I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 2017/2018 · aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes...
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I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 20172018Plan de Trabajo del Departamento de Orientación.
PLAN DE TRABAJO
DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN
I.E.S. ISABEL DE ESPAÑACurso 2017/2018
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I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 20172018Plan de Trabajo del Departamento de Orientación.
ÍNDICE
1. Introducción............................................................................................3
2. Profesorado que compone el Departamento de orientación............................12
3. Características del centro.........................................................................14
4. Análisis de necesidades y priorización de actuaciones...................................15
5. Planificación de actuaciones......................................................................16
6. Reuniones de coordinación.......................................................................18
7. Horario del orientador..............................................................................20
8. Plan de Trabajo de las profesoras de apoyo a las NEAE...……………………..…………..20
9. Seguimiento y evaluación del Plan de Trabajo ………………………………………..…..20
Anexo I: Plan de Trabajo de las profesoras de apoyo a las NEAE…………………………..22
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1. INTRODUCCIÓN
La concepción de la orientación como actividad educativa, de la que es
responsable todo el profesorado, no está reñida con la asignación de su coordinación a
alguno de los profesores de cada grupo de alumnos. La necesidad de esta figura deriva
de la pluralidad de profesores que da respuesta a los diferentes grupos de alumnos, la
variedad de los objetivos educativos a conseguir y el funcionamiento complejo de los
centros de Secundaria. Con la designación de tutor se pretende personalizar y dar
sistematicidad a los procesos de enseñanza-aprendizaje.
Siguiendo las directrices de "Orientación y Tutoría. Secundaria Obligatoria" (MEC,
Orientación y Tutoría. Secundaria Obligatoria. Materiales para la Reforma, Madrid,
1992) los ejes de intervención o líneas generales serán:
"Enseñar a pensar". Actividades para mejorar la capacidad de aprender y pensar en
los alumnos: técnicas de trabajo intelectual, organización de tiempos y horarios,
autoevaluación…
"Enseñar a ser persona". Ayudar a los alumnos en la construcción de su identidad
personal. Autoestima, adquisición de valores…
"Enseñar a convivir". Desarrollar en los alumnos las capacidades sociales básicas
para una buena convivencia. Técnicas dinámica de grupo, habilidades sociales…
"Enseñar a comportarse". Contribuir a que los alumnos mejoren su capacidad de
adaptación escolar y social. Respeto a las normas de convivencia, desarrollo de la
solidaridad y cooperación…
"Enseñar a decidirse". Enseñar y aprender a tomar decisiones profesionales.
Orientación académica y profesional.
Estos cinco ejes de intervención estarán además impregnados de los llamados Temas
Transversales:
a. Educación Moral y Cívica
b. Educación Ambiental
c. Educación del Consumidor
d. Educación para la Paz
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e. Educación para la Salud
f. Educación Sexual
g. Educación para la Igualdad de Oportunidades de Ambos Sexos
h. Educación Vial.
El Plan de Acción Tutorial y Orientación Profesional del centro recoge las líneas
generales de trabajo con el alumnado priorizadas atendiendo a las necesidades que
presente. Para ello, precisa del aprobado del Claustro de Profesores, después de ser
elaborado con la participación de los Tutores y Jefatura de Estudios, así como con la
colaboración del Departamento de Orientación.
El documento recoge contenidos para que el Tutor/a, dentro de sus funciones,
pueda desarrollar los distintos ámbitos de su actuación con alumnos, familias y equipos
docentes, así como la planificación propuesta para el curso escolar, con la flexibilidad
debida, para dar respuesta a las necesidades de cada grupo de alumnos.
En definitiva, el Plan de Acción Tutorial y Orientación Profesional contiene los
siguientes apartados:
- Los objetivos, competencias, y contenidos que se abordarán desde la tutoría de
manera adecuada a las necesidades del alumnado.
- Las acciones que corresponden al tutor-a con respecto al alumnado, equipo docente,
familias y otros.
- La planificación de dichas acciones a lo largo del curso escolar.
- Los criterios de evaluación del propio plan.
El PATy OP del curso 2017-2018 se elabora considerando como criterios las
memorias realizadas por los profesores tutores acerca de la acción tutorial desarrollada
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en el curso anterior, las propuestas del Equipo Directivo, de la CCP, etc., en función de
un diagnóstico previo de las necesidades educativas y atendiendo a lo establecido por
la normativa vigente para posibilitar el trabajo coordinado con el profesorado en
general del centro y específicamente para colaborar con el profesorado tutor en el
desarrollo de sus funciones como tal, a saber:
1 - El DECRETO 81/2010, de 8 de julio (BOC de 22 de Julio de 2010), por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de
la Comunidad Autónoma de Canarias, expresa que “el proyecto educativo es el
documento institucional de la comunidad educativa que recoge los principios que
fundamentan, dan sentido y orientan las decisiones que generan y vertebran los
diferentes proyectos, planes y actividades del centro. El proyecto educativo deberá
incluir medidas para promover valores de igualdad, interculturalidad, prevención y
resolución pacífica de conflictos erradicando la violencia de las aulas”.
2 – Del Departamento de orientación. Artículo 28.-
1. La orientación educativa y la intervención psicopedagógica constituyen un elemento
inherente a la propia educación, inseparable de toda acción educativa y que afecta al
conjunto de toda la comunidad escolar. El departamento de orientación es el órgano
donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como una oferta curricular
adaptada y diversificada.
2. En educación primaria estas funciones se asumen por la comisión de coordinación
pedagógica.
3. El departamento de orientación estará integrado, al menos, por los siguientes
componentes:
a) El orientador u orientadora que intervenga en el centro.
b) El profesorado especialista para la atención a las necesidades específicas de apoyo
educativo.
c) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito
socio-lingüístico designado por la dirección a propuesta del Claustro.
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d) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito
científico-tecnológico designado por la dirección a propuesta del Claustro.
e) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica de
formación profesional.
f) Podrá incorporarse al departamento de orientación un miembro del claustro que
realice las tareas de información y orientación vinculadas al empleo.
4. La jefatura del departamento de orientación será ejercida preferentemente por el
orientador o la orientadora del centro, y deberá dirigir y coordinar el plan de trabajo del
departamento y la memoria final, en estrecha colaboración con el equipo directivo y
siguiendo las directrices que, a propuesta de la comisión de coordinación pedagógica,
hayan sido aprobadas por el Claustro. También deberá asumir la adquisición y
mantenimiento del material que se le asigne.
5. En caso de baja o ausencia temporal reglamentaria de la persona que ejerza la
jefatura del departamento de orientación, ejercerá sus funciones por suplencia uno de
sus miembros que será designado por la dirección, oído el departamento que podrá
formular propuesta no vinculante.
Competencias del departamento de orientación. Artículo 29.-
a) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación
pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la orientación académica y
profesional, así como del plan de atención a la diversidad.
b) Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e intervención
psicopedagógica para la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo
educativo.
c) Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y procedimientos
para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a los departamentos de
coordinación didáctica y a los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención
a la diversidad.
d) Realizar los informes que corresponden al departamento.
e) Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las propuestas
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de atención a la diversidad.
f) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
- Art. 39, 3, apartado “g”: “el PEC deberá contener la acción tutorial dirigida a
orientar al alumnado en su proceso de aprendizaje académico y profesional,
fomentando la capacidad de elegir de acuerdo con sus intereses, capacidades
y su situación personal, para que desarrolle competencias de gestión
autónoma de su trayectoria profesional desde la perspectiva del empleo, del
autoempleo y del aprendizaje a lo largo de la vida, generar relaciones fluidas
entre el alumnado y la institución escolar, así como entre la escuela y la
familia y desarrollar en el alumnado competencias participativas y de
construcción de valores”.
- Artículo 36, sobre Equipos docentes de grupo:
1. Los equipos docentes de grupo estarán constituidos por el profesorado que
enseña a cada grupo que organiza el centro en cada uno de los niveles educativos que
imparte. Serán coordinados por el profesorado tutor, que será designado por la
dirección del centro a propuesta motivada de la jefatura de estudios.
2. Son atribuciones del profesorado tutor de grupo:
a) Informar al equipo docente de las características del grupo al comienzo del curso
escolar y de cualquier aspecto que se considere relevante a lo largo del curso.
b) Garantizar el desarrollo de la acción tutorial y de la orientación académica y
profesional del alumnado en colaboración con el orientador u orientadora y bajo la
coordinación de la jefatura de estudios.
c) Llevar a cabo el seguimiento de la evolución del alumnado y promover acciones que
favorezcan la corresponsabilidad y el cumplimiento de compromisos educativos entre
las familias y el centro educativo.
d) Controlar las faltas de asistencia y puntualidad y comunicar éstas y otras incidencias
a la jefatura de estudios y a las familias.
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e) Coordinar las medidas necesarias a fin de garantizar un buen clima de convivencia
en el grupo.
f) Coordinar la intervención educativa del personal docente que incide en el grupo
propiciando el trabajo colaborativo entre los miembros del equipo.
g) Dirigir las sesiones de evaluación del grupo y cumplimentar los documentos de
evaluación establecidos en la normativa vigente.
h) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
- Artículo 37, de las “Competencias de los equipos docentes de grupo”:
La función principal de los equipos docentes de grupo es la de evaluar los procesos de
enseñanza y de aprendizaje del alumnado del grupo. Además, tendrán las siguientes
competencias:
a) Llevar a cabo el seguimiento del alumnado y establecer las medidas necesarias
para mejorar su desarrollo personal, escolar y social.
b) Analizar las características del grupo y adoptar medidas que favorezcan la
convivencia, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de discapacidad, de
género o de procedencia.
c) Coordinarse con el departamento de orientación en el seguimiento del alumnado
con necesidades específicas de apoyo educativo.
d) Adoptar las decisiones de promoción al final de cada ciclo en los centros que
imparten educación infantil y educación primaria, teniendo en cuenta los criterios
aprobados por el claustro, a propuesta de la comisión de coordinación pedagógica.
e) Decidir la promoción y, en su caso, la titulación al final de cada curso, en los
centros que imparten educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación
profesional.
f) Colaborar con la comisión de actividades extraescolares y complementarias en la
programación y desarrollo de actividades.
g) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
También se tiene en cuenta, el TEXTO CONSOLIDADO LOGSE-LOMCE (Última
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modificación: 10/12/2013) que se extracta y figura al final en marco normativo.
Del mismo modo, se considera la LEY 6/2014, de 25 de julio, Canaria de
Educación no Universitaria, BOC 7/08/2014, que entró en vigor el 1 de
septiembre de 2014, a la espera de sus desarrollos normativos, de la que se expone un
extracto relacionado al final en marco normativo.
Complementariamente, para la realización de este Plan de Trabajo del
Departamento de Orientación del IES Isabel de España para el curso 2017-2018 se ha
tenido en cuenta entre otros los siguientes referentes normativos:
LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
LOMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa.
DECRETO 23/ 95, de 24 de febrero por el que se regula la Orientación Educativa en
la Comunidad Autónoma de Canarias.
DECRETO 127/2007, de 24 de mayo, por el que se establece la ordenación y el
currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de
Canarias.
ORDEN de 7 de junio de 2007, por la que se regulan las Medidas de Atención a la
Diversidad en la enseñanza básica en la Comunidad Autónoma Canaria.
ORDEN 7 noviembre de 2007, por la que se regula la evaluación y promoción del
alumnado que cursa la enseñanza básica y se establecen los requisitos para la
obtención del Título de graduado en ESO.
ORDEN de 14 de marzo de 2008, por la que se establecen los currículos de los
ámbitos de las materias de Lengua extranjera (Inglés) de los PDC, así como las
orientaciones curriculares de los Programas de Refuerzo reguladas en la Orden 7de
junio de 2007.
RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2008, por la que se regulan las Medidas de
Atención a la Diversidad, de carácter extraordinario e intervención en grupos de
alumnos/as. (Diversificación)
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DECRETO 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad
del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias.
ORDEN de 1 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y
funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos de zona
y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
ORDEN de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado
con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de
Canarias.
RESOLUCIÓN de la DGOIPE de 9 de febrero de 2011, por la que se dictan
instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención educativa del
alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros escolares
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
RESOLUCIÓN de la DGOIPE .Resolución de 31 de agosto de 2012 de la Directora
General de Ordenación , Innovación y Promoción Educativa, por la que se dictan
instrucciones complementarias a la Orden de 1 de septiembre de 2010, por la que
se desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación
educativa y psicopedagógicos de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de
Canarias y la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al
alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la comunidad
Autónoma de Canarias.
RESOLUCIÓN n.º 111 de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que
se dictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros
docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el
curso 2016-2017.Resolución de 31 de agosto de 2012, de la Dirección General de
Ordenación, innovación y promoción educativa por la que se dictan instrucciones
complementarias a la Orden de 1 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la
organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y
psicopedagógica de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y la
Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de
Canarias.
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Funciones de los EOEP de zona
• Colaborar en los diferentes procesos de concreción curricular.
• Valorar las necesidades educativas especiales del alumnado, asesorando en la
respuesta educativa más adecuada, participando en el seguimiento del proceso
de estos alumnos y alumnas.
• Asesorar a los centros y colaborar en la orientación individual y grupal del
alumnado, participando, entre otros, en los diseños de los planes de Acción
Tutorial (PAT), Orientación Profesional, Programas de Cualificación Profesional
Inicial (PCPI) y Acciones Compensadoras de la Educación (ACE).
• Colaborar con el tutor y la tutora en el asesoramiento a las familias sobre el
proceso educativo de sus hijos e hijas, colaborando en el desarrollo de relaciones
cooperativas entre los miembros de la Comunidad Educativa.
• Colaborar con las familias, asociaciones de padres y madres del alumnado,
asociaciones de alumnos y alumnas y otras organizaciones sociales, en aquellos
aspectos que redunden en el proceso educativo del alumnado.
• Colaborar con los centros educativos y otras instituciones en los procesos de
formación de los profesionales de la educación de su sector.
• Promover y desarrollar trabajos de investigación. Elaborar y difundir temas y
materiales relacionados con los procesos educativos.
• Coordinarse con otras instituciones y servicios que incidan en su ámbito de
actuación.
• Favorecer la colaboración que posibilite la coordinación de actuaciones entre los
diferentes centros educativos del sector.
• Colaborar en la elaboración del mapa de necesidades educativas con el fin de
racionalizar los recursos disponibles.
• Colaborar con las instituciones que tengan competencias en la resolución delabsentismo escolar
•
Resumidamente, la Acción tutorial pretende colaborar para el desarrollo,
principalmente, de tres competencias básicas, relacionado con los programas,
planes y proyectos del centro:
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1. Competencia social y ciudadana
2. Competencia para aprender a aprender
3. Autonomía e iniciativa personal
ELEMENTOS FORMATIVOS DE LA ACCIÓN TUTORIAL RELACIONADOS CON LASCOMPETENCIAS BÁSICAS
ELEMENTOS FORMATIVOS COMPETENCIASBÁSICAS
Autoconcepto y autoestimaEducación emocional, afectiva y sexualHabilidades socialesHábitos de vida saludableCoeducaciónEducación medioambiental y para el consumoUso racional y crítico de las TICAprendizaje de una ciudadanía democráticaCooperación y toleranciaEducación para la paz y la resolución pacífica de conflictosUtilización del tiempo libre
Social y ciudadana
Técnicas de estudio y de trabajo intelectualComprensión lectora y animación a la lecturaMejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo a laadquisición de hábitos de estudio.
Aprender aaprender
Exploración de los propios interesesConocimiento del Sistema Educativo y de las salidas académicasEducar en la igualdad de género para la futura elección de estudios y profesionesLa toma de decisiones Conocimiento del mundo laboral y las salidas laborales
Autonomía einiciativa personal
2. PROFESORADO QUE COMPONE EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN
La actuación del departamento de orientación según D.81/2010, de 8 de julio.
Art. 28. Recoge:
1. La orientación educativa y la intervención psicopedagógica constituyen un elemento
inherente a la propia educación, inseparable de toda acción educativa y que afecta al
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conjunto de toda la comunidad escolar. El departamento de orientación es el órgano
donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como una oferta curricular
adaptada y diversificada.
2. El departamento de orientación estará integrado, al menos, por los siguientes
componentes:
a) El orientador u orientadora que intervenga en el centro.
b) El profesorado especialista para la atención a las necesidades específicas de apoyo
educativo.
c) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito
socio-lingüístico designado por la dirección a propuesta del Claustro.
d) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito
científico-tecnológico designado por la dirección a propuesta del Claustro.
e) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica de
formación profesional.
f) Podrá incorporarse al departamento de orientación un miembro del claustro que
realice las tareas de información y orientación vinculadas al empleo.
Los componentes del Departamento de orientación son:
Jefe de Estudios:
Antonio Expósito Dorta
Coordinadora del ámbito socio-lingüístico:
Dácil María Martel Acosta
Coordinador del ámbito científico-tecnológico:
Hermelinda Pujol Yánez
Profesorado de apoyo a las NEAE:
Elisa Isabel Quevedo Betancor
Elías Déniz Domínguez
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Alicia Antúnez Espino
Abraham Díaz Molina
Jefe de Departamento
José Manuel Yanes Cedrés.
3. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO
El Centro cuenta en el presente curso académico con los siguientes grupos:
- Cuatro grupos de 1º de ESO
- Cuatro grupos de 2º de ESO.
- Tres grupos de 3º de ESO y un grupo de 2º PMAR
- Cuatro grupos de 4º de ESO.
- Siete grupos de 1º Bachiller diurnos y dos nocturnos.
- Seis grupos de 2º Bachiller diurnos y dos nocturnos
- Dos grupos 1º PFPA Administración y Gestión.
- Un grupo de 2º PFPA Administración y Gestión.
En Cuanto a las medidas de atención a la diversidad con las que cuenta el Centro
para el curso 2017-2018, se distribuyen de la siguiente forma:
MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
GRUPOS PMAR PROFESORES APOYO A LAS NEAE
1º ESO X
2º ESO X
3º ESO X
4º ESO
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4. ANÁLISIS DE NECESIDADES Y PRIORIZACIÓN DE ACTUACIONES
La Resolución de 2 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Ordenación
e Innovación Educativa por la que se dictan instrucciones de organización y
funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógicos de Zona y
Específicos, plantea líneas prioritarias de actuación:
Línea 1. Establecimiento de medidas de prevención y refuerzo educativo para la
lectura, la escritura y las matemáticas en E. Primaria, especialmente la
comprensión lectora y la expresión escrita.
Línea 2. Mejora de la formación de padres y madres, con la finalidad que las
familias puedan participar, de forma activa, en el proceso educativo de sus hijos.
Línea 3. Adecuación de la oferta a las necesidades del mercado laboral para
facilitar el acceso de nuestros jóvenes a un puesto de trabajo, adaptándonos en
tiempo y forma a la normativa europea en Formación Profesional y Educación
Superior.
Línea 4. Mejora de la convivencia y el clima escolar en los centros.
Línea 5. Intensificar el uso educativo de tecnologías de la comunicación y de la
información en el aula.
Línea 6. Incrementar el número de alumnos y alumnas que se gradúan en la
ESO y continúan cursando la enseñanza pos obligatoria (bachillerato y formación
profesional) mediante medidas de atención a la diversidad.
Línea 7. Facilitar el desarrollo curricular y metodológico de la LOMCE y su
traslado a la práctica docente, especialmente en todo lo relacionado con las
competencias básicas.
Línea 8. Fomentar y dinamizar la educación en valores en la práctica educativa.
Además de mencionar otras prioridades:
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El asesoramiento sobre las adaptaciones curriculares y las competencias
básicas por parte de los orientadores y orientadoras de zona y específicos al
profesorado especialista, al tutor y a los equipos docentes.
En las tareas de trabajo social se priorizaran las actuaciones atendiendo a los
siguientes criterios en este orden: a) colaborar en la prevención y detección
en las situaciones de riesgo y desamparo de la población infanto- juvenil en su
ámbito de EOEP; b) participar en la valoración de los escolares con
necesidades educativas especiales y en aquellas otras necesidades específicas
de apoyo educativo (en adelante, NEAE) que se determinen; c) otras
derivadas de las prioridades establecidas en esta Resolución en lo referente a
las familias.
5. PLANIFICACIÓN DE ACTUACIONES.
5.1 Actuaciones por ámbitos de actuación.
ÁMBITOS DEACTUACIÓN
INTERVENCIONES RESPONSABLES
1. Plan de Acción Tutorial
1.1. Colaboración con lostutores/as en la elaboración y/orevisión del P.A.T.
1.2. Orientación Académica yProfesional. (LOMCE)
1.3. Asesoramiento en lapreparación de las tutorías.
Tutores/as
Jefatura de Estudios
Dpto. de Orientación
2. Atención a ladiversidad
2.1. Actualización de informespsicopedagógicos.
2.2. Valoración y seguimiento delalumnado con NEAE.
2.3. Coordinación con lostutores/as y profesorado de apoyoa las NEAE.2.4. Atención directa al alumnadopara su asesoramiento ypropuesta de medidas educativas
Dpto. de Orientación(profesorado de apoyo alas NEAE y orientadora)
EOEP
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si procede.
2.5. Seguimiento de las medidasde atención a la diversidad.
2.6 Realización de informes paraderivar alumnado a PMAR,PFPB.
2.7. Colaboración con los tutoresy equipos docentes de losalumnos/as que presentendificultades de conducta eintervención con las familias:conocer situación del alumno/a yacciones realizadas; entrevistascon el tutor/a, Equipo Docente,familia, alumno,...
3.AsesoramientoOrganizativo y
Curricular.
3.1. Coordinación con el EquipoDirectivo.
3.2. Coordinación con la Etapa dePrimaria.
3.3. Colaboración en la CCP en losaspectos psicopedagógicos delproyecto educativo.
3.4. Asesoramiento e informaciónen la implantación de la normativanueva LOMCE.
3.5. Participación en el trabajo porámbitos para el desarrollo desituaciones de aprendizajesinterdisciplinares, y desarrollo dela metodología de trabajocolaborativo.
Equipo Directivo
CCP
Dpto. de Orientación(profesores de ámbitos,orientador, jefa deestudio)
4.AsesoramientoFamiliar y a la
ComunidadEducativa.
4.1. Atención directa a Padres yMadres del alumnado que losolicite.
4.2. Colaborar en el seguimientodel Absentismo.
4.3. Colaborar con los tutores enla atención y la participación delos padres y las madres en la vidadel centro. 4.4. Planificar y desarrollarreuniones con la familia porniveles educativos para el trabajo
Dpto. de Orientación
Tutores/as
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de la orientación académica yprofesional.
5.2 Otras actuaciones:
Coordinación con el EOEP de Zona, y con los Equipos Específicos.
Coordinación de las actuaciones con los otros componentes del EOEP de zona.
Coordinación con los Equipos Específicos.
Los responsables son la Orientadora, los componentes del EOEP de zona que interviene
y los Componentes de los Equipos Específicos.
Docencia
Responsable profesorado de apoyo a las NEAE.
Jefatura de Departamento
Dirigir y coordinar las actividades del departamento, realizar su planificación y la
memoria final de curso, así como organizar los espacios e instalaciones del
departamento, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al mismo y
velar por su mantenimiento.
Proporcionar al alumnado la información relativa a las actividades del departamento.
✔ Levantar acta de las sesiones de Reunión del Departamento de Orientación.
✔ Coordinar tareas de cada miembro del Departamento.
✔ Custodiar los documentos oficiales y materiales del Departamento.
✔ Velar por el buen Funcionamiento del Departamento y potenciar la labor del
mismo Responsable: Jefe/a del Departamento.
6. REUNIONES DE COORDINACIÓN Y TEMPORALIZACIÓN
El Departamento de Orientación requiere de una organización y una coordinación,
no sólo entre sus miembros sino entre todos los demás sectores de la comunidad
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educativa.
Las reuniones en las que participan los miembros del Departamento de
Orientación para desarrollar la presente planificación se establecen de la siguiente
manera:
ORIENTADOR:
Departamento de orientación: Semanal
Tutores/as: Semanal
Comisión de Coordinación Pedagógica: Semanal
Coordinación con el profesorado de apoyo a las NEAE: Semanal
Reuniones de los Equipos Docentes: A determinar por Jefatura de Estudios.
Atención a familias: Semanal.
Atención alumnado: Semanal.
Con el EOEP de zona: 1º jueves de mes Plenarios, 2º jueves de mes Reuniones de
Coordinación por Etapas, 3º jueves tareas de coordinación del EOEP y 4º jueves de
mes tareas de coordinación del EOEP. Este curso escolar la orientadora del IES
asume las tareas de Coordinación del EOEP La Vega de San José.
Con Servicios concurrentes: Según necesidad.
Otras reuniones de coordinación: Puntuales
COORDINADORAS DE AMBITO
• Con la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) una hora semanal.
• Con los Jefes de Departamentos por ámbitos: una hora al mes, en el horario
destinado a la CCP.
• Las profesoras de ámbito tendrán sesiones de trabajo conjuntas para elaborar
material y otras funciones, si procede.
• Coordinación con los profesores que impartan materias de su ámbito para
elaborar Adaptaciones Curriculares y realizar el diseño o seguimiento.
PROFESORAS DE APOYO A LAS NEAE
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VER ANEXOS
7. HORARIO DEL ORIENTADOR
El horario personal del Orientador para el curso 2017-2018 se organiza de la
siguiente forma:
Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes
8:30-9:25 DEPT.
ORIENTACIÓN
EOEP
EOEP ZONA
9:25-10:20 DPTO.
ORIENTACIÓN
DPTO.
ORIENTACIÓN
CONVIVENCIA
10:20-11:15 TUTORÍA TUTORÍA TUTORÍA AMBITOS
11:15-11:45 PC TUTORÍA CONVIVENCIA TUTORIA
11:45-12:40 TUTORÍA DPTO.
ORIENTACIÓN
FAMILIAS
12:40-13:35 ALUMNADO TUTORÍA
13:35 14:30
* Los primeros jueves de mes: Reunión Plenario en el CEIP Aguadulce
* Los terceros jueves de mes: Reunión por Etapas Educativa, en el CEIP Aguadulce
* Los segundos y cuartos jueves de mes se dedicaran a las tareas propias deCoordinación del EOEP: concertados, informes, etc.
8. PLAN DE TRABAJO DE LAS PROFESORAS DE APOYO A LAS NECESIDADESESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO.
Se anexa el plan de trabajo de las profesoras de apoyo a las necesidades
específicas de apoyo educativo para el curso 2017/2018.
9. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO
En la Resolución de organización y funcionamiento de los Equipos de Orientación
Educativa y Psicopedagógicos de Zona y Específicos se recoge que el Plan de trabajo se
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I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 20172018Plan de Trabajo del Departamento de Orientación.
someterá al calendario establecido para la evaluación y seguimiento de la
Programación General Anual del Centro, al estar incluido en esta.
A lo largo del curso podrán establecerse a este plan de trabajo las modificaciones
que se consideren oportunas en función de los seguimientos realizados.
En las reuniones al final del periodo lectivo ordinario se llevará a cabo la
evaluación del Plan de Trabajo y la elaboración de la memoria final del curso.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre de 2017
Fdo: Jefa del Departamento.
Jose Manuel Yanes Cedrés
ANEXOS
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