0008259. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de abril del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044931).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Beijing Automobile Group Co. Ltd., con domicilio en N° 25 South Road Of East 3rd Ring, Chaoyang District, Beijing, China, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase, 12 y 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 12: Vehículos ferroviarios; locomotoras; tractores; vehículos eléctricos; carros; motores para vehículos terrestres; mecanismos de propulsión para vehículos

terrestres; chasis de vehículos; cajas ele cambios para vehículos terrestres; autociclos y 37: Supervisión de obras de construcción; información sobre reparaciones; construcción de puestos de feria y de tiendas; instalación y reparación de aparatos eléctricos; mantenimiento y reparación de vehículos a motor; estaciones de servicio (reabastecimiento de carburante y mantenimiento), mantenimiento de vehículos; reparación de vehículos; construcción naval; recauchutado de neumáticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de enero del 2014. Solicitud Nº 2014-0000027. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de abril del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014044932).

Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de Apoderado Especial de Alfagres S. A., con domicilio en AV. Caracas NO 35-55, Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase, 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto; abono para las tierras; composiciones extintoras; preparaciones para el temple y soldadura de metales;

productos químicos destinados a conservar los alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) destinados a la industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de abril del 2014. Solicitud Nº 2014-0002876. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2014.—María Leonor Hernández B, Registradora.—(IN2014044933).

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San Antonio, de la Panasonic, 700 metros sur, edificio Tribu. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001483. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044938).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Café Britt Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101153905 con domicilio en Mercedes Norte, del Automercado; 500 metros al norte y 400 metros al oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LEYENDA, como marca de fábrica en clases: 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29 Confitería en general, y clase 30 Café, con inclusión de sus distintas presentaciones, a saber: tostado, molido, instantáneo, frío o caliente; cacao, en especial chocolate con inclusión de sus distintas presentaciones, a saber: en polvo, en barra, líquido, para untar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2013, según solicitud Nº 2013-0007393. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de abril del 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044941).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Café Britt Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101153905 con domicilio en Mercedes Norte, del Automercado 500 metros al norte y 400 metros al oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café y/o productos de café, así como café en polvo y/o líquido, chocolates, chocolate en polvo para bebida, confites, caramelos y galletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de

los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero de 2014. Solicitud N° 2014-0001485. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de marzo de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044942).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Eclipse Producciones S. A., cédula jurídica 3101180481 con domicilio en calle 31, avenida 12, número 1091, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PROVOCARTE, como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 25, prendas de vestir, y 41, servicios de acondicionamiento físico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0002159. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de abril de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044944).

Courtney Borquet, cédula de residencia 184000228808, en calidad de apoderado generalísimo de Alegría Surf And Cultural Adventures, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101669583 con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, frente a la pulpería El Llanito, casa amarilla, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: actividades deportivas y culturales de surf. Reservas: de los colores: rojo, naranja, celeste y azul. No se hace reserva de las denominaciones Playa Tamarindo, Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este

Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el . Solicitud N° 2014-0001152. A efectos de publicación, 11 de febrero de

Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Mac-Johnson Controls Colombia S. A. S. Sigla MAC-JCI con domicilio en carrera 35 N° 10-300 Acopi-Yumbo Valle del Cauca, Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase, 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Baterías para todo uso excluyendo baterías para computadoras. Reservas: De los colores: amarillo, negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir

de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2014. Solicitud Nº 2014-0004573. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de junio del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044934).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Sanoviva AG con domicilio en Zugerstrasse 76B, Baar 6340, Suiza, solicita la inscripción de: HERBAGREEN, como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: abonos; fertilizantes foliares; acondicionador para la tierra, agentes que estimulan la rapidez, fuerza y hasta el crecimiento de plantas y fortalecimiento de sus sistemas inmunes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero de 2014. Solicitud N° 2014-0000514. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de abril de 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014044935).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de S.C. Johnson & Son Inc. con domicilio en 1525 Howe Street, Racime, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 4 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3, perfumes para habitaciones o ambiente; aceites esenciales para el ambiente; preparaciones aromatizantes para el aire; preparaciones perfumadas para el aire; popurrí;

incienso; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y abrasivas; ceras; destapador de drenajes; jabones; detergentes. Clase 4, velas, vetas perfumadas. Y clase 5, preparaciones para purificar el aire; preparaciones desinfectantes para el aire; preparaciones para neutralizar los olores; desodorantes no para uso personal; desodorantes para habitaciones o ambiente; desodorantes para alfombras; desodorantes para textiles; preparaciones germicidas; desinfectantes líquido y en aerosol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0002753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de abril de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014044936).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Café Britt Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101153905 con domicilio en Mercedes Norte, del Automercado 500 metros al norte y 400 metros al oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento

comercial dedicado a una tienda de regalos cuyo concepto único es resultado de la investigación para asegurar que la apariencia del local y las distintas opciones de productos que ahí se ofrecen reflejan la identidad, belleza, sabor y diversión a su gente; servicios de venta de café y productos de café así como todo tipo de souvenirs, chocolates y productos promocionales, ubicado en Heredia, Belén,

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como marca de fábrica en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jamones de cerdo. Reservas: de los colores amarillo, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a

partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005216. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014045067).

Susana Cortés Botero, cédula de residencia 117001112812 con domicilio en Mora, Colón, condominio Cerro Colón, casa número 32, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa de playa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 3 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0001818. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014045069).

Fabio Francisco Sáenz Baudrit, casado, cédula de identidad 102710658, en calidad de apoderado generalísimo de Cosmoagro S. A., cédula jurídica 3101137313 con domicilio en avenida 10, calles 13 y 15, número 1327, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: OPTIMUS Fe, como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para uso en la agricultura, abonos (naturales y artificiales) y coadyuvantes agrícolas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005543. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de julio de 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2014045078).

José Alvarado Vega, casado una vez, cédula de identidad 401240547 con domicilio en San Pedro de Barva, puente Salas, 275 metros norte del templo católico, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pantalones de mezclilla. Reservas: de los colores: negro, blanco, rojo y gris. 26 de junio de 2014. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,

contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005349. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014045079).

Fabio Francisco Sáenz Baudrit, casado, cédula de identidad 102710658, en calidad de apoderado generalísimo de Cosmoagro S. A., cédula jurídica 3101137313 con domicilio en avenida 10, calles 13 y 15, número 1327, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CIPLEX, como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para agricultura, abonos (naturales y artificiales) y coadyuvantes agrícolas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005546. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1° de julio de 2014.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2014045081).

2014téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero de 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014044951).

Salo Ponchner Geller, casado una vez., cédula de identidad 106910097, en calidad de apoderado generalísimo de Quantum Real Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101549920 con domicilio en Atenas, Sabana Larga, 800 metros al oeste de la gasolinera de Atenas, tapia de piedra a mano izquierda, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aires acondicionados. Reservas: de los colores: azul. Se cita a terceros interesados

en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de marzo de 2014. Solicitud N° 2014-0002691. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de mayo de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044969).

Rubén Santamaría Rodríguez, cédula de identidad 112310879 con domicilio en 150 metros sur de la entrada principal a Palmares, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: artículos de cerrajería y ferretería metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004382. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo de 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014044990).

Carlos Alberto Coghi Quesada, casado una vez, cédula de identidad 301810084, en calidad de apoderado generalísimo de Finca Semide S. Acon domicilio en Santiago de Paraíso, 400 metros al noreste de la iglesia católica, contiguo a Agraria Cañera, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: mermeladas, conservas, jugos, frutas, lácteos, hortalizas, confituras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0004729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio de 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014045005).

Carlos Coto Madrigal, cédula de identidad 110790726, en calidad de apoderado especial de La Torre Española Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-186987 con domicilio en barrio San José, trescientos metros al oeste de la iglesia católica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y vegetales en conserva, congeladas, secas y cocidas, gelatinas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles.

Reservas: de los colores azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005214. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014045066).

Carlos Coto Madrigal, cédula de identidad 110790726, en calidad de apoderado especial de La Torre Española Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-186987 con domicilio en barrio San José, trescientos metros al oeste de la iglesia católica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

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interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0003717. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio de 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014045123).

Roberto Juan Carranza Dada, soltero, cédula de identidad 11264151, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Negocios Sostenibles GNS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101657141 con domicilio en Montes de Oca, Barrio Escalante de la Rotonda de La Bandera; 650 metros al oeste, Condominios Altos de Escalantes, número B 2, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de Casa Gourmet Wine & Deli, como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta en detalle y al por mayor de vinos y alimentos selectos y finos, ubicado en San José. Colima de Tibás, Parque industrial Condal, bodega Nº 70, contiguo a ferretería EPA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2014, según solicitud Nº 2014-0003718. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de julio del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014045124).

Roberto Juan Carranza Dada, soltero, cédula de identidad 112640151, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Negocios Sostenibles GNS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101657141 con domicilio en Montes de Oca, Barrio Escalante de La Rotonda de La Bandera; 650 metros al oeste, Condominios Altos de Escalantes, número B 2, SAN JOSÉ, Costa Rica, solicita la inscripción de Casa Gourmet Wine & Deli, cómo marca de fábrica en clases: 29; 30; 31; 32 y 33 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29 Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; todos alimentos finos y selectos, y que pueden ser preparados o acompañados con vino, clase 30 Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; todos alimentos finos y selectos, y que pueden ser preparados o acompañados con vino, clase 31 Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta; todos alimentos finos y selectos, y que pueden ser preparados o acompañados con vino, clase 32 Cervezas; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas, las cuales pueden ser bebidas finas y que pueden ser preparadas o acompañados con vino, y clase 33 Todo tipo de vinos finos, premium y gourmet. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2014, según solicitud Nº 2014-0003719. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de junio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014045126).

Silvia Itzel Bonilla Berríos, soltera, cédula de identidad 113070788, en calidad de apoderada generalísima de Clínica Auditiva Audinsa S. A., cédula jurídica 3101595233 con domicilio en Los Lagos, Heredia; del salón comunal 200 metros norte, 25 metros oeste y 25 metros norte, casa Nº 192 G, Costa Rica, solicita la inscripción de:

Álvaro Sáenz Saborío, cédula de identidad 1-500-072, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3-101-009367-08 con domicilio en La Lima, trescientos norte de la bomba Delta, (antigua bomba Shell), Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de productos destinado a ser utilizados en agricultura. Ubicado en Cartago en la Lima,

trescientos norte de la bomba Delta, (antigua bomba Shell). Reservas: de los colores amarillo, negro, blanco y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005087. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014045082).

Luis Carlos Chacón Rojas, casado, cédula de identidad 204810893, en calidad de apoderado generalísimo de Agricenter S. A., cédula jurídica 3101301429 con domicilio en San Carlos, Santa Clara de Florencia, dos kilómetros norte de plaza, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: DICARMID, como marca de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: herbicidas, fungicidas, insecticidas, bactericidas, nematicidas, para uso en la agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de 2014. Solicitud N° 2014-0005085. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014045083).

Luis Gustavo González Vargas, casado una vez, cédula de identidad 207070123, en calidad de apoderado General de Servicios de Consultoría Ambiental Ecos de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-579850 con domicilio en urbanización Ciruelas, casa 29 F, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41; 42 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: servicios de educación y formación en temas de salud y seguridad ocupacional, gestión ambiental, gestión de la

calidad, gestión administrativas. En clase 42: servicios de asesoría, consultoría, tercerización empresarial en temas de gestión ambiental. En clase 44: servicios de asesoría, consultoría, tercerización empresarial en temas de salud y seguridad ocupacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2014. Solicitud N° 2014-0004366. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio de 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014045089).

Roberto Juan Carranza Dada, soltero, cédula de identidad 112640151, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Negocios Sostenibles GNS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101657141 con domicilio en Montes de Oca, barrio Escalante de la rotonda de La Bandera, 650 metros al oeste, condominios Altos de Escalantes, numero B 2, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

Casa GourmetWine & Deli

como marca de servicios en clases: 35 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 35: publicidad; agencias de importación, gestión de negocios comerciales; administración comercial y trabajos de oficina; todos relacionados con el vino y productos finos, y clase 43: servicios de restauración (alimentación) con especialidad de vinos y alimentos finos. Se cita a terceros

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como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: botas de hule. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos

valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2013, según solicitud Nº 2013-0007989. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de enero del 2014.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2014045280).

Estefany María Quesada Méndez, soltera, cédula de identidad 206970514 con domicilio en Piedades Norte, San Ramón; 600 este de la escuela, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 24 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Tejidos y productos textiles, no

comprendidos en otra clase; ropa de cama; ropa de mesa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de marzo del 2014, según solicitud Nº 2014-0002751. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de abril del 2014.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2014045282).

Andrea Garrote Torres, soltera, cédula de identidad 115060615 con domicilio en del Perimercados de Vargas Araya; 300 metros este, 300 metros norte, Aptos, Coto Nº 1, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aceites y grasas comestibles. Reservas: No se hace reserva del término:

“Caseritas”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de junio del 2014, según solicitud Nº 2014-0005358. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014045295).

Ricardo Alberto Vargas Valverde, casado una vez, cédula de identidad 106530276, en calidad de apoderado especial de Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S. A., cédula jurídica 3101341865 con domicilio en avenida 10-12, calle 37, San José, Costa Rica, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 36 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios

financieros y asesoría en negocios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2014, según solicitud Nº 2014-0004748. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014045296).

Ricardo Alberto Vargas Valverde, casado una vez, cédula de identidad 106530276, en calidad de apoderado especial de Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S. A., cédula jurídica 3101341865 con domicilio en, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios financieros y asesoría en negocios. Se cita a terceros interesados

en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2014, según solicitud Nº 2014-0004750. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2014.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2014045298).

como marca de servicios en clase: 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Todo lo relacionado a servicios y atención médica de pacientes con sordera, tinnitus o acúfeno. Reservas: De los colores:

celestre, gris y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2014, según solicitud Nº 2014-0005513. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio del 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2014045135).

Carlos José Jacobo Zelaya, casado una vez, cédula de identidad 109030764, en calidad de apoderado general de Dobac Internacional S. A., cédula jurídica 3012491535 con domicilio en Ciudad de Panamá; costado del este, Plaza del Este; locales 12, 13 Y 14, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 12 internacionales, para proteger y

distinguir lo siguiente: Sistemas de suspensión para vehículos tales como amortiguadores, tijeras y rótulas, puntas de ejes, sistemas de dirección tales como

terminales, rótulas, barras, juntas homocinóticas y balancines, sistemas de embrague y frenos, juegos de reparación, discos y platos de presión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de abril del 2014, según solicitud Nº 2014-0003634. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014045150).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Piñales Las Delicias S. A., cédula jurídica 3101249959 con domicilio en Cartago, La Unión, Concepción; un kilómetro al norte, de la Fábrica Irex, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de agricultura. Se cita a

terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2014, según solicitud Nº 2014-0005103. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de julio del 2014.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(IN2014045163).

Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Instituto de Simulaciones Clínicas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101321753 con domicilio en Los Yoses; 100 metros oeste, de la Tienda Arenas, sobre el bulevar, frente al Automercado de Los Yoses, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a específicamente a

realizar entrenamientos y simulaciones en el campo médico y terapéutico, ubicado en San José, San Pedro-Los Yoses 100 oeste de Arenas sobre en el bulevar de los Yoses. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2013, según solicitud Nº 2013-0010346. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero del 2014.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2014045164).

Roberto Massuh Dumani, cédula de identidad 800450613, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Romadu S. A., cédula jurídica 3101132898 con domicilio en San José, 200 metros al este de la Embajada Americana, Costa Rica, solicita la inscripción de:

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MELOXICAM Y UN AGENTE MODULADOR DE LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO, ÚTIL COMO ANTICONCEPTIVO DE USO CONTINUO EN MUJERES. Anillo vaginal de liberación sostenida que comprende meloxicam y un agente modulador de la liberación del principio activo, tal como polivinilpirrolidona K-30, que libera el principio activo por al menos 90 días, útil como anticonceptivo de uso continuo en mujeres. El anillo vaginal comprende preferentemente 5% a 30% en peso de meloxicam, en relación al peso total de la formulación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 6/06; A61M 31/00; A61K 31/568; A61K 9/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Chen, Shu-Chen, Beltrán Apablaza, Marianela del Carmen. La solicitud correspondiente lleva el número 20140302, y fue presentada a las 13:41:46 del 20 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045496).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1-0880-0194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada: PLANTILLA PARA ENVASE DE MEDICAMENTOS.

Diseño ornamental para una plantilla para envase de medicamentos como se muestra y describe en las figuras. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyo(s) inventor(es) es(son) Guy Upchurch,

John G-Finch, Lori K. Kim, Lewis H. Sita, Alexandra C. Breban-López. Prioridad: 08/04/2013 US 29/469,111. La solicitud correspondiente lleva el número 20140165, y fue presentada a las 14:59:15 del 7 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de junio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045500).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Galápagos NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada: NOVEDOSAS DIHIDROPIRIMIDINOISOQUINOLINONAS Y COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS DE LAS MISMAS PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS INFLAMATORIOS. Un compuesto según la fórmula I a en donde Ll y G, y R1 son según lo descrito en la presente invención. La presente invención se refiere a compuestos novedosos según la fórmula I que antagonizan el GPR84, un receptor acoplado a la proteína G que está involucrado en afecciones inflamatorias y métodos para la producción de estos compuestos novedosos. WO 2013/092791 A1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/529; A61P 9/10; cuyo(s) inventor(es) es(son) Labéguère, Frédéric Gilbert, Newsome, Gregory John Robert, Alvey, Luke Jonathan, Sanière, Laurent Raymond Maurice, Fletcher, Stephen Robert. Prioridad: 22/12/2011 US 61/578,979. La solicitud correspondiente lleva el número 20140305, y fue presentada a las 13:32:17 del 24 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045622).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals Inc, de E.U.A, solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS PARA INHIBIR LA PROGRESIÓN MITOTICA. La presente invención se refiere a

Cambio de Nombre N° 91405Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez,

Cédula de identidad 102990846 , en calidad de apoderado especial de Koipe Corporation, S.L.U, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Koipe Corporation, S.L por el de Koipe Corporation, S.L.U, presentada el día 6 de mayo de 2014 bajo expediente 91405. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418 CARBONELL en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 18 de junio de 2014. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2014046318).

Cambio de nombre por fusión N° 91422Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula

de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de SOS Corporation Alimentaria S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Koipe Corporation, S.L.U por el de SOS Corporation Alimentaria S. A., presentada el día 6 de mayo de 2014 bajo expediente 91422. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418 CARBONELL en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de junio del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2014046319).

Cambio de nombre N° 91423Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula

de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Deoleo S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de SOS Corporación Alimentaria S. A. por el de Deoleo S. A., presentada el día 6 de mayo del 2014 bajo expediente 91423. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418 CARBONELL en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de junio del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2014046320).

Cambio de Nombre Nº 92158 Que Edgar Zurcher Gurdian, divorciado, cédula de identidad

105320390, en calidad de apoderado especial de Immunotec Inc., solicita a este Registro, se anote la inscripción de cambio de nombre de Immunotec Reserch Ltd. por el de Immunotec Inc., presentada el día 23 de junio del 2014, bajo expediente 92158. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0007969 Registro Nº 147490 IMMUNOCAL, en clase 29 marca denominativa y 2003-0007970, registro Nº 147459 IMMUNOCAL en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2014046463).

Marcas de GanadoSurica Vanessa Alfaro Smith, cédula de identidad 0111510178,

solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Guácimo, Pocora, La Argentina, 3 kilómetros al sur del salón comunal del lugar . Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles, contados

a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2014. Solicitud N° 2014-1264.—San José, 10 de julio del 2014.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN20140045488).

Patentes de invenciónPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1-0880-0194, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Laboratorios Andrómaco S. A., de Chile, solicita la Patente de Invención denominada: ANILLO VAGINAL QUE COMPRENDE

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Patentes es: C07C 217/84; cuyo(s) inventor(es) es (son) Feutrill, John, Leriche, Caroline, Middlemiss, David. Prioridad: 16/09/2011 EP 11306170. 9; 03/02/2012 EP 12305626. 9; 04/06/2012 EP 12305626.9. La solicitud correspondiente lleva el número 20140122, y fue presentada a las 14:12:08 del 12 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045635).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Contech Engineered Solutions LLC, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada UNIDAD DE PUENTE DE CONCRETO

diseño 1. Unidad de puente de concreto, la cual comprende una pared superior en forma de arco y paredes laterales en lados opuestos a la pared superior, cada lado de la pared se extiende de manera descendente y hacia afuera a partir del extremo de la pared superior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,

la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/03; cuyo(s) inventor (es) es(son) Carfagno, Michael G., Creamer, Philip A. Prioridad: 20/02/2012 US 29/413,755. La solicitud correspondiente lleva el número 20130508, y fue presentada a las 12:33:42 del 3 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045637).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de Apoderado Especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN HERBICIDA QUE CONTIENE ÁCIDO DE 4-AMINO-3-CLORO-6-(-4-CLORO-2-FLUOR-3-METOXIFENIL) PIRIDINA-2-CARBOXÍLICO, O LOS DERIVADOS DEL MISMO Y FLUROXIPIR, O LOS DERIVADOS DEL MISMO. Las composiciones herbicidas que contienen, y los métodos para controlar la vegetación indeseable utilizando el ácido de 4-amino-3-cloro-6-(4-cloro-2-flúor-3-metoxifenil)piridina-2-carboxílico, o un éster, amida, o sal del mismo agricolamente aceptables y (b) fluroxipir, o un éster, amida, o una sal del mismo agricolamente aceptables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01P 13/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ovalle, Daniel, Carranza Garzon, Nelson M, Rojas-Calvo, Carlos E, Paniagua, Leonardo, Reichert, Alberto, Masters, Robert A. Prioridad: 06/12/2011 US 61/567, 413; 13/06/2013// WO 2013/085991. La solicitud correspondiente lleva el número 20140263, y fue presentada a las 13:42:10 del 02 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045648).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE ISOTIAZOLINA PARA COMBATIR PLAGAS DE INVERTEBRADOS. Compuestos de isotiazolina de la fórmula I en donde las variables son como se definen en las reivindicaciones o en la descripción, que son útiles para combatir o controlar plagas de invertebrados, en particular plagas de artrópodos y nemátodos y un método para producirlos. WO 2013/092943 Al. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños

compuestos y métodos para el tratamiento del cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/55; A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Claiborne, Christopher, F., Sells, Todd, B., Stroud, Stephen, G. Prioridad: 16/11/2006 US 60/859,340. La solicitud correspondiente lleva el número 20140154, y fue presentada a las 13:17:54 del 4 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045628).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula N° 1-335-794, en su condición de Apoderado Especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN HERBICIDA QUE CONTIENE CIERTOS ÁCIDOS PIRIDINA CARBOXÍLICOS Y EL ÁCIDO (2,4- DICLOROFENOXI) ACÉTICO. Las composiciones herbicidas que contienen ácido de 4-amino-3-cloro-6-(4-cloro-2-flúor-3-metoxifenil) piridina-2-carboxílico (I) o un derivado del mismo y 2,4-D o un derivado del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A01N 25/32; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ovalle, Daniel, Carranza Garzon, Nelson, M, Rojas-Calvo, Carlos, E, Paniagua, Leonardo, Reichert, Alberto, Masters, Robert A. Prioridad: 06/12/2011 US 61/567,419;13/06/2013 // WO 2013/085988. La solicitud correspondiente lleva el número 20140262, y fue presentada a las 13:41:20 del 02 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045631).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula N° 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Normacon 21, S.L., de España, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO DE PRODUCCIÓN DE BIOMASA Y APARATO UTILIZADO EN DICHO PROCEDIMIENTO.

La invención se refiere a un procedimiento para acelerar la producción de biomasa a partir de cultivo de microalgas, utilizando para la puesta en práctica de dicho procedimiento un reactor específicamente diseñado para el mismo, en el que se introduce un cultivo de agua con microalgas, con nutrientes y CO2 y por cuyo interior se hace pasar una corriente

continua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 1/12; C12N 1/13; C12M 1/00; C12M 1/04; C12M 1/42; cuyo(s) inventor(es) es(son) Herms Gavaldá, Antonio. Prioridad: 21/10/2011 ES P201131695; 12/06/2012 ES P201230915; 25/04/2013 // WO 2013/057348. La solicitud correspondiente lleva el número 20140167, y fue presentada a las 13:16:26 del 08 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045632).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Fovea Pharmaceuticals, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ANILINA, SU PREPRACIÓN Y SU APLICACIÓN TERAPÉUTICA.

La presente invención se refiere a derivados de anilina, a su preparación y a su aplicación terapéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de

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43/54; A01N 43/56; A01N 43/653; A01N 43/713, A01N 43/76 ; A01N 43/78; A01N 43/80; A01N 43/82; A01N 43/88; cuyo(s) inventor (es) es(son) Rheinheimer, Joachim, Terteryan, Violeta, Redlich, Stefan, Kremzow, Doris, Rosenbaum, Claudia, Rohrer, Sebastian Georgios, Grammenos, Wassilios, Pilger, Christian, Röhl, Franz, Gewehr, Markus, Stammler, Gerd, Montag, Jurith, Sauter, Hubert. Prioridad: 21/12/2011 EP 11195032.5; 26/10/2012 EP 12190109.4; 27/06/2013 // WO 2013/092224. La solicitud correspondiente lleva el número 20140247, y fue presentada a las 13:42:17 del 23 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045657).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Pal Hegedus, ced. 1-558-219, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Meiji Seika Pharma Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención denominada AGENTE DE CONTROL DE PLAGAS.

La presente invención se relaciona a derivados de amina cada uno representado por la fórmula química (I) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 47/40; A01N 37/18; A01N

43/40; A01N 43/54; A01N 43/78; A01N 47/04; cuyos inventores son) Kagabu Shinzo, Mitomi Masaaki, Kitsuda Shigeki, Horikoshi Ryo, Nomura Masahiro, Onozaki Yasumichi. Prioridad: 31/08/2010 JP 2010-194584. La solicitud correspondiente lleva el número 20130089, y fue presentada a las 14:32:00 del 27 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045925).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de St. Jude Medical Systems AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO DE REDUCCIÓN ACTIVA DE INTERFERENCIA-RUIDO y un método relacionado con el mismo. Un dispositivo de cancelación activa de ruido (2) para un dispositivo médico el cual incluye un circuito activo, el cual tiene una primera conexión de entrada (8), una segunda conexión de entrada (10) y una conexión de salida (12). La segunda conexión de entrada (10) es conectada a: al menos una señal de referencia predeterminada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B 5/00; A61B 5/021; A61M 25/09; cuyo inventor es Samuelsson, Magnus. Prioridad: 5/12/2011 US 61/630,097; 5/12/2011 SE 1151152-4. La solicitud correspondiente lleva el número 20140296, y fue presentada a las 12:40:00 del 19 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045926).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Pfizer Products Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE BIARIL ÉTER UREA. El objeto de la invención es un compuesto derivado de biaril éter urea como inhibidor de la FAAH que se puede emplear en la elaboración de formas farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades relacionadas como el dolor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/10; A61K 31/444; A61P 29/02; C07D 401/12; C07D 401/14; C07D 413/12; C07D 471/04; cuyos inventores son Fay, Lorraine, Kathleen, Johnson, Douglas, Scott, Lazerwith, Scott, Edward, Morris, Mark, Anthony, Wang, Lijuan, Jane, Meyers, Marvin, Jay, Kesten, Suzanne, Ross, Stiff, Cory, Michael. Prioridad: 18/10/2006

quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 417/04; C07D 275/03; A01N 43/26; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bindschädler, Pascal, Von Deyn, Wolfgang, Körber, Karsten, Kaiser, Florian, Rack, Michael, Culbertson, Deborah, L, Neese, Paul, Braun, Franz-Josef. Prioridad: 23/12/2011 US 61/579,676. La solicitud correspondiente lleva el número 20140276, y fue presentada a las 14:08:40 del 12 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de junio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045650).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA TRATAR EL CÁNCER POR EL USO DE ANTAGONISTAS DE UNIÓN AL EJE PD-1E INHIBIDORES DE MEK.

La presente invención describe un tratamiento combinado que comprende un antagonista de unión al eje PD-1 y un inhibidor de Mek y métodos para el uso del mismo, que incluyen métodos para tratar afecciones donde se desea una inmunogenicidad potenciada tal como el aumento de la inmunogenicidad

turnoral para el tratamiento del cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00; A61K 39/395; C07K 16/28; C07K 16/30; cuyo(s) inventor(es) es (son) Maecker, Heather. Prioridad: 01/08/2011 US 61/574,406. La solicitud correspondiente lleva el número 20140034, y fue presentada a las 13:22:05 del 23 de enero del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045652).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Seminis Vegetable Seeds, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada LA SANDÍA CON CUALIDADES DE PROCESAMIENTO MEJORADAS (Divisional 8835). Una planta de la sandía, o una parte de la misma, que produce un fruto maduro que tienen una pulpa ultra consistente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/00; A01H 5/08 A01H 1/02; cuyo(s) inventor(es) es(son) Tolla, Greg, Juarez, Benito, Mccuistion, Fred. Prioridad: 02/07/2004 US 60/584, 964; 22/10/2004 US 10/972,190; 31/03/2005 AU 2005201372; 09/02/2006// WO2006/014463. La solicitud correspondiente lleva el número 20140152, y fue presentada a las 13:43:00 del 3 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045655).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula N° 1-335-794, en su carácter de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada USO DE COMPUESTOS TIPO ESTROBILURINA PARA COMBATIR HONGOS FITOPATOGÉNICOS RESISTENTES A INHIBIDORES DE Qo. Uso de compuestos tipo estrobilurina de la Fórmula I, sus N-óxidos y sales para combatir hongos fitopatogénicos que contienen una mutación en el gen mitocondrial citocromo b que confiere resistencia a los inhibidores de Qo, y a métodos para combatir esos hongos. También compuestos novedosos, procesos para preparar estos compuestos, composiciones que comprenden al menos uno de estos compuestos, aplicaciones fitosanitarias y semillas recubiertas con al menos uno de estos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/08; A01N

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PIRIMIDINA-5-ONAS, a favor de la compañía NOVARTIS AG., cuyos inventores son: Machajewski Timothy D., Shafer Cynthia M, Mcbride Christopher, Antonios-Mccrea William, Doughan Brandon M., Levine Barry H., Xia Yi, Mckenna Maureen, Wang X. Michael, Mendenhall Kris, Gong Baoqing, Dolan John, Tulinsky John, Brinner Kristin, Gao Zhenhai, Poon Daniel, Xiaodong Li, Costales Abran, Rico Alice, Brammeier Nathan, Pick Teresa, Renhowe Paul A., todos de nacionalidad estadounidense, Zhou Yasheen, Gu Dan, de nacionalidad china y Barsanti Paul A., de nacionalidad británica, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3043, estará vigente hasta el día veintiocho de septiembre de dos mil veintiséis, cuya Clasificación Internacional es C07D 471/00, C07D 211/00, A61K 31/00, A61P 35/00.—San José, a las ocho horas quince minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce.—Lic. Randall Abarca Aguilar.—1 vez.—(IN2014046256).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las catorce horas del siete de mayo del dos mil catorce, fue inscrita la Patente de Invención denominada REDUCCIÓN DE CÉLULAS B UTILIZANDO MOLÉCULAS DE UNIÓN ESPECÍFICAS CD37 Y CD20, a favor de la compañía Emergent Product Development Seattle LLC., domiciliada en Estados Unidos, cuyos inventores son: Brady, William; Grosmaire, Laura Sue; Hayden-Ledbetter, Martha, Susan; Ledbetter, Jefrey A; Thompson, Peter Armstrong; Simon, Sandy, Alexander, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3051, estará vigente hasta el veinticinco de julio del dos mil veintiséis, la Clasificación internacional de Patentes Octava, Revisión 2014-01 es A61K 31/00. Exp. N° 9761.—San José, a las diez horas cincuenta y nueve minutos del veintisiete de junio del dos mil catorce.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2014046438).

Se hace saber que el licenciado Edgar Zurcher Gurdian en calidad de apoderado especial de Evonik Degussa GMBH sociedad organizada y existente bajo las leyes de Alemania, solicita a este Registro se inscriba el traspaso por fusión de Evonik Goldschmidt GMBH; compañía titular de la solicitud de Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE ACEITE AGROQUÍMICAS QUE COMPRENDEN ADYUVANTES ALQUIPOLISILOXANOS EN CONDICIÓN DE SILICONA ALTA, expediente número 2011-0218, a favor de la empresa Evonik Degussa GMBH, de conformidad con el documento de traspaso por fusión así como el documento de poder, aportados el trece de junio del dos mil catorce.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2014046440).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSEl Registro de Personas Jurídicas, Departamento de

Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-051232, denominación: Asociación Gnóstica de Estudios de Antropología y Ciencias. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 8/8/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2014 asiento: 177951).—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 8 minutos y 52 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014045927).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Círculo de Investigación de la Antropología gnóstica, con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: cultivar y difundir las enseñanzas científicas y filosóficas de la gnosis, dedicada a la investigación antropológica, a rescatar el legado cultural y la sabiduría oculta en las antiguas civilizaciones. Cuyo representante, será el presidente: Francisco Jesús Bolaños Moreira, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y

US 60/829,966; 17/8/2007 US 60/965,210. La solicitud correspondiente lleva el número 20140313, y fue presentada a las 8:49:00 del 27 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 1° de julio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045929).

El señor Gerardo Enrique Rojas Arroyo, abogado, mayor, vecino de San José, cédula 1-0366-0419, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Manpalíder S. A., de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada EXHIBIDOR DE CARTÓN EN NIVELES. Exhibidor de cartón en niveles, con nueve piezas de cartón dispuestas para calzar entre sí: una pieza rectangular que se convierte en una caja que servirá como primer nivel y una de las bases del exhibidor; una pieza rectangular de cartón que se coloca doblada en cuatro porciones iguales, dentro de la caja recién descrita, fungiendo como separador; dos piezas delgadas de cartón, que se cruzan en forma de “X” que servirá de soporte para el primer nivel del exhibidor; una pieza rectangular que se coloca de manera vertical y es la otra base y respaldo principal del exhibidor, con una parte media frontal que sobresale y se acopla sobre la otra base del exhibidor, encajando en forma de escalera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47F 3/06; A47F 5/11; A47F 7/03; A47F 5/00; A47B 47/06; cuyo inventor es Rojas Santillán, Gerardo. Prioridad: La solicitud correspondiente lleva el número 20140271, y fue presentada a las 11:24:01 del 11 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 30 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos Registradora.—(IN2014046274).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula 1 0984 0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de Apoderada Especial de Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la M, de España, solicita la Patente de Invención denominada OBJETO QUE COMPRENDE UNA REGIÓN DE SU SUPERFICIE ADAPTADA PARA MOSTRAR UNA PLURALIDAD DE IMÁGENES. La presente invención está dirigida a un objeto que comprende una región de su superficie adaptada para mostrar una pluralidad de imágenes. Cada una de estas imágenes es observable desde una dirección distinta de tal modo que al observar una de las imágenes las otras imágenes dejan de ser observables y no interfieren en la visualización de la imagen observada. WO 2013/072449 A1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A44C 21/00; B21C 51/00; B23P 15/00; cuyo inventor es Julián Zamorano de Blas. Prioridad: 18/11/2011 EP 11382355.3. La solicitud correspondiente lleva el número 20140233, y fue presentada a las 14:22:10 del 19 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014046283).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZExpediente 2012-0526

Se hace saber que la licenciada Ana Catalina Monge Rodríguez en calidad de apoderada especial de Bayer Healthcare LLC, sociedad organizada y existente bajo las leyes de Estados Unidos de América, solicita a este Registro se inscriba el traspaso por cesión de Bayer Intellectual Property GMBH compañía titular de la solicitud de la Patente de Invención denominada “Proceso para la Preparación de 4-{4[4({[4-Cloro-3-(Trifluorometilo)-Fenilo] Amino} Carbonilo) Amino]-3-Fluorofenoxi}-N-Metilpiridino-2-Carboxamida, sus sales y Monohidrato”, a favor de la empresa Bayer Healthcare LLC de conformidad con el documento de traspaso por cesión así como el poder; aportado el 25 de junio de dos mil catorce.—San José, a las nueve horas cincuenta y nueve minutos del treinta de junio de dos mil catorce.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—1 vez.—(IN2014046248).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce, fue inscrita la Patente de Invención denominada 2-AMINO-7, 8-DIHIDRO-6H-PIRIDO[4,3-D]

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habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2014 asiento: 91909 con adicional: 2014-177952.—Registro Nacional, a las 8 horas 4 minutos y 5 segundos, del 9 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014045930).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación del Adulto Mayor Espíritu Siempre Joven de Tronadora, Tilarán, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Tilarán, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el bienestar de sus asociados mediante el desarrollo de actividades sociales y culturales, fomentar la integración del adulto mayor en el seno de su familia y de la comunidad, cuya representante, será la presidenta: Olga Barrientos Herrera, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014. Asiento: 147065 con adicional(es): 2014-181470.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 21 minutos y 39 segundos, del 4 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046018).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Testigos de Jehová, con domicilio en la provincia de: Heredia-Belén, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: El Mejoramiento de la Vida Espiritual y Social de sus Asociados. Cuyo representante, será el presidente: Clever Alvarado Salazar, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 159470.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 49 minutos y 34 segundos, del 9 de junio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046066).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Pro Vivienda Familias Guadalupanas en Victoria, con domicilio en la provincia de: San José - Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Ayudar y Promover a la Solución Habitacional de Familias de Escasos Recursos Económicos. Cuyo representante, será la presidenta: Johanna Vanessa Agüero Navarro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2014 Asiento: 162107.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 54 minutos y 32 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046084).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Corazones de Espíritu Manos Abiertas a Dar, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Apoyar la investigación relacionada con el desarrollo de las mujeres y mejorar la calidad de vida humana. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto la presidenta: Eillen Judith Elizondo Méndez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento 27931).—Curridabat, veinte de marzo del año dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046341).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos Promejoras Urbanización Santiago Sector Este, con domicilio en la provincia de: Heredia-San Rafael, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover las mejoras en infraestructura necesarias en la comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Miguel Ángel Salas Calvo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014 asiento: 112358 con adicional(es): 2014-168452.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 11 minutos y 27 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046358).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Llano Embrocado y Llano Bonito de Cangrejal de Acosta, con domicilio en la provincia de: San José-Acosta, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el AYA. Cuyo representante, será el presidente: John Alberto Sánchez Mora, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014 asiento: 182056.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 59 minutos y 59 segundos, del 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046360).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Miembros Organizados Fomentando Acciones Solidarias, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Ramón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: La promoción y apoyo de actividades, proyectos y gestiones a nivel distrital, cantonal provincial y nacional en pro del desarrollo integral de grupos debidamente organizados y legalmente establecidos; cuya representante, será la presidenta Olga Navarro Soto, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 119621 con adicional(es): 2014-134032.—Curridabat, 29 de mayo del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046442).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Féminas de Corredores, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Entre sus fines están: Promover el desarrollo integral de las y los asociados y sus familias, que se ubiquen en el proyecto de vivienda de Caracol de Asofeminas; su presidenta y representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es Sandra Yamileth Alpízar Chinchilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013 asiento: 248544, Adicionales: 2013-270765, 2014-7498, 2014-50188.—Curridabat, a los veintiocho días del mes de febrero del dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046662).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-383718, denominación: Asociación de Intérpretes y Ejecutantes Musicales

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de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 asiento: 171116.—Curridabat, 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046684).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Caridad Casa Rusa, con domicilio en la provincia de San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: actividades de educación y conservación de cultura rusa. Cuya representante, será la presidenta: Anna Torganova, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2014 asiento: 68632 con adicional: 2014-108391.—Registro Nacional, a las 10 horas 12 minutos y 13 segundos, del 14 de mayo del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046772).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Efecto Mariposa, con domicilio en la provincia de: San José, Escazú, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: incedir para la construcción y aplicación de un currículo oficial en ambiente y desarrollo sostenible en el proceso de educación integral del país. Cuya representante, será la presidenta: Carolina Ramírez Elizondo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2014 asiento: 160373.—Registro Nacional, a las 8 horas 45 minutos y 46 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046782).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-234034, denominación: Asociación Centro Evangelístico León de Judá. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8/8/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2014, asiento: 161719).—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 59 minutos y 6 segundos, del 20 de junio del 2014.—Lic. Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046805).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-526386, denominación Asociación Academia de Odontólogos Especialistas en la Atención de Niños y Adolescentes; por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 170292.—Curridabat, 1° de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046932).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Yamileth Reyes Álvarez, cédula de identidad número 2-0318-0518, carné profesional número 21091. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días

siguientes a esta publicación. (Exp. 14-000635-0624-NO).—San José, 11 de julio del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014046378).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del licenciado Eugenio Hernández Cordero, cédula de identidad número 4-0132-0682, carné profesional número 21560. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Exp. 14-000776-0624-NO).—San José, 24 de junio del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014046953).

AMBIENTE Y ENERGÍADIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 3431A.—Baldioceda Rojas Hnos., Ltda, solicita concesión de: 200 litros por segundo del Río Colorado, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial, consumo humano y riego. Coordenadas 294.600 / 371.800 hoja Ahogados. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de julio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045024).

Exp. 16301A.—Carlos Luis Moya Zúñiga, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eduardo Moya Zúñiga en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 349.900 / 489.160 hoja Dominical. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045098).

Exp. 15446A.—Sun Ranch Ltda., solicita concesión de: 50 litros por segundo de la Quebrada Plasuela, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero agropecuario-riego. Coordenadas 284.500 / 373.250 hoja Monteverde. 100 litros por segundo del Río Liberia 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero agropecuario-riego. Coordenadas 283.774 / 372.350 hoja Monteverde. 100 litros por segundo del Río Liberia 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero agropecuario riego. Coordenadas 286.460 / 373.708 hoja Monteverde. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de setiembre de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2014045503).

Exp. 16243A.—Inmobiliaria Famari D & R S. A., solicita concesión de: 0,52 litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca del mismo en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso abrevadero-lechería y consumo humano. Coordenadas 266.194 / 438.759 hoja Tilarán. 0,23 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca del mismo en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso abrevadero-lechería y consumo humano. Coordenadas 266.071 / 438.774 hoja Tilarán. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de abril de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045510).

Exp. 10102P.—Comercializadora Río Arboledas S. A., solicita concesión de: 0,60 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2073 en finca de su propiedad

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en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico-piscina y riego. Coordenadas 212.810 / 513.325 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de julio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045514).

Exp. 16289A.—Municipalidad Abangares, solicita concesión de: 50 litros por segundo del Río Aguas Claras, efectuando la captación en finca del mismo en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 252.109 / 436.772 hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de junio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045711).

Exp.: 16303A.—García Soley Limitada, solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento naciente 1, efectuando la captación en finca del mismo en Capellades, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano doméstico y riego. Coordenadas 214.707 / 561.215 hoja Istarú, 2 litros por segundo del nacimiento naciente 2, efectuando la captación en finca del mismo en Capellades, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano doméstico y riego. Coordenadas 214.707 / 561.239 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—1 vez.—(IN2014046000).

Exp.: 4697A.—Municipalidad de Upala, solicita aumento de fuente de: 30 litros por segundo del nacimiento Los Berros, efectuando la captación en finca del mismo en Upala, Upala, Alajuela, para uso Consumo Humano-Poblacional. Coordenadas 309.230 / 413.830 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014046038).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOSSe hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso

incoadas por Zonia Jiménez González conocida como Sonia Alcaraz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1752-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas trece minutos del dos de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 4494-2014. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Israel Alcaraz De Thomas con Zonia Orlendia Jiménez González... en el sentido que el nombre y el apellido del padre y el nombre y el apellido de la madre del cónyuge, así como la nacionalidad del mismo son “Eufemio Alcaraz, no indica segundo apellido”, “Emilia De Thomas, no indica segundo apellido” y “estadounidense”, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045921).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Mario Hernán Valladarez Zelaya, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 715-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del cuatro de marzo del dos mil catorce. Exp. Nº 6399-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maikel

Steven Valladares Betancurt..., en el sentido que el primer nombre y el primer apellido del padre..., consecuentemente el primer apellido del mismo son “Mario” y “Valladarez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045942).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Karla Patricia Espinoza Areas este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2376-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José a las diez horas cinco minutos del trece de agosto del dos mil siete. Exp. N° 24163-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Diana Fernanda González Espinoza... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Areas”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2014045976).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marilyn Brenes Chaves, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1224-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas tres minutos del treinta de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 51439-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Marilyn Brenes Chaves...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Marlene”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045979).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlene Chaves Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1901-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas dieciocho minutos del doce de junio del dos mil catorce. Exp. Nº 926-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II. Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Melissa Brenes Chaves y Luis Esteban Brenes Chaves..., en el sentido que el nombre de la madre..., es “Marlene” y no como se consignó, asimismo se deniega en cuanto a la otra petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045981).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Bertha Raquel Somoza, no indica segundo apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1465-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 53681-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de José Luis Somoza Martínez... el de Yency Tatiana Brenes Zamora... el de Olman Andrés Somoza Martínez... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Bertha Raquel Somoza, no indica segundo apellido”, el de Jordy Josué Somoza Martínez... y el de César Manuel Somoza Martínez... en el sentido que el primer nombre y el apellido de la madre... son “Bertha” y “Somoza, no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045997).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Noelia López Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 151-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y seis minutos del catorce de enero del dos mil catorce. Exp. Nº 49920-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Matías Antonio Osorio López... en el sentido que el segundo apellido del padre... es “Mairena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046046).

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Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Neima del Socorro Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1485-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas veintitrés minutos del diecinueve de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 7068-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Neyma Melissa y Carlos Andrés, ambos de apellidos Obando Suárez, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son “Neima del Socorro Obando, no indica segundo apellido y consecuentemente los apellidos de los mismos son “Obando Obando”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046054).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Elena Martínez Centeno, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1965-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del diecinueve de junio del dos mil catorce. Exp. 14761-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Diana Michelle Marín Rosas..., en el sentido que los apellidos... son “Martínez Centeno, hija de Rosa Elena Martínez Centeno, nicaragüense”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046094).

Se hace saber, que en diligencias de ocurso incoadas por Nicolaza de Jesús Martínez Álvarez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0006-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas diez minutos del cuatro de enero del dos mil diez. Exp. Nº 33485-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Lester Josué Rocha Martínez..., en el sentido que el nombre de la madre... es “Nicolaza de Jesús”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014046247).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Tereza Méndez Flores, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 946-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y siete minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce. Exp. N° 46127-2013. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Iván Alonso y Ahslen Celeste, ambos de apellidos Valle Méndez... en el sentido que el nombre de la madre... es “Tereza”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Benes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046249).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Francisco Alonso Fajardo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1697-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del treinta de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 14196-2014. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Dustin Alonzo Fajardo Reyes..., en el sentido que el segundo nombre del menor y el segundo nombre del padre del mismo es “Alonso”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014046251).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ana Julia Fernández García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1903-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cuatro minutos del trece de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 19805-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.

Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Antonio Porfirio del Carmen Hernández Quesada con Amada del Espíritu Santo García Coto... en el sentido que el primer apellido del padre del cónyuge y consecuentemente el primer apellido del mismo es “Fernández”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046263).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ana Rosa Téllez no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 532-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 54348-2013. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de: Hellen Jeannette, Eylin Guiselle y José Bismark, todos de apellidos Álvarez Chavarría, en el sentido que el apellido de la madre.., consecuentemente el segundo apellido de los mismos son “Téllez no indica segundo apellido y Téllez respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046270).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ivania Espino Reinosa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3044-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta minutos del veintidós de agosto del dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 24738-2013. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ashley Michelle Jiménez Espino...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Ivania” y “Reinosa” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046296).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jessenia del Rosario Vivas no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1166-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas doce minutos del veintitrés de abril del dos mil catorce. Exp. N° 52254-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo..., Por tanto: Rectifiqúense los asientos de nacimiento de Jonathan Uriel Vivas Moreno y Dilan Alejandro Vivas Moreno..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre..., son “Jessenia del Rosario Vivas no indica segundo apellido”, consecuentemente el segundo apellido de los mismos..., es “Vivas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046311).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mayra Liset Bravo Reyes, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1106-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de abril del dos mil catorce. Exp. N° 37615-2013. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Darci Fiorella Ruiz Bravo... en el sentido que el nombre de la madre... es “Mayra Liset”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046404).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Margarito Oscar Danilo Sevilla Saens, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3575-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp. Nº 14310-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquense: el asiento de matrimonio de Margarito Oscar Danilo Sevilla Sáenz con Bianey de los Ángeles Ñamendi Ampié...

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La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014 Pág 33

que el nombre y los apellidos de la madre... son “Sonia Lucía Picado Lira”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046951).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónLuisa Amanda Morales Cortez, mayor, soltera, ama de casa,

nicaragüense, cédula de residencia N° 155800823926, vecina de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 16-2013.—San José, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014045996).

Jaime Eliéser Aguilar García, mayor, soltero, cajero, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806777125, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1847-2012.—San José, diecisiete de julio del dos mil catorce.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a.i.—1 vez.—(IN2014046941).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVAMODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓNPROYECTOS ESPECIALES

PLAN ANUAL DE COMPRASI Modificación

La Dirección de Administración de Proyectos Especiales de la Caja Costarricense de Seguro Social, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley de Contratación Administrativa y 7° de su Reglamento, hace del conocimiento, la primera modificación al programa de adquisiciones proyectado para el período comprendido de enero a diciembre del 2014. Se comunica que esta modificación se puede revisar con mayor nivel de detalle en la página web: www.ccss.sa.cr.

San José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Licda. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—(IN2014047878).

LICITACIONESHACIENDA

PROVEEDURíA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000007-13402

Actualización de las plataformas de valoresde terrenos por zonas homogéneas (PVTZH)

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá ofertas electrónicas, a través del sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 22 de agosto del 2014, para la contratación citada de la Dirección General de Tributación.

El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.

San José, 22 de julio del 2014.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. N° 3400020956.—Solicitud N° 17110.—(IN2014047862).

en el sentido que el segundo apellido del cónyuge y el nombre de la madre del mismo son: “Saens” y “Guadalupe”, respectivamente; y el asiento de nacimiento de Joyce Daneyci Sevilla Ñamendi... en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre... son “Margarito Oscar Danilo” y “Sáens”, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046640).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Keylin Obando Campos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1608-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 11692-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keylin de los Ángeles Obando Campos, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita en consecuencia el segundo apellido de la misma es “Jiménez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046648).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lastenia Francisca Bustamante Sandoval, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1580-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas veinte minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 10309-2014. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el Fondo...; Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de David Josué González Bustamante..., en el sentido que el nombre de la madre... es “Lastenia Francisca”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046689).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Marjorieth Vicenta Dávila Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 644-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cinco minutos del quince de mayo de dos mil catorce. Exp. Nº 27397-2013. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Alexánder Mora Solís con Marjorieth Vicenta Dávila Suncín..., en el sentido que el nombre del padre y el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge son “Lucas Vicente”, “Nicolasa del Carmen” y “Rojas Suncín” respectivamente, consecuentemente el segundo apellido de la cónyuge es “Rojas.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046759).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Lourdes Guevara Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3952-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y quince minutos del cinco de noviembre del dos mil doce. Exp. Nº 19528-2012. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María del Carmen Díaz Guevara...; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Pérez” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046792).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Sonia Lucía Picado Lira, debidamente ratificadas por Hazel Dignora Guzmán Lira, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1457-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta minutos del dieciséis de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 8092-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de, Hazel Dignora Guzmán Lira...., y el de Yorleny Lucía Rivas Guzmán... en el sentido

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CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000073-2601Objeto del concurso: Adquisición de carro de medicamentos.

Fecha apertura de ofertas: 4/agosto/2014 a las 11:00 a.m.Los interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de

Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, de 7:30 a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en ventanilla ¢200,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante deposito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica Nº 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.000,00

Limón 22 de julio de 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2014047822).

HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIAAREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000003-2501Se invita a los proveedores interesados a participar en el siguiente

concurso:Apósitos y CanisterModalidad de entrega: según demanda.Fecha y hora máxima para recibir ofertas: 20 de agosto 2014 a

las 10:00 a. m.Rigen para este procedimiento, las especificaciones técnicas y

administrativas, las condiciones generales publicadas en La Gaceta número 73 del 16 de abril 2009 con sus modificaciones publicadas en La Gaceta 160 del 18 de agosto 2009, número 86 del 05 de mayo 2010 y número 53 del 17 de marzo 2014.

El cartel se encuentra disponible en la Subárea de Contratación Administrativa, de lunes a viernes, en un horario de 7 a.m. a 3 p.m.

Puntarenas, 23 de julio del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2014047832).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

San José-Costa RicaLICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

Nº 2014LI-000004-PRIEl Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA),

cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que hasta las 09:00 horas del día 01 de octubre del 2014, recibirá ofertas para: “Construcción del Sistema de Redes Secundarias del Sector Norte, Cuencas Rivera y Torres, Proyecto de Mejoramiento Ambiental del Área Metropolitana de San José”.

Los documentos de licitación tienen un costo de $100,00 (cien dólares con cero céntimos de los Estados Unidos de América) e incluyen la entrega de la documentación en formato digital en un CD; los cuales podrán ser retirados en la Proveeduría Institucional, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas, por los interesados:

Esta contratación será financiada con fondos provenientes del Contrato de Préstamo Nº CR-P4 suscrito entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Japonés para la Cooperación Internacional (JBIC).

El AyA ha programado una reunión con las firmas interesadas, la cual tendrá lugar a las 9:00 horas (del despacho) del día 10 de agosto del 2014, en el Auditorio del AyA, ubicado en las oficinas centrales del AyA, Pavas. La asistencia a la reunión aclaratoria no es obligatoria.

Dirección Proveeduría.—Lic. Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N° 17102.—(IN2014047798).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJECOMPRA DIRECTA Nº 2014CD-000212-01

Contratación de servicio para la elaboración del diseñocurricular para la enseñanza del Francés

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 31 de julio del 2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de

BANCO NACIONAL DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000064-01

Compra de cajeros de diferentes tipos con entregaspor demanda para un periodo de hasta cuatro añosLa Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica,

recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 25 de agosto del 2014, para la “Compra de cajeros de diferentes tipos con entregas por demanda para un periodo de hasta cuatro años”.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir de este momento.

La Uruca, 28 de julio del 2014.—Proveeduría.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 17097.—(IN2014047790).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000098-5101Irinotecan Hidrocloruro 20 mg/ml (como Sal Trihidratada).

Solución inyectable. Frasco ampolla 5 ml. código: 1-10-41-4845Se informa a los interesados que está disponible el cartel de

la Licitación Abreviada 2014LA-000098-5101, para su venta en la fotocopiadora del Edificio Jenaro Valverde, sita en el piso comercial Oficinas Centrales de la CCS.. Para la adquisición de:

Item único: 2175 FA Irinotecan Hidrocloruro 20 mg/ml (como Sal Trihidratada). Solución inyectable. Frasco ampolla 5 ml. Código: 1-10-41-4845

Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 26 de agosto del 2014.San José, 23 de julio del 2014.—Línea de Producción de

Medicamentos.—Lic. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 1975.—C-14390.—(IN2014047657).

GERENCIA DE LOGÍSTICA ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000078-05101Objeto contractual: Mascarilla laríngea con vía esofágica para

aspiración de cámara gástrica para peso de paciente entre 50 a 70 kg

El Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social invita a los interesados a participar en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000078-05101 para la contratación de: Mascarilla laríngea con vía esofágica para aspiración de cámara gástrica para peso de paciente entre 50 a 70 kg (Código CCSS 2-03-01-2208). El cartel se encuentra disponible a través de la Plataforma de Compras Electrónicas Compr@Red, en la siguiente dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared.

El cierre del plazo para la recepción de ofertas es el 26 de agosto del 2014, a las 10:00 horas.

Lic. Andrea Vargas Vargas, Visto Bueno.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 1514.—C-15830.—(IN2014047658).

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTROCONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000074-2601

Objeto del concurso: Adquisición de selladorautomático para tubos de bolsas de sangre

Fecha apertura de ofertas: 4/agosto/2014 a las 10:00 a.m.Los interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de

Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, de 7:30 a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en ventanilla ¢200,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica Nº 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.000,00.

Limón 22 de julio de 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2014047821).

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La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014 Pág 35

ADJUDICACIONESHACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000003-13801

Contratación de servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones de la Dirección de Tecnologías de Información

y Comunicación y las Instalaciones de la DirecciónGeneral de Administración de Bienes

y Contratación AdministrativaLa Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda avisa

a todos los interesados en esta licitación que por Resolución de Adjudicación N° DAF-RA-013-2014 de las 13:48 horas del día 22 de julio de 2014, se adjudicó de la siguiente manera:Oferta N° 5.—CSE Seguridad, S. A., cédula jurídica: N° 3-101-123858Línea 1:

Monto mensual adjudicado: ¢8.487.314,00, (ocho millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos catorce colones con 00/100)

Monto anual adjudicado: ¢101.847.768,00, (ciento un millones ochocientos cuarenta y siete mil setecientos sesenta y ocho colones con 00/100)

Línea 2:Monto mensual adjudicado: ¢2.117.000,00, (dos millones

ciento diecisiete mil colones con 00/100)Monto anual adjudicado: ¢25.404.000,00, (veinticinco

millones cuatrocientos cuatro mil colones con 00/100)Monto anual total adjudicado: ¢127.251.768,00, (Ciento

veintisiete millones doscientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y ocho colones con 00/100).

Se aclara a todos los participantes en este concurso que el presente comunicado es solo el resumen de la Resolución de Adjudicación, misma que se encuentra completa en el sistema CompraRed, en el expediente administrativo de la citada licitación, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día hábil después de publicado este aviso.

San José, 22 de julio de 2014.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. N° 3400021953.—Solicitud N° 17086.—(IN2014047789).

JUSTICIA Y PAZPROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-78300Contrato de entrega según demanda–suministro de útiles y materiales

de limpieza para el Sistema Penitenciario Nacional, denominadoen el Sistema de Compras Gubernamentales compr@RED

“Compra útiles y materiales de limpiezapara Administración Penitenciaria”

La Proveeduría Institucional informa que de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 126-2014 de las doce horas con veintiún minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce, se adjudica la licitación arriba indicada de la siguiente manera: Prolim PRLM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-242129, línea 03, por un monto unitario de treinta y dos mil ochocientos colones exactos; y línea 10 por un monto unitario de seiscientos noventa colones exactos. Corporación CEK de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-024083, línea 06, por un monto unitario de siete mil ochocientos colones exactos. Comercializadora A T del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-237629, línea 04, por un monto unitario de nueve mil doscientos noventa y cinco colones exactos y línea 5, por un monto unitario de ocho mil cuatrocientos noventa y cinco colones exactos. Además se declaran desiertas las líneas 01, 02, 07, 08, 09 y 11, de la Licitación Pública 2014LN-000002-78300 por cuanto se adquirirán por medio del Convenio Marco para la adquisición de materiales de limpieza con criterios sustentables, Licitación Pública 2011LN-000002-CMBYC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Adquisiciones, sita La Uruca; 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 17114.—(IN2014047806).

AVISOSCOMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS

PARA EDUCACIÓNInvitación a participar en contrataciones

CONAPE invita a participar en las Licitaciones Abreviadas 2014LA-000008-01: Sustitución del Sistema Eléctrico del Edificio Central con apertura a las 10:00 a.m. del 22 de agosto de 2014 y 2014LA-000009-01: Diseño, elaboración e implementación de la Red local de CONAPE; incluye cableado y equipo activo, con apertura a las 11:00 a.m. del 22 de agosto de 2014. Los interesados pueden solicitar los carteles al correo [email protected], o los pueden acceder directamente desde el sitio web www.conape.go.cr. Consultas telefónicas al 2527-8648.

Lic. Roger Granados U. Jefe de la Sección Administrativa.—1 vez.—O.C. N° 25559.—Solicitud N° 17066.—(IN2014047782).

CORPORACIÓN GANADERALICITACIÓN PÚBLICA N°2014LN-000098-CG

Compra de vehículos 4x4 para promotores regionalesLa Administración de la Corporación Ganadera (CORFOGA)

invita a participar a potenciales oferentes en la Licitación Pública N° 2014LN-000098-CG “Compra de vehículos 4x4 para promotores regionales”.

Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en nuestra página web www.corfoga.org o bien, pueden solicitarlo en nuestras instalaciones ubicadas en Curridabat, de la heladería La Pops, 100 metros sur y 75 metros oeste, con horario de lunes a viernes de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m., jornada continua.

Cualquier consulta comunicarse con Jennifer Navarro Solano, [email protected], teléfono 2225-1011.

Miguel Loaiza Masís, Coordinador de Procesos de Apoyo.—1 vez.—(IN2014047874).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

PROVEEDURÍA MUNICIPALLICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-PMT

La Municipalidad de Turrubares se complace en invitarles para que participen en la Licitación Abreviada 2014LA-000002-PMT que llevaremos a cabo para la adquisición de materiales para la conclusión de la losa de concreto de pavimento rígido (superficie de ruedo losas de hormigón de concreto hidráulico) camino 1-16-086 en San Pablo de Turrubares.

Compra de cemento para construcción de pavimento rígido, de bajo volumen de tránsito de la iglesia católica-La Florecilla hasta la Quebrada La Ceiba en San Pedro de Turrubares. Camino 1-16-005.

Compra de cemento para la construcción de pavimento hidráulico (losa de concreto) bajo volumen, sector cuadrante iglesia San Francisco.

La Proveeduría de la Municipalidad de Turrubares, sita costado norte de la plaza de Deportes, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 5 de agosto del 2014.

La oficina encargada de tramitar el procedimiento de contratación del objeto arriba citado es La Proveeduría Municipal que proporcionará la información adicional necesaria respecto a las especificaciones, documentación y trámites relacionados. El costo del cartel de licitación es de tres mil colones y se retira en la oficina de la Proveeduría Municipal.

San Pablo de Turrubares, 22 de julio del 2014.—Lic. Jesús López López, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014047863).

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Pág 36 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

Se les comunica a los interesados que la Resolución Nº 126-2014 se encontrará en COMPRARED a partir de la fecha de publicación en La Gaceta.

San José, 23 de julio del 2014.—Angie Ordóñez Bogarín, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. N° 17112.—Solicitud N° 17112.—C-31340.—(IN2014047831).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación indicado, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 66-14 de 22 de julio de 2014, artículos IX y X respectivamente, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000001-PROV Contratación del acondicionamiento eléctrico del edificio

de la plaza de la Justicia (O.I.J.)A: Proseltec Dos Mil Dos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-

477031, por un monto total de ¢523.193.004,00—————

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000002-PROVContratación de servicio de vigilancia, protección y seguridad

para los edificios del Primer Circuito Judicial de AlajuelaA: CSE Seguridad S. A., 3-101-123858, por un monto mensual

de ¢8.801.500,00, para un gran total anual de ¢105.618.000,00.Demás términos y condiciones conforme al pliego de

condiciones.San José, 22 de julio de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—

Mba. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2014047807).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICALICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000008-01

Compra de hasta trescientos (300) televisores con entregaspor demanda para un periodo de cuatro (4) años

Se comunica a los interesados de esta Licitación Abreviada 2014LA-000008-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo 02 de la sesión ordinaria Nº 0715-2014, celebrada el 21 de julio del 2014 acordó:

Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2014LA-000008-01 promovida para la “Compra de hasta trescientos (300) televisores con entregas por demanda para un periodo de cuatro (4) años”, de acuerdo al siguiente detalle:

Recomendación de adjudicación:Nombre del oferente: GMG Comercial Costa Rica S. A.Representante Luis Fernando Corrales MuñozPrecio cotizado por el bien/servicio Televisor LED 42” LG 42LN5700

Precio unitario: ¢389.281,61Plazo de entrega Treinta días hábiles

Todo conforme lo estipulado en el cartel y las ofertas económicas y el informe técnico DPPR-353-2014 y oficio DPPR-405-2014 que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 29 de julio de 2014.—Proveeduría General.—Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 17106.—(IN2014047803).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SURDE LA PROVINCIA DE PUNTARENASLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000006-JUDESUR

(Declaración de infructuoso)Adquisición de planta eléctrica para el Depósito

Libre Comercial de GolfitoEn sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 724-2014, celebrada

el 27 de junio 2014, se tomó el siguiente acuerdo:

Acoger la recomendación de declarar infructuoso el proceso de Licitación Abreviada Nº 2013LA-000006-JUDESUR “Adquisición de planta eléctrica para el Depósito Libre Comercial de Golfito”, ya que aunque las ofertas recibidas son legibles, según el criterio técnico emitido, debido a los cambios que se van a dar en el sistema eléctrico, la planta solicitada en el cartel no va a tener ninguna funcionalidad, lo que generaría un gasto innecesario, afectando el interés público. Acuerdo en firme por unanimidad. ACU-16-724-2014.

Lic. Fresia Loáiciga Sánchez, MBA, Proveedora.—1 vez.—(IN2014047871).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000012-02Acondicionamiento del Edificio de la Estación

de Bomberos en RefineríaSe informa que el concurso en referencia, fue adjudicado

según oficio GRE-0251-2014 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 18 de julio del 2014, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta N°: Uno (1)

Oferente:Consorcio Bomberos Prisa-Jiménez (Compuesto por Representaciones Prisa Internacional S.A. - Jiménez y Chacón Constructores S.A.)

Representante: Luis Manuel Salcedo PérezMonto total: ¢183.992.644,00

Descripción:

Acondicionamiento y mejora del edificio del Departamento de Salud, Ambiente y Seguridad de la Refinería. Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago

Mensual de acuerdo con el avance de la obra de conformidad para RECOPE, mediante transferencia bancaria. RECOPE retendrá un diez por ciento (10%) del monto total de la facturación de avance mensual cuando el contratista incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la obra.

Tiempo de entrega

-Requisitos previos: cuarenta y cinco (45) días naturales.

-Ejecución de la obra: ciento veinte (120) días naturales.

-Condiciones climáticas adversas: Cuarenta (40) días naturales.

Lugar de ejecución: Refinería, Limón.

Notas importantes: 1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados

a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, contemplando las demás disposiciones que establece la cláusula 6.2 Tomo I del cartel.

2. La ejecución contractual del presente concurso estará supeditada a la emisión del respectivo pedido, el cual una vez confeccionado será aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE; a efecto de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3. RECOPE otorgará un anticipo de hasta un 15% del monto total adjudicado para cubrir únicamente parte de los costos directos, según se establece en la cláusula cartelaria 5.6.1., mismo que deberá estar respaldado por una garantía colateral según los términos del cartel.

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La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014 Pág 37

4. Ambas empresas Consorciadas, dentro del período de formalización del contrato deberán aportar la certificación notarial actualizada de su personería jurídica. Asimismo deberán aportar certificación notarial actualizada en la cual se certifique el monto del capital social, así como la naturaleza, propiedad y distribución de las acciones que lo conforman, con vista en el libro de Registro de Accionistas de la Sociedad, el cual deberá estar debidamente inscrito ante la Dirección General de Tributación Directa Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a

través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. N° 2014000175.—Solicitud N° 17095.—(IN2014047787).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCOLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000004-PROV

Servicios de asfaltado en el cantónLa Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime

y definitivamente aprobado del Concejo Municipal de este cantón, contenido en el acta Nº 322-2014, celebrada el 22 de julio de 2014, este proceso se ha adjudicado de la siguiente manera:

A Constructora Presbere S. A., cédula jurídica 3-101-336780, los proyectos Nº 1 “Asfaltado en Santa Gertrudis” y Nº 3 “Asfaltado en Caragral” por un monto total de ¢28.614,500,00;

A Asfaltos CBZ S. A., cédula jurídica 3-101-000000, los proyectos Nº 2 “Asfaltado en Patio de Agua” y Nº 5 “Asfaltado Calle Los Fonseca, Higuito” por un monto total de ¢9.284.020,00 y

A Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A., cédula jurídica 3-101-00000 el proyecto Nº 4 “Asfaltado en Tobosi”, por un monto total de ¢ 21.239.235,00.

El expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría Municipal.

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014047743).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000005-PROVAdquisición de un vehículo todo terreno, de alta potencia,

tipo pick-up, doble cabina, doble traccióny totalmente nuevo

La Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime y definitivamente aprobado del Concejo Municipal de este cantón, contenido en el acta Nº 322-2014, celebrada el 22 de julio de 2014, este proceso se ha adjudicado a Purdy Motor S.A. cédula jurídica 3-101-005744 por un monto total de US$28.950.

El expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría Municipal.

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014047744).

VARIACIÓN DE PARÁMETROSCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICADIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOSComunican que:

Que en atención a los oficios AMTC-1876-07-2014 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modificó las fichas técnicas de los medicamentos abajo descritos:

Código Descripción medicamento Observaciones

1-10-43-3505Dextrosa 5% Solución inyectable

Versión 74801AMTC -1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

1-10-43-3590

Dextrosa 2%, Cloruro de Sodio 0,35%, Cloruro de Potasio 0,15% y Acetato de sodio 0,4082%. Solución inyectable

Versión 55602AMTC-1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

1-10-43-4555

Cloruro de Sodio 0,9% Solución isotónica inyectable. Bolsa libre de PVC o envase de vidrio con 500 ml

Versión 73401AMTC-1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

1-10-43-4575

Cloruro de Sodio 0,9%. Solución isotónica inyectable. Bolsa libre de PVC o envase de vidrio con 250 ml

Versión 74701AMTC-1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

1-10-43-4600Solución para diálisis peritoneal con Dextrosa al 1,5%.

Versión 51903AMTC-1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

1-10-43-4610Solución para diálisis peritoneal con Dextrosa al 4,25%

Versión 59504AMTC-1535-06-2014Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

Estas Fichas Técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.

Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1143.—Solicitud N° 63110.—C-29620.—(IN2014047701).

FE DE ERRATASBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-0000005-01(Modificación N° 1)

Compra de Sistemas de Alarma contra incendio paralas oficinas de Sabalito, Palmar Norte, Tobosi,

Oreamuno, Orosi, Bribrí y Virgen de SarapiquíSe comunica a los interesados en la Licitación Abreviada

N° 2014LA-0000005-01, que el Comité de Licitaciones, mediante sesión ordinaria Nº 1215-2014, en su artículo 03, celebrada el 15 de julio del 2014 acordó aprobar la primera modificación al cartel de cita, el cual se detalla a continuación:

En el apartado 1.2.5.2 Estación manual se agregan los siguientes párrafos:d) Las estaciones manual que están en área de público debe de ir

protegidas con un stopper anti niños.e) Los bajantes a las estaciones manuales serán en tubería EMT

e irán pintadas en el mismo color de la pared y la estación irá montada en una caja tipo intemperie.

Punto 1.4 Equipos necesarios para cada ÍtemSe deberá leer:

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de TOBOSI – SAN JUAN SUR- ÍTEM N° 1

Cantidad Equipo Ubicación

22 Detectores triple tecnología Ver en planos2 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos5 Estaciones manuales Ver en planos6 Luces con sirena Ver en planos2 Electro imán Puerta emergencia y puerta empleados0 Anunciador remoto Ver en planos

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Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de LA VIRGEN DE SARAPIQUÍ ÍTEM N° 2

Cantidad Equipo Ubicación

20 Detectores triple tecnología Ver en planos3 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos4 Estaciones manuales Ver en planos6 Luces con sirena Ver en planos2 Electro imán Puerta emergencia y puerta empleados0 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de FRAILES ÍTEM N° 3

Cantidad Equipo Ubicación

30 Detectores triple tecnología Ver en planos2 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos5 Estaciones manuales Ver en planos9 Luces con sirena Ver en planos2 Electro Imán Puerta emergencia y puerta empleados1 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de BRI BRI ÍTEM N° 4

Cantidad Equipo Ubicación

22 Detectores triple tecnología Ver en planos3 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos4 Estaciones manuales Ver en planos6 Luces con sirena Ver en planos1 Electro imán Puerta emergencia0 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de SABALITO ÍTEM N° 6

Cantidad Equipo Ubicación

22 Detectores triple tecnología Ver en planos1 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos5 Estaciones manuales Ver en planos6 Luces con sirena Ver en planos2 Electro Imán Puerta emergencia y puerta empleados0 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de PALMAR NORTE ÍTEM N° 7

Cantidad Equipo Ubicación

34 Detectores triple tecnología Ver en planos1 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos4 Estaciones manuales Ver en planos8 Luces con sirena Ver en planos2 Electro Imán Puerta emergencia puerta empleados0 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de OROSI ÍTEM N° 8

Cantidad Equipo Ubicación

15 Detectores triple tecnología Ver en planos3 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos3 Estaciones manuales Ver en planos5 Luces con sirena Ver en planos1 Electro Imán Puerta emergencia0 Anunciador remoto Ver en planos

Equipo de alarma necesario para instalarseen la agencia de OREAMUNO ÍTEM N° 9

Cantidad Equipo Ubicación

29 Detectores triple tecnología Ver en planos1 Detectores temperatura Ver en planos1 Panel contra incendios Ver en planos

Cantidad Equipo Ubicación

5 Estaciones manuales Ver en planos8 Luces con sirena Ver en planos1 Electro Imán Puerta Emergencia0 Anunciador remoto Ver en planos

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.La Uruca, 29 de julio del 2014.—Proveeduría General.—

Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 17103.—C-66670.—(IN2014047830).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-2101Por concepto de materiales de construcción varios

Se informa a los interesados que para la Licitación Pública 2014LN-000002-2101, por concepto de Materiales de Construcción Varios que la fecha de la apertura se amplia para: lunes 04 de agosto del 2014, a las 10:00 a. m.

Además, se encuentra disponible una aclaración, la cual pueden retirar en la recepción de la Subárea de Contratación Administrativa.

Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.San José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014047823).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000003-2101Compra de abarrotes varios

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional 2014LN-000003-2101. Compra de abarrotes varios, que:

Se realizan aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrán ser obtenidas en la Administración del Hospital, sin costo alguno.

Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.San José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014047824).

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LP-000001-2307

Adquisición de prótesis auditivas,para el Hospital William Allen T.

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les comunica a los interesados a participar en el siguiente concurso:

Licitación Pública Nº 2014LP-000001-2307, por la adquisición de prótesis auditivas, para el Hospital William Allen T. Que el plazo para la recepción de las ofertas ha sido prorrogado hasta nuevo aviso.

Subárea de Planificación de Bienes y Servicios.—Róyer Sánchez Bogantes.—1 vez.—(IN2014047868).

REGLAMENTOS

EDUCACIÓN PÚBLICACONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONESEN FAVOR DEL CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN

El Consejo Superior de Educación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 81 de la Constitución Política y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 1362, del 8 de octubre de 1951.

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Artículo 4º—Del plazo de las garantías. Las garantías se deben mantener vigentes durante todo el tiempo que los funcionarios obligados se encuentren en sus cargos o mientras se encuentre pendiente un procedimiento administrativo por daños y perjuicios.

Artículo 5º—Momento para rendir la caución. La garantía a favor del Consejo debe ser suscrita dentro de los primeros quince días después de haber aceptado el cargo.

CAPÍTULO IIDe los caucionantes

Artículo 6º—Funcionarios obligados a rendir garantía. Deberán rendir garantía o caución todos los funcionarios que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos o sus equivalentes, independientemente del número de plaza, nombre de la plaza o nombre del cargo, ya sea que ostenten un nombramiento definido o indefinido, de acuerdo con los siguientes niveles de responsabilidad:

a) Nivel A (gerencial)b) Nivel B. (operativo)

Artículo 7º—Caucionantes del nivel A. En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus cargos, durante todo el tiempo de su nombramiento, los miembros propietarios y suplentes del Consejo Superior de Educación y el Secretario o Secretaria General.

Artículo 8º—Caucionantes del nivel B. En este nivel, deben rendir caución para el ejercicio de sus cargos, los funcionarios que desempeñen alguno de los puestos o funciones que se citan a continuación:

• Administrador de Presupuesto y tesorería.• Administrador Proveedor y; de Bienes y Suministros.• Funcionarios que emitan declaración jurada según Ley N°

8422.Artículo 9º—De los funcionarios interinos. Los funcionarios

obligados a rendir garantía o caución, que hayan sido nombrados en su puesto o cargo a tiempo definido en cualquiera de sus modalidades, deberán rendir garantía para los puestos o cargos descritos en este reglamento, desde el inicio de su nombramiento.

Artículo 10.—Simultaneidad de funciones sujetas a caución. El funcionario de un puesto que por Decreto, Ley o disposición interna le corresponda asumir otras funciones donde se recaude, administre o custodie fondos públicos, deberá rendir una única caución y por el monto mayor.

Artículo 11.—Funcionarios ad-honorem. Los funcionarios o miembros de consejo que ejerzan cargos públicos en condición ad-honorem, y que realicen funciones de recaudación, custodia o administración de fondos públicos deberán rendir garantía o caución, salvo disposición expresa en contrario.

Artículo 12.—Revisión del listado de funcionarios obligados a caucionar. Una vez al año, la Secretaría General revisarán el listado de funcionarios obligados a caucionar, para lo cual deberá de considerar, entre otros, los siguientes aspectos:

a) La existencia, en forma separada o combinada de las funciones y actividades de administrar, custodiar o recaudar fondos y valores públicos.

b) La confiabilidad y eficacia del sistema de control interno y el grado de riesgo de acuerdo con la valoración realizada por la Administración.

c) El nivel de la responsabilidad y el monto o bienes a cargo o administrado por el funcionario.En caso que se compruebe que algún funcionario que no

ocupa alguno de los puestos mencionados anteriormente, realiza una o varias de las funciones previstas en el artículo 13 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, deberá rendir la respectiva caución en favor del Consejo.

CAPÍTULO IIIDel monto a caucionar

Artículo 13.—Cálculo y actualización de los montos de la caución. En la fijación y actualización de los montos de las cauciones, se utilizará como parámetro el monto equivalente al salario base mensual del “Oficinista 1” conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 7337 del 5 de mayo de 1993.

Considerando:I.—Que el artículo 13 de la Ley de la Administración

Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley Nº 8131 de 18 de setiembre del 2001, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001, dispone que: “sin perjuicio de las previsiones que deba tomar la Administración, todo encargado de recaudar custodiar o administrar fondos y valores públicos deberá rendir garantía con cargo a su propio peculio, en favor de la Hacienda Pública o la entidad respectiva, para asegurar el correcto cumplimiento de los deberes y obligaciones de los funcionarios. Las leyes y los reglamentos determinarán las clases y los montos de las garantías, así como los procedimientos aplicables a este particular, tomando en consideración los niveles de responsabilidad, el monto administrado y el salario del funcionario”.

II.—Que el artículo 110, inciso 1), de esa misma Ley establece como hecho generador de responsabilidad administrativa, “El nombramiento de un servidor con facultades de uso y disposición de recursos públicos, que no reúna las condiciones exigidas por el ordenamiento jurídico o los manuales y las reglamentaciones internas, o darle al servidor posesión del cargo sin rendir previamente la caución que ordena esta ley.”

III.—Que el artículo 10 de la Ley General de Control Interno Nº 8292 establece que será responsabilidad del jerarca y de los titulares subordinados establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional y el artículo 15 inciso b) numeral ii estipula como parte de los deberes de tales funcionarios(as) el de documentar, mantener actualizados y divulgar internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan claramente, entre otros asuntos “la protección y conservación de todos los activos institucionales.”

IV.—Que el Manual de Normas Generales de Control Interno de la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización, en la norma 4.20 establece la responsabilidad de la administración de reglamentar a lo interno las clases y los montos de las garantías, así como los procedimientos aplicables sobre el particular.

V.—Que en atención a las directrices emitidas por la Contraloría General de la República en resolución R-CO-10-2007 de las 13:00 horas del 19 de marzo de 2007, publicada en La Gaceta número 64 del 30 de marzo del mismo año, para el caso del Consejo Superior de Educación como órgano integrante de la Hacienda Pública, debe dictarse un reglamento interno en materia de cauciones. Por tanto;

1º—Se aprueba y se promulga el siguiente “Reglamento sobre la rendición de cauciones en favor del Consejo Superior de Educación (CSE)”.

2º—ComuníqueseREGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONES

EN FAVOR DEL CONSEJO SUPERIORDE EDUCACIÓN (CSE)

Aprobado en sesión N° 14-2014, celebrada el 10 de marzo del 2014, acuerdo Nº 03-14-2014.

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1º—Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en este Reglamento son aplicables a todos aquellos funcionarios del Consejo Superior de Educación, que administren, recauden y custodien fondos o valores públicos o que por la naturaleza de sus funciones y responsabilidades deban caucionar.

Artículo 2º—Finalidad de la caución. La caución tiene como finalidad garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el caucionante responsable, en el ejercicio de sus funciones, pueda producir al patrimonio del Consejo, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil.

Artículo 3º—Forma de rendir la caución. La caución se hará mediante la suscripción con cargo al peculio del funcionario obligado a rendir caución, de un seguro o póliza de fidelidad ante el Instituto Nacional de Seguros, o las entidades o empresas aseguradoras autorizadas para el ejercicio de sus funciones.

Dicha póliza será a favor del Consejo Superior de Educación, quien ostenta la personería jurídica; y cesará por la renuncia aceptada, suspensión o remoción del funcionario obligado a contraerla.

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Según el nivel de responsabilidad, el cálculo de los montos de las cauciones se hará de la siguiente manera:

Nivel A: Quienes desempeñen puestos clasificados dentro del nivel A, deberán rendir una caución equivalente a tres salarios base.Nivel B: Aquellos funcionarios que desempeñen puestos clasificados dentro del nivel B, deberán rendir una caución equivalente a uno y medio salario base.Artículo 14.—Ajuste de la caución. El caucionante que por

algún motivo sea trasladado de un puesto a otro, que implique una nueva ubicación en la clasificación por niveles de responsabilidad, deberá ajustar la caución conforme a la nueva situación, para lo cual contará con un plazo máximo de veinte días hábiles.

CAPÍTULO IVDe la administración, custodia y ejecución de las cauciones

Artículo 15.—Competencia de la Secretaría.a) Velar porque los funcionarios obligados rindan la garantía

correspondiente dentro de los plazos y condiciones establecidas en el presente reglamento.

b) Revisar anualmente el listado de funcionarios obligados a rendir garantía a favor del Consejo Superior de Educación.

c) Notificar por escrito al caucionante, con un mínimo de quince días hábiles de anticipación, del momento en que debe renovar o actualizar la caución. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovación de la caución.

d) Incorporar al expediente personal, una copia del documento de póliza rendida por el funcionario.

e) Calcular y mantener actualizados los montos que por concepto de las garantías deben rendir los caucionantes.

f) Recibir, custodiar y verificar la efectividad de los documentos que comprueban la presentación de garantías por parte de los caucionantes, estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad pertinentes.

g) Informar al Departamento de Recursos Humanos y al superior jerárquico, cualquier incumplimiento observado en el proceso de caución.

h) Tomar las medidas adicionales que le correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios irrogados por el caucionante al patrimonio del Consejo, cuando la responsabilidad del caucionante haya sido declarada conforme lo establece el ordenamiento jurídico.

i) Mantener un registro actualizado de los caucionantes que contenga al menos: nombre, puesto, tipo de garantía, número de póliza, grupo al que pertenece, monto desglosado de la prima, monto asegurado, fecha de emisión y vencimiento de la garantía y estado actual en cuanto a su vigencia.Artículo 16.—Ejecución de la garantía. Ejecución de la

garantía. La ejecución de la garantía deberá ir precedida de un procedimiento, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de la Administración Pública, en virtud del cual quede demostrada la falta del funcionario caucionante y se ordene el resarcimiento de los daños y perjuicios irrogados al Consejo Superior de Educación, sin perjuicio de las responsabilidades de orden administrativo, civil o penal que correspondan. En el transcurso del proceso de ejecución, la Administración está facultada para acceder la información ante las instancias que tramitaron la garantía. Cuando la garantía sea insuficiente, el Consejo valorará el caso en concreto, con el fin de acudir a la vía ejecutiva simple a efecto de cobrar el saldo pendiente.

CAPÍTULO VDe las obligaciones del caucionante

Artículo 17.—Deberes de los caucionantes. El caucionante debe:

a) Informar a la instancia encargada de la administración financiera de cualquier cese de funciones en el puesto, ya sea temporal o permanente.

b) Acatar lo estipulado en el artículo 13 de la Ley N° 8131 de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, y en el presente reglamento.

c) Renovar la caución cuando le corresponda.

Los funcionarios llamados a caucionar, deberán tomar las medidas adecuadas y constantes para controlar la exactitud de las cuentas del dinero y de los valores a su cargo, además de aplicar las medidas establecidas por el sistema de control interno institucional.

Así mismo si la caución se ejecuta antes de cumplirse su periodo de vigencia, el funcionario deberá rendir nuevamente una caución con la finalidad de que no quede ningún periodo de tiempo sin la correspondiente protección.

CAPÍTULO VISanciones

Artículo 18.—Incumplimiento en la rendición de la caución. Si el funcionario obligado a rendir la caución, no la suscribiere, o bien no la mantuviere vigente por el período requerido, constituirá causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal, todo conforme lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, previa garantía del debido proceso.

Artículo 19.—Caución rendida por un monto inferior. Si la caución fuere rendida por un monto inferior al establecido, la Unidad designada según lo dispuesto en el artículo 13, del presente reglamento, comunicará al respectivo funcionario para que en un plazo improrrogable no mayor a quince días hábiles, proceda a rendir la caución por el monto previsto, presentando dentro de ese plazo la documentación respectiva.

Artículo 20.—Medidas adicionales para el resarcimiento de daños y perjuicios. La Administración deberá tomar medidas adicionales para el eventual resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por el caucionante contra el patrimonio de la Institución, cuando la responsabilidad del funcionario haya sido probada.

Artículo 21.—Responsabilidad solidaria. El encargado del control de las garantías o cauciones que por culpa o dolo no informe cualquier anomalía será solidariamente responsable del perjuicio ocasionado.

CAPÍTULO VIIDisposiciones finales y transitorias

Artículo 22.—Transitorio único.—Los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento estén obligados a caucionar, contarán con un plazo de un mes calendario para gestionar la caución y presentar una copia a la dependencia competente según el presente reglamento.

Artículo 23º—Vigencia. Rige a partir de un mes después de su publicación.

Lic. Carlos Rodríguez González, Asesor Legal.—1 vez.—(IN2014046650).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

REGLAMENTO PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO YOPERACIÓN DEL CENTRO DE CUIDO Y DESARROLLOINFANTIL (CECUDI) DEL CANTÓN DE CURRIDABAT

Por acuerdo que consta en el artículo 1º, capítulo 5º, del acta de la sesión ordinaria N° 218-2014, del 3 de julio de 2014, el Concejo de Curridabat, dispuso modificar el Reglamento para regular el Funcionamiento y operación del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) del cantón de Curridabat, como sigue:

1) En el artículo primero, para que se modifique y adicione, en el aspecto de Generalidades, y diga de la siguiente forma:

GeneralidadesPara los efectos de aplicación del presente reglamento, se

adoptan las siguientes definiciones:Alcalde: Representante legal de la Municipalidad de

Curridabat, y máximo jerarca a nivel administrativo. CECUDI: Centro de Cuido y Desarrollo Infantil del cantón

de Curridabat.Beneficiarios: Niños y niñas comprendidos entre los 2 y los

6 años de edad, así como sus padres o encargados que hagan uso de los servicios que brinda el CECUDI.

Comité del CECUDI: Es el grupo de funcionarios(as), regidores(as) y colaboradores(as), designados por el Alcalde, para fiscalizar el funcionamiento del CECUDI y servir de enlace entre el Operador y la Municipalidad.

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6) Se modifica parcialmente el artículo 14°, para que diga:“Artículo 14.—Forma de pago del subsidio... El pago total

o parcial del subsidio respectivamente; deberá realizarse en las cajas municipales. El representante del menor, deberá presentar el comprobante de pago con el sello municipal respectivo, a la Administración del Centro en cualquier momento en que ésta se lo requiera.”

7) Se adiciona el párrafo segundo del artículo 17°, para que diga:

“Artículo 17.—De las ausencias del niño o la niña: (…) Si el niño o niña se ausenta más de un mes y sin justificación, esto facultará a la Municipalidad a cancelar la matrícula, previa notificación a su familia y con el debido proceso.”

8) Se modifica el inciso e) del artículo 21°, el cual dirá:“Artículo 21.—Obligaciones y responsabilidades de los

padres, madres o representantes legales:(…)e) No se entregará ningún niño o niña a ninguna, ni a persona

que no esté autorizada en la boleta que, para tal fin debe ser llenada, o con autorización vía telefónica en caso urgente y excepcional, previa verificación de la llamada telefónica.”

Rige a partir de su publicación.Curridabat, 7 de julio de 2014.—Allan Sevilla Mora,

Secretario.—1 vez.—(IN2014046229).

MUNICIPALIDAD DE FLORESComunica:

Con fundamento en al acuerdo 3571-2014 de la sesión 320-2014 del Consejo Municipal del 8 de julio del 2014, se procede a publicar con fines de Consulta Pública por el plazo de Ley las modificaciones a los artículos N° 2 inciso e, 7, 10 y 14, y el transitorio I, del Reglamento sobre Licencias de Expendio de Bebidas con contenido Alcohólico de la Municipalidad de Flores:

• “[...] Artículo 2°—Definiciones. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:

e. Licencias: Son las licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico, según lo establece el párrafo primero del artículo 3° de la Ley N° 9047. Se considera un activo inherente a la licencia comercial para la actividad lucrativa, expedida por la Municipalidad de Flores para el establecimiento. La municipalidad otorgará las licencias de comercialización de bebidas con contenido alcohólico en su cantón, de acuerdo con los siguientes parámetros:

Licencia clase A: habilitan únicamente para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, en envases cerrados para llevar y sin que se puedan consumir dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta de bebidas con contenido alcohólico será la actividad comercial principal del establecimiento.

Licencia clase B: habilitan la venta de bebidas con contenido alcohólico en envase abierto y/o cerrado para ser consumidas dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta de bebidas con contenido alcohólico será la actividad comercial principal del establecimiento. La licencia clase B se clasifica en:

Licencia clase B1: cantinas, bares y tabernas sin actividad de baile.Licencia clase B2: salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabarés con actividad de baile.Licencia clase C: habilitan únicamente la comercialización

de bebidas con contenido alcohólico al detalle, en envase abierto, servidas y para el consumo, junto con alimentos dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta de bebidas con contenido alcohólico será la actividad comercial secundaria del establecimiento.

Licencia clase D: habilitan únicamente para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico al detalle, en envase cerrado para llevar y sin que se pueda consumir dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta de licor será la actividad comercial secundaria del establecimiento. Habrá dos clases de sublicencias, así:

Licencia clase D1: minisúperLicencia clase D2: supermercados

Concejo Municipal: Cuerpo deliberativo de la Municipalidad, compuesto por siete regidores propietarios, síndicos y síndicas, todos de elección popular, junto con el Alcalde conforman el Gobierno Local del cantón de Curridabat.

Coordinación Técnica del Centro: Persona contratada por el Operador para fungir funciones de Director (a) del CECUDI.

IMAS: Instituto Mixto de Ayuda Social, emisor del subsidio económico para el pago de mensualidad de la atención de los niños y niñas en el CECUDI.

Municipalidad: Para efectos de este reglamento se entenderá como la Municipalidad de Curridabat específicamente.

Operador del Centro: Persona física o jurídica escogida

mediante alguno de los procesos autorizados por la Contraloría General de la República, y con el que la Municipalidad suscribe un contrato otorgándole la administración de un CECUDI.

Personal: Personas contratadas por el Operador que deben cumplir con los requisitos que establece el presente reglamento y que se ocupan de las labores técnicas y de servicios necesarios para la correcta operación del Centro.

Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido: Instancia técnica responsable de promover la articulación entre los diferentes actores públicos y privados y las diferentes actividades que se desarrollan en el país en materia de cuido y desarrollo infantil, así como de expandir la cobertura de los servicios. Esta Secretaría estará adscrita al Instituto Mixto de Ayuda Social.

Tercero: Persona debidamente autorizada conforme al presente reglamento, por el padre, madre o encargado del menor, para efectos de ingresarlo o retirarlo del Centro.

Lactante: De conformidad con el Reglamento de Lactancia Materna, se considerará lactante el niño o niña hasta los doce meses cumplidos.

2) El artículo 7°, dirá:“Artículo 7º—Horario del CEDUDI: El horario de atención

para la población beneficiada será de al menos 10 horas diarias. De las 7 a. m. hasta las 5:00 p. m., durante los días hábiles de la semana. Cada Centro podrá modificar dicho horario, siempre y cuando la efectividad del servicio no se vea afectado, a consideración de la Alcaldía.”

3) El artículo 8° se adiciona al final y dirá:“Artículo 8º—Personal del Centro: El Cetro de Cuido estará

integrado por una persona Coordinadora Técnica que deberá contar como mínimo con el título de Licenciatura en Preescolar o carrera afín. Además, contará con una persona profesional docente, con el grado mínimo de bachillerato en Preescolar o carrera afín y una persona asistente con al menos noveno año de escolaridad, por cada grupo de 25 niños o niñas. De igual forma, contará con una persona encargada de la cocina que cuente con curso de manipulación de alimentos.”

4) El Capítulo III, tendrá el siguiente enunciado:“Del total o parcial cobro de servicios”5) Se modifica y adiciona el artículo 12°, para que diga:“Artículo 12.—Cuando las familias califiquen en grupo de

pobreza 3 y 4, el IMAS subsidiará un porcentaje del pago del costo de atención, reflejado en el informe técnico social respectivo y la Municipalidad según sus posibilidades presupuestarias financiará total o parcialmente el porcentaje restante.

Si las condiciones económicas de la familia lo permiten, esta última asumirá un porcentaje de este costo adicional como apoyo al pago de la Municipalidad. Este porcentaje de pago será determinado con base en el informe social que emita la trabajadora social de la Municipalidad.”

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Pág 42 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

d. Licencia clase D: Para esta licencia se seguirán los siguientes parámetros:

d.1. Para los establecimientos de categoría D1 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán un salario base, y en los demás distritos medio de salario base.d.2. Para los establecimientos de categoría D2 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán un uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de un salario base.e. Licencia clase E: Para esta licencia se seguirán los

siguientes parámetros:e.1. Para los establecimientos de categoría E1a ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base.e. 2. Para los establecimientos de categoría E1b ubicados en el distrito cabecera del cantón un salario base, y en los demás distritos medio salario base.e.3. Para los establecimientos de categoría E2 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de un salario base.e.4. Para los establecimientos de categoría E3 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán un salario base, y en los demás distritos medio salario base.e.5. Para los establecimientos de categoría E4 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de un salario base.e.6. Para los establecimientos de categoría E5 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base. La licencia referida podrá suspenderse por falta de pago, o bien, por incumplimiento de los requisitos y las prohibiciones establecidos por esta ley y su reglamento, que regulan el desarrollo de la actividad.El pago extemporáneo de los derechos trimestrales está sujeto

a una multa del uno por ciento (1%) por mes sobre el monto no pagado o fracción de mes hasta un máximo de un veinte por ciento (20%), y al pago de intereses.

Estos montos son provisionales, transitorios y excepcionales hasta tanto no se reforme la ley de licores y responden a los parámetros establecidos en el voto N° 11499-2013 de la Sala Constitucional”

• Transitorio I“El cobro de los montos establecidos en este reglamento

entrarán a regir a partir del trimestre inmediato posterior a la publicación de este Reglamento en aquellos casos en que ya hayan clasificado su licencia o el municipio lo haya hecho de oficio de inmediato en el momento de otorgar una licencia nueva de licores.”

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal de

Flores.—1 vez.—(IN2014045934).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICAAVISOS

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1° de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado del señor José Miguel Torres Calvo, cédula número 3-0295-0263.

San José, 9 de julio del 2014.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 16471.—(IN2014045192). 2. v. 2.

Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos que se dediquen al expendio de abarrotes, salvo lo indicado en las licencias clase D1 y clase D2.

Licencia clase E: la municipalidad respectiva podrá otorgar licencias clase E a las actividades y empresas declaradas de interés turístico por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), conforme a los requisitos establecidos por esta ley, la cual habilitará únicamente para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico al detalle, servidas o en envase abierto, previamente conocido y aprobado por la municipalidad respectiva:

Clase E1: a las empresas de hospedaje declaradas de interés turístico por el ICT.

Clase E1 a: empresas de hospedaje con menos de quince habitaciones.Clase E1 b: empresas de hospedaje con quince o más habitaciones.

Clase E2: a las marinas y atracaderos declarados de interés turístico por el ICT.Clase E3: a las empresas gastronómicas declaradas de interés turístico por el ICT.Clase E4: a los centros de diversión nocturna declarados de interés turístico por el ICT.Clase E5: a las actividades temáticas declaradas de interés turístico por el ICT y que cuenten con la aprobación del concejo municipal.• Artículo 7º—Determinación territorial para el

otorgamiento de licencias. Las licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico se otorgarán para cada una de las poblaciones distritales, según las circunscripciones territoriales que mediante acuerdo de mayoría calificada del total de sus miembros determine el Concejo Municipal; todo lo anterior sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 3° de la Ley.

La cantidad total de licencias clase A y B otorgadas por cantón no podrá exceder la cantidad de una por cada trescientos habitantes. La distribución en cada uno de los distritos se realizará de manera proporcional a la cantidad de habitantes en cada uno de ellos.

En la determinación del total de habitantes del cantón, se acudirá al estudio técnico o fuente objetiva verificable que tenga disponible la Municipalidad. La condición de habitante se circunscribirá a las personas físicas del territorio del cantón de Flores según la definición establecida por el artículo 2° del Reglamento del Defensor de los Habitantes, Decreto Reglamentario N° 22266 de 15 de junio de 1993.

Una vez cada quinquenio, conforme se constate incrementos o disminuciones en el parámetro de habitantes cantonales, podrá ajustarse la cantidad de licencias clase A y B.

• Artículo 10.—Órgano competente de aprobar la licencia permanente. Compete al Proceso de Patentes conocer la solicitud y emitir un criterio técnico, para ello verificará de forma previa los requisitos, emitiendo las recomendaciones al Órgano Colegiado, quién será el responsable de aprobar o improbar las solicitudes de licencia para expendio de bebidas con contenido alcohólico. Contra lo resuelto se aplicará las disposiciones del artículo 24 del presente reglamento.

• Artículo 14.—Pago de derechos trimestrales. De conformidad con el artículo 10 de la Ley, se establecen los siguientes derechos que deberán pagar los patentados de forma trimestral por anticipado, según el tipo de licencia:

a. Licencia clase A: Los establecimientos ubicados en el distrito cabecera del cantón, pagarán un salario base, y en los demás distritos medio salario base.

b. Licencia clase B: Para esta licencia se seguirán los siguientes parámetros:

b.1. Para los establecimientos de categoría B1 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán un cuarto salario base, y en los demás distritos un octavo de salario base.b.2. Para los establecimientos de categoría 82 ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base.c. Licencia clase C: Los establecimientos de esta categoría

ubicados en el distrito cabecera del cantón pagarán un medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base.

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COLEGIOS UNIVERSITARIOSCOLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte el Colegio Universitario de Cartago se ha presentado la

solicitud de reposición del Título de Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria en la carrera de Investigación Criminal y Seguridad Organizacional, con énfasis en Investigación Criminal, inscrito en el tomo 7, folio 20, título número 293 y ante el Consejo Superior de Educación en el tomo 7, folio 51, título número 41847, a nombre de Ana Iveth Ortiz Villanueva. Se solicita la reposición del título por pérdida del original. Se publica este edicto y se oyen oposiciones a la reposición en los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Cartago, 15 de julio del 2014.—Departamento de Registro.—Isabel Rocío Ulloa Martínez, Jefa.—(IN2014045809).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAVICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2251-2014.—Coto Araya Alejandra, costarricense, cédula N° 3-0305-0537, ha solicitado reposición del título de Profesor en Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de junio del 2014.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(IN2014045529).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSCONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de “Modificación al procedimiento extraordinario de fijación del Modelo de regulación económica del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi”, que en resumen plantea lo siguiente:

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 21 de agosto del 2014 a las 17 horas y 15 minutos por medio del sistema de video-conferencia(*) en los siguientes lugares: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Tribunales de Justicia ubicados en los centros de: Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas; y en forma presencial en el Salón Parroquial de Bribrí que se ubica al frente de la Escuela Líder de Bribrí, Limón.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: ►en la audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico(**): [email protected] hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

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Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico [email protected]

(*) Si por motivo de fuerza mayor o caso fortuito la Audiencia Pública no se puede realizar por el sistema de video-conferencia, esta se celebrará en forma presencial en cada una de las sedes señaladas al efecto.

(**) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O.C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 17091.—(IN2014047784).

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente OT-162-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias).

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICAATENCIÓN VECINOS DE CIUDAD QUESADA-SAN MARCOS DE CUTRIS

Audiencia Pública para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa Transportes MCA de Ciudad Quesada S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 218 descrita como Ciudad Quesada-San Marcos de Cutris, ext. Betania, según se detalla:

DESCRIPCIÓN RUTA218: Ciudad Quesada-San Marcos de Cutris,

ext. Betania

Tarifas (en colones) IncrementoAbsoluto (¢)

Incremento Porcentual (%)Vigentes Propuestas

Regular AdultoMayor Regular Adulto

Mayor Regular Adulto Mayor Regular Adulto

Mayor

Ext Ciudad Quesada-Betania 1170 880 2535 1905 1365 1025 116,67 116,48

Ciudad Quesada-San Marcos de Cutris 1050 525 2275 1135 1225 610 116,67 116,67

Ciudad Quesada-San Pedro 900 450 1950 975 1050 525 116,67 116,67

Ciudad Quesada-Bellavista 775 390 1680 845 905 455 116,77 116,67

Ciudad Quesada-San Jorge de Cutris 745 375 1615 810 870 435 116,78 116

Ciudad Quesada-Santa Teresa 695 350 1505 760 810 410 116,55 117,14

Ciudad Quesada-Cruce a Santa Teresa 630 315 1365 680 735 365 116,67 115,87

Ciudad Quesada-Arenal 630 315 1365 680 735 365 116,67 115,87

Ciudad Quesada-Kooper 555 0 1200 0 645 0 116,22 0

Ciudad Quesada-Muelle 520 0 1125 0 605 0 116,35 0

Ciudad Quesada-Platanar 390 0 845 0 455 0 116,67 0

Ciudad Quesada-Quebrada Azul 325 0 705 0 380 0 116,92 0

Ciudad Quesada-Florencia 250 0 540 0 290 0 116,00 0

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día lunes 25 de agosto a las 17:00 horas (5:00 p.m.), en los siguientes lugares:-Salón Comunal de San Marcos de Cutris, ubicado al frente de la plaza de deportes de San Marcos de Cutris, Cutris, San Carlos,

Alajuela.-Edificio URCOZÓN, ubicado 50 metros oeste de la entrada a la Ciudad Deportiva de San Carlos, Ciudad Quesada, San Carlos,

Alajuela.Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito

firmado: ►en la audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): [email protected] hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito.

Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-066-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico [email protected]

(*)En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 17101.—(IN2014047797).

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ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

INFORMACIÓN OEC 009-2014El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de

Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014, da a conocer el otorgamiento y estado de las siguientes acreditaciones:

1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.

N° de AcreditaciónOrganismo de

Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia Dirección, e-mail, teléfono y fax

LE-007, Suspensión voluntaria parcial del alcance de acreditación

Centro de Investigación en Contaminación Ambiental-CICA-UCR

Ver Alcance de AcreditaciónLE-007 en (www.eca.or.cr)

Suspensión temporal parcial del alcance para los ensayos de determinación de gases O2, CO2, CO, SO2, NO, NO2 y NOx, en los gases de escape de una fuente fija EPA CTM-034. 27.05.2014 1. MAR-1 Determinación de residuos de plaguicidas en muestra de agua por cromatografía de gases utilizando extracción líquido analito: Acefato, Captán, Clorotalonil, Forcim, Metalaxil, Metamidofos, Monocrotofós. 2. MAR-7 Determinación de plaguicidas ácidos y neutros en agua por extracción en fase sólida y cromatografía líquida de alta resolución analito: Dicamba, Disulfotón, Fentión. 3. MAR- 9 Determinación de residuos carbonatados en aguas utilizando extracción líquido y CLAR analito: 3- cetocarbofuran. 4. MAR-24 Determinación de residuos de fenamidona por cromatografía de gases en muestras de piña: corazón, pulpa, cáscara y fruto completo Periodo de suspensión del 10.06.2014 al 10.12.2014 de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014.

Dirección: Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, atrás de la biblioteca de salud.E-mail:[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]éfono: 2511-8202Fax: 2253-1363

LE-059-A02, vigente Instituto de Investigaciones en Salud, INISA-UCR

Ver Alcance de AcreditaciónLE-059-A02, en (www.eca.or.cr)

Ampliación a partir del 10 de junio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014

Dirección: De la UNED en Sabanilla 300mts este y 125mts sureste. Contiguo a la Escuela de Enfermería. UCRE-mail: [email protected]éfono: 2511-3050 / 2511-2124Fax: 2511-5130

LE-060-A04, vigenteInstituto de Investigaciones en Ingeniería LABCAL

Ver Alcance de AcreditaciónLE-060-A04 en (www.eca.or.cr)

Retiro de la acreditación el 10.06.2014 acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del

Dirección: Diagonal a la sub-estación de la CNFL, Sabanilla, Montes de OcaE-mail: [email protected]éfono: 2511-5553 / 2511-6642Fax: 2253-4614

LE-049-A03, VigenteLaboratorio Nacional de Aguas AyA

Ver Alcance de AcreditaciónLE-049 en (www.eca.or.cr)

Ampliación a partir del 01 de Julio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014

Dirección: Cartago-La Unión-Tres Ríos: 400 m norte del edifificio municipalE-mail: [email protected]éfono: 2279-5118Fax: 2279-5973

LE-054-A04, VigenteLGC Ingeniería de Pavimentos S.A.

Ver Alcance de AcreditaciónLE-054-A04 en (www.eca.or.cr)

Ampliación a partir del 01 de Julio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014

Dirección: Cartago-La Unión-Tres Ríos: 400 m norte del edificio municipalE-mail: [email protected]; [email protected]éfono: 2250-7009Fax: 2219-8035

LE-004-R01, vigente

Centro de Investigación y de Servicios Químicos y Microbiológicos- CEQIATEC

Ver Alcance de AcreditaciónLE-004-R01 en (www.eca.or.cr)

Reducción de alcance el 01.07.2014; para pruebas de esterilidad para controles biológicos en dispositivos de control de procesos de esterilización.

Dirección: Campus del TEC en CartagoE-mail: [email protected]; [email protected];Teléfono: 2550-2368Fax: 2591-5147

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N° de AcreditaciónOrganismo de

Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia Dirección, e-mail, teléfono y fax

LE-061, prorroga de suspensión total del alcance

Departamento de Aseguramiento de la Calidad (Productora La Florida S.A.)

Ver OEC suspendidos en(www.eca.or.cr)

Prórroga de suspensión voluntaria total del alcance 01.07.2014 - 01.01.2015 de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014

Dirección: 100 m este del puente sobre Río SegundoE-mail: [email protected];Teléfono: 2437-7140 / 2437-7216Fax: 2431-0584

2. Área: Organismos de Inspección

OEC acreditados contra la Norma: INTE-ISO/IEC 17020:2012 Criterios para la operación de varios tipos de organismos que realizan inspección

No. de AcreditaciónOrganismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia Dirección, e-mail, teléfono y fax

OI-020-A01, C, vigente.

Grupo Lauher, S.A.Ver Alcance de Acreditación OI-020-A01 (www.eca.or.cr)

Ampliación a partir del 10 de Junio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014

Dirección: Florencia de San Carlos, 30 mts suroeste de la plaza de deportes, entrada a Pénjamo casa esquinerae-mail [email protected]; [email protected]; [email protected];Teléfono 8320-25-74 / 2475-6446Fax 2475-6590

San José, 7 julio del 2014.—Máster Maritza Madriz P., Gerente General.—1 vez.—(IN2014046387).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Edicto 0029-014.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que, Parqueo Público Plaza Mayor cédula jurídica número 3-101-99906, ha presentado solicitud de traspaso de la Patente Comercial Nº 7355, a nombre de Parqueo Público Guadalupe S. A., cédula 3-101-146848. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 30 de junio del 2014.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes Elizondo, Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—(IN2014045946).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOSEl Concejo Municipal de San Carlos en su sesión ordinaria

celebrada el lunes 14 de julio del 2014, en el salón de sesiones de esta Municipalidad, mediante artículo N° 13, inciso 10, acta N° 41, acordó: Convocar a audiencia pública el miércoles 20 de agosto del 2014, en el Salón de Sesiones ubicado en calle central, avenida 2, en Ciudad Quesada, a partir de las 18:00 horas, a fin de exponer las tarifas del Servicio de Aseo de Vías, Sitios Públicos y Mantenimiento de Parques y Ornato. Votación unánime. Acuerdo definitivamente aprobado.—Lic. Alejandra Bustamente Segura, Secretaria del Consejo Municipal.—1 vez.—(IN2014047642).

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSOPor acuerdo del Concejo Municipal de Paraíso en la Sesión

Ordinaria N° 298 del 4 de marzo del 2014, artículo 02, inciso 01 se aprueba la siguiente tarifa mensual para el Servicio de Tratamiento de Aguas Residuales en la comunidad de Llanos de Santa Lucía, Distrito V del Cantón de Paraíso.

Categoría Tarifa en colonesDomiciliar 2.500Ordinaria 3.700

Proveeduría Municipal.—Ing. Omar Chavarría Cordero, Jefe.—1 vez.—(IN2014046671).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIAAcuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 0211-2012

del 19-11-2012, en el Artículo V, Según OficioSCM-3043-2012 del 22-11-2012

La Municipalidad de Heredia, hace saber a quién interese que en el Cementerio Central, existe un derecho a nombre de la Familia Víquez Jiménez, que la conforman 12 hermanos y la señora madre de ellos, los cuales en común acuerdo solicitan que se actualice el arrendatario y que se nombre beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario: Edgar Leonardo Víquez Jiménez céd. Nº 4-116-568

Beneficiarios: Ma Isabel Jiménez Carmona céd. Nº 4-049-009

Mario Alb. Víquez Jiménez céd. Nº 4-090-049

Eduardo Víquez Jiménez, céd. Nº 4-092-825

Ana Cecilia Víquez Jiménez céd. Nº 4-095-573

Fernando Víquez Jiménez céd. Nº 4-103-028

Manuel Ant. Víquez Jiménez céd. Nº 4-103-029

Alfredo Víquez Jiménez céd. Nº 4-106-1117

Liliana Víquez Jiménez céd. Nº 4-110-875

Alex Jesús Víquez Jiménez ced Nº 4-122-472

Yolanda Víquez Jiménez ced Nº 4-130-551

Dorothy Elaine Víquez Jiménez céd. Nº 4-137-042

Gabriel Gdo. Víquez Jiménez céd. Nº 4-141-455

Lote Nº 03 Bloque O, con una medida de 9 metros cuadrados, para 6 nichos, solicitud Nº 2371 recibo Nº 22759, inscrito en Folio 72 Libro 1, el cual fue adquirido el 22 de setiembre de 1978.

El mismo se encuentra a nombre del Familia Víquez Jiménez, datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 12-07-2012.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecha a nombre de la patente

Rentas y Cobranzas.—Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.— 1 vez.—(IN2014046920).

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La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014 Pág 47

de la licenciada Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046724).

PROPIEDADES TARANCON INC. S. A.Propiedades Tarancon Inc. S. A., cédula de persona jurídica

número 3-101-420406 comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046725).

PROPIEDADES BENAMARCA INC S. A.Propiedades Benamarca Inc. S. A., cédula de persona jurídica

número 3-101-420590 comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046726).

CONSTRUCTORA MELTZER S. A.Constructora Meltzer S. A., cédula de persona jurídica

número 3-101-006315 comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la e s títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046727).

TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS SESENTA Y SEISMIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO

SOCIEDAD ANÓNIMATres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Seis Mil Setecientos

Sesenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-666768, solicita ante el Departamento de Propiedad Horizontal, del Registro Nacional, la reposición del Libro uno de Actas de Asamblea de Condóminos, del Libro uno de Actas de Junta Directiva, y del Libro uno de Caja del Condominio denominado Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas La Punta, cuya cédula jurídica es 3-109-467654 y cuya finca Matriz es la finca del Partido de Guanacaste, matrícula 2365-M-000. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Departamento de Propiedad Horizontal, del Registro Nacional.—Lic. Warren Corrales Castillo, Notario.—(IN2014046957).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZTRANSPORTES PRIVADOS NACIONALES TRANSPRINASA

SOCIEDAD ANÓNIMAJavier Moisés Morote Moreno en su condición de Presidente

y representante legal de la empresa Transportes Privados Nacionales Transprinasa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil ciento cincuenta y seis, domiciliada en

AVISOSCONVOCATORIAS

ANTURIOS DE ALTURA BIJAGUA S. A.De conformidad con el artículo 170 y concordantes del Código

de Comercio, se convoca a los accionistas de Anturios de Altura Bijagua S. A., a la asamblea general extraordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social, en San José, Montes de Oca, del Cristo de Sabanilla 800 metros al este y 150 metros al sur, Residencial El Portón del Cafetal, casa número 6, a las 17:00 horas del día jueves 18 de agosto del 2014. Agenda: Punto 1°: Informe de los Directivos; Punto 2°: Disolución de la sociedad. De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará en segunda convocatoria a las 18:00 horas del mismo día, con cualquier número de concurrentes.—San José, 16 de julio del 2014.—Ole Dahlerup Mengel, Presidente y socio.—1 vez.—(IN2014047659).

FRAGATA REAL S. A.La junta directiva de Fragata Real S. A., convoca a todos los

socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se realizará el sábado 30 de agosto del 2014, en la oficina en la ciudad de Liberia, costado este de los Tribunales de Justicia, edificio blanco de dos plantas. Primera convocatoria a las 9:00 a. m., segunda convocatoria a las 9:30 a. m. Agenda: Aprobación del quórum con las acciones de cada socio. 1) Cambio de domicilio social. 2) Nombramientos de junta directiva. 3) Informe del estado de la sociedad. 4) Autorización al presidente para la venta de derecho de uso de suelo de un inmueble en zona marítima. 5) Autorización para la adquisición de crédito revolutivo ante la entidad financiera que más convenga con garantía hipotecaria. 6) Aumento de capital social. 7) Asuntos varios. Cierre de Asamblea. Convocatoria asamblea ordinaria y extraordinaria.—Édgar Miranda Jaén, Presidente.—1 vez.—(IN2014047820).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLOLa Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición del

título por extravío del original de la estudiante Anny Duarte Valverde, cédula de identidad uno-mil noventa y ocho-ochocientos ochenta y ocho, quien opto por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las ocho horas del nueve de julio del dos mil catorce.—Rectoría.—Lic. Cristian Chinchilla Monge.—(IN2014045751).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZGOLDEN BRICK S. A.

Golden Brick S. A. cédula de persona jurídica 3-101-403118 comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046723).

ADITEC QUÍMICOS E INSTALACIONES S. A.Aditec Químicos e Instalaciones S. A. cédula de persona

jurídica número 3-101-379431 comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaria pública

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Pág 48 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

Carné Nombre completo Cédula0408 Chavarría Salazar Karla Pricila 1127604140779 Chaves Argüello Denia Gabriela 7016101590732 Cordero Guzmán Luis 3044003500069 Córdoba Cruz Victor Hugo 105930252

1036 Corrales VenegasMaribell de los Ángeles

401760807

0916 Corrales Guevara Luis Felipe 1134107360354 Damazzio Solano Emilia María 1061708880493 Delgado Cárdenas Carlos Ramón 1068906740577 Demmintt Rojas Marta Alejandra 1125605210914 Díaz Monge Ana Cristina 1139107090337 Downs Espinoza Maribel 1558077378260618 Duarte Cerdas Iveth 108770005

1008 Fallas MataJacqueline Mercedes

111000872

0881 Fernández Barboza Julio César 2038300540920 Fernández Martínez José Luis 6026703060838 Fernández Vásquez Laura 1143304700769 Gamboa Arguedas Wendy 1101303330399 García Arias Edi Gerardo 1122400840310 García Marín Grettel 1126003190831 Gómez Bolívar Jandall 6036609310092 González Gómez Eddy 2050401421043 González Solano María Fernanda 3044402820817 González Vega Alexander Gerardo 3042306090189 Granados Rodríguez Jennifer Alejandra 3041102160245 Gutiérrez Granados Gerardo Enrique 3044300921005 Henao Ladino Julián David 8009306540607 Hernández Brenes Angie Gabriela 3039502720338 Hernández Ramírez Nancy Karina 3035307850790 Hernández Rodríguez Carol 1094402070608 Hernández Rojas Rodrigo 1104400090510 Hines Cavallini Shalimar Paola 7017804990855 Hodgson Ramos Evelyn 1103603180883 Hudson Barboza Nathalie Collette 1134606600394 Hurtado Madrigal Mauren Cristina 2063306380538 Jara Meoño Adriana Patricia 1121608050935 Jara Ordóñez Ana Lorena 1072604180538 Jara Meoño Adriana 1121608050108 Jimenéz Guzmán Verny Mauricio 1119201760834 Lástres Roque Carlos Alberto 2057905470726 Lobo Montero Miguel Ángel 2033002970872 López Briceño Sara Thifanny 1131909710780 López Romero Ericka 1134201710427 López Ureña Carlos Alberto 3041708021086 López Brenes Joshua Eusebio 7017100740432 Luna Alvarado Gonzalo 1106703310426 Marín Sandí Juan Carlos 1093305721077 Martínez Gómez Ivannia 3041709560908 Martínez Paniagua Linday 1130108290617 Matarrita Ortíz Gabriel 6012308360948 Medrano D’elia Paola 1118803120915 Meléndez Rodríguez Juan Pablo 3042509490999 Membreño Quintanilla José David 5037007090126 Méndez Córdoba Jeremy Antonio 6037008751001 Méndez Sanabria Bolivar Antonio 1089208571066 Mendoza Cárdenas Eskarle 502760398

0635 Meneses RyanAngie de los Ángeles

114230143

0991 Montenegro Loaiza Pablo Jesús 113700554

0861 Montiel Gómez Jose Antonio 502020080

0258 Montoya Avendaño Adrián 603330965

San José, parqueo Borumba, avenida tres, calles seis y ocho solicita al Registro Público, Sección Mercantil la reposición de los libros de socios, de Asamblea General y de Junta Directiva por extravío.—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Javier Moisés Morote Moreno, Presidente.—1 vez.—(IN2014045937).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍADE COSTA RICA

A las siguientes personas se les comunica por segunda vez, que según nuestros registros al 20 de junio del 2014, se encuentran con seis o más meses de morosidad. Transcurridos 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión en cumplimiento del artículo 40 de la Ley 8831. En caso de haber regulado su situación le solicitamos comunicarlo a nuestro colegio profesional y hacer caso omiso a lo indicado en esta publicación.

Carné Nombre completo Cédula

0009 Abarca ElizondoMaría de los Ángeles

111210017

0979 Acosta Alvarado Dayanna 2059006290606 Aguilar Zúñiga Nicole 1135506290659 Alpízar Flores Ólger Eduardo 2063803211012 Araya Chacón Laura 1120807480517 Araya Soto Róger 1092101200833 Arrollo Mata Carolina 2061606460706 Ávalos Calderón Johnny Esteban 1148402680574 Ávila Méndez Eduardo Adolfo 1141106370579 Azofeifa Aguilar Huberth Gabriel 1113602580990 Barboza Madrigal Connie 1144901431006 Barquero Morales Elioth Steven 3044908830341 Barrantes Guillén Katherine Isabel 4017706390262 Benavides Ramírez Roy Alonso 2055802170672 Boza Masís Raúl 1117409110884 Brenes Núñez Kembly Francinie 1138501400040 Brown Jiménez Kevin Alonso 1121705710041 Bustamante López Diana 1112000040863 Bustos Rosales Alan 5031606420668 Byfield Gregory Willie 7007608050816 Calderón Martínez Karla Paola 3045107330705 Calero Brenes Christian 1116201300045 Calvo Gómez Christian Mauricio 1093604800048 Calvo Ramírez Hugo Efraín 3037700450615 Calvo Ramírez Edgar Eduardo 1070803420051 Camacho Pacheco José Luis 1063908510733 Camacho Rojas Giovanni Adolfo 3031209580784 Cambronero Castellón Zaida 1093606590053 Campos Blanco Haydee Judith 1132100220364 Campos Elizondo Stephanie 1126506370873 Campos Víquez Maricela 4015905650544 Campos Rodríguez Juan Manuel 1134101080754 Carmona Quesada Paola Yorleny 1130700550545 Carvajal Chaves Andrés Miguel 1134503950648 Castaing Bustillos Francisco 6015107821046 Castillo Gutiérrez Cyrieli Monserrat 1132406150057 Castillo Segura Óscar Josué 1111207201022 Castro Rodríguez Alejandro Daniel 1138500850581 Castro Solís Paula Marcela 1136305400703 Ceba Salazar Dariella Vanessa 1116304840395 Chacón Solórzano Pablo Asdrubal 112780588

0235 Chacón CortesReina de los Ángeles

503520200

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La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014 Pág 49

Carné Nombre completo Cédula0805 Montoya Vargas Víctor Alexánder 1130507190639 Mora Arrieta Karen Priscilla 1134306820483 Mora Salazar Susan Ines 1108600240231 Mora Quesada Karina 1133502890417 Moraga Granados Paula Carolina 3042404690647 Morales Aguilar Lourdes Vanessa 1125304580636 Moya Castro Allan Eduardo 1100308280724 Muñoz Núñez Roy Alejandro 2058103590851 Murillo Mejías Paula Victoria 1142005670815 Navarro Hernández Miguel Jesús 1136905780698 Núñez Fennell Marleni 6020508910891 Olivas Quirós Abraham Josué 1144303610866 Palma Miranda Juan Francisco 1108708650932 Paniagua León Jennifer María 2061302100994 Peñaranda Campos Katherine Daniela 202010817

0788 Pérez Rodríguez Jaime 107520179

0800 Picado Morera Karen 603670722

0155 Piedra Ureña Dayner Gerardo 303430089

1055 Porras Valverde Ruth Merary 1151400560809 Rodríguez Carrillo Steven 6032001470720 Rodríguez Espinoza Natalia 4019601280496 Rodríguez Jaen Adriana 111150846

0894 Rodríguez Quirós Melvin 204830617

0690 Rojas Borbón Roberto Alonso 5034307920176 Rojas Chaves Luis Fernando 110910447

1023 Román Campos Carlos Alberto 109790562

0968 Ruíz Loría Greivin 2050601500848 Ruíz Sandí Randall Rodrigo 1096209520683 Ruíz Vega Melissa María 1146707220714 Ruíz Zúñiga Willy 2040606660961 Salazar Alfaro Florinela 1134308231056 Salmerón Rodríguez Mario Enrique 1144605830186 Sanabria Gómez Luis Guillermo 1098701160835 Sánchez Reyes Jorge Elias 1068508440827 Sandoval Espinoza Hensyl Lizandra 8009801690969 Segura Carranza Ana Yency 2058008480997 Sequeira Cruz Jennifer 112920204

0499 Sequeira Soto Rafael Martín 110450743

0814 Silva Castro Roberto 5027505490370 Solano Arce Evelyn Johanna 1119307690445 Torres Acuña Luis Gerardo 6036605870275 Torres Mora Carlos Eduardo 1082405591002 Ureña Castro María Pamela 1137003400701 Ureña Sibaja Gerardo 1060708321011 Valverde Mora Tatiana María 1131905170553 Vargas Arguedas Jorge Eduardo 1099809980998 Vargas Arias Ana Catalina 1114302730605 Vargas Mayorga Gioconda 5035605360775 Vásquez Chacón Erick Eduardo 6033706990217 Vásquez Pacheco Bernal Francisco 2027600510549 Vega Araya Juan Ignacio 3041804280222 Vega Mata Lorna Catalina 1139208830604 Villalobos Rodríguez Esteban Mauricio 1110703200664 Villalta Flores Paola 1119102040352 Víquez Rojas Esteban Gerardo 1117906281091 Zúñiga Alfaro Julio 2062605910796 Zúñiga Arrieta Rosa Cristina 3043501640978 Zúñiga Hernández Lyn José 1141904170523 Zúñiga Ramírez Evelin 503470211

Lic. Alba María Solano Chacón, Presidenta.—Lic. Zaida Montero Jiménez, Secretaria.—1 vez.—(IN2014045948).

CALZADO DEL BARCO S. A.INVERSIONES OXÍGENO S M C SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito notario hace saber que ante mi notaría, situada en San José, sita en San Rafael de Escazú, Oficentro Meridiano, tercer piso BVSQ Abogados, se han presentado por una parte Calzado del Barco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve, representada por Daniel del Barco Gutiérrez, cédula de identidad número uno-seiscientos tres-ochocientos noventa y dos, y por la otra parte Inversiones Oxígeno S M C Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil ciento veintinueve, representada por Ho Shum Tsang, conocido como Esteban Shum Tsang, cédula de identidad número ocho-cero sesenta y seis-novecientos cuarenta y dos; a fin de que se dé inicio al Proceso de Transmisión del Establecimiento Mercantil denominado Calzado del Barco. Se cita a los interesados para que dentro del plazo de quince días, concurran a hacer valer sus derechos ante mi Notaría.—San José, nueve de julio del dos mil catorce.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2014045978).

GREEN RAINBOW SOCIEDAD ANÓNIMALa compañía Green Rainbow Sociedad Anónima, cédula

jurídica: 3-101-412476, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la asignación de número de legalización por extravió de los libros número: uno de Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 2 de junio del 2014.—Johnnatan Arce Chinchilla, Presidente.—1 vez.—(IN2014046025).

ASOCIACIÓN CÁMARA NACIONAL DE TRANSPORTESYo, Maritza Hernández Castañeda, mayor, divorciada,

Licenciada en Administración de Empresas, cédula de identidad número: cinco-ciento noventa y cinco-cero setenta y tres, vecina de Heredia, en mi calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación Cámara Nacional de Transportes, cédula jurídica 3-002-061193, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros legales: Libro de Actas de Sesiones de Junta Directiva, Libro de Asociados, Libros Contables: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, los cuales fueron extraviados. Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 13 de mayo del 2014.—Maritza Hernández Castañeda, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(IN2014046076).

HASMAG S. A.Yo, Ivanhoe Arce García, mayor de edad, con cédula de

identidad número 1-667-740, divorciado, contador público, vecino de Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Hasmag S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-551583, con domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en Supermercado Luperón, detrás del Banco Nacional, indico lo siguiente: Que los libros legales y contables de la sociedad que represento se extraviaron, por lo que se procederá a la reposición de los mismos. Es todo.—Guanacaste, 08 de julio del 2014.—Ivanhoe Arce García, Presidente.—1 vez.—(IN2014046098).

MIGUEL CASTRO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMAAnte esta notaría, a las catorce horas del día sábado doce de

julio del año dos mil catorce, presentes: Césaro Castro Murillo, mayor, comerciante, casado una vez, vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, calle El Sitio, un kilómetro de la entrada, con cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y siete-ochocientos veintiuno, quien lo hace en condición de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la entidad denominada Miguel Castro e Hijos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil novecientos sesenta y ocho, de lo

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Pág 50 La Gaceta Nº 143 — Lunes 28 de julio del 2014

Nº Carné NombreCuotas

Pendientes

25 017128 Di Leoni Escalante Maurizio 8

26 032278 Duran López Mauro Alejandro 8

27 021245 Espinoza Ramírez Grace Isabel 7

28 019566 Fallas Murillo Juan Carlos 8

29 024595 Fernández Marín Catalina 7

30 032161 Granados Barrantes Nilson Luis 8

31 023914 Guerrero Rojas Mauricio 8

32 017712 Hernández Ramos Erika 7

33 029820 Hidalgo Castillo Roberto Ali 8

34 004461 Jiménez Silva Sandra María 8

35 020968 Lagos Sánchez Alexander 7

36 028575 Levell Brown Roy William 7

37 020471 López León Gerardo 9

38 026581 Madrigal Díaz Wendy Alison 7

39 001991 Madrigal Quirós Jimmy Gerardo 8

40 024047 Masis Monge Carlos Alberto 7

41 029775 Mena Hernández Viviana 7

42 008187 Méndez Rodríguez Ana Lorena 8

43 026772 Miranda Tellez Freddy Alberto 8

44 009667 Montero Solano Jessica 9

45 015917 Mora Ramírez Gina María 7

46 024001 Morales Castrillo Federico 7

47 017767 Murillo Balladares Blanca Estela 9

48 030109 Paniagua Porras Carlos Alberto 8

49 028387 Piedra Monge Marisol 9

50 009741 Quesada Suarez Gustavo Adolfo 9

51 018972 Ríos Méndez Hellen 8

52 027502 Robles On Eimer Andrés 8

53 014904 Rodríguez Arguedas Francisco Javier 8

54 013898 Rodríguez de la Peña Ileana 10

55 014289 Rojas Chacón Cricia Vanessa 7

56 017495 Rojas Hernández Manrique 9

57 024475 Ruiz Díaz Claudia Rosa 8

58 029621 Sánchez Chaves Keren Alexandra 9

59 025066 Steller Alfaro Eric Alberto 7

60 030579 Tosso Campos Christian 7

61 015605 Valverde Fallas Luis Alberto 7

62 025391 Vargas Castrillo Melissa 8

63 003060 Vargas Saborío José Mario 7

64 010286 Villalobos Castro Karol Eugenia 9

65 006429 Villalobos Villalobos José Enrique 7

Lic. Javier Francisco Vega Zúñiga, Fiscal.—Bach. Cinthya Leandro Mora, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva, a. í.—1 vez.—(IN2014046301).

COLEGIO DE PROFESIONALESEN CIENCIAS ECONÓMICAS

La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica

Comunica que en la Sesión Nᵒ 094-2014 de la Asamblea General Ordinaria, celebrada por este Colegio, el día viernes 27 de junio de 2014, resultó electo como Presidente para el período 2014-2016 el Licenciado Gerardo Gutiérrez Villafuerte. Así mismo

que el suscrito notario da fe con vista de las citas de inscripción tomo: setecientos treinta, folio: doscientos sesenta y nueve, asiento: trescientos ochenta y nueve. Se cumple con el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, indicando que por motivo de extravío, se solicita la reposición de los libros de Actas de Asamblea, Actas de Consejo de Administración y Actas de Accionistas de su representada. San Rafael de Poás de Alajuela, cien metros noroeste de la iglesia católica, sábado doce de julio del dos mil catorce.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014046240).

GRUPO PEÑA IBÉRICA GPI, SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Por extravío se ha iniciado el procedimiento de reposición de libros legales, de Grupo Peña Ibérica GPI, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-500995. Oposiciones al fax número 2283-0659, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias de reposición.—San José, 15 de julio del 2014.—Rodolfo Peña Salas, Apoderado.—(IN2014046276).

COLEGIO DE PROFESIONALES ENCIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva comunica a los colegiados suspendidos, Instituciones del Estado y al público en general, que se acuerda suspender del ejercicio de la profesión por morosidad a los siguientes colegiados, según Acuerdo Nº 3, de la Sesión Ordinaria Nº 2461-2014, celebrada el 17 de febrero de 2014, de conformidad con los artículos 35, inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Nº 7105. Por lo anterior, dichos colegiados se encuentran inhabilitados para ejercer la profesión y desempeñar puestos para los cuales se requiere estar incorporado a este Colegio; así como recibir los beneficios de plus salarial que otorgan las Instituciones del Estado, como la “Dedicación Exclusiva” entre otros. Queda en firme la suspensión del ejercicio de la profesión a partir de esta publicación.

Nº Carné NombreCuotas

Pendientes

1 012633 Abarca Morales Efraín Alberto 8

2 021937 Alfaro Coto Randall José 7

3 018342 Alpízar Badilla Yamileth Rocío 8

4 008584 Amador Soto Luis Rodolfo 7

5 001998 Arias Valle Alexander 9

6 012751 Atencio Cordero Carlos Enrique 8

7 001915 Ávila Arias Miguel Ángel 7

8 022890 Barquero Ulloa Humberto 9

9 002655 Bejarano Valverde Alberto 8

10 023242 Bojorge Santana Junior Isaac 7

11 012563 Brenes Cervantes Ivannia 8

12 032340 Brenes Rodríguez Melissa 8

13 007998 Camacho Castro Anette María 9

14 028690 Camacho Varela Roberto 7

15 004368 Casares Odio Carlos Alban 8

16 013704 Cascante Arias Jorge 7

17 028045 Cascante Manjarres Anamelba 8

18 004875 Cerdas Bockham Ronny 8

19 012562 Cerdas Murillo Boris Alban 9

20 023723 Chacón Corrales Carolina Del Carmen 9

21 031040 Chinchilla Cascante Greddy 9

22 010487 Corrales Marín Marino Alonso 9

23 027448 Cortes Rivera Eduardo Esteban 8

24 008497 Delgado Artavia Carlos Alberto 9

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Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los siguientes, libros todos, número uno, de actas de Asamblea General, Inventario y Balance, Diario, Mayor, los cuales, fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es todo.—Dieciséis de julio del año dos mil catorce.—José Ramón Quirós Otárola, Presidente.—1 vez.—(IN2014046376).

LUNA DE SANTA ANA S. A.El suscrito Jorge Chavarría Sanabria, mayor, casado dos

veces, empresario, vecino de Santa Ana, de la Cruz Roja cincuenta oeste y trescientos sur, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos sesenta-cuatrocientos sesenta y nueve y dice que debidamente ha percibido de la gravedad y transcendencia así como de las penas con que se sancionan el delito de perjurio declaro bajo fe y juramente que: es el único accionista y dueño de la totalidad del capital social de la compañía denominada Luna de Santa Ana S. A., cédula jurídica número 3-101-465498. Que extravió el libro de Asamblea General de dicha compañía que esta realizando la reposición del mismo. Que cita a todos los interesados por el plazo de Ley. Es todo.—Santa Ana, 15 de julio del 2014.—Jorge Chavarría Sanabria.—1 vez.—(IN2014046500).

ASOCIACIÓN HOGAR SALVANDO ALALCOHÓLICO ROBERTO SOTO GATGENS

Yo Édgar Araya Solano, cédula de identidad número 1-0360- 0739 en mi calidad de presidente y Representante Legal de la Asociación Hogar Salvando al Alcohólico Roberto Soto Gatgens cédula jurídica: 3-002-061546 solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros contables, Diario N° 2, Mayor N° 2 e Inventarios y Balances N° 2, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 16 de julio del 2014.—Édgar Araya Solano, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(IN2014046790).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORESEN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 31 de mayo 2014, tal como lo establece la política POL/PRO-COB04 Gestión de Cobros, Suspensión y Levantamiento de Suspensión, y según nuestros registros al 14 de julio 2014, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma.

Nombre CédulaAguilar Araya María Isabel 106400181Alfaro Faeth Gina Zulay 205750940Álvarez Calvo José Luis 109790419Álvarez Figueroa Jeannette Cecilia 202800384Álvarez López María Jeannethe 122200124009Amador Centeno Susana Rosa 104111378Araya Guillén Carlos 103430121Arley Fonseca Margot 701440943Arrieta Méndez María Laura 110600242Barquero Sancho Laura 107170658Barquero Villalobos Marani 110600381Barrantes Chaves Elizabeth 900290582Barrantes Ureña Eraclides 602570889

en Sesión Ordinaria Nᵒ 2488-2014, celebrada el lunes 30 de junio de 2014, ante la ausencia definitiva del Vicepresidente en tanto se realiza la elección correspondiente, se designó como Vicepresidente pro témpore al Licenciado Juan Carlos Sebiani Serrano.

Lic. Gerardo Gutiérrez Villafuerte, Presidente, Junta Directiva.—Bach. Cynthia Leandro Mora, Secretaria, Junta Directiva.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í..—1 vez.—(IN2014046302).

SELF DEFENSE TACTICS SOCIEDAD ANÓNIMAAl ser las 10:00 horas del 31 de mayo del 2014, mediante

escritura pública número ciento cincuenta y ocho, de la suscrita notaria Katia Vanesa Araya Ramírez, la sociedad Self Defense Tactics Sociedad Anónima, solicita la reposición por extravío del libro de Registro de Accionistas, del Libro de Actas de Asamblea General de Socios y del libro del Consejo de Administración.—San José, 31 de mayo del 2014.—Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046306).

PROPIEDADES CURCO SOCIEDAD ANÓNIMAMediante escritura número doscientos cincuenta y cinco del

tomo primero del protocolo de la notaria Yanina Jiménez Ugalde, de las diez horas del cuatro de julio del año en curso, ambos representantes sean Miguel Curco Martínez y Ana Karina Curco Hernández de la sociedad Propiedades Curco Sociedad Anónima, número de cédula jurídica 3-101-580278, se solicita reposición por extravió de los libros de Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios y Actas del Consejo de Administración.—Lic. Yanina Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2014046317).

PRINCESA MARINA SOCIEDAD ANÓNIMAEl suscrito Asdrúbal Moreira Araya, cédula: cuatro- ciento

nueve- cero sesenta y seis, actuando en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Princesa Marina Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno - ciento seis mil novecientos cincuenta y ocho, indico que por extravío, se está tramitando la reposición del libro de registro de accionistas y de junta directiva que lleva la sociedad. Por lo que con el fin de seguir el procedimiento de ley, se emplaza por el termino de ocho días a cualquier interesado para que presente oposición en el domicilio social de la empresa en Heredia-Santa Bárbara, San Juan, costado sur de la plaza de deportes. Es todo.—Heredia, diez horas del dieciséis de julio de dos mil catorce.—Asdrúbal Moreira Araya, Presidente.—1 vez.—(IN2014046340).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTOY ALCANTARILLADO SANITARIO DE AGRIMAGA DE RÍO

JIMÉNEZ DE GUÁCIMONosotros, Emilce María Arguedas Madrigal, mayor, casada

una vez, ama de casa, cédula 6-0115-0877; en calidad de tesorera, y Gilberto Chaves Rivera, mayor, soltero en unión libre, agricultor, cédula 1-03870877, ambos vecinos de Agrimaga de Río Jiménez de Guácimo, en calidad de vicepresidente de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Agrimaga de Rio Jiménez de Guácimo, cédula jurídica 3-002-618110, solicitamos al Departamento de Asociaciones del Registro de Persona Jurídicas la reposición de los libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Asociados todos número uno, los cuáles fueron extraviados, se emplaza por 8 días a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Guácimo a las 15:00 horas del 5 de marzo del 2014.—Emilce María Arguedas Madrigal, Tesorera.—Gilberto Chaves Rivera Vicepresidente.—1 vez.—(IN2014046347).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA-ACUEDUCTO LA ALEGRÍA

Yo, José Ramón Quirós Otárola, cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y nueve-novecientos setenta y tres, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Administradora-Acueducto La Alegría, cédula de persona jurídica tres-cero cero dos tres ocho cinco dos tres cuatro, solicito al

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Nombre CédulaOviedo Villegas Mónica 901040606Palacios Palacios Rebeca 110960599Palma Cabezas Marco Antonio 110150999Peña Matarrita Blas 602350964Peralta Valverde Adriana Patricia 111130189Pérez Carrillo Walter Mauricio 112640629Pérez Gómez Claudia María 800690585Pérez Mora Jacqueline Patricia 110950833Pérez Rodríguez Priscila de los Ángeles 304260681Portillo Pleitez Sofía Delsy 122200130329Raygada Ramos David Gabriel 110270514Rivas Mejías Sergio Javier 155802261221Rodríguez Barrantes Karina 109700575Rodríguez Madriz Rita Patricia 107260054Rubio Carmona Karen 108410249Ruiz Rodríguez Karol Cristina 110950736Salas Marchena Karla Vanessa 401900177Sanabria Carranza Evelyn 602540019Sanabria Rivera María de los Ángeles 104240233Solano Solano Marcia 108630328Stoyanova Ivanova Shinka 71212413715Trejos Chacón Kristel 603400297Ugalde Delgado Kembly Vanessa 602840424Ulloa Corrales María Alejandra 105270321Ulloa Porras Rosa María 104920777Uzaga Carrasquilla Jorge 105220347Vasconcelos González Shirley Virginia 700920583Vega Álvarez Alejandro 103870495Villalta Castañeda Ana Valeza 105160508Vindas García Viuty Yausela 110020092Yepes Garcés Ana Milena 800680123Zúñiga Rivera Kattia Elena 110310815

MSc. Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2014046814).

EL ORIENTE DE GIBRALTAR CRSOCIEDAD ANÓNIMA

En escritura pública número veintisiete de las quince horas del dieciocho de Julio del dos mil catorce, se presentó Francisco González Vargas en su calidad de Presidente, a solicitar reposición de libro de la sociedad El Oriente de Gibraltar CR Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil setenta y cuatro. Es todo.—San José, veintiuno de julio del dos mil catorce.—Francisco González Vargas, Presidente.—1 vez.—(IN2014046895).

ACADEMIA DE AVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMAYo, Alessandro Maria Dal Bello, de un único apellido en

razón de mi nacionalidad Italiana, mayor de edad, casado una vez, Empresario, vecino de San José, San Rafael de Escazú, Torre Bellavista del Oeste, cien metros al sur y cincuenta metros al oeste del Centro Comercial Paco, portador de la cédula de residencia costarricense número uno tres ocho cero cero cero cero nueve seis uno dos siete, en mi condición de secretario, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad Academia de Aventura Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil trescientos noventa y dos, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del

Nombre CédulaBennett Thomas Sindy May 108180018Berrocal Saborío Carolina 109470574Berrocal Sánchez Alba 105110594Blanc Masías Marcelo 800510046Blanco Montero José Bernarddo 103120124Brenes Arroyo Ileana María 109540107Burke Peterkin Jennifer 701160854Calderón Gómez María Élida 102670731Campos Zamora Xinia Amelia 110650038Carmona Vega Deniss Paola 109890271Casasa Núñez Laura 109460164Casasola Orozco Adriana 105030580Castillo Borbón Karen 109320029Chacón Masís Guillermo 107500677Chavarría Quesada María Yadit 109310735Cordero Picado Sonia 106460336Coto Solís Gilberth 109560171Cubillo Jiménez Cindy 111090083Delcore Domínguez Loredanna 900970586Delgado León Juan Oviedo 900630669Díaz Mondragón Leda María 104021184Elliot Ruiz Wilbert 603620934Espinoza Espinoza Paola 110800855Espinoza Garro Jenny 107370929Espinoza Selva Marvin de Jesús 800650651Esquivel Venegas Kattia 108450493Fallas Monge Ida Virginia 107020585Flores Flores Laxira 155811008128Gómez Barrantes Andrea de los Ángeles 110110287Gómez Cartín Jeffry 110400908Gómez Ramírez Raquel 110040272González Murillo Vivian 503260619González Pérez Olman Eduardo 105450824Herrera Zúñiga Zaida María 104570771Jiménez Zúñiga Adriana 603620237Juárez Grijalba Monserrath 108650356Leitón Gómez Marvin Alberto 107760761Mata Fernández Jorge Mario 110100473Mauricio Abad Conrado Eduardo 160400137500Méndez Zamora Kattia 107940944Molinari Vindas Gili 110380043Monge Herrera José Daniel 104111264Monge Sánchez Elizabeth 106520314Montero Jiménez Emilia María 105500475Moody Bernard Lerline Sheran 700790881Moreno Artal Edith Del Carmen 800720981Moreno Quintero Nubia Cecilia 117001107032Moya Pérez Ana Cecilia 109040341Muñante Fernández María Gabriela 800500806Murillo Fernández Mac Arturo 105690565Navarro Gómez Carlos 110200531Núñez Delgado Floribeth 104790772Ortiz Rodríguez Gabriela 109690649

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cláusulas 2 y 6 de la representación y se nombre nuevos gerentes.—Alajuela, 15 de julio del 2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2014045879).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 09/07/2014, protocolicé acta de asamblea de socios de Inmobiliaria TMF S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda de sus estatutos, cambiándose el domicilio social.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014045880).

Mediante escritura número 253 otorgada ante esta notaría a las catorce horas del 14 de julio del año dos mil catorce, se nombró presidente y tesorero de la sociedad Tamasol MJD S. A.—Villarreal, catorce de julio del dos mil catorce.—Jill Corrales Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014045882).

Por medio de la escritura número ciento ochenta, otorgada a las ocho horas del día quince de julio del año dos mil catorce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Center Red Neck Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la novena a la administración y representación se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva, del fiscal y agente residente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2014045883).

El suscrito notario hace constar que protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Hermozza Consultores S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (domicilio) y sexta (administración).—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045884).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 1° de julio del 2014, ante esta notaría, se disuelve la sociedad: Credi Q Holding S. A.—San José, 14 de julio del 2014.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2014045887).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del once de julio del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Montala de Ezekiel S. A., donde se acordó modificar la cláusula quinta del capital social donde se acordó aumentar a ochenta y cinco millones seiscientos cuarenta y seis mil colones representado por cien acciones de ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta colones cada una; la cláusula segunda del domicilio y revoco poder generalísimo. Presidente: Andrew Martín Weistein.—Ciudad Colón, quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045888).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas treinta minutos del once de julio del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Dconstruct Poroperties SRL, donde se acordó modificar la cláusula octava de la administración, y se nombró nuevo subgerente. Gerente: Cameron David Smith.—Ciudad Colón, quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045889).

En esta notaría, se hace constar que a las 18:00 horas del día 10 de junio del 2014, se ha reformado la junta directiva, representación y domicilio de la sociedad: Corporación Hermanos Guzmán Zeledón S. A. Presidente: José Adrián Guzmán Zeledón.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2014045894).

Ante esta notaría, al ser las once horas con treinta y cinco minutos del día ocho de julio del dos mil catorce, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad: Inversiones Herge del Mar S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los quince días del mes de julio del dos mil catorce.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2014045899).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía: Costa Verde y Celeste LLC Cinco Limitada, de las doce horas del veintidós de agosto del dos mil doce, en la ciudad de Tamarindo,

Registro Público la reposición del Libro de Registro de Accionistas, el Libro de Actas de Asamblea General de Socios y el Libro de Actas de Junta Directiva de mi representada, debido al extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público.—San José, 21 de julio del 2014.—Alessandro Maria Dal Bello.—1 vez.—(IN2014046906).

CUORE ITALIANO SOCIEDAD ANÓNIMAYo, Alessandro María Dal Bello, de un único apellido en

razón de mi nacionalidad italiana, mayor de edad, casado una vez, Empresario, vecino de San José, San Rafael de Escazú, Torre Bellavista del Oeste, cien metros al sur y cincuenta metros al oeste del Centro Comercial Paco, portador de la cédula de residencia costarricense número uno tres ocho cero cero cero cero nueve seis uno dos siete, en mi condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad Cuore Italiano Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil doscientos dieciocho, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del Registro Público la reposición del Libro de Registro de Accionistas, el Libro de Actas de Asamblea General de Socios y el Libro de Actas de Junta Directiva de mi representada, debido al extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público.—San José, 21 de julio del 2014.—Alessandro María Dal Bello.—1 vez.—(IN2014046908).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZPor escritura otorgada ante mí, Laura Virginia Baltodano

Acuña, el día 18 de julio del 2014, Comercializadora Farma Bienestar Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil ochocientos sesenta y ocho, vende el establecimiento mercantil denominado Farmacia Ballestero el cual es negocio de venta y comercialización de medicamentos farmacéuticos ubicado en Curridabat, frente a la Sucursal BAC San José; contiguo plaza Domus, a la sociedad Homan Consulting Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil noventa y ocho. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días contados a partir de este aviso, para hacer valer sus derechos. Actúa como depositario del precio la Licenciada Laura Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, Barrio Dent, doscientos cincuenta metros norte de Grupo Q, contiguo al Hotel Jade, Bufete Alpha Legal.—Lic. Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2014046868).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZPor escritura otorgada a las quince horas ante esta notaría

el día de catorce de julio del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la sociedad Agencia de Viajes Visite Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil ochocientos cincuenta y ocho, donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo referentes respectivamente al domicilio social y a la representación de la sociedad, y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, quince de julio de dos mil catorce.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—(IN2014045875).

Ante mi notaría al ser las 10:00 horas del 15 de julio del 2014, mediante escritura número 307 del protocolo número 12 de la suscrita notaria, se protocolizó acta de la firma Comercializadora Lara Tropicals Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-593148. Mediante la cual se acuerda reformar la cláusula primera de sus estatutos. Presidente: Martín Lara Rodríguez, cédula N° 2-329-934.—Lic. Viviana Villalobos Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014045878).

Ante esta notaria por escritura número 15 de las 13:00 horas del día 15 de julio del 2014 se protocolizó actas de asamblea general extraordinarias de cuotista de la sociedad Tres-Ciento Uno- Seiscientos Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se procede a modificación

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se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad. Es todo.—8 de mayo del 2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2014045909).

El suscrito notario Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría, se protocolizó la sociedad: tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil ciento noventa sociedad anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas treinta minutos del día once de julio del dos mil catorce.—Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014045911).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía: Campo Lazo de Potrero S. A., de las diez horas del catorce de julio del dos mil catorce, en la ciudad de Tamarindo, se acordó reformar la cláusula referente al domicilio de la compañía. Es todo.—14 de julio del 2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2014045912).

La asamblea de socios en acta respectiva modifican el domicilio social de su compañía: Hervaluka Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno guión doscientos noventa y un mil ciento cincuenta y dos, Residencial Quizarco, del IPEC trescientos metros al este, cien metros norte y setenta y cinco metros al oeste, casa seis R.—Quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Hannia Rocío Garro Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014045914).

En asamblea general extraordinaria de La Tres Letras del Génesis S. A., celebrada el 27 de mayo del 2014, se realizó aumento del capital social, suscrito y pagado por los socios.—San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014045917).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de Ogilvy & Mather Costa Rica S. A., celebrada el 20 de diciembre del 2013, se nombró nuevo presidente y vicepresidente de junta directiva por el resto del plazo social, y se modificó la cláusula sexta de la administración.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014045919).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día 12 de julio del 2014, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad: Inversiones Ancast S. A., cédula jurídica N° 3-101-651110, se nombró como nuevo tesorero al señor: Daniel Castellón Cárdenas, cédula N° 1-1144-723, y como nuevo fiscal de la sociedad al señor: Jo Kwan Angulo Chan, cédula N° 9-024-474.—San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2014045920).

Por escritura otorgada en Alajuela a las 08: 00 horas del 14 de julio del 2014 ante la notaria Celina María González Ávila, se reforma cláusula sexta de la representación y se nombra gerente a Maira Lizzeth Ordóñez Fuentes por el resto del plazo social de la sociedad Green Energy Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada y se modifica la cláusula de la Representación.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2014045923).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 7 de las 13:00 horas del 15 de julio del 2014, se ha disuelto la sociedad denominada Vehidrona Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-489857, con domicilio en la ciudad de Alajuela, Palmares, Rincón de Zaragoza, cuatrocientos metros al noroeste de la Ermita.—Pavas, quince de julio de dos mil catorce.—Lic. Alejandra Ramírez Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014045924).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Construcorp Internacional SCI Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifica la cláusula quinta del capital.—San José, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014045931).

Por escritura número 183 otorgada en mi notaría a las 09:00 horas del 16 de julio del 2014, se reforma la cláusula de la representación y administración, se aprueba la renuncia del presidente y se nombra nuevo presidente y secretario, todo correspondiente a la empresa Soligrafcr

Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-602320.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014045932).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad Facumo & Asociados Sociedad Anónima.—San José, a las nueve horas del ocho de julio del dos mil catorce.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2014045936).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día once de julio del 2014 se protocoliza acta con reforma de la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra como subgerente a Mainor Rojas Valverde de Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Seis S.R.L.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2014045939).

Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 16 horas del día 15 de julio del 2014, de la empresa Plásticos Nacionales Navideños S.A., se reformaron las siguientes cláusulas primera nombre, hoy día Inversiones Herencias Terrenales S. A., segundo domicilio, sétimo administración, se nombró junta directiva y fiscal.—Belén, Heredia, 15 de julio del 2014.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014045941).

Por escritura número 77-55, otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 17 de abril del 2013, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Centro Ecoturístico Mi Finca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-304987, en la que se acuerda aumentar el capital social de ¢20.000.000,00 a ¢100.000.000,00.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2014045943).

Por escritura número doscientos cuarenta y tres otorgada ante esta notaría, a las quince horas del siete de julio del dos mil catorce se protocolizó acta de sociedad San Telmo Almendro Unidad Veintinueve Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos sesenta y seis mil trescientos cuarenta y ocho en la que se reforma cláusula sexta de la administración y hacen nombramientos de dos gerentes.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014045945).

Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las once horas del trece de julio del dos mil catorce se protocolizó acta de sociedad Corporación Los Ardones L.A.C., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa mil cuatrocientos cuarenta y ocho en la que se solicita la disolución de la sociedad.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014045947).

Por escritura número 130-10 de las nueve horas del 09 de julio del 2014, otorgada ante la notaría del suscrito David Robles Rivera carné de abogado número 12146, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Acrópilis Humana S.R.L., con cédula de persona jurídica número 3-102-641863, en lo relacionado a la razón social, el domicilio, el objeto, se nombró gerente. Es todo.—San José, 16 de julio del dos mil catorce.—Lic. David Robles Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2014045950).

Por escritura número cincuenta y ocho otorgada ante la suscrita notaria a las diecisiete horas del quince de julio del dos mil catorce; se modifica la cláusula octava de los Estatutos de la compañía denominada Camino a la Montaña de Fuego R J M Sociedad Anónima.—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014045956).

Por escritura número ciento treinta otorgada ante el suscrito notario a las trece horas treinta minutos del día quince de julio del dos mil catorce; se modifican las cláusulas segunda y novena, de los Estatutos de la compañía denominada Laboratorio Molecular Agropecuario Sociedad Anónima.—Siquirres, 15 de julio del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014045959).

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Ante esta notaría por escritura de 8:00 horas del 11 de julio de 2014 se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo de Negocios S.A., reformándose la cláusula quinta sobre capital social.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Gerardo B. Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014045960).

Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante la suscrita notaria a las dieciocho horas del quince de julio del dos mil catorce; se modifica la cláusula octava de los Estatutos de la compañía denominada Diagnomed Sociedad Anónima.—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014045961).

Mediante escritura número noventa y ocho, del tomo decimocuarto, otorgada por la notaria Leonora Granados Sancho, se constituyó la sociedad Apollo Endosurgery Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. El domicilio de la compañía estará en la provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Centro Empresarial Forum Uno, edificio C, oficina uno C uno, Bufete Arias & Muñoz. El plazo social será de noventa y nueve años a partir del día veinticinco de junio del dos mil catorce, y será representada por dos Gerentes.—San José, once de julio del dos mil catorce.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2014045962).

Por escritura N° 316; del 09/07/2014, se protocolizó acta de asamblea de Transportes Delgado S.A.; se nombra nueva junta directiva y se cambian apoderados generales.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014045968).

Por escritura otorgada ante mi notaría se constituye la sociedad Alas Abiertas Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—San José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014045969).

Por escritura otorgada ante mi notaría se constituye la sociedad Brisa del Caribe Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—San José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014045971).

Al ser las 8:00 del 16 de julio del 2014 se reforma cláusula segunda de la 3-101-516123 Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en Cartago, a las ocho horas del quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2014045975).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 14 de julio del 2014, se disuelve la sociedad denominada Inversiones Rosemary del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno ciento setenta y dos mil seiscientos cuarenta y tres.—San José, Escazú, catorce de julio del dos mil catorce.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2014045977).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día catorce de julio del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Faber Zeus Limitada. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, catorce de julio del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2014045982).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día quince de julio del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-683379 S.A. Donde se acuerda reformar la cláusula primera, segunda y sexta de los estatutos.—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2014045984).

Por escritura otorgada por la suscrita notaria, a las ocho horas del día dieciséis de julio del 2014, se protocoliza acta número cinco de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de Renta de Vehículos Cuatro por Cuatro de Lujo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-164115, celebrada el día once de julio

de dos mil catorce, se acuerda la modificación de la cláusula primera.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Ileana Chaves López, Notaria.—1 vez.—(IN2014045986).

Por escritura número cincuenta y cuatro, visible en el tomo trece del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Gran Águila S.A., donde se acuerda aumentar el capital social. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil catorce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045995).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cinco de junio del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, UPL Costa Rica Sociedad Anónima en que se reforma la cláusula primera del pacto social, domicilio y se nombra fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2014046004).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día quince de julio del dos mil catorce, se constituye sociedad limitada cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignado por el Registro de Personas Jurídicas seguida del aditamento Sociedad Limitada. El gerente y subgerente tienen la representación judicial y extrajudicial.—San José, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(IN2014046005).

A las 15:00 horas del día 26 de junio del año 2014, la totalidad de accionistas de la sociedad BPO Centroamérica S. A., comparecieron ante esta notaría y acordaron por unanimidad su disolución y liquidación.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014046006).

A las 07:30 horas del día catorce de julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Corporación Venex de Costa Rica S.A., cédula jurídica número: 3-101-398746, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, carné 20591.—1 vez.—(IN2014046008).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del primero de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Supepa Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014046009).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del quince de julio del año dos mil catorce, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Representaciones y Servicios de Seguridad Carrillo S.A., por medio de la cual se modifican las clausulas primera, segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Licda. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—(IN2014046010).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres- Ciento Uno-Cuatro Seis Cinco Cinco Cero Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos tres, en la cual se modifica la cláusula de la representación. Escritura otorgada a las diez horas del quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2014046012).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Cuatro Seis Tres Dos Dos Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos veintitrés, en la cual se modifica la cláusula de la representación. Escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2014046014).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 8 de julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Flexigrah de Centromérica S.A. se modifica la cláusula de la administración.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014046023).

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A las 8 horas de hoy protocolicé otorgamiento de asamblea extraordinaria de socios de Goicoechea Carrión S.A., en la cual se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero fiscal y agente residente. Presidenta: María José Carrión Callejas.—San José 15 de julio del 2014.—Licda. Giorgia Nella Tristán Orlich, Notaria.—1 vez.—(IN2014046033).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario se protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias en donde se acuerda la disolución y liquidación de Ambato Comercial San José Sociedad Anónima, Inmobiliaria Alfi V Y V Sociedad Anónima y Corporación Máximo Gorki Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—1 vez.—(IN2014046034).

Por escrituras otorgadas ante mí, se protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las compañías Condominio Cerro Alto S.A., Condominio Hacienda Gregal Lote Veinte HIJ S.A., Condominio Hacienda Gregal Lote Cuarenta y Uno UWX S.A. Real Manabi S.A., Inversiones Alfidi A y F S.A., 3-101-567417 S.A., 3-101-567433 S.A., y Alicante Diez Padova S. A., en donde se fusionan, prevaleciendo la última o sea Alicante Diez Padova S.A., y se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—1 vez.—(IN2014046036).

Por escritura número ochenta y cuatro-cincuenta y seis, correspondiente a protocolización de acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Xisa Construcciones Sociedad Anónima, otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del nueve de julio del dos mil catorce, se reforma la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sétima de la Administración.—San José, nueve de julio del dos mil catorce.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2014046041).

Mediante escritura número treinta y nueve-cinco, otorgada ante mi notaría, San José, al ser las dieciséis horas del once de julio del dos mil catorce, se constituyó Max Surgery Sociedad Anónima.—Licda. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2014046044).

Mediante escritura número dieciocho de las quince horas del quince de julio del dos mil catorce, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Control Uno Sociedad Anónima. Se nombra presidente.—San José, quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(IN2014046047).

Que por escritura otorgada a las 12:00 horas del 30 de junio del 2014 ante mi notaría Víctor Acuña Acuña, y Gerardo Morales Anchía, constituyen la sociedad Telkostar MHA Limitada.—San José 01 de julio del 2014.—Licda. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2014046050).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por Rosa de Las Colinas S. A., a las diez horas del catorce de julio del dos mil catorce. Se reformó la cláusula segunda del domicilio el cual será en Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste y la sexta de la representación, correspondiendo a presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo firmar conjunta o separadamente.—Licda. Eleonora Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046057).

Por escritura número 113-9, otorgada ante esta notaría a las a las 16:00 horas del 12 de julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Calmont International Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 12 de julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Carné 11433.—1 vez.—(IN2014046058).

Por escritura número 112-BIS-9, otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 12 de julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Surf Dogs Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 12 de julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, carné 11433.—1 vez.—(IN2014046059).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por Beatriz de Las Colinas S. A., a las once horas con treinta minutos del catorce de julio del dos mil catorce. Se reformó la

cláusula segunda del domicilio el cual será en Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste y la sexta de la representación, correspondiendo a presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo firmar conjunta o separadamente.—Licda. Eleonora Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046060).

Por escritura número 111-9, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Now CR Investments Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, carné 11433.—1 vez.—(IN2014046061).

Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de Rey de Flores S.A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2014046064).

Por medio de escritura número ciento ochenta y seis del Tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Maracaibo Cedro Cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno-seis cero nueve uno nueve uno.—Alajuela, catorce de julio del dos mil catorce.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—(IN2014046070).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios la sociedad denominada: Roefa S.A., modifica la cláusula A de los Estatutos, para que en lo sucesivo se le denomine: Agrosol de Monterrey Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento S.A. Es todo.—San José, a las once horas, treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—(IN2014046077).

El suscrito Lic. Juan Manuel Campos Ávila, notario público de San José, protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de compañía Contabilidad Alyma S.A. Escritura número ciento setenta y cinco-diez. Otorgada en la ciudad de San Pedro de Montes de Oca, a las dieciséis horas y seis minutos del catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2014046078).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de Cañas, a las catorce horas del siete de julio del año dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía denominada Frangionay Sociedad Anónima, de las quince horas del primero de julio del año dos mil catorce, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Ciudad de Cañas, siete de julio del dos mil catorce.—Lic. Luis Arnoldo Apuy Sirias, Notario.—1 vez.—(IN2014046081).

Por escritura 301 del tomo 22 de mi protocolo se calidades del presidente y secretario, y domicilio social de J. & M.A. Macik Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero ocho tres ocho ocho, otorgada al ser las quince horas treinta minutos del catorce de julio del dos mil catorce.—Licda. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046082).

Por escritura 300 del tomo 22 de mi protocolo se calidades del presidente y secretario y domicilio social de Heart & Home Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero ocho seis uno ocho, otorgada al ser las quince horas del catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046083).

Por escritura número ciento veintiuno otorgada ante esta notaría, a las once horas del cuatro de julio del dos mil catorce, se reformó las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Mundo Floral Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-

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cuarenta y ocho mil setecientos setenta y uno.—San José, 4 de julio del dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014046089).

Por escritura número ciento veinte otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, se reformó las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada RCG Castillo Expreso Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil novecientos noventa y cinco.—San José, 4 de julio del dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014046090).

Que por el instrumento público número trescientos setenta y tres, del siete de julio del dos mil catorce, la sociedad anónima Muebles Crometal Sociedad Anónima, modificó su cláusula quinta del pacto social constitutivo, con el cual su capital social aumenta a cincuenta millones de colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014046091).

Por escritura número ciento veintidós otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, se reformó las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Casa de las Magnolias Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil setecientos ochenta y tres.—San José, 4 de julio del dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014046092).

La Noche Pacífica en Puntarenas Cuarenta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho, realiza el nombramiento de un nuevo presidente, modifica el domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Lic. Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014046093).

Mediante escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada el quince de julio del dos mil catorce, a las diez horas con treinta minutos, en el tomo segundo del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez Salas, se reforma pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva en Tres-Ciento Uno-Quinientos Seis Mil Quinientos Treinta y Dos Sociedad Anónima.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014046095).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada el quince de julio de dos mil catorce, a las once horas con treinta minutos, en el tomo segundo del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez Salas, se reforma pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva en Vallearriba Adicora Once Tres A Sociedad Anónima.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014046096).

Por escritura número 314 otorgada ante esta notaría, a las 07 horas del 11 de julio del 2014. Se acordó disolver la sociedad Agropecuaria La Carreta Santa Cecilia Local Tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco siete dos siete nueve siete.—Liberia, 11 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2014046097).

Por escrituras otorgadas ante la notaría de la Licenciada Marisol Chacón Sánchez, de las catorce horas del dieciséis de junio del año dos mil catorce, se celebró asamblea general extraordinaria de Comercializadora Alve Sociedad Civil, cédula jurídica 3-106-679690 en la cual se reforma la cláusula sétima de la administración en el siguiente sentido que se adiciona: La sociedad será administrada por Luis Fernando Vega Ruiz, mayor, casado una vez, vecino de Cartago, Barrio El Carmen cincuenta metros al este del Asilo de la Vejez, gerente general de empresas, cédula: 1-0556-0070 y Miguel Guillermo Alvarado Orlich, mayor, casado una vez, vecino de Cartago, Barrio el Carmen Condominio Monte Alto, casa 26a, gerente general de despacho contable, cédula: 1-0563-0719, quienes serán administradores con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y firman conjunta o separadamente y estos nombrados serán por todo el plazo social.—Lic. Marisol Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046100).

Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dieciséis de julio del dos mil catorce, a las nueve horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Dos Cinco Cuatro Cero Tres Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, se revoca los nombramientos del presidente, secretario, tesorero, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Atenas, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014046102).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada Rosway Company Sociedad Anónima, domicilio: Santo Domingo de Heredia, del cementerio, ciento veinticinco metros este, casa a mano izquierda, Heredia; objeto: principalmente el desarrollo y ejecución de transacciones de negocios y servicios de preparación de documentos comerciales y empresariales; plazo: noventa y nueve años; capital: diez mil colones netos, íntegramente suscrito y pagado; presidenta: Rosella Chacón Argüello.—San José, 16 de julio de 2014.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014046103).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía Tempo Jícaro Unidad Veinticinco Limitada, cédula de persona jurídica número tres - ciento dos - seiscientos setenta y siete mil ciento veinticinco. Es todo.—San José, catorce de julio de dos mil catorce.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2014046104).

Ante el notario Jorge Jiménez Ramírez, los socios de la sociedad denominada Servicios Quirúrgicos Costacolombia Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-629199, con domicilio en San José, Desamparados, Lomas de Salitral, Porvenir, de la subestación del ICE esquina noreste, 75 metros al norte y 50 metros al sur, acuerdan su disolución.—San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014046113).

La empresa Grupo Masia de Costa Rica Dos Mil Doce S.A., protocoliza acta. Se reforma la cláusula sétima de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014046115).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Valle de Cristal Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad, indicando que no tiene bienes o activo alguno, deuda o pasivo alguno, ni operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que se prescinde de nombrar liquidador y demás trámites de liquidación.—Dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Milena Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014046120).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13 horas del 8 de julio del dos mil catorce, se modificó la cláusula sexta de la sociedad de esta plaza: Corporación Choluteca Sociedad Anónima.—8 de julio del dos mil catorce.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014046122).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, protocolizo acta de la compañía de este domicilio, Propiedades Hexágono S.A., reformando cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y nombrando junta directiva y fiscal.—San José, 16 de junio de 2014.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2014046131).

Por escritura otorgada a las 10 horas de hoy, protocolizo acta de la compañía de este domicilio, Grupo Mile S.A., reformando cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y nombrando junta directiva y fiscal.—San José, 19 de junio de 2014.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2014046132).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:40 horas del 15 de julio del 2014, se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Bogarín y Monge S. A..—Ciudad Quesada, 15 de julio del 2014.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2014046159).

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Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria Cristo Rey Sociedad Anónima y se nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 15 de julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046160).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Oro Sociedad Anónima y se nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 16:30 horas del 15 de julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046161).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Morrocollo Sociedad Anónima en la que se nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 15 de julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046162).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes Agropecuaria Cristo Rey Los Chiles Sociedad Anónima y se nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 15 de julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046165).

Por escritura N° 47-4 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Avant Capital Services S. A., donde se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo. Se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente.—San Joaquín de Flores, 15 de julio del 2014.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2014046166).

Por escritura N° 53 del 27 de febrero del 2011, otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Jacleo - TRRG S. A. donde se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Se nombra nuevo presidente y agente residente.—San Joaquín de Flores, 15 julio del 2014.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2014046168).

Dariush Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - seiscientos veinticinco mil quinientos ochenta y siete, informa que: Se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, 30 de junio del 2014.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014046174).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día 16 de julio del 2014, la empresa Murfreesboro S. A. protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Cristina María Mora Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014046186).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas quince minutos del día 16 de julio del 2014, la empresa Kulpsville S. A. protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Cristina María Mora Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014046187).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 9 de junio de 2014, se constituyó la sociedad que se denominará Villangel Condoadministradora VC S. A.; con domicilio en Heredia, objeto genérico, plazo 100 años, capital social cien mil colones, suscrito mediante aporte de bienes muebles, bajo responsabilidad del suscrito notario, cuyos apoderado generalísimo sin límite de suma será el presidente. Se nombra presidente a Carlos Alberto Fernández Román.—San José, 9 de junio del 2014.—Lic. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—(IN2014046191).

Se realiza la publicación de la reforma al pacto social de la sociedad BG Trust Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis cuatro cinco cuatro ocho siete, cambio de objeto.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046199).

El Lic. Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante mi notaría en escritura 112 de 9:00 horas 7 julio 2014, se protocolizó acta asamblea ordinaria de socios de Compañía Agrícola Arroyo Herrera S. A., cédula 3-101-083618 por la que se nombra nueva vicepresidenta y secretaria de junta directiva.—Alajuela, 16 julio 2014.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—(IN2014046201).

El Lic. Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante mi notaría en escritura 111 de 8:00 horas 10 julio 2014, se protocolizó acta asamblea ordinaria de socios de New Horizons Costa Rica Real Estate S. A., cédula 3-101-558605 por la que se nombra nueva secretaria de junta directiva.—Alajuela, 16 julio del 2014.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—(IN2014046203).

Por escritura número cuarenta y nueve-doce, otorgada ante los Notarios Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas veinticinco minutos del día dieciséis de julio del año dos mil catorce, donde se modifica el domicilio social correspondiente a la sociedad Buena Vista Thirteen - M Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2014046207).

Ante esta notaría, a las catorce del día diez de julio del dos mil catorce, se realiza cambio en la junta directiva en relación al tesorero y fiscal de la Asociación Cristiana Administradora de las Asambleas de Dios Elohim Nuevo Arenal.—San José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2014046212).

Ante esta notaría, se ha protocolizado acuerdo de disolución de la sociedad: Soluciones Técnicas ATCR Sociedad Anónima. Escritura número seis del tomo tercero del protocolo de Rubén Gerardo Chaves Ortiz.—San José, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil catorce.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014046218).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hispánica y MP Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014046219).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve del dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocolizó asamblea general de socios de Ga Ro Leomau Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-311304, modificándose cláusula segunda del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014046231).

En asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada M Y V Soluciones Geotécnicas Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres ciento uno dos cinco ocho siete siete cuatro, que se llevó a cabo a las once horas del veintitrés de diciembre del dos mil trece, en el domicilio social. Se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo para que en lo sucesivo diga así: cláusula segunda: El domicilio social será San José, Curridabat de la Embajada de Francia setenta y cinco metros oeste.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014046233).

NOTIFICACIONESTRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONESDe conformidad con resolución RMT-968-2014 de las 9:00

horas del 03 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-575-2014, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Quirós Garro Irma Flora, cédula de identidad N° 3-128-585, a partir del día 01 de noviembre del 2011; por la suma de noventa y siete mil quinientos trece colones con cinco céntimos (¢97.513,05), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que

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por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2014045987).

De conformidad con resolución RMT-977-2014 de las 9:00 horas del 02 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-570-2014, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Mora Badilla Elia Luz, cédula de identidad N° 1-177-376, a partir del día 01 de agosto del 2013; por la suma de ciento once mil setecientos treinta y cinco colones con treinta y dos céntimos (¢111.735,32) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2014046074).

De conformidad con resolución RMT-998-2014 de las 9:00 horas del 06 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-578-2014, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Guillén Esquivel Dulcelina c.c. Dora, cédula de identidad 1-203-301, a partir del día 01 de noviembre del 2012; por la suma de ciento cinco mil doscientos treinta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (¢105.239,89), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2014046085).

De conformidad con resolución RMT-972-2014 de las 9:00 horas del 4 de junio del 2014. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-574-2014, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 6 de mayo del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Guevara Castañeda Victoria, cédula de identidad N° 5-072-592, a partir del día 1° de setiembre del 2013; por la suma de ciento once mil setecientos treinta y cinco colones con treinta y tres céntimos (¢111.735.33), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2014046227).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALSUCURSAL DE BUENOS AIRES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZEl suscrito Administrador de la Sucursal de la Caja

Costarricense del Seguro Social de Buenos Aires, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos y Trabajadores Independientes incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a mayo 2014 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa:

Rafael Antonio Araya Abarca 0-00106160047-001-001 ¢2.471.887.00, Rojas Agüero Fainer 0-00204120041-001-001 ¢438.372.00, Rojas Sibaja Enrique 0-00106980527-001-001, ¢293.553,00, Agropecuaria El Trapiche Santa Elena Sociedad Anónima, 2-03101058233-002-001, ¢120.898.00, Luis Ignacio

Zamora Ulate 0-00205300422-001-002, ¢430.625,00, Guido Ulloa 7-0018408980-999-001 ¢107.114.00, Hernández Sánchez Jorge Arturo 0-00108300383-999-001 ¢163.258.00. Montoya Carrillo Roy Gerardo, 0-00107630136-999-001 ¢94.888.00. Valverde Marín Gerardo 0-00112170619-999-001¢240.041.00. Valverde Granados Isaac Olivier, 0-00108480466-999-001¢48.641.00. Fallas Castillo Eric,0-00115420848-999-001, ¢180.698.00. Granados Ureña Ronaldo, 0-0010980309-999-001 ¢85.352.00. Santos Zapata Domingo, 0-00601360656-999-001¢351.532.00. Prado Guadamúz Johan 0-00110340003-999-001 ¢96.333.00. Lezcano Fallas Pedro,0-00601470917-999-001 ¢20.940.00. Beita Garro Walter, 0-00109550169-999-001, ¢131.290.00. Mainor Umaña Muñoz, 0-00602180371-999-001 ¢188.710.00, el monto total en colones es de ¢5.844.903,00.—Gerencia Financiera.—Unidad de Gestión de Cobro.—Lic. Mauro Chinchilla Sánchez, Administrador.—(IN2014037475).

DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE SUCUSALESSUCURSAL SAN MARCOS DE TARRAZÚ

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl suscrito Licenciado Gilberth Hernández Hernández,

Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social en San Marcos de Tarrazú, mayor, casado, vecino de Paraíso de Cartago, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal o de trabajador independiente, nombre de la razón social y monto de la deuda al 9 de junio del 2014. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

NUMERO PATRONAL O DE TRABAJADOR

INDEPENDIENTERAZON SOCIAL

MONTO ADEUDADO

0-00104460907-999-001(998-001)

Alvarado Chacón Alcides

¢203,023.00

0-00103980276-999-001Chinchilla Salas Sergio

¢194,568.00.

7-00017425500-999-001 Cruz Miranda Paulo ¢366,124.00

0-00105090684-999-001Madrigal Castro Marcos Arturo

¢415,951.00

0-00304080259-999-001Montero Duran Kenneth Johan

¢765.071.00

0-00304360914-999-001Mora Ureña Marco Tulio

¢326,968.00

0-00105390685-001-001(999-001)

Moreno Cerdas Bernan

¢540.201.00

0-00114880265-999-001Navarro Castillo Alexander Jesús

¢250,711.00

0-00110400525-999-001Portuguez Garro Arturo

¢742,685.00

0-00304130156-999-001Quirós Rodríguez José Humberto

¢301.385.00

7-00017770960-999-001 Sánchez Gómez César ¢435,009.00

7-01840102717-999-001Sosa Minas Edwin Geovany

¢283,227.00

0-00112360019-999-001 Ureña Monge Johnny ¢489.004.00

2-03101483912-001-001Azulgrana Orión FC Sociedad Anónima Deportiva

¢98,772.00

Lic. Gilberth Hernández Hernández, Jefe de Sucursal.—(IN2014046710).

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PUBLICACIÓN DE UNA VEZDIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓNDE INDUSTRIA Y COMERCIO SUBÁREA INDUSTRIA

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Nacel Internacional S. A., número patronal 2-03101614985-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1239-2014-01098, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de la trabajadora detallada en hoja de trabajo, folio 0030 el expediente administrativo, por el período de octubre 2011 a junio 2012, por la trabajadora Tatiana Morales Azofeifa, cédula de identidad 1-1065-0842. Total de salarios omitidos ¢7.182.393,75. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢1.604.546,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢412.992,00 Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Andrey Margot Fonseca Espinoza Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014046786).

ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓNDE INDUSTRIA Y COMERCIO SUBÁREA COMERCIO

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Fabián Chantre Rivera, número patronal 0-00800890935-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Comercio de la Dirección de Inspección, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1240-2014-1230, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisión salarial en el período del 15 al 28 de febrero del 2014, por la trabajadora Yolanda Grueso Caicedo, con carné del seguro social 283-0102433. Total de salarios omitidos (¢105.000,00, total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢23.458,00, total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢6.038,00. Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 3 de julio del 2014.—Lic. Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1 vez.—(IN2014046787).

FE DE ERRATASBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

La Junta Directiva Nacional, en sesión 5190 del 9 de julio del 2014 aclaró que el acuerdo tomado en la sesión Nº 5155 celebrada el 20 de marzo del 2014 y publicado en La Gaceta del 23 de abril del 2014, debe leerse de la siguiente manera:

“Derogar los artículos 8, 12 y 13 del Reglamento de Negociaciones de Pago de Operaciones de Crédito del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Los restantes artículos permanecen vigentes”.

División Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2014047836).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICACONSULTA PÚBLICA:

El Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO), comunica: en La Gaceta Nº 140 del 22 de julio del 2014, en la que se somete a consulta pública el proyecto de norma PN INTE/ISO 06-07-02:2014 “Madera aserrada para uso general. Requisitos (Correspondencia: NTC 1305). Se modifica el período de consulta pública de 2014-07-08 a 2014-09-06 por consulta pública abreviada de 2014-07-08 a 2014-08-07.

Toda la demás información permanece invariable.Para mayor información, comuníquese con la Dirección de

Normalización con la Ing. Francesca Rappaccioli Salinas al teléfono 2283-4522 o a al correo [email protected]

Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2014047826).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCADESPACHO DEL ALCALDEDIRECCIÓN DE SERVICIOS

A los vecinos y vecinas del cantón comunica:Considerando:

1º—Que en La Gaceta Nº 226 del viernes 22 de noviembre del 2013 se publicaron las tasas anuales por la prestación del servicio de limpieza de vías y sitios públicos en el cantón de Montes de Oca.

2º—Que mediante oficio DS-OF-088-14, de fecha 15 de julio del 2014, el Ing. Héctor Bermúdez Víquez, Director de Servicios, comunica a esta Alcaldía que por un error material en la publicación mencionada se consignó “tasas anuales”, siendo lo correcto “tasas trimestrales”.

3º—Que según el artículo 157 de la Ley General de Administración Pública, la Administración en cualquier momento podrá corregir los errores materiales y aritméticos. Por tanto,

El Despacho del Alcalde,ACUERDA:

1º—Corregir la publicación de La Gaceta Nº 226 del viernes 22 de noviembre del 2013, debiendo leerse correctamente:Tasas trimestrales por la prestación del servicio de limpieza de vías

y sitios públicos en el cantón de Montes de Oca:

NUEVA CLASE TARIFARIA

FACTOR DE PONDERACIÓN

COSTO DEL SERVICIO POR M2

CLASE 1 1,0 ¢ 4,88

CLASE 2 2,4 ¢ 11,49

CLASE 3 3,5 ¢ 17,26

CLASE 4 4,7 ¢ 22,93

CLASE 5 5,6 ¢ 27,36

CLASE 6 7,2 ¢ 34,96

CLASE 7 8,2 ¢ 40,21

Montes de Oca, 15 de julio del 2014.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Alcalde Municipal.—Ing. Héctor Bermúdez Víquez, Director de Servicios.—1 vez.—(IN2014047808).