INSTRUMENTOS INTERNACIONALES

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Lorena Altamirano R. Secretaria Técnica PMCD Taller Red Migración Loja Mayo 14, 2007 Migración y Derechos Humanos

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Lorena Altamirano R.Secretaria Técnica PMCDTaller Red Migración Loja

Mayo 14, 2007

Migración y

Derechos Humanos

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Generaciones :

Primera: El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y Proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en 1966 el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en estos documentos se establece los derechos básicos individuales.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona

Segunda: “Derechos económicos, sociales y culturales”

Derecho al bienestar económico y social, a la seguridad social, al trabajo, a una remuneración

Equitativa, al descanso, a la protección contra el paro forzoso, a la libre sindicación

Tercera: “Derechos de solidaridad”

Derecho al desarrollo, a la paz, a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrio, a la libre determinación de los pueblos, a

la comunicación o bien a la posibilidad de portar una cultura diferente a la formalmente aceptada

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Los Derechos Humanos de los Migrantes

En el contexto de los Derechos Humanos, podemos delimitar aquellos derechos que se refieren específicamente a los de las personas que se desplazan desde su lugar de residencia habitual a otro, con el objeto de asentarse temporaria o definitivamente en su nuevo destino.

Las migraciones voluntarias

Las migraciones voluntarias tienen una característica básicamente distintiva:

la decisión migratoria se toma en función de las ventajas que ofrece el lugar de destino, aún cuando el lugar de origen no está condicionando u obligando su partida.

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El derecho a “no migrar”

El derecho a no migrar es el que tiene toda persona a permanecer en el lugar donde habita y desarrolla su vida económica y social, sin necesidad de trasladarse a otra parte para mantener una sobre vivencia digna.

El derecho a la libre movilidad

Este es un derecho que ha sido reclamado permanentemente, y reivindica la libertad de toda persona de trasladarse desde un país a otro sin limitaciones.

Es incuestionable el derecho soberano que cada Estado tiene para dejar salir o entrar a quien considere conveniente o necesario; también es incuestionable el derecho que toda persona tiene de moverse libremente, por un mundo cuyo único propietario real es la misma humanidad.

En un mundo que avanza hacia la democratización creciente de las relaciones entre los hombres, la prohibición de salir o entrar a espacios delimitados políticamente constituye cada vez más un contrasentido de ese proceso, donde aún se siguen privilegiando las fronteras formales por sobre las fronteras morales

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Las migraciones forzadas

Perspectiva clásica coacción directa, como los casos de traslado forzoso

En segundo lugar, aparecerían las migraciones por las que deberían movilizarse ante el peligro de perder su vida o libertad si no lo hacen.

Un tercer tipo de migración forzada es aquella debe trasladarse porque su sobre vivencia cotidiana en términos económicos ya no es posible en su lugar de origen.

Una cuarta acepción de migración forzada es que la va a estar determinada por factores socioculturales

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Derecho a la igualdad de oportunidades y trato laboral

Derecho a la igualdad social y a la igualdad política.

Derecho a la identidad cultural.

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El derecho del migrante a la justicia social

Son muchas las dimensiones que podrían entrar en la esfera de la justicia social para el migrante:

Estas dimensiones son la laboral, la política y la de los servicios sociales

En términos laborales el derecho a la igualdad de oportunidades, igualdad de salarios e igualdad de condiciones de trabajo son los que surgen como más relevantes.

A nivel individual, la negación de este derecho dificulta y deforma la “inserción social” del migrante al nuevo medio.

En cuanto a la igualdad de salarios, condiciones de trabajo y acceso a servicios sociales, estos derechos están íntimamente asociados al problema de la irregularidad migratoria.

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El derecho del migrante a su identidad cultural

El ejercicio de este derecho tiene frecuentemente ante sí un elemento que aflora en diferentes sociedades y momentos históricos: el prejuicio al extranjero inmigrante.

El derecho del inmigrante a mantener sus diferencias culturales sólo podrá ser posible cuando las sociedades receptoras renuncien a la ideología de la asimilación pura y simple de las comunidades extranjeras, para consentir la cohabitación de comunidades diferentes.

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Derechos Humanos y ConstituciónLa Constitución Política del Ecuador consagra en el Título III “De los Derechos, Garantías y Deberes” Capítulos 1,2,3 y 4 todo lo relativo al respeto, reconocimiento y defensa por parte del Estado de los Derechos Humanos, Civiles, Políticos, Económicos, Sociales y Culturales.

Art. 17 El Estado garantizará a todos sus habitantes sin discriminación alguna el libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en esta Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes. Adoptará, mediante planes y programas permanentes y periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos.

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Instrumentos Internacionales• Estatuto de los Apátridas• Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos• Convención sobre los Derechos del Niño• Convención Americana en Contra de la Tortura• Convención Americana de Derechos Humanos Pacto San José• Convención Contra Tortura• Convención para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia• Convención sobre la Eliminación de todas las Formas De

Discriminación• Corte Penal Internacional• Declaración Americana de los Derechos del Hombre y el Ciudadano• Declaración Universal de los Derechos Humanos• Pacto Adicional de Derechos Humanos - Americano – D.E.S. – Sa• Pacto Facultativo relativo a la Venta, Prostitución de Niñas-os• Pacto Facultativo relativo a los Niños Conflictos Armados• Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos• Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales • Protocolo Facultativo De La Cedaw

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• Convención de 1951• Declaración de Cartagena• Plan de Acción de México• Protocolo Estatuto Refugiados• Convención de Protección de los Derechos de los

Trabajadores Migratorios• Convenio 097, 110, 117, 118, 169 OIT• Convenio Iberoamericano de Seguridad Social• Instrumento Andino de Migracion Laboral• Instrumento Andino de Seguridad Social• Mecanismo Andino de Protección Consular y

Migraciones

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Planes, programas y proyectos que involucran el hecho migratorio

• Proyecto de Ley de Atención Integral al migrante ecuatoriano y su familia• Promueve: PMCD• Participan: Asociación Llactacaru, Servicio Jesuita a Migrantes, PMCD: Equipo Jurídico• Objetivo: Elaborar la ley con la participación directa de los actores alrededor del hecho

migratorio.• Acuerdo Nacional por las migraciones y el refugio con los candidatos presidenciales• Basado en 11 puntos que deberán asumir los candidatos al llegar a la Presidencia y

Vicepresidencia, firmaron 10 de los 13 binomios.• SENAMI• Mesa de Trabajo sobre Migraciones Laborales• Participan: Espacio interinstitucional ONGs, Ministerio de Trabajo y Empleo,

Representantes Embajadas, otros ministerios.• Programa del BCE para transferencia de remesas• Cooperativa Codesarrollo transferencia de remesas a través de estructuras financieras

locales• Proyecto Codesarrollo AECI Cañar – Murcia• En línea con las orientaciones fijadas por el Plan Director 2005-2008, la AECI ha

identificado la necesidad de implementar una primera experiencia en torno al Codesarrollo: un Proyecto piloto de Codesarrollo España-Ecuador (Cañar-Murcia) que señala un camino de buenas prácticas en esta nueva modalidad de cooperación bilateral, y que pretende inspirar futuras réplicas.

• Fundación Esquel – Municipio de Quito - Proyecto Local• CESPLA: Posgrado Migración• FLACSO: investigaciones, observatorio de medios de comunicación• UTPL – Red de Migración Loja, investigaciones• MACROPROYECTO Migración y Codesarrollo

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• Articulación de acciones entre Caritas Islas Baleares, FEPP – CEPAS en Ecuador, Colombia y Bolivia.

• FEPP• ALER• CORAPE• SERVICIO JESUITA A REFUGIADOS Y MIGRANTES • INSTITUTO LATINOAMERICANO DE INVESTIGACIONES SOCIALES• CEPAS – MOVILIDAD HUMA• Programa Andino Hispano• Acciones coordinadas entre las Conferencias Episcopales Andinas (Venezuela, Colombia,

Ecuador, Perú, Bolivia) y Española en torno al hecho migratorio.• CIDEAL• Save the Children• ISCOD• Acsur Las Segovias• Ayuntamiento de Madrid - Codespa – FEPP• Proyecto Fortalecimiento de las relaciones institucionales, comerciales y financieras entre

la ciudad de Madrid y las provincias de Azuay y Cañar en el Ecuador, ejecutado por el FEPP Regional Cuenca.

• Ayuntamiento de Madrid - Municipio de Quito (Casa Metropolitana del Migrante)• Familiares de migrantes en Quito, emigrantes en Madrid• Ayuntamiento de Madrid - Municipio de Riobamba• Desarrollo económico• Red Migración Loja - Programa de apoyo integral al proceso migratorio entre la ciudad de

Madrid y la Provincia de Loja Proyecto de Codesarrollo Ayuntamiento de Madrid Save the Children.

• COALICION INTERINSTITUCIONAL para el Seguimiento y Difusión de la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias: CRS, Mov. Humana CEPAS, UASB, FLACSO, SJRM, PMCD.

• Casa del Migrante de Cuenca