Guía Informativa de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

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1 “El sistema económico es social y solidario …” Art. 283 de la Constitución

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1“El sistema económico es social y solidario…”Art. 283 de la Constitución

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La economía popular y solidaria es una forma de organización económica en la que sus inte-grantes, ya sea individual o colectivamente, or-ganizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios mediante relacio-nes basadas en la solidaridad, cooperación y re-ciprocidad, situando al ser humano como sujeto y fin de su actividad.

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Los sectores financiero y no financiero de la economía popular y solidaria están conformados por: cooperativas, asociaciones, organizaciones comu-nitarias y mutualistas. Son entidades de gestión democrática, tienen perso-nería jurídica de derecho privado e interés social.

Cooperativas

Son sociedades de personas que se han unido de forma voluntaria para satisfacer en común sus necesidades económicas, sociales y culturales.

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Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda

Son entidades que forman parte del sector financie-ro popular y solidario, cuyos objetivos son la cap-tación de recursos del público para destinarlos al financiamiento de la vivienda, la construcción, para el bienestar familiar de sus clientes y socios.

Una cooperativa es una empresa de propiedad conjunta. Históricamente son las más reconoci-das como las organizaciones en las que los so-cios son beneficiarios a la vez que propietarios. Puede haber cooperativas de ahorro y crédito, producción, consumo, vivienda y servicios.

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Organizaciones de la EconomíaPopular y Solidaria

La igualdad

En una organización de la economía popular y solidaria, los objetivos son: Dar trabajo a todos

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Toda organización de la economía popular y solidaria debe tener pro-gramas de educación y capacita-ción para mantener la igualdad del conocimiento, y avanzar en los pro-cesos de desarrollo de los socios y el país.

La educación y capacitación

sus miembros, lograr el bienestar y el buen vivir de todos. Es decir, el ser humano es primero, antes que el capital.

Cada uno de los socios de una or-ganización de la economía popular y solidaria tiene el control sobre ella;

En las organizaciones de economía popular y solidaria el balance so-cial busca que se cumplan todos los principios de la economía popular y solidaria; es decir, el bienestar de sus trabajadores, buenas condiciones laborales para los socios; que los excedentes que se generen se re-distribuyan en igualdad para todos. Además que se apoye a su comuni-dad ayudando en dispensarios mé-dicos, guarderías, educación. Pagar mejor a los productores y proveedo-res de insumos.

puede pedir cuentas en el momen-to que desee, es decir, tiene acceso a toda la información que requiera. También tiene responsabilidad en la gestión, porque todo socio puede realizar cualquier actividad dentro de su organización. Por último, to-dos y cada uno son coresponsa-bles, porque al ser dueños también son responsables de lo que pasa dentro de la organización.

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El artículo 283 de la Constitución del Ecuador establece que el siste-ma económico es social y solidario, y está integrado por las formas de organización pública, privada, mix-ta, popular y solidaria.

Con la publicación de la Ley Orgá-nica de Economía Popular y Soli-daria y del Sector Financiero Popu-lar y Solidario (LOEPS) en el 2011 y su Reglamento en el 2012, se crea la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), con el objetivo de contribuir al Buen Vivir de sus integrantes y de la comuni-dad en general.

La Superintendencia inició su tra-bajo el 5 de junio de 2012, cuando Hugo Jácome Estrella, Superinten-dente de Economía Popular y So-lidaria, asumió sus funciones ante el pleno de la Asamblea Nacional.

La Superintendencia es una enti-dad técnica de supervisión y con-trol que busca el desarrollo, estabi-lidad y correcto funcionamiento de las organizaciones de este sector de la economía, así como el bien-estar de sus integrantes y la comu-nidad en general.

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Las atribuciones que la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y el Código Orgánico Monetario y Financiero le otorgan a la SEPS, respecto de las organizaciones de la economía popular y solidaria y del sector financie-ro popular y solidario, son:

• Controlar y supervisar las actividades económicas y sociales de forma permanente: preventiva, correctiva e intensiva. Podrá exigir que se pre-senten y adopten medidas correctivas y de saneamiento.

• Velar por la estabilidad, solidez y correcto funcionamiento.

• Otorgar personalidad jurídica y disponer su registro. Deberá or-ganizar y mantener el catastro público.

• Fijar tarifarios de servicios que otorgan las entidades controladas y establecer las cláusulas obliga-torias y las prohibiciones de los contratos cuyo objeto sea la pres-tación de servicios financieros.

• Autorizar las actividades financie-ras, así como la cesión total de activos, pasivos y de los dere-chos contenidos en contratos de las entidades.

• Requerir información para levan-tar estadísticas, cuidando que la

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información que deba ser de conocimiento público sea clara y veraz.

• Imponer sanciones y, cuando sea el caso, remover administradores y fun-cionarios de las entidades, e iniciar acciones legales en su contra.

• Expedir normas de carácter general.

• Canalizar y verificar la entrega de información sometida a sigilo y reserva

• Investigar el origen de los recursos de operaciones de cambio y captación de monedas.

• Proteger los derechos de los socios, clientes y usuarios financieros

• Informar a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera los resultados del control.

• Disponer la suspensión de activi-dades de las personas naturales y jurídicas que, sin formar parte del Sistema Financiero Nacional, capten recursos de terceros, o realicen de manera habitual acti-vidades financieras.

• Actuar como miembro del Conse-jo Nacional contra el Lavado de Activos.

• Calificar a las empresas califica-doras de riesgos.

• Participar con voz en las sesiones de la Junta de Política y Regula-ción Monetaria y Financiera y de la Corporación del Seguro de De-pósitos, Fondo de Liquidez y Fon-do de Seguros Privados.

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• Reconocer a las organizaciones de la economía popular y soli-daria como motor del desarrollo del país y consolidarse como un sector económico: Visibilizar

• Fortalecer los principios de de-mocracia, cooperación, recipro-cidad y solidaridad en las acti-vidades económicas: Balance Social

• Mejorar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de los administradores hacia los socios y miembros de las organizaciones: Buen Go-bierno Cooperativo

Un sector tan trascendental como el de la economía popular y solidaria, requiere que el Estado supervise, con una visión integral, su adecuado funcionamiento y sus requerimientos.La Supervisión es importante porque permite:

• Velar por los derechos de los socios y asociados: Protección del ejercicio y cumplimiento de derechos

• Identificar nuevos desafíos para el diseño de políticas públicas en su beneficio y fortalecimien-to: Consolidación del sector

• Contribuir a la generación de confianza y credibilidad del sec-tor hacia la sociedad en su con-junto: Transparencia

La Superintendencia atiende al público y a las organizaciones de la econo-mía popular y solidaria y del sector financiero popular y solidario a través de sus oficinas de atención al usuario, proporcionando, principalmente, los siguientes servicios:

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Constitución de organizaciones:

La SEPS, aprueba y registra la constitución de las organizaciones del sector y les otorga personería jurídica, previo el cumplimiento de los requisitos que contempla la (LOEPS) y su Reglamento. Esto confiere la capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y acceder a los beneficios que la Ley les concede, en el ejercicio de las actividades de su objeto social.

Registro de socios o asociados:

Es el proceso mediante el cual la organización registra en la SEPS el ingre-so o salida de socios/asociados de las organizaciones que supervisa.

Registro de directivas:

Registrar las directivas nombradas por las organizaciones siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos legales.

Calificación de auditores internos y externos:

Calificar, previo el cumplimiento de los requisitos correspondientes, a las personas naturales o jurídicas para que ejerzan funciones como auditores internos o externos de las organizaciones.

Atención de consultas

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria cuenta adicional-mente con los siguientes canales de información para atender cualquier tipo de consultas, dudas o inquietudes:

• A la central telefónica: 02-3948840 A través del correo electrónico: [email protected]• En cualquiera de nuestras oficinas en: Ambato, Cuenca, Guayaquil,

Portoviejo y Quito.

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OFICINAS DE ATENCIÓN AL USUARIO DE LA SUPERINTENDENCIA

DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

www.seps.gob.ec

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[email protected]

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