Glosario de Derecho

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Glosario Bien Común: El que es usado por todos, pero cuya propiedad no pertenece nadie en forma privada. Ejemplos: la luz solar, el aire, la lluvia, el mar. Contrato: La convención, para Aubry y Rau, es el acuerdo entre dos o más personas sobre un objeto de interés jurídico; y el contrato constituye una especie particular de convención, cuyo carácter propio consiste en ser productor de obligaciones. Derecho Civil: El derecho donde se regulan los requisitos generales de los actos jurídicos privados, la organización de la familia y la propiedad privada. Derecho Constitucional: Rama del derecho público que tiene por objeto la organización del Estado y sus poderes, la declaración de los derechos y deberes individuales y colectivos y las instituciones que los garantizan. Derecho Penal: Es el que fija los bienes jurídicos que han de ser protegidos penalmente y, sobre esos principios, variables en el tiempo y en el espacio, se configuran específicamente los delitos y establecer la pena que a cada uno de ellos corresponde. Derecho: Colección de principios, preceptos y reglas que están sometidos todos los hombres en cualquiera sociedad civil, para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza. Equidad: La fidelidad y paralelismo con lo que acompaña, llevaría a decir que la equidad es la sombra del derecho, si cuanto de ella se ha pensado y escrito desde los albores jurídicos de la humanidad no la presentaron como su luz o complemento, ante la oscuridad o desamparo de la norma legal o frente a rigores y estragos de su aplicación estricta. Ya por su etimología, del latín equitas, igualdad, la equidad implica la idea de relación y armonía entre una cosa y aquello que le es propio, y se adapta a su naturaleza íntima. Juzgado: Conjunto de jueces que concurren a dictar una sentencia. Tribunal unipersonal o de un solo juez.

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Glosario de Ciencias Jurídicas y Sociales

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Bien Comn: El que es usado por todos, pero cuya propiedad no pertenece nadie en forma privada. Ejemplos: la luz solar, el aire, la lluvia, el mar. Contrato: La convencin, para Aubry y Rau, es el acuerdo entre dos o ms personas sobre un objeto de inters jurdico; y el contrato constituye una especie particular de convencin, cuyo carcter propio consiste en ser productor de obligaciones. Derecho Civil: El derecho donde se regulan los requisitos generales de los actos jurdicos privados, la organizacin de la familia y la propiedad privada. Derecho Constitucional: Rama del derecho pblico que tiene por objeto la organizacin del Estado y sus poderes, la declaracin de los derechos y deberes individuales y colectivos y las instituciones que los garantizan. Derecho Penal: Es el que fija los bienes jurdicos que han de ser protegidos penalmente y, sobre esos principios, variables en el tiempo y en el espacio, se configuran especficamente los delitos y establecer la pena que a cada uno de ellos corresponde. Derecho: Coleccin de principios, preceptos y reglas que estn sometidos todos los hombres en cualquiera sociedad civil, para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza. Equidad: La fidelidad y paralelismo con lo que acompaa, llevara a decir que la equidad es la sombra del derecho, si cuanto de ella se ha pensado y escrito desde los albores jurdicos de la humanidad no la presentaron como su luz o complemento, ante la oscuridad o desamparo de la norma legal o frente a rigores y estragos de su aplicacin estricta. Ya por su etimologa, del latn equitas, igualdad, la equidad implica la idea de relacin y armona entre una cosa y aquello que le es propio, y se adapta a su naturaleza ntima. Juzgado: Conjunto de jueces que concurren a dictar una sentencia. Tribunal unipersonal o de un solo juez. Tribunales: Conjunto de jueces o magistrados que administran colegiadamente justicia en un proceso o instancia. Sala o edificio en que los jueces de todas las jerarquas desempean sus funciones, aun siendo unipersonales. Tributos: Impuesto, contribucin y otra obligacin fiscal.