Fol Unidad 01

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)-, ¡ Ei Derecho del Trobojo Lo reguloción de los relociones loboroles comenzó o tener uno consideroción iurídico especiol o portir de lo segundo mitod del siglo xrx. Los primeros leyes se promul- goron por rozones de orden público, políticos o de iusticio sociol (el trobolo infontil, los occidenies loboroles, etcétero), que socudíon lo conciencio y lo sensibilidod sociol. A su vez, se desorrolloron los sindicotos, que presionobon poro meioror los cond¡ciones de trobojo. Fig. l.l. Reguisifos de lo octividod sometido ol Derecho del trobojo. O l. Evolución del Derecho del Trqboio A finoles del siglo xvttt comenzó e,n lngloterro lo denominodo Revolución lndustriol, que supuso lo progresivo susiitución de loi pequeños tolleres ortesonoles por. grondes ióbri- cos con nuevos móquinos y muchos troboiodores. El poder de los empresorios frente o los empleodos y lo folto de unión de éstos provo- cobon enormes obusos, y los.troboiodores sufríon durísimos condiciones de vido; por eiemplo, se comenzobo, o troboior con seis u ocho oños, los iornodos srp"robon'lo, quince horos y en los fóbricos los condiciones eron insolubres. El Derecho del Troboio surge poro oiender lo necesidod de regulor iurídicomente lo reolidod sociol del troboio,.liumono, ordenor los relociones entreiroboiodores y empre- so.rios y solucionor los conflictos que se puedon ocosionor como consecuencioie estos relociones, Fl 1949 se promulgó lo Ley del Estotuto de los Troboiodores, que contiene lo reguloción bósico de los relociones loboroles en Espoño. En 1995 se oprobó el Texto RJfundido de lo- Ley del Estoiuto de los Troboiodores (en odelonte, TRLET), que incorporobo los modificociones introducidos en lo mencionodo ley y los efectuoáor'"n otros disposicio- n.es leg.oles. Esto ley ho sufrido posleriormente div'ersos combios poro odoptorse o lo situoción económico y sociol de codo momento. Dentro del Derecho se distingue un coniunto de normos que, por referirse o sectores in- dividuolizodos de lo vido soéiol y por opoyorse en unos princ'ipios comunes, se diferen- cion de otros grupos de precept,cs. Trodicionolmente, el'Derecho se divide en público y privodo.. Los normos del Derecho público von dirigidos o regulor los relociones del Estodo y de los orgonismos públicos entre sí, osí coÉro sus reláciones con los porticu- lores cuondo el Estodo y los orgonismos públicos octúon de formo oficiol. El Derecho privodo regulo los relcciones entre porticulores, o con el Estodo y los orgonismos públi- cos cuondo éstos octúon de formo privodo. El Derecho delTroboio o.rp'o uno posición intermedio entre el público y el privodo, yo que se troto de un brdenomienio'iurídico que comprende normos de ombos. a 2. El troboio y el Derecho Lqborol Lo octividod regulodo por el Derecho del Troboio no es cuolquier toreo que puedon reolizor los_personos, sino uno porte concreto del trobojo que debe tener los siguientes requisitos (Figuro 1 .1): . voluntoriedqd. El troboiodor debe ser libre duronte el desorrollo de todo lo reloción loborol; tomo lo determinoción de troboior o no, decide si trobo jo poro uno persono o poro otro y tomo lo decisión de poner fin o lo reloción loborol en cuolquier momento. . lo. cuento oieno. Se troboio poro otro persono o lo cuol se cede el fruto del troboio cobrondo o combio un solorio. se excluye el troboio por cuento propio, cuyo resultodo es poro quien reolizo'lo octividod loborol. Voluntorio Por cuenlo oieno Dependiente . Retribuido Dependencio. El empresorio es el que ordeno cuóndo, dónde y cómo ho de reolizorse el troboio. Lo subordinoción no ho de ser obsoluto, puesto que entonces el trobojo no serío libre. Retribución. Todo octividod loborol ho de ser remunerodo, lo que ex- cluye lo reolizodo de formo grotuito. El empleodo recibe un solorio y el empresorio obtiene los bienes o servicios fruto de lo toreo desorrollódo por el trobojodor. loborol

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)-,¡ Ei Derecho del Trobojo

Lo reguloción de los relocionesloboroles comenzó o tener unoconsideroción iurídico especiolo portir de lo segundo mitod delsiglo xrx.

Los primeros leyes se promul-goron por rozones de ordenpúblico, políticos o de iusticiosociol (el trobolo infontil, losoccidenies loboroles, etcétero),que socudíon lo conciencio ylo sensibilidod sociol. A su vez,se desorrolloron los sindicotos,que presionobon poro meiororlos cond¡ciones de trobojo.

Fig. l.l. Reguisifos de lo octividodsometido ol Derecho del trobojo.

O l. Evolución del Derecho del Trqboio

A finoles del siglo xvttt comenzó e,n lngloterro lo denominodo Revolución lndustriol, quesupuso lo progresivo susiitución de loi pequeños tolleres ortesonoles por. grondes ióbri-cos con nuevos móquinos y muchos troboiodores.

El poder de los empresorios frente o los empleodos y lo folto de unión de éstos provo-cobon enormes obusos, y los.troboiodores sufríon durísimos condiciones de vido; poreiemplo, se comenzobo, o troboior con seis u ocho oños, los iornodos srp"robon'lo,quince horos y en los fóbricos los condiciones eron insolubres.

El Derecho del Troboio surge poro oiender lo necesidod de regulor iurídicomente loreolidod sociol del troboio,.liumono, ordenor los relociones entreiroboiodores y empre-so.rios y solucionor los conflictos que se puedon ocosionor como consecuencioie estosrelociones,

Fl 1949 se promulgó lo Ley del Estotuto de los Troboiodores, que contiene lo regulociónbósico de los relociones loboroles en Espoño. En 1995 se oprobó el Texto RJfundidode lo- Ley del Estoiuto de los Troboiodores (en odelonte, TRLET), que incorporobo losmodificociones introducidos en lo mencionodo ley y los efectuoáor'"n otros disposicio-n.es leg.oles. Esto ley ho sufrido posleriormente div'ersos combios poro odoptorse o losituoción económico y sociol de codo momento.

Dentro del Derecho se distingue un coniunto de normos que, por referirse o sectores in-dividuolizodos de lo vido soéiol y por opoyorse en unos princ'ipios comunes, se diferen-cion de otros grupos de precept,cs. Trodicionolmente, el'Derecho se divide en públicoy privodo.. Los normos del Derecho público von dirigidos o regulor los relociones delEstodo y de los orgonismos públicos entre sí, osí coÉro sus reláciones con los porticu-lores cuondo el Estodo y los orgonismos públicos octúon de formo oficiol. El Derechoprivodo regulo los relcciones entre porticulores, o con el Estodo y los orgonismos públi-cos cuondo éstos octúon de formo privodo. El Derecho delTroboio o.rp'o uno posiciónintermedio entre el público y el privodo, yo que se troto de un brdenomienio'iurídicoque comprende normos de ombos.

a 2. El troboio y el Derecho Lqborol

Lo octividod regulodo por el Derecho del Troboio no es cuolquier toreo que puedonreolizor los_personos, sino uno porte concreto del trobojo que debe tener los siguientesrequisitos (Figuro 1 .1):

. voluntoriedqd. El troboiodor debe ser libre duronte el desorrollo de todolo reloción loborol; tomo lo determinoción de troboior o no, decide sitrobo jo poro uno persono o poro otro y tomo lo decisión de poner fin olo reloción loborol en cuolquier momento.

. lo. cuento oieno. Se troboio poro otro persono o lo cuol se cede elfruto del troboio cobrondo o combio un solorio. se excluye el troboiopor cuento propio, cuyo resultodo es poro quien reolizo'lo octividodloborol.

Voluntorio

Por cuenlooieno

Dependiente .

Retribuido

Dependencio. El empresorio es el que ordeno cuóndo, dónde y cómo hode reolizorse el troboio. Lo subordinoción no ho de ser obsoluto, puestoque entonces el trobojo no serío libre.

Retribución. Todo octividod loborol ho de ser remunerodo, lo que ex-cluye lo reolizodo de formo grotuito. El empleodo recibe un solorio y elempresorio obtiene los bienes o servicios fruto de lo toreo desorrollódopor el trobojodor.

loborol

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\El Derecho del Trobojo

O 3. Actividodes excluidos del Derecho Loborol

El ortículo I del Estotuto de los Troboiodores excluye uno serie de octividodes del ómbi-to del Derecho Loborol, bien porque corecen de los requisitos estudiodos en el epígrofeonterior o bien porque lo estoblece lo ley; estos octividodes son los siguientes:

. El troboio desempeñodo por los funcionorios públicos.

o Los prestociones personoles obligotorios (por eiemplo, servicios que los oyuntomien-tos pueden exigir en cosos de emergencios, formor porte de un iurodo, formor portede uno meso electorol, etcétero).

'Lo octividod de conseiero o ser miembro de un órgono de odministroción de unosociedod, siempre que no se desempeñen otros funciones.

o Los troboios reolizodos o título de omistod, benevolencio o bueno vecindod.

o Los troboios fomiliores, solvo que se demuestre lo condición de osoloriodos. Se consi-deron fomiliores siempre que convivon con el empresorio, el cónyuge, los descendien-tes, oscendientes y demós porientes por consonguinidod o ofinidod, hosto el segundogrodo inclusive.

o Lo octividod de los comisionistos, siempre que respondon del buen fin de lo opero-ción.

Ante un incendio forestol, los outoridodes del municipioofectodo hocen un llomomiento o los vecinos con edodescomprendidos entre dieciocho y sesento oños poro colobo-ror con Protección Civil.

¿Qué tipo de reloción se estoblece por los servicios pres-tqdos?

a 4. Relociones lqboroles de cqrócter especiol

Existen uno serie de octividodes que, ounque son retribuidos y se preston por cuen-to oieno, debido o sus corocterísticos especioles se oporton de los normos comunesdel Derecho del Troboio y requieren uno reguloción especiol, por eiemplo, en moteriode solorios, vocociones, hororios, turnos, etcétero. Son los siguientes:

. Personol de olto dirección.

. Empleodos ol servicio del hogor fomilior.

. Penodos en los instituciones penitenciorios.

o Deportistos profesionoles.

o Artistos en espectóculos públicos.

o Representontes de comercio.

. Minusvólidos en centros especioles de empleo.

¡ Estibodores portuorios (corgo y descorgo de muelles) que preston sus servicios o tro-vés de sociedodes estotoles.

o Cuolquier otro troboio que seo expresomente declorodo como reloción loborol decorócter especiol por uno ley.

Acrividodes pl. lndico si los siguientes octi-

vidodes eslún regulodos ono por el Derecho Loborol:

o) Juon estó estudiondoun ciclo formofivo deCocino. Sus podres tienen un restouronte ylos domingosJuon vo ooyudorles porque sue-

len tener mucho koboio.Sus podres le suelen doruno propino codo díoque les oyudo.

b) Luiso es ouxilior declínico. Troboio desdehoce cinco meses enun hospitol con un con-troto indefindio.

Coso próctico I

Solución

Es un tipo de reloción que quedo excluido del DerechoLoborol, yo que el troboio no es ni retribuido, ni voluntorio;por tonio, nos encontromos onte uno prestoción personolobligotorio.

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El Derecho del Troboio

O 5. Los fuentes del Derecho del Troboio

Los fuenlres delDerecho son el origen de los normos iurídicos e indicon cuól de ellosho de oplicorse en codo coso concreto. Estos fuentes son múltiples, y pueden ser deorigen inlerno (nocionol) o externo (internocionol).

los normos se ordenqn de formo lerórquico, de esto monero sobemos qué normos sonmós importontes y cuóles son normos de desorrollo de los primeros. El principio de pri-mocío indico que los normos de moyor rongo prevolecen sobre los de menor rongo, yo su vez que los de menor rongo no pueden controdecir lo dispuesto en uno normo derongo superior.

En el siguiente esquemo se puede ver lo ierorquío del ordenomiento iurídico espoñol.

{

{

-c jurisprudencio del Tribunol Sucrerno complemenio el ordenc¡r enio jurídico y sirve como poutoce interpretoción en lqs ocfuo-: c^es de _los iueces y kibunoles-:e'iores. Estos se cuidorón en sus

sentencios de no controdecir los

c'scosiciones del mós olto tribu-.,s . ya que, de no hocerlo osí, ela:rticulor insotisfecho podrío inter-

3:ner recursos olegondo infroc-:rán de lo doctrino interpretotivor+ Tribunol Supremo.

Emonodos de los Cortes

Emonodos del Gobierno(normos con rongo de ley)

Gobierno

Ministros

Jerorquío normotivo espoñola

Leyes orgónicos

Leyes ordinorios

-:i :-enlies internos del Derecho

-::':.ol son:

. -: Constitución.

. is eyes y reglomentos (leyes:"gánicos y ordinorios, decre-r:s-reyes, decretos leg islotivos- 'esles decreios).

¡ -:: convenios colectivos.

¡ -:s controios de troboio.

. -o cosfumbre.

, -os principios generoles del)erecho.

Decretos - ley

a Textos orticulodos

Decretos legislotivos -l\ Te*to, refundidos

Reoles decretos

órdenes

5.1 . Fuentes internos

Los fuentes del Derecho del Troboio presenton unos corocterísticos especioles respectool resto del ordenomiento iurídico. Por uno porte, hoy unos fuentes comunes con el res-to de los romos del Derecho y, por otro, unos fuentes especioles exclus¡vos del Derechodel Troboio, que son: los convenios colectivos (fruto del'reconocimiento del derecho olo negocio,ción colectivo), los controtos de troboio y los usos y costumbres locoles yprofesionoles.

En el ortículo 3 del TRLET se señolo que ulos derechos y obligociones concernientes o Ioreloción loborol se regulon:

o) Por los disposiciones legoles y reglomeniorios del Estodo.

b) Por los convenios colectivos.

c) Por lo voluntod de los portes monifestodo en el controto de troboio.

d) Por los usos y costumbres locoles y profesionoles.

Lo potestod de eloboror y oprobor los leyes corresponde en Espoño c los Cories Gene-roles (Congreso y Senodo). No obstonte, boio determinodos circurrstonclos el Gobiernopuede eloboror normos con rongo de ley boio el conirol de los Cones.

to

¡

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(El Derecho del Troboio

I A. Lo Constitución

Lo Constitución de 1978 es lo normo que ocupo uno posición supremo en nuestro

ordenomiento iurídico y que prevolece sobre el resto de los leyes. A portir de loConstitución se deben desorrollor los restontes normos y leyes.

El contenido loborol de lo Constitución se puede closificor en tres grondes bloques:Cerechos fundomentoles, derechos y libertodes de los ciudodonos (no tienen el corócterde fundomentoles) y principios económicos y socioles que hon de seguir los políticos deos poderes públicos (Figuro 1.3).

Derechos fundomentoles:orlículo 2B

o Libertod poro fundor sindi-

cotos y derecho o ofiliorselibremente ol sindicoto que

se eliio.

. Derecho o lo huelgo.

. Derecho o no ser discrimino-do por rozón de sexo, rozo,religión, opinión o cuolquierotro circunstoncio personolo sociol.

Derechos y libe*odes de los

ciudodonos

I

I

. Derecho ol trobo¡o.

. Derecho o lo promocióno trovés del trobo¡o.

. Derecho o lo elecciónde profesión u oficio.

. Derecho o lo negocio-ción coleclivo.

. Derecho o un solorioodecuodo.

. Derecho o lo libertod deempreso.

Principios rectores de lopolítico económico y sociol

I

II

o Montener un régimen públi-co de Seguridod Sociol.

. Reolizor políticos orientodosol pleno empleo.

. Velor por lo seguridod e hi-

giene en el trobo¡o.o Gorontizor el desconso ne-

cesorio medionte lo limito-ción de lo iornodo loborolylos vocociones retribuidos.

o Fomentor lo formoción yreodoptoción profesionol.

Fig" !.3. Closificoción del confenido loborol de Io Constitución

f B. Los leyes emonodqs de los Corles Generoles

r Leyes orgón¡cqs. Son los que regulon los moterios relotivos ol desorrollo de los dere-chos fundomentoles y de los libertodes públicos, los que opruebon los Estotutos de Au-tonomío y lo Ley Generol Electorol. Se opruebon por moyorío obsoluto en votoción.

r Leyes ordinorios. Son todos los leyes oprobodos por los Cortes Generoles que no ten-gon el corócter de orgónicos y que se eloboren por el procedimiento legisloiivonormol. Por eiemplo, lo Ley de Empleo, el Estotuto de los Troboiodores y lo Ley dePrevención de Riesgos Loboroles.

3 C. Los normqs con rqngo de ley emqnqdos del Gobierno

. Decretos-ley. Lo Constitución estoblece que, en coso de extroordinorio y urgente nece-sidod, el Gobierno podró dictor disposiciones legislotivos provisionoles que tomorónlo formo de decretos-leyes, ounque no podrón ofector o moterios propios de los leyes

orgónicos.

o Decretos legislotivos. Los Cortes Generoles pueden delegor en el Gobierno lo focultodde dictor nórmos iurídicos con rongo de ley, que reciben el nombre de decretos legis-lotivos.

En el ómbito loborol, lo liber-tod sindicol y el derecho o losindicoción hqn sido regulodosmedionie lo Ley Orgónico deLibertod Sindicol, yo que ofectool eiercicio de los derechos fun-domentoles y de los libertqdespúblicos.

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-:: pfincipoles leyes loboroles:: - en reclidod textos refundi-::s. como por elemplo el Texto;::undido de Io Ley del Estotuto:e los Trobojodores (TRLET) ye Texto Refundido de lo Ley

Generol de Seguridod SocioliTRLGSSJ.

Los condiciones esioblecidosen los convenios coleclivosmorcon los mínimos que honde ser respetodos en los con-troios individuoles, los cuolesno pueden esioblecer condi-ciones de trobolo menos fovo-'obles poro los troboiodores¡ue los de los convenios, perosí pueden mejororlos.

Costumbre. Desde el punto de. :-l -' dico, se denomino cos-"--3re c lo normo de conducto-:: :f, de lo reiierodo y cons-': --: :'áctico sociol y que es

::-: :e-oCo por lo comunidod::-::: cotorio.

-cs cecretos lecisioiivos pueden ser:

¡ Textos orticulodos, cuondo el Gobierno desorrollo unos directrices o boses dodos porlos Cortes Generoles.

o Textos refundidos, cuondo los Cortes outorizon ol Gobierno o reunir en un solo textouno serie de leyes dispersos que regulon lo mismo moterio, con lo finol¡dod de reoli-zor uno redocción rocionol de los leyes yo existentes.

O D. Los reglomentos

Los reglomentos son normos iurídicos de rongo inferior o los leyes, dictodos por el Go-bierno, los minisiros u otros órgonos con potestod reglomentorio, que desorrollon losleyes y tienen un rongo inferior o ellos.

O E. Los conven¡os colectivos

El convenio colectivo es uno fuente especiol del Derecho Loborol que no existe enotros sectores del ordenomiento iurídico. Se puede definir como un ocuerdo escrito,libremente negociodo entre los representontes de los troboiodores y de los empre-sorios, poro regulor los condiciones de troboio y los normos de convivencio loborolen los empresos.

Los condiciones estoblecidos en los convenios colectivos morcon los mínimos que honde ser respetodos en los controtos individuoles, los cuoles no pueden estoblecer condi-ciones de irobojo menos fovorobles que los de los convenios.

El derecho o lo negocioción colectivo estó reconocido en lo Constitución, puesto que enello se proclomo que ulo ley gorontizoró el derecho o lo negocioción colectivo loborolentre los representontes de los troboiodores y empresorios, osí como lo fuerzo vinculon-te de los convenios>.

C F. El controto de troboio

En el controto de troboio se monifiesto lo voluntod de los portes {empresorio y troboio-dor), pero teniendo en cuenio que en ningún controlo se pueden estoblecer condicionesmenos fovorobles poro el troboiodor o controrios o lo estoblecido en los normos lurídi-cos y en los convenios colectivos. El controto debe celebrorse libremente con el mutuoocuerdo de los portes que iniervienen.

ü G. Los usos y costumbres locoles y profesionoles

Los usos y coslumbres usólo se oplicorón en defecto de disposiciones er r :: -: ^ .:ncio-noles o controctuoles, o no ser que cuenten con uno remisión expres: 3: ::: ' :-:ndoes lo propio ley 1o que se remite o esto costumbre locol o profes:-: ::-: :-=: sci-elolconce de sus propios disposiciones.

Lo corccterístico de locol se refiere o uno locolidod en co.c-3-:dcmente olegodo en otro. Lo corocterístico profesionol hocelo costumbre de uno determinodo romo de lo producció'costumbr-e iocol generol.

n?

Page 6: Fol Unidad 01

\El Derecho del Troboio

5.2. Fuenles exfernqs

El Estodo espoñol, en su reloción con otros poíses, orgonismos e instituciones interno-cionoles, osume uno serie de obligociones, y como resultodo de ésios se incorporon olCerecho espoñol unos fuentes de origen internqcionol que se corocterizon por su primo-cío sobre el derecho interno. Son fuentes internocionoles los trotodos iniernocionoles, losrormotivos de lo Unión Europeo y los disposiciones de lo Orgonizoción lnternocionoldel Troboio (OlT).

3 A. Los trotodos internocionoles

'os trotodos internocionoles vólidomente celebrodos por Espoño poson o formor portejel ordenomiento iurídico espoñol uno vez oprobodos en los Cortes y publicodos en elBoletín Oficiol del Estodo (BOE).

Estos trotodos sólo son vólidos si se suieton o lo dispuesto en lo Constiiución.

C B. Lo Orgonizoción lnternocionol delTroboio

Lo Orgonizoción lnternocionol del Troboio (OlT) es un orgonismo especiolizodo de loCrgonizoción de los Nociones Unidos (ONU). Su finolldod es promover occiones inter-nocionoles poro meioror los condiciones de troboio y el nivel de vido de los troboiodo-res; osimismo, lo OIT se encorgo de eloboror progromos de osistencio y osesoromientoc los poíses que lo requieron.

Lo octividod de lo OIT se monifiesto medionte tres tipos de normos iurídicos: convenios,recomendociones y resoluciones, tol como se refleio en lo Toblo I .l .

Irecho

Tienen corócler de trotodos internocionoles que, ol ser suscrilos por voriosEsfodos, don lugor o uno especie de Derecho lnternocionol del Troboio.

Son normos que corecen de corócter vinculonfe poro los Estodos miembros ysólo obligon o informor sobre el grodo de cumplimiento de lo recomendodo.

Expreson los criterios de lo OIT sobre delerminodos moterios y corecen deobligotoriedod.

Toblo I .l . Normos iurídicos de lo OlT.

C C. [q Unión Europeo

Lo Unión Europeo (UE) es uno orgonizoción constiiuido por diversos Estodos europeosdemocróticos que se hon comprometido o troboior iuntos en beneficio de lo poz y loprosperidod. Sus miembros hon creodo instituciones comunes en los que delegon portede su soberonío, con el f¡n de que se puedon tomor decisiones democróticomente so-bre osuntos específicos de interés común, o escolo europeo. Esio unión de soberoníostombién se denomino integroción europeo.

Lo Unión Europeo tiene entre sus fines principoles elevor el nivel de vido de los trobo-

iodores de los Estodos miembros y equiporor los condiciones loboroles en los distintospoíses.

Poro llevor o cobo estos obietivos cuento con cinco instituciones, codo uno de ellos conuno función específico (Toblo 1.2).

Los fuentes externos del DeLoborol son:

. Reglomentos, directivos y deci-siones de lo Unión Europeo.

o Convenios y recomendocio-nes de lo OlT.

o Trotqdos o convenios interno-cionoles.

Espoño es uno de los poísesmiembros mós ontiguos de loOlT, yo que formo porte de estoorgonizoción desde su fundo-ción en I 9l 9.

PorlomentoElegido por los ciudodonos de los Estodosmiembros.

ConseioRepresenlo o los gobiernos de los Estodosmiembros.

ComisiónEs el órgono eiecutivo de lo Unión, yrepresento y defiende los intereses de loUE en su conjunto.

Tribunol de JusiicioGorontizo el cumplimiento de los normosde lo Unión Europeo.

Tribunol de CuentosEfectúo el control del presupuesto de loUnión Europeo.

Toblo I .2. lnslítuciones de lo LJniónEuropeo.

l3

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)El Derecho del Troboio

Los fuenles del Derecho de lo UE son los que se recogen o co,rr-^l.6c 3'

'R€lomentosSon normos de oplicoción en todos los Estodos miembros, y cr?g" -'¡ rnisrno.Derecho

en iodo lo Unión. Se publicon en el Diorio Oficíolde /o {Jnró" Europes {DOUE) y en-

tron en vigor en lo fecho que ellos mismos fi¡en o, o folto de ello, s los veinte díos de

su publicJción. No es necbsorio tronsponerlos ol Derecho nocfono]l.

o Directivos

Morcon unos ob¡etivos o los destinotorios, quienes,-en un plozo delerminodo, deben

odoptor los medidos necesorics poro conseguir los fines previstot. E: necesorio trons-

oonerlos ol Derecho nocionol: orí, lot Estodts creon uno nuevo legisloción nocionol

o b¡"n modificon normos existentes poro conseguir los resultodos preiendidos por los

directivos europeos.

r Decisiones

Son obligotorios en todos sus elementos, pero no tienen olconce generol sino porticulor.

o Recomendociones y dictómenes

Son texios de orientoción que no imponen obligociones iurídicos o los destinotorios,

sino que expreson volorociónes o juicios de orden político y morol, Pero que no tienen

fuerzo obligotorio.

Los octuociones en moterio loborol de lo Unión Europeo se enmorcon en lo llomodo

dimensión sociol europeq, que se osiento en el principio de no discriminoción entre

los ciudodonos de los'Estodos miembros por rozón de su nocionolidod; este principio

tiene uno serie de consecuencios, entre ios que cobe destocor los que oPorecen en

lo Toblo ,l.3.

De personos hoboiodoros: todo ciudodono de lo Unión tiene derecho o residir y circulor Iibremente en todo el territorio

de los Estodos miembros. Exisie lo posibilidod de kobojor en un poís de lo Unión Europeo distinto del propio con los

mismos derechos loboroles y sindicoles y con lo mismo protección sociol que los trobolodores del poís de ocogido.

De prestoción de servicios: los trobojodores independienies.y los ortesonos pueden esioblecerse en cuolquier poís de lo

Uniln Europeo, con lo condición de probor qr" hon ejercido su profesión en otro Estodo miembro duronte un periodo

de tres o seis oños, según el tipo de ociividod.

Libertod de estblecimiento: todos los ciudodonos de lo Unión tienen lo posibilidod de desorrollor octividodes por

cuento propio y de creor y geslionor empresos.

Hon sido regulodos los siguientes mote¡ios: controtos de koboio escritos, protección de lo solud de los troboiodores,

prohlbiciónie troboior o-r"noru, de quince oños y protección o lo_muier.emborozodo. Estos disposiciones no excluyen

io posibilidod de que codo poís puedo estoblecer condiciones mós fovorobles.

Los profesiones de obrero y empleodo cuolificodo se pueden elercer en otro poís cuondo sus títulos hoyon sido ob¡eto de

reconocimiento mutuo. Lo Comisión Europeo publico periódicomenle, por sectores profesionoles, toblos de correspon-

dencio de titulociones en el Diorio Ofícíol de lo Uníón Europeo.

Los oposiciones o Io función público deben estor obiertos o todos los ciudodonos de los Estodos miembros de lo Unión,

con excepción de los empleos que implicon el elercicio de poder público y de lo soberonío nocionol; por eiemplo, poli-

cío, ejército y olto Administroción.

El Fondo Sociol Europeo (FSE) fomento lo formoción de los trobojodores y promueve iniciolivos dirigidos o lo creoción

de empleo, especiolmente poro los porodos de lorgo duroción, concediendo tombién subvenciones solorioles o este iipo

de desempleodos.

T*

i'::,É 1,3. Actuociones de lo lJnión Europeo en moleriol loboral.

Page 8: Fol Unidad 01

\El Derecho del Trobojo

Ordeno ierórquicomenle los siguientes normos:

o Convenio colectivo de lo industrio de lo modero.

o Texto refundido de lo Ley del Estotuto de los Troboiodores.

o Reglomento de lo Unión Europeo.

o Constitución.

. Orden ministeriol.

Coso prócrico 2 pSolución

1 . Reglomento de lo Unión Europeo.

2. Constitución.

3. Texto refundido de lo Ley del Estotuto de los Troboiodores.

4. Orden ministeriol.

5. Convenio colectivo de lo industriol de lo modero.

Un ioven que ho reolizodo el ciclo de Grodo Medio enFormocio es controtodo como técnico en uno empresoen Froncio.

¿Tendró esle ioven los mismos derechos loboroles queel resto de los técnicos de dicho poís?

Coso prócrico 3 pSolución

Los octuociones en moierio loborol de lo Unión Europeose boson en lo no discriminoción entre los ciudodonos delos poíses miembros; por tonfo, el citodo técnico tiene losmismos derechos que sus compoñeros fronceses.

2. Jorge es un ioven estudionte espoñol que ocobo de leer unonoticio sobre un reglomento de lo Unión Europeo en moterio pesquero. El ortículo señolo que el reglomento entroróen vigor en nuestro poís dentro de veinte díos, y que dichoreglomento controdice uno ley ordinorio espoñolo.

Actividodes

¿Crees que es posible que el reglomento de lo UniónEuropeo se oplique si controdice uno normo del Estodoespoñol?

Rozono lo respueslo.

, 6. Princioios lloro lq oplicociónde loi normqs lqboioles

Los normos lurídicos se oplicon e interpretonquío, que estoblece que ulos normos de rongorongo superior>.

A lo horo de oplicor e interpretor correctomente los normos de corócter loborol se debentener en cuento unos principios específicos propios del Derecho del Troboio: principio denormo mínimo, principio de normo mós fovoroble, principio de irrenunciobilidod de dere-chos, principio de condición mós beneficiosq y principio in dubio pro operario (Toblo 1 .4).

Actividodes

3. Uno ioven de dieciocho oños es controtodo como técnico en cuidodos ouxilioresde enfermerío. El sueldo mensuol poro su cotegorío según convenio colectivoes de 840€/mes. En el controto de troboio se ho hecho constor que percibiró900€/mes y el Solorio Mínimo lnterprofesionol, es decir, el solorio que fiio elGobierno codo oño, osciende o 200€ poro los mqyores de dieciocho oños.

¿Qué solorio le corresponde legolmenb cobrur o lo citodo ioven?

de ocuerdo con el principio de ieror-inferior no pueden controdecir los de

l5

Page 9: Fol Unidad 01

)El Derecho del Troboio

Principiode normo mínimo

Principio de normomós fovoroble

Principio deirrenunciqbilidod

de derechos

Principio de condiciónmós beneficiosq

Principio in dubiopro operorio

Tcblo I .4. Principios poro Io aplicoción de los normos loborales.

Coso próctico 4

Aplicoción de normos loboroles:

o) Normo mínimo: un convenio colectivo estoblece que lostroboiodores incluidos dentro de su ómbito de oplico-ción disfrutorón de 25 díos noturoles de vocociones oloño. Señolq siesto serío posible.

b) Normo mós fovoroble: un troboiodor reolizo uno ior-nodo de ocho horos diorios según lo estoblecido en su

controto. El convenio colectivo de oplicoción en su sec-tor fiio uno iornodo de siete horos. ¿Qué iornodo debe-río reolizor este troboiodor?

c) lrrenunciobilidod de derechos: uno empreso propone oun troboiodor un oumento de sueldo o combio de querenuncie o uno de los dos díos de desconso semonolque le corresponden según convenio. El trobojodoroccede. ¿Es correcto lo octuoción del troboiodor?Condición mós beneficioso: un troboiodor firmó su

controto hoce tres oños, y en él se estobleció que loempreso le pogorío un plus de tronsporte. Actuqlmentese estó negociondo un nuevo convenio oplicoble o su

sector y, según los noticios que le hon llegodo o trovésdel delegodo de personol, se vo o suprimir el derecho oese plus. Señolo si conservorío el derecho o percibir esocontidod y qué principio debe oplicorse.

ln dubio pro operorio: un empleodo sufrió un infortode miocordio en su puesto de troboio. Sin emborgo, lomuiuo de occidentes de iroboio consideró que no ero un

occidente de troboio, ol no quedor cloro lo reloción decousolidod entre el troboio y el inforto. ¿Qué dictoró elJuzgodo de lo Sociqlol respecto?

El principio de normo mínimo significo que los normos de rongo superior determinon el contenido mínimo de lo normo que lo

sigue, esiobleciendo unos condiciones de troboio inderogobles en periuicio del iroboiodor. Por tonto, los normos loboroles deinferior rongo pueden estoblecer mejores condiciones de koboio que lo normo de superior rongo, pero nunco empeororlos.

Por eiemplo, en un convenio colectivo no se pueden estoblecer condiciones loboroles peores que los que dicton los leyes; ni

los conkotos de troboio individuoles pueden estoblecer condiciones menos fovorobles que los de los convenios.

Cuondo existon dos o mós normos, cuolquiero que seo su rongo, oplicobles o un coso concreto, se oplicoró lo que,

opreciodo en su coniunto, seo mós fovoroble poro el troboiodor.

Lo normo en cuestión se oplicoró en su totolidod, es decir, no se puede tomor lo fovoroble y rechozor lo odverso.

Los trobojodores no pueden renuncior o los derechos que tengon reconocidos en los normos legoles y en los

convenios colectivos; por eiemplo, no pueden renuncior o los vocociones reiribuidos, ol solorio, ni o los periodos dedesconso.

Si uno normo loborol estoblece condiciones peores que los conienidos en los conirotos, prevolecerón los condicionesmós beneficiosos que se fiioron onteriormenle.

Este principio significo que los tribunoles, en coso de dudo sobre lo oplicoción de lo normo, lo interpretorón de loformo que resulte mós beneficioso poro el troboiodor.

Solución

o) No serío posible puesto que el principio de normo mínimoestoblece que los normos de rongo superior dicton losmínimos inderogobles poro los de rongo inferior. Tendróderecho o los 3O díos noturoles que estoblece el ET.

b) Se oplicorío lo iornodo de siete horos que estoblece elconvenio colectivo, ol ser lo mós fovoroble poro el iro-boiodor.

c) No es correcto porque el principio de irrenunciobili-dod de derechos señolo que los trobojodores -o pue-den renuncior o derechos que tengon reccrc:lccs enlos normos legoles y en los convenios c3 e:r ,:s.

d) d) El troboiodor continuorío percrbieri¡porte. Se oplicorío el princ:clc:ebeneficioso, Que determino c-le s -';estoblece condiciones pec-=: r -= ::los controtos prevolece:ór c. :: -: :

El.Juzgodo deción de que icy en el lugcr-dente Ioborc i'

puedo Ceros-ri n fo rto.

ficiosos poro el trobc i::- r-: ::mente

l.

cc,'-3e'-:3-3:-. - :

['u

e)

Page 10: Fol Unidad 01

\-El Derecho del Trobojo

a 7. Derechos y deberes de los troboiodores

Los principoles derechos y deberes de los troboiodores estón recogidos en lo Constitu-ción y en el Estotuto de los Troboiodores. Los resumimos en lo Toblo

,l.5:

Toblo I .5. Principoles derechos y deberes derivodos de los relociones loboroles.

Como consecuencio del controto de troboio y en virtud de su poder de dirección y or-

gonizoción de lo empreso, el empresorio puede odoptor los medidos que estime opor-.nos poro vigilor y controlor el cumplimiento de los obligociones del lrobojodor, perosiempre respelondo lo consideroción debido o lo dignidod e intimidod de los personosy lo legolidod vigente en codo momento.

Lo jurisprudencio ho odoptodo el criterio de que los órdenes del empresorio se presu-

men legítimos, y el troboiodor debe cumplirlos sin periuicio de que, posteriormente, los

impugne si no estó de ocuerdo.

Troboio y libre elección de lo profesión.

Libre sindicoción.

Negocioción colectivo.

Adopción de medidos de conflicto colectivo.

Reunión.

Huelgo.

Porficipoción en lo empreso.

Ocupoción efectivo del puesto de troboio.

Promoción y formoción profesionol en el kobo¡o.

lntegridod físico y odecuodo político de protección en moleriode seguridod e higiene.

Respeto o lo intimidod y o lo consideroción debido o lo dignidod.

Percepción puntuol del solorio.

Eiercicio individuol de los occiones derivodos del controto de troboio.

No ser discriminodo por rozón de edod, sexo, estodo civil, rozo, condi-ción sociol, ideos religiosos y políticos, ofilioción o un sindicoto y hoblorolguno de los lenguos del Estodo.

Protección frente o ofensos verboles, físicos o sexuoles.

Cumplir los obligociones del puesio de hoboio.

Observor los medidos de seguridod e higiene.

Cumplir los órdenes e instrucciones del empresorio.

Conkibuir o lo meioro de lo productividod en lo empreso.

No compelir con lo octividod de lo empreso.

Cuonlos se deriven del controio loborol.

Poder de dirección. Se conocecomo poder de dirección o lofocultqd que tiene el empresorioporo disponer lo orgonizocióndel trobojo.

Poder disciplinorio. Es lo focul-tod que tiene el empresorio porosoncionor ol troboiodor por losfoltos cometidos.

El Tribunol Constitucionol ho entro-do o voloror en vorios seniencioslos medidos de conirol y vigi-loncio reolizodos por el empre-sorio medionte lo instolociónde videocómoros en los lugo-res de troboio. No permite su

instqloción en oquellos zonosexcluidos per se (como vestuo-rios, servicios, comedores, zonosde desconso, etc.). Ademós, no

outorizo tompoco lo insiolqciónde un sistemq de oudio en zonosde hoboio, ql entender que resulto

uno medidq desproporcionodo:los micrófonos instolodos por lo

empreso podríon coptor comento-rios indiscriminodos y totolmenteoienos o su interés y entroríon delleno en el ómbito de lo intimidodpersonol.

17

l

Page 11: Fol Unidad 01

El Derecho del Troboio

Antes de oplicor uno sonción hoy que comproborToblo I .ó se pueden observor los distintos tipos deque es el de prescripción de los mismos.

que lo folto no ho prescrito. En lofoltos y el plozo poro su sonción,

Clqses de foltqs

Leves

Groves

Muy groves

Díos nqturqles

l0 díos

20 díos

ó0 díos

Plozo de prerdpciih

Desde el momenfo en que el empresorio tuvo cono-cimiento de lo mismo

En cuolquier coso, o los seis meses de su comisión

Los koboiodores pueden desobe-decer los órdenes del empreso-rio en olgunos cosos¡ como poreiemplo:

. Cuondo los órdenes ofecten osu vidq privodo.

o Si son peligrosos y suponen unriesgo grove poro su solud.

. En oquellos cosos en los queoienten o su dignidod personol.

Toblq l.ó. C/oses de foltos y plozo de prescripción.

No se podrón imponer sonciones que consision en lo reducción de lo duroción de losvocociones u otro minoroción de los derechos ol desconso, ni multo en concepio de son-ción, ounque sí se permile lo suspensión de empleo y sueldo, constituyendo lo móximosonción el despido.

z\lCA Coso oróctico 5\tt ¡

\Test de honestidod

Uno koboiodoro, empleodo como coiero en uno codeno de drogueríos de un pueblode Borcelono, fue sometido por sus iefes o un test de honestidad. Consistío en intro-ducir en su coio o escondidos un billete de I O euros poro comprobor si ol finol de loiornodo lo declorobo o si se quedobo con é1. Los encorgodos de zono de lo codeno,comunicoron o lo troboiodoro que hobío sido sometido o dicho pruebo y que foltobon10 euros, por lo que le onuncioron que hobío sido expedientodo y despedido. Poste-riormente, encontróndose lo empleodo de bojo loborol, fue despedido.

¿Se vulnero olgún derecho de lo troboiodoro?

5olución

Sí. ElTribunoldeJusticio de Cotoluño dictó sentencio, en lo que reprobobo esto próc-tico empresoricl. Anuló el despido y obligó o lo empreso o reodmitirlo y o pogorletodos los sueldos que le odeudobo desde el despido o uno indemnizoción por doñomorol, por consideror que no se guordobo lo consideroción debido o su dignidod.

El Tribunol Constitucionol reconoce que exisie un derecho o lo intimidod del tro-boiodor en oquellos lugores donde desorrollo su octlvidod loborol, si bien cobelo posibilidod de moduloción de dichos derechos fundomenioles único y exclusi-vomente cuondo lo medido odoptodo seo idóneo, proporcionol e imprescindibleporo sotisfocer un interés empresoriol merecedor de tutelo y protección.

Actividodes

4. Un troboiodorcometió uno folto muygrove eldío7 de enero. El empresorio notuvo conocimiento de lo mismo hosto el dío7 de iunio del mismo oño.

¿Ho prescrito lo folto o el empresorio todovío puede soncionor ol troboiodor?Rozono lo respuesto.

l8

Page 12: Fol Unidad 01

El Derecho del Trobojo

8. Los tribunqles lqborqles

Poro resolver los conflictos que surgen en moterio loborol y de Seguridod Sociol, uno'rez ogotodo lo concilioción previo en los cosos que seo obligotorio, existen tribunolescon iurisdicción específico en el ómbito socioloborol.

-os tribunoles loboroles estón ordenodos ierórquicomente de menor o moyor rongo dec siguiente formo (Figuro 1.4):

A. Juzgodos de lo Sociol

Tienen iurisdicción en todo uno provincio y lo sede en su copitol. En olgunos provincios,:omo Modrid, Borcelono y Volencio, hoy vorios Juzgodos de lo Sociol.

Son compeientes poro conocer de los conflictos de troboio individuoles y colectivos,siempre que el ómbito de éstos no supere lo provincio.

B. Solos de lo Sociol de los Tribunoles Superiores de Justiciode los comunidodes oulónomos

-ienen iurisdicción en el ómbito territoriol de sus respectivos outonomíos. Su sede

,odicoró en lo ciudod que indique el correspondiente Estotuto de Autonomío.

Conocen de los recursos de suplicoción contro los resoluciones de los .Juzgodosre lo Sociol y de los conflictos en moterio sindicol y colectivo cuyo ómbito excedo:elJuzgodo de lo Sociol, pero no del de lo comunidod outónomo.

, C. Sólq de lo Sociol de lo Audiencio Nocionol

-iene su sede en Modrid y jurisdicción en todo Espoño. Conoce de los procesos en¡oterio sindicol y colectivo cuondo su ómbito excede el de uno oulonomío.

. D. Solq lV de lo Sociol del Tribunol Supremo

-iene su sede en Modrid y es el órgono iurisdiccionol superior en todos los órdenes, con¡risdlcción en todo Espoño. Conoce de los recursos de cosoción contro los sentenciosje los Solos de lo Sociol de los Tribunoles Superiores de Justicio de los comunidodesrutónomos y de lo Solo de lo Sociol de lo Audiencio Nocionol.-cmblén interviene medionte el recurso de cosoción poro lo unificoción de lo doctrino,jeclorondo cuól es lo correcto cuondo surgen diferencios interpretotivos entre los dife--entes Tribunoles Superiores de los comunidodes outónomos.

Lo Constitución espoñolo, en su

ortículo 24.1 , reconoce el dere-cho de todos los personos o lctutelo iudiciol poro lo defenso desus intereses, sin que en ningúncoso se puedo producir indefen-sión. Pqro gorontizor este dere-cho, lo Ley de ProcedimientoLoborql reconoce el derecho olo osistencio iurídico grotuit'o,dentro del procedimiento iudi-ciol, o quien corezco de recur-sos poro litigor o o quien se lereconozco por ley.

TribunalSupremoSala lV delo social

Audiencia NacionalSala de lo Social

Tribunales superiores deJusticia de las comunicaddes

autónomasSala de lo Social

Juzgados de lo Social

Estructura de los tribunoles

Un troboiodor fue despedido y, tros reolizor los trómitesoportunos, presentó uno demondo en elJuzgodo de lo So-

ciol. Posteriormente, éste dictó sentencio desfovoroble. El

troboiodor necesito sober:

o) ¿A qué iuzgodo tiene que dirigirse poro reclomor que noestó de ocuerdo con lq sentencio?

coso prócrico ó pb) ¿Qué tipo de recurso debe plonteorse contro los resolu-

ciones de los Juzgodos de lo Sociol?

Solución

o) El troboiodor deberó dirigirse o lo Solo de lo Sociol delTribunol Superior de Justicio de su comunidod outónomo.

b) El tipo de recurso que debe reolizor es el de suplicoción.

19

Page 13: Fol Unidad 01

.)El Derecho del Troboio

O 9. Lq Administroción loborol

Lo Administroción loborol tiene como principoles funciones desorrollor lo políticoloborol medionte los órgonos del Ministerio de Troboio y los conseieríos de los co-munidodes outónomos, y velor por el cumplimiento de lo normotivo loborol mediontelo lnspección de Troboio (Toblo 1.8).

Lo Constitución espoñolo estoblece que es competencio del Esiodo, en moterio loboroly de Seguridod Sociol, legislor sobre los criterios y principios bósicos. Estos principiosbósicos son idénticos en todo el ierritorio nocionol poro evitor lo discriminoción en ro-zón de lo pertenencio o uno comunidod qutónomo u otro.

.''..-..'-...'.

-: 3' .=*-=-. '1.

:- lc web de lo lnspección derrccclo y Seguridod Sociol (ITSS),

o-edes descorgorte desde su sec-c ár de Atención ol Ciudodono,:s modelos de vorios formulo--'cs incluido el de denuncio. Hoyo.le tener en cuenio que o trovésge o ITSS no se tromitqn denun-: :s onónimos, pues es necesorio::e el denuncionte se identifique.'"c obstonte, los lnspectores yS-clnspectores estón obligodosg ro revelor lo identidod de:s Cenunciontes o los empresos:s eio de lnspección.

Lo inlervención del Estodo en el ómbito de los relociones loboroles es reolizodopor el Gobierno o trovés del Ministerio de Trobojo e Inmigroción. cuyo móximoresponsoble político y odminishotivo es el minisho.

Lo intervención normotivo del minislro se reolizo medionte lo eloboroción dereoles decrelos y órdenes ministerioles.

Poro ejercer los funciones del Ministerio en todo el territorio nocionol de formodescentrolizodo y ógil. en codo provincio existe uno Dirección Provinciol delMinisterio de Troboio e lnmigroción.

Los comunidodes outónomos pueden dicior disposiciones legoles y reglomento-rios poro el desorrollo, dentro de su ómbito territoriol, de Io moterio regulodo,pero siempre respetondo los boses fi¡odos poro lodo el territorio nocionol.

El Estodo tiene competencio exclusivo en moterio loborol y de Seguridod Sociol.Los comunidodes oulónomos podrón dictor normos de desorrollo y eiecutor lonormolivo estotol en estos molerios.

Poro lo eiecución y el control de lo normotivo loborol existen en codo comuni-dod conseieríos o deportomenlos que desempeñon, en su ómbito, los cometidosque les hoyon sido osignodos.

Lo lnspección de Troboio es un órgono de lo Administroción del Estodo cuyof¡nolidod es vigilor el cumplimiento de lo legisloción loborol.

Los octuociones de lo lnspección pueden comenzor por iniciolivo de lo propiolnspección, por orden superior, o solicitud del empresorio, o petición de los enti-dodes gestoros de lo Seguridod Sociol o por denuncio de cuolquier persono queconozco olguno infrocción en moterio loborol.

Los inspectores pueden entror libremenfe en los centros de hoboio, investigor,revisor los libros y lo documentoción relotivo o lo Seguridod Sociol, suspenderlos lroboios que se reolicen sin cumplir los normos de seguridod e higiene y, siprocede, levontor oclos de infrocción, liquidoción y obslrucción.

Los funciones fundomentoles de lo lnspección de hoboio son:

o lnvestigor los infrocciones en moterio loborol, de seguridod e higiene y, ensu coso, proponer o lo outoridod loborol los sonciones correspondientesmedionle el levontomiento de ocfos de infrocción onte un incumplimienlo delo normotivo loborol, y de oclos de liquidoción en cosos de folto de ofiliocióno olto de los troboiodores o lo Seguridod Sociql.

o Asesoror o los troboiodores y empresorios sobre sus derechos y obligociones.. Medior en los conflictos colectivos de troboio.o Emitir informes en procesos de closificoción profesionol, expedienles de crisis

y occidenles de hoboio.. Adoptor medidos en moterio de seguridcd e higiene poro proteger lo solud

de los troboiodores.

2A

Toblo 1.8. Orgonismos relocionados con lo Administroción loborol

Page 14: Fol Unidad 01

El Derecho del Troboio

Tiene uno finqlidod Proiecloro

Surge por rozones de orden públicoy de iuslicio sociol {

IrRegulo El troboio

Fl

I\_

ohos formos de (No regulo hoboio no recogidos -i

en el TRET t

Degs'c =-=

D^i ^ ^-

D^- - ^---

Recoge

Los derechos y deberes

de empresorios y

-troboiodores

:coroles excluidos

Relcc c-e: ccoroles especioles

Son derechos fundomenbles:- r.,,^l^^

l-c oertod sindicolLo rc ciscriminoción

Se rigen por el aprincipio de ierorquío

normotivo \-

t-I

Molizon el principio -lde ierorquío normolivo

I

t-l.--

Tribunoles Loboroles

Ministerio de Troboio e

lnmigroción

lnspección de Troboio

Fuentes internos

Fuentes internocionoles

Normo mínimo

Normo mós fovoroble

lrrenunciobilidod dederechos

Condición mós beneficioso

ln dubio pro operorío

Page 15: Fol Unidad 01

2.

De los siquientes derechos, diferenciq los fundomenlo-les de loí derechos y libertodes de los ciudodonos:

oJ Derecho ol troboio.

b/ Derecho o lo huelgo.

c/ Derecho o un solorio iusto.

d/ Libertod poro fundor sindicotos y derecho o ofiliorselibremenie ol sindicoto que se eliio.

e/ Derecho o lo negocioción colectivo.

f/ Derecho o lo promoción o trovés del troboio.

g/ Derecho o no ser discriminodo por rozón de sexo.

h/ Derecho o lo libertod de empreso'

De los siguientes hechos, indicq cuóles seríon iuzgodosen el óm-bito de los tribunoles lqboroles:

o/ Robo de un troboiodor en su emPreso.

b/ Despido disciplinorio de un troboiodor.

c/ Expediente disciplinorio de un funcionorio.

d/ Froude en los retenciones del IRPF de los troboiodores.

En cqso de conflicto de normos, ¿cuól de los siguientesprevoleceró?

o/ Un trotodo internocionol.

b/ Uno ley interno.

c/ Ninguno de los dos.

dJ Se oplicoríon los dos.

4. ¿En virtud de qué principio en los contrqtos de. troboioño se pued"n'etp"otor los condiciones estoblecidosen los convenios colectivos?

o/ Principio de normo mínimo.

b/ Principio de normo mós fovoroble.

c/ Principio de condición mós beneficioso.

d/ Principio de irrenunciobllidod de derechos'

5. ¿Puede renuncior un troboiodor q los derechos recono-

i¡dos en su controto de troboio?

o/ Sí.

b/ A veces.

c/ No, por el principio de irrenunciobilidod de derechos.

d/ Sí, pero o combio de dinero.

ó. Señolo cuól de los siguientes fuentes del Derecho del

Troboio no provienen del Estodo:

o/ Reglomento de lo Unión EuroPeo.

b/ Convenio colectivo.

c/ Reol decreto-ley.

d/ Controto de troboio.

7. El principio de condición mós beneficioso implico:

oJ Que se oplicoró lo normo mós fovoroble poro el

trobolodor.

b/ Que el trobojodor puede renuncior o los derechosque quiero.

c/ Que los derechos odquiridos por el troboiodor porcontroto de troboio no se pierden ounque combienlos leyes.

d/ Que lo normo de rongo inferior.puede modificor lode rongo superior poro meiororlo.

8. En el supuesto de que existon dos o mds normos opli-cobles q un cqso concrefo, se oplicoró:

o/ Lo de moyor rongo.

bi Lo mós ontiguo.

c/ El convenio colectivo.

d/ Lo mós fovoroble ol troboiodor.

9. Señolo cuóles de lqs siguientes octividodes estón ex-cluidos del Derecho loborql:

o/ Un deportisto profesionol.

b/ El troboio desempeñodo por un funcionorio.

c/ Uno coloboroción con uno ONG.

d/ El troboio desempeñodo por un empleodo dehogor.

10. ;Cuóles de los siquienles derechos estón considerodosIomo derechos b?sicos de los troboiodores?

o/ Huelgo.

b/ Promoción y formoción profesionol.

c/ Percepción puntuol del solorio.

d/ Libre elección de oficio.

3.

22

Page 16: Fol Unidad 01

El Derecho del Trobolo

ri@lrrillriiilcor los conceptos bósicos del Derecho delTroboio

"' l,=: -e el Derecho del Troboio.

:. :- --erc los corocterísticos que debe tener uno oc-- " ::c loborol poro considerorse regulodo por ell:':cho del Troboio.

I. :- es siguientes octividodes, identifico qué coroc-ri- s-icos específicos tienen poro que se consideren::*o no loboroles, y por lo tonto no regulodos por: )erecho del Troboio:

. -'oboiodor por cuento propio.

¡ Alumno de un ciclo de Grodo Medio que reolizo el

".ódulo de Formoción en Centro de Troboio.

r ','bluntorio de uno ONG.

. Miembro de uno meso electorol.

4 le ios siguientes octividodes, cuóles son relociones:boroles especioles y cuóles estón excluidos dellerecho del Troboio:

Compruebo tu oprendizoie PDeterminqr los fuentes del Derecho Loborol, precisor sucontenido y estoblecer su ierorquío

Ordeno los siguientes fuentes del Derecho del Tro-bojo en función de lo jerorquío normotivo: conveniocolectivo, directivo de lo Unión Europeo, controto detroboio, Constitución espoñolo, Texto Refundido delEstotuto de los Troboiodores y reglomento del Minis-terio de Troboio.

Relociono los siguientes fuentes del Derecho con losórgonos de los que proceden:

6.

7.

5.

;;.:u desorrolrodo

:" -ltomiento por

--: emergencioI

::.nicilio fomilior

- rii sto s

=-¡cionorios

iepresentontes¡e comercio

iecogido de lo ocei---¡o poro uno vecino

)eportistoscrofesionoles

En un toller de chopo y pinturo troboion el propie-iorio del mismo, el ¡efe del toller (que tiene controtoindefinido), un oficiol de tercero que tiene un contro-io temporol y un estudionte que estó reolizondo losprócticos correspondientes ol módulo de Formociónen Centro de Troboio del ciclo de Grodo Medio deCorrocerío.

lndico en cuóles de los supuestos plonteodos se donlos corocterísticos poro que existo octividod regulodopor el Derecho del Troboio.

Convenio colectivo

Ley orgónico

Reglomento

Conhoto de troboio

Decrelo-ley

Cortes generoles

Gobierno

Empresorio y troboiodor

Empresorio y trobo jodor

Ministro

8. lndico qué tipo de leyes son los que regulon los si-guientes derechos: libre sindicoción, derecho ol tro-boio, derecho o lo huelgo, derecho o un solorio justoy derecho o lo no discriminoción.

9. lndico qué requisitos son necesorios poro que los usosy costumbres seon considerodos como fuente del De-recho del Troboio.

10. En coso de que hoyo conflicto entre uno normo inter-no de Espoño (por eiemplo uno ley) y un conveniode lo Oll señolo qué normo se oplicorío, y en virtudde qué criterio.

I l. Un estudionte que ocobo de finolizor sus estudios delciclo de Grodo Medio de Cocino obtiene su primerempleo en un restouronte. Puesto que desconoce losnormos por los que ho de regirse su reloción loborolocude o un sindicoto poro que le osesoren.

Señolo cuól seró lo respuesto que le von o dor, orde-nondo estos normos por su rongo ierórquico.

I2. Al cobo de un oño de troboio, el troboiodor del cosoonterior quiere conocer cuóntos vocociones le corres-ponden. Los normos que regulon este periodo de des-conso son los siguientes:

. El convenio 132 de lo OIT estoblece que <Los voco-ciones no serón en ningún coso inferiores o tressemonos loborobles por un oño de servicios>.

o El Estotuto de los Trobojodores reconoce el derechoo 30 díos noturoles, como mínimo, de vocociones.

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q ComPruebo tu oprendizoie

. El convenio colectivo de su empreso estoblece elderecho o 30 díos hóbiles de vocociones.

o) Closifico estos normos según su ierorquío.

b) ¿Cuóntos díos de vocociones le corresponden?Rozono lo respuesto.

c) ¿Podrío estoblecerse en este convenio colectivo unperiodo de vocociones inferior ol que determino elEstotuto de los Trobo jodores? Rozónolo.

13. Un ciudodono comunitorio, de nocionolidod froncesopero residente en Espoño, se plonteo lo posibilidodde ingresor en lo función público.

o) ¿Se puede presentor un ciudodono comunitorio ounos oposiciones poro funcionorio en Espoño?

b) ¿A qué tipo de oposiciones no se puede presentor?

14. Un ioven que ho obtenido el título de ouxilior de lobo-rotorio en Espoño quiere troboior como tol en Polonio.

¿Qué requisitos se precison poro ello?

lnterpretor los principios específicos que se deben seguirporo lo correcto oplicoción de los normos loboroles

I5. Enumero los principios que deben tenerse en cuentoporo oplicor los normos de corócter loborol.

ló. Explico en qué consisten los principios de normo míni-mo y de normo mós fovoroble.

17. Un troboiodor negoció un controto en el que se es-toblecío el derecho o percibir tres pogos extroordi-norios. El director de Recursos Humonos le ho citodoporo negocior lo posibilidod de suprimir uno de esospogos, debido o que lo situoción económico de loempreso ho empeorodo en los últimos oños.

o) ¿Puede renuncior el troboiodor o uno de esospogos? Rozono lo respuesto.

b) En el supuesto de que en su convenio colectivo sele reconociero el derecho o percibir tres pogosextroordinorios, ¿podrío renuncior o uno deellos?

Deferminor los derechos y deberes que se derivon de lqsrelociones loboroles

I8. Explico qué sucede con los derechos socioles de lostroboiodores que preston sus servicios en un poís delo Unión Europeo que no es el propio.

'19. Un peón empleodo en lo construcción de un polide-portivo municipol se niego o utilizor el cosco de se-

guridod, desoyendo continuomenie los requerimientosdel encorgodo de lo obro.

o) ¿Estorío este troboiodor incumpliendo olgún de-ber?

b) ¿De qué plozo dispone lo empreso poro soncionorle,en el coso de que cometiese olguno folto?

20. Uno empleodo de uno empreso de tronsporte de mer-concíos peligrosos se ho negodo o reolizor un troyec-to con uno de los vehículos de lo empreso que en lossemonos onteriores hobío tenido diversos incidentesen el sistemo de frenodo.

¿Cuóndo puede un troboiodor negorse o cumplir losórdenes e instrucciones de sus superiores?

21. En uno empreso se registron los efectos personolesde los troboiodores {bolsos, mochilos, etcétero) o losolido del centro de troboio.

¿Qué derecho de los troboiodores se podrío estor vul-nerondo?

22. Uno troboiodoro firmó un pocto en su controto por elque se comprometío o no ofiliorse o ningún sindicotoduronte lo vigencio del mismo; en coso de incumpli-miento, se soncionorío con el despido.

¿Es vólido lo citodo clóusulo?

Distinguir los principoles orgonismos que intervienen en losrelociones entre empresorios y troboiodores

23. ¿A qué órgono de lo Administroción loborol se puedeocudir en coso de que se esté produciendo un incum-plimiento de lo normotivo loborol por porte de unempresorio?

24. Un troboiodor no estó conforme con lo sentenciodictodo por un Juzgodo de lo Sociol ol resolver unodemondo por despido.

¿Qué recursos deberó plonteor? ¿Ante qué órgono?

25. Uno troboiodoro de uno escuelo infontil no estó deocuerdo con el combio de funciones que lo empreso leho comunicodo por escrito.

¿Qué occiones puede emprender y onte qué órgonoun troboiodor que no estó de ocuerdo con el combiode funciones que le ho encomendodo su iefe, ol consi-deror que no se corresponden con su cotegorío profe-sionol?

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El Derecho del Troboio

En esto unidod oprenderemos o:

. ldentificor los conceptos bósicos delDerecho del Troboio:

- Determinor los fuentes del DerechoLoborol, precisor su contenido yestoblecer su ierorquío.

- lnterpretor los principios específicosque se deben seguir poro lo correctooplicoción de los normos loboroles.

o Determinor los derechos y deberes quese derivon de los relociones loboroles.

o Distinguir los principoles orgonismosque intervienen en los relociones entreempresorios y troboiodores.

Y estudioremos:

. El concepto de Derecho del Troboio:

- Los fuentes que regulon lo relociónloborol entre troboiodores yempresorios.

- Lo ierorquío entre los diversosnormos oplicobles o lo relociónloborol.

- Los principios de oplicoción delDerecho Loborol.

. Los derechos y deberes de unoreloción loborol entre un empresorioy un troboiodor.