Informe sobre el desarrollo de la política pública de participación ciudadana municipal

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1 DESARROLLO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA MUNICIPAL Prof. Miguel González Marregot Introducción El avance en el ámbito local obtenido por las candidaturas; tanto de alcaldes como de concejales en las pasadas elecciones del año 2013, obliga -sin duda alguna- a potenciar las capacidades estratégicas y operativas de cada uno de los gobiernos municipales de la MUD, en el marco de un esfuerzo mayor para fortalecer la alternativa democrática de gobierno en Venezuela. La participación ciudadana en el gobierno municipal, en el Consejo Local de Planificación Pública y en la actividad legislativa constituye un tema trascendente para lograr un buen gobierno municipal comprometido con el pueblo y con el progreso. En tal sentido, el Programa de Apoyo a la Gestión de los Gobiernos Municipales (PAGGM) emprendió un estudio preliminar y exploratorio mediante la aplicación de un cuestionario simple en veinticinco (25) municipios; bajo el gobierno de alcaldes de la alianza democrática con el propósito general de conocer la situación de la política pública de participación ciudadana municipal de este año. La encuesta fue aplicada desde Mayo hasta Octubre de 2014 y, fue respondida por los funcionarios responsables de las políticas de participación ciudadana de su respectiva alcaldía. Para la alianza democrática y el PAGGM, el municipio representa el espacio ideal para el autogobierno y el ejercicio de la soberanía de los vecinos. Se trata de ejercer un gobierno y una legislación basados en la participación, la cercanía e inclusión de los vecinos promoviendo la solidaridad, la corresponsabilidad y la transparencia. Las respuestas obtenidas de los municipios participantes brindan una clara oportunidad para aproximarse a la realidad que se vive en este ámbito de actividad pública local; así como también, para establecer líneas de cooperación y colaboración en red de los gobiernos locales de la alternativa democrática y elevar sus capacidades de gestión.

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1

DESARROLLO DE LA POLÍTICA PÚBLICA

DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA MUNICIPAL

Prof. Miguel González Marregot

Introducción

El avance en el ámbito local obtenido por las candidaturas; tanto de alcaldes como de concejales

en las pasadas elecciones del año 2013, obliga -sin duda alguna- a potenciar las capacidades

estratégicas y operativas de cada uno de los gobiernos municipales de la MUD, en el marco de un

esfuerzo mayor para fortalecer la alternativa democrática de gobierno en Venezuela.

La participación ciudadana en el gobierno municipal, en el Consejo Local de Planificación Pública y

en la actividad legislativa constituye un tema trascendente para lograr un buen gobierno municipal

comprometido con el pueblo y con el progreso. En tal sentido, el Programa de Apoyo a la Gestión

de los Gobiernos Municipales (PAGGM) emprendió un estudio preliminar y exploratorio mediante

la aplicación de un cuestionario simple en veinticinco (25) municipios; bajo el gobierno de alcaldes

de la alianza democrática con el propósito general de conocer la situación de la política pública de

participación ciudadana municipal de este año. La encuesta fue aplicada desde Mayo hasta

Octubre de 2014 y, fue respondida por los funcionarios responsables de las políticas de

participación ciudadana de su respectiva alcaldía.

Para la alianza democrática y el PAGGM, el municipio representa el espacio ideal para el

autogobierno y el ejercicio de la soberanía de los vecinos. Se trata de ejercer un gobierno y una

legislación basados en la participación, la cercanía e inclusión de los vecinos promoviendo la

solidaridad, la corresponsabilidad y la transparencia. Las respuestas obtenidas de los municipios

participantes brindan una clara oportunidad para aproximarse a la realidad que se vive en este

ámbito de actividad pública local; así como también, para establecer líneas de cooperación y

colaboración en red de los gobiernos locales de la alternativa democrática y elevar sus

capacidades de gestión.

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1.- Objetivos y características de la encuesta

Los objetivos de la encuesta sobre el desarrollo de una política pública municipal fueron los

siguientes:

- Determinar el nivel de desarrollo institucional del Consejo Local de Planificación Pública en

los municipios seleccionados,

- Precisar las principales actividades técnico-comunitarias realizadas por las alcaldías en su

relación con las comunidades organizadas de su municipio,

- Conocer el alcance del ordenamiento legislativo en materia participativa y socio-

comunitario de los municipios encuestados y,

- Establecer un ranking de rendimiento municipal en materia de política pública de

participación ciudadana.

Los veinticinco (25) municipios que colaboraron en la recolección de la información de la encuesta

fueron los siguientes:

Entidad Federal

Número por

entidad Municipios

Aragua 1 San Sebastián de Los Reyes

Barinas 2 Barinas y Antonio José de Sucre.

Lara 3 Iribarren, Jiménez y Palavecino

Mérida 4 Alberto Adriani, Libertador, Rangel y Rivas Dávila.

Miranda 3 Baruta, Chacao y Sucre.

Nueva Esparta 4 Arismendi, Maneiro, Mariño y Marcano.

Sucre 2 Arismendi y Bolívar.

Trujillo 4 Miranda, Rangel, San Rafael de Carvajal y Valera

Zulia 2 Lagunillas y Valmore Rodríguez.

La muestra de municipios comprendió a ocho (8) entidades de la región andina, seis localidades (6)

de la región oriental, cinco (5) municipios de la región centro-occidental, cuatro entidades de la

región central y dos (2) de la región zuliana.

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Cabe mencionar que, nueve (9) de los veinticinco (25) municipios encuestados son gobernados por

alcaldes de la alternativa democrática, mientras que los dieciséis (16) municipios restantes fueron

ganados al bloque oficialista; produciéndose un cambio de gobierno.

En cuanto al aspecto demográfico, la muestra de entidades municipales se agrupó en cuatro (4)

categorías, tomando en cuenta la proyección del año 2013 realizada por el Instituto Nacional de

Estadística (INE); con base al censo de población del año 2011 y la clasificación establecida para los

municipios en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (año 2005):

Tamaño poblacional de los municipios de la muestra

Más de 600.001 habitantes 2

300.001 y 600.000 habitantes 2

100.001 – 300.000 habitantes 7

15.000 – 100.000 habitantes 14

Cabe señalar que, el mayor número de municipios se ubica en el rango poblacional

correspondiente a 15.000-100.000 habitantes; lo cual es comprensible porque en las elecciones

municipales de 2013 la mayoría de los triunfos de la alternativa democrática se obtuvieron en ese

segmento (en 44 de las 77 alcaldías ganadas en el 2013).

Siguiendo los datos del INE del año 2011, la muestra recoge a cuatro (4) municipios con un nivel de

índice de necesidades básicas insatisfechas (NBI) por debajo del 10%; once (11) alcaldías se ubican

entre 11% y 20% de NBI; cinco municipios (5) en ubicadas en un rango de 21% y 30% de hogares

pobres y tan sólo cinco (5) entidades locales con más de un 31% hogares con necesidades básicas

insatisfechas.

Índice de necesidades básicas insatisfechas

% N° Municipios

Menos de 10% 4 Baruta, Chacao (Miranda), Libertador (Mérida) y Maneiro (Nueva Esparta).

11% - 20% 11 Barinas (Barinas), Palavecino (Lara), Alberto Adriani, Rangel y Rivas Dávila (Mérida), Sucre (Miranda), Arismendi y Marcano (Nueva Esparta), San Rafael de Carvajal, Rafael Rangel y Valera (Trujillo).

21% - 30% 5 San Sebastián de Los Reyes (Aragua) Jiménez (Lara), Mariño (Nueva Esparta), Bolívar (Sucre) y Lagunillas (Zulia)

Más de 31% 5 Antonio José de Sucre (Barinas), Iribarren (Lara), Arismendi (Sucre), Miranda (Trujillo) y Valmore Rodríguez (Zulia).

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2.- Sobre la situación institucional de los Consejos Locales de Planificación Pública

Los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) son organismos recientes, que aún no llegan a

tres lustros de su creación. Por lo tanto, puede considerarse que son instituciones que se

encuentran en período de consolidación en medio de circunstancias no muy favorables.

Al Consejo Local de Planificación Pública (CLPP) le corresponde la rectoría de la función de

planificación en cada municipio. El CLPP es una figura constitucional (artículo 182 de la CRBV) y

también está incluida en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ley de Planificación

Pública y Popular y el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno.

Por otra parte, los CLPP poseen su propia Ley (años: 2002, 2006 y 2010), con un componente

legislativo adicional representado en las ordenanzas que cada municipio tendría que aprobar para

su creación. Por último, cada Consejo Local de Planificación Pública también requeriría de un

Reglamento Interno para su adecuado funcionamiento.

Los datos obtenidos en materia institucional

Categoría Sí No

Existencia de ordenanza del CLPP en el municipio 25 0

Vigencia del CLPP del municipio 5 20

Existencia de un reglamento interno del CLPP 11 14

Posee Secretaría el CLPP 21 4

Tiene Sala Técnica el CLPP 14 11

Se reúne periódicamente 18 7

2.1.- En cuanto a la ordenanza del CLPP

Los veinticinco (25) municipios encuestados afirmaron que en su municipio existía una ordenanza

del Consejo Local de Planificación Pública. La primera Ley de los Consejos Locales de Planificación

Pública (CLPP) data del año 2002; siendo objeto de reformas en los años 2006 y 2010. Los CLPP

tienen atribuciones específicas que deberían estar recogidas en su ordenanza respectiva. La

presencia de ordenanzas en los municipios es un indicador positivo para el soporte institucional de

una política de participación ciudadana.

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2.2.- Sobre la vigencia del Consejo Local de Planificación Pública

Sólo cinco (5) municipios manifestaron que su respectivo CLPP estaba vigente al momento de

llenar la encuesta. Esos municipios fueron: Iribarren (Lara), Rivas Dávila (Mérida), Bolívar (Sucre),

Miranda y Carvajal (Trujillo) y, aunque para el momento en que se realiza este informe, otros

municipios quizás hayan podido renovar sus respectivos CLPP, queda claro, que aún existe un paso

pendiente a resolver; por parte de nuestros alcaldes y sus equipos, para ocupar todo el espacio

institucional del gobierno local.

Por otra parte, los CLPP no renovados pueden convertirse en obstáculos para el cumplimiento de

las funciones de las alcaldías en materia de planificación territorial y de inversión local; además de

dejar a los alcaldes expuestos a sanciones políticas y administrativas no deseadas.

2.3.- En cuanto al Reglamento Interno del CLPP

Once (11) municipios afirmaron tener un Reglamento Interno aprobado por el que se rige el

funcionamiento interno del CLPP. Este hecho enuncia una insuficiencia institucional que

compromete la capacidad legal y operativa del Consejo Local de Planificación Pública; pues genera

un margen de discrecionalidad que pude incidir de manera negativa en sus procesos de

instalación, deliberación y toma de decisiones. De igual manera, expresa el bajo nivel de

formalización de esas instancias para cumplir con ciertos requisitos de funcionamiento de acuerdo

a su propio marco legal.

2.4.- Sobre la Secretaría del CLPP

Veintiún (21) municipios afirmaron tener cubierto la Secretaría del CLPP; lo cual es una

demostración de la comprensión que se tiene en las alcaldías, sobre la importancia que reviste ese

cargo para el funcionamiento de ese organismo. La Secretaría del Consejo Local de Planificación

Pública además de difundir los acuerdos y decisiones de la Plenaria de ese organismo, debe

realizar el seguimiento a la ejecución de los mismos; así como llevar el registro de las

organizaciones vecinales y comunitarias del municipio. Cumple una función de apoyo estratégico a

la gestión del CLPP. Los cargos de la Secretaría tienen que renovarse anualmente, lo que sugiere

una evaluación de su rendimiento.

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2.5.- En cuanto a la Sala Técnica del CLPP

La Sala Técnica es la unidad de apoyo especializado del CLPP conformado por un equipo

multidisciplinario, mínimo de tres (3) personas habitantes del municipio, seleccionadas mediante

concurso público de credenciales. La encuesta arrojó que catorce (14) municipios han

seleccionado sus respectivas Salas Técnicas. Este déficit institucional dificultaría -sin a lugar a

dudas-, la gestión operativa de esos CLPP, para asumir procesos técnicos como preparación y

evaluación de proyectos locales y la conducción del proceso de presupuesto participativo.

La inexistencia de la Sala Técnica comprometería la adecuada realización de procesos específicos;

tales como: el diseño e implementación para la formulación, ejecución, seguimiento y control del

plan municipal de desarrollo y de otros planes del municipio. Así como también el asesoramiento a

los vecinos, las comunidades y los movimientos sociales en sus procesos de organización

democrática y plural y/o en la preparación de proyectos de inversión local.

2.6.- Sobre la realización de reuniones periódicas

Dieciocho (18) municipios una muy amplia mayoría de la muestra indicaron que sus respectivos

Consejos Locales de Planificación Pública se reunían periódicamente. La Ley de los CLPP establece

que tales organismos tendrían que reunirse al menos una vez al mes de manera ordinaria. La

tendencia general que se ha observado es que los CLPP no se reúnen con frecuencia.

3.- Sobre la función de planificación y los CLPP en los municipios encuestados

El Consejo Local de Planificación Pública es la instancia de planificación del municipio y es el

órgano encargado de diseñar el plan municipal de desarrollo y otros planes como el plan municipal

de desarrollo urbano local, planes sectoriales y especiales y la elaboración del plan anual de

inversión municipal.

Los datos obtenidos en materia de planificación

Categoría Sí No

Elaboración del plan municipal de desarrollo 10 15

Elaboración del plan de desarrollo urbano local 12 13

Elaboración del plan anual de inversión municipal 18 7

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3.1.- El Plan Municipal de Desarrollo

Diez (10) entidades locales respondieron en forma positiva sobre la elaboración del Plan Municipal

de Desarrollo (PMD). En general, la valoración que se otorga a estos planes es baja en la mayoría

de los municipios del país, pese a que los acaldes además de presidir los CLPP, les corresponde

presentar ante ese organismo el Plan Municipal de Desarrollo; con base a los lineamientos del

programa de gestión presentado a los electores. Es decir, se pierde un esfuerzo y una posibilidad

de elevar el horizonte estratégico y las capacidades operativas en algunas alcaldías.

3.2.- El Plan de Desarrollo Urbano Local

La situación mejora levemente en cuanto a la elaboración de los Planes Municipales de Desarrollo

Urbano Local; pues doce (12) municipios afirmaron haber cumplido con su elaboración. Los Planes

de Desarrollo Urbano Local contienen el ordenamiento urbano y urbanístico del municipio y deben

ser aprobados por el Concejo Municipal.

3.3.- El Plan Anual de Inversión Municipal

Dieciocho (18) municipios indicaron la elaboración del Plan Anual de Inversión Municipal, cuestión

que es comprensible; pues este plan está directamente vinculado a la aprobación de la ordenanza

del presupuesto anual de cada entidad local por su respectiva Cámara Municipal. El plan de

inversión contiene las propuestas y solicitudes que presentaron las comunidades y vecinos

organizados por medio del presupuesto participativo.

4.- Sobre el Presupuesto Participativo

El presupuesto participativo constituye uno de los principales procesos de participación ciudadana

que se desarrolla en los municipios venezolanos. El presupuesto participativo está contemplado

en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, artículo 184); así como

también, en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 234) y la Ley de los Consejos

Locales de Planificación Pública (LCLPP, 33-39).

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Los datos obtenidos sobre el Presupuesto Participativo

Categoría Sí No

Ordenanza de presupuesto participativo 10 15

Realización de diagnóstico participativo 22 3

Lapso de recepción de propuestas 17 8

Lapso de selección técnica de propuestas 18 7

Información a las comunidades de los resultados del proceso 20 5

En cuanto a la práctica del Presupuesto Participativo, la encuesta ofreció resultados ampliamente

positivos, a pesar de que solamente diez (10) municipios reconocieron poseer una ordenanza que

reglamentara su aplicación. Los procesos inherentes al presupuesto participativo; tales como el

diagnóstico participativo y la información a las comunidades de los resultados de ese proceso

fueron mayoritariamente reconocidos con veintidós (22) y veinte (20) menciones;

respectivamente.

También los gobiernos locales encuestados señalaron el cumplimiento de ciertas normas en la

práctica del presupuesto participativo como los lapsos para la recepción de propuestas y para la

selección de las mismas. Un detalle que contrasta frente a la mayoritaria y saludable práctica del

presupuesto participativo municipal es la ausencia de Salas Técnicas en once (11) de los

municipios encuestados; es decir, se práctica el presupuesto participativo pero se carece en buena

parte de instancias del CLPP que optimen su realización.

5.- Situación de la transferencia de programas y servicios públicos en la muestra de municipios

La transferencia de programas y servicios de los estados y municipios, mediante convenios de

gestión, hacia entidades no gubernamentales y comunidades organizadas que demuestren

capacidades de ejecutarlos con eficacia y eficiencia está contemplada en la Constitución Nacional

(CRBV), en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPP) y también dentro de las funciones

atribuidas a los Consejos Locales de Planificación Pública.

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Los datos obtenidos en materia de transferencia de programas y servicios

Categoría N° de transferencias efectuadas

Desechos Sólidos 5

Instalaciones Recreativas 5

Deporte 5

Programas Sociales 4

Atención Primaria a la Salud 4

Cultura 2

Educación Inicial 2

Once (11) municipios encuestados manifestaron tener convenios de transferencia para la

ejecución de programas y servicios. Los municipios Iribarren y Jiménez del estado Lara

manifestaron que tienen convenios sobre la recolección de desechos sólidos. El municipio Alberto

Adriani (Mérida) indicó que tienen convenios de transferencia en el área de instalaciones

recreativas, atención primaria a la salud y programas sociales; mientras que el municipio Rivas

Dávila también del estado Mérida registra convenios solo en el área de instalaciones recreativas.

Del estado Trujillo, los municipios Miranda y Rangel, indicaron que tenían suscritos convenios de

transferencia en el área deportiva; mientras que el municipio Valera transfirió la gestión de

instalaciones recreativas. Del estado Nueva Esparta, el Municipio Marcano ha establecido la

transferencia en el área de desechos sólidos, educación y atención primaria a la salud.

Del estado Zulia, el municipio Lagunillas estableció convenios de transferencia en sus programas

sociales y el municipio Valmore Rodríguez lo hizo en deporte. Dos casos a destacar en esta área,

son el municipio San Sebastián de Los Reyes (Aragua) que indicaron la realización de

transferencias en las seis (6) de las siete (7) áreas consultadas; a saber: desechos sólidos, cultura,

deporte, instalaciones recreativas, atención primaria a la salud y programas sociales; y el

municipio Antonio José de Sucre (Barinas) que respondió afirmativamente sobre cada una de las

competencias en consulta.

6.- Balance de la actividad técnica comunitaria de las alcaldías en los municipios encuestados

Las alcaldías se encuentran en la obligación legal de realizar actividades de acompañamiento

comunitario por constituir la unidad político-territorial primaria de la República y ser la más

cercana a la población; y, por tener la obligación de incorporar de manera efectiva, suficiente y

oportuna a los ciudadanos en la gestión de los asuntos locales.

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En tal sentido, a la organización de las comunidades; así como también la sistematización de sus

demandas y el impulso de cursos de capacitación son actividades imprescindibles en una gestión

basada en la participación.

Los datos obtenidos en materia de actividad técnica-comunitaria

Categoría Sí No

Apoyo a la Organización Comunitaria 19 6

Elaboración de Mapa de Necesidades 13 12

Constitución de Banco de Proyectos 13 12

Realización de Cursos de Formación Comunitaria 18 7

La encuesta recogió una actitud muy favorable con diecinueve (19) y dieciocho menciones;

respectivamente hacia las actividades referidas a la “organización de las comunidades” y hacia “la

realización de cursos de capacitación ciudadana”. El déficit se evidencia de nuevo, en los procesos

que requieren una sistematización de las demandas de las comunidades organizadas como lo son:

la “elaboración de mapas de necesidades” y la “constitución de banco de proyectos”. En ambos

casos registró la cantidad de trece (13) menciones y quedó por debajo de los otros procesos

consultados.

7.- Sobre el desarrollo legislativo

Las ordenanzas constituyen el cuerpo normativo esencial de la vida en un municipio en el marco

de las competencias atribuidas por la Constitución de la República y las leyes nacionales. La

función legislativa corresponde al Concejo Municipal integrado por los concejales. Además, el

Concejo Municipal ejercerá el control político sobre los órganos ejecutivos del municipio.

En el marco del ejercicio de sus funciones deliberantes y legislativas corresponde al Concejo

Municipal promover los mecanismos que contribuyan a garantizar en forma eficiente, suficiente y

oportuna la participación ciudadana en los procesos de formación, ejecución, control y evaluación

de la gestión pública local.

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Los resultados obtenidos en cuanto a desarrollo legislativo

Puesto Ordenanza Número de Municipios

1 Niñez y Adolescencia 14

2 Protección a Personas con Discapacidad 10

2 Presupuesto Participativo 10

4 Derechos de la Mujer 9

5 Participación Ciudadana 7

5 Acceso a la Información Pública 7

7 Derechos de la Tercera Edad 5

7 Contraloría Social 5

7 Medios de Comunicación Alternativos 5

10 Actividad Económica 4

10 Consejos Comunales 4

12 Asociaciones Vecinales 3

12 Juntas Parroquiales Comunales 3

14 Poder Popular 2

14 Justicia de Paz 2

16 Comunas 1

El tema social ocupó el primer lugar en cuanto a la frecuencia de ordenanzas existentes en los

municipios encuestados. En efecto, de las cinco (5) ordenanzas con mayor número de menciones

tres (3) son del área social, o pretenden atender a sectores expuestos a mayor vulnerabilidad;

tales como: niñez y adolescencia (14), protección a personas con discapacidades (10) y derechos

de la mujer (9); lo cual refleja una priorización de las políticas hacia ese sector. La política pública

de participación aparece también incluida y, por supuesto, de manera amplia y diversa en varias

ordenanzas; siendo las de Presupuesto Participativo (10), Participación Ciudadana (7) y Acceso a la

Información Pública (7) las que obtuvieron mayor cantidad de menciones.

Ahora bien, en términos sectoriales, las cuatro (4) ordenanzas de naturaleza social obtuvieron

treinta y ocho (38) menciones; mientras que las doce (12) referidas a la participación ciudadana

recibieron cuarenta y ocho (48) menciones. Un comentario adicional merece la escasa mención

referida al tema de los Consejos Comunales (5), Poder Popular (2) y Comunas (1), lo que señalaría

su muy baja incidencia en el ámbito legislativo municipal. Quizás esto se deba a la existencia de un

conjunto de leyes nacionales que crean y reglamentan directamente esas organizaciones para-

estatales.

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8.- En cuanto a la composición del tejido socio-comunitario en los municipios

Un elemento trascendente para el desarrollo de la política pública de participación ciudadana lo

constituye el tejido organizativo local que existe en el municipio, que además representa la

mediación y contrapartida natural con el gobierno municipal en cuanto a las políticas de

participación impulsadas desde la administración pública municipal.

En este primer sondeo se incluyeron para la cuenta a cuatro (4) tipos de organizaciones:

territoriales, sociales, temáticas y de derechos.

Los resultados obtenidos en cuanto al tejido socio-comunitario

Puesto Tipo de Organización Número de Municipios

1 Consejos Comunales 25

2 Culturales 23

3 Deportivas 22

4 Cooperativas 19

5 Juveniles 18

5 Medios de Comunicación Alternativos 18

7 Asociaciones Vecinales 16

8 Comunas 14

9 Ambientales 13

9 Comités de Protección a Discapacitados 13

9 Mujeres 13

12 Campesinas 12

12 Consejos Educativos 12

12 Unidades Socio-Productivas 12

15 Emprendedores 11

15 Niñez y Adolescencia 11

17 Empresas Comunales 8

17 Pescadores 8

19 Personas en Situación de Calle 7

19 Contralorías Sociales 7

21 Derechos Humanos 5

22 Indígenas 3

23 Justicia de Paz 2

Los resultados indican la presencia de Consejos Comunales en los veinticinco (25) municipios

encuestados. De esta forma, los Consejos Comunales se constituyen en la forma organizativa

comunitaria de mayor presencia en los municipios. Sin embargo, la medición también recoge la

presencia importante de otras expresiones asociativas en el ámbito local.

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En efecto, muy cerca de los Consejos Comunales, se encuentran las organizaciones temáticas

como los “grupos culturales” con veinticinco (25) menciones; y también las “entidades deportivas”

con veintitrés (23) menciones. Por otra parte, las “cooperativas” aparecen en tercer lugar, con

diecinueve (19) menciones; por parte de los municipios consultados.

En términos generales, la distribución porcentual de las organizaciones por sector de actividad

sería la siguiente:

Puesto Tipo de organización

Organizaciones Porcentaje

1 Temáticas Ambientales, Culturales, Deportivas y Medios de Comunicación Alternativos

31

2 Sectoriales Campesinas, Emprendedores, Indígenas, Juveniles, Mujeres y Pescadores

26

3 Territoriales Asociaciones Vecinales, Consejos Comunales y Comunas

19

4 Económicas Cooperativas, Empresas Comunales y Unidades Socio-Productivas

17

5 De Derechos Contralorías Sociales, Derechos Humanos, Niñez y Adolescencia, Justicia de Paz, Comités de Protección a Discapacitados y Personas en Situación de Calle

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9. Hacia un ranking municipal en política pública de participación ciudadana

La construcción de un “ranking” de la gestión de la política pública de participación ciudadana

permitirá evaluar los avances que realicen los gobiernos municipales en ese campo. Con los datos

recogidos en el sondeo realizado por el PAGGM se construyeron dos (2) tablas de posición que

recogerían; en primer lugar, el desarrollo institucional de la política de participación ciudadana

desde el contexto del Consejo Local de Planificación Pública y sus procesos vinculados; tales como:

la planificación, la transferencia de programas y servicios y, la actividad técnica comunitaria. En

segundo lugar, se elaboró un ranking del desarrollo legislativo de los municipios encuestados en la

política pública de participación ciudadana. Con ambos “rankings” no se busca descalificar la

gestión de los municipios; sino mostrar el tratamiento y el avance que la política de participación

ciudadana obtiene en cada municipalidad.

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Índice de desarrollo institucional para la política de participación ciudadana

Índice de desarrollo legislativo para la política de participación ciudadana

Puesto Municipio IDIPPC Puesto Municipio IDLPPC

1 San Sebastián de Los Reyes (Aragua)

0.80 1 Antonio José de Sucre (Barinas) 0.92

2 Marcano (Nueva Esparta) 0.70 2 Chacao (Miranda) 0.77

3 Lagunillas (Zulia) 0.65 2 Marcano (Nueva Esparta) 0.77

4 Antonio José de Sucre (Barinas) 0.60 4 Baruta (Miranda) 0.69

4 Iribarren (Lara) 0.60 5 Rangel (Mérida) 0.62

4 San Rafael de Carvajal (Trujillo) 0.60 6 Lagunillas (Zulia) 0.46

7 Barinas (Barinas) 0.55 6 Miranda (Trujillo) 0.46

8 Chacao (Miranda) 0.50 8 Alberto Adriani (Mérida) 0.38

8 Rivas Dávila (Mérida) 0.50 8 Libertador (Mérida) 0.38

8 Valera (Trujillo) 0.50 8 Palavecino (Lara) 0.38

11 Sucre (Miranda) 0.47 8 Valmore Rodríguez (Zulia) 0.38

12 Alberto Adriani (Mérida) 0.45 12 San Sebastián de Los Reyes (Aragua)

0.31

12 Miranda (Trujillo) 0.45 12 Arismendi (Sucre) 0.31

12 Palavecino (Lara) 0.45 14 Valera (Trujillo) 0.23

12 Valmore Rodríguez (Zulia) 0.45 15 Barinas (Barinas) 0.15

16 Baruta (Miranda) 0.40 16 Iribarren (Lara) 0.15

16 Jiménez (Lara) 0.40 16 Jiménez (Lara) 0.15

16 Rangel (Mérida) 0.40 16 Rivas Dávila (Mérida) 0.15

19 Arismendi (Nueva Esparta) 0.35 16 Maneiro (Nueva Esparta) 0.15

19 Maneiro (Nueva Esparta) 0.35 16 San Rafael de Carvajal (Trujillo) 0.15

19 Mariño (Nueva Esparta) 0.35 21 Arismendi (Nueva Esparta) 0.08

22 Rangel (Trujillo) 0.30 21 Bolívar (Sucre) 0.08

23 Libertador (Mérida) 0.20 21 Mariño (Nueva Esparta) 0.08

24 Arismendi (Sucre) 0.15 21 Sucre (Miranda) 0.08

25 Bolívar (Sucre) 0.10 21 Rangel (Trujillo) 0.08

Valores del ranking de política de participación ciudadana

Nivel de desarrollo institucional Nivel de desarrollo legislativo

0.80 - 1 Desarrollo institucional muy alto 0.80 - 1 Desarrollo legislativo muy alto

0.60 – 0.79 Desarrollo institucional alto 0.60 – 0.79 Desarrollo legislativo alto

0.40 - 0.59 Desarrollo Institucional medio 0.40 - 0.59 Desarrollo legislativo mediano

0.20 - 0.39 Desarrollo institucional bajo 0.20 - 0.39 Desarrollo legislativo bajo

Hasta 0.19 Desarrollo institucional muy bajo Hasta 0.19 Desarrollo legislativo muy bajo

MGM/PAGGM/Diciembre, 2014