ICT Parte 1/2

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Infraestructuras Comunes de Telecomuncaciones (ICT)

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Infraestructuras Comunes de Telecomuncaciones (ICT)

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¿Qué es un proyecto ICT?

• Estudio técnico que garantiza el acceso, a los habitantes de un inmueble, a los servicios de telecomunicaciones de:

– Captación, adaptación y distribución de la señal de radio y televisión (RTV) terrestre analógica y digital (DVB-T, DVB-T2)

– Distribución de la señal de radio y televisión (RTV) satelital

– Captación y distribución de la señal de telefonía disponible al público (STDP) y Red Digital de Servicios Integrados (RDSI)

– Captación, adaptación y distribución de señal de banda ancha cableada (coaxial (TBA), fibra óptica) e inalámbrica (Servicios de Acceso Físico Inalámbricos o SAFI)

• Se delimitan claramente la responsabilidad entre los operadores, la comunidad de propietarios y los usuarios en cuanto al uso y mantenimiento de la red: dominio público o red de alimentación, dominio comunidad o red de distribución y dominio vivienda o red interior.

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¿Qué es un proyecto ICT?

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Objetivos de un proyecto ICT

• Garantizar el libre acceso de todos los usuarios a los servicios de telecomunicaciones considerados básicos y necesarios en la nueva Sociedad de la Información. Cumbre Mundial de Ginebra (diciembre 2003): “las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) son una herramienta fundamental para lograr un mundo más pacífico y por lo tanto el derecho a ellas es un Derecho Humano”.

• Asegurar la libre competencia en condiciones de igualdad entre todas las operadoras con licencia para prestar sus servicios.

• Establecer los requisitos mínimos que, desde un punto de vista técnico, han de cumplir las canalizaciones, recintos y elementos complementarios que alberguen la ICT para facilitar su despliegue, mantenimiento y reparación.

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Normativa ICT

• Ley 49/1966, de 23 de julio: utilización de antenas colectivas de RTV

• Real Decreto 11/1998, de 27 de febrero: primera normativa ICT que establece un marco jurídico para la liberación del mercado de las telecomunicaciones

• Ley 279/1999, de 22 de febrero: establece los requisitos para las empresas solicitantes de instalaciones

• Ley 32/2003, de 3 de noviembre: determina el punto de interconexión de la red de la edificación con las redes de los operadores y especifica las características de la edificación.

• Real Decreto 401/2003, de 4 de abril: surge de la ley anterior. Actualización de la normativa ICT.

• Orden ITC/1077/2006, de 6 de abril: condiciones de instalaciones para la TDT

• Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo: normativa ICT actual.

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¿Cuándo aplica una ICT?

• Edificios de nueva construcción

• En edificaciones construidas antes del 1998:

– Cuando lo decida la comunidad de propietarios de acuerdo con la ley de Propiedad Horizontal

– Cuando las antenas individuales o colectivas superan un tercio del número de usuarios

– Cuando la administración competente considera peligrosa o antiestética la colocación de antenas individuales

• Edificios en los que se realice una rehabilitación integral

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Proceso de nueva edificación

Solar (Promotor pide proyecto ICT)

Memoria arquitectura Memoria ICT (Visado)

Licencia de edificación

(Ayuntamiento)

Dirección de obra de la edificación Dirección de obra de la ICT

Certificación de arquitectura Certificación de ICT

Licencia de primera ocupación

(cédula de habitabilidad)

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Documentación ICT

• Contenido de la memoria:

– Descripción de la edificación

– Descripción de los servicios que hay o desean ser instalados

– Previsiones de demanda

– Cálculo de los niveles de señal en el BAT o toma de usuario de los elementos de la ICT

– Un pliego de condiciones especificando la calidad de los materiales y equipos, así como las condiciones de montaje

– Presupuesto: número de unidades, precio por unidad, modelos, tipos, dimensiones, etc.

– Firma del ingeniero ICT y de la obra civil.

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Documentación ICT

• Planos:

– Esquemas de la ICT antes de la instalación

– Tipo, número, características y situación de los elementos de la ICT

– Ubicación de los recintos

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Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo

• Europa se dirige hacia el acceso ultrarrápido a Internet, de ahí el despliegue de redes Next Generation Access. Se desea que en el año 2020 el acceso a Internet sea superior a 30Mbps y que al menos un 50% de la población lo haga por encima de los 100Mbps.

• Contempla las fases del desarrollo de las redes de acceso de fibra óptica para la implantación del “hogar digital”, cuyos beneficios son múltiples para el usuario final: seguridad, ahorro, eficiencia energética, accesibilidad, etc.

• Elimina todo lo referido al servicio RDSI en el RD 401/2003 y sólo es obligatorio en edificios con el servicio contratado.

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Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo

• Especifica las características técnicas de la edificación, así como el paso de las redes de distintos operadores.

• Los operadores han de garantizar, hasta el punto de interconexión (RITI o RITU), el secreto, la calidad de las comunicaciones y su mantenimiento.

• Los propietarios de la finca son los responsables del mantenimiento de las comunicaciones desde el punto de interconexión hasta el punto de acceso de usuario (PAU). El PAU permite delimitar la responsabilidad en el mantenimiento de las comunicaciones entre el propietario de la vivienda y el de la finca.

• Los operadores han de entregar al usuario las interfaces finales de conexión de los servicios contratados (router wifi, modems, etc)

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Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo

• Las sanciones por el incumplimiento de la normativa ICT:

– Artículo 11, RD 11/1998, de 27 de febrero

– Ley General de Telecomunicaciones 32/2003, de 3 de noviembre

– Sanciones económicas entre 30.000 y 20.000.000 euros

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Se especifican los elementos que componen la ICT:

– Captación: antenas, mástiles, torretas, etc.

– Adaptación: amplificadores, mezcladores

– Redes:

• Distribución: mezclador-derivador

• Dispersión: derivador-PAU

• Interior: PAU – toma de usuario

• Cada vivienda ha de tener un PAU. También ha de haber un PAU en cada local u oficina.

• En cada vivienda o local ha de haber una toma por estancia, excluidos baños y trasteros

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Esquema funcional:

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Cuadro nacional de asignación de frecuencias (CNAF):– Regula el espectro frecuencial radioeléctrico español. Determina el espacio frecuencial

de trabajo para cada servicio

– Tablas de atribución de frecuencias

– Anexo

– Artículo

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Las atenuaciones de los cables que llevan la señal desde la antena hasta los equipos de cabecera son críticas en el valor de la relación señal a ruido

– Recepción vía satélite:

• Satélite geoestacionario:

– Ubicado a 35806km del ecuador (órbita de Clarke: igualando la fuerza de atracción de la Tierra con la fuerza centrifuga del satelite)

– Gira con la misma velocidad angular (w) que la Tierra (una vuelta cada 24h): cada dia la Tierra queda entre el Sol y el satelite, con lo que este no recibe energia solar y se produce un eclipse de la Tierra hacia el satelite. En estos instantes el satelite sólo depende de sus baterias internas. Este tiempo es de 69 minutos y 15 segundos.

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Satélite geoestacionario:

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Enlace ascendente y descendente:

– Para evitar interferencias entre los dos enlaces, Uplink y Downlink, las frecuencias de ambos son distintas: las frecuencias del Uplink son mayores que las del Downlink. Mayor perdidas de potencia por radiopropagación en frecuencias altas. En la Tierra es mas viable transmitir a potencias elevadas que desde un satelite.

– Para evitar que los canales próximos del enlace descendente se interfieran entre si, se utilizan polarizaciones distintas: horizontal-vertical, circular a derechas-izquierdas (se puede transmitir a una misma frecuencia utilizando polarizaciones ortogonales)

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Enlace ascendente y descendente:

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Enlace ascendente y descendente:

– Las banda utilizadas por los satélites son la C (4-8Ghz) y Ku(12-18Ghz), microondas.

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Enlace ascendente y descendente:

– No es conveniente poner muy próximos en la órbitageoestacionaria dos satelites que funcionen en la misma banda de frecuencias, ya que pueden interferirse. En la banda C la distancia minima es de dos grados, en la Ku y la Ka de un grado. Esto limita en la practica el número total de satelitesque puede haber en toda la órbita geoestacionaria a 180 en la banda C y a 360 en las bandas Ku y Ka. La distribución de bandas y espacio en la órbita geoestacionaria se realiza mediante acuerdos internacionales

– Cada una de las bandas utilizadas en los satelites se divide en canales.

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Enlace ascendente y descendente:

– Cada canal puede tener un ancho de banda de 27 a 72 MHz y puede utilizarse para enviar senales analógicas de video y/o audio, o senales digitales que puedan corresponder a televisión (normal o en alta definición), radio digital (calidad CD), conversaciones telefónicas digitalizadas, datos, etc. La eficiencia que se obtiene suele ser de 1 bps por Hz; asi, por ejemplo, un canal de 50 Mhz permitiria transmitir un total de 50 Mb/s de información.

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de las antenas:

– Recepción vía satélite:

• Cinturón de Clarke: satélites geoestacionarios

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Las señales terrestre y satelital del servicio RTV se mezclan en la fase de adaptación y se distribuyen por el mismo medio coaxial en diferentes rangos de frecuencias.

• A cada PAU han de llegar dos cables coaxiales y en ambos se ha de poder acceder a los servicios RTV.

• El rango de frecuencias, 5-2150Mhz, es el utilizado por los servicios RTV. Si hay canal de retorno utiliza el rango 5-65Mhz.

• El rango de frecuencias, 195-223Mhz, es el utilizado por el servicio Digital Audio Broadcasting (DAB)

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• El rango de frecuencias, 470-862Mhz, es el utilizado por el servicio Digital Video Broadcasting (DVB-T/T2). La banda 790-862Mhz dejará de ser utilizada para la implantación de la generación de telefonía móvil 4G

• Las siguientes servicios deben ser distribuidos si el nivel de intensidad de campo expresado en dBuV/m, en el punto de captación, es superior a:

Tipo Entorno Banda (Mhz) Intensidad

Analógica Monofónica Rural 87,5-108 48

Analógica Monofónica Urbano 87,5-108 60

Analógica Monofónica Gran Ciudad 87,5-108 70

Analógica Estereofónica Rural 87,5-108 54

Analógica Estereofónica Urbano 87,5-108 66

Analógica Estereofónica Gran Ciudad 87,5-108 74

DAB - 195-223 58

Tipo Banda (Mhz) Intensidad

DVB-T 470-862 3+20log(f(Mhz))

Radio

Televisión

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• La ICT debe cumplir con las normativas sobre seguridad eléctrica y compatibilidad electromagnética:

– UNE-EN 60728-11: Redes de distribución por cable para señales de televisión, de sonido y servicios interactivos. Parte 11: requisitos de seguridad

– UNE-EN 50083-2: Redes de distribución por cable para señales de televisión, de sonido y servicios interactivos. Parte 2: compatibilidad electromagnética de los equipos

– UNE-EN 50083-8: Redes de distribución por cable para señales de televisión, de sonido y servicios interactivos. Parte 8: compatibilidad electromagnética de las redes

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Los elementos de captación:

– Antenas, soportes, anclajes, riostras resistentes a la corrosión

– Mástiles para el servicio terrestre:

• han de estar conectados a la toma de tierra del edificio con cable de al menos 25mm2 de sección (satélite)

• han de estar separados más de 5 metros

• Han de medir más de 1,5 metros

• Si están a menos de 20 metros de altura han de soportar vientos de 130km/h (satélite)

• Si están a más de 20 metros de altura han de soportar vientos de 150km/h (satélite)

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Los elementos de adaptación:

– Ubicados en el Registro de instalaciones de telecomunicaciones superior (RITS)

– Amplificadores para la ecualización de potencia del canal en su rango frecuencial

– Mezcladores para poner la señal terrestre y satelital en un mismo coaxial.

– La diferencia de nivel entre canales de la misma aplicación no será superior a 3 dB

– Todos los elementos de la instalación deberán estar adaptados a 75Ω

– Los elementos de adaptación dotan de potencia a las señales para compensar las pérdidas por retorno e inserción y la atenuación por propagación en los equipos y cables de las diferentes redes

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Los elementos de adaptación:

– Características técnicas a la salida de los filtros monocanales

PARÁMETRO UNIDADBanda de frecuencias (Mhz)

47-862 950-2150

Impedancia Ohm 75 75

Pérdida de retorno en equipos con mezcla tipo Z dB >=6 -

Pérdida de retorno en equipos sin mezcla dB >=10>=6

Nivel máximo de salida dBuV120

analógico113 digital

110

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de la red:

– Red de distribución: topología en bus troncal y duplicada, generalmente pasiva y formada por repetidores y derivadores

– Red de dispersión e interior: topología en estrella

– Han de tener una impedancia de 75Ω y perdidas de retorno en cualquier punto >=6 dB

– En el caso de utilizar derivadores con diferentes atenuaciones es aconsejable poner los de mayor atenuación en los pisos cercanos al RITS y los de menor pérdida en los pisos más alejados. Esto hará que el nivel de ruido en las plantas inferiores sea menor y favorecerá la recepción de señal en estos pisos.

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de la red:

– Niveles de calidad a cada toma de usuario o BAT

PARÁMETRO UNIDADBanda de frecuencias (Mhz)

47-862 950-2150

Nivel AM-TV dBuV 57-80

Nivel 64QAM-TV dBuV 45-70

Nivel QPSK-TV dBuV 47-77

Nivel FM Radio dBuV 40-70

Nivel DAB Radio dBuV 30-70

Nivel COFDM-TV dBuV 47-70

PARÁMETRO UNIDADBanda de frecuencias (Mhz)

47-862 950-2150

SNR FM Radio dB >=38

SNR AM-TV dB >=43

SNRQPSK-TV dB >=11

SNR 64QAM-TV dB >=28

SNR COFDM-DAB dB >=18

SNR COFDM-TV dB >=25

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Real Decreto 346/2011 – RTV

• Características de la red:

– Cables:

• Conductor central de cobre y dieléctrico de polietileno celular físico con pantalla metalizada y en forma de trenza de cobre o aluminio

• Cubierta ignífuga para instalaciones interiores y de polietileno para exteriores

• Impedancia media de 75 +/- 3 Ω

• Perdidas de retorno según la atenuación del cable a 800Mhz (peores condiciones):

Tipo de cable 5-30Mhz 30-470Mhz 470-862Mhz 862-2150Mhz

α <= 18db/100m

23 dB 23 dB 20 dB 18 dB

α > 18db/100m 20 dB 20 dB 18 dB 16 dB

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Definiciones:

– Arqueta de entrada: recinto que permite establecer la unión entre las redes de alimentación de los servicios de telecomunicación de los distintos operadores y la infraestructura común de telecomunicaciónde la edificación. Se encuentra en la zona exterior de la edificación y a ella confluyen, por un lado, las canalizaciones de los distintos operadores y, por otro, la canalización externa de la ICT de la edificación.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Definiciones:

– Canalización externa: constituida por los tubos que discurren por la zona exterior de la edificación desde la arqueta de entrada hasta el punto de entrada general de la edificación. Es la encargada de introducir en la edificación las redes de alimentación de los servicios de telecomunicación de los diferentes operadores. Su construccióncorresponde a la propiedad de la edificación.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Definiciones:

– Punto de entrada general: lugar por donde la canalización externa que proviene de la arqueta de entrada accede a la zona común de la edificación

– Canalización de enlace:

• Para la entrada a la edificación por la parte inferior, es la que soporta los cables de la red de alimentación desde el punto de entrada general hasta el registro principal ubicado en el recinto de instalaciones de telecomunicación inferior (RITI).

• Para la entrada a la edificación por la parte superior, es la que soporta los cables que van desde los sistemas de captación hasta el recinto de instalaciones de telecomunicación superior (RITS), entrando en la edificación mediante el correspondiente elemento pasamuros.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Definiciones:

– RITI: local o habitáculo donde se instalaran los registros principales correspondientes a los distintos operadores de los servicios de telefonia disponible al público y de telecomunicaciones de banda ancha, y los posibles elementos necesarios para el suministro de estos servicios. Asimismo, de este recinto arranca la canalización principal de la ICT de la edificación.

– RITS: local o habitaculo donde se instalaran los elementos necesarios para el suministro de los servicios de RTV y, en su caso, elementos de los servicios de acceso inalambrico (SAI). En el se alojaran los elementos necesarios para adecuar las senales procedentes de los sistemas de captación de emisiones radioelectricas de RTV, para su distribución por la ICT de la edificación o, en el caso de servicios de acceso inalambrico, los elementos necesarios para trasladar las senales recibidas hasta el RITI.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Definiciones:

– Canalización principal: soporta la red de distribución de la ICT de la edificación, conecta el RITI y el RITS entre si y estos con los registros secundarios.

– Canalización secundaria: soporta la red de dispersión de la edificación, une los registros secundarios con los registros de terminación de red. En ella se intercalan los registros de paso, que son los elementos que facilitan el tendido de los cables entre los registros secundarios y de terminación de red.

– Canalización interior de usuario: soporta la red interior de usuario, conecta los registros de terminación de red y los registros de toma. En ella se intercalan los registros de paso que son los elementos que facilitan el tendido de los cables de la red interior de usuario.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Las canalizaciones han de estar distanciadas como mínimo 10 centímetros

• Tamaño de la arqueta de entrada en función del número de PAUs

• Canalización externa: formada por tubos de 63 mm de diámetro

PAU Tamaño mm

<20400*400*60

0

21-100600*600*80

0

100<800*700*82

0

PAU Número tubos Uso

<4 3 2TBA+STPD, 1 reserva

5-20 4 2TBA+STPD, 2 reserva

21-40 5 3TBA+STPD, 2 reserva

40< 6 4TBA+STPD, 2 reserva

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• La canalización de enlace inferior debería tener el mismo número de tubos que la canalización externa.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Recintos:

– Todo el equipamiento y cableado ha de estar a 30 centímetros del techo

– Puerta metálica de apertura exterior con cerradura y llave en posesión del presidente de la escalera.

– Tamaños:

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Recintos:

– Pavimento rígido que disipe cargas electrostáticas

– Ha de haber una toma de tierra del edificio

– Ubicados en zonas comunes

– RITI con sumidero para eliminar agua

– RITS siempre ubicado por encima de la última planta

– Alejados 2 metros de los ascensores y aires acondicionados

– Ventilación natural: directa, forzada por conductor vertical y aspirador estático, mecánica para renovar aire cada dos horas

– Iluminación de 300lux

– Deben cumplir con el REBT, RD 842/2002, de 2 de agosto

– En todos los recintos ha de haber una placa donde aparezca el número de registro asignado por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones al proyecto técnico de la instalación.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Canalización principal:

– Lo más recta posible y con una capacidad suficiente para albergar todos los cables de telecomunicaciones

– Si el número de PAU es superior a ocho por planta se ponen dos canalizaciones principales

– Si hay varias verticales. Todas salen del registro principal único

– Une el RITS con el RITI

– Ubica en el hueco del ascensor o la escalera

– Se utilizan tubos de 50mm de diámetro y pared interior lisa. En cada tubo se ponen cables hasta el 50% de su ocupación.

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Canalización principal:

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Registros secundarios:

– Ubicados en zonas comunes y de fácil acceso

– Se ponen entre la canalización principal y secundaria, en cada cambio de dirección de la canalización principal y cada 30 metros

– Albergan los derivadores de RTV, TBA, STPD y fibra óptica

– Cada 30 metros de canalización principal

• Canalización secundaria:

– Formado por cuatro tubos:

• Pares trenzados STPD

• Cables coaxiales TBA y RTV

• Fibra óptica

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Real Decreto 346/2011 – Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones

• Desde el registro de paso al Registro de Terminación de Red hay tres tubos:

– Pares trenzados STPD y fibra óptica

– Cables coaxiales TBA

– Cables coaxiales RTV

• La canalización de usuario tiene una topología en estrella y está formado por tubos de 20mm de diámetro

• Se deben colocar 2 tomas STPD, 1 TBA y otra RTV en cada estancia principal. En el resto, sin tener en cuenta baños y trasteros, 1 toma STPD y otra RTV. En oficinas y locales uno de cada tipo

• La canalización se puede hacer con tubos, canales o bandejas

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Real Decreto 346/2011 – Ejemplos

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Real Decreto 346/2011 – Ejemplos