Induccion y Reinduccion

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INDUCCION ALCALDIA MUNICIPAL

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INDUCCION EN SALUD OCUPACIONAL

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MISION

El municipio de Barrancabermeja tiene como misión afianzar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio.

La Administración Municipal de Barrancabermeja se desarrolla conforme a los principios, de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, con el fin de atender las competencias legales inherentes al Municipio .

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VISION

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ALCALDES ELEGIDOS POR VOTO POPULAR (1989 - 2012)

1 de enero de1989 - 31 de diciembre de 1991

- Jorge Gómez Villamizar

1enero de  de 1992 - 31 de diciembre de 1994 - Elkin David Bueno

1 de enero de 1995 - 31 de diciembre de 1997 - Mario Evan Neme

1 de enero de 1998 - 31 de diciembre de 2000 - Elkin David Bueno

1 de enero de 2004 - 31 de diciembre de 2007 - Edgar Cote Gravino

1 de enero de 2008 - 31 de diciembre de 2011 - Carlos Alberto Contreras

1 de enero de2012 - 31 de diciembre dé 2015

- Elkin David Bueno

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ORGANIGRAMAS

ALCALDIA MUNICIPIO DE BARRANCABERMEJA

SECRETARIA GENERAL MUNICIPIO DE BARRANCABERMEJA

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ORGANIGRAMAS

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SECRETARIO GENERAL

COORDINADOR SALUD OCUPACIONALMervin Castrillo

COMITÈ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

MEDICINA LABORALMEDICO Y/O

ENFERMERA JEFE ESP. EN S.O. (2 )

Seguridad Industrial

Higiene ocupacional

Medicina preventiva y del trabajo

Medicina Laboral y Actividades de Promoción y

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GESTOR DE RIESGO III TECNICO EN S.O. (6)

GESTOR DE RIESGO III TECNICO ( 3 )

Actividades de Seguridad Industrial - EPP

Evert Alvarado Practicante HSE

Alejandro Henao Practicante

Emerita Saurith Practicante HSE

Nora Practicante HSE

Wendy Practicante HSE

BRIGADA DE EMERGENCIAS

Ejecución del plan de emergencias

( Luis Alberto Guiza )

GESTOR DE RIESGO IProfesional Universitario – Esp. en Salud Ocupacional

(2)Alberto Guiza

GESTOR DE RIESGO I PROFESIONAL FISIOTERAPETUTA

ESP. EN S.O. ( 2 )Martha Gamarra

Programa de Biomecánica y Ergonomía

APOYO ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES A.R.P. POSITIVA

Programa de Pausas Saludables

Gustavo Amariz CONDUCTOR I

ASISTENTE ADMINISTRATIVAGestión

Documental

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SALUD OCUPACIONAL

Rama de la salud pública que ejerce sus acciones con y para los trabajadores de la empresa, orientadas a prevenir los accidentes y las enfermedades ocasionados por el trabajo, aumentar su bienestar y contribuir al desarrollo y progreso de la sociedad.

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SS

CONJUNTO

Para mejorar la calidad de vida

Individuo

Familia

Sociedad

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD “SGSSS”

Instituciones Normas ley 100 Procedimientos

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SS: Eventos que nos brinda

• SALUD:

- Cotizante- Subsidiado - Vinculado

  • RIESGOS PROFESIONALES:

- Pensión por invalides- Muerte

• PENSION:

- Invalides - Vejez- Muerte

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DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE REGLAMENTAN LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA

Ley 9a. de 1979: Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.

Resolución 2400 de 1979 de Ministerio de Trabajo : Conocida como el "Estatuto General de Seguridad", trata de disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

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Decreto 614 de 1984 de Min. Trabajo y Min. Salud: Crea las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país.

Resolución 2013 de 1986 de Ministerio de Trabajo: Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas.

Resolución 1016 de 1989 de Ministerio Trabajo: Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas.

Ley 100 de 1993 de Ministerio de Trabajo: Se crea el régimen de seguridad social integral.

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Decreto 1295 de 1994 de Ministerio de Trabajo y Min. de Hacienda:

1. Dicta normas para la autorización de las Sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y accidente de trabajo.

2. Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos profesionales (SGRP). 3. Establece la afiliación de los funcionarios a una entidad Aseguradora en Riesgos Profesionales (A.R.P)

Decreto 1281 de 1994 de Ministerio Trabajo: Reglamenta las actividades de alto riesgo.

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Decreto 1542 de 1994 de ministerio de trabajo : reglamenta la integración y funcionamiento del comité nacional de salud ocupacional.

Decreto 1346 de 1994 de ministerio de trabajo : por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las juntas de calificación de invalidez.

Decreto 1771 de 1994 de ministerio de trabajo : reglamenta los reembolsos por accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Decreto 1772 de 1994 de ministerio de trabajo: por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al sistema general de riesgos profesionales.

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Decreto 1831 de 1994 de ministerio de trabajo :expide la tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales.

Decreto 1832 de 1994 de ministerio de trabajo :por el cual se adopta tabla de enfermedades profesionales

Decreto 1834 de 1994 de ministerio de trabajo: por el cual se reglamenta el funcionamiento del consejo nacional de riesgos profesionales.

Decreto 1835 de 1994 de ministerio de trabajo: reglamenta actividades de alto riesgo de los servidores públicos.

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Decreto 2644 de 1994 de ministerio de trabajo: tabla única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral.

Decreto 692 de 1995 de ministerio de trabajo: manual único para la calificación de la invalidez.

Decreto 1436 de 1995 de ministerio de trabajo: tabla de valores combinados del manual único para la calificación de la invalidez.

Decreto 2100 de 1995 de ministerio de trabajo: clasificación de las actividades económicas.

Resolución 4059 de 1995:reportes de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

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Resolución 0652/ 2012 de ministerio de trabajo: por la cual se establece la conformación y funcionamiento del comité de convivencia laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.

Ley 1010/ 2006 congreso de la república, Por medio de la cual se adoptan medidas para Prevenir, Corregir y sancionar el Acoso Laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

Resolución 2046/2008 por medio de la cual, Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la  exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional 

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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.

El empleador será responsable:

Del pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio.

Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, dentro de los plazos que para el efecto señale el reglamento. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la empresa, y procurar su financiación.

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Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el comité paritario de salud ocupacional o el vigía ocupacional correspondiente. Facilitar la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional.

Informar a la entidad administradora de riesgos profesionales a la que esta afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.

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OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.

son deberes de los trabajadores:

Procurar el cuidado integral de la salud.

Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.

Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleadores en el decreto.

Cumplir las normas reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional de la empresa.

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Participar en la prevención de los riesgos profesionales atreves de los comités paritarios de salud ocupacional, o como vigías ocupacionales.

Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberán mantener actualizada la información sobre su domicilio , teléfono y demás datos que sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento.

los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberán informar a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, del momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgo la pensión.

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EQUIPO DE TRABAJO SALUD OCUPACIONALALCALDIA MUNICIO DE BARRANCABERMEJA

•MERVIN JOSE CASTRILLO VALLE Coordinador de salud ocupacional.

•FERNANDO VEGA DEVIA

•CARLOS ANDRES PEREZ

•LUIS ALBERTO GUIZA

•FERNANDO CALDERON

•JORGE ALBERTO MORALES

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•WENDY VANESA CORTESPracticante UNIPAZ (Tecnólogo en higiene y seguridad industrial)

•NOHORA RITA ROMERO CASTROPracticante SENA (Tecnólogo en gestión de calidad medio ambiente, seguridad y salud ocupacional)

•EVER ALVARADOPracticante UNIPAZ (Tecnólogo en higiene y seguridad industrial)

•EMERITA SAURITH HERRERAPracticante UNIORIENTE (Técnico en seguridad ocupacional)

•ALEJANDRO HENAO MESINOPracticante UNIORIENTE (Técnico en seguridad ocupacional)

MARIA ANGELICA MUÑOZ SIERRAPracticante UNIORIENTE (Técnico en seguridad ocupacional)

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FACTORES DE RIESGO.

PUEDEN SER:

Psicosociales.

Fisiológicos

Ergonómicos

Físico –Químicos

Biológicos

De Elevación o del altura

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CLASIFICACIÓN TIPO DE RIESGO EJEMPLOS

Clase I

Contempla actividades consideradas de riesgo mínimo

   Mayor parte de actividades comerciales   Actividades financieras   Trabajos de oficina   Centros educativos   Restaurantes

Clase II

Actividades de riesgo bajo

   Algunos procedimientos manufactureros como la fabricación de tapetes, tejidos, confecciones.   Almacenes por departamentos   Alunas labores agrícolas

Clase III

Actividades de riesgo medio

   Procesos manufactureros como fabricación de agujas, alcoholes, alimentos, automotores, artículos de cuero

Clase IV

De riesgo alto    Procesos manufactureros como aceites, cervezas, vidrios   Procesos de galvanización   Transporte

Clase V

De riesgo máximo    Areneras   Manejo de asbesto   Bomberos   Manejo de explosivos   Construcción   Explotación petrolera

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Programa de salud ocupacional

El programa de salud ocupacional, consiste en la planeación y ejecución de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial, que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las empresas.

En todas las empresas debe existir un Comité Paritario de Salud Ocupacional, cuya razón de ser es hacer seguimiento para que las  actividades planeadas en el Programa de Salud Ocupacional si se cumplan.

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SUBPROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL 

Subprograma De Medicina Preventiva Y Del Trabajo

Subprograma De Higiene Industrial Subprograma De Higiene Industrial 

Subprograma De Higiene Industrial 

Subprograma De Seguridad Industrial

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  El Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO

Es el organismo de participación, ejecución  y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional