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GUIA PRÁCTICA DE ATENCION A VISITAS DE VERIFICACION, POR PARTE DEL PERSONAL DE LA PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR (PROFECO)

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  • GUIA PRCTICA DE ATENCION A VISITAS DE VERIFICACION, POR PARTE DEL PERSONAL

    DE LA PROCURADURIA FEDERAL DEL

    CONSUMIDOR (PROFECO)

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    Contenido Pagina

    Objetivo 2

    Descripcin general del proceso de verificacin de Agencias Automotrices,

    2

    El verificador debe: Paso No.1 3

    Elementos a verificar, Paso No.2 4

    Elementos a inspeccionar fsicamente, Paso No.3

    5

    Medidas precautorias 8

    Contratos de adhesin 9

    Contratos de adhesin, Procedimiento ante Profeco

    10

    Bibliografa 11

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    Procuradura Federal del Consumidor

    NUEVO ESQUEMA DE VERIFICACIN

    Objetivo Vigilar que los proveedores ajusten su Comportamiento Comercial a lo dispuesto por la Ley Federal de Proteccin al Consumidor (LFPC) y las Normas Oficiales Mexicanas.

    Descripcin general del proceso de verificacin de Agencias Automotrices La verificacin de establecimientos comerciales es un acto de autoridad ejercido de oficio (programadas) o a peticin de parte (denuncia), que se practica en las Agencias Automotrices, con objeto de vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Proteccin al Consumidor (LFPC) y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

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    Las visitas de verificacin se realizan bajo los siguientes trminos: Metodologa

    Paso No.1

    El verificador debe:

    a) Identificarse con credencial vigente con fotografa que lo faculte a practicar la verificacin

    Deber exhibir credencial y se comprobar que cumpla con los requisitos para su validez:

    Cuenta con elementos de seguridad para evitar su falsificacin.

    Incorpora un cdigo QR, para brindar certidumbre al proveedor visitado, ya que le permite conocer en tiempo real si el portador est en activo y fue comisionado para llevar a cabo la diligencia

    b) Informar el motivo de la diligencia, mostrar y entregar original de la orden de verificacin para desarrollar la diligencia

    Se deber comprobar que cumpla con los requisitos para su validez.

    El verificador deber Informar claramente a quien atienda la diligencia, sobre el motivo de la visita, y entregarle el original de la orden de verificacin, habiendo constatado que los datos del proveedor o establecimiento coinciden con los que se encuentran consignados en la orden de visita.

    c) Entregar protocolo de verificacin.

    d) Requerir al proveedor visitado para que designe dos testigos que estn presentes durante la diligencia

    e) Elaboracin de acta circunstanciada

    Elaboracin del acta de hechos en la que se harn constar adems de los datos del establecimiento comercial, las circunstancias generales y particulares de la prctica comercial, producto o instrumento verificado, haciendo constar en el acta la entrega de un tanto original de la orden de visita.

    Hacer constar pormenorizadamente en el acta de visita las irregularidades, hechos u omisiones encontradas informando de manera verbal y clara al visitado las irregularidades que se hubieran detectado, a efecto de que el proveedor est en condiciones de proceder a su regularizacin.

    El verificador deber abstenerse de anticipar al visitado sobre las consecuencias del procedimiento administrativo por infracciones a la Ley, en el entendido de que dicho procedimiento ser desahogado por un servidor pblico distinto del verificador.

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    Paso No.2 Elementos a Verificar su existencia: El personal de la Procuradura requerir lo siguiente:

    Documento que acredite que el personal de verificacin est constituido en el establecimiento que se ordena en la orden de verificacin.

    Mostrar alguno de los siguientes:

    Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigedad (recibo de telfono, predial, agua)

    Licencia de Funcionamiento

    R.F.C.

    Documento que acredite el giro comercial del establecimiento. Mostrar alguno de los siguientes documentos:

    Licencia de Funcionamiento

    Permiso para la operacin de establecimientos

    Aviso de funcionamiento

    Los contratos de adhesin registrados ante la Procuradura Federal del Consumidor de conformidad con la Normas abajo mencionadas.

    Se debern Mostrar los siguientes contratos que se tienen registrados ante PROFECO, con los nmeros de folios de autorizacin. 1. Contrato de compra-venta de vehculo nuevo al contado 2. Contrato de compra-venta de vehculo usado al contado 3. Contrato de consignacin de vehculo usado 4. Contrato de reparacin y mantenimiento de vehculos

    ltimas operaciones que acrediten el uso del contrato de adhesin registrado ante la Profeco.

    Se debern mostrar los contratos firmados por el cliente de las ltimas operaciones realizadas por la distribuidora.

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    Paso No.3

    Elementos a inspeccionar fsicamente: La inspeccin fsica se realiza para corroborar el cumplimiento de las siguientes normas: De la comercializacin de vehculos nuevos

    Aplicacin de la norma: NOM-160-SCFI-2003

    De la comercializacin de autos usados y servicio de consignacin

    Aplicacin de la norma NOM-122-SCFI-2010

    De las prcticas comerciales, para la prestacin de servicios en general

    (Mantenimiento de Vehculos)

    Aplicacin de la norma NOM-174-SCFI-2007 http://www.profeco.gob.mx/juridico/normateca/m_normativo.asp Liga de Normas PROFECO

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    Fundamentalmente se debern cumplir los siguientes puntos: 1. PUBLICIDAD La publicidad utilizada por el proveedor para la comercializacin

    de los vehculos nuevos, seminuevos y mantenimiento deber ser veraz, comprobable y no inducir a error o confusin al consumidor. Adems, la informacin que exhiban debe estar escrita en idioma espaol y el precio de stos en moneda nacional.

    2. PROMOCIONES Cuando se ofrezca un servicio con alguna promocin, oferta o descuento, el proveedor informar por escrito al consumidor los requisitos, condiciones y vigencia de los mismos, as como la forma en que puede hacer uso de ellos

    3. FORMA DE PAGO Se verificara si existe a la vista del consumidor la forma y medio de pago de los servicios indicando, si se aceptan tarjetas de crdito, dbito, contado, etc.

    4. PRECIOS Se verificar si existen a la vista del consumidor los precios y caractersticas relativos a los vehculos nuevos y seminuevos que se ofrecen en venta, especificando en todos los casos, al menos, la marca y modelo del mismo.

    5. FACTURA Se verificar si se entrega al consumidor la factura, recibo o comprobante en el que consten los datos especficos de los servicios prestados.

    6. ATENCION AL CONSUMIDOR Se verificarn los mecanismos de atencin a los consumidores, tales como nmero telefnico, fax, correo electrnico o algn otro medio accesible para que plantee dudas, aclaraciones y reclamaciones y obtenga servicios de orientacin (Estos servicios deben proporcionarse de manera oportuna y gratuita al consumidor).

    7. HORARIOS DE ATENCION Se verificar si existe a la vista del consumidor informacin sobre los das y horario de atencin al pblico.

    8. ESPECIFICACIONES LEGALES Y COMERCIALES Se verificar si existe a la vista del consumidor una leyenda en la que se indique que, conforme con las disposiciones aplicables, el proveedor y el vehculo nuevo cumplen con todas las especificaciones legales y comerciales para poder realizar la venta y responder por la garanta correspondiente, en caso de que sta sea ofrecida.

    9. ESPECIFICACIONES TECNICAS Se verificar si existe a la vista del consumidor las especificaciones tcnicas de los vehculos nuevos que se comercializan, el consumo de combustible y el sealamiento de que stos cumplen con la normatividad aplicable.

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    10. INFRAESTRUCTURA Se verificar la capacidad tcnica en equipo y mano de obra para proporcionar los servicios de reparacin, mantenimiento y garanta (cuando sta se ofrezca) de los vehculos, as como el acceso a refacciones y accesorios necesarios.

    11. GARANTIAS Se observar si estas son entregadas al consumidor por escrito,

    con el sello y firma del proveedor al momento de la entrega del bien o de prestar el servicio. Esta deber especificar claramente su vigencia, cobertura, trminos y condiciones, estar escrita en idioma espaol, en trminos comprensibles y legibles y que contenga el procedimiento y ubicacin de los lugares para que el consumidor solicite el cumplimiento de la garanta, as como el horario y telfonos de atencin.

    12. AVISO DE NO DISCRIMINACION Se verificar si existe a la vista del

    consumidor informacin o aviso de no discriminacin, donde no se le podr negar al consumidor, un producto o contratar un servicio, por su sexo, raza, religin, condicin econmica, nacionalidad, orientacin sexual, ni por tener alguna discapacidad.

    Estas observaciones aplican para las unidades de Servicio

    13. INFORMACION Se verificar si el proveedor informa al consumidor las caractersticas, especificaciones y duracin del servicio, entre otros:

    Del servicio:

    Las caractersticas, especificaciones y duracin del servicio.

    Das y horarios de atencin al pblico.

    Indicar los requisitos, condiciones y vigencia de promociones, ofertas o descuentos.

    Las variaciones en el costo de los servicios al domicilio.

    Forma y medio de pago de los servicios.

    La responsabilidad por la prdida de objetos dejados en el interior del bien a reparar cuando stos hayan sido notificados y puestos bajo resguardo de la recepcin.

    De la Garanta:

    Deber ser escrita en idioma espaol, en trminos comprensibles y legibles.

    Si el servicio cuenta con garanta deber incluirse en el contrato, orden de servicio y/o comprobante de pago.

    Trminos, condiciones, cobertura, vigencia y procedimientos para su validez.

    Mencionar los establecimientos donde se har efectiva.

    Cubrir los gastos del consumidor para su cumplimiento en domicilio diverso al sealado.

    Sealar el tiempo de la reparacin y/o mantenimiento del bien

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    MEDIDAS PRECAUTORIAS

    Cuando se constaten incumplimientos a la Ley Federal de Proteccin al Consumidor (LFPC)

    En la primera visita de verificacin se apercibir al establecimiento para que subsane el incumplimiento. (Art. 25 Ley Federal de Proteccin al Consumidor).

    Realizndose una segunda visita de verificacin dentro de los 5 cinco das siguientes a la primera, a efecto de constatar que las causas que dieron origen al apercibimiento hubieran sido subsanadas. (Acuerdo por el que se establecen los criterios para la colocacin de sellos de advertencia). En caso contrario se implementaran las medidas precautorias de colocacin de sellos de advertencia. (Art. 25 bis fraccin V Ley Federal de Proteccin al Consumidor)

    Si durante la visita de verificacin se constata que los productos incumplen con las NOMs, se procede a su inmovilizacin como medida precautoria, hasta en tanto se cumplan con las especificaciones correspondientes.

    AREA DE ATENCIN PROFECO Si existiera alguna duda acerca de los verificadores o si incurren en cualquier irregularidad u omisin, el hecho podr denunciarse en cualquier momento a travs de los lugares y por los medios que se sealan abajo.

    Telfono del Consumidor DF y rea Metropolitana 55-68-87-22. Interior de la Repblica 01 800 468 87 22

    Secretara de la Funcin Pblica [email protected] Tel. 2000-3000 ext. 2164

    rgano Interno de Control en la PROFECO [email protected] Tel. (55) 56256700/687 En la pgina web http://www.profeco.gob.mx/

    SERVICIOS DE PROFECO Profeco ofrece los servicios de: Anlisis, Asesora y Capacitacin en informacin comercial, as como de Calibracin de Instrumentos de Medicin. El trmite puede realizarse en la oficina de Contacto Ciudadano, ubicada en Av. Jos Vasconcelos 202, Col. Condesa C.P. 06140, Mxico, D.F. Mayores informes al telfono 5625 6700 ext. 1491 y 6895 o en http://www.profeco.gob.mx/ (seccin de trmites y servicios).

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    CONTRATOS DE ADHESIN

    Para dar cumplimiento a la obligatoriedad sobre el registro de Contratos de Adhesin ante PROFECO, dependiendo de las operaciones de cada agencia, pueden registrarse diferentes acuerdos: Contrato de compra-venta de autos nuevos al contado http://rcal.profeco.gob.mx/contratostipo/COMPRAVENTA%20DE%20VEHICULO%20NUEVO%20AL%20CONTADO%20AMDA.pdf

    Contrato de compra-venta de autos usados al contado http://rcal.profeco.gob.mx/contratostipo/COMPRAVENTA%20DE%20VEHICULO%20USADO%20AL%20CONTADO%20(AMDA).pdf

    Contrato de prestacin de servicios de consignacin de vehculo usado http://rcal.profeco.gob.mx/contratostipo/CONSIGNACION%20DE%20VEHICULO%20USADO%20(

    AMDA).pdf

    Contrato de prestacin del servicio de reparacin y mantenimiento de vehculos http://rcal.profeco.gob.mx/contratostipo/REPARACION%20DE%20VEHICULOS%20AMDA.pdf

    Cabe mencionar que los contratos tipo AMDA estn disponibles en el Catlogo de Contratos de la pgina web de la PROFECO, para seleccionarlos al momento de hacer el trmite de registro en-lnea.

    http://rcal.profeco.gob.mx/Catalogoca.jsp

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    REGISTRO DE LOS CONTRATOS DE ADHESIN

    Procedimiento ante Profeco

    El 21 de diciembre de 2009 la Profeco public en el Diario Oficial de la Federacin un Acuerdo mediante el cual se establecen los nuevos lineamientos que regulan la organizacin y funcionamiento del Registro Pblico de Contratos de Adhesin, en virtud del cual, para llevar a cabo el registro de Contratos de Adhesin ante esta dependencia, debern seguir los pasos que se enumeran a continuacin:

    a. Ingresar a la pgina de la PROFECO www.profeco.gob.mx

    b. Entrar a la seccin de Contratos de Adhesin en Lnea (RECAL) en la que

    debern registrarse para obtener un usuario y contrasea.

    c. Se le enviar un correo electrnico para validar sus datos.

    d. Una vez validado el Usuario y la Contrasea, debern adjuntar los siguientes

    documentos escaneados:

    Acta Constitutiva de la Empresa

    Poder otorgado al Representante Legal

    RFC de la Empresa

    Identificacin Oficial del Representante Legal

    e. Elegir los contratos Tipo AMDA que se vayan a registrar.

    f. Generar la Lnea de Captura, en este paso sern remitidos al portal multipagos

    donde elegirn si realizan el pago en-lnea o imprimen su Lnea de Captura para

    realizar el pago en ventanilla bancaria (Bancomer o Scotiabank). El pago

    correspondiente al registro del Contrato de Adhesin asciende a $657 pesos ms

    IVA, = $762.00 por solicitud presentada, con fundamento en el artculo 13 del

    mencionado Acuerdo. (Precios sujetos a cambios sin previo aviso)

    g. Una vez realizado el pago, por cualquiera de las dos vas, el trmite del registro

    quedar concluido y en breve les llegar un correo electrnico con su nmero de

    expediente.

    h. A partir de ese momento dar seguimiento a su trmite ingresando con su

    Usuario y Contrasea al RECAL en el apartado de Cronologa de Trmite.

    Cualquier resolucin que recaiga al mismo ser notificada en su correo

    electrnico.

    i. Por ltimo, debern ingresar a la seccin de multipagos con los datos de la

    Lnea de Captura y su RFC, para obtener la factura del pago realizado.

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    BIBLIOGRAFIA Ley Federal de Proteccin al Consumidor Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin Norma Oficial Mexicana NOM-160-SCFI-2003, Prcticas comerciales-Elementos normativos para la comercializacin de vehculos nuevos, la cual fue publicada el 20 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federacin. Norma Oficial Mexicana NOM-122-SCFI-2010, Prcticas comerciales-Elementos normativos para la comercializacin y/o consignacin de vehculos usados, la cual fue publicada el 3 de mayo de 2010 en el Diario Oficial de la Federacin. Norma Oficial Mexicana NOM-174-SCFI-2007, prcticas comerciales Elementos normativos para la prestacin de servicios en general.

    Gua de Autorregulacin nuevo esquema de verificacin buenas prcticas comerciales, Asociacin Mexicana De Distribuidores De Automotores AMDA- PROFECO

    Pginas Web: http://rcal.profeco.gob.mx/Catalogoca.jsp http://www.profeco.gob.mx/