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'. ' ",010 N"" ... . I J, T .. '" « o<, . .. J. o .. " ... . "n' ... Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Fol io de la solicitud: 0001100398 11 8 Numero de expedie nt e: RRA 4742 / 18 Comisionado Ponente: Fra ncisco Javi er Acul1a Llamas Vist o el expediente relativo al recurso de revisión inlerpueslo anle esle Instituto, se procede a dictar la presente resoluci ón con base en los sigui en tes: ANT ECE DENTES 1. EI 21 de mayo de 2018 , el hoy recurrente presentó una solicitud de acc eso a la inf or mación, a tra vés de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cua l solicitó a la Secretaría de Ed ucación Publica, lo siguiente pr eferento de entr ega de información: Entrega por Internet en la PNT Desc ri pción clua de la solic itud de inf ormación: 'D, Ricardo Amoldo Ca ntoral U,i l8 erlCa rgado Oe la Unidad Oe Edu<:acoo Media Supeflor Tocnot6gica Induslrial y Oe Servicios anles DGETI Por eSle medio solICIto el quo integra la óocum(!ntllCÓIl COO la cual el Servidor PiJbllCO e Ingeniero JesUCf lsto Tt>ompson Rive,a part'c0p6 en el ooncur$O de OPOSiclÓll para la promoción a cargos con funciones de DireccKin en EducaclÓll MedIa Superior ciclo escolar 2017-2016 COPED,EMS, cuya convocator ia fue publicada el t 3 de marzo del 20 17 y fi rmada po, el M. en C. Carlos Alf",,$O Morán Moguel, qUIen era dire<;lor General de la OOETI en ese pe<iodo: (so::) O tr os dato s para facilitar su loca li ucló n: ' Cenlro de T'abajo 27OCTOI69T EnUdad : Tabasco No de folio con el que pa rticipó en el concurso 271700001136 ca'go que concurSO: Jefe de Departamento o equivalenHI académico' (SIC) 11. El 02 de julio de 2018, la Secreta ri a de Educación Pública, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicit ud de informa ción que presentó el ho y recu rr en t e, en los térm inos siguientes: '[ - [ C011 fundamento en la ley Gené,al de TransparencIa y Acceso a la Información se adjunta la información solicitada: DescripcIón de la re spues ta: H Ciudadano le comento q ue ya puede ve, la información solicrt ada. La acta una vez que Sea fOfmabzada se le ha li&gar a l ravéa Oe f" rma electról1ica (Ver anexo) A,chivo: 000110039al1a 065.zip ( r (sic) , \j

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud: Secretaria de Educación Pública Folio de la solic itud: 0001100398 11 8 Numero de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acul1a Llamas

Visto el expediente relat ivo al recurso de revisión inlerpueslo anle esle Instituto, se procede a dictar la presente resoluc ión con base en los siguientes:

ANTECEDENTES

1. EI 21 de mayo de 2018 , el hoy recurrente presentó una solicitud de acceso a la información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual solicitó a la Secretaría de Ed ucación Publica, lo siguiente

Mod. ll d~d preferento de entrega de informa ción: Entrega por Internet en la PNT

Descri pción clua de la solic itud de información: 'D, Ricardo Amoldo Cantoral U,il8 erlCargado Oe la Unidad Oe Edu<:acoo Media Supeflor Tocnot6gica Induslrial y Oe Servicios anles DGETI Por eSle medio solICIto el e~ pedienle quo integra la óocum(!ntllCÓIl COO la cual el Servidor PiJbllCO e Ingeniero JesUCflsto Tt>ompson Rive,a part'c0p6 en el ooncur$O de OPOSiclÓll para la promoción a ca rgos con funciones de DireccKin en EducaclÓll MedIa Superior ciclo escolar 2017-2016 COPED,EMS, cuya convocatoria fue publicada el t 3 de marzo del 2017 y firmada po, el M. en C. Carlos Alf",,$O Morán Moguel, qUIen era dire<;lor General de la OOETI en ese pe<iodo: (so::)

Otros d atos para facilitar su locali uclón: ' Cenlro de T'abajo 27OCTOI69T EnUdad: Tabasco No de folio con el que participó en el concurso 271700001136 ca'go que concu rSO: Jefe de Departamento o equivalenHI académico' (SIC)

11. El 02 de julio de 2018, la Secretaria de Educación Pública, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicitud de información que presentó el hoy recurrente, en los términos siguientes:

' [ -[ C011 fundamento en la ley Gené,al de TransparencIa y Acceso a la Información Púb~, se adjunta la información solicitada:

Descr ipcIón de la respuesta:

H Ciudadano le comento q ue ya puede ve, la información solicrtada. La acta una vez que Sea fOfmabzada se le haré li&gar a l ravéa Oe f"rma electról1ica (Ver anexo) Salud~_

A,chivo: 000110039al1a 065.zip ( r (sic)

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Fol io de la solicitud: 0001100398 118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña llamas

En este sentido, la Secrelaria de Educación Pública adjuntó copia simple de los siguiellles documell los:

a) Oficio sill Ilúmero, de fecha 02 de julio de 2018, emitido por la Ullidad de Transparencia y dirigido al solicilanle, en los lérminos siguientes:

"[ .. 1 En atención a la soIi<:~ud recibtda con nume'o de Folio 0001100398118, dirigKla a la SECRETARiA OE EOUCACIÓN PÚBLICA, con fundamen10 en lo. artlculos 45, 129 de la Ley General de Transparenc,a y Acceso a la InlCO'mación Pública y 61, 130 de la Ley Fedefa l de Transparencia y Acceso a la InformacIÓn Pública, la Unidad de Transparencia turnó fa solicilud a la unidad administrativa competente, a saber la Unidad Adminis1rativa da EducaCIÓn Media Superior Tecnológica Industrial y da ServicIO' (UEMSTlyS), la cua l man ifiesta lo SlguHlnle:

<A".iliar !\dmmislfM"'" de l.Il Ofjc¡na de"' UEMSTIS en e! E.rado de Tabasco, ad¡u/,tala informo>ci6n, e. 00 "<\jo", •• 81 reSpl1ClO qua ~. Oocu""""tadOn, q"" se anexa roo e"".""ada coo la mAx"'a r~ 00 la. h.",,_as lecnoi6gica. coo la. qu<J 5e _. A./ mismo 58 informa q"" lo.< docu"","IOIl sa r!<ltreg.n en l'<II&iOn p{JbIi<;a ya q"" coot_ daros patSOOa" $, mismos qu<J sa e!,mlflan "" """"""' 8 I<J estabJ&c>do en los art.io,," 100, 100 yl10 de la Ley Gen",at "" TranSpBrenda y Accero. la Inform/JCtÓtl g7, 98, 113 i\-9c.ti:1n 1 00 la Ley _al (Jf¡ TrMSI".(MCt9 y Acceso. la Inff)(rt1oción PUbk8 y '" Uoo~to Trig&imo ():;t~\IO "" los ~IOS G_r8/eS en M8tMa 00 ClaMIC/t(;>()n y o..sdasiflCaoOO de la tnff)(rt1l1Ción, asl como p~fI> la Elal>ot""'*' 00 V~rsrone$ Prj~ka$,· y SC<l RFC, CURP, """",,,aJida<;l, Ivgar de ",~a, ~, mi<!fono, ce!<Jlar y 00ff00 eledrOOlco pNSQt>8Ia$, fologr/IlIl1 , !km., I"f}1K <lo n~to, ~stado cM! Y sruro, por lo qu* u solicita al Comité de Tra"sp;trencla rH esfa Secretaria conl7rm.la c /ulfiuc/6n (Jf¡ 10$ daros persomtles ujj.la~.

Se aq.Úlll"" lo.< $igui<Jn/l1~ Oocu"",nros 1 _ Ve",*, pWilca de 1 ficf¡a <lo "'iJISlro, "" la que 58 "'st<l, RFC, CURP, Estado y municrpio dI!I resldw>cr. , kxaJit.l9d. ca.!Io> Y "u"-O. COIOf>¡a, códtgo postal, Ml<!fono dI!I COOfocto, teléfono C<JIular y """90 o!n<;trónico 2· Vr>rSión pQIJIic. de t Ficf¡a 00 ~,amen, "" Id q"" S'1 mst~ RFC, CURP y foJ:ogralla 3 - Vr>rSión pública de 1 CiJ<JuIJI ProIes;a18/, on iIJ """ 58 te.st6 la r"",. y CURP 4 < Ve=<!n pOblea do 1 COOSlancia 00 e,p*"irmc,a <1c>Cent<t '"" l. qUfJ "" ta$t~ el RFC ~ - Ve=<!n pfJblica 00 1 COO$lanckJ "" norni;Iron>I6IllO, en la cu8l58leSl6 el RFC, CURP IugOF 00 """i", ... n/o sexo, 8$19<10 r;iv,1 Y ,Jom;,;i/io partlCullK ~ • Vof3/Cltl pOlJlica 00 1 Aela AdmlfliWaI,va (1/l Entr"'J" _ R"""f)CJÓfl "" Js q"" 58 lOSlaron, RFC, domll;'"", p.me"ta,e. y lIúmaros 00 c:rooenciaJ 00 ~I&ctor " (SIC)

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la sol icitud: Secretaría de Educación Publica Fo llo de la sol icitud: 00011 00398118 Numero de expediente: RRA 47421 18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuna llamas

b) Versión pública del documento denominado FICha de Examen Nacional para el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017·2018, del Sistema Nacional de Registro del ServiCio Profesional Docente, signado por el Responsable de la Mesa de Registro y el Aspirante Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe sella lar que en dicha versión publica se testan los datos personales correspondientes a la Clave Única de Regislro de Población, el Registro Federal de Conlribuyentes y la fotografia del Aspirante, ello, en términos del articulo 113, fracción I y del artículo 116 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica

Asimismo, se encuentra testada diversa información, no obstante, no es posible identificar el dato testado.

e) VerslÓfl publica del documento denominado FICha para el Registro para el Concurso de OposiciÓfl para la PromociÓfl a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017·2016, del Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente, signado por el Aspirante Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe sel'lalar que en dicha versión publica se lestan los datos personales correspondientes a la Clave Única de Registro de Población, el Registro Federal de Contribuyentes, nacionalidad. datos de residencia y promedio obtenido en la carrera del Aspiran te. ello. en términos del articulo 113, fracción I y del articulo 116 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pub lica,

Asimismo, se encuentra testada diversa Información. no obstante, no es posible identificar el dato testado.

d) Versión pubtica del documento denominado Carla de aceptación, de fecha 15 de marzo de 2017, para el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con funciones de Oirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017-2016, del Sistema Nacional de Registro del Servicio ProfeSIonal Docente. signada por el servIdor publico Jesucristo Thompson Rivera. Cabe setlalar que en dicha versión publica se testa informaclÓfl. en términos det articulo 11 3. fracción 1 y del articulo 116 de la Ley Federal de Transparencia y

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Sujeto obligado ante el c ual se presentó la solic itud: Secretaria de Educación Pública f olio de la solicitud: 0001100398118 Número de exped iente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuna llamas

Acceso a la Información Pública: no obstante, no es posible identificar el dato testado.

e) Titu lo de Ingeniero en Sistemas Computacionales, expedido por la Secretaria de Educación Pública , de lecha 17 de junio de 2002 , a flOmbre de Jesucristo Thompson Rivera.

f) Versión pública de la Certificación de Estudios del C. Jesucristo Thompson Rivera, de fecha 11 de junio de 2002. signada por la Jefe del Departamento de Servicios Escolares del Instituto Tecnológico de Villahermosa.

Cabe señalar que en dicha versión pública se testa la firma del interesado, en términos del art iculo 113. fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

g) Versión pública de la Cedula Profesional, expedida por la Secretaria de Educación Pública, a nombre del C. Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe senalar que en dicha versión pública se testa la firma del C. Jesucristo Thompson Rivera y su Clave Única de Registro de Población, en términos del artículo 11 3, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

h) Captura de pantalla del Sistema Integral de Admin istración al Personal, de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones adscrita a la Secretaría de Educación Pública. mediante la cual se desprende el Histórico de Plazas por Estatus

i) Versión públ ica de la Constancia de Experiencia Docente. de fecha 13 de marzo de 2017, signada por la Directora del Centro de Bachil lerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo f lores MagÓn". mediante la cual hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera se desempeM como docente desde el 16 de enero de 2017.

Cabe referir que la senalada versiÓn pública. se eliminó el dato relativo a la filiación.

j) Escrito de fecha 21 de marzo de 2017, signado por el C. Jesucristo Thompson Rivera , mediante el cual declara bajo protesta de decir verdad que cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria del Concurso de Oposición para la

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de EducaciÓn Pública Fo lio de la solici tud: 0001100398 11 8 Número de ell(pediente: RRA 4742118 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuna llamas

Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017-2018

k) Oficio número 220(C B-32) ORH1 32712017, de fecha 14 de marzo de 2017, signado por la Directora del Cenlro de Bachilleralo Tecnológico Industrial y de Servicios No. 32 ' Ricardo Flores Magón" y dirigido al Servicio Profesional Docenle, en los términos siguientes:

"[ [ Por medio del presente, me permito informar a usted en r~aci6n a la COr1vocatona de l COl>Curso de Oposic:i60 para la promoción a cargos con funciones de Dó rección, en la cual se soli<;,ta mostra r documentación probatoria de que la plaza 2703E4623oo.0020635 que ostenta el e ING, JESUCRISTO THOMPSON RIVERA esta en motivo 10 (p~a en propledad l, que por moUvos deSCOt'lOCidos la COIl.tanc,a de nornhram;"'nto de la promoci6n 2014 no ha .ido enviada al plantel, mot ivo por el cual se impnmió una pantalla d~ Sislema Inlegral de Adminlstraóón del PerMmal (SIAPSEPYVEB) en ~ cual se mue.lra que dICha plaza se encuentra en el motIVO l O, 1, r (5';:;)

1) Versión pública del Acta Administrativa de Entrega Recepción del Departamento de Planeación y Evaluación del CBTlS 32, de fecha 15 de julio de 2017, signado la Directora del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón", y el Jefe de Departamento de Planeación y Evaluación del mismo Plantel, por medio del cual se hace entrega de los Recursos asignados al Departamento de Planeación y Evaluación del Plantel.

Cabe sel'lalar que en dicha vers ión pública se testan datos personales relativos al Registro Federal de Contribuyentes, domicilios part iculares, números de credenciales para votar, ello, en términos del articulo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaciÓn Publica .

m) Constancia número 220(CB-32)DSDV1 31012017, de fecha 17 de marzo de 2017, signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el Subdirector Académico, del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón", por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera participó en el curso Aprendizaje Basado en Proyecfo ,

n) Constancia número 220(CB-32)DSDV1302120 17, de fecha 17 de marzo de 2017, signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el Subdirector

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Fo lio do la solicitud: 00011003981 18 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acul'ia Llamas

Académico, del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 'Ricardo Flores Mag6n' , por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera participó en el curso Análisis del Modelo Educativo y Revisi6n de Simuladores de Exámenes De Casos INEE.

ñ) Constancia número 220(CB-32)DSDVI306/2017, de fecha 17 de marzo de 2017. signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el Subdirector Académico. del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 ' Ricardo Flores MagÓn-. por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucrislo Thompson Rivera part icipó en el cur.¡o Planeación Argumentada.

111. Ell1 de julio de 2018, se recibió en este Institu to, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, el recurso de revisión interpuesto por el hoy recurrente en contra de la Secretaría de Educación Pública. en los términos siguientes:

Acto qu e se nH:urre y punt"" petito rios : "INCONFORMIDAD POR FALTA DE DOCUMENTACiÓN SE~AlADA COMO ENVIADA, LA CUAL NO APARECE EN LOS DOCUMENTOS RECIBIDOS PUNTO 5. VERSiÓN PÚBLICA DE 1 CONSTANCIA DE NOMBRAMIENTO EN LA CUAL SE TESTÓ EL RFC, CURP, LUGAR DE NACIMIENTO, SEXO. ESTADO CIV1L y DOMICILIO PARTICULAR. (DOCUMENTACiÓN FAL TANTE)" (sic )

IV, El 11 de julio de 2018 , el Comisionado Presidente de este Instituto asignó el número de expediente RRA 4742/18. al recurso de revisión y con base en el sistema aprobado por el Pleno. lo turnó al Comisionado Ponente Francisco Javier Acuña Llamas , para los efectos de lo dispuesto en el articulo 156, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

V. El 31 de julio de 2018, el Secretario de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la Información ', adscrito a la Oficina del Comisionado Ponente, acordó la admisión del recurso de revisión interpuesto por el hoy recurrente en contra de la Secretaria de Educación Pública. en cumpl imiento con lo establecido en el artículo 156. fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

, Df! oonform<lad CO<1 k> di.pue .. o por el numeral Segundo. 1raca6n VI' del Ac<ierda meaame el cu~1 "" ooof,,,,-,,,, "',,,*,,,,,5 a lOS Sacn:l lHios do Acuerdos r Pooe/JCh3 para roa<IyuVIlr con lo. C(ItTIi.\>:JfladOS P<lffl'I'I~5 en la sus!alle'-"""'" do 10$ meOO$ (Jft m p[Jj(¡nacó' rompelene,. (l&I Inst,ruro 1J/JOOfl I!J de T'""span>n(>a, Acceoo • la InrormaciOn y PrOlección de D4Ios P(Jlsonal8 .. eSJ8bIttacIos en la Ley Gene ... 1 do PrOOJ<;o6n (Jft [MIOS ~s en -...-.:.n do SujOO?S ()OI;g;t<los, Ley G"' .... 91 "" Transp8(firIda y Atteso a la Inlormoc1ón Plibloca, y "" la Lay F<>óerol de Troosp",""""", y A=so a la In_ Plil>lf<:a. pubIi::aOo .., ~ Di...-.o Oficial ele "' F_ ,9Ci6n ~ 17 "" "' orzo ele :> 017

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la sol icitud : Secretaria de EducaciÓrl Pública Fol io de la sol icitud: 0001100398118 Número de expedierlte : RRA 4742/18 Comisionado Ponerl te: Frarlcisco Javier Acu~a Llamas

VI. EI31 de julio de 2018, se rlolificó a la Secretaria de Educaciórl Pública, a través de la Herramierl/a de Comunicación, la admisi6rl del recurso de rev isiórl, otorgarldole Url plazo de siete dias hábiles a partir de dicha rlot ificaciórl, para que marl ifestara lo que a su derecho cOrlv irliera, ofreciera pruebas y formulara alegatos, darldo cumplimierlto al articulo 156, fracciOrles 11 y IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

VII. EI31 de jul io de 2018, se rlOtificó al hoy recurrerlte , mediarlte correo electrónico, la admisiórl del recurso de revisión, informándole sobre su derecho de mani festar lo que a su derecho conven9a. ofrecer lodo t ipo de pruebas y presentar alegatos, derltro del término de siete días hábiles contados a partir de dicha rlOtificación: lo arlterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 156 fracciorles I1 y IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

VIII. El 09 de agosto de 20 18, se recibió en este Insti tuto, a través de la Herramienta de Comunicación . copia simple del or,cio rlúmero URllll/UAJyTlUTI276 /2018, de la misma fecha de su recepción, emitido por la Unidad de Traflsparencia del sujeto obl igado y dirigido al Comisionado Ponente, mediarlte el cual se marlifeslaron los alegalOS siguientes:

"' I ALEGATOS

Con el propóSito de verler el presente escrito. la Umdad de Transparencia turnó et medio de impugnacIÓn a la Unidad de I"d ueaeión Modia Su""rior Tec nológica Industrial y de Servicios (UEMSTlyS) , misma que de5pues de una busqueda e~haust iva y ral.onablt! mandestó kl siguiente:

UEMSTlyS: -MIsma qw manifeslO lo siguiellle. Por error se omitió la Conslarl(;,a de Nombramienlo en los ¡¡,chivos adjunlos, misma que se envia por esle medie>.

Asi m,smo se m""ma QUo /os documenlos so enlragan en versión pUblica ya Que conl",nen dalos personales, mmnos que so e/'minan de acuerdo R lo eslablecodo en los artlculos 100. 106 Y 116 dt1 la Ley Genfi/al de TranSparencia y Acceso 8 la Inf0ffll8Ción: 97. 98, 113 "acción I d6 la Ley Federal dtl Tl</lIspa,enc;a y Acceso 8 /a InformacIÓn PúblICa y el Lineamienlo T rigéSlffiO Oclavo da los L¡¡¡""miemos Gallerales en Malena dt1 Clasificación y DesclasiflCacoo de la InfOffllaci6fl. asl como para la ElaboraCIÓn de Ven;iones Públicas; y SOn ' RFC, CURP, domicilIO particular, lugar dt1 n""""lento, esloda cw~ y S<Jxo; por lo qua se !foliella al Comité de Trarlsparanci" de esta Secreraria confinna la c/asifjcación da/In dalOS p<Jrsonales seilalados,

Lo arriba sel'lalado es porque conliene dalos personales """"em,emes a petso<,as fíSICas, que las hacen Kiollltficables y que en caso de se, onlteglldos. se eslaria

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicit ud: Secretaria de Educación Pública Folio de la solici tud: 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente : Francisco Javier Acuria llamas

'"'c~~'~"'" los derechos fundamen/ales de !os citKladal>Os due~os de los daros,

S<1adjunlan 10$ Sigulflnles documen/O$, l .' Versión pública de 1 constancia de nombramlflnto, en la cual Se lestó 111 RFC, CURP, lugar 00 nacimiento, sexo, estado CIV~ ~ domlC~io particular. - (SIC)

En el mismo te010r se le inf<)lma que la informaclÓll cladicaOa COIY1Q coofidern;lal de la constan<:ia de nombram;ento doode el H, Comité de Trasparencia de esta H. Secretaria de Educación Púb lica clasihca la información, se enlliara por rn&dio electlÓ-llico una vez forma lizada

PRUEBAS

l. Correo electrónico de fecha 09 de agO$to del ano 2018, rne<jiante el cua l se hace del conocimiento del hoy recurrente. lo manifestado en el presente escrito.

11. La In,tru mant.' da Ictuadon ... , conslstente5 en todas y cada un~ de las actuacIOnes uno:;a y exclusivamente en tamo favorezcan los intereses de esta Secretaria, relacÍOflanoo esta prueba CO!1 todos y cada ullO de los alegatos referidos en el presente oc,,"o.

Por lo ant ... expu esto, a usted C. Comisionad o Ponsn te, pido atentamente se s irva:

PRIMERO. _ Tener por presentaci6r1 a este Sujeto Ob ligado, la Secreta~a de Educación Pública, en t;empo y fOfma expresando alegatos y ofrecielldo los elementO$ de prueba qL>e se COn$lderan lavorables a los intereses de esta Secretaria

SEGUNDO.- Se so!;cita el sobreseimiento del presente recurso con fundamento en el articulo 151, fraccÓll I, y 156 fracción 111 , por haber quedado éste sin materia [ r (sic)

A su oficio de alegatos. el sujeto obligado adjuntó copia simple de los siguientes documentos:

a) Versión pública de la Constancia de Nombramiento, de fecha 13 de febrero de 2015, signada por el Director General de Educación Tecnológica Industrial del sujeto obligado y expedida a favor del C, Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe senala r que en dicha versión pública se testan los datos persona les correspondientes al Registro Federa l de Contribuyentes. Clave Única del Registro

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Folio de la solici tud: oool 100398118 Número de expediente: RRA 4742/ 18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuna Llamas

de Población, lugar de nacimiento, sexo, estado civil y domicilio part icular (municipio y localidad), ello, en términOS del articulo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a/a/Ilfo(macióll Pública .

b) Correo electrónico, de fecha 09 de agosto de 20 t 8, que ta Unidad de Transparencia del sujeto obligado remitió a la dirección indicada por el particular para efecto de noti ficaciones, mediante el cual se señala lo siguiente:

-, I La Secretaria de EdlJC3CJ1ln Públoca, en w ~er de SujetO Obhgada, I tnr~H de la Unidad de Trlnapa,encia nnde e l presente ~ en tiempo r forma, QUIlla fueron solICItados en el Recurso de Revisión alado .. rubro. en 105 "'!Iuoent" t.rmno.:

Con el pt'opOIIIO de ve rler '" presenle elle/'to, la Unidad de Tr8naparenda turnó el medio de impug na<:i6n a la Unld . d d, Ed ueaelón Media Superior TlK:nológiea Indus trial y d, Servicios (lJEMSTlySI, m,,,",a que des¡lués de unl bUSQueda exhaustiva r ralionable man~esló lo siguiente

UEMST lyS: "Ml$mll que milllifestó /o 5>gIJifnle p.". emx se omi1;o ,. Constll>C/8 de Nombramoetl/o en kl.s lIfChwos ~II)$, """'" que se erMa por este meOO.

As1 ""517>0 .se ltIfomrll que 10.5 docvtnento! 58 enlreglll> en verSIÓn Pl'bllcl ya que conl"""'" da/I)$ ~MJn8les, mISmOS" que 58 tI"m""" de lICU!/iI1Q lIlo e5lllble<;Ido en los 8ITicuIos lOO, 106 Y 115 de la LlIy Gene"" 00 Transpilrencia y Acceso a la InformlJ(;lÓll, 97. 98, 1 I J (",oc';" I ~ la Ley FtKIemI de Transpilra'ocia y A~so IJ la Inlormación Públrcll y el LineamlenlO Tngé$imo OcIllVO de los LiOOllm't/lltO$ GlIOOra ¡es all Mararia ~ Clasifica dón y OfJsclas¡ficllCión de III Información, as1 como para la ElabontclOO de VatDlnos Públrcas, y $On RFC, CURP. domICilIO pa" icular, lugar de nacltl'liento, astlOdo c"'~ y .se~o. por lo q~ .. solicita QI Comlff de T~ns".renc;a de est .. SlK:re,,,rle confinTIe le c/lJslflceelÓII de los dlJlos PfNSOIYles seÑI/ldos.

Se lId!"nlan 10$ $II1Vlenl"S documenlO$,

1 " V~ p"'b/Ic& de 1 const.maa de nombnlml<lnlo. 8tI la cual SOl 1&516 &1 RFC, CURP. IugIN de "II(:m.08nlO, .ftl>O, .. stado CNl Y dotmc., paflWIH " (SIC)

En e l m,W"IO leno< se la tllorrna que la onlorrnaclÓtl clasificada como confidaoall de la constanCIa de nombtam¡ento donde el H Comot' de Trasparera¡¡ de este H Sec,.,tana

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Secrelaría de Educación Pública Folio de la sol icitud: 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742118 Comisionado Ponente: FranciSCO Javier Acu l'ia llamas

de Educa<:i6n Publi<:a clas ifoce la información, se enviara por~>o electrónico ~na vez fonnllliutda_ [ r ($OC)

Cabe sel'ialar que, al anterior correo, el sujeto obligado adjuntó copia de la versión pública de la Constancia de Nombramiento, de fecha 13 de febrero de 2015, signada por el Director General de Educación Tecnológica Industrial del sujeto obl igado y expedida a lavor del C JesuCfisto Thompson Rivera, en los mismos términos que los descritos previamente en el presente antecedente.

cl Versión pública de la Constancia de Nombramiento, de lecha 13 de febrero de 2015, signada por el Director General de Educación Tecnológica Industrial del sujelo obligado y expedida a favor del C. Jesucristo Thompson Rivera, en los mismos términos que los descritos previamente en el presente antecedente.

IX, El 09 de agosto de 2018, se recibió en este Instltuto el correo e~trónico que la Unidad de Transparencia del sujeto obligado remitió al particular, a la dirección indicada por éste para efecto de nOhficaciones, en los mismos térmioos que el desCfito en el antecedente inmediato anterior.

A dicho correo electrónico, el sUjeto obligado adjuntó copia de la versión pUbtica de la Constancia de Nombramiento, de fecha t 3 de febrero de 2015, signada por el Director Genera l de Educación Tecnológica Industrial del sujeto obligado y expedida a favor del C. Jesucristo Thompson Rivera, en los mismos términos que el descrito en el antecedente Inmediato anterior

X. El 16 de agosto de 2018. este Instituto recibió el correo electrónico que la Unidad de Transparencia del sujeto obligado envió al particular. a la dirección indicada por éste para efecto de notificacione5, mediante el cual se sanala lo siguiente:

1 I En alcance 11111 respoeSIII que eSIII SeCllllar111 de Edox:.ao6n Púbb le h.¡¡ ~, en rel8ci6n al re<:Uf .... RRA . 7. 2118 eon IQiio de soioatud do! infonnaa6n 0001100398 118. me pem'I~O "._ que la contidenclalidad de datO$ pef8OI\IIIH rellliudl. fue contirmada pOI" el ComoI' de TranspaflltlClI medlame acta ACT/CT/SOI0110812018-C. 111 cual pUede "'" consultada ~nte 111 sq.Jlltme liga .,\eCtJ6noce (VER PUNTO lt )

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaría de Educación Pública Folio de la solicitud: 0001100398 118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente : Francisco Javier Acuña llamas

Esperando q...e la informa66n pr"!'Ofcionada sea de su ayuda, le envio un cordIal saludo. I r (5;';)

XI, EI14 de septiembre de 2018, la Secretaria de Acuerdos y Ponencia de Datos Personales2 , adscrita a la Oficina del Comisionado Ponente, acordó ampliar el plaw para resOlver el presente recurso de revis ión, en términos del articulo 151 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública: así como, notificar de ello a las partes.

XII. El 20 de agosto de 20 18, se notificó a la Secretar ia de Educación Pública, a través de la Herramienta de Comunicación, el acuerdo de ampliación referido en el antecedente XI de la presente resoluc ión.

XIII , El 05 de octubre de 2018, la Secretaria de Acuerdos y Ponencia de DalaS PersonalesJ , adscrita a la Oficina del Comisionado Ponente, dictó acuerdo por medio del cual se decretó el cierre de instrucción en el medio de impugnación que nos ocupa: lo anterior, en términos del artículo 156. fraCCión VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública .

XIV, El 08 de octubre de 2018, se notificó a la Secretaria de Educación Pública, a través de la Herramienta de Comunicación, el referido acuerdo de cierre de instrucción,

XV, El 08 de octubre de 2018, se notificó al hoy recurrente, mediante correo eleClrónico, el referido acuerdo de cierre de instrucción .

CONSIDERANDOS

Primero, El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales es competente para conocer respecto del presente asunto, de conformidad con lo previsto en el articulo 50, Apartado A. fracción VII I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los art iculas 41 , fracción 11, 146, 150 Y 151 Y los Transitorios Primero y Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública publicada en el Oiario Oficial de la Federación el 05 de mayo de 2016; asl como lo dispuesto en los articulas 21 , fracción 11, 146, 151, 156y 157 Y los Transitorios Primero y Quinto de

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Sujeto obligado ante el cual se presentó I;¡¡ solicitud: Secretaria de Educación Pública Folio de la sol icitud : 0001100398118 Número de el(pediente: RRA 4742/18 Comision;¡¡do Ponente: Francisco Javier Acul'ia Llamas

la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 09 de mayo de 2016; asi como los artlculos 12, fracciones 1, V Y XXV Y 18, fracciones V, XIV Y XVI del Estatura Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el17 de enero de 2017.

Segundo. El hoy recurrente presentó una sol icitud ante la Secretaria de EducaciÓn Pública, mediante la modalidad de entrega por Internet en la Plataforma Nacional de Transparencia, por medio de la cual requirió, al encargado de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, el expediente que integra la documentación con la cual el Ingeniero Jesucristo Thompson Rivera participó en el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior ciclo escolar 2017-2018 COPED-EMS: cuya convocatoria fue publicada el 13 de marzo del 2017 y firmada por el C. Carlos Alfonso Morán Mogue!.

Asimismo, en el rubro, o/ros da/os para facilitar su localización , el particular hizo referencia al Centro de Trabajo 27DCT0169T en Tabasco. al número de folio con el que se participó en el concurso (271700001 136) y el cargo que fue concursado, Jefe de Departamento o equivalente académico.

En respuesta, la Secretaría de Educación Pública, a tr.wés de la Unidad Administrativa de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, informó que se entrega la información en versión pública , ya que obran datos personales, mismos que se eliminan de acuerdo a lo establecido en el articulo 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública , a saber, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes, nacionalidad , lugar de residencia, domicilio, teléfono, celular y correo electrónico personales, fotografia, firma , lugar de nacimiento, estado civil y sexo.

En ese sentido, la Secretaria de Educación Pública mani festó que adjuntaba a su respuesta copia de los siguientes documentos:

1. Versión publica de una ficha de registro, en la que se testó la Clave Única de Registro de Población , Registro Federal de Contribuyentes, Estado y municipio de res idencia, localidad , calle y número, colonia, código postal, teléfono de contacto, teléfono celular y correo electrónico. 2. Versión pública de una ficha de examen, en la que se testó Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y fotografía. \)

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Sujeto obligado anle el cual se presentó la solicitud : Secretarfa de Educación Publica fo lio de la solici tud : 0001100398 118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente : Francisco Javier Acuña llamas

3. Versión publica de una Cédula Profesional , en la que se (estóla firma y la Clave Unica de Registro de Población. 4. Versión pública de una constancia de experiencia docente , en la que se testó el Registro Federal de Contribuyentes. 5. Versión pública de una constancia de nombramiento, en la cual se testó el Registro Federal de Contribuyentes. la Clave Única de Registro de Población, lugar de nacimiento, sexo, estado civi l y domicilio particular. 6. Versión pública de una Acta Administrativa de Entrega ~ Recepción en la que se testaron. el Registro Federal de Conlribuyentes, domicilios particulares y números de credencial de elector.

Asf, el sujeto obligado proporcionó copia simple de los siguientes documentos:

.:. Versión publica del documento denominado Ficha de Examen Nacional para el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017-2018, del Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente, signado por el Responsable de la Mesa de Registro y el Aspirante Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe señalar que en dicha versión pública se testan los datos personales correspondientes a la Clave Única de Registro de Población, el Registro Federal de Contribuyentes y la fotografía del Aspirante, ello, en términos del articulo 113. fracción I y del artículo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Asimismo, se encuentra testada diversa información, no obstante, no es posible identificar el dato testado .

• :. Versión publ ica del documento denominado Ficha para el Regisrro para el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017·2018, del Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente. signado por el Aspirante Jesucristo Thompson Rivera .

Cabe señalar que en dicha versión públ ica se testan los datos personales correspondientes a la Clave Única de Registro de Población. el Registro Federal de Contribuyentes. nacionalidad, datos de residencia y promedio obtenido en la carrera del Aspirante. ello, en términos del artículo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información P!iblica, \j

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud : Secretaria de Educación Pública Folio de la sol icitud: 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742118 Comisionado Ponente: Fral"lcisco Ja ... ier Acui'la llamas

Asimismo, se encuentra testada di ... ersa información, 1"10 obstante, 1"10 es posible idel"ltificar el dato testado .

• :. Versión pública del documel"lto denominado Carta de aceptación, de fecha 15 de marzo de 2017, para el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Cicto Escolar 2017-2018, del Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesionat Docente, signada por el servidor público Jesucristo Thompson Ri ... era.

Cabe sei'ialar que en dicha ... ersión pública se testa información, en términos del articulo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información PiJblica: no obstante, no es posible identificar el dato testado .

• :- Título de Ingeniero en Sistemas Computacionales, expedido por la Secretaría de Educación Pública. de fecha 17 de junio de 2002, a nombre de Jesucristo Thompson Ri ... era ,

.:. Versión pública de la Certificación de Estudios del C. Jesucristo Thompson Ri ... era, de fecha 11 de junio de 2002, signada por la Jefe del Departamento de Servicios Escolares del Instituto Tecnológico de Villahermosa.

Cabe sei'ialar que en dicha ... ersión pública se testa la f irma del interesado, en términos del art iculo 113, fracción I y del artículo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información PiJblica .

• :. Versión pública de la Cedula Profesional. expedida por la Secretaria de Educación Públ ica, a nombre del C. Jesucristo Thompson Ri ... era. Cabe señalar que en dicha versión pública se testa la firma del C Jesucristo Thompson Ri ... era y su Clave Única de Registro de Población, en términos del articulo 113, fracción I y del art iculo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública .

• :. Captura de pantalla del Sistema Integral de Administración al Personal, de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones adscrita a la Secretaria de Educación Publica, mediante la cual se desprende el Histórico de Plazas por Estatus.

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solici tu d: Secretaria de Educación Pública Follo de la solicitud : 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742118 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acu~a

Llamas

• :. Versión publ ica de la Constancia de Experiencia Docente, de fecha 13 de marzo de 2017, signada por la Directora del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón", mediante la cual hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera se desemper'ló como dOGente desde el 16 de enero de 2017. Cabe referir que la sei'ialada versión públ ica, se eliminó el dato relativo a la fil iación,

.:. Escrito de fecha 21 de marzo de 2017, signado por el C. Jesucristo Thompson Rivera, mediante el cual declara bajo protesta de decir verdad que cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria del Concurso de Oposición para la PromOGión a Cargos con Funciones de Dirección en Educación Media Superior del Ciclo Escolar 2017-2018 .

• :. Oficio numero 220(CB,32) ORHI327/2017 , de fecha 14 de marzo de 2017, signado por la Directora del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios No. 32 ' Ricardo Flores Magón" y dirigido al Servicio Profesional Docente, por medio del cual se informa que la constancia de nombramiento de la promoción 2014 no ha sido enviada al plantel, motivo por el cual se imprimió una pantalla del Sistema Integral de Administración del Personal.

.:. Versión pública del Acta Administrativa de Entrega Recepción del Departamento de Planeación y Evaluación del CBTIS 32, de fecha 15 de julio de 2017, signado la Directora del Centro de Bachil lerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón", y el Jefe de Departamento de Planeación y Evaluación del mismo Plantel, por medio del cual se hace entrega de los Recursos asignados al Departamento de Planeación y Evaluación del Plantel.

Cabe sei'ialar que en dicha versión pública se testan datos personales re lativos al Registro Federal de Contribuyentes, domicilios particulares. números de credenciales para votar , ello, en términos del articulo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública .

• :. Constancia número 220(CB-32)DSDVI31 0/2017, de fecha 17 de marzo de 2017, signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el Subdirector Académico, del Centro de Bachil lerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón". por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera participó en el curso Aprendizaje Basado en Proyecto.

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Folio de la solicitud: 0001100398 118 Número de expediente: RRA 4742f18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña Llamas

• :. Constancia número 220(CB·32)DSOVI302l2017. de fecha 17 de marzo de 20 17. signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el SuDdirector Académico, del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 "Ricardo Flores Magón' , por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera participó en el curso Análisis del Modelo Educativo y Revisión de Simuladores de Exámenes De Casos INEE

.:. Constancia número 220(CB-32)DSDVI 306/2017. de fecha 17 de marzo de 2017. signado por la Jefe de Departamento de Servicios Docentes y por el SuDdirector Académico. del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios número 32 -Ricardo Flores MagÓn-. por medio del cual se hace constar que el servidor público Jesucristo Thompson Rivera part icipó en el curso Planeación Argumentada_

Inconforme, el particular interpuso el recurso de revisión que hoy nos ocupa , por medio del cual manifestó como agravio la entrega de información incompleta. ello. en tanto no le fue remitido el punto 5 de la respuesta del sujeto obl igado, a saber, la constancia de nombramiento en la cual se testó el Registro Federal de Contribuyentes. la Clave Única de Registro de Población. lugar de nacimiento, sexo, estado civil y domicilio particular.

De una lectura del agravio del recurrente, se desprende que éste se encamina únicamente a la falta de entrega de la constancia de nombramiento. sin manifestar inconformidad alguna con el resto de las documentales proporcionadas en versión pública, ni con la de la constancia de nombramiento. razón por la cual. se tienen por consentidos tácitamente por el particular y no formarán parte de la presente resolución. Fortalece lo anterior los criterios sostenidos por el Poder Judicial de la Federación. en la siguiente tesis:

ACTOS CONSENTlOOS TÁCITAMENTE. Se p;esume~ así, pa ra los efectos det amparo, los actos del orde~ C,y~ y administrat ivo. que no hub", ren soda reclamados en esa yja dentro (le los P~O$ que la ley sefta la

Asi como, en lo conducente. sirve de apoyo el criterio publicado en la página 364 del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo IX. junio de 1992, Octava Epoca, emitido por la Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, el cual señala textualmente:

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Sujeto obl igado ante el cual se presentó la sol icitud: Secretaria de EdLJcación Públ ica Folio de la solicitud: 0001100398118 Número de exped iente : RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier ACLJlla Llamas

CONSENTIMIENTO TÁCITO OEL ACTO RECLAMADO EN AMPARO. ELEMENTOS PARA PRESUMIRLO Atento a lo disp1Jesto en el aniculo 73. fracción XII . de la Ley de Amparo . el juicio const itucional es improcedente contra actos consentidos tácitamente. reputando como tales los no reclamados dentro de los pla>!os estable<;;dos en los articulos 21 . 22 Y 218 de ese ordenamiento. excepto en Io~ casos consignaoos expresamente en mat",ia de amparo contra leyes. Esta norma juridica tiene su explicad6n y su fundamento racional en esta presunc>6n ~umana cuando una persona s"'re una afectacOóft con un ¡¡do de autondad y tiene la posibilidad legal de impugnar ese acto en el juicIO de amparo dentro de un plazo perantOf;o detemunaoo. y no obstante deja pasar el tém,;no ~in presentar la demanda. esta conducta en tales circunstancias revela confQrmidad con e4 acto. En el ilmb,to y para los efectos 001 ampalo. el razo-namrento contiene los hecho$ COI10cid0s sigUientes· a) Un acto de aUlOrklad. b) Una persona afectada por tal acto; e) La posibitklad legal para dicha perwna de promover el JUIcio 00 ampa 'o contra el acto "" mención: d) El establecimiento en la ley de un p1am peremorK> para el ejercicio de la acción: y e) El transcu rs.o de ese lapso sin habe'se pre-sentado la demanda. Todos estos elementos deben concumr necesariamente pafa la validez de la presund6n. pues la fatta de alguno impide la reunión de lo ind ispensable para eslimar el hecho desconocido como una consecuencia lógica y nalulal de kls hechos conocidos. Asi . ante ta ine~ iste<leia del acto de autoridad faltarla el objeto sobre el cua l pu<liera recaer la acc ión de consentimiento: si no hubiera una persona afectada fa ltaria el su;eto de la acCl6n; si la ley no confiere la posib~idad de ocurrir en demanda de la jU$lic>s federal. la ornis;é)n de ta l deman(!a no pue6e se", ir de base para estimar la confOl"midad del afectado COI1 el 3<:to de autoridad. en tanto no pueda encausa, su inconformidad por ese medio; y si la ley no f ija un p~o perentorio para deducir la aceióll de amparo o hab,émlolofijado k te no ha Iranscurrido. la no presentacIÓn de la deman(!a no puede reve lar con certeza y claridad la aqu iesce>lC1a del acto de autoridad en su contenido y consecuencias. al subslslir la posibil idad de entab lar la COI1trenda.

Ahora bien. una vez admitido el presente medio de impugnación, y notificadas que fueron las partes para que manifestaran lo que a su derecho e intereses conviniere . se recibió en este Instituto. el escrito de alegalos del sujeto obligado. por medio del cual modificó su respuesta primigenia mani festando que por un error se omitió remiti r la Constancia de Nombramiento en los archivos adjuntos.

Asimismo. se informó que se entrega el documento referido en versión pública ya que cont iene datos personales. mismos que se eliminan de acuerdo a lo establecido en el artículo 113 fracción) de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. a saber. Registro Federal de Contribuyentes. Clave Unica de Registro de Población . domicilio particular, lugar de nacimiel"lto. estado civ il y sexo.

En razón de lo sellalado. se sol icitó el SObreseimiento del presente recurso.

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Fo lio de la solicitud: 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acu"a Llamas

Cabe se"alar que el sujeto obligado ofreció como pruebas el correo electrónico de fecha 09 de agosto del 03"0 2018. mediante el cual se hace del conocimiento del hoy recurrente. lo manifestado en el escrito de alegatos y la instrumental de actuaciones.

En este sentido. con independencia de que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InfOlmación Pública y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (de aplicación supletoria4

), no precisen reglas procesales para el ofrecimiento de medios de prueba, tales como relacionarlos con los hechos controvertidos o sefialar la final idad de su ofrecimiento. en atención a los principios de pertinencia e idoneidad de pruebas; asi como, a la litis materia del presente asunto y en relación con la tesis 1.30.C.671 e PRUEBAS, PARA DETERMINAR SU IDONEIDAD HAY QUE ATENDER A LA MANERA EN QUE REFLEJAN LOS HECHOS A DEMOSTRAR, este Instituto procede a pronunciarse al respecto. con lo cual se cumple con et principio de congruencia y exhaustividad que toda resoluc ión debe contener.

Ahora bien , respecto del material probatorio presentado por el sujeto obligado. el mismo será analizado en conjunto, atendiendo a la técnica de análisis y adminiculación de pruebas_

Al respecto, se destaca que las documentales aportadas tienen valor probatorio pleno, de conformidad con lo establecido en el articulo 202 del Código Fedr:tral dr:t Procr:tdimir:tntos Civiles. supletori05 de la Lr:ty Federal de Procedimiento Administrativo, supletoria de la Ley Federal da Transparencia y Accr:tso a la Información Pública.

Asi , respecto de la instrumental de actuaciones, se se"ala que la misma se desahoga por su propia y especial naturaleza, tal y como se se"ala en el criterio intitulado PRUEBAS INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES Y PRESUNCIONAL LEGAL y HUMANA. NO TIENEN VIDA PROPIA LAS6, que refiere que las prllebas instrumental de actllaciones y la presuncionallegal y humana. no tienen desahogo; es decir, que no tienen vida propia, pues no es más que el nombre que en la práctica se ha dado a la totalidad de las pruebas recabadas en el juicio, por lo que respecta

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud : Secretaria de Educación Públ ica Folio de la solic itud: 00011 00398118 Nú mero de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña Llamas

a la primera, y por lo que correspOrlde a la segurlda, ésta se deriva de las mismas pruebas que e)(isten en las cOrlstarlcias de autos.

Asimismo, se tiene que la Secretaria de Educación Pública remit ió el correo electrónico, de fecha 09 de agosto del año 2018, mediarlte el cual se hace del conocimiento del hoy recurrerlte, lo marlifeslado en el escrito de alegatos.

En relaciórl COrl lo anterio r, resulta conducerlte señalar que la Tesis Documentos y Correos Electrónicos. Su Valoración en Maleria Mercantifl , prevé lo siguiente:

DOCUMENTOS Y CORREOS ELECTRÓNICOS. SU VALORACiÓN EN MATERIA MERCANTIL. La doctrina e. pl ica que en la épOCa contemporánea cuan"" se habla de prueba doculntintal no se puede pensar sólo en papel u Olro soporte que refleje e!ICrilos perceptibles a simple VIsta, sin ayuda de medios técnicos. se debe incluir también a los documentos mu ~ime,ha, es <lec" . los ""portes que permiten ver estos documentos en una computadora, un teléfono móv~, una cámara fotográfica, etcétera. En .. arios sIstemas juridicos se han equipara"" totalmente los documentos mu~imed", O informáticos, a e/OCIOS de valoración. Esa equ ivalencia es, bilsicamente, con los privados , y su adm,sió!1 y va lo'ación se sujeta a reqUISItos, sob'e tO<kl técmcos. como la firma electr6nlCa, debido a los problemas de f iabilidad de tates documentos , i r>eluyeooo ~ COrreos electrón iCOS, ya que es posib le fa lsi/icarlos e iI'lte,ceplarlos. lo cual exige caulela en su ponderaCl6n, pero sin desestimarlos s6Io por e .... fa<;tib! lidad. Para evita r una perICIal en inlormátoca que demuestre la fiabilidad del cIocumento electrónico, pero complique su ágil recepción procesal, el iu~gador puede COflsuHar los datos técnICOS reveladores de a~una modificac ión se~alados en el documento, aUrlQue de no exist" éstos, ateooerá a la posibilidad de altera<:ión y a<;ud irá a la expert icia, pues el documento electrónico puede quedar en la memona RAM o en et disco duro. y pOdrán expedirse COpias, por lo que para comprobar el origlOa l deberán exhibirse documenlO$ aSIstidos de peutos para Su le<;tura Asi es , dado que 18 Impresión de un documento electr6n1CO sólo es una copla de su origInal. Mayor confiabil idad me'ece el documento que tiene firma elect r6nica, aunque ent,e e .... c lase de firmas .. xiste una gradación de la más senci ll a a la que posee mayores ga¡antias técnicas. e igual escala slQue . u fiab~idad. ergo. su valor p'obatorlo. Al;I , 18 firma electrónica a~an~ada prevalece frente a 18 f Irma electrónica s,mple, ya que los requISitos de producción de la p,imera ta dotan de maS seguridad que ta segunda, y derivan de la Ley Mode lo de 18 ComiSIÓn de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil lnte,national sobre las Firmas Ele<;t,6nicas Esta p'opuesta de normatlvidad, al igua l que la d",ersa Ley Modelo sobre Comercio Electr6noco, fue adoptada en el Código de Comercio, el cua l . igue el criterio de equIValencia fu nciQ na l que busca equiparar los documento. etectr6nicos a los IradocKma les elaborado. en soporte de pa~, medianle la selosflloCCión de requ isitos que \luan en torno a la f iabilOdad y trascienden a la fue rza probatoria de los men .... ¡es de datos Por ende. conforme a la interpretación de los articulos 89 a 94 , 97 y 1298-A

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Secrelaria de Educación Pública Folio de la solic itud : ooo1100398118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña llamas

ele l C6dis¡o de Com&ccio. 811 caso de qUil los documentos electrónICOs reúnan los requis,tos de f",b iOdad lega lmente prev,stos, inc l u~endo la existencia de una l irma electrónjca avanzada. podré aplicarse et Cflteno de equ;"'atente funciona l OOn los documentos que tienen soporte de pape l, <le mallflra que SU valor probatorio seré equivalente al de estos últimos. En caso de ca'ocer de esa firma y haberse objetado su autenticidad. no podrá concedérse les dkoo valor similar. aunque 5U estimación como prueba ir;! en aumtlnto si en el oomenOdo de ios documtlntos electrónicos se encuentran elementos técnicos bastantes. a jUldo de l juzgador, pa'a estIma' altamente probable su autenticidad e inalterabilidad, o bien se complementan con ot ras probanzas, como la pericia l en inlormátlCa que evidencie tal fiabi lidad, Por el contrario. decrecerá su valor probatooo a la calidad indiciaria si se trata de una impresión en pape l del documento electrónico, que como copia de l orig inal raeib .... &1 tratam iento procesa l de esa clase de documentos sOmp1es, y se valorará en conjunto con las restantes pruebas aportadas al juICio para, en luncl6n de las circunstancias especificas, determinar su ak:ance demostrativo CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO

Amparo directo 51212012. L~obeI, SA de C.V 13 de septiembre de 2012, Ul"I3nimidad de votos, Poneme Fraoosco J Sandoval L6¡>ez , Secretario: Raul A~aro Telpalo.

De la Tesis anterior. se desprende que la impresión de un documento electrónico sólo es una copia de su original, y que mayor confiabilidad merece el documento que tiene firma electrónica, aunque entre esa clase de firmas existe una gradación de la más senci lla a la que posee mayores garantías técnicas, e igual escala sigue su fiab il idad y, por lo lanto, su valor probatorio. ASi, la firma electrónica avanzada prevalece frente a la firma electrónica simple. ya que los requisitos de producción de ta primera la dotan de más seguridad que la segunda.

Adicionalmente. en términos del criterio de equivatencia funcional que busca equiparar los documentos electrónicos a los tradicionales elaborados en soporte de papel, mediante la satisfacción de requisitos que giran en torno a la fiabilidad y trascienden a la fuerza probatoria de los mensajes de datos.

Bajo ese tenor, se advierte que las pruebas aportadas constituyen una versión digi tali zada de un documento público emitido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.

Cabe mencionar. que el referido correo electrónico fue remitido en alegatos, a través del sistema electrónico de comunicación entre este Instituto y la autoridad, en el cual para realizar actuaciones es necesario contar con una firma electrón ica avanzada, y ser el personal autorizado para ello,

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Secretaria de Educación Publica Follo de la solicitud: 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742/18 Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuna Llamas

En términos de lo anterior, el criterio de equivalencia funcional y la fiabilidad del sistema por el que fue remitido. permite concluir que la versión digitalizada del documento referido constituye una documental pública de prueba plena.

En razón de lo anterior, y en términos del articulo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles. constituye prueba plena de conformidad con lo establecido en el articulo 202 del mismo OI'denamlento.

De igual forma. es necesario senalar que este Instituto guarda constancia del correo eleclrÓnico. de fecha 09 de agosto de 2018. que la Unidad de Transparencia del sujeto obl;gado remitió a la dirección indicada por el particular para efecto de notificaciones, por medio del cual hizo del conocimiento de éste lo manifestado en el escnto de alegatos. y proporcionó copia de la versión publica de la Constancia de Nombramiento, de fecha 13 de febrero de 2015, signada por el Director General de Educación Tecnológica Industrial del sujeto obligado y expedida a favor del C. Jesucristo Thompson Rivera.

Cabe sena lar que en dicha versión publica se testan los datos personales correspondientes al Registro Federal de Contribuyentes, Clave Única del Registro de Población, lugar de nacimiento, sexo, estado civil y domicilio particular (municIpio y localidad), ello. en términos del articulo 113, fracción I y del articulo 118 de la Ley Federal de Transparencll.f y Acceso a la Información PublICa,

En razón de lo antenar. este Instituto analizará si con la modificación a la respuesta notificada al particular se colma su derecho de acceso a la información. Lo anterior. de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables,

Tercero. Ahora bien , de las actuaciones que integran el recurso de revisión que se atiende. es posible advert ir que el ahora recurrente indicó como agravio la entrega incompleta de la información, ello. en tan to no le fue remitido el punto 5 de la respuesta del sujeto obligado, a saber, la constancia de nombramiento en la cual se testó el Registro Federal de Contribuyentes, ta Clave Única de Registro de Población, lugar de nacimiento, sexo, estado civil y domicilio particular.

Al respecto, cabe retomar que el particular solicitó mediante la modalidad de entrega por Internet en la Plataforma Nacional de Transparencia. el expedIente que integra la documentación con la cual el Ingeniero Jesucristo Thompson Rivera participó en el Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud: Secretaria de Educación Pública Follo de la solicitud : 0001100398118 Número de expediente: RRA 4742/18 Com isionado Ponente: Francisco Javier Acuna llamas

de Dirección en Educación Media Superior ciclo escolar 2017-2018 COPED-EMS; cuya convocatoria fue publicada el 13 de marzo del2017 y firmada por el C. Carlos Alfonso Morén Mogue!'

Asimismo, en el rubro, otros dalas para facilitar su localización , el particular hizo referencia al Centro de Trabajo 27DCT0169T en Tabasco, al número de fo lio con el que se participó en el concurso (271700001136) y el cargo que fue concursado, Jefe de Departamento o equivalente académico.

En respuesta, la Secretaria de Educación Pública , a través de la Unidad Administrativa de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, informó que se entrega la información en versión pública, ya que obran datos personales, mismos que se eliminan de acuerdo a lo establecido en el articulo 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a saber, Clave Única de Registro de Población , Registro Federal de Contribuyentes, nacionalidad, lugar de residencia, domicilio, teléfono. celular y correo electrónico personales. fotografía, firma, lugar de nacimiento. estado civil y sexo.

En ese sentido, la Secretaría de Educación Pública manifestó que adjuntaba a su respuesta copia de los siguientes documentos:

1. Versión pública de una ficha de registro, en la que se testó la Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes, Estado y municipio de residencia, localidad, calle y número, colonia, código postal, teléfono de contacto. teléfono ce lular y correo electrón ico. 2. Versión pública de una ficha de examen, en la que se testó Clave Única de Registro de Población. Registro Federal de Contr ibuyentes y fotografia 3. Versión públ ica de una Cédula Profesional. en la que se testó la firma y la Clave Única de Registro de Población. 4. Versión pública de una constancia de experiencia docente, en la que se testó el Registro Federal de Contribuyentes. 5. Versión pública de una constancia de nombramiento, en la cual se testó el Registro Federal de Contribuyen tes. la Clave Única de Registro de Población, lugar de nacimiento, sexo. estado civil y domicilio particular. 6, Versión pública de una Acta Administrativa de Entrega ~ Recepción en la que se testaron, el Registro federal de Contribuyentes, domicilios particulares y números de credencial de elector

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solici tud: Secretaría de Educación Pública Folio de la solic itud : 0001100398 118 Número de expediente: RRA 4742/18 Com isionado Ponente: Francisco Javier Acuña llamas

Ahora bien, es trascedente señalar que, en su escrito de alegatos, el sujelo obligado modificó su respuesta primigenia mani festando que por un error se omitió remilir la Constancia de Nombramiento en los arChivos adjuntos.

Asimismo. se informó que se entrega el documento referido en versión pública ya que contiene datos personales, mismos que se eliminan de acuerdo a to establecido en el articulo 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Infonnación Pública , a saber, Registro Federal de Contribuyentes, Clave Única de Registro de Población. domicilio particular, lugar de nacimiento. estado civil y sexo.

Es menester señalar que este Instituto guarda constancia del correo electrónico, de fecha 09 de agosto de 2018. Que la Unidad de Transparencia del sujeto obligado remitió a la dirección indicada por el particular para efecto de notificaciones, por medio del cual hizo del conocimiento de éste lo manifestado en el escrito de alegatos , y proporcionó copia de la versión pública de la Constancia de Nombramiento, de lecha 13 de febrero de 2015, signada por el Director General de Educación Tecnológica Industrial del sujeto obl igado y expedida a favor del C. Jesucristo Thompson Rivera

En consecuencia , se tiene que, si bien de inicio el sujeto obligado fue omiso en proporcionar la totalidad de la informaCión solicitada, lo cierto es que una vez admitido el presente recurso, la Secretaria de Educación Pública manifestó que por un error no remitió la Constancia de Nombramiento a la cual hace alusión en su respuesta primigenia.

En ese sentido, con la remisión de la Constancia de Nombramiento, se advierte que el sujeto obligado satisface el agravio del recurrente. Lo anterior, aunado a que comprobó ante este Instituto haber entregado la referida información, mediante el correo electrónico que el part icular indicó para efecto de notificaciones.

En ese sentido, este Insti tuto considera que se actual iza la causal de sobreseimiento prevista en el articulo 162. fracción 111 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que a la letra señala:

Art1culO 162 El recurso ser,(! sobreseldo. en 1000 o en parte, cuando, una vez adm'lido, se actualicen algur>e de los s;guienles supuestos:

I J 11 1. El sujeto obligado responsable del acto lo modif ique o revoque de lal mane!a que

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Del precepto en cita, se advierte que procede sobreseer un recurso de revisión cuando la dependencia o entidad modifique o revoque el acto impugnado de manera tal que el recurso quede sin efecto o sin materia,

En consecuencia, existen elementos suficientes para concluir que la Secretaría de Educación Pública satisfizo la pretensión del hoy recurrente. toda vez que, mediante alcance, remitió a la dirección indicada por éste para recibir notificaciones, la información que satis face su interés informativo, en la modalidad elegida.

En consecuencia, el derecho de acceso a la illformacióll de la particular ha quedado colmado.

Por lo anterior, resulta procedente sobreseer el presente recurso de revisión, con fundamento en el articulo 162. fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública: toda vez que el medio de impugnación quedó sin materia.

Por lo expuesto y fundado, el Pleno de este Insl ituto:

RESUELVE

PRIMERO.- Con fundamento en los articulos 156. fracción VIII, 157, fracción I y 162, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se sobresee el presente recurso de revisión. en términos de lo señalado en los considerandos de la presente reSOlución.

SEGUNDO,- Se hace del conocimiento del hoy recurrente que en caso de encontrarse insatisfecho con la presente resolución , le asiste el derecho de impugnarla ante el Poder Judicial de la Federación, con fundamento en lo previsto en el artículo 165 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

TERCERO.- Con fundamento en el articulo 159, notifiquese la presente resolución al hoy recurrente en la dirección serialada para ta les efectos, y mediante la Herramienta de Comunicación. al Comité de Transparencia del sujeto obl igado, por conducto de su Unidad de Transparencia.

CUARTO.- Háganse las anotaciones correspondientes en los registros respectivos.

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Asi lo resolvieron por unanimidad. y firman los Comisionados dellnsli tuto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci6n y Protecci6n de Datos Personajes. Francisco Javier Acul'la Llamas. Carlos Alberto Bonnin Erales, Blanca L,lia tbarra Cadena, Maria Patricia Kurczyn Viltalobos, Rosencloevgueni Monterrey Chepov y Joet Salas Suárez. siendo Ponente el pr imero de los sellatados. en sesi6n celebrada el 09 de octubre de 2018. ante Hugo AleJajrO C6rdova Dlaz. Secretario

T"ci" do! P"". ~--+---

Franc isco Javier Acuña Llamas Comisionado Presidente

3-Carlos Alberto BP'!/~C~iC'--_/

Erales -Comisionado

lL~ M7ia Patricia urczyn

Vlllalol;ios Comisionada

~,,"r;, Diaz

Comisionada

Joel Salas S~~ Comi~o

Esta foje ~ 81a 'ellOlllCoo del /ecuISOde ,evl$lOll RRA 4742118, .. Mida por ~ Pleno del 'nSI~uIO NacoonaI de T ranspalerro8 ~ 8 18 InlOO'l'l8Cl6rr y Protecaón de Daros Pe<son81es ~ 119 d, octubre de 2018